Naciones Unidas

CAT/C/KOR/6

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

21 de marzo de 2022

Español

Original: inglésEspañol, francés e inglés únicamente

Comité contra la Tortura

Sexto informe periódico que la República de Corea debía presentar en 2021 en virtud del artículo 19 de la Convención con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes * * *

[Fecha de recepción: 12 de julio de 2021]

1.El Gobierno de la República de Corea (en adelante, “el Gobierno”), en su calidad de parte en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (en adelante, “la Convención”), presenta el sexto informe periódico en virtud del artículo 19 de esta. El informe incluye las medidas adoptadas por el Gobierno para poner en práctica las recomendaciones formuladas anteriormente por el Comité contra la Tortura (en adelante, “el Comité”) en el marco de la aplicación de la Convención.

Artículos 1 y 4

Respuesta al párrafo 2 a) de la lista de cuestiones (CAT/C/KOR/QPR/6)

2.El artículo 125 del Código Penal vigente es una disposición destinada a sancionar las violaciones de los derechos humanos cometidas por agentes públicos que llevan a cabo actividades de restricción física o prestan su asistencia para la realización de esas actividades, mientras que la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes (en adelante, “actos de crueldad”) pueden sancionarse invocando la figura de “acto de violencia o crueldad” tipificada en ese artículo en aplicación de las disposiciones constitucionales sobre la prohibición de la tortura. El artículo 125 prevé la penalización de los actos de violencia o crueldad cometidos por policías u otras personas que realizan actividades relacionadas con el encausamiento o el pronunciamiento de sentencia, prestan su asistencia para la realización de esas actividades o cumplen otras funciones que implican la restricción física de personas imputadas u otras personas. “Violencia” significa el uso de la fuerza física sobre el cuerpo humano y “actos de crueldad” son aquellos que causan dolor físico y moral, como la tortura o los actos de crueldad en todas sus formas. En consecuencia, como la tortura y los actos de crueldad en todas sus formas pueden sancionarse con arreglo al Código Penal, en particular los artículos 124 (Detención y Encarcelamiento Ilegales) y 125 (Actos de Violencia y Crueldad), así como el artículo 9 (Crímenes de Lesa Humanidad) de la Ley de Sanción de los Delitos de la Jurisdicción de la Corte Penal Internacional y el artículo 4-2 (Penas de Prisión Agravada), de la Ley de Penalización Agravada de Determinados Delitos, el Gobierno prevé considerar detenidamente la necesidad de incorporar una disposición sobre la definición de la tortura que figura en la Convención.

Respuesta al párrafo 2 b) de la lista de cuestiones

3.Desde el último informe presentado (CAT/C/KOR/3-5) no se ha introducido en el Código Penal ninguna modificación relativa a la tortura y los actos de crueldad. Sin embargo, el artículo 125 prevé una pena de prisión no superior a cinco años e inhabilitación durante diez años como máximo, y el artículo 4-2 de la Ley de Penalización Agravada de Determinados Delitos dispone que la persona que cometa un delito tipificado en el artículo 125 del Código Penal que cause lesiones a otra será castigada con una pena de prisión con trabajos forzados de un año como mínimo, sin establecer un máximo. Por consiguiente, incluso los actos de crueldad que no causan lesiones están sujetos a la disposición según la cual el máximo de la pena legal será dos veces más elevado o incluso más que en el caso del delito de violencia (Código Penal, art. 260 (prisión no superior a dos años, multa no superior a 5 millones de won, arresto o multa de menor cuantía)), según la gravedad del delito. Si la tortura o los actos de crueldad han causado lesiones, se aplica el artículo 4-2 de la Ley de Penalización Agravada de Determinados Delitos, que no prevé un máximo para la pena, y los tribunales determinan la importancia de esta en función de la gravedad del delito.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

Prescripción de los delitos de tortura

4.El artículo 6 de la Ley de Sanción de los Delitos de la Jurisdicción de la Corte Penal Internacional dispone que la prescripción no será aplicable a los delitos de tortura (arts. 8, párr. 3; 9, párr. 2; y 10, párr. 2, entre otros, de esa Ley) incluidos entre los delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, tipificados en los artículos 8 (Crimen de Genocidio) a 14 (Crímenes de Guerra Cometidos con Armas Prohibidas). Sin embargo, la inaplicabilidad de la prescripción no se debe a que esos actos pueden considerarse actos de tortura, sino que esa disposición simplemente recoge las características del genocidio, el crimen de lesa humanidad y el crimen de guerra, tipificados en la Ley de Sanción de los Delitos de la Jurisdicción de la Corte Penal Internacional y consistentes, respectivamente, en “actos que se cometen con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, racial, étnico o religioso”, “un ataque masivo o sistemático contra una población civil en aplicación de políticas del Estado o de organizaciones o instituciones que tengan por finalidad cometer dicho ataque” y “actos relacionados con un conflicto armado internacional o no internacional”. Por lo tanto, la inaplicabilidad de la prescripción a los delitos de tortura tipificados en la Ley de Sanción de los Delitos de la Jurisdicción de la Corte Penal Internacional no es en sí suficiente para concluir que otros delitos de tortura, cualquiera sea su forma, no estarán sometidos a prescripción. Como es evidente que la aplicabilidad de la prescripción no guarda relación con la justificación de la tortura sino más bien con el alcance del reconocimiento de las excepciones generales del Código de Procedimiento Penal, es necesario examinar detenidamente cada tipo de delito de tortura. Habida cuenta de la intención del legislador de diferenciar, en el Código de Procedimiento Penal, la prescripción y también los diversos tipos y la naturaleza y sanción legal de la tortura (por ejemplo, la violencia tipificada en el artículo 125 del Código Penal puede castigarse con una pena de prisión no superior a cinco años e inhabilitación durante diez años como máximo; la violencia tipificada en ese artículo que causa lesiones corporales o muerte con prisión no inferior a un año o prisión perpetua o por un período limitado de tres años como mínimo, respectivamente; y el asesinato con la muerte o prisión perpetua o por un período limitado de cinco años como mínimo), debe examinarse detenidamente si la inaplicabilidad indiscriminada de la prescripción es razonable, cualquiera sea el tipo de delito. Como actualmente está pendiente en la Asamblea Nacional un proyecto de ley que tiene un contenido similar al de las observaciones del Comité (inaplicabilidad de la prescripción a la tortura) (Proyecto de ley sobre los casos especiales relacionados con la inaplicabilidad de la prescripción a los crímenes de lesa humanidad cometidos por el Estado: inaplicabilidad de la prescripción a determinados delitos, como la violencia, la detención ilegal o los actos de crueldad, cometidos en el ejercicio de la autoridad pública; presentado por el diputado Choon-Suk Jung en julio de 2020), el Gobierno apoyará activamente el debate de ese proyecto.

Artículo 2

Respuesta al párrafo 4 a) de la lista de cuestiones

5.Al detener a un extranjero con carácter urgente conforme al artículo 51, párrafo 3, de la Ley de Inmigración, el agente de inmigración le informa, oralmente o mostrándole el aviso con sus derechos Miranda traducido a siete idiomas, de que tiene derecho a guardar silencio y a ser asistido por un abogado y que puede presentar una impugnación contra su detención. También le informa de que, si lo solicita, el agente puede proporcionar un atestado donde conste la fecha, la hora, el lugar y los motivos de la detención a su representante legal, cónyuge, familiar en línea directa, hermano o hermana, otro familiar, abogado o cualquier otra persona designada por él, o bien al cónsul que representa en la República de Corea al país del que es nacional o ciudadano. Tras su detención, se ponen en su conocimiento los procedimientos que se exhiben en los servicios de detención de inmigrantes para solicitar el estatuto de refugiado, formular una denuncia por violación de los derechos humanos ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos) o la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y presentar una solicitud de puesta en libertad provisional. Cada servicio de detención de inmigrantes dispone de información sobre las personas de contacto de las embajadas, lo que les permite recibir en cualquier momento la asistencia del cónsul de su país.

6.De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Administración de los Establecimientos Penitenciarios y Trato de los Reclusos (en adelante, “Ley de Establecimientos Penitenciarios”), se notifican oralmente o por escrito a los nuevos internos las cuestiones relacionadas con sus derechos, los recursos existentes contra la violación de estos, y otros asuntos. En particular, en virtud del artículo 56 del Reglamento de Aplicación de esa Ley se designa a agentes penitenciarios que dominan idiomas extranjeros para que realicen diariamente entrevistas individuales, resuelvan reclamaciones, proporcionen interpretación y traducción, se mantengan en contacto con las instituciones pertinentes, como las misiones diplomáticas o los consulados, y presten asistencia proporcionando a los internos extranjeros no condenados los conocimientos jurídicos necesarios para llevar adelante los distintos procedimientos, entre otras actividades.

7.Además, en relación con los casos en que se investiga a internos por haber tenido alguna de las conductas violatorias de las normas disciplinarias que deben cumplirse en los establecimientos penitenciarios estipuladas en los artículos 107 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios y 214 de su Reglamento de Aplicación, en el cuadro 1 se indican los procedimientos generales garantizados.

8.Para que se comprendan cabalmente los derechos de los extranjeros en materia penal y asegurarse de que estén en condiciones de ejercerlos, la policía puede proporcionar, en el momento de la detención y durante la investigación, interpretación en los idiomas que comprenden los detenidos, de conformidad con el artículo 91, párrafo 1, del Reglamento de Investigación Policial (RIP) (Resolución del Ministerio del Interior y Seguridad) y el artículo 217 del Reglamento de Investigación Penal (Ordenanza de la Policía Nacional Coreana (PNC)). En particular, de ser necesario, la policía procura que el extranjero formule y presente declaraciones en su propia lengua para prevenir las desventajas causadas por el idioma. Asimismo, con arreglo al artículo 91, párrafo 2, del RIP, cuando un extranjero es detenido o encausado, se le informa de que puede recibir visitas del personal consular de su país o comunicarse con este, así como pedir que se informe al cónsul de su detención o procesamiento. Especialmente, si la persona es de nacionalidad china o rusa, los convenios consulares suscritos con ambos países exigen que se informe al cónsul al respecto, cualquiera sea la voluntad del imputado. Esas medidas pueden considerarse una institución muy importante, ya que son eficaces para aliviar psicológicamente a la persona y ayudarla a comunicarse libremente con el personal consular en su idioma materno y ejercer plenamente su derecho de defensa, no solo en el momento de la detención o durante la investigación, sino también a lo largo de todo el procedimiento penal.

9.Asimismo, al detener a un extranjero sospechoso, la policía utiliza el denominado “POLI-Fono” (teléfono móvil equipado de diversas funciones necesarias cuando presta servicio afuera, como cuando verifica la identidad de una persona o la matrícula de un vehículo, o si el sospechoso figura en la lista de personas buscadas), para informarle de los derechos Miranda en uno de los 16 idiomas previstos, entre ellos el inglés, el japonés, el chino y el ruso, en relación con 33 delitos, incluido el asesinato. Al detenerlo, se informa pues al extranjero de los cargos que se le formulan y de sus derechos en su idioma materno.

10.Por otra parte, en aplicación del artículo 7, párrafos 4 y 5, del Reglamento para la Detención y Escolta de Sospechosos (Ordenanza de la PNC), cuando un extranjero permanece detenido por primera vez en un local policial, se le muestra traducido el texto “Garantía de los Derechos Humanos de los Detenidos”, donde figuran los diversos derechos que le asisten en el lugar de detención, como las visitas de un abogado, familiares u otras personas, y se le informa de que puede presentar una denuncia ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos en caso de violación de sus derechos humanos, y en la sala de reconocimientos médicos se exhibe un escrito en idiomas extranjeros en el que figuran, entre otras cosas, el método, el proceso y los motivos de un reconocimiento médico. En 2018, el Gobierno también se preocupó por proteger los derechos humanos de los extranjeros produciendo y distribuyendo a los centros de detención las Directrices sobre la Vida en los Centros de Detención de Extranjeros (las preguntas que pueden recibirse en función de cada situación al trabajar en un centro de detención se preparan en ocho idiomas, entre ellos el inglés y el chino), a las que pueden remitirse los agentes que custodian a los detenidos. Si en el lugar de aprehensión o centro de detención se necesita interpretación inesperadamente, se recomienda a los policías que utilicen activamente los servicios de interpretación en teléfono móvil (línea telefónica de información turística o BBB Korea, entre otros) o una aplicación de interpretación en teléfono móvil.

Respuesta al párrafo 4 b) de la lista de cuestiones

11.En la República de Corea, el derecho a la asistencia de un abogado se garantiza, en principio, en todos los procesos de investigación, en particular por la policía y los fiscales, sin que importe si el sospechoso está privado de libertad o no, siempre que ese derecho no pueda ejercerse en casos excepcionales, como cuando el abogado impide ilegalmente la investigación.

12.Para proteger aún más los derechos de los sospechosos, la Fiscalía Suprema modificó sus Directrices Operacionales sobre la Participación del Abogado en el Interrogatorio del Sospechoso para incorporar una disposición en virtud de la cual el abogado puede impugnar un método de interrogación injusto durante el interrogatorio, y en mayo aprobó y puso en vigor las Directrices sobre las Visitas y Comunicaciones con el Sospechoso por el Cónsul, para garantizar estrictamente el derecho del abogado a visitar al sospechoso detenido y comunicarse con él en la Fiscalía. Además, en octubre de 2019 la Fiscalía Suprema publicó el Plan para Reforzar el Derecho del Abogado a la Audiencia, principalmente con el propósito de ampliar el derecho del letrado a participar durante la investigación, reducir al mínimo las restricciones a su participación, garantizarle plenamente la posibilidad de formular una declaración oral directamente al fiscal y ampliar la notificación del estado de las actuaciones al cónsul, entre otras cosas. En noviembre de 2019, la Fiscalía Suprema puso en vigor las Directrices Operacionales sobre la Participación del Abogado en el Interrogatorio o la Investigación (Reglamento Vigente de la Fiscalía Suprema). En enero de 2020 se modificó y puso en vigor el Reglamento sobre los Asuntos Administrativos de la Fiscalía (Resolución del Ministerio de Justicia) para reforzar el derecho del abogado a la audiencia, lo que permitió que los abogados tomaran notas sin limitaciones durante el interrogatorio o la investigación del sospechoso. Este reglamento describe específicamente los motivos imperativos para restringir la participación del abogado, que incluyen la destrucción de pruebas, la complicidad, la fuga y el daño infligido a un testigo esencial. En su calidad de tales, los investigadores están esforzándose por garantizar plenamente el derecho de los sospechosos a recibir asistencia de un abogado.

13.Especialmente en el caso de las personas privadas de libertad, el artículo 12, párrafo 4, de la Constitución estipula que toda persona detenida o encarcelada tendrá derecho a recibir sin demora la asistencia de un abogado, y el artículo 84 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios dispone que los agentes penitenciarios no podrán intervenir en las visitas del abogado defensor y que la duración y frecuencia de esas visitas serán ilimitadas. El derecho a las visitas de un abogado sin restricciones se garantiza incluso a los internos condenados cuya pena se ha cumplido si son procesados en otra causa penal. Para prevenir las violaciones de los derechos humanos durante los procedimientos de investigación, el Gobierno está elaborando un sistema de abogacía de oficio en lo penal para proporcionar a los sospechosos cuya comparecencia es requerida por un investigador la asistencia de un abogado defensor designado por el tribunal.

14.Con arreglo al Código de Procedimiento Penal vigente, en principio debe concederse la defensa proporcionada al imputado por el tribunal (asistencia jurídica gratuita) y, de acuerdo con los procedimientos de interrogatorio de los sospechosos antes de su ingreso en prisión (CPP, art. 201-2) y los procedimientos de examen de la legalidad de la detención (CPP, art. 214-2), cuando el sospechoso no designa a un abogado defensor, el tribunal debe hacerlo de oficio. Dado que en 2007 se incorporó en el Código de Procedimiento Penal el derecho de los abogados a participar en el interrogatorio de los sospechosos, desde el 7 de marzo de 2018 la policía aplica el Plan para Hacer Efectivo el Derecho de Participación de los Abogados, a fin de no restringir la “participación justificable” de estos. En el cuadro 2 se expone el contenido de ese plan.

Respuesta al párrafo 4 c) de la lista de cuestiones

15.Conforme al artículo 16 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios y el artículo 15 de su Decreto de Aplicación, el reconocimiento médico de los nuevos internos debe realizarse sin demora (en un plazo de tres días) y los internos podrán recibir, en cualquier momento y previa solicitud, atención médica de un facultativo (oficial médico) que trabaje para el establecimiento penitenciario.

16.Para reforzar el derecho de los internos a recibir atención médica en un centro de salud externo, 47 establecimientos penitenciarios están aplicando un sistema de atención a distancia desde noviembre de 2020. En el cuadro 3 se proporcionan detalles sobre el reconocimiento médico.

