Párrafos

Página

Introducción

1–19

6

Primera parte. Documento b ásico general

20–285

11

Información general sobre el Estado

20–119

11

Características demográficas, económicas, sociales y culturales del Estado

20–35

11

Estructura constitucional, política y jurídica del Estado

36–119

21

Marco general de protección y promoción de los derechos humanos

120–268

37

Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos

37

Marco jurídico de la protección de los derechos humanos a nivel nacional

120–204

40

Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional

205–255

53

Proceso de presentación de informes a nivel nacional

256–268

62

Información sobre la no discriminación, igualdad y recursos eficaces de protección jurídica

269–285

65

Segunda parte. Información sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discri minación contra  la mujer

286–684

69

Artículo 1. Definición del concepto de discriminación de la mujer

286–303

69

Artículo 2. Aplicación de la política del Estado en materia de eliminación de la discriminación con la mujer

304–330

74

Artículo 3. Medidas adoptadas por el Gobierno de la República de Uzbekistán en pro del adelanto de la mujer en la sociedad

331–344

79

Artículo 4. Medidas especiales para acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer

345–352

81

Artículo 5. Medidas para eliminar los prejuicios contra la mujer

353–380

84

Artículo 6. Medidas para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer

381–407

88

Artículo 7. Medidas adoptadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país

408–446

92

Artículo 8. Medidas para garantizar la participación de la mujer en la cooperación internacional

447–453

98

Artículo 9. Medidas para otorgar a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su ciudadanía

454–466

100

Artículo 10. Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la educación

467–487

101

Artículo 11. Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo

488–506

104

Artículo 12. Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención de la salud

507–530

108

Artículo 13. Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en las esferas económica y social

531–571

112

Artículo 14. Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer de las zonas rurales

572–607

118

Artículo 15. Igualdad de la mujer y el hombre ante la ley

608–636

123

Artículo 16. Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares

637–684

128

Anexos

135

Introducción

Con su adhesión en 1995 a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la República de Uzbekistán contrajo la obligación de garantizar la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre en las esferas política, económica, social y cultural de la vida de la sociedad.

En opinión de Uzbekistán, el desarrollo multifacético del país, el bienestar de la población, la construcción de un estado de derecho democrático y la creación de una sociedad civil no son posibles sin la más activa participación de la mujer en igualdad de condiciones con el hombre en todos los ámbitos. La discriminación contra la mujer no beneficia ni a las personas, ni a la sociedad, ni al Estado por cuanto menoscaba los principios de la igualdad de derechos y el respeto de la dignidad humana y los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal, cuyo sexagésimo aniversario será conmemorado por toda la humanidad progresista en 2008. El 1º de mayo de 2008 el Presidente de la República de Uzbekistán aprobó el Decreto sobre el programa de actividades dedicadas al sexagésimo aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que imprimió un nuevo impulso a las actividades en la esfera de los derechos humanos, entre ellos los derechos de la mujer.

La República de Uzbekistán condena la discriminación contra la mujer, por cuanto impide la participación de la mujer en igualdad de condiciones con el hombre en todos los ámbitos de la vida del país y dificulta la realización por la mujer de sus derechos y posibilidades. Sin embargo, ello no resta importancia a la aportación de la mujer al bienestar de la familia, no disminuye la importancia social de la maternidad ni la función de la mujer en la reproducción y la educación de los hijos. El Estado y la sociedad contribuyen a modificar la función tanto del hombre como de la mujer en la sociedad y en la familia.

Desde los primeros años de la independencia en Uzbekistán comenzaron a plasmarse los principales aspectos de la política del Estado en materia de lucha contra la discriminación de la mujer, de las siguientes formas concretas:

–Uzbekistán pasó a ser parte en los principales instrumentos internacionales básicos que reglamentaban los principios y las normas de la protección de los derechos de la mujer;

–Sobre la base de un examen a fondo de las normas internacionales se han elaborado una legislación nacional en materia de igualdad de género y medidas especiales encaminadas a proteger la maternidad y a crear condiciones favorables para el desarrollo integral de la mujer;

–En el país se llevan a cabo programas dirigidos a desarrollar el sistema de atención médica, a garantizar la atención de la salud de las embarazadas y los niños y a fomentar a una generación saludable. Tras haber alcanzado el país su independencia se ha creado un sistema integral de prestaciones sociales del Estado a la madre y el niño. Cabe señalar que, mientras que en 2006 los gastos totales en la esfera social y en la asignación de prestaciones sociales a la población ascendieron al 51% del presupuesto estatal, en 2007 ese índice alcanzó el 54,3%;

–Se han sentado las bases institucionales de la coordinación de la defensa de los derechos de la mujer por los órganos gubernamentales y locales;

–Se han creado condiciones favorables para el fomento de las organizaciones no gubernamentales de mujeres, importante elemento del sistema nacional de defensa de los derechos de la mujer;

–Se ha establecido un sistema de rendición de cuentas de Uzbekistán al Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer de las Naciones Unidas, que consiste en la presentación oportuna por Uzbekistán de sus informes nacionales periódicos sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer;

–A fin de poner en práctica las recomendaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (párrafos 13 y 14) se han distribuido dichas recomendaciones a los órganos de gobierno locales, los órganos de autogestión ciudadana y las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro que se ocupan de los derechos de la mujer;

En el período 2006-2008 en Uzbekistán se siguieron aplicando las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, al empeñarse el Estado y la sociedad en la solución de las siguientes cuestiones:

–La elaboración y aprobación de la Ley de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–El perfeccionamiento ulterior de la legislación relativa a la prohibición de la trata de mujeres y niños y la prevención de la violencia en el hogar;

–El establecimiento y consolidación del sistema de vigilancia por el Estado y la sociedad del ejercicio de los derechos de la mujer y el perfeccionamiento de la disponibilidad de estadísticas fiables sobre la situación de la mujer en la sociedad, muy en especial en las zonas rurales;

–La realización práctica por los órganos del Estado y las organizaciones no gubernamentales de un análisis de la legislación nacional desde una perspectiva de género con el fin de perfeccionar la base jurídica de la garantía de los derechos y las libertades de la mujer;

–El reforzamiento de la capacidad del Comité de Mujeres de Uzbekistán y de otras organizaciones no gubernamentales de mujeres y de la función y activa participación de la mujer en la vida política y social del país, entre otros ámbitos.

En el período transcurrido desde el examen de los informes periódicos segundo y tercero combinados sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en Uzbekistán, en el país se ha producido una transformación radical que no ha dejado de influir en la situación de la mujer.

En el período 2007-2008 en Uzbekistán se promulgaron leyes encaminadas a renovar y modernizar el país y a perfeccionar la cooperación entre el Estado, la sociedad y la persona, a saber, la Ley de los medios de comunicación (nueva redacción), de 15 de enero de 2007; la Ley de garantías del funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, de 3 de enero de 2007; la Ley de beneficencia, de 2 de mayo de 2007; la Ley de fortalecimiento de la función de los partidos políticos en la renovación y democratización de la dirección estatal y modernización del país, de 11 de abril de 2007; la Ley de enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos de la República de Uzbekistán relacionados con la abolición de la pena capital, de 11 de julio de 2007; la Ley de enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos de la República de Uzbekistán por las que se transfiere a los tribunales la facultad de dictar órdenes de detención, de 11 de julio de 2007; la Ley de garantías de los derechos de la infancia, de 7 de enero de 2008; y la Ley de lucha contra la trata de personas, de 17 de abril de 2008. En abril de 2008 el Parlamento de Uzbekistán ratificó dos convenios de la Organización Internacional del Trabajo OIT): el Convenio No. 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo y el Convenio No. 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y de la acción inmediata para su eliminación.

En 2008 en Uzbekistán se proclamó el Año de la Juventud, lo que es comprensible dado que el número de menores de 18 años de edad asciende a 10.360.000, aproximadamente el 40% de la población total, mientras que el número de menores de 30 años de edad asciende a 17.800.00, el 64% de la población total. La preocupación constante por resolver los problemas de la juventud, que representa la mayoría de la población, ha ocupado y ocupará siempre el centro de atención tanto del Estado como de la sociedad en su conjunto. El 29 de febrero de 2008 el Presidente de la República de Uzbekistán aprobó la resolución sobre el programa estatal “Año de la Juventud”, por la que se ratificó el programa estatal dedicado al Año de la Juventud y se definieron las principales modalidades de apoyo a los jóvenes, incluidas las jóvenes, en las diversas esferas de la vida mediante el perfeccionamiento de la base jurídica de las garantías de los derechos e intereses de la juventud, la elevación de la calidad del proceso de enseñanza, el mejoramiento de los fundamentos técnicos y materiales de los centros de enseñanza y la solución del conjunto de problemas que encaran los jóvenes a la hora de encontrar empleo, entre otros aspectos.

Establecida en los años transcurridos desde la independencia en el marco de la humanización de las sanciones penales, la práctica anual de conceder amnistía a personas condenadas a privación de libertad ha revestido gran importancia para garantizar el derecho a la libertad e integridad personal de mujeres y hombres.

En 2006, en cumplimiento de la resolución del Senado relativa a la concesión de amnistías, fueron puestas en libertad más de 3.500 reclusos que representaban un peligro mínimo para la sociedad, de ellos 43 mujeres, al tiempo que en 2007 se beneficiaron de amnistías, también por resolución del Senado, otras 3.500 reclusos que representaban un peligro mínimo para la sociedad, de ellos 18 mujeres.

En el Decreto Presidencial, de 1º de mayo de 2008, por el cual se ratificó el programa de acción dedicado al 60º aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, se prevé una serie de medidas dirigidas a perfeccionar el sistema de protección de los derechos de la mujer, en particular la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

En el período 2007-2008 ocurrieron importantes acontecimientos: por primera vez en la historia de Uzbekistán una mujer se presentó como candidata al cargo de Presidente de la República de Uzbekistán y también por primera vez una mujer fue elegida Presidenta de la cámara baja del Parlamento (el Oliy Majlis) de la República de Uzbekistán.

En el presente cuarto informe nacional figura información pormenorizada sobre las medidas jurídicas y organizativas adoptadas y las actividades de difusión de información y concienciación encaminadas a resolver el problema de garantizar los derechos de la mujer. Las estadísticas que se presentan en el informe se refieren en lo fundamental al período 2006-2007, mientras que los indicadores estadísticos correspondientes a 2008 se presentarán posteriormente, una vez que los órganos de estadística los haya recopilado.

En la preparación del cuarto informe nacional sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se tuvieron en cuenta todas las observaciones y recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer y de otros órganos establecidos en virtud de tratados, que se ocupan de las cuestiones relativas a los derechos de la mujer.

La preparación del informe se basó en lo dispuesto en el artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; en el nuevo documento de las Naciones Unidas titulado “Compilación de directrices relativas a la forma y el contenido de los informes que deben presentar los Estados partes en los tratados internacionales de derechos humanos”; en las observaciones y recomendaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer aprobadas tras el examen de los informes periódicos segundo y tercero combinados de la República de Uzbekistán sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; y en las observaciones generales del Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer relativas a las cuestiones abarcadas en la Convención.

El informe se hace eco del nivel de desarrollo del pensamiento sociopolítico y jurídico alcanzado en Uzbekistán relativo a distintos aspectos de los derechos de la mujer, lo que permite que los organismos internacionales tengan una mejor idea de la etapa en que se encuentra Uzbekistán en lo que lo que respecta a la promoción, observancia y defensa de los derechos de la mujer.

En el informe se asigna gran importancia al examen de los mecanismos jurídicos y organizativos que garantizan los derechos de la mujer en Uzbekistán. Se ofrece un panorama amplio de la legislación vigente; se exponen los objetivos y las tareas de las instituciones llamadas a llevar a la práctica las disposiciones jurídicas sobre los derechos de la mujer; y se brinda información sobre las modalidades y los objetivos de la labor de coordinación de los órganos estatales encargados de garantizar los derechos de la mujer. Es precisamente esa información la que permite tener una idea clara de los mecanismos nacionales en materia de derechos ciudadanos, políticos y económicos de la mujer y de la eficacia con que se aplican en el país las normas internacionales en esa esfera.

Cabe señalar también que, a fin de preparar un informe de calidad, el 14 de mayo de 2008, por iniciativa del Comité de Mujeres de Uzbekistán, el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se celebró un seminario de capacitación dedicado a la preparación del cuarto informe periódico de Uzbekistán sobre la aplicación de las disposiciones del la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en el que participaron diputados de la Cámara Legislativa y representantes de ministerios y organismos estatales, de organizaciones no gubernamentales de mujeres y de órganos de autogestión ciudadana.

En la preparación del informe participaron de la manera más activa el Comité de Mujeres de Uzbekistán, sus oficinas regionales y un conjunto de organizaciones no gubernamentales de mujeres.

Primera parte. Documento básico general

1.Información general sobre el Estado

A.Características demográficas, económicas, sociales y culturalesdel Estado

La República de Uzbekistán es un Estado situado en el Asia central entre los dos mayores ríos de la región, el Amú-Dariá y el Syr-Dariá. Limita con Kazajstán al norte y el noreste, con Turkmenistán al suroeste, con el Afganistán al sur, con Tayikistán al sureste y con Kirguistán al noreste. Aproximadamente las cuatro quintas partes del territorio de Uzbekistán están ocupadas por valles desérticos. Las regiones orientales y sudorientales comprenden montañas y las estribaciones de la cordillera de Tian-Shan y Guiss. En el extremo de la placa tectónica de Turán se encuentran la meseta de Ustiurt, el delta del Amú-Dariá y la ribera meridional del mar de Aral y el inmenso desierto de Kyzylkum. El clima de Uzbekistán es continental severo.

El territorio de la República de Uzbekistán es de 447.400 km2. Forman parte del país la República de Karakalpakstán, 12 provincias (viloyatos) y la ciudad de Tashkent, así como 121 ciudades y 163 distritos rurales. La población es de 26,6 millones de habitantes y la capital del país es la ciudad de Tashkent.

Reseña histórica

Los primeros datos históricos de que se dispone de la población del Asia central, incluido Uzbekistán, se remontan a la mitad del primer milenio a.n.e. En el siglo VI a.n.e. en el Asia central se estableció el imperio persa de Aqueménida, conquistado luego en el siglo IV a.n.e. por Alejandro Magno. Más adelante en todo el territorio de Uzbekistán, o en partes de él, se establecieron sucesivamente los poderosos Estados de la antigüedad: el Estado de los seléucidas, herederos de Alejandro de Macedonia (siglos IV a III a.n.e.); el reino Greco-Bactrio (siglos III a II a.n.e.); y el poderosísimo Estado mesoindio de los Kushan (fines del siglo I al siglo VI d.n.e.).

En la formación de la etnia uzbeka, que tiene raíces turcas y constituye la nación titular, influyeron diversas culturas y civilizaciones. El desarrollo histórico de los uzbekos transcurrió en medio de estrechos contactos y activo mestizaje con los pueblos y cultura iraníes.

En el siglo VIII el Asia central, incluido Uzbekistán, fue conquistado por los árabes y anexado a las posesiones del Califato árabe. La conquista fue acompañada de la adopción del Islam. Si bien la nueva religión se difundió rápidamente entre la población, partes de esta siguieron profesando el zoroastrismo y varias otras religiones (el budismo, el maniqueísmo y el cristianismo de orientación nestoriana). Como consecuencia de la difusión del Islam dicha región fue asimilada en el ámbito de la civilización islámica.

A fines del siglo IX el dominio árabe cedió paso al poder de las dinastías locales. Entre el siglo IX y el siglo XII en el territorio de Uzbekistán existieron los Estados de los Samánidas, los Karajánidos y los Selyúcidas.

A comienzos del siglo XIII el Asia central (conjuntamente con Azerbaiyán y el Irán)formó parte brevemente del Estado de los Joresmshajos, que dejó de existir bajo los embates de las hordas de Gengis Khan. Poco después pasó a predominar la dinastía de los Temuridos. Esos tiempos se caracterizaron por un elevadísimo desarrollo económico y el florecimiento de la cultura (segunda mitad del siglo XIV al siglo XV). La capital del Estado de Amir Tamur (Tamerlán) fue Samarkanda. En el medioevo el Estado de los Temuridos abarcó un extenso territorio, habiendo creado un espacio jurídico y económico único. Esa época, y la monarquía absoluta que se consolidó a la sazón, pueden considerarse la base de la formación del Estado nacional de Uzbekistán.

Con el paso del siglo XV al siglo XVI el Estado de los Temuridos fue sucedido por el Estado de los Shaibánidos, que gobernaron hasta el siglo XVI. Por espacio de cerca de un cuarto de siglo, desde el siglo XVI hasta la conquista rusa del Asia central en la segunda mitad del siglo XIX, en el territorio de Uzbekistán existieron tres janatos: el Janato de Bujará (que se convirtió en emirato a partir de mediados del siglo XVIII), el Janato de Jivá y el Janato de Kokand.

En la segunda mitad del siglo XIX una parte considerable del Asia central, incluido el actual Uzbekistán, fue anexada a Rusia. Se creó la Gobernación General del Turkestán.

Después de la revolución rusa se crearon las Repúblicas Populares Soviéticas de Bujará y Jorezm.

En 1924 se llevó a cabo la delimitación nacional y estatal del Asia central. El 27 de octubre de 1924 se creó la República Socialista Soviética Uzbeka. Como parte de la delimitación nacional pasaron a integrar la RSS Uzbeka los territorios poblados fundamentalmente por uzbekos. El país abarcó el 82% de todos los uzbekos que vivían en la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, al tiempo que estos representaban el 76% de la población total de la recién creada república. Uzbekistán fue parte de la URSS por espacio de casi 70 años, razón por la cual los procesos que caracterizaron a la Unión Soviética influyeron en las peculiaridades del desarrollo demográfico y socioeconómico del país.

El 1º de septiembre de 1991 marcó un momento decisivo en la historia del país al proclamar Uzbekistán su independencia nacional. El 31 de agosto de 1991 el Soviet Supremo de la República de Uzbekistán aprobó la resolución por la que se proclamó la independencia nacional de la República de Uzbekistán e igualmente la Ley orgánica sobre los fundamentos de la independencia del Estado de Uzbekistán.

Población

La mayoría de la población (más de 21 millones de habitantes)es uzbeka, pueblo de habla turca que posee una antigua cultura propia. El país también cuenta con una nutrida representación de otros pueblos: kazajos, tayikos, karakalpacos, kirguises, turcomanos, rusos, ucranianos, tártaros, armenios y coreanos, entre otros.

Desde el punto de vista antropológico los uzbekos son un pueblo de origen mixto con elementos tanto indoeuropeos como mongoloides. Los antropólogos consideran a los uzbekos europoides meridionales del tipo mesopotámico del Asia central. En la población uzbeka de las ciudades y los antiguos oasis agrícolas se observa una presencia relativamente pequeña de rasgos mongoloides.

El idioma oficial de la República de Uzbekistán es el uzbeko. El uzbeko literario pertenece al grupo karluko de la rama occidental de lenguas túrquicas. Una de las características peculiares del idioma uzbeko es su profundo vínculo histórico con el idioma tayiko. El karakalpaco pertenece al grupo kipchaco de lenguas túrquicas.

Por su afiliación religiosa el segmento creyente de la población uzbeka y karakalpaca son musulmanes chiítas, pertenecientes a la escuela jurídica de los jarafíes. El Islam en Uzbekistán, como en toda el Asia central, se caracterizó por la fusión de su modalidad ortodoxa con la corriente mística, el sufismo, así como por la presencia de convicciones preislámicas.

Indicadores demográficos de la República de Uzbekistán

Cuadro 1Población permanente de la República de Uzbekistán por sexo y edad

Al 1 ° de enero de 2006

Al 1 ° de enero de 2007

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Total

26 312 688

13 145 068

13 167 620

26 663 832

13 325 604

13 338 219

0 a 4 años

2 570 482

1 322 068

1 247 816

2 616 164

1 346 962

1 269 202

5 a 9 años

2 759 615

1 414 934

1 344 681

2 643 618

1 35 4 913

1 288 705

10 a 14 años

3 244 610

1 654 319

1 590 291

3 176 436

1 623 806

1 552 630

15 a 19 años

3 144 151

1 596 309

1 547 842

3 185 310

1 617 582

1 567 728

20 a 2 4 años

2 682 242

1 348 775

1 333 467

2 804 461

1 411 284

1 393 177

25 a 29 años

2 194 791

1 103 322

1 091 469

2 244 445

1 129 013

1 115 432

3 0 a 3 4 años

1 950 620

979 580

971 040

1 985 467

998 649

986 818

35 a 39 años

1 671 734

818 507

853 227

1 718 778

845 095

873 683

40 a 4 4 años

1 621 998

790 523

831 475

1 615 401

783 707

831 694

45 a 49 años

1 380 960

677 596

703 364

1 454 743

713 514

741 229

5 0 a 5 4 años

945 077

459 719

485 358

1 007 832

490 700

517 132

55 a 59 años

606 677

2 92 139

314 538

668 440

321 710

346 730

6 0 a 6 4 años

355 794

176 605

179 189

343 031

169 198

173 833

65 a 69 años

468 036

219 050

248 986

457 345

214 133

243 212

7 0 a 7 4 años

302 904

134 719

168 185

317 749

143 597

174 152

75 a 79 años

224 965

96 413

128 552

223 559

94 432

129 127

80 años y mayores

188 032

59 892

128 140

201 044

67 309

133 735

Cuadro 2Población permanente de la República de Uzbekistán por composición étnica

(Por habitantes)

Al 1 ° de enero de 2007

Al 1 ° de enero de 2006

Total

Ciudad

Aldea

Total

Ciudad

Aldea

Total

26 663 825

9 584 612

17 079 213

26 312 689

9 495 056

16 817 633

Uzbekos

21 542 348

6 719 082

14 823 266

21 170 568

6 601 163

14 569 405

Karakalpacos

583 790

332 813

250 977

574 671

326 736

247 935

Rusos

931 590

876 183

55 407

952 243

895 835

56 408

Ucranianos

86 854

75 230

11 624

88 774

77 006

11 768

Belarusos

20 851

16 721

4 130

21 074

16 926

4 148

Kazajos

879 551

350 887

528 664

899 195

360 760

538 435

Georgianos

3 654

2 870

784

3 690

2 903

787

Azerbaiyanos

40 432

32 051

8 381

40 459

32 117

8 342

Letones

1 156

1 025

131

1 161

1 027

134

Moldavos

4 888

2 586

2 302

4 940

2 623

2 317

Lituanos

215

103

112

225

111

114

Kirguises

238 322

29 699

208 623

235 395

29 370

206 025

Tayikos

1 306 875

440 767

866 108

1 288 801

435 163

835 638

Armenios

39 101

37 944

1 157

39 638

38 469

1 169

Turcomanos

160 712

3 1 060

129 652

158 641

30 623

128 018

Estonianos

566

460

97

572

472

100

Tártaros

236 223

217 155

19 068

242 332

222 569

19 763

Hebreos

10 643

10 018

625

10 781

10 151

630

Alemanes

4 861

3 180

1 681

4 951

3 257

1 694

Coreanos

150 094

123 007

27 087

152 298

125 257

27 721

Otros

421 099

281 762

139 337

421 600

282 518

139 082

Cuadro 3Indicadores demográficos

2005

2006

2007

Población permanente a fin de año, en miles de habitantes

26 312,7

26 663,8

27 071,8

Tasa de crecimiento de la población

101,5

101,3

101,5

Población urbana, porcentaje

36,1

35,9

35,8

Población rural, porcentaje

63,9

64,1

64,2

Densidad de población (habitantes por kilómetro cuadrado )

58,6

59,4

60,3

Número de nacidos vivos por 1.000 habitantes

20,3

20,9

22,4

Número de defunciones por 1.000 habitantes

5,4

5,3

5,2

Tasa general de fecundidad o tasa global de natalidad

2,36

2,39

Esperanza de vida al nacer

Ambos sexos

71,8

72,5

Hombres

69,9

70,2

Mujeres

74,1

74,9

Tasa de dependencia (porcentaje de la población menor de 15 años y mayor de 65 años)

36,3

36,1

* – Estimación

Cuadro 4Información sobre la composición media de los hogares

(Por habitantes)

2005

2006

2007

Composición media de los hogares

5,1

5,1

5,1

Cuadro 5Desglose porcentual de los hogares por el sexo del cabeza de familia, 2006

Sexo del cabeza de familia

Porcentaje ponderado

Masculino

82,2

Femenino

17,8

Cuadro 6Mortalidad infantil y mortalidad derivada de la maternidad

2003

2004

2005

2006

2007

Mortalidad infantil por cada 1.000 nacidos vivos

16,3

15,4

14,9

14,5

13,7

Mortalidad derivada de la maternidad por cada 100.000 nacidos vivos

32,2

30,2

29,2

24,8

Cuadro 7Uso de anticonceptivos e interrupción del embarazo por indicación médica

2005

2006

Mujeres en edad de procrear que usan anticonceptivos, porcentaje

60,4

59,1

Abortos médicos como porcentaje de nacidos vivos practicados en mujeres:

0,6

0,6

Menores de 15 años

3,1

-

De 15 a 19 años

0,7

0,9

De 20 a 34 años

0,5

0,5

De 35 a 50 años

7,7

5,8

De 51 años y mayores de 51 años

Cuadro 8Morbilidad de la población por enfermedades infecciosas y parasitarias

Por 100.000 habitantes

2005

2006

Total

Mujeres

Total

Mujeres

Enfermedades infecciosas intestinales

Fiebre tifoidea

0,4

0,2

0,3

02,

Infecciones de salmonella

5,5

5,1

6,1

5,7

Infecciones diarreicas agudas,

139,7

130,3

133,9

124,7

incluida la disentería bacteriana

14,6

14,3

12,8

12,7

Hepatitis virales

Hepatitis virales en su conjunto, incluidas:

115,8

110,3

112,9

108,9

la hepatitis A aguda

105,0

100,5

104,0

101,1

la hepatitis B aguda

8,9

8,2

7,3

6,4

la hepatitis C aguda

1,6

1,3

1,4

1,3

Infecciones mediante transmisión aérea por microgotas aerosolizadas

Difteria

Tos ferina

0,5

0,5

0,4

0,4

Sarampión

2,8

2,7

3,2

2,8

Rubeola

1,7

1,5

1,1

0,9

Fiebre escarlata

3,5

2,9

3,4

3,2

Parotiditis epidémica

6,8

5,8

6,6

5,4

Varicela

15,5

14,6

16,2

14,9

Infección meningocóccica

0,2

0,2

0,3

0,2

Infecciones agudas de las vías respiratorias superiores

2 267,6

2 100,9

2 110,1

1 957,4

Gripe

5,6

4,7

4,7

4,0

Infecciones de origen ambiental y zooantroponosis

Carbunclo

0,0

0,0

Tularemia

Brucelosis (primeros síntomas)

2,2

0,9

1,8

0,9

Fiebre hemorrágica viral

0,0

0,0

0,0

Pediculosis

83,1

138,6

86,5

137,0

Sarampión (recién diagnosticado)

0,4

0,3

0,3

0,2

Enfermedades parasitarias

Ascaridiasis

24,5

20,8

20,1

18,8

Tricocefalosis

1,7

1,3

1,6

1,5

Enterobiosis

842,7

992,4

800,6

753,0

Virus de la inmunodeficiencia humana (VIH)

7,0

3,2

9,3

6,3

Virus de inmunodeficiencia adquirida (SIDA)

0,0

0,0

0,0

0,0

Cuadro 9Morbilidad de la población por principales clases de enfermedades

(Número de enfermedades padecidas por 100.000 habitantes)

Total

Mujeres

2005

2006

2005

2006

Enfermedades registradas en total, de ellas:

46 797,9

47 360,4

53 360,5

53 221,2

Enfermedades infecciosas y parasitarias

1 254,6

1 236,8

1 286,2

1 243,1

Neoplasias

185,3

176,4

221,4

199,4

Enfermedades del sistema endocrino, trastornos de la alimentación y el metabolismo

2 825,7

2 644,7

3 570,3

3 236,6

Enfermedades de la sangre y los órganos hemapoyéticos y distintas alteraciones con intervención de un mecanismo inmune

8 253,5

8 555,9

11 627,4

12 008,2

Trastornos síquicos y de la conducta

220,5

208,1

122,5

114,6

Enfermedades del sistema nervioso

1 877,6

1 807,2

1 864,7

1 824,7

Enfermedades de los ojos y los párpados

1 342,5

1 376,4

1 378,5

1 422,4

Enfermedades del oído y apófisis mastoides

1 145,3

1 240,4

1 158,5

1 264,1

Enfermedades del sistema circulatorio

1 451,4

1 541,8

1 438,5

1 528,8

Enfermedades del sistema respiratorio

12 000,2

11 990,2

12 820,1

12 371,5

Enfermedades del sistema digestivo

5 944,9

5 759,8

6 304,4

6 168,5

Enfermedades del sistema genitourinario

2 554,0

2 662,2

3 352,0

3 525,6

Enfermedades de la piel y la hipodermis

2 115,6

2 219,6

2 117,1

2 188,2

Enfermedades del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo

833,9

878,0

842,1

836,6

Anomalías congénitas (defectos del desarrollo), deformaciones y alteraciones cromosómicas

57,7

56,1

58,2

54,5

Síntomas, indicios y desviaciones de la norma detectados en los análisis clínicos o de laboratorio no clasificados entre las enfermedades mencionadas arriba

125,3

116,0

121,7

117,0

Traumatismos, intoxicaciones y algunas otras consecuencias de causas externas

3 319,8

3 548,7

2 964,3

2 935,8

Cuadro 10Tasa de mortalidad por principales causas

(Defunciones por 100.000 habitantes)

2005

2006

Total de defunciones por todas las causas, entre ellas:

535,3

Enfermedades cardiovasculares

301,3

304,1

Neoplasias

37,7

36,5

Accidentes, envenenamientos y traumatismos

38,7

36,5

Enfermedades del sistema respiratorio

43,7

40,6

Enfermedades del sistema digestivo

33,5

33,4

Enfermedades infecciosas y parasitarias

15

15,4

Enfermedades de sistema genitourinario

10,6

10,2

Enfermedades del sistema nervioso

10

10,1

Enfermedades del sistema endocrino

13

13,8

Trastornos síquicos

1,3

1,2

Enfermedades de la sangre

1,2

1,0

Cuadro 11Relación de alumnos por maestro en la enseñanza pública

(A comienzos del año escolar)

2005/2006

2006/2007

2007/2008

Número de alumnos por maestro en los:

Centros de enseñanza general

12,5

12,3

11,7

Liceos académicos

8,4

9,4

10,6

Institutos de enseñanza profesional

15,3

16,6

15,3

Centros de enseñanza superior

10,5

10,8

10,7

Cuadro 12Nivel de alfabetización de la población

2005

2006

Tasa de alfabetización de la población adulta

0,994

0,995

Cuadro 13Tasas de empleo y desempleo

Indicadores

2005

2006

2007 *

Tasa oficial de desempleo, porcentaje

0,3

0,2

0,2

Total de empleados por sectores de la economía (en miles de personas)

10 196,3

10 467,0

10 735,4

de ellos:

– Industria

1 347,5

1 402,4

1 445,5

– Agricultura y silvicultura

2 967,4

2 935,9

2 930,1

– Transporte y comunicaciones

488,1

506,9

527,7

– Construcción

848,5

876,6

910,1

– Comercio, servicios gastronómicos, ventas, compras

903,9

977,2

1 055,4

– Vivienda y servicios públicos

316,4

331,2

346,4

– Salud pública, cultura física, deporte y servicios sociales

735,5

768,1

801,4

– Educación, cultura, arte, ciencia y servicios científicos

1 385,1

1 434,5

1 481,8

– Finanzas, crédito, tributación

54,2

54,9

58,4

– Otros

1 149,7

1 179,3

1 178,6

Empleados en el sector estructurado de la economía (miles de personas)

4 642,8

4 562,8

4 587,7

Empleados en el sector no estructurado de la economía (miles de personas)

5 553,5

5 904,2

6 147,7

Población económicamente activa (miles de personas)**

10 224,0

10 492,5

10 758,6

*Estimación.

**La población económicamente activa se considera la suma de las personas empleadas y las personas catalogadas oficialmente como desempleados.

Cuadro 14Número de afiliados a sindicatos desglosado por sector ocupacional y su porcentaje del total de la fuerza laboral, 2007

Organización sindical

Total de trabajadores, estudiantes y alumnos

De ellos, los afiliados a sindicatos (y el porcentaje del total de trabajadores y estudiantes

Sindicato de trabajadores del sector del transporte aéreo

23 153

23 122 (99,8%)

Sindicato de trabajadores del sector del transporte terrestre, fluvial y eléctrico y del sector ferroviario

102 853

102 853 (100%)

Sindicato de trabajadores del sector agroindustrial

2 230 150

2 229 993 (99,99%)

Sindicato de trabajadores de organismos estatales y servicios públicos

269 580

268 561 (99,6%)

Sindicato de trabajadores del sector del transporte ferroviario y construcción de ferrocarriles

73 229

73 229 (100%)

Sindicato de trabajadores de la salud

709 457

709 457 (100%)

Sindicato de trabajadores de la cultura

98 745

97 505 (98,7%)

Sindicato de trabajadores de la industria ligera, la industria del mueble y servicios públicos

212 909

212 909 (100%)

Sindicato de trabajadores de los sectores metalúrgico y de construcción de maquinaria de la industria

120 371

116 820 (97%)

Sindicato de trabajadores de la educación y la ciencia

1 882 051

1 882 051 (100%)

Sindicato de trabajadores del sector de las comunicaciones

60 896

60 879 (99,9%)

Sindicato de trabajadores del sector de la construcción y la industria de materiales de construcción

75 206

73 064 (97,1%)

Sindicato de trabajadores del sector de las industrias energética, minera y química

242 284

241 659 (99,7%)

Sindicato de trabajadores del comercio, las cooperativas de consumidores y empresarios

302 689

302 567 (99,9%)

El porcentaje de afiliados a sindicatos del total de la fuerza laboral (14.791.900 personas) asciende al 43,2%.

Cuadro 15Ingresos monetarios por habitante

(Balance de ingresos y egresos monetarios)

Miles de som

2005

2006

2007

Ingresos monetarios per cápita

371,8

489,1

628,0

Cuadro 16Producto interno bruto de la República de Uzbekistán correspondiente al período 2003-2007

Unidad de medida

Año

2003

2004

2005

2006

2007

Producto interno bruto (PIB)

Millones de som

9 837,8

122 661,0

15 923,4

20 759,3

28 186,2

Tasa de crecimiento del PIB

Porcentaje

104,4

107,7

107,0

107,3

109,5

Cuadro 17Índice de precios al consumidor (porcentaje)

2003

2004

2005

2006

2007

3,8

3,7

7,8

6,8

6,8

B.Estructura constitucional, política y jurídica del Estado

La República de Uzbekistán fue creada el 31 de agosto de 1991 en el territorio de la antigua República Socialista Soviética Uzbeka, tras lo cual pasó a formar parte de la URSS. Uzbekistán es un Estado unitario, con un sistema presidencial de gobierno. El logro de la soberanía marcó el inicio de las reformas cardinales y las transformaciones políticas que se han producido en el país.

La Constitución de la República de Uzbekistán, aprobada el 8 de diciembre de 1992, encarna la voluntad, el espíritu, la conciencia social y la cultura del país. Ante todo, cabe señalar que la ley suprema del país se adhiere a los valores universales y a los principios y las normas del derecho internacional universalmente reconocidos. No se limita a una ideología política, ni a un enfrentamiento de clases, ni a un dictado partidista. El Estado no ejerce un dominio aplastante sobre los ciudadanos.

La Constitución se basa en la separación delospoderes legislativo, ejecutivo y judicial.

a)Poder legislativo

El poder legislativo lo ejerce el Oliy Majlis (Parlamento) de la República, máximo órgano representativo del Estado. A raíz del referendo celebrado en el país, en 2005 se creó un Parlamento bicameral, compuesto de una cámara alta, el Senado, y una cámara baja, la Cámara Legislativa. La formación de un parlamento bicameral contribuyó a fortalecer considerablemente el sistema estatal de Uzbekistán. En primer lugar, se ampliaron las facultades delal perfeccionarse notablemente el mecanismo de frenos y contrapesos entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. En segundo lugar, se amplió la representación democrática de las regiones en el gobierno. En tercer lugar, se elevó sustancialmente la calidad del proceso legislativo. Y en cuarto lugar, se realizó la transición a un parlamento profesional.

La composición y el estatuto jurídico del Parlamento de la República se definen en la Constitución (artículos 76 a 88); en la Leyes constitucionales del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán y de la Cámara Legislativa del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán; y en las Leyes de elecciones al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán y del estatuto del diputado a la Cámara Legislativa y del miembro del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán.

Las legislaturas de la Cámara Legislativa y del Senado son de cinco años. La Cámara Legislativa está compuesta por 120 diputados elegidos por las circunscripciones electorales territoriales según un sistema multipartidista. Su funcionamiento se basa en la labor profesional y permanente de todos los diputados de la Cámara.

Desde el punto de vista orgánico la Cámara Legislativa está compuesta por comités y comisiones. De conformidad con el reglamento de la Cámara Legislativa se han establecido los siguientes 10 comités y comisión: el Comité de presupuesto y reformas económicas; el Comité de legislación y asuntos jurídicos; el Comité de trabajo y asuntos sociales; el Comité de asuntos relativos a la defensa y la seguridad; la Comisión de Asuntos Internacionales y Relaciones Interparlamentarias; el Comité de asuntos agrícolas, del agua y del medio ambiente; el Comité de asuntos relativos a la industria, la construcción y el comercio; el Comité de asuntos relativos a la ciencia, la educación, la cultura y el deporte; el Comité de instituciones democráticas, organizaciones no gubernamentales y órganos de autogestión ciudadana y el Comité de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Las comisiones de la Cámara Legislativa están encargadas de cumplir tareas concretas y están integradas por diputados de la cámara.

Cuadro 18Número de diputados de la Cámara Legislativa del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán desglosado por sexo

Territorio

Hombres

Mujeres

Total

Ciudad de Tashkent

10

1

11

Andizhán

11

11

Bujará

5

2

7

Dzhizak

3

1

4

Kashka Daryá

9

1

10

Navoy

2

2

4

Namangán

7

2

4

Samarkanda

13

13

Surjan - Daryá

7

1

8

Syr-Daryá

3

3

Tashkent

8

4

12

Fergana

11

3

14

Jorezm

5

2

7

República de Karakalpakstán

5

2

7

Total

99 (82,5%)

21 (17,5%)

120

El Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán es la cámara de representación territorial y está integrado por los miembros del Senado (senadores) elegidos en igual número —a razón de seis personas— de entre los diputados de la República de Karakalpakstán, las provincias y la ciudad de Tashkent mediante votación secreta en el curso de las correspondientes sesiones conjuntas de los diputados del Zhokarga Kenesa(Parlamento) de la República de Karakalpakstán, los órganos representativos del poder estatal de las provincias, los distritos y las ciudades. El Presidente nombra a 16 miembros del Senado de entre los ciudadanos con mayor autoridad, gran experiencia práctica y méritos especiales en las esferas de la ciencia, el arte, la literatura, la producción y demás esferas de la vida pública y social.

Cuadro 19Número de miembros del Senado desglosado por territorio y sexo

Territorio

Hombres

Mujeres

Total

Ciudad de Tashkent

4

2

6

Andizhán

6

6

Bujará

5

1

6

Dzhizak

5

1

6

Kashka-Daryá

6

6

Navoy

5

1

6

Namangán

4

2

6

Samarkanda

5

1

6

Surjan-Daryá

6

6

Syr-Daryá

5

1

6

Tashkent

6

6

Fergana

5

1

6

Jorezm

5

1

6

República de Karakalpakstán

6

6

Por Decreto del Presidente

12

4

16

Total

85

15

100

Partidos políticos

Actualmente en la Cámara Legislativa están representadas las fracciones de cinco partidos políticos.

El Partido Social Demócrata de Uzbekistán “Adolat” (PSDU)fue fundado el 18 de abril de 1995. Hoy día el PSDU cuenta con más de 59.000 miembros. Se apoya en la capa media y los segmentos desfavorecidos de la población, aspira a representar su voluntad política y social y promueve su protección social, basado en el principio de la justicia social. Diez diputados integran la fracción del PSDU en la Cámara Legislativa del Oliy Majlis.

El Partido Democrático de Uzbekistán “Milliy tiklanish” (PDMT) fue fundado el 3 de junio de 1995. El PDMT está inscrito oficialmente como fuerza política que aúna a intelectuales, propietarios y empresarios, creadores de propiedad intelectual, la juventud, los científicos, los partidarios de la causa de la independencia, representantes de las zonas rurales que expresan los intereses del pueblo y otras capas sociales de la población que apoyan las actividades del partido.

El objetivo fundamental del Partido Democrático de Uzbekistán “Milliy tiklanish” consiste en contribuir a intensificar los procesos de formación de la conciencia nacional y la educación de la población, entre otros.

El PDMT cuenta con más de 75.000 miembros. Entre las principales tareas de este partido se cuentan establecer las bases del nuevo Estado uzbeko, edificar un Estado democrático de derecho y una sociedad civil y realzar el prestigio de Uzbekistán en la arena internacional.

Once diputados integran la fracción del PDMT en la Cámara Legislativa del Oliy Majlis .

El Movimiento de empresarios y hombres de negocios – Partido Liberal Democrático de Uzbekistán (Lidepu), inscrito el 3 de diciembre de 2003, cuenta con 149.000 miembros. Lidepu es una organización política del alcance nacional que expresa y defiende los intereses de la clase de propietarios, dueños de pequeñas empresas, granjeros y silvicultores, especialistas altamente calificados de la producción y la administración y hombres de negocios. La fracción del Movimiento en la Cámara Legislativa está integrada por 41 diputados de ese partido.

El Partido Nacional Democrático “Fidokorlar” (PNDF) se fundó el 28 de diciembre de 1998. En 2000 dos partidos, “Fidokorlar” (Autosacrificio) y “Batan tarakkiyoti” (Progreso de la Patria), resolvieron fusionarse por su afinidad ideológica. El partido cuenta con más de 71.000 miembros. Hoy día el PNDF defiende fundamentalmente los intereses de la juventud y los empresarios. Al crearse el Parlamento bicameral en 2005, diputados del PNDF pasaron a ocupar 18 escaños en la Cámara Legislativa.

El Partido Democrático Popular de Uzbekistán (PDPU), fundado el 1º de noviembre de 1991, representa el ala izquierda de las fuerzas políticas del país. El PDPU expresa la voluntad política de diversas capas y grupos de la población. Al 10 de enero de 2007 contaba con 343.800 miembros. Tras las elecciones de 2004 quedó constituida la fracción del PDPU en la Cámara Legislativa, integrada por 28 diputados.

Las actividades de los partidos políticos de la República de Uzbekistán se rigen por la Constitución, la Ley de partidos políticos, la Ley de financiación de los partidos políticos y la Ley orgánica por la que se fortaleció la función de los partidos políticos en la renovación y democratización de la dirección estatal y modernización del país.

Cuadro 20Composición de la Cámara Legislativa del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán por partido político y región

Región

“Adolat”

Lidepu

PDMT

PNDF

PDPU

Grupo de acción ciudadana

Total

Ciudad de Tashkent

1

4

2

1

1

2

11

Andizhán

4

1

1

3

2

11

Bujará

1

3

1

2

7

Dzhizak

2

1

1

4

Kashka-Daryá

2

3

1

3

1

10

Navoy

2

1

1

4

Namangán

1

3

1

3

1

9

Samarkanda

2

2

3

4

2

13

Surjan-Daryá

1

2

4

1

8

Syr-Daryá

2

1

3

Tashkent

1

3

2

3

3

12

Fergana

1

9

1

2

1

14

Jorezm

2

2

1

1

1

7

República de Karakalpakstán

1

2

1

2

1

7

Total

10

41

11

18

28

12

120

10 8,33%

41 34,17%

11 9,7%

18 15,0%

28 23,33%

12 10,0%

b)Poder ejecutivo

El Presidente de la República de Uzbekistán es el Jefe de Estado desde el 10 de enero de 2008. El Presidente es elegido por los ciudadanos mediante el sufragio universal, igual, directo y secreto por un período de siete años (artículo 90 de la Constitución). Pueden ser elegidos presidente los ciudadanos de la República de Uzbekistán mayores de 35 años de edad, que dominen con fluidez el idioma oficial y que hayan residido ininterrumpidamente en territorio de Uzbekistán como mínimo 10 años antes de las elecciones (artículo 90 de la Constitución). La misma persona no puede ser Presidente por más de dos períodos consecutivos.

En el artículo 93 de la Constitución se establece que el Presidente será el garante de los derechos y las libertades de los ciudadanos, la Constitución y las leyes de la República de Uzbekistán. Entre las facultades del Presidente se cuentan las siguientes:

–Adoptar las medidas necesarias para proteger la soberanía, la seguridad y la integridad territorial del país;

–Representar el país en el plano nacional y en las relaciones internacionales;

–Negociar y suscribir los acuerdos en que es parte la República de Uzbekistán y garantizar su cumplimiento;

– Nombrar y dirigir el equipo ejecutivo;

–Garantizar la cooperación entre las máximas autoridades del gobierno y la dirección del país;

–Establecer y abolir ministerios, comités estatales y demás órganos de la dirección del Estado;

–Nombrar y destituir de sus cargos a jueces de tribunales provinciales, interdistritales, distritales, municipales, castrenses y económicos;

–Desempeñar la función de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas del país;

–Nombrar el Servicio Nacional de Seguridad y Control Estatal

–Dar solución a las cuestiones que afectan a la población.

El Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán ejerce el poder ejecutivo y está integrado por el Primer Ministro, sus sustitutos, los ministros, los presidentes de comités estatales y el Jefe de Gobierno de la República de Karakalpakstán.

El Consejo de Ministros es nombrado por el Presidente de la República de Uzbekistán. A propuesta del Presidente ambas cámaras del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán examinan y ratifican al candidato para ocupar el cargo de Primer Ministro tras celebrar consultas con cada una de las fracciones de los partidos políticos representados en la Cámara Legislativa del Oliy Majlis y con los diputados elegidos de entre los grupos de acción ciudadana. El Primer Ministro podrá ser liberado de su cargo por iniciativa de las fracciones de los partidos políticos representados en la Cámara Legislativa del Oliy Majlis si en la votación convocada por el Presidente de la República de Uzbekistán dicha iniciativa alcanza los dos tercios de los votos en la Cámara Legislativa y el Senado del Oliy Majlis , respectivamente.

El Consejo de Ministros administra la economía y supervisa la marcha social y espiritual del país. Aplica la Constitución y las leyes, las decisiones del Oliy Majlis y los decretos, las resoluciones y las disposiciones del Presidente y está autorizado a dictar, de acuerdo con la legislación en vigor, resoluciones e instrucciones de obligatorio cumplimiento por todos los organismos públicos, empresas, organizaciones, funcionarios y ciudadanos en todo el territorio del país. Las funciones de este órgano se reglamentan en la Constitución de la República de Uzbekistán (capítulo XX) y en la Ley del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán.

El Consejo de Ministros presenta su renuncia al recién elegido Oliy Majlis.

c)Poder judicial

El poder judicial en Uzbekistán es independiente de los poderes legislativo y ejecutivo, de los partidos políticos y de otras organizaciones públicas (artículos 106 a 116 de la Constitución). En Uzbekistán la autoridad judicial se ejerce por medio del sistema de órganos judiciales:

a)El Tribunal Constitucional de la República de Uzbekistán conoce de los asuntos relativos al carácter constitucional de las disposiciones de los poderes legislativo y ejecutivo;

b)El Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán es el órgano judicial de mayor jerarquía de todos los tribunales civiles, penales y administrativos;

c)El Tribunal Superior de Arbitraje de la República de Uzbekistán resuelve controversias de carácter económico;

d)El Tribunal Supremo de la República de Karakalpakstán;

e)El Tribunal de Arbitraje de la República de Karakalpakstán;

f)Los tribunales provinciales, distritales, municipales y de la ciudad de Tashkent y los tribunales de arbitraje.

A partir del 1º de enero de 2000, a raíz de la aprobación del Decreto Presidencial sobre el perfeccionamiento del sistema judicial de la República de Uzbekistán y la introducción de enmiendas y adiciones en la Ley de tribunales, se procedió al establecimiento de tribunales especiales encargados de las causas civiles y penales. Por consiguiente, partiendo de los tribunales de jurisdicción general, se establecieron los siguientes tribunales: el Tribunal Supremo de lo Civil de la República de Karakalpakstán, el Tribunal Municipal de Tashkent y los tribunales provinciales e interdistritales de lo civil.

También se introdujo la especialización en materia de lo penal a partir de los tribunales de jurisdicción general. En consecuencia, se establecieron los siguientes tribunales: el Tribunal Supremo Penal de la República de Karakalpakstán, el Tribunal Penal Municipal de Tashkent y los tribunales penales provinciales, distritales y municipales.

De conformidad con el artículo 112 de la Constitución y la Ley de tribunales, los jueces son independientes y sólo están sujetos a la ley. Se prohíbe toda injerencia en la labor de los jueces de administrar justicia, lo que entrañará responsabilidad penal. La ley garantiza la inmunidad de la judicatura. Los jueces no podrán ser senadores o diputados del Oliy Majlis. Los jueces no podrán ser miembros de partidos o movimientos políticos ni realizar ninguna otra labor remunerada, salvo las de carácter científico o docente. Los jueces podrán ser revocados antes de que venza su nombramiento únicamente por las razones que prevé la ley.

Órganos estatales locales. Además de los órganos supremos del poder legislativo y ejecutivo, es decir, el Oliy Majlis, la Presidencia de la República y el Consejo de Ministros, el sistema de órganos estatales comprende también las autoridades locales, tales como los consejos de diputados del pueblo y los administradores regionales principales (jokim), encargados de atender los problemas sociales a nivel de provincia, distrito y ciudad. En la Constitución y la Ley de autoridades locales se establecen también sus derechos y facultades. Tras celebrar consultas con los representantes de los grupos partidistas que funcionan en los consejos de diputados del pueblo, el Presidente somete al consejo provincial de diputados del pueblo, para su ratificación, la candidatura del jokim o administrador principal. Los grupos partidistas del consejo provincial de diputados del pueblo están facultados para iniciar el proceso de presentación al Presidente de la República de un dictamensobre el deficiente desempeño de un administrador regional principal.

