Naciones Unidas

CCPR/C/JPN/7

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

28 de abril de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

Séptimo informe periódico que el Japón debía presentar en 2018 en virtud del artículo 40 del Pacto con arreglo al procedimiento facultativo de presentación de informes * **

[Fecha de recepción: 30 de marzo de 2020]

A.Información general sobre la situación nacional en materia de derechos humanos, con inclusión de nuevas medidas y acontecimientos relativos a la aplicación del Pacto

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones previa a la presentación del informe (CCPR/C/JPN/QPR/7)

1.El Japón ha examinado en detalle las recomendaciones formuladas en las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos sobre su sexto informe periódico en agosto de 2014 y ha respondido adecuadamente a cada una de ellas. En consecuencia, desde que se aprobaron dichas observaciones finales el país ha realizado importantes progresos en el ámbito del marco jurídico e institucional para la promoción y protección de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas con discapacidad y del niño. En particular, las iniciativas enunciadas en los párrafos 12, 16, 46, 48, 49, 64, 84, 85, 129, 144, 157, 165, 185, 186 y 227 corresponden a la lista de cuestiones previa a la presentación del séptimo informe periódico del Japón.

2.Hay varios casos en los que los tribunales nacionales se remiten a las disposiciones del Pacto. Por ejemplo, en un caso de apelación especial contra la decisión de desestimar los recursos contra la sentencia de partición de herencia, el Tribunal Supremo determinó que la disposición del Código Civil que estipulaba que la participación en la herencia de los hijos nacidos fuera del matrimonio fuera la mitad de la participación de los hijos nacidos dentro del matrimonio, violaba el párrafo 1 del artículo 14 de la Constitución, que declaraba la igualdad ante la ley (decisión del Tribunal Supremo de 4 de septiembre de 2013). Para fundamentar esa decisión, el Tribunal se refirió al hecho de que el Comité de Derechos Humanos había recomendado reiteradamente desde 1993 que se suprimiera la disposición mencionada y se revisara la ley. (Las medidas adoptadas por el Gobierno a raíz de esa decisión se describen en el párrafo 12.)

3.La información sobre el programa de capacitación que ha logrado confirmar el Gobierno es como sigue. Durante el período de formación, antes de obtener las calificaciones judiciales, quienes se forman como jueces, fiscales o abogados deben cursar programas de estudio relativos a los tratados internacionales de derechos humanos. Además, aún después de haber obtenido las calificaciones pertinentes, en el momento oportuno e incluso en el marco de los cursos de capacitación adaptados a sus años de experiencia, se dictan conferencias sobre los tratados, incluido el Pacto: a los jueces, a cargo del Instituto de Formación e Investigación Jurídica del Japón; a los fiscales, a cargo del Ministerio de Justicia; y a los abogados, a cargo de la Federación Japonesa de Colegios de Abogados, 52 colegios de abogados y ocho federaciones de colegios de abogados de todo el país.

B.Información específica sobre la aplicación de los artículos 1 a 27 del Pacto, incluida la relacionada con las recomendaciones anteriores del Comité

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (artículo 2)

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

4.El Primer Protocolo Facultativo del Pacto estipula el procedimiento de comunicaciones individuales (en adelante, “el procedimiento”). El Gobierno considera que el procedimiento es digno de mención por cuanto garantiza efectivamente la aplicación del Pacto. En lo que respecta a la aceptación del procedimiento, se han tenido en cuenta cuestiones como la de si plantea problemas en relación con el sistema judicial y la política legislativa del Japón, y los posibles marcos institucionales que habría que establecer para aplicar el procedimiento en caso de que el Japón lo aceptara. Esas cuestiones se examinan en el marco de las deliberaciones entre los ministerios competentes.