17.En virtud de los artículos 34 del Código de Procedimiento Penal y 31 del Reglamento para la Detención y Escolta de Sospechosos (Ordenanza de la PNC), cuando las personas privadas de libertad, sus familiares u otras personas piden que un facultativo administre un tratamiento médico en caso de enfermedad o lesiones, esas peticiones se atienden en la mayor medida posible. Además, en el escrito Protección de los Derechos Humanos de las Personas Privadas de Libertad que se exhibe en los centros de detención se explica que en cualquier momento estas personas pueden pedir atención médica a un facultativo y recibirla. Las personas privadas de libertad que desean tomar medicamentos están autorizadas a hacerlo únicamente cuando su inocuidad está garantizada mediante una receta o por un hospital o una farmacia. El Gobierno procura proteger el derecho de las personas privadas de libertad a la salud ejecutando el Proyecto de Apoyo Médico para sufragar los gastos hospitalarios y quirúrgicos y los gastos médicos de los pacientes ambulatorios en el caso de las personas que cumplen determinadas condiciones, como las personas sin hogar, los trabajadores extranjeros o los refugiados, que no tienen derecho a recibir prestaciones médicas como las del seguro nacional de salud de la República de Corea o el Sistema de Pago de los Gastos Médicos de Urgencia Impagos, que se aplica cuando la persona privada de libertad que necesita tratamiento médico con carácter urgente no puede sufragar los gastos. El centro médico costea la atención de urgencia y posteriormente la persona reembolsa ese gasto tras el examen efectuado por el Servicio de Examen y Evaluación del Seguro de Salud.

Acceso a un médico independiente previa solicitud

18.Cuando lo solicitan, los reclusos pueden recibir atención médica de un facultativo (oficial médico) que trabaje para el establecimiento penitenciario, así como un tratamiento administrado por un facultativo externo tras un dictamen del oficial médico, conforme a los artículos 37 y 38 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios y el artículo 55 de su Decreto de Aplicación.

Posibilidad de que los médicos presenten directamente a la fiscalía partes médicos en los que se documenten lesiones que sospechen que han sido causadas por actos de tortura

19.Si bien un parte médico contiene información sensible de una persona, que, en principio, es confidencial, cuando se cumplen los requisitos del artículo 218 del Código de Procedimiento Penal, el facultativo (oficial médico) puede presentarlo discrecionalmente a la fiscalía tras obtener la autorización del director del establecimiento, con arreglo al artículo 21, párrafo 3, de la Ley de Servicios Médicos.

Respuesta al párrafo 4 d) de la lista de cuestiones

20.Cuando un sospechoso es detenido, se notifica por escrito y sin demora al abogado o cualquier otra persona designada por aquel el tipo del presunto delito, la hora y el lugar de la detención, un resumen de los cargos formulados, el motivo de la detención y la posibilidad de designar a un abogado. El derecho a notificar la detención a un familiar o cualquier otra persona allegada al sospechoso detenido está garantizado por los artículos 12, párrafo 5, de la Constitución y 200-6, 201-2 (párr. 10), 209, 213-2 y 87 del Código de Procedimiento Penal. Además, de acuerdo con el artículo 214-2, párrafo 2, de este Código, se notificará al sospechoso que tanto él como cualquier otra persona que designe entre las que puedan solicitarlo, como el abogado, podrá pedir que se examine la legalidad de su detención.

21.El artículo 33, párrafos 1 a 3, del Reglamento sobre la Cooperación Mutua entre los Fiscales y la Policía Judicial y las Normas Generales de Investigación (Decreto Presidencial) y el artículo 57 del RIP estipulan que el tipo del presunto delito, el momento y el lugar de la detención, el resumen de los cargos formulados, el motivo de la detención y la posibilidad de designar a un abogado se notificarán por escrito en un plazo de 24 horas a un abogado, de ser posible, o, cuando no lo sea, a una persona designada por el sospechoso entre las que se enumeran en el artículo 30, párrafo 2, del Código de Procedimiento Penal, para proteger los derechos humanos y el derecho de defensa del sospechoso.

Respuesta al párrafo 4 e) de la lista de cuestiones

22.El sistema de la República de Corea distingue entre aprehensión y detención y el sospechoso debe ser puesto en libertad inmediatamente, a menos que el investigador solicite una orden de encarcelamiento dentro de las 48 horas siguientes a la presentación de la solicitud, lo que se garantiza en el marco del sistema de orden de encarcelamiento y del examen de la legalidad de la detención, incluido el examen de la orden de encarcelamiento previsto en la Constitución y el Código de Procedimiento Penal. Los investigadores deberán poner en libertad al sospechoso inmediatamente si la solicitud de orden de encarcelamiento no se presenta dentro de las 48 horas siguientes al momento de la detención, conforme al artículo 200-2, párrafo 5, del Código de Procedimiento Penal, y también deberán hacerlo si la orden no se dicta porque la solicitud se rechaza de acuerdo con el artículo 200-4, párrafo 2. En el marco del examen de la legalidad de la detención y del encarcelamiento garantizado por los artículos 12, párrafo 6, de la Constitución y 214-2 del Código de Procedimiento Penal, el tribunal debe interrogar al sospechoso dentro de las 48 horas siguientes al momento de la presentación de la solicitud, y, en el marco del examen de la orden de encarcelamiento previsto en el artículo 201-2 del Código de Procedimiento Penal, el juez que recibe la solicitud debe interrogar al sospechoso sin demora.

Derecho a que se registre por escrito la detención, así como cualquier traslado, inmediatamente después de la aprehensión

23.Cuando un sospechoso o imputado de un delito es privado de su libertad en virtud de una orden de detención, detención urgente o detención por delito flagrante, o de una orden de encarcelamiento, entre otras, los datos de la detención, como la fecha, la hora y el lugar de la aprehensión, el lugar de detención o los traslados, deben registrarse en el momento de la aprehensión con arreglo a las normas en materia de investigación que figuran en el Reglamento sobre los Asuntos Administrativos de la Fiscalía (núm. 980 de la Resolución del Ministerio de Justicia).

24.Cuando una persona es privada de libertad y trasladada a un establecimiento penitenciario, la información sobre el traslado se registra en el atestado de la detención y se incorpora en el sistema informático penitenciario (Sistema Borami), y los traslados entre centros penitenciarios también se registran e incorporan en ese sistema.

25.Al detener a un sospechoso, la policía debe registrar la fecha, la hora y el lugar de la detención, así como, entre otros datos, el grado, el cargo y el nombre del agente que ha realizado la detención, en forma de atestado de detención por delito flagrante o de detención urgente, previsto en el RIP. En los casos de detención llevada a cabo en cumplimiento de una orden de detención, esos datos deben registrarse en la orden y lo mismo ocurre con las órdenes de encarcelamiento. Los datos, que deben registrarse en el Sistema Informático del Servicio de Justicia Penal de Corea (SIC), también están registrándose y gestionándose digitalmente. En su calidad de tal, la policía registra y gestiona todos los datos relacionados con la detención y el encarcelamiento. En el atestado de puesta en libertad concerniente a todos los tipos de detención previstos en el RIP, también se registran los datos relativos a la puesta en libertad.

26.En cuanto a la detención en un centro policial de detención, el sospechoso es alojado utilizando el formulario de instrucciones para la detención que figura en el Reglamento para la Detención y Escolta de Sospechosos (Ordenanza de la PNC) y se registran todos los datos sobre la detención para prevenir cualquier causa de violación de los derechos humanos de esa persona y cualquier contribución a esa violación. Por ejemplo, la fecha y hora de la detención o de la puesta en libertad se registran en el formulario, los policías que trabajan en los centros de detención deben incorporar en el SIC los datos de la detención, como la fecha y la hora, y esa información debe ser examinada y confirmada por los oficiales que se ocupan de la protección de los detenidos, a saber, los jefes de investigación los días de semana y los jefes encargados de la gestión de situaciones después del horario de trabajo y los fines de semana.

Derecho a acceder al SIC

27.Los sospechosos pueden efectuar consultas sobre el curso de sus actuaciones penales por conducto del SIC (por ejemplo, si el caso se envía a la fiscalía, a quién se asigna o si se somete a juicio) y, si designan a un representante legal (asesor letrado, familiar u otra persona) ante ese sistema (incorporación de datos como el organismo investigador, el número de expediente, el nombre del representante legal, el número de registro de la residencia y el número de registro del asesor letrado), el representante también puede efectuar consultas sobre el curso de las actuaciones. Ahora bien, como la información sobre el curso de las actuaciones penales no incluye ningún dato específico sobre la detención, esta información no figura en el SIC, por lo que el hecho de que el sospechoso esté detenido, el lugar de la detención y demás datos al respecto se notifican a sus familiares o a su asesor letrado en ocasión de la detención y el encarcelamiento, al margen de las consultas enumeradas anteriormente.

Respuesta al párrafo 4 f) de la lista de cuestiones

28.El derecho de los sospechosos a impugnar la legalidad de su detención se reconoce mediante el examen de esa legalidad y de la de su encarcelamiento, previsto en los artículos 12, párrafo 6, de la Constitución y 214-2 del Código de Procedimiento Penal. El sospechoso detenido o encarcelado o su abogado defensor, representante legal, cónyuge, familiar en línea directa, hermano o hermana u otro familiar, cohabitante o empleador puede solicitar al tribunal competente que examine la legalidad de la detención o del encarcelamiento, mientras que el policía que ha detenido o trasladado a prisión a la persona debe notificar a esta u otra persona designada por ella entre las que figuran en la enumeración anteriormente mencionada que puede solicitar el examen de la legalidad de su privación de libertad. Por otra parte, el tribunal que recibió la solicitud debe, entre otras cosas, interrogar al sospechoso y examinar las pruebas dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la solicitud, y, posteriormente, en los casos en que el tribunal considera que la solicitud es fundada, debe ordenar la puesta en libertad de la persona detenida o encarcelada. El asesor letrado puede formular una declaración sobre la legalidad de la privación de libertad del sospechoso al asistir al interrogatorio, lo que garantiza a este el ejercicio de sus derechos con la asistencia del abogado.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

29.Los fiscales de la República de Corea atribuyeron la muerte del Sr. Baek a una fractura de cráneo causada por el disparo directo de un cañón de agua de alta presión manejado por la policía durante la represión de la revuelta popular general de 14 de noviembre de 2015, considerado como un abuso de la autoridad pública resultante en un daño grave a la población, a saber, la muerte, debido a la violación de las directrices operacionales aplicables a los cañones de agua (prohibición del disparo directo contra el pecho), que son un equipo peligroso, y al no respeto de las instrucciones y el control correspondientes, y el 17 de octubre de 2017 la fiscalía acusó al ex-Comandante de la Policía Metropolitana de Seúl (PMS), al ex‑Comandante del Cuarto Batallón Móvil de esa Policía y a dos agentes asignados al control de los cañones de agua de muerte causada por negligencia profesional. El 9 de agosto de 2019, el tribunal de segunda instancia condenó a todos los encausados, incluido el ex‑Comandante de la PMS, responsable general, a quienes impuso multas de 7 a 10 millones de won, y reconoció especialmente la negligencia de este, que había reconocido el lanzamiento excesivo de agua y no había tomado las medidas necesarias. El 13 de agosto de 2019, el ex-Comandante de la PMS interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, que aún está sustanciándose, y el Tribunal confirmó los veredictos de culpabilidad de los demás acusados.

30.En el período de “formación intensiva” de cuatro a diez semanas de duración impartida en los semestres primero y segundo, respectivamente, se dictan a todas las unidades policiales cursos escalonados de: i) formación en derechos humanos y seguridad, y ii) formación en simulación de respuestas in situ basada en la ley y el principio de proporcionalidad. Véanse los datos estadísticos correspondientes en el cuadro 4.

31.El 25 de agosto de 2017, la Policía de la República de Corea puso en funcionamiento la Comisión de Investigación de las Violaciones de los Derechos Humanos de la PNC, compuesta en más de dos terceras partes por expertos externos. Durante seis meses, del 1 de febrero al 20 de agosto de 2018, la Comisión investigó, entre otras cosas, la política policial de gestión de las concentraciones y manifestaciones, la situación de la víctima de chorros de agua y lesiones y la adecuación de las medidas complementarias adoptadas, en relación con la muerte del Sr. Baek. El 20 de agosto de 2018, la Comisión anunció el resultado de la investigación, a saber, que la policía antidisturbios asignada al control de los cañones de agua carecía de conocimientos y formación en materia de control de la seguridad a la fecha de la muerte del Sr. Baek. La Comisión consideró que el empleo del cañón de agua contra el Sr. Baek, aun cuando obviamente no existía ningún riesgo, y el acto de ordenar su uso sin supervisión eran violaciones de la libertad personal de la víctima, y formuló ocho recomendaciones a la policía, que incluían disculpas a sus familiares (véase el cuadro 5), siete de las cuales se pusieron en práctica. Por otra parte, en lo que se refiere a los requisitos para modificar la legislación, se presentó el proyecto de ley pertinente, que se debatió en la Asamblea Nacional. En cuanto a la retirada de la demanda presentada por el Estado, que era una de las recomendaciones mencionadas, ninguna de las partes decidió plantear una objeción a la recomendación de lograr un compromiso formulada en la decisión judicial dictada contra la demanda, por lo que la causa se archivó.

32.La demanda de indemnización por el Estado que los familiares del Sr. Baek presentaron contra la República de Corea se archivó, ya que el 22 de enero de 2018 el tribunal falló formulando una recomendación de compromiso y el Gobierno aceptó ese fallo y pagó 490 millones de won (unos 410.000 dólares de los Estados Unidos), que incluían la suma de consuelo.

33.El ex-Comandante General de la PNC se disculpó ante el Sr. Baek y sus familiares en la ceremonia de puesta en marcha del Comité de Reforma de la Policía celebrada el 16 de junio de 2017, presentando “nuestro más sentido pésame y nuestras más sinceras disculpas al Sr. Baek y sus familiares”. Posteriormente, el 25 de septiembre de 2017, la policía se disculpó nuevamente en ocasión del primer aniversario de la muerte del Sr. Baek y, más tarde, el 17 de octubre de 2017, la fiscalía anunció los resultados de la investigación de esa muerte. El 26 de julio, último día de la labor de la Comisión de Investigación de las Violaciones de los Derechos Humanos de la PNC, la policía se disculpó con las víctimas por la muerte del Sr. Baek y los casos de violación de los derechos humanos cometida por ella.

Respuesta al párrafo 6 a) de la lista de cuestiones

34.La Comisión Nacional de Derechos Humanos, representada por su Presidente, pidió al Gobierno que se investigara el accidente del transbordador Sewol ocurrido en agosto de 2014 y se evitara su reproducción, y volvió a hacer hincapié en las responsabilidades del Estado, incluida la modificación de las leyes, para garantizar la seguridad del público en el primer aniversario de ese accidente, en abril de 2015. Además, para monitorear el uso excesivo de la fuerza por la policía, la Comisión Nacional de Derechos Humanos envió a protectores de los derechos humanos a las manifestaciones y concentraciones correspondientes, en particular la concentración conmemorativa del primer aniversario del suceso.

Resultados de las actuaciones y reparación concedida a los familiaresde las víctimas

35. Los familiares de 121 de las 299 víctimas del accidente del transbordador Sewol rechazaron la indemnización concedida en virtud de la Ley Especial sobre la Reparación del Daño Causado por el Desastre del Transbordador Sewol de 16 de abril y la Asistencia Correspondiente y entre septiembre de 2015 y abril de 2017 presentaron directamente una demanda de indemnización por el Estado (valorada en 107.800 millones de won). El 19 de julio de 2018, el tribunal de primera instancia decretó la derrota parcial del Estado (valorada en unos 72.400 millones de won). Véanse, en el cuadro 6, más detalles sobre las actuaciones de las demandas y la reparación recibida.

Respuesta al párrafo 6 b) de la lista de cuestiones

36.La PNC preparó el plan marco de mitad de período de formación en derechos humanos para los policías (primera fase: 2018-2020), elaboró los contenidos de esa formación, incluidos los programas, materiales y videos, estableció el Código de Conducta de la Policía en materia de Derechos Humanos (CCP) (véase el cuadro 7) y reforzó la formación sobre la prohibición de la tortura y el respeto del principio de las debidas garantías procesales. En particular, el artículo 4 del CCP estipula que los policías no cometerán ni admitirán actos física y mentalmente inhumanos y crueles, en particular la tortura, durante el servicio. Además, la policía preparó y distribuyó la guía interpretativa del CCP e impartió formación a sus agentes sobre el principio de prohibición de la tortura. En febrero de 2021, la policía produjo un video instructivo en que se lo interpreta y se muestran conversaciones con policías de turno e impuso la obligatoriedad de la formación en el lugar de trabajo para todos los policías del país, a fin de mejorar el conocimiento de los derechos humanos, en especial el principio de prohibición de la tortura. La PNC exigió a todos los policías que recibieran formación en derechos humanos seis horas por año. La formación incluye las directrices detalladas sobre las actividades de protección de los derechos humanos para los policías de servicio. Además de la formación obligatoria, los policías que actúan sobre el terreno tienen en su vida diaria un acceso más fácil a la formación en derechos humanos con un contenido habitual. Por ejemplo, gracias a la producción y distribución de libros de bolsillo sobre los derechos humanos, esos policías aprenden a qué deben prestar atención en sus actividades de protección de los derechos humanos y el principio de prohibición de la tortura, entre otras cuestiones.

