Naciones Unidas

CERD/C/MUS/24-25

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

11 de febrero de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes periódicos 24ᵒ y 25ᵒ combinados que Mauricio debía presentar en 2021 en virtuddel artículo 9 de la Convención * **

[Fecha de recepción: 2 de julio de 2021]

Introducción

1.La República de Mauricio (el Estado) es conocida por ser un crisol de culturas. En 1972 ratificó la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, asumiendo el compromiso de no tolerar la discriminación racial en su territorio, y adoptar medidas para combatir todas las formas de discriminación.

2.El presente documento sobre la aplicación de la Convención corresponde a los informes periódicos combinados 24º y 25º del Estado, abarca el período comprendido entre julio de 2017 y mayo de 2021, y se centra en los progresos realizados con respecto a la aplicación de las disposiciones de la Convención desde el último examen de Mauricio realizado por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial los días 14 y 15 de agosto de 2018. Los informes periódicos combinados incluyen las medidas adoptadas por el Estado para aplicar, en la medida de lo posible, las observaciones finales formuladas por el Comité tras el examen de los informes periódicos 20º a 23º de Mauricio.

3.Tras recibir las observaciones finales y las recomendaciones, el Gobierno de Mauricio estableció un Comité Interministerial, en septiembre de 2018, dirigido por el entonces Viceprimer Ministro, el Ministro de Gobierno Local y las Islas Periféricas y el Ministro de Igualdad de Género, Desarrollo del Niño y Bienestar de la Familia, para analizar las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, toda vez que algunas de las preocupaciones y recomendaciones expresadas tenían consecuencias de gran alcance para el entramado social del país.

4.El Comité Ministerial integrado por siete ministros, incluida la Presidencia, examinó las 26 recomendaciones, y su propuesta de que no se aplicaran algunas de las recomendaciones del Comité fue aprobada por el Gobierno. Dicha propuesta se refiere a lo siguiente:

a)Suministro de datos desglosados por origen étnico (recomendaciones núms. 2, 6, 10 y 11 (parcialmente)). (La República de Mauricio no recoge estos datos porque van en contra de la Unidad Nacional. El Estado fomenta la consolidación de una Nación Multicolor);

b)Inclusión de la lengua criolla como motivo de discriminación (recomendación núm. 4). (La lengua es un requisito de cualificación para determinados puestos de trabajo y oportunidades y, como tal, no sería apropiado incluirla como motivo de discriminación);

c)Discriminación racial contra los afrodescendientes (recomendación núm. 12). (La República de Mauricio es tierra de inmigrantes. Todas las personas son iguales en Mauricio. Se aplican medidas especiales para todos los grupos vulnerables, independientemente de su raza u origen étnico);

d)Ratificación de tratados internacionales de derechos humanos, de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares y de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (recomendación núm. 17);

e)Comunicaciones individuales (recomendación núm. 21). (Existen vías de recurso adecuadas en nuestro sistema jurídico contra la violación de los derechos humanos), y

f)Ratificación de la enmienda al artículo 8, párrafo 6, de la Convención (recomendación núm. 22).

5.Por consiguiente, en el presente informe el Estado no abordará las cuestiones específicas mencionadas anteriormente.

6.Cabe recordar que el Estado, de conformidad con el artículo 9, párrafo 1, de la Convención y el artículo 65 de su reglamento, proporcionó en el plazo de un año a partir de la aprobación de las observaciones finales, información sobre la aplicación de las recomendaciones que figuran en los párrafos 29 y 31.

7.El presente informe se ha elaborado en consulta con los miembros del Mecanismo Nacional de Presentación de Informes y Seguimiento. El Mecanismo se estableció en diciembre de 2017, y está integrado por representantes de los ministerios o departamentos, de las ONG y de la sociedad civil, y presidido por el Honorable Ministro encargado de los derechos humanos.

Artículo 1 Definición de discriminación racial

8.No existe una definición específica de “discriminación racial” en la legislación. Sin embargo, se hace referencia a la raza, el color, la ascendencia o el origen nacional o étnico en la Constitución y en las leyes que prohíben la discriminación, como se describe a continuación:

a)La Constitución, que es la ley suprema del país, consagra el principio de la no discriminación. El artículo 3 de la Constitución establece que “en Mauricio han existido y seguirán existiendo, sin discriminación por motivos de raza, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo, pero dentro del respeto de los derechos y libertades de los demás y del interés público, todos los derechos humanos y libertades fundamentales que se enumeran a continuación:

i)El derecho de la persona a la vida, la libertad, la seguridad y la protección de la ley;

ii)La libertad de conciencia, de expresión, de reunión y de asociación, y la libertad de fundar escuelas; y

iii)El derecho del individuo a la protección y al carácter privado de su hogar y otros bienes y a no ser privado de ellos sin compensación […]”;

b)Además, la Constitución prohíbe específicamente, en el artículo 16, la promulgación de toda disposición legal que sea discriminatoria en sí misma o por sus efectos. El término discriminatorio se define en el artículo 16, párrafo 3, como sigue: “por ‘discriminatorio’ se entiende dar a distintas personas un trato diferente atribuible total o principalmente a sus respectivas características de raza, casta, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo, y por dichas características causarles perjuicio o imponerles restricciones que no se causen ni se impongan a personas con otras características, o concederles privilegios o prerrogativas que no se concedan a personas con otras características”.

9.Además de la Constitución, las disposiciones de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial están incorporadas en diferentes actos legislativos, a saber:

a)La Ley de Igualdad de Oportunidades, que entró en vigor en 2012 y refuerza la protección contra la discriminación y el derecho a la igualdad de oportunidades en diversos ámbitos de la vida, como el empleo y el acceso a determinadas instalaciones y servicios (incluida la educación), al prohibir la discriminación contra una persona por razón de su condición. Por “condición” se entiende edad, casta, color, credo, origen étnico, discapacidad, estado civil, lugar de origen, opinión política, raza, sexo u orientación sexual;

b)La Ley de Derechos de los Trabajadores, promulgada el 24 de octubre de 2019, que derogó la Ley de Derechos Laborales y, entre otras cosas, estableció la protección contra la discriminación en el empleo y la ocupación, además de la protección que ofrece la Ley de Igualdad de Oportunidades. Un empleador no puede tratar de forma discriminatoria a ningún trabajador a su servicio. La discriminación, en relación con las disposiciones anteriores, incluye la concesión de un trato diferente a “diferentes trabajadores atribuible, total o principalmente, a sus respectivas características de edad, raza, color, casta, credo, sexo, orientación sexual, estado serológico respecto del VIH, discapacidad, estado civil o familiar, embarazo, religión, opinión política, lugar de origen, ascendencia nacional u origen social, que tenga como efecto anular o perjudicar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupación […]”;

c)Además, el artículo 64, párrafo 1, de la Ley de Derechos de los Trabajadores prevé la protección contra la rescisión del contrato por parte del empleador por motivos, entre otros, de raza, color, casta, ascendencia nacional, origen social, lugar de procedencia, edad, embarazo, religión, opinión política, sexo, orientación sexual, estado serológico respecto del VIH, discapacidad, estado civil o responsabilidades familiares;

d)Desde el 1 de marzo de 2021, la Ley de Relaciones Laborales, de 2008, establece la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores a la libertad de asociación y protege su derecho a organizarse y a participar en negociaciones colectivas. Todo trabajador, según el artículo 29, tendrá derecho, bajo ciertas condiciones, “a fundar o afiliarse, como miembro, a un sindicato de su elección, sin autorización previa y sin distinción ni discriminación alguna, incluidas la discriminación por motivos de profesión, edad, estado civil, sexo, orientación sexual, color, raza, religión, estado serológico respecto del VIH, ascendencia nacional, origen social, opinión o afiliación política”.

Discriminación directa e indirecta

10.El derecho interno del Estado contempla tanto la discriminación directa como la indirecta. Por ejemplo, el artículo 16, párrafo 1, de la Constitución, con sujeción a lo dispuesto en los párrafos 4, 5 y 7, estipula que ninguna ley podrá ser discriminatoria en sí misma o por sus efectos, y en el artículo 16, párrafo 3, por “discriminatorio” se entiende “dar a distintas personas un trato diferente atribuible total o principalmente a sus respectivas características de raza, casta, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo, y por dichas características causarles perjuicio o imponerles restricciones que no se causen ni se impongan a personas con otras características, o concederles privilegios o prerrogativas que no se concedan a personas con otras características”. Así, la Constitución prohíbe, en general, la discriminación directa e indirecta por motivos de raza, entre otros.

11.La Ley de Igualdad de Oportunidades también da pasos efectivos al definir y prever específicamente la discriminación directa e indirecta en sus artículos 5 y 6, así como la discriminación por victimización.

Vida pública y alcance de la Ley contra la Discriminación

12.La “vida pública” no está definida en el derecho interno de Mauricio, pero puede determinarse a partir de la Constitución y de la Ley de Relaciones Laborales, la Ley de Derechos de los Trabajadores de 2019 y el artículo 3, párrafo 2, de la Ley de Igualdad de Oportunidades.

13.En lo que respecta al ámbito de aplicación de la Ley contra la Discriminación, el artículo 3 de la Ley de Igualdad de Oportunidades establece el ámbito de aplicación de la Ley y, en particular, en el párrafo 2, estipula que “Esta ley entrará en vigor sin perjuicio de lo establecido en cualquier otra disposición relacionada con el empleo, la educación, las cualificaciones para una profesión, el comercio o la ocupación, el suministro de bienes y servicios, las instalaciones o el alojamiento, la enajenación de bienes inmuebles, empresas, sociedades o asociaciones registradas, los deportes, los clubes y el acceso a locales de uso público”.

Reservas y declaraciones

14.El Estado de Mauricio se adhirió a la Convención el 30 de mayo de 1972 sin ninguna reserva o declaración.

Información relativa a la medida en que la legislación nacional prevé un trato diferenciado basado en la ciudadanía y la inmigración

15.Aunque las leyes nacionales son igualmente aplicables tanto a los ciudadanos como a los no ciudadanos, hay ciertos ámbitos en los que la ley hace distinciones entre ambas categorías de individuos.

16.El artículo 16, párrafo 4 de la Constitución proporciona la base jurídica para derogar el principio de no discriminación consagrado en el artículo 16, párrafo 1 con respecto a los no ciudadanos. El artículo 16, párrafo 4 enumera una serie de excepciones que incluyen la elaboración de leyes que establezcan disposiciones respecto de personas que no sean ciudadanas de Mauricio.

17.Una lista no exhaustiva de leyes que se aplican a los no ciudadanos, o que establecen disposiciones al respecto, incluye:

a)La Ley de Inmigración;

b)La Ley de la Junta de Desarrollo Económico;

c)La Ley de Deportación;

d)La Ley de Restricción del Empleo de los No Ciudadanos;

e)La Ley de Restricción de la Propiedad de los No Ciudadanos;

f)La Ley de Estado Civil;

g)La Ley del Consejo Nacional de Adopción;

h)El registro de profesionales y empresas extranjeras, por ejemplo, en virtud de la Ley del Consejo de Aparejadores Profesionales, la Ley del Consejo de Topógrafos Profesionales y la Ley de Profesionales del Derecho;

i)La Ley de Armas de Fuego;

j)La Ley de Derechos de los Trabajadores;

k)La Ley sobre el VIH y el Sida;

l)La Ley Nacional de Pensiones, y

m)La Ley del Fondo Nacional del Ahorro.

Medidas especiales para garantizar el adelanto adecuado de los grupos e individuos protegidos por la Convención

18.Teniendo en cuenta el carácter multiétnico de la sociedad de Mauricio, en el Primer Anexo de la Constitución se ha establecido un “sistema del mejor perdedor” para garantizar la representación adecuada de todos los grupos étnicos en la Asamblea Nacional. La Asamblea Nacional consta de 70 escaños, 62 que corresponden a miembros elegidos en las elecciones generales, y los 8 restantes reservados para candidatos no elegidos en las elecciones generales, sobre una base comunal y de partido, para así lograr una representación equitativa de la sociedad mauriciana.

19.Por otro lado, la Constitución prohíbe la promulgación de leyes discriminatorias, a menos que estén incluidas en el ámbito de alguna de las categorías permitidas en virtud del artículo 16, párrafo 4 de la Constitución, que se refieren, entre otras cosas, a:

a)La afectación de ingresos o de otros fondos de Mauricio;

i)El número mínimo de candidatos en las elecciones a los órganos de la administración local que deberá ser de un sexo determinado, con el fin de garantizar una representación adecuada de cada sexo en las autoridades locales;

ii)El número mínimo de candidatos a las elecciones a la Asamblea Regional de Rodrigues que deberá ser de un sexo determinado, para garantizar una representación adecuada de cada sexo en dicha Asamblea;

b)Personas que no sean ciudadanas de Mauricio, o

c)La aplicación de la ley, en el caso de personas pertenecientes a cualquiera de las categorías mencionadas en el párrafo 3 (o de personas que tengan relación con ellas) respecto de la adopción, el matrimonio, el divorcio, las honras fúnebres, la transmisión del patrimonio en caso de fallecimiento, u otros asuntos afines que correspondan expresamente por ley a las personas de la categoría de que se trate.

20.Existen medidas legales y administrativas para garantizar el adelanto adecuado de los grupos o personas protegidos por la Convención, por ejemplo:

a)La Ley de la Comisión de la Verdad y la Justicia, por la que se crea la Comisión de la Verdad y la Justicia, cuyo objeto será, entre otros, hacer una evaluación de las consecuencias de la esclavitud y el trabajo en régimen de servidumbre desde el período colonial hasta el presente, y

b)Diversas leyes promulgadas para el establecimiento de fondos fiduciarios, centros culturales, asociaciones lingüísticas y fondos patrimoniales nacionales.

Comunidad LGBT

21.El Estado de Mauricio ha indicado en diversos foros de derechos humanos que tiene un tejido social frágil y que solo se introducirán modificaciones en las legislaciones pertinentes para los derechos de la comunidad LGBTQI cuando se alcance un consenso en la población.

22.Sin embargo, se han adoptado diferentes medidas para la inclusión de la comunidad LGBTQI en la sociedad, entre otras:

a)Distribución de preservativos y lubricantes;

b)Profilaxis previa a la exposición, desde 2018, y

c)Terapia hormonal disponible una vez por semana para personas transexuales en todos los hospitales regionales desde 2019. También se cuenta con los servicios de un endocrinólogo.

23.La comunidad LGBTQI está autorizada para organizar la Marcha del Orgullo Gay anual. Actualmente hay tres denuncias contra el Estado en los tribunales, presentadas por activistas LGBTQI.

Artículos 2 y 3 Marco jurídico y administrativo para la prohibición de todas las formas de discriminación racial

Marco jurídico

24.En 2018, en virtud de la Ley de Servicios Judiciales y Jurídicos se derogaron y sustituyeron, entre otros, los artículos 206 y 282 del Código Penal. Esos dos artículos rezan ahora como sigue:

206.Ultraje a la moral pública o religiosa

1.a)Toda persona que: i) mediante cualquier escrito que se venda, se ponga a la venta, se publique, se distribuya, se exponga, se ponga en circulación, se exhiba, se exponga, se emita o se transmita a través de Internet o en cualquier lugar público, reunión o procesión; ii) mediante palabras, gestos, exclamaciones o amenazas utilizadas a través de Internet o en cualquier lugar público, reunión o procesión, cometa cualquier ultraje contra cualquier religión, o contra las buenas costumbres o contra la moral pública y religiosa (la morale publique et religieuse), incurrirá en delito y, en caso de condena, podrá ser condenada a una pena de prisión de hasta dos años y a una multa de hasta 100.000 rupias. […]

282.Incitación al odio racial

1.Toda persona que, con ánimo de fomentar el desprecio o el odio contra algún sector de la población que se distinga por su raza, casta, lugar de origen, opiniones políticas, color, creencia o sexo: a) publique, distribuya, coloque, circule, exhiba, exponga, emita o transmita a través de Internet o en cualquier lugar público, reunión o procesión cualquier escrito que sea amenazador, injurioso o insultante; o b) pronuncie palabras o realice gestos a través de Internet o en cualquier lugar público, reunión o procesión que sea amenazador, injurioso o insultante, cometerá un delito y, en caso de condena, podrá ser castigada con una pena de prisión de hasta 20 años y una multa de hasta 100.000 rupias.”

25.En abril de 2018 entró en vigor la Ley de la Comisión Independiente de Quejas contra la Policía, por la que se establece una Comisión Independiente de Quejas contra la Policía encargada de investigar las quejas presentadas contra los agentes de policía en el desempeño de sus funciones, que no sean relativas a actos de corrupción o delitos de blanqueo de dinero.

26.La Ley de Derechos de los Trabajadores prevé la protección contra la discriminación en el empleo y la ocupación, como se destaca en el párrafo 9 b) y c) anterior, además de la protección en virtud de la Ley de Igualdad de Oportunidades.

27.La Ley de Relaciones Laborales prevé la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores a la libertad de asociación y protege su derecho a organizarse y a participar en la negociación colectiva. Según el artículo 29, todo trabajador tiene derecho, bajo ciertas condiciones, “a fundar un sindicato de su elección o a afiliarse a él, sin autorización previa y sin distinción ni discriminación alguna, incluida la discriminación por motivos de profesión, edad, estado civil, sexo, orientación sexual, color, raza, religión, estado serológico respecto del VIH, ascendencia nacional, origen social, opinión o afiliación políticas”.