Los jokims de todos los niveles desempeñan sus funciones con arreglo al principio de la autoridad indivisa. Con arreglo al artículo 104 de la Constitución, las decisiones que adoptan los jokims que actúan dentro de los límites de sus atribuciones son vinculantes para todas las empresas, instituciones, organizaciones, asociaciones, funcionarios y ciudadanos en el territorio de que se trate.

Los órganos representativos locales, consejos de diputados del pueblo, funcionan bajo la dirección del jokim.

Sistema electoral de la República de Uzbekistán

Las bases del sistema electoral de la República de Uzbekistán y sus principios se plasman en la Constitución, uno de cuyos capítulos se dedica por entero al sistema electoral (XXIII), y en la Ley de referendo en la República de Uzbekistán, de 1991; la Ley de elecciones para Presidente de la República de Uzbekistán, de 1991; la Ley de elecciones al Oliy Majlisde la República de Uzbekistán, de 1993; la Ley de elecciones a los consejos de diputados del pueblo a nivel provincial, distrital y municipal, de 1999; la Ley de garantías de los derechos electorales de los ciudadanos, de 1994; y la Ley sobre la Comisión Electoral Central de la República de Uzbekistán.

Al fortalecer el principio de las elecciones, la Constitución concede a cada ciudadano:

–El derecho a elegir y a ser elegido a los órganos representativos del Estado;

–Igualdad y libre albedrío;

–El derecho a ser diputado de cómo máximo dos órganos representativos al mismo tiempo.

Los ciudadanos que hubieren cumplido la edad de 18 años gozan de todos los derechos previstos en la Constitución. En la ley suprema se exceptúa de ello únicamente a cierta categoría de personas. No podrán participar en las elecciones las siguientes personas:

–Toda persona que haya sido declarada incapacitada por un tribunal;

–Todo aquel que haya sido privado de su libertad.

Según los datos de las más recientes elecciones para Presidente de la República de Uzbekistán, celebradas el 23 de diciembre de 2007, más de 16 millones de personas en el país ejercieron su derecho de voto.

Cuadro 21Número de electores en el período 2002-2007

Referendo de la República de Uzbekistán, 27 de enero de 2002

Elecciones a la Cámara Legislativa del Oliy Majlis , 26 de diciembre de 2004

Elecciones para Presidente de la República de Uzbekistán, 23 de diciembre de 2007

No.

Territorio

Número de electores

1.

República de Karakalpakstán

785 707

841 310

960 000

2.

Andizhán

1 205 846

1 297 947

1 485 100

3.

Bujará

770 042

828 978

972 300

4.

Dzhizak

471 547

510 243

609 800

5.

Kashka-Daryá

1 104 091

1 226 010

1 404 800

6.

Navoy

433 766

474 086

514 700

7.

Namangán

1 041 553

1 137 009

1 283 100

8.

Samarkanda

1 420 285

1 540 761

1 724 300

9.

Surjan-Daryá

893 726

967 762

1 107 500

10.

Syr-Daryá

326 328

338 307

409 500

11.

Tashkent

1 246 756

1 446 440

1 597 200

12.

Fergana

1 535 684

1 629 942

1 803 600

13.

Jorezm

744 579

829 920

894 700

14.

C. de Tashkent

1 246 732

1 233 947

1 531 400

Total de la República de Uzbekistán

13 226 642

14 302 662

16 297400

Tienen derecho a participar en las elecciones en la República de Uzbekistán únicamente sus ciudadanos. Los extranjeros y apátridas no gozan de ese derecho.

En la Ley de elecciones a los consejos de diputados del pueblo a nivel provincial, distrital y municipal se consagran los principios fundamentales que subyacen a las elecciones:

–El carácter multipartidista de las elecciones;

–El derecho de sufragio universal, igual y directo;

–La votación secreta;

–La transparencia.

Todos los electores gozan del mismo estatuto jurídico. Todos los ciudadanos de Uzbekistán, independientemente de su situación social; raza; origen étnico; sexo; idioma; nivel de educación; y posición personal, social y económica gozan del mismo derecho de sufragio.

Con arreglo a la legislación de Uzbekistán, el 30% como mínimo de los candidatos a diputado deben ser mujeres.

El sistema electoral de Uzbekistán es una modalidad del régimen de mayorías. De conformidad con la Ley de elecciones al Oliy Majlis, se declarará electo el candidato que obtenga más de la mitad de los votos emitidos en una elección.

Estatuto jurídico de las organizaciones no gubernamentales y reglamentación jurídica de su funcionamiento

Hasta la fecha se han inscrito oficialmente ante el Ministerio de Justicia y sus dependencias locales 1.587 organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, al tiempo que otras 3 446 están pendientes de inscripción. La reglamentación jurídica de las actividades de esas organizaciones se basa tanto en el derecho público como en el derecho privado.

El Estado lleva a cabo una política de asociación pública y desarrollo activo de las organizaciones de la sociedad civil. De conformidad con la Ley de garantías del funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro el Estado puede prestar apoyo a la labor de esas organizaciones en la forma de subvenciones, donaciones y contratos sociales. En junio de 2005 se estableció la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de Lucro de Uzbekistán, encargada de defender los intereses de esas organizaciones en colaboración con el Estado. Se creó asimismo el Fondo de Apoyo a las Organizaciones no Gubernamentales de Uzbekistán.

En la República de Uzbekistán se han adoptado diversas medidas legislativas encaminadas a reforzar y promover la labor de las organizaciones no gubernamentales: se promulgó la Constitución de la República de Uzbekistán, se aprobó el Código de Procedimiento Civil y se sancionaron la Ley de asociaciones, la Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, la Ley de fondos sociales, la Ley de uniones de propietarios de viviendas, la Ley de órganos de autogestión ciudadana, la Ley de garantías del funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro y la Ley de beneficencia. El capítulo XII de la Constitución está dedicado a las asociaciones.

De conformidad con la Constitución de la República de Uzbekistán, el Estado garantiza el cumplimiento de los derechos y los legítimos intereses de las organizaciones de la sociedad civil y les ofrece iguales oportunidades jurídicas de participar en la vida de la sociedad civil. Se prohíbe la injerencia tanto de parte de los órganos y los funcionarios del Estado en las actividades de las asociaciones como la injerencia de estas últimas en la labor de los órganos y los funcionarios del Estado. Con arreglo al artículo 57 de la Constitución, se prohíben la creación y el funcionamiento de asociaciones que propugnen la alteración violenta del orden constitucional; aboguen en contra de la soberanía, la integridad territorial y la seguridad del país, o bien contra los derechos y libertades constitucionales de sus ciudadanos; hagan promoción en favor de la guerra o del odio social, nacional, racial o religioso; atenten contra la salud o la moral de la población; así como de agrupaciones paramilitares constituidas con arreglo a criterios étnicos o religiosos.

Se prohíbe la creación de sociedades y asociaciones secretas.

La principal entidad encargada de inscribir las organizaciones no gubernamentales es el Ministerio de Justicia.

De conformidad con la Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, la dependencia del Ministerio de Justicia que recibe la documentación por la que se solicita la inscripción estatal en calidad de organización no gubernamental sin fines de lucro tiene un plazo de dos meses para examinar dicha solicitud y decidir si procede o no aprobarla, y, en un plazo de tres días a contar del momento en que adopta la decisión, expedirá la certificación de registro estatal correspondiente o, en su lugar, un documento en que se indiquen concretamente las disposiciones legislativas cuyo incumplimiento han motivado la respuesta negativa. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución, una asociación podrá disolverse o prohibirse, o sus actividades limitarse, únicamente por orden judicial.

En el párrafo 2 de la Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, se establece de manera clara y consecuente que una organización se considerará sin fines de lucro siempre y cuando:

a) El objetivo principal de sus actividades no sea la generación de ingresos (ganancias);

b)No distribuya los ingresos obtenidos entre sus miembros.

El régimen impositivo aplicable a las organizaciones no gubernamentales es el que se aplica a las personas jurídicas tras descontar la financiación de las actividades socialmente útiles. Sólo se pagarán impuestos sobre los ingresos (ganancias) derivados de las actividades empresariales.

Sistema de administración de justicia

En la Constitución de la República de Uzbekistán se consagran los principios judiciales y de administración de justicia:

–La independencia de los tribunales y la inmunidad de la judicatura (artículos 106 y 108);

–La independencia de los jueces y su subordinación sólo a la ley (artículo 112);

–La incompatibilidad del ejercicio del cargo de juez con el mandato de diputado (artículos 108 y 112);

–La incompatibilidad del ejercicio del cargo de juez con la afiliación a un partido o movimiento político (artículos 108 y 112);

–El carácter abierto y la transparencia del proceso judicial en todos los tribunales; la vista de una causa a puerta cerrada se efectuará únicamente en los casos previstos en la ley (artículo 113);

– Los procesos judiciales se desarrollarán en el idioma oficial y en las lenguas nacionales de la población mayoritaria de la localidad de que se trate (artículo 115);

–La presencia de un abogado defensor en todas las etapas del proceso de instrucción y el juicio (artículo 116);

–Las disposiciones de un órgano judicial serán vinculantes para todos los órganos estatales, empresas, instituciones y organizaciones, asociaciones, funcionarios y ciudadanos (artículos 109, 110 y 114).

El sistema judicial de la República de Uzbekistán es relativamente complejo. Consiste en tres secciones, ya que el país se compone de la República de Karakalpakstán y 12 provincias. Además, el tribunal de la ciudad de Tashkent tiene rango de tribunal provincial y jerárquicamente está por encima de los tribunales de distrito que funcionan dentro de los límites de la capital del país.

En la República de Uzbekistán en la vista de una causa intervienen varias instancias. Por ejemplo, el tribunal penal provincial o el tribunal penal interdistrital cumplen solamente una función, la de tribunal de primera instancia. El Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán, los tribunales provinciales y el Tribunal Municipal de Tashkent examinan las causas dentro de los límites de sus facultades como primera instancia; instancia de apelación o casación; e instancia de revisión. Esos mismos tribunales supervisan las actuaciones judiciales de los tribunales provinciales, interdistritales y municipales (párrafo 30 de la Ley de tribunales). De modo similar, el Tribunal Supremo, máximo órgano de administración de justicia en lo civil, lo penal y lo administrativo, está facultado para conocer las causas en su condición tanto de tribunal de primera instancia como instancia de revisión. Además, las causas vistas en el Tribunal Supremo como primera instancia podrán ser conocidas por ese mismo tribunal como instancia de apelación o de casación. Una causa vista por vía de apelación no podrá ser juzgada ante una instancia de casación (párrafo 13 de la Ley de tribunales).

Toda causa se conoce en la correspondiente instancia judicial con arreglo a determinadas normas procesales, con un objetivo precisamente establecido. En la República de Uzbekistán las normas procesales se estipulan en varios instrumentos jurídicos y normativos: el Código de Procedimiento Penal (1994), el Código de Procedimiento Civil (1997) y el Código de Procedimiento Administrativo (1997).

Por regla general, una causa podrá ser conocida en dos instancias, la primera y la segunda. La vista de una causa por vía de revisión no se considera una tercera instancia, ya que sólo se prevé en casos excepcionales.

La vista de una causa en primera instancia consiste en su examen en cuanto al fondo a fin de condenar o absolver a un acusado, si se tratara de una causa penal, o de admitir o rechazar una demanda, en una causa civil. Dentro de los límites de sus atribuciones, todos los tribunales conocen de las causas en primera instancia.

Las causas más complejas son enjuiciadas por los tribunales superiores, incluso hasta por el Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán.

En el examen de una causa en cuanto al fondo es habitual que el tribunal, en presencia de un defensor del pueblo o sin ella, se analizan las pruebas y se establecen todos los hechos pertinentes a la causa. Concluido el examen de la causa penal el tribunal dicta una sentencia, o emite un dictamen si se trata de una causa civil.

Antes de que se hagan firmes, los actos judiciales podrán ser impugnados ante tribunales superiores por vía de apelación en un plazo de 10 días en las causas penales y de 20 días en las causas civiles a contar de la fecha en que se dio a conocer la sentencia o el dictamen.

En los casos de un dictamen o sentencia firme no apelado, este podrá impugnarse ante un tribunal superior por vía de casación en un plazo de un año a contar de la fecha en que el tribunal dio a conocer su decisión.

De modo similar, los actos judiciales firmes podrán volver a examinarse por vía de revisión, si bien únicamente por objeción del fiscal, el presidente del tribunal o de sus adjuntos, a quienes se confiere ese derecho por ley en la República de Uzbekistán.

La tramitación de un juicio constitucional se hará de conformidad con la Ley de tribunal constitucional de la República de Uzbekistán.

Estadísticas sobre delincuencia

Cuadro 22Total de homicidios premeditados

En los últimos cinco años en el país se registran tendencias a la disminución del número total de homicidios premeditados: mientras que en 2003 y 2004 se registraron 963 y 962 homicidios, respectivamente, en 2005 se registraron 910 casos. En 2006 se registraron 891 casos, lo que en comparación con la cifra registrada en 2005 representa una disminución del 5,4% al tiempo que la cifra de 815 correspondiente a 2007 representa una disminución del 5,3% respecto de la cifra de 2006.

Según lo estipulado en el artículo 15 del Código Penal de la República de Uzbekistán, los delitos se clasifican según el carácter y grado de peligrosidad social que entrañen, a saber, los que no entrañan gran peligrosidad social, los delitos menos graves, los delitos graves y los delitos especialmente graves.

Se considera que no entrañan gran peligrosidad social los delitos por cuya comisión se prevé una pena de prisión de hasta tres años, además de los delitos por negligencia, por cuya comisión la ley prevé penas de prisión de hasta cinco años.

Se consideran menos graves los delitos de menor cuantía, por cuya comisión la ley prevé penas de prisión de tres a cinco años, así comolos delitos por negligencia, por cuya comisión la ley prevé penas de prisión de más de cinco años.

Se consideran graves los delitos por cuya comisión la ley prevé penas de prisión de 5 a 10 años.

Se consideran especialmente graves los delitos por cuya comisión la ley prevé penas de prisión de 10 años a cadena perpetua.

Cuadro 23Número de delitos registrados, desglosados por grado de peligrosidad social, sexo y edad

2003

2004

2005

2006

2007

Total de delitos registrados, de ellos

78 925

79 129

79 883

82 352

83 905

Delitos que no entrañan gran peligrosidad social

35 084

36 080

38 098

40 209

40 492

Delitos menos graves

24 636

24 642

23 892

24 615

25 747

Delitos graves

12 716

12 030

11 618

11 224

11 089

Delitos especialmente graves

6 489

6 377

6 275

6 394

6 600

Autores de delitos identificados

Por 100.000 habitantes, (%) de ellos

71 688

28

70 486

27,3

71 405

27,3

74 558

28,2

78 044

29,3

Hombres

Por 100.000 habitantes (%)

62 383

24,4

64 413

24,9

61 720

23,6

64 097

24,3

66 517

24,9

Mujeres

Por 100.00 habitantes (%)

9 305

3,6

9 073

3,5

9 685

3,7

9 461

3,6

11 527

4,3

Menores de edad

2 974

2 837

2 727

2 826

2 853

Reincidentes

11 579

10 797

10 485

10 355

9 326

Con empleo

27 553

25 701

24 705

27 950

31 496

Personas en estado de embriaguez

6 140

5 750

5 558

5 257

4 775

De 13 a 15 años de edad

624

614

582

580

604

De 16 y 17 años de edad

2 350

2 223

2 145

2 246

2 249

De 18 a 24 de edad

12 333

11 824

14 734

14 919

14 958

De 25 a 29 años de edad

9 718

9 410

12 908

12 905

13 283

Homicidios registrados

Por 100.000 habitantes (%)

963

3,8

962

3,7

910

3,4

891

3,4

815

3,1

Casos de asalto con fuerza

Por 100.000 habitantes (%)

986

3,8

1 069

4,1

5,49

5,60

6,23

Casos de robo

Por 100.000 habitantes (%)

1 436

5,6

1 430

5,5

1 439

5,5

1 712

6,4

1 805

6,7

Detenciones preventivas

Por 100.000 habitantes (%)

12 899

50,5

11 195

43,3

10 518

40,2

10 353

39,2

10 087

37,8

Causas remitidas a tribunales penales

40 777

39 888

40 118

39 787

39 752

Acusados puestos a disposición de un tribunal

Por 100.000 habitantes (%)

51 024

199,9

42 687

165,4

48 880

187,1

48 463

183,5

48 763

182,8

Número de violaciones registradas

572

576

492

506

475

Causas por violación remitidas a tribunales

Por 100.000 habitantes (%)

568

2,2

627

1,0

739

2,8

711

2,7

829

3,1

Duración máxima y media de la prisión preventiva

Como parte de la reforma del sistema judicial la duración de la investigación preliminar de las causas penales fue reducida por ley de dos años a un año y la detención de los acusados de un año y medio a nueve meses, y en casos excepcionales hasta un año, al tiempo que se restringió el ámbito de aplicación de la medida de detención cautelar.

Además, a fin de proteger eficazmente los derecho y libertades consagrados en la Constitución relacionados con la inviolabilidad de la persona, su protección contra enjuiciamientos arbitrarios y el derecho a un juicio imparcial en Uzbekistán, de conformidad con la Ley No. 100, de 11 de julio de 2007, de transfirió a la competencia de los tribunales la facultar de ordenar la detención de personas sospechosas o acusadas de haber cometido delitos. Se vienen introduciendo actualmente las correspondientes enmiendas en los artículos del Código de Procedimiento Penal de la República de Uzbekistán que reglamentan los plazos de detención y su prórroga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 245 del Código de Procedimiento Penal de la República de Uzbekistán.

El plazo de detención preventiva durante la investigación de los delitos no excederá de tres meses.

La decisión de prolongar la norma establecida relativa al plazo de detención cautelar de tres meses compete a los tribunales, a petición:

–Hasta cinco meses, del Fiscal de la República de Karakalpakstán, el fiscal de la provincia y ciudad de Tashkent o los fiscales de igual jerarquía;

–Hasta 9 meses, del Fiscal General de la República de Uzbekistán;

–Hasta un año, del Fiscal General de la República de Uzbekistán en los casos de investigaciones de causas complejas incoadas contra acusados de haber cometido delitos graves y especialmente graves. No podrá prorrogarse el plazo de detención por un período mayor. A la hora de examinar todas esas peticiones el tribunal tendrá en cuenta la fundamentación de los autos que se sometan a su consideración y además si se han observado las normas y exigencias procesales establecidos.

El artículo 247 del Código de Procedimiento Penal define el procedimiento que se seguirá para prorrogar el período de detención preventiva.

Por lo menos seis días antes de que venza el plazo de detención de un acusado, el fiscal interesado podrá presentará ante los tribunales la petición de prorrogar dicho plazo. En el auto presentado a ese fin se expondrán los motivos de la dilación de la investigación y las versiones y circunstancias que se verificarán en el período complementario que se solicita.

La petición de prorrogar el plazo de detención será examinada personalmente por el juez del tribunal provincial (municipal) encargado de causas penales o del tribunal de la circunscripción territorial en que se haya cometido el delito o se haya practicado la investigación preliminar, y de no disponer esos tribunales de un juez o si se dieran circunstancias por las que este debiera ser recusado del examen del auto en que se solicita la prórroga del plazo de detención, se someterá la petición al juez de otro tribunal competente según indicación del presidente del Tribunal Penal Supremo de la República de Karakalpakstán, del tribunal penal provincial y municipal de Tashkent y del Tribunal Militar de Uzbekistán.

La petición de prórroga del plazo de detención se examinará a puertas cerradas antes de que transcurran 72 horas de la presentación del auto.

La petición de prórroga del plazo de detención se examinará en presencia del fiscal, el acusado y el abogado defensor, si este participara en la causa. De ser necesario, se reclamará la presencia del investigador.

La petición de prórroga del plazo de detención podrá ser examinada por el tribunal en ausencia del acusado si fuese necesario ingresarlo en una institución médica para practicarle un peritaje siquiátrico. En dicho caso, la presencia del abogado defensor es obligatoria.

Tras examinar la petición de prórroga del plazo de detención, el juez toma una de dos determinaciones:

–O prorroga el plazo de detención;

–O rechaza la petición de prórroga del plazo de detención.

La decisión del juez de aprobar o rechazar la petición de prórroga del plazo de detención se hará firme en el momento en que se dé a conocer y se aplicará de inmediato. La decisión del juez se comunicará al fiscal para su aplicación y al acusado y al abogado defensor para su información. La decisión de juez podrá ser impugnada o apelada por vía de apelación, siguiendo las normas previstas en el apartado dos del artículo 241 del presente Código, antes de que transcurran 72 horas.

Una vez examinado el auto de apelación, el tribunal de apelación tendrá derecho a ejercer su criterio y:

–Ratificará la decisión del juez sin modificaciones y desestimará la impugnación o apelación; o

–Revocará la decisión del juez y rechazará la petición de prórroga de la detención o prorrogará el plazo de detención. En caso de que se prorrogue el plazo de detención de un acusado que haya sido puesto en libertad por haber vencido el plazo de detención preventiva, el tribunal ordenará su detención como medida cautelar.

Número de casos de defunciones en custodia

En el período 2005-2007 tres detenidos en centros de detención provisional cometieron suicidio por ahorcamiento.

En los centros penitenciarios del país fallecieron 10 reclusos en 2005, 15 en 2006 y 10 en 2007. En 29 casos las causas de muerte fueron la tuberculosis, las enfermedades del sistema digestivo, las patologías cardiovasculares y hubo 6 casos de suicidio o de accidentes mortales.

Número de funcionarios de órganos del orden interior por cada 100.000 habitantes

El número de funcionarios de los órganos del orden interior encargados de la lucha contra la delincuencia y el mantenimiento del orden público por cada 100.000 habitantes es 111.

Cuadro 24Monto de las demandas por daños materiales presentadas por las víctimas de delitos penales

Monto total adjudicado en las actuaciones judiciales

Suma total percibida

Año

En miles de som

En millones de som

Porcentaje

2005

17 444,5

11 649,6

66,8

2006

74 246,0

72 040,2

97,0

2007

33 062,0

29 557,4

89,4

2.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos

C.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos

Cuadro 25

Título del tratado

Información sobre la adhesión

Reservas y declaraciones

Suspensiones restricciones o limitaciones

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966

31 de agosto de 1995

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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966

31 de agosto de 1995

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Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965

31 de agosto de 1995

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Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979

6 de mayo de 1995

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Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1984

31 de agosto de 1995

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Convención sobre los Derechos del Niño de 1989

9 de diciembre de 1992

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Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares de 1990

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Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados de 2000

En proceso de examen

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Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de 2000

En proceso de examen

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Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos relativo a las comunicaciones de particulares de 1966

31 de agosto de 1995

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Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte 1989

En proceso de examen

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer relativo a las comunicaciones individuales y los procedimientos de examen de 1999

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Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura relativo a un sistema de visitas periódicas de órganos internacionales y nacionales a los lugares de detención de 2002

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a)Ratificación de otras convenciones de derechos humanos y convenciones conexas de las Naciones Unidas

Cuadro 26

Título de la convención o el convenio

Información sobre la adhesión

Reservas y declaraciones

Suspensiones, restricciones o limitaciones

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948

20 de agosto de 1999

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Convención sobre la Esclavitud de 1926, modificada en 1955

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Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena de 1949

12 de diciembre de 2003

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Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y Protocolo de 1967

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Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954

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Convención para reducir los casos de apatridia de 1961

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Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998

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Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000

Suscrita el 13 de diciembre de 2000

Ratificada el 30 de agosto de 2003

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Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

Suscrito el 28 de junio de 2001

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Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

Suscrito el 28 de junio de 2001

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b)Ratificación de otros tratados internacionales pertinentes

Cuadro 27

Título del tratado

Información sobre la adhesión

Reservas y declaraciones

Suspensiones, restricciones o limitaciones

Convenios de la Organización Internacional del Trabajo

Convenio sobre el descanso semanal (industria) ( No . 14, 1921)

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Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio ( No . 29, 1930)

30 de agosto de 1997

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Convenio sobre la inspección del trabajo ( No. 81, 1947)

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Recomendación sobre los trabajadores migrantes ( No. 86, 1949)

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Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación ( No. 87, 1948)

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Convenio sobre los trabajadores migrantes ( No. 97, 1949)

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Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva ( No. 98, 1949)

30 de agosto de 1997

Convenio sobre igualdad de remuneración ( No. 100, 1951)

30 de agosto de 1997

Convenio sobre la seguridad social (norma mínima) ( No. 102, 1952)

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Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso ( No. 105, 1957)

30 de agosto de 1997

Convenio sobre el descanso semanal (comercio y oficinas) ( No. 106, 1957)

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Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación) ( No. 111, 1958)

30 de agosto de 1997

Convenio sobre la igualdad de trato (seguridad social) ( No. 118, 1962)

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Convenio sobre la política del empleo ( No. 122, 1964)

6 de mayo de 1995

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Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura) ( No. 129, 1969)

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Convenio sobre la fijación de salarios mínimos ( No. 131, 1970)

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Convenio sobre las vacaciones pagadas (revisado) ( No.  132, 1970)

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Convenio sobre la edad mínima ( No. 138, 1973)

Aprobado por la cámara baja del Parlamento (marzo de 2008)

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Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias) ( No. 143, 1975)

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Recomendación sobre los trabajadores migrantes ( No.  151, 1975)

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Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública ( No. 151, 1978)

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Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores ( No. 155, 1981)

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Convenio sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras: trabajadores con responsabilidades familiares ( No. 156, 1981)

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Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes ( No. 169, 1989)

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Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil ( No. 182, 1999)

Aprobado por la cámara baja del Parlamento (marzo de 2008)

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Convenio sobre la protección de la maternidad ( No. 183, 2000)

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Convenios de Ginebra y otros tratados de derecho internacional humanitario

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña (Convenio I), 1949

3 de septiembre de 1993

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Convenio de Ginebra para a liviar la suerte que corren los  heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar (Convenio II), 1949

3 de septiembre de 1993

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Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (Convenio III), 1949

3 de septiembre de 1993

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Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I), 1977

3 de septiembre de 1993

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Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Pro tocolo  II), 1977

3 de septiembre de 1993

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D.Marco jurídico de la protección de los derechos humanos a nivel nacional

Fundamento jurídico de la protección de los derechos humanos

Al 1º de febrero de 2007 en el país estaban en vigor 15 códigos, 368 leyes, 631 decretos y disposiciones presidenciales, 2.445 resoluciones del Consejo de Ministros y 1.206 normativas departamentales. En los años transcurridos desde la independencia se han sentado las bases de una reglamentación eficaz de las relaciones socioeconómicas y sociopolíticas mediante la promulgación de un conjunto formidable de legislación. Prácticamente todas las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos han hallado cabida en la Constitución de la República de Uzbekistán y se han seguido desarrollando en la legislación vigente.

En la Ley orgánica sobre los fundamentos de la independencia como Estado de la República de Uzbekistán, de 31 de agosto de 1991, se establece que en el territorio de Uzbekistán se crea la ciudadanía de la República de Uzbekistán de conformidad con la Declaración de Derechos Humanos.

Todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán, independientemente de su origen étnico,posición social, religión y convicciones gozan de los mismos derechos civiles y están protegidos por la Constitución de la República y su legislación.

En la Constitución están íntimamente entrelazados los valores populares, nacionales y estatales con todos los ideales universales de la cultura jurídica de la humanidad.

El carácter especial de las normas reconocidas de derechos humanos se reafirma en el Preámbulo de la Constitución de la República de Uzbekistán, que reza: “El pueblo de Uzbekistán, declarandosolemnemente su adhesión a los derechos humanos y a los principios de la soberanía estatal; reconociendo la enorme responsabilidad que le corresponde ante las generaciones actual y futuras; basándose en la experiencia histórica del desarrollo del sistema estatal uzbeko; reafirmando su adhesión a los ideales de la democracia y la justicia social; reconociendo la primacía de las normas universales del derecho internacional; decidido a garantizarles una vida digna a los ciudadanos del país; habiéndose planteado la tarea de edificar un Estado de derecho democrático y humanitario, en aras de la paz ciudadana y la concordia nacional, adopta su Constitución mediante sus representantes plenipotenciarios”.

La Constitución de Uzbekistán tiene como postulado básico que el ser humano, su vida, honor, dignidad y demás derechos inalienables constituyen el valor supremo (artículo 13). Esa premisa fundamental representa una de las bases fundamentales del régimen constitucional de Uzbekistán y presupone la función e importancia que la Constitución confiere a los derechos y las libertades del hombre.

El artículo 31 de la Constitución establece que “se garantiza a todos la libertad de conciencia. Toda persona tiene derecho a profesar cualquier religión o a no practicar ninguna. Se prohíbe inculcar doctrinas religiosas por la fuerza”.

El artículo 43 de la Constitución establece la obligación del Estado de garantizar a los derechos y libertades civiles que se consagran en la Constitución y leyes del país. Con arreglo al artículo 44 de la Constitución, a toda persona se garantiza la protección judicial de sus derechos y libertades y el derecho a denunciar ante los tribunales las acciones ilícitas de los órganos y funcionarios del Estado y de las asociaciones públicas.

Además de esas normas generales relativas a las garantías, la consagración de facto de cada derecho y libertad concretos viene acompañada de una indicación de las condiciones y los mediospara garantizar su realización.

Las garantías constitucionales de los derechos humanos abarcan todos los medios jurídicos necesarios para realizar y proteger los derechos humanos y libertades fundamentales en los diferentesámbitos del derecho de la República de Uzbekistán.

Como es natural, las garantías de los derechos humanos y libertades fundamentales no se reducen únicamente a su plasmación constitucional.

Los derechos humanos en la República de Uzbekistán se plasman jurídicamente en las leyes orgánicas del país, los códigos y todo un conjunto de leyes que benefician directamente a todos. El Parlamento ha sancionado más de 300 leyes que reglamentan los derechos y las libertades fundamentales del hombre. Los aspectos generales de la garantía y protección de los derechos y libertades civiles se definen en las normas de la legislación sectorial del país. Los principios más importantes de la garantía de los derechos humanos y libertades fundamentales se plasman en las normas del Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código de Infracciones Administrativas de la República de Uzbekistán.

132.Forman parte integrante del sistema jurídico del país los programas de corte social que aprueba anualmente el Gobierno al dedicar cada año a la solución de tareas sociales concretas. Por regla general, esos programas contienen una parte legislativa, así como medidas concretas para elevar el bienestar social de los grupos vulnerables de la población, la familia, la maternidad, la infancia, las personas de edad avanzada, las personas con discapacidad y la juventud. Esos programas se financian con cargo a fondos públicos y en su ejecución participan asimismo las organizaciones no gubernamentales.

133.A partir de enero de 2008 se han promulgado leyes destinadas a abolir la pena capital, sobre la transferencia a los tribunales de la facultad de dictar órdenes de detención, sobre las garantías de los derechos del niño y una ley orgánica sobre el fortalecimiento de la función de los partidos políticos en la renovación y democratización de la dirección del Estado y la modernización del país.

134.En la práctica de la República de Uzbekistán desempeñan la función de mecanismos de ejecución los programas y planes de acción nacionales para aplicar las recomendaciones de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados dimanadas del examen de los informes nacionales de Uzbekistán.

Jerarquía de los tratados internacionales de derechos humanos en el plano nacional

135.A principios de 2008 la República de Uzbekistán concertó más de 900 tratados y acuerdos multilaterales y bilaterales y se adhirió a más de 170 importantes convenciones y tratados internacionales, entre ellos más de 60 tratados en materia de protección de los derechos y las libertades del hombre.

136.Del análisis de la legislación nacional en materia de fortalecimiento y garantía de la primacía de las normas del derecho internacional sobre las nacionales se desprende que la legislación sectorial del país parte fundamentalmente del principio de la primacía de las normas de los tratados internacionales sobre las leyes nacionales. Por ejemplo, de conformidad con el artículo 11 del Código Penal de la República de Uzbekistán, la legislación penal del país se basa en la Constitución y en las normas universalmente reconocidas del derecho internacional y consiste en el Código vigente.

137.La redacción del artículo 4 del Código de Ejecución de Sanciones Penales no deja lugar a dudas cuando establece que la legislación en materia de ejecución de sanciones penales tiene en cuenta los principios y las normas del derecho internacional en lo concerniente a la ejecución de condenas y el trato de reclusos.

138.Las normativas de la legislación en materia de ejecución de sanciones no podrán contravenir lo dispuesto en los instrumentos internacionales sobre la prevención de la tortura y otros tratos o penas inhumanos o degradantes.

139.Cuando las disposiciones de un tratado internacional en que sea parte la República de Uzbekistán difieran de lo previsto en la legislación nacional de ejecución de sanciones, se aplicará lo dispuesto en el tratado internacional.

140.Con mayor frecuencia se emplea una redacción en que se hace referencia a las normativas del derecho internacional en general. De ese modo, muy a menudo se usa la variante del artículo 9 del Código de la Familia de la República de Uzbekistán, según la cual, cuando en un tratado internacional en que es parte la República de Uzbekistán se establecen normativas que difieren de las contenidas en la legislación de la familia de la República de Uzbekistán, en dicho caso se aplicarán las normativas del derecho internacional. Aquí se trata únicamente de la primacía de aplicación cuando en el tratado se establecen “otras normativas”sólo para un caso concreto, sin influir en el efecto de las normativas de la ley en su conjunto, esto es, cuando constituye una excepción para una situación determinada. En este último caso el tratado no tiene primacía sobre la ley, ya que se trata de la primacía de aplicación en un caso concreto. Eso significa que se tienen en cuenta “otras normativas” cuando estas revocan o modifican las normativas de la ley, y no cuando constituyan excepciones para un caso concreto.

141.Se ha reforzado marcadamente la primacía de aplicación de los tratados internacionales en situaciones concretas, como, por ejemplo, en instrumentos normativos como el Código de Trabajo y el Código de la Familia. La primacía de aplicación en esos casos se hace extensiva a las normativas de todos los tratados internacionales vigentes en que es parte la República de Uzbekistán, por cuanto las normativas de esos tratados forman parte del derecho de la República de Uzbekistán y, en consecuencia, son directamente aplicables.

142.De conformidad con la Ley de tratados internacionales, de 25 de diciembre de 1995, Uzbekistán aplicará rigurosa y obligatoriamente los tratados internacionales en que sea parte el país con arreglo a las normas del derecho internacional.

Sistema de órganos estatales que adoptan decisiones en materia de derechos humanos

143.Entre los órganos de la República de Uzbekistán que están facultados para decidir cuestiones relativas a los derechos humanos se cuentan los siguientes:

–La Cámara Legislativa y el Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán, así como los órganos representativos locales del Estado;

–El Presidente de la República de Uzbekistán;

–El Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, los ministerios y los organismos estatales e instituciones vinculados con órganos ejecutivos;

–Los órganos judiciales del país;

–El Fiscal General de la República de Uzbekistán.

144.El Oliy Majlis es el órgano legislativo supremo de la República de Uzbekistán encargado de crear las bases jurídicas de la garantía y la protección de los derechos humanos. En los años transcurridos desde la independencia el Oliy Majlis ha elaborado y sancionado más de 1.000 leyes, en su mayoría destinadas a garantizar directamente los derechos y libertades concretos del hombre. El procedimiento de ratificación de tratados internacionales de derechos humanos tiene lugar en el Parlamento del país. Los comités tanto de la cámara baja como de la cámara alta del Parlamento de Uzbekistán ejercen la fiscalización parlamentaria del cumplimiento de los tratados internacionales de derechos humanos y de las leyes vigentes en la esfera de los derechos humanos. Por ejemplo, en 2006 el Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán realizó un examen parlamentario del cumplimiento de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño en las provincias del Valle de Fergana, al tiempo que en el período 2005-2006 el Comité de relaciones interparlamentarias de la Cámara Legislativa examinó el cumplimiento de las disposiciones de la Convención contra la Tortura en la provincia de Tashkent.

145.En 1995 se creó la Comisión de derechos y libertades constitucionales adjunta al Oliy Majlisde la República de Uzbekistán (que se convertiría posteriormente en la Comisión de derechos y libertades constitucionales adjunta a la oficina del Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis para los derechos humanos).

146.También en 1995 se creó el puesto de Comisionado de Derechos Humanos, adjunto al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán, encargado de examinar las denuncias de violaciones de los derechos humanos. Las actividades de ese cargo se definen por ley. Al recibir una denuncia el Comisionado lleva a cabo una investigación independiente y, concluida esta, presenta a las instancias competentes sus recomendaciones sobre cómo debe rectificarse la situación. El comisionado se basa en las denuncias para seguir de cerca los casos de violaciones de los derechos humanos. Las estadísticas anuales de las quejas y denuncias y del análisis de su contenido se recopilan en un informe que se dirige a ambas cámaras del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán y se publica en la Internet.

147.De conformidad con el párrafo 1 del artículo 93 de la Constitución, el Presidente es el garante de la observancia de los derechos y libertades civiles, la Constitución y la legislación de la República de Uzbekistán.

148.Por iniciativa del Presidente se formularon los principios conceptuales para acometer a nivel nacional los aspectos prioritarios de la reforma y liberalización ulterior del sistema judicial. En el marco de la aplicación de esos aspectos prioritarios se aprobaron siete decretos, tres resoluciones y tres disposiciones presidenciales. En ejercicio de su derecho constitucional el Presidente promulgó las leyes de abolición de la pena capital y de institución del recurso de habeas corpus. Las instituciones nacionales de derechos humanos también fueron creadas por iniciativa del Presidente. En sus intervenciones en las sesiones conjuntas del Parlamento el Jefe de Estado siempre presta especial atención a la garantía de los derechos humanos.

149.En su condición de órgano supremo del poderejecutivo, el Consejo de Ministros está encargado de llevar a la práctica directamente las leyes y directrices sancionadas por el Parlamento del país y los decretos y disposiciones del Presidente de la República de Uzbekistán.

150.A fin de poner en práctica por conducto de la legislación nacional las normas universalmente reconocidas del derecho internacional en materia de derechos humanos y de lograr su amplia difusión, el Gobierno de la República de Uzbekistán ha puesto en marcha toda una serie de programas de corte social.

151.Los órganos judiciales forman parte del sistema estatal de órganos encargados de proteger los derechos humanos. En ese sistema desempeña una importante función el Tribunal Constitucional de la República de Uzbekistán, encargado de examinar la constitucionalidad de los proyectos de ley y los decretos de los podereslegislativo y ejecutivo. Desde su creación el Tribunal Constitucional ha aprobado 14 resoluciones y decisiones relativas a la interpretación de las normativas de la legislatura y, por consiguiente, a la protección de los distintos derechos humanos y libertades fundamentales.

152.El sistema de tribunales de jurisdicción general se encarga de proteger los derechos y de restañar los derechos vulnerados. Al examinar la práctica judicial en sesión plenaria el Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán hace especial hincapié en la protección de todos los derechos humanos. Las decisiones adoptadas por el Pleno del Tribunal Supremo son opiniones interpretativas del derecho y, por consiguiente, son de carácter vinculante para todos los órganos policiales y judiciales del país. Por ejemplo, en 2007, con motivo de la institución del recurso de habeas corpus en la legislación nacional y la abolición de la pena capital en Uzbekistán, el Pleno del Tribunal Supremo emitió dos opiniones relativas a ciertos aspectos de la aplicación de la pena de cadena perpetua y a la adopción por los tribunales de la medida cautelar de detención preventiva en la fase de instrucción de una causa.

153.La protección especializada de los derechos de los participantes en un proceso judicial compete a los órganos de la fiscalía. El estatuto jurídico de la fiscalía se define en la Constitución de la República de Uzbekistán y en la Ley de la Fiscalía General de la República, de 29 de agosto de 2001, en cuya virtud el Fiscal General de la República de Uzbekistán y los fiscales adjuntos están encargados de supervisar el cumplimiento estricto y uniforme de las leyes por todos los ministerios, los comités estatales, los organismos estatales, los órganos de control estatal, los jokims, así como por las instituciones, las empresas y las organizaciones, independientemente de su relación de subordinación, pertenencia o forma de propiedad, las unidades militares, las asociaciones, los funcionarios y los ciudadanos. Además de que el fiscal está encargado de la supervisión general de la legalidad, en la fiscalía funcionan dos direcciones especializadas relacionadas directamente con los derechos humanos: la Dirección de vigilancia del cumplimiento de la ley en los centros de detención y de detención preventiva en relación con quienes cumplan sentencias u otras medidas coactivas que entrañen restricciones de la libertad personal dictadas por un tribunal y la Dirección para la defensa de los legítimos intereses de las personas, la sociedad y el Estado.

154.Al Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán le han sido conferidas importantes facultades en materia de garantía y protección de los derechos y las libertades del hombre. De conformidad con los párrafos 2 y 6 de la Resolución sobre el Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán, entre las principales funciones del Ministerio se cuentan garantizar la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución y las leyes, promover el desarrollo multifacético de las organizaciones de la sociedad civil y robustecer su base jurídica.

155.La Dirección para la defensa de los derechos humanos es la dependencia especializada del Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán que se encarga de proteger directamente los derechos y las libertades del hombre. La Dirección fue establecida en cumplimiento de la resolución No. 370 del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, de 27 de agosto de 2003, sobre medidas para el perfeccionamiento ulterior de la labor del Ministerio de Justicia. De conformidad con esa resolución en el Ministerio de Justicia de la República de Karakalpakstán y en las dependencias de justicia de la ciudad de Tashkent se establecieron secciones para la protección de los derechos humanos que forman parte de la citada Dirección.

156.Entre sus principales funciones, la Dirección:

–Analiza la legislación en materia de derechos humanos y el estado de su aplicación, formula propuestas para su perfeccionar y el mejora la labor de aplicación;

–Promueve el desarrollo de las organizaciones de la sociedad civil y el robustecimiento de su base jurídica; y

–Garantiza la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución y las leyes;

–Elabora medidas destinadas a fomentar los conocimientos jurídicos de la población en materia de derechos y libertades y a difundir en la sociedad el respeto de los derechos humanos;

–Contribuye a fortalecer la función de la abogacía en la protección de los derechos y las libertades del hombre, a desarrollar las organizaciones de la sociedad civil y a fortalecer su base jurídica;

–Colabora con las organizaciones internacionales y no gubernamentales dedicadas a la protección de los derechos humanos que funcionan en la República de Uzbekistán.

157.A fin de mejorar el mecanismo para velar por la compatibilidad entre la base jurídica y la aplicación de normas con los objetivos y tareas de la reforma y la modernización del país, porDecisión del Presidente de la República de Uzbekistán, de 15 de diciembre de 2005, en el marco del Ministerio de Justicia se creó el Centro de supervisión de la aplicación de instrumentos jurídicos y normativos.

158.Los órganos del orden interior desempeñan una importante función en la República de Uzbekistán. La investigación de delitos es una esfera de actividad de los órganos del orden interior donde de manera más palpable y con mayor frecuencia se afectan los derechos y libertades de las personas que se ven involucradas en un proceso penal. De conformidad con los párrafos 1 y 2 de la Resolución sobre el Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán, creado por Resolución del Consejo de Ministros, de 25 de octubre de 1991, el Ministerio, dentro de los límites de sus atribuciones, garantiza la protección de los derechos y legítimos intereses de los ciudadanos, el orden público, la seguridad de la población y la lucha contra la delincuencia.

159.El 21 de agosto de 2003, en un Protocolo conjunto de la Dirección central de investigaciones del Ministerio del Interior y el Colegio de Abogados de Uzbekistán, se ratificó la Decisión relativa al reglamento sobre la defensa de los derechos de los detenidos, sospechosos y acusados durante las diligencias preliminares y las investigaciones prejudiciales. En virtud de esa Decisión se nombraron abogados en todas las dependencias de investigaciones de los órganos del orden interior. Se estableció un régimen de abogados de guardia en los órganos de investigación. Y a partir del momento en que una persona se encuentra bajo custodia de los órganos del orden interior, se le asigna un abogado defensor de oficio. Hoy día esa práctica se observa en todas las dependencias de los órganos del orden interior.

160.Por Instrucción del Ministerio del Interior, de 30 de septiembre de 2005, en la Dirección para la protección jurídica y vínculos con los medios de comunicación se creó una sección para la defensa de los derechos humanos y la colaboración con las organizaciones internacionales. Entre las principales funciones de esa sección figuran las siguientes: vigilar, conjuntamente con el Comisionado de Derechos Humanos adjunto al Oliy Majlis y el Centro Nacional de Derechos Humanos, la observancia de los derechos y las libertades del hombre; colaborar e intercambiar información con las organizaciones internacionales en materia de garantía de los derechos y libertades; contribuir a la elevación de la cultura jurídica de los funcionarios de los órganos del orden interior; y familiarizar a los funcionarios con las principales disposiciones en materia de garantía y protección de los derechos y las libertades del hombre.

Referencias a tratados internacionales de derechos humanos por los órganos judiciales

161.En el sistema jurídico de Uzbekistán se reconoce la primacía del derecho internacional sobre la legislación nacional. Al propio tiempo, antes de poder aplicarse un tratado internacional ha de plasmarse en la legislación nacional. Una vez plasmadas las normas del derecho internacional, estas pasan a formar parte de la legislación nacional y son de obligatorio cumplimiento. Los órganos judiciales de Uzbekistán no suelen hacer referencia directa a ningún tratado internacional, práctica que es extremadamente rara.

Recursos contra las violaciones de los derechos humanos

162.En la legislación de Uzbekistán se definen claramente los recursos disponibles contra las violaciones de los derechos humanos. Dichos recursos se exponen en instrumentos jurídicos como el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil de la República de Uzbekistán; en las Leyes de tribunales, de la Fiscalía, de quejas y denuncias de los ciudadanos, de apelación de decisiones y sentencias que violen los derechos y libertades del ciudadano, del Comisionado de Derechos Humanos adjunto al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán, de abogacía, y de organizaciones no gubernamentales; y en las Resoluciones sobre el Ministerio de Justicia y sobre el Ministerio de Relaciones Exteriores.

163.En la República de Uzbekistán se dispone de varios recursos de protección jurídica contra las violaciones de los derechos humanos, que pueden dividirse convencionalmente en administrativos y judiciales. Esos recursos no se contradicen, sino que se complementan entre sí, y abarcan tanto estrategias de mediación y reconciliación como modalidades más oficiales de garantías jurídicas.

164.El procedimiento administrativo para denunciar casos de violaciones de los derechos humanos. En caso de que los derechos de una persona sean violados por un funcionario público, el afectado puede recurrir a una instancia superior. La denuncia se examinará en el plazo de un mes y el reclamante recibirá una respuesta argumentada por escrito. Se trata de un recurso efectivo utilizado con frecuencia.

165.Una persona cuyos derechos hayan sido violados podrá recurrir al fiscal y su denuncia será examinada igualmente en el plazo de un mes. El examen por la fiscalía de una denuncia concreta asume la forma de una supervisión judicial y puede dar lugar a la prescripción por el fiscal de sanciones contra el culpable de haber violado los derechos humanos. La denuncia ante la fiscalía también es un recurso enérgico y efectivo para restablecer el derecho lesionado.

166.Desde 2005 en el Ministerio de Justicia funciona la Dirección para la defensa de los derechos humanos, una de cuyas funciones consiste en examinar las quejas y denuncias de violaciones de los derechos humanos. Entre los servicios que presta este órgano figuran la prestación de asistencia jurídica gratuita a las personas que recurren a los tribunales, cuando sea necesario. En años recientes se ha prestado una considerable asistencia jurídica a empresarios, agricultores y habitantes de las zonas rurales.

167.En el mecanismo de examen de denuncias de violaciones de los derechos humanos cometidas por funcionarios del orden interior participa la sección para la defensa de los derechos humanos y la colaboración con las organizaciones internacionales, que funciona en el Ministerio del Interior.

168.El Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis y el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán también se encargan de la protección extrajudicial de los derechos humanos en el sistema de instituciones estatales. El Comisionado complementa su examen de las denuncias con una investigación independiente especial y emite una opinión que reviste carácter de recomendación para los encargados de emitir los fallos en una causa. El volumen de denuncias dirigidas al Comisionado, así como la solución satisfactoria de los casos, son indicativos de la confianza que tienen depositados los ciudadanos en ese órgano. El Centro Nacional de Derechos Humanos también se encarga de examinar las denuncias que formula la población de violaciones de los derechos humanos, lo que forma parte de la labor de vigilancia que lleva a cabo el Centro.

169.El procedimiento judicial para defender un derecho lesionado. El procedimiento administrativo de denuncia de una violación de los derechos no excluye la posibilidad de recurrir a los tribunales para restablecer un derecho vulnerado. A diferencia del procedimiento administrativo, el procedimiento judicial exige que se sufraguen los gastos de las actuaciones judiciales y depende de la duración de la vista de la causa.

170.Entre los recursos de protección jurídica disponibles se cuenta el colegio de abogados, que representa una red de firmas y bufetes de abogados estatales y no estatales. Además, en las facultades de derecho del país funcionan clínicas jurídicas, encargadas de prestar asistencia letrada gratuita a la población. También se ocupan de la defensa de los derechos humanos las organizaciones públicas, las que pueden asumir la representación legítima de una persona ante un tribunal.

Instituciones y mecanismos nacionales encargados de supervisar la aplicación de los derechos humanos

171.De conformidad con lo dispuesto en la Declaración y Programa de Acción de Viena, en Uzbekistán se establecieron instituciones nacionales de derechos humanos: el Comisionado de Derechos Humanos adjunto al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán, el Centro Nacional de Derechos Humanos y el Instituto de supervisión de la legislación vigente, adjunto a la Presidencia de la República.

172.Se ha conferido la importante función de vigilar el cumplimiento de la legislación en materia de derechos humanos al Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis, a quien se le han proporcionado, en particular, los recursos necesarios no sólo para restablecer los derechos vulnerados, sino también para perfeccionar la legislación de Uzbekistán.

