Naciones Unidas

CERD/C/COL/20-21

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

5 de diciembre de 2022

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes periódicos 20ᵒ y 21ᵒ combinadosque Colombia debía presentar en 2022 en virtud del artículo 9 de la Convención * , **

[Fecha de recepción: 30 de septiembre de 2022]

I.Introducción

El Estado colombiano es pluriétnico, multicultural, y en esta medida reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación, adelantando esfuerzos tendientes a la eliminación de cualquier forma de discriminación.

En el marco de estos esfuerzos, ratificó mediante la Ley 22 de 1981, la Convención Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial (ICERD) y, en esta oportunidad presenta su 20º-21º informe combinado a consideración del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) en el cual refleja los principales avances, obstáculos y retos que ha enfrentado el Estado en la implementación y desarrollo de la ICERD, durante el período comprendido entre 2019-2022, que corresponde al periodo anterior al actual Gobierno, el cual tomó posesión el pasado 07 de agosto de 2022.

El informe se divide en dos partes: la primera, contiene información general sobre los sujetos de protección y el marco normativo para la protección de los pueblos étnicos, la diversidad cultural, y la proscripción de la discriminación racial. La segunda hace un recuento de las principales medidas tomadas para la implementación de la ICERD y de las recomendaciones hechas por el Comité en las observaciones finales del informe anterior.

Colombia ratifica su compromiso con el respeto, garantía y promoción de los derechos fundamentales y la plena observancia de los instrumentos internacionales ratificados, en particular con la ICERD.

Los montos de recursos económicos señalados en el informe están expresados en pesos colombianos (COP). A 10 junio de 2022 la Tasa Representativa de Mercado del Peso respecto al Dólar de Estados Unidos (USD), era de $3.833,34 COP por 1 USD.

II.Marco general de protección y promoción del derecho a la no discriminación

A.Composición demográfica de la población - comunidades y minorías étnicas (recomendación párr. 5 CERD/C/COL/CO/17-19)

En Colombia confluyen poblaciones blancas, mestizas, indígenas, afrodescendientes y Rrom. La población étnica de Colombia está conformada por tres grandes grupos: a) los pueblos indígenas, b) la población Negra, afrocolombiana, raizal (comunidades de San Andrés y Providencia) y palenquera (comunidad de San Basilio de Palenque en Bolívar) y, c) el pueblo Rrom.

Según el Censo Nacional de Población y Vivienda (CNPV) 2018, la población que se autorreconoce como indígena en el país es de 1.905.617, por su parte, la población que se autorreconoce como gitana o Rrom en el país corresponde a 2.649.

Respecto a la población afrodescendiente, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) determinó, a partir de la Encuesta de Calidad de Vida (ECV) 2018, que el volumen de la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera (NARP) en 2018 era de 4.671.160 personas, que corresponde al 9,34 % de la población total nacional.

Sobre este último grupo poblacional, es pertinente aclarar que, durante la sustentación del informe XVII al XIX periódico combinado de Colombia, el Estado informó al H. Comité los procesos adelantados para proveer datos estadísticos debido a lo acaecido en 2018 cuando la pregunta de autorreconocimiento étnico del CNPV reflejó una caída censal del pueblo afrocolombiano, pasando de 4,3 millones personas en 2005 a 2,982,224 en 2018, lo cual no es consistente con la dinámica demográfica de esta población. En esta medida, en el Anexo 3 se adjunta información técnica y detallada sobre los procesos adelantados por Colombia para la visibilidad estadística de esta población.

Actualmente, el DANE se encuentra preparando el conteo intercensal para 2025, a través del cual se espera obtener información demográfica básica actualizada sobre el volumen, la composición y la distribución geográfica de las personas, los hogares y las viviendas en los diferentes niveles de desagregación político-administrativo del país, y obtener información demográfica básica de los grupos étnicos en especial de la población NARP, considerando la variación evidenciada entre las dos últimas operaciones censales (2005 y 2018).

Igualmente, para la incorporación del enfoque diferencial de manera transversal en la producción de estadísticas oficiales en el país, la entidad consolidó la Guía para la Inclusión del Enfoque Diferencial e Interseccional en la Producción Estadística del Sistema Estadístico Nacional (SEN) que permite incorporar los enfoques de género, ciclo de vida, étnico y de discapacidad en la producción y difusión de estadísticas.

A partir de los lineamientos incluidos en la Guía, específicamente para el caso del enfoque diferencial étnico, se ha venido consolidando en el DANE una Agenda Integral Étnica, la cual busca avanzar hacia la caracterización de la población con autorreconocimiento étnico en el país a través de múltiples fuentes, incluyendo todo tipo de operaciones estadísticas y registros administrativos, generando cada vez más información desagregada que dé cuenta de sus realidades económicas, políticas, sociales, culturales, condiciones de vida y particularidades en usos y costumbres.

Gracias a este trabajo se espera aumentar la oferta de información estadística, tanto en volumen como en cobertura temática, para aportar con estadísticas de calidad a la solución de problemas como la discriminación histórica que han sufrido estas comunidades, visibilizar brechas e informar la construcción de acciones afirmativas y políticas públicas focalizadas para el pleno goce de sus derechos. Adicionalmente, en el marco dicha agenda se han venido adelantando las siguientes acciones:

Se realizaron estudios postcensales para los grupos étnicos. En el caso de la población NARP se incluyó el “Análisis de la dinámica intercensal del autorreconocimiento en la población NARP en el periodo 2005-2018, y el fortalecimiento de su captación en operaciones estadísticas”.

Fortalecimiento Territorial del Sistema de Registro Civil y Estadísticas Vitales (SRCEV): Desarrollo del App Partera Vital. Trabajo conjunto entre el DANE, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro, para la elaboración de la ruta de notificación y certificación por parte de las parteras y parteros de los nacimientos atendidos en territorios.

Se ha publicado información en el micrositio dispuesto en la página oficial del DANE para su consulta pública:

Visor de información de Territorios Colectivos de Comunidades Negras (TCCN).

Visor de población NARP por departamentos.

Geovisor de Autorreconocimiento Étnico.

Indicador de Necesidades Básicas Insatisfechas según autorreconocimiento étnico.

Microdatos Anonimizados.

Sistema de consulta REDATAM.

Cartilla con los resultados del CNPV 2018 para comunidades NARP.

El DANE ha incluido en sus encuestas a hogares la pregunta sobre autorreconocimiento, siguiendo los lineamientos del CNPV 2018. Algunas encuestas que aplicaron la pregunta son: Encuesta de Calidad de Vida (ECV): 2003, 2010-2020; Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH): 2014-2020; Subsistema de Estadísticas Vitales 2008-2020; Encuesta de Cultura Política (ECP) 2011-2019; y Encuesta de Consumo de sustancias psicoactivas (ENCSP) 2019.

Cabe resaltar que, a lo largo de 2020 y 2021, el DANE atendió y convocó escenarios de sensibilización de las cifras de la población afro obtenidas a partir del CNPV 2018 y de las estimaciones realizadas. Para efectos de política pública, el DANE ha socializado las cifras de estimación a nivel nacional, departamental y municipal con los diferentes Ministerios, los departamentos y distritos del país.

Por otro lado, cabe mencionar que el Estado colombiano elaboró dos documentos de investigación que son herramientas informativas para trabajar con las comunidades NARP: i) Mapa de Riesgo de vulneración de las comunidades NARP, discriminación racial y racismo, e ii) Infografía de Discriminación Racial y Desigualdad Social de las Comunidades Afrocolombianas en Contextos Urbanos.

Estos documentos, en particular el mapa de riesgo permite identificar los departamentos, municipios y regiones de Colombia con mayor o menor riesgo de vulneración de los derechos de las personas que se autorreconocen como NARP, y las dinámicas de discriminación racial y racismo que viven en el país. Para identificar los riesgos, se elaboraron diferentes índices que permiten medir el nivel de vulneración de los derechos de estas poblaciones: la desigualdad social, la discriminación racial, el racismo y los factores de riesgo.

De otro lado, el Estado colombiano a través del Ministerio del Interior coordina con el DANE, la información relacionada en materia de censos de población asentada en resguardos y comunidades indígenas. De esta manera se permite la recolección de datos estadísticos para el registro de autocensos de las comunidades indígenas, y la expedición de las resoluciones de registro de los resguardos indígenas.

B.Marco jurídico y políticas de reconocimiento y protección para hacer efectivas las disposiciones del artículo 2 de la ICERD

1.Ratificación de Tratados (recomendación párr. 32 CERD/C/COL/CO/17-19)

El Estado colombiano ha ratificado los principales instrumentos internacionales de DDHH y, progresivamente, ha implementado las reformas necesarias para atender las obligaciones derivadas de tales tratados.

En cuanto a los demás instrumentos cuya ratificación ha sido recomendada al Estado, se está realizando un análisis para priorizar la ratificación de instrumentos internacionales de DDHH en línea con el compromiso del Gobierno nacional de avanzar hacia la garantía real y efectiva de los derechos de toda la población, particularmente la que ha sido históricamente discriminada.

2.Marco constitucional y jurídico de reconocimiento

El Estado colombiano ha reconocido, desde hace mucho tiempo, la existencia de diferencias de las comunidades étnicas en comparación con otros grupos poblacionales. En esta medida, su Constitución Política acoge un enfoque multidimensional de la igualdad (artículo 9); reconoce, protege y garantiza la diversidad étnica y cultural (artículo 7); promueve la adopción de medidas a favor de grupos marginados o discriminados (artículo 13) y garantiza la propiedad comunitaria de grupos étnicos (artículos 246, 286 y 330). El objetivo del Gobierno nacional es cumplir a cabalidad estos derechos.

3.Desarrollo normativo

Con el propósito de garantizar la promoción y protección de los derechos de los grupos poblacionales en Colombia, se relaciona a continuación la normativa promulgada por el Estado colombiano en el período 2019-2022:

Leyes:

La Ley 2078 de 2021 “por medio de la cual se modifica la ley 1448 de 2011 y los decretos ley étnicos 4633 de 2011, 4634 de 2011y 4635 de 2011, prorrogando por 10 años su vigencia” establece un conjunto de medidas en beneficio de las víctimas, incluyendo aquellas pertenecientes a los grupos étnicos, que hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al DIH o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de DDHH, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno.

Ley 2160 de 2021 “por medio del cual se modifica la ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007” permite celebrar contratos entre entidades estatales y Cabildos Indígenas, asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas, y consejos comunitarios de comunidades negras.

Ley 2136 de 2021 “Por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la política integral migratoria del Estado colombiano - PIM, y se dictan otras disposiciones”.

Decretos:

Decreto 2353 de 2019 “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y se determinan las funciones de algunas dependencias”, entre ellas, las Direcciones dispuestas para atender los asuntos de comunidades NARP, indígenas, rrom y minorías.

Decreto 1585 de 2020 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con el Diagnóstico Ambiental de Alternativas y el trámite de licenciamiento ambiental y se dictan otras disposiciones” que aborda asuntos relacionados con el licenciamiento ambiental y los derechos de participación de comunidades étnicas.

Decreto 317 de 2020 “Por el cual se establece la remuneración de los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos docentes que atiendan población indígena en territorios indígenas, en los niveles de preescolar, básica y media, y se dictan otras disposiciones de carácter salarial”.

Decreto 1139 de 2021 “Por el cual se modifica algunos artículos (…) del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, en lo que hace referencia a los Programas de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades”.Los programas de prevención y protección adoptados por la UNP cuentan con enfoque étnico.

Decreto 216 de 2021 “Por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se dictan otras disposiciones en materia migratoria”.

Resoluciones:

Resolución 2245 de 2021 del Ministerio del Interior “por la cual se crea el Comité Nacional de participación y Diálogo Social e Intersectorial de Libertad Religiosa”.

Directivas:

Directiva Presidencial 8 de 2020 “Guía para la realización de consulta previa”.

Directiva Ministerial No. 07 de 2021 “Orientaciones para manejo de la emergencia por COVID–19 en la prestación privada del servicio de educación inicial”.

Directiva 005 de 2021 “Por medio de la cual se emiten lineamientos para la definición de los conflictos de competencia con la jurisdicción especial indígena”.

Circulares:

Circular 0066 de 2019“Directrices, recomendaciones y mecanismos específicos para la atención, el trámite y el tratamiento de quejas y situaciones sobre discriminación racial en el ámbito del trabajo”.

Circular 09 de 2019 “Orientaciones sobre aplicación del Capítulo 4, Título 1, Parte 3, Libro 2, del Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario del sector Educación, para la contratación de la administración de la atención educativa con los cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociación de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas, por parte de la entidades territoriales certificadas para garantizar el derecho a la educación propia, en el marco del proceso de construcción e implementación del sistema educativo indígena propio”.

Circular 022 de 2020 “Orientaciones para la elaboración del estudio de planta y la administración de docentes y directivos docentes de los establecimientos educativos ubicados en territorio indígena o que atienden población mayoritariamente indígena”.

III.Implementación de los artículos 1 al 7 de la Convención y seguimiento a las recomendaciones del Comité

A.Medidas para la eliminación de la discriminación racial y garantía de derechos: Implementación de los artículos 1, 2, 5 de la Convención

1.Prohibición de discriminación directa e indirecta (recomendación párr. 9 CERD/C/COL/CO/17-19)

El Estado colombianoha venido implementando esfuerzos para prevenir y combatir la discriminación contra las comunidades NARP mediante el desarrollo de las Políticas Públicas contenidas en los CONPES 3310 de 2004 (Política para la población negra o afrocolombiana) y 3660 de 2010 (Política para promover la igualdad de oportunidades para la población NARP).