28.Además, en 2019 se insertó un nuevo artículo 64, párrafo 1A, en la Ley de Relaciones Laborales (modificada), que establece que “No se denunciará ningún litigio sobre la reincorporación de un trabajador en relación con el cese de su empleo, salvo cuando el cese se produzca por discriminación por motivos de raza, color, casta, ascendencia nacional, origen social, embarazo, religión, opinión política, sexo, orientación sexual, estado serológico respecto del VIH, estado civil, discapacidad o responsabilidades familiares del trabajador”.

29.Por otro lado, el artículo 31 protege a los trabajadores en activo contra la discriminación, la victimización o cualquier otro perjuicio. El ámbito de aplicación de esta disposición se extiende también a las personas que buscan empleo.

30.La Ley de Tribunales se modificó en 2020, siguiendo las recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y la Justicia. El artículo 41B prevé la creación de una División de Tierras en el seno del Tribunal Supremo para garantizar la resolución justa, rápida y accesible de los litigios sobre tierras. La División es competente para conocer y resolver:

“a)Cualquier asunto relativo a la propiedad de la tierra y a los derechos de propiedad, que no sea un asunto relacionado con ello que sea competencia del Tribunal Intermedio o del Tribunal de Distrito en virtud de cualquier ley; y b) cualquier otro asunto relacionado con ello que el Presidente del Tribunal Supremo pueda indicar.”

31.Se ha creado un fondo especial y una Unidad de Investigación y Seguimiento del Suelo en el Ministerio de Vivienda y Ordenación del Territorio. Los presupuestos de 2019‑2020 y 2020-2021 incluyen una partida por valor de 50 millones de rupias.

32.La labor de la Unidad consiste en investigar unos 353 casos denunciados en el informe de la Comisión de la Verdad y la Justicia, así como en el informe de la antigua Unidad de Investigación y Mediación de Tierras. Se elaborará un informe de verificación sobre cada caso, que se presentará a los abogados contratados por la Unidad para que decidan el camino a seguir.

33.En 2018 se enmendó el artículo 46 de la Ley de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, a efectos de:

a)Ampliar el ámbito de aplicación del delito de utilización de un equipo de telecomunicaciones para enviar, entregar o mostrar un mensaje obsceno, indecente, abusivo, amenazante, falso o engañoso, a las circunstancias en las que el uso ocasiona angustia o ansiedad o pueda ocasionar u ocasione, molestias, humillación o inconvenientes;

b)Ampliar el ámbito de aplicación del delito relacionado con el uso de un servicio de información y comunicaciones de cualquier forma, distinta de la especificada en el artículo 46 ga) de la citada Ley, a las circunstancias en las que dicho uso pueda ocasionar u ocasione molestias, humillación, inconvenientes, angustia o ansiedad a cualquier persona;

c)Añadir un nuevo delito de utilización de un servicio de información y comunicaciones, incluidas las telecomunicaciones, para suplantar la identidad de otra persona, o de utilización de cualquier otro medio, que pueda ocasionar u ocasione molestias, humillación, inconvenientes, angustia o ansiedad a dicha persona, y

d)Aumentar la pena privativa de libertad en caso de condena por un delito, a encarcelamiento por un período no superior a 10 años, además de una multa no superior a un millón de rupias.

34.Esas disposiciones también tenían por objeto proteger a las personas de modo que no fueran víctimas de discriminación racial por discurso de odio, suplantación de identidad u otros tipos de acoso cometidos a través de diversas tecnologías de la información y las comunicaciones.

Derechos de los trabajadores migrantes

35.En octubre de 2020 había 34.821 permisos de trabajo válidos para 27.879 trabajadores y 6.942 trabajadoras migrantes que trabajaban en sectores económicos secundarios, como la construcción, la elaboración de productos alimenticios y bebidas, la producción de textiles y prendas de vestir, productos de papel, productos químicos, productos de plástico, productos metálicos fabricados, mobiliario y maquinaria y equipo. Los titulares de los permisos de trabajo eran 20.003 bangladesíes, 7.853 indios, 1.531 chinos, 3.464 malgaches, 948 esrilanqueses y algunos nepaleses, filipinos, nigerianos, sudafricanos, ghaneses, kenianos, franceses, italianos y personas de otras nacionalidades.

36.En marzo de 2019, el entonces Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Reformas Institucionales, con el apoyo financiero del Gobierno del Reino Unido, publicó un folleto titulado “Conozca sus Derechos”, con el fin de informar a los trabajadores migrantes que había en esa fecha y a los que estaban por llegar (en actividades económicas secundarias, incluidas la construcción y la industria manufacturera) sobre sus derechos y las posibles medidas de reparación que podían adoptarse en casos de abuso. El folleto se publica en seis idiomas, a saber, inglés, francés, hindi, tamil, bengalí y mandarín, y se distribuye entre los trabajadores migrantes que ya se encuentran en Mauricio, en tanto que los nuevos migrantes los reciben mientras tramitan su contrato de trabajo. También se distribuyen ejemplares en los mostradores de inmigración del aeropuerto. La publicación de este folleto y una mayor publicidad sobre los derechos de los trabajadores inmigrantes han evitado definitivamente los abusos y malos tratos contra los migrantes.

37.Los trabajadores migrantes también disfrutan de las mismas condiciones de empleo que las establecidas para los trabajadores locales en nuestra legislación. El contrato de trabajo de un trabajador migrante, antes de su llegada a Mauricio, es examinado y revisado por la Unidad Especial de Trabajadores Migrantes del Ministerio de Trabajo, Relaciones Industriales, Empleo y Formación para garantizar que no contenga cláusulas abusivas y sea plenamente conforme con la legislación laboral vigente. Funcionarios de la Unidad Especial de Trabajadores Migrantes realizan visitas de inspección periódicas a los lugares de trabajo en los que se emplea a trabajadores migrantes para, entre otras cosas, comprobar que el empleador cumple las condiciones de empleo previstas en el contrato de trabajo examinado y en la legislación laboral vigente. Las medidas adoptadas a partir de 2016 para reforzar la plantilla del Ministerio de Trabajo, Desarrollo de Recursos Humanos y Formación han tenido un enorme impacto, tanto en términos de calidad como de eficacia del servicio que presta. Han permitido examinar y resolver un número mucho mayor de casos. Además, ha aumentado el número de inspecciones/indagaciones realizadas para garantizar el cumplimiento de las distintas leyes laborales.

38.En la actualidad hay 65 agencias de contratación registradas.

39.Los funcionarios del Servicio de Empleo realizan inspecciones en las agencias de contratación para:

a)Garantizar el cumplimiento, por parte de las agencias de contratación, de las disposiciones de la Ley de Contratación de Trabajadores de 1993;

b)Comprobar el estado de las instalaciones y la accesibilidad de la oficina y su idoneidad para las actividades de contratación;

c)Verificar el perfil de las agencias y de sus empleados, y

d)Garantizar la presentación de las declaraciones trimestrales dentro del plazo establecido.

40.En el período comprendido entre julio de 2017 y diciembre de 2020, la Brigada Volante del Ministerio (antes conocida como Unidad Especial de Migrantes) efectuó 5.030 inspecciones y recuperó 34.321.935 rupias en nombre de los trabajadores migrantes. La Unidad también registró 2.108 denuncias, que permitieron recuperar un importe de 70.780.907 rupias en nombre de los trabajadores migrantes, y examinó unos 124.295 contratos de trabajo.

41.Por otro lado, el 28 de enero de 2011 entró en vigor el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Alojamiento de los Trabajadores). El propósito de este Reglamento es establecer normas para el alojamiento de los trabajadores con el fin de mejorar las condiciones de vida en el alojamiento que se proporciona a los empleados, incluidos los trabajadores migrantes.

42.Entre julio de 2017 y abril de 2021, la Unidad de Alojamiento de Empleados de la División de Seguridad y Salud Laboral realizó 4.969 visitas a alojamientos. La Unidad también investigó 217 quejas y expidió 2.585 permisos de alojamiento. Además, se han presentado 142 casos ante el Tribunal Industrial. Por otro lado, la División realizó 1.194 inspecciones relacionadas con el COVID-19.

43.El salario mínimo nacional en Mauricio se rige por el Reglamento del Salario Mínimo Nacional, de 2017, que se inscribe en el marco de la Ley del Consejo Consultivo del Salario Nacional, de 2016 (anexo III).

44.El salario mínimo nacional se aplica a todos los trabajadores, incluidos los migrantes. En el contexto de la Ley de Derechos de los Trabajadores, por un trabajador se entiende una persona que celebra un acuerdo o contrato de aprendizaje, o trabaja en virtud de dicho contrato, distinto de los contratos de aprendizaje regulados por la Ley del Instituto de Formación y Desarrollo de Mauricio, y ejerce esa actividad laboral en forma de trabajo ocasional, trabajo manual, trabajo de oficina o de otro tipo, sea cual fuere su remuneración; están incluidos:

a)Los trabajadores a jornada parcial;

b)Los antiguos trabajadores, si procede, y

c)Los trabajadores que reciben un porcentaje de los beneficios.

45.El Reglamento del Salario Mínimo Nacional, aprobado el 27 de diciembre de 2017, fijó el salario mínimo nacional de todos los trabajadores a tiempo completo en 8.140 rupias mensuales a partir del 1 de enero de 2018. Dicha cuantía se aumentó a 9.700 rupias mensuales a partir del 1 de enero de 2020, mientras que la de los trabajadores de las empresas exportadoras se fijó en 9.000 rupias mensuales a causa de la vulnerabilidad del sector. Esa medida se consideró necesaria para preservar la sostenibilidad del sector en cuanto a la seguridad en el empleo y la fluidez en la financiación de las empresas.

46.A partir del 1 de enero de 2021, el salario mínimo nacional pasó a ser de 10.075 rupias y 9.375 rupias mensuales, respectivamente, de acuerdo con el pago de la remuneración adicional correspondiente a 2021, según lo establecido en el Reglamento (Modificado) del Salario Mínimo Nacional, de 2021.

47.No obstante, todos los trabajadores a tiempo completo tienen garantizados unos ingresos mínimos mensuales de 10.575 rupias gracias al pago del impuesto negativo sobre la renta y el subsidio especial. El impuesto negativo sobre la renta es un sistema por el que, en lugar de pagar impuestos, los empleados que perciben un salario básico no superior a las 9.900 rupias mensuales reciben una ayuda económica del Gobierno. El subsidio especial se percibe de acuerdo con lo establecido en el Reglamento sobre los Derechos de los Trabajadores, de 2021 (Pago del Subsidio Especial).

48.El salario mínimo nacional de todos los trabajadores a jornada parcial se calcula según lo especificado en la parte I del anexo del Reglamento (Modificado) del Salario Mínimo Nacional, de 2021.

49.La próxima revisión del salario mínimo nacional está prevista para 2025.

50.Mauricio es parte en el Convenio de la OIT núm. 100 sobre “igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor”. La filosofía y los principios del Convenio se han incorporado al ordenamiento jurídico interno.

51.La Ley de Derechos de los Trabajadores sustituye a la Ley de Derechos Laborales desde el 24 de octubre de 2019, y establece una mayor protección para los trabajadores, incluidos los migrantes.

52.Los trabajadores migrantes disfrutan de las mismas condiciones de empleo y tienen el mismo derecho a ejercer los derechos sindicales.

53.Todos los trabajadores, incluidos los migrantes, están protegidos contra cualquier forma de discriminación. En virtud del artículo 72, párrafo 8, de la Ley de Derechos de los Trabajadores, sin perjuicio de los párrafos 5 y 7, cuando un trabajador reclama su reincorporación puede solicitar a la Junta de Despidos que emita una orden para que el empleador lo reincorpore a su antiguo empleo con el pago de la remuneración desde la fecha de la terminación de empleo hasta la fecha de su reincorporación. De conformidad con el artículo 73 de la Ley, la Junta de Despido se ocupará de todos los casos de reducción de plantilla y cierre de empresas por razones económicas, financieras, estructurales, tecnológicas o cualquier otra similar. El artículo 123, párrafo 2, de la Ley señala que toda persona que cometa un delito para el que no se haya previsto una pena específica podrá ser condenada a una multa no superior a 25.000 rupias y a una pena de prisión no superior a dos años.

54.El artículo 13 del Código Civil mauriciano reza como sigue: “Los extranjeros gozan en Mauricio de los mismos derechos civiles que les reconocen, o les reconocerán, los tratados de la nación a la que pertenezcan”. No obstante, el artículo 16, párrafo 4 b), de la Constitución permite la aprobación de leyes en virtud de las cuales es posible dar un trato diferente a los no ciudadanos.

55.El artículo 8 de la Ley de Inmigración establece que las personas aquejadas de una enfermedad infecciosa o contagiosa, al ser inmigrantes prohibidos, no serán admitidas en Mauricio, a menos que lo autorice el Primer Ministro. El Estado sigue aplicando las restricciones relacionadas con el VIH a la entrada, permanencia y residencia de los no nacionales. Los trabajadores migrantes deben demostrar que su estado serológico es negativo para poder obtener permisos de trabajo y residencia.

56.Las trabajadoras migrantes están protegidas contra la violencia doméstica y la posibilidad de ser víctimas de la trata de personas, en virtud de la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica y la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, respectivamente.

57.Los trabajadores migrantes pueden acceder a la mayoría de los servicios sanitarios de forma gratuita, incluido el tratamiento de enfermedades crónicas.

58.Actualmente los trabajadores extranjeros cotizan a la CSG (Contribución Social Generalizada), que reemplaza a la cotización al Fondo Nacional de Pensiones. La contribución a la CSG se aplica después de dos años de la finalización de los contratos de los trabajadores migrantes con las empresas de fabricación para la exportación.

59.En la actualidad existen dos memorandos de entendimiento suscritos con los Emiratos Árabes Unidos y con Nepal con respecto a los trabajadores migrantes que llegan a Mauricio. Se está preparando un memorando de entendimiento con Bangladesh.

Medidas adoptadas para la eliminación de la trata de personas en Mauricio

60.Está en vigor la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, cuyo objetivo es hacer efectivo el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, con el fin de prevenir y combatir la trata de personas y proteger y asistir a las víctimas en Mauricio, así como indemnizarlas y sancionar a los autores.

61.Además de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, también existe una Ley de Protección de la Infancia, que contempla, entre otros, los siguientes delitos: malos tratos a un niño (art. 13), tráfico de niños (art. 13A), abandono de niños (art. 13B), secuestro de niños (art. 13 C), provocar, incitar o permitir el abuso sexual de un niño, o que tenga acceso a un burdel, o se dedique a la prostitución (art. 14), tomar o permitir que se tome, o hacer, distribuir, mostrar o publicar cualquier fotografía o seudofotografía indecente de un niño (art. 15).

62.El Código Penal prevé, en su artículo 253, el enjuiciamiento de los casos de captación, seducción y explotación de prostitutas, y la Ley del Código Penal (complementaria) prevé, en su artículo 90, el enjuiciamiento del delito de mantenimiento de prostíbulos.

63.Además, el artículo 6 de la Constitución garantiza la protección contra la esclavitud y el trabajo forzoso.

64.Desde 2018 hasta la fecha, la Fuerza de Policía de Mauricio ha adoptado varias medidas para eliminar la trata de personas en el país. La policía aplica un enfoque de tolerancia cero en la aplicación de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, que ha permitido determinar la existencia de siete casos de trata de personas.

Algunas de las medidas iniciadas son las siguientes

65.El Equipo de Seguimiento establecido en la Oficina de Pasaportes e Inmigración se ocupa de determinar el paradero de expatriados y otros extranjeros desaparecidos que puedan encontrarse en situación ilegal en Mauricio. Desde 2018 hasta la fecha se han llevado a cabo 86 operaciones de ese tipo.

66.Se ruega consultar en el Anexo A el número de operaciones realizadas por el Equipo de Seguimiento de la Oficina de Pasaportes e Inmigración.

67.La policía ha aumentado la coordinación con organismos externos como la Oficina del Director de la Fiscalía, el Ministerio de Trabajo, Desarrollo de Recursos Humanos y Formación, el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar Familiar y la Fiscalía General con el fin de dilucidar los casos de trata de personas y procesar a los traficantes de personas por la vía rápida.

68.Ocho agentes de policía (cuatro de la Oficina de Registro de Delitos y cuatro de la Oficina de Pasaportes e Inmigración), han recibido capacitación en recopilación de datos relacionados con casos de trata de personas. Actualmente están cotejando los datos y actualizando la base de datos regional centralizada de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo. Esa plataforma ha permitido a las fuerzas del orden y a otras autoridades interesadas hacer un seguimiento de los casos de trata de personas, estudiar la tendencia actual y poner en marcha medidas correctivas pertinentes.

69.También se ha incluido un módulo sobre la trata de personas en los cursos de iniciación, actualización y otros que imparte la Escuela de Policía. El objetivo es mejorar los conocimientos de los agentes de policía sobre la trata de personas para prevenirla y detectarla eficazmente.

70.La Unidad de Prevención del Delito también organizó, durante el período comprendido entre 2018 y julio de 2020, unas 1.717 campañas de concienciación/sensibilización en las que se sensibilizó a 125.645 personas en materia de derechos humanos y derechos de la mujer ydel niño, incluida la trata de personas. (Véase Anexo B). Además, la Unidad distribuyó 1.000carteles sobre la trata de personas entre las instituciones educacionales, los centros comunitarios y las oficinas públicas, entre otros, para aumentar la concienciación sobre este fenómeno mundial.

71.Con el fin de ofrecer una mejor protección a las víctimas de la trata de personas, la policía ha identificado un albergue para las víctimas. Se ha publicado una solicitud de expresión de interés para que una ONG gestione el albergue.