173.El examen de las quejas y denuncias de los ciudadanos y la prestación de asistencia para restablecer sus derechos lesionados figuran entre las tareas prioritarias del Comisionado de Derechos Humanos en su empeño en fomentar aún más la colaboración entre su oficina y los órganos del Gobierno, los tribunales y los órganos del orden interior en aras de la observancia y defensa plenas y efectivas de los derechos humanos y libertades fundamentales en Uzbekistán.

174.Por ejemplo, en 2006 en las oficinas del Comisionado se recibieron más de 7.655 quejas y denuncias (de ellas 4.753 en la oficina central, 1.377 en las oficinas provinciales y 848 en respuesta a comunicaciones anteriores) y se ofrecieron 647 consultas y aclaraciones jurídicas por una línea telefónica confidencial. Del total de comunicaciones recibidas a nombre del Comisionado en que se denunciaban violaciones de los derechos humanos y libertades fundamentales y el menoscabo de los legítimos intereses de la población, 1.434 fueron objeto de seguimiento. En el período que abarca el informe 351comunicaciones se resolvieron satisfactoriamente y el resto se sigue examinando. El Comisionado de Derechos Humanos ha recibido 3.444 denuncias por correo y 1.309 en persona, de ellas 2.439 presentadas por mujeres, 1.856 por hombres y 456 denuncias colectivas.

175.El 31 de octubre de 1996 por Decreto del Presidente de la República fue establecido el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán.

176.Este órgano fue creado con el fin de coordinar las actividades de todas las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales vinculadas con la defensa de los derechos humanos. El Centro investiga diversos aspectos de la defensa y garantía de los derechos humanos tanto en el plano nacional como internacionalmente; prepara informes nacionales sobre el cumplimiento por el país de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos contraídas ante los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados; organiza la impartición de programas de estudios, la celebración de seminarios y conferencias y la realización de viajes docentes; presta asistencia en la elaboración e impartición de programas de estudios sobre derechos humanos; difunde y distribuye información sobre los derechos humanos; promueve la cooperación técnica y los vínculos informativos con centros u organizaciones internacionales de derechos humanos; coordina a nivel local las actividades de los organismos internacionales que prestan asistencia técnica en cuestiones de democratización, gobernanza y defensa de los derechos humanos; y recibe y examina las quejas y denuncias de la población de violaciones de los derechos humanos.

177.El Instituto de supervisión de la legislación vigente es el mecanismo de investigación del sistema del poder ejecutivo encargado de supervisar las leyes y realizar el peritaje jurídico de las leyes que se promulgan.

178.El Centro nacional de reinserción social de niños se ocupa de los niños socialmente vulnerables de Uzbekistán. Se trata de una organización independiente creada por Resolución del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán. Entre las principales funciones del Centro figuran la coordinación, supervisión y evaluación de la seguridad social de los niños y el análisis y elaboración de instrumentos normativos en materia de garantía y defensa de los derechos e intereses de los grupos de niños socialmente vulnerables.

179.En el país también funciona, en estrecha colaboración con los órganos estatales, una red de organizaciones no gubernamentales dedicadas a la defensa y promoción de derechos humanos específicos.

180.En 2005, con el fin de coordinar las actividades de las organizaciones no gubernamentales en el país, se creó la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de Lucro de Uzbekistán, que cuenta actualmente con 330 organizaciones no gubernamentales nacionales integrantes, que abarcan todas las esferas de la vida de la sociedad y funcionan en diversos sectores (la asistencia social, la asistencia jurídica, los asuntos de la mujer, la juventud, las cuestiones del medio ambiente, entre otros).

181.El Comité de Mujeres de Uzbekistán presta servicios de asesoramiento al Gobierno en materia de política de la mujer. El Comité fue establecido en 1990 y constituye una organización presupuestaria, financiada con cargo a recursos públicos. La singularidad de este mecanismo nacional consiste en que la presidenta del Comité de Mujeres es al mismo tiempo Viceprimera Ministra, lo que faculta a la organización para coordinar la colaboración social entre los organismos estatales y las organizaciones públicas y no gubernamentales. El Comité de Mujeres de Uzbekistán patrocina, coordina y aplica las políticas y los programas y proyectos del Gobierno destinados a mejorar la condición jurídica y social de la mujer, asesora al Gobierno sobre cuestiones relacionadas con la mujer y difunde información pertinente sobre las mujeres y para estas. A fin de mantener el impulso para mejorar la situación de la mujer el Comité se ocupa en particular de cinco esferas programáticas prioritarias: el empleo y la seguridad económica de la mujer; la protección de los derechos reproductivos y la salud reproductiva de la mujer; la mujer en la vida pública con especial hincapié en la participación de la mujer en actividades de dirección y en los procesos de adopción de decisiones; la mujer y el derecho, con especial hincapié en la eliminación de la violencia contra la mujer; y la mujer y la educación, con especial hincapié en desarrollo de su profesionalismo y competencia. El Comité de Mujeres de Uzbekistán también es el principal responsable de promover la participación de la República de Uzbekistán en actividades internacionales sobre la mujer.

182.El Comité de Mujeres es la organización de mujeres más poderosa de Uzbekistán, con oficinas en todas las regiones del país.

183.Varias organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro funcionan en la esfera de la protección de los derechos del niño.

184.En 1993, por iniciativa del público en general, se creó la Fundación benéfica no gubernamental internacional “Soglom avlod uchun” (Por una generación sana). La principal misión de la Fundación es crearcondiciones favorables para el nacimiento de niños sanos y el desarrollo de una personalidad armoniosa. A ese fin la Fundación trabaja en la elaboración y ejecución de programas humanitarios, sanitarios y de educación y de proyectos de apoyo a niños dotados y en la promoción de un modo de vida sano y de programas que benefician a las capas de la población, los niños y los jóvenes vulnerables.

185.La Fundación tiene oficinas en 14 regiones de Uzbekistán y en cada distrito funcionan puntos de apoyo. En total más de 180 representantes locales y más de 250 personas en todo el país –médicos, pedagogos y economistas- trabajan activamente en la ejecución de los programas existentes y en la elaboración de programas nuevos.

186.La Oficina central de la Fundación y sus cinco secciones –la sección de protección de la maternidad y la infancia, la sección de asistencia humanitaria, la sección organizativo-metodológica y la sección de fiscalización financiera y contabilidad- desempeñan una función de coordinación.

187.Las principales actividades de la Fundación se financian con cargo a los recursos facilitados por los patrocinadores locales e internacionales y los generados por las actividades estatutarias de las empresas filiales de la Fundación.

188.Actualmente, la Fundación es una de las organizaciones benéficas sin fines de lucro más prestigiosas de Uzbekistán por su activo trabajo en el cumplimiento de los objetivos de la política social del Gobierno y en la solución de los problemas acuciantes de la sociedad.

189.La Fundación se cuenta entre los fundadores de publicaciones como “Soglom avlod uchun” y las revistas“Soglom avlod” (Generación sana), “Oila va zhamiyat” (Familia y sociedad), “Tong yulduzi” (Estrella matinal) y “Klass!”.

190.Desde 2002 en Uzbekistán existe la Fundación social nacional para la infancia “Sen Yolg’íz Emassan” (No estás solo). La principal misión de la Fundación consiste en prestar la asistencia que sea necesaria para crear condiciones favorables para que los niños vivan una vida digna y tengan un desarrollo pleno, en seguir asignando prioridad a la familia y en velar por que se adopten las medidas necesarias para proteger al máximo posible los intereses de los niños muy necesitados de apoyo social (los huérfanos, los menores desamparados, los niños con discapacidad y los niños de familias numerosas o de bajos ingresos).

191.La labor de la Fundación “Sen Yolg’íz Emassan” consiste en ejecutar programas benéficos a largo plazo de asistencia a los niños.

192.Los principales objetivos y tareas de la Fundación guardan relación con la solución de una variedad de problemas de la infancia:

–Proteger los derechos y legítimos intereses de los niños que necesitan protección social;

–Desarrollar la personalidad del niño de manera armoniosa;

–Promover la educación espiritual y moral de los niños;

–Prestar asistencia material, sanitaria, jurídica y de otro tipo;

–Contribuir a la labor de prevención de enfermedades y promoción de la salud de los niños;

–Mejorar el estado sicológico-moral de los niños.

193.La Fundación se financia con cargo a las contribuciones caritativas de los residentes de la República de Uzbekistán (personas jurídicas y físicas) y no residentes y cuenta con 15 funcionarios.

194.Una de las más poderosas organizaciones no gubernamentales que se ocupan de los derechos de los jóvenes es el Movimiento nacional de jóvenes “Camelot”. Entre las principales prioridades del Movimiento figuran la unificación de la juventud progresista del país; la formación de ciudadanos físicamente sanos y espiritualmente maduros en Uzbekistán; la educación de estos en un espíritu de entrega a un ideal e ideología basados en valores nacionales y universales y principios democráticos; la representación y defensa de los intereses de los jóvenes; y la transformación del Movimiento en un auténtico factor de apoyo a la juventud.

195.El Movimiento cuenta con una estructura orgánica ramificada que consta de 14 oficinas provinciales y 199 oficinas distritales (con una plantilla de 1.200 funcionarios). Suman 15.800 las organizaciones de base que trabajan con la juventud en todos los centros de enseñanza del país, las unidades militares, los organismos estatales, los diversos centros de producción y las explotaciones agrícolas.

196.Hoy día el Movimiento aúna a más de 4,5 millones de jóvenes (de 14 a 30 años de edad) y, conjuntamente con los miembros del movimiento infantil “Kamalak” (Arco iris), con 4 millones de miembros entre las edades de 10 y 14 años, constituye una de las organizaciones sociales más numerosas del país, caracterizada por diferentes formas de autonomía y dedicada a fomentar la creación de organizaciones de base de la sociedad civil.

197.Mediante la realización de 7.800 actividades de educación espiritual, mesas redondas, debates, seminarios, conferencias y actividades culturales y deportivas de masas el Movimiento ha logrado llegar a cerca de 6 millones de personas en todo el país; se han elaborado 20 textos docentes, folletos y afiches; y se han publicado más de 200 artículos temáticos.

198.El Estado apoya activamente el Movimiento de jóvenes “Camelot”. Por ejemplo, en 2006 se promulgó el Decreto Presidencial por el que se instituyó el apoyó al Movimiento nacional de jóvenes “Camelot” y a la elevación de la eficacia de su labor, y con arreglo al cual se creó, por primera vez sobre la base de la cooperación mutua, un fondo nutrido con recursos provenientes de pequeñas empresas. Además, en virtud del acuerdo concertado con el Ministerio de Finanzas, el Comité de Hacienda Pública y el Banco Central de la República de Uzbekistán, las dependencias del Movimiento ya no tienen que someterse a auditorías y pagan tarifasbancarias reducidas.

199.Uzbekistán es un país multinacional, donde funcionan más de 140 centros culturales nacionales. Por resolución No. 10 del Consejo de Ministros, de 10 de enero de 1992, se creó el Centro Intercultural Nacional, encargado de coordinar las actividades de los centros culturales, y de prestarles asistencia práctica y metodológica, con lo cual participa activamente en la atención de las necesidades de los representantes de las distintas naciones y etnias que conviven en el país. Actualmente el Centro cuenta con 33 funcionarios financiados por el Ministerio de Finanzas de la República de Uzbekistán.

200.En 1991 se creó en el país la Sociedad uzbeka de personas con discapacidad, organización que cuenta con 114 sucursales en todas las provincias del país y 120.000 miembros (se calcula que hay un total de 850.000 personas con discapacidad en la República de Uzbekistán). En el marco de la Sociedad existen unas 100 filiales donde trabajan personas con discapacidad. La labor fundamental de la Sociedad consiste en la rehabilitación social de los discapacitados, la prestación de asistencia a estos para que puedan recibir una educación y la creación de igualdad de oportunidades que les permitan ejercer sus derechos.

201.A fin de elevar la eficacia de la política del Estado de la República de Uzbekistán en materia de seguridad social de los veteranos y robustecer el papel de estos en la consolidación de la independencia y soberanía del país, por Decreto Presidencial de 4 de diciembre de 1996 se creó la Fundación “Nuronii” encargado de brindar apoyo social a los veteranos de Uzbekistán.

202.De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Presidencial y en sus estatutos, la Fundación es autónoma y autofinanciada y lleva a cabo una labor independiente en calidad de organización no gubernamental sin fines de lucro.

203.La tarea fundamental de la Fundación consiste en participar activamente en la aplicación práctica de una enérgica política social, en particular mostrando respeto por los veteranos, los discapacitados y las personas de edad avanzada y creando condiciones favorables de vida y de trabajo en las empresas mediante la prestación de ayuda material, sanitaria y moral.

Reconocimiento de la jurisdicción del tribunal regional de derechos humanos

204.La República de Uzbekistán no es parte en los acuerdos regionales de derechos humanos, por lo que no reconoce la jurisdicción de los tribunales regionales de derechos humanos.

E.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional

Difusión de los tratados de derechos humanos

205.En la República de Uzbekistán se han traducido al uzbeko e impreso grandes tiradas de más de 100 de los principales instrumentos jurídicos internacionales sobre derechos humanos, en estrecha colaboración con asociados internacionales como el PNUD, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el UNICEF, la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) y el Comité Internacional de la Cruz Roja. En los últimos ocho años se han impreso en uzbeko los siguientes compendios de instrumentos jurídicos internacionales:

1.Declaración de principios de la tolerancia, Tashkent, 2000;

2.Instrumentos internacionales relativos a los derechos de los menores, Tashkent, 2002, 232 págs.;

3.La República de Uzbekistán y los tratados internacionales de derechos humanos, Tashkent, “Adolat”, 2002, 270 págs.;

4.Derecho internacional humanitario: colección de convenios de Ginebra, Taskent, 2002;

5.Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa. Dimensión humana. Helsinki 1975 a 1999, Tashkent, 2002;

6.Instrumentos relativos a las normas internacionales de la UNESCO, Tashkent, “Adolat”, 2004, 298 págs.;

7.Instrumentos internacionales relativos a la labor de los órganos del orden interior, Tashkent, “Adolat”, 2004, 212 págs.;

8.Instrumentos internacionales de derechos humanos: colección, Tashkent, “Adolat”, 2004, 520 págs.;

9.Instrumentos internacionales de derechos humanos, Tashkent, 2004;

10.Convención sobre los Derechos del Niño, Tashkent, 2004;

11.Protección de los derechos del niño. Guía para los parlamentarios, Tashkent, UNICEF, 2006;

12.Derechos humanos. Guía para parlamentarios, Tashkent, 2007;

13.Democracia y parlamento en el siglo XX. Guía para los parlamentarios, Tashkent, 2007;

14.Colección de convenios y recomendaciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, Tashkent, Centro Nacional de Derechos Humanos, 2008, 240 págs.;

15.Eliminación de las peores formas de trabajo infantil: manual práctico sobre la aplicación del Convenio No. 182 de la OIT. Guía para parlamentarios No. 3/2002, Tashkent, Centro Nacional de Derechos Humanos, 2008.

Estudio de los derechos humanos por los funcionarios públicos y los funcionarios de los órganos del orden público

206.En la República de Uzbekistán funciona una red de centros de enseñanza dedicados a la preparación y capacitación de juristas y funcionarios de los órganos del orden público. Entre ellos se cuentan las facultades de derecho de las universidades, el Instituto Jurídico Estatal de Tashkent, la Academia del Ministerio del Interior, el Instituto del Servicio de Seguridad Nacional, el Centro de perfeccionamiento profesional de juristas y el Centro de cursos superiores de perfeccionamiento profesional de funcionarios de la Fiscalía General de la República de Uzbekistán.

207.En la Academia de la Construcción Estatal y Social de Uzbekistán anexa a la Presidencia de la República de Uzbekistán se imparte el curso titulado“Derechos humanos”. En el marco de dicho curso se imparten clases prácticas externas en el Centro Nacional de Derechos Humanos y en la oficina del Comisionado de Derechos Humanos.

208.En la Academia del Ministerio del Interior de la República se tratan cuestiones relacionadas con la aplicación de las normas del derecho internacional en la labor de los órganos del orden interior en las asignaturas de “Teoría general de los derechos humanos” (40 horas lectivas), “Proceso penal” (180 horas lectivas), “Derecho penal” (270 horas lectivas), “Derecho internacional” (50 horas lectivas) e “Investigación preliminar en los órganos del orden interior” (234 horas lectivas).

209.A los alumnos de los cursos académicos superiores de la especialidad de “Organización de la dirección de los órganos del orden interior” se les imparte el curso titulado “Cooperación internacional en la lucha contra la delincuencia” (24 horas lectivas). De modo similar, los alumnos de los cursos académicos superiores toman el curso titulado “Derechos humanos y la labor de los órganos del orden interior” (30 horas lectivas).

210.Como parte de la preparación de los funcionarios de los órganos del orden interior en el marco de los cursos superiores de preparación jurídica para suboficiales se imparte el curso titulado “Derechos humanos y la labor de los órganos del orden interior” (16 horas lectivas).

211.En los cursos antes mencionados se ha prestado especial atención a las normasinternacionales de derechos humanos y libertades fundamentales, en particular las garantías previstas en el derecho internacional de la protección de los derechos de los acusados, los enjuiciados y los condenados; las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos; y la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, entre otras.

212.En la Facultad de perfeccionamiento profesional de los oficiales de los órganos del orden interior de la Academia del Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán se imparten periódicamente programas de capacitación y perfeccionamiento profesional. En los planes de estudios temáticos, coordinados con los servicios interesados del Ministerio del Interior, se dedica un total de 176 horas lectivas, entre otros, a los temas “Normas internacionales de derechos humanos” y “Aplicación de algunas normas del Código de Procedimiento Penal sobre la admisión de pruebas de conformidad con la Disposición No. 12 del Pleno del Tribunal Supremo, de 24 de septiembre de 2004”.

213.El curso de salvaguardia de los derechos humanos en la labor de los órganos del orden interior con aplicación delas normas internacionales de derechos humanos se imparte, ante todo, a los funcionarios encargados directamente de desentrañar los delitos, esto es, a los investigadores e inspectores de la investigación penal y la lucha contra el terrorismo, a los inspectores policiales de prevención y a los funcionarios de las penitenciarías.

214.El Centro de perfeccionamiento profesional de juristas es la institución estatal de enseñanza dedicada al perfeccionamiento profesional y la formación de personal de la administración de justicia y los tribunales, de abogados, de profesores de derecho y de trabajadores de los servicios jurídicos.

215.En el Centro se presta especial atención a las cuestiones relacionadas con la difusión de conocimientos de las normas del derecho internacional de protección de los derechos y las libertades del hombre. En el plan de estudios figuran programas como los siguientes: “Legislación nacional de la República de Uzbekistán y las normas judiciales internacionales”, “Fundamentos del derecho internacional humanitario”, “Fundamentos jurídicos de la lucha contra la delincuencia internacional”, “Lugar y función de las normas internacionales de protección de los derechos humanos en la labor de los órganos del orden público”, “Legislación nacional de la República de Uzbekistán y las normas internacionales de derechos humanos” y “Estatuto jurídico de la población en el derecho internacional”.

216.En el Centro se imparte la teoría y práctica de la aplicación de las normas internacionales en la legislación nacional de la República de Uzbekistán, a saber: el derecho a la vida; el derecho a la libertad e inviolabilidad de la persona; el derecho al honor y la dignidad de la persona; el derecho a la vida privada; el derecho a un juicio imparcial y a la presunción de inocencia; el derecho a no ser sometido a tortura; el derecho a la libertad de pensamiento, de palabra y de credo; y el derecho a la libertad de conciencia y de culto.

217.Por Disposición Presidencial, de 7 de noviembre de 2007, sobre los cursos de enseñanza superior de la Fiscalía General de la República, se creó el Centro de estudio de problemas relacionados con el reforzamiento del estado de derecho y el perfeccionamiento profesional de los funcionarios de la Fiscalía General, que sirvió de base para organizar los cursos superiores de la Fiscalía General de la República de Uzbekistán.

218.El programa de formación profesional tiene una duración de 6 meses, mientras que la duración del programa de perfeccionamiento del personal es de un mes.

219.En el período 2005-2007 en el Centro se impartieron, entre otros, los siguientes cursos: “Normas internacionales de enjuiciamiento de menores”, “Problemas relacionados con la aplicación del recurso de hábeas corpus en la etapa de la investigación preliminar”, “Cooperación entre los órganos de la Fiscalía y el Comisionado de Derechos Humanos para garantizar los derechos y libertades civiles”, “Instrumentos internacionales en materia de dimensión humana” y “Normas de las Naciones Unidas aplicables a funcionarios encargados de investigar delitos”.

220.En el plan de estudios del Instituto del Servicio de Seguridad Nacional figura la asignatura “Derechos humanos” que se imparte como materia docente independiente en un curso de 24 horas lectivas.

221.Las materias se imparten con un enfoque interdisciplinario y abarcan tanto aspectos generales de los derechos humanos como requisitos prácticos concretos respecto de su observancia por los que han de regirse los futuros funcionarios de los órganos del Servicio de Seguridad Nacional al hacer cumplir las leyes.

222.Además de como disciplina independiente los distintos aspectos de los derechos humanos se abordan asimismo en diversas disciplinas jurídicas, entre ellas “Teoría del Estado y el derecho”, “Derecho penal”, “Derecho administrativo”, “Derecho civil” y “Proceso civil”.

223.Anexo al Instituto del Servicio de Seguridad Nacional funciona el Centro del derecho de los conflictos armados, en el que se cursan estudios de derechos humanos.

224.Además de los funcionarios de investigación penal y los jueces, en el plan de estudios de los centros de enseñanza militar del Ministerio de Defensa de la República de Uzbekistán se incluyen cuestiones relacionadas con las normas internacionales de derechos humanos. A partir del año escolar 2005 se vienen impartiendo cursos facultativos en la materia, mientras que a partir del año escolar 2006 como parte de la asignatura “Fundamentos del derecho militar” se imparten cursos de 10 a 12 horas lectivas de “Derecho humanitario” y “Derecho de los conflictos armados”, donde se estudian temas relacionados con los derechos humanos.

225.En el proceso de formación y capacitación de médicos en el sistema del Ministerio de Salud de la República de Uzbekistán se presta especial atención al estudio de los derechos humanos. En todos los centros de enseñanza superior de medicina, en particular, en el marco de la asignatura “Medicina forense”, se estudian los derechos de los especialistas, expertos y paramédicos. Se imparte la asignatura “Fundamentos jurídicos de la labor del médico”. Como parte de esa materia se hace hincapié en cuestiones relacionadas con los derechos y las libertades del hombre, entre ellas el derecho a la vida, a la libertad y a la inviolabilidad de la persona; el derecho a la protección contra los atentados al honor y la dignidad de la persona y la inadmisibilidad de la tortura y la violencia. También se enseña la inadmisibilidad de los experimentos médicos o científicos sin el consentimiento de la persona. Esos temas se examinan desde la perspectiva tanto del paciente como de los trabajadores de la salud.

Estudio de los derechos humanos en distintas categorías de centros docentes (escuelas, liceos, institutos y universidades)

226.En cumplimiento de lo dispuesto en las resoluciones del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán sobre el programa nacional de promoción de la cultura jurídica de la sociedad y sobre el programa nacional de formación profesional y en la Ley de educación, se ha establecido en el país un sistema de educación e instrucción jurídicas permanentes que consta de las siguientes etapas:

–Primera etapa: la educación jurídica en la familia;

–Segunda etapa: la formación y educación jurídicas elementales en los centros preescolares;

–Tercera etapa: la educación jurídica en los centros de enseñanza media;

–Cuarta etapa: la educación y enseñanza jurídicas en los liceos académicos e institutos de enseñanza profesional; y

–Quinta etapa: la educación y formación jurídicas en los centros de enseñanza superior.

227.La primera etapa de la formación jurídica comienza en la familia. Además de ser la unidad fundamental de la sociedad, la familia se considera la base de la formación de la personalidad del niño y de su transformación en una persona espiritual y multifacéticamente desarrollada. En virtud de sus objetivos y tareas la familia ocupa un lugar especial en el desarrollo de una educación y formación jurídicas en cada etapa de ese proceso permanente.

228.En los centros de enseñanza preescolar la formación y educación jurídicas se adquieren en los juegos y actividades de aprendizaje diarios. Esas actividades se desarrollan con grupos de niñosde nivel medio, avanzado y preparatorio. En los grupos de nivel medio y avanzado se llevan a cabo 16 actividades de aprendizaje al año en forma de juegos sobre la Constitución, además de 7 actividades de matutino y 2 sesiones de recreo, mientras que los grupos preparatorios tienen 16 horas al año de actividades de aprendizaje, 8 actividades de matutino y 2 sesiones de recreo.

229.En los grados primero a cuarto de la enseñanza primaria, y teniendo en cuenta las particularidades etarias de los alumnos, estos se familiarizan con conceptos tales como la ley, el deber y la obligación. Se destinan 40 horas lectivas al año al curso titulado“El ABC de la Constitución”.

230.En los grados quinto a séptimo de la enseñanza media general el contenido se enriquece con ejemplos tomados de la vida real de la relación entre el Estado y el individuo; se introducen temas acerca de la autonomía personal, la igualdad de derechos, la libertad de palabra, la libertad de recibir información y la responsabilidad penal del menor de edad. Se destinan 51 horas lectivas al año en cada grado al curso titulado “Viaje por el mundo de la Constitución”.

231.En los grados octavo y noveno de la enseñanza media general el objetivo principal de la educación y formación jurídicas consiste en lo siguiente:

–Inculcar en los alumnos un sistema de conocimientos sobre el desarrollo socioeconómico, jurídico-político y científico-cultural del Estado; y

–Educar a personas de pensamiento creador capaces de expresar su actitud frente a los problemas de la vida cotidiana.

232.En esos grados se destinan 34 horas lectivas al año al estudio de los fundamentos del derecho constitucional.

233.En los grados décimo y undécimo de la enseñanza general se imparten conocimientos sobre las ramas del derecho en el curso de jurisprudencia, al que se destina un total de 68 horas lectivas en los dos grados.

234.El Ministerio de Educación, conjuntamente con las filiales regionales del Fondo para la infancia de Uzbekistán, conmemora en el mes de noviembre de cada año, en todas las escuelas, instituciones extraescolares y hogares mekhribonlik, la semana del estudio de la Convención sobre los Derechos del Niño, durante la cual se organizan concursos tales como “¿Sabes cuáles son tus derechos?” y “¿Qué cosa es un derecho?”.

235.Desde 2005, con la asistencia del UNICEF y conjuntamente con el Ministerio de Educación de Uzbekistán, se ha establecido el programa de escuelas “amigas de los niños”, cuyo fin consiste en desarrollar en los maestros y los alumnos la capacidad de resolver los problemas que puedan surgir de una manera amigable y con tolerancia, evitando las situaciones de conflicto y elevando el nivel de información de los maestros acerca de la inadmisibilidad del maltrato de alumnos, entre otras cuestiones.

236.En cumplimiento de la norma estatal para la enseñanza general, en los planes de estudios de la enseñanza superior y media especializada también se prevé el estudio de los derechos humanos en el marco de las siguientes disciplinas:

–Para los estudiantes de cuarto año de la licenciatura se imparten un curso titulado “Derechos humanos”, por un total de 81 horas lectivas; dos cursos titulados “Jurisprudencia” y “Constitución de la República de Uzbekistán”, por un total de 108 horas lectivas; y un curso titulado “Derecho constitucional”, por un total de 120 horas lectivas;

–Para los estudiantes de segundo año de posgrado se imparten un curso titulado “Derechos humanos”, por un total de 40 horas lectivas, y un curso titulado “Constitución de la República de Uzbekistán”, por un total de 27 horas lectivas;

–Para los alumnos de los liceos académicos e institutos de enseñanza profesional se imparten dos cursos titulados “Jurisprudencia” y “Constitución de la República de Uzbekistán”, por un total de 180 horas lectivas.

Promoción del conocimiento de los derechos humanos en los medios de comunicación

237.La Empresa de Radio y Teledifusión de Uzbekistán está encargada de crear las condiciones necesarias para divulgar por los canales de televisión y emisoras de radio información sobre las cuestiones más importantes del desarrollo sociopolítico y socioeconómico del país y la protección de los derechos y las libertades del hombre. La Empresa difunde de manera amplia y sistemática información a la población sobre distintas cuestiones de los derechos humanos por conducto de su programación. En años recientes se observa un crecimiento sostenido no sólo de los indicadores cuantitativos, sino también de los indicadores cualitativos de los programas de televisión y radio dedicados a la realización de los derechos económicos, sociales, culturales, personales y políticos. Se presta una atención constante a la elevación de la eficacia, el contenido y la claridad de mensaje de los diversos programas dirigidos a facilitar un examen amplio de los problemas relacionados con la elevación del nivel de educación de los ciudadanos y de su cultura política y jurídica.

238.El canal de radio y televisión O’zbekiston se ocupa de la preparación y difusión de la mayoría de los programas de radio y televisión dedicados a los derechos humanos. Por ejemplo, en el período 2005-2007 salieron al aire 1.837 programas de radio y televisión dedicados a los derechos humanos. Se dedicaron 752 programas seriales de radio y televisión a la realización de los derechos económicos, sociales, culturales, personales y políticos; se transmitieron 414 programas de radio y televisión en los que se abordaron cuestiones relacionadas con los tratados internacionales de derechos humanos; y se transmitieron 2.820 mensajes públicos breves por radio y televisión sobre los derechos humanos. Cabe señalar que también salieron al aire periódicamente programas y reportajes sobre este tema en espacios informativos como “Ajborot”, “Tajlilnoma”, “Assalom, Uzbekiston!” y “Okshom tulkinlarida”.

239.Los canales de televisión “Yoshlar”, “Sport” y “Toshkent” también transmiten sistemáticamente programas de televisión y radio dedicados a los derechos humanos. En 2007 el número de programas y reportajes de radio y televisión sobre este tema transmitidos periódicamente en espacios informativos como“Davr”, “Davr jafta ichida”, “Poytajt”, “Mash’al” y “Yoshlar” fue de 410; en “Sport”, 84; y en “Toshkent”, 34.

240.Se hace mucho hincapié en la producción de anuncios televisivos breves y material de promoción dedicados a los derechos humanos. Se dedicó un total de 29 mensajes públicos breves a nueve temas fundamentales: la protección de los derechos de los consumidores, el medio ambiente y la salud, el apoyo a estudiantes dotados, subsidios de educación, el apoyo al espíritu empresarial, el apoyo a los niños huérfanos y con discapacidad; cultura y arte, el apoyo a los maestros y el apoyo a la mujer.

241.En la República de Uzbekistán se publican más de 30 periódicos y revistas jurídicos que tratan la temática de la protección de los derechos.

242.Se ha creado en la Internet una base de información sobre la legislación vigente en Uzbekistán.

Función de las organizaciones de la sociedad civil en la promoción y protección de los derechos humanos

243.En Uzbekistán se han creado más de 5.000 asociaciones públicas de ciudadanos, muchas de las cuales cuentan con representaciones regionales y locales y están dotadas de derechos y deberes que les permiten participar activamente en la reforma de la sociedad.

244.En el marco de la reforma de la administración en Uzbekistán se adoptan medidas concretas para democratizar la práctica de la consultoría en gestión. A fin de promover consultas eficaces entre los órganos ejecutivos y las organizaciones de la sociedad civil se crean grupos de trabajo conjuntamente con las organizaciones públicas; se incluyen a representantes de las organizaciones públicas en la composición de los órganos deliberantes pertenecientes al poder ejecutivo; se crean comisiones públicas encargadas de vigilar la ejecución de programas específicos; y se examinan aspectos relacionados con el acceso de las organizaciones públicas sin fines de lucro a trámites concretos vinculados con la asignación de recursos presupuestarios, entre otros.

245.Adquieren cada vez mayor importancia en el sistema de modalidades jurídicas y organizativas de participación de la ciudadanía en la dirección del Estado las evaluaciones públicas de los efectosde las decisiones que adoptan los órganos ejecutivos. Por ejemplo, las organizaciones ambientales públicas están facultadas para recomendar a sus representantes que participen en las evaluaciones estatales de los efectos en el medio ambiente de decisiones adoptadas; que lleven a cabo ellos mismos una evaluación pública de los efectos en el medio ambiente de las decisiones (obligatorio desde el punto de vista jurídico una vez que las autoridades confirmen los resultados de la evaluación estatal); y que exijan que se realice una evaluación estatal de los efectos en el medio ambiente de determinadas medidas, entre otras cosas.

246.Recientemente en la labor del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán se viene ampliando la práctica de realizar evaluaciones independientes de los proyectos de ley mediante el empleo de organizaciones autónomas.

247.Los mecanismos nacionales de derechos humanos, como el Comisionado del Oliy Majlis y el Centro Nacional de Derechos Humanos, fomentan y amplían la colaboración con las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, así como con otras organizaciones de la sociedad civil.

248.La asistencia que prestan esos mecanismos al perfeccionamiento de la labor de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, así como su apoyo irrestricto a la elevación de la competencia de esas organizaciones en materia de derechos humanos, se materializan de la siguiente manera:

–Se celebran seminarios y cursillos especiales para las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro;

– Se promueve la participación de esas organizaciones en las actividades de concienciación sobre los derechos humanos;

–Se incorpora a las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro en la vigilancia del cumplimiento de la legislación sobre derechos humanos;

–Se incluyen esas organizaciones como autores en los planes de acción nacionales para la aplicación de las recomendaciones de los comités de las Naciones Unidas encargados de examinar los informes nacionales de Uzbekistán sobre el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en la esfera de los derechos humanos;

–Se recibe de esas organizaciones información pertinente sobre la observancia de los derechos humanos con miras a su inclusión en los informes nacionales de Uzbekistán sobre los derechos humanos;

–Se llevan a cabo actividades de información y concienciación conjuntas encaminadas a elevar el nivel de educación de la población sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos, entre otras.

249.En Uzbekistán la labor en materia de derechos humanos corre a cargo fundamentalmente de los activistas de las diversas organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, quienes se ocupan no sólo de los derechos de sus miembros, sino que también comprenden la importancia de establecer en el país un sistema público de vigilancia y fiscalización de las actividades de los órganos estatales. Se trata ante todo de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro de jóvenes y mujeres; del medio ambiente; de personas con discapacidad y personas de edad avanzada; de centros de coordinación de las cuestiones de género; así como de sociedades profesionales, fundaciones, asociaciones, uniones y comités que agrupan a los ciudadanos de acuerdo con sus intereses.

250.Entre las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro que hacen una importante contribución a la protección de los derechos de la ciudadanía figuran las siguientes: la Sociedad Internacional de la Media Luna Roja, la Sociedad de ciegos, la Sociedad de sordos, la Sociedad de personas con discapacidad, la Federación de Sindicatos de Uzbekistán, el Fondo “Mahallya”, laFundación Internacional “Soglom avlod uchun”, el Fondo “Nuronii”, el Centro de estudios de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, el Centro social “Izhtimoiy fikr”, la Asociación de Jueces de Uzbekistán, la Asociación de Empresarias “Tadbirkor ayol”, el Colegio de Abogados de Uzbekistán, el Comité de Mujeres de Uzbekistán, la Cámara de Comercio e Industria de Uzbekistán, la Asociación pública de mujeres juristas de Uzbekistán, la Asociación de organizaciones no gubernamentales de mujeres “Mejr”, la Unión de mujeres “Olima”, el Movimiento nacional de jóvenes “Camelot”, entre otras organizaciones.

251.Una importante modalidad de participación de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro en la promoción de la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos en Uzbekistán la constituyen las investigaciones que llevan a cabo determinados mecanismos no gubernamentales con el fin de poner de relieve las causas y condiciones que favorecen la violación o limitación de los derechos de ciertas categorías de ciudadanos.

252.Por ejemplo, en 2005 el Centro no gubernamental nacional de ciencias aplicadas “Oila” (Familia), conjuntamente con el Fondo para la Infancia, llevaron a cabo una investigación de los niños con discapacidad, en la que se analizaron los resultados del seguimiento de los hogares murubbat y las escuelas internados de la ciudad de Tashkent, con objeto de estudiar en qué medida se ejercen los derechos de los niños con discapacidad en materia de educación, atención médica y satisfacción de sus necesidades culturales.

253.Ese mismo año, el Centro no gubernamental de estudios de problemas jurídicos, con el patrocinio de la OIT, realizó un análisis de la legislación vigente y de los mecanismos de aplicación de las leyes de Uzbekistán a fin de velar por que fueran compatibles con los convenios de la OIT.

254.Las investigaciones que llevan a cabo las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro permiten poner de relieve oportunamente los factores que obstaculizan la realización de los derechos humanos y las causas y condiciones que favorecen la violación de los derechos de ciertas categorías de ciudadanos, así como elaborar propuestas encaminadas a perfeccionar la legislación y la aplicación de las normas jurídicas en materia de derechos humanos.

255.Las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro participan activamente en la elaboración y el perfeccionamiento de los proyectos de ley destinados a definir el estatuto jurídico de esas organizaciones y su interrelación con el Estado. Las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro participaron directamente en el examen de las siguientes leyes:

–Ley de asociaciones;

–Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro;

–Ley de órganos de autogestión ciudadana;

–Leyde fundaciones públicas;

–Ley de garantías del funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro;

–Ley de beneficencia.

F.Proceso de presentación de informes a nivel nacional

256.Conforme a lo dispuesto por resolución del Gobierno, el organismo encargado de reunir la información pertinente sobre el cumplimiento de las disposiciones de los tratados internacionales de derechos humanos en que es parte Uzbekistán, y de preparar los correspondientes informes, es el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán. El Centro es además el órgano de coordinación entre cuyas funciones figura la preparación de los informes sobre el cumplimiento por Uzbekistán de las obligaciones internacionales contraídas en materia de derechos humanos.

257.Durante los diez años que viene funcionando el Centro Nacional de Derechos Humanos se ha logrado crear un sistema adecuado para reunir y analizar la información contenida en los informes nacionales sobre los derechos humanos, lo que ha permitido preparar y presentarlos oportunamentea los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados.

258.Los encargados de preparar los informes nacionales se guían por lo siguiente:

1.Las directrices armonizadas para la presentación de informes a los órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos;

2.Las recomendaciones y observaciones generales de los comités;

3.Las observaciones finales de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados tras el examen de los informes periódicos de la República de Uzbekistán;

4.Los tratados internacionales de derechos humanos;

5.Los nuevos instrumentos legislativos de la República de Uzbekistán;

6.La práctica más reciente en materia de aplicación de la ley y protección de los derechos.

259.En el tiempo que lleva funcionando, el Centro Nacional de Derechos Humanos ha elaborado procedimientos especiales para preparar informes nacionales sobre el cumplimiento por Uzbekistán de las obligaciones internacionales contraídas en materia de derechos humanos. Esos procedimientos pueden dividirse en varias etapas:

1.Se recibe la comunicación del comité interesado de las Naciones Unidas sobre la necesidad de que la República de Uzbekistán presente un informe nacional que será examinado en un período de sesiones del comité;

2.Se crea un grupo de trabajo en el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán encargado de elaborar un proyecto de informe nacional;

3.El Centro Nacional de Derechos Humanos solicita a los órganos estatales competentes y a las organizaciones no gubernamentales interesadas, y recibe de ellos, información analítica, datos estadísticos y material aportado por expertos necesarios para redactar las correspondientes secciones del informe nacional;

4.Se prepara el proyecto de informe nacional sobre la base del material recibido, de acuerdo con los requisitos establecidos por las Naciones Unidas para la preparación de esos informes;

5.Se remite el proyecto de informe nacional para su evaluación a las entidades estatales y no gubernamentales competentes;

6.Se incorporan en el proyecto de informe nacional las observaciones y propuestas recibidas de los órganos interesados;

7.Se prepara la versión final del informe nacional y se remite al Ministerio de Relaciones Exteriores para su presentación oficial al comité interesado de las Naciones Unidas;

8.Se recibe del comité de las Naciones Unidas la comunicación por la que se informa de la fecha en que este se propone examinar el informe nacional y nuevas preguntas del Rapporteur del comité derivadas del examen del informe en uno de sus períodos de sesiones;

9.Se remiten las preguntas del Rapporteur del comité a las entidades estatales y no gubernamentales interesadas y se reciben las respuestas del caso;

10.Se preparan las respuestas a las preguntas del Rapporteur del comité derivadas de su examen del informe nacional de la República de Uzbekistán y se remiten al Ministerio de Relaciones Exteriores para su presentación al comité interesado de las Naciones Unidas;

11.El informe nacional de Uzbekistán y las respuestas a las preguntas de los miembros del comité se examinan en un período de sesiones de este;

12.Se reciben las observaciones y recomendaciones finales del comité interesado de las Naciones Unidas tras su examen del informe nacional;

13.Se preparan las respuestas a esas observaciones y se remiten al Ministerio de Relaciones Exteriores para su presentación al comité interesado de las Naciones Unidas;

14.Se elabora el plan de acción nacional para aplicar las recomendaciones del comité de las Naciones Unidas; y

15.Se realiza un seguimiento permanente de lo dispuesto en el plan de acción nacional para aplicar las recomendaciones del comité de las Naciones Unidas.

260.Como se desprende de ese recuento, la preparación de los informes nacionales sobre el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por la República de Uzbekistán es la actividad central del Centro Nacional de Derechos Humanos, reflejo del sistema de funciones de coordinación y análisis que le ha sido conferido. La preparación de un documento tan importante como el informe nacional lleva bastante tiempo y exige el esfuerzo denodado de numerosos órganos estatales, organizaciones no gubernamentales, instituciones de investigación científica, especialistas y expertos de diferente perfil.

261.El enfoque integral de la preparación del informe nacional debe complementarse con el principio de confiabilidad y objetividad de la información facilitada y la combinación armoniosa de las fuentes de la información recibida, tanto de los organismos estatales como de las organizaciones no gubernamentales. El Centro Nacional de Derechos Humanos aplica precisamente ese enfoque. También se asigna enorme importancia al material resultante de las investigaciones científicas y sociológicas exhaustivas.

262.Tras estudiar las diversas opiniones y puntos de vista sobre tal o cual aspecto de los derechos humanos, así como las diferentes interpretaciones de las definiciones y categorías relacionadas con los derechos humanos, el Centro Nacional de Derechos Humanos recoge en el informe la evolución del pensamiento sociopolítico y jurídico sobre distintos aspectos de los derechos humanos y ayuda a que los organismos internacionales comprendan en qué etapa de la promoción, observancia y protección de los derechos humanos se encuentra Uzbekistán.

263.En la preparación de los informes se considera muy importante dar a conocer los mecanismos jurídicos y organizativos de garantía de los derechos humanos en Uzbekistán. En el informe se hace una caracterización completa de la legislación vigente; se ponen de relieve los objetivos y las tareas de las entidades llamadas a poner en práctica las disposiciones sobre los derechos humanos; y también se ofrece información sobre las modalidades y ámbitos de coordinación de las actividades de los órganos estatales encargados de garantizar el ejercicio de los derechos humanos. Es precisamente esa información la que da una idea precisa de los mecanismos nacionales de derechos humanos y de la eficacia con que se aplican las normas internacionales en esa esfera.

264.El Grupo de Trabajo interinstitucional encargado de supervisar la observancia de los derechos humanos por parte de los órganos del orden público, establecido por Disposición No. 12-R del Gobierno, de 24 de febrero de 2004, ratifica los planes de acción nacionales para la aplicación de las observaciones finales de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados.

265.La base de los informes nacionales son las actas de las sesiones y las decisiones adoptadas por el Grupo de Trabajo interinstitucional. Las decisiones adoptadas por los órganos interinstitucionales establecidos por resolución del Consejo de Ministros son de obligatorio cumplimiento por todos los órganos que forman parte de ellos.

266.En julio de 2007 el Grupo de Trabajo había examinado y aprobado:

–El plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptadas tras el examen del segundo informe periódico de la República de Uzbekistán;

–El plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas tras el examen de los informes periódicos primero y segundo de la República de Uzbekistán;

–El plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas formuladas tras el examen de los informes periódicos tercero a quinto de la República de Uzbekistán;

–El plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas; y

–El plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité para los Derechos del Niño.

267.En diciembre de 2007 en una sesión del Grupo de Trabajo interinstitucional se examinó la marcha del cumplimiento del plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos.

268.A fin de perfeccionar la labor del Centro Nacional de Derechos Humanos de preparación de los informes nacional de Uzbekistán sobre el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas en materia de derechos humanos, se celebran periódicamente mesas redondas y seminarios con la participación de representantes de organismos estatales y organizaciones no gubernamentales para examinar cuestiones pertinentes a la aplicación de las recomendaciones de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados, así como los puntos de los planes de acción nacionales.

3.Información sobre la no discriminación, igualdad y recursos eficaces de protección jurídica

269.En la Constitución de la República de Uzbekistán se consagran la idea de la igualdad ante la ley, la igual protección de las leyes y la prohibición de la discriminación. Con arreglo al artículo 18 de la Constitución, todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán gozan de los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley, sin distinción por motivos de género, raza, origen étnico, idioma, religión, extracción social, convicciones o condición personal o social. En un artículo aparte de la Constitución (el artículo 46), se consagra la igualdad de derechos del hombre y la mujer.

270.En la Constitución se han aplicado todos los principios fundamentales de la igualdad ante la ley y la prohibición de la discriminación que dimanan de los tratados en que es parte Uzbekistán. Actualmente la República de Uzbekistán es parte en los siguientes instrumentos internacionales destinados a prohibir la discriminación y cuyas disposiciones aplica: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), la Convención sobre los derechos políticos de la mujer y la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones. Además, como miembro de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la República de Uzbekistán contrajo obligaciones en relación con las minorías nacionales (artículo VII de la Declaración de Principios del Acta Final de Helsinki y otros documentos de la OSCE sobre la dimensión humana).

271.La noción de la prohibición de la discriminación consagrada en el sistema jurídico de Uzbekistán protege no solamente los derechos del individuo, sino también los delos grupos de individuos como tales. El objetivo del artículo 18 de la Constitución y del capítulo X de la Constitución de la República de Uzbekistán, dedicado a las garantías de los derechos y libertades civiles, consiste en crear la base jurídica para la protección no sólo de los derechos individuales, sino también de los derechos colectivos, entendidos estos últimos como los derechos de categorías de la población, como los menores de edad, las personas de edad avanzada y las personas con discapacidad.

272.El principio de igualdad de todos ante la ley y la prohibición de la discriminación se consagra asimismo en la legislación sectorial que rigen los derechos personales, políticos, económicos, sociales y culturales: en el Código de Trabajo, el Código Civil, el Código de la Familia, el Código Penal, la Ley de educación, la Ley de fundamentos de la política nacional para la juventud, la Ley de denuncias de la población, entre otras. Ese principio se consagra asimismo en la legislación de procedimiento, muy en especial en el Código de Procedimiento Penal (artículo 16), el Código de Procedimiento Civil (artículo 6) y el Código de Procedimiento Administrativo (artículo 7).

273.El principio de la no discriminación y la igualdad de derechos no sólo se aplica por conducto de los artículos en que se expone, sino que también se materializa cuando se garantizan todos los derechos y libertades que se establecen en la Constitución, como el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad y a la libertad de pensamiento. En el artículo 18 de la Constitución no se prevé un derecho independiente a la igualdad, sino que se recalca la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

274.En el sistema jurídico de Uzbekistán se prevén severas sanciones penales en casos de violación del derecho a la igualdad. En el Código de Responsabilidad Administrativa se prevén multas cuando se viola el derecho de los ciudadanos a la libre elección del idioma para la crianza y educación de los hijos, así como cuando se crean obstáculos y se imponen restricciones al uso del idioma, o cuando se manifiesta desprecio por el idioma oficial o las demás lenguas de las naciones y etnias que habitan en la República de Uzbekistán.

275.El artículo 141 del Código Penal penaliza la violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos. Ese delito se tipifica en el capítulo VII del Código Penal, que abarca los delitos contra los derechos y las libertades constitucionales de los ciudadanos.

276.Cabe señalar que el concepto de discriminación que figura en el artículo 141 del Código Penal corresponde prácticamente al artículo 1 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. La diferencia entre estas definiciones consiste en que en la definición de la Convención se expresa el objetivo de la discriminación: “anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública”. La ausencia del objetivo de la discriminación en lo dispuesto en el artículo 141 el Código Penal no influye en la tipificación del hecho mismo

277.De conformidad con el artículo 156 del Código Penal de la República de Uzbekistán se penalizará la instigación de la hostilidad nacional, racial o religioso, esto es, los actos que denigren premeditadamente el honor y la dignidad nacionales, guiados por el ánimo de incitar a la hostilidad, la intolerancia o la animadversión hacia grupos de la población por motivo de su origen nacional, racial o étnico, así como el establecimiento de restricciones de derechos o el otorgamiento de privilegios, ya sea de manera directa o indirecta, por razón de origen nacional, racial o étnico.

278.El artículo 153 del Código Penal establece penas de 10 a 20 años de privación de libertad por el delito de genocidio, es decir, la imposición premeditada de condiciones de vida conducentes al exterminio físico, total o parcial, de personas, la reducción forzosa del número de nacimientos o la entrega de los hijos en determinado grupo de personas a otro, así como el ordenar que se cometan dichos actos.

279.Los medios de prevenir la discriminación en todas sus formas y por todos sus motivos son como sigue:

–En primer lugar, la prohibición de constituir partidos políticos según criterios raciales o étnicos (artículo 57 de la Constitución) o asociaciones que tengan por objeto instigar la animadversión racial o religiosa (artículo 3 de la Ley de asociaciones);

–En segundo lugar, la prohibición de utilizar la religión para instigar la hostilidad, el odio o la animadversión interétnica (artículo 5 de la Ley de libertad de conciencia y organizaciones religiosas);

–En tercer lugar, la prohibición de utilizar los medios de comunicación para instigar el odio nacional, racial o religioso (Ley de los medios de comunicación);

–En cuarto lugar, la Ley de principios y garantías de la libertad de información, que reglamenta las relaciones que surgen en los medios de comunicación del ejercicio del derecho constitucional de cada ciudadano a procurar, obtener, investigar, transmitir y divulgar información libremente y sin obstáculos;

–En quinto lugar, la prohibición de crear obstáculos al ejercicio del derecho de los ciudadanos a la libre elección del idioma para la crianza y educación de los hijos (artículo 24 de la Ley del idioma oficial);

–En sexto lugar, la promoción de la igualdad del hombre y la mujer en la vida política y social. En consecuencia, de conformidad con la Ley de elecciones al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán, en la lista de candidaturas a diputados por cada partido el 30% de estas corresponderá como mínimo a mujeres.