Estas políticas dieron paso a la creación del Observatorio contra la Discriminación Racial y Racismo que fue reestructurado mediante Resolución 0338 de 2021, estableciendo el nuevo Observatorio para la promoción de la inclusión, y la lucha en contra de cualquier forma de discriminación o estigmatización “Colombia es de todos”.

Los objetivos del nuevo observatorio “Colombia es de todos” es investigar, documentar, sistematizar, analizar y generar información sobre la situación de la discriminación en Colombia teniendo en cuenta los aspectos: Estadístico, normativo, jurisprudencial y administrativo.Así mismo, tiene la labor de divulgar a nivel internacional, nacional y territorial la información generada, y formular recomendaciones en materia de políticas, planes, programas y normas, que contribuyan a cerrar las brechas de desigualdad en el país.

2.Conflicto Armado y Acuerdo de Paz (recomendación párr. 13 y 15 a CERD/C/COL/CO/17-19)

a)Protección a comunidades étnicas

Uno de los mayores avances en materia de protección a las comunidades étnicas ha sido la adopción de la Ley 2078 de 2021que prorroga la Ley 1448 por 10 años más, extendiendo su vigencia hasta el 11 de junio de 2031.En este marco, el Estado adoptó el Documento CONPES 4031 de 2021 mediante el cual se actualizó el Plan Nacional de Atención, Asistencia y Reparación a las Víctimas y estableció metas anualizadas hasta el año2031.

El CONPESestableció como eje transversal la incorporación de acciones específicas dirigidas a la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas pertenecientes a pueblos y comunidades étnicas. Producto de ello, y en coordinación con las entidades encargadas de ejecutar las acciones y programas, se definieron un total de 63 acciones dirigidas específicamente a la población étnica víctima del conflicto armado, se establecieron 3objetivos específicos asociados a:

La contribución de la superación de la situación de vulnerabilidad acentuada de los pueblos étnicos a causa del desplazamiento forzado;

Superación de las debilidades en materia de garantía a los derechos del territorio, la identidad cultural, la autonomía y el gobierno propio de pueblos y comunidades étnicas afectados en el marco del conflicto armado; y

Reparación de las víctimas pertenecientes a comunidades étnicas por las afectaciones colectivas e individuales causadas en el conflicto armado.

Por su parte, el Estado a través del Ministerio de Defensa ha dado continuidad a la implementación de las directivas permanentes 016 y 07 de 2006 acerca del reconocimiento, prevención y protección a comunidades de los pueblos indígenas y las comunidades NARP, para que las acciones de la Fuerza Pública en estos territorios se adelanten con un enfoque diferencial en garantía y respeto a los derechos de estas comunidades.

Para tal efecto, la Policía Nacional despliega actividades de prevención en el territorio nacional en el marco del Plan estratégico institucional “Colombia Bicentenaria: Seguridad con Legalidad”, del Modelo de Gestión Operacional del Servicio de Policía, y de la Estrategia de Atención a Poblaciones en Situación de Vulnerabilidad (ESPOV). Ésta última fue actualizada mediante la Directiva Operativa Transitoria 025 del 5 de agosto de 2021, en la cual se fijan directrices con enfoque en 23 tipologías de liderazgo social, entre las cuales están líderes indígenas y afrodescendientes.

Por su parte, las Fuerzas Militares de conformidad con la Directiva Permanente 045 del 10 de marzo de 2020 sobre “Compilación de lineamientos y directrices relacionadas con el Derecho Operacional, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario”, se emiten lineamientos para contribuir con el fortalecimiento, respeto, respaldo y apoyo a los grupos de especial protección constitucional y los derechos que le asisten a los grupos étnicos.

Es de resaltar que, en 2021 la Fuerza Pública ejecutó esfuerzos y acciones contundentes contra los grupos armados organizados (GAO) que amenazan los derechos y libertades de las comunidades étnicas.

Por otra parte, Colombia cuenta desde 2012 con el programa Generaciones Étnicas con Bienestar que atiende de manera diferenciada a niños de pueblos indígenas y comunidades NARP con el fin de promover la protección integral de sus derechos y proyectos de vida respetando sus usos y costumbres. Lo anterior, de acuerdo con lo definido por la Política Pública Nacional de Infancia y Adolescencia (2018 - 2030).

Entre 2019 yabril de 2022 se han brindado las siguientes atenciones:

En 2019 se atendieron 61.371 niñas y niños con una inversión de $25.292.755.943

En 2020 se atendieron 76.550 niñas y niños con una inversión de $17.418.954.869

En 2021 se atendieron 63.524 niñas y niños con una inversión de $17.447.514.123

En 2022 se cuenta con una proyección de 53.200 cupos para niñas y niños, y se tiene programada una inversión de $20.466.910.300.

El programa se ha implementado en 31 departamentos del país y el distrito capital, lo que evidencia una cobertura del 98% de departamentos, llegando a los territorios donde se presentan mayores factores de riesgo y vulneraciones a lasque está expuesta la niñez, la adolescencia y juventud de comunidades étnicas. En el Anexo 4 se encuentran las cifras de atención para 2022 del programa de Generaciones Étnicas con Bienestar.

Sumado a lo anterior, y con el objetivo de contribuir a que en los territorios de las comunidades se garantice el goce efectivo de los derechos de niñas y niños sin ningún tipo de vulneración, el ICBF adelanta el proceso de construcción de los capítulos para la niñez indígena y las comunidades NARP de la Política Nacional de Infancia y Adolescencia. Para este proceso se ha articulado con la Comisión Nacional de Mujeres Indígena de la MPC y la Comisión Tercera del Espacio Nacional de Consulta Previa de las comunidades NARP. Con este proceso, se espera recoger las necesidades, expectativas e intereses de los NNA de comunidades étnicas del país, y proyectar las acciones para garantizar su protección integral.

b)Protección contra el desplazamiento forzado

El Estado a través de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), adoptó mediante Resolución 3320 de 2019 el Protocolo de retorno y reubicación y, mediante Resolución Número 00027 de 2022 el Protocolo de Retorno y Reubicación para comunidades indígenas, y NARP.

En esta línea, se debe destacar la importancia del establecimiento de lineamientos diferenciados para las comunidades étnicas, que afirma el derecho a la participación y concertación en procura del fortalecimiento de la autonomía y formas de gobierno propio de las comunidades en proceso de retorno o reubicación. Igualmente, contribuye al fortalecimiento de la identidad cultural de las comunidades teniendo en cuenta el vínculo con sus territorios tradicionales, o con aquellos en los que han decidido permanecer de manera indefinida.

En esta medida, la UARIV entre el 01 de enero de 2019 y el 28 de febrero de 2022, ha acompañadoprocesos de retornos y reubicaciones de 131 de comunidades indígenas (Anexo 5 - Tabla 1) y de 42 comunidades NARP (Anexo 5 – Tabla 2) a partir de los planes municipales de Retorno y Reubicación aprobados.

Igualmente, en el marco del Protocolo de Retorno y Reubicación se adelantan acciones relacionadas con la capacitación a los profesionales de las diversas áreas a nivel nacional y territorial, así como a las entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV).

De otro lado, en el marco de los procesos de restitución de tierras, las Fuerzas Armadas realizaron 5.538 acompañamientos y 327 sesiones del Centro Integrado de Restitución de Tierras (CIRT), instancia donde surgen los insumos en materia de seguridad y se identifican los riesgos para el proceso de restitución.

De igual forma, en los procesos de retorno y/o reubicación de la población víctima de desplazamiento forzado, y en complementariedad a las garantías de seguridad, la Fuerza Pública emitió apreciaciones de seguridad y atendió requerimientos adicionales en el marco de los principios de seguridad y voluntariedad, concertados a través de los Comités Territoriales de Justicia Transicional, instancia en la que participa el personero municipal como representante del Ministerio Público.

c)Prevención del reclutamiento forzado de NNA

Frente a las acciones de prevención de reclutamiento de NNA, es preciso señalar que el Estado ha implementado la Política Pública de Prevención del Reclutamiento, Utilización, Uso y Violencia Sexual contra NNA por parte de GAO y grupos delictivos organizados (GDO), expedida mediante el Decreto 1434 de 2018, así como la Ley 1448 de 2011.

Estas acciones se adelantan bajo una perspectiva intersectorial, que son coordinadas por la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento, Utilización, Uso y Violencia Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes (CIPRUNNA), la cual, está conformada por 22 entidades del Gobierno Nacional bajo el liderazgo de su secretaría técnica: la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales.

Al respecto, el Estado colombiano actualizó la Línea de política de Prevención del Reclutamiento, Uso, Utilización y Violencia Sexual contra NNA que atiende a la necesidad de identificar las transformaciones de la dinámica de violencia para diseñar e implementar acciones de prevención, protección, investigación y denuncia requeridas frente a los actuales riesgos y amenazas. Los propósitos principales corresponden a: i) generar entornos de protección para los NNA; ii) lograr la reducción progresiva de todas las formas de violencia y explotación contra NNA; iii) garantizar sus derechos y iv) generar mecanismos que faciliten la articulación intersectorial.

Para la implementación de esta línea política, en marzo de 2020, la CIPRUNNA priorizó 206 municipios y 3 corregimientos de 29 departamentos, catalogados como municipios de alto riesgo, razón por la cual estructuró un Plan de Acción con base en la oferta estatal en materia de prevención del reclutamiento, uso, utilización y violencia sexual en contra de NNA. En el año 2022 esta priorización fue actualizada y actualmente se tienen 294 municipios priorizados.

En esta misma línea, en el primer semestre de 2020 se adelantó la Estrategia “Súmate por mí – entornos de protección para la niñez y la adolescencia” cuyos principales avances corresponden a la asistencia técnica brindada. Con corte al 30 de junio de 2022, se pudo observar que, de las 294 entidades priorizadas por la CIPRUNNA, se brindó un total de 561 asistencias técnicas en 219 municipios, de los cuales 167 cuentan con su propio Equipo de Acción Inmediata (EAI).

Por otro lado, respecto a las entidades territoriales no priorizadas por la CIPRUNNA, se brindaron un total de 337 asistencias y acompañamiento técnico en 183 municipios, logrando así la conformación de 110 EAI conformados mediante decreto en estos municipios. Adicionalmente, se realizaron 191 asistencias técnicas departamentales en los 32 departamentos.

En definitiva, se brindaron un total de 1.089 asistencias técnicas a las entidades territoriales priorizadas y no priorizadas por la CIPRUNNA, entre enero de 2018 a junio de 2022 para un total de 402 municipios asistidos, 32 departamentos, y 277 EAI conformados. (Anexo 6 - Tabla 1).

De igual forma, se llevó a cabo el proyecto ejecutado por la Corporación Colombia Internacional (CCI) que busca “Implementar las iniciativas locales orientadas a promover el principio de corresponsabilidad Estado – Comunidad y que fortalezcan la coordinación y articulación intersistémica”, el cual centra su atención en NNA de los municipios. Como resultado de las entidades cooperantes, a 31 de noviembre de 2021, realizaron un total de 297 iniciativas comunitarias, en 116 municipios priorizados, impactando a 16.485 NNA, 370 Acuerdos Institucionales, 5.017 Talleres de Formación y Acompañamiento a NNA, familias y comunidades, 100 Instituciones Educativas Capacitadas, 68 Municipios Impactados, 156 Redes Comunitarias, 142 Acciones de Movilización, 3 Rutas de Prevención comunitaria con enfoque étnico.

En el año 2022 la Secretaría Técnica de la CIPRUNNA implementó la estrategia psicosocial, brindando capacitación sobre PRUNNA (Prevención del Reclutamiento Uso y Utilización de niños, niñas y adolescentes) como mecanismos de una promoción en derechos humanos y construcción de paz a la población objetivo priorizada fortaleciendo entornos protectores con herramientas con enfoque psicosocial. A corte de 30 de junio de 2022, se han capacitado a 4.694 personas mediante la realización de 125 talleres en 21 departamentos.

Igualmente, el 30 de septiembre de 2021 se realizó la publicación del Manual de instalación territorial de rutas de prevención que tiene como objetivo operativizar la línea de política para la implementación y ejecución de las rutas de prevención y la conformación y/o fortalecimiento de los EAI a nivel territorial, mediante la armonización e instrumentalización asertiva e intersistémica de las rutas de prevención temprana, urgente y en protección, adaptables a las dinámicas territoriales y entidades del nivel nacional ante amenazas inminentes e individualizadas al derecho de los NNA a ser protegidos contra cualquier delito de reclutamiento, utilización, uso y/o violencia sexual.

Por otra parte, en el Informe de Derechos Humanos y Fuerza Pública 2021 elaborado por el Ministerio de Defensa, con el objetivo de prevenir y eliminar el reclutamiento forzado de NNA, incluidos los pertenecientes a comunidades étnicas, se cuenta con una estrategia conjunta con el ICBF desde marzo de 2021 en la cual se creó el Grupo Especial contra el reclutamiento forzado y el cartel de los más buscados, potenciando las capacidades institucionales para la protección de NNA.

En este sentido, dentro de los planes de prevención durante el 2021, se adelantó el programa Abre Tus Ojos con 15.508 acciones y 293.943 beneficiados. Igualmente, se registró la recuperación de 511 menores de edad, que incluye la desvinculación de 181 menores de grupos armados organizados, para el restablecimiento de sus derechos; también, un balance de 106 capturas y 3 aprehensiones por reclutamiento ilícito y uso de menores para la comisión de delitos.