5.Como parte de nuestro examen, el Gobierno estableció un grupo de estudio interministerial e interinstitucional sobre el procedimiento, encargado de reunir el mayor número posible de ejemplos de casos de comunicaciones individuales presentadas a los comités establecidos en virtud de los diversos tratados de derechos humanos, y de estudiar las respuestas de los comités a esos casos. Más recientemente, el grupo de estudio celebró un seminario el 23 de abril de 2019 con la asistencia de funcionarios de los ministerios y organismos conexos, así como de expertos, quienes debatieron la situación en que se encontraba últimamente el procedimiento.

6.El Gobierno seguirá celebrando debates a fondo sobre esta cuestión, teniendo en cuenta las diversas opiniones.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

7.Las revisiones constitucionales son propuestas ante todo por la Dieta y aprobadas luego en un referéndum nacional. No es cierto que el Gobierno haya propuesto una revisión de la Constitución. El Japón observa fielmente todos los tratados celebrados por el país, en particular el Pacto, como una obligación del Gobierno.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

8.El Gobierno sigue examinando debidamente el marco para un sistema de vías de recurso en materia de derechos humanos, teniendo presentes los debates celebrados hasta la fecha.

No discriminación y prohibición de la apología del odio nacional, racial o religioso (artículos. 2, 20 y 26)

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

9.En el Japón, el párrafo 1 del artículo 14 de la Constitución establece la igualdad ante la ley. Sobre esa base, el Gobierno está empeñado en eliminar todas las formas de discriminación. En ámbitos muy públicos como el empleo, la educación, la atención médica y el tráfico, que están estrechamente relacionados con la vida civil, el trato discriminatorio está prohibido por leyes y reglamentos específicos (véanse los ejemplos concretos que se presentan en el anexo 1).

10.Además, el Gobierno está en condiciones de oponerse a las violaciones de los derechos humanos por motivos de orientación sexual o identidad de género.

11.Debido a las revisiones de la Ley de Viviendas Públicas en virtud de la Ley de preparación de legislación conexa para promover la reforma destinada a fomentar la autonomía e independencia locales, se suprimió el llamado requisito de parientes vivos. Las ordenanzas de cada municipio local estipulan condiciones distintas de los requisitos de residencia, estipulados en las leyes y reglamentos como el límite superior de la norma de ingresos por residencia, razón por la cual cada municipio local puede decidir quién será alojado en una vivienda pública, incluso en el caso de las parejas del mismo sexo.

12.En diciembre de 2013, se promulgó la Ley de revisión parcial del Código Civil. Como consecuencia de la revisión, la parte legal de la herencia que corresponde a un hijo nacido fuera del matrimonio se igualó a la que corresponde a un hijo nacido dentro del matrimonio mediante la supresión de la disposición del Código que estipulaba que solo fuera la mitad. La ley entró en vigor el mismo mes.

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

13.En el Japón, la libertad de expresión, incluida la libertad de manifestación, está plenamente garantizada por el artículo 21 de la Constitución. La libertad de expresión constituye la base sobre la que se asienta una nación democrática y es uno de los derechos humanos fundamentales más importantes de los ciudadanos, razón por la cual no podrá ser restringida injustificadamente ni siquiera por la ley.

14.Aunque no está claro a qué manifestaciones se refiere el Comité en el párrafo 6, el Gobierno tiene conocimiento de que hubo manifestaciones en las que grupos de ciudadanos de derecha usaron lenguaje y exhibieron conductas extremistas. Esas personas realizaban actividades nacionalistas y xenófobas extremas.

15.Entre agosto de 2015 y marzo de 2016, el Ministerio de Justicia llevó a cabo una encuesta de investigación sobre el llamado discurso de odio y publicó sus resultados. Según pudo constatarse a partir de esos resultados, organizaciones conocidas por organizar manifestaciones y mítines en los que se utilizan expresiones de odio siguen realizando un número considerable de actividades de ese tipo, si bien es cierto que su número ha tendido a disminuir.

