Informes periódicos noveno y décimo combinados que Georgia debía presentar en 2020 en virtud del artículo 9 de la Convención*,**

[Fecha de recepción: 30 de junio de 2020]

I.Introducción y generalidades

1.Los informes periódicos noveno y décimo de Georgia relativos a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (en adelante, “la Convención”) se han elaborado en virtud del artículo 9 de la Convención.

2.El presente informe tiene por objeto presentar al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (en adelante, “el Comité”) información sobre las medidas adoptadas por Georgia para cumplir las obligaciones consagradas en la Convención. El informe abarca el período posterior a 2016, año en que se examinaron los informes periódicos sexto a octavo combinados de Georgia.

3.Con arreglo al párrafo 30 de las observaciones finales del Comité, en diciembre de 2017 Georgia presentó al Comité información sobre la aplicación de las recomendaciones contenidas en los párrafos 7 (aplicación de la legislación de lucha contra la discriminación) y 23 (apátridas).

4.La parte georgiana tomó en consideración las directrices armonizadas para la presentación de informes a los órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos, incluidas las directrices sobre el documento básico común y los documentos específicos de los tratados, y las observaciones finales del Comité con respecto a los informes periódicos sexto a octavo de Georgia, de fecha 22 de junio de 2016 (en adelante, “las observaciones finales”). Más concretamente, en este informe se presenta información sobre el estado de aplicación de las observaciones finales del Comité. También se informa de la situación en los territorios ocupados de Georgia. Además, el informe ofrece información sobre el estado de aplicación de los compromisos contraídos en virtud de los distintos artículos de la Convención.

5.Todas las autoridades competentes del poder ejecutivo de Georgia, el poder judicial y el órgano legislativo han colaborado en la elaboración del presente informe. Coordinó el proceso el Ministerio de Relaciones Exteriores de Georgia, y los siguientes organismos participaron en él: Secretaría de Derechos Humanos de la Administración del Gobierno; Ministerio de Desplazados Internos de los Territorios Ocupados, Trabajo, Salud y Asuntos Sociales; Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deporte; Ministerio de Desarrollo Regional e Infraestructura; Ministerio de Relaciones Exteriores; Ministerio de Justicia; Ministerio del Interior; Servicio de Seguridad del Estado; Oficina del Ministro de Estado para la Reconciliación y la Igualdad Cívica de Georgia; Comisión de Derechos Humanos e Integración Cívica del Parlamento; Oficina del Tribunal Supremo; Consejo Superior de Justicia; Fiscalía General de Georgia; Servicio de Asistencia Jurídica; Comisión Electoral Central; Oficina Nacional de Estadística de Georgia; Servicio de Inspección del Estado; y Organismo Estatal de Asuntos Religiosos.

6.El proyecto de informe se presentó a la Defensoría del Pueblo, a organizaciones no gubernamentales y a organizaciones internacionales para que formularan sugerencias y recomendaciones. De acuerdo con las modificaciones introducidas en el Reglamento del Parlamento en 2016, el Parlamento examinó el proyecto de informe. El documento se actualizó con las observaciones de esos organismos y organizaciones.

II.Aplicación de las observaciones finales del Comité

Recomendaciones 7 a 9: legislación de lucha contra la discriminación y lucha contra el discurso de odio

Modificaciones legislativas

7.En 2014 se aprobaron la Ley de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación y otras modificaciones legislativas importantes. Concretamente, el 4 de mayo de 2017 se aprobó la modificación del Código Penal de Georgia, con arreglo a la cual, en un nuevo artículo 531, se introdujeron nuevas circunstancias agravantes para la imposición de penas. Según ese artículo, la discriminación racial y otros motivos de discriminación pasaron a ser circunstancias agravantes para la imposición de penas. Esa modificación entró en vigor el 1 de junio de 2017. En otra modificación de ese artículo, de 30 de noviembre de 2018, se definió que al imponerse una pena de prisión de una duración determinada por un delito cometido con el agravante antes mencionado, el tiempo de condena que habría de cumplirse debería ser como mínimo superior en un año al tiempo mínimo de condena establecido para el delito cometido. Según esa modificación, un juez no tiene la facultad de definir la sanción por la comisión de un delito por motivo de raza, color de la piel u origen étnico o nacional. Está obligado por la ley a agravar la pena en al menos un año al imponer una pena de prisión de una duración determinada.

8.En las modificaciones que se introdujeron a la Ley de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación el 19 de febrero de 2019 se definieron nuevas esferas y relaciones en las que se prohíbe la discriminación. Esas esferas son: el empleo, la asistencia sanitaria, la educación, los servicios sociales y la prestación de servicios.

9.El 17 de abril de 2018, mediante la resolución gubernamental 182, se aprobó el Plan de Acción para 2018-2020 de la Estrategia Nacional de Protección de los Derechos Humanos de Georgia. En el Plan de Acción se exige a los organismos estatales que apliquen diversas medidas para prevenir y combatir la discriminación. El Plan se centra, entre otras, en las siguientes cuestiones: detectar y enjuiciar penalmente con más eficacia los delitos de discriminación y de odio; informar y sensibilizar proactivamente al público sobre los incidentes de discriminación y los delitos de odio, y eliminar cualquier disposición discriminatoria en la legislación nacional.

10.El 30 de abril de 2020, mediante la resolución gubernamental 200, se aprobaron las Normas de Ética y el Código de Conducta de las Instituciones Públicas. El Código de Ética prohíbe el uso del discurso de odio y el acoso sexual, y en él se tratan la inadmisibilidad, la detección y la prevención del acoso sexual.

11.Para prevenir el uso del discurso de odio por parte de los funcionarios del Estado o los políticos y hacerle frente, el 22 de febrero de 2019 el Parlamento de Georgia aprobó el Código de Ética para los parlamentarios. En el artículo 2 del Código se establece el principio de prohibición del discurso de odio por motivo de raza, color de la piel, sexo, religión o por otra motivación. Según el artículo 3 del Código, los parlamentarios, en el desempeño de sus funciones oficiales, tienen prohibidos comportamientos, discursos y declaraciones que menoscaben la dignidad, que sean ofensivos, sexistas y discriminatorios, y tienen prohibido también hacer uso, de cualquier otro modo, del discurso de odio.

12.El Consejo de Ética se creó para velar por la aplicación eficaz del Código. Examina y vigila el incumplimiento de las disposiciones, entre otras, las relativas a la prohibición del discurso de odio. Si un parlamentario infringe el Código, el Consejo está facultado para emitir una recomendación. A fin de asegurar la transparencia y la rendición de cuentas ante el público, el Consejo elaborará un informe anual y lo publicará en el sitio web del Parlamento.

Fortalecimiento del mecanismo de respuesta

13.El 10 de mayo de 2019 se aprobó la Ley del Servicio de Inspección del Estado, y ese mismo mes se estableció el Servicio de Inspección del Estado, sucesor legal de la Oficina de Inspección de los Datos Personales. En la ley se definen los principios operacionales, las competencias y las garantías del Servicio de Inspección del Estado, así como el proceso de selección y la conclusión del mandato del Inspector del Estado, entre otras cuestiones. El Servicio de Inspección del Estado debe velar por que se investiguen de manera independiente y eficaz los delitos contra los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos los delitos cometidos por motivos de discriminación, si estos entran en el ámbito del mandato del Servicio y son cometidos por representantes de las fuerzas del orden, por funcionarios o por personas equiparables a ellos (con las reservas establecidas en la Ley del Servicio de Inspección del Estado). Corresponde al Servicio la investigación de los delitos que se hayan cometido después del 1 de noviembre de 2019.

14.Para proteger eficazmente los derechos y libertades de todos los miembros de la sociedad y dar respuesta a las infracciones, en enero de 2018 el Ministerio del Interior estableció el Departamento de Protección de los Derechos Humanos. El mandato del Departamento se amplió en 2019, año en que pasó a ser el Departamento de Protección de los Derechos Humanos y Vigilancia de la Calidad de las Investigaciones. La función principal de la entidad es vigilar la calidad de las investigaciones de los casos de violencia contra las mujeres, los delitos motivados por la discriminación y los delitos de odio, así como los delitos cometidos por menores y contra ellos.

15.El Departamento vigila la investigación de los delitos de discriminación motivados por la intolerancia desde el principio, sobre la base de las notificaciones presentadas y el examen electrónico de causas penales. El Departamento elaboró un cuadro para registrar y analizar los criterios pertinentes de los delitos de discriminación motivados por la intolerancia. Como resultado, mejoró tanto la calidad de la respuesta como la detección de motivos discriminatorios en esos casos.

16.Cabe destacar que el Departamento preparó una recomendación sobre la detección e investigación eficaces de los delitos de discriminación motivados por la intolerancia. Esa recomendación es una herramienta útil para los investigadores en su labor de detección e investigación de los delitos motivados por la discriminación.

17.En 2017 se aprobaron la Estrategia y el Plan de Acción de la Fiscalía para el período 2017-2021. En esos documentos se definen las orientaciones estratégicas, los objetivos, las tareas, los plazos de ejecución y los indicadores, con el objetivo de que se haga un uso eficaz del mecanismo de aplicación de la ley contra los delitos de odio. Más concretamente, se determinó que la lucha contra los delitos de odio era la prioridad de la Fiscalía. Para aplicar una política penal precisa y medidas preventivas adecuadas, se establecieron los siguientes objetivos: elaboración de enfoques unificados para la lucha contra los delitos motivados por la discriminación y los delitos de odio, especialización y capacitación de los fiscales, y sensibilización del público.

18.A inicios de 2016 se aprobó una recomendación para los fiscales e investigadores de la Fiscalía sobre las consecuencias prácticas del artículo 531, relativo a las circunstancias agravantes para la responsabilidad penal. La recomendación trata de la calificación de los delitos de odio, la terminología especializada, la investigación eficaz, la recogida de pruebas y la determinación del motivo.

19.Para la aplicación eficaz de la recomendación de 2017 relativa a los delitos de odio, se elaboró un cuestionario especializado en el que se especificaban las normas de entrevista y examen de las víctimas, los acusados y los testigos. Como resultado de la formación de los empleados de la Fiscalía basada en ese documento, aumentó la calidad y la eficacia de las medidas adoptadas para detectar el motivo de odio en causas penales.

20.Con el fin de mejorar la actuación de la fiscalía en la investigación de los delitos cometidos por intolerancia religiosa, en 2017, la División de Derechos Humanos elaboró una recomendación sobre la interpretación de las disposiciones legales, los casos relacionados con daños a edificios sagrados, la calificación del delito verbal y otras cuestiones esenciales.

21.Desde 2011 la Fiscalía cuenta con un Servicio de Coordinación de la Protección de Testigos y Víctimas. Con arreglo a las modificaciones del Código de Procedimiento Penal, de 4 de mayo de 2018, se introdujo la participación de un coordinador de la protección de testigos y víctimas como parte del procedimiento penal, y se ampliaron sus funciones. Es una prioridad la participación de un coordinador en algunas causas penales, incluso en los procedimientos relacionados con delitos de odio, así como en los casos en que la víctima o el testigo sean menores o personas con discapacidad, la víctima o el testigo hayan sufrido graves daños físicos o morales, o la comunicación con la víctima o el testigo sea difícil debido al estrés causado por el delito.

22.Para garantizar un apoyo adecuado a los testigos y las víctimas, los coordinadores determinan sus necesidades básicas, les prestan apoyo psicológico, les proporcionan información sobre los servicios disponibles y los apoyan para que utilicen esos servicios, que consisten, por ejemplo, en la provisión de alojamiento, servicios sanitarios, asistencia jurídica, apoyo en el empleo y formación profesional. Los coordinadores asisten a las operaciones de investigación si las víctimas participan, así como a audiencias judiciales cerradas, y comunican a las víctimas la información sobre los trámites judiciales y sobre sus derechos utilizando un lenguaje fácil y comprensible. Los coordinadores también ayudan a las víctimas a manejar el estrés causado por el delito y a prevenir su revictimización. En 2018 y 2019 hubo 9.292 y 8.348 personas respectivamente (víctimas, testigos, víctimas/testigos menores y demandantes) que utilizaron el Servicio de Coordinación de la Protección de Testigos y Víctimas.

Datos estadísticos

23.Entre 2016 y 2019 se examinó el motivo del odio en 631 causas penales (63 causas en 2016; 86 causas en 2017; 210 causas en 2018, y 272 causas en 2019). Se iniciaron procesos penales contra 422 personas (en 2016 se iniciaron procesos contra 44 personas; en 2017, contra 44 personas; en 2018, contra 151 personas, y en 2019, contra 183 personas). A continuación se presentan las estadísticas anuales.

24.En 2016 se examinó el motivo del odio en 63 causas penales. El motivo de la filiación nacional se examinó en 1 caso; el motivo de origen étnico, en 3 casos; el motivo religioso, en 27 casos; y el motivo de la discriminación racial/la infracción de la igualdad de los seres humanos, en 4 casos. Se iniciaron actuaciones penales contra 44 personas por delitos motivados por discriminación (orientación sexual, 4 personas; religión, 16 personas; sexo/género, 3 personas; nacionalidad, 4 personas; y discriminación de otra índole, 14 personas). Tras investigar las acusaciones, en algunos casos no se identificó el móvil del odio (presunto motivo religioso, 1 persona; presunto motivo de origen étnico, 2 personas), por lo que dicho móvil no se incluyó en la decisión relativa a enjuiciar a los acusados.

25.En 2017 se examinó el motivo del odio en 87 causas penales. Se iniciaron actuaciones penales contra 44 personas por delitos motivados por la discriminación (orientación sexual, 4 personas; identidad de género, 4 personas; religión, 2 personas; y sexo/género, 25 personas). Tras investigar las acusaciones, en algunos casos no se identificó el móvil del odio (presunto motivo de identidad de género, 6 personas; presunto motivo de orientación sexual, 1 persona; presunto motivo de religión, 2 personas), por lo que dicho móvil no se incluyó en la decisión relativa a enjuiciar a los acusados.

26.En 2018 se examinó el motivo del odio en 210 causas penales. Se iniciaron actuaciones penales contra 151 personas por delitos motivados por la discriminación (orientación sexual, 15 personas; identidad de género, 12 personas; origen étnico, 1 persona; raza, 1 persona; filiación nacional, 3 personas; intolerancia religiosa, 2 personas; género/sexo, 111 personas; opiniones políticas, 3 personas; discapacidad, 2 personas; y otros motivos, 1 persona).

27.En 2019 se examinó el motivo del odio en 272 causas penales. Se iniciaron actuaciones penales contra 183 personas por delitos motivados por la discriminación (orientación sexual, 19 personas; identidad de género, 12 personas; raza, 4 personas; filiación nacional, 4 personas; religión, 13 personas; género/sexo, 119 personas; opiniones políticas, 1 persona; discapacidad, 3 personas; raza y origen étnico, 4 personas; religión y género, 1 persona; orientación sexual e identidad de género, 1 persona; y otros motivos, 2 personas).

28.En 2019, la División de Protección de los Derechos Humanos convocó una conferencia y presentó el informe sobre las medidas aplicadas por la Fiscalía para luchar contra los delitos de odio. El informe incluyó un análisis de la investigación y el enjuiciamiento de los delitos de odio (359 casos) cometidos entre 2016 y 2018. En diciembre de 2019, la División de Protección de los Derechos Humanos analizó las causas penales relacionadas con los delitos de odio. En ese análisis se determinó que habían aumentado la calidad y la eficacia de las medidas adoptadas por los fiscales para detectar el motivo del odio. La protección de los derechos humanos y la lucha contra los delitos de odio son las prioridades de la Fiscalía, y la labor en ese sentido continuará en 2020.

Ampliación de las facultades de la Defensoría del Pueblo

29.Según la Ley de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación, de 2014, la Defensoría del Pueblo de Georgia, un organismo independiente, es responsable de eliminar la discriminación y velar por la igualdad. Para cumplir con esa obligación legal, se creó una dependencia estructural, el Departamento de Igualdad, como parte de la Defensoría del Pueblo. En estos momentos trabajan en el Departamento seis personas: cinco funcionarios permanentes y una abogada, que es una representante de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y ejerce sus funciones en el marco de su proyecto en curso.

30.La Defensoría del Pueblo recibe y examina las solicitudes y denuncias de personas físicas y jurídicas, así como de grupos de personas, que afirman ser víctimas de discriminación. Si se reúnen pruebas suficientes de la discriminación, la Defensoría del Pueblo puede recomendar a la organización o persona física correspondiente que se restablezcan los derechos de la víctima. Si bien las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo no son vinculantes, aquellas que emite en relación con casos de discriminación se pueden hacer cumplir a través de los tribunales. Si los órganos públicos no responden o no cumplen las recomendaciones, la Defensoría del Pueblo puede solicitar a un tribunal su ejecución.

31.Cabe destacar que el 3 de mayo de 2019 se aprobaron modificaciones a la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo de Georgia, mediante las cuales se amplió el mandato de esa institución. Con arreglo a las modificaciones aplicadas, la Defensoría del Pueblo tiene las siguientes facultades:

•La Defensoría del Pueblo de Georgia podrá acudir a un tribunal como demandante si una persona jurídica u otra entidad organizativa, una unión de personas que no sea una persona jurídica o un empresario no responden a su recomendación o no la adoptan, y existen pruebas suficientes de discriminación.

•La Defensoría del Pueblo solicitará y recibirá, inmediatamente o en un plazo máximo de diez días, de las autoridades o funcionarios de los gobiernos estatales y autónomos locales, de una persona jurídica, o de otra entidad organizativa, de una unión de personas que no sea una persona jurídica o de un empresario, cualquier certificado, documento y material necesario para llevar a cabo una inspección.

•En sus informes, la Defensoría del Pueblo también especificará las personas jurídicas, u otras entidades organizativas, uniones de personas que no sean una persona jurídica o empresarios que hayan violado los derechos humanos y las libertades o que hayan ignorado las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo sobre las medidas que deben adoptarse para la restauración de esos derechos.

•Conforme al artículo 24 de la ley, las autoridades estatales y de los gobiernos autónomos locales, las instituciones públicas, los funcionarios, las personas jurídicas u otras entidades organizativas, las uniones de personas que no sean personas jurídicas o los empresarios que reciban recomendaciones o propuestas de la Defensoría del Pueblo están obligados a examinarlas y a informar por escrito a la Defensoría del Pueblo de los resultados de ese examen en un plazo de 20 días.