Finalmente, información adicional sobre los esfuerzos del Estado en materia de reclutamiento forzado reposa en el Anexo 6.

d)Informes del Sistema de Alertas Tempranas

Ahora bien, respecto al Sistema de Alertas Tempranas (SAT), se informa que, en 2019 la Defensoría del Pueblo emitió 56 Alertas Tempranas (AT) con ocasión de la identificación de graves riesgos de vulneraciones a los derechos a la vida, libertad, integridad, seguridad, libertades civiles y políticas y/o infracciones al DIH. Estos documentos advirtieron escenarios de riesgo en los 32 departamentos del país y en 418 municipios y/o áreas no municipalizadas. De este total, 30 corresponden a AT Coyunturales –una de estas de alcance nacional–, mientras 26 han sido emitidas bajo el rótulo de inminencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 2124 de 2017.

En el 2021, el SAT emitió 21 AT que advierten riesgos para población indígena y 12 que advierten riesgos para población afrocolombiana, al igual que 11 Informes de Seguimiento en los que se advierten riesgos para la población afrocolombiana y 23 que advierten riesgos para la población indígena.

Con corte a 30 de agosto de 2022 ha emitido 22 AT en donde 15 de estas advierten o identifican la amenaza de reclutamiento, uso y utilización de niñas y niños que habitan estos territorios.

El Estado, a través de su Ministerio de Defensa emitió lineamientos sectoriales (3 de ellos actualizados durante 2021) para atender las AT de manera rápida e integral a través de planes de trabajo, medidas preventivas y operacionales. A su vez, la Policía Nacional desarrolló la Matriz Operacional para la Reducción del Delito (MORED), la Tabla de Acciones Mínimas Requeridas (TAMIR), adicionalmente, cuenta con seguimiento permanente a la respuesta institucional en la plataforma SIGOB-CIPRAT a 1153 recomendaciones asignadas al Sector Defensa.

Igualmente, el Comando del Ejército emitió el Plan “Para atención al sistema de prevención de alertas para la reacción rápida a la presencia de acciones y actividades de las organizaciones, hechos y conductas criminales que pongan en riesgo los derechos de la población, en el marco del Decreto 2124 de 2017”, y la Policía Nacional mediante la Directiva Operativa Transitoria 025 del 5 de agosto de 2021 definió la “Ruta de actuación institucional ante los componentes e instancias del Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida”.

Por su parte, la Unidad Nacional de Protección (UNP) consolidó el Equipo Alertas Tempranas encargado de responder a las recomendaciones, y de formular y velar por el cumplimiento de los diferentes planes de acción,creados para mitigar los escenarios de riesgo expuestos. Para elperiodo comprendido entre enero 2019 a junio 2022, se atendieron un total de 155 AT y segestionaron un total de 267 recomendaciones. (Anexo 7 - Tabla 1).

Así mismo,se adelantaron acciones de articulación con los diferentes GruposRegionales de Protección (GURP), con el objetivo de: i) cumplir las recomendaciones realizadas en losdocumentos de advertencia; ii) adelantar socialización de las rutas de protección individual y colectiva; iii)reiterar las atribuciones y competencias de los alcaldes y gobernadores, como primeros respondientes; e iv) identificar casos. (Anexo 7 - Tabla 2)

Igualmente, la UNP ha apoyado técnicamente a las Gobernaciones, Alcaldías y Personerías por medio de comunicaciones externas en las cuales socializó la ruta de protección liderada por la entidad, y además les refirió la política pública de prevención de violaciones a los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de personas, grupos y comunidades en el marco del Decreto 1066 del 2015. (Anexo 7 - Tabla 3)

e)Implementación del capítulo étnico del Acuerdo de Paz

Respecto a la implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz, el Estado ejecutó la política de paz con legalidad en el marco de los compromisos establecidos en el Plan Marco de Implementación (PMI). La implementación del enfoque étnico se materializa a través del impulso de 97 compromisos, que buscan garantizar los derechos de los pueblos indígenas, el pueblo Rrom y las comunidades NARP, así como promover la adecuada participación de los pueblos étnicos en los aspectos que les atañen, al garantizar el derecho fundamental a la consulta previa, propiciar las condiciones para el ejercicio de sus derechos colectivos, y al contribuir al fortalecimiento de sus instituciones, cultura y tradiciones, durante el proceso de la construcción de una sociedad en paz. A la fecha, de los 97compromisos étnicos, 14 se encuentran finalizados (14% del total del capítulo).

El Estado ha trabajado en la constitución de medidas para el ejercicio de funciones de la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos (IEANPE), órgano consultor, representante e interlocutor ante la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), en todos los aspectos relacionados con la interpretación, implementación y seguimiento, desde la perspectiva étnica, a través de gestiones para lograr el financiamiento del plan de trabajo aprobado por la CSIVI, para la IEANPE, por medio de la asignación presupuestal de US 700.000, realizada por el Fondo Multidonante de las Naciones Unidas, lo cual garantiza el funcionamiento de la Instancia por dos años, de junio de 2020 a diciembre de 2022.

Así mismo, a la fecha se han realizado 40 sesiones con la IEANPE, de estas 2 han sido con la CSIVI, 15 con entidades responsables de la implementación y 23 sesiones de trabajo con la Consejería Presidencial para la Estabilización y Consolidación.

Frente a los logros del capítulo étnico en la implementación de los compromisos que garantizan los derechos políticos y jurídicos estipulados en el PMI, es preciso resaltar que el Consejo Nacional de Planeación incorporó dentro de su reglamento la vinculación de representantes de la población Rrom como invitados permanentes y se creó la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas, mediante la expedición de los Decretos 1097 y 1158 del2020.

Igualmente, el Ministerio de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones (MinTic) ejecutó durante 2020 aproximadamente 3 mil millones de pesos en acciones como la producción de contenidos, el fortalecimiento de los colectivos de comunicación y la promoción de medios propios y apropiados, en beneficio de los pueblos y las comunidades étnicas.

Se creó el “Fondo del Buen Vivir”, ahora conocido como “Banco de Proyectos”, con una disponibilidad presupuestal de $166.000 millones de pesos para la vigencia 2022, destinado a mejorar la calidad de vida de los pueblos étnicos, así como para fortalecer los sistemas de gobierno propio de los pueblos y comunidades a nivel nacional. Igualmente, se creó la Escuela de Formación de Líderes Sociales, y se establecieron 7.520 créditos (cupos en diplomados y cursos) para las comunidades indígenas.

Por su parte, Radio y Televisión de Colombia (RTVC) destinó 105 espacios para la divulgación de contenidos propios étnicos en la vigencia 2021.Por su parte, 526 personas pertenecientes a pueblos y comunidades étnicas fueron capacitadas por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), gracias al desarrollo de 25 talleres, con lo que se ha logrado formar a 93 pueblos étnicos como veedores y multiplicadores sociales en temas de control social.

Además, en 2020 la UNP renovó los convenios con la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca (ACIN) y el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), para fortalecer a la guardia indígena y avanzar en la protección de líderes y miembros de los pueblos indígenas que pertenecen a estas asociaciones, y brindó medidas de protección individual y esquemas compartidos a 1.530 beneficiarios con pertenencia étnica. Entre las medidas entregadas se encuentran 1.256 chalecos de protección, 101 botones de apoyo, 1.010 hombres de protección, 243 vehículos convencionales y 155 vehículos blindados.

Por otra parte, se destaca, que considerando el impulso a los compromisos étnicos del PMI, de los 62 sujetos étnicos de reparación colectiva que han sido indemnizados en el marco del proceso de reparación colectiva, con una inversión cercana a los 16.892 millones de pesos, 35 de estos sujetos se encuentran ubicados en municipios PDET, con una inversión cercana a los 9.786 millones de pesos.

En materia de reincorporación, el Estado ha garantizado los derechos de la población que hace tránsito a la legalidad, generando oportunidades que fortalezcan sus capacidades y así puedan desenvolverse plenamente como ciudadanos. De la población en reincorporación, 2.170 personas se reconocen como pertenecientes a pueblos y comunidades étnicas.

El Estado adelanta el proceso de consulta previa con pueblos indígenas frente al cual se suscribió el convenio 1521 de 2021 entre laAgencia para la Reincorporación y la Normalización(ARN) y la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana (OPIAC) y el convenio 1522 entre la ARN y Gobierno Mayor (como organizaciones delegadas por la Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas), para la implementación de la segunda fase de la ruta metodológica especial y excepcional, que permita la consolidación del Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Indígena y de Género y su instrumento normativo.

Frente a comunidades NARP, de las 2.170 personas en proceso de reincorporación autoreconocidas, 1.095 están vinculadas a 417 proyectos productivos, el 99 % están afiliados al sistema de salud y se encuentran bancarizados, 768 personas con pertenencia étnica se benefician de los proyectos colectivos aprobados por el Consejo Nacional de Reincorporación (CNR), de los cuales, 179 corresponden a Negro(a), mulato(a), afrocolombiano(a) o afrodescendiente, 577 a indígena, 1 a Raizal, 1 a Gitano o Rom, 10 a Palenquero; y 390 personas con pertenencia étnica son beneficiarias de proyectos individuales de los cuales 124 corresponden a Negro(a), mulato(a), afrocolombiano(a) o afrodescendiente y 264 a Indígena.

Adicionalmente, el Estado puso en marcha la Mesa Técnica Étnica del CNR, reconociendo la importancia de que exista un espacio de diálogo y concertación continua para avanzar con la implementación de las hojas de ruta y el cumplimiento de las garantías para las personas auto reconocidas como étnicas en proceso de reincorporación. A la fecha se han adelantado 14 sesiones técnicas.

En el marco de la garantía de participación de los pueblos y comunidades étnicas en la implementación de los PDET, se resalta que 715 cabildos y resguardos indígenas y 517 Consejos comunitarios de Comunidades NARP, participaron activamente en la ruta de construcción de los PDET. En este ejercicio se identificaron 17.531 iniciativas contenidas en los 16 Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR) con un componente étnico. Hasta abril de 2022, 1.559 iniciativas propias étnicas cuentan con una ruta de gestión activada y 2.455 iniciativas comunes étnicas cuentan con una ruta de gestión activada. Se logró la inclusión de 12.364 iniciativas PDET en los Planes de Desarrollo Territorial y en el marco de la estrategia “Yo me subo a mi PDET”, a diciembre de 2020, se logró gestionar 646 iniciativas propias étnicas y 447 iniciativas comunes étnicas.

En el compromiso continuo de este gobierno para garantizar los espacios de concertación con lospueblos y comunidades étnicas, la Agencia de Renovación del Territorio, avanzó con la puesta en marcha del Mecanismo Especial de Consulta (MEC) en 14 subregiones PDET.

En el marco del enfoque diferencial, el ICBF realiza acciones relacionadas con la atención y prevención de la vulnerabilidad nutricional prioritariamente en población rural y población rural dispersa mediante las modalidades de 1.000 días para cambiar el mundo y Centros de Recuperación Nutricional en donde se destacan las medidas para reducir los índices de desnutrición de los niños y niñas indígenas y NARP, atendiendo para el período 2019-2022 un total de 56.063, de los cuales 80% (44.918) son indígenas y 20% (11.145) son NARP, al igual que 17.940 mujeres gestantes con bajo peso, de las cuales el 77% (13.898) son indígenas y 23% (4.042) son NARP.

De otra parte, a través del programa Colombia Mayor se asignaron un total de 28.634 cupos en 94 municipios rurales, rurales dispersos y PDET, que benefician a los adultos mayores más vulnerables de 355 resguardos indígenas.

3.Medidas contra la discriminación estructural (recomendación párr. 17 CERD/C/COL/CO/17-19)

a)Protección contra la discriminación y medidas de inclusión social

El Estado, comprometido con adelantar esfuerzos contra la discriminación racial, expidió la Ley 2160 de 2021 que permite celebrar contratos con las entidades estatales a los Cabildos Indígenas, asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas, y Consejos Comunitarios de las Comunidades Negras. Esta Ley, entre otras cosas, permite la contratación directa en los contratos cuyo objeto esté relacionado con el fortalecimiento del Gobierno Propio, la identidad cultural, el ejercicio de la autonomía, y la garantía de los Derechos de estas comunidades étnicas.

Así mismo, el Estado ha desarrollado programas y proyectos de cooperación, a través del Ministerio del Interior y el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación(ICONTEC), para el desarrollo de un Sello para la No Discriminación. Este Sello, es de naturaleza voluntaria e identifica una organización que previene y elimina cualquier tipo y forma de discriminación, ya sea por razones de etnia, color, origen nacional, familiar o social, lengua, religión, idioma, opinión política y filosófica, incluida la afiliación a un partido o movimiento político, posición económica, edad, orientación sexual, identidad de género, estado civil, estado de salud, discapacidad, aspecto físico o cualquier otra condición o situación social, de manera directa e indirecta.

El sello permite generar estrategias de inclusión y tener una certificación sobre la no discriminación en las empresas, lo que puede generar valor tanto para los colaboradores como para los clientes y marcar la diferencia en el sector. Así mismo, facilita hacer alianzas con empresas que estén comprometidas con la inclusión y poder resaltarlas en los portales de trabajo para que sea un activo atractivo para las personas a la hora de buscar un nuevo lugar para trabajar.

En este sentido, se suscribió el contrato 1134 de 2022 con el ICONTEC en donde se contemplan las siguientes acciones: i) ampliar la cobertura de la capacitación y acompañamiento para la obtención del Sello de No Discriminación en organizaciones de todos los sectores, ii) elevar el referencial técnico a una Norma Técnica Colombiana que permitirá posicionar las acciones mínimas preventivas de toda forma de discriminación en el ámbito laboral a un estándar internacional y, iii) apoyar la puesta en marcha del Observatorio “Colombia es de Todos”.