280.En el último decenio cada año se ha dedicado a la solución de alguna tarea social y a la protección de determinados grupos vulnerables de la población. Por ejemplo, 1999 fue proclamado Año de la Mujer; el 2000, Año “Generación sana”; 2002, Año de Protección de los Intereses de la Generación Mayor; 2006, Año de las Obras Benéficas y los Trabajadores de la Medicina; 2007, Año de la Protección Social; y el 2008 fue proclamado Año de la Juventud. De conformidad con la idea y el símbolo del año de que se trate el Gobierno adopta un programa nacional especial que abarca un conjunto de medidas y actividades encaminadas a apoyar los grupos vulnerables de la población y prevé financiación concreta para esas medidas y la elaboración de instrumentos jurídicos y normativos.

281.En el marco del programa correspondiente al Año de la Protección Social 35.000 veteranos se repusieron en sanatorios, 50.000 familias de bajos ingresos recibieron en propiedadganado bovino, se crearon 3.000 empleos para las personas con discapacidad en condiciones de trabajar y se ha prestado asistencia benéfica a 3 millones de personas de edad avanzada que viven solas, a personas con discapacidad, a jubilados y a familias de bajos ingresos.

282.En virtud de ese programa se destinó el 40% de todos los fondos del presupuesto estatal a financiar la educación. Con arreglo al programa se repararon y amueblaron todos los hogares de la infancia para huérfanos y niños con discapacidad en Uzbekistán, centros que también fueron dotados de equipo especial y medios de transporte.

283.En años anteriores se han adoptado medidas similares respecto de otros grupos vulnerables concretos de la población.

284.La Fundación de apoyo social para veteranos “Nuronii” respaldó la iniciativa del Movimiento de jóvenes“Camelot” de crear grupos locales de “Atención” con el fin de prestar apoyo material y moral a las personas de edad avanzada que viven solas, las personas con discapacidad y a los veteranos de guerras y del trabajo. Bajo el patrocinio de esos grupos en 2007 se atendió a más de 23.000 ciudadanos. Se aprobó la Resolución No. 520 del Consejo de Ministros, de 7 de diciembre de 1999, relativa al programa de acción correspondiente al período 2000-2005 para aumentar la protección social selectiva dejubilados y discapacitados de avanzada edad que viven solos y se promulgó la Disposición No. 459 del Presidente de la República de Uzbekistán, de 7 se septiembre de 2006, relativa al programa de acción correspondiente al período 2007-2010 para el reforzamiento ulterior de la protección social selectiva y los servicios de seguridad médica de esas personas.

285.A fin de poner en práctica las medidas encaminadas a garantizar la igualdad en el país, en el Parlamento de Uzbekistán están en vías de elaboración y aprobación los proyectos de ley siguientes: de igualdad de oportunidades dehombres ymujeres, de asociación social y de bienestar social de la población.

Segunda parte. Información sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Artículo 1Definición del concepto de discriminación de la mujer

286.Desde el logro de su independencia como Estado la República de Uzbekistán ha manifestado su adhesión al principio de igualdad de género. En 2005 comenzó el desarrollo jurídico e institucional del mecanismo de adelanto de la mujer al convertirse Uzbekistán en el primer país de Asia central en adherirse a la Convenciónsobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

287.La adhesión de Uzbekistán a la Declaración Universal de Derechos Humanos; al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966); al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966); al Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena (1949); la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer (1952); la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada (1957); la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (1995); así como la Convención contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984); la Convención relativa a la lucha con las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (1960); la Convención sobre los Derechos del Niño (1990); y los Convenios de la OIT No. 100 (1951), relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor; No.103 (1956), sobre la protección de la maternidad; No. 111 (1958), sobre la discriminación en materia de empleo y ocupación; No. 138 (1973), sobre la edad mínima de admisión al empleo; y No. 182 (1999), sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, sentó las bases jurídicas internacionales necesarias para elaborar medidas nacionales concretas destinadas a aplicar las normas internacionales de protección de los derechos de la mujer en la legislación y práctica de los órganos del Estado.

288. Como Estado signatario de la Declaración del Milenio, Uzbekistán se ha comprometido a incluir los objetivos de la Declaración en los programas de desarrollo del país y a cumplir con el cronograma para la consecución de los objetivos de desarrollo del Milenio hasta el año 2015, incluido el objetivo 3, “Promover la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer”.

289.Entre los textos internacionales que reglamentan los derechos de la mujer, la Convenciónsobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1977, ocupa un lugar central, por cuanto en ella se define el concepto mismo de “discriminación contra la mujer”.

290.Uzbekistán apoya el concepto consagrado en la Constitución de “discriminación contra la mujer” como “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera”.

291.A la hora de formular y ejecutar la política del Estado para la mujer, la República de Uzbekistán toma en consideración las recomendaciones más importantes de esa Convención, a saber:

1.La parte primera del artículo 18 de la Constitución establece que todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán gozan de los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley sin distinción por razón de género, raza, origen étnico, idioma, religión, origen social, convicciones o condición personal o social. A la vez, en el artículo 46 de la Constitución se reafirma que la mujer y el hombre gozan de iguales derechos.

2.De conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República de Uzbekistán, tanto la mujer como el hombre dispone de dos formas de proteger los derechos vulnerados: la extrajudicial (artículo 35) y la judicial (artículo 44). A fin de aplicar dichas disposiciones constitucionales se han promulgado la Ley de impugnación judicial de decisiones y actos que violen los derechos y libertades del ciudadano, de 30 de agosto de 1995, la Ley de denuncias de la población, de 13 de diciembre de 2002, y el Código Civil de la República de Uzbekistán. En virtud del artículo 11 de la Ley de denuncias de la población, se prohíbe la discriminación por razón de sexo u otra consideración al ejercer los ciudadanos su derecho a formular denuncias. Además, el artículo 144 del Código Penal de la República de Uzbekistán penaliza la negativa injustificada a examinar denuncias, el incumplimiento de los plazos establecidos para examinar denuncias, la adopción de decisiones infundadas que violen la ley y otros actos que violen lo establecido en la Ley de comunicaciones.

3.Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 141 del Código Penal de la República de Uzbekistán, se considera un delito la violación de la igualdad de derechos de todos los ciudadanos. Se considera una violación de la igualdad de derechos el menoscabo directo o indirecto o la restricción de los derechos o libertades de una persona, o el otorgamiento a una persona de privilegios, ya sea de manera directo o indirecta, por razón de raza o por otras consideraciones.

4.Cabe señalar que en la legislación penal del país no existen disposiciones discriminatorias, si bien en el Código Penal figuran normas que tienen en cuenta las particularidades físicas de la mujer y la madre. Entre esas normas se cuenta la prohibición de aplicar ciertos castigos a la mujer, en particular la cadena perpetua o largas condenas de prisión, como tampoco podrá condenarse a penas de trabajo correccional a las embarazadas o a las mujeres con licencia de maternidad, entre otras circunstancias. Además, se considerará circunstancia agravante de la responsabilidad del transgresor cuando este sabe que la mujer está embarazada. Varias disposiciones del Código Penal tienen por objeto, asimismo, proteger la salud, el honor y la dignidad de la mujer, sus derechos familiares y laborales al tipificar como delitos actos tales como obligar a una mujer a abortar, obligar a una mujer a contraer matrimonio o impedir que contraiga matrimonio, negar intencionalmente empleo o cesantear a una mujer por estar ésta embarazada o por cuidar de un hijo y obligar a una mujer a realizar el acto sexual o a practicar la poligamia.

292.Una de las recomendaciones del Comitépara la Eliminación de la Discriminación contra la mujer, contenida en el párrafo 12 de sus Observaciones finales, tras el examen de los informes periódicos segundo y tercero combinados de Uzbekistán (7 a 25 de agosto de 2006) se refiere a la necesidad de que en la legislación de Uzbekistán se incluya la definición de “discriminación”.

293.A fin de aplicar esta recomendación el Centro de supervisión de la aplicación de instrumentos normativos y jurídicos anexo al Ministerio de Justicia llevó a cabo un análisis comparado de la legislación nacional y las normas del derecho internacional en materia de igualdad de género en el marco de la ejecución del plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas formuladas tras el examen de los informes periódicos tercero a quinto de la República de Uzbekistán, aprobado por el Grupo de Trabajo el 28 de diciembre de 2007.

294.El análisis de la legislación tuvo por objeto evaluar el nivel de compatibilidad entre la base jurídica y normativa de la República de Uzbekistán en materia de igualdad de género y las disposiciones de los tratados internacionales suscritos por Uzbekistán. Como parte de ese análisis se examinaron los tratados internacionales en que es parte Uzbekistán relacionados con la problemática de los derechos de la mujer.

295.Durante el examen se estableció que las distintas disposiciones de la legislación de la República de Uzbekistán no se conforman plenamente a las exigencias de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

296.A fin de aplicar el artículo 1 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y el párrafo 10 de las Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas formuladas tras el examen de los informes periódicos tercero a quinto de la República de Uzbekistán (7 a 25 de agosto de 2006), se reconoció la necesidad de introducir cuanto antes en la legislación de Uzbekistán la definición de “discriminación contra la mujer”.

297.Con objeto de aplicar lo dispuesto en el artículo 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en lo que respecta a la prohibición de que los niños contraigan matrimonio, y también basado en lo dispuesto en la Ley de garantías de los derechos de la infancia, se consideró conveniente modificar el Código de la Familia para establecer la edad mínima para que la mujer contraiga matrimonio en 18 años.

298.El Centro de supervisión de la aplicación de instrumentos normativos y jurídicos hizo llegar esas propuestas a los órganos estatales facultados para proponer iniciativas legislativas.

299.Cabe señalar que a fin de eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer en todos los ámbitos de la vida del país, los órganos del Estado y las organizaciones públicas de Uzbekistán elaboraron un proyecto de ley de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, que fue sometido a una evaluación nacional e internacional y remitidopara su examen a la Cámara Legislativa del Oliy Majlis (el Parlamento). Dicha ley reviste gran actualidad para la solución de muchos problemas de género, por cuanto está llamada a reglamentar el fundamento jurídico para la prohibición en la sociedad de la discriminación directa, indirecta y solapada por razón de género y de la violación de la igualdad de derechos de mujeres yhombres en el ámbito de la cultura, la educación, la esfera de la reproducción y en las relaciones familiares (véase el proyecto de ley de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres en el anexo No. 1).

300.El proyecto de ley prevé un artículo especial 3 destinado a prohibir la discriminación contra la mujer. En dicho artículo se establece lo siguiente:

“Las mujeres y los hombres gozan de iguales derechos.

Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera constituye discriminación contra la mujer.

Se prohíbe toda manifestación de discriminación contra la mujer, ya sea directa o indirecta, que será eliminada con arreglo al derecho interno aplicable.

No constituirán discriminación por razón de sexo las medidas especiales encaminadas a acelerar el establecimiento de la igualdad de facto de mujeres y hombres”.

301.En la ley se precisan los objetivos fundamentales de la política del Estado en materia de igualdad de la mujer y el hombre, a saber:

–Formular, desarrollar yperfeccionar el fundamento jurídico de la garantía de la igualdad de género;

–Establecer los mecanismos jurídicos y organizativos para la aplicación de los principios y normas del derecho internacional universalmente reconocidos, así como para el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por la República de Uzbekistán en materia de igualdad de género;

–Aprobar y ejecutar programas nacionales concretos destinados a promover la igualdad de la mujer y el hombre y a eliminar las causas y condiciones que favorecen la discriminación por razón de sexo;

–Incorporar en los programas nacionales destinados a realizar los derechos y las libertades constitucionales de los ciudadanos, así como en los programas de desarrollo social,medidas de garantía de la igualdad de derechos entre los sexos;

–Financiar las medidas de garantía de la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre con cargo al presupuesto estatal y otras fuentes autorizadas por ley;

–Efectuar un análisis de género de los instrumentos jurídicos y normativos que aplican los órganos del Estado;

–Adoptar medidas para fomentar una cultura de equidad entre el hombre y la mujer;

–Adoptar medidas para proteger a la sociedad frente a la información, propaganda y agitación destinadas a discriminar a los ciudadanos por razón de sexo, así como medidas para impedir la difusión de material impreso, de audio y de vídeo que incite a la violencia, la hostilidad, la pornografía, la narcomanía y el alcoholismo, entre otros males;

–Perfeccionar la labor de los órganos legislativos, ejecutivos y judiciales que se encargan de garantizar la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre; y

–Adoptar medidas para erradicar los prejuicios y eliminar las costumbres y prácticas basadas en la idea de la inferioridad o la supremacía de uno de los sexos.

302.La promulgación en la República de Uzbekistán de la Ley de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres permitirá:

–En primer lugar, ampliar las oportunidades de realización en Uzbekistán por todos los ciudadanos, ya sean hombres o mujeres, de todo un conjunto de derechos y libertades de que gozan en virtud de la Constitución de la República de Uzbekistán y las normas del derecho internacional;

–En segundo lugar, definir los enfoques fundamentales de la formulación de una política del Estado efectiva en materia de igualdad de derechos entre hombres y mujeres;

–En tercer lugar, establecer las obligaciones del Estado y los empleadores en materia de observancia de los derechos socioeconómicos de la mujer y el hombre;

–En cuarto lugar, prever las obligaciones que incumben a todos los sujetos de derecho de garantizar en la práctica las disposiciones de la Constitución de la República de Uzbekistán a la hora de ejercerse el derecho al voto, al ingresarse en el servicio público y durante su desempeño, y también a la hora de establecer las estructuras rectoras de los órganos de gobierno y de dirección del Estado;

–En quinto lugar, consolidar la responsabilidad de los órganos y funcionarios del Estado de aplicar el principio constitucional de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–En sexto lugar, definir la función especial de las organizaciones no gubernamentales, incluidas las creadas con el fin de aplicar la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, en la elaboración y ejecución de la política del Estado en materia de igualdad entre la mujer y el hombre;

–En séptimo lugar, establecer un procedimiento para denunciar los actos de discriminación por razón de sexo y la responsabilidad de los funcionarios en caso de que se viole la legislación por la que se garantiza la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres.

303.En el seminario dedicado al cumplimiento de lo dispuesto en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, celebrado el 14 de mayo de 2008, participaron representantes de importantes ministerios, organismos estatales y organizaciones no gubernamentales, quienes examinaron y apoyaron las disposiciones del proyecto de ley de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres.

Artículo 2Aplicación de la política del Estado en materia de eliminación de la discriminación con la mujer

304.Tras proclamar su independencia como Estado Uzbekistán tuvo la oportunidad histórica de dedicarse por entero a dar solución a los problemas de género y a crear condiciones para ampliar la participación de la mujer en los asuntos del Gobierno y la sociedad, una de las premisas más importantes de la consecución de los objetivos sociales, económicos, políticos y culturales.

305.De conformidad con la Constitución de la República de Uzbekistán la mujer goza de los mismos derechos que el hombre. El Gobierno adopta todas las medidas necesarias para realizar los derechos de la mujer en la vida política de la sociedad y crea condiciones para reforzar la función de ésta en el proceso de adopción de decisiones políticas y económicas al más alto nivel.

306.A fin de lograr una amplia participación de la mujer en la solución de los problemas del desarrollo económico y cultural; en el reforzamiento de la protección social de la familia, la maternidad y la infancia; y en la coordinación de las actividades de los ministerios, los organismos estatales y los órganos territoriales a ese respecto, se creó el nuevo cargo de Viceprimera Ministra de Protección Social de la Familia, la Maternidad y la Infancia. En todos los órganos ejecutivos regionales y territoriales del país se establecieron los correspondientes cargos de vicedirectoras de administración.

307.En el Consejo de Ministros se creó el departamento de información y análisis en cuestiones de educación,salud pública y protección social, al tiempo que en el plano local funcionan las correspondientes entidades que promueven el desarrollo del movimiento femenino y la realización plena del potencial de la mujer.

308.La Constitución y las leyes de la República de Uzbekistán parten de que todas las personas que viven en el territorio del país son iguales ante la ley y gozan de iguales derechos y oportunidades para proteger sus derechos constitucionales, libertades y legítimos intereses. Cada disposición de la Constitución se inspira en un sentimiento de respeto de cada ciudadano y de sus derechos y libertades.

309.Conforme al artículo 13 de la Constitución el valor supremo es el ser humano, su vida, libertad, honor, dignidad y demás derechos inalienables. Las actividades del Gobierno se basan en los principios de la justicia social y la legalidad en aras del bienestar del hombre (artículo 14 de la Constitución), sin distinción de sexo, raza, origen étnico u otros criterios. El artículo 18 de la Constitución proclama el principio fundamental de la relación entre el Estado y el individuo, que se expresa en lo siguiente: Todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán gozan de los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley sin distinción de 1) sexo; 2) raza; 3) origen étnico; 4) idioma; 5) religión; 6) extracción social; 7) convicciones; y 8) condición personal o social.

310.El principio de no discriminación e igualdad ante la ley se ha consagrado no sólo en la Constitución, sino también en las distintas leyes. Así pues, el principio de no discriminación está consagrado en el artículo 3 del Código de la Familia; el artículo 6 del Código de Trabajo; el artículo 5 del Código Penal; el artículo 16 del Código de Procedimiento Penal; el párrafo 3 de la Ley de elecciones al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán y de la Ley de elecciones a los consejos de diputados del pueblo a nivel provincial, distrital y municipal; y el párrafo 11 de la Ley de denuncias de la población, entre otros. En el párrafo 11 de la Ley de denuncias de la población, en particular, se establece en términos inequívocos que “durante el ejercicio por los ciudadanos de su derecho a denunciar, se prohíbe la discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, idioma, religión, extracción social, convicciones o condición personal o social”.

311.El artículo 141 del Código Penal de la República de Uzbekistán prevé la penalización de la violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos. En el artículo se estipula que la vulneración o restricción de losderechos, así como el otorgamiento de privilegios, ya sea de manera directa o indirecta, por razón de sexo, raza, origen étnico, idioma, religión, extracción social, convicciones o condición personal o social, se castigan con multa de hasta 25 veces el salario mínimo, la privación de determinados derechos por espacio de hasta tres años o con pena de trabajo correccional de hasta dos años.

312.Esos mismos actos, cuando estuviesen acompañados de violencia, se castigan con penas de trabajo correccional de dos a tres años, con pena de seis meses de detención o con penas de privación de hasta tres años.

313.En Uzbekistán existe un mecanismo jurídico destinado específicamente a garantizar la igualdad de derechos de hombres y mujeres. En el artículo 46 de la Constitución se consagra la igualdad de derechos de hombres y mujeres y se establece un sistema de garantías para hacer efectiva esa igualdad. Ese sistema prevé la igualdad de oportunidades del hombre y la mujer de participar en la vida social, política y cultural y de adquirir una educación y formación profesional y de obtener empleo y la remuneración correspondiente; la adopción de medidas especiales de protección del trabajo y la salud de la mujer y el pago de pensiones; la creación de condiciones que permitan a la mujer conciliar las responsabilidades del trabajo con las obligaciones de la maternidad; y la protección jurídica y el apoyo material y moral de la maternidad y la infancia, incluidas la licencia de maternidad remunerada y otras prestaciones a las embarazadas y las madres.

314.Cabe señalar que, conforme a las normas internacionales, no se consideran discriminación las medidas especiales destinadas a acelerar el establecimiento de la igualdad de facto de hombres y mujeres y la creación de condiciones favorables y decorosas para los niños. Las disposiciones del Código de Trabajo relativas al desempeño por la mujer de las funciones de la maternidad, así como a las ayudas para jóvenes estudiantes, constituyen discriminación positiva.

315.En Uzbekistán se lleva a cabo un amplio trabajo de concienciación sobre la discriminación de la mujer en todas sus manifestaciones.

316.La sensibilización de la población acerca de los derechos de la mujer se lleva a cabo como sigue:

–Se familiariza a las distintas categorías de la población con las normas internacionales de protección de los derechos de la mujer;

–Se divulga la legislación nacional que reglamenta los derechos humanos y libertades fundamentales, muy en especial de la mujer;

–Se celebran conferencias, seminarios y cursos dedicados tanto al problema de la igualdad de género como a aspectos candentesrelacionados con la protección de los derechos de la mujer (en la esfera de la política, la economía, la familia, la violencia contra la mujer, entre otros);

–Se celebran cursillos especiales sobre preparación de informes nacionales sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer para el personal de los órganos del Estado y de organizaciones no gubernamentales;

–Se cursan invitaciones a expertos internacionales y nacionales para que compartan la experiencia de otros países en la esfera de los derechos de la mujer;

–Se aumenta el nivel de concienciación de los diputados, senadores y representantes de los órganos de dirección del Estado, los órganos del orden público y los tribunales acerca de los derechos de la mujer, entre otras cuestiones;

–Se organizan concursos para periodistas sobre cómo mejor divulgar los derechos de la mujer;

–Se editan diversas publicaciones populares y folletos en ruso, uzbeko y otras lenguas dedicados a la realización de los derechos humanos y libertades fundamentales de la mujer;

–Se transmiten mensajes públicos breves y películas y se transmiten programas radiales dedicados a aspectos candentes relacionados con la protección de los derechos de la mujer.

317.Por ejemplo, del 19 al 23 de septiembre de 2005 se celebró en la ciudad de Tashkent un seminario de capacitación titulado “Preparación de expertos nacionales en la aplicación y seguimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, así como en la preparación de informes sobre su aplicación”, con participantes procedentes de Rusia. Entre los organizadores del seminario se contaban el Centro Nacional de Derechos Humanos y el Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis de Uzbekistán; el Centro de apoyo a las iniciativas ciudadanas; el Centro de la OSCE en Tashkent; la misión del Banco Asiático de Desarrollo en Uzbekistán; y la Embajada de Suiza en Uzbekistán. El programa del seminario abarcó el estudio de las disposiciones de la Convención, su correspondencia con la legislación nacional, así como la preparación de informes nacionales.

318.El 11 de septiembre de 2006 se celebró en el Instituto de estudios de la sociedad civil una mesa redonda dedicada a analizar los resultados del examen por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, en su 36º período de sesiones celebrado en agosto de 2006, los informes periódicos segundo y tercero combinados de Uzbekistán sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujeren el período 2001-2006, y también a elaborar propuestas dirigidas a las organizaciones de mujeres, las “alas femeninas” de los partidos políticos y las organizaciones no gubernamentales de mujeres de Uzbekistán sobre la aplicación de las recomendaciones de ese Comité de las Naciones Unidas.

319.El 16 de febrero de 2007 se celebró una mesa redonda en el Comité de Mujeres de Uzbekistán para examinar el plan de acción nacional para aplicar las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, con la participación de representantes de los órganos del Estado y de organizaciones no gubernamentales que se ocupan de los derechos de la mujer; los días 10 y 11 de marzo de 2007 el Comité de Mujeres, con el apoyo del PNUD, organizó un cursillo titulado “Fundamentos de la incorporación de una perspectiva de género y del análisis de género”; del 2 al 4 de mayo de 2007 el Comité de Mujeres, con el apoyo del PNUD y la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales sinFines de Lucro de Uzbekistán, celebró un seminario sobre el tema “Normas de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer: la experiencia de Francia y Uzbekistán”, que contó con la participación de un funcionario de la Fiscalía General de Francia encargado de la protección de los derechos de la mujer; el 28 de junio de 2007 se celebró en el Instituto de estudios de la sociedad civil una mesa redonda sobre el tema “Problemas de la trata: aspectos jurídicos y morales”, en cuyos trabajos participaron representantes de las organizaciones no gubernamentales y los órganos del orden público; el 5 de diciembre de 2007 se celebró en el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán un seminario de capacitación dedicado a la ejecución de planes de acción nacionales para aplicar las recomendaciones de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos, en el que se trataron problemas relacionados con la preparación y ejecución de los planes de acción nacionales en materia de derechos de la mujer.

320.En 2007 la conferencia internacional auspiciada por la Comisión de Asuntos Internacionales y Relaciones Interparlamentarias del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán estuvo dedicada a tratar cuestiones candentes relacionadas con la aplicación en la legislación nacional de las normas de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

321.En 2008 se celebraron el seminario internacional titulado “Perfeccionamiento de los mecanismos de protección de la familia: la experiencia internacional y nacional” (en colaboración con la Embajada de Francia); seminarios para funcionarios de la Fiscalía y abogados sobre los temas titulados “Aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en la resolución de conflictos familiares por los órganos del orden público” y “Mecanismos de resolución de conflictos familiares: la experiencia de Rusia y Uzbekistán” (en colaboración con la Embajada de Suiza); un cursillo para aspirantes a doctor, doctores y sociólogos sobre el tema titulado “Metodología de la investigación científica y preparación de informes periódicos sobre los derechos de la mujer”; un cursillo para médicos (gineco-obstetras y médicos de la familia) sobre la identificación y prevención de casos de violencia en el hogar y el tratamiento de las víctimas; y un cursillo para funcionarios de los jokimyatos y de los órganos de autogestión ciudadana sobre promoción del conocimiento jurídico básico sobre los derechos de la mujer y la ejecución del plan de acción nacional en la materia.

322.Los comités locales de mujeres y las organizaciones no gubernamentales locales llevan a cabo una activa labor de divulgación de cuestiones relacionadas con la lucha contra la discriminación de la mujer. En 2006 se celebraron en 6 provincias del país cursillos sobre los derechos de la mujerpara adjuntas de los jokims, a los que asistieron 150 personas, al tiempo que los días 15 y 21 de septiembre de 2007 y el 22 de noviembre de 2007 se celebraron seminarios en el Instituto pedagógico y el hogar infantil de la ciudad de Margilan para familiarizar a los participantes con los problemas relacionados con la trata de mujeres, las posibles consecuencias de aceptar empleos ilícitos en el extranjero y las condiciones imprescindibles que deben reunir los empleos lícitos en el extranjero.

323.Asistieron a los seminarios sobre el tema titulado “Prevención de la violencia en el hogar”, celebrados en septiembre y octubre de 2007, los presidentes y asesores de los órganos de autogestión ciudadana de todas las ciudades y distritos de la provincia de Fergana, en total 175 personas.

324.En 2008 se organizó una campaña de sensibilización en más de 900 órganos de autogestión ciudadana de la provincia de Fergana sobre cuestiones relacionadas con la discriminación directa e indirecta y el concepto de la igualdad de género, la que se hizo extensiva a los funcionarios de organismos del Estado y a los trabajadores del sistema de tribunales y de organizaciones de la sociedad civil.

325.El Comité de Mujeres de esa provincia ha llevado a cabo una labor de concienciación con funcionarios del orden público en 1.003 asambleas ciudadanas de órganos de autogestión ciudadana sobre la necesidad de erradicar los estereotipos en cuanto a las funciones y obligaciones de mujeres y hombres, en particular las pautas y normas culturales encubiertas que perpetúan la discriminación directa e indirecta contra la mujer y la niña en todos los ámbitos de sus vidas.

326.En 2008 en 541 órganos de autogestión ciudadana de la provincia de Bujará se organizó una campaña de concienciación sobre cuestiones relacionadas con la discriminación directa e indirecta y el concepto de la igualdad de género, que también se hizo extensiva a los funcionarios de los organismos del Estado, a los trabajadores del sistema de tribunales y al público en general.

327.En 2007, con el fin de sensibilizar a la población acerca de la igualdad de género y lograr que los ciudadanos conocieran mejor la situación de la mujer en Uzbekistán, el Comité Estatal de Estadística, el Comité de Mujeres y el Centro de apoyo a las iniciativas ciudadanas, con el apoyo del Banco Asiático de Desarrollo y la oficina del PNUD en Uzbekistán, publicaron una colección de artículos científicos titulada “Introducción a la teoría y la práctica de las relaciones entre los géneros”, que fue distribuido a las bibliotecas de los centros de enseñanza superior y a las organizaciones no gubernamentales, y una guía estadística titulada “Mujeres y hombres de Uzbekistán, 2000-2005”.

328.Cabe señalar que en Uzbekistán se ha establecido un sistema de educación de los empleados estatales y la población en general sobre los derechos humanos, incluidos los de la mujer, que se consagran en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que abarca a los estudiantes de los centros de la enseñanza media, liceose institutos; a los estudiantes de los institutos pedagógicos de nivel medio especial y superior; y a los alumnos de los cursos de recalificación y perfeccionamiento que se imparten en los distintos ministerios y organismos estatales de la República de Uzbekistán.

329.En los centros de enseñanza preescolar se hace referencia a los derechos de la mujer en las lecciones sobre la Constitución, que se desarrollan en los grupos de nivel medio, avanzado y preparatorio (6 lecciones al año) en la forma de juegos y actividades de matutino; en los grados primarios de 1º a 4º en las lecciones “El ABC de la Constitución”, a las que se dedican 40 horas lectivas al año; en los grados 5 a 7 en el curso titulado “Viaje por el mundo de la Constitución”, al que se dedican 51 horas lectivas al año; en los grados 8 y 9 en la asignatura “Fundamentos constitucionales de los derechos humanos”,en 34 horas lectivas al año; y en los grados 10 y 11 en la asignatura “Jurisprudencia”, a la que se destina un total de 68 horas lectivas en los dos años.

330.Cabe señalar que el estudio de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es parte del programa de formación jurídica y preparación profesional de jueces, fiscales, abogados y también de funcionarios de organismos estatales en todos los niveles, en cumplimiento de la recomendación contenida en el párrafo 14 de las Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. La Convención la estudian no sólo los estudiantes del Instituto Jurídico Estatal de Tashkent, la Universidad de Economía Mundial y Diplomacia y otras facultades de derecho, sino también los jueces, los trabajadores de la administración de la justicia, los alumnos del Centro de perfeccionamiento profesional de juristas anexo al Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán, los fiscales, los alumnos de los cursos superiores de perfeccionamiento profesional de funcionarios de la Fiscalía General y los trabajadores de los órganos del interior que cursan estudios en la Academia del Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán.

Artículo 3Medidas adoptadas por el Gobierno de la República de Uzbekistán en pro del adelanto de la mujer en la sociedad

331.Tras proclamar su independencia como Estado, Uzbekistán renunció ante todo a la política de la ex Unión Soviética en materia de igualdad de derechos entre los sexos, que se basaba en declarar resuelta la cuestión, a pesar de la existencia de graves problemas en relación con la emancipación de la mujer, como la división tradicional de las funciones de la familia, la doble carga de la mujer en la familia y en el trabajo, la asignación de una función secundaria a la mujer en la producción y el bajo nivel de aprovechamiento del potencial de la mujer, entre otros problemas. La solución de la “cuestión de la mujer” en la ex Unión Soviética se reducía a proclamar la igualdad jurídica de mujeres y hombres y a establecer un sistema de protección social de la mujer basado en prestaciones, subsidios, licencias de maternidad y licencias para atender a los hijos y de restricciones relativas al trabajo femenino, entre otras.

332.Al definir la política del Estado respecto de la mujer tras alcanzar su independencia, Uzbekistán elaboró una concepción propia de cómo debe solucionarse la “cuestión de la mujer”, partiendo de que el Estado y la sociedad no sólo propugnan la igualdad de derechos de mujeres y hombres, sino también la igualdad de oportunidades para ejercerlos.

333.Actualmente, la Constitución de la República de Uzbekistán y más de 80 leyes y demás instrumentos jurídicos y normativos componen el fundamento jurídico de la garantía y la protección de los derechos, las libertades y los legítimos intereses de la mujer.

334.En los planos legislativo y ejecutivo en Uzbekistán se aplica una política encaminada a promover la igualdad plena de hombres y mujeres, al mejoramiento de la condición jurídica y económica de la mujer, a la concesión de iguales oportunidades en cuanto a sus condiciones de vida y trabajo, a la atención de la salud reproductiva, así como a la modificación de las funciones tradicionales en la familia tanto de la mujer como del hombre.

335.Las leyes de las República de Uzbekistán garantizan que las mujeres tengan los mismos derechos que los hombres: al trabajo, como derecho inalienable de todos; a la igualdad de oportunidades en la contratación para cualquier empleo; a la libre elección de la profesión; a la educación; a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedady discapacidad; a la atención de la salud y la seguridad en las condiciones de trabajo.

336.Además, las leyes de la República de Uzbekistán garantizan a la mujer el mismo acceso que el hombre al servicio público y a la participación en la dirección de los asuntos del Estado y de la sociedad a todos los niveles.

337.Al consagrar la igualdad jurídica de hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida política, económica y social, por conducto de un sistema de prestaciones, tratos preferenciales y garantías el Estado crea condiciones complementarias para proteger su trabajo y salud.

338.En Uzbekistán se asigna gran importancia a la situación de la mujer en la familia y la sociedad. El Estado pone en marcha programas destinados a robustecer la función y el potencial social de la familia y a fortalecer la condición jurídica y social de la mujer en el desarrollo del Estado y la sociedad.

339.La sociedad uzbeka es sumamente rica en tradiciones y costumbres, las que desempeñan un papel positivo en el desarrollo moral, ético y cultural de sus miembros y en la unidad de la nación en su conjunto. Sin embargo, varias costumbres y ritos que siguen observándose en algunas familias y que determinan las normas de conducta de sus miembros, colocan a la mujer en una situación de desigualdad respecto del hombre.

340.En consecuencia, fue necesario efectuar un análisis de género de la legislación de la familia de la República de Uzbekistán. El análisis de género que realizaron en 2007 las organizaciones no gubernamentales tuvo por objeto poner de relieve en qué medida las normas vigentes en materia de derecho de la familia permiten que cada uno de los cónyuges ejerza de hecho los mismos derechos que les han sido conferidos; en qué medida garantiza una legislación neutra desde el punto de vista del género la no discriminación en la vida real; y, por último, si existen normas que lesionan la simetría de género y en qué medida se justifica ese hecho.

341.Los objetivos del análisis de género de la legislación de la República de Uzbekistán son:

–En primer lugar, poner de relieve y analizar las normas que confieren abiertamente al hombre o a la mujer una ventaja en la solución de tal o cual cuestión o que restringen flagrantemente los derechos de uno u otra; y

–En segundo lugar, poner de relieve las normas que, pese a ser neutras desde el punto de vista del género, conducen o pueden conducir directamente al menoscabo o, viceversa, a la ampliación inapropiada de los derechos de uno de los cónyuges.

342.El análisis de género de la legislación de la República de Uzbekistán ha demostrado que, en general, las normas de la legislación nacional que reglamentan las relaciones familiares son compatibles con las normas internacionales en materia de derechos humanos, incluidos los derechos de la mujer.

343.Al propio tiempo, el análisis de género puso de manifiesto varias disposiciones que ameritan especial atención:

–En la legislación de Uzbekistán siguen sin definirse los conceptos de “discriminación contra la mujer”, “violencia contra la mujer”, “violencia económica, sexual, física y sicológica contra la mujer” y “sujetos de violencia” y tampoco se han establecido normas especiales sobre la responsabilidad penal de los autores de actos de violencia contra la mujer.

344. Habida cuenta de las Observaciones finales y recomendaciones que formulara el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer tras el examen de los informes periódicos tercero y cuarto combinados de Uzbekistán, así como los resultados del análisis de género de la legislación de la familia del país, en el marco del plan de acción nacional para aplicar las recomendaciones del Comité se han adoptado las siguientes medidas:

–Se ha acelerado el proceso de examen y presentación ante el Parlamento del proyecto de ley de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–En dicho proyecto de ley se ha introducido una definición del concepto de “discriminación contra la mujer”;

–En el proyecto de ley se prohíbe la discriminación tanto directa como indirecta contra la mujer y se prevé la responsabilidad penal por la comisión de actos destinados a discriminar contra la mujer;

–Se viene elaborando propuestas para aprobar una ley marco sobre la prevención y eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar, en la que quede definido el concepto de “violencia contra la mujer”, entre otros.

Artículo 4Medidas especiales para acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer

345.En Uzbekistán se han adoptado medidas especiales para acelerar el establecimiento de la igualdad de facto de hombres y mujeres, que no se consideran discriminatorias, como queda definido en el artículo 1 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

346.En los instrumentos jurídicos y normativos vigentes en el país se reconoce, por una parte, la igualdad de derechos sociales y económicos de los ciudadanos sin distinción de sexo, y por otra, se prevéngarantías adicionales para las mujeres y las personas dedicadas a las responsabilidades familiares. Entre esas garantías se cuentan, en particular, las siguientes:

–Está prohibido negarse a contratar a una mujer o reducir su remuneración porque está embarazada o por tener hijos. El artículo 148 del Código Penal de la República de Uzbekistán establece responsabilidad penal para el funcionario facultado para contratar personal que se negara intencionalmente a contratar o que cesanteara a una mujer por estar ésta embarazada o por cuidar de un hijo;

–Se prohíbe establecer períodos de prueba cuando se contrate a embarazadas o a mujeres con hijos menores de tres años de edad;

–Se prohíbe contratar a mujeres para trabajos con condiciones laborales perjudiciales y para trabajos subterráneos, así como para manipular objetos cuyo peso supere los límites fijados a ese respecto;

–Se concede a la mujer una licencia de embarazo y una licencia de maternidad consistente en 70 días naturales anteriores al parto y en 56 días naturales posteriores a este (70 días si el parto acarrea complicaciones o en caso de nacimientos múltiples), con el pago durante el tiempo que dure la licencia de un subsidio del seguro social estatal por un monto equivalente al 100% del salario medio de la mujer;

–Se concede a la mujer, a pedido suyo y una vez vencidas la licencia de embarazo y la licencia de maternidad, una licencia para cuidar de un hijo:

a)Hasta que el hijo cumpla dos años de edad, con el pago durante el tiempo que dure la licencia de un subsidio por un monto equivalente al 200% del salario mínimo establecido en la República de Uzbekistán;

b)Después de que el hijo cumpla dos años de edad, sin goce de sueldo para cuidar del hijo hasta la edad de tres años;

–En el caso de una mujer con un hijo menor de dos años de edad que desee trabajar, se prevé la interrupción del trabajo para la lactancia de ese hijo, que se contabiliza como horas de trabajo y por las que se percibe un salario medio;

– En el caso de una mujer con hijos menores de tres años de edad que trabaje en una centro u organización financiada con cargo a un presupuesto, se establece la semana de trabajo reducida (de 35 horas) sin reducción de salario;

–Se establece la obligación del empleador de reducir a las embarazadas por dictamen médico las normas de producción o de servicios o de trasladarlas a otro empleo más fácil y libre de los efectos de factores productivos desfavorables, conservando a la vez el salario medio del empleo anterior;

–Está prohibido contratar a embarazadas o a mujeres con hijos menores de 14 años, sin su consentimiento, para trabajar de noche, en horas extraordinarias o en días de descanso o festivos o para enviarlas en misión. La contratación de embarazadas o de mujeres con hijos de hasta tres años de edad se permite únicamente previa presentación de un dictamen médico en que se certifique que ese trabajo no representa un peligro para la salud de la madre o el hijo;

–Se establece la obligación del empleador de ofrecer a la embarazada con un hijo menor de 14 años de edad o un hijo con discapacidad menor de 16 años de edad, incluso un niño respecto del cual ejerza la tutela, una jornada de trabajo o una semana de trabajo abreviada;

–La embarazada o recién parida, a pedido de esta, puede solicitar una licencia de trabajo anterior a la licencia de embarazo o de maternidad, o posterior a ella, o una licencia de trabajo posterior a la licencia para cuidar de un hijo.

347.Cabe señalar que, de conformidad con el artículo 238 del Código de Trabajo, las garantías y ventajas que se conceden a la mujer durante la maternidad (la limitación del trabajo nocturno, las horas extraordinarias y la contratación en días de descanso y el envío en misión; la concesión de licencias adicionales; el establecimiento de modalidades flexibles de organización del trabajo, entre otras) se hacen extensivas a los hombres que crían a hijos sin la madre (porque haya fallecido, esté privada de la patria potestad, esté ingresada un tiempo prolongado en una institución médica o se haya distanciado de ellos por alguna otra razón) y también a tutores de menores. Estas garantías y tratos preferenciales se conceden también a la abuela, al abuelo o a otros familiares encargados de la crianza de niños que carecen de la atención de la madre.

348.Las garantías antes mencionadas de que goza la mujer se consagran en el Código de Trabajo y en las Leyes de empleo de la población y de protección del trabajo, entre otras.

349.Debe señalarse que, de conformidad con el Código de Trabajo, los derechos y las garantías laborales establecidos en la legislación son de obligatoria observanciapara los empleadores. Ni las normativas locales de las empresas ni ningún conviene de trabajo concertado con los trabajadores deben contener condiciones que contribuyan a empeorar la situación del trabajador en contravención de la legislación. Si pese a ello en un acuerdo o convenio de trabajo figurara ese tipo de condiciones, en dicho caso, y en virtud del artículo 5 del Código de Trabajo, se las considerará nulas, esto es, sin fuerza jurídica.

350.En la Ley de pensiones estatales de los ciudadanos se establece una serie de derechos y libertades adicionales de la mujer (la posibilidad de jubilarse a una edad más temprana y con menos antigüedad que lo establecido para el hombre; la inclusión en el cálculo de la antigüedad en el trabajo necesaria para percibir una pensión del tiempo que dedica una madre que abandona el trabajo para dedicarse a la crianza de hijos menores de edad, siempre que ninguno haya cumplido tres años de edad y cuyo total de edades no rebase los seis años; la posibilidad de que una mujer con cinco o más hijos menores de 16 años de edad, con una antigüedad mínima de 15 años, se acoja a la jubilación anticipada a los cinco años de haber alcanzado la edad requerida para la jubilación por edad, entre otros derechos).

351.En resumidas cuentas, la legislación de la República de Uzbekistán:

–Prevé la igualdad de derechos sociales y económicos de hombres y mujeres;

–Consagra todo el conjunto de derechos y garantías adicionales concedidos a la mujer en atención de sus peculiaridades físicas y su función materna;

–Hace extensivo el considerable volumen de garantías y tratos preferenciales que se conceden a las mujeres y a los padres y demás familiares que se encargan de la crianza de los niños que carecen de la atención de la madre;

–Confiere a los miembros de la familia, en los casos establecidos por ley, la posibilidad de decidir por cuenta propia quién (entre la madre, el padre del niño, su abuelo, su abuela u otro miembros de la familia) gozará de tal o cual derecho (por ejemplo, del derecho a solicitar una licencia para cuidar de un niño);

–Prevé, para bien de la mujer y el niño, conceder derechos y garantías adicionales al padre del niño (la concesión al padre del niño, a pedido suyo, una licencia de trabajo por la duración de la licencia de embarazo y de maternidad de la madre).

352.Uzbekistán es el único país antaño perteneciente a la ex Unión Soviética que ha conservado todas las prestaciones sociales fundamentales y que perfecciona sistemáticamente y aumenta anualmente los beneficios sociales que favorecen a la mujer y al niño.

Artículo 5Medidas para eliminar los prejuicios contra la mujer

353.La Constitución y la legislación de la familia en la República de Uzbekistán constituyen la base jurídica que permite erradicar los estereotipos y prejuicios que aún persisten en relación con la mujer.

354.El capítulo 14 de la Constitución está dedicado a la familia y a la reglamentación de las relaciones familiares. En el artículo 63 de la Constitución se proclama que “la familia es la unidad fundamental de la sociedad y tiene derecho a recibir protección de la sociedad y el Estado”.

355.Al velar por los derechos y la soberanía de la familia, el Estado no tiene derecho a inmiscuirse en su vida interna ni en las relaciones entre los cónyuges y entre padres e hijos, y si fuera imprescindible, únicamente intervendría dentro de ciertos límites, sin lesionar los derechos e intereses de los miembros de la familia y sin contravenir las disposiciones de la Constitución y demás normas jurídicas.

356.Sin inmiscuirse en la vida privada de los ciudadanos, el Estado adopta medidas encaminadas a erradicar los prejuicios contra la mujer que aún persisten en las relaciones familiares. El Estado ylas instituciones públicas están interesados en eliminar los estereotipos anacrónicos contra la mujer y la niña, ya que estos obstaculizan el ejercicio de los derechos y libertades de la mujer consagrados en la Constitución de la República de Uzbekistán y en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

357.En las encuestas sociológicas de las mujeres realizadas por el Centro de estudio de la opinión pública en el período 2005-2008 se puso de relieve que el Estado no es quien viola con mayor frecuencia los derechos de la mujer, sino los particulares, en la familia: el marido, la suegra y otros familiares. Además,la causa fundamental de los conflictos en la familia no consiste en que los miembros de la familia no se rijan tanto por las normas de la ley, sino por las costumbres y las tradiciones locales.

358.Las encuestas de las mujeres demuestran que gracias a la labor de concienciación y promoción realizada, disminuye gradualmente el número de mujeres que se rigen por las costumbres y las tradiciones: en 2006 eran el 34,0%, mientras que en 2008 son el 25,4%.

359.Paulatinamente, bajo la influencia de las normas establecidas en la Constitución, el Código de la Familia y el Código de Trabajo y demás instrumentos jurídicos y normativos que garantizan los derechos y libertades de la mujer, en Uzbekistán se ha modificado sustancialmente la actitud hacia la mujer y la niña en la familia.

360.Según los estudios del Centro no gubernamental nacional de ciencias aplicadas “Oila” (Familia), en años recientes los padres jóvenes, sobre todo, no tienen prejuicios respecto del sexo de sus hijos. Si en el pasado los padres y sus progenitores deseaban tener hijos del sexo masculino, en los últimos años ha cambiado esa mentalidad, en la mayoría de los casos, en favor de la niña. El cambio de forma de pensar de los padres sobre esa cuestión obedece, en primer lugar, a la creciente autoridad e influencia de las madres no sólo a los ojos de los hijos, sino también a los ojos de los padres del marido, quienes cada vez hacen más causa común con la mujer. En segundo lugar, en opinión de los padres jóvenes, la crianza de las niñas resulta más fácil, pues, desde el punto de vista emocional, son más afines a sus padres.

361.El hecho de que, por vocación y deseo propio, las niñas puedan estudiar libremente arte y música; puedan practicar deportes tales como el tenis y la natación, incluido el nado sincronizado, la gimnasia y el atletismo ligero, entre otros deportes; y puedan estudiar los fundamentos de la actividad empresarial, es indicativo de que ante las niñas se han abierto todos los caminos que antaño impedían la libertad de acción a causa de los prejuicios negativos.

362.El Centro nacional “Oila” publica cada año, como parte de la serie “Biblioteca de la Familia”, folletos y impresos destinados específicamente a los padres y dedicados a la crianza de las niñas adolescentes y a su preparación para la vida familiar. Además, el Centro edita anualmente publicaciones especiales dedicadas a elevar la cultura jurídica de la población, ante todo de los padres y las mujeres. En los tres últimos años el Centro ha publicado una monografía, un texto de estudio, ocho folletos, más de 25 artículos científicos y científico-populares y decenas de impresos (todos en el idioma oficial) dedicados a popularizar los fundamentos del régimen matrimonio-familiar; a promover el adelanto de la mujer en la familia; y a esclarecer la esencia de las tradiciones, costumbres y ritos que guardan relación con la crianza de la niña en la familia.

363.En Uzbekistán se adoptan medidas para impedir que en los medios de comunicación se creen imágenes degradantes de la mujer;al contrario, se procura que en cada transmisión o material impreso que se difunde por esos medios se dé a conocer cuán positivamente ha cambiado la situación de la mujer en el país desde la proclamación de su independencia. En los medios de comunicación trabajan mujeres periodistas cuyo material trata esencialmente de los temas de la mujer.

364.En Uzbekistán se condena la violencia con la niña y la mujer, la violencia en el hogar. Esa violencia se considera un delito que se comete en el seno de la familia o entre familiares cercanos. Las formas que adopta pueden ser diversas: puede ser violencia física mediante golpizas, tormentos, lesiones corporales graves, calumnias, insultos u otras formas de violencia sicológica.

365.A fin de eliminar todas las formas de violencia contra la niña y la mujer se viene trabajando en lo siguiente:

1.En el artículo 26 de la Constitución de la República de Uzbekistán se establece que “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”;

2.La violencia contra la mujer, la trata de mujeres y el acoso sexual son delitos en Uzbekistán (Código Penal, artículos 118, 119 y 121 sobre los delitos contra la libertad sexual; los artículos 128, 129 y 131 sobre los delitos contra la familia, los jóvenes y la moral; y los artículos 135 y 136 sobre los delitos contra la libertad, el honor y la dignidad; en el Código de la Familia se reglamentan los derechos y las obligaciones entre los cónyuges y de los padres respecto de sus hijos).

3.Se crean entidades especiales encargadas de prestar asistencia a las mujeres víctimas de la violencia: centros de crisis, líneas telefónicas confidenciales, centros para la mujer, centros de salud y numerosos otros centros en diversas regiones del país;

4.Se ha instituido el cargo de sicólogo escolar en todos los centros de la enseñanza general a fin de detectar y prevenir oportunamente los casos de violencia contra la mujer y la niña en el hogar;

5.De conformidad con el Código de la Familia de la República de Uzbekistán, se priva de la patria potestad cuando hijas son víctimas de la violencia a manos de padres alcohólicos, entre otros casos.