Respuesta al párrafo 6 c) de la lista de cuestiones

37.Para proteger y potenciar los derechos humanos, en enero de 2020 la policía modificó el Reglamento sobre el Nivel de Uso del Equipo Policial Peligroso para que sus agentes dejaran de usar cañones de agua en las concentraciones y manifestaciones. Se especifican estrictamente los requisitos para el uso de esos cañones a fin de que se instalen y empleen únicamente en caso de emergencia, como en una revuelta o un ataque directo contra una instalación nacional importante, en cumplimiento de una orden del jefe de policía local. Además, las normas sobre el lanzamiento de chorros de agua a distancia son más rigurosas. Por otra parte, en marzo de 2019, para garantizar la seguridad de los participantes y el público, la policía puso en funcionamiento el Equipo de Diagnóstico de la Seguridad en las Manifestaciones (véase el cuadro 8). Asimismo, cuando se producen o se prevé fundadamente que van a ocurrir conflictos entre los participantes en una protesta colectiva, la policía adopta las medidas necesarias para controlarlos y prevenirlos con arreglo a los artículos 5 y 6 de la Ley sobre el Cumplimiento del Deber por los Policías.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

38.Durante el período examinado, no se derogó ni modificó la Ley de Seguridad Nacional. El artículo 1, párrafo 2, de esta Ley regula el principio de su interpretación y aplicación estrictas, como la prohibición de su interpretación amplia. La Ley incluye este requisito: “con el conocimiento del hecho de que puede poner en peligro la existencia y seguridad del Estado o el orden democrático fundamental”. El Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo de la República de Corea han reconocido la constitucionalidad y necesidad del artículo 7 de la Ley y que esta debe aplicarse estrictamente solo a los casos en que exista un peligro evidente de que se menoscaben en la práctica la existencia y seguridad del Estado o el orden democrático fundamental, según la jurisprudencia consagrada de los tribunales.

39. El Gobierno protege al máximo las libertades de expresión, reunión y prensa y previene la detención y el encarcelamiento arbitrarios aplicando de manera restrictiva la Ley de Seguridad Nacional solo a los casos en que existe un peligro evidente de que se menoscaben en la práctica la existencia y seguridad del Estado o el orden democrático fundamental, en virtud de esa Ley y la jurisprudencia. Véanse, en el cuadro 9, las estadísticas en materia de encausamiento por violación de la Ley de Seguridad Nacional.

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

40.La Comisión Nacional de Derechos Humanos, en su calidad de institución nacional independiente de derechos humanos, puede recibir denuncias de detenidos, realizar de oficio visitas de investigación a los centros de detención, incluidos los militares y los de detención de extranjeros, y entrevistar a los internos sin la presencia de testigos durante la investigación de esas denuncias. También puede recomendar mejoras o correcciones de las políticas a los organismos públicos, entre otras entidades, basándose en los resultados de las visitas.

41.La Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia estableció y puso en funcionamiento el Centro de Denuncias de Violación de los Derechos Humanos. La Dirección recibe denuncias de tortura y malos tratos cometidos en los diversos centros de detención que están bajo el control del Ministerio y tramita esas denuncias y realiza investigaciones de manera independiente, sin obedecer a instrucciones de la Oficina de Políticas de Prevención del Delito, el Servicio Penitenciario de Corea o el Servicio de Inmigración de Corea, entre otros organismos. La Dirección garantiza a las personas recluidas en los diversos centros de detención que están bajo el control del Ministerio que puedan presentar una denuncia con facilidad y rápidamente (véanse los detalles de sus actividades en el cuadro 10). Cuando se considera que se han producido violaciones de los derechos humanos, la Dirección puede adoptar medidas de apoyo, como solicitar una investigación o la penalización de la persona que ha cometido la violación y de su superior, solicitar mejoras, notificar la indemnización por el Estado o la asistencia letrada, o formular recomendaciones para el mejoramiento de las políticas correspondientes.

42.Cuando debe verificar las pruebas médicas (historia clínica, diagnósticos o dictámenes, entre otras) de un solicitante o una víctima (en adelante, “el solicitante”) durante la sustanciación de las causas por violación de los derechos humanos, la Dirección de Derechos Humanos puede obtenerlas pidiendo al centro de detención donde está recluido el solicitante que presente ese material con arreglo al Reglamento para la investigación y tramitación de los casos de violación de los derechos humanos y la investigación de las condiciones existentes en los centros de detención o solicitando al centro de detención o el establecimiento médico que presente la historia clínica y demás documentación, adjuntando el acuerdo del solicitante conforme a la Ley de Servicios Médicos.

43.En el cuadro 11 se proporcionan los datos estadísticos del período 2015-2019 en materia de investigación y enjuiciamiento de la tortura y los actos de crueldad, delitos tipificados en el Código Penal y la Ley de Penalización Agravada de Determinados Delitos.

44.En el cuadro 12 figuran los datos estadísticos sobre la recepción y tramitación, por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de las denuncias de tortura y actos de crueldad entre 2016 y octubre de 2020. En ese cuadro, la expresión “tortura y actos de crueldad” incluye el uso excesivo de equipo y la detención ilegal. Cabe señalar pues que la definición de “tortura o actos de crueldad” del párrafo 41 supra es diferente.

45.El artículo 5 de la Ley de Ejecución de las Sanciones Penales en las Fuerzas Armadas y de Trato de los Presos Militares dispone que se respetarán al máximo los derechos humanos de los presos militares en la ejecución de las sanciones penales en las fuerzas armadas. Conforme al artículo 101 del capítulo XII (Recursos contra la Violación de Derechos), los presos militares pueden solicitar entrevistarse con el director sobre el trato recibido y, de acuerdo con el artículo 102, pueden presentar una solicitud al Ministro de Defensa Nacional o un funcionario para que se lleve a cabo una inspección en relación con el trato recibido. Concretamente, con arreglo al artículo 47 de la Ordenanza sobre los Asuntos de Derechos Humanos de los Militares (Ordenanza núm. 2334 del Ministerio de Defensa Nacional), los internos de los centros de detención militares pueden presentar una denuncia de violación de sus derechos humanos al Ministro de Defensa Nacional. De las denuncias presentadas por esos internos, una se tramitó en 2018, siete en 2019 y otras siete en 2020. Ninguna se refería a tortura o tratos crueles, inhumanos o humillantes y la mayoría de ellas tenían que ver con el mejoramiento del trato recibido.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

46.El 3 de febrero de 2016, el Gobierno modificó la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Corea para garantizar la diversidad de los miembros de esa comisión y la transparencia del proceso de selección y nombramiento de sus integrantes. A fin de asegurar la transparencia de ese proceso, diversos grupos sociales pueden recomendar un candidato y formular una opinión al respecto, y se puede seleccionar o designar a defensores de los derechos humanos en reconocimiento de su carrera. Además, para garantizar la independencia de la Comisión se incorporó una disposición destinada a eximir de responsabilidad a sus miembros por las observaciones que formulan en el desempeño de sus funciones. En el decreto de aplicación de la Ley se establecerán las condiciones necesarias para la organización de la Comisión, prestándose suma atención a garantizar su independencia y permitirle desempeñar eficazmente sus funciones.

47.La función de vigilancia de la Comisión, a que se refiere el párrafo 38, está garantizada por la ley. La Comisión formuló recomendaciones en materia de medidas de reparación y sanciones y pidió a la Fiscalía que se investigaran 46 denuncias de tortura presentadas contra la PNC y se le formularan cargos. De los 38 casos respecto de los cuales se recomendaron medidas de reparación o sanciones, 34 se admitieron a trámite, 2 se admitieron parcialmente y otros 2 se desestimaron, y, como parte de la aplicación de las recomendaciones sobre la prevención de la tortura, se aplicaron medidas individuales a los imputados y se impartió formación profesional en materia de investigación y uso de equipo, así como en derechos humanos e investigación de los casos de tortura, entre otros asuntos. Véanse los detalles de cada recomendación en el cuadro 13.

48.Es probable que las facultades atribuidas al Subcomité para la Prevención de la Tortura por el Protocolo Facultativo de la Convención sean incompatibles con las leyes nacionales pertinentes, como las relativas a la protección de los secretos militares o a la prohibición de filtrar secretos relacionados con el cumplimiento del deber, lo que dificulta la posibilidad de ratificar inmediatamente el Protocolo. Ahora bien, la Comisión Nacional de Derechos Humanos es una institución nacional de derechos humanos independiente establecida con arreglo a los Principios de París y desempeña un papel similar al de los mecanismos nacionales de prevención previstos en el Protocolo Facultativo, como se explica en el párrafo 38. Por consiguiente, dado que los centros de detención de la República de Corea están bajo la vigilancia de una institución independiente en lo que atañe a la tortura y los actos de crueldad, como prevé el Protocolo, solicitamos humildemente al Comité que reconsidere atentamente esta cuestión.

49.En agosto de 2018, el Gobierno estableció el Tercer Plan de Acción Nacional para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos (2018-2022). Este Plan, cuya preparación incluyó la celebración de 2 audiencias públicas y 18 reuniones con la participación de asociaciones civiles y ministerios competentes, prevé la aplicación de medidas destinadas a poner en práctica las observaciones finales sobre el cuarto informe periódico presentado al Comité de Derechos Humanos. Algunas de las principales medidas son el examen del servicio alternativo para los objetores de conciencia, la potenciación de la legalidad y responsabilidad de las fuerzas del orden en las concentraciones, el aseguramiento de manifestaciones pacíficas en cumplimiento del principio de inaplicabilidad de la obstrucción general del tráfico y la revisión de las leyes contra la discriminación. El Tercer Plan de Acción Nacional incluye, en apéndices, las recomendaciones de los órganos de tratados, entre ellos el Comité, y los funcionarios pueden remitirse a él al aplicar las distintas políticas.

Artículo 3

Respuesta al párrafo 10 a) de la lista de cuestiones

50.La investigación sobre las personas que huyen de la República Popular Democrática de Corea que realiza el Servicio Nacional de Inteligencia (SNI) no es más que una investigación administrativa destinada a determinar si se debe proteger y apoyar a esas personas en virtud del artículo 7 de la Ley de Protección y Apoyo para el Establecimiento de los Refugiados Norcoreanos, y no tiene por finalidad castigarlas, y el Gobierno señala que la protección temporal de los desertores norcoreanos no puede considerarse como una privación forzosa de la libertad, ya que puede comenzar y terminar por la voluntad libremente expresada de las personas que la solicitan. Además, en febrero de 2018 el Gobierno modificó el Decreto de Aplicación de la Ley para abreviar el período de protección temporal de los desertores norcoreanos, que era de 180 días a contar desde su llegada, “a 90 días a contar desde su llegada, en principio”. En el informe de las organizaciones no gubernamentales presentado al Comité de Derechos Humanos en junio de 2019 se señalaba que la duración máxima del período de investigación se había abreviado a tres meses debido a la modificación del Decreto de Aplicación de la Ley, pero que, como el período de determinación de la protección seguía sin tener límite, las personas podían permanecer privadas de libertad por tiempo indeterminado, lo que no es cierto. Al concluir la protección temporal y la investigación en el Centro de Protección de los Refugiados Norcoreanos del SNI, los desertores norcoreanos abandonan ese centro e ingresan en el Centro de Apoyo para el Establecimiento gestionado por el Ministerio de Unificación (Hanawon). Este ministerio está facultado para determinar si un desertor norcoreano debe recibir o no protección, no así el SNI, y esa determinación se realiza durante su permanencia en el Centro de Apoyo para el Establecimiento. Por consiguiente, inmediatamente después de concluir la protección temporal y la investigación, los desertores norcoreanos ingresan en el Centro de Apoyo para el Establecimiento gestionado por el Ministerio de Unificación, aun antes de que se determine la protección, y es imposible que el SNI proteja temporalmente a esos desertores durante períodos indefinidos, ya que esa protección temporal es necesaria para determinar la protección, incluso tras concluir el período de protección temporal y la investigación.

51.Además, con arreglo a las directrices internas del SNI establecidas en el marco del mandato del mencionado Decreto de Aplicación, los desertores norcoreanos pueden contactar a sus familiares que se encuentran afuera mediante llamadas telefónicas o visitas realizadas durante el período de protección temporal. De hecho, el período de protección temporal de esos desertores es de una media de 60 días a contar desde su llegada.

Número de casos registrados durante el período del que se informa

52.En principio, el período de investigación y protección temporal de los desertores norcoreanos debe durar 90 días como máximo en virtud del mencionado Decreto de Aplicación modificado en febrero de 2018. De hecho, ese período dura una media de 60 días. Por lo tanto, desde mayo de 2017 hasta la fecha no ha habido ningún desertor norcoreano investigado o protegido temporalmente por el SNI durante seis meses.

Respuesta al párrafo 10 b) de la lista de cuestiones

53.El SNI invita a un abogado externo para que actúe como oficial de protección de los derechos humanos de los desertores norcoreanos, a fin de que estos reciban asistencia letrada suficiente durante el proceso de protección temporal e investigación, para verificar si durante ese proceso se han violado derechos humanos y garantizar que los desertores que necesitan esa asistencia reciban asesoramiento en privado. El 16 de julio de 2019, las tareas, cualificaciones, condiciones de trabajo e independencia, entre otras cosas, del oficial de protección de los derechos humanos que se habían establecido sobre la base de las directrices internas del SNI se incluyeron en el mencionado Decreto de Aplicación para reforzar su fundamento legal.

54.Los oficiales de protección de los derechos humanos se designan con arreglo a las normas estipuladas en el artículo 12-5 del mencionado decreto de aplicación. Las cualificaciones exigidas a los abogados incluyen una experiencia práctica no inferior a diez años en el ejercicio de la profesión y a los que realizan actividades relacionadas con los derechos humanos o los desertores norcoreanos diez años de experiencia como mínimo en esos ámbitos. Para garantizar la imparcialidad del proceso de designación, se solicita a las instituciones externas que gozan de la confianza pública, como el Colegio de Abogados de Corea, que recomienden a un candidato. Actualmente, una abogada externa ocupa el cargo de oficial de protección de los derechos humanos y lo desempeña de manera independiente.

Compatibilidad de la duración de los interrogatorios y los métodos empleados en ellos con las normas internacionales

55.El SNI realiza la investigación administrativa sobre los desertores norcoreanos para determinar si el Gobierno debe brindarles protección y apoyo con arreglo a la Ley de Protección y Apoyo para el Establecimiento de los Refugiados Norcoreanos. De conformidad con el Decreto de Aplicación de esta Ley, la investigación se lleva a cabo de la manera que se indica en el cuadro 14.

Respuesta al párrafo 10 c) de la lista de cuestiones

56.El 7 de noviembre de 2019, el Gobierno expulsó a Corea del Norte a 2 pescadores que habían matado a 16 compañeros a bordo y huido a la zona meridional de la Línea Limítrofe Septentrional en el mar Oriental. Fue el primer caso de expulsión de residentes norcoreanos y el Gobierno consideró que la voluntad de esos residentes, que habían cometido un crimen atroz, de desertar a Corea del Sur, carecía de sinceridad. Para decidir la expulsión, el Gobierno examinó minuciosamente y utilizó como referencia la Constitución y leyes y reglamentos nacionales y extranjeros, incluida la Convención mencionada anteriormente. La expulsión se decidió otorgando suma prioridad a la vida y seguridad de la población, deber fundamental de un Estado, y teniendo en cuenta las diferentes características de las relaciones entre ambas Coreas.

Respuesta al párrafo 10 d) de la lista de cuestiones

57.Al establecer los motivos enunciados en el artículo 5, párrafo 1, del Decreto de Aplicación de la Ley de Refugiados, se invocaron disposiciones legales extranjeras sobre refugiados y asilo, entre otras las de Alemania y Australia, así como la Directiva sobre Procedimientos de Asilo de la UE, para determinar los niveles de las decisiones de no remisión de las solicitudes de asilo. Esos motivos están examinándose con miras a una posible modificación. Ahora bien, el 18 de junio de 2015 se presentó a la Asamblea Nacional un proyecto de ley para modificar la legislación sobre refugiados y eliminar la disposición del artículo 5, párrafo 1, del Decreto, pero ese proyecto se descartó porque la XIX legislatura de la Asamblea Nacional concluyó el 29 de mayo de 2016.

Mejoramiento de las condiciones de acogida de los solicitantes de asilo en los puntos de entrada

58.El Servicio de Inmigración de Corea habilitó una zona de espera con comodidades y otros servicios en el Aeropuerto Internacional de Incheón (véase el cuadro 15) para brindar mejores condiciones de acogida a los solicitantes de asilo en el punto de entrada.

Mejoramiento de la calidad de las decisiones tomadas en primera instancia respecto de la determinación de la condición de refugiado

59.Para mejorar la calidad de las decisiones tomadas en primera instancia respecto de la determinación de la condición de refugiado, el Ministerio de Justicia impartió como mínimo 50 horas de formación obligatoria por año y por persona, además de las actividades conjuntas de formación impartida en cooperación con el ACNUR desde 2018, a sus agentes encargados de los asuntos relacionados con los refugiados (véase el cuadro 16). Para garantizar la fidelidad de la interpretación durante el procedimiento de determinación de la condición de refugiado, desde 2020 la evaluación de la interpretación realizada por los intérpretes que trabajan con refugiados corre a cargo de profesionales externos, como intérpretes o expertos especializados en determinados países, regiones o idiomas.