De otro lado, con el propósito de aminorar las brechas de desigualdad de las comunidades NARP, durante 2021 se realizaron actividades tendientes al fortalecimiento organizativo para estas comunidades en 29 departamentos, entre las cuales se destacan:

Creación del Comité Asesor de los Bancos de Proyectos para Comunidades, instancia encargada de emitir lineamientos para la financiación, evaluación y seguimiento a los proyectos susceptibles de financiación a través de los Bancos de Proyectos;

Por medio del convenio 1401 de 2021, celebrado con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), fueron aprobadas 16 iniciativas para el fortalecimiento organizativo de Consejos Comunitarios y demás formas organizativas de Comunidades NARP, con 49.305 beneficiarios directos, 53.123 indirectos, para un total de 102.428 beneficiarios y un valor total de inversión de más de $10.000 millones de pesos;

Por medio del convenio de cooperación internacional 1874 de 2021, celebrado con la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), se financiarán iniciativas de proyectos para el fortalecimiento organizativo de Consejos Comunitarios y demás formas organizativas de Comunidades NARP por un valor de 16 mil millones de pesos;

Por medio del convenio 1883 de 2021, celebrado con la Universidad Nacional, Abierta y a Distancia (UNAD), se financiarán iniciativas de proyectos para el fortalecimiento organizativo de Consejos Comunitarios y demás formas organizativas de Comunidades NARP por un valor de 27.330 millones de pesos.

Por otra parte, el Estado ha financiado propuestas en concertación con los pueblos indígenas a través de cinco líneas de inversión: Derechos Territoriales, Emprendimiento, Fortalecimiento, Infraestructura, y Mujer. Entre 2020 y 2021 la ejecución de proyectos que busca disminuir brechas sociales tuvo una financiación total de 193.000 millones alcanzando cerca de 360.000 beneficiarios para este grupo poblacional.

En 2020, con la estrategia denominada Banco de Proyectos Siembra, que atiende temas de prevención de reclutamiento forzado de NNA, fortalecimiento de organizaciones sociales y comunidades con incidencia y gestión productiva, se realizaron 79 proyectos, impactando 20 departamentos y 60 municipios, según las siguientes líneas de acción: dotación deportiva, tecnológica, cultural, proyectos productivos e iniciativas de formación.

Así, con una inversión de $6.206.519.840 para el 2020, se logró mejorar la calidad de vida de organizaciones sociales, líderes y defensores de derechos humanos, así como sus comunidades, incluyendo mujeres, jóvenes, indígenas, comunidades NARP, organizaciones LGBTI, yNNA.

Enesta misma estrategia, para 2021 se financiaron 59 proyectos presentados por comunidades, el valor del proyecto fue de $ 2.000.000.000. Se impactaron 21.254 personas y se beneficiaron 15 departamentos y 55 municipios. Se entregaron 8 dotaciones deportivas, 34 dotaciones tecnológicas y 17 dotaciones productivas.

Por otra parte, el Estado colombiano diseñó la “Ruta para la Superación de la Pobreza”, como apuesta de política dirigida a desarrollar capacidades en la población, dinamizar el acceso a las oportunidades y la generación de ingresos de los hogares, a través del acceso a la oferta integral con estrategias de inclusión social y productiva.

Así mismo, en el período comprendido entre 2018 a 2021, el Estado continuó con la implementación de 5 programas de transferencias monetarias: Familias en Acción; Jóvenes en Acción; Ingreso Solidario; Compensación del Impuesto Sobre las Ventas (IVA); y Protección Social al Adulto Mayor - Colombia Mayor (la descripción de estos programas puede ser consultada en el Anexo 8). Estos programas incluyen a comunidades indígenas (cifras de atención en el Anexo 8 - Tabla 1) y comunidades afrodescendientes (cifras de atención en el Anexo 8 - Tabla 2), y buscan llegar a la población de mayor vulnerabilidad respondiendo a niveles de pobreza extrema y pobreza moderada.

Por otra parte, y con el fin de promover la inclusión social, el Estado colombiano a través del Ministerio de Educación Nacional (MEN) desarrolló actividades de cualificación sobre políticas de atención a grupos étnicos dirigido a los funcionarios de la entidad, mediante la iniciativa de “Escuela Corporativa”. Este espacio estuvo orientado a fortalecer las capacidades de los servidores del MEN, especialmente a los del servicio al ciudadano, en el conocimiento de las características y necesidades de las diferentes poblaciones con el fin de mejorar su relacionamiento. De esta manera en el 2020 se desarrollaron 3 jornadas de sensibilización frente a los temas relativos a las comunidades y grupos étnicos en el país. (Anexo 9 - Tabla 1).

Así mismo, para el año 2021 se construyeron 3 módulos, uno por cada población como material de apoyo para la “Escuela Corporativa” y el 23 de noviembre se realizó una jornada de refuerzo sobre todas las poblaciones que contó con la participación de 96 servidores públicos, como un curso de atención a poblaciones étnicas, el cual todos los servidores públicos del MEN harán en el 2022.

Adicionalmente, teniendo en cuenta la descentralización del sector educativo que cuenta con 96 entidades territoriales certificadas en educación (ETC) se creó la estrategia de Fortalecimiento Territorial del Sector Educativo para promover el cumplimiento de la normatividad vigente a favor de los derechos étnicos a la educación con pertinencia cultural.

Dicha estrategia se define como el conjunto de acciones para fortalecer las capacidades técnicas y personales del MEN y de las Secretarías de Educación para asegurar una gestión integral educativa (GIE) en todo el país. Gracias a ello las ETC fortalecen sus capacidades y mejoran la atención educativa a la población en general y en particular a los grupos poblacionales de interés.

En esta medida, se desarrollan procesos de asistencia técnica a las ETC y a las organizaciones étnicas en procesos de fortalecimiento de la política de atención educativa a grupos étnicos en situación de desplazamiento. Estas asistencias técnicas se realizan principalmente a través de 3 metodologías: i) talleres; ii) jornadas y reuniones de trabajo; y iii) acompañamiento y participación en espacios de diálogo y concertación promoviendo el encuentro entre las organizaciones y comunidades étnicas con las ETC. Entre 2019 y 2022 se realizaron 277 asistencias técnicas que contaron con la participación de 42 Secretarías de Educación Certificadas y 40 organizaciones. En este mismo periodo, se brindó asistencia a las Secretarías de Educaciónen temas de atención educativa a los grupos étnicos. (Anexo9‑ Tabla 2).

Finalmente, es pertinente señalar que el Estado ha realizado jornadas de capacitación para el fomento de la inclusión laboral, la disminución de la discriminación racial y mecanismos específicos para la atención, el trámite y el tratamiento de quejas y situaciones sobre discriminación racial en el ámbito laboral. Para 2021 se realizaron 10 jornadas de capacitación y sensibilización a 219 personas pertenecientes a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo de los Departamentos del Cauca, Bolívar, Sucre, Norte de Santander, funcionarios públicos de la Alcaldía de Melgar, miembros de comunidades NARP de los Departamentos de Boyacá, Casanare y Bolívar y miembros de las subcomisiones de políticas salariales de los Departamentos de Valle del Cauca y Cundinamarca.

Para 2022, con corte a agosto, se han realizado 16 jornadas de capacitación a 331 funcionarios públicos e Inspectores de Trabajo de las Direcciones Territoriales de los Departamentos de Huila, Amazonas, Guajira, Antioquia, Arauca, Valle del Cauca, Atlántico, Casanare, Choco, Nariño, San Andrés, Santander, Boyacá, Quindío; a 34 miembros de comunidades étnicas de los Departamentos de Caquetá y Boyacá; y 68 miembros de las subcomisiones de políticas salariales de los Departamentos de Magdalena y Norte de Santander.

b)Derecho a la salud de comunidades étnicas

Ahora bien, frente a la garantía del derecho a la salud a las comunidades étnicas, el Estado colombiano a través del Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) ha trabajado articuladamente con los grupos étnicos en espacios de diálogo y concertación, como la Subcomisión de Salud Indígena de la Mesa Permanente de Concertación Nacional con los pueblos y organizaciones indígenas(MPC), el Espacio Nacional de Consulta Previa para comunidades NARP y la Mesa de Diálogo Gitano, espacios que han permitido llegar a acuerdos en salud en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, específicamente en el Pacto por la equidad de oportunidades para grupos étnicos en los cuales se asumieron 23 acuerdos para pueblos indígenas, 11 acuerdos para comunidades NARP y 11 acuerdos para el pueblo Rrom.

Con relación a las acciones para garantizar que los grupos étnicos sean amparados por el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), el Estado ha avanzado en acciones de tipo normativo como el Decreto 064 del 2020, por medio del cual se garantiza la afiliación universal al sistema de salud, haciendo mayor énfasis en la búsqueda activa de población especial, entre la que se encuentra los grupos étnicos.

Con el objetivo de reconocer el enfoque étnico e intercultural aplicable al SGSSS, el Estado ha concertado mediante Resolución 3513 de 2019 una unidad de pago por capitación (UPC) diferencial de 4,81% para lasEntidades Promotoras de Salud Indígenas(EPSI), estos recursos van dirigidos a realizar acciones como: casas de paso o albergues cuando deban salir de sus territorios, guías bilingües, acciones individuales de medicina tradicional, acciones individuales de adecuación sociocultural de los servicios, acciones individuales de promoción y prevención, además de transporte urbano, terrestre, fluvial y aéreo, entre otras.

c)Derecho a la educación de comunidades étnicas

El Estado colombiano ha dado continuidad al Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP), que aún se encuentra en proceso de Consulta Previa en el espacio de la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas (CONTCEPI), y en 2019 desarrolló 3 sesiones conjuntas, 2 sesiones extraordinarias, 1espacio autónomo, y 6 subcomisiones. Durante todo este proceso de Consulta, el MEN ha garantizado financiera y técnicamente los espacios de diálogo, 4 expertos, 1 comisión redactora y 5 sabios espirituales para la construcción y armonización de la propuesta de norma SEIP.

En este marco de concertación, en 2020 se realizó la sesión 41 CONTCEPI ampliada con los presidentes de las Organizaciones Nacionales y la Secretaría Técnica de la MPC, y se realizaron 2 subcomisiones de la CONTCEPI que permitieron finalizar la Circular 022 de 2020, que brinda Orientaciones para la elaboración del estudio de planta y administración de docentes y directivos.

En 2021 se celebraron las sesiones 43, 44, 45 y 46 CONTCEPIdonde se trabajó en comisiones para concertar el articulado del proyecto de norma SEIP.En 2022, se celebró la sesión 47 y 48 de la CONTCEPI, donde se continuó el trabajo en comisiones y como balance de este proceso se tienen 28 artículos concertados en plenaria.

d)Derecho al trabajo para comunidades étnicas

En cuanto a la garantía del derecho al trabajo para las comunidades NARP, entre el 30 de enero y el 4 de febrero de 2019 el Estado colombiano llevó a cabo el Espacio Nacional de Consulta Previa de medidas legislativas y administrativas de amplio alcance, susceptibles de afectar a las comunidades NARP, para la consolidación de preacuerdos, acuerdos y protocolización según Consulta Previa en cumplimiento del Convenio 169 de la OIT de las medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar a las comunidades NARP.

Igualmente, en 2019 realizó la Primera Feria de inclusión laboral y orientación de iniciativas productivas dirigida a la poblaciónNARP en la ciudad de Bogotá, la cual contó con una asignación de $44.214.248 e involucró la participación de 300 miembros de estas comunidades.

Para 2020 se realizó la segunda Feria de inclusión laboral y orientación de iniciativas productivas las Poblaciones NARP en el Departamento del Valle del Cauca, de manera virtual, donde se dieron alrededor de 748 ofertas laborales dirigidas a esta población.

El 21 de mayo de 2021, en el marco de la celebración del día de la afrocolombianidad, se desarrolló junto con el SENA y el Servicio Público de Empleo una Feria Nacional de Empleo virtual dirigida a poblaciones NARP, y contó con la participación de 725 empresas que publicaron 3.846 vacantes laborales, de las cuales tuvieron 7.544 postulaciones, de igual forma, a través de los centros zonales del SENA en el país, se brindaron orientaciones en temas ocupacionales a 2.455 personas. En el mismo año, se realizó la tercera Feria de inclusión laboral y orientación de iniciativas productivas dirigida a la Población NARP en el Departamento de Bolívar, contando con una asignación presupuestal de $18.000.000.

De igual forma, se han realizado acciones de formación profesional integral, que permiten mejorar los perfiles ocupacionales de los miembros de la comunidad NARP (cifras de atención en el Anexo 10 - Tabla 1). Asimismo, se evidenció un aumento en la creación de empresas por parte de los miembros de estas comunidades (Anexo 10 - Tabla 2).

e)Medidas para reducción de desnutrición

Ahora bien, respecto a las estrategias para combatir las afectaciones del estado nutricional de NNA, el Estado cuenta con una Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SAN)definida en el CONPES 113 de 2008 que está en reformulación para la adopción del enfoque del derecho humano a la alimentación, proceso liderado por la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN). En estos instrumentos se proponen mecanismos para garantizar la participación e incidencia de la sociedad civil e incorporar el enfoque diferencial, étnico y de género.

De forma paralela a estos procesos y como compromisos del acuerdo de Paz, se avanza en la implementación del Plan Nacional Rural del Sistema de Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación 2020-2031, que incorporó el enfoque étnico con perspectiva de género, mujer, familia y generación.