72.Con respecto a los presuntos casos de tráfico de niños y prostitución infantil, la Unidad de Desarrollo Infantil del Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar Familiar realiza investigaciones sociales. Los casos se comunican simultáneamente a la policía para que realice una investigación penal.

73.La Ley de Registro de Acusados de Cometer Delitos Sexuales contra Niños se aprobó en diciembre de 2020 pero aún no se ha promulgado. El objetivo es establecer un registro de delincuentes pedófilos.

74.El registro ayudará en:

a)El seguimiento y localización de personas de la comunidad que hayan sido declaradas culpables de cometer delitos sexuales contra los niños, y

b)La detección e investigación de delitos sexuales contra los niños.

75.Además, el Comisario de Policía estará facultado, en interés de la seguridad pública, para revelar información personal de las personas que hayan sido declaradas culpables de cometer delitos sexuales contra los niños a otro organismo gubernamental, a efectos de:

a)Controlar el paradero de esos infractores;

b)Verificar la información personal comunicada por los agresores;

c)Gestionar el riesgo de que los infractores puedan cometer nuevos delitos sexuales contra los niños, y

d)Gestionar cualquier riesgo o amenaza para la seguridad pública.

76.Además, sin perjuicio de cualquier otra ley, en virtud de la citada Ley el Comisario de Policía puede revelar la información personal de un infractor susceptible de ser registrado a un organismo extranjero correspondiente con el fin de informarle de la intención de dicha persona de viajar a la jurisdicción de ese organismo.

Abuso y explotación sexual de menores en línea

77.El abuso y la explotación sexual de menores en línea se ha convertido en algo asombrosamente extendido y común en todo el mundo. La República de Mauricio no es una excepción. Actualmente, los medios de comunicación locales informan ampliamente sobre casos de abuso y explotación sexual de menores en línea, especialmente en plataformas de medios sociales como Telegram.

78.Al respecto, en un reciente comunicado de prensa, el Defensor del Niño expresó su preocupación por el hecho de que algunos niños de Mauricio estaban siendo captados en línea con fines sexuales. Señaló que se transmitían en directo vídeos en los que aparecían realizando actividades sexuales, y que se difundían imágenes indecentes en Internet.

79.El Defensor del Niño ha invitado a los ciudadanos, incluidos los niños y los jóvenes, a dar su opinión sobre estas cuestiones, ya sea por teléfono, por mensaje, o por correo electrónico.

80.Esto permitirá a la Oficina del Defensor del Niño proponer recomendaciones significativas a las autoridades pertinentes sobre estas cuestiones.

Función de las instituciones nacionales de derechos humanos

81.Los Presidentes y los Comisionados de todas las instituciones nacionales de derechos humanos son nombrados por el Presidente de la República, con el asesoramiento del Primer Ministro y en consulta con el líder de la oposición.

82.Todas las instituciones nacionales de derechos humanos se guían por los Principios de París. No reciben directivas de ninguna autoridad pública o privada que puedan comprometer su independencia.

83.No se justifica la creación de nuevas instituciones nacionales para facilitar la aplicación de la Convención, dado que, además de las instituciones nacionales de derechos humanos que se enumeran a continuación, el Mecanismo Nacional de Presentación de Informes y Seguimiento, bajo la presidencia del Ministro encargado de los derechos humanos, se ocupa del seguimiento de la aplicación de la Convención.

84.La Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene competencia cuasi jurisdiccional para recibir denuncias sobre violaciones de los derechos humanos, citar a testigos, solicitar la presentación de documentos y celebrar audiencias.

85.En el contexto de la Ley de Protección de los Derechos Humanos, por “derechos humanos” se entienden los derechos protegidos en virtud del capítulo II de la Constitución de Mauricio. Esos derechos son principalmente civiles y políticos. No obstante, la Comisión Nacional de Derechos Humanos está ampliando su mandato al dar una interpretación generosa al derecho a la vida y ocuparse de los derechos económicos y sociales, cuando corresponde.

86.En cuanto a los recursos financieros, la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene su propio presupuesto, que es aprobado por la Asamblea Nacional, como ocurre con todas las unidades presupuestarias que desempeñan funciones especializadas.

87.La Comisión Nacional de Derechos Humanos también tiene el importante mandato de promover los derechos humanos en Mauricio. Para ello, organiza diversos talleres y da charlas para personas mayores, personas con discapacidad, mujeres y personas LGBTQ para sensibilizarlas sobre sus derechos humanos y su derecho a ser protegidas contra toda forma de discriminación. Todas las charlas, talleres y campañas de sensibilización pública que organiza la Comisión Nacional de Derechos Humanos abordan el tema de la protección contra la discriminación por motivos de raza, casta, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo, sexo, edad u otra condición.

88.Véase el anexo C, gráfico 1 – Naturaleza de las quejas recibidas en la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

89.La Comisión Independiente de Quejas contra la Policía tiene el mandato de investigar todas las denuncias presentadas contra agentes de policía en el ejercicio de sus funciones, salvo las denuncias por actos de corrupción o blanqueo de dinero. Cualquier uso ilegal de la fuerza por parte de un agente de policía en el ejercicio de sus funciones puede ser objeto de una denuncia ante la Comisión Independiente de Quejas contra la Policía, presentada por la víctima, o un representante, cuando no pueda hacerlo por sí misma (artículo 11 de la Ley de la Comisión Independiente de Quejas contra la Policía).

90.El Defensor del Niño vela por la protección de los derechos de los niños y es responsable de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en Mauricio.

91.La Comisión de Igualdad de Oportunidades se ocupa de la discriminación por motivos de condición (edad, casta, color, credo, origen étnico, discapacidad, estado civil, lugar de origen, opinión política, raza, sexo u orientación sexual) y de las denuncias de acoso sexual.

92.Se ruega consultar el anexo C, gráfico 2 – Clasificación de las denuncias presentadas ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades por motivos de discriminación.

93.Se ruega consultar el anexo C, gráfico 3 – Categorías de denuncias presentadas por presuntos autores de discriminación ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades.

94.La Comisión de Igualdad de Oportunidades no puede conocer de casos cuando se trata de la Comisión de la Función Pública, ya que ésta no puede estar sometida a la dirección ni al control de ninguna persona o autoridad (véase artículo 118 4) de la Constitución).

95.No obstante, la Ley de Igualdad de Oportunidades le confiere la facultad de investigar quejas presentadas contra funcionarios públicos. Además, si hay pruebas de discriminación en el asunto, éste se remite al Tribunal de Igualdad de Oportunidades, con el consentimiento del denunciante, para un ulterior examen.

Oficina del Defensor del Pueblo

96.La Constitución del Estado prevé, en su capítulo IX, la creación de una Oficina del Defensor del Pueblo. El mandato de la Oficina consiste en investigar cualquier medida adoptada por cualquier funcionario o autoridad a quien se aplique el presente artículo en el ejercicio de sus funciones administrativas, en los casos en que un ciudadano denuncie haber sido víctima de una injusticia de resultas de una falta administrativa cometida en relación con la medida adoptada, o que el Defensor del Pueblo sea de ese parecer. La Oficina es de carácter público y los servicios que presta el Defensor del Pueblo son gratuitos.

97.Se ruega consultar el anexo C – Casos de los que se ocupa la Oficina del Defensor del Pueblo y servicios que presta.

98.En 2019 la Oficina emprendió una campaña de sensibilización en todo Mauricio, incluida la isla de Rodrigues, con el fin de promover los derechos humanos y educar a los miembros del público en general sobre nuestra función, nuestras competencias y nuestros servicios.

99.La Oficina prosigue su campaña de sensibilización en colaboración con la Oficina de Asesoramiento al Ciudadano. El propósito de la campaña es facilitar el acceso a los servicios de la Oficina a personas pertenecientes a los grupos sociales más vulnerables, que suelen desconocer sus derechos.

Defensor de los Servicios Financieros

100.La Ley del Defensor de los Servicios Financieros de 2018 prevé la creación de la Oficina del Defensor de los Servicios Financieros. La Ley se ocupa, entre otras cosas, de la Oficina, las funciones, las quejas, la mediación, la investigación y los dictámenes de los Defensores de los Servicios Financieros.

101.La función principal de la Oficina del Defensor de los Servicios Financieros es proteger a los consumidores de servicios financieros y tramitar las reclamaciones que se presenten contra las instituciones financieras.

102.La Oficina del Defensor de los Servicios Financieros también está en proceso de crear un sitio web, de modo que los denunciantes puedan presentar sus quejas directamente en el formulario de quejas en línea.

Defensor de los Deportes

103.La función oficial del titular del puesto está regulada en virtud del artículo 46 de la Ley del Deporte de 2016:

“Toda persona que se sienta agraviada por una decisión del Comité Olímpico de Mauricio, del Comité Paralímpico de Mauricio, de una Federación Deportiva Nacional, de una Organización Multideportiva, de un comité deportivo regional, de un club deportivo, de un concesionario, de cualquier miembro, árbitro, entrenador u otro funcionario de una organización deportiva, que no sea una decisión o una disputa relacionada con el dopaje podrá, previa justificación y en un plazo de 21 días a partir de la fecha de la decisión o de la disputa, recurrir al Defensor del Deporte a efectos de conciliación.”

104.Las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos mencionadas anteriormente atienden las quejas relativas a discriminación racial cuando se produce una situación de ese tipo. La mayoría de las veces, las quejas que se presentan ante las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos carecen de fundamento.

Tribunal de Apelación de los Órganos Públicos

105.En lo que respecta al Tribunal de Apelación de los Órganos Públicos, establecido en 2009 para atender a los funcionarios públicos que deseen recurrir una decisión de la Comisión de la Función Pública o de la Comisión de Servicios de las Administraciones Locales relativa a un ejercicio de nombramiento o a una medida disciplinaria adoptada contra un funcionario, solo se han presentado hasta ahora dos casos relativos a discriminación racial. Las aseveraciones no pudieron corroborarse.

Marco administrativo para la prohibición de todas las formas dediscriminación racial

Portal de Asistencia al Ciudadano

106.El Portal de Asistencia al Ciudadano, que funciona bajo los auspicios de la Oficina del Primer Ministro, es una poderosa herramienta tecnológica que ayuda a evaluar los diversos problemas socioeconómicos de Mauricio.

107.Se trata de una plataforma en línea en la que todos los ciudadanos, especialmente los grupos necesitados y vulnerables, pueden registrar sus quejas y expresar sus preocupaciones. En consecuencia, ninguna persona queda excluida.

108.El Portal de Asistencia al Ciudadano se ha convertido en una plataforma para denunciar casos de malas condiciones, discriminación, desigualdad e inseguridad y para la adopción de medidas correctoras oportunas. Los trabajadores migrantes también han recurrido a este Portal para comunicar diversas quejas.

Artículo 4 Medidas para prohibir la incitación a la discriminación racial

109.La incitación a la discriminación racial está prohibida también en virtud de las recientes enmiendas a los artículos 206 y 282 del Código Penal (delitos de ultraje a la moral pública y religiosa y de incitación al desprecio o al odio racial, respectivamente), así como en virtud del artículo 46 de la Ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Cabe señalar que, aunque no se hace referencia específica a la discriminación racial, es posible detectarla por los efectos de las ideas difundidas, a saber, “obscenas, abusivas, amenazantes, que puedan causar o causen molestia, humillación, inconveniencia, angustia o ansiedad a cualquier persona”.

110.Aparte de la Ley de Prevención del Terrorismo, que permite al Comisario de Policía presentar una solicitud al Juez de Instrucción para que declare a una asociación u organización como organización prohibida, y de la Ley de Registro de Asociaciones, en virtud de la cual el Registrador de Asociaciones puede cancelar la inscripción de una asociación, no hay más modificaciones al respecto.

111.En relación con la criminalización de los actos de promoción e incitación a la discriminación racial, así como la participación en organizaciones que incitan a la discriminación racial, aparte del artículo 5 de la Ley de Prevención del Terrorismo y los artículos 188 a 191 del Código Penal, no se han producido otros cambios en el marco legal.

Motivos raciales como circunstancias agravantes en la legislaciónpenal nacional

112.A excepción del artículo 282 del Código Penal que prevé un delito de carácter racial, la legislación penal de Mauricio no hace referencia a los motivos raciales como circunstancia agravante. No obstante, un tribunal puede tener en cuenta el motivo racial al condenar a una persona por un delito.

Decisiones adoptadas por los tribunales nacionales y otrasinstituciones estatales

113.En el Anexo D figura la lista de casos relativos a la discriminación racial de los que se ocupan los tribunales nacionales u otras instituciones estatales.

114.Consúltese también el cuadro que figura a continuación sobre los casos denunciados en 2019, en Mauricio, relativos a discriminación racial, promoción del odio racial, incitación al odio racial y profanación.

Cuadro 1Denuncias de casos de discriminación racial, fomento del odio racial, incitación al odio racial y profanación, en 2019, en Mauricio

Delito

Número de casos denunciados en 2019

Cierre de las actuaciones

Procesamiento

Sentencia

Indagaciones

1

Fomento del odio racial

6

3

3

2

Discriminación racial

1

1

3

Incitación al odio racial

1

1

4

Daños a lugares de culto

11

6

1

4

5

Daños a los muros de lugares religiosos

4

1

3

6

Robo en lugares de culto

78

12

13

11

42

7

Profanación de tumbas

4

1

1

2

Fuente: Oficina de Registro de Delitos (julio de 2020).

Artículo 5 Aplicación no discriminatoria de los derechos y libertades enunciados en la Convención

Administración imparcial de la justicia

115.Con el fin de mejorar la eficiencia del sistema judicial existente, la Ley de Tribunales se modificó en septiembre de 2020 para añadir otras dos divisiones del Tribunal Supremo, a saber, la División de Delitos Financieros y la División de Tierras.

116.La División de Delitos Financieros se estableció en el Tribunal Supremo y en el Tribunal Intermedio, ambos competentes para entender y fallar en relación con delitos financieros y cualquier otro asunto estipulado en cualquier disposición jurídica relacionada, o secundaria, con respecto a un delito financiero.

117.La decisión de presentar un caso ante el Tribunal Supremo o el Tribunal Intermedio corresponde al Director del Ministerio Público, quien decidirá, a su discreción, ante qué Tribunal procesar el delito, dependiendo de su naturaleza.

118.Además, recientemente se han creado cuatro nuevos puestos de jueces para garantizar una resolución más rápida de los casos judiciales.

119.Por otro lado, la Ley de la Infancia, promulgada en diciembre de 2020 pero aún no proclamada, derogará la Ley de Protección de la Infancia y la Ley de Jóvenes Infractores.

120.La jurisdicción del Tribunal de Menores, así como la del Magistrado de Distrito en virtud de la Ley de Protección de la Infancia, será asumida posteriormente por el Tribunal de Menores que se establecerá conforme a la Ley de la Infancia. Una vez establecido, el Tribunal de Menores estará compuesto por una División de Protección y una División Penal.

121.Ya se han introducido varias reformas en el poder judicial para agilizar la resolución de los casos judiciales y mejorar los servicios al público. Por ejemplo, se ha construido y está en funcionamiento un moderno edificio para el Tribunal Supremo y todas sus divisiones. Se han proporcionado los servicios de apoyo necesarios para una verdadera División de Familia. Se han modernizado los sistemas de grabación digital y de audio para asegurar la fidelidad de las constancias y una administración más rápida de la justicia. La Comisión de Reforma Legislativa ha sido facultada para introducir nuevas modificaciones en el Código Penal y otras leyes, para garantizar que se atienda a las necesidades actuales de Mauricio.

Medidas para garantizar la no discriminación en la lucha contra el terrorismo

122.En la lucha contra el terrorismo, el Gobierno de Mauricio siempre ha sido muy cuidadoso a la hora de defender los derechos fundamentales las personas, tal y como están consagrados en la Constitución. También se han previsto medidas para prestar la debida atención a los derechos humanos de las víctimas del terrorismo, haciendo hincapié en la importancia de la prestación de ayuda a las víctimas. Las medidas adoptadas por el Gobierno para la lucha contra el terrorismo no discriminan por motivos de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico.

123.La Ley de Prevención del Terrorismo se promulgó en 2002 para luchar contra el terrorismo.

124.De conformidad con las obligaciones internacionales del Estado y la determinación del Gobierno de luchar contra el terrorismo internacional y el extremismo violento, desde noviembre de 2019 se aplica una Estrategia Nacional de Prevención de la Radicalización y el Extremismo Violento (2019-2022).

125.La Estrategia se basa en cuatro principios fundamentales:

a)Contrarrestar las ideologías extremistas: centrarse en las motivaciones de los individuos que se involucran o tienen el potencial de radicalizarse y participar en el extremismo violento;

b)Desbaratar las actividades terroristas: identificar a los terroristas y a los individuos radicalizados, así como a quienes los apoyan, y desbaratar sus planes para llevar a cabo cualquier acto subversivo mediante la creación de redes de inteligencia;

c)Negar el apoyo al terrorismo: negar a los terroristas y a los individuos radicalizados los medios financieros, frustrando todo intento de recaudar fondos para llevar a cabo sus actividades. Impedir y desbaratar la financiación de las organizaciones terroristas limitará evidentemente su capacidad para cometer atentados, y

d)Desarrollar un plan de respuesta y recuperación: responder proporcionalmente y con rapidez, de forma organizada, a las actividades terroristas y mitigar sus efectos.

126.La Estrategia también se apoya en cuatro pilares para garantizar que la sociedad mauriciana sea capaz de resistir la radicalización y las ideologías extremistas:

a)Vínculos comunitarios;

b)Cumplimiento de la ley;

c)Establecimiento de redes de inteligencia, y

d)Mensajes estratégicos.