16.En virtud de la idea de que “el discurso de odio no debe tolerarse”, en 2016 entró en vigor la Ley de Promoción de las Actividades encaminadas a Eliminar el Discurso y el Comportamiento Discriminatorios Injustos contra Personas Originarias de fuera del Japón (Ley de Eliminación del Discurso de Odio). El propósito de la ley fue ampliamente divulgado en los medios de difusión, lo que dio lugar a un reconocimiento cada vez mayor en la sociedad de que no debían tolerarse el discurso y el comportamiento discriminatorios que excluyeran a personas pertenecientes a determinados grupos étnicos y nacionalidades. En los párrafos 1 a 5 del anexo 2 se exponen las principales iniciativas del Gobierno en lo que respecta al discurso de odio.

17.De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Radiodifusión, los organismos de radiodifusión están obligados a difundir los programas de forma apropiada. Por ejemplo, la Ley de Radiodifusión establece que, al editar los programas para el consumo nacional, los organismos de radiodifusión no deberán influir negativamente en la seguridad pública o en los buenos valores morales, y que, a la hora de presentar información, no deberán distorsionar los hechos. El Gobierno reconoce que los organismos de radiodifusión han desempeñado un importante papel social editando los programas de forma autónoma e independiente en el marco de la Ley de Radiodifusión.

18.En lo tocante a los pueblos indígenas, el Gobierno reconoce que los ainus son el único pueblo indígena del Japón.

19.Con respecto a la cuestión dowa (discriminación contra los burakumines), el Gobierno considera que los residentes de los distritos dowa no se diferencian en modo alguno de los demás japoneses en cuanto a raza y etnia, y, por lo tanto, pertenecen a la raza japonesa y son japoneses sin duda alguna. Además, conforme a la Ley sobre la Promoción de la Eliminación de la Discriminación de los Burakumines, que entró en vigor en 2016, el Gobierno está mejorando los sistemas de consulta y llevando a cabo actividades educativas y de sensibilización a fin de promover la eliminación de la discriminación contra los burakumines.

20.La autoría de la Ley de Promoción de las Actividades encaminadas a Eliminar el Discurso y el Comportamiento Discriminatorios Injustos contra Personas Originarias de fuera del Japón (en adelante, la “Ley de Eliminación del Discurso de Odio”) corresponde a los miembros de la Dieta del Japón. Tras los debates que tuvieron lugar en la Dieta, se promulgó como la Ley de Eliminación del Discurso de Odio, en la que se enunciaban principios básicos sin disposiciones penales. Desde su entrada en vigor, el Ministerio de Justicia viene llevando a cabo actividades de sensibilización destinadas a dejar en claro que no se tolerará el denominado discurso de odio, desarrollando sistemas de consulta para las víctimas, poniendo en marcha iniciativas para aumentar la accesibilidad de los servicios de asesoramiento en materia de derechos humanos en idiomas extranjeros, y desarrollando otras iniciativas dirigidas a eliminar el discurso de odio. El Gobierno sigue promoviendo apropiadamente las iniciativas encaminadas a eliminar el discurso de odio, como las actividades de sensibilización y el mejoramiento de los sistemas de consulta. (En los párrafos 21 a 23 se exponen las medidas previstas en la legislación vigente.)

Respuesta al párrafo 6 a)

21.A fin de eliminar los prejuicios y la discriminación por motivos de raza y nacionalidad, el Ministerio de Justicia está realizando diversas actividades de sensibilización y asesoramiento en materia de derechos humanos e investigando y solucionando casos de violaciones de los derechos humanos con miras a socorrer a las víctimas e impedir que esos casos vuelvan a repetirse.

22.Además, el artículo 4 de la Ley de Eliminación del Discurso de Odio define las responsabilidades del Gobierno nacional y los gobiernos locales en relación con las iniciativas encaminadas a eliminar el comportamiento y el discurso discriminatorios injustos contra las personas originarias de fuera del Japón.

23.Además, en virtud de la legislación vigente, si se comete un acto de discriminación racial, el autor podrá ser responsable de indemnizar por los daños ocasionados por tratarse de un hecho ilícito según el Código Civil. El autor también podría ser declarado penalmente responsable, por ejemplo, de cualesquiera actos que se consideren delitos de difamación o delitos de insultos.