Este Plan establece como objetivo garantizar el derecho a la alimentación en la población rural incluidos los grupos étnicos, para lograrlo se establecen acciones como:i) la formulación e implementación de una estrategia de fortalecimiento de organizaciones rurales de base que prioriza las organizaciones de grupos étnicos y de mujeres; ii) la implementación de programas de atención y prevención a la desnutrición infantil en los territorios rurales mediante actividades para la nutrición de la primera infancia con enfoque diferencial y comunitario; iii) el mejoramiento de la infraestructura para la comercialización de los productos de las comunidades rurales y de los grupos étnicos; y iv) el fortalecimiento de las capacidades en los grupos étnicos para la comercialización de los productos de sus economías propias.

Por su parte,el ICBF ejecuta la Estrategia de Atención y Prevención de la Desnutrición, cuyo objetivo es contribuir a la atención y prevención del bajo peso para la edad gestacional en las mujeres gestantes y la desnutrición en niños y niñas menores de cinco años. Para esto, en articulación con las entidades del Sistema Nacional Bienestar Familiar (SNBF), la estrategia adelanta acciones en alimentación, nutrición y fortalecimiento familiar a través de dos modalidades de atención: i) 1.000 días para cambiar el mundo y ii) Centros de Recuperación Nutricional.

i)1.000 días para cambiar el mundo

Estas modalidades se ejecutan principalmente en territorios donde se presenta mayor vulnerabilidad nutricional para esta población, característica que confluye en gran medida con los territorios donde se encuentran asentamientos de pueblos indígenas, especialmente de zonas rurales y dispersas.

La modalidad 1.000 días para cambiar el mundo, atiende a mujeres gestantes con bajo peso, niños y niñas menores de 5 años con riesgo de desnutrición aguda y sus familias, esta se desarrolla en el ámbito familiar y comunitario, con el apoyo de un equipo interdisciplinario, cuyas actividades están relacionadas con complementación alimentaria, seguimiento nutricional, educación alimentaria y nutricional y acciones de fortalecimiento familiar.

La relación de usuarios atendidos pertenecientes a pueblos indígenas e inversión durante el año 2019 fue de $14.288.549.576 con un total de 10.681 usuarios; en el año 2020, la inversión fue de $20.812.102.829 con un total de 13.913 usuarios; finalmente en 2021, la inversión fue $22.870.794.603, con un total de 15.928 usuarios. (Anexo 11 - Tabla 1).

En relación con la vigencia 2022 con corte a 31 de agosto, se han atendido en la modalidad 1.000 días para cambiar el mundo 13.425 usuarios pertenecientes a pueblos indígenas, de los cuales, 2.814 (21 %) corresponde a gestantes, 5.348 (40 %) son niños y 5.263 (39 %) son niñas menores de cinco años.

ii)Centros de Recuperación Nutricional (CRN)

De otro lado, los CRN son una modalidad que trabaja en articulación con el sector salud y contribuye en la recuperación del estado nutricional de niñas y niños menores de 5 años con desnutrición aguda, moderada y severa, con participación de un equipo interdisciplinario que brindan atención en salud, alimentación, suministro de complementos nutricionales, promoción y prevención en salud y nutrición, y acompañamiento familiar. Estas acciones se realizan en forma intramural, suministrando a los niños y niñas el 100 % de sus recomendaciones nutricionales diariamente. La relación de niños y niñas menores de 5 años atendidos en los CRN, pertenecientes a pueblos indígenas e inversión durante 2019 a 2021 puede ser consultado en el Anexo 11 - Tabla 2.

Con corte a 31 de agosto de 2022, se han atendido en la modalidad CRN 467 usuarios pertenecientes a pueblos indígenas, de los cuales, 225 (48 %) son niños y 242 (52 %) son niñas menores de 5 años.

En línea con lo anterior, se precisa que las acciones ejecutadas, se enmarcan dentro de la implementación del Modelo de Enfoque diferencial de Derechos (MEDD), el cual tiene como objetivo reconocer las particularidades, necesidades y expectativas de los NNA y las familias, para garantizar su protección integral desde una perspectiva diferencial de derechos, mediante una respuesta que promueva la igualdad, la no discriminación y las características contextuales de los territorios e incluye un componente étnico.

En esta vía, el ICBF promueve acciones encaminadas a la progresividad del derecho humano a la alimentación como la promoción de una alimentación saludable mediante la adaptación territorial de las guías alimentarias basadas en alimentos para la población colombiana (GABA) que orientan a las familias colombianas en la adopción y prácticas de alimentación saludable que contribuyen al bienestar nutricional y la prevención de enfermedades relacionadas con la alimentación.

El ICBF adaptó territorialmente las GABAS en varias regiones del país, y en 2019 contó con la participación del Pueblo Indígena Pijao que habita en los municipios de Coyaima, Natagaima y Ortega, en el departamento del Tolima, así como del Pueblo Rrom en la ciudad de Bogotá.

De igual forma, se ha realizado el seguimiento nutricional a niños, niñas menores de 5 años indígenas en los programas del ICBF a través delSistema de Seguimiento Nutricional el cual realiza diferentes mediciones antropométricas durante el periodo de atención, que han oscilado entre 66.716 y 118.984 registros en los últimos tres años (2019-2021), de ellos se han identificado en diferentes proporciones afectaciones del estado nutricional que fueron debidamente notificadas y atendidas según los protocolos establecidos en las modalidades y servicios.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 se estableció el compromiso de crear una mesa técnica para la construcción de un módulo indígena en la Encuesta Nacional de Situación Nutricional de Colombia (ENSIN). En 2019 se concertó el indicador para seguimiento al compromisodenominado: Construcción del Módulo indígena de la ENSIN.

En 2020 asignaron recursos para conformar un equipo de delegados de las organizaciones indígenas de la MPC. Como resultado, se consolidó un documento técnico que recoge las necesidades de información identificadas, enfatizando en las prioridades relacionadas con: i) alimentación y nutrición en pueblos indígenas, ii) identificación de instrumentos de medición y Políticas Públicas con participación indígena, iii) definición de necesidades de información, iv) aspectos metodológicos, operativos y técnicos para el desarrollo del módulo, v) definición de una mesa técnica de trabajo para el desarrollo de diálogos entre la MPC y las instituciones.

En 2021, se conformó una mesa técnica bipartita que realizó 13 sesiones, donde se logró definir una agenda de trabajo, una versión preliminar de plan de acción y los productos necesarios para la elaboración del módulo, incluyendo las particularidades de información en alimentación y nutrición de los pueblos indígenas.

En 2022 el ICBF suscribió el convenio de cooperación técnica y financiera con el Programa Mundial de Alimentos (PMA) con el objeto de “Aunar esfuerzos técnicos, financieros y administrativos para la construcción del diseño temático, estadístico y operativo del módulo indígena en la ENSIN, e implementación de la ruta de sensibilización, validación y retroalimentación, en el marco del compromiso F42 del Plan Nacional de Desarrollo 2018‑2022” .

4.Garantía de la consulta previa para los grupos étnicos (recomendación párr. 19 CERD/C/COL/CO/17-19)

En el marco de la Consulta Previa, es relevante mencionar que Colombia incluyó este derecho en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018 – 2022, “, en el capítulo “Pacto por los Grupos étnicos” donde se concertaron 216 compromisos con pueblos indígenas, 239 con las comunidades NARP y 78 con el pueblo Rom, con sus respectivos indicadores.

Asimismo, con el objeto de hacer seguimiento a los compromisos mencionados, se implementó la metodología de trazador presupuestal para los grupos étnicos, y el tablero de control en el Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados (SINERGIA), los cuales permiten hacer un seguimiento detallado al avance de las metas e indicadores concertados en el marco del PND, así como a los recursos asignados por los sectores para el cumplimiento de los mismos. Este seguimiento se lleva a cabo con la participación de los pueblos y comunidades étnicas.

Es importante señalar que la Corte Constitucional de Colombia, mediante la sentencia SU-123 de 2018 exhortó al Estado para que adopte medidas pertinentes para regular lo relacionado con los certificados de presencia y afectación de comunidades étnicas y hacer efectivo el derecho a la consulta previa. Con el fin de dar cumplimiento a este pronunciamiento, mediante el Decreto 2353 de 2019 el Estado modificó la estructura del Ministerio del Interior y, entre otras cosas, creó la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa como garante en el desarrollo del proceso de consulta previa. Esta Dirección cuenta con tres grandes áreas, la Subdirección Técnica, la Subdirección de Gestión y Subdirección Corporativa.

La Subdirección Técnica tiene como función determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran. Con ello se busca que se realice un análisis mediante el cual se establezca si el proyecto o medida tiene la potencialidad de generar a una comunidad étnica una afectación de tal magnitud que coarte sus asentamientos, usos y costumbres, tránsito y movilidad. Lo anterior, en concordancia con el análisis de posibles afectaciones a las estructuras sociales, culturales, económicas, territoriales y espirituales por una intervención o medida. Es de anotar que estos análisis se hacen con base en la información que suministra el ejecutor del proyecto, en la solicitud que debe presentar ante esta Dirección, de manera que se actúa a petición de parte.

A su vez, la Subdirección de Gestión de Consulta Previa se encarga del desarrollo del proceso de consulta previa, mediante procedimientos definidos para el efecto, garantizando la participación de las comunidades étnicas a través de sus instituciones representativas, con el fin de proteger su integridad étnica y cultural. Finalmente, la Subdirección Corporativa se encarga de los aspectos administrativos.

Se debe señalar que estos esfuerzos se han visto reflejados en una mayor participación en los procesos consultivos de las comunidades étnicas, como se evidencia en los siguientes datos:

De acuerdo con el sistema de Información de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, durante el periodo comprendido del segundo semestre del 2018 al segundo semestre del 2021, se adelantaron 5.396 consultas previas en el marco de 1.410 proyectos. Es de recibo señalar que en Colombia por cada comunidad se hace una consulta previa. Por lo cual, para un mismo proyecto puede haber varias consultas con varias comunidades étnicas.

El Estado ha realizado un total de 20.840 reuniones con las comunidades étnicas en las diferentes etapas de un proceso consultivo durante el período comprendido del segundo semestre del 2018 al segundo semestre del 2021. Es decir que, en varias ocasiones, con el fin de garantizar el derecho a la consulta previa, se realiza una etapa del proceso en varias reuniones, toda vez que cada una de ellas contiene unos mínimos que deben ser surtidos para pasar a la siguiente etapa. Al no verse satisfechos estos mínimos se realiza nuevamente la reunión buscando la participación efectiva de toda la comunidad.

Se debe señalar que, durante el periodo comprendido del segundo semestre del 2018 al segundo semestre del 2021 se consultaron 5.351 comunidades étnicas (Anexo 12‑ Tabla 1).

Es importante señalar que de acuerdo con lo señalado en la Directiva Presidencial No. 8 del 9 de septiembre de 2020, una vez terminado el proceso de consulta, se dará aplicación al test de proporcionalidad y determinación de medidas de manejo en los siguientes casos:

Por falta de acuerdo en la preconsulta o consulta;

Por inasistencia de las autoridades representativas, una vez agotado los procedimientos de convocatoria establecidos;

Por la falta de solución del conflicto de representatividad en la comunidad étnica.

El test de proporcionalidad tiene por finalidad determinar las medidas de manejo adecuadas para prevenir, corregir o mitigar las afectaciones directas. Las medidas deberán estar desprovistas de arbitrariedad, fundamentadas en criterios de razonabilidad, proporcionalidad y objetividad, y tomarán en consideración las posiciones expresadas por la comunidad étnica y por la entidad promotora o el ejecutor delProyecto, Obra o Actividad(POA).

De otra parte, el Ministerio del Interior, en articulación con la UARIV, intervienen los territorios para avanzar en el cumplimiento del Auto 005/09 y del Decreto Ley 4635 de 2011. En esa medida, además, de la caracterización territorial se ha coordinado el proceso de Consulta Previa de los Planes Integrales de Reparación Colectiva de las comunidades NARP. El Ministerio del Interior realizó un total de 74 de consultas previas en el marco delPlan Integral de Reparación Colectiva (PIRC), los departamentos en los que más intervenciones se realizaron fueron Bolívar con 16, Valle del cauca con 13 y Chocó con 10.

5.Derechos territoriales y restitución de tierras (recomendación párr. 21 CERD/C/COL/CO/17-19)

El Estado colombiano ha dado continuidad a los procedimientos de restitución de tierras a comunidades étnicas, es así como, a través de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), se encuentra ejecutando en su Plan de Atención 2022 un total de 905 procedimientos activos (Anexo 13 – Tablas 1 - 6), distribuidos así:

514 procedimientos de formalización de territorios a Comunidades Indígenas, constitución, ampliación y saneamiento.

49 procedimientos de protección de territorio ancestral.

34 procedimientos de vigencia del título de origen colonial.

75 procedimientos de delimitación, vallas y mojones.

233 procedimientos de formalización de territorios a Comunidades Negras.

Así mismo, ha tramitado el procedimiento de formalización de territorios en cumplimiento de las órdenes emanadas de la Corte Constitucional en concordancia con los procedimientos regulados y establecidos en el Decreto 1071 del 2015 y el Decreto 1066 del 2015. Al respecto, obra anexo el estado de cumplimiento y las gestiones adelantadas por la ANT en el marco de órdenes judiciales provenientes de Jueces de Restitución de Tierras y la Corte Constitucional (Anexo 13 - Tabla 7 y 8).

Respecto a la destinación de recursos, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (UAEGRTD o URT), que tiene como objetivo la restitución de tierras despojadas en los términos de la Ley 1448 de 2011, fortaleció sus equipos interdisciplinarios a nivel nacional y territorial y cuenta con un plan de capacitación continua a los funcionarios y colaboradores, creando espacios de formación en las diferentes temáticas que confluyen la restitución de derechos territoriales étnicos.