127.Cabe subrayar que la Estrategia de Mauricio se basa en un enfoque integral del Gobierno, conjuntamente con asociaciones públicas y privadas, cuyo propósito es mejorar la cohesión social y la inclusión, así como la resiliencia de la comunidad.

128.La Ley de Prevención del Terrorismo define claramente los actos de terrorismo y las organizaciones prohibidas.

129.En consecuencia, el autor de cualquier acto de terrorismo contra el Estado de Mauricio o sus territorios será tratado de conformidad con lo dispuesto en esa ley. A pesar de la severidad de los procedimientos previstos en ella, como la reclusión en régimen de incomunicación, la ley sigue defendiendo los derechos y el bienestar del acusado o sospechoso. Por ejemplo, a estos últimos se les concede la libertad bajo fianza ante un tribunal de justicia (Estado c. Khoyratty, 2006) por determinados delitos contemplados en dicha ley.

Derechos y protección de la persona por parte del Estado

130.La Fuerza de Policía de Mauricio, a través de sus estrategias de policía de proximidad, se comunica e interactúa regularmente con diferentes grupos de personas de la sociedad mauriciana en relación con cuestiones policiales. En esas interacciones formales también participan grupos de víctimas o posibles víctimas de discriminación racial. El objetivo es mantener la estabilidad social y, al mismo tiempo, permitir que la sociedad pluriétnica practique sus creencias culturales religiosas dentro de la unidad y el respeto.

131.Figura a continuación un cuadro sobre las campañas de sensibilización en materia de discriminación racial llevadas a cabo por la Unidad de Prevención del Delito de la Fuerza de Policía de Mauricio en los últimos tres años.

Cuadro 2Número de campañas de sensibilización en materia de discriminación racial llevadas a cabo por la Unidad de Prevención del Delito

Año

Medios de Comunicación (Radio, Prensa y TV)

Número de Campañas de Sensibilización

2018

14

7

2019

6

8

2020

7

4

Total

27

19

Fuente: Unidad de Prevención del Delito (julio de 2020).

132.La Fuerza de Policía de Mauricio cuenta con una Política de No Discriminación y Lucha contra el Acoso para reforzar su compromiso de cumplir y hacer cumplir todas las legislaciones nacionales, así como cualquier orden/reglamento/política que prohíba cualquier forma de discriminación por motivos de raza o etnia.

Procedimientos para la devolución de no ciudadanos desde el país haciaotro territorio

Extradición

133.En 2017 se promulgó una nueva Ley de Extradición (núm. 7) con el fin de mejorar las medidas para las extradiciones desde y hacia Mauricio. Dicha Ley entró en vigor el 3 de mayo de 2018.

134.La Ley de Extradición suprime la distinción que antes se hacía en materia de extradición entre los países de la Commonwealth, y los que no lo son, para facilitar ese procedimiento incluso en ausencia de tratados. También simplifica los procedimientos, orienta mejor a las autoridades competentes en la tramitación de las solicitudes de extradición y promueve la cooperación, respetando los derechos de las personas cuya extradición o detención se solicita. Además:

a)Hace especial mención a los convenios y las convenciones de lucha contra el terrorismo;

b)Destaca el requisito de la doble incriminación para la extradición;

c)Ofrece mayor protección a los ciudadanos mauricianos contra la extradición desde Mauricio, y

d)Permite al Fiscal General negarse a conceder, en interés público, una solicitud de extradición de una persona desde Mauricio.

135.Los artículos 8 y 9 de la Ley de Extradición enumeran los motivos por los cuales es posible denegar una solicitud de extradición. En particular, el artículo 8 de la Ley prohíbe la extradición de una persona por un Estado extranjero cuando:

“En opinión del Fiscal General, existen motivos fundados para creer que la persona buscada:

a)Podría ser perseguida judicialmente o castigada en ese Estado por motivos de raza, religión, nacionalidad, origen étnico u opiniones políticas;

b)Podría ser sometida a torturas o a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en ese Estado;

c)Podría verse en una situación en que no se le reconozcan las garantías procesales mínimas en las actuaciones penales en ese Estado;

d)Sea susceptible de ser juzgada o condenada en ese Estado por un tribunal extraordinario o ad hoc, a menos que dicho Estado ofrezca garantías que, a juicio del Fiscal General, sean suficientes para asegurar que la sentencia será dictada por un tribunal que esté facultado, en virtud de las normas de administración judicial de dicho Estado, para juzgar delitos penales.”

Inmigrantes prohibidos

136.La Ley de Inmigración (núm. 13 de 1970) se enmendó en 2019 con el propósito, entre otras cosas, de ampliar la categoría de personas no ciudadanas que encajan en la definición de “inmigrantes prohibidos” y que no deben ser admitidas en Mauricio, y hacerla extensiva a las siguientes personas:

“m)Aquellas que, sobre la base de informaciones u opiniones consideradas fiables por el Ministro, puedan ser habitantes o visitantes indeseables en Mauricio;

n)Las personas o clases de personas cuya presencia en Mauricio, sobre la base de informaciones u opiniones consideradas fiables por el Ministro, pueda ser perjudicial para los intereses de la defensa, la seguridad y el orden públicos, la moral y las buenas costumbres o la salud pública;

o)Las incluidas en la lista del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o bajo su autoridad, de conformidad con cualquiera de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas especificadas en el segundo Anexo de la Ley de Sanciones de las Naciones Unidas (Prohibiciones Financieras, Embargo de Armas y Prohibición de Viajes) de 2019.”

137.Las enmiendas anteriores eliminan de la lista de inmigrantes prohibidos a las personas que sufran alguna enfermedad física o mental y a los mudos, ciegos o con cualquier otro tipo de defecto o discapacidad física que puedan suponer una carga para el Estado.

Refugiados y solicitantes de asilo

138.Al ser un país pequeño, densamente poblado y con recursos limitados, Mauricio aún no ha adoptado políticas ni leyes para conceder la condición de refugiado a extranjeros. Aunque el país no ha firmado todavía la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 ni su Protocolo de 1967, procura abordar las solicitudes de refugio o asilo político mediante un examen individualizado de cada caso y un enfoque humanitario que permite que las personas se instalen en un país adecuado, dispuesto a recibirlas.

El derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su propio país

139.El artículo 15 de la Constitución establece, entre otras cosas, que nadie será privado de su libertad de circulación, que comprende el derecho a circular libremente en todo el país, el derecho a residir en cualquier parte de su territorio, el derecho a entrar y a salir de Mauricio y el derecho a no ser expulsado de Mauricio.

140.La Oficina de Pasaportes e Inmigración se encarga de emitir los visados de entrada y salida para los extranjeros que ingresan en el país. Las personas que deseen permanecer durante un período prolongado deberán solicitar un permiso de residencia. Los no ciudadanos deben ser titulares de un permiso de residencia válido, a menos que sean personas exentas en virtud del Reglamento sobre Pasaportes y/o de la Ley de Inmigración, y siempre que:

a)Sean titulares de un pasaporte válido;

b)Posean un billete de ida y vuelta válido;

c)Dispongan de fondos suficientes, y

d)Estén autorizados a volver a entrar en su país de origen o residencia.

141.Las personas que se encuentran legalmente en el territorio tienen libertad de circulación y de elección de residencia. No hay ningún requisito de registro de las personas como residentes en una zona en particular. No se impone ningún control o restricción de acceso a las personas que viajan a determinadas zonas, ni se limita la circulación de las personas dentro de la comunidad, a excepción de las zonas declaradas como zonas de seguridad.

142.Sin embargo, la Constitución se modificó en noviembre de 2016 para prever la imposición de restricciones a:

a)La circulación dentro de Mauricio, y

b)El derecho de cualquier persona a abandonar Mauricio;

de conformidad con la orden de un tribunal o de un juez de la Corte Suprema, en virtud de la Ley de Prevención del Terrorismo, relativa a delitos o actos de terrorismo.

143.Se pueden imponer otras restricciones al derecho a salir de Mauricio en los siguientes casos:

a)Cuando la persona tenga una causa pendiente con la justicia, en cuyo caso las restricciones las impondrá un tribunal de justicia;

b)Cuando la persona tenga una deuda fiscal, en cuyo caso intervendrá la Dirección de Rentas de Mauricio para plantear una objeción a la salida de dicha persona;

c)Un agente de policía, de rango no inferior a subcomisario, podrá pedir al oficial de pasaportes e inmigración que prohíba la salida de un detenido. Dicha prohibición de salida prescribirá a las 72 horas (art. 13 de la Ley de Libertad Bajo Fianza), y

d)En virtud del artículo 53, párrafo 1 a), de la Ley de Prevención de la Corrupción de 2002, la Comisión Independiente contra la Corrupción puede ordenar que la policía detenga a cualquier persona que pueda ser de utilidad en una investigación y cuya salida de Mauricio sea inminente.

144.Los documentos de viaje se expiden en las siguientes circunstancias:

a)Cuando un ciudadano mauriciano ha perdido su pasaporte en el extranjero y tiene que viajar de regreso a Mauricio;

b)Cuando un ciudadano del Commonwealth ha perdido su pasaporte y tiene que viajar de regreso a su país de residencia o a un destino específico y volver a Mauricio, y

c)Cuando un ciudadano de Mauricio, cuyo pasaporte ha sido enviado al extranjero con fines de visado, tenga que viajar a otro país en el ínterin.

145.Todos los ciudadanos de Mauricio tienen derecho a un documento de viaje. Sin embargo, un tribunal de justicia puede imponer restricciones al uso de dicho documento.

146.Una persona que viaje a Mauricio sin los documentos de viaje necesarios podrá ser devuelta a su país de origen o de residencia.

147.Según los registros disponibles en la Oficina de Pasaportes e Inmigración, entre 2018 y 2020 se prohibió la entrada a Mauricio a 1.001 extranjeros.

Archipiélago de Chagos

148.El archipiélago de Chagos, que es y siempre ha sido parte integrante de Mauricio, fue separado ilegalmente por el Reino Unido del territorio de Mauricio antes de su independencia en 1968, y todos los habitantes fueron expulsados. En su opinión consultiva de 25 de febrero de 2019 sobre las consecuencias jurídicas de la separación del archipiélago de Chagos de Mauricio en 1965, la Corte Internacional de Justicia determinó que el proceso de descolonización de Mauricio no se había completado legalmente en vista de la escisión ilegal del archipiélago, y de la obligación del Reino Unido de poner fin a su administración del archipiélago de Chagos con la mayor rapidez posible. La Corte también determinó que el hecho de que el Reino Unido siguiera administrando el archipiélago de Chagos constituía un hecho ilícito de carácter continuado que entrañaba la responsabilidad internacional de dicho Estado.

149.En su resolución 73/295, de 22 de mayo de 2019, para dar efecto a la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, la Asamblea General de las Naciones Unidas exigió al Reino Unido que retirara su administración colonial del archipiélago de Chagos de manera incondicional antes del 22 de noviembre de 2019. El Reino Unido no cumplió ese plazo y sigue ocupando ilegalmente el archipiélago de Chagos.

150.En la sentencia dictada el 28 de enero de 2021 en el caso de Mauricio contra Maldivas, una Sala Especial del Tribunal Internacional del Derecho del Mar sostuvo que las determinaciones de la Corte Internacional de Justicia que figuran en su opinión consultiva surtían efecto legal y tenían claras consecuencias para el estatus jurídico del archipiélago de Chagos. También dictaminó que Mauricio tenía una soberanía indiscutible sobre el archipiélago de Chagos y que la continuada reclamación de soberanía del Reino Unido sobre el archipiélago de Chagos era contraria a las determinaciones autorizadas de la Corte Internacional de Justicia.

151.Tras la separación ilegal del archipiélago de Chagos, el Reino Unido expulsó por la fuerza a todos los mauricianos nacidos en el archipiélago y que en ese momento residían allí (chagosianos). La mayoría de ellos fueron trasladados a la isla principal de Mauricio y desde entonces el Reino Unido les impide sistemáticamente regresar al archipiélago de Chagos.

152.Mauricio sigue sin escatimar esfuerzos para finalizar su proceso de descolonización, de modo que pueda ejercer efectiva y plenamente su soberanía sobre el archipiélago de Chagos, lo que a su vez debería conducir al reasentamiento de los ciudadanos mauricianos, incluidos los de origen chagosiano, en el archipiélago. Esos dos procesos son indisociables, como se señala en la siguiente decisión de la Corte Internacional de Justicia:

“En lo que respecta al reasentamiento en el archipiélago de Chagos de los nacionales de Mauricio, en particular los originarios del archipiélago de Chagos, se trata de una cuestión relativa a la protección de los derechos humanos de los afectados, que la Asamblea General debería abordar durante la conclusión del proceso de descolonización de Mauricio.”

153.Por su parte, el Gobierno de Mauricio tiene la firme intención de aplicar un plan de reasentamiento en el archipiélago de Chagos. A este respecto, la partida especial de 50 millones de rupias incluida en el presupuesto de Mauricio para el ejercicio económico de 2019‑2020 se ha mantenido en el presupuesto para 2020-2021 para sufragar, entre otras cuestiones, los gastos relacionados con los preparativos para el futuro reasentamiento en el archipiélago de Chagos.

154.Los chagosianos, que son ciudadanos de pleno derecho de Mauricio, gozan de los mismos derechos que los demás ciudadanos mauricianos, incluido el acceso gratuito a servicios de salud, educación y transporte público para los estudiantes, los ancianos y las personas con discapacidad. También pueden participar plenamente en todas las esferas de la vida, incluidas la económica, la social y la política. De hecho, una señora de origen chagosiano es miembro del Parlamento; anteriormente fue ministra de gobierno.

155.Para mejorar aún más las condiciones de vida de los chagosianos, el Gobierno de Mauricio sigue adoptando medidas especiales en su favor a través del Fondo de Bienestar Chagosiano, cuya Junta está formada por representantes de la comunidad chagosiana elegidos por los miembros de dicha comunidad y presidida por un miembro de la comunidad. Los objetivos del Fondo son, entre otros, avanzar y promover el bienestar de los miembros de la comunidad chagosiana y sus descendientes, desarrollar programas y proyectos para su total integración en Mauricio, y mantener los centros y otras instalaciones comunitarias establecidas en beneficio de los miembros de la comunidad y sus descendientes.

156.A lo largo de los dos últimos años, el Fondo de Bienestar Chagosiano ha adoptado las siguientes medidas:

a)Becas para los estudiantes de la comunidad chagosiana, que reúnan los requisitos;

b)Oferta de premios de motivación para jóvenes licenciados de la comunidad chagosiana;

c)Becas/ayuda financiera para estudiantes de la comunidad chagosiana de las universidades e instituciones de formación profesional;

d)Organización de charlas para jóvenes chagosianos sobre nutrición y uso indebido de drogas;

e)Suministro de instalaciones y equipos deportivos con fines recreativos y de bienestar para la comunidad chagosiana;

f)Campamentos recreacionales para las personas de edad de la comunidad chagosiana;

g)Distribución de víveres (artículos comestibles) entre las personas de edad y personas postradas en cama de la comunidad chagosiana;

h)Organización de actividades recreativas para los estudiantes de enseñanza primaria y secundaria de la comunidad chagosiana;

i)Donación de materiales de construcción para la reparación de los tejados de las viviendas de los chagosianos en las que hubo filtraciones de agua durante la temporada de lluvias intensas;

j)Suministro de alimentos, mobiliario y otros artículos de primera necesidad a los chagosianos víctimas de incendios y donación de materiales de construcción para reparación de viviendas de chagosianos destruidas por el fuego;

k)Prestación de asistencia a los chagosianos necesitados para la reparación de sus viviendas;

l)Realización de visitas trimestrales a los chagosianos internados en hogares, durante las cuales se les hace entrega de prendas de vestir y frutas;

m)Concesión de subsidio para gastos de sepelio para familiares de chagosianos fallecidos;

n)Exámenes médicos anuales gratuitos para los chagosianos;

o)Prestación de asistencia financiera a los chagosianos que viajan al extranjero para recibir tratamiento médico, además de la proporcionada por el Ministerio de Salud y Bienestar;

p)Prestación de ayuda económica a la persona que acompaña a un chagosiano que viaja a recibir tratamiento médico en el extranjero;

q)Facilitación de medios de transporte a los chagosianos que tengan citas en hospitales, y

r)Mejora de los centros comunitarios chagosianos para la realización de actividades, oraciones y otros eventos para la comunidad.

157.Esas medidas han contribuido a mejorar el bienestar de los miembros de la comunidad chagosiana, ya sean niños, adultos o ancianos. Las medidas adoptadas en favor de los estudiantes les han ayudado en su trayectoria académica y se ha producido un aumento a lo largo de los años del número de licenciados universitarios de origen chagosiano. El Fondo de Bienestar Chagosiano también ha ayudado a mitigar las penurias de los chagosianos necesitados.

Derechos políticos

Reforma electoral

158.Con respecto a la reforma electoral en general, el Gobierno presentó el proyecto de Ley de Modificación de la Constitución en la Asamblea Nacional el 4 de diciembre de 2018, tras celebrar amplias consultas. Los objetivos del proyecto de Ley eran, entre otros, los siguientes:

a)Introducir una dosis de representación proporcional;

b)Suprimir el requisito de la declaración obligatoria sobre la comunidad a la que pertenece un candidato a una circunscripción;

c)Buscar una mejor representación de género en la Asamblea Nacional, y

d)Prever medidas contra la deserción para mejorar la estabilidad.