Establecimiento de un órgano de apelación independiente para lascuestiones de asilo

60.En febrero de 2020 se creó la División de Apelación para los Refugiados, que se ocupa, entre otras cosas, de tramitar los recursos presentados contra las decisiones de no reconocimiento de la condición de refugiado y es independiente de la división que gestiona en primera instancia el sistema de selección, a fin de sentar las bases para el funcionamiento de un órgano de apelación independiente en materia de asilo. En abril de 2020 se designó a particulares para ocupar los cargos de presidente y miembros del subcomité encargado de examinar la agenda que debe presentarse al Comité para los Refugiados, órgano de examen de las impugnaciones (véanse los detalles en el cuadro 17). Para aumentar su independencia, en julio de 2020 se estableció el comité asesor del Comité para los Refugiados, compuesto por 35 expertos externos en las cuestiones relacionadas con los refugiados, a fin de ampliar el asesoramiento externo sobre el examen de las impugnaciones presentadas, lo que mejoró la profesionalidad e imparcialidad de ese examen.

Situación actual de los 500 solicitantes de asilo yemeníes en la isla de Jeju

61.En el cuadro 18 se indica la situación de los solicitantes de asilo yemeníes en la isla de Jeju.

Artículo 10

Respuesta al párrafo 11 a) de la lista de cuestiones

62.Para instaurar una cultura de respeto de los derechos humanos de las personas relacionadas con los casos investigados, se invita a instructores profesionales internos y externos a los cursos de formación fundamental por grado y a los de capacitación profesional por sector destinados a los fiscales e investigadores de la fiscalía, en los que se imparte formación sobre leyes y reglamentos importantes, como las Reglas de Investigación para la Protección de los Derechos Humanos o el Reglamento sobre la Prohibición de Divulgar Información en las Causas Penales, ejemplos aplicados a la práctica y casos de investigación de violaciones de los derechos humanos, entre otras cosas. Los reglamentos y leyes mencionados estipulan que los actos de crueldad, incluidas la tortura y la discriminación contra las personas relacionadas con las causas, como los imputados, estarán prohibidos cualesquiera sean las circunstancias, y regulan la imparcialidad de las investigaciones desde un punto de vista objetivo. Concretamente, esos reglamentos y leyes restringen estrictamente las investigaciones realizadas durante períodos prolongados o de noche, a la vez que garantizan las investigaciones respetuosas de los derechos humanos prohibiendo la realización injustificada de investigaciones separadas en las causas en cuestión y la prolongación de las investigaciones para formular nuevos cargos penales no relacionados con las causas. Además, en principio está prohibida la divulgación de información en los juicios penales antes de la acusación y, solo cuando existe una denuncia falsa en la práctica, esa información puede divulgarse con carácter excepcional para prevenir las violaciones de los derechos humanos resultantes de la estigmatización, como infractoras penales, de las personas relacionadas con las causas antes del juicio. Asimismo, se previenen las investigaciones humillantes y la violación de los derechos de imagen restringiendo las citaciones públicas o la instalación de series de fotos. El Instituto de Justicia brinda a los fiscales recién nombrados la oportunidad de reconocer las violaciones de derechos humanos que pueden ocurrir durante una investigación realizando prácticas de investigación mediante la escenificación de situaciones, que les permiten experimentar la situación de las personas investigadas. Los agentes que controlan a los internos en los centros de detención, como los que se encargan de su protección y reeducación, también reciben formación sobre la forma de utilizar el equipo de protección y sobre los internos con enfermedades mentales y los que pertenecen a minorías sexuales, para prevenir las violaciones de los derechos humanos de esas personas. Además, se exige la inclusión de la formación en derechos humanos e igualdad de género en los cursos fundamentales destinados a cada grupo profesional de agentes de la justicia y la fiscalía. De 2017 a 2020 recibieron esa formación 16.662 agentes.

Respuesta al párrafo 11 b) de la lista de cuestiones

63.Todos los profesionales de la medicina enumerados en el artículo 2 de la Ley de Servicios Médicos deben asistir a cursos de perfeccionamiento impartidos por cada asociación central conforme al artículo 30 de esa Ley, salvo los que están eximidos de ello o aquellos para los cuales rige un aplazamiento según lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de Aplicación de la Ley, como los que acaban de obtener su licencia. Ese perfeccionamiento se imparte para contribuir al desarrollo de los servicios médicos y a que los profesionales de la medicina adquieran oportunamente técnicas médicas y obtengan información médica, necesarias para aumentar su capacidad. El Reglamento de Aplicación de la Ley se modificó y las modificaciones entraron en vigor el 1 de enero de 2018 para imponer la obligación de seguir un curso de dos horas como mínimo sobre deontología médica y la legislación y reglamentación relacionadas con la medicina para mejorar la profesionalidad y la ética profesional. Actualmente, el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes no figura en el curso de perfeccionamiento obligatorio, pero, de ser necesario, la decisión de incluirlo en ese curso se adoptará tras examinar si se ajusta a la finalidad de la modificación introducida en relación con el perfeccionamiento de los profesionales de la medicina.

64.Cada establecimiento penitenciario dependiente del Ministerio de Justicia imparte frecuentemente formación a todos sus agentes, incluidos los funcionarios médicos, para mejorar su conocimiento de las cuestiones de derechos humanos, como la prohibición de la tortura y de los actos de crueldad. También imparte cada año cursos de formación para los nuevos funcionarios médicos (unos 10) y los médicos de salud pública (unos 30) sobre comunicación en materia de género, política médica para los internos, tareas de los funcionarios médicos y legislación penitenciaria, que son necesarios para mejorar la atención médica a fin de proteger el derecho de los internos a la salud y garantizar una administración penitenciaria respetuosa de los derechos humanos.

Respuesta al párrafo 11 c) de la lista de cuestiones

65.Tras completar el curso de formación, los agentes judiciales y de la fiscalía responden una encuesta sobre el curso y las clases. Los temas de la encuesta incluyen cuestiones internas, como la adecuación del período de formación o el contenido y la composición de las asignaturas, así como cuestiones operacionales, como la capacidad de los instructores o la suficiencia del apoyo prestado por los funcionarios competentes, y cuestiones relacionadas con el entorno, como los locales de formación y aseo o el servicio de comidas, para realizar una evaluación integral del curso. Mediante la encuesta, el Instituto de Justicia procura determinar los diversos factores que pueden afectar la eficacia de la formación y el suministro de una capacitación sustancial subsanando las deficiencias de los cursos. Por otra parte, al realizar encuestas con las personas que han concluido la formación, se han reintegrado a sus instituciones y han retomado contacto con sus colegas y superiores, el Instituto de Justicia procura mejorar continuamente el curso determinando en qué medida la formación ha aumentado la capacidad práctica de los asistentes y recabar opiniones sobre las mejoras que pueden introducirse.

Artículo 11

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

66.El Ministerio de Justicia preparó y aplicó medidas para ampliar la libertad condicional, como la flexibilización de las normas de aplicación de esa libertad a las personas socialmente desfavorecidas o la introducción de la posibilidad de concederla a los internos recluidos por un período breve (véase el cuadro 19). El Ministerio de Justicia ejecutó gradualmente proyectos para ampliar los lugares de acogida construyendo nuevos establecimientos penitenciarios o mudando los existentes, remodelando los espacios inutilizados y ampliando los edificios de acogida para reducir el hacinamiento y agrandar las salas destinadas a los internos. Véase, en el cuadro 20, la proporción de internos respecto a la capacidad existente.

67.Para mejorar las condiciones materiales en los establecimientos penitenciarios, el Ministerio de Justicia mejoró continuamente las instalaciones y el entorno de vida instalando luces led y modernizando el sistema de calefacción y los aseos en los centros penitenciarios de todo el país. Con respecto a las reglas 18 (Higiene personal) y 19 (Ropas y cama), el Ministerio promueve el mejoramiento de la higiene y la protección de los derechos humanos instalando lavadoras para uso común, suministrando camisetas y distribuyendo bandejas personales para comida, entre otras actividades. El Ministerio se esforzará continuamente por aplicar las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos en su administración penitenciaria teniendo plenamente en cuenta los reglamentos y leyes vigentes y los cambios en el entorno penitenciario, entre otras cosas. Los internos se mantienen en buena salud haciendo ejercicios físicos una hora por día. Además, el Ministerio apoya su reintegración en la sociedad minimizando la sensación de aislamiento que pueden experimentar por estar en un centro cerrado aplicando medidas de sociabilización consistentes en salidas y programas de recuperación de las relaciones familiares. Esa sociabilización se ampliará continuamente.

68.En el período examinado se contrataron 575 guardias de prisiones. El Ministerio de Justicia procura garantizar la presencia de personal médico mejorando el entorno laboral, por ejemplo, instalando equipo médico de avanzada y aumentando la categoría y remuneración de los funcionarios médicos. Véase el cuadro 21 al respecto. Está aumentando la atención médica especializada externa, como la derivación a centros médicos externos, el tratamiento ambulatorio o el tratamiento a distancia por videollamada, ya que las autoridades penitenciarias desplegaron grandes esfuerzos en ese ámbito, y, en particular, el número de casos de tratamiento a distancia por videollamada aumentó a 24.088 en 2020, frente a los 14.377 de 2017, y en noviembre de 2020 se establecieron sistemas de atención médica a distancia en 47 establecimientos penitenciarios y 31 hospitales asociados. En 2020, el número de casos de derivación a centros médicos externos disminuyó a 37.101 a causa de la reducción de las consultas médicas presenciales debida a la COVID-19, pero la tendencia había sido al alza entre 2017 (37.403 casos) y 2019 (39.824 casos).

69.Para que los dispositivos de protección y medios de coerción se utilicen únicamente como medida de último recurso, los artículos 97 a 99 de la Ley de Establecimientos Penitenciarios regulan estrictamente los requisitos para su empleo y la prohibición de su abuso, entre otras cosas. Al utilizar dispositivos de protección o medios de coerción, los agentes deben emplear, en principio, un aparato de video, como una videocámara o una cámara corporal, y el material probatorio debe conservarse 90 días como mínimo. Para verificar si esas normas se cumplen, se preparó una salvaguardia institucional conforme al artículo 183 del Reglamento de Aplicación de la Ley mencionada. Por ejemplo, si se utilizan continuamente dispositivos de protección, estos deben examinarse y registrarse cuatro veces por día como mínimo y los movimientos deben observarse y registrarse cada hora.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

70.La reclusión en régimen de aislamiento debe imponerse por un período máximo de 30 días sobre la base de la resolución relativa a la gravedad de la violación de las normas aprobada por el comité disciplinario. El Ministerio de Justicia está estudiando medidas para reducir la duración máxima de esa reclusión como castigo para ajustarse a las normas internacionales de derechos humanos. El 4 de febrero de 2020 se modificó el artículo 112, párrafos 4 y 5, de la Ley de Establecimientos Penitenciarios para que incluso los internos a quienes se suspende la salida al aire libre para hacer ejercicios puedan hacerlo al menos una vez por semana. Conforme al artículo 112, párrafo 6, de la Ley y el artículo 133, párrafo 4, de su Decreto de Aplicación, los internos sometidos al régimen de aislamiento reciben una atención médica apropiada. Por ejemplo, un oficial médico debe chequear frecuentemente su salud antes, durante y después del aislamiento. Con arreglo al artículo 111, párrafo 6, de la Ley, las personas sometidas a sanciones disciplinarias deben tener la posibilidad de declarar ante el comité de manera presencial, comunicar oralmente o por escrito cualquier hecho que les resulte favorable, presentar pruebas, o formular una objeción, por ejemplo, interponiendo un recurso administrativo contra la decisión adoptada.

71.Con respecto a la composición del comité disciplinario en virtud de la Ley, este debe establecerse en los establecimientos penitenciarios para adoptar las sanciones disciplinarias aplicables a los internos. El subdirector de cada centro se desempeñará como presidente del comité, que deberá estar compuesto por cinco a siete miembros. El director designará al menos a tres miembros entre los directores de los organismos competentes y el personal externo que tengan gran conocimiento y experiencia en materia penitenciaria. Cualquier persona sometida a una sanción disciplinaria puede presentar una solicitud para recusar a un miembro. El director que ha pedido la sanción disciplinaria y los miembros encargados de la investigación no pueden asistir a las reuniones del comité. Si un miembro es familiar de la persona sometida a una sanción disciplinaria o existe un motivo especial para sospechar fundadamente que ese miembro no ha sido imparcial en la consideración y adopción de la sanción, no podrá asistir a las reuniones del comité. Además, solo cuando al menos un miembro externo esté presente se podrá considerar que el comité actúa con objetividad e imparcialidad. Por otra parte, como se considera que los miembros externos son funcionarios públicos, la pena es agravada en caso de cometerse actos ilícitos como el soborno o la divulgación de información confidencial en el desempeño de sus funciones. Por otra parte, se protege el derecho de defensa de las personas sometidas a una sanción disciplinaria, puesto que pueden expresarse lo suficiente ante el comité y comunicar oralmente o por escrito cualquier hecho que les resulte favorable o presentar pruebas. Véanse, en el cuadro 22, las normas para la designación de los miembros del comité disciplinario.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

72.Gracias a la construcción de nuevos establecimientos penitenciarios, el Gobierno trasladó consecutivamente a estos a los presos preventivos que estaban en celdas alternativas. En abril de 2021 se habían cerrado todas las celdas alternativas y los internos de las cuatro comisarías de policía restantes habían sido trasladados. Para reducir el hacinamiento, en 2020 se abrió la Prisión de Gangwon Septentrional, en Sokcho, y el Gobierno puso en marcha la construcción de cinco centros penitenciarios en Hwaseong, Taebaek y Gyeonggi Septentrional, entre otros lugares, así como la mudanza y reconstrucción de ocho establecimientos y la ampliación y remodelación de otros seis. Sírvanse remitirse al párrafo 66, donde se indica el número de guardias de prisiones. En agosto de 2020, los establecimientos penitenciarios admitieron a los presos preventivos de las cuatro celdas alternativas restantes. Los presos y las presas están separados y guardias mujeres supervisan, entre otras cosas, el reconocimiento médico, el asesoramiento, la formación y el trabajo de las internas.

Respuesta al párrafo 15 a) de la lista de cuestiones

73.En el cuadro 23 se indican el número de muertes de personas privadas de libertad y las causas de esas muertes.

Edad y sexo de las víctimas, resultado de las investigaciones y medidas de reparación ofrecidas a los familiares

74.De las personas privadas de libertad fallecidas, 5 tenían entre 19 y 39 años, 54 entre 40 y 59 años y 39 tenían 60 años o más. Dos de esas personas eran mujeres y 96 eran hombres. El resultado de las investigaciones de esas muertes se comunica por instrucción de los fiscales, tras lo cual se cierra la investigación interna. Entre 2017 y 2019, los familiares de los fallecidos durante la privación de libertad presentaron 13 demandas de indemnización por el Estado, 9 de las cuales se dieron por concluidas y 4 están sustanciándose. En 2 de las 9 demandas concluidas se reconoció y pagó una indemnización a los familiares.

Suministro de un tratamiento médico adecuado a los reclusos enfermos o que necesitan una atención médica especializada

75.Para potenciar el derecho de los reclusos a recibir tratamiento médico externo, el Gobierno previó las consultas en centros médicos externos, los tratamientos ambulatorios y el tratamiento médico a distancia por videollamada. Especialmente, en 2020 el tratamiento por videollamada se suministró en 47 establecimientos penitenciarios y se previó ampliar ese servicio a todos los establecimientos en 2021. Sírvanse remitirse al párrafo 15 respecto al reconocimiento médico de los internos.

Medidas específicas adoptadas para prevenir las muertes de personas privadas de libertad, incluidos los suicidios

76.El Gobierno se esfuerza por prevenir las muertes de personas privadas de libertad, incluidos los suicidios, disponiendo diversos tipos de atención médica, como los tratamientos que administran los oficiales médicos en los establecimientos penitenciarios, los centros médicos externos, los tratamientos ambulatorios, los tratamientos por videollamada, los reconocimientos médicos periódicos en instituciones externas para todos los internos, las salas de hemodiálisis o las clínicas a distancia. Tanto expertos internos como externos prestan asesoramiento en persona o por teléfono o videollamada para detectar precozmente a los internos que pueden llegar a suicidarse y ayudarlos a estabilizarse psicológicamente. Se ha previsto tratar continuamente de detectar a los reclusos de los grupos que corren un riesgo elevado de suicidarse impartiendo en el futuro a los internos una formación titulada “guardianes de vida para prevenir el suicidio”.

Respuesta al párrafo 15 b) de la lista de cuestiones

77.Cuando se produce una muerte durante la privación de libertad, el oficial especial de la policía judicial que se desempeña en el establecimiento penitenciario aplica el procedimiento correspondiente, a saber, la realización de una autopsia, por instrucción de la fiscalía. Cuando la muerte resulta del incumplimiento de su deber por un guardia, la institución supervisora, o sea, el organismo penitenciario local, realiza in situ una investigación de las circunstancias de la muerte y del cumplimiento adecuado de su deber por los guardias, entre otras cosas.