Así mismo, a través de la Dirección de Asuntos Étnicos de la UAEGRTD se consolidó la planeación por medio de la marcación exclusiva de recursos del presupuesto de la dependencia, pasando de 5.586 millones de pesos en el año 2015 a 16.623 millones de pesos en 2022, lo cual representa un aumento del 198 % que ha permitido aumentar considerablemente los resultados de la gestión de restitución de derechos territoriales étnicos.

Por otra parte, el Estado ha dado continuidad a la garantía del derecho al territorio colectivo de las colectividades NARP mediante el mecanismo administrativo de protección - Ruta Étnica, en virtud de lo dispuesto por la Orden Quinta del Auto 005 de 2009 de la Corte Constitucional.

En esta medida, el Ministerio del Interior expide actos administrativos de Ruta Étnica con el objetivo de generar una protección formal de los territorios colectivos de las comunidades NARP. Así, de 2018 a junio de 2022 expidieron un total de 76 resoluciones de comunidades étnicas que, en contraste con el cuatrienio anterior, muestra un incremento pues para el periodo de 2013 a 2017 se realizaron 26 resoluciones.

Por otra parte, es relevante destacar que la UAEGRTD, en conjunto con la Rama Judicial ha articulado la incorporación de elementos tecnológicos en los trámites de los procesos de restitución, como la demanda electrónica, una herramienta innovadora y efectiva que facilita y agiliza el trámite de la etapa judicial. Esta se encuentra incorporada en el Sistema de Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas de la Unidad, y enlazada al Portal de Tierras del Consejo Superior de la Judicatura, lo que ha permitido aumentar el número de demandas radicadas y dar mayor calidad y celeridad en el proceso de restitución de los derechos territoriales para las comunidades indígenas y comunidades NARP.

6.Pueblos indígenas en peligro de extinción, en aislamiento o contacto inicial (recomendación párr. 23 CERD/C/COL/CO/17-19)

El Estado colombiano ha continuado con la implementación de los planes de salvaguarda étnicos que, deben entenderse como una medida de protección frente al riesgo de extinción física y cultural de los pueblos indígenas determinados por la Corte Constitucional en los Autos 004 de 2009 y 266 de 2017 de la Sentencia T-025 de 2004.

El avance en el indicador de porcentaje de Planes de Salvaguarda formulados con acuerdos institucionales señala que 20 Planes de Salvaguarda se encuentran en estado de formulación de programas y proyectos, fase en la cual se realiza la concertación interinstitucional de las líneas de acción, previamente realizadas y validadas por las comunidades indígenas. En tal sentido, el resultado del 51% de planes de salvaguarda con acuerdos institucionales corresponde a las comunidades: Awá, Nasa, Kisgó, Nukak, Embera, Wiwa, Tule, Koreguaje, Uitoto, Jiw, Caño Mochuelo, Siona, Wounaan, Eperara, Misak, Totoro, Kamentsa, Kofan, Yukpa y Zenú Antioquia.

156. A julio de 2022, de los 20 Planes de Salvaguarda que se encontraban en la cuarta fase de construcción, es decir, en etapa deformulación y concertación de programas y proyectos, 10 contaban con eje de gobierno propio en implementación, demostrando el avance en el goce efectivo del derecho de autonomía y gobierno propio. Las comunidades que cuentan con el eje de gobierno propio en implementación son: Awá, Embera, Tule, Uitoto, Caño Mochuelo, Wounaan, Misak, Totoró, Kofan y Kamentsá.

7.Atención a las mujeres afrocolombianas e indígenas para la eliminación de la discriminación racial y garantía de derechos (recomendación párr. 25 a y b CERD/C/COL/CO/17-19)

El Estado colombiano adoptó la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas(CNMI), a través de los Decretos 1097 y 1158 de 2020, en el marco de la Mesa Permanente de Concertación, como una instancia técnica, especializada y específica para garantizar la participación efectiva de las mujeres indígenas en el diseño, implementación y seguimiento de planes, programas y políticas que les conciernen, acorde con el auto 092 de 2008 de la sentencia T-025 de 2004.

Con la CNMI, en 2020 se realizó un piloto para la caracterización de las vulneraciones de los derechos de las mujeres indígenas y el diseño de campañas orientadas a prevenir y reducir la violencia sexual y demás formas de violencia, con alcance local y nacional. Este proceso se llevó a cabo en los territorios de San Juan del Cesar en la Guajira, Pueblo Bello en el Cesar, Quibdó en Choco, Ipiales en Nariño, Córdoba y, Fortul en Arauca.

De otro lado, durante 2020 y 2021, como respuesta a los compromisos asumidos por el Estado en el marco de la Minga Social para la defensa de la vida, el territorio y la democracia, instancia conformada por autoridades del Consejo Regional Indígena de Cauca (CRIC), del Consejo Regional Indígena de Caldas – CRIDEC y del Consejo Regional Indígena del Huila CRIHU, se comenzaron a desarrollar acciones orientadas a “fortalecer el proceso organizativo de las mujeres indígenas”, permitiendo de esta manera, apoyar y promover su participación en espacios generadas por el gobierno propio, conocer y reconocer sus derechos, e identificar las iniciativas productivas que desarrollan en sus comunidades.

Por otra parte, entre 2021 y 2022 el Estado a través de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, avanzó en la elaboración de un lineamiento técnico para la prevención de las violencias contra las mujeres afrodescendientes e indígenas ubicadas en la zona urbana y rural del Distrito de Buenaventura, que comprende el acompañamiento y orientación a mujeres víctimas de violencias o en riesgo de serlo y a mujeres u organizaciones de mujeres emprendedoras para el fortalecimiento de su autonomía económica.

Así mismo, en abril de 2022, se aprobó el Conpes 4080 de la Política Pública de Equidad de Género para las mujeres, cuyo propósito principal es generar las condiciones para que el país avance hacia la equidad de género y a la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales, de participación y de salud de las mujeres, así como la posibilidad de vivir una vida libre de violencias de género.

La mencionada política está dirigida a las mujeres colombianas de todos los grupos y sectores sociales: jóvenes y adultas, urbanas, rurales, campesinas, con pertenencia étnica, diversidad sexual y las que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, como las mujeres con discapacidad y las victimas de diversas formas de violencias.

En materia de salud sexual, por medio del Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Salud y ONU Mujeres, durante el año 2019 y 2020, se llevó a cabo en Riohacha, Santa Marta, Barranquilla y Maicao, un proceso de fortalecimiento y Desarrollo de capacidades de las entidades que conforman el Mecanismo Articulador para el abordaje integral de las violencias de género; igualmente, se realizaron dos talleres de sensibilización sobre prestación de servicios de salud y asistencia técnica a la secretaría de salud departamental; y se elaboraron infografías sobre el comportamiento de las violencias de género.

La información relacionada con el acceso a la justicia para las mujeres con enfoque étnico se encuentra relacionado en el apartado B “Acceso a la justicia: Implementación del artículo 6 de la Convención”, título 2.

8.Migrantes venezolanos (recomendación párr. 27 CERD/C/COL/CO/17-19)

Respecto a la situación migratoria de nacionales venezolanos, a corte de agosto de 2021, Migración Colombia estima que hay 1.842.390 migrantes venezolanos en el país, 344.688 con estatus migratorio regular, 1.182.059 en proceso de regularización a través del Estatuto Temporal para migrantes venezolanos y 315.643 con estatus irregular, debido a que excedieron el tiempo de permanencia permitido o cruzaron por un paso irregular.

El Estado ha liderado una estrategia integral para acoger e integrar a la población migrante proveniente de Venezuela, la cual se ha venido implementando como una política de Estado coherente y consistente, desde hace más de dos años.

El Estatuto Temporal de Protección (ETP) para migrantes venezolanos, adoptado mediante el Decreto 216 de 2021, es una herramienta jurídica práctica y complementaria al régimen de protección internacional de refugiados, que permite proteger los derechos fundamentales de los migrantes, ofreciendo resguardo a las personas que huyen de su país de origen por causa de la crisis. El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal, está compuesto por:

i)Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV)

Está a cargo de Migración Colombia, es obligatorio y gratuito para todos los migrantes venezolanos cobijados por el Decreto 216 de 2021 y se realiza en tres actividades: El Pre- Registro Virtual a través de dispositivos móviles, el diligenciamiento de la encuesta de caracterización socioeconómica y el Registro Biométrico Presencial. Contiene datos biométricos y biográficos para identificación y caracterización, puntualizando que la información recaudada, no podrá utilizarse con fines sancionatorios.

Para que el migrante venezolano pueda inscribirse en el Registro Único de Migrantes Venezolanos debe cumplir los siguientes requisitos: encontrarse en el territorio colombiano, los irregulares deben aportar prueba sumaria e idónea de su fecha de ingreso antes del 31 de enero de 2021, presentar un documento de identificación, su declaración expresa de su intención de permanecer en Colombia y autorizar la recolección de sus datos biográficos, demográficos y biométricos, por último debe actualizar su información.

ii)Permiso por Protección Temporal (PPT),

Es un mecanismo de regularización y documento de identificación con características técnicas de seguridad, que permite la permanencia en Colombia en condiciones de regularidad migratorias especiales y desempeñar cualquier actividad lícita. Asimismo, permite conmutar tiempo de permanencia para aplicar a una visa tipo R (Residente), lo que constituye un avance significativo frente al Permiso Especial de Permanencia (PEP), que no permitía esta acreditación.

En virtud del Decreto 216 de 2021, los titulares del PEP también podrán acreditar con este documento su permanencia en el territorio colombiano para los efectos de acumulación del tiempo requerido para aplicar a una visa tipo R, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Estatuto aplica a los migrantes venezolanos que sean Titulares de Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP) o su prórroga (PTP) y Permiso Especial de Permanencia Vigente (PEP), Titulares de Salvoconducto SC-2, solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiado, Irregulares que se encuentren en Colombia a 31 de enero de 2021 y Regulares que ingresen por Puesto de Control Migratorio dentro de los dos años posteriores a la entrada en vigencia del Decreto, es decir, a partir del 29 de mayo de 2021.

Por otra parte, teniendo en cuenta las necesidades en razón al género, edad, discapacidad, entre otros, el Estatuto Temporal de Protección busca cobijar a las personas más vulnerables que requieren de documentación y regularización migratoria.De esta manera, el ejercicio de la facultad discrecional se ejercerá en el marco de los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, atendiendo las necesidades especiales de los grupos en situación de vulnerabilidad manifiesta, como la población indígena, LGBTIQ+, NNA, personas en situación de discapacidad y en general, aquellos individuos que requieran especial trato.

Respecto a los NNA, se contemplan aquellas situaciones en que los menores de edad que se encuentren separados de sus representantes legales puedan acceder al Registro Único de Migrantes y al Permiso por Protección Temporal (PPT).

Por otra parte, considerando las brechas en el acceso a servicios de salud derivadas de la situación migratoria irregular, en los procesos de registro y expedición de los permisos por protección temporal (PPT) se priorizará a personas con necesidades especiales de protección, entre ellas mujeres gestantes y lactantes. Se espera así, que estas mujeres puedan acceder de forma prioritaria a los mecanismos del Estatuto Temporal de Protección, para que a la vez puedan hacer parte del SGSSS, y contar con controles prenatales y los servicios médicos que ellas y sus hijos requieran.

En materia de cifras sobre atenciones en salud, se reportan 14.037.825 de servicios acumulados a noviembre de 2021, servicios prestados a 1.591.971 migrantes venezolanos, con independencia de su estatus migratorio, en su mayoría, atenciones en salud a migrantes que no cuentan con afiliación al SGSSS, equivalentes al 68,5% de la población total atendida. De igual forma, se han suministrado más de 299 millones de medicamentos en atenciones a refugiados y migrantes venezolanos.

Al 22 de febrero de 2022 se había vacunado con primera dosis COVID a 576.455 migrantes venezolanos, mientras que 330.953 tienen 2 dosis y 17.114 tienen dosis de refuerzo. A través del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) se garantiza el mismo esquema de vacunación colombiano a la población migrante de manera gratuita con más de 2,5 millones de dosis aplicadas.

El sector salud ha realizado adecuaciones de las políticas públicas y normas que han permitido: i) Viabilizar la atención de urgencias para el caso de los migrantes en situación irregular, ii) Acceder al aseguramiento de una parte de esta población de acuerdo con su estatus migratorio y iii) Fortalecer la gestión de la salud pública en las entidades territoriales más afectadas.

Con corte a julio de 2022, los afiliados activos al SGSSS son 837.576 personas. De este número, 174.262 con PEP y 663.314 con PPTsegún la información cargada en Base de Datos Única de Afiliados (BDUA).

A marzo de 2022 se cuentan 555.498 NNA con acceso a la escuela y protegiendo la continuidad del proceso escolar con independencia de su lugar de procedencia. El 95% se encuentran matriculados en el sistema oficial y más del 66% distribuidos en las regiones Centro, Oriente y Caribe del país.

Desde el reconocimiento de los NNA como sujetos de derechos y la prevención de las amenazas, 98.471 NNA migrantes ingresan a la oferta institucional del ICBF, bajo el principio de no discriminación, y 3.594 reciben atención en los servicios de protección. De enero de 2015 al 30 de mayo de 2021, en aplicación del procedimiento para otorgar nacionalidad a recién nacidos en suelo colombiano, de padres venezolanos, se han beneficiado 62.885 niñas y niños nacidos en Colombia, en riesgo de apatridia.

Con corte al 13 de mayo 2022, se cuentan 456.494 hogares y 446.409 migrantes con encuesta de caracterización Sisbén, la cual sirve como mecanismo para identificar las necesidades y capacidades de los hogares en el territorio colombiano y focalizar la ayuda social. Del total de migrantes venezolanos con encuesta Sisbén, 51,6% corresponden a PPT, 32,6% con PEP y el 15,8% restante corresponde a otros tipos de documento (CE, DNI, Pasaporte y Salvoconducto).