32.A fin de que pueda cumplir sus obligaciones legales, el presupuesto de la Defensoría del Pueblo aumenta sistemáticamente. En 2015 el presupuesto fue de 5 millones de laris; en 2016, de 4,6 millones; en 2017, de 4,8 millones; en 2018, de 5,5 millones; y en 2019, de 6,4 millones.

Concienciación de los representantes de las fuerzas del orden

Capacitación de los empleados del Ministerio del Interior

33.Los empleados del Ministerio del Interior reciben capacitación de forma permanente que abarca, entre otras cosas, los delitos cometidos con un móvil de discriminación, el discurso odio, la discriminación racial y la intolerancia étnica y nacional.

34.La Academia del Ministerio del Interior (una entidad jurídica de derecho público) incorporó la concienciación sobre diferentes temas en sus actividades de adquisición de conocimientos, por ejemplo, una política antidiscriminatoria para velar por la protección de los derechos humanos sin discriminación por raza, color de la piel u origen nacional o étnico.

35.El plan de estudios para los agentes de policía incluye los siguientes temas esenciales: la prohibición de la discriminación, su esencia, los documentos internacionales básicos, la discriminación directa e indirecta, las obligaciones positivas de los Estados, la prohibición de la discriminación y el marco regulador nacional, la Ley de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación, los distintos fundamentos de la prohibición de la discriminación (raza, color de la piel, nacionalidad, sexo, religión, orientación sexual, identidad de género y otros), la investigación de los casos de discriminación y las características específicas de la identificación del móvil del odio. En el anexo N1 del presente informe figura información sobre las medidas aplicadas y el personal capacitado.

36.En la Academia del Ministerio del Interior, el módulo sobre la discriminación forma parte de todos los cursos de capacitación básica y de reciclaje profesional. El módulo abarca tanto el marco regulatorio internacional como el georgiano. Más de 6.500 agentes de policía han asistido ya a esa capacitación.

37.Desde 2018, más de 200 empleados de nivel directivo han asistido a la capacitación sobre las medidas preventivas de los delitos cometidos con un móvil de discriminación y de discurso de odio.

38.En 2018 se elaboraron los principios rectores de la investigación de los delitos cometidos por el motivo de la discriminación. Esos principios tienen como objetivo apoyar al personal para detectar y procesar debidamente los casos pertinentes. Se elaboró una directriz para los investigadores en la que se especificaban instrucciones sobre la entrevista o el interrogatorio de las presuntas víctimas, acusados y testigos. También se puso en marcha la especialización de los investigadores.

39.El 19 de febrero de 2019 el Ministerio del Interior y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) firmaron un memorando de entendimiento. Con arreglo a él, se introdujo en el Ministerio del Interior el Programa de Capacitación para Combatir los Delitos de Odio Dirigido a las Fuerzas del Orden. El Programa se elaboró con la participación de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE, el Ministerio del Interior, la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y organizaciones no gubernamentales. En el marco de la cooperación, especialistas invitados por la OSCE impartieron una formación de formadores para 30 empleados del Ministerio del Interior. Se está llevando a cabo la labor preparatoria para poner en marcha en 2020 el proceso de formación en cascada para el personal del Ministerio del Interior. Cabe destacar que en el proceso participarán organizaciones no gubernamentales.

40.En cooperación con el Consejo de Europa, se impartió al personal del Ministerio del Interior una formación de formadores sobre la lucha contra la discriminación, los delitos de odio y el discurso de odio en Georgia. El módulo de formación abarca los siguientes temas: conceptos de discriminación e intolerancia, definición de los delitos de discriminación cometidos con un móvil de intolerancia, interpretación de las normas generales establecidas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y la práctica internacional en materia de delitos motivados por la discriminación (incluidos el racismo y la nacionalidad). La formación en cascada está prevista para 2020, sobre la base de ese módulo.

Concienciación de los empleados de la Fiscalía

41.En 2016, en colaboración con el Consejo de Europa, se realizó el primer curso de capacitación en línea sobre la prohibición de la discriminación a través de una plataforma de capacitación llamada HELP. Completaron el curso con éxito 20 fiscales.

42.En 2016 la Fiscalía de Georgia y la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE firmaron un memorando de entendimiento sobre la capacitación de fiscales y los delitos de odio.

43.En 2018 se impartió capacitación de especialización en la Fiscalía. Determinados fiscales e investigadores asistieron a cursos intensivos y estudiaron los delitos de odio. La especialización de los fiscales e investigadores continuó en 2019, y actualmente se cuenta con personal especializado en todas las entidades territoriales. En estos momentos existen 71 fiscales, 15 directivos y 56 fiscales e investigadores especializados. Cabe destacar que los fiscales especializados llevan a cabo la supervisión procesal de las causas penales pertinentes.

44.Entre 2016 y 2020 se realizaron en total 27 actividades de adquisición de conocimientos sobre las normas europeas relativas a la prohibición de todas las formas de discriminación (incluida la discriminación racial). Asistieron a ellas 535 empleados (directivos, fiscales e investigadores de la Fiscalía).

45.En el período comprendido entre 2016 y 2020, un total de 162 pasantes, divididos en 6 grupos, recibieron capacitación sobre la prohibición de la discriminación (incluida la discriminación racial) en el marco de los programas de capacitación de pasantes. Durante ese mismo período se realizaron 26 actividades de adquisición de conocimientos sobre la investigación eficaz de los delitos de odio. En total, asistieron 336 personas.

46.En 2019, con el apoyo del Consejo de Europa, se puso en marcha un nuevo curso del programa HELP sobre la lucha contra los delitos de odio, dirigido a representantes de la Fiscalía, el Ministerio del Interior y los tribunales. Están asistiendo a él 15 fiscales. De forma experimental se está impartiendo en Georgia el curso práctico del programa HELP titulado Habilidades para la Investigación, el Enjuiciamiento y el Dictado de Sentencias Eficaces sobre los Delitos Motivados por el Odio.

Capacitación de los empleados del Servicio de Inspección del Estado

47.Tras la entrada en vigor, el 1 de noviembre de 2019, del mandato de investigación del Servicio de Inspección del Estado, se capacitó a 20 empleados del Departamento de Investigación en relación con la investigación efectiva de los delitos motivados por el odio.

Capacitación en el sistema penitenciario

48.Tras la reforma de la estructura gubernamental de Georgia en 2018, los sistemas penitenciario y de libertad condicional se fusionaron con el Ministerio de Justicia, y se estableció una nueva estructura, el Servicio Penitenciario Especial, que cumple con las normas internacionales. El objetivo principal de la reforma fue introducir y fortalecer sistemas de gestión que cumplieran las normas europeas e internacionales y aplicaran un enfoque basado en los derechos humanos. Para eliminar la discriminación y promover un entorno tolerante en los establecimientos penitenciarios, el Centro de Capacitación de la Justicia organizó en 2019 un curso de orientación para oficiales de escolta. El curso se centra en cuestiones de discriminación, y entre 5 y 7 horas del curso se dedican al tema “¿Qué es la discriminación?”. La capacitación tiene en cuenta la peculiaridad y el carácter específico de las actividades de los grupos destinatarios. En 2019 asistieron a la capacitación 130 oficiales de escolta.

Sensibilización del público

49.Para sensibilizar al público acerca de la legislación contra la discriminación y sobre cuestiones relacionadas con la discriminación entre los diferentes grupos destinatarios, desde 2016 el Centro de Capacitación de la Justicia ha venido impartiendo capacitación en todo el país, incluso en pueblos y aldeas habitados por minorías étnicas.

50.Desde 2016 se han celebrado algunos actos informativos en Centro de Capacitación de la Justicia, concretamente, capacitación sobre qué es la discriminación y sobre el fortalecimiento del compromiso de la sociedad civil. Con el apoyo del proyecto Derechos Humanos para Todos, una iniciativa conjunta de la UE y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), el centro impartió un curso de capacitación sobre derechos humanos.

51.La ciudadanía, incluidos los miembros de las minorías étnicas, tiene la oportunidad de asistir a cursos de capacitación gratuitos en todo el país. También se imparte capacitación en centros regionales donde viven minorías étnicas. En esas regiones hay siempre un miembro de la minoría étnica en cuestión que actúa como coinstructor. Se ha traducido material de capacitación al armenio y al azerbaiyano.

52.La oficina en Georgia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) presentó al Centro de Capacitación de la Justicia folletos electrónicos sobre la lucha contra la discriminación en georgiano, osetio, abjasio, armenio y azerbaiyano. En breve se ultimará el formateo de los folletos para su publicación en el sitio web del Centro de Capacitación de la Justicia.

53.Cabe destacar que desde 2017 se imparten cursos de inglés para niños en centros comunitarios de las aldeas. Los niños que asisten a los cursos de inglés también reciben capacitación en derecho y derechos humanos.

54.Los días 21 y 22 de diciembre de 2019, el Ministerio de Justicia, junto con el PNUD y el Gobierno de Noruega, organizaron en el Centro de Capacitación de la Justicia de la localidad de Kvareli una conferencia pública sobre el enfoque basado en los derechos humanos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, dirigida a los directivos del Ministerio y su sistema. Durante esa capacitación, se examinaron la función del enfoque basado en los derechos humanos, la legislación contra la discriminación y la política de derechos humanos en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En total, 24 directivos (10 mujeres y 14 hombres) asistieron a la conferencia.

55.La Fiscalía presta la debida atención a la adquisición de conocimientos y a la concienciación sobre los delitos relacionados con los grupos vulnerables. En 2019, la Fiscalía participó en la campaña Yo Elijo la Igualdad, organizada en el marco del proyecto del Consejo de Europa llamado Lucha Contra la Discriminación, los Delitos de Odio y el Discurso de Odio en Georgia. Como parte de la campaña se organizaron diferentes actos, entre otros, reuniones con representantes de la sociedad, estudiantes y escolares. Representantes de la Fiscalía celebraron siete sesiones en siete localidades de Georgia. Asistieron a las reuniones un total de 400 participantes de etnia georgiana, armenia y azerí. El objetivo de la campaña fue concienciar sobre los delitos motivados por la discriminación, los delitos de odio y el discurso de odio, incluida la discriminación racial y los delitos motivados por el racismo.

56.En 2019 la Fiscalía se sumó a la campaña del Gobierno contra la violencia de género. La Fiscalía organizó 24 reuniones informativas en diferentes localidades de Georgia. El objetivo de la campaña era concienciar sobre los delitos relacionados con la violencia de género, los delitos motivados por la discriminación, el discurso de odio y los delitos motivados por el odio, incluidos los casos de discriminación racial, así como dar a conocer la respuesta del Estado a esos delitos. En total, asistieron a las reuniones 1.170 personas.

57.Para ofrecer de forma proactiva a la ciudadanía información sobre los delitos de odio, entre 2017 y 2019 la página web y las redes sociales de la Fiscalía incluyeron información sobre enjuiciamientos y condenas relacionados con delitos cometidos contra minorías y motivados por la discriminación, incluida la intolerancia racial.

58.Además de mejorar la calidad de la investigación y la cualificación de los investigadores, el Departamento de Protección de los Derechos Humanos y Vigilancia de la Calidad de las Investigaciones, del Ministerio del Interior, participa activamente en medidas preventivas y campañas de concienciación sobre los delitos motivados por la discriminación y los delitos de odio.

59.Representantes de ese departamento participaron en las reuniones organizadas en el marco de la Semana de la Igualdad. En ellas se examinaron la importancia de la igualdad y los mecanismos jurídicos contra la discriminación (véase el anexo N2).

60.Desde su creación, el Organismo Estatal de Asuntos Religiosos imparte permanentemente capacitación sobre el aumento de la tolerancia y el fomento de la inclusión en la sociedad georgiana. En 2015 y 2016 el Organismo impartió cursos de capacitación sobre secularidad y neutralidad religiosa, a los que asistieron 200 funcionarios.

61.El Organismo Estatal de Asuntos Religiosos coopera estrechamente con todas las organizaciones religiosas existentes en Georgia y promueve el diálogo con ellas. Desde la creación del Organismo se celebra el Día Internacional de la Tolerancia (16 de noviembre).

62.Con el fin de aumentar la tolerancia y la inclusión social en la sociedad georgiana, el Organismo Estatal de Asuntos Religiosos impartió una serie de sesiones de capacitación en universidades georgianas. La capacitación tuvo lugar en casi todas las universidades de la capital y las regiones. Más de 1.000 estudiantes asistieron a las sesiones. Con el objetivo de aumentar la conciencia sobre la tolerancia, la igualdad y la neutralidad religiosa, el Organismo impartió series de sesiones de capacitación para representantes de casi todas las emisoras de televisión y radio, y de los periódicos. La capacitación se celebró en diferentes ciudades en 2018, y participaron en ella numerosos representantes de los medios de comunicación.

63.El Organismo impartió cursos de capacitación para fomentar una mayor conciencia acerca de la libertad de religión y los derechos humanos y las libertades fundamentales, y para promover una cultura de tolerancia religiosa en todo el país. Participaron en la capacitación 770 representantes de organizaciones religiosas registradas en Georgia.

64.En 2016 el Organismo Estatal de Asuntos Religiosos inició el ciclo de conferencias Diálogo Interreligioso por la Paz. Ya se han celebrado cuatro conferencias, y está previsto celebrar otra más el año próximo. El Organismo prepara periódicamente publicaciones sobre la libertad de religión.

65.La prioridad del Servicio de Asistencia Jurídica de Georgia es fomentar la conciencia de los beneficiarios. El objetivo de esa prioridad es que los beneficiarios aumenten su capacidad de proteger sus derechos. Para lograr ese objetivo, el Servicio organiza periódicamente reuniones consultivas en varias regiones de Georgia. En 2019 celebró 133 reuniones consultivas, y para 2020 estaban previstas actividades similares.

Lucha contra la intolerancia y el racismo en el sector educativo

66.La educación en derechos humanos forma parte del programa escolar, concretamente, del plan de estudios nacional para los centros de enseñanza secundaria. En el programa se incluyen los objetivos y principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

67.En 2016 se aprobó el plan de estudios nacional para la educación primaria (grados 1º a 6º). Incluye los planes de estudios de ciencias sociales “La sociedad y yo” y “Nuestra Georgia”.

68.El objetivo de “La sociedad y yo” es promover valores humanistas (comportamiento no violento, tolerancia, igualdad) entre los escolares; la comprensión y el replanteamiento de la diversidad cultural del país; la comprensión de los derechos y obligaciones de los niños; la responsabilidad ante la familia y la sociedad; el fomento de la tolerancia hacia las diferentes culturas, nacionalidades y personas con capacidades diferentes; y la resolución pacífica de los conflictos.

69.Los objetivos pedagógicos de “Nuestra Georgia” resaltan la importancia de que los escolares comprendan que la diversidad etnográfica, natural, étnica, religiosa y cultural es la riqueza del país. Las preguntas básicas, las actividades y los deberes cumplen con los objetivos y principios de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

70.Los cursos “La sociedad y yo” y “Nuestra Georgia” se introdujeron en las escuelas en el año escolar 2018-2019. Los libros de texto están listos y una parte de los profesores asistió a la capacitación conexa.

71.En 2018 se aprobó el plan de estudios nacional para la etapa de enseñanza básica (grados 7º a 9º), en el que se mejoró el componente de educación cívica. Se elaboró un nuevo curso, titulado “Ciudadanía”, que cumple plenamente los objetivos y principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. El curso se introdujo en el séptimo grado en otoño de 2019.

72.El Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deporte de Georgia está aplicando el programa Segunda Oportunidad de Recibir Educación a Través de la Inclusión Social. El programa tiene por objeto volver a integrar a los destinatarios en el sistema educativo y aumentar la tolerancia en las escuelas públicas. Otro objetivo del programa es la integración entre los compañeros de los niños con capacidades diferentes, pertenecientes a distintas religiones y grupos étnicos, y con necesidades educativas especiales, así como la mejora de la rendición de cuentas ante la sociedad entre los niños de las minorías étnicas.

73.Los grupos destinatarios del programa de inclusión social son los niños de la calle, los romaníes, los mesj repatriados que no tienen nacionalidad georgiana, y los niños y jóvenes con discapacidades y con necesidades educativas especiales. En el anexo N3, relativo a los proyectos del programa de inclusión social, figuran datos estadísticos sobre los proyectos ejecutados en el marco de ese programa.

Enseñanza superior y ciencia

74.Según la Ley de Enseñanza Superior de Georgia, las instituciones de enseñanza superior garantizan el acceso y la apertura de la enseñanza superior; la libertad académica; la oportunidad de adquirir enseñanza superior en cualquier momento de la vida de una persona; la participación del personal académico, el personal científico y los estudiantes en el proceso de adopción de decisiones y en la vigilancia de su ejecución; la publicidad y la transparencia en la gestión de una institución de enseñanza superior y en los concursos realizados en la institución; y la prohibición de cualquier forma de discriminación en el ámbito de la enseñanza superior, incluida la discriminación por cualquier motivo, como la afiliación académica, étnica, social o religiosa, la opinión, el sexo u otra razón.

75.También cabe destacar que la mayoría de las instituciones de enseñanza superior se centran, en sus programas, en la educación en derechos humanos.

76.Los procedimientos de reconocimiento de la educación para refugiados y desplazados internos tienen como objetivo eliminar la discriminación y el acceso a la educación. Según las modificaciones de 2019, también es posible reconocer la educación de las personas bajo protección internacional.

77.De acuerdo con las modificaciones de la Ley de Becas de Georgia, los ciudadanos de otros países también pueden solicitar las becas convocadas por la Fundación Nacional Georgiana de las Ciencias Shota Rustaveli. Los reglamentos correspondientes se modificaron para ajustarlos a esas modificaciones.

Recomendación 11: datos desglosados

Datos estadísticos sobre la composición demográfica de la población

78.Georgia es un país multiétnico, en el que las minorías étnicas (excepto en Abjasia y la región de Tsjinvali/Osetia del Sur) representan el 13,2 % de la población, según el censo general de población de 2014. La composición demográfica de la población de Georgia, elaborada por la Oficina Nacional de Estadística, figura en el anexo N4 del presente informe.