366.En Uzbekistán se adoptan medidas de educación y concienciación en la lucha contra la poligamia, el pago por la novia y el rapto de la novia, entre otras prácticas. Costumbres tales como el rapto de la novia y el pago de la dote en efectivo aún persisten en la República de Karakalpakstán, donde habitan karakalpacos étnicos,como en los distritos de Tadmin y Kanimekh de la provincia de Navoy y en la provincia de Jorezm. No obstante, en la actualidad esas costumbres han perdido utilidad y vigencia, sobre todo entre los jóvenes modernos. Incluso cuando se practican, revisten una forma simbólica y se hace por acuerdo mutuo de los novios en vísperas de la boda. Sin embargo, en todos los casos los novios oficializan su matrimonio en las oficinas del Registro Civil, lo que no sucedía en el pasado.

367.El Estado y la sociedad prestan atención a la función del hombre y la mujer en la crianza de los hijos en las zonas urbanas y rurales.

368.Conforme al Código de la Familia, en la crianza de los hijos el padre y la madre tienen iguales derechos y obligaciones, pero en las familias tradicionales la función educativa corresponde más a la madre que al padre, ya que este se pasa la mayor parte del tiempo fuera del hogar, encargado de proveer el sustento material de la familia.

369.Recientemente, el Comité de Mujeres, el Ministerio de Educación, el Centro no gubernamental nacional de ciencias aplicadas “Oila” y varios otros organismos estatales y organizaciones no gubernamentales llevan a cabo una serie de actividades y celebran seminarios y encuentros destinados a elevar el papel del padre en la crianza de los hijos. Por ejemplo, en 2008 el Ministerio de Educación estableció las jornadas “Asambleas de padres”, a pedido de los propios progenitores. En los días libres los padres se dan cita en las escuelas para resolver, junto a los maestros, numerosos problemas relacionados con la educación de sus hijos y su futuro. Los padres se responsabilizan concienzudamente de la conducta de sus hijos. La primera jornada “Asamblea de padres” se celebró el 20 de abril de 2008 en todo el país, actividad que, según se espera, se realizará tradicionalmente.

370.En la sociedad no sólo viene cambiando la mentalidad sobre la división de responsabilidades en la crianza de los hijos, sino que también cambia la actitud hacia el trabajo de la mujer, ya que la situación y participación económicas de la mujer en general se reflejan también en las relaciones familiares. Va cambiando la noción tradicional de que la mujer está obligada a hacerlo todo en el hogar, mientras que el hombre mantiene económicamente a la familia. En la mayoría de las familias uzbekas la mujer y el marido comparten por igual la responsabilidad del sustento material de la familia. De año en año crece en el país el número de mujeres que se dedican a la actividad empresarial, convirtiéndose en activas participantes en negocios familiares y en iniciadoras de esa modalidad empresarial.Las mujeres en el Uzbekistán de hoy disponen de equipos electrodomésticos, que facilitan el trabajo en el hogar.

371.Paulatinamente va cambiando la actitud hacia la edad legal para contraer matrimonio. Con arreglo al artículo 15 del Código de la Familia, la edad legal para contraer matrimonio es de 18 años para los hombres y de 17 años para las mujeres.

372.De existir razones válidas y en casos excepcionales, el jokim de la provincia o el municipio donde radica el Registro Civil donde se celebra el casamiento, a pedido del novio y la novia, podrá reducir la edad legal para contraer matrimonio como máximo en un año. El matrimonio que se celebre con una persona que no hubiese cumplido la edad mínima para contraer matrimonio podrá declararse nulo y sin efecto si así lo exigieran los intereses de la persona menor de la edad legal.

373.En el país existe una opinión favorable al establecimiento de los 18 años como la edad mínima para contraer matrimonio tanto para el hombre como para la mujer. Según datos de las encuestas llevadas a cabo por el Centro “Oila” (Familia), mientras que en 2002 el 44,7% de los que respondieron al cuestionario consideraban que la edad más apropiada para contraer matrimonio era de 19 a 20 años para las jóvenes, en los últimos años esa opinión la comparte el 52,1% de los participantes. En el caso de los hombres se consideró una edad apropiada 21 a 24 años. Mientras que en 2002 el 13,7% de los que respondieron al cuestionario consideraban que una joven de 16 a 18 años podía contraer matrimonio, en años recientes nadie comparte esa opinión. Actualmente, un tercio de las mujeres se casan a los 19 años de edad y el 56% a una edad entre los 20 y 24 años, lo que se considera apropiado desde el punto de vista de la fecundidad y la preparación de la mujer para la vida familiar. En ello ha influido el conjunto de medidas de concienciación y promoción puestas en marcha por el Comité de Mujeres de Uzbekistán y otras organizaciones de la sociedad civil, en estrecha coordinación con las instituciones públicas de educación.

374.Cabe destacar que el Estado y la sociedad en general no dejan de velar por la protección de los derechos de la mujer que, sin haber formalizado legalmente su unión, o tras celebrar un matrimonio religioso, dé a luz a un hijo sin estar casada. A ella se le confiere la condición de madre soltera y recibe el subsidio por el hijo y las correspondientes prestaciones establecidos por ley.

375.En años recientes se han creado las denominadas “Universidades de padres”, adjuntas a los órganos de autogestión ciudadana, con el fin de elevar el conocimiento jurídico, social, espiritual, médico y sicológico de madres y padres. Esos proyectos contribuyen en la práctica a eliminar los estereotipos existentes de la mujer y el hombre.

376. Las organizaciones no gubernamentales han creado centros jurídicos, consultivos, de información y de crisis que funcionan en prácticamente en todas las zonas del país, que prestan una ayuda considerable a las mujeres. Actualmente, sólo en la provincia de Bujará funcionan 40 centros de ese tipo.

377.Por ejemplo, el Centro de bienestar social de la familia “Oydin Nur”, de la provincia de Bujará, creado en 1999, presta los siguientes tipos de servicios: coordina el funcionamiento de las líneas telefónicas confidenciales; ofrece apoyo sicológico; ofrece consultas jurídicas; se desempeña como defensor público de la mujer; y ofrece refugio temporal a las víctimas de la violencia.

378.Desde enero de 2001 hasta abril de 2008 se recibieron más de 9.500 llamadas por la línea telefónica confidencial y visitas de clientes, mientras que en los seminarios impartidos por el Centro sobre los derechos de la mujer y la violencia en el hogar participaron 1.668 personas. De ellas en 2001 participaron 112 representantes de las comisiones de reconciliación de los órganos de autogestión ciudadana; en 2005 participaron 489 jueces, inspectores de prevención y oficiales de juzgado; en 2006 tomaron parte 374 inspectores de prevención de la policía; y en 2007 participaron 25 asesores de los órganos de autogestión ciudadana y 250 inspectores de prevención.

379.El Centro sirvió de defensor público de los intereses de la mujer en 35 procesos judiciales. Además, publicó seis folletos sobre los temas siguientes: “Las leyes que protegen a la mujer”, “Ninguna mujer merece ser víctima de la violencia”, “Conflictos en la familia y medios de su resolución”; produjo dos documentales: “Discordias, divisiones, divorcios: la violencia de que es víctima la mujer durante el proceso de divorcio” (de 22 minutos de duración); y “En esta casa lo decide todo mi madre: la violencia de que es víctima la recién casada a manos de la suegra” (de 18 minutos de duración). El Centro promueve activamente las formas no violentas de relaciones en la familia. A ese fin, los colaboradores del Centro publicaron en el diario de la provincia de Bujará 41 artículos sobre los problemas de la mujer e intervinieron en ocho programas de televisión.

380.El 14 de noviembre comenzó a funcionar en el Centro un refugio temporal. Desde enero de 2007 hasta abril de 2008 hallaron refugio en él 13 mujeres y sus 12 hijos.

Artículo 6Medidas para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer

381.La República de Uzbekistán adopta medidas jurídicas y organizativas encaminadas a suprimir todas las formas de la trata de mujeres y la explotación de la prostitución de la mujer

382.En el artículo 37 de la Constitución se establece que “toda persona tendrá derecho a trabajar, a elegir libremente su ocupación, a disfrutar de condiciones de trabajo justas y a ser protegida frente al desempleo de conformidad con el procedimiento establecido por ley”.

383.Se prohíben los trabajos forzados a menos que sean en cumplimiento de una pena dictada por un tribunal o en otros casos previstos por la ley.

384.Habida cuenta del peligro que representan fenómenos negativos como la trata de personas, los órganos del orden público adoptan todas las medidas necesarias para hacer frente oportunamente a los aspectos potencialmente delictivos de la migración y perfeccionar su lucha con la “exportación” ilícita de mujeres y las violaciones conexas de los derechos humanos.

385.Los órganos del orden público realizan investigaciones con el fin de identificar y detener a las personas que se dedican a la prostitución y al turismo sexual, y adoptan además medidas para impedir esas transgresiones y organizar una labor de prevención específica con las personas que se dedican a la prostitución y al turismo sexual y con las personas que hayan sido deportadas de otros países por dedicarse a la prostitución.

386.Se realizan periódicamente campañas especiales de prevención conocidas por el nombre de “Oriyat”. Se lleva a cabo una amplia labor preventiva de concienciación y se amplían los conocimientos de la población sobre la responsabilidad penal que acarrean determinados tipos de infracciones. Se colabora con los órganos del orden público en la identificación de prostitutas con enfermedades venéreas. Se preparan y se someten a los tribunales expedientes de responsabilidad administrativa por ejercer la prostitución. Las subunidades de investigación de las dependencias del interior se encargan de la investigación y el enjuiciamiento de causas relacionadas con la explotación de prostíbulos y el proxenetismo y la captación de personas con fines de explotación, entre otros delitos.

387.De conformidad con el artículo 131 del Código Penal de la República de Uzbekistán la apertura o explotación de prostíbulos y el proxenetismo se castigan con multa de 20 a 50 veces el salario mínimo, con hasta tres años de trabajos correccionales o con tres años de privación de libertad.

388.Esos mismos actos, cuando entrañaren la participación de un menor de edad, cuando se reincidiere o cuando fueren cometidos por un reincidente peligroso o una persona que hubiere cometido con anterioridad cualesquiera de los delitos previstos en el artículo 135,“Explotación de prostíbulos y proxenetismo”, y el artículo 137, “Secuestro de una persona”, se castigan con pena de hasta seis meses de detención o de tres a cinco años de privación de libertad.

389.Las víctimas de la trata podrán denunciar ese delito ante los órganos del interior donde se hubiere cometido el delito o de su lugar de residencia. Los derechos del denunciante están amparados en la Ley de denuncias de la población, donde se establece además el procedimiento para presentar denuncias. El derecho a recurrir a los tribunales en defensa propia está previsto en la Constitución de la República de Uzbekistán y en la Ley de tribunales. La posibilidad de que se indemnice a la víctima de la trata por daños sufridos se resolverá por vía judicial mediante interposición de una demanda civil por reclamo de indemnización.

390.En la República de Uzbekistán la difusión de material de contenido pornográfico constituye una infracción administrativa (artículo 189 del Código de Responsabilidad Administrativa de la República de Uzbekistán), al tiempo que la elaboración y distribución de artículos pornográficos constituyen delitos penales (artículo 130 del Código Penal de la República de Uzbekistán).

391.La prostitución no acarrea responsabilidad penal.

392.Con arreglo al artículo 190 del Código de Responsabilidad Administrativa el ejercicio de la prostitución constituye una infracción administrativa y se castiga con multa de hasta tres veces el salario mínimo. La misma infracción, cuando se reincida antes del año de haberse impuesto el castigo administrativo, se castiga con multa de tres a cinco veces el salario mínimo.

393.Las causas relativas a las infracciones antes mencionadas se examinan en los tribunales de lo administrativo.

394.El Ministerio del Interior viene trabajando en un programa integral de lucha contra la contratación y el traslado ilícito de personas al extranjero con fines de explotación sexual, proyecto que prevé una amplia gama de medidas con la participación de las autoridades administrativas locales, los órganos del orden público, los ministerios y organismos estatales competentes, las organizaciones no gubernamentales, las asociaciones públicas y los medios de comunicación. El programa abarca no sólo medidas de prevención, sino también la rehabilitación de las víctimas de la trata humana.

395.El 17 de abril de 2008 Uzbekistán promulgó la nueva Ley de lucha contra la trata de personas, importante contribución a la lucha contra la trata de mujeres. En esa Ley se consolidan conceptos fundamentales como los siguientes: por lucha contra la trata de personas se entienden las actividades encaminadas a prevenir, detectar y reprimir la trata de personas, la mitigación de sus consecuencias y la asistencia a sus víctimas; por trata de personas se entiende la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación abarcará la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos o tejidos humanos.

396.En la Ley se define asimismo el concepto de tratante de personas como la persona física o jurídica que, de manera independiente o en grupo, cometa cualquier acto de trata de personas, así como el funcionario que con sus acciones contribuya a la trata de personas, o no la impida ni se oponga a ella, pese a estar obligado a hacerlo por las facultades que le están conferidas.

397.En la Ley se enumeran los órganos estatales encargados de la lucha contra la trata de personas, entre ellos: El Ministerio del Interior, el Servicio de Seguridad Nacional y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Uzbekistán; las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de Uzbekistán en el exterior; y el Ministerio de Salud.

398.La Ley prevé la creación de un mecanismo de coordinación de las actividades de los citados organismos: la Comisión interinstitucional de lucha contra la trata de personas. Entre las principales funciones de la Comisión interinstitucional se cuentan las siguientes:

–Coordinar las actividades de los organismos estatales, los órganos de autogestión ciudadana y las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro en la lucha contra la trata de personas;

–Organizar actividades encaminadas a elevar la eficacia de la labor de detección y eliminación de las causas y condiciones que favorecen la trata de personas;

–Reunir y analizar información sobre la envergadura, el estado y las tendencias de la trata de personas;

–Coordinar las actividades de las comisiones interinstitucionales territoriales;

–Preparar propuestas para mejorar la prestación de ayuda a las víctimas de la trata y su protección;

–Preparar propuestas para perfeccionar la legislación en materia de lucha contra la trata de personas;

–Organizar campañas de concienciación entre la población sobre cuestiones relacionadas con la lucha contra la trata de personas.

399.A fin de prestar ayuda y brindar protección a las víctimas de la trata la Ley prevé la creación de instituciones especializadas en esa labor. Las principales funciones de esas instituciones son las siguientes: ofrecer a las víctimas de la trata condiciones adecuadas de vida e higiene personal, alimentación, medicamentos y artículos de uso médico; prestar ayuda médica, sicológica, social, jurídica y todo tipo de ayuda imprescindible a las víctimas de la trata; y velar por la seguridad de las víctimas de la trata, entre otras.

400.Actualmente en Uzbekistán se desarrolla un proceso de armonización de la legislación nacional con las disposiciones de la Ley de lucha contra la trata de personas. En particular, el artículo 135 del Código Penal de la República de Uzbekistán, que lleva por título “Captación de personas con fines de explotación”, ahora llevará por título “Trata de personas”. En dicho artículo se tipificará el delito, se precisarán los tipos de sanciones aplicables y se definirán las circunstancias de agravación punitiva de este delito, esto es, cuando es cometido: a) contra dos o más personas; b) mediante conspiración previa de un grupo de personas; c) de forma reincidente o por un reincidente peligroso; d) mediante el traslado de la víctima a través de la frontera estatal o su retención ilícita en el extranjero, entre otras.Se prevén sanciones más severas para quienes se dediquen a la trata de menores (muy en especial, de niñas).

401.En 2008 está previsto que Uzbekistán se adhiera al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

402.A fin de prevenir la trata de mujeres y niñas se lleva a cabo una amplia campaña de concienciación en todas las provincias del país. En colaboración con diversos organismos estatales y organizaciones no gubernamentales, el Comité de Mujeres lleva a cabo actividades para sensibilizar a mujeres y niñas sobre los riesgos que entraña el trabajo ilícito en el extranjero.

403.Varias organizaciones públicas han habilitado líneas telefónicas de ayuda urgente para ofrecer consultas gratuitas y anónimas a la población. En los últimos dos años se han ofrecido más de 6.000 consultas. Por esas líneas también se reciben pedidos de ayuda de víctimas de la trata. Más de 200 víctimas de la trata han recibido asistencia para regresar a la patria. En coordinación con las oficinas consulares y las embajadas de Uzbekistán en países como los Emiratos Árabes Unidos, Turquía, Tailandia y la India, se ha prestado asistencia a mujeres en la renovación de su documentación y en la obtención de un permiso de regreso.

404.Suman cerca de 5.000 las peticiones sobre casos específicos recibidas de países de destino como los Emiratos Árabes Unidos, Israel, Kazajstán, Rusia, Turquía y Tailandia. Se prestó apoyo al regreso de 2.000 personas interesadas.

405.A fin de prevenir la trata de mujeres y niñas se distribuyen entre la población folletos informativos en uzbeko, ruso, karakalpaco y tayiko; por el primer canal nacional de televisión se transmiten mensajes públicos breves elaborados en colaboración con el Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán; se divulgan mensajes públicos breves por la radioemisora “Yoshlar” sobre la prevención de la trata de personas; se han transmitido dos vídeos titulados “Otalar suzi”, dedicados a la trata de personas con fines de explotación laboral y sexual; se han celebrado cerca de 1.000 seminarios y actividades para jóvenes en los centros de enseñanza general, liceos, institutosy centros de enseñanza superior; y se han realizado más de 600 actividades en los órganos de autogestión ciudadana.

406.En Uzbekistán se lleva a cabo una campaña de información dirigida a familiarizar a la población, los trabajadores de los centros de salud, las autoridades estatales y los miembros de los órganos de autogestión ciudadana con las disposiciones de la Ley de lucha contra la trata de personas.

407.En ese marco, el 30 de mayo de 2008 se celebró en Tashkent un seminario internacional sobre la lucha contra la trata de personas en la República de Uzbekistán, organizado por la Oficina regional de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) para Asia central y la Oficina del PNUD en Uzbekistán. En dicho seminario se examinaron los mecanismos de aplicación de la nueva ley y se elaboraron procedimientos para facilitar la colaboración entre las entidades estatales y no gubernamentales en la lucha contra la trata de personas. En el seminario intervinieron representantes de los órganos del orden público y de la comunidad científica de Uzbekistán, así como funcionarios del Ministerio del Interior de la República de Belarús, la Misión en Uzbekistán de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la Sección de trata de personas de la sede de la ONUDD en Viena y representantes de las sedes diplomáticas y las organizaciones internacionales acreditadas en Uzbekistán. En el seminario intervino un representante del Comité de Mujeres de Uzbekistán sobre el tema “Aspectos fundamentales de la labor de prevención de la trata de personas con la mujer en la República de Uzbekistán”.

Artículo 7Medidas adoptadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país

408.El Gobierno de Uzbekistán adopta medidas para prohibir la discriminación contra la mujer en la vida política y social del país.

409.En la vida política y social de Uzbekistán la mujer goza de los mismos derechos que el hombre, ya que puede:

–Votar y ser elegida en todas las elecciones y referendos públicos;

–Participar en la formulación y ejecución de la política del Gobierno y ocupar cargos públicos, así como desempeñar todas las funciones públicas a todos los niveles de la dirección del Estado;

–Participar en las actividades de las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones que se ocupan de los problemas sociales y políticos del país.

410.En las Leyes de elecciones al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán; de elecciones a los consejos de diputados del pueblo a nivel provincial, distrital y municipal; de garantías de los derechos electorales de los ciudadanos; del debate nacional de los proyectos de ley; del referendo de la República de Uzbekistán; y de elecciones para Presidente de la República de Uzbekistán se establecen las mismas normas en materia electoral para ambos sexos, por lo que la mujer y el hombre gozan de iguales derechos de jure en el proceso electoral. Según el artículo 5 de la Ley de garantías de los derechos electorales de los ciudadanos, se prohíbe limitar los derechos electorales de los ciudadanos, ya sea directa o indirectamente, salvo en los casos previstos en las leyes sobre elecciones.

411.La igualdad real entre hombres y mujeres está amparada por un sistema de garantías basado en recursos políticos, organizativos, materiales, sociomorales y jurídicos que consagran esa igualdad. Las garantías políticas son los principios y normas fundamentales de las elecciones democráticas establecidos en la Constitución de la República de Uzbekistán. Las garantías organizativas son las reglas que rigen la asistencia que se presta a los diputados, sin distinción de sexo, en la realización de su campaña preelectoral. Las garantías sociomorales se refieren a la comprensión acertada de los derechos y las libertades y su adecuado ejercicio por hombres y mujeres.

412.En 2004 participaron en las elecciones a diputados a la Cámara Legislativa del Oliy Majlis 12.179.580 electores, de ellos 6.199.406 mujeres, o lo que es igual, el 50% del total de votantes. En 2007 participaron en las elecciones para Presidente de la República 14.654.444 electores, de ellos 7.500.845 mujeres, esto es, el 50,8% del total.

413.Con la independencia de Uzbekistán aumentaron las oportunidades de las mujeres de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones. Ha aumentado considerablemente el número de parlamentarias gracias a las modificaciones introducidas en la legislación nacional por iniciativa de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales de mujeres y a la promulgación en 1995 y 2004 de los decretos especiales del Presidente de la República en apoyo de las organizaciones no gubernamentales de mujeres,destinados a promover la participación de la mujer en las actividades políticas.

414.En el apartado cuatro del artículo 22 de la Ley de elecciones al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán, de 29 de agosto de 2003, se estipula que las mujeres representen como mínimo el 30% del total de las candidaturas a diputados propuestas por un partido político. Actualmente hay 21 diputadas (el 18%) en la Cámara Legislativa y 15 mujeres (el 15%) en el Senado del Oliy Majlis; en 1999 sólo había un total de 12 diputadas. Las mujeres ocupan el 16% de los puestosde los órganos superiores de dirección del Estado y el 15,2% de los puestos en los órganos legislativos y representativos locales.

415.Cabe señalar que desde 1995 hasta el presente el cargo de Comisionado de Derechos Humanos lo ocupa una mujer; en 2007 por primera vez en la historia del país se presentó una candidata al cargo de Presidente de la República, la presidenta del Partido Socialdemócrata “Adolat”; y en 2008 una mujer fue elegida por primera vez Presidenta de la Cámara Legislativa del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán. Esto es indicativo de cómo han cambiado los estereotipos de la mujer y cómo se han fortalecido la situación y condición jurídica y social de la mujer en la sociedad.

416.Las mujeres, que constituyen más de la mitad de la población del país, no sólo participan activamente en las campañas electorales como electoras y candidatas a cargos elegibles, sino también en la organización de las actividades de las comisiones electorales. En las elecciones presidenciales de diciembre de 2007las mujeres representaron el 40,9% de los miembros de las comisiones electorales de circunscripción y el 20% de los miembros de las comisiones electorales de distrito.

417.Los partidos políticos de Uzbekistán contienen una importante reserva de futuras dirigentes. El 38% de los miembros del Partido Nacional Democrático “Fidokorlar” son mujeres, mientras que las mujeres constituyen el 32,9% de los miembros del Partido Democrático Popular.

418.La mujer participa activamente en la labor de los sindicatos. Al 1º de abril de 2008 los sindicatos del país contaban con un total de 6.394.669 miembros, de ellos 3.251.438 mujeres. Un total de 10.862 mujeres ocupan cargos de dirección en las organizaciones sindicales, (el 42,2% del total de dirigentes sindicales del país).

419.Sin embargo, la fijación de cuotas de elegibilidad de las mujeres no resuelve totalmente el problema de la representación femenina en el órgano legislativo supremo o en los órganos representativos locales. La solución consiste en preparar a un número suficiente de mujeres que sean capaces de representarlas en el órgano legislativo con la efectividad y alto grado de profesionalismo necesarios. Se observa en la práctica que, poseyendo incluso un nivel educativo elevado, las mujeres no siempre dominan totalmente los aspectos técnicos del proceso electoral ni poseen los conocimientos especializados necesarios en materia de ciencias políticas, derecho, dirección del Estado y sicología, entre otros.

420.Desde 2005 en la Academia de la Construcción Estatal y Social de Uzbekistán anexa a la Presidencia de la República de Uzbekistán se imparte un programa de estudios para las presidentas de los comités de mujeres provinciales, municipales y distritales. Los cursos están a cargo de altos funcionarios del Consejo de Ministros y de dirigentes y especialistas de los ministerios y los departamentos competentes de los organismos estatales y las organizaciones públicas.

421.En el período 2005-2008 cursaron estudios y se recalificaron todas las presidentes de los comités de mujeres de ciudades y distritos de la República de Karakalpakstán, las provincias y la ciudad de Tashkent (anualmente cursan estudios 200 presidentas de comités municipales y distritales de mujeres).

422.A fin de elevar su potencial intelectual, se adoptan medidas para crear un mecanismo de apoyo a la mujer tanto en el marco de los propios partidos políticos, como en las organizaciones no gubernamentales de mujeres y el electorado femenino. Se fomenta una cultura de respeto a la mujer dirigente en los partidos políticos mediante su promoción a cargos de dirección en las entidades creadas por los propios partidos políticos.

423.En el marco de la cooperación del Comité de Mujeres con los partidos políticos del país se ha creado un “ala femenina” en cada partido político y se elaboran y se llevan a cabo actividades dirigidas a estimular la participación política de la mujer.

424.Recientemente se viene aplicando en Uzbekistán una política encaminada a lograr que aumente el número de mujeres en los órganos ejecutivos. En los últimos años las mujeres ocupaban el 15,3% de los puestos directivos en los órganos ejecutivos, específicamente el 16,7% en el Consejo de Ministros, el 12,5% en el Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán y el 11,9% de los puestos de jokims y adjuntas de jokimyatos de la ciudad de Tashkent.

425.En Uzbekistán la Presidenta del Comité de Mujeres es a la vez Viceprimera Ministra de la República de Uzbekistán, al tiempo que las presidentas de los comité provinciales de mujeresdesempeñan el cargo de adjuntas de los jokims de los territorios correspondientes (14 a nivel de provincia y 219 a nivel de distrito y municipio.

426.En Uzbekistán una mujer ocupa el cargo de Ministra de la Industria del Mueble; tres son Primeras Viceministras (de Relaciones Exteriores, Finanzas y Economía); una dirige una importante organización pública, el Consejo de la Federación de Sindicatos de Uzbekistán; y tres encabezan importantes fundaciones sociales.

427.La mujer está bastante bien representada en los órganos judiciales del país. Por ejemplo, las mujeres constituyen el 20% de los trabajadores del Tribunal Constitucional; el 14,6% de los trabajadores del Tribunal Supremo; el 20,4% de los trabajadores del Tribunal Supremo de la República de Karakalpakstán, de los tribunales provinciales y del tribunal de la ciudad de Tashkent; el 20,4% de los trabajadores de los tribunales distritales y municipales; el 15,8% de los trabajadores del Tribunal Supremo Administrativo; y el 22,6% de los trabajadores de los tribunales administrativos de la República de Karakalpakstán y de provincia.

428.Al comienzo del nuevo siglo la participación de las mujeres y los hombres en la economía de Uzbekistán ascendía al 44% y el 56%, respectivamente. Los ámbitos en que tradicionalmente busca empleo la mujer son la enseñanza, la salud, la cultura, el arte, la ciencia y los servicios científicos.

429.En 2007 aproximadamente el 46% de las mujeres trabajaba en diversas esferas de la economía. Cerca de 4 millones de mujeres están empleadas en la economía del país.

430.En Uzbekistán la mujer participa activamente en las actividades de las organizaciones no gubernamentales. Hasta el presente, según datos del Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán, se han registrado en los órganos de justicia unas 210 organizaciones no gubernamentales de mujeres, de carácter tanto nacional como local, entre ellas filiales de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro centrales de mujeres.

431.Una de las primeras organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro de mujeres fue el Comité de Mujeres de Uzbekistán. Esa organización fue fundada en 1991 y es hoy día la mayor y más diversificada de las organizaciones no gubernamentales de mujeres del país. El Comité de Mujeres de Uzbekistán cuenta con dependencias en prácticamente todos los tumanes (distritos) y viloyatos del país. Su labor reviste enorme importancia para el ejercicio, la protección y la promoción de los derechos de la mujer en su conjunto. De conformidad con sus estatutos, los objetivos y tareas fundamentales del Comité son como sigue:

–Aplicar la política del Estado en materia de apoyo social y jurídico de la mujer, proteger la maternidad y la infancia, promover la activa participación de la mujer en el desarrollo del Estado y la sociedad y elevar la cultura y los conocimientos jurídicos de la mujer;

–Supervisar y coordinar las actividades de las demás organizaciones no gubernamentales de mujeres en lo relativo al mejoramiento de la situación social de la mujer, su capacitación jurídica y su protección social;

–Participar en la ejecución de los programas nacionales de atención de la salud de la mujer;

–Cooperar con las demás organizaciones no gubernamentales en la formación de familias sanas;

–Dar solución sobre el terreno a los problemas asociados con el empleo de la mujer;

–Velar por la protección social de las familias de escasos recursos o con muchos hijos, las mujeres con discapacidad, los niños, las personas que viven solas y las personas de edad avanzada.

432.Actualmente el Comité de Mujeres viene intensificando su labor de coordinación de las actividades de los órganos ejecutivos locales y los órganos de autogestión ciudadana en materia de protección de los derechos de la mujer. Las presidentas de los comités de mujeres locales desempeñan al mismo tiempo el cargo de adjuntas de los jokims de provincia, de la ciudad de Tashkent (13) y de distrito (200 en total).

433.Actualmente en el país funciona un total de 10.000 órganos de autogestión ciudadana, entre ellos 8.401 majallyas, 1.339 kishlaki, 153 aúles y 107 asambleas ciudadanas a nivel de aldea. A fin de prestar apoyo a las familias jóvenes en los majallyas funcionan comisiones encargadas de diversas esferas, en particular el trabajo con los jóvenes y las mujeres y la protección social, entre otras.

434.El Comité de Mujeres y sus dependencias regionales, en colaboración con esas comisiones, realizan una campaña de concienciación de la población sobre la promulgación en el país de leyes y otros instrumentos jurídicos y normativos que tratan diversos aspectos de los derechos de la mujer. En el período que abarca el informe se llevaron a cabo 3.000 actividades, encuentros y seminarios de concienciación con cerca de 10.000 participantes, entre ellos jóvenes.

435.Una de las organizaciones no gubernamentales de mujeres más importantes en Uzbekistán es la Asociación de Empresarias “Tadbirkor ayol”. La Asociación fue fundada en 1991 y cuenta actualmente con oficinas en todas las provinciasdel país, así como en la ciudad de Tashkent y en la República de Karakalpakstán. Entre sus principales objetivos figuran crear condiciones que propicien la adaptación activa de la mujer al mercado emergente de trabajo, apoyar las iniciativas empresariales de la mujer, proteger los derechos de las mujeres empresarias, representar los intereses de sus miembros, contribuir a las diferentes formas de actividad empresarial y fortalecer el clima de confianza mutua y seguridad entre las asociaciones empresariales.

436.Entre las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro “especializadas” cabe mencionar la Asociación de Abogadas de Uzbekistán, fundada en 1999 con objeto de aunar los esfuerzos de las abogadas, elevar su calificación y proteger sus derechos e intereses legítimos. Entre las principales esferas de actividad de la Asociación se cuentan las siguientes: divulgar los conocimientos jurídicos entre la población, en particular entre las jóvenes y las mujeres adultas; prestar servicios de asesoramiento jurídico; y elaborar, publicar y diseminar material docente y metodológico, manuales y libros sobre asuntos jurídicos. Esa asociación cuenta con oficinas en cinco ciudades de Uzbekistán: Fergana, Samarkanda, Nukús, Bujará y Dhzizak.

437.Cabe señalar que además de las organizaciones no gubernamentales de mujeres que existen a nivel nacional, regional y local, en Uzbekistán funcionan varias organizaciones de ese tipo. Entre estas puede mencionarse la Fundación Internacional de Mujeres “Sharq ayoli”, cuyo objetivo fundamental es contribuir al disfrute y la protección de los derechos y libertades de la mujer en el ámbito económico, social y cultural; impulsar la participación de la mujer en todas las esferas de la vida social y política del país; desarrollar su actividad creadora en las ciencias y las artes; proteger la salud de las mujeres y los niños; fortalecer el papel educativo de la mujer en la familia; y consolidar la paz y la amistad entre los pueblos. La Fundación cuenta con oficinas en Kazajstán y Tayikistán.

438.Recientemente ha venido desempeñando un papel destacado en la promoción de los derechos de la mujer y la igualdad de género la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de Lucro de Uzbekistán, constituida el 18 de mayo de 2005 por iniciativa de los representantes de 150 organizaciones uzbekas de ese tipo. La Asociación es miembro fundador del Fondo de Apoyo a las Organizaciones no Gubernamentales de Uzbekistán, creado con objeto de recaudar y acumular fondos, así como prestar asistencia técnica a los miembros de la Asociación.

439.En el período 2006-2007 la Asociación Nacional llevó a cabo encuestas sociológicas sobre el tema “Estado, problemas y necesidades de las organizaciones miembros de la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de Lucro de Uzbekistán”, en las que se evidencia que el sector no lucrativo del país está representado fundamentalmente por mujeres. El 61,4% del total de participantes en las encuestas eran hombres y el 38,6%mujeres. Cerca del 60% de las 344 organizaciones que integran la Asociación Nacional se dedican a garantizar los derechos de la mujer y el niño.

440.El Fondo de Apoyo a las Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de Lucro presta apoyo financiero a las actividades de las organizaciones no gubernamentales de mujeres. Por ejemplo, tras realizar cinco concursos de oposición, el Fondo financió en el país los proyectos de 91 organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro valorados en 500 millones de som. El 30% de esos proyectos tenían por objeto apoyar las organizaciones no gubernamentales de mujeres dedicadas a prestar asistencia jurídica a la mujer, a capacitar a mujeres con discapacidad, a impartir educación sanitaria a las niñas y a ampliar las oportunidades de la mujer. El monto total destinado a apoyar esos proyectos ascendió a más de 130 millones de som. Por ejemplo, del 13 al 24 de agosto de 2007, en el lugar de descanso “Jumsan-bulok” (de la región de Bostanlyk, provincia de Tashkent) funcionó una escuela de verano de 12 días de duración para las niñas de las zonas rurales.

441.Es necesario subrayar que en Uzbekistán se facilita la amplia participación de las organizaciones no gubernamentales de mujeres en la preparación y el examen de los informes nacionales sobre la aplicación de las correspondientes convenciones internacionales de las Naciones Unidas sobre los derechos de la mujer. La activa participación del Comité de Mujeres de Uzbekistán y de otras organizaciones no gubernamentales de mujeres en la preparación de los informes nacionales del país y en su examen en los comités pertinentes de las Naciones Unidas es una práctica común.

442.A raíz de la encuesta sociológica realizada por el Centro “Opinión pública” se observa una tendencia positiva al aumentar cinco veces, en comparación con 2007, el número de solicitudes y denuncias dirigidas a las organizaciones de mujeres en 2008 que fueron resueltas favorablemente, lo que confirma los datos que indican que esas organizaciones han alcanzado un nivel de eficacia satisfactorio. Si en 2005 el 11,5% de las participantes en la encuesta respondió que las organizaciones de mujeres prestaban una ayuda eficaz en la solución de los problemas planteados, en 2006 ese porcentaje fue del 58% y en 2009 alcanzó el 62,2%.

443.Las organizaciones no gubernamentales de mujeres llevan a cabo una activa labor de sensibilización de la población en cuestiones de género, realizando investigaciones y una labor de vigilancia en relación con los derechos de la mujer, así como un análisis de género de la legislación nacional.

444.Por ejemplo, el Centro de apoyo a las iniciativas ciudadanas, que viene funcionando desde 2004, apoya las acciones ciudadanas dirigidas a dar solución a cuestiones relacionadas con la promoción de un estilo de vida sano, el fortalecimiento de la familia y la elevación del potencial profesional, creador y espiritual de la mujer, y también a contribuir a la ampliación de sus oportunidades en los procesos de la adopción de decisiones.

445.En el período 2005-2007 el Centro preparó a 20 expertos nacionales en redacción de informes periódicos sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y en seguimiento de la aplicación de sus disposiciones y 20 expertos en cuestiones de género; celebró mesas redondas en todas las zonas del país sobre el tema “Uzbekistán, en marcha hacia la igualdad de género a la luz de la Plataforma de Acción de Beijing, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y los objetivos de desarrollo del Milenio”.

446.El Centro publicó la Convención y su Protocolo Facultativo en el idioma oficial y además en ruso y distribuyó ambos documentos a los organismos estatales y organizaciones no gubernamentales y a los medios de comunicación. El Centro inició la preparación de los informes periódicos sobre el seguimiento de la aplicación por la República de Uzbekistán de las disposiciones del la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y también publicó en inglés y ruso un folleto titulado “Uzbekistán en marcha hacia la igualdad de género”, que incluyó secciones sobre el informe periódico de Uzbekistán sobre la aplicación de la Convención y los resultados del seguimiento; y también produjo un video titulado “Uzbekistán, en marcha hacia la igualdad de género” y un compendio estadístico sobre “La mujer y el hombre en Uzbekistán”, en tres idiomas, con el apoyo técnico del PNUD, en el que las estadísticas demográficas, de salud, de educación, de empleo y desempleo, de bienestar social y los índices de delincuencia, entre otros,se presentan desde una perspectiva de género.

Artículo 8Medidas para garantizar la participación de la mujer en la cooperación internacional

447.Conforme al artículo 8 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Uzbekistán adopta todas las medidas necesarias para garantizar el derecho de la mujer, en pie de igualdad con el hombre y sin discriminación, a representar a su Gobierno a nivel internacional y a participar en las actividades de las organizaciones internacionales.

448. Las mujeres uzbekas representan a su Gobierno a nivel internacional si estas:

–Ocupan altos cargos en el Estado;

–Son diputadas o senadoras u ocupan puestos de dirección en dependencias orgánicas del Parlamento, el Gobierno, ministerios y organismos estatales, entre otros;

–Ocupan puestos intermedios de dirección en los órganos legislativos, ejecutivos y judiciales y participan en los trabajos de organizaciones internacionales, así como en diferentes actividades internacionales por instrucción de órganos o funcionarios superiores;

–Trabajan en las instituciones nacionales de derechos humanos que funcionan en Uzbekistán;

–Trabajan en el sistema del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Relaciones Económicas Internacionales, Comercio e Inversiones de la República de Uzbekistán u otras entidades vinculadas con la política exterior y el comercio exterior del país;

–Ocupan cargos de dirección en las organizaciones no gubernamentales de mujeres, entre otras altas responsabilidades.

449.Actualmente, 26 mujeres trabajan en el servicio exterior del país y desempeñan funciones diplomáticas en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uzbekistán, incluso en calidad de Viceministra de Relaciones Exteriores. Un total de 66 mujeres ocupan diversos cargos técnicos o administrativos.

450.Mujeres ocupan diversos cargos diplomáticos y técnicos o administrativos en las misiones diplomáticas de la República de Uzbekistán en el extranjero. En particular, el cargo de Representante Permanente de la República de Uzbekistán ante la UNESCO lo ocupa una mujer.

451.Prácticamente todas las mujeres que trabajan en el servicio exterior participan anualmente en seminarios, conferencias y otras reuniones internacionales. Además, las representantes que trabajan en el sistema del Ministerio de Relaciones Exteriores viajan a países extranjeros para elevar su calificación, intercambiar experiencia y mejorar su dominio de idiomas.

452.Se ha convertido en práctica habitual que las mujeres que ocupan los cargos de Presidente de la Cámara Legislativa, Comisionado de Derechos Humanos, Presidenta del Comité de Mujeres de Uzbekistán y Presidente de la Federación de Sindicatos o que son jefas de organismos estatales y directoras de importantes empresas, instituciones y organizaciones participen en los trabajos de los foros internacionales organizados por las Naciones Unidas, la OSCE, la Unión Europea, el Parlamento Europeo y otras organizaciones internacionales.

453.Por ejemplo, del 28 de febrero al 1º de marzo de 2006 la Sra. S. Guerasimova, miembro del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán, formó parte de la delegación de Uzbekistán que participó en los trabajos del 69º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer, donde se examinaron los informes periódicos nacionales tercero, cuarto y quinto de Uzbekistán sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; del 15 al 22 de mayo de 2006 la Sra. T. Narbayeva, Especialista principal del Departamento de Análisis e Investigación sobre la educación, la salud pública y la protección social del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, participó en el 42º período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño; trabajadoras del Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán y representantes de las organizaciones no gubernamentales de mujeres participaron en la reunión anual de la OSCE sobre la dimensión humana, celebrada en Varsovia, del 2 al 13 de octubre de 2006, en los trabajos de la Reunión suplementaria de dimensión humana sobre libertad de reunión, asociación y expresión: la participación plena y en pie de igualdad, de la OSCE, celebrada en Viena, del 29 al 31 de marzo de 2007, en el seminario de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos sobre el tema “Participación y representación efectivas en las sociedades democráticas”, celebrado en Varsovia, del 16 al 18 de mayo de 2007, y en las sesiones del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas dedicadas al examen del tercer informe nacional de la República de Uzbekistán sobre la aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, celebrada en Viena, del 7 al 13 de noviembre de 2007.

Artículo 9Medidas para otorgar a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su ciudadanía

454.El Estado ha adoptado medidas para otorgar a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su ciudadanía. Esos derechos están garantizados en instrumentos como la Ley de ciudadanía, de 2 de julio de 1992, en cuyo artículo 1 se dispone lo siguiente: “Todos los habitantes de la República de Uzbekistán tendrán derecho a la ciudadanía. Nadie podrá ser privado de su derecho a la ciudadanía ni de su derecho a cambiar de ciudadanía. La República de Uzbekistán protegerá los derechos, libertades e intereses de sus nacionales en el territorio de la República de Uzbekistán y en el extranjero”.

455.En el artículo 2 de esa Ley se establece que “La ciudadanía de la República de Uzbekistán es la misma para todos, independientemente de las modalidades de adquisición. Son ciudadanos de la República de Uzbekistán todas las personas que residen permanentemente en la República de Uzbekistán, sin distinción de sexo, y que hayan manifestado su deseo de ser ciudadanos de la República de Uzbekistán”.

456.El artículo 6 de dicha Ley dispone lo siguiente: “El hecho de que un nacional de la República de Uzbekistán contraiga matrimonio con un extranjero o con un apátrida o que disuelva ese matrimonio no entrañará el cambio de la ciudadanía del cónyuge. El cambio de ciudadanía de uno de los cónyuges no entrañará el cambio de ciudadanía del otro”.

457.El artículo 7 de la Ley establece, además, que: “La estancia en el extranjero de un nacional de la República de Uzbekistán no dará lugar a que éste pierda la ciudadanía uzbeka”.

458.Conforme al artículo 12 de esta ley la ciudadanía de la República de Uzbekistán podrán adquirirla mujeres y hombres por igual:

1.Por nacimiento;

2.Como resultado de la concesión de la ciudadanía de la República de Uzbekistán;

3.En los casos previstos en los tratados internacionales en que sea parte la República de Uzbekistán;

4.En otros casos previstos en la ley de ciudadanía de la República de Uzbekistán.

459.De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 24 de la Ley de ciudadanía, en la República de Uzbekistán, si ambos progenitores adquirieren la ciudadanía de la República de Uzbekistán o renunciaran a la ciudadanía uzbeka, la ciudadanía de sus hijos menores de 14 años cambiaría en consecuencia.

460.Con arreglo a los artículos 22 y 24 de la Ley de ciudadanía de la República de Uzbekistán, si los padres cambiasen de ciudadanía, como consecuencia de lo cual ambos se convirtieran en ciudadanos de la República de Uzbekistán, o ambos renunciaran a dicha ciudadanía, cambiaría en consecuencia la ciudadanía de sus hijos menores de 14 años.

461.Cuando sólo se conociera uno de los progenitores, al cambiar de ciudadanía ese progenitor, cambiaría en consecuencia la ciudadanía de sus hijos menores de 14 años.

462. En caso de que uno de los progenitores adquiriere la ciudadanía de la República de Uzbekistán y el otro fuera extranjero, el hijo podría adquirir la ciudadanía de la República de Uzbekistán a solicitud del progenitor que hubiere adquirido la ciudadanía uzbeka.

463.En caso de que uno de los progenitores hubiere adquirido la ciudadanía de la República de Uzbekistán y el otro fuera apátrida, el hijo que residiera en el territorio de la República de Uzbekistán adquiriría la ciudadanía uzbeka.

464.En caso de que uno de los progenitores hubiere adquirido la ciudadanía de la República de Uzbekistán y el otro fuera apátrida, el hijo que residiera en el extranjero podría adquirir la ciudadanía uzbeka a solicitud del progenitor que hubiere adquirido la ciudadanía uzbeka.

465.En caso de que uno de los progenitores renunciara a la ciudadanía de la República de Uzbekistán, y el otro siguiera siendo ciudadano de la República de Uzbekistán, el hijo conservaría la ciudadanía de la República de Uzbekistán.

466.Previa solicitud del progenitor que hubiere renunciado a la ciudadanía de la República de Uzbekistán, se podrá autorizar a ese hijo a que renuncie a la ciudadanía uzbeka.

Artículo 10Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la educación

467.En el artículo 41 de la Constitución de la República de Uzbekistán se dispone que “Toda persona tendrá derecho a la educación. El Estado garantizará la igualdad de la enseñanza general. La escolarización estará bajo la supervisión del Estado”. Por consiguiente, el Estado viene adoptando todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre, particularmente en la esfera de la educación, y de ese modo garantizar su igualdad.

468.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley de educación, los principios fundamentales de la política en la esfera educacional son los siguientes:

–La educación se declara prioritaria en la esfera del desarrollo social de la República de Uzbekistán;

–La enseñanza y la educación tendrán un carácter humanitario y democrático;

–La educación es permanente y continua;

–La enseñanza media general, así como de la enseñanza media profesional especial, son de carácter obligatorio.

469.En el artículo 4 de la Ley se dispone que “A toda persona se garantiza la igualdad de derechos para recibir una educación, sin distinción de sexo, idioma, edad, raza, origen étnico, convicciones, afiliación religiosa, extracción social, tipo de ocupación, situación social, lugar de residencia y duración de la estancia en el territorio de la República de Uzbekistán”.

470.En Uzbekistán se vela por el estricto cumplimiento de las disposiciones de la Ley de educación.

471.Con objeto de garantizar la eficacia del sistema de enseñanza, en la República de Uzbekistán se considera que es de suma importancia desarrollar el sistema educativo y proporcionar a la población todos los tipos de enseñanza y educación en el marco de la garantía de la protección del derecho constitucional de los ciudadanos a la educación.

472.El sistema estatal de educación permanente de Uzbekistán abarca lo siguiente:

–La educación preescolar de los niños de tres a seis o siete años;

–La enseñanza obligatoria: cuatro años de enseñanza primaria, nueve años de primer ciclo de enseñanza secundaria y dos años de segundo ciclo de enseñanza secundaria, ciclo este que se suprimirá en 2010;

–Tres años de formación profesional o académica;

–La enseñanza superior, que consta de dos etapas: la licenciatura y la maestría;

–La enseñanza posuniversitaria: niveles de posgrado y de doctorado;

–Diversos cursos de recalificación y de perfeccionamiento del personal tras la conclusión de sus estudios.

473.La tasa de alfabetización del país, del 99,34%, sigue siendo una de las más altas del mundo, incluida la alfabetización de mujeres.

474.En el país cursan la enseñanza primaria 1.021.602 niñas, el 49,2% del total de alumnos de ese nivel.

475.En el primer ciclo de la enseñanza media, esto es en los grados 5º a 9º, cursan estudios 1.486.086 niñas, lo que representa el 49,1% de todos los alumnos de ese nivel.

476.Del total de 609.035 alumnos de 9º grado que terminaron el primer ciclo de la enseñanza media en el año escolar 2007-2008, 301.200 eran niñas, o lo que es igual, el 49,5% de todos los alumnos de ese grado.

477.El Ministerio de Educación de la República de Uzbekistán supervisa sistemáticamente la asistencia escolar de los alumnos. La verificación realizada en enero de 2008 arrojó que solamente 580 alumnos, de ellos 191 niñas, faltaban sistemáticamente a clase sin una razón justificada. Los claustros de maestros junto a los comités de majallyas trabajan con ellos y con sus padres para lograr que regresen a clase.

478.Actualmente, las niñas en edad escolar, al igual que los niños, han de asistir a la escuela durante el período de enseñanza obligatoria de nueve grados. Una vez concluido ese período las niñas pueden acceder a numerosas especializaciones en los centros de enseñanza superior, enseñanza secundaria especializada y formación profesional y técnica.

479.En el sistema de educación y formación profesional se sigue un criterio no discriminatorio en la enseñanza de las niñas.

480.La red de instituciones del nuevo tipo de enseñanza secundaria especializada y formación profesional comenzó a funcionar a partir del año escolar 1997/1998. Actualmente en Uzbekistán hay 846 centros de enseñanza secundaria especializada y formación profesional con 527.800 plazas y 527.300 alumnos, el 50% de ellos niñas.

481.También se prevé establecer una amplia red de organizaciones e instituciones dedicadas a la elevación de la calificación, la formación y la recalificación de los especialistas, lo cual contribuirá a la educación de la mujer durante toda su vida.

482.En el sistema de enseñanza de Uzbekistán en su conjunto hay más de 6,5 millones de alumnos matriculados, el 48,4% de cuyo total son mujeres, algunas de las cuales cursan estudios de especialización o de perfeccionamiento en el extranjero.

483.Las mujeres representan el 38% de todos los especialistas y trabajadores científicos. De ellas 8 son académicas, 310 (el 16%) son doctoras en ciencias y 3.025 (el 33%) son candidatas a doctor. Entre los dirigentes de instituciones científicas y educacionales se cuentan mujeres: actualmente hay 20 vicerrectoras de centros de enseñanza superior, 2 rectoras, 34 decanas de facultad y 390 jefas de cátedra.

484.Hay grandes diferencias entre los hombres y las mujeres en relación con las especialidades por las que optan unos y otras. Por regla general, las mujeres matriculadas en los centros de enseñanza superior y especializada prefieren los campos de estudios de la educación y la salud, en tanto los hombres optan por los de la industria, la agricultura, la construcción y la educación.

485.En Uzbekistán se lleva a cabo una labor resuelta de apoyo y desarrollo de las aptitudes de los jóvenes dotados, tanto niños como niñas. Cabe señalar que el país ha alcanzado los objetivos de desarrollo del Milenio relacionados con la enseñanza primaria y secundaria de niños y niñas.