Respuesta al párrafo 6 b)

24.En el párrafo 13 se indica la posición del Japón en lo concerniente a la libertad de expresión.

25.Al reconocer la constitucionalidad de las ordenanzas de seguridad pública dictadas por cada municipio local para regular las manifestaciones, el Tribunal Supremo ha dictaminado lo siguiente: el régimen de concesión de permisos no difiere sustancialmente de un sistema de notificación ya que el municipio local está obligado, en principio, a conceder un permiso y las circunstancias en que puede denegarse se limitan estrictamente. Teniendo esto en cuenta, si una solicitud de permiso para realizar manifestaciones cumple con lo dispuesto en las ordenanzas de seguridad pública, el permiso debe concederse, salvo en los casos en que se determine claramente que las manifestaciones representarían un riesgo directo para el mantenimiento de la seguridad pública; el permiso no podrá denegarse en base al contenido de las afirmaciones que el solicitante tiene intenciones de manifestar.

26.Conforme al propósito de la Ley de Eliminación del Discurso de Odio, cuando se presenta una solicitud de permiso para realizar una manifestación de conformidad con las ordenanzas de seguridad pública, la policía explicará a los organizadores el propósito de la Ley, según sea necesario; los alentará a que también mantengan a los participantes plenamente informados sobre ella; y les orientará de antemano sobre la necesidad de evitar los problemas para que no ocurran actos ilícitos.

Respuesta al párrafo 6 c)

27.En el párrafo 15 se indican los resultados de la encuesta de investigación sobre el llamado discurso de odio realizada por el Ministerio de Justicia entre agosto de 2015 y marzo de 2016. También se entrevistó a 20 residentes coreanos en el Japón, que son considerados los principales destinatarios del discurso de odio en el país, para saber qué sienten cuando ven y oyen las expresiones de odio, y cómo les afectan; en el informe también se divulgó el resultado de esas entrevistas.

28.El Gobierno viene dando los primeros pasos para aplicar medidas que respondan a esas encuestas y hacer cumplir la Ley de Eliminación del Discurso de Odio. Asimismo, tiene la intención de considerar la necesidad o no de realizar encuestas similares en el futuro, teniendo en cuenta la marcha de la aplicación de las citadas medidas.

Respuesta al inciso párrafo 6 d)

29.La educación para sensibilizar sobre el respeto de los derechos humanos se imparte a través de actividades educativas en todos los niveles de enseñanza, según el nivel de desarrollo de los estudiantes. En las instituciones de educación social, como los centros comunitarios, los centros locales ofrecen oportunidades de aprendizaje. Tanto en la educación escolar como en la educación social, las clases y cursos, que incluyen la educación sobre la discriminación racial en el marco de los derechos humanos, se imparten según la situación de cada localidad.

30.Las actividades de sensibilización llevadas a cabo por el Ministerio de Justicia se indican en el anexo 2, párrafo 3.

31.Durante su curso de capacitación, a los fiscales se les dictan conferencias sobre los tratados internacionales de derechos humanos, en particular el Pacto, según sus años de experiencia. Como se indica en el párrafo 3, los jueces también reciben capacitación sobre cuestiones de derechos humanos. Concretamente, con el fin de elevar su comprensión y concienciación sobre esas cuestiones, expertos como profesores, el Director General de la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, funcionarios de las Naciones Unidas y otros profesionales, quienes están familiarizados con las cuestiones de los derechos humanos, dan conferencias y distribuyen material a los jueces, en los que se abordan las tendencias internacionales en materia de tratados y disposiciones internacionales de derechos humanos; los problemas que enfrentan las minorías, como las mujeres, los niños y los extranjeros; y las medidas para responder a esos problemas.

32.En lo que respecta a los agentes de policía, en las academias de policía se dictan conferencias al personal policial recién contratado y a los que están a punto de ser ascendidos sobre el respeto de los derechos humanos, en particular la prohibición de la discriminación racial.