Sistema de recogida de datos sobre casos de discriminación racial

79.En las causas penales se recopilan datos estadísticos relativos a los delitos que se ajustan a lo establecido en el artículo 1421 (Discriminación racial) del Código Penal de Georgia. Entre 2017 y 2019 los tribunales de distrito (municipales) dictaron sentencias con arreglo al artículo 1421 en relación con 15 personas en 4 causas. En 2 causas, el tribunal dictó una sentencia condenatoria contra 3 personas; 2 personas fueron condenadas a penas de prisión y 1 persona, a una condena condicional. En 2 causas, el juez dictó una sentencia absolutoria a 12 personas. Otras dos causas se archivaron debido a la demencia de los acusados.

80.Entre 2017 y 2019 los tribunales de distrito (municipales) no utilizaron las agravantes establecidas en el artículo 531 del Código Penal en aquellas causas relacionadas con el artículo 1421 (Discriminación racial) del Código Penal.

81.Durante ese período, los tribunales no examinaron causas relacionadas con otros artículos que establecen la discriminación racial como factor agravante (p. ej., los arts. 109.2.d y 117.5.d del Código Penal).

82.Para mejorar la recogida de datos estadísticos sobre las causas civiles y administrativas de discriminación (incluida la discriminación racial) en la administración de justicia, se sustituyeron los formularios estadísticos de registro primario existentes por otros nuevos. En los nuevos formularios se desglosan cada motivo de discriminación, incluida la discriminación racial, lo cual permite recopilar datos más complejos. Los formularios se pusieron a prueba de manera experimental en el sistema judicial en octubre de 2019.

83.También cabe destacar la modificación de las fichas estadísticas de las causas penales (con la adición de secciones). Según esa modificación, es posible recopilar datos amplios sobre causas de discriminación examinadas por los tribunales, las personas acusadas en esas causas, las sanciones aplicadas y el uso de factores agravantes con arreglo al artículo 531. Los tribunales podrán utilizar esos formularios a principios de 2020.

84.En el marco del proyecto del Consejo de Europa titulado Lucha Contra la Discriminación, los Delitos de Odio y el Discurso de Odio en Georgia, desde 2018 se está trabajando para mejorar el mecanismo de recogida de datos relativos a los casos de discriminación racial. El Departamento de Vigilancia del Ministerio del Interior, la Fiscalía y los tribunales participan por igual en ese proyecto, que tiene por objeto introducir un mecanismo unificado de recogida de datos sobre delitos de odio en el Ministerio del Interior, la Fiscalía y el Tribunal Supremo, a fin de mejorar el registro de los delitos y la calidad del procesamiento de los datos.

Recomendaciones 12 y 13: minorías nacionales o étnicas

Estrategias y planes de acción

85.La Estrategia Estatal de Igualdad e Integración Cívicas correspondiente a 2015-2020 y su Plan de Acción son instrumentos esenciales para la integración cívica. El enfoque “más diversidad, más integración” es la base de la Estrategia. Su objetivo es aumentar la implicación política y mejorar la participación cívica de las minorías étnicas, garantizar la igualdad de condiciones y oportunidades sociales y económicas, asegurar el acceso a una educación de gran calidad, mejorar el nivel de conocimiento de la lengua estatal y preservar la identidad cultural de las minorías étnicas.

86.La Oficina del Ministro de Estado para la Reconciliación y la Igualdad Cívica de Georgia coordina el desarrollo y la aplicación de la Estrategia y el Plan de Acción. Se creó una comisión gubernamental encargada de la aplicación efectiva de la Estrategia, que ejerce su labor en grupos de trabajo temáticos.

87.En el marco del Plan de Acción para 2015-2020, se elaboran planes de acción anuales, en los que se especifican programas y actividades. En la Estrategia se detallan los mecanismos de información, evaluación y seguimiento para medir los progresos y las repercusiones.

88.En los últimos años se han realizado numerosos programas y actividades para alcanzar los objetivos de la Estrategia. La puesta en marcha de mecanismos específicos y bien dirigidos logró mejorar la integración cívica en varios aspectos.

La educación y el idioma del Estado

89.El Gobierno presta gran atención a garantizar el acceso a una educación de alta calidad y a mejorar el nivel de conocimiento de la lengua del Estado como herramienta útil para la integración cívica. Las minorías étnicas tienen acceso a todos los niveles de enseñanza (preescolar, secundaria, superior y profesional) en su propio idioma. En el país hay 207 escuelas públicas no georgianas y 84 sectores no georgianos en otras escuelas.

90.El plan de estudios nacional está disponible en idiomas de las minorías étnicas. En las escuelas no georgianas se aplicará un programa bilingüe que se ha desarrollado en el marco de un nuevo modelo escolar. Está en curso la selección del profesorado bilingüe, y los candidatos seleccionados impartirán clases en escuelas no georgianas. En el año académico 2019-2020 se introducirá en las escuelas no georgianas el plan de estudios nacional actualizado. Todos los libros de texto autorizados para los grados 1º a 4º se han traducido, y se han empleado mecanismos de aseguramiento de la calidad para velar por la calidad de la traducción.

91.Los miembros de las minorías étnicas tienen acceso a la enseñanza superior. El programa “1+4”, que simplifica los trámites de matriculación en las instituciones de enseñanza superior para los miembros de las minorías étnicas, goza de mucha popularidad. Según datos estadísticos oficiales, en 2010 hubo 299 graduados escolares no georgianos que se matricularon en centros de enseñanza superior; en 2011 fueron 429; en 2012 fueron 584; en 2013 fueron 890; en 2014 fueron 673; en 2015 fueron 741; en 2016 fueron 960; en 2017 fueron 1.047; en 2018 fueron 1.231; y en 2019 fueron 1.335. En el anexo N5 figuran datos estadísticos detallados.

92.Durante el año escolar 2016-2017, 114 profesores-consultores y 136 profesores asistentes de lengua georgiana, geografía e historia fueron asignados a 179 escuelas no georgianas en Kvemo Kartli, Samtskhe-Javakheti y Kakheti. Durante el año escolar 2018‑2019 se enviaron 285 profesores. En el año escolar 2019-2020 trabajaron en 169 escuelas no georgianas 121 profesores-consultores, 75 profesores de apoyo y 69 profesores de apoyo bilingües.

93.El Centro Nacional de Desarrollo Profesional del Profesorado, una entidad jurídica de derecho público dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deporte, preparó un módulo de capacitación titulado “Crear un entorno educativo seguro en las escuelas para la integración de los estudiantes bajo protección internacional en ellas”. El módulo está diseñado para capacitar a profesores que enseñan a niños bajo protección internacional, y prevé una capacitación presencial de ocho horas durante dos días. En 2018 asistieron a la capacitación 180 profesores.

94.El Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deporte desarrolló un mecanismo que promoverá el acceso de las minorías étnicas a la formación profesional. Desde 2016, los miembros de las minorías étnicas tienen la posibilidad de hacer los exámenes de formación profesional en armenio, ruso o azerbaiyano y matricularse en cursos de instituciones de formación profesional de financiación totalmente pública. Al inscribirse, los estudiantes asisten a un curso (módulo) de idioma georgiano, y solo tras haber asistido a él estudian las asignaturas profesionales.

95.En 2017 se incorporaron a cursos de formación profesional 33 estudiantes que habían realizado exámenes en una lengua distinta del georgiano, mientras que en 2018 fueron 49 estudiantes, y en 2019, 76 estudiantes. En 2017 se puso en marcha un programa sobre el desarrollo de aptitudes profesionales, que facilita la cooperación entre las escuelas y los centros de formación profesional para ayudar a los estudiantes a definir sus intereses de formación profesional. El programa se desarrolló conjuntamente por parte de escuelas y centros de formación profesional, y con arreglo a él se organizan seminarios en las escuelas con la participación de los profesores. Está dirigido al alumnado de los grados superiores, y participan en él unas diez escuelas, a las que también asisten miembros de minorías étnicas.

96.El 12 de febrero de 2018 el Gobierno de Georgia aprobó el Programa Estatal de Formación Profesional y Mejora de la Cualificación de los Solicitantes de Empleo (Decreto núm. 76). El documento es aplicable a los habitantes de Abjasia y la región de Tsjinvali/Osetia del Sur y a los miembros de las minorías étnicas. En el marco del programa se proporciona financiación estatal, así como alojamiento en los campus de los centros de formación profesional de propiedad estatal. A principios de 2018 se inauguró el círculo de la lengua abjasia en la escuela pública número 14 de Batumi, y en la escuela pública de la aldea de Peria se abrió una escuela dominical en lengua abjasia.

97.La Escuela de Administración Pública Zurab Zhvania, entidad jurídica de derecho público, aplica el programa de enseñanza de la lengua estatal en sus diez centros regionales de formación (Akhalkalaki, Ninotsminda, Tsalka, Bolnisi, Dmanisi, Marneuli, Gardabani, Sagarejo, Akhmeta, Lagodekhi) y a través de grupos móviles en pueblos y aldeas alejados de los centros regionales de formación. Entre 2016 y 2019 se beneficiaron del programa 13.385 miembros de minorías étnicas. Los beneficiarios del programa tenían entre 16 y 83 años de edad, y participaron en él personas de diferentes grupos religiosos y sociales.

98.En 2018 se introdujo un curso de lengua georgiana en las fuerzas armadas (destinado a personal militar que sirve en bases militares). Mediante una iniciativa de la Oficina del Ministro de Estado para la Reconciliación y la Igualdad Cívica de Georgia se introdujeron cursos de lengua georgiana en los municipios de Marneuli y Dmanisi para los clérigos que sirven en las eparquías de la Iglesia apostólica Armenia de Akhalkalaki y Ninotsminda, a solicitud de los beneficiarios. Existen cursos de lengua georgiana para reclusos en los establecimientos penitenciarios. Entre 2014 y 2019 asistieron a cursos de lengua georgiana 449 beneficiarios.

99.La Cuenta del Reto del Milenio colaboró en la elaboración del programa de apoyo al desarrollo profesional y la promoción de la carrera del profesorado que trabaja en escuelas de las regiones densamente habitadas por minorías étnicas. El proceso de elaboración terminó en junio de 2019, y el programa tiene por objeto mejorar la infraestructura de las escuelas, la calidad de la educación y el desarrollo profesional del profesorado. En el anexo N6 figuran más detalles sobre el programa.

Apoyo a pequeños grupos de minorías étnicas

100.El Gobierno apoya la conservación de las lenguas de pequeños grupos de minorías étnicas. Se aprueban las normas de enseñanza de las lenguas osetia, chechena, khundziana, kurda, udiuri y asuriana). La enseñanza de estas lenguas se imparte previa solicitud. Además, se apoya y se populariza la cultura de los pequeños grupos étnicos.

101.En el marco de la Comisión Estatal de Igualdad Cívica e Integración, la Oficina del Ministro de Estado de Georgia para la Reconciliación y la Igualdad Cívica de Georgia elaboró un plan de acción para 2019 y 2020 en pro del desarrollo del valle de Pankisi. Según el plan de acción, distintos ministerios y organismos aplicarán medidas teniendo en cuenta las necesidades y oportunidades de la región. El desarrollo de la infraestructura local y del turismo son prioritarios. El número de becas de enseñanza superior financiadas por el Estado para estudiantes de la región aumentó a 15. Se identificaron y pusieron en marcha rutas turísticas, y se están rehabilitando y reconstruyendo escuelas y jardines de infancia.

102.Durante el periodo que abarca el informe, se llevaron a cabo diversos actos en el Centro Comunitario de Kvareltskali (valle de Pankisi), como cursos de lengua georgiana e inglesa para la población local, cursos de capacitación sobre igualdad de género y derechos de las mujeres, reuniones sobre los derechos de las personas con discapacidad, reuniones sobre la exención de visados en la Unión Europea y sobre la migración, y reuniones informativas sobre agricultura y programas de becas financiados por el Estado.

103.El Ministerio de Justicia ofrece un curso de inglés de seis meses de duración de los niveles A1 y B1 con el fin de ayudar a la población del valle de Pankisi a mejorar sus conocimientos de inglés y acceder a estudios de idiomas extranjeros. Los profesores locales de inglés fueron los encargados de impartir los cursos, que se celebraron en el Centro Comunitario de Kvareltskali como parte de la Estrategia Estatal de Igualdad e Integración Cívicas y el Plan de Acción para el Desarrollo del Valle de Pankisi.

104.En cuanto a los párrafos 12 b) y 13 d) de las observaciones finales del Comité, cabe mencionar que el Gobierno de Georgia aplica su política de desarrollo rural sin discriminación y en igualdad de condiciones. Señalar una región en particular podría resultar motivo de estigma. Se sabe que diversas formas de discriminación y estigmatización de determinados grupos sociales son factores que contribuyen al terrorismo, el extremismo y la radicalización. Ello se señala debidamente en la Estrategia Nacional de Georgia de Lucha contra el Terrorismo y su Plan de Acción para 2019-2021, aprobados el 23 de enero de 2019. En ese documento se señala que el Estado, con la participación activa de la sociedad civil, garantiza la protección de los derechos y las libertades de sus ciudadanos, ─independientemente de su raza; color; idioma; sexo; religión; opinión política o de otro tipo; filiación nacional, étnica y social; origen; situación patrimonial y social o lugar de residencia─ y garantiza también su igualdad civil y su participación en la vida pública. La Estrategia hace gran hincapié en la prevención, a la cual dedica un capítulo. El documento se basa en un enfoque que engloba a toda la sociedad, y participan en su aplicación diversos interesados, como las autoridades centrales y locales, organizaciones público-privadas y la sociedad civil.

Participación política

105.Once miembros del Parlamento pertenecen a minorías étnicas. En las regiones densamente pobladas por minorías étnicas, sus representantes en los gobiernos autónomos locales son proporcionales a la composición de la población.

106.Desde 2017 funcionan en las oficinas de la administración de los representantes del Estado o gobernadores, en las regiones de Kakheti y Kvemo Kartli, consejos consultivos comunitarios que velan por la participación de los miembros de las minorías étnicas en el proceso de adopción de decisiones. Gracias a esa forma de comunicación aumentó la participación de los miembros de las minorías étnicas en el proceso de adopción de decisiones.

107.Una mayor participación en la sociedad civil supone la implicación de los miembros de las minorías étnicas en la administración pública. En el verano de 2017 la Oficina del Ministro de Estado para la Reconciliación y la Igualdad Cívica de Georgia puso en marcha el programa experimental de pasantías “1+4” destinado a estudiantes de minorías étnicas. Los participantes tienen acceso a formación práctica y a servicios públicos. Debido a la popularidad del programa, en diciembre de 2017 la Oficina del Ministro de Estado para la Reconciliación y la Igualdad Cívica inició el proceso de modificación del Decreto núm. 410 del Gobierno de Georgia, de 18 de junio de 2014, relativo al Programa Estatal de Normas y Requisitos para las Pasantías en la Administración Pública. Mediante la modificación se simplificaron los procedimientos para los beneficiarios del programa “1+4”. A enero de 2020 el programa contaba con 294 beneficiarios.

Promoción del derecho de voto de los miembros de las minorías étnicas

108.Durante los últimos años, los ciudadanos que residen en las regiones densamente pobladas por minorías nacionales han participado activamente en las elecciones celebradas en Georgia (parlamentarias, presidenciales y de los gobiernos autónomos locales). La Comisión Electoral Central promovió la igualdad de derechos electorales de las minorías étnicas. Todos los documentos necesarios están disponibles en armenio y azerbaiyano. La Comisión Electoral Central apoya proyectos de organizaciones no gubernamentales que tienen como objetivo concienciar a las minorías nacionales en cuestiones electorales.

109.Entre 2016 y 2019 la Comisión Electoral Central tradujo y difundió documentación electoral, videos explicativos y folletos informativos sobre los servicios disponibles para la concienciación de los votantes armenios y azerbaiyanos residentes en regiones densamente pobladas por minorías étnicas. La Comisión también se aseguró de que se pudiera acceder a la lista unificada de votantes (disponible en voters.cec.gov.ge), de que la población de las minorías étnicas pudiera obtener información por teléfono o en centros de información y de que se tradujeran diversos documentos electorales para los miembros armenios y azerbaiyanos de las comisiones electorales de los distritos.

110.Durante el período comprendido entre 2016 y 2019 la administración electoral puso en marcha cuatro proyectos informativos y educativos en las regiones densamente pobladas por minorías étnicas. Los proyectos estaban dirigidos a los alumnos de los grados 11º a 12º de las escuelas públicas, a los estudiantes, a las personas jóvenes y a los votantes de todas las edades. En ese mismo período se concedieron subvenciones a organizaciones no gubernamentales locales para la ejecución de proyectos destinados a concienciar a las minorías étnicas en cuestiones electorales y a promover su participación en las elecciones. Se financiaron 38 proyectos con un presupuesto total de hasta 1.000.000 de laris.

111.Entre 2017 y 2019 la administración electoral puso en marcha la campaña informativa “Hablar con los votantes”. Se organizaron reuniones en toda Georgia, incluso en los centros municipales y en las aldeas de las regiones densamente pobladas por minorías étnicas, incluidas las aldeas pobladas por kists (garganta de Pankisi) y por población romaní. Durante la campaña se distribuyeron folletos en armenio y azerbaiyano.

112.Para las elecciones presidenciales del 28 de octubre de 2018, se elaboró el documento “Principios éticos” para los candidatos participantes, a fin de promover una cultura electoral libre de violencia y de discursos de odio. Se trató de una iniciativa totalmente nueva, facilitada por la Comisión Electoral Central con el apoyo del Gobierno de Suiza. Los firmantes del documento acordaron respetar la legislación georgiana, actuar de acuerdo con los principios de la gobernanza democrática, fomentar un entorno de campaña pacífico y abstenerse de cometer actos de violencia. Según los “Principios éticos”, los candidatos deben llevar a cabo su campaña sin ningún tipo de discriminación por motivos étnicos, religiosos, de género o por otras filiaciones, y deben negarse a recurrir al discurso de odio y a formular declaraciones que contengan retórica xenófoba o intimidación.