159.Las propuestas de reforma electoral del Gobierno que se plasmaron en el proyecto de ley, tenían como objetivo consolidar y hacer avanzar la democracia constitucional y los valores republicanos en Mauricio. Se esperaba que las medidas propuestas resolvieran, en gran medida, las principales imperfecciones y deficiencias de nuestro actual sistema electoral. Su propósito era preservar y promover la inclusión y fomentar la nacionalidad, manteniendo al mismo tiempo la estabilidad social y política y la gobernabilidad, que constituyen la base de nuestro desarrollo socioeconómico desde la independencia.

160.Sin embargo, el proyecto de Ley de Modificación de la Constitución se debatió en la Asamblea Nacional, pero no se sometió a votación el 11 de diciembre de 2018, ya que no hubo consenso en todo el espectro político con respecto a las reformas propuestas.

161.Posteriormente, tras las elecciones generales de noviembre de 2019, se eligió un nuevo gobierno con el mismo Primer Ministro, y en su Programa de Gobierno 2020-2024 se menciona la intención de continuar con la iniciativa de llevar a cabo una reforma electoral que garantice la estabilidad política y social en el país y una mayor participación de las mujeres.

162.La cuota de dos tercios, neutra en cuanto al género, se aplica ya en el caso de las elecciones a los consejos municipales, a los consejos de los pueblos y a las elecciones a la Asamblea Regional de Rodrigues.

Comunicación núm. 1744/2007, N arrain et al .

163.En noviembre de 2019 los miembros del partido político “Rezistans ek Alternativ” presentaron una comunicación individual al Comité de Derechos Humanos en la que alegaban que el Estado de Mauricio no había cumplido con las opiniones del Comité en la medida en que el Estado, mediante una enmienda constitucional en 2014, “legalizó” la calificación de un candidato en las elecciones generales. Se informó que los candidatos no estaban clasificados de acuerdo con las categorías requeridas “basadas en la etnia o la religión”, dado que para poder ser candidato a las elecciones generales era necesario declarar la pertenencia a una de las cuatro comunidades prescritas por la Constitución. Los autores de la comunicación señalaron que la enmienda era de aplicación temporal y, en consecuencia, no se aplicaría después de las elecciones generales de 2014, por lo que el Estado no había proporcionado un recurso efectivo y ejecutable que permitiera determinar la “violación declarada” del artículo 25 b) del Pacto.

164.La República de Mauricio no hizo extensivas estas disposiciones a las elecciones generales de 2019, ya que estas contenían anomalías que se pusieron de manifiesto durante los debates en relación con el proyecto de Ley Constitucional (Declaración de Comunidad) (Disposiciones Temporales) de 2014. En términos más concretos, durante los debates del 4 de julio de 2014, se puso de relieve que estas enmiendas parciales podrían tener consecuencias trascendentales y adversas para la armonía intercomunitaria e incluso podrían amenazar el tejido social de la sociedad multicultural mauriciana.

165.Una de las principales anomalías identificadas durante los debates fue que si varios candidatos pertenecientes a una determinada comunidad no declaraban cuál era su comunidad durante las elecciones y, por tanto, eran elegidos como miembros de la Asamblea Nacional, se produciría una subrepresentación “artificial” de esa comunidad en la Asamblea Nacional, por lo que, con el fin de garantizar una representación equitativa, la Comisión de Supervisión Electoral tendría la obligación legal de asignar escaños adicionales en virtud del sistema del mejor perdedor a los candidatos no elegidos de esa comunidad en particular. Por consiguiente, en lugar de garantizar una representación equitativa de todas las comunidades en la Asamblea Nacional, se crearía una situación en la que esa comunidad en particular, por estar “artificialmente” subrepresentada, estaría, tras la asignación de escaños adicionales, excesivamente representada y, al mismo tiempo, se produciría la subrepresentación de otra comunidad. En esas circunstancias, todo el ejercicio de designación de escaños adicionales estaría viciado, lo que frustraría el propósito mismo de contar con una representación equitativa de todas las comunidades en la Asamblea Nacional.

166.La República de Mauricio opina que las enmiendas parciales a la Constitución para eliminar la referencia al censo de 1972 en el Primer Anexo de la Constitución no son apropiadas, ya que no lograrían un amplio consenso ni contribuirían a alcanzar el objetivo de construir una verdadera nación mauriciana, objetivo con el que el Gobierno se compromete plenamente y sin reservas.

167.En cuanto a la reforma electoral integral para reconsiderar la necesidad del sistema electoral basado en la comunidad, la República de Mauricio ha intentado introducir el proyecto de Ley de Enmienda de la Constitución núm. XXII de 2018, que incluye la supresión del requisito de la declaración obligatoria de la comunidad a la que pertenece un candidato.

168.Sin embargo, una vez más, los debates sobre el proyecto de Ley ante la Asamblea Nacional no hicieron más que confirmar la profunda sensibilidad relacionada con la abolición del sistema del mejor perdedor dentro de la sociedad mauriciana. El tenor y la naturaleza de los debates en la Asamblea Nacional dejaron en claro que no se obtendría la mayoría necesaria para efectuar ninguna enmienda constitucional. Sin refrendar en absoluto los méritos del sistema del mejor perdedor, muchos lo consideran una forma de asegurar la representación de las comunidades minoritarias en el Parlamento, y una razón para la estabilidad política continuada en un Mauricio multicultural.

169.Por lo tanto, a pesar de los esfuerzos sinceros y genuinos para mantener un diálogo nacional sobre este tema a través del proyecto de Ley de Enmienda de la Constitución núm. XXII de 2018, las coyunturas prevalecientes dentro de la Asamblea Nacional y la sociedad de Mauricio hicieron imposible una reforma electoral holística.

170.No obstante lo anterior, y si las circunstancias lo permiten, la República de Mauricio se compromete a llevar a cabo una reforma electoral que obtenga un amplio consenso político y nacional, respetando los derechos de todos sus ciudadanos, incluidos los de los autores de la queja.

El derecho al matrimonio y a la elección del cónyuge

171.La Ley de la Infancia, núm. 13 de 2020 se aprobó en la Asamblea Nacional el 15 de diciembre de 2020, pero aún no ha sido proclamada. Establece la siguiente disposición en relación con el matrimonio infantil:

“12.Matrimonio o convivencia con niños

1.Ninguna persona podrá:

a)contraer matrimonio civil o religioso con un niño, o

b)incitar u obligar a un niño a contraer matrimonio civil o religioso.

2.Ninguna persona podrá:

a)convivir con un niño, bajo el mismo techo, en calidad de cónyuges o de parejas de hecho, o

b)incitar u obligar a un niño a convivir con otra persona, bajo el mismo techo, en calidad de cónyuges o de parejas de hecho.”

172.Además, la Ley de la Infancia también modificará el Código Civil para suprimir el procedimiento y las disposiciones que permiten que una persona menor de 18 años, pero mayor de 16, contraiga matrimonio. En consecuencia, la edad para contraer matrimonio será de 18 años una vez que se proclame la Ley de la Infancia.

173.Por lo tanto, las personas menores de 18 años no pueden casarse ni cohabitar con otra persona en virtud de la Ley de la Infancia de 2020.

Derecho de toda persona, individual y colectivamente, a la propiedad

174.En 2018 se modificó la Ley de Venta de Bienes Inmuebles que, entre otras cosas, establece el procedimiento que debe adoptarse con respecto al embargo de bienes inmuebles, para garantizar que los avisos que deben publicarse en virtud de la Ley también se publiquen en francés o en inglés, en al menos un periódico que se publique y distribuya en Rodrigues cuando el aviso se refiera a una propiedad que esté situada en Rodrigues.

175.La Ley de Declaraciones Juradas de Prescripción y la Ley de Declaraciones Juradas de Prescripción (Suspensión de Ciertas Disposiciones) se han derogado, y se ha promulgado la Ley de Prescripción Adquisitiva (núm 13 de 2018) para establecer un nuevo marco legislativo, más adecuado y con mejores salvaguardias en relación con la prescripción adquisitiva. El notario debe ahora velar por que los avisos se coloquen y publiquen de acuerdo con la ley, cuando se le pide que redacte una escritura de prescripción.

176.Además, el notario no puede transcribir una declaración jurada de prescripción sino hasta después de transcurrido el plazo de tres meses a partir de la fecha de publicación del aviso, y a menos que un objetor que haya presentado una notificación de objeción haya retirado su objeción, o que exista una sentencia del juez de cámara o del tribunal competente que anule una notificación de objeción.

177.La Ley adapta los procedimientos de transcripción de la declaración jurada de prescripción a los procedimientos vigentes para la transcripción de títulos de propiedad auténticos. Además, establece otras salvaguardias al prescribir determinados requisitos en relación con el ocupante y sus testigos, y en relación con las transmisiones posteriores de una propiedad adquirida inicialmente por prescripción.

El derecho a heredar

178.Los hijos ilegítimos o naturales tienen el derecho legal de heredar los bienes y la riqueza de su progenitor.

179.De conformidad con el Código Civil, no se discrimina a la hora de proceder al reparto de la sucesión de un progenitor fallecido. En ese sentido, no se establecen distinciones entre los hijos nacidos de matrimonios anteriores. En consecuencia, los hijos nacidos de matrimonios anteriores también forman parte de la sucesión y el patrimonio se divide a partes iguales entre todos los hijos, ya sean de matrimonios anteriores o posteriores.

180.Los hijos ilegítimos se consideran parte de la sucesión siempre que se establezca una filiación que demuestre que son hijos de la persona fallecida.

Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión

181.Teniendo en cuenta la importancia del tejido social de Mauricio, se anima a los líderes religiosos a:

a)Debatir en sus comunidades las causas de la discriminación, desarrollar estrategias para contrarrestarlas y fomentar la libertad religiosa, y promover que todas las comunidades religiosas manifiesten su religión y contribuyan abiertamente y en igualdad de condiciones a la sociedad;

b)Reconocer que el debate de ideas abierto, constructivo y respetuoso, así como el diálogo entre religiones, confesiones y culturas, en los planos local, nacional, regional e internacional, pueden desempeñar un papel positivo en la lucha contra el odio, la incitación y la violencia por motivos religiosos;

c)Facilitar la posibilidad de compartir prácticas religiosas populares, creencias, prácticas curativas y hábitos alimentarios que puedan conducir a un entorno más armonioso y a una sociedad más pacífica.

Armonía religiosa

182.En su empeño por promover la armonía religiosa, el Gobierno proporciona anualmente ayuda financiera a todas las entidades religiosas en relación con la formación, los salarios y los gastos de viaje de los sacerdotes y la construcción y el mantenimiento de los lugares de culto.

183.Hay dos categorías de asociaciones religiosas beneficiarias de la subvención:

a)Las entidades religiosas afiliadas a las federaciones, que reciben un importe de subvención basado en el número de adeptos presentado por la Oficina Central de Estadística sobre una base per cápita, y

b)Las entidades religiosas no afiliadas a ninguna federación pero que operan como sucursales de organizaciones religiosas internacionales. Hasta ahora, seis organizaciones religiosas no afiliadas reciben una subvención fija.

184.La subvención per cápita pagadera a entidades religiosas se calcula a partir de la población anual estimada de Mauricio por religión, basada en el último censo de vivienda y población que proporciona información detallada sobre la distribución religiosa de la población. Con ello se espera que todos los ciudadanos del país se beneficien de la subvención.

Derecho a la libertad de opinión y de expresión

185.La libertad de expresión es una libertad fundamental protegida en virtud de los artículos 3 y 12 de la Constitución. En general, la prensa de Mauricio opera en un entorno propicio, sin violencia ni coacción, y los periodistas son libres de ejercer su profesión. Sin embargo, al prevalecer el estado de derecho, la prensa está sujeta a las leyes generales sobre publicaciones. Los medios de comunicación locales siempre han gozado de una tradición de libertad y pluralismo. En la actualidad hay más de 60 diarios y publicaciones semanales, quincenales o mensuales, además de varias publicaciones en línea. Las personas tienen acceso a los medios de comunicación y están expuestas sin limitaciones a diferentes puntos de vista. No hay censura de prensa ni oficial ni oficiosa. El acceso a Internet es ilimitado y su uso está muy extendido. Se ha reconstituido la Junta Fiduciaria de Medios de Comunicación, una entidad cuyo objetivo principal es atender a la formación de periodistas, y que ahora funciona plenamente.

Derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas

Discriminación interseccional de los derechos de reunión pacífica y de asociación

186.La discriminación interseccional (concretamente por motivos de raza, casta, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo) está prohibida en virtud del artículo 16 de la Constitución, que estipula lo siguiente:

“1)Con sujeción a los párrafos 4, 5 y 7, ninguna ley deberá contener disposiciones que sean discriminatorias en sí mismas o por sus efectos.

2)Con sujeción a los párrafos 6, 7 y 8, ninguna persona recibirá un trato discriminatorio por parte de ninguna otra que actúe en virtud de una ley escrita o en el desempeño de las funciones inherentes a cualquier cargo o autoridad públicos.

3)En el presente artículo, por ‘discriminatorio’ se entiende dar un trato distinto a diferentes personas debido, única o principalmente, a sus respectivas características de raza, casta, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo, y por dichas características causarles perjuicio o imponerles restricciones que no se causen ni se impongan a personas con otras características, o concederles privilegios o prerrogativas que no se concedan a personas con otras características.

4)El párrafo 1 del presente artículo no se aplicará a ninguna ley que contenga disposiciones:

a)Relativas a la afectación de ingresos o de otros fondos de Mauricio:

i)Que establezcan el número mínimo de candidatos de un determinado sexo a las elecciones de las autoridades locales, con el fin de garantizar una representación adecuada de cada sexo en dichas autoridades;

ii)Que establezcan el número mínimo de candidatos de un determinado sexo a las elecciones de la Asamblea Regional de Rodrigues, con el fin de garantizar una representación adecuada de cada sexo en la Asamblea Regional de Rodrigues;

b)Relativas a personas que no sean ciudadanas de Mauricio;

c)Relativas a la aplicación de la ley a personas pertenecientes a cualquiera de las categorías que se mencionan en el párrafo 3 (o personas relacionadas con ellas) respecto de la adopción, el matrimonio, el divorcio, las honras fúnebres, la transmisión de patrimonio en caso de fallecimiento u otros asuntos afines que correspondan expresamente por ley a esas personas.

5)Nada de lo dispuesto en ninguna ley se considerará no conforme o contrario con el párrafo 1 del presente artículo en la medida en que contenga disposiciones respecto de los requisitos o cualificaciones (siempre que no sean requisitos o cualificaciones relacionados específicamente con la raza, la casta, el lugar de origen, las opiniones políticas, el color, el credo o el sexo) que deba reunir cualquier persona para ser nombrada en un cargo en la administración pública, un cargo en una fuerza disciplinada, un cargo en el servicio de una autoridad local, o un cargo en un organismo creado directamente por cualquier ley con fines públicos.

6)El párrafo 2 del presente artículo no se aplicará a ningún acto que se haya autorizado de manera expresa o tácita en virtud de una disposición legislativa como la mencionada en los párrafos 4 o 5.

7)Nada de lo contenido en una ley o resultante de la aplicación de una ley se considerará no conforme o contrario con el presente artículo en la medida en que dicha ley contenga disposiciones según las cuales las personas pertenecientes a alguna de las categorías indicadas en el párrafo 3 puedan ver restringidos los derechos y las libertades que se les garantizan en los artículos 9, 11, 12, 13, 14 y 15, siempre que dichas restricciones estén autorizadas en virtud de los artículos 9, párrafo 2; 11, párrafo 5; 12, párrafo 2; 13, párrafo 2; 14, párrafo 2; o 15, párrafo 3, según proceda.”

El derecho al trabajo

187.La Ley de Derechos Laborales fue derogada y sustituida por la Ley de Derechos de los Trabajadores de 2019, que es una ley moderna y completa, y aborda las deficiencias de la legislación anterior, armoniza las condiciones básicas de empleo y establece nuevas prestaciones, prevé el horario flexible y contempla las nuevas formas de trabajo emergentes, denominadas trabajo atípico, como el trabajo en plataformas en línea. La protección de los trabajadores prevista en la Ley también incluye:

a)La protección contra la discriminación mediante la ampliación de la definición de “discriminación” para incluir el menoscabo y el trato diferenciado de los trabajadores de una empresa filial que realizan un trabajo de igual valor al de un trabajador empleado por otra empresa filial de la empresa matriz, que opera en la misma línea de negocio;

b)La protección contra la precariedad laboral al restringir un contrato a plazo fijo a un trabajo de carácter temporal y al considerar que la antigüedad en el servicio de un trabajador con un contrato a plazo fijo es un empleo continuo cuando el contrato se renueva y cuando no hay una interrupción de 28 días entre dos contratos de duración determinada;

c)La protección contra la obligación de firmar un acuerdo en detrimento del trabajador, al exigir que todo acuerdo de compromiso sea examinado por el representante legal del trabajador, un funcionario o un miembro de un sindicato registrado, o un representante del Ministerio encargado de las relaciones laborales y del empleo;

d)El recurso a una orden de protección para salvaguardar la remuneración de los trabajadores y el pago de un anticipo con cargo a la Cuenta del Fondo de Garantía Salarial cuando un empresario no pague la remuneración a un trabajador;

e)La protección del empleo mediante la creación de una Junta de Despido, y

f)La garantía de indemnización en el momento de la jubilación, que tenga en cuenta toda la antigüedad en el servicio, independientemente del número de empleadores con los que hayan trabajado.