Procesamiento de los sospechosos de haber cometido actos de tortura, malos tratos físicos o psicológicos o negligencia dolosa

78.Los agentes públicos que cometen tortura o actos de crueldad son castigados en virtud de los artículos 124 y 125 del Código Penal y 4-2 de la Ley de Penalización Agravada de Determinados Delitos (cuando una persona comete un delito tipificado en los artículos 124 o 125 del Código Penal que causa lesiones a otra o su muerte).

Castigo de los sospechosos de manera proporcional a la gravedad de sus actos en caso de ser declarados culpables

79.Hasta la presentación de este informe no había habido casos de procesamiento de sospechosos de haber cometido actos de tortura, malos tratos físicos o psicológicos o negligencia dolosa en relación con una muerte ocurrida durante la privación de libertad, pero, si esos casos se produjeran, la fiscalía de la República de Corea requeriría el castigo de esas personas de manera proporcional a la gravedad de sus actos.

Respuesta al párrafo 15 c) de la lista de cuestiones

80.Cuando se produce una muerte durante la privación de libertad, el oficial especial de la policía judicial que se desempeña en el establecimiento penitenciario aplica el procedimiento correspondiente, a saber, la realización de una autopsia, por instrucción de la fiscalía. En cuanto a las 98 muertes ocurridas en los establecimientos penitenciarios en los tres últimos años, esos oficiales realizaron autopsias, por instrucción de la fiscalía, con arreglo al acuerdo otorgado por los familiares de los fallecidos y el dictamen médico sobre la necesidad de realizar una autopsia. El resultado de las autopsias permitió eliminar categóricamente cualquier sospecha sobre la causa de las muertes.

Recepción de los informes de las autopsias por los familiares de los fallecidos

81.El Código de Procedimiento Penal dispone que, cuando se sospeche que una persona ha muerto a causa de un delito o la causa de su muerte es sospechosa, el fiscal facultado para investigar y encausar examinará el cadáver y podrá organizar una autopsia en cumplimiento de una orden judicial. Antes de la autopsia, esta se notifica a los familiares de la persona fallecida y se protege su derecho a ser informados explicando el resultado de la autopsia de una manera que no comprometa la imparcialidad de la investigación. Sin embargo, no se les envía por escrito un informe de la autopsia.

Posibilidad de que los familiares de los fallecidos encarguen una autopsia independiente, si así lo solicitan

82.Cuando se sospecha que un recluso ha muerto a causa de un delito o la causa de su muerte es sospechosa, el fiscal imparte instrucciones a los oficiales especiales de la policía judicial que se desempeñan en el establecimiento penitenciario y organiza una autopsia en el Servicio Forense Nacional independiente en cumplimiento de una orden judicial. De las 98 muertes de personas privadas de libertad ocurridas en los tres últimos años, 71 cadáveres fueron objeto de autopsias realizadas en ese Servicio.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

83.El Gobierno se identifica con el propósito del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el sentido de que el Estado debe adoptar todas las medidas necesarias para proteger la dignidad natural del ser humano y el derecho a la vida y señala que la comunidad internacional lo ha reconocido como un “abolicionista de hecho”, ya que no ha ejecutado ninguna condena a muerte desde 1997. Sin embargo, como la abolición de la pena de muerte es una cuestión importante que tiene que ver con el fundamento mismo del derecho del Estado a imponer sanciones, el Gobierno prevé examinar este asunto con detenimiento.

84.Al 28 de abril de 2021, había 55 condenados a muerte en espera de ejecución y desde mayo de 2017 no ha habido condenas a muerte impuestas por los tribunales ni conmutaciones de la pena capital por pena de prisión. Por otra parte, en el Establecimiento Penitenciario Militar hay 4 condenados a muerte en espera de ejecución y desde febrero de 2016 no ha habido casos de condena a muerte ni de conmutación de la pena capital por pena de prisión.

85.El trato general dispensado a los condenados a muerte en espera de ejecución, que incluye la atribución de una sala de estar, actividades religiosas, ejercicio físico al aire libre, comidas, atención médica y envío y recepción de correspondencia, así como el presupuesto destinado a la gestión del aislamiento del condenado, es el mismo que el dispensado a los demás internos. En particular, se presta un amplio asesoramiento y se garantiza el asesoramiento por expertos externos para mantener la estabilidad psicológica del condenado a muerte y su aislamiento en condiciones normales.

Artículos 12 y 13

Respuesta al párrafo 17 a) de la lista de cuestiones

86.En 2016, el Gobierno modificó el Código Penal Militar para prevenir la violencia, el acoso sexual, el abuso sexual y los actos de crueldad, entre otros delitos, en las unidades militares y garantizó el castigo de la violencia y las amenazas entre soldados, cualquiera sea la voluntad de las víctimas. Además, el 29 de marzo de 2016 se establecieron las normas para determinar las sanciones disciplinarias aplicables a los autores de actos de crueldad a fin de agravarlas. Por otra parte, la Ley Marco sobre el Estatuto y el Servicio Militares regula la formación obligatoria en materia, entre otras cosas, de derechos fundamentales de los soldados y procedimiento de reparación, prescribe la obligación de denunciar la violencia y los actos de crueldad y prevé medidas para proteger la identidad del denunciante, a fin de prevenir las vulneraciones de los derechos humanos en las unidades militares.

Posibilidad de: i) determinar directamente la responsabilidad de los autores y las personas que forman parte de la cadena de mando, ii) encausar y castigar a los culpables con penas proporcionales a la gravedad de sus actos, y iii) publicar el resultado de las investigaciones correspondientes

87.Con respecto a los malos tratos verbales, insultos, violaciones y actos de crueldad cometidos en las unidades militares, el Ministerio de Defensa Nacional estableció las normas relativas a la responsabilidad de los comandantes supervisores primero, segundo y tercero y los oficiales correspondientes, según la gravedad de los incidentes, en la Directiva para la Gestión de las Unidades Militares (Ordenanza del Ministerio de Defensa Nacional) (véase el cuadro 24), a fin de sancionar a las personas que forman parte de la cadena de mando. En principio, los juicios sustanciados por los tribunales militares están abiertos al público, como se indica en el cuadro 25, y, al concluir las actuaciones, la sentencia condenatoria se publica.

88.El 3 de septiembre de 2018, el Ministerio de Defensa Nacional puso en funcionamiento su Comité para la Igualdad de Género, compuesto por miembros internos y externos de las fuerzas armadas, a fin de reforzar en estas la realización de tareas con perspectiva de género. También puso en funcionamiento la Oficina de Asesoramiento en Trastornos Sexuales y la Oficina para la Igualdad de Género, encargadas de prestar asesoramiento a los soldados en materia de trastornos sexuales y, en caso de abuso sexual, proteger a las víctimas y apoyar su tratamiento. En 2019, el Ministerio realizó el Estudio sobre el Abuso Sexual en las Fuerzas Armadas para comprobar el conocimiento que tenían los soldados de los malos tratos sexuales y la situación real en el ámbito de esos vejámenes, así como conocer las exigencias de mejora de las políticas aplicadas en esa esfera. Además, se incrementó el personal que se ocupa de la erradicación del abuso sexual.

89.Por otra parte, el Ministerio preparó diversas directrices y modificó los reglamentos y leyes sobre las actividades de prevención del abuso sexual poniendo en vigor una modificación de la Directiva para la Gestión de las Unidades Militares a fin de especificar el momento adecuado para adoptar medidas de protección de las víctimas de abuso sexual y prevenir la victimización secundaria.

Posibilidad de derogar el artículo 92-6 del Código Penal Militar

90.Las Fuerzas Armadas de la República de Corea prohíben la discriminación motivada por la homosexualidad de los soldados. Además, el delito de acto indecente tipificado en el artículo 92-6 del Código Penal Militar solo puede referirse a los actos indecentes que relajan la disciplina militar. Se trata de prevenir las vulneraciones de los derechos humanos motivadas por la homosexualidad de los soldados estableciendo las normas pertinentes (Directiva para la Gestión de las Unidades Militares, art. 253). Sin embargo, como algunos señalan que los elementos constitutivos del delito de acto indecente discriminan a los homosexuales y no son claros, el Tribunal Constitucional está sustanciando nuevamente un recurso de inconstitucionalidad de la ley y en el futuro se adoptarán medidas basadas en la decisión de ese tribunal. Por otra parte, el Ministerio de Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas determinan estrictamente si un acto constituye un delito de acto indecente mediante su investigación y encausamiento para prevenir un castigo excesivo y procuran reducir al mínimo el procesamiento de los delitos de acto indecente.

91.La decisión de derogar el artículo 92-6 del Código Penal Militar debe adoptarse por vía legislativa teniendo en cuenta plenamente los beneficios y salvaguardias de la ley, la intención del legislador y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, entre otros, sobre esa disposición. En el pasado, el Tribunal Constitucional consideró que esa discriminación tenía un fundamento razonable (Tribunal Constitucional, Decisión 2012HunBa258, de 28 de julio de 2016, entre otras), pero el Ministerio de Defensa Nacional no persigue severamente el delito de acto indecente y el número de penas impuestas por el Tribunal Militar por el delito de acto indecente tipificado en el artículo 92-6 fue de cinco en 2018 y dos en 2019.

Respuesta al párrafo 17 b) de la lista de cuestiones

92.Actualmente, el Gobierno considera que la cuestión de la creación de la defensoría del personal militar forma parte de la agenda nacional y procura modificar la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para crear esa defensoría en esta comisión. En mayo de 2021 estaban pendientes de tramitación en la Mesa de la XXI legislatura de la Asamblea Nacional un proyecto de ley de creación de la defensoría en la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentado por algunos diputados y otro proyecto en ese sentido presentado por otros diputados, y el Ministerio de Defensa Nacional está cooperando activamente para que esos proyectos se aprueben lo antes posible.

Información sobre el resultado de los tres proyectos de ley al respecto presentados a la Asamblea Nacional

93.Todos los proyectos de ley existentes se descartaron debido a la conclusión de la XX legislatura de la Asamblea Nacional, y la Comisión Nacional de Derechos Humanos está preparándose para las medidas legislativas que adopte el Gobierno al respecto.

Información sobre el mandato y la condición jurídica de la defensoría del personal militar

94.Sírvanse remitirse al párrafo 38, donde se detallan las investigaciones que puede realizar de oficio la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Se modificará la Ley de esta comisión para crear la defensoría del personal militar y el comité de protección de los derechos humanos de ese personal y permitir las visitas e investigaciones en las unidades militares sobre la base de las resoluciones que se aprueben, si se considera necesario.

Respuesta al párrafo 17 c) de la lista de cuestiones

95.La línea telefónica de asistencia “Hel Call” del Ministerio de Defensa Nacional es un canal de comunicación que opera, en las unidades militares, sobre la base del artículo 8 del Reglamento de Aplicación de la Ley Marco sobre el Estatuto y el Servicio Militares y el artículo 173-2 de la Directiva para la Gestión de las Unidades Militares. Véanse los detalles de sus operaciones en el cuadro 26.

Resultados del proyecto de investigación iniciado en abril de 2017 con el fin de hacer un diagnóstico del grado de respeto de los derechos humanos en las fuerzas armadas

96.El Ministerio de Defensa Nacional y el Instituto de Análisis de Defensa de Corea visitaron conjuntamente unidades militares y del 11 al 30 de septiembre de 2017 realizaron una encuesta colectiva con 1.764 oficiales y 3.917 soldados para hacer un diagnóstico sobre las condiciones de vida y la situación de los derechos humanos del personal militar y utilizar los resultados de la encuesta para elaborar las políticas de defensa en materia de mejoramiento del bienestar y los derechos humanos de los soldados en el futuro. En el cuadro 27 figuran los resultados de la encuesta en el ámbito de los malos tratos y actos de crueldad.

Efectividad en la reducción de la violencia y las vulneraciones de los derechos humanos

97.Según los resultados de la encuesta sobre la situación de los derechos humanos realizada conjuntamente por el Ministerio de Defensa Nacional y el Instituto de Análisis de Defensa de Corea en 2018, la proporción de soldados que habían sido objeto de vulneraciones de los derechos humanos había disminuido del 7,5 % en 2017 al 6,8 % en 2018 y la de los oficiales del 4,3 % en 2017 al 4,0 % en 2018.

Artículo 14

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

98.El Gobierno se esforzó por mantener el contacto con las víctimas y las asociaciones civiles para resolver el problema de las víctimas de la esclavitud sexual del ejército imperial japonés, las llamadas “mujeres de solaz”, aplicando un enfoque centrado en la víctima. El 4 de junio de 2021, el Gobierno coreano organizó la “Reunión de Consulta Público-Privada”, presidida por la Oficina de Coordinación de las Políticas Gubernamentales, y otra reunión público-privada el 7 de julio de 2021, presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para escuchar las opiniones de diversos sectores sobre la cuestión de las “mujeres de solaz”, entre ellos organizaciones de apoyo a las víctimas y expertos del mundo académico. El Gobierno seguirá adoptando medidas para resolver el problema de esas mujeres aplicando un enfoque centrado en la víctima. Además, el Gobierno se ha esforzado por concienciar a la comunidad internacional sobre el hecho de que el de las “mujeres de solaz” es un problema sin precedentes de violación de los derechos humanos de las mujeres y de los derechos humanos universales en los conflictos armados, que excede del ámbito de las relaciones bilaterales entre Corea y el Japón y ha suscitado múltiples presentaciones ante el Consejo de Derechos Humanos, la Tercera Comisión, el Debate Abierto del Consejo de Seguridad y otros ámbitos.

99.Para apoyar a las víctimas de la esclavitud sexual reclutadas para el ejército imperial japonés, las mujeres registradas como personas con derecho a recibir apoyo a fin de garantizar sus medios de subsistencia con arreglo a la Ley de Protección, Apoyo y Proyectos Conmemorativos para las Víctimas de la Esclavitud Sexual del Ejército Imperial Japonés reciben cada mes ese tipo de apoyo, sufragado con los 43 millones de won de los primeros subsidios especiales y los subsidios de subsistencia. Además, como las víctimas están envejeciendo, aumentan las solicitudes de apoyo para recibir atención médica y servicios de enfermería, por lo que se suministran prestaciones médicas y se costean los gastos de enfermería. Por otra parte, para prestar apoyo psicológico a esas víctimas se determinan, mediante contactos y visitas periódicos, su situación en materia de subsistencia y sus solicitudes de apoyo y cada año se realiza una encuesta sobre esa situación y el grado de satisfacción en la que participan las víctimas y sus cuidadores a fin de evaluar el apoyo necesario. Desde agosto de 2018, el Ministerio de Igualdad de Género y Familia actúa por conducto del Instituto de Investigación sobre la Esclavitud Sexual de las Fuerzas Armadas Japonesas para sentar las bases de la gestión general e integración de la investigación relacionada con las víctimas, los progresos sistemáticos de la investigación complementaria y la formación de la generación siguiente. Véanse los principales proyectos al respecto en el cuadro 28. Además, el Ministerio se ha esforzado por lograr que las víctimas recuperen su honor y crear más conciencia sobre la verdadera historia mediante diversos proyectos, como una ceremonia nacional celebrada el día conmemorativo para las víctimas en agosto, la conferencia internacional sobre las víctimas, exposiciones en el país y el extranjero, concursos de arte para adolescentes y proyectos para grupos privados, entre otras actividades. La Ley de Protección establece las obligaciones del Estado respecto a las víctimas de la esclavitud sexual del ejército imperial japonés en el ámbito de las cuestiones que figuran en el cuadro 29. El Ministerio de Igualdad de Género y Familia decide cuáles son las personas cuya condición de víctimas determina el Comité de Reflexión para el Apoyo y Proyecto Conmemorativo a las Víctimas de la Esclavitud Sexual del Ejército Imperial Japonés y las registra, y esas personas tienen pues derecho a recibir apoyo para su subsistencia. El apoyo que se indica en el cuadro 30 se presta de acuerdo con el artículo 4 de la Ley de Protección. En cuanto a la formación sobre la restauración del honor de las víctimas y la reparación que debe proporcionárseles, el Ministerio ejecutó proyectos conmemorativos, que figuran en el cuadro 31.

Artículo 16

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

100.En noviembre de 2018, el Gobierno anunció las medidas para prevenir la violencia doméstica destinadas a toda la estructura gubernamental, en junio de 2019 describió esas medidas en las disposiciones correspondientes y en noviembre de 2019, durante la XX legislatura de la Asamblea Nacional, y septiembre de 2020, durante la XXI legislatura, presentó, por intermedio de algunos diputados, un proyecto de ley para modificar la Ley de Casos Especiales relativos a la Sanción de los Delitos de Violencia Doméstica a fin de reforzar la respuesta en la escena del delito previendo la detención de los autores de delitos flagrantes y los efectos de medidas temporales como la sanción penal por la violación de estas medidas. En octubre de 2020, la Asamblea Nacional aprobó esa modificación, que entró en vigor en enero de 2021.