Proyectos de infraestructura

113.Muchos proyectos de infraestructura y económicos se realizan consultando a la población local de las regiones densamente habitadas por minorías étnicas. En concreto, se llevaron a cabo proyectos de rehabilitación de infraestructura energética, suministro de gas, rehabilitación o construcción de canales de riego y de agua potable, reparación de embalses, rehabilitación de carreteras, así como renovación de carreteras, puentes y alumbrado público. En las regiones habitadas por minorías étnicas se construyeron e inauguraron unos juzgados y ocho centros comunitarios, y hay otro centro comunitario más en construcción.

114.En el anexo N7 figura información sobre los proyectos de infraestructura realizados por el Ministerio de Desarrollo Regional e Infraestructura en el valle de Pankisi en el período 2016-2019.

115.Según los resultados del Análisis y Evaluación Mundiales del Saneamiento y el Agua Potable, el 86 % de la población (95 % en los pueblos y 76 % en las aldeas) tiene acceso a instalaciones de saneamiento mejoradas. El 100 % de la población, incluso en las regiones habitadas por minorías étnicas, tiene acceso a agua potable salubre.

Acceso al empleo, empoderamiento económico

116.Desde 2015 el Gobierno de Georgia aplica una política activa del mercado de trabajo mediante programas de facilitación del empleo. El Programa Estatal de Formación Profesional y Reciclaje Profesional para Solicitantes de Empleo tiene como objetivo facilitar el empleo y aumentar la competitividad de los solicitantes de empleo en las áreas más demandadas del mercado laboral mediante formación profesional, reciclaje profesional o pasantías en el lugar de trabajo. Los grupos vulnerables son los beneficiarios prioritarios del programa, que consta de dos componentes: formación profesional de corta duración, y reciclaje profesional y pasantías en el lugar de trabajo.

117.El programa estatal para desarrollar los servicios de apoyo al empleo en Georgia tiene por finalidad elaborar e implementar servicios de apoyo para el mercado laboral activo y el empleo. Los miembros de las minorías étnicas son los principales beneficiarios de ese programa.

118.La Estrategia Nacional de Trabajo y Empleo dio prioridad a que los miembros de las minorías étnicas tuvieran un mayor acceso al empleo y mejoraran sus condiciones y oportunidades socioeconómicas. En 2019 se creó la Agencia Estatal de Apoyo al Empleo, entidad jurídica de derecho público cuya finalidad es facilitar trabajo y empleo a la población.

119.El 19 de febrero de 2019 se aprobaron modificaciones en la legislación de Georgia, con arreglo a las cuales se introdujo la obligación de los empleadores de respetar la igualdad de los participantes no solo en las relaciones laborales contractuales, sino también en las precontractuales. Esa obligación prohíbe cualquier forma de discriminación al publicar un anuncio de vacante y en la fase de selección. Además, se llevan a cabo actividades de concienciación. En 2018 se prepararon folletos informativos en armenio y azerbaiyano sobre el apoyo al empleo y los derechos laborales.

120.En julio y agosto de 2019, en los municipios de Marneuli y Dmanisi, se organizaron reuniones informativas destinadas a los miembros de minorías étnicas sobre servicios de apoyo al empleo, seguridad laboral y derechos laborales. Asistieron a las reuniones representantes de municipios locales, organizaciones no gubernamentales y otras partes interesadas (unas 100 personas).

121.El empoderamiento económico de las mujeres es una prioridad. En 2018 y 2019 la Oficina del Ministro de Estado puso en marcha el curso de capacitación Cómo Establecer y Desarrollar Empresas, destinado a mujeres que residen en Kvemo Kartli y el valle de Pankisi. El curso tuvo como objetivo proporcionar los conocimientos y las habilidades necesarias para el establecimiento y el desarrollo de empresas. ONU-Mujeres financió los 11 mejores proyectos empresariales.

122.Se está llevando a cabo una gran campaña de información y concienciación, puerta a puerta, destinada a las minorías étnicas y en la que se emplean lenguas minoritarias, cuyo objetivo es difundir información sobre derechos humanos, política de integración cívica, educación, derechos de las mujeres, violencia doméstica y el proceso de integración europea y euroatlántica.

123.En 2018 y 2019 se celebraron más de 300 reuniones informativas sobre programas y servicios socioeconómicos. La Oficina del Ministro de Estado para la Reconciliación y la Igualdad Cívica de Georgia, en cooperación con la Asociación de Georgia para las Naciones Unidas, y con el apoyo financiero de Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), puso en marcha el proyecto Jóvenes Embajadores Europeos. El objetivo del proyecto era dar a conocer a las minorías étnicas las perspectivas de la integración europea y euroatlántica de Georgia. Entre 2017 y 2019, 6.349 personas participaron en 302 reuniones organizadas por el proyecto en 241 aldeas de 39 municipios.

Atención sanitaria

124.Según el artículo 28 de la Constitución de Georgia, la ley garantizará el derecho de todo ciudadano a unos servicios sanitarios asequibles y de calidad. Con arreglo al artículo 4 de la Ley de Asistencia Sanitaria de Georgia, los principios de la política sanitaria son, entre otros, la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en el ámbito de la asistencia sanitaria, y el reconocimiento del honor, la dignidad y la autonomía del paciente, así como la accesibilidad universal e igualitaria de la población a la asistencia sanitaria dentro de los límites de las obligaciones del Estado previstas en los programas estatales de asistencia sanitaria. En el artículo 6 de la ley se reitera el derecho a la salud y se prohíbe la discriminación.

125.Las minorías étnicas de las regiones densamente habitadas por minorías étnicas tienen acceso a información sobre los programas estatales de asistencia sanitaria y prestaciones sociales, así como sobre diversas enfermedades y su prevención. El material informativo está disponible en lenguas minoritarias.

126.Entre 2016 y 2019, en el marco de los programas estatales Promoción de la Salud, Sangre Segura y Detección Precoz y Cribado de Enfermedades, se tradujeron y publicaron materiales educativos en los idiomas azerbaiyano y armenio. En 2018 y 2019 se celebraron varias reuniones informativas sobre los programas estatales existentes. Además, se produjeron videos en armenio y azerbaiyano que se emitieron por televisión.

127.En las regiones habitadas por minorías étnicas, se realizaron diversos estudios sobre la población con el apoyo de donantes, por ejemplo, sobre el matrimonio precoz en Georgia, el comportamiento sanitario de los escolares, etc.

Servicios de protección para las víctimas de la trata de personas y de la violencia

128.En el reglamento interno del Organismo Estatal de Atención y Asistencia a las Víctimas (oficialmente reconocidas) de la Trata de Personas, entidad jurídica de derecho público que se estableció el 1 de febrero de 2020, así como en el de sus unidades territoriales, se exige que se dé un trato no discriminatorio a los beneficiarios. Se dedica un artículo a la protección de los beneficiarios contra la violencia, la discriminación y la desconsideración. Además, el reglamento interno de las unidades territoriales del Organismo Estatal ‑proveedores de servicios a las víctimas de la violencia doméstica, tales como centros de acogida y centros de crisis- establece que los centros de acogida deberán ser accesibles sin discriminación. En consecuencia, las víctimas de la trata de personas (y los familiares a su cargo), las víctimas de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (y los familiares a su cargo) y las víctimas de delitos sexuales tienen acceso a los centros de acogida y centros de crisis independientemente de su raza, color de la piel, idioma, sexo, edad, ciudadanía, origen, lugar de nacimiento o de residencia, situación patrimonial o social, religión o creencias, origen nacional, origen étnico o social, profesión, estado civil, salud, discapacidad, orientación sexual, identidad y expresión de género, opiniones políticas o de otro tipo, u otras características.

129.Los grupos destinatarios pueden acceder sin discriminación a los siguientes servicios:

•apoyo y rehabilitación psicosocial;

•organización y recepción de servicios médicos;

•asistencia jurídica (incluida la representación ante los tribunales y los organismos encargados de hacer cumplir la ley);

•alojamiento temporal diario (en un centro de acogida o en el Centro de Crisis de Tiflis);

•traducción y otros servicios, si es necesario.

130.El reglamento laboral interno del Organismo Estatal también prohíbe la discriminación. Ese documento establece que los beneficiarios podrán recibir los servicios especificados en el documento y en otras leyes sin discriminación alguna por raza, color de la piel, idioma, sexo, edad, ciudadanía, origen, lugar de nacimiento o de residencia, situación patrimonial o social, religión o creencias, origen nacional, origen étnico o social, profesión, estado civil, salud, discapacidad, orientación sexual, identidad y expresión de género, opiniones políticas o de otro tipo, u otras características. En el reglamento se prevén sanciones por el incumplimiento de la normativa laboral interna y de otras normas del Organismo Estatal.

131.Entre 2016 y 2019, el Fondo Estatal llevó a cabo periódicamente campañas de concienciación sobre la trata de personas, la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, y prestó servicios pertinentes para las minorías étnicas que viven tanto en Tiflis como en las regiones.

132.En 2016, en el marco del componente preventivo del proyecto financiado por USAID Reducción de la Violencia Doméstica en Georgia, se prepararon y publicaron 500 ejemplares de folletos sobre la prevención de la violencia doméstica en cuatro idiomas (georgiano, ruso, armenio y azerbaiyano). El folleto describe las formas de violencia doméstica, los mecanismos de apoyo a las víctimas, los servicios del Fondo Estatal y los grupos destinatarios. Además, en 2018 se imprimieron folletos trilingües para los centros de crisis.

133.Desde 2017, los beneficiarios pueden realizar consultas sobre violencia doméstica, violencia contra las mujeres, trata de personas y abusos sexuales mediante un teléfono de asistencia (116 006) que está disponible 24 horas al día, los 7 días a la semana, en georgiano y en otros siete idiomas (inglés, ruso, turco, azerbaiyano, armenio, árabe y farsi).

134.En 2019, con el apoyo de ONU-Mujeres, el Fondo Estatal abrió un centro de crisis en el que se prestan servicios a las víctimas de la violencia en Marneuli (Kvemo Kartli). Con esa medida se pretende reducir la violencia contra las mujeres en esa región, habitada por minorías étnicas.

135.Asimismo, el Fondo Estatal lleva a cabo reuniones informativas con las minorías nacionales en Tiflis y en las regiones. En el anexo N8 del presente informe figura información sobre esas reuniones.

Preservación de la identidad cultural

136.El Estado presta apoyo a las actividades encaminadas a promover la cultura de las minorías étnicas y el diálogo intercultural. El Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deportes apoya los teatros, museos y centros culturales de las minorías étnicas. También ejecuta un programa de apoyo a la cultura de las minorías étnicas. Se están registrando monumentos como parte del patrimonio cultural, y varios edificios han sido reconocidos como monumentos. Además, se están observando y rehabilitando monumentos de varias minorías étnicas.

137.Con el fin de preservar, desarrollar y promover la cultura y la autoexpresión de las minorías étnicas y fomentar su mayor integración en el espacio georgiano sin discriminación, el Teatro Estatal Dramático Armenio Petros Adamian y el Teatro Estatal Dramático Profesional Azerbaiyano Heydar Aliyev, ambos entidades jurídicas de derecho público ubicadas en Tiflis, llevaron a cabo diversas actividades, así como también lo hicieron el Teatro Estatal Dramático Ruso Griboedov y el Centro Cultural Circasiano (Adyghe), entidad jurídica de derecho público.

138.Durante el período objeto de examen, en el marco de un concurso organizado por el Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deporte como parte del proyecto Apoyo a las Minorías Étnicas, cuyo objetivo es la preservación de la cultura original de las minorías étnicas y la promoción de sus tradiciones, se celebraron varias exposiciones, actos culturales y actuaciones de artistas de minorías étnicas, y se imprimieron publicaciones.

139.En el período que abarca el informe se organizaron en la garganta de Pankisi varios actos culturales con el fin de apoyar a las minorías étnicas. Entre ellos, cabe mencionar el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, que se celebró en la aldea de Duisi; un concierto folclórico con la participación conjunta de los pueblos tushetiano y vainaj organizado como parte del proyecto Promoción del Patrimonio Cultural de las Minorías Nacionales; un curso introductorio de fotografía para alumnos de las escuelas públicas de la garganta de Pankisi, como parte del proyecto Escuela de Fotografía en la Garganta de Pankisi (al final del cual se expusieron las fotografías realizadas y se publicó el álbum “Arte vainaj”); y la preparación de la publicación “Cuentos vainaj”. Además, se celebraron numerosos festivales, conciertos, actuaciones y exposiciones.

140.En el marco del proyecto Apoyo a la Cultura se organizó un concurso con el objetivo de preservar la cultura original de las minorías étnicas y promover las artes creativas. El concurso tenía como objetivo proteger, presentar y promover la diversidad cultural de Georgia y fomentar un mayor diálogo intercultural, así como apoyar actos de presentación de la cultura de las minorías étnicas y publicar ediciones de aniversario. Como parte de los proyectos ganadores del concurso, se publicaron cinco libros-álbumes que describen la vida y la obra de personajes públicos que representan a diferentes minorías étnicas de Georgia y se editaron discos de audio; además, en el gran escenario del Teatro Estatal de la Juventud se representó la obra Sara Bara Bzia Bzo, o “ te quiero ”, inspirada en mitos y cuentos populares abjasios.

141.Para seguir promoviendo la diversidad cultural y la integración de las minorías étnicas que viven en Georgia, así como para sensibilizar a las personas jóvenes y desarrollar sus capacidades creativas, el Museo de Literatura Georgiana Giorgi Leonidze, entidad jurídica de derecho público, puso en marcha el proyecto Apoyo a la Georgia Diversa y organizó el acto dedicado al Día Mundial de la Diversidad Cultural (21 de mayo) con la participación del Ballet Nacional Sukhishvili, en el que se interpretaron danzas nacionales de varias minorías étnicas que residen en el país. En el anexo 9 del presente informe figura información más detallada sobre los proyectos realizados.

Acceso a los medios de comunicación y a la información

142.La Estrategia Estatal de Igualdad e Integración Cívicas y su Plan de Acción dan prioridad al acceso de las minorías étnicas a los medios de comunicación y a la información. El Ente Público de Radio y Televisión de Georgia emite noticias con bandas sonoras en las lenguas georgiana, armenia y azerbaiyana. En 2017 el Ente Público de Radio y Televisión lanzó el sitio web www.1tv.ge en siete idiomas (georgiano, abjasio, osetio, armenio, azerbaiyano, inglés y ruso), donde se publican noticias para las personas interesadas. El Estado sigue apoyando económicamente a periódicos azerbaiyanos (Gurjistan) y armenios (Vrastan). Los periódicos se difunden en las regiones densamente habitadas por minorías y en los establecimientos penitenciarios.

143.Los reclusos pertenecientes a minorías étnicas tienen acceso a programas de televisión en sus idiomas en los establecimientos penitenciarios. Existen 22 canales de televisión que emiten en lenguas minoritarias. Además, una vez al mes se hacen llegar periódicos armenios y azerbaiyanos a las bibliotecas de todos los establecimientos penitenciarios.

Acceso a la asistencia jurídica

144.Se está aplicando gradualmente la reforma del sistema de asistencia jurídica con el objetivo de garantizar el acceso a una asistencia jurídica gratuita, eficaz y de calidad para las minorías nacionales y étnicas, los desplazados internos de los territorios ocupados, los solicitantes de asilo y los apátridas, de acuerdo con las normas internacionales.

145.El Servicio de Asistencia Jurídica presta sus servicios por conducto de sus oficinas y centros de consulta. En 2019, la prioridad del Servicio de Asistencia Jurídica fue aumentar el acceso a la asistencia jurídica haciendo especial énfasis en las regiones habitadas por minorías étnicas en las que el acceso a los recursos jurídicos es limitado debido a las peculiaridades sociales y culturales.

146.En 2019 el Servicio de Asistencia Jurídica abrió una oficina (en Ozurgeti) y tres centros de consulta (en Duisi, Tsageri y Shuakhevi). La apertura de un centro de consulta en Duisi fue crucial para la población local, ya que les permite solucionar sus problemas jurídicos a nivel local.

147.Una prioridad del Servicio de Asistencia Jurídica para 2020 es mejorar la cobertura territorial de los servicios que presta. A tal fin, el Servicio tiene previsto abrir gradualmente otros 33 centros de consulta en diferentes regiones, incluso en municipios habitados por minorías étnicas (Gardabani, Bolnisi, Lagodekhi, Tetritskaro, Dmanisi y otros). Los nuevos centros de consulta estarán equipados con el inventario y el equipo necesarios.

148.Otra prioridad del Servicio de Asistencia Jurídica de Georgia es fomentar la conciencia de los beneficiarios, con el objetivo de que los beneficiarios aumenten su capacidad de proteger sus derechos. A tal fin, el Servicio organiza periódicamente reuniones consultivas en varias regiones de Georgia. En 2019 celebró 133 reuniones consultivas, incluso en las regiones habitadas por minorías étnicas y religiosas.

149.Durante las reuniones mencionadas, el Servicio de Asistencia Jurídica presentó las siguientes cuestiones jurídicas importantes y de actualidad: prohibición de la discriminación y derecho a la igualdad; derechos de las minorías étnicas y religiosas; violencia contra las mujeres y violencia doméstica; derecho de familia y derecho de sucesiones; derechos laborales; derechos del niño; registro de tierras; y programas de apoyo al desarrollo agrícola y a las empresas.

150.En 2020 el Servicio de Asistencia Jurídica tiene previsto celebrar reuniones en regiones habitadas por minorías étnicas para darles a conocer cuestiones jurídicas importantes y de actualidad.

151.El Servicio celebró un memorando de entendimiento con la Oficina de Traducción para abordar las barreras lingüísticas de las minorías nacionales y étnicas. En las reuniones informativas y otras actividades participan intérpretes, si es necesario.

152.El Servicio de Asistencia Jurídica elabora proyectos innovadores para apoyar a las minorías étnicas a fin de que puedan hacer efectivos los derechos que les reconoce la ley. El proyecto Grupos Móviles ofrece un servicio de asistencia jurídica a personas que viven en regiones fronterizas. El proyecto Video y Radio tiene como objetivo promover la toma de conciencia mediante videos y reportajes radiofónicos.

153.En 2019 se distribuyeron 7.000 folletos informativos (trípticos) en armenio y azerbaiyano sobre los nuevos servicios electrónicos del registro mercantil, entidad jurídica de derecho público del Ministerio de Justicia dependiente del Organismo Nacional de Registro Público, en las aldeas en las que residen minorías étnicas (centros comunitarios de Kumurdo, Poka, Baraleti, Sadaxlo, Kazreti, Iormughanlo, Kabala, Martkopi y Sartichala), con el fin de aumentar el acceso de las minorías étnicas a los servicios públicos.