486.Se ha inaugurado adjunto a la Universidad de Tecnología de la Información de Tashkent un centro destinado a formar a mujeres en las esferas de las telecomunicaciones, la tecnología de la información, la utilización de medios electrónicos en la administración pública y el comercio electrónico, entre otras especialidades. Ello les permitirá obtener buenos empleos y mejorar sus condiciones de vida. Se ha inaugurado, además, un aula especial para graduadas universitarias que desean cursar estudios especializados. Anualmente estudian en el centro más de 500 mujeres, número que irá en aumento paulatinamente.

487.Se prevé abrir filiales de ese centro en la región para que puedan matricular en él no sólo las mujeres uzbekas sino también del resto de Asia central.

Artículo 11Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo

488.En el artículo 37 de la Constitución se estipula que “Toda persona tendrá derecho a trabajar, a elegir libremente su ocupación, a disfrutar de condiciones de trabajo justas y a ser protegida frente al desempleo, con arreglo al procedimiento establecido por ley”.

489.Teniendo como telón de fondo de la Constitución, el Código de Trabajo de la República de Uzbekistán garantiza a la mujer, en pie de igualdad con el hombre, el derecho al trabajo y a la libre elección de una profesión u oficio, el derecho a la protección social al llegar a la jubilación y el derecho a obtener prestaciones por desempleo, enfermedad y discapacidad.

490.De acuerdo con el artículo 58 del Código de Trabajo, “El Estado garantiza la igualdad de oportunidades de todos en la adquisición de una profesión y empleo, en las condiciones de trabajo y ocupación, en la remuneración del trabajo y en las promociones”.

491. En los años transcurridos desde su independencia Uzbekistán ha llevado a cabo un trabajo exhaustivo reforzando la condición jurídica y social de la mujer y garantizando la igualdad de derechos de mujeres y hombres en todas las esferas de la vida de la sociedad, en particular en la esfera socioeconómica. Se ha elaborado y promulgado todo un conjunto de instrumentos jurídicos que definen las oportunidades de la mujer en la esfera socioeconómica y, muy en especial, en la esfera de las relaciones laborales. Esos instrumentos contienen tanto normas y normativas comunes que garantizan los derechos laborales de todos los ciudadanos, como normas y procedimientos pertinentes a los derechos laborales de la mujer.

492.La legislación laboral de la República de Uzbekistán contiene garantías del ejercicio de los derechos reproductivos de la mujer. Se ha puesto en práctica un conjunto de medidas encaminadas a proteger la maternidad y la paternidad. Se trata de la protección de la embarazada contra el desempleo y su ubicación laboral cuando surjan situaciones en que resulte imposible conservar un puesto de trabajo; la protección del trabajo de la embarazada y la madre con hijos lactantes; y la posibilidad de interrumpir el trabajo para la lactancia de un hijo. Cualquier miembro de la familia puede disfrutar de una licencia con sueldo para cuidar de un niño enfermo.

493.A juicio de Uzbekistán, el hecho de mantener en la legislación la importancia social del factor de la maternidad (paternidad) no constituye discriminación, puesto que ello tiene por objeto equiparar las oportunidades de que el trabajador y la trabajadora con responsabilidades familiares reciban apoyo social del Estado. Esa es la premisa de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y de los correspondientes convenios de la OIT.

494.En Uzbekistán se presta especial atención al empleo de la mujer. Cada año en el país se crean miles de nuevos empleos, el 40% de ellos ocupados por mujeres; sólo en 2006 se crearon más de 147.000 nuevos empleos para mujeres, a cuyo fin se destinó más de 40.000 millones de som.

495.En años recientes se han intensificado los esfuerzos del Estado en un intento por garantizar el empleo de la población, en particular de la mujer, mediante la creación de las condiciones necesarias para seguir fomentando el trabajo a domicilio y la pequeña y microempresa.

496.En lo que respecta al empleo y el aumento de los ingresos de la población, reviste gran importancia el Decreto Presidencial sobre medidas complementarias de apoyo material y moral a las familias jóvenes, de 18 de mayo de 2007, en que se prevé mejorar la situación social de las familias jóvenes y prestarles la ayuda necesaria para iniciarse en la vida laboral, así como el Decreto Presidencial sobre medidas destinadas a promover una cooperación más amplia entre las grandes empresas industriales y la prestación de servicios sobre la base del fomento del trabajo a domicilio, de 5 de enero de 2006.

497.Esos instrumentos prevén la creación de condiciones favorables para la amplia incorporación de la población en la modalidad del trabajo a domicilio mediante lo siguiente:

–Para las empresas que utilizan el trabajo a domicilio la introducción de desgravaciones en los impuestos sobre los bienes (equipo, instrumentos e inventario) transferidos en usufructo gratuito a los trabajadores a domicilio para efectuar el pago, con cargo al fondo de remuneración del trabajo, de la cantidad estipulada a los trabajadores a domicilio con arreglo a los convenios de trabajo;

–El reforzamiento del sistema de medidas encaminadas a garantizar la seguridad social y la protección del trabajo de los trabajadores a domicilio;

–La creación en 2006, según datos del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social de la República de Uzbekistán y como resultado del fomento del trabajo a domicilio, de cerca de 60.000 empleos, entre ellos más de 30.000 empleos que utilizan mano de obra femenina.

498.A principios de 2007 se registró un aumento considerable del nivel de empleo de la población, en particular de la mujer, gracias al fomento de nuevas modalidades de trabajo a domicilio. Solamente en el primer trimestre de 2007, a raíz de los convenios suscritos con grandes empresas industriales, se crearon 8.800 empleos, al tiempo que se creaban 13.100 empleos en empresas familiares. El trabajo a domicilio ha ofrecido a la mujer una gran oportunidad para ampliar su potencial económico, conciliar los quehaceres del hogar con la actividad productiva y obtener recursos sin alejarse de la familia.

499.Con el fin de mejorar la situación en materia de empleo, el Gobierno de Uzbekistán aprobó programas territoriales de empleo de la mujer para el período 2005-2007. Esos programas prevén la creación en cada zona del país de un número requerido de puestos de trabajo, fundamentalmente mediante el fomento de la pequeña empresa, la esfera de los servicios y el trabajo a domicilio. Las pequeñas empresas que emplean principalmente a mujeres y que están dirigidas por mujeres reciben créditos en condiciones favorables. Los bancos facilitaron 90.087 som a mujeres empresarias, un 214% más que en 2006. Por ejemplo, el Banco Comercial S.A. “Microcreditbank” proporcionó más de 11.076 millones de som, 2,7 veces más que en 2006, a mujeres que deseaban emprender actividades empresariales.

500.De la encuesta sociológica de la mujer llevada a cabo por el Centro “Opinión pública” se desprende que ha aumentado el grado de satisfacción de la mujer con el trabajo que realiza a diario: del 68,4% en 2005 y el 69,9% en 2006 al 83,3% en 2008. Al mismo tiempo, aumenta el grado de satisfacción de la mujer con el salario que percibe por su trabajo fundamental: del 36,4% en 2005 al 76,5% en 2008. Han mejorado las condiciones para incorporar a la mujer a la actividad empresarial: del 49,9% en 2005 al 67,7% en 2008.

501.A fin de cumplir lo dispuesto en el párrafo 28 de las recomendaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en relación con la búsqueda de nuevas oportunidades de empleo para la mujer, en 2007 se llevó a cabo un análisis de género del Código de Trabajo de la República de Uzbekistán.

502.Tras el examen de la legislación laboral de Uzbekistán desde una perspectiva de género, se planteó la necesidad de definir en qué medida correspondían las normas del Código de Trabajo al principio de igualdad de género y hasta qué punto las limitaciones previstas en la legislación respondían a los intereses de la mujer y a la protección de sus derechos.

503.El análisis del Código de Trabajo de la República de Uzbekistán desde la perspectiva del género reafirma la existencia en la legislación de artículos que prohíben la discriminación por razón de sexo a la hora de contratar y despedir a un trabajador dentro de los límites de las normas generales del derecho laboral. En la legislación laboral de Uzbekistán se establecen garantías del ejercicio de los derechos reproductivos de la mujer. Se ha adoptado un conjunto de medidas para defender la patria potestad y proteger la maternidad y la paternidad. Se trata de la protección de la embarazada contra el desempleo y su ubicación laboral cuando surjan situaciones en que resulte imposible conservar un puesto de trabajo; la protección del trabajo de la embarazada y la madre con hijos lactantes; la posibilidad de interrumpir el trabajo para la lactancia de un hijo; y el derecho de cualquier miembro de la familia a disfrutar de una licencia con sueldo para cuidar de un niño enfermo.

504.Al propio tiempo, la adopción de mecanismos de mercado para reglamentar el trabajo ha agudizado nuevamente los problemas de la participación de la mujer en la producción social, al acentuar las tendencias discriminatorias. Las mujeres, que constituyen actualmente el segmento más vulnerable de la población en cuanto a empleo y relaciones laborales y el menos competitivo en el mercado laboral, reciben varias prestaciones laborales establecidas por ley que las colocan en una situación de desigualdad respecto de los hombres y que crean un precedente que da lugar a la desigualdad de oportunidades.

505.El análisis de género del Código de Trabajo de Uzbekistán a cargo de las organizaciones no gubernamentales permite llegar a las siguientes conclusiones:

1.Con la transición a una economía de mercado en la República de Uzbekistán se estima conveniente que el Estado conserve su función de reglamentación en la esfera sociolaboral como garante de los derechos de la mujer;

2.A fin de garantizar la protección de los derechos de la mujer es imprescindible incluir en el Código de Trabajo de la República de Uzbekistán normas que definan el concepto de “discriminación contra la mujer”, a cuyo fin puede servir de base la definición que figura en el artículo 1 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979;

3.La mano de obra femenina resulta menos atractiva para el empleador en vista de su función dual, la profesional y la materna. A ese respecto, sería conveniente que la mujer misma tenga el derecho de decidir si ejerce o no los derechos que le confiere el Código de Trabajo. Además, es preciso que se modifiquen los criterios que se aplican actualmente al sistema de derechos y garantías sociales que se otorgan a la mujer. En particular, debe ampliarse el concepto de “maternidad” para incluir la paternidad, como en “maternidad y paternidad”, o sustituirse por el concepto de “hombres y mujeres trabajadores con responsabilidades familiares”. Con arreglo a lo dispuesto en el Convenio No. 156 de la OIT sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, como las que corresponden a una economía de mercado civilizada, en lo concerniente al horario de trabajo y al régimen de despido es imprescindible que, además de definirse las regulaciones que se aplican a la mujer, que también se definan las que se aplican al hombre: al padre con hijos de hasta tres años de edad (en cuanto a la realización de trabajos nocturnos); al padre con hijos de hasta 14 años de edad (en lo que respecta a las horas extraordinarias, las misiones, las jornadas de trabajo abreviada); alpadre soltero (en cuanto al despido o al disfrute de licencia sin sueldo si tiene dos hijos); el otorgamiento de una licencia al marido durante el embarazo y el parto de la mujer, entre otras circunstancias. Esas adiciones permitirían definir como objeto del derecho laboral no sólo la maternidad, sino también la paternidad y aumentar con ello la responsabilidad tanto de la madre como del padre por la crianza de sus hijos;

4.Es necesario que se elabore un régimen que reglamente la obtención de ascensos por desempeño por la mujer mediante la introducción de un mecanismo eficaz de cuotas temporales para los cargos de dirección; la ampliación de la formación de mujeres dirigentes para desempeñar los cargos de jefas de empresas y directoras de instituciones; y la implantación de un sistema de concursos por oposición abiertos y periódicos para cubrir cargos con la participación obligatoria de mujeres, cuya contratación debe priorizarse en igualdad de condiciones, entre otros aspectos;

5.Si bien en el Código de Trabajo de la República de Uzbekistán se prohíbe la discriminación por diversos motivos y se otorga a las personas objeto de discriminación el derecho de recurrir a los tribunales para exigir la restitución de sus derechos vulnerados, así como la indemnización de los daños materiales y morales, no se precisa sobre quién recae la obligación de demostrar que existen o no pruebas de discriminación o que ha habido intención de discriminar. A ese fin, es necesario que se establezca en el Código de Trabajo la obligación del empleador de demostrar que no ha habido intención de discriminar contra un trabajador, incluso por razón de sexo.

506.Los resultados del análisis de género del Código de Trabajo se han tenido en cuenta en el plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer adoptadas tras el examen del segundo y tercer informes periódicos de la República de Uzbekistán. En ese documento se prevén la formulación de la política nacional en materia de igualdad de género en Uzbekistán en las esferas de la legislación, la economía, la protección social y el empleo y la sociedad civil; la elaboración del programa de formación profesional de la mujer dirigente; y la realización de una investigación sociológica de la situación de la mujer en el sector no estructurado del mercado de trabajo, entre otras actividades.

Artículo 12Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención de la salud

507.En Uzbekistán se adoptan las medidas pertinentes para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención de la salud, con el fin de garantizar su acceso a los servicios médicos en pie de igualdad con el hombre.

508.A fin de perfeccionar el marco jurídico y normativo del sistema de salud pública, en años recientes se han introducido enmiendas y adiciones en ciertas leyes vigentes en el país: en la Ley de salud pública, la Ley de bienestar social de personas con discapacidad, la Ley de supervisión de la sanidad, la Ley de prevención de la propagación del VIH/SIDA, la Ley de medicamentos y la industria farmacéutica y la Ley del tratamiento obligatorio para alcohólicos, narcómanos y toxicómanos. Han entrado en vigor la Ley de prevención de enfermedades causadas por el virus de la inmunodeficiencia humana, la Ley de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, la Ley de asistencia siquiátrica a la población, la Ley de protección contra la tuberculosis, la Ley de donación de sangre y sus componentes, la Ley de prevención de desordenes por deficiencia de yodo y la Ley de garantías de los derechos de la infancia.

509.Los principales objetivos de los servicios de atención de la salud de la mujer son como sigue:

1.Perfeccionar el sistema de atención de la salud reproductiva de la mujer;

2.Promover la práctica de análisis clínicos a madres e hijos;

3.Desarrollar el sistema de educación permanente, elevar la calificación de los especialistas y el nivel de conocimientos de la población en materia de atención de la salud reproductiva y fomentar una cultura sanitaria;

4.Ampliar la cooperación internacional con miras a mejorar la salud reproductiva de la mujer, la procreación y la crianza de los hijos;

5.Reforzar la base material y técnica de los centros de atención de la salud materno-infantil;

6.Desarrollar los servicios de sangre del país.

510.En el marco de la ejecución de los programas nacionales el Ministerio de Salud viene adoptando medidas concretas para mejorar la salud de las mujeres en edad de procrear, lograr un mayor espaciamiento de los nacimientos, desalentar los matrimonios a edad muy temprana y los casamientos entre parientes cercanos, prevenir los embarazos no deseados, elevar la calificación del personal sanitario, reforzar la base material y técnica de los centros de salud materno-infantil y concientizar a la población en materia de salud reproductiva. En todas las provincias del país se practican exámenes médicos a las mujeres en edad de procrear en centros de atención médico-sanitaria y se suministran medios anticonceptivos a las mujeres necesitadas a fin de prevenir los embarazos no deseados y espaciar más los nacimientos.

511.Hasta el presente en el país se han habilitado 3.108 centros médicos rurales, donde la población, en particular los niños y las mujeres, recibe asistencia médico-sanitaria primaria, las embarazadas reciben atención prenatal, se suministran diversos medios anticonceptivos a las mujeres en edad de procrear y estas reciben tratamiento ambulatorio.

512.En el país funcionan 11 centros de análisis clínicos: en la ciudad de Tashkent, Samarkanda, Bujará, Andizhán, Namangán, Fergana, Karshi, Termez, Urguench, Navoy y Nukús. Esos centros están dotados de modernos analizadores bioquímicos que les permiten realizar análisis prenatales y neonatales, como análisis bioquímicos de la embarazada para detectar malformaciones fetales y de los recién nacidos para detectar el hipotiroidismo congénito y la fenilcetonuria. Con cada vez mayor frecuencia los niños se mantienen bajo observación y se les suministran preparados yodados y alimentos terapéuticos.

513.En Uzbekistán se presta atención sistemática a la elevación de la calificación de los especialistas que trabajan en la esfera materno-infantil. Desde 2002 se imparte un programa de formación de especialistas en atención de la salud materno-infantil. Un total de 394 gineco-obstetras, pediatras, cirujanos pediatras, anestesiólogos y reanimatólogos pediátricos y traumatólogos pediátricos de todo el país han asistido a cursos de perfeccionamiento profesional en las Academias de medicina de Kiev, Jarkov y Zaparozhets de estudios de posgrado. Se han preparado especialistas en los internados clínicos. En el período 2002-2007 terminaron su internado clínico y se distribuyeron por todo el país 187 gineco-obstetras, 64 ginecólogos infantiles y de adolescentes, 62 pediatras, 31 anestesiólogos y reanimatólogos infantiles y 95 cirujanos pediatras.

514.En el marco de la cooperación con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) en materia de prestación de atención ginecológica de urgencia, se han formado 425 gineco-obstetras en las provincias de Andizhán, Dzhizak y Namangán.

515.El Gobierno de Uzbekistán está empeñado en atraer inversión y subvenciones extranjeras para poner en marcha programas de población y atención de la salud reproductiva. En el marco de los programas nacionales prosigue la cooperación con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el UNICEF, el UNFPA, la Agencia de las Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), el Banco KfW, el Banco Mundial y el Banco Asiático de Desarrollo en la puesta en marcha de programas de protección de la madre y el niño, entre ellos los titulados“Embarazo sin riesgos”, “Por una atención perinatal más eficaz”, “Programa ampliado de inmunización”, “Familia saludable”, “Fomento y divulgación de la lactancia materna”, “Gestión integrada de enfermedades infantiles”, “Mejora de la salud reproductiva” y “Prevención de la insuficiencia de hiero y yodo”.

516.En el período 2003-2006 el Ministerio de Salud, en colaboración con el Banco KfW, llevó a cabo los programas “Promoción de la salud reproductiva (I-II)” por un valor de 5,6 millones de euros, a fin de suministrar medios anticonceptivos a las mujeres en edad de procrear. En el marco de esos programas se suministró todo tipo de medios anticonceptivos en 7 provincias del país con alta densidad de población: Andizhán, Fergana, Namangán, Surjan-Daryá, Kashka-Daryá, Bujará y Tashkent, al tiempo que los centros de salud reproductiva en provincias piloto fueron dotados de medios audiovisuales, computadoras y automóviles “Damas”. Gracias a la subvención del Banco KfW se logró equipar a todas las salas de maternidad del Hospital Distrital Central y la clínica de la filial del Instituto nacional de investigación gineco-obstétrica de Namangán de 14 equipos de ultrasonido y 28 equipos de electrocardiografía con el fin de investigar el estado de salud del feto.

517.En el período 2003-2007, con objeto de prevenir la anemia en los niños y las mujeres en edad de procrear, el Ministerio de Salud, en colaboración con la JICA, el UNICEF, el Banco Mundial y la Fundación Internacional “Soglom avlod uchun” se puso en marcha el programa de administración de suplementos semanales de hierro y ácido fólico en nueve provincias del país. En total dicho programa abarcó a 4,5 millones de mujeres y niños.

518.Desde 2005 se viene realizando el proyecto del Banco Asiático de Desarrollo titulado “Mejoramiento de la salud de la mujer y el niño”, valorado en 40 millones de dólares. El proyecto, que según se calcula durará hasta 2010, abarca a 6 territorios del país (la República de Karakalpakstán y las provincias de Jorezm, Bujará, Kashka-Daryá, Tashkent y Fergana). En el marco del proyecto se ha empezado a suministrar equipo e instrumental valorado en 8 millones de dólares a los centros interesados.

519.A raíz de la puesta en práctica de programas integrales a fin de mejorar la salud reproductiva de la mujer y la salud del niño, mejorar la base material y técnica de las instituciones dedicadas a la infancia y la maternidad, ampliar el acceso a los diversos tipos de medios anticonceptivos modernos, así como promover un mayor espaciamiento de los nacimientos, han mejorado los indicadores de la salud de la madre y el niño y de la salud reproductiva:

–El número de casos de mujeres en edad de procrear que padecen lesiones extragenitales disminuyó en 2007 en comparación con 2002 en un 3,2%, al alcanzar el 69%;

–El suministro anual de medios anticonceptivos a las mujeres en edad de procrear aumentó del 43,0% en 2000 al 57,1% en 2007;

–Mejoró el desglose por edad de los nacimientos, esto es, el 83,3% de las mujeres paren a una edad más favorable (de 20 a 30 años), mientras que en 2002 ese porcentaje fue del 82,2%;

–El porcentaje de primeros partos aumento del 35,1% en 2002 al 41,5% en 2007, mientras que el porcentaje de cuartos y quintos partos disminuyó del 8,5% y el 3,0% en 2002 al 5,4% y el 0,6%, respectivamente;

–Como consecuencia del equipamiento de las salas de maternidad con nuevas tecnologías perinatales el número de nacimientos patológicos disminuyó del 13,4% en 2002 al 12,5% en 2007;

–El indicador intensivo del nacimiento de niños con malformaciones congénitas disminuyó en un 14% en comparación con 2000;

–La tasa de mortalidad de lactantes por 1.000 nacidos vivos disminuyó del 16,7% en 2002 al 13,1% en 2007;

–La tasa de maternidad por 1.000 nacidos vivos disminuyó del 32,0% en 2002 al 23,8% en 2007;

–El número de abortos por 1.000 mujeres en edad de procrear disminuyó del 8,4% en 2002 al 6,8% en 2007.

520.A fin de prestar una atención ginecológica y obstétrica especializada y de alta calidad funcionan en Uzbekistán el Instituto nacional de investigaciones gineco-obstétricas y sus 4 filiales territoriales; el Centro perinatal nacional; 46 centros de servicios integrales de ginecología; 280 salas en las clínicas de los institutos de medicina, el Instituto nacional de investigación, el Centro médico-sanitario y el Hospital Distrital Central; así como 71 consultorios de la mujer y 1.917 gabinetes médicos de la mujer.

521.En años recientes se ha intensificado la lucha contra el virus de inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA). En 2007 el Consejo de Ministros aprobó el “Programa estratégico de lucha contra la propagación de la epidémica del VIH/SIDA en la República de Uzbekistán para el período 2007-2011”.

522.Se aprobó la Disposición No. 425 del Ministerio de Salud, de 5 de septiembre de 2005, sobre la introducción de tecnologías modernas para hacer más eficaz la atención de la embarazada en los centros de atención médico-sanitaria primaria de la República de Uzbekistán, que prevé la realización de dos pruebas del SIDA durante el embarazo. Actualmente sólo se realizan análisis del SIDA a las mujeres pertenecientes a los grupos de riesgo.

523.Uzbekistán es un país de una considerable población joven y de una tasa de natalidad tradicionalmente alta. Anualmente se registran cerca de 560.000 nacimientos. Desde 2005 sólo se realizaban pruebas del SIDA a las embarazadas que presentaran síntomas clínicos o epidemiológicos, previo consentimiento de estas.

524.En todos los centros provinciales de lucha contra el SIDA se han habilitado líneas telefónicas confidenciales que permiten ofrecer servicios de asesoramiento en materia del VIH/SIDA y enfermedades de transmisión sexual.

525.A fin de prestar atención médico-sanitaria relacionada con la infección del VIH y las enfermedades de transmisión sexual a grupos vulnerables de la población, en el país funcionan 31 consultorios confidenciales. En 2007 esos consultorios registraron 9.354 visitas, de ellas 6.549 (el 70%) de personas con síntomas de enfermedades de transmisión sexual. A los pacientes se les ofreció asesoramiento sobre el VIH/SIDA antes y después de los análisis que se les practicaron y sus síntomas fueron tratados por especialistas. En los consultorios confidenciales los interesados pueden recabar información pormenorizada sobre la posibilidad de ser diagnosticados y recibir tratamientos de alta calidad en centros médicos y de prevención especializados (centros de enfermedades venéreas y de la piel, hospitales para el tratamiento de enfermedades infecciosas, entre otros).

526.Teniendo en cuenta la importancia de la lucha contra las drogas, en la República de Uzbekistán se han elaborado, a lo largo de muchos años de esfuerzos de los organismos estatales y de las organizaciones de la sociedad civil, un conjunto de medidas de carácter socio-sicológico y médico-docente encaminadas al saneamiento del medio ambiente y el tratamiento de la mujer y la rehabilitación de su conducta.

527.Gracias a esos esfuerzos disminuye de año en año el número de mujeres drogadictas y toxicómanas. Por ejemplo, si se compara 2007 con 2006, el porcentaje de mujeres del total de drogadictos disminuyó del 5,2% al 5,0%, y del total de toxicómanos, del 11,1% al 7,8%; de esos casos, el número de niñas disminuyó a 6 y 8, respectivamente.

528.El Ministerio de Salud, conjuntamente con las bolsas de trabajo, lleva a cabo una labor sistemática con la ubicación laboral de mujeres tanto narcodependientes como toxicodependientes. De año en año ha venido disminuyendo el porcentaje de trabajadoras drogadictas, las que en 2007 sumaban 158 (en 2006, 154). Al mismo tiempo disminuye el número de mujeres sin vínculo laboral, las que sumaban en el mismo período 805 y 827, respectivamente.

529.En algunos lugares (en las provincias de Andizhán y Surjan-Daryá) se han habilitado centros especializados en el tratamiento de mujeres que padecen trastornos por drogadicción.

530.A fin de ampliar los servicios de narcología que se prestan a la población, se ha seguido desarrollando la modalidad de rehabilitación en el sistema del tratamiento de drogadictos, en cuyo marco la mujer drogadicta puede recibir una atención médica, sicológica y social efectiva. En 2007, del total de mujeres rehabilitadas, se logró ubicar laboralmente a 100.

Artículo 13Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en las esferas económica y social

531.Los derechos económicos y sociales de la mujer están garantizados por la Constitución de la República de Uzbekistán, el Código de Trabajo y otros instrumentos jurídicos y normativos.

532.El Estado viene adoptando todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida económica y social a fin de asegurarle los mismos derechos que el hombre.

533.Actualmente, las mujeres constituyen más del 45% del total de la población activa del país. Las mujeres trabajan en los principales sectores productivos, como la industria ligera, la agricultura, el transporte, la construcción, las comunicaciones, la atención de la salud, la cultura y los deportes.

534.El Estado presta constante atención a esa cuestión, además de que se han establecido garantías jurídicas para la protección social de las madres y las trabajadoras en los centros de trabajo y en su vida cotidiana. Todas esas garantías están recogidas en el Código de Trabajo, los decretos presidenciales y otros instrumentos normativos.

535.Se han revisado las normas relativas a la carga máxima que pueden levantar o trasladar manualmente las trabajadoras, se ha confeccionado una lista de empleos cuyo desempeño está prohibido a la mujer a causa de las duras condiciones de trabajo que entrañan y, además, se han establecido normas especiales que rigen la protección social de las embarazadas y las mujeres con hijos.

536.En el programa del Gobierno relativo a la protección social de las trabajadoras se asigna gran importancia a la elevación de la calificación de las trabajadoras, al establecimiento de condiciones de trabajo adecuadas para las mujeres y a la necesidad de brindarles oportunidades para que abandonen los empleos cuyas condiciones de trabajo entrañan factores perjudiciales o peligrosos para su salud.

537.En los últimos años se han alcanzado notables resultados en la esfera de las actividades empresariales de la mujer, particularmente en lo que respecta a la producción de bienes de consumo y la prestación de servicios.

538.La microfinanciación es uno de los instrumentos que han impulsado las transformaciones sociales en el país al propiciar el crecimiento económico de las regiones, el alza del nivel de vida de la población y la creación de nuevos empleos y de la clase de propietarios. Es importante señalar que la independencia económica adquirida por la mujer al dedicarse a la actividad empresarial contribuye a robustecer su papel en los majallyas, la sociedad, la crianza de los hijos y, en general, en la promoción de la incorporación de la perspectiva de género.

539.Un factor fundamental en el establecimiento del sistema de microfinanciación fueron el Decreto del Presidente de Uzbekistán, de 5 de mayo, sobre la creación del Banco Comercial S. A. “Microcreditbank”, así como las Leyes de uniones de crédito, de organizaciones de microcrédito y de microfinanciación.

540.En el país actualmente funcionan 49 uniones de crédito en sociedad, cuyos activos superan ya los 37.000 millones de som. Las uniones de crédito, el 90% de las cuales son dirigidas por mujeres miembros de la Asociación de Empresarias “Tadbirkor ayol”, prestan sus servicios financieros a más de 60.000 personas. Cabe destacar que en 2007 más del 70% de los créditos otorgados se destinaron a mujeres jóvenes que iniciaban su propio negocio.

541.El sector de las microfinanzas es el más importante en Uzbekistán por el número de prestatarios. Según datos de “Mikrokreditbank”, en 2007 la cartera de créditos ascendía a 39.600 millones de som. De ese total, el volumen de créditos otorgados a la mujer superó los 11.000 millones de som, 2,7 veces más que en 2006. Con esos recursos se crearon más de 12.000 empleos.

542. Durante el actual período de transición uno de los principios fundamentales de la estrategia general de reforma del país es su firme política de protección social.

543.Actualmente se presta asistencia social a la población en el marco de dos programas prioritarios: uno para las familias con hijos y otro para las familias de escasos recursos. Con objeto de orientar mejor la asistencia social y reducir los gastos administrativos que entraña su prestación, en Uzbekistán se ha adoptado una decisión sin precedentes en el mundo. A partir de 1994, en relación con el programa de asistencia a las familias de escasos recursos, y a partir de 1997, en relación con el programa de asistencia a las familias con hijos, los recursos asignados con cargo al presupuesto son distribuidos por los órganos de autogobierno local, a saber, los majallyas.

544.Cada año, en el marco de los contratos y convenios colectivos que se conciertan en todo Uzbekistán:

–Más de 600.000 mujeres disfrutan de licencias suplementarias;

–Cuarenta mil mujeres disfrutan de una prórroga de uno a dos meses de su licencia por embarazo y maternidad a cargo de sus empleadores;

–Doscientas mil mujeres con familias numerosas e hijos en edad preescolar trabajan en régimen de jornada abreviada y reciben asistencia financiera;

–Más de 40.000 mujeres que no trabajan para poder atender a sus hijos de entre dos y tres años de edad reciben asistencia financiera (las prestaciones estatales por hijos sólo se pagan hasta que estos cumplen los dos años);

–Las mujeres con hijos menores de tres años de edad que trabajan en organizaciones financiadas con cargo a un presupuesto tienen derecho, con arreglo a la legislación del país, a una reducción de su semana laboral en una hora.

545.En la actualidad, unas 100.000 mujeres que trabajan en el sector no estatal disfrutan también de ese derecho en el marco de los contratos y convenios colectivos.

546.En el país se han aprobado varios documentos normativos sobre importantes aspectos de la protección laboral de la mujer y la creación de igualdad de oportunidades para ella, además de que se ha promovido su activa participación en la vida pública.

547.Los sindicatos vienen trabajando con miras a maximizar el empleo, aumentar los ingresos, reducir el nivel de diferenciación de bienes, así como fomentar de manera generalizada la actividad empresarial y el trabajo a domicilio, sobre todo en las zonas rurales.

548.En el año recién transcurrido más de 3.000 mujeres participaron en el país en programas de formación destinados a desarrollar las industrias artesanales y familiares locales. Se creó una comisión permanente anexa a la Cámara de empresarios y productores de Uzbekistán encargada de fomentar la capacidad empresarial de la mujer. Se conceden subvenciones a nuevas empresarias para sufragar el pago de sus licencias de trabajo por cuenta propia durante el primer año de actividad.

549.Se ha desarrollado la modalidad de trabajo a domicilio en esferas como la agricultura, donde, según datos de las organizaciones sindicales, actualmente trabajan más de 12.000 trabajadores y se utiliza ampliamente la mano de obra femenina.

550.Las mujeres son mayoría en las esferas de la salud, la educación, la cultura, la industria ligera y la agricultura (entre un 70% y 76% del total).

551.A ese respecto, el Gobierno viene adoptando medidas encaminadas a aumentar los salarios en esas esferas. Por ejemplo, el 15 de diciembre de 2005 se promulgaron las Disposiciones del Presidente de la República de Uzbekistán sobre medidas para perfeccionar el régimen salarial de los trabajadores del sector de la medicina, de 25 de noviembre de 2005, y sobre medidas para perfeccionar el sistema de pagos e incentivos materiales a los trabajadores del sector de la educación pública, así como las correspondientes resoluciones del Consejo de Ministros por las que se dio efecto a esas disposiciones, de 7 de septiembre de 2006, y sobre el reforzamiento ulterior de la protección social y los servicios sociales de las personas de edad avanzada que viven solas, los jubilados y las personas con discapacidad para el período 2007-2010.

552.El Decreto Presidencial sobre medidas para el perfeccionamiento ulterior del sistema de protección social de la población, de 19 de marzo de 2007, guarda relación directa con el apoyo social que se presta a la mujer trabajadora, al prever:

–Un aumento del monto total de asignaciones con cargo al presupuesto del Estado destinadas a la ayuda financiera de las familias de escasos recursos en 1,5 veces, con aumento simultáneo del plazo para la concesión y el cobro de las prestaciones de hasta seis meses;

–Un incremento salarial de los educadores y del personal docente auxiliar y médico-sanitario de los hogares-internados de menores “Murubbat” mediante el aumento de una categoría en la escala salarial y la reducción simultánea de la relación de alumnos por maestro de 15 a 18 niños por educador a 5 ó 6 niños por educador;

–Un aumento del fondo para incentivos para los trabajadores de los hogares-internados para niños, personas de edad avanzada y personas con discapacidad “Murubbat” y “Sajobat”; de los centros especializados para personas con capacidad disminuida y alteraciones del desarrollo físico; de los sanatorios para veteranos de guerra y del trabajo; de los centros de rehabilitación para personas con discapacidad; y de los servicios de ayuda social a domicilio, de hasta un 25% con cargo al fondo para remuneraciones;

–El pago de una prima equivalente al 15% del salario a los trabajadores de los sanatorios para veteranos de guerra y del trabajo;

–La alimentación gratuita de los alumnos con discapacidad en los centros especializados para personas con capacidad disminuida y alteraciones del desarrollo físico;

–Una compensación mensual por gastos de viaje de los trabajadores de los servicios a domicilio, así como de los maestros a domicilio que trabajan con niños con discapacidad, por valor equivalente a un salario mínimo en la República de Karakalpakstán y las provincias del país y de 1,5 salarios mínimos en la ciudad de Tashkent.

553.En Uzbekistán hay un total de 402.538 mujeres con discapacidad, de ellas25.653 trabajadoras. Más de 10.000 cursan estudios en institutos y centros de enseñanza superior del país.

554.De conformidad con la Ley de protección social de las personas con discapacidad, se prevé reservar el 3% de los puestos para trabajadores con discapacidad. Actualmentetrabajan 25.653 mujeres con discapacidad. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 220 del Código de Trabajo de la República de Uzbekistán, se prevé que las personas con discapacidad reciban las siguientes prestaciones:

–La recomendación de la Comisión de expertos en medicina laboral sobre el régimen laboral reducido y la disminución de la carga de trabajo y otros requisitos laborales de las personas con discapacidad es de obligatoria aplicación por los empleadores;

–Para las personas con discapacidad de los grupos 1 y 2 se prevé un horario de trabajo abreviado de un máximo de 36 horas semanales sin disminución de salario;

–Para las personas con discapacidad de los grupos 1 y 2 se prevén vacaciones anuales de no menos de 30 días;

– El empleo de personas con discapacidad en trabajos nocturnos, para realizar horas extraordinarias o para trabajar en días de descanso se permitirá únicamente con su consentimiento y siempre y cuando esos trabajos no estén prohibidos por prescripción médica.

555.En el marco de la Sociedad uzbeka de discapacitados se crean empresas filiales donde trabajan personas con discapacidad, incluso mujeres, si bien, por supuesto, a las personas con discapacidad, sobre todo si son mujeres,se les dificulta sobremanera hallar empleo.

556.Las mujeres con discapacidad, al igual que todos los discapacitados, gozan de ciertas ventajas en materia de servicios médicos y alimentación gratuita. En particular, las personas con discapacidad pertenecientes a los grupos 1 y 2 reciben servicios médicos gratuitos en instituciones médicas especializadas del Estado. Reciben medicamentos gratuitos las personas con discapacidad que padecen ciertas enfermedades (como cáncer, tuberculosis, lepra, trastornos endocrinos, trastorno síquicos, VIH; pacientes que se recuperan de cirugías de derivación coronaria o de trasplante de órganos, jubilados que viven solos y necesitan ser atendidas por otras personas, trabajadores veteranos de los años de la Segunda Guerra Mundial (1941-1945), veteranos y lisiados de la Segunda Guerra Mundial (1941-1945), personas con discapacidad a causa de haber participado en las labores de recuperación tras el accidente en la central termonuclear de Chernobyl, veteranos de misiones militares internacionalistas, entre otros).

557.Las personas con discapacidad tienen derecho a viajar sin costo alguno una vez al año a sanatorios y casas de descanso pertenecientes al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social. En todas las provincias de Uzbekistán y en la ciudad de Tashkent funcionan centros de rehabilitación para personas con discapacidad, donde reciben atención médica gratuita. Se han creado las condiciones necesarias en el país para incorporar plenamente a las personas con discapacidad, incluidas las mujeres, en la vida social y cultural de la sociedad, en particular mediante:

–La organización de viajes turísticos anuales para las personas con discapacidad a lugares históricos (a Samarkanda, Bujará, Jiba, entre otros lugares);

–La entrada gratuita de las personas con discapacidad a teatros, cines y competencias deportivas;

–La entrada gratuita de las personas con discapacidad a las instalaciones deportivas para discapacitados;

–La creación en el país de grupos teatrales y conjuntos musicales en que participan personas con discapacidad.

558.Al igual que el resto de la población, e independientemente del grupo de discapacidad al que pertenecen, las personas con discapacidad participan activamente en la vida del país, en mesas redondas y seminarios, en el movimiento de voluntarios y en el hallazgo de soluciones a los problemas cotidianos de los discapacitados, lo que contribuye a su incorporación en la sociedad.

559.En Uzbekistán, desde las edades más tempranas, las mujeres tienen la oportunidad de participar en la vida cultural de la sociedad, elevar su nivel intelectual y espiritual y dedicarse a la cultura física y los deportes.

560.En el país se publican libros, revistas y periódicos sobre la mujer y para ella. Actualmente, solamente el Comité de Mujeres de Uzbekistán ha fundado 9 diarios y una revista dedicados a la mujer, al tiempo que casi todas las organizaciones no gubernamentales de mujeres cuentan con su propio órgano de prensa.

561.En el período 2002-2008 las casas editoras de la Agencia de Prensa e Información publicaron 45 títulos de libros dedicados a la mujer, con una tirada de 145.500 ejemplares.

562.En Uzbekistán se editan 12 periódicos (6 territoriales) y tres revistas dedicadas a la mujer y a sus actividades.

563.Cabe subrayar que el tema de la participación de la mujer en la vida política, socioeconómica y cultural del país no se limita exclusivamente a las publicaciones especiales para mujeres. En todas las publicaciones periódicas y diarios, entre ellos las revistas“Democratización y derechos humanos”, que edita el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, y “Opinión pública y derechos humanos”, editada por el Centro “Opinión pública”, figuran artículos dedicados al papel de la mujer en la solución de cuestiones que revisten importancia para el Estado y la sociedad en general.

564. Del seguimiento que ha hecho de la prensa escrita en años recientes el Centro de estudio de la opinión pública “Izhtimoy Fikr” se desprende que la prensa en Uzbekistán divulga adecuadamente la temática de género. Al mismo tiempo, el porcentaje de artículos dedicados a esa temática no es idéntico en todos los medios de comunicación centrales y locales (provinciales y territoriales). Por ejemplo, en la prensa central el tratamiento del tema de la mujer alcanzó un 60,5%, mientras que en la prensa provincial y distrital sólo fue del 39,5%. Además, en la prensa distrital por regla general no se publican artículos de carácter analítico. A ese respecto, en el futuro habrá que reforzar la función de los medios de comunicación locales en la difusión de información a la población, sobre todo a las mujeres, de apoyo a la labor que lleva a cabo la mujer en Uzbekistán.

565.El Estado tampoco pierde de vista las medidas encaminadas a garantizar el derecho de las reclusas a la educación, la atención de la salud y a la protección del trabajo, entre otros.

566.En el centro penitenciario para mujeres se imparten la enseñanza media general y la enseñanza técnica y profesional donde las reclusas cursan las siguientes especialidades: bordado a mano y a máquina, confección de collares, confección de macramés, corte y costura, costura a máquina, operación de computadoras y mecánica industrial. Las reclusas reciben diplomas al término de esos cursos que les sirven para poder trabajar en las respectivas especialidades una vez cumplidas sus sanciones.

567.Por un acuerdo con la Asociación Alemana de Universidades Populares las reclusas participan en seminarios de capacitación de cinco ciclos: bordado a mano, confección de presas de vestir, tejido a mano y mecánico, peluquería estilística y artes decorativas y aplicadas. El actual proyecto abarca a más de 100 reclusas que al término de los cursos reciben certificados que les permiten trabajar en esas especialidades cuando salgan en libertad.

568.En el centro penitenciario para mujeres funciona un taller de confecciones, que permite que, con el fruto de su trabajo, las mujeres presten apoyo financiero a sus familias. En la selección de las mujeres para las actividades laborales se tienen en cuenta su edad, estado de salud, capacidad de trabajo y su especialidad. Las mujeres mayores de 55 años de edad y las madres con hijos menores de tres años de edad trabajan si así lo desean. El total de horas de trabajo de las reclusas depende del tipo de producción que sea y se fija con arreglo a la legislación laboral. Por regla general, las reclusas trabajan seis días a la semana.

569.El centro cuenta con una biblioteca con más de 10.000 obras literarias y más de 663 libros de texto en los idiomas ruso y uzbeko. El centro está suscrito a los siguientes periódicos: “Vakt-Vremya”, “Soglom avlod”, “Mojiyat”, “Toshkent okshomi”, “Vecherniy Tashkent”, “Narodnoe slovo”, “Jalk suzi”, “Pravda Vostoka”, “Islom Nuri” e “Ishonch” y las revistas “Saodat”, “Konun jimoyasida”, “Jukuk” y “Jidoyat”.

570.El centro cuanta con una escuela de preparación de las reclusas para la vida en libertad. Las clases comienzan a más tardar tres meses antes de cumplirse la condena y consisten en actividades dirigidas a facilitar la ubicación laboral de las ex reclusas, su vuelta a la vida cotidiana y su rehabilitación social.

571.En 2008 salieron en libertad 214 reclusas, de ellas dos que necesitaban ayuda hallar un lugar donde vivir y empleo. El jokimyato y el Centro de adaptación de la ciudad de Chirchik les proporcionaron vivienda y trabajo. Veintiuna ex reclusas recibieron ayuda financiera de los órganos de gobierno locales.

Artículo 14Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer de las zonas rurales

572. En Uzbekistán se garantizan los derechos de todas las mujeres, sin distinción de origen étnico, idioma, religión, extracción social, convicciones, condición personal o social, así como lugar de residencia. Si bien el Estado promueve por igual el adelanto de la mujer de la ciudad como el de la mujer de las zonas rurales, tiene en cuenta los problemas especiales a que hace frente esta última y el importante papel que desempeña procurando el bienestar económico de su familia. Se vienen adoptando medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en lo que respecta a la mujer de las zonas rurales.

573.Hace diez años en el país se aprobaron una plataforma nacional y un plan de acción para mejorar la situación de la mujer, incluso en las zonas rurales. Con su puesta en práctica se crearon las condiciones necesarias para lograr importantes avances en lo que respecta a la igualdad de derechos de la mujer en la sociedad, el desarrollo de una base jurídica y normativa para dar solución a sus problemas y el establecimiento de un mecanismo nacional para salvaguardar los derechos y libertades de la mujer.

574.Como demuestran los estudios realizados, en Uzbekistán las mujeres representan el 52,6% del total de trabajadores del sector agrícola. De las 235.000 granjas registradas en el país, solamente 17.000 (o el 7,2%) están administradas por mujeres. El salario de las mujeres sólo equivale al 82% del de los hombres. En 2006 las mujeres recibieron el 15% de los microcréditos otorgados. La edad media de las agricultoras es de 45 a 70 años. La extensión media de las explotaciones agrícolas oscila entre 10 y 110 hectáreas.

575.En 2007 se llevó a cabo un estudio sociológico de la migración de la mano de obra interna, en particular de la situación de la mujer de las zonas rurales. La encuesta se realizó en 3 regiones de Uzbekistán: la ciudad de Tashkent y las provincias de Kashka-Daryá y Namangán.

576.Los tipos de actividad predominantes de las mujeres encuestadas fueron como sigue:

–Comercio (incluido el comercio “de transbordo”) – el 39%;

–Trabajos agrícolas y selección y empaquetamiento de productos agrícolas – el 39%;

–Servicios de limpieza, lavandería, entre otros – el 35%;

–Trabajos de camarera y de doméstica – el 18%.

577.El estudio demostró la necesidad de seguir elaborando las bases jurídicas de la protección de los derechos de la mujer de las zonas rurales a fin de que respondan a las realidades de hoy y a la magnitud de las corrientes migratorias internas y externas. La creación de esa base jurídica y de un organismo estatal de migraciones, la estimulación del desarrollo de una red de proveedores particulares de servicios (de contratación, promoción, entre otros) que fomenten el empleo de la mujer de las zonas rurales y la difusión de información y concesión de protección jurídica podrían contribuir a mejorar la situación.

578.Habida cuenta de que la mayoría de las mujeres de las zonas rurales y las trabajadoras migratorias no dispone de mucha información acerca de sus derechos elementales o de los deberes de los trabajadores y empleadores en la esfera sociolaboralni de las normativas del régimen de pasaportes. El Comité de Mujeres de Uzbekistán lleva a cabo amplias campañas de concienciación a ese respecto.

579.Con la aprobación en 1998 del Código de Tierras, la Ley de explotaciones agrícolas, la Ley de explotaciones agrícolas familiares y la Ley de cooperativas agrarias se sentaron las bases jurídicas de la agricultura en general y de las explotaciones agrícolas en particular.

580.Hoy día las explotaciones agrícolas gozan de una serie de ventajas, a saber:

–Están exentas del pago del impuesto único sobre la tierra por espacio de dos años a contar de la fecha de su establecimiento;

–Las explotaciones agrícolas creadas tras la liquidación de las cooperativas agrarias que se especialicen en horticultura y viticultura están exentas del pago del impuesto único sobre la tierra por espacio de cinco años;

–Se prohíbe verificar las actividades de las explotaciones agrícolas sin la autorización del Consejo nacional de coordinación, y de hacerse se verificarán sólo una vez cada cuatro años;

–A las nuevas explotaciones agrícolas se otorgan préstamos por un valor equivalente a 300 salarios mínimos;

–Las explotaciones agrícolas que importan al país tecnologías foráneas de punta están exentas del pago de derechos de aduana;

–Se autoriza la exportación basada en el intercambio de frutas y verduras, así como de sus productos elaborados.

581.Las medidas antes mencionadas han permitido fomentar en años recientes empresas de mujeres en las zonas rurales. Actualmente se calcula que en el país existen 5 millones de mujeres empresarias. Según los datos de que se disponía a principios de año, de cada cinco empresarios una era mujer. Casi las tres cuartas partes de las mujeres trabajan en el sector no estatal. A propósito, es muy significativo el ejemplo de la provincia de Tashkent, donde más de la mitad de la población son mujeres. Una de las importantes medidas del Estado dirigidas a mejorar la situación de la mujer es la garantía máxima de sus puestos de trabajo

582.Actualmente más de cuarenta organizaciones públicas se dedican a la solución de los problemas de la mujer de las zonas rurales. Su tarea más importante consiste en elaborar programas de educación y concienciación. Entre los más importantes figuran los que llevan por título “La mujer y el derecho”, “La educación de la mujer” y “La mujer y la economía”. El Instituto de estudio de la opinión pública, la Fundación “Mejr nuri, la asociación “Asamblea de mujeres”, el Fondo de apoyo a las iniciativas sociales, la Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de Lucro de Uzbekistán, la Fundación “Sen yolgiz emassan” y la Asociación de Empresarias de Uzbekistán “Tadbirkor ayol”. Todas esas organizaciones trabajan permanentemente en la solución de los problemas de la mujer de las zonas rurales.

583.El Foro de la cultura y el arte de Uzbekistán presta un gran apoyo a la actividad empresarial. En el marco de su programa de subvenciones para el fomento de la pequeña y mediana empresa y la explotación agrícola, 60 beneficiarias del programa de subvenciones familiares para la mujer empresaria recibieron subvenciones por un monto total de 60 millones de som.

584.El Fondo de apoyo a las iniciativas social, en colaboración con la Fundación “Mejr nuri” y la asociación “Asamblea de mujeres”, puso en marcha en siete regiones del país el proyecto de microcrédito para la mujer agricultora. En la primera etapa se seleccionaron 70 personas procedentes de regiones seleccionadas para ese fin, a cada una de las cuales se concedieron microcréditos por un monto de 500.000 som, el denominado “capital inicial” para el fomento ulterior de las actividades agrícolas. En la segunda etapa a otras 70 mujeres agricultoras se concedieron microcréditos por un monto de 3 a 5 millones de com a cada una de ellas.

585.Es importante que la independencia económica adquirida por las mujeres agrarias que emprenden actividades empresariales contribuya a fortalecer su función en los majallyas, la sociedad y la crianza de sus hijos.

586.La asociación “Asamblea de mujeres” organiza el concurso nacional “La Mujer del Año”,oportunidad para que las representantes del sexo bello den a conocer sus logros. Pese al poco tiempo de existencia del concurso, ya es sumamente popular. Por ejemplo, en 2007 participaron en él5 mil mujeres de todos los rincones del país.