Respuesta al párrafo 6 e)

33.En virtud del Código Penal, los actos de violencia que tienen como motivación o antecedentes una ideología de discriminación racial podrán ser castigados como un delito de agravio o un delito de agresión. Si bien no hay ninguna disposición en el Código Penal que estipule la motivación para la discriminación racial como razón para aumentar la pena, la motivación es uno de los elementos que se tienen debidamente en cuenta a la hora de fijar sentencia en casos individuales.

34.En cuanto a la parte final del párrafo que se examina, el concepto de “delitos motivados por el odio” no se ha establecido necesariamente de manera general, y el Gobierno tampoco dispone de estadísticas sobre el número de delitos de este tipo ni sobre las investigaciones y condenas en esos casos. En el transcurso de las actividades de los grupos de ciudadanos de derecha, han ocurrido casos de agresión por parte de grupos de oposición, como consecuencia de lo cual dos personas en 2017 y una en 2018, pertenecientes a grupos de ciudadanos de derecha y de oposición, fueron detenidas antes, durante o después de las manifestaciones conexas.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

35.En el párrafo 10 se indica la posición del Japón en lo concerniente a las violaciones de los derechos humanos por razón de orientación sexual e identidad de género.

36.En lo que respecta al empleo, como actividad de sensibilización que contribuye a que la selección de los contratados sea justa, el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social pone a disposición de los propietarios de empresas folletos en línea en los que se señala que, a la hora de contratar a personal, no deben excluir a determinadas personas como las minorías sexuales, en particular las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBT). El Ministerio también explica esas ideas en talleres de capacitación para propietarios de empresas sobre prácticas justas de selección de contratados, que se celebran en lugares como las oficinas de colocación laboral. Además, las directrices pertinentes se revisaron en agosto de 2016, y entraron en vigor en enero de 2017, para aclarar que el “acoso sexual” enunciado en el artículo 11 de la Ley de garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo incluye el acoso sexual de personas de cualquier orientación sexual o identidad de género. Además, el Ministerio también señala en los folletos destinados a los propietarios de empresas la importancia de lograr una mejor comprensión de la orientación sexual y la identidad de género.

37.En el ámbito de la educación, para evitar que los estudiantes pertenecientes a minorías sexuales vivan con preocupaciones e inseguridades o caigan en la autonegación, el Ministerio de Educación, Cultura, Deportes, Ciencia y Tecnología pone todo su empeño en establecer un sistema de apoyo en las escuelas para esos estudiantes, en fomentar la comprensión de los maestros, y en mejorar los sistemas de asesoramiento educativo (véanse las medidas específicas en el anexo 3). Además, en lo que respecta a la educación social, en los cursos de capacitación de supervisores de educación social, quienes desempeñan una función central como instructores en ese ámbito, se imparte un programa sobre cuestiones de derechos humanos, que incluyen la orientación sexual y la identidad de género, con el fin de promover constantemente la educación sobre los derechos humanos.

38.En el ámbito de la atención médica y la asistencia social, en febrero y marzo de 2018 se brindó información a la población sobre servicios como la atención médica, los cuidados a largo plazo y la asistencia social de las personas con discapacidad en reuniones a nivel nacional y en otros cursos de capacitación, en uno u otro caso a cargo de las entidades públicas locales, con miras a garantizar que las personas que necesitan esos servicios, incluidas las personas LGBT, puedan acceder a ellos.