154.La página web del Servicio de Asistencia Jurídica ofrece información en cuatro lenguas de minorías étnicas, en concreto, en abjasio, osetio, armenio y azerbaiyano.

Recomendación 15: los romaníes y los niños que viven en la calle

155.La comunidad romaní está repartida por todo el territorio del país. Según los datos del censo de 2014, en Georgia residen 604 personas pertenecientes a esa comunidad. En cambio, según los datos reunidos por la Oficina del Ministro de Estado para la Reintegración y la Igualdad Cívica, su número es de en torno a 2.300.

Registro e identificación

156.El Organismo de Desarrollo de la Administración Pública (PSDA), entidad jurídica de derecho público, expide los documentos de identidad siguiendo una regla general y garantizando la igualdad de condiciones para todas las personas, independientemente de su raza, origen étnico, género u otras características (cabe destacar que el PSDA no registra a las personas en función de su raza u origen étnico, por lo que no se dispone de datos estadísticos al respecto).

157.El PSDA, junto con el Centro de Innovaciones y Reformas y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), está realizando un proyecto de reducción y prevención de la apatridia que consiste en facilitar a la población romaní la obtención de documentos de identidad. Entre 2015 y 2019, en el marco de ese proyecto, el PSDA proporcionó apoyo a 55 romaníes para solucionar asuntos relacionados con su identificación.

158.Un grupo de trabajo adscrito al Consejo Interinstitucional para Combatir la Trata de Personas, creado el 14 de noviembre de 2014, redactó modificaciones relativas a diez disposiciones legislativas para atender cuestiones jurídicas relacionadas con los niños que viven y trabajan en la calle. El objetivo de esas modificaciones era mejorar la documentación de los niños sin hogar y los procedimientos de derivación para la protección de la infancia, a fin de prevenir casos de violencia.

159.Mediante esas modificaciones legislativas se introdujo la expresión “niño de la calle”, que se refiere a un menor que vive o trabaja en la calle y ha sido identificado como tal por un trabajador social autorizado, de acuerdo con el perfil de la persona. Desde que se introdujo esa expresión, el Estado puede expedir documentos de identidad para esos niños a fin de que puedan recibir atención sanitaria y educación y beneficiarse de los programas estatales sociales y de otra índole.

160.Para solucionar los problemas relacionados con los documentos de identidad, el Organismo de Servicios Sociales, entidad jurídica de derecho público, puede solicitar al PSDA que expida, sin costo alguno, documentos de identidad a nombre de niños de la calle y niños víctimas de violencia. Anteriormente esto solo podía solicitarlo un progenitor o tutor legal.

161.Mediante las modificaciones legislativas señaladas se mejoraron los mecanismos de protección infantil contra la violencia. Se amplió el papel de los trabajadores sociales, que poseen la calificación y la experiencia pertinentes. En caso de emergencia, un trabajador social puede decidir separar al menor de quien lo maltrata. El incumplimiento de la decisión de separar al menor comporta una sanción administrativa y, en caso de reincidencia, responsabilidad penal.

162.Las modificaciones legislativas mencionadas fueron aprobadas por el Parlamento de Georgia el 22 de junio de 2016 y entraron en vigor el 10 de agosto de ese mismo año. Entre 2016 y 2019 se expidieron gratuitamente documentos de identidad a 25 niños de la calle y 10 niños víctimas de violencia.

163.Con el fin de proteger a la infancia de todas las formas de violencia, en 2016 el Gobierno de Georgia aprobó un decreto relativo a los procedimientos de derivación para la protección de la infancia. En virtud del texto se incrementó el número de entidades que participan en el sistema de derivación, lo cual tiene el objetivo de proteger a la infancia contra todas las formas de violencia dentro y fuera de su hogar mediante el establecimiento de un sistema eficaz y bien coordinado.

164.El Ministerio de Desplazados Internos de los Territorios Ocupados, Trabajo, Salud y Asuntos Sociales, el Ministerio del Interior y la Fiscalía tienen la obligación de establecer una base de datos unificada sobre los niños víctimas de violencia para garantizar la gestión eficaz de los procedimientos de derivación. El Ministerio del Interior se ocupa de administrar técnicamente la base de datos.

165.Desde la introducción de las modificaciones legislativas, el Ministerio de Justicia ha otorgado subvenciones por un valor total de 54.000 laris a proyectos dedicados a los niños de la calle. El objetivo del concurso de subvenciones era ofrecer programas educativos, cognitivos, sociales, culturales, deportivos y de otra índole a los niños que viven y trabajan en la calle. Otro objetivo era descubrir lugares desconocidos hasta entonces en los que se encontraban los niños de la calle durante las horas y los días en que no trabajaban.

166.En 2017, el Ministerio de Justicia convocó otro concurso de subvenciones (por valor de 25.000 laris) con el objetivo de sensibilizar sobre los riesgos a los que se exponen los niños que viven y trabajan en la calle y sobre los riesgos de darles dinero —dado que ello podría alentarlos a permanecer en la calle—, así como dar a conocer los mecanismos y servicios estatales de protección de la infancia. Se prepararon y distribuyeron folletos informativos en seis idiomas (georgiano, inglés, ruso, turco, azerbaiyano y armenio).

167.El UNICEF, en colaboración con el Ministerio de Desplazados Internos de los Territorios Ocupados, Trabajo, Salud y Asuntos Sociales, y con las entidades World Vision International (Georgia) y Open Society Georgia Foundation, decidió realizar un nuevo estudio para comprender mejor diversos fenómenos relacionados con la vida de los niños en la calle, así como para analizar las respuestas actuales de las instituciones con miras a formular respuestas de política y mejorar las políticas, los servicios y los mecanismos institucionales existentes. Basándose en las recomendaciones de ese estudio, el Gobierno de Georgia comenzó a formular una visión unificada y una política nacional respecto de los niños de la calle.

168.El 13 de junio de 2018, el Parlamento de Georgia aprobó la Ley de Trabajo Social. Trabajar con niños con necesidades especiales y determinar y atender sus necesidades son algunas de las tareas de los trabajadores sociales. Fortalecer la figura del trabajador social es un requisito esencial para hacer frente a los problemas de los niños, incluidos los menores que viven y trabajan en la calle.

169.La Comisión de Derechos Humanos e Integración Cívica del Parlamento de Georgia aprobó un plan para aplicar la Ley de Trabajo Social. El plan prevé la aplicación de medidas centradas en la formación de los trabajadores sociales, la popularización de su profesión, el aumento del número de trabajadores sociales y la duplicación de sus salarios a más tardar en 2024.

170.En 2019, el Parlamento aprobó el Código de los Derechos del Niño. En él se definen los derechos y las libertades fundamentales de cada niño, el sistema estatal para darles protección y apoyo y el fundamento jurídico para el funcionamiento de ese sistema.

171.Las principales disposiciones del Código entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2020. El Código de los Derechos del Niño garantiza los derechos de todos los niños, incluidos los romaníes, así como el ejercicio de esos derechos en un entorno en el que no haya discriminación, estigmatización ni aislamiento de la sociedad.

172.A largo plazo, los objetivos del Código son combatir la pobreza infantil y proteger adecuadamente a los niños contra la violencia y otras formas de explotación, la influencia perjudicial de las drogas y los juegos de azar y las amenazas que plantean los medios de comunicación e Internet. Además, el Código garantizará un mayor acceso a una educación inclusiva y a programas sanitarios de gran calidad. Los grupos de alto riesgo serán los más beneficiados por el Código.

Medidas educativas

173.Se está ejecutando el Subprograma de Apoyo a la Inclusión Social, cuyo objetivo es la integración de los niños, incluidos los niños romaníes, en el sistema educativo formal. En ese marco, en las regiones que tenían una población abundante de niños romaníes se establecieron clubes en que esos niños participan junto con compañeros georgianos en diferentes actividades educativas y culturales, incluido el aprendizaje de la lengua georgiana. Gracias al subprograma aumentó el número de niños romaníes que reciben educación formal (de 88 en 2015 a 289 en 2017).

174.En el período 2016-2017 se creó un módulo educativo cuya finalidad era que los escolares tuvieran un mayor conocimiento de los romaníes. Se organizaron conferencias informativas, seminarios y reuniones de trabajo sobre temas relacionados con la población romaní.

175.El Ministerio de Educación lleva a cabo numerosas actividades para atraer a los niños romaníes al sistema educativo. El Ministerio examina periódicamente las necesidades de los niños romaníes, y además, adopta medidas para aumentar la confianza en el sistema educativo y concienciar a la población romaní de la importancia de la educación (mediante la organización de clubes y actividades comunitarias).

176.Como parte del subprograma se organizan actos dedicados al Día Internacional del Pueblo Gitano, entre ellos exposiciones en las que se presentan objetos característicos de los romaníes y los mesjetianos en colaboración con los voluntarios del subprograma y sus beneficiarios (romaníes y mesjetianos). Actualmente se están impartiendo, incluso en internados, clases de artesanía en línea en las que un centenar de alumnos de la zona elaboran esos objetos como manera de estudiar la naturaleza única de los romaníes y los mesjetianos.

177.En el período 2017-2019, en el marco del concurso de subvenciones, las escuelas públicas de Zugdidi y Poti organizaron una actividad de capacitación sobre el terreno para los beneficiarios del subprograma en la que adolescentes romaníes y no romaníes tuvieron la oportunidad de intercambiar información sobre la cultura y la vida de los romaníes.

178.En el programa Segunda Oportunidad de Recibir Educación a Través de la Inclusión Social, el Ministerio de Educación trabaja para que los niños sin escolarizar tengan una nueva oportunidad de recibir educación y, de ese modo, garantizar el derecho a la educación de los niños que viven y trabajan en la calle, incluidos los niños romaníes. Se ha creado un programa estatal de intercambio de datos para implantar y desarrollar un sistema de seguimiento de los niños que están sin escolarizar o que corren riesgo de estarlo. Ese programa permite identificar a todos los niños que han abandonado el sistema educativo o están sin escolarizar y también determinar los motivos y el apoyo que precisan en función de sus necesidades educativas.

179.Desde 2015 se está ejecutando el programa Educación en Tránsito. Sus beneficiarios son niños de la calle que están sin escolarizar o que presentan un riesgo elevado de estarlo. El objetivo del programa es integrar a esos niños en los niveles básicos o de primaria del sistema educativo general, o promover su formación profesional, según su edad. Otro objetivo es apoyar a los beneficiarios que presentan un riesgo alto de abandono escolar mejorando su socialización y su rendimiento académico.

180.Entre 2015 y 2018 se beneficiaron de los servicios unos 250 niños (georgianos, moldavos y romaníes). De ellos, 40 niños sin escolarizar se matricularon en escuelas públicas y otros 10 en centros de formación profesional. Además, se aplicaron medidas preventivas para evitar el abandono escolar prematuro de otros beneficiarios. En 2019, el número de beneficiarios fluctuó entre 120 y 150.

181.El Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deporte de Georgia llevó a cabo numerosas actividades para atraer a adolescentes romaníes hacia el ámbito educativo y promover su plena participación en la vida pública (véase el anexo N10).

Mejora de las condiciones socioeconómicas

182.En la Estrategia Estatal de Igualdad e Integración Cívicas y el correspondiente Plan de Acción para 2015-2020 se prevé la ejecución de diversos proyectos y actividades (de carácter social, educativo y cultural) cuya finalidad es mejorar las condiciones socioeconómicas de los romaníes, aumentar su acceso a las oportunidades educativas y mantener su singular cultura. Dentro de la comisión gubernamental creada para aplicar la Estrategia de Integración Cívica de forma efectiva funciona un grupo de trabajo sobre las minorías étnicas más pequeñas y vulnerables, incluida la romaní, que garantiza una colaboración estrecha con organizaciones de la sociedad civil dedicadas a cuestiones relativas a los romaníes y también con algunos representantes de la comunidad romaní que sirven de enlace con esta. Todos los residentes en Georgia son iguales y tienen los mismos derechos de protección social garantizados por la legislación. La equidad y la imparcialidad son los principios fundamentales al adoptar decisiones relativas a la prestación de protección social.

183.Todas las personas que viven en Georgia son iguales y se les aplican las mismas disposiciones en materia de protección social. Cualquier decisión relacionada con preservar los derechos de protección social de la población se fundamenta en los principios de equidad e imparcialidad.

184.Pueden beneficiarse de los programas estatales de asistencia sanitaria todas las personas que posean documentos de identidad georgianos, documentos de identidad y documentos de viaje neutrales, las personas apátridas que tengan algún tipo de condición en Georgia, los solicitantes de asilo y las personas refugiadas o asiladas por razones humanitarias. Los romaníes y los repatriados que pertenecen a alguna de las categorías mencionadas tienen acceso al programa de asistencia sanitaria universal y a otros programas estatales especializados en 23 enfermedades.

185.De conformidad con la Ley de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación, el principio de la igualdad de trato es aplicable, entre otras cosas, a la protección social, la atención social y las prestaciones sociales. Según el Programa Estatal de Rehabilitación Social y Atención Infantil, sus diferentes servicios están a disposición de los ciudadanos georgianos, así como de las personas que no tengan ciudadanía georgiana pero posean otros documentos de identidad.

186.El objetivo del Subprograma de Alojamiento para Niños de la Calle es rehabilitar e integrar a los niños que viven y trabajan en la calle. En el marco de ese subprograma funcionan en Tiflis, Rustavi y Kutaisi 6 centros de acogida y 6 centros de día. También hay 6 grupos móviles (4 en Tiflis, 1 en Kutaisi y 1 en Rustavi) que trabajan con niños sin hogar. El subprograma emplea a tres romaníes.

187.En el período comprendido entre 2016 y 2018, dentro del Subprograma de Acogida para Niños sin Hogar, se prestaron servicios a 672 beneficiarios (de los que 288 pertenecían a minorías étnicas, incluidos 62 de la comunidad romaní). Se colocó en hogares de acogida a 9 beneficiarios, se devolvió a 28 niños a sus familias biológicas, se acogió a 13 niños en hogares de acogida pequeños de tipo familiar, y se incorporó a 28 beneficiarios al sistema de educación formal tras matricularlos en centros de enseñanza. En 2016, las familias de 12 beneficiarios participaron en el Programa de Asistencia de Emergencia para familias con niños en situación de crisis. Además, entre 2016 y 2018 se tramitó la documentación de 21 niños. En 2017 el Ministerio de Educación y Ciencia proporcionó servicios educativos especiales a 74 niños por medio de todos los servicios activos del programa para niños sin hogar.

188.En 2019, en el marco del Subprograma de Acogida para Niños sin Hogar, los grupos móviles de Tiflis, Rustavi y Kutaisi mantuvieron contactos con 428 niños sin hogar (entre ellos, niños romaníes). En total, en los centros de día y en los centros de acogida abiertos las 24 horas se atendió a 259 beneficiarios, concretamente a 183 niños en los primeros y a 76 en los segundos. Actualmente se emplea a tres menores romaníes.

189.Cabe señalar que en el período 2018-2019, en el marco de una campaña de información a gran escala dirigida a las minorías étnicas, el Ministerio de Desplazados Internos de los Territorios Ocupados, Trabajo, Salud y Asuntos Sociales organizó reuniones informativas para dar a conocer los programas sociales en las regiones densamente pobladas por esas minorías.

190.No se procesan datos sobre la composición étnica de la población (incluida la etnia romaní). Los miembros de las minorías étnicas y de la comunidad romaní que figuran entre los grupos destinatarios de los distintos programas de protección social, laboral y sanitaria tienen pleno acceso a las prestaciones y los servicios correspondientes, sin restricción alguna.

191.La información relativa al acceso al empleo se proporciona en las respuestas a las recomendaciones 12 y 13.

Prevención del matrimonio infantil

192.En la legislación georgiana el matrimonio está permitido a partir de los 18 años de edad. El 16 de diciembre de 2015 se modificó el Código Civil de Georgia para anular la disposición que permitía el matrimonio de un menor a partir de los 16 años de edad con el consentimiento de un progenitor o tutor. El 1 de enero de 2017 también se anuló la disposición que permitía el matrimonio de un menor de 17 años por voluntad propia y con autorización judicial en el caso del nacimiento de un bebé. Por consiguiente, la edad mínima para contraer matrimonio en Georgia son los 18 años.

193.Se aprobaron modificaciones legislativas para prohibir el matrimonio infantil y el matrimonio forzado. Concretamente, el 30 de marzo de 2018 se modificó el Código Penal de Georgia. Con arreglo a su artículo 1501 se introdujo un nuevo agravante del delito de matrimonio forzado: cometer el delito a sabiendas contra un menor. Además, para prevenir los matrimonios infantiles, se agregaron nuevos agravantes en el artículo 140 y se aumentaron las penas. En particular, en caso de penetración de carácter sexual en el cuerpo de una persona menor de 16 años, cometida a sabiendas por una persona adulta, por un grupo de personas o de forma reiterada, corresponde una pena de prisión de entre 8 y 10 años.

194.El programa de educación cívica se modificó radicalmente durante la revisión del plan de estudios nacional. Concretamente, se prolongó la duración del componente relativo a la educación cívica. Además, ya se ha aprobado un plan de estudios para la enseñanza primaria relativo al tema de la ciudadanía en el que se reflexiona sobre el problema del matrimonio precoz.

195.En el período 2015-2016, el Ministerio de Educación y Ciencia ejecutó el Subprograma de Educación y Participación de las Madres y los Padres. Una de las líneas estratégicas del subprograma era informar a los progenitores sobre los riesgos del matrimonio precoz. En el marco de ese subprograma se celebraron de manera sistemática reuniones con madres y padres de escolares que vivían en regiones en las que eran frecuentes los matrimonios precoces.

196.La incorporación de la perspectiva de género es un elemento importante de la Estrategia Estatal de Igualdad e Integración Cívicas que incluye la realización de campañas de información y concienciación sobre los derechos humanos, la legislación contra la discriminación, el matrimonio precoz, la violencia doméstica y la trata de personas. Como resultado de la realización del proyecto Jóvenes por la Igualdad de Género (iniciado por la Oficina del Ministro de Estado para la Reconciliación y la Igualdad Cívica y apoyado por USAID), se celebraron 282 reuniones a cargo de educadores voluntarios en 196 aldeas de 21 municipios, a las que asistieron 7.849 beneficiarios.

