Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

45º período de sesiones

Enero-febrero de 2010

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos

Uzbekistán

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó el cuarto informe periódico de Uzbekistán (CEDAW/C/UZB/4).

Consideraciones generales

1.Sírvanse proporcionar más información sobre el proceso de preparación del cuarto informe periódico de Uzbekistán, en particular la participación de la sociedad civil en el proceso, y si el informe fue aprobado por el Gobierno y presentado al Parlamento.

2.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados concretos alcanzados tras la aprobación del Plan de Acción Nacional para aplicar las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, aprobado en 2007.

Marco constitucional, legislativo e institucional y situación de la Convención, definición de igualdad

3.En sus observaciones finales anteriores, el Comité expresó preocupación por la falta de avances en el proceso de reforma de las leyes (véase CEDAW/C/UZB/CO/3, párr. 9). Sírvanse describir las nuevas medidas adoptadas por el Estado parte desde el examen del informe anterior en 2006 a fin de aprobar las cuatro leyes concretas a que se hace referencia en las observaciones finales.

4.En el informe del Estado parte (párrs. 5, 299, 302) se indica que, entre 2006 y 2008, se trabajó en la redacción y aprobación de una ley que garantizara la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres. Sírvanse aclarar si se trata de un nuevo proyecto de ley o del proyecto que ya se había presentado al Parlamento en 2004. Si es un nuevo proyecto ley, sírvanse explicar cuáles son las diferencias y cuándo está previsto que se apruebe. Si se trata del mismo proyecto de ley de 2004, aporten más información sobre los obstáculos encontrados para lograr su aprobación. En cuanto al proyecto de ley sobre la igualdad de derechos y oportunidades, sírvanse confirmar si en él figura una definición de discriminación similar a la que aparece en el artículo 1 de la Convención, que abarca tanto la discriminación directa como la indirecta.

5.Sírvanse aportar más información sobre las medidas adoptadas para que la Convención y las recomendaciones generales del Comité pasen a formar parte de los estudios de derecho y de los programas de formación de los jueces, abogados y fiscales y de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley; indiquen también qué medidas se han adoptado para que las recomendaciones generales del Comité se traduzcan al uzbeco y se difundan ampliamente, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores (párr. 14).

Parlamento

6.En sus observaciones finales anteriores, el Comité alentó al Estado parte a que pidiera al Parlamento que celebrara deliberaciones sobre el informe antes de presentarlo al Comité (párr. 34). Sírvanse explicar qué medidas se han adoptado en este sentido y, si no se ha adoptado ninguna, indiquen los motivos.

Mecanismos nacionales encargados del adelanto de la mujer

7.Sírvanse aclarar si el Comité de la Mujer tiene carácter de entidad gubernamental o de organización no gubernamental. Expliquen también las medidas que se han adoptado para dotar al Comité de la Mujer de los recursos humanos y financieros necesarios para coordinar la aplicación de la Convención y la estrategia de incorporación de una perspectiva de género en todas las políticas gubernamentales, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores (párr. 16).

Estereotipos y prácticas culturales discriminatorias

8.En sus observaciones finales anteriores, el Comité expresó profunda preocupación por la persistencia de actitudes patriarcales y estereotipos culturales profundamente arraigados sobre el papel y las responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y la sociedad en Uzbekistán. El Comité expresó también preocupación por el hecho de que los programas educativos formulados en el marco del Plan de Acción Nacional para eliminar las actitudes patriarcales en la familia se dirigieran únicamente a las mujeres y las niñas y no a los hombres y los niños (párr. 19). Sírvanse explicar las medidas que se han adoptado, en particular campañas de sensibilización e información para mujeres y niñas, pero en particular para hombres y niños, así como para la comunidad y los dirigentes espirituales y religiosos, a fin de eliminar los estereotipos asociados con los papeles tradicionales del hombre y la mujer en la familia y en la sociedad (párr. 20).

Violencia contra la mujer

9.En sus observaciones finales anteriores, el Comité expresó preocupación por la persistencia de la violencia contra la mujer y por el hecho de que no hubiera una ley específica que protegiera a la mujer y de que no se enjuiciara y castigara a los autores de actos de violencia en el hogar. El Comité también expresó preocupación por el hecho de que el Estado parte no aportara información y estadísticas sobre la incidencia y la persistencia de los distintos tipos de violencia contra la mujer (párr. 21). Sírvanse aportar información sobre si existe algún proyecto de ley relativo a la violencia contra la mujer, sobre el número de casos de violencia en el hogar sometidos a los tribunales, y sobre las medidas concretas adoptadas para prevenir la violencia y proteger a las mujeres y para enjuiciar a los autores de actos de violencia en el hogar.