101.Con respecto a la violencia sexual, para agravar su penalización cuando se la ejerce abusando de su superioridad, en octubre de 2018 el Gobierno modificó el Código Penal y la Ley de Casos Especiales relativos a la Sanción de los Delitos Sexuales, a fin de agravar la sanción legal de los delitos de acto indecente y relación sexual en el trabajo cometidos mediante engaño o amenaza de uso de la fuerza. También se agravó la sanción legal de la violencia sexual grave, como la violación con agravante.

102.En mayo de 2020 se puso en vigor la modificación del Código Penal y la Ley de Casos Especiales relativos a la Sanción de los Delitos Sexuales a fin de agravar la sanción de los delitos de violencia sexual y aumentar de los 13 a los 16 años la edad legal máxima para castigar la violación agravada por la edad de la víctima, incorporar los delitos de preparación y conspiración para cometer delitos de violencia sexual grave, reforzar la sanción por videos ilegales de adultos e incorporar el delito de posesión de videos sexuales ilegales, entre otras cosas.

103.El Gobierno protegió y apoyó a las víctimas de actos individuales de violencia doméstica y violencia sexual, entre otras formas de violencia, pero, como esa violencia reviste diversas formas, como el acoso, la violencia en las citas de pareja o la violencia en la red de comunicaciones e información, el Gobierno sentó las bases para la protección y el apoyo a las víctimas de la violencia contra la mujer sin pasar por alto aspectos importantes mediante la Ley Marco de Prevención de la Violencia contra la Mujer, promulgada en diciembre de 2018. Sobre esa base, en 2020 las autoridades organizaron y pusieron en funcionamiento el Comité de Prevención de la Violencia contra la Mujer a fin de adoptar sistemáticamente medidas eficaces para prevenir ese tipo de violencia, en febrero de 2020 establecieron el plan básico de políticas destinadas a prevenirla y aseguraron el seguimiento del plan de aplicación anual y medidas importantes. Además, las personas que trabajan en las instituciones de investigación deben recibir formación para prevenir la victimización secundaria y se encararon proyectos de investigación de la situación real en materia de violencia contra la mujer y de preparación de estadísticas sobre esa violencia.

104.También la policía se dedicó a investigar las necesidades de las mujeres que precisan seguridad. En mayo de 2019, la PNC creó el organismo Oficiales de Planificación para la Seguridad de las Mujeres a fin de erradicar los delitos contra la mujer. En el primer semestre de 2018 se establecieron, en las policías municipales y provinciales de todo el país, los equipos de investigación de la ciberviolencia sexual y equipos especiales de investigación de los delitos contra la mujer. También en el primer semestre de 2018 se promovieron activamente medidas enérgicas para combatir los delitos contra la mujer, como la filmación ilegal, la violencia sexual, la violencia doméstica, la violencia en las citas de pareja o el acoso. En el segundo semestre del año se adoptaron enérgicas medidas especiales para reprimir a los autores de delitos de ciberviolencia sexual y se detuvo a 3.847 personas, entre ellas las que habían distribuido pornografía, combatiendo a los realizadores de películas para su exhibición fuera de Internet y en sitios web, los servicios web que ofrecen espacio de almacenamiento en disco y los usuarios que almacenaban en ellos gran cantidad de contenidos, se bloqueó el acceso DNS de 150 sitios obscenos y se clausuraron 92 de esos sitios. En 2019, la lucha para la erradicación del cartel que operaba a través de servicios web de almacenamiento en disco continuó centrándose en 62 unidades de disco en la web y se detuvo a 947 personas, entre ellas 119 explotantes y usuarios que almacenaban gran cantidad de contenidos. Para responder de manera integral y sistemática a los delitos sexuales digitales causados por el caso de la explotación sexual por Instagram, en 2020 se creó y empezó a funcionar la Oficina Central de Investigaciones Especiales sobre los Ciberdelitos Sexuales, que tramitó 2.807 casos y detuvo a 3.575 personas. También se recuperaron los beneficios obtenidos en 51 casos. Para responder de manera integral y sistemática a los ciberdelitos sexuales causados por el caso de la explotación sexual por Instagram, en 2020 la Oficina creó y puso en funcionamiento el Departamento de Investigaciones Especiales sobre los Ciberdelitos Sexuales para tramitar 2.807 casos y detener a 3.575 presuntos delincuentes, y recuperó los beneficios obtenidos en 51 de esos casos. Además, se aplicaron medidas especiales y específicas de protección y apoyo a las víctimas de ciberdelitos sexuales y se creó el cargo de oficial de policía encargado de la víctima para prestar apoyo a las víctimas desde el momento de la recepción de la denuncia hasta la conexión post mortem. Como resultado, 1.094 víctimas fueron objeto de 4.387 intervenciones personalizadas de protección y apoyo, como la supresión de los videos correspondientes y la conexión con las instituciones profesionales. En el futuro, el Gobierno seguirá aumentando el personal del equipo de investigaciones especiales para mejorar la profesionalidad, realizar investigaciones minuciosas, prevenir la victimización secundaria y proteger a las víctimas reforzando la formación con perspectiva de género de los investigadores, y continuará promoviendo el reforzamiento de la formación y las inspecciones in situ.

105.El 20 de abril de 2021, el Gobierno agravó la sanción de los delitos de acoso promulgando la Ley de Sanción del Acoso, que entrará en vigor el 21 de octubre de 2021. Los actos de acoso se definen como actos de acercamiento, seguimiento u obstrucción del paso de una víctima sin motivos razonables y contra la voluntad de esta, y los actos continuos y reiterados de acoso se definen como delitos de acoso. El agente de la policía judicial puede adoptar una medida de emergencia cuando existe la probabilidad de que se cometa un delito de acoso y se necesita una respuesta urgente para prevenirlo. El fiscal debe solicitar la aprobación posterior al tribunal y este debe otorgarla. Cuando se considera probable la reiteración de un delito de acoso, el fiscal puede solicitar medidas cautelares, como una orden de alejamiento, recurriendo al tribunal de oficio o previa solicitud del agente de la policía judicial. Si se considera que esa medida es necesaria para garantizar la eficacia de la investigación, la escucha o la protección de la víctima del delito de acoso, el tribunal puede decretar una medida cautelar. Los autores de delitos de acoso se enfrentan a una pena de prisión de tres años como máximo o multa de hasta 30 millones de won, y los que portan o emplean un arma letal o un objeto peligroso pueden ser sancionados con una pena de prisión de cinco años como máximo o multa de hasta 50 millones de won.

106.Para responder decididamente a los nuevos tipos de delitos contra las mujeres, la Fiscalía Suprema impartió instrucciones y capacitación sobre la forma de reprimir firmemente los delitos de violencia de género, creó y puso en funcionamiento un equipo especial encargado de los delitos contra las mujeres y los niños, organizó un taller conjunto con organismos competentes, reforzó las normas internas de la fiscalía para la tramitación de los distintos casos e impartió formación a los fiscales encargados de los delitos contra las mujeres y los niños para aumentar su capacidad. Además, se sancionan severamente los nuevos tipos de delitos sexuales digitales gracias al reforzamiento de las normas para la tramitación de los casos de explotación sexual mediante videos, puestas en vigor el 9 de abril de 2020.

Tipificación de la violación conyugal como delito diferenciadoen el Código Penal

107.Actualmente, la violación conyugal puede sancionarse con arreglo a las leyes vigentes, y el Tribunal Supremo decidió que la persona prevista en el artículo 297 del Código Penal puede ser el cónyuge y que el delito de violación puede constituirse no solo en los casos en que la relación matrimonial se ha roto sino también cuando esa relación se mantiene en la práctica (Tribunal Supremo, Decisión 2012Do14788). Por consiguiente, no es tan necesario aprobar una disposición legal aparte en esta materia.

Protección de las víctimas de la violencia doméstica con medidas como órdenes de alejamiento

108.Con arreglo a la legislación vigente pueden imponerse medidas cautelares y órdenes de protección de las víctimas, como el apartamiento del autor de la violencia doméstica, órdenes de alejamiento o dispositivos de comunicación para el cumplimiento de estas órdenes. En virtud de la modificación de la Ley de Casos Especiales relativos a la Sanción de los Delitos de Violencia Doméstica, promulgada en octubre de 2020 y puesta en vigor en enero de 2021, el Gobierno refuerza las medidas de alejamiento para garantizar que se imponga una sanción penal no consistente en una multa por la violación de las medidas cautelares, como las órdenes de alejamiento. Además, mediante esa modificación se añadió la limitación del derecho de visita como tipo de orden de protección de la víctima teniendo en cuenta los delitos reiterados que pueden cometerse en el ejercicio del derecho a visitar a los niños, y el quebrantamiento de esa limitación se castiga con una sanción penal.

Acceso de las víctimas de la violencia doméstica a centros de acogida adecuadamente financiados en todo el país

109.Hasta final de 2020, el Gobierno administraba en todo el país 65 albergues para ayudar a las víctimas de la violencia doméstica a estar protegidas en un lugar estable y valerse por sí mismas como miembros de la sociedad, y había proporcionado en alquiler 344 viviendas para garantizarles una vida comunitaria.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

110. Desde 2014, el Gobierno controla periódicamente los lugares de esparcimiento para extranjeros en cooperación con el Ministerio de Igualdad de Género y Familia y procuró prevenir la violencia sexual modificando el Reglamento de Aplicación de la Ley de Inmigración (junio de 2018) para imponer restricciones a los empleadores que tienen un historial de delitos sexuales cometidos contra personas extranjeras invitadas. Además, desde enero de 2020, al conceder la prolongación de la residencia a los titulares del visado de arte y entretenimiento (E-6), las autoridades examinan los indicadores de detección de la trata de personas presentados y verifican si ha habido perjuicio. Además, cuando los extranjeros han completado su proceso de reparación de la violación de sus derechos en materia civil y penal ante los tribunales, y la investigación y otros actos generados por el daño causado por delitos graves como la violencia sexual no les permiten seguir residiendo en Corea del Sur debido a la expiración del período original de residencia, se les concede el visado Varios (G-1) y pueden obtener empleo.

111.Se autoriza a los trabajadores extranjeros a cambiar de lugar de trabajo si son objeto de explotación o trato injusto en su calidad de trabajadores migrantes (Ley de Empleo de Trabajadores Extranjeros, art. 25) y en abril de 2021 se aumentó a 36 el número de posibles motivos de ese cambio, como la demora en el pago del salario o la violencia sexual. Para prevenir, entre otras cosas, la violencia sexual y el trato injusto contra los trabajadores migrantes, en abril de 2021 se modificó esa Ley para que los empleadores autorizados a emplear por primera vez a esos trabajadores recibieran formación sobre la legislación y reglamentación laborales y la vulneración de los derechos humanos, entre otras cuestiones. En el curso de formación laboral para los trabajadores migrantes se imparte formación sobre la prevención y represión del acoso sexual y se distribuyen folletos en los idiomas de 16 países de envío para prevenir o reparar los daños causados por la violencia sexual contra las trabajadoras migrantes. Además, cuando se inspeccionan los lugares de trabajo, los trabajadores migrantes que están en la primera etapa de su residencia en Corea del Sur, así como sus empleadores, son objeto de control, especialmente en lo referente a la violencia sexual, el trato injusto y la confiscación de documentos personales. También se imponen restricciones para emplear a extranjeros a los empleadores cuya autorización de empleo se ha cancelado por haber violado la legislación laboral ejerciendo violencia sexual o dispensando un trato injusto o que han sido sancionados con arreglo a la Ley de Inmigración por haber confiscado documentos personales. En particular, para garantizar la protección inmediata de las víctimas, las autoridades les permiten cambiar de lugar de trabajo incluso durante la investigación (cambio con carácter de emergencia) y las aíslan inmediatamente de los autores, prestan asesoramiento especializado a las víctimas de la violencia sexual, designan asesores especiales en los nueve centros de apoyo a los trabajadores extranjeros y preparan el Centro de Denuncia Anónima en el sitio web oficial del Ministerio de Empleo y Trabajo para proteger y apoyar a esas víctimas. El Gobierno también estableció una positiva relación de cooperación con las instituciones de apoyo a los extranjeros, como los servicios de protección o los albergues para los trabajadores extranjeros afectados por la violencia sexual.

112.La Corporación Coreana de Asistencia Jurídica, apoyada por el Ministerio de Justicia, suministra servicios de asistencia letrada a los trabajadores migrantes que no reciben suficiente protección jurídica debido a sus dificultades económicas o a su falta de conocimiento de las leyes. En el cuadro 32 se proporciona información sobre el asesoramiento jurídico y la representación judicial. En los tres últimos años, la Corporación proporcionó representación en demandas a 39.466 trabajadores extranjeros y 231 marineros cuyo pago de salarios se habían demorado. El Centro de Apoyo con Interpretación para los Trabajadores Extranjeros (Fundación Laboral de Corea) y los gobiernos locales suministran interpretación a esos servicios jurídicos.

113.El Centro de Asesoramiento a los Trabajadores Extranjeros y los 44 centros de apoyo a esos trabajadores incitan a los trabajadores migrantes a utilizar albergues cuando se han determinado, durante las visitas o llamadas de asesoramiento, los perjuicios que han sufrido. En particular, los 9 centros de apoyo a los trabajadores extranjeros agrupados en una plataforma central designan asesores especiales para adoptar inmediatamente medidas de protección de los trabajadores migrantes que han sufrido violencia sexual o trato injusto, entre otras cosas. Además, el Centro de Asesoramiento y los centros de apoyo facilitan la información de contacto y la ubicación de las instituciones que administran esos albergues a los trabajadores migrantes durante el proceso de asesoramiento, y esas instituciones inician el proceso de traslado a los albergues tras verificar la voluntad de los trabajadores, satisfaciendo rápidamente el interés de los que no tienen domicilio. El Ministerio de Empleo y Trabajo apoya a las instituciones que administran los albergues de los centros de apoyo a los trabajadores extranjeros para que las trabajadoras migrantes utilicen esos albergues (17 albergues en todo el país en 2021 (véase el cuadro 33)). Los albergues proporcionan un domicilio a los trabajadores migrantes (visados E-9 y H-2) que han cambiado de lugar de trabajo y hasta 2021 el Gobierno destinó unos 60 millones de won del presupuesto para subsidiar los alimentos (300.000 won por mes) a las instituciones que administraban cada albergue.

114.Conforme al artículo 109 de la Ley del Seguro Nacional de Salud, los coreanos del extranjero y los extranjeros residentes en la República de Corea tienen derecho al seguro nacional de salud, el trabajador empleado por un empleador inscrito en el seguro nacional de salud también tiene derecho a ese seguro, y las personas que tienen estatuto de residentes y residen en Corea del Sur durante seis meses como mínimo se convierten en trabajadores autónomos asegurados, y todos reciben las mismas prestaciones médicas que los ciudadanos residentes en el país.

115.Los motivos por los cuales los trabajadores extranjeros (E-9) pueden solicitar el cambio de empleo previsto en el artículo 25, párrafo 1, de la Ley de Empleo de Trabajadores Extranjeros figuran en el cuadro 34. En particular, en abril de 2021 se modificó la notificación de los motivos de un cambio de empleo del que el trabajador extranjero no es responsable para incluir el siniestro grave causado por la violación de la Ley de Seguridad e Higiene en el Trabajo, el suministro de alojamiento en locales temporales ilegales en violación de la Ley de Tierras Agrícolas y la Ley de Construcción, la propuesta de dimisión por estar fuera de temporada agrícola o haber concluido la temporada de pesca, y la falta de suscripción de una póliza de seguro de salud de suscripción obligatoria, con lo cual los motivos suman 36. A raíz de la puesta en marcha del sistema de cambio de empleo para los trabajadores extranjeros (E‑9), estos presentan una media de 50.000 solicitudes de cambio de empleo por año, que deben tramitarse en un plazo de siete días, y el 99,9 % de las solicitudes se aprueban.

116.Los trabajadores y trabajadoras migrantes pueden presentar una denuncia ante una oficina de inspección de trabajo local si el empleador ha violado leyes laborales, como en el caso de la demora en el pago de salarios, de conformidad con el artículo 104 de la Ley de Normas Laborales, y el inspector de trabajo debe investigar la denuncia presentada contra las personas sometidas a inspección (informantes, personas denunciadas, personas sospechosas y testigos, entre otras). En consecuencia, en los casos de delitos que se reconocen inmediatamente o en que el empleador al que se ha concedido un plazo para subsanar la infracción no la subsana a su debido tiempo, el inspector iniciará la investigación y enviará el caso a la fiscalía competente proponiendo el procesamiento del infractor. Entre 2017 y marzo de 2021, el número de casos enviados a la fiscalía proponiendo el procesamiento del infractor fue de 19.841.

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

117.Sírvanse remitirse a la respuesta proporcionada en el párrafo 55 sobre la modificación del artículo 5 del Decreto de Aplicación de la Ley de Refugiados. Cuando la solicitud para obtener el estatuto de refugiado presentada en el punto de entrada no se remite a la autoridad competente, el solicitante puede interponer un recurso administrativo. Mientras está pendiente ese recurso contra la decisión de no remisión, los procedimientos de retorno del solicitante se suspenden hasta que el recurso se resuelve definitivamente.