197.Como parte de las actividades de concienciación, los días 6 y 23 de octubre varios representantes del Ministerio de Justicia y del Organismo de Servicios Sociales impartieron una actividad de capacitación sobre el matrimonio precoz para el Grupo sobre Igualdad de Género de Samtskhe-Javakheti, compuesto por integrantes de centros juveniles del programa PITA, la Universidad Estatal de Tiflis, la Universidad de Ilia, Ninotsminda, Akhalkalaki y Akhaltsikhe, y para el Grupo sobre Igualdad de Género de Kartl-Kakheti. Durante las reuniones, los participantes deliberaron sobre el marco regulatorio del matrimonio precoz, sus causas y sus consecuencias, incluidas las de índole médica y social. Quienes participaron en la capacitación celebraron reuniones sobre el matrimonio precoz dirigidas a diferentes grupos (escolares, docentes y líderes comunitarios) en las aldeas de Samtskhe-Javakhetiy Kartl-Kakheti.

198.El 31 de marzo de 2018, el Centro de Capacitación de la Justicia y el Ministerio de Justicia organizaron una conferencia sobre el papel de las mujeres en la vida pública y política. El objetivo de la conferencia era reforzar el papel de las mujeres en las esferas económica, política y social e informar a los jóvenes, escolares y estudiantes de la región de Kakheti sobre el marco regulatorio en materia de matrimonio precoz, sus causas y sus consecuencias.

199.En 2019, el Ministerio del Interior llevó a cabo la campaña No les Robes la Infancia, de 18 días de duración, cuyo objetivo era prevenir los matrimonios precoces, erradicar los delitos que sustentan el matrimonio precoz, sensibilizar a la población y promover la denuncia inmediata de esos delitos a la policía.

Recomendación 17: personas expulsadas por la fuerza durante la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS)

200.En la Estrategia de Repatriación de las Personas Desplazadas Involuntariamente por la antigua URSS desde la República Socialista Soviética de Georgia en la década de 1940, aprobada por el Gobierno de Georgia el 12 de septiembre de 2014, se consagra el principio del retorno digno y voluntario de las personas con la condición de repatriadas y su integración.

201.En total, 5.841 personas presentaron solicitudes amparándose en la Ley de Repatriación de las Personas Desplazadas Involuntariamente por la Antigua URSS desde la República Socialista Soviética de Georgia en la Década de 1940. Esas solicitudes se revisaron una por una teniendo en cuenta el principio de la unidad de las familias. La mayoría de las solicitudes presentaban defectos, y los solicitantes tuvieron la posibilidad de subsanarlos en un plazo definido (el cual se prorrogó posteriormente). Los solicitantes no rectificaron ninguna de las solicitudes defectuosas.

202.Solo unos pocos solicitantes pudieron presentar documentos que certificaran su desplazamiento involuntario. Por esa razón, el Gobierno estableció un Consejo de Decanos formado por ancianos de etnia mesj. La función de ese Consejo era determinar el desplazamiento involuntario en los casos en que no fue posible presentar documentos acreditativos a tal efecto. Esa medida tenía por objeto eliminar los obstáculos para los solicitantes de la condición de repatriados y proteger sus intereses. En total se reconoció esa condición a 1.998 adultos (y también a todos sus familiares menores, tanto si habían nacido antes como si habían nacido después de que se presentara la solicitud).

203.La legislación de Georgia prevé un procedimiento simplificado de obtención de la ciudadanía georgiana para quienes tienen la condición de repatriados. Según ese procedimiento, esas personas están exentas de los requisitos relativos al conocimiento del idioma oficial, la historia y los principios básicos del derecho de Georgia dentro de los límites establecidos, así como los relativos a poseer una propiedad y tener empleo, entre otros.

204.Las personas que tienen la condición de repatriadas pueden solicitar la ciudadanía georgiana por el procedimiento simplificado al cabo de dos años desde que obtuvieran esa condición. Para ello deben presentar una copia de la partida de nacimiento (en el caso de los solicitantes menores de edad o nacidos en el extranjero) y un documento que certifique su condición de repatriadas.

205.Hasta la fecha han solicitado la ciudadanía georgiana 494 personas con la condición de repatriadas. A todas ellas se les concedió la ciudadanía. Ninguna de ellas renunció a la ciudadanía de otros países, lo que era un requisito indispensable para que se hiciera efectiva la ciudadanía georgiana. Mediante la modificación legislativa del 23 de agosto de 2016 se prolongó de dos a cinco años el plazo para que esas 494 personas presentasen un documento que certificase su renuncia a la ciudadanía de otro país. No obstante, hasta la fecha no se ha hecho efectiva la ciudadanía de ninguna de esas personas. Estas afirman que el procedimiento para renunciar a la ciudadanía azerbaiyana es difícil, cuestión que queda fuera del alcance de las competencias de las autoridades georgianas.

206.Cabe destacar que desde 2016 ninguna persona que posea la condición de repatriada ha solicitado la ciudadanía georgiana mediante el procedimiento simplificado. Es más, en Georgia solo viven 30 personas que poseen esa condición. La razón podría estribar en la dificultad que comporta para quienes tienen la condición de repatriadas abandonar su hogar y su vida si están bien establecidas e integradas en otro país, pese a la disposición de Georgia a recibirlas.

207.Cabe destacar también que, según la Ley Orgánica de Ciudadanía, es posible adquirir la ciudadanía georgiana por naturalización. Pueden acogerse a esa posibilidad los descendientes de personas desplazadas por la fuerza.

208.Según el artículo 17.1 de la Ley Orgánica de Ciudadanía, esta se puede conceder de manera excepcional a un ciudadano de otro país que haya hecho al país una contribución de mérito extraordinario. Además, la Presidencia de Georgia puede conceder a un extranjero la ciudadanía georgiana excepcionalmente por motivos de interés para el Estado.

Recomendación 19: Servicio de Inspección del Trabajo

209.En 2015, el Ministerio de Trabajo, Salud y Asuntos Sociales creó un Departamento de Inspección de las Condiciones de Trabajo, cuyas atribuciones se han ido ampliando gradualmente. En el período comprendido entre 2015 y 2017 sus atribuciones se habían limitado a la formulación de recomendaciones.

210.Mediante el Decreto núm. 112 del Gobierno de Georgia, de 2016, se establecieron las normas de aplicación de la inspección estatal para prevenir el trabajo forzoso y la explotación laboral y actuar frente a ellos. Según ese documento, la Inspección del Trabajo es una autoridad competente que se ocupa de realizar supervisiones programadas y no programadas para detectar casos de trabajo forzoso y explotación laboral y tomar medidas al respecto.

211.En 2018 se aprobó la Ley de Seguridad en el Trabajo. Tras la aprobación de la Ley, en agosto de 2018, la Inspección del Trabajo comenzó a inspeccionar varios sectores en que se realizaban trabajos pesados, nocivos y peligrosos, que comportaban un mayor nivel de riesgo. En 2019 la Ley de Seguridad en el Trabajo se convirtió en ley orgánica mediante la cual se mejoraron las normas de seguridad. Además, se desarrollaron normas de seguridad en el trabajo y se solucionaron determinados defectos de la ley que planteaban trabas para garantizar eficazmente la seguridad en el trabajo.

212.En concreto, se ampliaron las atribuciones de la Inspección del Trabajo, cuyas actividades abarcan ahora todos los sectores de la actividad económica. Asimismo, hasta el 1 de septiembre, la Inspección del Trabajo solo podía efectuar un control no programado de una empresa o compañía si había recibido una autorización judicial previa. Con arreglo a las modificaciones introducidas, la Inspección del Trabajo está facultada para realizar inspecciones, controles o comprobaciones de cualquier espacio de trabajo sujeto a procedimientos de inspección a cualquier hora del día.

213.La labor relativa a la Ley de Inspección del Trabajo aún no ha acabado. En particular, se están preparando modificaciones cuyo objetivo es introducir normas estrictas con las que proteger los derechos laborales y adaptar la legislación y los procedimientos de aplicación de Georgia en consonancia con los compromisos internacionales del país.

214.También se están preparando modificaciones del Código Laboral de Georgia, con arreglo a las cuales la Ley de Inspección del Trabajo se aplicaría también a las relaciones laborales. Actualmente la Inspección del Trabajo está facultada para supervisar las relaciones laborales sobre la base de su mandato de formular recomendaciones, lo que plantea dificultades.

215.Cabe destacar que en 2019 entraron en vigor varias modificaciones del Código Laboral entre las que figuraba una disposición por la que se prohibían todas las formas de discriminación y abuso sexual. La Defensoría del Pueblo es una de las autoridades competentes para controlar la aplicación de las disposiciones pertinentes. Según el proyecto de modificaciones, la Inspección del Trabajo se ocupará de aplicar las disposiciones pertinentes contra la discriminación.

216.En enero de 2020, el Gobierno de Georgia aumentó el número de inspectores de trabajo de 40 a 100, una medida necesaria para aplicar eficazmente el mandato ampliado de la Inspección del Trabajo.

Recomendación 21: solicitantes de asilo

Conformidad de la Ley de Protección Internacional de Georgia con las normas internacionales

217.El Parlamento de Georgia aprobó la Ley de Protección Internacional el 1 de diciembre de 2016, que entró en vigor el 1 de febrero de 2017. Sobre la base de esa ley se aprobaron reglamentos sobre las siguientes cuestiones:

•el procedimiento para conceder el asilo;

•los procedimientos para el ingreso en un centro de recepción o para el alojamiento en otros lugares;

•el formulario para expedir certificados para los solicitantes de asilo y los procedimientos para la expedición y la modificación de esos certificados;

•los procedimientos para tomar las huellas dactilares a un solicitante de asilo y para tratar esos datos personales; y

•las condiciones para el almacenamiento de los datos personales tramitados con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Protección Internacional.

218.En la ley se definen tres modalidades de protección internacional: la protección como refugiado, la protección por razones humanitarias y la protección temporal.

219.El ACNUR participó activamente en la redacción de la ley y los reglamentos. La ley cumple plenamente la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, e incorpora disposiciones de las Directivas 2011/95/UE y 2013/32/UE de la Unión Europea.

220.En la ley se establecen las normas de recepción y tratamiento de los solicitantes de asilo; su estatuto jurídico; sus derechos y obligaciones; las garantías sociales y económicas para los solicitantes de asilo y las personas bajo protección internacional; los procedimientos para conceder, dar por terminada, revocar y retirar la protección internacional; las competencias de las instituciones gubernamentales, y el mecanismo de coordinación para aplicar los procedimientos de concesión de asilo de manera eficaz y justa.

221.La ley establece también los principios básicos, las normas aplicables a todas las etapas del procedimiento de asilo, los procedimientos aplicables a las personas con necesidades especiales, y los derechos y las libertades de los solicitantes de asilo y de las personas bajo protección internacional.

222.Además, se definen, entre otros, los siguientes principios: la no expulsión, la no discriminación, la confidencialidad, la integridad familiar, el estatuto subsidiario, el interés superior del menor, la entrada masiva, las personas con necesidades especiales, una alternativa al desplazamiento interno, el progenitor único, la exención de responsabilidad penal por el cruce ilegal de fronteras, etc.

Procedimiento justo y eficiente para conceder el asilo

223.La División de Protección Internacional del Departamento de Migración del Ministerio del Interior es responsable de las cuestiones relacionadas con el asilo. Consta de cuatro subdivisiones: una subdivisión encargada de establecer la condición de refugiado, el Centro de Recepción de Solicitantes de Asilo, otra subdivisión encargada de recabar información sobre los Estados de origen, y la subdivisión de aseguramiento de la calidad.

224.Cabe destacar que el centro de recepción temporal, equipado conforme a las normas más recientes, depende del Departamento de Migración.

225.En Georgia, el procedimiento para conceder el asilo es un proceso legal que comprende las medidas adoptadas por los organismos estatales responsables del cumplimiento de la Ley de Protección Internacional, desde el momento en que se presenta una solicitud de protección internacional hasta que se dicta la decisión definitiva sobre la protección internacional, incluso hasta el momento en que tiene efecto la decisión judicial.

226.Las personas extranjeras y apátridas tienen derecho a solicitar protección internacional en la frontera del Estado de Georgia en el momento de entrar en el país, así como durante su estancia en el territorio de Georgia. En el caso de que una persona extranjera o apátrida entre o permanezca ilegalmente en el territorio de Georgia, debe presentar de inmediato una solicitud de protección internacional al organismo estatal correspondiente. En tal caso, quedará exenta de responsabilidad penal en virtud del artículo 7 de la Ley de Protección Internacional.

227.El organismo estatal deberá velar por que se traduzca la información que se proporciona a las personas extranjeras o apátridas a un idioma que comprendan, lo cual es imprescindible para iniciar el procedimiento de concesión de asilo. El organismo estatal debe elaborar un protocolo inmediatamente después de recibir una solicitud de protección internacional y remitir a la persona al Ministerio en un plazo de tres días. Si la persona tiene necesidades especiales, se la debe remitir de inmediato. Si la persona solicitante de asilo es menor de edad, se le debe nombrar inmediatamente un tutor o cuidador.

228.El Ministerio debe decidir sobre la concesión o denegación de la protección internacional en un plazo de 6 meses (el examen del caso puede prorrogarse hasta 21 meses). La decisión del Ministerio se puede recurrir ante un tribunal, con arreglo a la legislación de Georgia, en el plazo de un mes desde que se dicte.

229.Hasta que tenga efecto la sentencia judicial, la persona solicitante de asilo gozará de los derechos y las garantías que se definen en la Ley de Protección Internacional. Las decisiones del tribunal de primera instancia pueden recurrirse ante el Tribunal de Apelación en un plazo de 15 días. Las decisiones de este último son definitivas y no admiten recurso.

230.Según el artículo 69 de la Ley de Protección Internacional, un motivo posible para denegar una solicitud de protección internacional es que la persona solicitante de asilo o de protección internacional pueda suponer una amenaza para la seguridad del Estado de Georgia. En caso de denegación de la protección internacional, se debe enviar una decisión debidamente fundamentada a la persona solicitante de asilo, en georgiano o traducida a un idioma que comprenda.

231.Toda decisión adoptada por el Ministerio durante el procedimiento para conceder el asilo, incluida la denegación de la protección internacional basada en consideraciones relacionadas con la seguridad del Estado, puede ser recurrida ante un tribunal con arreglo a la legislación de Georgia en el plazo de un mes desde que se comunique la decisión a la persona solicitante de asilo.

232.Los tribunales tienen pleno acceso a la información relacionada con la seguridad del Estado que haya servido como fundamento para denegar la protección internacional. La Defensoría del Pueblo también puede acceder a esa información.

233.Si el tribunal de primera instancia deniega la solicitud de la persona solicitante de asilo, esta puede recurrir la decisión ante el Tribunal de Apelación. Las decisiones de este último son definitivas y no admiten recurso.

234.Hasta que tenga efecto la sentencia judicial, la persona solicitante de asilo gozará de los derechos y las garantías que se definen en la Ley de Protección Internacional, como el acceso a asistencia jurídica gratuita, incluso en lo relativo a su solicitud de protección internacional.

235.El Servicio de Asistencia Jurídica ofrece toda clase de asistencia jurídica gratuita a las personas solicitantes de asilo y apátridas, independientemente de su condición social y de otros criterios.

236.El Servicio de Asistencia Jurídica revisa continuamente la necesidad de ampliar su mandato. Sobre la base de esa revisión, está previsto ampliar su mandato en 2020. Tras las modificaciones introducidas en la legislación, las personas solicitantes de asilo y apátridas tendrán acceso a asistencia jurídica gratuita también ante los órganos administrativos.

237.Asimismo, el Servicio de Asistencia Jurídica tiene previsto crear un grupo de abogados muy cualificados que se ocupen de los casos de las personas solicitantes de asilo. Seleccionará a los abogados mediante concurso y dará prioridad a los que pertenezcan a minorías étnicas y tengan conocimientos de idiomas minoritarios. La asignación de los casos a esos abogados será diferente, y además estos recibirán beneficios. El Servicio de Asistencia Jurídica velará por que los abogados seleccionados reciban capacitación y educación jurídica de manera continua.

Recomendación 23: apátridas

238.Georgia adopta medidas activas para reducir y prevenir los casos de apatridia, como lo demuestra la aprobación en 2014 de la Ley sobre la Condición Jurídica de los Extranjeros y los Apátridas. El grupo de trabajo sobre la apatridia de la Comisión Estatal sobre Cuestiones de Migración redactó esa ley basándose en un análisis de la legislación nacional y de la práctica. En el grupo de trabajo participaron representantes de diferentes organismos estatales, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales.

239.La Ley Orgánica de Ciudadanía no contiene ninguna disposición relativa a los niños que de otro modo serían apátridas. No obstante, sí que prevé diferentes posibilidades para que esos niños adquieran la ciudadanía georgiana. Durante la redacción de la ley se evaluaron los riesgos de apatridia de los niños y, tras realizar un análisis de la legislación y la práctica, se incluyeron en ella las normas detalladas a continuación.

240.Un niño adquirirá la ciudadanía georgiana por nacimiento en los casos siguientes:

•si ha nacido en el territorio de Georgia mediante gestación subrogada y el país del que son ciudadanos los progenitores no lo reconoce como ciudadano;

•si ha nacido en el territorio de Georgia y sus progenitores tienen la condición de apátridas en Georgia;

•si ha nacido en el territorio de Georgia, uno de sus progenitores tiene la condición de apátrida en Georgia y el otro progenitor se desconoce;

•si vive en Georgia y se desconocen los dos progenitores (su identidad o su nacionalidad).