587.Cada año los agricultores más destacados reciben altos galardones, órdenes y medallas. De los más de 200 agricultores galardonados con órdenes y medallas, más de 40 de ellos eran mujeres. Cientos de agricultores han recibido el sello distintivo “Mustakillik”.

588.El Gobierno de Uzbekistán, en colaboración con el Banco Asiático de Desarrollo, ejecuta el proyecto titulado “Aplicación y supervisión de las reformas en el sector agropecuario”. Uno de los objetivos de ese proyecto consiste en poner de relieve los problemas que persisten y los medios para solucionarlos y formular la estrategia futura de desarrollo de ese importantísimo sector de la economía. En el marco de ese proyecto ya se han llevado a cabo 17 estudios a nivel de distrito, en los que han participado directamente los propios agricultores.

589.A fin de maximizar el potencial de la mujer agricultora, aumentar sus conocimientos jurídicos y reforzar su papel en las reformas del sector agropecuario, el Comité de Mujeres de Uzbekistán, en colaboración con la Asociación de Empresarias “Tadbirkor ayol” y el Centro de apoyo a la empresa y a la explotación agrícola, organizó un foro especial en 2008.

590.En ese foro se examinaron cuestiones como el crédito, el pago oportuno de los productos suministrados, la cooperación entre las explotaciones agrícolas y las empresas que les prestan servicios y la correspondencia entre la capacidad para amortizar créditos y la fertilidad de los suelos. Se subrayó sobre todo la necesidad de aumentar los conocimientos jurídicos de los agricultores y difundir entre ellos rápida y eficazmente la información pertinente, las novedades y las cuestiones de interés legislativo imprescindibles para elevar la fertilidad de los suelos y el rendimiento agrícola.

591.Se distribuyó a los participantes, entre otras publicaciones, el Catálogo de minitecnologías para la agricultura, editado por el Ministerio de Relaciones Económicas Internacionales, Comercio e Inversiones de la República de Uzbekistán, y el libro titulado “Fundamentos jurídicos y económicos de la agricultura”, presentado por el Partido Liberal Democrático. La Cámara de Comercio e Industria presentó un programa especial para contadores adaptado a las condiciones de Uzbekistán, que se distribuyó en formato de disco compacto.

592.La experiencia positiva adquirida por el país en la esfera del fomento de los pequeños negocios y la empresa privada y en la creación a ese fin de un entorno jurídico favorable fue objeto de especial atención en el tercer Foro internacional de mujeres empresarias celebrado recientemente en Doha, capital de Qatar.

593.En todas las provincias del país se lleva a cabo una activa labor en apoyo de la mujer empresaria. Por ejemplo, en lo que va de 2008 en la provincia de Surjan-Daryá se han otorgado, con cargo al centro de fomento de empleos, créditos en condiciones preferenciales por un monto de algo más de 33 millones de som a 28 mujeres para la creación de empresas familiares. Como consecuencia del desarrollo del sector privado, se han creado 4.134 empleos para mujeres. En empresas importantes más de 600 mujeres realizan trabajos a domicilio.

594.La labor educativa y de divulgación de las entidades estatales, no gubernamentales e internacionales está ofreciendo considerable atención a las mujeres rurales.

595.Adjunto a la Asociación de agricultores de Uzbekistán se creó el Centro “Tashabbuskor ayol”, con filiales en la República de Karakalpakstán y las provincias, encargado de prestar apoyo a 20.000 mujeres agricultoras, elevar su calificación y proteger sus derechos. Valiéndose de tratos preferenciales para desarrollar el movimiento de agricultores en el país, el Centro se empeña en ampliar las actividades de las mujeres agricultoras en las provincias de Andizhán, Namangán y Fergana. Actualmente en esas provincias funcionan más de 2.000 explotaciones agrícolas administradas por mujeres.

596.En abril de 2008 en la ciudad de Karshi se inauguró el Centro se apoyo socio-jurídico de la mujer y sus familiares “Ezgulik”, que cuenta con locales especiales para tratamiento sicológicos y gabinetes médicos y locales especiales para las madres e hijos pequeños. Especialistas altamente calificados prestan asistencia en todas las cuestiones relativas a los derechos de la mujer en todas las esferas de la vida de la sociedad.

597.El PNUD presta un apoyo considerable a labor de concienciación sobre los derechos de la mujer. El Programa organizó un curso sobre cuestiones de género, que se celebró desde diciembre de 2007 hasta febrero de 2008. El curso tuvo por objeto estimular las investigaciones relativas a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y los derechos de la mujer. Cerca de 25 especialistas, aspirantes a especialista y sociólogos participaron en el curso, donde pudieron familiarizarse con diferentes aspectos de los derechos de la mujer, en particular la igualdad de género y la correspondiente legislación, la violencia contra la mujer, los métodos de investigación y la preparación de informes periódicos, entre otros.

598.En un encuentro organizado a fines de mayo de 2008 por el Comité de Mujeres de Uzbekistán, el Banco Central y el jokimyato provincial de Samarkanda participaron miembros del Senado y diputados de la Cámara Legislativa del Oliy Majlis, representantes de los ministerios y organismos competentes, organizaciones públicas y especialistas. En el encuentro se examinaron cuestiones relacionadas con la participación de la mujer agraria en las actividades empresariales. Se tomó nota de que de año en año se amplían las filas de las mujeres dedicadas a los pequeños negocios y la empresa privada. A fin de contribuir al éxito de su trabajo, en 2007 se concedieron microcréditos por valor de 11 millones de som. En particular, la Fundación “Mejr nuri” otorgó a las mujeres empresarias subvenciones por un valor de 60 millones de som.

599.En marzo de 2008 se celebró en Termez un seminario organizado por el Comité de Mujeres de Uzbekistán en el que participaron las presidentas de los comités de mujeres de las provincias de Samarkanda, Bujará, Navoy, Kashka-Daryá, Syr-Daryá y Jorezm; dirigentes del movimiento nacional de jóvenes “Camelot”; dirigentes de las oficinas provinciales de la Fundación “Majallya”; y dirigentes del deporte infantil y mujeres deportistas.

600.En el seminario se señaló que en la provincia de Samarkanda se presta especial atención a la salud de la mujer, a la promoción del interés de las jóvenes en los deportes nacionales y a la promoción de formas edificantes de pasar el tiempo libre. En 13 distritos funcionan círculos de gimnasia artística, en que participan 34.000 niñas. Funcionan 17 clubes “Barchinoy”, en los que las niñas se adentran en los secretos de la lucha kurash. El pasado año se creó una dependencia provincial de la Federación de Nado Sincronizado, entre cuyos fundadores se cuentan el Comité de Mujeres de Uzbekistán, la Asociación de Empresarias y el Centro de apoyo a la empresa y a la explotación agrícola.

601.Del 18 al 20 de abril de 2008, junto con el ala femenina del Partido Liberal Democrático, se celebraron seminarios didácticos con representantes de explotaciones agrícolas administradas por mujeres en la República de Karakalpakstán, Kashka-Daryá, Syr-Daryá y Jorezm.

602.En Uzbekistán se presta especial atención a la salud de la mujer de las zonas rurales. En estos momentos en el país funcionan 3.100 puestos médicos rurales, que prestan asistencia oportuna a las mujeres, las madres y los niños. Últimamente se han inaugurado en todas las zonas del país centros de asesoramiento sobre el matrimonio y la familia y centros de análisis clínicos. Como consecuencia de ello, la tasa de mortalidad derivada de la maternidad por 100.000 nacidos vivos es de 24, en comparación con 65 en 1991, en tanto que la esperanza media de vida de la mujer aumentó de 70 a 74,6 años.

603.En unión de las organizaciones de la sociedad civil, el Estado promueve la elevación del nivel cultural de la mujer de las zonas rurales y el desarrollo de su potencial físico e intelectual.

604.En 1999, por iniciativa del Presidente Islam Karimov, se instituyó el Premio estatal “Zulfin”. Desde entonces han recibido este prestigioso premio más de 112 estudiantes de escuelas, liceos, institutos y centros de enseñanza superior del país que sobresalen por su carácter, rendimiento académico, talento y logros alcanzados en los ámbitos de la literatura, la cultura, las artes, la ciencia y la educación.

605.Del total de centros pertenecientes al Ministerio de Cultura y el Deporte, en las zonas rurales funcionan 200 escuelas infantiles de música y arte, 20 institutos de cultura y arte y el 53,2% de las escuelas infantiles y juveniles de deporte. El 61,1% de los alumnos y el 74,3% de los trabajadores de esos centros son mujeres.

606.Las mujeres representan el 61,4% del total de los trabajadores de los palacios de cultura, bibliotecas y clubes deportivos de las zonas rurales. A fin de asegurar el esparcimiento de la mujer, se han creado a ese fin modernos parques de descanso, clubes y centros de servicios culturales.

607.En las zonas rurales actúan grupos de teatro de gira por esas localidades y se ofrecen conciertos públicos.

Artículo 15Igualdad de la mujer y el hombre ante la ley

608.El Estado proclama la igualdad de derechos de la mujer y el hombre ante la ley. En el artículo 18 de la Constitución se establece que “Todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán gozan de iguales derechos y libertades y son iguales ante la ley, sin distinción por motivos de sexo, raza, origen étnico, idioma, religión, extracción social, convicciones o condición personal o social”.

609.En el artículo 19 de la Constitución se estipula que “los derechos y libertades del ciudadano (…) son inviolables y nadie podrádenigrarlos ni restringirlos salvo por orden judicial”.

610.En las Leyes de educación, de ciudadanía y de denuncias de la población y en el Código de la Familia, el Código de Trabajo y el Código Penal, así como en otras leyes, se consagran los diversos derechos de los ciudadanos.

611.A fin de proteger a la población de todas las formas de discriminación, en Uzbekistán se establece responsabilidad penal por violar la igualdad de derechos (artículo 141 del Código Penal), por incumplir la legislación sobre denuncias de la población (el artículo 144 del Código Penal), por lesionar el derecho al trabajo (el artículo 148 del Código Penal), y además se penaliza la violación, ya sea directo o indirecta, o la restricción de los derechos ciudadanos y políticos a causa de la discriminación.

612.La responsabilidad administrativa por las infracciones que atentan contra la leyes del idioma oficial (artículo 42), de denuncias de la población (artículo 43), de la negativa injustificada a examinar denuncias (artículo 44), del trabajo (artículo 49), de la negativa a contratar a ciudadanos remitidos por los servicios de empleo del Estado (artículo 50), que se establece en el Código de Responsabilidad Administrativa de la República de Uzbekistán, permite prevenir posibles violaciones de las disposiciones de la Constitución y de las leyes del Uzbekistán sobre la no discriminación de la mujer.

613.El Estado reconoce a la mujer una capacidad jurídica en materia civil idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. En particular, le reconoce iguales derechos para concertar contratos y administrar bienes y le dispensa un trato igual en todas las etapas de las actuaciones judiciales.

614.Con arreglo a los principios legislativos generales, la personalidad jurídica no puede estar sujeta al género, la raza, la extracción social ni a la religión.

615.Conforme al artículo 17 del Código Civil de la República de Uzbekistán, la personalidad jurídica de los ciudadanos es la capacidad de tener derechos y obligaciones, que se reconoce a todos los ciudadanos por igual. La persona adquiere capacidad jurídica con el nacimiento y la pierde al fallecer.

616.El artículo 18 del Código Civil define el contenido de esa personalidad jurídica como sigue: “Los ciudadanos podrán poseer bienes en virtud del derecho de propiedad, legar y heredar bienes, tener ahorros en bancos, emprender actividades comerciales y agrícolas y otras actividades no prohibidas por ley, emplear mano de obra contratada, crear personas jurídicas, realizar transacciones y contraer obligaciones, reclamar indemnización por daños sufridos, elegir el tipo de ocupación y el lugar de residencia y gozar del derecho de autor sobre obras científicas, literarias y artísticas y de patente sobre invenciones u otra propiedad intelectual protegida por ley”.

617.Los ciudadanos también podrán ejercer otros derechos patrimoniales y no patrimoniales.

618.Según el artículo 22 del Código Civil, la plena capacidad de obrar es la capacidad de la persona, mediante sus actos, de adquirir y ejercer derechos civiles, asumir obligaciones civiles y cumplir dichas obligaciones. La plena capacidad de obrar de la persona se adquiere con mayoría de edad, esto es, a los 18 años.

619.La persona que contraiga matrimonio legal antes de la mayoría de edad adquiere la plena capacidad de obrar con el acto matrimonial. La plena capacidad de obrar adquirida como consecuencia de haber contraído matrimonio se mantiene aún en caso de disolución del matrimonio antes de que esa persona cumpliere los 18 años.

620.Al declararse nulo y sin efecto un matrimonio, el tribunal podrá disponer que los cónyuges que fueran menores de edad pierdan la plena capacidad de obrar desde el momento que estime oportuno el tribunal.

621.En el artículo 23 del Código Civil se estipula la prohibición de restringir la capacidad jurídica y de obrar del ciudadano. No podrá restringirse la capacidad jurídica y de obrar de nadie salvo en las circunstancias y con arreglo al procedimiento que prevé la ley. Con el incumplimiento de las normas jurídicas que rigen las condiciones y el régimen de imposición de restricciones a la capacidad de obrar de los ciudadanos, quedasin efecto toda restricción impuesta por un órgano del Estado.

622.En Uzbekistán las mujeres que han visto sus derechos vulnerados disponen de medios de restablecerlos por la vía judicial y extrajudicial:

–En primer lugar, les asiste el derecho a presentar denuncias ante los organismos estatales competentes, que tienen la obligación, con arreglo a los procedimientos establecidos, de recibir, examinar y dar solución a las denuncias de los ciudadanos mediante la verificación de los argumentos del demandante y el envío al interesado de una respuesta por escrito con las medidas que se han adoptado para restablecer los derechos vulnerados (protección administrativa). La Ley de denuncias de la población prohíbe remitir las denuncias a los organismos cuyas decisiones o actos se impugnan, publicar información sobre las vidas privadas de los demandantes y someter a persecución a los autores de una denuncia o a sus familiares por haber denunciado a un órgano del Estado. Las autoridades encargadas de examinar las denuncias deberán permitir que el demandante haga uso de los servicios de un abogado o un representante y han de proceder sin demora a poner fin a los actos ilícitos u omisiones y a indemnizar al demandante, con arreglo a los procedimientos establecidos, por los daños o perjuicios materiales o morales sufridos a causa de la vulneración de sus derechos, libertades o legítimos intereses;

–En segundo lugar, tienen el derecho a recurrir a un tribunal a fin de que este se pronuncie sobre la legalidad de los actos o decisiones de los organismos o funcionarios del Estado (protección judicial). En el primer semestre de 2007 los tribunales civiles examinaron más de 283.000 casos y fallaron en favor del 98% de ellos. Se observó una mejoría en cuanto a la exhaustividad del examen de las denuncias. Si bien en el primer semestre de 2006 fue revocado posteriormente el 0,7% de las decisiones judiciales, actualmente esa cifra es del 0,5%;

–En tercer lugar, pueden recurrir al Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis para denunciar una violación de los derechos y libertades civiles una vez que el denunciante hubiera agotado los remedios antes mencionados (protección extrajudicial). El Comisionado está facultado para examinar las denuncias de los ciudadanos de la República de Uzbekistán y de los extranjeros y personas apátridas que se encontraren en el territorio nacional y llevar a cabo sus propias investigaciones. El Comisionado se abstiene de examinar las cuestiones que son de la competencia de los tribunales. Después de que examina los argumentos del demandante, el Comisionado comunica sus conclusiones al organismo estatal interesado conjuntamente con sus recomendaciones para que se restablezcan los derechos del demandante.

–En cuarto lugar,pueden recurrir a los órganos de la Fiscalía, que supervisan la aplicación de la legislación por los ministerios y organismos, las empresas, las instituciones y organizaciones y los jokimyatos, y además llevan a cabo la investigación preliminar de los delitos y del trato que se dispensa a las personas recluidas en los centros penitenciarios. Los órganos de la Fiscalía examinan las denuncias y quejas de la población y adoptan medidas para restablecer cualquier derecho vulnerado. Cuando existiesen razones fundadas, un fiscal está facultado para incoar un proceso penal o administrativo contra las personas que hubieran permitido que se violaran los derechos humanos del demandante y también para iniciar acciones judiciales cuando la persona cuyos derechos hubiesen sido vulnerados no estuviera en condiciones de defender sus derechos ante un tribunal por razones de salud o edad avanzada.

–En quinto lugar, tienen la opción de recurrir a un órgano judicial facultado para defender los derechos humanos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución y las leyes de la República de Uzbekistán mediante el examen y exhaustivo de las denuncias de la población de violaciones de sus derechos y libertades constitucionales y la adopción de las medidas que prevé la ley;

–En sexto lugar, pueden dirigirse a los bufetes de abogados que ofrecen asistencia letrada a las personas físicas y jurídicas amparados en los principios de la independencia del abogado, la observancia estricta de la ética profesional, el secreto profesional y el recurso a métodos y medios no prohibidos por ley. Actualmente en Uzbekistán funcionan 23 colegios de abogados, 348 firmas de abogados y 438 bufetes de abogados que emplean a 3.834 abogados. Los derechos y las obligaciones de los abogados se definen en la Ley de abogacía, de 27 de diciembre de 1996, y en la Ley de salvaguardias de la práctica jurídica y de protección social del abogado, de 25 de diciembre de 1998, así como en el Código de Procedimiento Civil, el Código de Procedimiento Penal y el Código de Responsabilidad Administrativa.

623.Del análisis de la labor del Comisionado en el examen de las denuncias de la población se desprende que la mayoría de las denuncias son de mujeres (más del 60%). Entre las denuncias fundamentales que dirigen las mujeres a la Oficina del Comisionado se cuenta la violación de sus derechos humanos por familiares cercanos (sus hijos, marido o padres).

624.Al propio tiempo, como demuestran las estadísticas correspondientes al período 2002-2007, del total de denuncias formuladas por la población, el 20% se referían a casos de violaciones de diferentes categorías de derechos de esas mismas mujeres.

625.Otras denuncias fundamentales que dirigen las mujeres a la Oficina del Comisionado se refieren a la violación de sus derechos de la mujer por los órganos de autogestión ciudadana y jokimyatos; la negativa por parte de funcionarios u órganos del Estado a adoptar medidas legítimas para resolver sus problemas; la violación de sus derechos en materia de atención de la salud; la violación de su derecho a la vivienda; y el incumplimiento del pago de la pensión alimentaria de los hijos, entre otras.

626.Otra categoría importante de denuncias está relacionada con la no ejecución a su debido tiempo de las decisiones judiciales que hayan entrado en vigor, así como con casos de negligencia de los oficiales de justicia en el cumplimiento de las funciones propias de su cargo. Se confirmó la validez de los argumentos aportados por seis de las denunciantes y se resolvieron los casos en cuestión de conformidad con la legislación vigente.

627.Se resolvieron satisfactoriamente más del 60% de los recursos presentados por mujeres al Comisionado en los que se le solicitaba que interviniera en favor del respeto del derecho a la vivienda, el cobro de la pensión alimentaria de niños menores de edad y la obtención de subsidios y pensiones.

628.A fin de ampliar las funciones y competencias de los representantes territoriales del Comisionado, a partir de 2004 las cuestiones relativas al reconocimiento y la protección de los derechos de la mujer en las provincias del país constituyen una de sus principales esferas de actividad y son objeto de una vigilancia permanente.

629.En el período comprendido entre 2002 y 2007 se hizo un seguimiento de la observancia de diferentes categorías de derechos de la mujer y el niño en distintas zonas del país, cuyos resultados permitieron que el Comisionado formulara recomendaciones encaminadas a perfeccionar la legislación y normativas en materia de protección de los derechos de la mujer, a eliminar las deficiencias detectadas y a aumentar la responsabilidad de los encargados de velar por que se apliquen las leyes relativas a la protección de la maternidad y la infancia.

630.El Comisionado realizó actividades de seguimiento:

1.Del ejercicio de los derechos reproductivos de la mujer en la provincia de Dzhizak (2002);

2.Del ejercicio de los derechos e intereses legítimos de los propietarios de vivienda en la República de Uzbekistán (2005-2006);

3.De la observancia de los derechos laborales de la mujer en las empresas de la industria ligera en las provincias de Andizhán, Namangán y Fergana (2006);

4.Del ejercicio de los derechos de los agricultores de los distritos de Pskent y Bukin, de la provincia de Tashkent (2007-2008).

631.La tendencia al aumento de las denuncias de violaciones en materia de empleo y relaciones laborales motivó el seguimiento en 2006, conjuntamente con el Consejo de Federaciones Sindicales de Uzbekistán y el Comité de Mujeres de Uzbekistán, de la observancia de los derechos laborales de la mujer en las empresas de la industria ligera en las provincias de Andizhán, Namangán y Fergana.

632.El seguimiento permitió vigilar la marcha de la aplicación en las empresas con diversas formas de propiedad de las medidas de protección de la mujer trabajadora y el cumplimiento de la legislación laboral; precisar en qué medida se han introducido en las empresas de la industria ligera medios modernos de seguridad para prevenir los traumatismos en la producción; y verificar si se han creado las condiciones higiénico-sanitarias necesarias para prevenir las enfermedades profesionales de los trabajadores.

633.A fin de subsanar las deficiencias detectadas durante el seguimiento, el Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán ha formulado sus recomendaciones.

634.Durante el seguimiento realizado en 2007 del ejercicio de los derechos de los agricultores en los distritos de Pskent y Burin de la provincia de Tashkent se prestó especial atención al funcionamiento de las explotaciones agrícolas administradas por mujeres. El seguimiento tuvo por objeto investigar los problemas con los tropiezan esas mujeres al aplicarse lo dispuesto en la Ley de explotaciones agrícolas y otros instrumentos normativos y estudiar los factores que contribuyen a la violación de los derechos de los agricultores, en particular la mujer agricultora, por los funcionarios y organismos del Estado.

635.Por otra parte, uno de los componentes de las investigaciones del Comisionado del estado de la observancia de los derechos de los ciudadanos y, muy en especial de las mujeres, es la realización de encuestas en los diferentes segmentos de la población con objeto de estudiar la labor de los órganos territoriales en relación con la observancia de los derechos de la mujer y la incorporación de la igualdad de género y formular recomendaciones y propuestas para asegurar su perfeccionamiento.

636.En el contexto de la ejecución del plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis, conjuntamente con el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, el Comité de Mujeres de Uzbekistán y el Centro de apoyo a las iniciativas ciudadanas, organización no gubernamental sin fines de lucro, desde 2005 se vienen celebrando seminarios de capacitación dedicados a la formación de expertos nacionales en aplicación y seguimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, así como en preparación de informes periódicos sobre su aplicación, de entre el personal del Comité de Mujeres, el Centro Nacional, la Oficina del Comisionado y las organizaciones no gubernamentales del país.

Artículo 16Medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares

637.El matrimonio y las relaciones familiares se rigen por el Código de la Familia de la República de Uzbekistán, cuyas disposiciones fundamentales tratan de la protección de los derechos de la mujer en la familia y la no discriminación de la mujer en las relaciones familiares.

638.La reglamentación de las relaciones familiares en Uzbekistán se basa en el principio de la unión conyugal voluntaria del hombre y la mujer, la igualdad de derechos individuales y patrimoniales de los cónyuges, la resolución de los asuntos internos por mutuo acuerdo, la importancia primordial de la crianza y educación de los hijos en el seno de la familia, la preocupación por su bienestar y desarrollo y la protección de los derechos e intereses de los miembros de la familia que son menores de edad o que padecen discapacidad laboral.

639.Con arreglo al artículo 3 del Código de la Familia, todos los ciudadanos tienen iguales derechos en las relaciones familiares. No se permite limitación alguna, ya sea directa o indirecta, de esos derechos, el establecimiento de privilegios directos o indirectos al celebrarse el matrimonio ni injerencia alguna en las relaciones familiares por motivo de sexo, raza, origen étnico, idioma, religión, extracción social, convicciones, condición personal o social u otras circunstancias.

640.Se prohíbe limitar los derechos de los ciudadanos en el seno de la familia salvo de conformidad con la ley y sólo en la medida en que ello es necesario para proteger la moral, la salud, los derechos y los intereses legítimos de otros miembros de la familia y de otros ciudadanos.

641.En el artículo 11 del Código de la Familia se establece que la protección de los derechos de la familia compete a los tribunales según las normas del procedimiento civil, y, en los casos previstos por dicho Código, a los órganos de tutela o curatela o a otros órganos del Estado.

642.La protección de los derechos de la familia se lleva a cabo por los medios previstos en los artículos pertinentes del Código de la Familia.

643.En el Código de la Familia se dictan normas para contraer matrimonio y se establecen las condiciones que impiden que se consuma el matrimonio o que permiten declararlo nulo y sin valor.

644.Esas normas se basan en los principios de la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre y la decisión voluntaria y consciente de contraer matrimonio y afrontar las consecuencias que se deriven de esa unión.

645.De acuerdo con el artículo 13 del Código de la Familia, el matrimonio se celebra en las oficinas del Registro Civil.

646. No se considera que el matrimonio religioso tenga validez legal.

647.El matrimonio tiene lugar en presencia de los dos contrayentes por lo menos un mes después de la fecha de presentación de la solicitud pertinente de los interesados en la oficina de Registro Civil.

648.Si existieran razones válidas, la oficina de Registro Civil podrá autorizar el matrimonio antes de que se cumpla un mes.

649.En casos excepcionales (embarazo, nacimiento de un hijo, enfermedad de una de las parte, entre otros) el matrimonio podrá contraerse el mismo día que se presenta la solicitud.

650.El matrimonio se celebra según las normas previstas por la legislación de procedimiento civil.

651.La negativa por parte de las autoridades del Registro Civil a registrar un matrimonio podrá ser impugnada directamente ante un tribunal o ante la autoridad superior.

652.En el Código de la Familia se especifican los casos en que no se podrá inscribir un matrimonio.

653.Se prohíben los matrimonios:

–Cuando al menos uno de los contrayentes ya sea parte en otro matrimonio inscrito;

–Entre parientes en línea directa ascendente o descendente, entre hermanos y medio hermanos y entre hijos adoptivos y padres adoptantes;

–Cuando al menos uno de los contrayentes haya sido declarado incapaz por un tribunalpor padecer una enfermedad siquiátrica o retraso mental.

654.A fin de evitar consecuencias negativas en el matrimonio relacionadas con la salud de los contrayentes, se realizan pruebas de laboratorio pre-matrimoniales a título gratuito. Con arreglo a la Disposición sobre el examen médico de los contrayentes de matrimonio, ratificada por resolución del Consejo de Ministros, de 17 de abril de 2007, las pruebas a personas mayores de 50 años de edad se hacen sólo con su consentimiento.Al expedirse el certificado correspondiente a los interesados, se les explican las posibles consecuencias de las enfermedades detectadas.

655.De conformidad con el Código de la Familia, el matrimonio se considerará nulo y sin valor en los siguientes casos:

Cuando se hubieren violado las condiciones y los procedimientos establecidos para contraer matrimonio;

– Cuando el matrimonio fuere fraudulento, esto es, cuando uno de los contrayentes, o ambos, hubieren registrado el matrimonio sin intenciones de constituir una familia;

–Cuando uno de los contrayentes recurriere a los tribunales para exigir la anulación del matrimonio, por haber ocultado el otro la existencia de una enfermedad venérea o el virus de la inmunodeficiencia humana.

656.El matrimonio podrá declararse nulo y sin valor únicamente por orden judicial.

657.Además, si uno de los contrayentes no alcanzara la edad mínima para contraer matrimonio, este podrá declararse nulo y sin valor, si ello respondiere a los intereses del menor de edad. Podrá exigir la anulación del matrimonio el contrayente que no alcanza la edad mínima para contraerlo, sus padres o tutores, el órgano de tutela o curatela o el fiscal.

658.Si en el momento de llevarse el caso ante un tribunal el contrayente alcanzara la edad mínima para contraer matrimonio, este podrá declararse nulo y sin valor únicamente a petición del contrayente.

659.La opción de anular el matrimonio por minoría de edad de uno de los contrayentes se examinará en presencia del órgano de tutela o curatela cuando los contrayentes (o uno de ellos) no alcanzaran la edad mínima para contraer matrimonio en el momento de llevarse el caso ante un tribunal.

660.En el artículo 136 del Código Penal de la República de Uzbekistán se establece responsabilidad penal por obligar a una mujer a contraer matrimonio o por impedírselo, al tiempo que en el artículo 126 del mismo Código se penaliza la poligamia.

661.En consecuencia, la legislación de la República de Uzbekistán prohíbe los matrimonios forzados y garantiza la protección judicial de los derechos de la mujer tanto en casos de coacción como de poligamia.

662.Con arreglo al artículo 15, la edad legal para contraer matrimonio es de 18 años para los hombres y 17 años para las mujeres.

663.De existir razones válidas y en casos excepcionales, el jokim de la provincia o el municipio donde radica el Registro Civil donde se celebra el casamiento, a pedido de los contrayentes, podrá reducir la edad legal para contraer matrimonio como máximo en un año.

664.Sin embargo, habida cuenta de que en la República de Uzbekistán se promulgó la Ley de garantías de los derechos de la infancia, de conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño, una persona se considera niño hasta los 18 años de edad, al tiempo que se debate activamente la posibilidad de fijar la edad mínima para contraer matrimonio, tanto para el hombre como para la mujer, en 18 años.

665.Cabe señalar que durante la revisión de la legislación de Uzbekistán realizada en 2008 con objeto de armonizarla con las normas del derecho internacional en materia de igualdad de género, el Centro de supervisión de la aplicación de instrumentos jurídicos y normativos adjunto al Ministerio de Justicia propuso modificar el Código de la Familia para establecer la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años.

666.Es necesario apuntar que, conforme al Código de la Familia, la mujer y el hombre gozan de iguales derechos en las relaciones matrimoniales y en su disolución. Los cónyuges gozan de iguales derechos y deberes en el marco de la familia. Todo ello halla su expresión en lo siguiente:

–Al contraer matrimonio los cónyuges, según deseen, eligen el apellido de uno de ellos como apellido común de la familia o conservan cada uno su apellido de soltero;

–El cambio de apellido de uno de los cónyuges no entraña el cambio de apellido del otro;

–Las cuestiones relacionadas con la crianza de los hijos son resueltas por la madre y el padre conjuntamente;

–Cada uno de los cónyuges está en libertad de elegir su ocupación, profesión, lugar de residencia y vivienda;

–Los cónyuges tienen los mismos derechos sobre los bienes cuando uno de ellos se dedica al hogar y al cuidado de sus hijos y no ha tenido, por otras razones válidas, ingresos independientes;

–Los cónyuges tienen los mismos derechos en lo que respecta a la posesión, el goce y la disposición de bienes, que son de propiedad común.

667.Para que uno de los cónyuges pueda concluir una transacción sobre un bien inmobiliario común inscrito a su nombre, necesitará el consentimiento de la otra parte, certificado ante notario. El cónyuge que no hubiere dado su consentimiento certificado a la realización de dicha transacción podrá pedir su invalidación en el plazo de un año a contar de la fecha en que tuvo conocimiento de ella.

668.Los objetos de uso personal (ropa, calzado, entre otros), a excepción de las joyas y otros artículos de lujo, se considerarán propiedad de quien se sirve de ellos, aun cuando hayan sido adquiridos durante el matrimonio por cuenta del otro cónyuge.

669.Los bienes comunes de los cónyuges podrán dividirse entre ellos con su consentimiento.Si así lo desean, el acuerdo de división de bienes comunes podrá certificarse ante un notario.

670.En caso de controversia, los tribunales dividirán los bienes comunes de los cónyuges y determinarán la parte que corresponde a cada cual.

671.Según la legislación de la República de Uzbekistán, los padres tienen los mismos derechos y obligaciones respecto de sus hijos, a saber:

–Los mismos derechos y obligaciones de criar a los hijos y velar porque adquieran una educación adecuada;

–Los mismos derechos y obligaciones de representar los derechos e intereses de los hijos ante cualesquiera personas jurídicas o físicas, incluidos los tribunales;

–La misma obligación de mantener a los hijos menores de edad;

–La misma obligación de prestarse ayuda material uno al otro;

–El mismo derecho de cada cónyuge a adoptar a un niño con el consentimiento del otro cónyuge.

672.Cabe señalar que los matrimonios entre ciudadanos de la República de Uzbekistán y nacionales extranjeros o personas apátridas celebrados fuera del territorio nacional y con arreglo a la legislación del Estado en cuyo territorio se contraen, se considerarán válidos en Uzbekistán siempre y cuando no medien las circunstancias previstas en el artículo 16 del Código de la Familia que impiden el matrimonio.

673.Los matrimonios entre nacionales extranjeros contraídos fuera del territorio de la República de Uzbekistán con arreglo a la legislación del Estado en cuyo territorio se contraen, se considerarán válidos en Uzbekistán.

674.A ese respecto, en el Código de la Familia no figuran disposiciones discriminatorias de la mujer en las relaciones matrimoniales y familiares.

675.En Uzbekistán se viene trabajando con ahínco para familiarizar a la población con las disposiciones del Código de la Familia, esclareciendo los derechos y las obligaciones de la mujer y el hombre en las relaciones matrimoniales y familiares y aspectos de la lucha contra la violencia con la mujer y el niño. Las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro contribuyen notablemente a la labor de concienciación que se lleva a cabo con las mujeres y a la prestación de asistencia jurídica a la población en cuestiones relacionadas con la violencia en el hogar. Prácticamente en todas las zonas del país funcionan organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro especializadas en prestar apoyo a la mujer y proteger a la familia.

676.Por ejemplo, gracias a la cooperación entre el Comité de Mujeres de la República de Uzbekistán, el Comité de mujeres de la provincia de Fergana y la Administración judicial de esa misma provincia, con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas, el 10 de septiembre de 2007 fue inscrito el Centro de apoyo socio-jurídico de la mujer y su familia “Kalb nuri”.

677.El objetivo del Centro consiste en prestar servicios socio-jurídicos a fin de promover la igualdad de género, prevenir la violencia por razón de sexo, fortalecer la institución de la familia en la formación de una personalidad multifacética y armoniosamente desarrollada y fomentar la actividad social y política de la mujer.

678.El Centro lleva a cabo los siguientes tipos de actividad:

–Promueve los valores espirituales, la dignidad personal, la cultura y el perfeccionamiento y robustecimiento de la institución de la familia y la sociedad;

–Promueve un estilo de vida sano y fomenta las relaciones intrafamiliares;

–Lucha contra de los estereotipos de género, contra las relaciones patriarcales, a favor del fomento de la actividad social y política de la mujer y ayuda a que se adopten decisiones independientes a todos los niveles;

–Trabaja por aumentar los conocimientos jurídicos y elevar la cultura de mujeres y hombres;

–Apoya la actividad individual y creadora de la mujer y ayuda a crear microempresas familiares y a organizar el trabajo a domicilio;

–Presta ayuda práctica a las víctimas de la trata, la violencia en el hogar y a las mujeres que se encuentran en situaciones de vida difíciles.

679.El Centro presta asistencia a las mujeres en la preparación de documentación para fines judiciales y participa en las actuaciones judiciales en calidad de persona de confianza o abogado de oficio, en correspondencia con el mandato del Centro.

680.Durante 2007 y en los primeros cinco meses de 2008 el Comité de Mujeres, el jokimyato de la ciudad de Tashkent y el Movimiento nacional de jóvenes “Camelot” llevaron a cabo una labor de concienciación con las mujeres y las niñas, los hombres y los jóvenes y los dirigentes espirituales y religiosos. Además, en dos asentamientos y en diez asambleas ciudadanas de aldea, asesores de los majallyas encargados de las cuestiones espirituales y morales sostuvieron conversaciones individuales con las familias en las que salieron a relucir cuestiones relacionadas con la distribución equitativa de las obligaciones domésticas y familiares entre el hombre y la mujer.

681.En 2007 se abrieron centros de información y consultas jurídicas en las administraciones provinciales y anexos a la Asociación de Empresarias de Uzbekistán.

682.En 2007 en esos centros recibieron consultas el siguiente número de mujeres: en la República de Karakapalkstán, 438; en la provincia de Andizhán , 267; en la provincia de Bujará, 146; en la provincia de Dzhizak, 97; en la provincia de Navoy, 104; en la provincia de Namangán, 357; en la provincia de Samarkanda, 171; en la provincia de Surjan-Daryá, 190; en la provincia de Syr-Daryá, 214; en la provincia de Tashkent, 182; en la provincia de Fergana, 325; y en la provincia de Jorezm,94.

683.En el primer semestre de 2008, esos números fueron como sigue:en la República de Karakapalkstán,194; en la provincia de Andizhán, 69; en la provincia de Bujará, 56; en la provincia de Dzhizak, 91; en la provincia de Navoy, 79; en la provincia de Namangán, 143; en la provincia de Samarkanda, 89; en la provincia de Surjan-Daryá, 79; en la provincia de Syr-Daryá, 112; en la provincia de Tashkent,92; en la provincia de Fergana ,187; y en la provincia de Jorezm, 64.

684.En el sistema de educación permanente de Uzbekistán en los programas de estudios de la enseñanza general, los liceos académicos e institutos profesionales se incluyen materias destinadas a preparar a los jóvenes para la vida familiar, en cuyo marco se tratan temas dedicados a la educación sexual de los jóvenes y las jóvenes y a las garantías jurídicas de la protección de la mujer contra la discriminación en las relaciones matrimoniales y familiares.

Anexos

Anexo 1Proyecto de ley de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres

Capítulo IDisposiciones general

Artículo 1Objeto de la presente Ley

La presente Ley tiene por objeto definir las garantías de la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres en los ámbitos político, económico, social, cultural y otros ámbitos de la vida de la sociedad y establecer las bases jurídicas de la prevención de la discriminación por razón de sexo.

La Ley está destinada a complementar las disposiciones del artículo 46 de la Constitución de la República de Uzbekistán relativas a la igualdad de derechos de mujeres y hombres.

Artículo 2Conceptos y definiciones fundamentales

A los efectos de la presente Ley, por “igualdad de derechos de mujeres y hombres”se entiende las prerrogativas, iguales para mujeres y hombres, garantizadas por el Estado y consagradas en la Constitución de la República de Uzbekistán y en otros instrumentos jurídicos y normativos, para ejercer los derechos personales, políticos, económicos, sociales y culturales.

Por “igualdad de oportunidades de mujeres y hombres”se entiende la garantía de iguales condiciones políticas, económicas y sociales para el ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la mujer y el hombre consagrados en la Constitución de la República de Uzbekistán y en las normas del derecho internacional.

Por “discriminación directa por razón de sexo” se entiende cualquier tipo de distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto menoscabar o anular el reconocimiento de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona, independientemente de su sexo, en todas las esferas de la vida de la sociedad.

Por “discriminación indirecta” se entiende toda disposición, criterio o práctica aparentemente neutros de parte de algún órgano del Estado, empresa, organización, institución, organización no gubernamental, medio de comunicación o funcionario que afecte a una proporción sustancialmente mayor de miembros de un mismo sexo, salvo que dicha disposición, criterio o práctica resulte necesario.

Por “género” se entiende el aspecto social de las relaciones entre el hombre y la mujer que se manifiesta en todas las esferas de la vida de la sociedad.

Por “igualdad de género” se entiende los iguales derechos y las iguales oportunidades de las mujeres y los hombres para realizarse en todos los ámbitos políticos, económicos, sociales y culturales.

Por “estadística de género” se entiende los datos estadísticos sobre la situación de la mujer en comparación con la del hombre en todas las esferas de la vida de la sociedad.

Por “análisis de género” se entiende el estudio exhaustivo de las leyes y de otros instrumentos jurídicos y normativos con objeto de poner de relieve las normas y disposiciones que sean incompatibles con el principio de igualdad de mujeres y hombres consagrado en la Constitución y en las normas del derecho internacional.

Por “necesidades e intereses de género” se entiende los requerimientos cotidianos de la mujer y el hombre y los asuntos que les incumben, que guarden relación con su función en la sociedad.

Por “acoso sexual” se entiende todo comportamiento injurioso, ya sea verbal o físico, de naturaleza sexual hacia una persona con la que existe una relación de empleo.

Artículo 3Legislación sobre igualdad de derechos y oportunidades

La legislación sobre igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres se basa en la Constitución de la República de Uzbekistán, los principios y normas del derecho internacional, los tratados internacionales en que es parte la República de Uzbekistán, la presente Ley y otras leyes de la República de Uzbekistán.

Cuando en un tratado internacional en que sea parte la República de Uzbekistán se establecen normas distintas a las de la legislación nacional sobre igualdad de derechos y oportunidades, en dicho caso se aplicarán las normas del instrumento internacional.

Artículo 4Prohibición de toda discriminación contra la mujer

La mujer y el hombre gozan de iguales derechos.

Cualquier tipo de distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, el goce o el ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de la mujer, independientemente de su estado civil, en los ámbitos político, económico, social, cultural y cualquier otro ámbito constituye discriminación contra la mujer.

Se prohíbe, y será eliminada de acuerdo con lo establecido por ley, toda forma de discriminación, tanto directa como indirecta, contra la mujer.

No constituyen discriminación por razón de sexo las medidas especiales destinadas a acelerar el logro de la igualdad de facto de la mujer y el hombre.

Artículo 5Política del Estado en materia de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres

Los objetivos de la política del Estado en materia de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres son los siguientes:

–Formular, desarrollar y el perfeccionar el fundamento jurídico de la garantía de la igualdad de género;

–Establecer los mecanismos jurídicos y organizativos para la aplicación de los principios y normas del derecho internacional universalmente reconocidos, así como para el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por la República de Uzbekistán en materia de igualdad de género;

–Aprobar y ejecutar programas nacionales concretos destinados a promover la igualdad entre la mujer y el hombre y a eliminar las causas y condiciones que favorecen la discriminación por razón de sexo;

–Incorporar en los programas nacionales destinados a realizar los derechos y las libertades constitucionales de los ciudadanos, así como en los programas de desarrollo de la esfera social, medidas que garanticen la igualdad de derechos entre los sexos;

–Financiar las medidas de garantía de la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre con cargo al presupuesto estatal y otras fuentes autorizadas por ley;

–Efectuar un análisis de género de los instrumentos jurídicos y normativos que aplican los órganos del Estado;

–Adoptar medidas para fomentar una cultura de equidad entre el hombre y la mujer;

–Adoptar medidas para proteger a la sociedad frente a la información, propaganda y agitación destinadas a discriminar a los ciudadanos por razón de sexo, así como medidas para impedir la difusión de material impreso, de audio y de vídeo que incite a la violencia, la hostilidad, la pornografía, la drogadicción y el alcoholismo, entre otros males;

–Perfeccionar la labor de los órganos legislativos, ejecutivos y judiciales encargados de garantizar la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre;

–Adoptar medidas para erradicar los prejuicios y eliminar las costumbres y prácticas basadas en la idea de la inferioridad o supremacía de uno de los sexos.

Artículo 6Garantía de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres por los órganos del Estado y la administración

Los órganos del Estado y la administración:

–Aplican una política de Estado única en materia de igualdad de género;

–Elaboran y ejecutan programas nacionales concretos destinados a promover la igualdad entre la mujer y el hombre;

–Crean las condiciones jurídicas, económicas y sociales para promover la igualdad de derechos y libertades de los ciudadanos, en particular crean oportunidades para apoyar y aplicar medidas que fomenten la igualdad entre los sexos;

–Organizan dependencias orgánicas encargadas de garantizar la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–Organizan el seguimiento permanente de la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–Realizan un análisis sistémico del logro de la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–Elaboran medidas para prevenir y eliminar los casos de discriminación por razón de género;

–Examinan sistemáticamente la problemática de la división del trabajo y las necesidades e intereses de la población en materia de género;

–Preparan estadísticas de género y otros datos destinados a los programas sociales del Estado y a los informes nacionales periódicos que presenta la República de Uzbekistán ante los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados;

–Examinan y solucionan las denuncias de los ciudadanos de violaciones de la igualdad de género y adoptan las medidas necesarias para restablecer los derechos vulnerados;

–Fomentan la colaboración y cooperación con las organizaciones no gubernamentales e internacionales en materia de igualdad de género;

–Elevan el nivel de conciencia de la población acerca de la igualdad de género.

Artículo 7Participación de las organizaciones no gubernamentales en la promoción de la igualdad de género

Las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, en particular las encargadas de aplicar el principio constitucional de igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres:

–Participan en los procesos de adopción de decisiones de los órganos del Estado con miras a garantizar la igualdad de derechos de mujeres y hombres;

–Representan y defienden ante los tribunales y en otros órganos del Estado los intereses de las personas que han sido objeto de discriminación por razón de género;

–Crean órganos de expertos independientes que formulan conclusiones sobre casos de violación del principio de la igualdad de derechos entre los sexos;

–Proponen y apoyan a candidatos, en cuyos programas figura la defensa del principio de la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–Llevan a cabo una labor de concienciación encaminada a incentivar una cultura de equidad entre los sexos;

–Realizan el seguimiento público de la aplicación del principio de igualdad de derechos entre los sexos;

–Presentan propuestas a los órganos estatales competentes encaminadas a reforzar la igualdad de género;

–Cooperan con los órganos del Estado, los órganos de autogestión ciudadana, los medios de comunicación y las instituciones científicas y educacionales en cuestiones relacionadas con la igualdad de género;

–Ejercen otras facultades que le han sido conferidas por ley.

Las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro pueden recibir de los órganos estatales competentes información metodológica y asistencia de otro tipo destinadas a eliminar la discriminación por razón de género.

Artículo 8Garantía de la igualdad de derechos de mujeres y hombres por los órganos de autogestión ciudadana

En su labor de aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombreslos órganos de autogestión ciudadana tienen por objeto:

–Ejercer el control público de la aplicación de las leyes y demás instrumentos legislativos, en particular las decisiones de los órganos locales del Estado y la administración, relativos a las garantías de los derechos y oportunidades de mujeres y hombres;

–Seguir de cerca la aplicación del principio de igualdad de derechos de mujeres y hombres en la presentación de candidaturas al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán y a los consejos locales de diputados del pueblo;

–Escuchar los informes de los jokimyatos provinciales, municipales y distritales, así como de los jefes de empresas, instituciones y organizaciones, relativos a la garantía de la igualdad de género;

–Asistir a los órganos locales del Estado en la realización de actividades para elevar la cultura de equidad entre mujeres y hombres;

–Adoptar medidas encaminadas a proteger los intereses de la mujer, elevar su función en la vida pública, crear una ambiente favorable desde el punto de vista espiritual y moral en la familia y educar a la joven generación;

–Cooperar con los centros de enseñanza para educar a los niños en el espíritu de la igualdad de género;

–Promover el empleo de la mujer y el hombre de la localidad de que se trate, incluso organizando el trabajo a domicilio;

–Organizar y perfeccionar la labor de las comisiones de reconciliación adjuntas a los órganos de autogestión;

–Recibir a los ciudadanos, examinar sus quejas y denuncias, peticiones y propuestas sobre cuestiones relacionadas con la igualdad entre mujeres y hombres;

–Plantear ante los órganos competentes, según el procedimiento establecido por ley, la posibilidad de que se exija responsabilidades a los funcionarios por no acatar, o por cumplir de manera indebida, las decisiones adoptadas por los órganos de autogestión ciudadana dentro de los límites de su competencia.

Capítulo IIGarantías de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en la administración pública y el ejercicio del derecho de voto

Artículo 9Garantía de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en la administración pública

Al ingresar en la administración pública, y durante el empleo en ese servicio, se prohíbe todo tipo de restricción o preferencia, ya sea directa o indirecta, por razón de sexo.

Los dirigentes de los órganos del Estado y los funcionarios competentes garantizarán el acceso en igualdad de condiciones de los ciudadanos de ambos sexos a la administración pública, incluidos sus órganos colegiados, con arreglo a las competencias y formación profesional del candidato, sin distinción de sexo.

Los dirigentes de los órganos del Estado, empresas, instituciones y organizaciones seleccionarán y colocarán al personal guiándose por lo dispuesto en el artículo 46 de la Constitución de la República de Uzbekistán sobre la igualdad de derechos de mujeres y hombres.

La violación de lo dispuesto en el presente artículo dará lugar a la revocación de toda disposición no lícita y de los resultados del concurso de oposición, con arreglo al procedimiento establecido por ley.

Artículo 10Igual acceso de mujeres y hombres a los concursos de oposición para ocupar plazas en la administración pública

Las plazas vacantes en la administración pública, incluidos los puestos de dirección, se ocuparán por oposición, concursos en los que participarán en igualdad de condiciones mujeres y hombres.

Está prohibido convocar a concursos de oposición únicamente para aspirantes de un sexo.

Las direcciones de personal de los órganos del Estado no sólo han de facilitar a las comisiones encargadas de convocar a concurso información sobre la formación académica y profesional de los aspirantes a ocupar la plaza de que se trata, sino también suministrarán datos relativos al número de mujeres y hombres que ocupan esa plaza en la administración pública.

Las direcciones de personal de los órganos del Estado facilitarán información análoga cuando se decidan cuestiones relacionadas con la titulación, ascensos por desempeño y aumentos de sueldo de los empleados estatales.

Artículo 11Garantías de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el ejercicio electoral pasivo

Mujeres y hombres tienen el mismo derecho a ser elegidos diputados a la Cámara Legislativa del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán y a los consejos locales de diputados del pueblo.

En el marco de las elecciones de diputados al Oliy Majlis de la República de Uzbekistán y a los consejos locales de diputados del pueblo, en las listas de candidatos de los partidos políticos las mujeres representarán como mínimo el 30% del total de las candidaturas presentadas por los partidos políticos.

Si se incumplieren los requisitos establecidos en el presente artículo, la comisión electoral, en el plazo de tres días, informará al partido político interesado de la violación cometida.