Para la vigencia 2022, están incluidos dentro del Programa Ingreso Solidario (PIS) 40.409 hogares de migrantes como beneficiarios. A marzo de 2022, se programaron 40.409pagos a migrantes del PIS.

Por otra parte,en el año 2019, el Estado con el apoyo del PNUD diseñó la “Estrategia de generación de ingresos para la población migrante proveniente de Venezuela y las comunidades de acogida”, la cual se constituye en la hoja de ruta para identificar los obstáculos que frenan el proceso de integración socioeconómica de los inmigrantes venezolanos y los retornados colombianos y eliminar estos obstáculos.

La estrategia fue recogida en el capítulo V de la Ley 2136 de 2021 o Ley de la Política Integral Migratoria (PIM) y tiene como propósito implementar proyectos concretos, con el apoyo de actores del sector privado y de la cooperación internacional, para facilitar la formalización laboral y empresarial de las poblaciones migrante y de acogida, al igual que la inclusión financiera simplificando los procesos de apertura de cuentas bancarias y ofreciendo educación financiera.

En materia de igualdad y no discriminación durante la vigencia del año 2021, Migración Colombia con el apoyo de ACNUR realizó la presentación del programa de lucha contra la xenofobia, “Mi casa es tu casa” en todas las regionales del país, dirigida inicialmente a directivos y funcionarios (401 funcionarios capacitados) con el fin de que sean multiplicadores de los contenidos del programa en sus jurisdicciones, realicen socializaciones y capacitaciones en los distintos sectores, con el propósito de implementar acciones de prevención del fenómeno de xenofobia. Asimismo, para apoyar el proceso de trasmisión del Programa se diseñaron, diagramaron e imprimieron tres tipos de cartillas (15 mil ejemplares que se enviaron a las sedes regionales) con la información sobre la temática para tres tipos de público (niños y niñas; adolescentes y adultos).

Finalmente, el Estado publicó una guía para migrantes venezolanos, en la que presenta información sobre los procesos de inclusión de la población migrante en la dinámica social y económica colombiana.

Información adicional sobre estas medidas de protección puede ser consultado en el Anexo 14.

9.Defensores de Derechos Humanos y líderes de pueblos indígenas y afrocolombianos (recomendación párr. 29 a, b, c, d CERD/C/COL/CO/17-19)

El 29 de noviembre del 2021 el Estado adoptó la Política Pública Nacional de Respeto y Garantías a la Labor de Defensa de los Derechos Humanos mediante CONPES 4063 que propone el cumplimiento de cuatro objetivos específicos: i) articular el esfuerzo interinstitucional para intervenir los factores de riesgo que amenazan el ejercicio de la defensa de los Derechos Humanos; ii) fortalecer las capacidades institucionales para la prevención temprana y la protección oportuna; iii) incentivar la adopción de estrategias que fortalezcan las etapas de investigación, judicialización y sanción de las agresiones; y iv) fortalecer las capacidades individuales y colectivas de los defensores de Derechos Humanos, para la promoción y el reconocimiento a dicha labor.

Adicionalmente, desde el año 2016, la FGN creó una estrategia específica para la investigación de delitos contra personas defensoras de derechos humanos compuesta por varias líneas de acción, una de estas tiene que ver con el fortalecimiento de la investigación del delito de amenazas contra esta población, e incluye la aplicación del enfoque diferencial y territorial.

Ahora bien, frente al fortalecimiento de las capacidades investigativas en relación con el delito de amenazas, es preciso mencionar que, desde el año 2018, la Fiscalía cuenta con un Grupo de Trabajo Nacional para la Investigación de Amenazas contra personas defensoras de derechos humanos que ha logradoresultados significativos en el esclarecimiento.

En esta medida, de los homicidios reportados por la OACNUDH en Colombia desde enero del 2016 hasta diciembre de 2020, la Fiscalía tiene avances de esclarecimiento en el 70.43% de las afectaciones con corte al 13 de abril de 2022. Por su parte, de los casos reportados por la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía registra con esta misma fecha de corte, 66 casos con avance investigativo hacia el esclarecimiento, esto es el 30% de los casos.

Por otra parte, a través de la coordinación con la Comisión de Derechos Humanos para Pueblos Indígenas, el Ministerio del Interior ha avanzado a través de reuniones bilaterales entre el Gobierno Nacional y los pueblos indígenas en la concertación de medidas de prevención y protección encaminadas en salvaguardar los derechos de pueblos indígenas asentados en territorio nacional.

A junio de 2022, se había invertido un total de $ 5.169.183.969 en el fortalecimiento de la Comisión de Derechos Humanos para los pueblos indígenas, a través de acciones de articulación a nivel nacional y territorial y formulación de política pública integral.

Por otra parte, la UNP implementa rutas de protección individual y colectiva para la protección de los derechos a la vida, integridad, libertad yseguridad personal de grupos y comunidades en situación de riesgo extraordinario o extremo. Entre 2019 y 05 de julio de 2022, implementó 66.342 medidas de protección individuales y colectivas, 185 Apoyos de Reubicación y 466 Apoyos de Transporte a la poblaciónidentificada comodirigentes, representantes o miembros de grupos étnicos.

En este mismo periodo, implementó 66.559 medidas de protección a personas defensoras de derechos humanos, en particular líderes ylideresas de pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes. La información adicional sobre acciones de protección implementada por la UNP a comunidades étnicas puede ser consultada en el Anexo 7.

10.Aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban (recomendación párr. 34 CERD/C/COL/CO/17-19)

En 2021 el Estado construyó la política de “Lineamientos y Acciones del Gobierno Nacional para el Respeto y Garantía de los Derechos Humanos en Colombia 2021-2022”, y la “Actualización y fortalecimiento del Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos (PLANEDH 2021 - 2034)”, con un componente denominado “Igualdad, no discriminación y respeto por las identidades”, que busca articular acciones para la eliminación del Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, dirigidas especialmente a las poblaciones más vulnerables del país.

Al respecto, se destaca que la construcción de los “Lineamientos y Acciones del Gobierno Nacional para el Respeto y Garantía de los Derechos Humanos en Colombia 2021-2022” se realizó mediante un enfoque de innovación y co-creación, utilizando talleres virtuales, whatsapp, facebook y formularios en línea en todo el país.

A través de esta estrategia de participación multicanal se obtuvieron en total 5.532 aportes al PNADDHH, de los cuales 2.322 fueron a través de talleres virtuales, 3.161 a través de grupos de whatsapp y 49 de difusión en redes sociales y página web.

De acuerdo con la base de datos, del total de 4.717 participantes en la estrategia multicanal de talleres y grupos de WhatsApp, la cual tuvo cubrimiento de todos los departamentos del país, 1.159 fueron personas con pertenencia étnica; 353 indígenas, 8 Rrom y 798 NARP. La población NARP que participó representa un 16,9% del total de personas que hicieron parte de la construcción del Plan.

De otra parte, se expidió el Plan Nacional de Acción de Empresas y Derechos Humanos 2020-2022 “Juntos lo hacemos posible, resiliencia y solidaridad”,con el cual se busca dar cumplimiento a los Principios Rectores bajo la premisa de impulsar el desarrollo económico sostenible, la conducta empresarial responsable y fortalecer la reactivación económica y social con perspectiva de Derechos Humanos.

Este Plan cuenta con un enfoque de Derechos Humanos y enfoques diferenciales, y pretende impulsar a las empresas a liderar iniciativas de solidaridad, respeto y promoción de los derechos humanos, ayudando a los más vulnerables, a través de una conducta empresarial responsable y verificando que sus actividades no los afecten.

El Plan cuenta con 3 pilares fundamentales: i) el deber del Estado de proteger los Derechos Humanos en las actividades empresariales, ii) el deber de respeto de los Derechos Humanos por parte de las empresas y iii) los mecanismos de remediación. Cada pilar tiene ejes de trabajo que contienen acciones a cargo de entidades del Estado o de gremios empresariales. El plan cuenta con 95 acciones a cargo de 34 entidades del Estado.

11.Implementación del Decenio Internacional para los Afrodescendientes (recomendación párr. 35 CERD/C/COL/CO/17-19; Recomendación General No. 34)

El Estado en un trabajo articulado, logró el diseño de un curso de formación no formal en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario denominado “Derechos humanos y derecho internacional humanitario para comunidades NARP”. La oferta y virtualización se ha dado desde del mes de diciembre de 2021 por parte de la ESAP, en la modalidad de diplomado de 80 horas, y está dirigido a miembros pertenecientes a comunidades NARP.

Igualmente, se han realizado dos foros del Decenio Internacional, que tuvieron como objetivo impulsar el diálogo para el cumplimiento de la política pública y los derechos de los pueblos y comunidades afrodescendientes de la región andina, mediante la realización del IIForo Internacional Afro andino, que permita evidenciar los avances, buenas prácticas, desafíos y dificultades en la implementación del Decenio Internacional para los Afrodescendientes I y II Foro del Decenio Internacional. Se discutieron tres temáticas entre Colombia, Bolivia, Perú y Ecuador:

Evidenciar los avances y dificultades por parte de las instituciones de los Estados, encargadas del diseño y ejecución de las políticas, planes y programas en respuesta a las demandas de las poblaciones afrodescendientes, en el marco del Decenio.

Visibilizar las experiencias y buenas prácticas que permitan el fortalecimiento organizativo de la sociedad civil afrodescendiente de la subregión, promoviendo su participación, concertación, diálogo e incidencia ante las instituciones del Estado y los organismos internacionales.

Plantear los desafíos de corresponsabilidad entre las instituciones, la sociedad civil y el Sistema de Integración Andino para lograr el cumplimiento de los objetivos del Decenio, a través de una declaración de compromisos y una hoja de ruta con acciones a corto y mediano plazo.

B.Acceso a la justicia: Implementación del artículo 6 de la Convención

1.Medidas para la garantía y protección de los pueblos indígenas (recomendación párr. 15 b CERD/C/COL/CO/17-19)

El Estado, mediante la Resolución 1049 de 2019, a través de la UARIV, adoptó el procedimiento para reconocer y otorgar la indemnización por vía administrativa. Este procedimiento contiene criterios que dan prelación en el desembolso de la medida, y tienen como fin priorizar a las personas que presentan una mayor vulnerabilidad.

Asimismo, el procedimiento reglado prevé que existen un número significativo de víctimas que no se encuentran en las situaciones descritas, por lo que estableció la aplicación del “Método Técnico de Priorización” para garantizar y determinar el orden de entrega de la medida de estas personas de acuerdo a la disponibilidad presupuestal anual y de conformidad con el análisis que se realiza de las variables demográficas, socioeconómicas, de caracterización del daño, y de avance en el proceso de reparación integral.

De conformidad con lo expuesto, es de mencionar que, entre el 01 de enero de 2019 al 28 de febrero de 2022, la UARIV ha ordenado el pago de la medida de indemnización administrativa a las víctimas con pertenencia étnica por un total de 541.993.563.903 (Anexo5 - Tabla 3). De otra parte, respecto a los procesos de reparación colectiva, en materia de indemnizaciones a favor de indígenas, negros, afrocolombianos y palenqueros, entre el 1de enero de 2019 al 31 de marzo de 2022, se realizó la implementación de la medida de indemnización étnica a 62 sujetos étnicos con una inversión cercana a los 16.892 millones de pesos.

Durante el periodo 2019 a marzo 2022, en el marco del programa de reparación colectiva, se adelantó la implementación de 200 acciones de reparación beneficiando a 58 sujetos de reparación colectiva étnicos, acumulando así un total de 272 acciones reparadoras implementadas en 62 sujetos.

También se entregaron dotaciones, bienes de uso colectivo a través del apoyo a proyectos productivos y proyectos de infraestructura social y comunitaria con una inversión cercana a los 28.623 millones a 32 sujetos de reparación colectiva étnicos. 22 de ellos se encuentran ubicados en municipios PDET.

Durante el periodo reportado, se realizó la implementación de la medida de indemnización étnica a 34 sujetos en el marco del programa de reparación colectiva, con una inversión de 9.529.097.040,85.

Es de señalar que la UARIV, desde la vigencia 2019 hasta abril de 2022, ha formulado y protocolizado 24 Planes Específicos y 4 Planes de Asistencia y Atención en el marco de la implementación de la orden 3 del Auto 005 de 2009 y la orden 2 del Auto 073 de 2014.

En este sentido, durante el 2019, se formularon Planes Específicos con 14 consejos comunitarios de los departamentos de Cauca, Nariño y Chocó (Anexo 5 - Tabla 4) en la vigencia 2020, se formularon e implementaron Planes Específicos con 5 consejos comunitarios del departamento de Chocó (Anexo 5 - Tabla 5). Finalmente, en el año 2021, se formularon e implementaron Planes Específicos con 10 consejos comunitarios de los departamentos de Chocó y Bolívar (Anexo 5 - Tabla 6).

En el marco del proceso de implementación de los Planes Específicos que se han formulado desde el año 2019, la UARIV ha implementado 46 medidas que corresponden a la línea de fortalecimiento político organizativo, de identidad cultural y de contribución a los emprendimientos comunitarios en el marco de la generación de ingresos. A partir del 2021, se vienen implementando acciones de fortalecimiento a la infraestructura social y comunitaria, proyectos agropecuarios y dotaciones a través de los Consejos Comunitarios con su respectiva identificación en el territorio (Anexo 5 - Tabla 7).