Medidas contra la discriminación en el empleo y la ocupación

188.La Parte II de la Ley de Derechos de los Trabajadores prevé exclusivamente medidas contra la discriminación en el empleo y la ocupación, como se indica a continuación:

“1)a)Ningún trabajador será tratado de manera discriminatoria por su empleador en su empleo u ocupación.

b)Ninguna persona será tratada de manera discriminatoria por un posible empleador en lo que respecta al acceso al empleo o la ocupación.

2)Las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en las calificaciones exigidas para un empleo determinado no serán consideradas como discriminación.

3)Una persona no discrimina a otra al imponerle o proponerle una condición, un requisito o una práctica que tenga, o pueda tener, un efecto desfavorable, cuando la condición, el requisito o la práctica sean razonables dadas las circunstancias.

4)Entre los aspectos que deben tenerse en cuenta para determinar si una condición, requisito o práctica es o no razonable en las circunstancias, se incluyen:

a)la naturaleza y el alcance de la desventaja que resulte o pueda resultar de la imposición o de la propuesta de imposición de la condición, requisito o práctica;

b)la posibilidad de superar o mitigar la desventaja, y

c)si la desventaja es proporcional al resultado que pretende conseguir la persona que impone, o se propone imponer, la condición, el requisito o la práctica.

En el presente artículo:

Por ‘discriminación’ se entiende la concesión de un trato diferente a:

a)Diferentes trabajadores atribuible, total o principalmente, a su respectiva descripción por edad, raza, color, casta, credo, sexo, orientación sexual, género, condición de seropositivo, discapacidad, estado civil o familiar, embarazo, religión, opinión política, lugar de origen, ascendencia nacional u origen social, que tenga como efecto anular o perjudicar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupación;

b)Los trabajadores de una empresa filial que realizan un trabajo de igual valor que un trabajador empleado por otra empresa filial de la empresa matriz o por la empresa matriz, que opera en la misma línea de negocio, con un salario, términos y condiciones de empleo menos favorables;

Los términos ‘empleo’ y ‘ocupación’ incluyen tanto el acceso a los medios de formación profesional y la admisión al empleo y a las diversas ocupaciones, como las condiciones de trabajo.”

189.Las disposiciones anteriores se suman a las estipuladas en la Ley de Igualdad de Oportunidades.

190.El artículo 64 de la Ley de Derechos de los Trabajadores, estipula que ningún empleador podrá rescindir un acuerdo laboral por los motivos siguientes:

“a)La raza, el color, la casta, la ascendencia nacional, la extracción social, el lugar de origen, la edad, el embarazo, la religión, la convicción política, el sexo, la orientación sexual, el género, el estado seropositivo en relación con el VIH, la discapacidad, el estado civil o las obligaciones familiares de un trabajador;

b)La ausencia de la trabajadora durante la licencia de maternidad y para amamantar a su hijo;

c)La ausencia temporal de un trabajador debido a una lesión o enfermedad debidamente notificada al empresario y certificada por un médico;

d)La incorporación o la pertenencia de un trabajador a un sindicato, su candidatura a un cargo en un sindicato o el ejercicio de tal cargo, o su participación en actividades sindicales fuera del horario laboral o, siempre que cuente con el consentimiento del empleador, en horas de trabajo;

e)La presentación de una demanda de buena fe por el trabajador, o su participación en un proceso iniciado contra un empleador por el supuesto incumplimiento de cualquier condición de empleo;

f)El ejercicio por un trabajador de cualquiera de los derechos previstos en la Ley de Derechos Laborales o en cualquier otra ley promulgada, o en cualquier acuerdo, convenio colectivo o dictamen.”

191.En virtud del artículo 64 de la Ley de Relaciones Laborales de 2008, un trabajador cuyo empleo se haya dado por terminado por motivos de discriminación y que desee su reincorporación podrá someter el conflicto a la Comisión de Conciliación y Mediación. Esta última, tras concluir sus deliberaciones, podrá recomendar al empleador que reincorpore al trabajador o proponer a las partes que lleguen a un acuerdo o, en caso de no ser esto posible, remitir el asunto al Tribunal de Relaciones Laborales para que dicte una orden de reincorporación o para que exija al empleador el pago de una indemnización por despido a razón de tres meses de salario por año de servicio.

Protección contra la violencia en el trabajo causada por un acto de discriminación

192.Dado que la discriminación puede manifestarse mediante la violencia en el lugar de trabajo, el artículo 114 de la Ley de Derechos de los Trabajadores establece disposiciones para la protección de los trabajadores contra la violencia en el trabajo. Por lo tanto, ninguna persona podrá acosar, sexualmente o de otra manera, agredir, abusar verbalmente, insultar o humillar de cualquier manera, expresar la intención de causar daño, intimidar o utilizar un comportamiento amenazante, utilizar un gesto agresivo que indique intimidación, desprecio o desdén, por palabras o actos, u obstaculizar a un trabajador en el curso de su trabajo o como resultado del mismo. La Ley de Finanzas (Disposiciones Varias) de 2020 hizo extensiva la protección a las personas en formación en el marco de un plan de formación.

193.Se insta a los empleadores a adoptar medidas correctoras en casos de violencia laboral. El artículo 114, párrafo 3, de la Ley de Derechos de los Trabajadores establece que el empleador es responsable subsidiario de la violencia en el trabajo, incluido el acoso sexual, cometida por un trabajador o por un tercero cuando el empleador no haya tomado ninguna medida para prevenir o poner fin a la violencia. El empleador debe hacerlo en un plazo no superior a 15 días a partir de la fecha en que se le haya notificado el caso o haya tenido conocimiento del mismo.

194.La Ley también establece que toda persona que cometa un delito en virtud del artículo 114 podrá ser condenada a una multa no superior a 100.000 rupias y a una pena de prisión no superior a cinco años.

Derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos

Protección contra la discriminación en el ejercicio de los derechos sindicales

195.El artículo 29 de la Ley de Relaciones Laborales de 2008 establece que todo trabajador tendrá derecho a fundar o afiliarse como miembro a un sindicato de su elección, sin autorización previa y sin distinción ni discriminación de ningún tipo, incluida la discriminación por razón de la ocupación, la edad, el estado civil, el sexo, la orientación sexual, el color, la raza, la religión, la condición de seropositivo, la ascendencia nacional, el origen social, la opinión o la afiliación políticas.

196.De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Relaciones Laborales, toda persona tendrá derecho a ser miembro de un sindicato si:

“1.a)Es ciudadana de Mauricio o, de no serlo, posee un permiso de trabajo; y

b)Está contratada, ya sea a tiempo completo, a tiempo parcial, temporal o permanentemente, en cualquier empresa, negocio u ocupación, cuyos trabajadores pretende representar el sindicato; o

c)Ha sido un trabajador en cualquier momento.

2.La edad mínima para afiliarse a un sindicato será de 16 años o la edad superior que se especifique en los reglamentos del sindicato.”

197.La Ley de la Policía (afiliación sindical) de 2016 entró en vigor el 9 de enero de 2017. Posteriormente se crearon los Sindicatos de la Policía, que celebran reuniones periódicas con la dirección sobre las preocupaciones de los policías y mantienen una actitud vigilante con respecto a casos de victimización por motivos de discriminación.

Derecho a la vivienda

Programas de vivienda

198.La vivienda social es uno de los ámbitos en los que más se trabaja en el Estado para erradicar la pobreza absoluta, empoderar económicamente a las familias vulnerables de bajos ingresos, incluidos los hogares encabezados por mujeres, y fomentar su inclusión social para favorecer su participación en el desarrollo estructural, económico, social y espacial del país.

199.La vivienda forma parte de las condiciones sociales básicas que determinan la calidad de vida y el bienestar de las personas.

200.En el presupuesto para 2020-2021, el Gobierno anunció un esfuerzo excepcional de construcción de 12.000 unidades residenciales en los próximos tres años para familias mauricianas con ingresos mensuales de hasta 60.000 rupias.

201.La National Housing Development Co. Ltd. (NHDC Ltd.), una organización estatal, tiene como misión la construcción de viviendas dignas para los hogares de ingresos bajos y medios.

202.Los posibles beneficiarios no están obligados a revelar a qué comunidad o grupo étnico pertenecen cuando solicitan una vivienda. No se recopila ni se tiene en cuenta ninguna información sobre la religión, la raza o la comunidad de los solicitantes. No obstante, los solicitantes deben cumplir los criterios de elegibilidad.

Criterios de elegibilidad

203.Las condiciones que deben reunir los solicitantes para obtener una unidad de vivienda son las siguientes:

a)No ser propietario de una vivienda (incluidas las viviendas de la National Housing Development Co. Ltd. y de la CHA);

b)No ser propietario de una parcela residencial;

c)No ser arrendatario de una parcela residencial en tierras del Estado;

d)No haber recibido un préstamo avalado por el Gobierno por conducto de la Mauritius Housing Company Ltd. (MHC Ltd.);

e)No haber recibido una subvención estatal para el fraguado de la losa de techo, y

f)No haber recibido asistencia financiera del Gobierno para la compra de materiales de construcción.

204.Con respecto a la Isla Rodrigues, al ser una isla autónoma, la Asamblea Regional de Rodrigues se ocupa del acceso a la vivienda que se ofrece en la isla.

205.En lo que respecta a las facilidades de vivienda en Agalega, según la Ley de la Outer Islands Development Corporation es responsabilidad de esa empresa ofrecer alojamiento digno a los empleados en la isla. A partir del año 1996, la empresa se embarcó en un proyecto de vivienda para sustituir las viejas casas de paja por otras de hormigón y chapa de hierro. Las viviendas están dotadas de agua corriente y de una cisterna. La cocina está equipada con dos grifos de agua, uno da acceso al agua subterránea para uso doméstico y el otro da acceso a un depósito que contiene agua de lluvia para consumo. La construcción de viviendas ha sido un proyecto en curso y hasta ahora se han construido unas 80 viviendas de aproximadamente 1.100 pies cuadrados para los empleados de Agalega.

206.También se ha previsto la construcción de 50 alojamientos adicionales en colaboración con la National Housing Development Co. Ltd.

207.Dado que toda la isla (Agalega) es terreno de propiedad estatal, en diciembre de 1998 el Gobierno de Mauricio cedió en alquiler al Ministerio de Vivienda y Ordenación del Territorio el terreno y las viviendas ocupadas por los empleados de Agalega a un precio nominal de 1.000 rupias anuales.

Ayuda financiera para losas de techos y compra de materiales de construcción

208.Asimismo, el Gobierno fomenta la autoconstrucción de viviendas por parte de familias con ingresos muy bajos o bajos que ya poseen una parcela. Estas familias reciben asistencia financiera mediante un plan de subvenciones para el fraguado de las losas de techo, con objeto de completar la construcción o adquirir materiales de construcción cuando se inician las obras. El Gobierno también revisó, en el presupuesto correspondiente a 2019‑2020, la subvención para los fraguados y el plan de subvenciones para la compra de materiales de construcción, y ambos planes se han alineado de la siguiente manera.

Cuadro 3

Planes de Vivienda Existentes

Elegibilidad de los ingresos del hogar (rupias)

Cuantía

Observaciones

Subvención para la losa de techo/Compra de materiales de construcción

≤10.000

Subvención máxima excepcional en efectivo de 100.000 rupias

El préstamo ya tomado debe ser inferior a 500.000 rupias

i)Familias que son propietarias de una parcela pero no pueden costear por completo la construcción de su vivienda y han llegado al nivel de las vigas La subvención se destina al fraguado de la losa de techo en una superficie máxima de 100 m2;

La superficie edificable permitida puede alcanzar los 150 m2;

ii)Familias que son propietarias de una parcela pero no pueden costear el inicio de la construcción de una unidad de vivienda de un máximo de 100 m². La subvención se destina a la compra de materiales de construcción para iniciar las obras.

>10.000–≤15.000

Subvención máxima excepcional en efectivo de 70.000 rupias

El préstamo ya tomado debe ser inferior a 750.000 rupias

>15.000–≤20.000

Subvención máxima excepcional en efectivo de 50.000 rupias

El préstamo ya tomado debe ser inferior a 900.000 rupias

Fuente : Ministerio de Integración Social, Seguridad Social y Solidaridad Nacional.

Derecho a la salud pública y a la atención médica

Acceso a los servicios de atención médica

209.El Estado reconoce el derecho a la salud como un derecho humano básico. El objetivo político general del Gobierno es lograr el mayor nivel de salud posible, independientemente del sexo, la edad, la discapacidad, la ubicación geográfica, la condición social y la capacidad de pago.

210.El sistema nacional de salud es un sistema mixto, compuesto por los sectores público y privado. Alrededor del 73 % de las necesidades sanitarias de la población se gestionan, sin coste alguno para el usuario, en el punto de uso, en el sector público. El 27 % restante de las necesidades sanitarias se atienden en el sector privado, a base de honorarios, ya sea mediante pagos directos, incluidas las franquicias, o pagos que realizan las aseguradoras sanitarias privadas.

211.Los servicios sanitarios gratuitos en las instituciones de salud públicas son para todos los ciudadanos.

212.Según las últimas Cuentas Nacionales de Salud publicadas en 2020, en 2017 se gastó un total de 25.910 millones de rupias en salud, de los cuales el gasto sanitario de las administraciones públicas fue de 12.040 millones de rupias y el gasto en salud del sector privado, incluido el gasto directo de los hogares, se estimó en 13.870 millones de rupias.

213.Los trabajadores migrantes en posesión de un permiso de trabajo no pagan por los servicios de los hospitales públicos. Los cónyuges extranjeros de nacionales mauricianos pagan por los servicios en los hospitales públicos, a menos que sean titulares de un documento nacional de identidad. Los turistas están obligados a pagar por los servicios en los hospitales públicos, incluidos los casos de emergencia. Los titulares de un permiso de residencia sin permiso de trabajo tienen que pagar.

Isla de Mauricio

Información general

214.La población de la Isla de Mauricio a finales de 2019 era de 1.221.663 habitantes, en comparación con 1.222.208 en 2018, lo que indica una tasa de crecimiento negativa del 0,04 %.

Sistema sanitario

215.A finales de 2019 las principales instituciones sanitarias de Mauricio eran las siguientes:

a)Hospitales generales regionales principales: 5;

b)Hospitales generales distritales: 2;

c)Hospital psiquiátrico: 1;

d)Hospital especializado en problemas torácicos: 1;

e)Clínica oftalmológica: 1;

f)Centro de otorrinolaringología: 1;

g)Centros de cardiología: 2;

h)Hospitales comunitarios: 2;

i)Clínicas de salud: 5;

j)Centros sanitarios de zona: 18;

k)Centros de salud comunitarios: 116;

l)Clínicas de salud maternoinfantil: 145;

m)Clínicas de vacunación (bebés): 158;

n)Dispensarios de planificación familiar: 149;

o)Oficinas de salud: 13;

p)Clínicas dentales estáticas: 55;

q)Clínicas dentales móviles: 3;

r)Clínicas ayurvédicas: 6;

s)Clínicas de diálisis: 7;

t)Centro de diabetes y salud vascular: 1;

u)Centros de asistencia diurna para pacientes inmunodeficientes: 8;

v)Centros de terapia de sustitución con metadona: 3;

w)Centros de desintoxicación y rehabilitación para jóvenes: 2;

x)Clínica de neumología: 1.

216.Estas instituciones facilitan el acceso a los servicios sanitarios a todos los sectores de la población, independientemente de su lugar de origen/ubicación, y cubren toda la isla.

217.El número de camas en las instituciones sanitarias gubernamentales era de 3.768 a finales de 2019.

218.Las personas que viven con el VIH y los pacientes con sida comparten las mismas salas que los demás pacientes:

a)Visitas prenatales y postnatales a domicilio por parte de matronas/enfermeras;

b)Seguimiento del crecimiento de los niños;

c)Vacunación contra la gripe para personas mayores;

d)Programa ampliado de inmunización dirigido a bebés, mujeres embarazadas y niños en edad escolar;

e)Campañas de sensibilización sobre salud sexual, emocional y reproductiva;

f)Detección precoz del cáncer en mujeres y niñas;

g)Vacunación contra el VPH entre las adolescentes;

h)Prestación de servicios geriátricos, así como prevención y gestión de enfermedades geriátricas, y

i)Detección de deficiencias visuales y auditivas y otras afecciones asociadas al envejecimiento.

Isla Rodrigues

Información general

Al 31 de diciembre de 2019 la población de la Isla Rodrigues era de 43.538 habitantes, en comparación con 43.155 al 31 de diciembre de 2018, vale decir, un aumento del 0,9 %.

Sistema sanitario

219.En 2019, los principales centros de salud eran los siguientes:

a)1 hospital general distrital con 168 camas;

b)2 centros de salud con instalaciones de hospitalización equipadas con un total de 43 camas;

c)3 centros sanitarios de zona;

d)14 centros de salud comunitarios;

e)14 clínicas de salud maternoinfantil;

f)15 clínicas de vacunación (bebés);

g)17 dispensarios de planificación familiar;

h)1 oficina de salud;

i)3 clínicas dentales estáticas;

j)1 clínica de diálisis, y

k)1 centro de asistencia diurna para pacientes inmunodeficientes.

220.Los pacientes que necesitan atención sanitaria especializada suelen ser remitidos a Mauricio.

Otras actividades conexas

221.Al igual que Mauricio, la isla Rodrigues se beneficia del programa ampliado de inmunización. Además, se realizan inspecciones sanitarias y actividades relacionadas con la higiene alimentaria.

Agalega

222.Agalega, formada por dos islas (Isla Norte e Isla Sur), tiene una población combinada de 353 personas. El estado de salud general de los habitantes de Agalega es comparable al de la población de la isla principal de Mauricio.