118.La Ley de Inmigración distingue entre la detención para examinar los casos de extranjeros que han violado la ley y adoptar una decisión al respecto y la detención de extranjeros para ejecutar una orden de expulsión. La duración de la primera es de 20 días como máximo. En cambio, la última no es más que un medio para lograr el objetivo de ejecutar la orden de expulsión y termina cuando el extranjero parte de la República de Corea en cumplimiento de esa orden. Con respecto a esta última, la Ley de Inmigración no prevé una duración máxima del período de detención y establece que “si fuere imposible repatriar inmediatamente a la persona desde la República de Corea, hasta que pudiere serlo”. Ello es así porque, cuando se regula la duración máxima del período de detención, si el extranjero que es objeto de una orden de expulsión se niega a abandonar la República de Corea sin un motivo razonable, la decisión de aplicar o no la ley puede adoptarse en función de cuál sea la intención del extranjero. Sin embargo, esos extranjeros no permanecen detenidos indefinidamente. El funcionario de inmigración tiene la obligación legal de ejecutar inmediatamente la orden de expulsión, y el plazo máximo para alcanzar el propósito de la orden de detención y la duración de esta se determinan basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y las decisiones del Comité de Examen del Ministerio de Justicia, en el que los miembros particulares y gubernamentales participan en igualdad de número y controlan esas detenciones. Gracias a esos controles, los extranjeros permanecen detenidos durante el tiempo mínimo necesario para alcanzar el propósito de la ejecución de la orden de expulsión. El control judicial se considera pertinente, habida cuenta de que es posible presentar una impugnación contra una orden de detención o expulsión conforme a los artículos 55 y 59, entre otros, de la Ley de Inmigración, así como solicitar al tribunal la suspensión de la ejecución de la orden de detención mediante una acción de anulación de esa orden o de la de expulsión.

119.De conformidad con el Reglamento sobre la Detención de Extranjeros, el Gobierno restringe la detención de niños menores de 14 años, se abstiene al máximo posible de detener a niños menores de 18 años y, incluso si es inevitable detener a esos niños porque han cometido una infracción penal, las normas vigentes disponen que las autoridades deben evitar la detención prolongada celebrando entrevistas periódicas e internando a los menores en locales especiales equipados de medios e instalaciones adicionales. También está preparándose una modificación de la Ley de Inmigración para incorporar el principio de la prohibición de la privación de libertad de los menores de edad (niños menores de 14 años) que cometen infracciones penales. Además, en enero de 2020 se puso en marcha el Sistema de Depósito de Fianza de Ejecución de Órdenes de Expulsión, que ha contribuido a garantizar la efectividad de estas órdenes, minimizar la privación de libertad de los extranjeros que han violado la ley y reducir al mínimo el período de internamiento suspendiendo temporalmente la detención del niño o el progenitor cuando se reconoce la razón de esa suspensión.

120.Para mejorar las condiciones materiales de vida en los centros de detención de inmigrantes, los extranjeros detenidos serán dispersados gracias a la construcción de un nuevo centro de detención de la Oficina de Inmigración de Seúl Sur, abierto el 4 de marzo de 2020 y con capacidad para 56 personas, y en el segundo semestre de 2022 se ha previsto completar la construcción de un nuevo edificio de oficinas en Ulsan y remodelar el centro de detención que tiene capacidad para 160 personas. Además, mediante inspecciones periódicas de los centros de detención para remplazar los calefactores y sistemas de aire acondicionado antiguos y las duchas para evitar que las personas detenidas se lesionen, el Gobierno continúa mejorando esas condiciones materiales. Asimismo, desde agosto de 2018 el Gobierno autoriza a los extranjeros detenidos a acceder a Internet previa solicitud en los centros de detención de extranjeros. Los médicos internos realizan periódicamente chequeos para garantizar la salud física y mental de los extranjeros detenidos, que también pueden acceder a centros médicos externos si lo desean. En abril de 2019 se contrató a psicólogos como asesores para tres centros de detención, a fin de que trataran el estrés de los extranjeros detenidos y promover su estabilidad psicológica.

121.En los centros de detención de extranjeros, los detenidos pueden hacer ejercicios físicos al aire libre cinco veces por semana y está ejecutándose el “Programa Dong-Gam”, que incluye, entre otras cosas, el estudio del idioma coreano, la gestión de la salud, la religión y el esparcimiento para garantizar su estabilidad psicológica. En los centros de detención se ocupan de la higiene especialistas diplomados y se instalaron purificadores de aire. El Gobierno seguirá esforzándose por asignar partidas presupuestarias adicionales para mejorar esos entornos residenciales.

122.En particular, sírvanse remitirse al párrafo 38 para las actividades de investigación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. La Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia también realiza periódicamente investigaciones sobre la situación real de los centros de detención y lleva a cabo visitas de investigación con arreglo a las leyes pertinentes. Los centros de detención, como los de detención de extranjeros, garantizan que los detenidos puedan hacer libremente llamadas al exterior instalando teléfonos públicos en los locales de detención y exhibiendo la información de contacto de las embajadas y el aviso sobre el procedimiento de presentación de recursos.

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

123.El Gobierno modificó el capítulo XXXI (Delitos de Trata de Personas) del Código Penal, ley fundamental que regula el derecho del Estado a sancionar, y el 5 de abril de 2013 puso en vigor el capítulo modificado, para adaptar los conceptos de la trata de personas a las normas internacionales. Anteriormente, esos delitos eran punibles en virtud de diversas normas sancionatorias, pero su tipificación se incorporó en el artículo 289 del Código Penal para ajustarse a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y aplicar en mayor medida el Protocolo de Palermo. Dado que la trata de personas constituye un crimen de lesa humanidad, se incorporó la disposición sobre la universalidad (art. 296-2) para sancionar, con arreglo a las leyes de la República de Corea, a los extranjeros que cometen delitos de trata fuera de Corea del Sur. De acuerdo con el Código Penal modificado, son punibles el secuestro, el rapto, la trata de personas con fines de explotación laboral, la trata con fines sexuales, la explotación sexual y la compraventa de órganos, entre otros delitos, y se incorporó en el Código una nueva disposición, a saber, el artículo 292, para sancionar severamente a las personas que reclutan, trasladan o entregan a otras con la intención de cometer secuestro, rapto o trata, entre otros actos, como delitos individuales.

124.El Gobierno promulgó la Ley de Prevención de la Trata de Personas y Protección de las Víctimas en respuesta a la preocupación de organizaciones internacionales y asociaciones civiles en el sentido de que la definición de la trata de personas del Código Penal era limitada y que la protección de las víctimas no era suficiente. En 2020, el Gobierno puso en marcha un equipo especial de los ministerios competentes bajo la dirección del Ministerio de Igualdad de Género y Familia, examinó las definiciones de la trata de personas que figuraban en las leyes nacionales conforme a las normas internacionales, revisó el sistema de protección de las víctimas de la trata y el de protección de las víctimas extranjeras y consideró la posibilidad de crear un organismo para combatir esa práctica. El proyecto de ley correspondiente se aprobó en el pleno de la Asamblea Nacional el 24 de marzo de 2021 y la Ley se promulgó el 20 de abril y se pondrá en vigor el 1 de enero de 2023.

125.Esta Ley define los delitos de trata de personas que figuraban en otras leyes, atribuye al Ministerio de Igualdad de Género y Familia la conducción de la adopción de las medidas generales destinadas a prevenir la trata conjuntamente con los demás ministerios competentes y regula las cuestiones generales relacionadas con la detección de las víctimas y la protección y el apoyo que deben prestárseles, así como las disposiciones especiales aplicables a los extranjeros. En virtud de esta Ley, el Ministerio de Justicia participa en la preparación de las medidas generales encaminadas a detectar, proteger y apoyar a las víctimas con los ministerios competentes, en particular el Ministerio de Igualdad de Género y Familia, e imparte formación para mejorar los conocimientos de los investigadores sobre la trata y aumentar su capacidad para hacerle frente.

126.La Ley de Prevención de la Trata de Personas y Protección de las Víctimas, cuya finalidad es proteger a las víctimas de la trata, no incluye disposiciones sancionatorias separadas, pero todas las formas de trata son punibles, incluidas las tratas con fines de explotación sexual y de explotación laboral, y algunos delitos, como la trata de niños y adolescentes, se sancionan con penas más severas, de conformidad con leyes especiales, como el Código Penal o la Ley sobre la Planificación de Actos Sexuales con Fines Comerciales. Además, la mencionada Ley dispone que los niños y las personas con discapacidad se considerarán víctimas de delitos de trata aun cuando no se hayan infligido malos tratos ni proferido amenazas, utilizado medios engañosos o empleado la fuerza, y protege a las víctimas más ampliamente que el Protocolo de Palermo, que solo habla de “niños”.

127.El Gobierno, por conducto de los organismos públicos competentes, controla la totalidad del proceso de empleo de trabajadores extranjeros mediante el Sistema de Permisos de Empleo para prevenir la vulneración de los derechos de esos trabajadores, como la trata o la explotación laboral, e imparte formación en materia de empleo, que incluye el estudio de las leyes laborales, antes y después de la llegada de esos trabajadores a Corea del Sur, para que puedan conocer sus derechos y los servicios de interpretación y asesoramiento y gozar de ellos. Se contrató a un mayor número de inspectores de trabajo para ejercer una vigilancia eficaz y entre 2017 y 2019 se contrataron 1.178 supervisores (911 inspectores de trabajo y 267 supervisores de seguridad en el trabajo). Además, los supervisores seleccionan a los empleadores que es muy probable que exploten el trabajo de las personas con desventajas, como los extranjeros o las personas con discapacidad, y averiguan, entre otras cosas, si han obligado a cumplir horarios de trabajo prolongados, maltratado a los trabajadores o pagado el salario mínimo, e imponen sanciones si detectan actos ilícitos. A raíz de ello, en 2017 los supervisores laborales inspeccionaron 22.574 lugares de trabajo y detectaron 58.692 actos ilícitos, y en 2018 inspeccionaron 26.082 lugares de trabajo y detectaron 70.009 actos ilícitos.

128.Para reforzar la protección de los derechos humanos de las trabajadoras migrantes titulares de un visado de arte y entretenimiento (E-6) respecto de las cuales se expresó la preocupación de que pudieran haber sido víctimas de trata, el Gobierno siguió realizando inspecciones aleatorias en los lugares de esparcimiento donde trabajan extranjeros mediante equipos conjuntos que actúan en cooperación con los ministerios competentes y la PNC. Para prevenir y erradicar los casos de trata de personas que llegan a Corea del Sur en el marco del acuerdo de exención de visado, el Ministerio de Justicia establece periódicamente períodos de inspección de los lugares de esparcimiento, gabinetes de masajes y agencias de empleo ilegales. El Ministerio de Igualdad de Género y Familia también realiza inspecciones en los lugares que emplean a extranjeras conjuntamente con los ministerios competentes y la PNC, para prevenir los actos de violencia contra las mujeres, como la organización e imposición por la fuerza de la trata con fines sexuales.

129.En mayo de 2019 se llevó a cabo una intensa campaña contra las agencias de empleo ilegales. En junio se aplicaron medidas enérgicas contra las personas empleadas ilegalmente en los locales de esparcimiento y de masajes, así como contra las agencias de empleo ilegales, y en septiembre, noviembre y diciembre del mismo año y enero y noviembre de 2020 se reprimieron severamente las actividades de los locales ilegales de esparcimiento y de masajes. El 25 de noviembre de 2019, el Gobierno suscribió, en el marco de la Cumbre Especial República de Corea-ASEAN, un memorando de entendimiento con el Gobierno de Tailandia para promover una migración razonable y ordenada, y seguirán realizándose continuamente esfuerzos para prevenir la existencia de esos problemas suscribiendo ese tipo de memorandos con otros países. Además, los cónsules celebran entrevistas con los solicitantes del visado de arte y entretenimiento (E-6) para verificar la autenticidad de sus actividades de entretenimiento, y el Programa de Apoyo para la Adaptación Inicial se aplica a las personas que llegan por primera vez a Corea del Sur a fin de prevenir las violaciones de los derechos humanos, la trata de personas con fines sexuales y el sufrimiento de las víctimas.

130.Con el propósito de resolver la dificultad para reconocer la situación en materia de violaciones de los derechos humanos, como favorecer la trata con fines sexuales permitiendo que las agencias de entretenimiento estén representadas en el proceso de obtención del permiso de residencia, el Ministerio de Justicia derogó la disposición que preveía esa representación en la tramitación administrativa del otorgamiento del permiso a extranjeros, limitó la concesión de visados a los ciudadanos de los países que tenían una tasa superior al 40 % de residencia excesiva y a partir de enero de 2020 verificó, mediante entrevistas presenciales, si se habían producido violaciones de los derechos humanos. Cuando un extranjero se presenta en la oficina de inmigración competente para prolongar su residencia, deben rellenarse los indicadores de detección de las víctimas de la trata y se debe verificar si la persona está cubierta por el seguro nacional de salud. Por otra parte, el Gobierno intensificará sus esfuerzos para prevenir las violaciones de los derechos humanos distribuyendo las directrices sobre los recursos que pueden interponerse y la información de contacto de los organismos competentes, al solicitarse el visado, registrar a la persona extranjera o prolongar su residencia.

131.En la República de Corea, las víctimas de delitos de trata de personas con fines de explotación sexual no son punibles por trata con fines sexuales ni puede imponérseles una sanción penal cuando se trata del acto ilícito forzoso tipificado en el artículo 12 del Código Penal.

132.Los fiscales adoptaron medidas para contribuir eficazmente a la detección e investigación de los delitos de trata con fines sexuales utilizando el documento Indicadores de Detección y Protección de las Víctimas de la Trata de Personas, publicado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y las Directrices para la Detección de las Víctimas de la Trata con Fines Sexuales, financiadas por el Ministerio de Igualdad de Género y Familia. Además, dos veces por año se imparte formación colectiva a los fiscales que se ocupan de las mujeres y los niños sobre la sustanciación de las causas penales por trata con fines sexuales y la detección de las víctimas de la violencia sexual y el apoyo que debe prestárseles, entre otras cosas.

133.El Gobierno proporciona a las víctimas de la trata con fines sexuales asesoramiento, atención médica, asistencia jurídica, alojamiento y apoyo para la partida. Las víctimas de la trata de personas también pueden recibir apoyo económico para sufragar gastos médicos, tratamiento psicológico suministrado por los centros Sonrisas y asistencia letrada de la Corporación Coreana de Asistencia Jurídica con arreglo a la Ley de Protección de las Víctimas de Delitos. También pueden permanecer en un albergue durante un período determinado para proteger su identidad y beneficiarse de servicios como el apoyo de un sistema de localización en el caso de las víctimas que temen represalias. Además, el Gobierno apoya los servicios de interpretación y traducción mediante la conexión con el centro de asistencia telefónica Danuri o el servicio de interpretación y asesoramiento a terceros gestionado por el centro de información a extranjeros del Ministerio de Justicia, para que las víctimas extranjeras de la trata con fines sexuales tengan una comunicación eficaz en el proceso de investigación o inmigración. Además, las víctimas pueden ser acompañadas por una persona en una relación de confianza durante las investigaciones llevadas a cabo por los organismos competentes, conforme a la Ley sobre la Planificación de Actos Sexuales con Fines Comerciales.

134.Cuando, en el ejercicio de sus funciones, un agente público detecta a un extranjero que reside en Corea del Sur sin ningún estatuto razonable de residencia, la Ley de Inmigración lo obliga a informar al respecto al jefe de la oficina local de inmigración y asuntos exteriores, pero está exento de esa obligación si considera que debe garantizarse un recurso y reparación con carácter prioritario, ya que es probable que ese extranjero no denuncie el delito del que es víctima por temor a ser expulsado, o cuando se considera necesario prevenir los delitos que se cometen explotando esa debilidad. Las víctimas extranjeras de la trata de personas también están sometidas al sistema de exención de notificación. En septiembre de 2018, el Gobierno extendió esa exención a todos los agentes públicos y se modificó el Decreto de Aplicación de la Ley de Inmigración para aclarar los motivos legales. Asimismo, a fin de prevenir los casos en que un extranjero sin estatuto de residente no se somete a una prueba de COVID-19 tras la propagación de esta en febrero de 2020 por temor a ser expulsado, se distribuyeron en 14 idiomas el parte de prensa correspondiente y las directrices tituladas Costo del Diagnóstico y Exención de la Obligación de Notificar a fin de promover ese sistema.

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

135.En 2011, el Gobierno modificó el Decreto de Aplicación de la Ley de Enseñanza Primaria y Secundaria para prohibir el castigo corporal de niños utilizando instrumentos o partes del cuerpo. Posteriormente, los departamentos de educación municipales y provinciales decidieron que cada escuela establecería un método educativo alternativo teniendo en cuenta las condiciones existentes, para que los métodos educativos distintos del castigo corporal no constituyeran un castigo corporal indirecto. En 2016, la Ley de Educación de la Primera Infancia incluyó la prohibición del castigo corporal de los niños pequeños por los maestros y el personal de los jardines de infantes utilizando instrumentos o partes del cuerpo y en 2020 dicha Ley se modificó nuevamente para proteger los derechos humanos de los niños pequeños prohibiendo infligirles sufrimiento emocional dando gritos o utilizando un lenguaje violento.