241.Las disposiciones mencionadas reducen al mínimo el riesgo de que un niño nacido en el territorio de Georgia sea apátrida. Conviene destacar que en la práctica no ha habido ningún caso en el que una persona nacida en Georgia necesitara adquirir la ciudadanía georgiana porque de otro modo sería apátrida. Antes de 2014 hubo algunos casos en que se planteó el riesgo de apatridia en niños nacidos mediante gestación subrogada y no reconocidos como ciudadanos por el país del que eran ciudadanos sus progenitores. Con el fin de solucionar ese problema se aprobó una normativa nueva. Existe la posibilidad teórica de que un niño se convierta en apátrida si nace en Georgia y la ciudadanía de los progenitores no se le aplica debido al ius soli o por motivos de discriminación de género. Sin embargo, en ese caso se le reconocería la condición de apátrida y podría adquirir la ciudadanía georgiana si la solicitase después de haber vivido en Georgia durante cinco años.

242.La citada ley prevé para los apátridas la posibilidad de adquirir la ciudadanía georgiana por naturalización mediante procedimiento ordinario, simplificado o de restablecimiento.

243.Para la concesión de la ciudadanía georgiana mediante el procedimiento ordinario se han de cumplir los siguientes requisitos:

a)residencia legal en Georgia de manera ininterrumpida durante los diez años inmediatamente anteriores a la fecha en que se solicite la ciudadanía georgiana;

b)conocimiento del idioma oficial, la historia y los principios básicos del derecho de Georgia dentro de los límites establecidos;

c)tener empleo o una propiedad inmobiliaria en Georgia, o bien un negocio en territorio georgiano o una participación o acciones en una empresa georgiana.

244.Se puede conceder la ciudadanía georgiana por el procedimiento simplificado a una persona que esté casada con un ciudadano georgiano y haya residido legalmente de forma continuada en Georgia durante los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha en que solicite la ciudadanía georgiana, y que conozca el idioma oficial, la historia y los principios básicos del derecho de Georgia dentro de los límites establecidos, siempre que no haya ningún motivo para denegarle la ciudadanía georgiana por naturalización.

245.Se debería conceder a una persona la ciudadanía georgiana por el procedimiento de restablecimiento si anteriormente se le retiró de manera ilegal, si había renunciado a ella o si la había perdido como consecuencia de la decisión de sus progenitores. Según la citada ley, toda persona que desee adquirir la ciudadanía georgiana debe conocer el idioma oficial dentro de los límites establecidos. Tampoco puede pesar sobre su persona ningún motivo para denegarle la ciudadanía georgiana por naturalización. Los requisitos señalados no se aplican a las personas cuya ciudadanía se retiró ilegalmente.

246.Desde julio de 2016, los municipios participan en los procedimientos relacionados con la concesión de la ciudadanía georgiana. Pueden determinar si la persona reside (está presente) en el territorio de Georgia. El organismo competente otorga la ciudadanía georgiana basándose en los certificados emitidos por los municipios. Si mediante ese procedimiento no es posible obtener la ciudadanía georgiana, esta se puede adquirir también por el procedimiento simplificado. En ese caso, la persona debe conocer el idioma oficial, la historia y los principios básicos del derecho de Georgia dentro de los límites establecidos, y sobre ella no debe pesar ningún motivo para denegarle la ciudadanía georgiana por naturalización.

247.Cabe destacar que Georgia sigue adoptando medidas para reducir y prevenir la apatridia. En octubre de 2019, durante el período de sesiones del Comité Ejecutivo del ACNUR, Georgia se comprometió a conceder a los apátridas la ciudadanía georgiana por naturalización y a mejorar sus derechos. Para cumplir ese compromiso, a más tardar en 2021 se modificará la Ley Orgánica de Ciudadanía; en concreto, el requisito de diez años de residencia en Georgia se reducirá a cinco años para los apátridas que residan en el país y deseen adquirir la ciudadanía georgiana.

248.El principio relativo a los niños que de otro modo serían apátridas, recogido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, figura en el programa del grupo de trabajo sobre la apatridia de la Comisión Estatal sobre Cuestiones de Migración. En 2019 el grupo de trabajo decidió estudiar la legislación y la práctica de la Unión Europea, así como los riesgos relacionados con la migración en Georgia. En función de los resultados del estudio, el grupo de trabajo decidirá si el principio mencionado debe incorporarse a la legislación georgiana.

Respuesta a las recomendaciones finales

Adhesión a los tratados internacionales

249.Georgia se adhirió al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, de fecha 19 de diciembre de 2011. El Protocolo entró en vigor en el país el 19 de diciembre de 2016.

250.En consonancia con las recomendaciones, Georgia inició el proceso nacional para la adhesión a los siguientes instrumentos jurídicos internacionales auspiciados por las Naciones Unidas: Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En ese proceso participan todas las autoridades competentes.

Enmienda del artículo 8 de la Convención

251.De acuerdo con la recomendación, se iniciaron los procedimientos nacionales, que están en curso.

Actualización del documento básico común

252.El documento básico común está en proceso de actualización.

Difusión de información

253.Como se ha indicado más arriba, todos los organismos competentes participaron en la elaboración del presente informe. El proyecto de informe se presentó a la Defensoría del Pueblo y a las organizaciones internacionales y no gubernamentales que trabajan sobre el terreno para que hicieran llegar sus observaciones y sugerencias. Además, el proyecto de informe se presentó al Parlamento para que lo examinara y se puso a disposición del público. Las observaciones finales del Comité se tradujeron al georgiano y se comunicaron a todos los organismos pertinentes. Las recomendaciones del Comité se incorporaron en los planes de acción nacional para la protección de los derechos humanos con el fin de facilitar la coordinación de las actividades destinadas a aplicarlas.

III.Situación en los territorios ocupados y discriminación de las personas de etnia georgiana

254.La situación de los derechos humanos en las regiones ocupadas se deteriora cada vez más. Los georgianos que viven en las regiones de Abjasia y Tsjinvali son víctimas de una discriminación por motivos étnicos que plantea una verdadera amenaza de que se produzca una nueva ola de depuración étnica. En Sujumi y Tsjinvali, los regímenes de ocupación rusos violan de manera flagrante los derechos humanos y las libertades fundamentales, lo que incluye, entre otras cosas, la vulneración del derecho a la vida, así como la tortura y los malos tratos, el secuestro y la detención ilegal, la vulneración del derecho a recibir educación en la lengua materna, así como restricciones al derecho a la vida, a la propiedad y a la libertad de circulación.

255.A pesar de los esfuerzos de la comunidad internacional, como consecuencia de diversas actividades de depuración étnica, cientos de miles de refugiados y desplazados internos siguen sin tener la oportunidad de regresar a sus hogares de manera segura y digna.

256.La privación de la vida de ciudadanos de Georgia se ha convertido en una tendencia alarmante en los últimos años, como lo demuestran los asesinatos de David Basharuli en 2014, Giga Otkhozoria en 2016 y Archil Tatunashvili en 2018. Hay que señalar que en todas esas muertes participaron de manera directa representantes del régimen de ocupación ruso. Cabe destacar que, en el caso del asesinato de Archil Tatunashvili, este fue torturado sin piedad, lo que fue confirmado por un experto. Además, Irakli Kvratskhelia, ciudadano de Georgia detenido ilegalmente por las fuerzas de ocupación rusas, falleció en la base militar rusa de la región ocupada de Abjasia. Resulta alarmante que, pese a los reiterados llamamientos de la comunidad internacional y a la cooperación constructiva del Gobierno de Georgia, no se pueda impartir justicia en estos casos mencionados. Así, sus autores continúan impunes. La situación descrita no solo agrava el clima de impunidad, sino que fomenta la violencia por motivos étnicos y los delitos contra la población georgiana.

257.En los territorios ocupados, una de las dificultades principales sigue siendo la libertad de circulación, que es una de las herramientas para practicar la discriminación por motivos étnicos. En Sujumi y Tsjinvali, el régimen de ocupación ruso está tratando de manera deliberada de restringir la libertad de circulación de la población mediante la colocación de alambradas de púas y barreras artificiales a lo largo de la línea de ocupación, la detención ilegal y el secuestro de personas, así como la imposición de diversas restricciones de carácter discriminatorio.

258.Las fuerzas de ocupación rusas (contingentes del Servicio Federal de Seguridad) siguen reforzando la línea de ocupación que separa las regiones de Abjasia y Tsjinvali mediante la colocación de alambradas de púas y otras barreras artificiales. Esto afecta a más de 800 familias de la zona, que de ese modo se ven privadas de la posibilidad de visitar a sus familiares y no pueden acceder a sus propiedades, tierras agrícolas, lugares de culto ni cementerios. Tampoco pueden recibir atención de salud ni acudir a centros educativos en el territorio controlado por el Gobierno. Debido a esas restricciones discriminatorias, muchas familias georgianas se han visto obligadas a abandonar sus lugares de residencia.

259.Para restringir la libertad de circulación, los regímenes de ocupación cierran con frecuencia los llamados “puntos de paso”. En 2016 y 2017 se cerraron cuatro “puntos de paso” en la región de Abjasia. En enero y febrero de 2019 el tráfico se restringió durante un mes en la región de Abjasia y durante dos meses en la región de Tsjinvali. En junio de 2019 se cerró la frontera de ocupación de Abjasia, lo que comportó graves perjuicios para los georgianos que vivían en la región de Gali y deseaban matricularse en las instituciones de enseñanza superior situadas en el territorio controlado por Georgia. La frontera de ocupación permanece cerrada desde septiembre de 2019 por tiempo indefinido, lo que supone el aislamiento total de la región y está llevando a la población local al borde de una crisis humanitaria, sobre todo en el distrito de Ajalgori, habitado por personas de etnia georgiana. Toda la región se enfrenta a una escasez de alimentos y medicamentos. El cierre de los “puntos de paso” afectó principalmente a los grupos vulnerables, que ya no pueden recibir tratamiento médico ni cobrar su pensión en el territorio controlado por Georgia. La negativa a autorizar la evacuación médica del distrito de Ajalgori ha provocado 14 muertes desde septiembre de 2019. El número de muertes de inocentes sigue aumentando a causa de un criterio irresponsable y totalmente contrario a los principios humanitarios. Se deniega a las personas la evacuación de emergencia por su origen étnico.

260.El número de detenciones ilegales y secuestros es inquietante. Según los datos del Gobierno, desde 2016 las fuerzas de ocupación rusas han detenido a 305 personas en Abjasia y a otras 468 en la región de Tsjinvali. Esas estadísticas se basan en los datos reunidos por el Gobierno de Georgia, que solo representan entre el 15 % y el 20 % del número real de casos. Los regímenes de ocupación no adoptan una postura humanitaria y no dudan en detener a mujeres, ancianos, niños, médicos y clérigos.

261.En la región de Gali (Abjasia), las fuerzas del régimen de ocupación obligan desde 2016 a los residentes georgianos a registrarse como “extranjeros” en su propia patria. Ese proceso restringe los derechos fundamentales de los georgianos del lugar, como el derecho a la vida privada y al trabajo, la libertad de circulación y el derecho a la propiedad.

262.En relación con la discriminación étnica, también es alarmante la prohibición de la educación en la lengua materna. La educación en lengua georgiana está prohibida en Abjasia desde 2015 y en la región de Tsjinvali desde 2017, lo que hace que cada año más de 4.000 estudiantes no puedan recibir educación en su lengua materna.

263.También merecen mención aparte los casos de acoso y opresión sufridos por varios defensores de los derechos humanos y activistas civiles en los territorios ocupados, a menudo por motivos étnicos.

264.En los territorios ocupados, el derecho a la propiedad de las personas de etnia georgiana se infringe constantemente. Durante la guerra ruso-georgiana de 2008 y en los años posteriores se quemaron y destruyeron deliberadamente decenas de miles de casas de personas de etnia georgiana. En el llamado “Parlamento” de la Abjasia ocupada se está tramitando un “proyecto de ley” especial que anula el derecho de heredar propiedades incluso de los familiares de las personas que lucharon contra la llamada “independencia” de Abjasia en 1992 y 1993. En otoño de 2017, el régimen de ocupación de Tsjinvali destruyó en la aldea de Eredvi hasta 300 casas de desplazados internos georgianos, y en 2019 comenzaron las obras para convertir esa misma zona en un vertedero que está previsto que comience a funcionar a finales de este año. También cabe destacar la destrucción de la aldea de Dzartsemi y su transformación en una zona de instrucción militar. Como consecuencia de la agresión rusa y de la continuidad de las acciones ilegales dirigidas a erradicar todo vestigio georgiano de la región ocupada de Tsjinvali/Osetia del Sur, se destruyeron completamente 11 aldeas georgianas (Tamarasheni, Kvemo Achabeti, Zemo Achabeti, Kurta, Kekhvi, Kheiti, Dzartsemi, Kemerti, Argvitsi, Berula, Eredvi), entre otras.

265.La discriminación étnica que se practica actualmente en los territorios ocupados supone una pesada carga para la población afectada por el conflicto, que vive sometida a una tensión y una opresión permanentes y se ve obligada a convertirse en rehén de la rusificación ilegal o abandonar su hogar y sumarse a los cientos de miles de desplazados internos y de refugiados resultantes de las diversas oleadas de depuración étnica. La Federación de Rusia no permite que entren en la región representantes de mecanismos internacionales de derechos humanos. Continúa impidiendo la creación de mecanismos internacionales de seguridad sobre el terreno y deniega a la Misión de Observación de la Unión Europea (EUMM) el acceso a las regiones de Abjasia y Tsjinvali, pese a que el mandato de la Misión abarca todo el territorio de Georgia.

266.Debido a la ocupación ilegal y a la anexión de facto de las regiones de Abjasia y Tsjinvali por parte de la Federación de Rusia, el Gobierno de Georgia no puede ejercer su legítima jurisdicción en esas regiones. La Federación de Rusia ejerce el control efectivo sobre el terreno y, por tanto, como fuerza de ocupación, es totalmente responsable de las graves violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales que se cometen en las regiones de Abjasia y Tsjinvali.

267.A pesar de las actividades ilegales de la Federación de Rusia, el Gobierno de Georgia sigue una política centrada en la resolución pacífica del conflicto, lo que consiste, por un lado, en realizar una labor orientada a lograr que la Federación de Rusia desocupe los territorios de Georgia y, por el otro, en promover un proceso de reconciliación y creación de confianza entre las sociedades divididas por la guerra y por las fronteras de ocupación.

268.El Gobierno de Georgia, con el apoyo de la comunidad internacional y una estrecha colaboración con esta, utiliza todos los medios diplomáticos y jurídicos disponibles para lograr que se protejan los derechos de todos los desplazados internos y de las personas que viven actualmente en los territorios ocupados. En ese sentido, el Gobierno trata de aprovechar los foros de negociación, en particular, las negociaciones internacionales en Ginebra y los mecanismos de prevención de incidentes y respuesta a ellos que existen en los marcos correspondientes. Sin embargo, Moscú politiza deliberadamente los problemas humanitarios de sus actividades destructivas, lo que impide que se celebren debates sustanciales y, por ende, que se obtengan resultados en el marco de las negociaciones. Debido a esas políticas, no se ha celebrado ninguna reunión con el formato mencionado en la Gali ocupada desde 2018, ni en la Tsjinvali ocupada desde 2019.

269.El Gobierno de Georgia sigue manteniendo a la comunidad internacional al corriente de la situación de los derechos humanos y la discriminación étnica de la que son objeto los georgianos en los territorios ocupados. Esas cuestiones se plantean activamente en todos los foros bilaterales y multilaterales pertinentes y figuran en numerosos documentos aprobados por Estados y organizaciones internacionales.

270.En 2018, el Gobierno de Georgia aprobó la lista de personas acusadas y condenadas por asesinato, secuestro, tortura y trato inhumano, lesiones graves a ciudadanos de Georgia y ocultamiento de esos delitos en los territorios ocupados (la llamada “lista Otkhozoria-Tatunashvili”) y sigue cooperando activamente con organizaciones internacionales y Estados asociados para introducir las medidas restrictivas correspondientes contra los responsables de esos delitos.

271.Desde el principio de la pandemia de COVID-19, el Gobierno de Georgia expresó su disposición a prestar todo su apoyo a la población que residía al otro lado de la línea de ocupación. En los hospitales situados en el territorio controlado por Georgia se proporcionó tratamiento médico gratuito a los pacientes de COVID-19 (así como a los enfermos crónicos, incluidos los de cáncer) de las regiones ocupadas. El mecanismo de línea directa facilitado por la EUMM ha estado en funcionamiento para facilitar la evacuación médica de personas de las regiones ocupadas. Además, se aceleró la construcción del hospital multifuncional de Rukhi, que se inauguró el 24 de abril de 2019 y es el más cercano a la línea de ocupación de la región de Abjasia. El Gobierno logró proporcionar una importante ayuda humanitaria a la población que vive en esa región; en cambio, el régimen de ocupación de Tsjinvali sigue negándose a recibir cualquier tipo de ayuda. Desde el lado georgiano se ha utilizado el mecanismo de línea directa facilitado por la EUMM, así como distintas vías interpersonales para hacer llegar la ayuda humanitaria.

IV.Cumplimiento de otras obligaciones que emanan de la Convención

Artículo 2Estrategia y plan en materia de derechos humanos

272.Desde 2016, el Gobierno ha llevado a cabo importantes reformas para elevar el nivel de protección de los derechos humanos.

273.Georgia es parte en los principales acuerdos internacionales en materia de derechos humanos. Según la Constitución del país, todo tratado internacional en que Georgia sea parte prevalecerá sobre la legislación nacional, a menos que el tratado contradiga la Constitución o el Acuerdo Constitucional de Georgia (art. 4, párr. 5).

274.La Estrategia Nacional de Derechos Humanos 2014-2020 y los planes de acción correspondientes son documentos cruciales para la protección de los derechos humanos. Durante el período que abarca el informe, el Gobierno aprobó los planes de acción para los períodos 2014-2015, 2016-2017 y 2018-2020.

275.La Secretaría de Derechos Humanos del Gobierno de Georgia y el Consejo Interinstitucional del Primer Ministro de Georgia supervisan la aplicación efectiva de los planes de acción. En la labor del Consejo Interinstitucional participan representantes de organizaciones cívicas locales y organizaciones internacionales, que tienen derecho a voto con fines deliberativos. El Gobierno presenta al Parlamento informes sobre el estado de aplicación de los planes de acción.

276.En 2020 se introdujeron cambios por los que se ampliaron tanto la composición del Consejo Interinstitucional como su mandato. Además, dentro del Consejo se creó un grupo consultivo formado por representantes de organizaciones no gubernamentales.