10.Sírvanse indicar también qué medidas se han tomado para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité que figuran en el párrafo 22.

11.Describan las medidas que se han adoptado para proteger a todas las niñas de la violencia física en todas las circunstancias, en particular de los castigos corporales en guarderías o centros de atención, el seno familiar o los colegios.

Trata de mujeres

12.En relación con las observaciones finales anteriores del Comité, en las que éste expresó preocupación por la persistencia de la trata y la explotación de las mujeres y las niñas (párr. 25), y con la mención realizada por el Estado parte en su informe de la aprobación de una nueva ley de lucha contra la trata de personas (párrs. 7 y 395), sírvanse describir en qué situación se encuentra actualmente la iniciativa mencionada en el párrafo 400 de armonizar la legislación nacional de la República de Uzbekistán con las disposiciones de la Ley de lucha contra la trata de personas. Aporten también información sobre las medidas concretas adoptadas para aplicar las recomendaciones que figuran en el párrafo 26 de las observaciones finales anteriores.

Participación en la vida política y pública

13.Sírvanse aclarar a qué se refiere el párrafo 422 del informe del Estado parte cuando se afirma que “a fin de elevar su potencial intelectual, se adoptan medidas para crear un mecanismo de apoyo a la mujer”.

14.En relación con las observaciones finales anteriores del Comité en que éste expresó preocupación por el hecho de que la mujer todavía no estuviera suficientemente representada en la vida política y pública, ni en los distintos niveles de adopción de decisiones, y alentó a que se adoptaran medidas sostenidas (párrs. 23 y 24), sírvanse describir las medidas adoptadas, en particular las medidas especiales de carácter temporal para acelerar el aumento de la representación de la mujer en puestos de adopción de decisiones en el sector público y privado de Uzbekistán.

15.En el informe del Estado parte se hace referencia a órganos de autogestión, los majallyas, como las comisiones que brindan apoyo y protección a las mujeres y los jóvenes de diferentes comunidades de Uzbekistán. Sírvanse indicar si las mujeres y los hombres tienen las mismas oportunidades de ser elegidos al puesto de presidente de majallya y el número de mujeres que pertenecen a estos órganos.

Educación

16.Sírvanse explicar si los programas de educación familiar y de preparación para la creación de una familia que organizan los comités de majallyas tienen un componente relativo a los derechos de la mujer, especialmente en el ámbito de la violencia en el hogar.

Empleo

17.En sus observaciones finales anteriores, el Comité expresó preocupación por el hecho de que siguiera existiendo un mercado laboral diferente para los dos sexos, con sueldos inferiores para las mujeres (párr. 27). Sírvanse aportar información sobre las mujeres en el mercado laboral no estructurado y sobre las medidas que haya tomado el Estado parte para reducir la segregación por motivos de sexo en el mercado laboral estructurado, por ejemplo las medidas encaminadas a eliminar las diferencias de sueldos, como se pidió en el párrafo 28 de las observaciones finales anteriores. Indiquen también si en la legislación nacional se ha incorporado la prohibición del acoso sexual en el lugar de trabajo y describan los mecanismos de aplicación que existan en este contexto.

Salud

18.En el informe del Estado parte se afirma que el número de abortos por 1.000 mujeres en edad de procrear disminuyó del 8,4% en 2002 al 6,8% en 2007 (párr. 519). Sírvanse aportar información sobre la tasa de abortos entre las adolescentes y las niñas y sobre las medidas adoptadas para promover la educación sexual en los colegios, en particular la educación sobre salud reproductiva, planificación de la familia e información sobre métodos anticonceptivos.

19.En el informe del Estado parte no figura información ni datos sobre la incidencia y la prevalencia de enfermedades que pueden causar la muerte entre las mujeres, en particular las mujeres de edad y las mujeres con discapacidad. Sírvanse aportar información sobre la prevalencia del VIH/SIDA, el cáncer de mama y de cuello de útero y los trastornos mentales entre las mujeres. Además, en el informe del Estado parte se indica que el Consejo de Ministros aprobó el Programa estratégico de lucha contra la propagación de la epidemia del VIH/SIDA en la República de Uzbekistán para el período 2007-2011. Sírvanse describir las medidas concretas que figuran en el Programa para prevenir el VIH/SIDA entre las mujeres y las niñas.