223.Los servicios sanitarios se prestan a la población de Agalega, libres de cualquier cuota de usuario, a través de una red de dos centros de salud situados en cada una de las islas. Los casos que requieren cirugía y el seguimiento para el tratamiento posterior se derivan a Mauricio.

224.Según el Plan Estratégico del Sector Sanitario 2020-2024, las Acciones Estratégicas de Agalega en el sector sanitario son las siguientes:

a)Suministro de tecnología médica adecuada para mejorar los servicios médicos y prestar servicios adicionales;

b)Realización de un estudio de viabilidad para la creación de un hospital comunitario;

c)Ampliación de las instalaciones de telemedicina;

d)Fortalecimiento de las actividades de promoción de la salud para reducir la prevalencia de las enfermedades no transmisibles;

e)Promoción de actividades de salud escolar, y

f)Refuerzo del sistema de vigilancia de las enfermedades transmisibles, incluido el COVID-19.

Estadísticas desglosadas por sexo en el sector sanitario

225.El Ministerio de Salud y Bienestar publica anualmente el Informe de Estadísticas Sanitarias. El informe ofrece estadísticas sanitarias desglosadas por sexo. Para consultar los diferentes informes de estadísticas sanitarias, el Plan Estratégico del Sector de la Salud 2020‑2024 y las Cuentas Nacionales de Salud, véase el sitio web del Ministerio de Salud y Bienestar: https://health.govmu.org/Pages/default.aspx.

226.Se está ultimando la puesta en marcha del Proyecto Nacional de Sanidad Electrónica que se anunció en el Programa del Gobierno para 2019-2024. Una vez que esté en funcionamiento, proporcionará una mayor cantidad de datos desglosados para mejorar los servicios sanitarios.

Derecho a la seguridad social y a los servicios sociales

227.Todos los ciudadanos de Mauricio tienen derecho a la pensión de jubilación básica universal al cumplir los 60 años de edad. Sin embargo, deben cumplir los requisitos de residencia.

228.Se ruega consultar el Anexo E – Lista de prestaciones de jubilación y subvenciones del Estado.

Derecho a la educación y la formación

Educación primariaProyecto Zona de Educación Prioritaria (ZEP)

229.El ZEP, que empezó a aplicarse en 2003, sigue en curso y obtiene muy buenos resultados en su misión de luchar contra la pobreza por medio de la educación. Su filosofía se basa en el reforzamiento positivo para reducir las desigualdades escolares y sociales. Su objetivo es ofrecer igualdad de oportunidades a todos los niños de la escuela primaria mediante la movilización de todos los recursos para contribuir a mejorar los resultados escolares. Actualmente hay 30 escuelas ZEP, de las cuales 27 están en Mauricio, 1 en Rodrigues y 2 en Agalega.

Educación secundariaPrograma de Entorno de Aprendizaje Fortalecido

230.El Programa de Entorno de Aprendizaje Fortalecido, que se aplica en las escuelas secundarias desde septiembre de 2020, tiene como objetivo prestar apoyo educativo adicional a los alumnos más necesitados facilitando la adquisición de conocimientos básicos de cálculo, lectura y escritura, y otros que favorecen el desarrollo socioemocional. Para ello, la Fundación Nacional para la Inclusión Social ha contratado a 46 tutores, destinados a las escuelas. Las escuelas que participan en el Programa prestan apoyo a los niños vulnerables de modo que puedan mejorar su rendimiento. El Programa de Entorno de Aprendizaje Fortalecido ofrece apoyo especializado a los estudiantes que no han podido obtener una plaza en el sistema regular y les da la oportunidad de presentarse al examen para obtener el Certificado Nacional de Educación.

Enseñanza del criollo mauriciano en el nivel de enseñanza secundaria superior

231.En abril de 2021 se estableció un Comité Ministerial, presidido por el Primer Ministro, para estudiar la elaboración de una hoja de ruta para la enseñanza del criollo mauricianoen el nivel secundario superior.

Educación terciaria

232.Desde el punto de vista de la educación terciaria, no existe ninguna discriminación en relación con los estudiantes que solicitan matrícula en una institución de educación superior. Los estudiantes pueden solicitar el curso que prefieran.

233.Además, la Universidad de Mauricio es signataria de la Magna Charta Universitatum. Como tal:

“No se ejercerá discriminación alguna por razón de nacionalidad, raza, casta, religión, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo, o sexo contra ninguna persona a la hora de determinar si ha de ser nombrada miembro del personal académico o de otro tipo de una universidad, de ser inscrita como estudiante, de graduarse en ella o de disfrutar de cualquiera de las ventajas o privilegios que ofrece.”

Necesidades Educativas Especiales

234.El Gobierno colabora estrechamente con las ONG para impartir educación a los alumnos con necesidades especiales. Actualmente hay 41 ONG que gestionan 53 escuelas primarias y secundarias registradas para alumnos con necesidades especiales.

235.El 19 de diciembre de 2018 se proclamó la Ley de la Autoridad para las Necesidades Educativas Especiales, que prevé la creación de una Autoridad para las Necesidades Educativas Especiales que vigilará y facilitará la aplicación de las políticas del Gobierno en ese ámbito. Se ocupará, entre otras cosas, de la armonización y promoción de programas y políticas para la educación y el desarrollo integral de las personas con necesidades especiales.

236.Desde el ejercicio económico de 2016/17 se ofrecen anualmente cinco becas a alumnos con necesidades especiales para cursar estudios postsecundarios y terciarios.

237.Además, el Ministerio de Educación, Enseñanza Terciaria y Ciencia y Tecnología ha adoptado varias medidas para la inclusión e integración de niños con necesidades educativas especiales, con el fin de garantizar que ningún niño se vea privado de la educación a causa de cualquier forma de deficiencia o discapacidad.

238.Esas medidas son, entre otras, las siguientes:

a)Aplicación de un enfoque flexible con respecto a los progenitores que desean acudir a la escuela durante el día para prestar asistencia a sus hijos con discapacidades físicas. Se alienta firmemente a los progenitores a inscribir a sus hijos en las escuelas primarias más cercanas;

b)Instalación de rampas en las escuelas para facilitar el acceso a las aulas. Todas las escuelas secundarias de nueva construcción ya han sido provistas de inodoros adaptados para las personas con discapacidad. Los bloques de edificios están interconectados para facilitar el acceso, mediante sillas de ruedas, a la primera planta donde se encuentran las salas especializadas;

c)Las instalaciones como salas de música, bibliotecas, laboratorios de ciencias y salas de computadoras suelen ubicarse en la planta baja. Cuando es necesario, los directores de escuelas primarias realizan ajustes razonables para trasladar una clase a la planta baja;

d)Los estudiantes con discapacidad salen de la escuela antes que los demás estudiantes para facilitar sus movimientos;

e)Los asistentes de la escuela suelen ayudar a los alumnos en silla de ruedas a desplazarse por el recinto escolar;

f)Se alienta a los maestros a que presten asistencia adicional personalizada a los niños con discapacidad para que puedan seguir el ritmo de los demás alumnos. Los niños con discapacidad disponen de tiempo adicional durante los exámenes para obtener el certificado de enseñanza primaria. A los niños con deficiencias visuales se les proporcionan libros de texto, manuales y formularios de preguntas impresos con caracteres tipográficos grandes;

g)Se ha elaborado una lengua de señas mauriciana para facilitar la comunicación a los niños con sordera. Los niños con deficiencias auditivas reciben servicios de intérpretes de lengua de señas cuando realizan exámenes;

h)Se han creado dependencias integradas en las escuelas públicas de enseñanza primaria en toda la isla para llevar la educación a los alumnos que deben recorrer largas distancias. En la actualidad hay 11 dependencias integradas, y la mayoría de ellas se gestionan en colaboración con ONG especializadas.

239.El Centro de Recursos y Desarrollo para Necesidades Educativas Especiales funciona como una ventanilla única que ofrece servicios especializados, como los de psicólogos, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas y mediadores que trabajan con los progenitores de los alumnos con necesidades especiales. Todos los Centros de Recursos y Desarrollo para Necesidades Educativas Especiales tienen al menos dos aulas donde se atienden las necesidades educativas de los alumnos con grandes deficiencias. Para estos Centros se han adquirido equipos especializados para uso de psicólogos, terapeutas ocupacionales y fisioterapeutas y equipos para salas multisensoriales, así como mobiliario especializado. Existen seis Centros de Recursos y Desarrollo para Necesidades Educativas Especiales en toda la isla, y siete furgonetas que prestan servicio a esos Centros para el transporte de los estudiantes.

Acoso escolar

240.El acoso escolar se produce casi a diario en las escuelas. Los alumnos de cursos inferiores parecen estar más afectados por el acoso escolar que los alumnos de cursos superiores. Las principales razones por las que ciertos estudiantes cometen actos de acoso son el mal manejo de la ira, cosas insignificantes como los cigarrillos, la comida y el dinero, o los problemas de relación con el novio o la novia, y la venganza.

241.Algunos ejemplos de actos de acoso observados en las escuelas son las golpizas, los pellizcos, la humillación, el abuso verbal, los apodos, el hostigamiento, la exclusión, y los comentarios sexuales, sexistas, racistas o étnicos.

242.La mayoría de los casos no se denuncian porque el acosado o los testigos sienten temor a las represalias. Además, muchos profesores prefieren no involucrarse en asuntos relacionados con el acoso escolar. En la mayoría de los casos el acosado tiene miedo.

Cuadro 4Casos de acoso escolar desde 2016 hasta enero de 2021

Indicador

Año 2016

Año 2017

Año 2018

Año 2019

Ene ro de 2020 a Ene ro de 2021

Acoso escolar

83

52

52

89

119

Fuente : Ministerio de Educación, Educación Terciaria y Ciencia y Tecnología.

243.Los psicólogos educativos ofrecen las siguientes facilidades en el contexto del Ministerio de Educación, Educación Terciaria y Ciencia y Tecnología, con respecto a acosadores y acosados.

Sesiones de asesoramiento

244.Los psicólogos educativos prestan ayuda, apoyo y asesoramiento a los estudiantes con dificultades de comportamiento, aprendizaje, sociales o emocionales.

Unidades de asesoramiento, Service D’ É coute, en las escuelas secundarias públicas

245.Los criterios para la selección de la escuela se basan en la información que remiten las escuelas sobre casos que requieren apoyo psicológico y social y que son recurrentes, difíciles y de carácter delicado; se han creado 48 unidades de asesoramiento de este tipo en las escuelas secundarias públicas.

Oficina de Atención y Asesoramiento al Estudiante en las escuelas secundarias públicas

246.El Ministerio de Educación, Educación Terciaria y Ciencia y Tecnología ha establecido en cada escuela secundaria una Oficina de Atención y Asesoramiento al Estudiante —Service d’écoute— que proporciona el apoyo necesario a los estudiantes que se encuentren en dificultades, con la ayuda de educadores voluntarios.

247.El objetivo principal de esas oficinas es facilitar intervención, apoyo y asesoramiento rápidos siempre que un estudiante muestre señales de sufrimiento psicológico.

Charlas en clase con los alumnos

248.En las escuelas de preescolar, primaria y secundaria se imparten charlas sobre “Fomento del Comportamiento Positivo”, “Gestión del Estrés de los Exámenes”, “Acoso Escolar”, y “Desarrollo de Buenas Prácticas”, entre otras.

Política de lucha contra el acoso escolar

249.El Ministerio de Educación, Educación Terciaria y Ciencia y Tecnología se propone elaborar una política de lucha contra el acoso que todavía está en “fase de borrador” y que se difundirá una vez que haya sido validada. Actualmente, todas las escuelas incluyen el acoso en su “política de comportamiento escolar”, que se recoge en el diario escolar.

Derecho de acceso a los lugares de prestación de servicios

250.No hay discriminación racial en cuanto al acceso a lugares como hoteles, restaurantes, etc. Esos locales están abiertos al público con condiciones generales, si las hubiere.

Derechos de la mujer

Convenio sobre la Protección de la Maternidad

251.Mauricio ratificó el Convenio sobre la Protección de la Maternidad, 2000 (núm. 183) de la Organización Internacional del Trabajo en junio de 2019. El Convenio se aplica a todas las mujeres empleadas, incluidas las que desempeñan formas atípicas de trabajo dependiente, y dispone lo siguiente:

a)Ampliación de la protección a todas las mujeres empleadas;

b)Al menos 14 semanas de licencia de maternidad, incluidas 6 semanas de licencia obligatoria posterior al parto;

c)Licencia adicional en caso de enfermedad, o si se presentaran complicaciones o riesgo de que se produjeran complicaciones como consecuencia del embarazo o del parto;

d)Prestaciones pecuniarias durante la licencia, equivalentes como mínimo a dos tercios de los ingresos anteriores o de los ingresos asegurados (o a un monto equivalente si los beneficios no se calculan sobre la base de los ingresos anteriores);

e)Acceso a atención médica, comprendidas la asistencia prenatal, la asistencia durante el parto y la asistencia después del parto, así como la hospitalización, en caso necesario;

f)La protección de la salud, es decir, el derecho de las mujeres embarazadas o lactantes a no realizar trabajos perjudiciales para su salud o la de su hijo;

g)Un mínimo de una pausa diaria remunerada para la lactancia, y

h)Protección del empleo y no discriminación.

Participación de la mujer en la vida pública

Cuadro 5La mujer en la política

Categoría

Número Total de Escaños/Cargos

Número de Cargos Ocupados por Mujeres

Porcentaje de Mujeres

Representación en el Gabinete

Primera Ministra

1

0

0

Vice Primera Ministra

1

0

0

Ministras

21

3

14,3

Representación en el Parlamento

70

14

20

Representación como Embajadoras

21

5

23,81

Fuente : Oficina del Primer Ministro, mayo de 2021 y Ministerio de Relaciones Exteriores, Integración Regional y Comercio Internacional, 2020.

252.Por lo que respecta a la representación de las mujeres en los órganos de decisión, véase el siguiente cuadro.

Cuadro 6Mujeres en cargos de dirección en el sector público, 2021

Categoría

Total de cargos

Número de cargos ocupados por mujeres

Porcentaje de mujeres

Jefas ejecutivas

8

3

37,5

Secretarias permanentes

42

11

26,2

Vicesecretarias permanentes

79

48

60,8

Directoras

531

195

36,7

Fuente : Oficina del Primer Ministro, marzo de 2021 y Encuesta del Empleo, Dependencia de Estadística, marzo de 2020.

Igualdad de género

253.El Estado de Mauricio está preparando un proyecto de Ley sobre la Igualdad de Género, que:

a)Promoverá, protegerá y regulará la igualdad de género en los ámbitos público y privado;

b)Eliminará la discriminación basada en el género, y asegurará que los derechos humanos de hombres y mujeres estén garantizados y reconocidos en la legislación existente y en el proyecto de ley propuesto para lograr la igualdad de género;

c)Establecerá principios de igualdad de género que tengan por objeto reducir las desigualdades socioeconómicas para lograr una igualdad sustantiva en todas las esferas, es decir, social, económica y política;

d)Ofrecerá igualdad de oportunidades a los hombres y mujeres y creará responsabilidades para todas las entidades públicas y privadas, con el fin de eliminar los obstáculos que conducen a la discriminación de género, y

e)Promoverá la igualdad y el equilibrio de género entre las funciones familiares, el trabajo de cuidados no remunerado y el empleo para hombres y mujeres.

Empoderamiento por medio de la educación y el entretenimiento

254.Durante el período comprendido entre noviembre de 2017 y 2019, se ejecutó en regiones desfavorecidas el proyecto titulado “Empoderamiento por medio de la Educación y el Entretenimiento”, dirigido a niñas y mujeres jóvenes (de edades comprendidas entre los 13 y 29 años). El objetivo del proyecto era el empoderamiento de las participantes en diversas cuestiones pertinentes relacionadas con su bienestar y sus medios de vida, y comprendía sesiones educativas, actividades deportivas y recreativas, así como visitas culturales y programas de intercambio.

Artículo 6 Protección y recursos eficaces contra actos de discriminación racial

255.Con arreglo al artículo 17 de la Constitución, el ciudadano que considere que los derechos que le asisten en virtud de Capítulo II de la Constitución están siendo vulnerados, o es probable que lo sean, podrá recurrir al Tribunal Supremo para obtener reparación.

Asistencia letrada

256.La asistencia financiera para la representación letrada en Mauricio se rige por la Ley de Asistencia Jurídica y Asistencia Letrada. La Ley beneficia a todos los ciudadanos sin discriminación e independientemente de su raza, cultura o religión, entre otras cosas. Para beneficiarse de la asistencia jurídica o letrada, el patrimonio de la persona debe ser inferior a 500.000 rupias y sus ingresos totales mensuales no deben superar las 15.000 rupias. La persona que solicita asistencia jurídica gratuita debe hacer una declaración jurada sobre sus ingresos.

257.Se presta asistencia jurídica en relación con procedimientos ante el Tribunal Supremo y los tribunales inferiores (Tribunal Intermedio y Tribunales de Distrito). Toda persona que desee obtener asistencia jurídica gratuita para ser parte en un procedimiento civil o penal debe, bajo ciertas condiciones, presentar una solicitud por escrito a la autoridad competente. La autoridad respecto a los procedimientos ante el Tribunal Supremo o el Tribunal de Apelación es el Presidente del Tribunal Supremo o un Juez designado por él. Con respecto a los procedimientos ante cualquier otro Tribunal, la “autoridad” es un magistrado de ese Tribunal. La Ley establece una disposición especial para la concesión de asistencia jurídica a menores que hayan sido acusados de un delito o una falta. Los menores de edad están exentos, en este caso, de la aplicación de los umbrales de activos y ganancias.