39.A fin de eliminar los prejuicios y la discriminación contra las personas LGBT por razón de su orientación sexual e identidad de género, el Ministerio de Justicia ha elaborado folletos, volantes, vídeos y videoclips de sensibilización sobre los derechos humanos que distribuye en Internet. Además, el Ministerio lleva a cabo diversas actividades de concienciación, como simposios y sesiones de capacitación. Cuando en la prestación de servicios de asesoramiento sobre derechos humanos se detecta algún caso sospechoso de ser una violación de los derechos humanos, el Ministerio lo investiga inmediatamente como un caso de violación de esos derechos y toma las medidas pertinentes según el caso. Se pueden tomar varias medidas, como, por ejemplo, “prestar asistencia”, en la forma de asesoramiento jurídico; “ofrecer conciliación”, para mediar en las conversaciones entre las partes involucradas; “dar instrucciones o recomendaciones”, que exigen que los violadores de los derechos humanos mejoren la situación; y “formular solicitudes”, que se hacen en relación con las personas que son capaces de responder de manera efectiva.

Respuesta al párrafo 7 a)

40.No hay estadísticas que se centren únicamente en el número de personas LGBT que se han suicidado o en la tasa de mortalidad por suicidio de esas personas. Sin embargo, el Japón reconoce que el suicidio es un problema social y que la mayoría de los casos de suicidio, incluidos los de personas LGBT, pudieron haberse prevenido. A ese respecto, partiendo de la Ley Básica de Prevención del Suicidio y los Principios Generales de la Política de Prevención del Suicidio, el Gobierno nacional, los gobiernos locales, las organizaciones conexas, las organizaciones de la sociedad civil, las empresas y los ciudadanos están colaborando y trabajando de consuno para lograr “una sociedad en la que nadie sea llevado a suicidarse” y promover ampliamente medidas para hacer frente al suicidio.

Respuesta al párrafo 7 b)

41.La cuestión de si se debe introducir o no el matrimonio entre personas del mismo sexo o regímenes equivalentes está relacionada con la naturaleza de las familias en el Japón. Por consiguiente, es preciso reflexionar detenidamente sobre esta cuestión a la luz de los debates que han tenido lugar a nivel nacional hasta la fecha.

Respuesta al párrafo 7 c)

42.La Ley de Casos Especiales en la Definición del Género de las Personas con Trastornos de la Identidad de Género entró en vigor en julio de 2004. Con arreglo a la Ley, las personas con trastornos de identidad de género que reúnan ciertas condiciones (una persona que no tenga glándulas reproductoras o cuyas glándulas reproductoras hayan perdido su función de forma permanente, o que parezca tener partes del cuerpo que se asemejan a los órganos genitales del sexo opuesto) podrán pedir que se emita un dictamen de reconocimiento de cambio de género. Salvo que la ley disponga otra cosa, en lo que respecta a la aplicación del Código Civil y otras leyes y reglamentos, se considera que a la persona que haya recibido un dictamen favorable en ese sentido se le ha asignado el género opuesto. El Gobierno considera que la aplicación de dicha Ley se adecua al propósito de los artículos 2 y 26 del Pacto.

Respuesta al párrafo 7 d)

43.En las instituciones penitenciarias, a los reclusos no se les somete a tratos injustos, como la imposición de normas más estrictas, por ser transgénero. En esas instituciones, se procura evitar que los reclusos transgénero se sientan acosados. Por ejemplo, esos presos reciben un trato que mitiga las dificultades derivadas de su orientación sexual o identidad de género en el centro penitenciario y se tienen en cuenta sus características en la medida de lo posible. Concretamente, habida cuenta de las circunstancias individuales, como el estado físico y psicológico de los reclusos, se procura dispensarles en la medida de lo posible un trato acorde con el género de su elección. Por ejemplo, un agente penitenciario del mismo género que el género psicológico del recluso se encarga de vigilar las duchas y los registros corporales, y corta el cabello al estilo de los reclusos del mismo género que el género psicológico del recluso transgénero.

44.En los centros de detención, en el caso de que los detenidos sean transgénero, en la medida de lo posible se les trata de una manera acorde con sus características.

Igualdad entre hombres y mujeres (artículos 3 y 25)

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

45.En cuanto a la ley que antes prohibía a las mujeres volver a contraer matrimonio dentro de los seis meses siguientes al divorcio, en junio de 2016 se procedió a una revisión del Código Civil a fin de reducir dicho período de seis meses a 100 días y especificar casos en que las mujeres pueden contraer matrimonio incluso antes de que se cumpla el período de 100 días.