136.Como se había señalado que el artículo 915 del Código Civil, relativo al derecho a adoptar sanciones disciplinarias, podía malinterpretarse en el sentido de que permitiría el castigo corporal de los niños por sus padres, el 15 de octubre de 2020 el Ministerio de Justicia presentó un proyecto de ley para modificar parcialmente el Código eliminando ese artículo. La modificación se aprobó en el pleno de la Asamblea Nacional el 8 de enero de 2021 y se puso en vigor el 26 de ese mes.

137.Además, mediante la modificación de la Ley de Bienestar Infantil introducida en 2020, se sentaron las bases para que los gobiernos locales dispusieran de agentes encargados de la cuestión del maltrato infantil (art. 22), a fin de que esos gobiernos pudieran hacer frente eficazmente a los malos tratos que pudieran infligirse a los niños en el hogar u otros entornos, adoptando medidas para separar inmediatamente a los niños maltratados.

138. El Gobierno organizó y realizó campañas tituladas Período de Denuncia del Maltrato Infantil para prevenir la tolerancia del castigo corporal y evitar que se convierta en maltrato. A fin de crear más conciencia sobre el maltrato infantil y prevenir la violencia doméstica, el Gobierno declaró el 19 de noviembre Día de la Prevención del Maltrato Infantil y la semana siguiente Semana de la Prevención del Maltrato Infantil. Recompensando a las personas meritorias que se ocupaban de prevenir el maltrato infantil y proyectando un video promocional, las autoridades crearon más conciencia sobre el maltrato infantil y facilitaron la presentación activa de denuncias. Por otra parte, en la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica y Protección de las Víctimas se sentaron las bases para la celebración de la Semana de la Erradicación de la Violencia Doméstica.

139.El Gobierno se dedicó a elaborar programas de formación en métodos positivos y no violentos para remplazar el castigo corporal tras prohibirlo en los jardines de infantes y escuelas. Los gobiernos y departamentos de educación locales prepararon diversos programas de educación diaria que excluyen el castigo corporal.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

140. El Ministerio de Defensa Nacional modificó el Código Penal Militar para añadir una disposición sobre casos especiales a fin de sancionar a los militares que agreden o intimidan a otros militares, incluso cuando las víctimas no desean que se los castigue, que anteriormente no eran punibles, con el propósito de sancionar los actos de agresión o intimidación en las fuerzas armadas, sin excepción (Código Penal Militar, art. 60-6). Se espera que, gracias a esa modificación, puedan erradicarse las agresiones e intimidaciones en las fuerzas armadas y generarse en estas una cultura de protección de los derechos humanos apropiada.

141.La Ley vigente regula el deber de denunciar disponiendo que, cuando un soldado tenga conocimiento de vejaciones cometidas privadamente por otros soldados, como golpes, malos tratos verbales, malos tratos físicos, hostigamiento, acoso sexual o violencia sexual durante su vida en el cuartel, deberá denunciarlo sin demora a su superior o notificarlo al oficial encargado de proteger los derechos humanos de los soldados o a un órgano de investigación militar (Ley Marco sobre el Estatuto y el Servicio Militares, art. 43, párr. 1). Además, como la persona que comunica un delito punible en virtud del Código Penal Militar es un denunciante, al disponer que la persona que revela información personal del denunciante o un hecho que permita a otra persona deducir que se trata de un denunciante o que adopta medidas desventajosas contra un denunciante, la autoridad protege a los denunciantes a la vez que castiga a los autores, sin excepción (Ley de Protección de los Denunciantes de Interés Público, arts. 15, párr. 1, y 30). Especialmente, la ordenanza del Ministerio de Defensa Nacional dispone que, en caso de que el superior en la cadena de mando consienta, contribuya, sea cómplice, oculte o encubra actos de violencia sexual, deberán pedirse sanciones disciplinarias y considerarse los vejámenes y la adopción de sanciones disciplinarias para las personas que hayan cometido violencia sexual. En esos casos no se tendrán en cuenta circunstancias atenuantes, como los premios o condecoraciones recibidos.

142.Las leyes vigentes regulan el “sistema de jueces”, según el cual un oficial no cualificado como mandatario judicial puede participar en un juicio como juez únicamente en casos excepcionales, a saber, los casos designados por el comandante que requieren conocimientos y experiencia profesionales avanzados en lo militar, entre los casos enjuiciados únicamente por los delitos tipificados en el Código Penal Militar, excepto la violación y los actos indecentes, así como los tipificados en la Ley de Protección de los Secretos Militares. Sin embargo, el Ministerio de Defensa Nacional está preparando la modificación de esta Ley para suprimir la disposición, porque se considera que el “sistema de jueces” puede vulnerar la independencia y profesionalidad de la adopción de la decisión. También aprobó las directrices para aplicar estrictamente el sistema conforme a la intención de abolirlo antes de aquella modificación, por lo que desde el 7 de julio de 2017 ningún oficial no habilitado ha ejercido como juez en un juicio. El Ministerio seguirá intentando lograr que se modifique la Ley para eliminar el “sistema de jueces”.

143.El Ministerio de Defensa Nacional se esforzó por proteger los derechos humanos de los soldados, y, como parte de esos esfuerzos, el 4 de febrero de 2020 modificó la Ley para sustituir el arresto en calabozos militares, una de las sanciones disciplinarias aplicadas a los soldados, que puede contraponerse al principio constitucional del requisito de disponer de una orden, por el Sistema de Formación en Disciplina Militar (véanse los detalles en el cuadro 35).

Respuesta al párrafo 25 a) de la lista de cuestiones

144.Como la decisión sobre la inconstitucionalidad del artículo 24 de la Ley de Mejora de la Salud Mental y de Apoyo a los Servicios Asistenciales para Pacientes Mentales (en adelante, “Ley de Salud Mental”) se adoptó en septiembre de 2016, la Ley mencionada anteriormente se modificó y convirtió en la Ley de Salud Mental, que regula el proceso de hospitalización involuntaria y requiere: i) un diagnóstico adicional para la hospitalización realizado por un médico especialista de un centro médico distinto del previsto para la hospitalización, y ii) un examen llevado a cabo por el Comité de Examen de la Legitimidad de la Hospitalización. Véanse los detalles de la modificación en el cuadro 36.

Respuesta al párrafo 25 b) de la lista de cuestiones

145.En 2016, el Gobierno modificó totalmente la Ley de Salud Mental para mejorar el proceso de hospitalización psiquiátrica involuntaria y proteger mejor los derechos humanos. A fin de aplicar estrictamente el principio de necesidad y proporcionalidad, se introdujo el sistema de hospitalización para el diagnóstico durante las dos semanas anteriores a la hospitalización para el tratamiento, y, solo cuando dos o más psiquiatras presentes durante el período de hospitalización para el diagnóstico emiten el mismo dictamen, el paciente cumple estos dos requisitos: i) necesidad de tratamiento hospitalario, y ii) necesidad de hospitalización, dado que podría lesionarse a sí mismo o poner en peligro la seguridad de terceros, por lo que puede seguir hospitalizado. Además, el Comité de Examen de la Legitimidad de la Hospitalización, integrado por un jurista, un psiquiatra, un familiar del paciente, un experto y el propio paciente, entre otras personas, se dedica a examinar la legitimidad de la hospitalización involuntaria. El director del establecimiento psiquiátrico debe informar de la hospitalización al Comité dentro de los tres días siguientes a la adopción de la decisión de hospitalización y el Comité debe comunicar el resultado del examen en un plazo de un mes. Además, la hospitalización involuntaria puede mantenerse solo los tres primeros meses y la prolongación del período de internamiento requiere el dictamen del Comité de Examen de la Salud Mental. Por otra parte, respecto a los casos en que se había confirmado, mediante la notificación de los derechos correspondientes cuando se había solicitado la hospitalización involuntaria, la intención de que un investigador investigara cara a cara la legitimidad de la hospitalización, la tasa de investigaciones cara a cara realizadas entre 2018 y 2020 se mantuvo en el 24,7 %. El número de investigaciones realizadas fue de 21.095. Además, para contratar a más médicos especialistas en los hospitales públicos nacionales, el Ministerio de Salud y Bienestar ha previsto examinar la medida para aumentar el número de funcionarios médicos e incrementar los salarios, entre otras cosas.

Respuesta al párrafo 25 c) de la lista de cuestiones

146.En cuanto a la hospitalización involuntaria, el paciente puede permanecer hospitalizado durante un período no superior a tres meses solo si como mínimo dos psiquiatras emiten el mismo dictamen en las dos semanas siguientes a la fecha de hospitalización. Tras el período inicial de hospitalización, el paciente debe recibir el dictamen de dos o más psiquiatras dos veces cada tres meses y luego cada seis meses. Especialmente en el caso de la hospitalización realizada por el tutor, los dos psiquiatras deben pertenecer a diferentes centros médicos y uno de ellos debe trabajar para un establecimiento médico público nacional o un centro médico designado por la autoridad pública. La hospitalización judicial no es posible sin un cambio en el actual sistema judicial, pero el Comité de Examen previsto en la Ley de Salud Mental, compuesto por 1 abogado habilitado, 1 psiquiatra y 1 representante de una asociación civil, entre otras personas, otorga a la medida de hospitalización un carácter cuasijudicial.

Respuesta al párrafo 25 d) de la lista de cuestiones

147.Con arreglo a la Ley modificada, para respetar plenamente la voluntad del paciente, el procedimiento de investigación cara a cara se introdujo también en el examen de la legitimidad de la hospitalización, en virtud del cual el investigador del Comité de Examen escucha directamente la opinión del paciente por petición de este o de oficio por petición de un miembro del Comité. Los gobiernos locales establecen y gestionan los comités de examen en materia de salud mental para las personas internadas en instituciones psiquiátricas o sus tutores, que pueden presentar una solicitud para que se considere la posibilidad de dar el alta o se mejore el tratamiento, y existe un recurso de protección de los derechos humanos que permite que esas personas puedan presentar una solicitud de alta en cualquier momento en virtud de la Ley de Habeas Corpus. Además, el artículo 68 de la Ley de Salud Mental estipula que, excepto en los casos de hospitalización de emergencia, nadie internará ni admitirá a un enfermo mental en un hospital psiquiátrico o un centro de salud mental ni prolongará el período de hospitalización o admisión sin un diagnóstico directo de un psiquiatra, y los artículos 72 y 75 de esa Ley regulan la prohibición de la privación de libertad y los actos de crueldad, entre otras cosas, y la prohibición del aislamiento y otras restricciones, respectivamente. Concretamente, como resultado del examen de la legitimidad de la hospitalización conforme al artículo 45 de la Ley de Salud Mental, entre mayo de 2018 y diciembre de 2020 se decidió dar de alta a 1.051 pacientes.

Respuesta al párrafo 25 e) de la lista de cuestiones

148.El artículo 2 del Decreto de Aplicación de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos incluye la institución psiquiátrica equipada de un pabellón de reclusión prevista en la Ley de Salud Mental. Al recibir una denuncia, la Comisión Nacional de Derechos Humanos formula diversas recomendaciones en materia de investigación, prácticas y política al Ministerio de Salud y Bienestar, y la División de Política de Salud Mental recoge y aplica esas recomendaciones.

Otras cuestiones

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

149.La Ley de Lucha contra el Terrorismo y Protección de los Ciudadanos y la Seguridad Pública (en adelante, “Ley Antiterrorista”) se aprobó en 2016 para proteger la vida y los bienes de los ciudadanos y garantizar la seguridad nacional y la seguridad pública contra el terrorismo. Las autoridades combaten el terrorismo basándose en las leyes y los procedimientos pertinentes y establecieron y pusieron en funcionamiento el Comité Nacional de Lucha contra el Terrorismo para examinar y resolver importantes asuntos relacionados con las políticas relativas a las actividades nacionales de lucha contra el terrorismo. Véase un ejemplo de esas actividades en el cuadro 37.

150.Esas medidas se adoptaron según los procedimientos previstos en las leyes vigentes, en particular el Código de Procedimiento Penal. Como el juicio sustanciado contra las personas imputadas de financiar el terrorismo (véase el cuadro 37) también se basó en el procedimiento aplicable a los delitos de carácter general cometidos en el país, las medidas no afectaron las salvaguardias de derechos humanos ni en la legislación ni en la práctica. Por ejemplo, el Oficial de Protección de los Derechos Humanos en la Lucha contra el Terrorismo ha venido dedicándose a prevenir la vulneración de los derechos fundamentales de las personas que pueda ser causada por las actividades antiterroristas de los organismos competentes, de conformidad con la Ley Antiterrorista, pero hasta la fecha no se ha presentado ninguna queja relacionada con los derechos humanos.

151.El Gobierno ha combatido el terrorismo con arreglo a los procedimientos previstos en el Código de Procedimiento Penal, cuyo sistema de protección de los derechos de los imputados se ajusta a las leyes internacionales. Concretamente, el artículo 1 del capítulo 9 y el artículo 2 del capítulo 1, entre otros, de ese código regulan pormenorizadamente el procedimiento aplicable en la detención, el encausamiento y el ingreso en prisión, y la ley mencionada anteriormente consagra el derecho a ser asistido por un abogado, la presunción de inocencia, la protección especial de los menores de edad y el principio de la cosa juzgada, entre otras cuestiones.

152.Además, el Sistema de Oficiales de Protección de los Derechos Humanos en la Lucha contra el Terrorismo permite prevenir la vulneración de los derechos fundamentales de las personas que pueda ser causada por las actividades antiterroristas, y existen medidas complejas para proteger los derechos humanos que incluyen la imposición de sanciones agravadas a los funcionarios de inteligencia o los organismos de investigación que formulen acusaciones falsas, cometan perjurio o falsifiquen pruebas de los delitos de constitución de grupos terroristas, entre otras cosas. Respecto a la Convención, con arreglo al artículo 309 del Código de Procedimiento Penal, la confesión de un acusado obtenida mediante tortura, violencia o amenaza, o tras un período prolongado de detención o prisión, o por cualquier otro medio, no se admitirá como prueba de culpabilidad.

153.Los fiscales e investigadores de la Fiscalía se seleccionan entre las personas que tienen un buen conocimiento de la Constitución y el Código de Procedimiento Penal, basándose en normas rigurosas. Reciben continuamente formación sobre la protección de los derechos humanos durante el proceso de investigación, como la prohibición de los actos de crueldad y discriminación, la imparcialidad de la investigación y una investigación discrecional basada en principios, así como los métodos de reunión de pruebas basados en el principio de las debidas garantías procesales. Los fiscales deben tratar de prevenir las violaciones de los derechos humanos verificando si se han vulnerado esos derechos durante la investigación en una entrevista celebrada con los sospechosos detenidos. En particular, los fiscales e investigadores encargados de los delitos de terrorismo reciben formación sobre las características, los procedimientos de respuesta y las normas procesales relativas a esos delitos con el manual de lucha contra el terrorismo distribuido, y también reciben cada año formación sobre importantes casos investigados, los métodos de reunión de pruebas y la preparación de un juicio con las debidas garantías procesales para proteger los derechos humanos, entre otras cuestiones. Además, en abril de 2018, los fiscales que se ocupaban del terrorismo recibieron formación impartida por un fiscal federal de los Estados Unidos y un investigador del FBI, y el grupo de fiscales encargados de la lucha contra el terrorismo visitó diversas instituciones que combaten el terrorismo, entre ellas la División de Seguridad Nacional del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, procurando continuamente crear conciencia, durante el curso, sobre el sistema de respuesta adelantada, prevención e investigación en la lucha contra el terrorismo y la protección de los derechos humanos o el sistema de supervisión.

154.Con arreglo al artículo 7 de la Ley Antiterrorista, el Gobierno implementó el Sistema de Oficiales de Protección de los Derechos Humanos en la Lucha contra el Terrorismo para prevenir la vulneración de los derechos fundamentales de las personas que pueda ser causada por las actividades antiterroristas. Esos oficiales llevan a cabo actividades de protección de los derechos humanos, como prestar asesoramiento o formular recomendaciones para el mejoramiento de esa protección, tramitar peticiones de particulares relacionadas con la violación de los derechos humanos o impartir formación en derechos humanos a los organismos correspondientes. Con respecto a la respuesta a las peticiones de particulares, estos pueden ser informados de los resultados dentro de los dos meses siguientes a la fecha de recepción de la petición, excepto en los casos insoslayables cuando la presentan por correo postal, fax, correo electrónico o petición electrónica a las oficinas que prestan apoyo al Oficial de Protección. Incluso en esos casos, los particulares solicitantes son informados de los motivos y el plan de tramitación. El particular solicitante que necesita reparación por la vulneración de un derecho puede solicitar asistencia jurídica, la formulación de cargos o una investigación, o bien la posibilidad de que se aplique una sanción a la parte o persona responsable. No se recibieron quejas sobre la cuestión mencionada.

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

155.Sírvanse remitirse al cuadro 38 en relación con las actividades realizadas durante la pandemia de COVID-19 para las personas privadas de libertad o en otras situaciones de reclusión.