258.El detenido o el acusado disponen de asistencia jurídica, que incluye asesoramiento y orientación durante la grabación de una declaración bajo apercibimiento, con respecto a los procedimientos judiciales, así como de representación letrada durante una solicitud de fianza. Además, el detenido o acusado, sospechoso de la comisión de un delito tipificado en el Primer Anexo de la Ley de Asistencia Jurídica y Asistencia Letrada, debe ser informado en el momento de la detención por el oficial de policía a cargo de la comisaría de su derecho a presentar una solicitud de asistencia jurídica durante la investigación policial y en relación con una solicitud de fianza.

259.De conformidad con la Ley de Asistencia Jurídica y Asistencia Letrada, la asistencia jurídica se presta a las personas necesitadas en función de su umbral de ingresos mensuales.

260.Se deberá presentar una solicitud por escrito ante el Tribunal de que se trate, indicando la causa o el motivo de la defensa o del recurso, o la naturaleza del asunto extrajudicial sobre el que se presenta la solicitud.

261.La asistencia letrada se presta en primera instancia y en apelación en lo que respecta a casos civiles. Con respecto a causas penales, solo se presta asistencia jurídica en primera instancia en relación con:

a)Ciertos delitos tipificados en el Código Penal;

b)Tentativa o complicidad en los delitos mencionados en el punto a), y

c)Delitos que:

i)se castigan con encarcelamiento;

ii)están excluidos de la jurisdicción de los Magistrados de Distrito.

262.En lo que respecta a las causas penales, la Fiscalía General del Estado comparece en nombre y representación del Estado para procesar los casos. No hay costes para las víctimas.

Derechos de las víctimas

263.El artículo 161A de la Ley de Tribunales establece que, cuando el tribunal lo considere necesario o conveniente, podrá excluir del proceso (exceptuado el anuncio de la decisión) a cualquier persona que no sea parte del juicio y a sus representantes legales. Las circunstancias que exigen dicha exclusión son: i) aquellas en que la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia o las buenas costumbres, ii) las necesarias para salvaguardar el bienestar de los menores de 18 años, iii) las necesarias para proteger la intimidad de las personas implicadas en el procedimiento, o iv) las necesarias en interés de la defensa, la seguridad o el orden públicos.

La carga de la prueba en los juicios civiles en los que se sustancien casos de discriminación racial

264.Cuando se presenta una demanda civil basada en un presunto acto o actos de discriminación racial (incluso en virtud del artículo 17 de la Constitución) ante los tribunales de Mauricio, el criterio de prueba que debe cumplir el demandante se basa en un equilibrio de probabilidades. La misma norma se aplica a los procedimientos ante el Tribunal de Igualdad de Oportunidades.

Artículo 7 Educación e información sobre derechos humanos, incluida la prohibición de la discriminación racial

Educación en derechos humanos

265.Se procura dar a conocer los fundamentos de los derechos humanos a los jóvenes lo antes posible. La educación en derechos humanos está integrada en los programas de estudios escolares. En la enseñanza primaria, los componentes de los derechos humanos están presentes en los distintos módulos de los libros de texto de historia y geografía. En el primer ciclo de secundaria, la educación en derechos humanos se imparte tanto de forma integrada durante las clases de estudios sociales y modernos como durante las actividades independientes de la educación en valores y competencias para la vida. Al nivel terciario, la educación en derechos humanos ya forma parte del programa de estudios de los cursos de licenciatura en derecho y otros cursos de la Universidad de Mauricio.

Formación de los agentes de la autoridad para la defensa de losderechos humanos

Campañas de sensibilización

266.Los cursos de formación de los agentes de policía y los funcionarios de prisiones incluyen un módulo sobre derechos humanos. Además, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ofrece charlas de actualización sobre derechos humanos, incluidos los derechos de los sospechosos y las víctimas, el deber primordial de estar al servicio del público y la necesidad de respetar nuestras obligaciones en materia de derechos humanos en virtud de diversos tratados internacionales de derechos humanos.

267.Asimismo, se imparten cursos de formación pertinentes a los agentes de policía sobre las disposiciones legales nacionales y las convenciones y convenios que ofrecen una serie de protecciones generalizadas de los derechos y las libertades contra la discriminación por motivos de raza, color, ascendencia, origen étnico, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición. La Escuela de Formación de la Policía ha desarrollado programas de formación específicos para concienciar a los agentes sobre los distintos prejuicios sociales que pueden afectar a su conducta. Los temas son, entre otros, los siguientes:

a)Elaboración de perfiles del sospechoso/de la escena del crimen;

b)Comunicaciones interpersonales;

c)Estereotipos;

d)Conducta ética y legal/Código de Conducta de los Agentes de Policía;

e)Incidentes raciales;

f)Declaración de derechos de los grupos vulnerables;

g)La policía en las democracias;

h)Aptitudes de investigación;

i)Comunicación intercultural.

268.En el Anexo F figuran los cursos impartidos en la Escuela de Formación de la Policía entre 2017 y 2020.

269.El Instituto de Estudios Judiciales y Jurídicos también ofrece formación a los miembros de la profesión jurídica. En el Anexo G figuran los cursos y talleres llevados a cabo por el Instituto entre enero de 2017 y marzo de 2019 en relación con los tratados de las Naciones Unidas y los derechos humanos (jueces, magistrados y profesionales del derecho).

270.El 10 de diciembre de 2018, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Reformas Institucionales presentó ocho videoclips en lengua criolla sobre concienciación en materia de derechos humanos para conmemorar el Día de los Derechos Humanos. Los videoclips también se emitieron en la televisión nacional y se distribuyeron a todos los centros de enseñanza secundaria.

271.La División de Derechos Humanos también ha desarrollado dos herramientas para los medios sociales, a saber, una página en Facebook y un canal en YouTube, en vivo desde diciembre de 2020. Mensualmente se suben un máximo de ocho publicaciones para mejorar la comunicación y el conocimiento del público en general sobre los derechos humanos, incluidos actividades/eventos próximos y en curso, cuestiones de derechos humanos que son tendencia en todo el mundo, y otros instrumentos y mecanismos de derechos humanos. Cabe destacar que en la página de Facebook de la División de Derechos Humanos se encuentran tres publicaciones dedicadas a la lucha contra la discriminación racial, con fechas 17 y 21 de marzo y 28 de abril de 2021, respectivamente. En el contexto del Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial se hizo un llamamiento específico a los jóvenes para que se levantaran contra los prejuicios raciales y las actitudes de intolerancia.

272.Además, en el sitio web de la División de Derechos Humanos puede consultarse información pertinente sobre los derechos humanos en Mauricio, las diversas convenciones y convenios que ha ratificado el Estado, y los informes del país.

273.Véase anexo H – Diversas actividades organizadas por el Estado desde 2018 hasta la fecha.

Derechos culturales

274.La nación mauriciana es una comunidad multicultural formada por descendientes de emigrantes procedentes de África, Asia y Europa. El Ministerio de Arte y Patrimonio Cultural tiene como objetivos los siguientes:

a)Preservar nuestro patrimonio cultural y fomentar los valores en los planos individual y colectivo;

b)Promover la interacción cultural entre los diferentes componentes de la sociedad mauriciana para el entendimiento y el enriquecimiento mutuos;

c)Mejorar, reforzar y ampliar las infraestructuras culturales existentes y construir nuevas estructuras;

d)Prestar apoyo a las asociaciones de artistas y personas que participan en actividades artísticas, culturales y patrimoniales;

e)Organizar actividades culturales para el público en general;

f)Fomentar el desarrollo de un sector artístico, cultural y patrimonial dinámico, y

g)Consolidar la unión nacional.

275.Dicho Ministerio y sus organismos paraestatales fomentan el respeto a la diversidad y la inclusión, garantizando la participación de todos los grupos étnicos en eventos, programas, proyectos, planes de asistencia y otras actividades que contribuyen al desarrollo cultural.

Medidas a favor de las comunidades de ascendencia específica

276.En los últimos años se han puesto en marcha una serie de instituciones, así como diversos incentivos, bajo los auspicios del Ministerio, para garantizar la diversidad cultural y la unión nacional, por ejemplo:

a)Se han creado diferentes centros culturales por vía legislativa, a saber, el Centro Cultural Marathi de Mauricio, el Centro Cultural Telugu de Mauricio, el Centro Cultural Tamil de Mauricio, el Centro de Cultura Africana Nelson Mandela y el Centro Cultural Islámico, entre otros, para llevar a cabo actividades que promuevan el diálogo intercultural y fomenten el entendimiento cultural mutuo, y

b)Se han establecido diferentes asociaciones para la promoción de las distintas lenguas, a saber, la Asociación para la Promoción del Bhojpuri, la Asociación para la Promoción del Criollo, la Asociación para la Promoción del Hindi, la Asociación para la Promoción del Chino, la Asociación para la Promoción del Inglés, la Asociación para la Promoción del Marathi, la Asociación para la Promoción del Tamil, la Asociación para la Promoción del Telugu, la Asociación para la Promoción del Urdu y la Asociación para la Promoción del Sánscrito, con el objeto de promover las diferentes lenguas en sus formas habladas y escritas en Mauricio, así como un mejor entendimiento y amistad entre las personas que hablan esas lenguas al nivel nacional y mundial. Se está preparando la creación de una Asociación para la Promoción del Árabe.

277.También se presta asistencia a organizaciones socioculturales de modo que puedan promover sus respectivas culturas mediante encuentros culturales a niveles regional y de base. Esta práctica favorece los intercambios culturales entre mauricianos y promueve una sociedad pacífica e integradora.

Seguimiento de la Declaración y el Programa de Acción de Durban

Antecedentes

278.Como se ha señalado anteriormente en este informe, existe un sólido marco jurídico que garantiza la protección legal de cualquier persona que alegue una violación de sus derechos humanos, incluida una supuesta violación basada en la raza. La no discriminación está profundamente arraigada en la Constitución de Mauricio. Además, está estrictamente prohibida cualquier ley o trato discriminatorios por parte de funcionarios u organismos públicos, basado en la raza, la casta, el lugar de origen, las opiniones políticas, el color, el credo o el sexo, con ciertas salvedades.

279.El término “xenofobia” no está definido en nuestro marco legal y judicial, pero existen suficientes disposiciones legislativas de protección contra la discriminación, incluida la discriminación por motivos de raza.

280.A lo largo de este informe hemos intentado destacar diversas medidas adoptadas por el Estado para luchar contra la discriminación racial. En esta sección, dedicada a la Declaración y el Programa de Acción de Durban, informaremos sobre otros aspectos no incluidos anteriormente.

Marco jurídico

Interferencia con la libertad de conciencia

281.El artículo 183 del Código Penal señala que: “Toda persona que, mediante un acto abierto y manifiesto, o mediante amenazas, obligue a otra a practicar una de las religiones autorizadas o a asistir a la práctica de dicha religión, o a celebrar determinados días de descanso, o se lo impida, y toda persona que, en consecuencia, le obligue a abrir o cerrar sus fábricas, tiendas o locales, y a realizar o interrumpir determinados trabajos, o que se lo impida, será castigada por este único delito con una multa no superior a 100.000 rupias, y con una pena de prisión no superior dos años”.

Perturbación de ceremonias religiosas

282.De conformidad con el artículo 184 del Código Penal: “Toda persona que, ya sea en un edificio dedicado a la práctica de una religión establecida en Mauricio o utilizado realmente para ello, o incluso en el exterior de dicho edificio, perturbe o impida las ceremonias de dicha religión, será castigada con una multa no superior a 100.000 rupias, y una pena de prisión no mayor de dos años”.

Ultraje al culto religioso

283.De conformidad con el artículo 185 del Código Penal: “Toda persona que, de palabra o con gestos, cometa un ultraje contra los objetos utilizados para el culto religioso en el lugar dedicado o utilizado realmente para dicho culto, o contra cualquier ministro de dicha religión mientras oficia como tal, será castigada con una multa no superior a 100.000 rupias y con una pena de prisión no superior a dos años”.

Ultraje a la moral pública o religiosa

284.Además del párrafo 24 anterior, el artículo 206 del Código Penal también establece que:

“a)Las opiniones sobre cuestiones religiosas no se considerarán ultraje si se expresan verbalmente o por escrito de manera decente. Toda persona que cometa ultraje será castigada con una pena de prisión no superior a dos años y una multa no superior a 100.000 rupias;

b)Todo escrito, o cualquier copia de un escrito sobre este tema, o relacionado con el mismo, que constituya delito en virtud del presente artículo, será confiscado y destruido, o suprimido, según sea el caso.”

Promoción de las artes y la cultura

285.Para preservar y mejorar el acceso al patrimonio cultural, el Fondo del Patrimonio Nacional ha iniciado una investigación con vistas a inventariar y documentar su Patrimonio Cultural Inmaterial. El Estado cuenta con dos sitios del Patrimonio Mundial en la isla, a saber: el Paisaje Cultural de Le Morne (2008) y Aapravasi Ghat (2014). Sega Tipik, Geet Gawai, Sega Tambour de Rodrigues y Sega Chagos han sido inscritos, en los últimos años, en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, de la UNESCO.

Paisaje Cultural de Le Morne

286.Se trata de un testimonio del cimarronaje o de la resistencia a la esclavitud, en cuanto a que la montaña se utilizó como fortaleza para albergar a los esclavos fugitivos, y existen pruebas físicas y orales que respaldan ese uso. Es un símbolo de la lucha de los esclavos por la libertad, de su sufrimiento y sus sacrificios, todo lo cual es de gran interés, más allá de su ubicación geográfica, para los países de los que procedían los esclavos —en particular el continente africano, Madagascar, la India y Asia Sudoriental— representados por el pueblo criollo de Mauricio y sus recuerdos y tradiciones orales compartidos.

El Aapravasi Ghat

287.El sitio Aapravasi Ghat del Patrimonio Mundial es un lugar de historia, patrimonio y recuerdos compartidos, ya que más del 80 % de los antepasados de la población mauriciana pasaron por sus puertas después de permanecer entre dos y tres días allí.

Museo Intercontinental de la Esclavitud

288.El Museo Intercontinental de la Esclavitud (Fase 1) se inauguró oficialmente el 20 de octubre de 2020, junto con una exposición inaugural titulada “Rompiendo el Silencio”. Su creación responde a una de las diversas propuestas de la Comisión de la Verdad y la Justicia. Este proyecto está orientado a recordar los sufrimientos, la resistencia y la lucha por la libertad de nuestros antepasados. El Museo Intercontinental de la Esclavitud también es un “Sitio de Conciencia” para honrar nuestra interculturalidad y promover el recuerdo y la reconciliación.

Promoción de la armonía racial y la unidad

289.Además de conceder subvenciones o ayudas a las entidades religiosas, el Gobierno, en consonancia con su objetivo de promover la armonía racial y la unidad en la diversidad para la preservación de nuestro rico patrimonio cultural y la promoción de las lenguas, ha creado fondos fiduciarios, centros culturales, asociaciones de promoción de las distintas lenguas, y fondos patrimoniales. Se espera que esas asociaciones y fondos den a los mauricianos de todos los orígenes culturales la oportunidad de participar en actividades religiosas y culturales de su elección, y fomenten la armonía y el respeto mutuo. Festividades como el Festival de la Primavera, Divali, Eid-Ul-Fitr y la Navidad se celebran al nivel nacional con la participación activa del Gobierno en los aspectos organizativos.

290.Además, se han decretado días festivos para la celebración de acontecimientos nacionales como Thaipoosam Cavadee, Maha Shivaratree, el Festival de Primavera Chino, Ougadi, Eid-ul-Fitr, Ganesh Chaturthi, Diwali y la Navidad, y dos eventos conmemorativos, a saber, la Conmemoración del Aniversario de la Abolición de la Esclavitud y la Conmemoración del Aniversario de la Llegada de los Trabajadores en Régimen de Servidumbre.

291.La visión del Centro Nelson Mandela para la Cultura Africana es convertir la conciencia de la cultura africana y criolla en un fuerte sentido de pertenencia, y su misión es difundir la cultura africana y criolla en todos los estratos de la sociedad.

292.El Centro tiene como objetivo preservar y promover las artes y la cultura africana y criolla. Para ello, organiza conferencias, seminarios, talleres y exhibiciones. Su objetivo ulterior es reflexionar sobre el impacto que ha tenido la esclavitud y establecer vínculos útiles con organizaciones que realizan actividades similares a escalas local e internacional.

Derecho a acceder al patrimonio cultural y a disfrutarlo

293.El Departamento de Archivos Nacionales es el custodio oficial del patrimonio documental. Alberga, de forma no discriminatoria, la memoria colectiva de la historia de la nación, que se remonta a principios del siglo XVIII. Los archivos nacionales constan de unos 350.000 volúmenes de documentos en formato manuscrito o impreso. La colección nacional contiene registros de la administración francesa y británica de la isla, escrituras notariales que se remontan a 1724, copias de mapas y planos, sellos, billetes y monedas, actas de los ayuntamientos y consejos distritales, litografías, retratos, fotografías, sellos y documentos privados, informes de estado civil y de censos y material que sirve como biblioteca de referencia.

294.Varios de sus documentos están registrados en el Patrimonio Documental de la UNESCO, a saber:

a)Los registros de la ocupación francesa de Mauricio, y

b)Los registros de la inmigración en régimen de servidumbre.

295.La información presentada está en consonancia con el párrafo 37 de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, en el que solicita al Estado parte que en su próximo informe periódico incluya información específica sobre los planes de acción y demás medidas adoptadas para aplicar la Declaración y el Programa de Acción de Durban en el plano nacional.