277.En marzo de 2020 el Gobierno creó un grupo de trabajo interinstitucional con el objetivo de desarrollar la segunda Estrategia Nacional de Derechos Humanos y el cuarto Plan de Acción sobre Derechos Humanos.

278.El Gobierno de Georgia colabora activamente en diversos ámbitos con entidades no gubernamentales para mejorar las normas de derechos humanos en el país. Cabe destacar que los planes de acción sobre derechos humanos, que el Gobierno aprueba cada dos años para hacer cumplir la Estrategia Nacional de Derechos Humanos (2014-2020), suelen elaborarse siguiendo un proceso inclusivo en el que participan organizaciones locales e internacionales. De manera similar, con la colaboración de entidades no gubernamentales se elaboran diversos planes sectoriales en el ámbito de la protección de los derechos humanos.

279.En 2019 se aumentaron las funciones del Consejo de Derechos Humanos dependiente del Primer Ministro de Georgia, y se definieron cuatro prioridades de su labor: la Comisión sobre la Igualdad de Género, la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica; la Comisión Interinstitucional sobre los Derechos de la Infancia y para la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño; el Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre Igualdad y Lucha contra la Discriminación; y la Comisión Interinstitucional sobre las Personas con Discapacidad y para la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Las organizaciones no gubernamentales interesadas participan activamente en la labor del Consejo en el marco de grupos asesores y cooperan en los procesos relativos a diversos temas. Actualmente más de 70 organizaciones forman parte del grupo consultivo.

Artículo 4Prohibición de la discriminación racial

280.El artículo 1421 del Código Penal de Georgia prohíbe la discriminación racial, que incluye, entre otras cosas, toda acción que incite a la rivalidad o la discordia nacional o racial.

281.En 2015 se agregó al Código Penal un nuevo artículo que prohíbe la incitación pública de actos de violencia. En particular, se considera delito la incitación pública de actos de violencia, sea de forma oral, escrita o empleando otros medios de expresión, con el fin de sembrar la discordia entre determinados grupos por sus características raciales, religiosas, nacionales, provinciales, étnicas, sociales, políticas, lingüísticas o de otra clase, cuando ello plantee un riesgo claro, directo y sustancial de que se desaten actos de violencia.

282.De conformidad con la Constitución, son inadmisibles la creación y la actividad de cualquier partido político que incite a la guerra o la violencia o que alimente conflictos de índole nacional, étnica, provincial, religiosa o social (art. 23, párr. 3).

283.Durante asambleas o manifestaciones, está prohibido exhortar a actos que tengan por objeto instigar a la guerra o la violencia y que inciten a la hostilidad por motivos nacionales, regionales, religiosos o sociales y planteen una amenaza evidente, directa y esencial.

Artículo 5Libertad de religión

284.La libertad de religión y la libertad de creencias están reconocidas y protegidas por la Constitución, por los tratados internacionales vigentes en Georgia y por la Ley de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación.

285.La creación y el registro de organizaciones religiosas en Georgia son gratuitos. Según estas decidan, se pueden registrar como entidades jurídicas de derecho público o como entidades jurídicas de derecho privado, o bien pueden funcionar como agrupaciones no registradas.

286.El Consejo Interreligioso depende del Organismo Estatal de Asuntos Religiosos y cuenta con la participación de casi todas las asociaciones religiosas de Georgia.

287.Aunque Georgia no es la sucesora legal de la Unión Soviética, el Estado está devolviendo de manera gradual a las organizaciones religiosas los edificios de culto, que habían pasado a ser propiedad del Estado tras el restablecimiento de la independencia, y compensa simbólica y parcialmente los daños causados durante el régimen soviético.

288.Desde 2014 hasta la fecha se han devuelto 212 mezquitas a la comunidad musulmana, 20 sinagogas a la comunidad judía, 2 iglesias a la Iglesia evangélica protestante y 1 iglesia a la Iglesia evangélica luterana. En 2015 el Estado compró dos edificios de cuatro plantas (con un valor total de 5 millones de laris) y los transfirió, con el correspondiente derecho de uso, a la Administración Religiosa Suprema de Todos los Musulmanes de Georgia. También se transfirió terreno y su derecho de uso a la comunidad yazidí, que construyó en él un edificio de culto y un centro cultural. Sigue en curso el proceso de devolución de edificios de culto. Entre 2014 y 2019 la comunidad musulmana recibió 14.300.000 laris; la comunidad católica romana, 2.800.000 laris; la comunidad apostólica armenia, 4.100.000 laris; y la comunidad judía, 2.050.000 laris.

Artículo 6Reforma judicial y mediación

289.En el período comprendido entre 2016 y 2019, mediante los cambios introducidos durante las denominadas oleadas tercera y cuarta de reformas judiciales, se incrementaron las garantías en materia de independencia judicial, rendición de cuentas, eficiencia, transparencia y accesibilidad. Se establecieron en la legislación criterios detallados para la selección de personas a la judicatura y se perfeccionaron los procedimientos para su selección y nombramiento. Todos los candidatos a la judicatura se deben nombrar mediante concurso.

290.A fin de aumentar la independencia y la eficiencia de la administración de justicia y la confianza del público en ella, en 2018 se puso en marcha en los juzgados ordinarios un sistema de distribución electrónica aleatoria de los casos, y desde 2019 existe una base de datos unificada de sentencias judiciales.

291.La reforma aumentó la independencia y la rendición de cuentas del Consejo Superior de Justicia. En el marco de esa reforma se adoptaron las siguientes medidas: se elaboraron normas relativas al conflicto de intereses; se estableció la obligación de fundamentar y publicar las decisiones del Consejo relativas al nombramiento vitalicio de jueces y el nombramiento de presidentes de los tribunales; y se aumentó la independencia de la Escuela Superior de Justicia.

292.Se creó la figura del inspector independiente, que realiza una investigación objetiva, imparcial y minuciosa y un examen preliminar de las faltas disciplinarias presuntamente cometidas por jueces y actúa con independencia del Consejo Superior de Justicia. También se mejoraron los procedimientos disciplinarios contra jueces.

293.Se introdujeron cambios legislativos para hacer frente al problema del atraso en las causas y la sobrecarga de los juzgados. Para ello, se establecieron especializaciones precisas de los jueces y se aumentó el número de secretarios judiciales. Además, se están desarrollando medios alternativos de solución de controversias. La administración de justicia sigue trabajando activamente para avanzar en esa dirección.

294.En 2016 se introdujeron cambios legislativos para mejorar el sistema de juicios por jurado y adecuarlo a las normas internacionales, de modo que se crearon garantías adicionales para la imparcialidad y la seguridad de los miembros de los jurados.

295.Desde 2015 se han ampliado de manera significativa las atribuciones del Servicio de Asistencia Jurídica; ahora proporciona asistencia jurídica gratuita, incluso en controversias familiares, de sucesiones y sociales, si la persona es insolvente y el asunto es difícil e importante. Anteriormente solo se ofrecía representación letrada ante los tribunales en asuntos penales.

296.En el período 2018-2019 se elaboró un conjunto de medidas legislativas relativas a la mediación y, tras su aprobación (el 18 de septiembre de 2019) se institucionalizó la mediación judicial y privada. La mediación permite a las partes solucionar las controversias de manera más rápida y económica, fuera de los tribunales o con una participación mínima de estos, haciendo uso de un mediador calificado e inscrito en el Registro Único de Mediadores.

297.El 20 de diciembre de 2018, el Ministerio de Justicia firmó un memorando de entendimiento con la Corte Internacional de Arbitraje. Según el memorando, las partes estudiarían el sector de la solución de controversias en la región y harían un esfuerzo conjunto para ayudar a Georgia a erigirse en el centro del arbitraje internacional en su región.

298.El 7 de agosto de 2019, Georgia firmó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación. En ella se establece un mecanismo flexible que fomentará aún más el uso de la mediación como una opción más, aparte de los tribunales y el arbitraje, para solucionar controversias comerciales y empresariales.

V.Protección de los derechos humanos durante la crisis de la COVID-19

299.En relación con el derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5 e) iv) de la Convención, el Gobierno de Georgia ha elaborado y aplicado medidas amplias para hacer frente a las dificultades planteadas por la pandemia de COVID-19.

300.Todas las medidas adoptadas por el Gobierno para combatir la COVID-19 tuvieron como objetivo principal proteger derechos esenciales como el derecho a la vida y el derecho a la salud. Además, el Gobierno adoptó continuamente medidas con el objetivo de preservar la economía, lo que comprendió proteger los derechos sociales y económicos de los ciudadanos, tanto a corto como a largo plazo.

301.A continuación se detallan las medidas adoptadas por el Gobierno de Georgia para proteger los derechos humanos durante la crisis de la COVID-19.

302.Desde que estalló el brote de COVID-19 en el mundo, el Gobierno de Georgia comenzó una lucha en dos frentes: proteger la salud y la vida de la población y resguardar la economía.

303.Desde el comienzo de la crisis, el Gobierno de Georgia ha tomado medidas proactivas para proteger los derechos sociales, civiles y económicos, especialmente de los grupos vulnerables y minoritarios —como las personas con discapacidad, las familias numerosas, los progenitores solos, los ancianos y las minorías étnicas, sexuales, religiosas y de otras clases— proporcionándoles información, servicios, ayudas para cubrir las necesidades básicas de subsistencia, atención de salud y educación. Una de las partes más cruciales del plan del Gobierno contra la crisis fue la dedicada al apoyo socioeconómico a los ciudadanos.

304.A continuación se detallan algunas de las actividades realizadas por el Gobierno para proteger los derechos humanos durante la crisis de la COVID-19 y atender a las comunidades vulnerables:

•garantizar el acceso a información relacionada con la COVID-19 en seis idiomas, incluidos idiomas de minorías étnicas;

•garantizar el acceso a información para las personas con discapacidad mediante la emisión de boletines informativos diarios del Gobierno con interpretación en lengua de señas y la preparación de videos informativos y material impreso adaptados a las personas con discapacidad;

•realizar consultas periódicas con representantes de la sociedad civil y de organizaciones internacionales;

•reunir datos desglosados sobre los casos confirmados de COVID-19;

•aplicar continuamente medidas para proteger los datos personales durante la crisis;

•cooperar de manera continua con la comunidad de personas con discapacidad para involucrarlas en el proceso de toma de decisiones en la medida de lo posible;

•proteger los derechos de la infancia, lo que incluyó la apertura de un centro de crisis para niños de la calle;

•proteger los derechos de las minorías étnicas y religiosas y de las personas LGBTQI+ y asegurar su acceso a las ayudas para cubrir las necesidades básicas de subsistencia;

•mejorar los servicios para las personas mayores ampliando los programas de atención domiciliaria;

•proteger a quienes viven en los territorios ocupados del país proporcionando asistencia médica y ayudas para cubrir las necesidades básicas de subsistencia.

305.Durante la pandemia de COVID-19, el Gobierno de Georgia ha seguido apoyando a los ciudadanos georgianos miembros de minorías étnicas adaptándose a las necesidades de cada momento. Se ha puesto en marcha una campaña de información y concienciación sobre medidas de prevención de la COVID-19. El Gobierno de Georgia puso en funcionamiento el portal web www.StopCov.ge, de información sobre la COVID-19, así como el teléfono de asistencia 144, disponibles también en idiomas minoritarios. Concretamente, en el portal web www.StopCov.ge se publica el contenido íntegramente en seis idiomas: georgiano, abjasio, osetio, inglés, armenio y azerbaiyano. Se ha preparado material informativo, que incluye recomendaciones y normas de prevención, en idiomas de minorías étnicas (armenio y azerbaiyano) y se ha difundido en medios electrónicos. En las regiones en las que existen asentamientos compactos de minorías étnicas, la información más importante sobre la COVID-19 se está comunicando a la población mediante el servicio de mensajes cortos a teléfonos móviles. Esos mensajes se envían también en armenio y azerbaiyano.

306.Se han preparado más de medio millón de materiales impresos en lenguas minoritarias, entre ellos periódicos y ediciones especiales en idiomas que no son el georgiano, y se han distribuido en los municipios en que existen asentamientos compactos de minorías étnicas. Se garantizó el acceso a la educación mediante el cambio rápido a la educación a distancia o en línea basada en plataformas educativas digitales. También está en curso un proyecto denominado Escuela por Televisión, que consiste en la emisión televisiva de clases sobre diversas materias dirigidas a los escolares y alumnos nuevos, incluidos los miembros de minorías étnicas.

307.A fin de proporcionar información oportuna sobre la pandemia a los ciudadanos con discapacidad, los boletines informativos del Gobierno se emiten también en lengua de señas. Además, para quienes no entienden la lengua de señas, inmediatamente después de su emisión se publican transcripciones de los boletines en las páginas de los medios sociales del Gobierno, con objeto de atender a toda la comunidad de personas con discapacidad. En colaboración con el Ente Público de Radio y Televisión, la información se traduce también a los idiomas de las minorías étnicas.

308.Se dedicó una atención especial a los grupos vulnerables como los romaníes. Con el fin de mitigar los efectos socioeconómicos de la enfermedad por coronavirus se entregaron alimentos y artículos de higiene a 148 familias romaníes.

309.También se prestó una atención especial a los niños que viven y trabajan en la calle, para protegerlos contra el virus. Con ese fin, y para prevenir la posible propagación de la COVID-19, se ha abierto en Tiflis un espacio para personas que requieren cuarentena, que permanecerá en funcionamiento mientras dure la crisis. Ese espacio sirvió para alojar a personas que habían perdido su derecho a recibir ayuda estatal y cuyas personas de contacto no se habían podido identificar. Además, se ofrecen a los niños, los cuidadores y las familias de acogida que reciben ayuda estatal servicios de apoyo psicológico para afrontar el estrés generado por la COVID-19 y superar la crisis. A lo largo del período de crisis se proporcionaron desinfectantes y suministros médicos adecuados a hogares de acogida pequeños de tipo familiar.

310.A fin de difundir información y detectar las necesidades existentes, y siguiendo el principio de “nada sobre nosotros sin nosotros”, el Gobierno de Georgia cooperó frecuentemente con organizaciones y activistas de minorías. En el marco del Consejo de Derechos Humanos se creó una plataforma de comunicación para celebrar reuniones periódicas con activistas de la comunidad LGBTQI+, representantes comunitarios y organizaciones internacionales. Representantes del Gobierno de Georgia celebraron reuniones y consultas periódicas con representantes de minorías étnicas y religiosas.

311.El Gobierno ha expresado de manera inequívoca su disposición a ayudar a todas las personas que viven en los territorios ocupados. Para protegerlas, se han definido como prioridades el acceso a la información, el acceso a la atención sanitaria y el derecho a la salud. El apoyo prestado consistió en la entrega rápida de información, el intercambio de conocimientos, el suministro de equipo médico y la atención a pacientes trasladados.

312.Para proteger el derecho a la salud, especialistas en enfermedades infecciosas proporcionaron asesoramiento a distancia y compartieron su experiencia con médicos de la zona, en función de las necesidades. Además, en varias ocasiones se enviaron a la región de Abjasia diversos suministros médicos, equipo y kits de higiene, proceso que continúa en marcha. El hospital de Rukhi se dotó de equipo y comenzó a funcionar para tratar a pacientes infectados. El hospital se construyó para funcionar a largo plazo, entre otros objetivos, con el fin de simplificar el acceso a atención médica para los habitantes de los territorios ocupados.

313.El primer caso confirmado de COVID-19 en Georgia se registró el 26 de febrero. A fecha de 17 de junio había 888 casos confirmados del nuevo coronavirus (todos los casos de infección por COVID-19 registrados en Georgia se confirmaron mediante pruebas de reacción en cadena de la polimerasa (PCR)), 731 personas recuperadas, 14 fallecidos (tasa de letalidad: 1,6), 2.710 personas en cuarentena y 267 personas ingresadas en hospitales.

314.Entre el 30 de enero y el 17 de junio de 2020 se analizaron mediante PCR las primeras muestras de 79.843 posibles casos. En total, la tasa de casos confirmados fue del 1,1 %, lo que indica que la calidad del sistema de detección de casos del país es bastante elevada y que la probabilidad de que estos no se detecten a tiempo es baja. Según el análisis epidemiológico, el virus es más prevalente en el grupo de edad de entre 30 y 69 años (64 %). El promedio de edad de los fallecidos es de 74 años.

315.Los principales datos estadísticos sobre la COVID-19 se pueden consultar en la página web gubernamental www.StopCov.ge.

316.Las pruebas por el método de PCR para detectar la COVID-19 en Georgia comenzaron el 30 de enero de 2020 en el Centro Richard G. Lugar para la Investigación en Salud Pública. El método de PCR se considera el método de referencia para el diagnóstico de la COVID-19. Entre sus ventajas figuran una sensibilidad y especificidad elevadas, lo que minimiza el riesgo de obtener falsos positivos y falsos negativos. Además de las pruebas de PCR, en el país se están realizando pruebas serológicas —pruebas rápidas y sencillas en determinados grupos basadas en antígenos y anticuerpos—, aunque los casos se confirman únicamente mediante la prueba de PCR.

317.En total, en el país funcionan 297 hospitales (el 86 %, de propiedad privada), que suman en conjunto 17.514 camas (de las que 2.290 son para cuidados intensivos y servicios médicos de urgencia) y cuentan con 2.043 respiradores operativos o reservados. De estos, 1.749 son adecuados para tratar los casos de síndrome de dificultad respiratoria aguda.

318.Según la orden N 01-119/O, de 24 de marzo de 2020, del Ministerio de Desplazados Internos de los Territorios Ocupados, Trabajo, Salud y Asuntos Sociales, todos los enfermos confirmados de coronavirus, independientemente de su gravedad, se han de ingresar en un hospital.

319.Para reducir los riesgos sanitarios para la población y la propagación de la infección, el 4 de marzo el Gobierno comenzó a crear espacios de cuarentena, que siguen permitiendo alojar a todos los casos sospechosos o a las personas que presentan un riesgo elevado de padecer COVID-19.

320.El Gobierno de Georgia sigue adoptando medidas para contener eficazmente la propagación de la COVID-19 y proporcionar el tratamiento médico necesario y adecuado a todas las personas, independientemente de su raza, color, idioma, sexo, religión, convicciones políticas o de otro tipo, origen nacional o étnico, lugar de residencia o nacionalidad.