Artículo 12Igualdad de oportunidades de mujeres y hombres para integrar las comisiones electorales y las comisiones de referendos

A la hora de constituir la Comisión Electoral Central de la República de Uzbekistán; las comisiones electorales territoriales, de distrito y de circunscripción; y las comisiones de referendos se tendrá en cuenta el principio constitucional de igualdad de derechos, libertades y oportunidades de mujeres y hombres.

Capítulo IIIGarantías de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en los ámbitos social, económico y cultural

Artículo 13Garantías de la igualdad de derechos de mujeres y hombres en las esferas de la enseñanza, la educación, la medicina, la ciencia y la cultura

El Estado garantiza:

–La igualdad de acceso de mujeres y hombres a la enseñanza general, media profesional y superior, a todos los tipos de formación profesional y a elevación de la calificación y a la participación en el proceso educacional y científico;

–El ejercicio por mujeres y hombres de los mismos derechos de acceso a la atención de la salud, a los servicios médicos de alta calidad y a los servicios de planificación de la familia;

–La promoción de la educación de la población sobre cuestiones de género, mediante la celebración de cursos especiales sobre género, la realización de investigaciones sobre la problemática de la igualdad de género y la introducción de programas de estudios y utilización de libros de texto desprovistos de toda propaganda en favor de la discriminación por razón de sexo;

–La igualdad de oportunidades de mujeres y hombres de disfrutar de actividades recreativas, practicar deportes y participar en todos los ámbitos de la vida social y cultural del país.

Artículo 14Garantías de la igualdad de derechos de mujeres y hombres en la esfera económica

Los órganos del Estado y los dirigentes de organizaciones de todas las diversas formas de propiedad garantizarán a la mujer y al hombre el mismo acceso a los recursos económicos de la sociedad, incluidos los bienes mobiliarios e inmobiliarios, la tierra, los activos financieros, el crédito y los fondos sociales, así como a la libre elección de una profesión u oficio.

Artículo 15Igualdad de derechos de mujeres y hombres en las relaciones laborales

A fin de alcanzar la igualdad de derechos de mujeres y hombres en las relaciones socio-laborales, el empleador (el dirigente de un órgano del Estado o de una organización, independientemente de la forma de propiedad) garantizará:

–La igualdad de derechos de mujeres y hombres de ser contratado;

–La igualdad de acceso de mujeres y hombres a las plazas vacantes;

–La igualdad de remuneración de mujeres y hombres por trabajo idéntico rendido, por trabajo de igual calidad y por trabajo de igual valor;

–La igualdad de oportunidades de elevación de la calificación, recalificación y ascensos por desempeño;

–La igualdad de derechos de mujeres y hombresen caso de despidos en masa;

–Condiciones de trabajo favorables para la mujer embarazada y la mujer con hijos;

–Condiciones de trabajo sin riesgos para la vida y la salud tanto de la mujer como del hombre.

Artículo 16Adopción de medidas para garantizar la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres en los convenios y acuerdos colectivos

En los convenios colectivos que reglamenten las relaciones sociales y laborales (los acuerdos generales, acuerdos regionales, acuerdos sectoriales e intersectoriales sobre remuneración) se incorporarán disposiciones que garanticen la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres y que propicien condiciones favorables para la combinación de las obligaciones profesionales y familiares, con sus correspondientes plazos de realización.

Artículo 17Igualdad de derechos de mujeres y hombres en materia de protección social

Los órganos del Estado y la administración de la República de Uzbekistán, las empresas, las instituciones, las organizaciones, los órganos de autogestión ciudadana y los funcionarios, cuando procedieren a aplicar medidas de protección social de la población, tendrán en cuenta en igual medida los intereses de la mujer y el hombre.

Se prohíbe la aplicación de sistemas de seguridad social, pensiones y asistencia social que vayan en detrimento de la situación de las personas de un sexo determinado.

Capítulo IVResponsabilidad ante la ley por la violación de las leyes sobre igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres

Artículo 18Denuncia de casos de discriminación por razón de sexo

Las denuncias de la población de casos de discriminación, tanto directa como indirecta, porrazón de sexo o por actos u omisiones de los órganos del Estado, funcionarios, empresas, instituciones, organizaciones, organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro y medios de difusión serán examinadas por el órgano del Estado, la organización, la organización no gubernamental sin fines de lucro y el funcionario de instancia superior o en los tribunales, con arreglo al procedimiento establecido por ley.

Nadie podrá ser objeto de persecución, ni sus derechos restringidos, por denunciar la discriminación por razón de sexo o por realizar una evaluación técnica de la existencia de indicios de discriminación contra la mujer y el hombre por actos u omisiones de órganos y funcionarios.

Los servicios competentes de los órganos ejecutivos, de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro y de los órganos de autogestión ciudadana prestarán asistencia sicológica, jurídica y de otro tipo a las personas que se encuentren en dificultades, que sean víctimas de la violencia en el hogar, de acoso sexual o de distintas formas de discriminación por razón de sexo en el puesto de trabajo o en el hogar.

A estas personas se les garantizará una protección judicial y una asistencia letrada efectiva.

Artículo 19Control y seguimiento de la observancia de la legislación sobre la igualdad de derechos de mujeres y hombres

Los órganos competentes del Estado y la administración realizarán, con arreglo al procedimiento establecido por ley, el control y seguimiento de la observancia de las leyes y demás instrumentos jurídicos y normativos que garantizan la igualdad de derechos de mujeres y hombres.

Artículo 20Responsabilidad ante la ley por la violación de la legislación sobre la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres

Los funcionarios de los órganos del Estado que ejerzan funciones de organización, gestión oadministración, así como los dirigentes y demás trabajadores de otras organizaciones que desempeñen funciones análogas, que violaren lo dispuesto en la legislación sobre la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, serán responsables ante la ley.

Capítulo VDisposiciones finales

Artículo 21Sobre la entrada en vigor de la presente ley

La presente Ley entrará en vigor a contar de la fecha de su publicación oficial.

Anexo 2 (relativo al artículo 7)

2.1Composición de los órganos administrativos del Estado al 1º de enero de 2006

Porcentaje del total

Desglose por género

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Total de órganos del Estado

100,0

100,0

15,9

84,1

Órganos legislativos y representativos

84,2

88,2

15,3

84,7

Oliy Majlis de la República de Uzbekistán

3,1

3,0

16,6

83,4

De ellos:

Cámara Legislativa

1,8

1,6

17,6

82,4

Senado

1,3

1,4

15,3

84,7

Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán

0,8

1,3

10,5

89,5

Consejos de diputados del pueblo de la ciudad de Tashkent

7,2

9,8

12,1

87,9

Consejos de diputados del pueblo de distrito

59,8

63,1

15,2

84,8

Consejos de disputados del pueblo de ciudad

13,3

10,9

18,8

81,2

Órganos ejecutivos

0,2

1,0

3,4

96,6

De ellos:

Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán

0,1

0,5

3,4

96,6

Altos dirigentes

0,1

0,1

11,1

88,9

Ministros y presidentes de comités estatales

0,4

100,0

Órganos judiciales

15,7

10,9

21,5

78,5

De ellos:

Tribunal Constitucional de la República de Uzbekistán

0,3

0,2

23,5

76,5

Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán

0,6

0,4

23,3

76,7

Tribunal Económico Superior de la República de Uzbekistán

0,8

0,9

13,8

86,2

Tribunales Supremos de la República de Karakalpakstán,de las provincias, el Tribunal de la ciudad de Tashkent y tribunales interdistritales, distritales y municipales

12,3

7,9

22,8

77,2

Tribunales económicos de la República de Karakalpakstán y de las provincias

1,6

1,4

17,3

82,7

2.2 Hombres y mujeres en cargos de dirección por sector de actividad económica al 1º de enero de 2006

Número de directivos

Porcentaje del total

Desglose por género

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Total

49 009

130 396

100,0

100,0

27,3

72,7

De ellos:

Industria

5 816

25 439

11,9

19,5

18,6

81,4

Agricultura y silvicultura

460

10 600

0,9

8,1

4,2

95,8

Transporte

877

5503

1,8

4,2

13,7

86,3

Comunicaciones

995

2019

2,0

1,5

33,0

67,0

Construcción

1 163

5 161

2,4

4,0

18,4

81,6

Comercio, gastronomía, ventas y compras

863

3 188

1,8

2,4

21,3

78,7

Vivienda y servicios a los consumidores

725

4518

1,5

3,5

13,8

86,2

Salud, educación física, deportes y servicios sociales

3 481

6 157

7,1

4,7

36,1

63,9

Educación

24 519

29 145

50,0

22,4

45,7

54,3

Arte y cultura

1 490

1 849

3,0

1,4

44,6

55,4

Ciencias e investigaciones científicas

462

1 237

0,9

1,0

27,2

72,8

Finanzas, crédito y seguros

1 303

4 675

2,7

3,6

21,8

78,2

Otros sectores

6 855

30 905

14,0

23,7

18,2

81,8

2.3Datos sobre mujeres elegidas diputadas a la Cámara Legislativa del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán

No.

Apellido, nombre y patronímico

Territorio

Origen étnico

Entidad que propuso la candidatura

Cargo previo

1

Annakilicheva

República

Uzbeka

PNDU

Redactora jefa de la revista “Amu tongui”

2

Niyazova, Dzamilya

República

Uzbeka

PND “Fidokorlor”

Vicepresidenta de asociación

3

Abdullayeva, Sharbat

Provincia de Bujará

Uzbeka

PNDU

Especialista del Comité de Mujeres de Uzbekistán

4

Botirova, Zujra

Provincia de Bujará

Uzbeka

PSD “Adolat”

Vicepresidenta del Comité de Mujeres de Uzbekistán

5

Umarova, Shoira

Provincia de Dzhizak

Uzbeka

PND “Fidokorlar”

Oliy Majlis de la República de Uzbekistán

6

Burjanova, Matlyuba

Provincia de Navoy

Uzbeka

Lidepu

Jefa de departamento del Registro Civil de la ciudad de Navoy

7

Bobomirodova, Anora

Provincia de Navoy

Uzbeka

Grupo de acción ciudadana

Prorrectora de instituto de perfeccionamiento profesional

8

Ajunova, Oysha

Provincia de Namangán

Uzbeka

PSD “Adolat”

Jueza de la provincia de Namangán

9

Abdullayeva, Mujabbat

Provincia de Namangán

Uzbeka

PNDU

Primera Secretaria del Consejo de diputados del pueblo del PNDU

10

Abdullayeva, Tursunoy

Provincia de Surjan-Daryá

Uzbeka

Grupo de acción ciudadana

Presidenta el Comité de Mujeres de la ciudad de Termez

11

Safayeva, Mashkura

Provincia de Kashka-Daryá

Uzbeka

PNDU

Oliy Majlis de la República de Uzbekistán

12

Ajmedova, Sorajon

Provincia de Fergana

Uzbeka

Lidepu

Jefa de sección en la formación de personal científico

13

Ruzmatova, Nabiyajon

Provincia de Fergana

Uzbeka

Lidepu

Jefa de departamento en la educación

14

Majametova, Matlyuba

Provincia de Fergana

Uzbeka

Lidepu

Jefa de departamento del Registro Civil de la ciudad de Fergana

15

Dzumamuratova, Clara

Provincia de Jorezm

Uzbeka

Lidepu

Presidenta de asociación provincial

16

Zaripova, Ranozhon

Provincia de Jorezm

Uzbeka

PD “Milliy tiklanish”

Redactora de la revista “Sotom avlod uchun”

17

Yunusova, Aliya

Provincia de Tashkent

Uzbeka

PNDU

Jefa de departamento en la educación

18

Kariyeva, Munira

Provincia de Tashkent

Uzbeka

PD “Milliy tiklanish”

Directora General de la empresa privada “Zhurabek”

19

Salimova, Sharipa

Provincia de Tashkent

Uzbeka

PD “Milliy tiklanish”

Oliy Majlis de la República de Uzbekistán

20

Ajmedova, Suraiyo

Provincia de Tashkent

Uzbeka

PND “Fidokorlar”

Presidenta del Comité de Mujeres de Chinaz

21

Toshujammedova, Dilerom

Ciudad de Tashkent

Uzbeka

PSD “Adolat”

Dirigente de la empresa privada “Farmed”

2.4Datos de las mujeres elegidas miembros del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán

No.

Apellido, nombre y  patronímico

Fecha de naci - miento

Lugar de nacimiento

Origen étnico

Afiliación partidista

Entidad que propuso la candidatura

Formación

Especialidad

Grado científico

Cargo previo

1

Abdurajimova, Farida Yuldashevna

1950

Ciudad de Tashkent

Uzbeka

PNDU

Ciudad de Tashkent

Superior

Periodista

No

Presidenta del Comité de Mujeres de la ciudad de Tashkent

2

Guerasimova, Svetlana Ivanovna

1951

Ciudad de Tashkent

Uzbeka

PNDU

Ciudad de Tashkent

Superior

Maestra

No

Directora de escuela de la ciudad de Tashkent

3

Sharipova, Dilbar Usmanova

1958

Ciudad de Kagan

Uzbeka

Sin afiliación partidista

Provincia de Bujará

Superior

Médico terapeuta

No

Médico principal del Hospital Municipal de Kagan

4

Karimova, Nodira Jazratovna

1956

Distrito de Farish

Uzbeka

Lidepu

Provincia de Dzhizak

Superior

Maestra

No

Directora ejecutiva de la filial del Fondo “Soglom avlod uchun” en la provincia de Dzhizak

5

Valiyeva, Rano Nasimovna

1959

Distrito de Kiziltepin

Uzbeka

PNDU

Provincia de Navoy

Superior

Doctora en ciencias agronómicas

No

Directora de la explotación agrícola “Valiobod” del distrito de Kiziltepin

6

Boltaboyeva, Marhabat

1950

Chartak

Uzbeka

PNDU

Provincia de Namangán

Superior

Gineco-obstetra

No

Directora de centro médico en Chartak

7

Shokirova, Gulsanam

1954

Distrito de Chust

Uzbeka

Lidepu

Provincia de Namangán

Superior

Doctora en ciencias agronómicas

No

Dirigente de explotación agrícola

8

Shodiyeva, Jampotosh Normurodnovna

1959

Distrito de Kattakurgan

Uzbeka

PNDU

Provincia de Samarkanda

Superior

Maestra

No

Director del Instituto Pedagógico

9

Artukbayeva, Jaitjon

1946

Ciudad de Gulistan

Uzbeka

PNDU

Provincia de Syr-Daryá

Superior

Maestra

No

Secretaria de Provincia

10

Abdullayeva, Barnojon Anvarovna

1964

Distrito de Uchkuprik

Uzbeka

PNDU

Provincia de Fergana

Superior

Doctora en ciencias agronómicas

No

Directora del  Instituto Agroeconó - mico

11

Pak, Vera Borisovna

1938

Distrito de Kunguirat

Coreana

PNDU

Provincia de Jorezm

Maestra

No

Directora de hogar mekhribonlik

12

Inamova, Svetlana Tursunovna

1951

Distrito de Dzhalol-Kuduk

Uzbeka

PNDU

Por Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán

Superior

Médico terapeuta

Candidata a Doctor en ciencias médicas

Viceprimera Ministra de la República de Uzbekistán

13

Mujitdinova, Farruja Fahriddinovna

1955

Distrito de Tashkent

Uzbeka

PNDU

Por Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán

Superior

Jurista

Candidata a Doctor en ciencias jurídicas

Presidenta del Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán

14

Adiljoddzayeva, Surayo Majkamovna

1964

Ciudad de Tashkent

Uzbeka

Sin afiliación partidista

Por Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán

Superior

Profesora-Jurista

Candidata a Doctor en ciencias jurídicas

Profesora de la Cátedra de Teoría del Estado y el Derecho, Instituto Jurídico Estatal de Tashkent

15

Razdhobova, Mavdzhuda Abudullayevna

1955

Distrito de Shofur

Uzbeka

Sin afiliación partidista

Por Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán

Superior

Jurista

Candidata a Doctor en ciencias jurídicas

Presidenta del Tribunal del distrito de Yakkasaray

2.5Número de mujeres miembros de partidos políticos en Uzbekistán

Partido

2005

2006

2007

2008 (1er. Trimestres)

Lidepu

49 467

33,56

49 573

34,04

49 573

34,04

53 982

34,8

PND “Fidokorlor”

22 383

36,25

31 480

42,99

35 444

45,30

34 979

44,9

PD “Milliy tiklanish”

27 834

46,06

32 173

47,49

32 173

47,49

53 412

49,09

PNDU

166 749

34,6

104 611

33,01

127 900

36,8

132 344

37,45

PSD “Adolat”

18 789

38,77

25 551

43,18

25 551

43,18

32 290

50,26

Total

285 222

35,6

243 388

36,7

142 869

40,9

307 007

40,4

Anexo 3 (relativo al artículo 10)

3.1Número de alumnos que cursan estudios en los institutos profesionales

Ámbito de las ciencias

Primer año

Segundo año

Tercer año

Total

Total de alumnos

De ellos alumnas

Total de alumnos

De ellos alumnas

Total de alumnos

De ellos alumnas

Total de alumnos

De ellos alumnas

En el país

429 647

208 923

345 115

168 598

246 856

116 428

1 021 618

493 949

De ellos:

Educación

60 762

49 081

51 237

42 682

26 091

21 203

138 090

112 966

Humanidades y las artes

5 856

2 685

5 162

2 280

4 183

2 159

15 201

7 124

Ciencias sociales, comercio y derecho

97 886

42 121

82 773

34 408

60 096

26 722

240 755

103 251

Ciencia

214

40

139

30

127

26

480

96

Ingeniería y construcción

142 690

48 316

110 622

37 869

85 589

30 770

338 901

116 955

Agricultura, silvicultura y pesca

32 171

3 856

25 370

2 945

22 619

2 420

80 160

9 221

Salud y seguridad

social

63 920

52 670

49 530

40 858

33 837

28 050

147 287

121 578

Servicios

26 148

10 154

20 282

7 526

14 314

5 078

60 744

22 758

Anexo 4 (relativo al artículo 12)

4.1Indicadores demográficos por territorio

Terri torio

Tasa de natalidad

Tasa de mortalidad general

Tasa de mortalidad infantil

Crecimiento natural

Mortalidad derivada de la maternidad

2003

2004

2005

2006

2007

2003

2004

2005

2006

2007

2003

2004

2005

2006

2007

2003

2004

2005

2006

2007

2003

2004

2005

2006

2007

Ciudad de Tashkent

14,5

16,1

15,6

16,9

18,1

8,3

8,0

8,6

8,4

7,8

25

22,3

22,3

22,7

18,4

6,2

8,1

7,0

8,5

10,3

51,4

52,3

44,9

22,0

30,6

Andizhán

18,7

20,1

20,1

20,2

22,6

5,2

4,9

5,2

5,2

5,1

13,8

13,7

12,3

12,0

12,3

13,5

15,2

14,9

15,0

17,5

23,2

25,7

21,3

24,8

21,8

Bujará

18,8

19,4

19,8

19,9

21,0

4,6

4,5

4,5

4,6

4,5

14,9

13,9

12,0

13,2

13,1

14,2

14,9

15,3

15,3

16,5

18,0

23,4

29,7

19,6

18,4

Dzhizak

21,8

22,9

22,9

22,4

23,7

4,2

4,0

4,2

4,2

4,2

13,9

11,8

12,3

10,5

10,3

17,6

18,9

18,7

18,2

19,5

35,2

24,5

25,0

21,1

15,7

Kashka-Daryá

23,5

22,8

22,2

22,1

24,0

4,1

4,0

4,1

4,1

4,1

14,7

14,0

13,8

13,2

12,5

19,4

18,8

18,1

18,0

19,9

31,5

24,4

24,4

22,2

23,5

Navoy

18,9

20,1

19,9

20,0

21,4

5,0

4,9

5,3

5,1

5,0

15,7

12,4

10,9

9,4

9,7

13,9

15,2

14,6

14,9

16,4

71,9

55,8

49,7

42,9

39,7

Namangán

20,0

20,6

20,2

20,1

24,1

5,0

4,7

4,9

4,8

4,7

15,8

13,8

15,1

13,9

13,5

15,0

15,9

15,3

15,3

19,4

31,8

21,0

30,6

35,2

23,2

Samarkanda

21,4

22,0

21,8

23,5

23,2

4,9

4,8

5,0

4,8

4,9

13,9

12,0

12,7

12,0

12,5

16,5

17,2

16,8

18,7

18,3

42,2

20,9

17,4

14,5

17,4

Surjan-Daryá

22,5

22,1

21,9

22,7

23,2

4,3

4,0

4,3

4,1

4,0

14,7

11,7

11,6

10,3

9,8

18,2

18,1

17,6

18,6

19,2

24,1

19,5

23,8

18,2

24,0

Syr-Daryá

20,5

21,3

21,2

22,5

23,7

5,2

5,0

5,5

5,5

5,1

17,9

18,0

16,7

15,6

13,7

15,3

16,3

15,7

17,0

18,6

14,5

21,0

34,7

19,6

24,5

Tashkent

17,9

19,8

18,7

19,5

21,4

6,4

6,2

6,8

6,5

6,2

15,2

15,3

15,4

13,8

12,4

11,5

13,6

11,9

13,0

15,2

52,7

44,6

43,3

31,1

29,8

Fergana

18,8

21,2

19,7

20,4

23,7

5,2

4,8

5,2

5,1

5,1

20,0

19,6

19,3

19,1

16,6

13,6

16,4

14,5

15,3

18,6

28,4

31,6

31,4

27,0

25,8

Jorezm

20,8

22,5

21,7

22,6

24,4

5,0

4,6

4,6

4,6

4,6

18,9

16,9

16,3

16,6

13,2

15,8

17,9

17,1

18,0

19,8

27,1

54,5

40,8

33,2

22,0

República de Karakalpakstán

20,6

22,5

20,6

22,3

23,0

5,6

5,2

5,8

5,4

5,3

18,3

17,9

17,4

16,8

14,0

15,0

17,3

14,8

16,8

17,7

25,0

22,9

15,3

28,4

16,4

República de Uzbekistán

19,8

20,9

20,3

21,0

22,7

5,3

5,0

5,4

5,3

5,2

16,4

15,2

14,9

14,4

13,2

14,5

15,9

14,9

15,7

17,5

32,2

31,4

30,8

24,3

23,8

4.2 Morbilidad de la mujer diagnosticada por primera vez en 2007, por territorio

Territorio

Total enfermedades

Enfermedades infecciosas

Neoplasias

Enfermedades del sistema endócrino

Enfermedades de la sangre y órganos hemapoyéticos

Trastornos síquicos

Enfermedades del sistema nervioso

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

República de Uzbekistán

734 511

54 602

167 139

1 242,4

23 720

176, 3

493 127

3 665,5

1 611 608

11 979,4

16 004

119

241 649

1 796,2

República de Karakalpakstán

376 894

47 289,1

6 113

767

736

92,3

7 991

1 002,6

171 557

21 523,3

686

86,1

8 481

1 064,1

Andizhán

681 995

56 089,7

11 725

964,3

1 092

89,8

38 074

3 131,3

196 136

16 130,9

1 409

115,9

23 887

1 964,6

Bujará

457 540

58 561,2

8 781

1 123,9

1 111

142,2

33 279

4 259,4

79 338

10 154,6

802

102,6

14 395

1 84,.4

Dzhizak

211 190

39 327,7

6 231

1 160,3

579

107,8

10 262

1 911

64 153

11 946,6

858

159,8

7 381

1 374,5

Kashka-Daryá

630 584

50 845,3

17 887

1 442,3

1 071

86,4

39 768

3 206,6

129 230

10 420,1

1 971

158,9

24 316

1 960,6

Navoy

305 692

74 704,8

5 848

1 429,1

162

284

10 372

2 534,7

86 933

21 244,6

541

132,2

9 797

2 394,2

Namangán

665 459

62 030,2

13 436

1 252,4

1 544

143,9

39 716

3 702,1

185 469

17 288,3

1 404

130,9

10 315

961,5

Samarkanda

669 220

44 881

12 344

827,8

1 743

116,9

66 742

4 476

169 217

11 348,5

1 452

97,4

9 825

658,9

Surjan-Daryá

415 242

42 354,3

11 011

1 123,1

1 443

147,2

21 435

2 186,4

96 147

9 806,9

1 072

109,3

13 344

1 361,1

Syr-Daryá

118 223

34 467,3

2 557

745,5

1 265

368,8

7 206

2 100,9

25 327

7 384

463

135

5 306

1 546,9

Tashkent

604 861

48 100,3

22 454

1 785,6

3 085

245,3

72 282

6 304,7

108 986

866,9

980

77,9

17 221

1 369,5

Fergana

982 091

66 641,2

18 554

1 259

2 071

140,5

992 792

6 296,5

203 039

13 777,5

1 051

71,3

32 592

2 211,6

Jorezm

466 672

62 289,4

16 922

2 258,7

1 641

219

19 392

2 588,4

53 204

7 401,4

734

98

26 797

3 576,7

C. de Tashkent

760 048

68 788,8

13 276

1 201,6

5 177

468,5

26 816

2 427

42 872

3 880,2

2 581

233,6

38 292

3 465,7

4.3 Morbilidad de la mujer diagnosticada por primera vez en 2007, por territorio

Territorio

Enfermedades de los ojos y los párpados

Enfermedades de los oídos y apófisis mastoides

Enfermedades del sistema circulatorio

Enfermedades del sistema respiratorio

Enfermedades del sistema digestivo

Enfermedades del sistema genitourinario

Embarazo, parto y período posparto

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

República de Uzbekistán

215 002

1 599,3

179 273

1 332,6

201 430

1 497,3

1 751 038

13 015,8

814 474

6 054,1

476 199

3 539,7

232 826

1 730,6

República de Karakalpakstán

730

915,9

9 767

1 225,5

7 918

993,5

66 251

8 438,0

20 401

2 559,7

26 735

3 354,5

16 792

2 106,9

Andizhán

16 257

1 337,0

15 204

1 250,4

11 183

919,7

148 197

12 188,3

74 748

6 147,5

40 405

3 323,1

22 155

1 822,1

Bujará

13 586

1 738,9

12 155

1 555,7

9 777

1 251,4

95 555

12 230,3

102 174

13 077,4

20 920

2 677,6

8 591

1 099,6

Dzhizak

8 636

1 608,2

4 493

836,7

9 039

1 683,2

35 879

6 681,4

21 378

3 981,0

18 364

3 419,7

6 207

1 155,9

Kashka-Daryá

11 804

951,8

17 723

1 429,0

20 921

1 686,9

144 768

11 672,9

112 365

8 253,9

44 657

3 600,8

9 437

760,9

Navoy

4 795

11 71,8

6 823

1 667,4

5 053

1 234,8

70 981

17 346,3

41 948

10 251,2

23 999

5 864,9

9 500

2 321,6

Namangán

20 550

1 915,5

13 717

1 278,6

13 456

1 254,3

181 991

16 964,1

42 053

3 919,9

33 154

3 090,4

18 411

1 716,2

Samarkanda

18 475

1 239,0

11 885

797,1

10 452

701,0

159 672

10 708,3

53 644

3 597,6

41 071

2 754,4

32 172

2 157,6

Surjan-Daryá

10 100

1 030,2

15 880

1 619,7

17 834

1 819,0

113 860

10 593,6

41 079

4 190,0

23 231

2 369,5

13 313

1 357,9

Syr-Daryá

1 941

565,9

2 999

874,3

3 961

1 154,8

32 836

9 573,2

6 608

1 926,5

13 077

3 812,5

2 689

784,0

Tashkent

17 931

1 425,9

11 243

894,1

18 752

1 491,2

161 036

12 806,4

43 775

3 479,5

35 355

2 811,5

17 712

1 408,5

Fergana

45 151

3 063,8

25 787

1 749,8

28 607

1 941,2

262 311

17 799,5

58 947

3 999,9

76 444

5 187,2

22 594

1 533,1

Jorezm

6 587

879,2

7 654

1 021,6

24 506

3 271,0

80 181

10 702,2

93 200

12 439,9

33 977

4 535,1

34 256

4 572,3

C. de Tashkent

31 907

2 887,8

23 943

2 167,0

19 971

1 807,5

206 520

18 691,3

112 174

10 152,4

44 810

4 055,6

18 997

1 719,3

4.4 Morbilidad de la mujer diagnosticada por primera vez en 2007, por territorio

Territorio

Enfermedades de la piel y la hipodermis

Enfermedades del sistema osteomuscular

Anomalías congénitas

Diversos trastornos surgidos en el período perinatal

Síntomas, indicios y desviaciones de la norma detectados en análisis clínicos o de laboratorio

Traumatismos e intoxicaciones

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

Global

Por 100.000 habitantes

República de Uzbekistán

306 689

2 279,7

119 198

886.0

7 537

56,0

57 138

424,7

13 728

102,0

417 914

3 106,4

República de Karakalpakstán

10 817

1 3576,2

2 645

331,9

107

21,3

1 645

206,4

9 889

1 240,8

Andizhán

23 503

1 933,0

8 269

680,1

223

18,3

5 728

471,1

1 259

103,5

42 541

3 498,7

Bujará

14 838

1 899,1

7 000

895,9

563

72,1

328

413,2

690

88,3

30 757

3 936,6

Dzhizak

5 463

1 017,3

806

150,1

132

24,6

2 282

424,9

242

45,1

8 805

1 639,7

Kashka-Daryá

21 975

1771,9

8 544

688,9

644

51,9

5 169

416,8

758

61,1

27 576

2 223,5

Navoy

7 590

1 854,8

1 907

466,0

241

58,9

1 840

449,7

333

81,4

16 329

3 990,5

Namangán

18 100

1 687,2

6 365

593,3

441

41,1

5 733

534,4

300

28,0

59 324

5 529,8

Samarkanda

17 048

1 143,3

7 850

526,5

539

36,1

7 209

483,5

1 972

132,2

45 908

3 078,8

Surjan-Daryá

15 914

1 623,2

6 715

684,9

327

33,3

2 048

208,9

1 181

120,5

19 308

1 969,4

Syr-Daryá

4 081

1 189,8

1 266

369,1

96

28,0

1 723

502,3

4 822

1 405,8

Tashkent

19 279

1 533,1

`9 035

718,5

1 006

80,0

6 684

531,5

1 361

108,2

29 704

2 362,1

Fergana

44 847

3 043,2

16 006

1 086,1

645

43,8

6 957

472,1

1 102

74,8

42 594

2 890,3

Jorezm

20 147

2 689,1

8 461

1 129,3

1 227

163,8

2 458

328,1

4 319

576,5

30 989

4 136,3

C. de Tashkent

83 087

7 519,9

34 329

3 107,0

1 283

116,1

4 434

4 001,3

211

19,1

49 368

4 468,1

4.5 Personal médico de los centros materno-infantiles en 2007

Pediatras

Neonatólogos

Gineco-obstetras

Total

Categoría

Doctor en CM

Candidato a DCM

Total

Categoría

Doctor en CM

Candidato a DCM

Total

Categoría

Doctor en CM

Candidato a DCM

Sup.

I

II

Sup.

I

II

Sup.

I

II

República de Uzbekistán

8 812

2 221

3 179

353

44

178

1 405

489

549

47

6

9

5 584

1 547

2 294

275

35

117

República de Karakalpakstán

634

99

92

33

1

7

73

35

23

2

337

89

118

21

1

Andizhán

717

367

197

51

6

22

130

43

42

7

3

429

133

132

38

1

4

Bujará

355

127

106

13

1

87

35

26

10

377

142

111

12

2

5

Dzhizak

230

41

79

5

35

7

16

172

36

91

11

1

Kashka-Daryá

802

117

480

114

30

63

8

444

74

262

4

1

Navoy

168

47

81

5

30

5

13

3

109

34

67

1

Namangán

637

200

281

20

2

91

37

39

1

377

108

186

41

Samarkanda

1 279

120

498

83

6

33

184

35

92

8

2

1

609

93

307

92

3

15

Surjan-Daryá

458

71

234

17

100

28

52

4

321

42

200

19

Syr-Daryá

113

21

46

3

33

9

9

1

110

48

34

2

Tashkent

569

213

283

9

1

91

40

27

440

169

184

7

3

Fergana

661

192

269

10

3

136

59

57

406

120

181

4

3

Jorezm

449

66

188

8

3

67

24

38

344

60

194

1

3

C. de Tashkent

1 277

433

323

93

5

148

78

39

2

1

685

319

195

18

1

9

Centros nac. en la C. de Tashkent

463

107

22

4

31

101

86

24

13

1

4

4

460

80

32

4

28

73

4.6Tasas globales de natalidad, mortalidad y mortalidad infantil en distintos países *

País

Año

Nacidos

Fallecidos

Años

Mortalidad de lactantes (de niños menores de 1 año por 100.000 nacidos vivos)

Por 100.000 habitantes

Uzbekistán

2007

22,7

5,2

2007

13,2

Rusia

2005

10,2

16,1

2005

11,0

Azerbaiyán

2005

16,9

(2004) 6,0

2005

74,0

Kirguistán

2005

21,5

7,2

2005

58,0

Kazajstán

2005

18,4

10,4

2005

27,0

Tayikistán

2005

26,1

6,0

2005

59,0

Ucrania

2005

9,1

16,7

2005

13,0

Belarús

2005

9,2

14,5

2005

7,0

Bulgaria

2005

9,0

14,1

2005

12,0

Hungría

2004

9.7

13,5

2005

6,0

Gran Bretaña

2005

12,0

9,8

2005

5,0

Alemania

2004

8,5

9,9

2005

4,0

Turquía

2005

18,9

7,0

2005

26,0

Dinamarca

2004

11,9

(2003) 11,0

2005

4,0

Letonia

2005

9,4

14,2

2005

8,0

Estonia

2005

10,7

12,9

2005

6,0

Comunidad de Estados Independientes (CEI)

2005

12,4

13,6

2005

14,1

*Datos de la Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud.

4.7Unidades, puestos, centros y consultorios (gabinetes) en 2007

Ginecología-obstetricia

Gabinete de examen

Consultorios, puestos, centros y oficinas (gabinetes)

Consultorios, puestos, centros y oficinas (gabinetes)

Presupuestarios

Extrapresupuestarios

Presupuestarios

Extrapresupuestarios

Total

Consul - torios

Gabinetes

Consul - torios

Gabinetes

Total

Consul - torios

Gabinetes

Consul - torios

Gabinetes

Andizhán

248

248

60

60

Bujará

197

197

20

20

Dzhizak

59

1

57

1

16

16

Kashka-Daryá

201

4

197

23

23

República de Karakalpakstán

175

5

170

34

34

Namangán

99

1

98

32

32

Navoy

108

108

19

19

Samarkanda

394

394

27

27

Surjan-Daryá

164

164

46

46

Syr-Daryá

40

40

9

9

Tashkent

301

3

298

52

52

Fergana

182

182

301

301

Jorezm

84

10

73

1

87

87

C. de Tashkent

152

152

43

43

Centros nac. en la C. de Tashkent

22

22

2

2

República de Uzbekistán

2 426

24

2 400

2

771

771

4.8Visitas a consultorios gineco-obstétricos

Gineco-obstetricia

Gineco-obstetricia y pediatría

Total

De ellas, consultas por enfermedad

Total

De ellas, consultas de ginecología infantil y de adolescente

República de Uzbekistán

14 610 300

6 055 800

1 017 300

271 900

República de Karakalpakstán

899 700

281 600

57 300

15 300

Andizhán

921 300

457 900

76 700

20

Bujará

881 200

346 500

42 000

11 100

Dzhizak

502 000

185 100

21 300

4 300

Kashka-Daryá

1 299 200

338 300

98 200

19 400

Navoy

293 300

107 800

53 500

15

Namangán

1 201 500

441 100

45 600

20 200

Samarkanda

1 483

844 500

84 100

17 200

Surjan-Daryá

854 800

299 300

52 100

17 500

Syr-Daryá

291 200

159 100

27 400

15 200

Tashkent

1 352

599 200

103

20 100

Fergana

1 360 800

445 400

160 700

19 500

Jorezm

1 135

843 100

55 200

38 800

C. de Tashkent

2 135 300

706 900

140 200

38 300

4.9Desglose de enfermedades profesionales de la mujer en 2005-2007

No.

2005

2006

2007

Total

Mujeres

Total

Mujeres

Total

Mujeres

1

Silicosis

3

2

Silicotuberculosis

1

3

Neumoconiosis (soldador eléctrico)

1

1

4

Bronquitis crónica

17

2

16

7

23

4

5

Asma bronquial

7

5

7

4

5

2

6

Intoxicación con productos químicos tóxicos

24

25

39

7

7

Intoxicación con mercurio

1

8

Intoxicación con plomo

1

9

Intoxicación con disolventes

1

10

Intoxicación con benzina etílica

11

Intoxicación con gas natural

1

12

Enfermedades causadas por vibraciones

8

1

5

8

1

13

Enfermedades de nariz, garganta y oídos

45

5

34

5

34

4

14

Enfermedades de la piel

2

1

1

1

1

15

Radiculitis

6

1

16

Brucelosis

3

3

1

5

17

Hepatitis tóxica

1

1

1

1

2

1

18

Tuberculosis pulmonar

1

1

19

Varicosis

20

Plexalgias

8

1

21

Cataratas

1

22

Epicondilitis

23

Artrosis

1

1

24

Enfermedades varias

3

2

2

Total

121

18

95

18

133

22

4.10Datos preliminares del número de mujeres que dieron a luz en 2007, desglosados por territorio y edad

15-16 años

17-19 años

20-29 años

2006

2007

2006

2007

2006

2007

Territorio

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

C. de Tashkent

32

0,07

31

0,06

2 372

5,7

2 158

4,7

30 437

73,7

33 397

73,3

Andizhán

4

0,01

5

0,01

1 156

2,3

1 283

2,3

40 058

81,5

43 803

81,6

Bujará

4

0,01

4

0,01

707

2,4

872

2,8

26 139

87,5

25 975

83,5

Dzhizak

0

0

0

0

758

3,4

737

3,3

18 555

83,7

18 483

83,3

Kashka-Daryá

2

0

4

0,07

1 766

3,3

1 909

3,3

45 993

86,6

49 541

87,7

Navoy

3

0,01

4

0,01

382

2,4

376

2,2

12 887

82,7

13 209

79,9

Namangán

5

0,01

5

0,01

1 721

4,1

2 158

4,2

36 572

87,3

43 489

86,0

Samarkanda

7

0,01

2

0

2 551

4,3

2 605

4,3

50 443

86,0

52 698

86,3

Surjan-Daryá

1

0,002

1

0

745

1,8

447

1,1

32 723

83,4

35 385

85,1

Syr-Daryá

8

0,06

9

0,1

577

4

613

4,1

11 200

77,9

11 656

78,9

Tashkent

11

0,03

22

0,04

2 178

5

1 807

3,8

35 451

81,2

38 865

82,0

Fergana

19

0,01

14

0,01

2 360

4

2 795

4

48 369

81,9

55 980

80,3

Jorezm

0

0

1

0

1 066

3,6

1 067

3,4

25 939

88,7

26 423

85,4

Karakalpakstán

1

0

2

0

1 123

3,4

1 212

3,5

26 048

81

27 358

79,3

Uzbekistán

97

0,01

104

0,01

19 462

3,6

20 039

3,4

439 656

83,3

476 262

82,7

4.11Datos preliminares del número de mujeres que dieron a luz en 2007, desglosados por territorio y edad

30-34años

35-44 años

45 y más años

2006

2007

2006

2007

2006

2007

Territorio

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

Total

Porcentaje

C. de Tashkent

6 134

14,8

7 466

16,3

2 276

5,5

2 470

5,4

9

0,02

8

0,01

Andizhán

6 849

13,9

7 399

13,7

1 040

2,1

1,146

2,1

3

0,07

0

0

Bujará

2 611

8,7

3 716

11,9

402

1,3

538

1,7

0

0

0

0

Dzhizak

2 598

11,7

2 593

11,5

234

1,0

231

1,0

0

0

0

0

Kashka-Daryá

5 020

9,4

4 570

8,0

282

0,5

428

0,7

0

0

0

0

Navoy

2 145

13,7

2 726

16,5

157

1,0

197

1,1

0

0

0

0

Namangán

3 357

8,0

4 412

8,7

205

0,5

456

0,9

0

0

0

0

Samarkanda

4 817

8,2

5 031

8,2

765

1,3

745

1,2

4

0,06

1

0

Surjan-Daryá

5 556

14,1

5 487

13,2

201

0,5

266

0,6

0

0

1

0

Syr-Daryá

2 456

17,0

2 365

16,0

129

0,9

127

0,8

0

0

0

0

Tashkent

5 322

12,2

6 011

12,7

696

1,6

672

1,4

0

0

0

0

Fergana

7 323

12,4

9 690

13,9

997

1,7

1 215

1,7

0

0

0

0

Jorezm

2 055

7,0

3 204

10,2

180

0,6

223

0,7

0

0

0

0

Karakalpakstán

4 160

12,0

5 029

14,6

819

2,0

911

2,6

0

0

0

0

Uzbekistán

60 403

11,3

69 699

12,1

8 383

1,5

9 625

1,6

16

0,00

10

0,00

4.12Centros materno-infantiles en funcionamiento en 2007

Centro de diag-nóstico infantil

Centr.

Centro de salud repro-ductiva

Centr.

Centro materno- infantil

Centros quirúrgicos pediátricos de provincia

Centro oftalmológico-infantil

Centro cardio-reumatológico

Centro perinatal

Centro del matrimo-nio y la familia

Centr.

Centro de diag-nóstico

Centros

Centro de rehabilitación infantil

Centro quirúrgico o de endoscopía infantil

Territorio

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Uzbekistán

1

4

3

496

1

200

1

150

1

120

4

690

2

10

2

120

1

40

Karakalpak stán

1

Andizhán

Bujará

1

1

70

Dzhizak

1

Kashka-Daryá

1

1

Navoy

1

Namangán

1

Samarkanda

1

160

1

200

1

Surjan-Daryá

2

1

Syr-Daryá

1

60

Tashkent

1

50

Fergana

1

1

Jorezm

1

185

1

C. de Tashkent

1

1

276

1

120

2

380

Centro nac. en la c. de Tashkent

1

1

125

1

1

40

Centro nac. en la prov . de Tashkent

1

150

4.13Centros materno-infantiles en funcionamiento en 2007

Hosp. de maternidad

Hosp. materno-infantiles

Hosp. de poliomielitis

Hosp. pediátrico distrital

Hosp. de neurología pediátrica

Hosp. gineco-obstétrico

Sus filiares

Hosp. pediátrico provincial

Hosp. pediátrico municipal

Hosp. para el tratamiento de infecciones infantiles

Hosp. para el tratamiento de la tuberculosis infantil

Hosp . Pediátricos varios (provinciales, quirúrgicos)

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Centr.

Camas

Uzbekistán

47

6 010

2

145

1

100

6

370

1

250

1

230

4

815

12

2 942

25

3 107

36

3 235

2

150

1

110

Karakal pakstán

1

200

1

142

1

120

Andizhán

4

670

1

75

1

250

2

220

2

460

1

110

Bujará

4

460

1

195

1

275

Dzhizak

2

160

1

165

1

110

1

50

Kashka-Daryá

4

570

2

160

1

200

1

455

7

700

5

400

Navoy

1

150

1

40

1

125

Namangán

2

310

1

250

1

370

3

389

3

330

Samarkand a

4

505

1

320

2

238

1

40

Surjan-Daryá

2

170

1

40

1

300

1

110

Syr-Daryá

1

70

1

175

1

120

Tashkent

10

999

3

170

5

500

10

640

Fergana

3

580

1

225

3

339

8

420

Jorezm

2

215

1

275

C. de Tashkent

9

1 221

3

721

3

320

1

100

Centro nac. en la c. de Tashkent

1

250

1

230

Centro nac. en la prov . de Tashkent

1

100

4.14Plantilla y dotación de médicos gineco-obstetras de los centros médicos de prevención y tratamiento de la República de Uzbekistán en 2007

Centros en total

Policlínicos incluidos

Territorio

Plantilla

Cobertura de plantilla

Personas físicas

Porcentaje de cobertura

Porcentaje de empleo compartido

Plantilla

Cobertura de plantilla

Personas físicas

República de Uzbekistán

5 631

5 537,75

4 494

98,3

1,2

2 366

2 371,75

2 084

República de Karakalpakstán

319

306

283

95,9

1,1

151

144

114

Andizhán

378

376

308

99,5

1,2

143

141

114

Bujará

481

426

366

88,6

1,2

167,5

162,5

161

Dzhizak

234

230

151

98,6

1,5

94

94

80

Kashka-Daryá

453

446

367

98,5

1,2

187

182

152

Navoy

1 295

126,25

98

97,5

1,3

43

42,25

31

Namangán

392

390

380

99,5

1,0

147

146

162

Samarkanda

530

523,25

538

98,7

1,0

274,5

268,5

264

Surjan-Daryá

403

377

265

93,5

1,4

163

160

109

Syr-Daryá

184

174

98

94,6

1,8

71

58

34

Tashkent

488,5

465,25

321

95,2

1,4

195,5

181,75

142

Fergana

429,5

528

344

122,9

1,5

127,25

228,5

154

Jorezm

332

319,5

219

96,2

1,5

194

174,5

173

C. de Tashkent

877,5

850,5

756

96,9

1,1

408,25

388,75

367

4.15Datos sobre las enfermedades profesionales de la mujer en la República de Uzbekistán

(Al 31 de diciembre de 2007)

Número de trabajadoras en el país

719 427

De ellas, mujeres que trabajan en condiciones perjudiciales o peligrosas

143 988

Número de personas que padecen enfermedades profesionales en todo el país:

7 779

De ellas, mujeres que padecen enfermedades profesionales:

1 958 (el 25,1%)

Número de personas a quienes se diagnosticó por primera vez una enfermedad profesional de 2005 a 2007:

349

De ellas mujeres:

58 (el 16,6%)

Además,

En 2005:

121 personas, de ellas 18 mujeres (el 15%)

En 2006:

95 personas, de ellas 18 mujeres (el 19%)

En 2007:

133 personas, de ellas 22 mujeres (el 16,5%)

Desglose porcentual de las enfermedades profesionales de la mujer en la República de Uzbekistán:

Enfermedades de nariz, garganta y oídos:

el 22%

Bronquitis crónica:

el 20%

Intoxicaciones por productos industriales (del sistema digestivo por plomo y mercurio, entre otros):

el 11%

Intoxicaciones agudas y crónicas por plaguicidas:

el 10%

Bronquitis asmática:

el 9%

Enfermedades de la piel:

el 9%

Varicosis

el 5%

Anexo 5 (relativo al artículo 13)

5.1Datos de la Sociedad uzbeka de personas con discapacidad sobre el número de mujeres con discapacidad en Uzbekistán

No.

Territorio

Total de mujeres con discapacidad al 1° de enero de 2008

Total de trabajadoras con discapacidad al 1° de abril de 2008

De ellas

Las que padecen discapacidades del primer grupo

Las que padecen discapacidades del segundo grupo

Las que padecen discapacidades del tercer grupo

1

República de Karakalpakstán

32 143

520

8

182

330

2

Andizhán

42 701

1 496

38

1 001

457

3

Bujará

23 412

2 582

42

2 116

424

4

Dzhizak

16 672

1 803

20

1 543

240

5

Kashka-Daryá

26 812

784

26

236

522

6

Navoy

18 844

1 318

18

868

432

7

Namangán

27 045

1 312

19

705

588

8

Samarkanda

46 200

1 809

51

1 265

493

9

Surjan-Daryá

20 373

895

39

549

307

10

Syr-Daryá

16 698

2 813

19

2 721

73

11

Tashkent

30 612

2 844

21

1 826

997

12

Fergana

48 766

2 507

40

1 759

708

13

Jorezm

23 303

1 730

34

1 467

229

14

C. de Tashkent

28 957

3 240

41

1 921

1 278

Total

402 538

25 653

416

18 159

7 078

Anexo 6 (relativo al artículo 14)

6.1 Comité Estatal de Estadística

Indicadores demográficos correspondientes a 2007

Territorio

Migración de la mujer de las zonas rurales (Por habitante)

Población femenina permanente (a principios de año: número de mujeres urbanas por cada mil rurales)

Inmigraron

Emigraron

Crecimiento migratorio

República de Uzbekistán

38 943

60 582

-21 639

565

República de Karakalpakstán

3 379

8 864

-5 485

971

Provincias:

Andizhán

2 736

2 625

111

419

Bujará

1 883

2 904

-1 021

409

Dzhizak

2 933

5 128

-2 195

434

Kashka-Daryá

1 854

3 020

-1 166

326

Navoy

955

1 937

-982

630

Namangán

1 218

1 372

-154

589

Samarkanda

3 870

6 294

-2 424

339

Surjan-Daryá

5 175

6 756

-1 591

438

Syr-Daryá

2 487

4 078

-1 591

657

Tashkent

5 785

9 879

-4 094

657

Fergana

3 784

4 737

-953

395

Jorezm

2 884

2 988

-104

283

6.2Aspectos de género de la actividad empresarial

Número de empresarios miembros de la Cámara de Comercio e Industria de Uzbekistán al 1º de enero de 2006, por territorio

Total de miembros

Porcentaje del total

Desglose porcentual por sexo

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

República de Uzbekistán

1 477

4 912

100,0

100,0

21,1

76,9

República de Karakalpakstán

22

114

1,5

2,3

16,2

83,8

Provincias:

Andizhán

26

196

1,8

4,0

11,7

88,3

Bujará

138

506

9,3

10,3

21,4

78,6

Dzhizak

71

231

4,8

4,7

23,5

76,5

Kashka-Daryá

494

1 306

33,4

26,6

27,4

72,6

Navoy

107

411

7,2

8,4

20,7

79,3

Namangán

220

360

14,9

7,3

37,9

62,1

Samarkanda

43

400

2,9

8,1

9,7

90,3

Surjan-Daryá

40

207

2,7

4,2

16,2

83,8

Syr-Daryá

3

12

0,2

0,2

20,0

80,0

Tashkent

110

372

7,4

7,6

22,8

77,2

Fergana

76

400

5,1

8,1

16,0

84,0

Jorezm

82

222

5,6

4,5

27,0

73,0

C. de Tashkent

45

175

3,0

3,6

20,5

79,5