Mujeres de zonas rurales

20.El Comité expresó preocupación por el hecho de que en el informe anterior del Estado parte no se hubiera presentado suficiente información sobre la situación de las mujeres de zonas rurales en los ámbitos abarcados por la Convención, y en particular por el reducido porcentaje de mujeres que poseían tierras. Sírvanse aportar datos generales sobre la situación de las mujeres de zonas rurales en todos los ámbitos abarcados por la Convención, en especial sobre las causas del reducido porcentaje de mujeres que poseen tierras en comparación con los hombres y sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para aumentar este porcentaje (párr. 30).

Grupos de mujeres vulnerables

21.Sírvanse describir el tipo de trabajo que pueden hacer las mujeres en las cárceles y el nivel de sueldo que pueden percibir, y presenten estadísticas sobre la situación laboral de las mujeres después de cumplir condena. Aporten también información sobre cómo se vigilan las condiciones higiénicas y sanitarias de las mujeres en las cárceles y si dichas condiciones se ajustan a las normas internacionales generales. Sírvanse indicar si organizaciones internacionales, como el Comité Internacional de la Cruz Roja, han participado en la vigilancia de las condiciones en las cárceles.

Relaciones familiares

22.Sírvanse describir las medidas adoptadas para examinar y enmendar las leyes pertinentes relativas a la edad legal para contraer matrimonio y la situación actual de la enmienda al Código de la Familia respecto de la edad mínima para contraer matrimonio.

23.En sus observaciones finales anteriores, el Comité expresó preocupación por el hecho de que, tal como estaban redactadas las disposiciones del Código Penal que prohibían la poligamia en forma de cohabitación en el mismo hogar, podría entenderse que permitían la poligamia cuando no se practica en el mismo hogar (párr. 31). Sírvanse describir las medidas adoptadas para examinar y enmendar las leyes pertinentes relativas a la poligamia.

24.Sírvanse indicar si ha habido algún cambio en la política de apoyo social universal para niños menores de dos años. En el informe del Estado parte se hace referencia a los beneficios sociales para atender a los hijos (párr. 331). Expliquen si los órganos locales de autogestión tienen capacidad de decidir qué familias reciben esos beneficios.

25.Sírvanse proporcionar información sobre el tipo de bienes que se reparten cuando se disuelve una relación e indiquen, en particular, si la ley reconoce los bienes intangibles, es decir, fondos de pensiones, pagos por cese en el empleo o seguros. Expliquen también si los comités de majallyas pueden imponer un período de espera a una mujer antes de que solicite el divorcio y si es la práctica habitual de los tribunales obtener el permiso de los comités de majallyas antes que aceptar una demanda de divorcio, incluso en los casos de violencia en el hogar.

Institución nacional de derechos humanos

26.Sírvanse explicar detalladamente las actividades del Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Majlis y el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán en el ámbito de los derechos de la mujer. Aporten más información sobre los casos que recibieron y de los que se ocuparon ambas instituciones en los años 2006, 2007 y 2008 en relación con la violencia contra la mujer, la violencia en el hogar y la discriminación contra la mujer, y den información detallada sobre los casos, incluidos los procedimientos incoados como consecuencia de las denuncias presentadas. Expliquen también cómo colaboran ambas instituciones con el Comité de Mujeres de Uzbekistán.

Organizaciones no gubernamentales

27.En relación con la explicación aportada por el Estado parte sobre el estatuto jurídico y la reglamentación de las actividades de las organizaciones no gubernamentales (párrs. 77 a 85) y el establecimiento de un Comité de instituciones democráticas, organizaciones no gubernamentales y órganos de autogestión ciudadana (párr. 42), sírvanse facilitar más información sobre el proceso de inscripción de las organizaciones no gubernamentales de mujeres, así como sobre las medidas adoptadas para examinar sus criterios y prácticas de financiación, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores.

28.Proporcionen más información sobre el uso de la expresión “organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro” por el Estado parte y en qué se diferencian de las organizaciones no gubernamentales.

Protocolo Facultativo y enmienda al párrafo 1 del artículo 20

29.Sírvanse explicar los progresos realizados para la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores. Indiquen también si se han logrado avances respecto de la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención relativo a la duración de los períodos de sesiones del Comité.