Durante el 2020, se realizaron asistencias en distintos componentes, como 16 asistencias técnicas a las comunidades en los Planes de Acción Territorial; 11 asistencias técnicas a comunidades NARP, con consejos comunitarios y con la Mesa Nacional; 19 asistencias técnicas a comunidades y Pueblos Indígenas; 15 asistencias técnicas con apoyo de la FAO con comunidades de tres departamentos y a nivel Nacional. Igualmente, se realizaron diálogos con las Mesas de participación de víctimas en asuntos relativos al seguimiento a los acuerdos con las Mesas departamentales, capacitación a entidades territoriales, capacitación a líderes y lideresas de las Mesas de Participación y, finalmente, a la gestión con entidades del SNARIV con Mesas Departamentales.

Finalmente, para la vigencia 2021, se realizaron 50 asistencias técnicas a comunidades étnicas, desde las Direcciones Territoriales de la UARIV.

2.Acceso a la justicia para las mujeres afrocolombianas e indígenas (recomendación párr. 25 c CERD/C/COL/CO/17-19)

El Estado colombiano, a través de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer ha impulsado una Iniciativa Nacional de Equidad, Emprendimiento y Seguridad de Mujeres en Sectores Rurales – INES, que busca llevar justicia a la puerta a los hogares de las mujeres rurales y sus familias y despliega acciones para la prevención y atención de violencias contra las mujeres en zonas rurales.

La misma pretende incidir, mediante procesos de capacitación y sensibilización con la comunidad y de coordinación interinstitucional, en los municipios focalizados, entre los cuales se destacan Quibdó, Buenaventura, Palmira, Mitú y Leticia, en donde se encuentra un alto porcentaje de población afrodescendiente e indígena y adicionalmente se presentan mayores niveles de violencias contra las mujeres, así como brechas de acceso a la justicia en el ámbito rural. En el año 2022, se alcanzó un total de 5.089 personas beneficiadas en el total de municipios priorizados.

En relación con los casos de violencia sexual ocurridos con ocasión o en el marco del conflicto armado colombiano, la FGN ha trabajado de manera decidida en: i) el diseño e implementación del protocolo de investigación de violencia sexual; ii) la puesta en marcha de una estrategia de priorización para la investigación y judicialización de la violencia sexual ocurría en el marco del conflicto armado; iii) el fortalecimiento de las Direcciones Seccionales para la investigación de delitos de violencia sexual; y iv) el fortalecimiento de la estrategia de investigación en el marco de la ley de Justicia y Paz.

A partir del 2020 y hasta la fecha, se ha venido desarrollando una estrategia sobre las investigaciones adelantadas con ocasión de los casos remitidos por la Corte Constitucional, cuyo objetivo es lograr el impulso procesal a corto plazo, para así generar actuaciones judiciales que representen esclarecimiento.El plan de trabajo está enfocado en la depuración e impulso de los casos, verificando el universo y estado actual de las investigaciones penales, priorizando y realizando seguimiento a los casos activos.

Esta estrategia fue planteada para desarrollarse en las siguientes 2 fases:

“Establecer Universos”, en la que se inicia por la verificación del universo y el estado actual de las investigaciones penales. De esa manera, con el propósito de normalizar la base de datos que contiene los registros, se consolidó la información en una herramienta de seguimiento y se actualizó el estado de cada investigación;

priorización y seguimiento de los casos activos, cada una de las Delegadas de la Fiscalía realizaría a través de mesas de seguimiento, la identificación de aquellos casos con proyección de esclarecimiento para dar impulso a dichas investigaciones.

Adicionalmente, se adelanta una estrategia conjunta de revisión de casos con la Procuraduría General de la Nación, que ha permitido articular esfuerzos entre las dos entidades para el seguimiento de las investigaciones.

Por otra parte, respecto a la reparación integral, la UARIV, en materia de indemnización por vía administrativa en favor de indígenas y NARP, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2019 al 28 de febrero de 2022, por el hecho victimizante de delitos contra la libertad y la integridad sexual, otorgó indemnización por un total de 13.466.926.224 (Anexo 5 - Tabla 8).

Desde el Ministerio de Justicia, se ha implementado la Iniciativa Estratégica: Acceso a la justicia dirigida a mujeres y población con identidad de género diversa víctimas de violencia sexual, RED JUSTAS, cuya actividad consiste en la implementación de la estrategia interinstitucional sobre el acceso a la justicia dirigida a mujeres y población con identidad de género diversa víctimas de violencia sexual.

RED JUSTAS, desde el componente psicosocial, busca lograr el bienestar emocional de las víctimas, como base fundamental para la reivindicación y restitución de sus derechos. En estos espacios debe ser posible el ejercicio del derecho de voz a través del cual pueden expresarse componentes vitales como la memoria, las historias, los miedos, las emociones, el cuerpo, los sueños, sus necesidades, sus expectativas, sus intereses.

A nivel nacional, se contó con el apoyo de entidades como el Ministerio de Justicia y del Derecho, Fiscalía General de la Nación, Policía Nacional, UARIV, Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación, Ministerio de Salud, JEP y el Consejo Superior de la Judicatura. Por su parte, en el sector Sociedad Civil, hubo participación de la Organización coordinadora para el acompañamiento integral, la formación y la gestión y análisis de información y las Organizaciones de base que trabajan con mujeres.

La información adicional sobre esta iniciativa puede ser consultada en el Anexo 16.

3.Acceso a la justicia (recomendación párr. 31 CERD/C/COL/CO/17-19)

El sistema jurídico nacional del Estado cuenta con una oferta de 5.636 despachos judiciales distribuidos en todo el territorio nacional y como mínimo, cuenta con un despacho judicial en cada uno de los 1.103 municipios del país(Anexo 15 - Tabla 1). Los departamentos del Litoral Pacífico y Atlántico de Colombia, en donde se concentra gran parte de la población afrodescendiente, cuentan con 2.554 despachos Judiciales, es decir una cobertura de cerca del 44% del total de despacho judiciales del país.

Por otra parte, en atención a los compromisos establecidos en el PND (2018-2022), se han elaborado cinco documentos de caracterización de justicias propias, los cuales han permitido vislumbrar y comprender la complejidad propia de las justicias indígenas y del pluralismo jurídico en Colombia. Estos documentos corresponden a: Resguardo Caño Jabón, Resguardo Piguambí Palangala, Resguardo Kankuamo, Consejo Regional Indígena del Cauca, Resguardo Indígena de la Yuquera y la Asociación Cabildo Mayor Indígena de la zona del bajo y norte del Chocó (CAMIZBA).

De igual forma, se han llevado a cabo actividades que han permitido la consolidación de la justicia propia al interior de los pueblos, como es el caso del “Banco de Iniciativas y Proyectos para el Fortalecimiento de la Justicia propia de los Pueblos Indígenas de Colombia”. Lo anterior surgió a raíz de los compromisos protocolizados con los pueblos indígenas en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, y a partir de la necesidad de materializar lo dispuesto en el artículo constitucional 246 y en el título VI del Decreto 1953 de 2014. Vale mencionar que este Banco es administrado por el Ministerio de Justicia.

En los años 2020 y 2021, se firmaron dos Convenios de Cooperación Internacional con la Organización de Estados Iberoamericanos, por medio de los cuales se apoyaron varias iniciativas para cada anualidad. Durante el 2020, se apoyaron 31 iniciativas (Anexo 16‑ Tabla1) y en el 2021, se brindó apoyo a 45 iniciativas en distintos pueblos indígenas ubicados al interior del país (Anexo 16 – Tabla 2).

Durante el año 2021, el Ministerio de Justicia y del Derecho, en colaboración con la Universidad Nacional, desarrolló el curso “Jurisdicción Especial Indígena”, dirigido a operadores de justicia y miembros de las comunidades étnicas, en el cual participaron más de 1.200 beneficiarios.

En esta misma vigencia, se suscribió un convenio con la Asociación Cultural Casa del Niño para el fortalecimiento de los mecanismos propios de resolución de conflictos de las comunidades NARP de 21 consejos comunitarios de los departamentos del Chocó, Cauca y Valle del Cauca. El proceso cerró con la participación de 39 Consejos Comunitarios y otras formas organizativas de las comunidades negras.Otros convenios administrativos y acciones realizadas en la materia por las entidades del Estado pueden ser consultadas en el Anexo 16.

Se ha venido implementando el componente indígena del Plan Decenal del Sistema de Justicia (PDSJ) 2017-2027: Después de dos años de su expedición se logró concretar la realización de la consulta previa del capítulo indígena, garantizando la participación de las comunidades con sus propuestas para el fortalecimiento de la justicia propia y para la sinergia institucional. La protocolización de la consulta previa culminó el 9 de noviembre de 2020. 

Por otra parte, a través del Consejo Superior de la Judicatura se lleva a cabo la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema Judicial Nacional y la Jurisdicción Especial Indígena (COCOIN), la cual cuenta con representación de pueblos indígenas, ramas ejecutiva y judicial del poder público, así como de diferentes órganos de control y en ella se analizan casos para la generación de lineamientos técnicos de coordinación interjurisdiccional. En el marco de esta instancia se trabaja en la construcción de un documento de proyecto borrador de reglamentación del artículo 246 de la Constitución Política respecto de la coordinación entre la Jurisdicción Especial Indígena y el Sistema Judicial Nacional, este documento se llevará a consulta previa en la presente vigencia.

Durante el 2021, se llevaron a cabo 5 sesiones de la COCOIN de manera híbrida, con la participación presencial y virtual de sus integrantes, en las que se avanzó en la articulación del trabajo de la COCOIN con el de las Mesas Departamentales de Coordinación Interjurisdiccional. Al respecto, se destacan algunos avances como el inicio del trabajo de elaboración de una propuesta de Ley de Coordinación Interjurisdiccional; la revisión de los avances en la socialización del documento de Recomendaciones de Medicina Legal para la aplicación del enfoque diferencial en el servicio forense y de la Directiva 05 de 2021 de la FGN que establece los lineamientos para la definición de los conflictos de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción especial indígena.

En el nivel departamental se resalta el liderazgo de los Consejos Seccionales de la Judicatura, que lograron realizar al menos una sesión de sus mesas departamentales de coordinación interjurisdiccional. En total, durante el segundo semestre de 2021, se realizaron 22 mesas departamentales, la mayoría de manera híbrida, en las que se garantizó la participación de los pueblos indígenas de cada departamento.

C.Medidas de educación que conduzcan a combatir los prejuicios que conducen a la discriminación racial: Implementación del artículo 7 de la Convención

Medidas de educación sobre defensa de los derechos humanos (recomendación párr. 29 e CERD/C/COL/CO/17-19)

En agosto del 2020, el Estado lanzó la campaña “#LíderEsColombia,en la prevención y protección sumamos vidas” que reconoce la labor de los líderes sociales y busca visibilizar el ejercicio del liderazgo social, a través de actos de reconocimiento y acciones pedagógicas. Así, durante 2020i) se elaboraron 8 podcasts, 39 piezas gráficas y un comercial que es emitido en televisión nacional por medio del código cívico; ii) se implementaron 6 foros contra la estigmatización denominados “Construyendo liderazgo para la defensa de los derechos humanos” los cuales contaron con la participación de 226 líderes sociales en los departamentos del Meta, Risaralda, Córdoba, Arauca, Florencia y putumayo y una inversión de 123.000.000.

Adicionalmente, en 2020 se adelantó la estrategia “Escuela de Líderes”, que busca fortalecer los liderazgos y la gobernanza en el país a través de una oferta académica virtual, multidisciplinaria y gratuita, orientada a la promoción de la inclusión y la equidad y al fortalecimiento de las capacidades de los líderes en sus territorios. Esta estrategia, se desarrolló en los 32 departamentos del país con una destinación total de 8.610.890.173. El número total de personas inscritas en la Escuela ascendió a los 12.833. Los departamentos con mayor número de beneficiarios de la Escuela de Formación de Líderes Sociales fueron: Cauca (1.79), Antioquia (882), Bogotá (839) y Nariño (825).

Durante el 2021, en el marco de esta estrategia, se realizaron 15 foros territoriales en las temáticas de Gestión Preventiva del Riesgo y de no estigmatización de los defensores de derechos humanos. En dichos foros participaron 717 personas y tuvieron una inversión de 217.000.000. Adicionalmente, se realizaron dos talleres en Autoprotección y Autocuidado para Mujeres lideresas en los departamentos de Chocó y Norte de Santander con la participación de 72 personas con un valor de 10.000.000. Asimismo, por medio de una inversión de 90 millones de pesos, se crearon dos MOOC (Cursos Online Masivos y Abiertos, por sus siglas en inglés), uno en Derechos Humanos y No estigmatización y otro en Reconciliación y Convivencia, para los que se inscribieron 397 personas.

En la misma vigencia, la implementación del Decreto 660 recibió un impulso por medio de la creación de un diplomado para impulsar la formación de los Defensores Comunitarios y de una cartilla para la implementación de este. Finalmente, se otorgaron alrededor de 55 becas a los estudiantes destacados. Para estas becas, se invirtió un total de 50 millones de pesos.

En la vigencia 2021, se continuó con dicha estrategia, invirtiendo recursos por 1.406.500.000, logrando en una primera fase certificar a 1.746 líderes del territorio nacional en múltiples cursos.

Entre el 2019 y el 2021 se dio continuidad a las asistencias técnicas del Observatorio contra la Discriminación Racial en el territorio nacional con el propósito de brindar herramientas conceptuales y legales que permiten la exigibilidad de los derechos y mecanismos de protección existentes en la Constitución Política y la ruta interinstitucional con atención diferencial contra la discriminación racial y racismo.

Otras acciones adelantadas por el Estado en materia de educación sobre líderes y defensores pueden ser consultada en el Anexo 17.