46.En junio de 2018, se aprobó un proyecto de ley en la Dieta que reducía la mayoría de edad según el Código Civil a 18 años y establecía la edad mínima para contraer matrimonio en los 18 años tanto para hombres como para mujeres. Se prevé que el proyecto de ley entre en vigor en 2022.

47.En el Cuarto Plan Básico para la Igualdad de Género aprobado en diciembre de 2015 y la Política intensiva para acelerar el empoderamiento de las mujeres de 2018 se señala que el Gobierno sigue considerando la posibilidad de introducir la opción de que los cónyuges no cambien sus apellidos. Además, el Ministerio de Justicia pone todo su empeño en que el pueblo del Japón debata a fondo esta cuestión proporcionando la información pertinente en su sitio web. Si bien la disposición vigente del Código Civil exige que las parejas casadas utilicen el mismo apellido (artículo 750 del Código Civil), la cuestión de qué apellido se utiliza se deja a decisión de las partes, y no estipula un trato jurídicamente discriminatorio por motivos de género.

48.En lo que respecta a la cuestión de aumentar la participación de todas las mujeres, incluidas las mujeres pertenecientes a minorías, en el ámbito político, el Cuarto Plan Básico para la Igualdad de Género establece el objetivo no vinculante de aumentar la proporción de mujeres candidatas en las elecciones a la Cámara de Representantes y a la Cámara de Consejeros hasta un 30 % para 2020. Se trata de un objetivo que el Gobierno se propone alcanzar cuando exhorta los partidos políticos a la acción y no tiene por objeto restringir su autonomía. El Ministro de Estado para la Igualdad de Género ha pedido la cooperación de cada partido político para fijar un objetivo en cuanto a la proporción de mujeres candidatas y poner en marcha acciones positivas.

49.Además, en mayo de 2018 se promulgó y entró en vigor la Ley de Promoción de la Igualdad de Género en el Ámbito Político, patrocinada por miembros de la Dieta. La Ley prevé principios fundamentales para lograr que el número de candidatos masculinos y candidatas femeninas sea lo más equilibrado posible, y que los partidos políticos actúen de acuerdo con esos principios por voluntad propia. La Ley también establece que los gobiernos nacional y locales, en particular la Dieta, deben procurar formular las políticas y medidas necesarias de acuerdo con esos principios, garantizando al mismo tiempo la libertad de acción política de los partidos políticos.

Estado de emergencia y medidas de lucha contra el terrorismo (artículos 4, 9, 14, 17, 19, 21 y 22)

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

50.En cuanto a la primera parte del párrafo que se examina, véase el párrafo 7.

51.El artículo 5 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional) impone a los Estados partes la obligación de garantizar que “el acuerdo (…) para cometer un delito grave” o “la participación activa en [las] actividades del grupo delictivo organizado”, o ambos, puedan castigarse como delitos penales distintos de los que entrañen la tentativa o consumación de la actividad delictiva. Para los fines de la Convención, por “delito grave” se entiende “la conducta que constituye un delito punible con una privación de libertad máxima de al menos cuatro años o con una pena más grave”, y en el Japón se considera que son delitos para los que se establece una pena máxima de prisión con trabajo o de prisión sin trabajo de al menos cuatro años. Además, a la hora de formular legislación que abarque el acuerdo para cometer un delito grave, la Convención permite las opciones de añadir los siguientes requisitos: 1) “que entrañe un acto perpetrado por uno de los participantes para llevar adelante ese acuerdo”, y 2) “que entrañe la participación de un grupo delictivo organizado”. A fin de cumplir la obligación contraída en virtud de la Convención respecto de la penalización del acuerdo de cometer un delito grave, se estableció recientemente el delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados, en el que se adoptan ambos requisitos mencionados.

52.Los tres requisitos estrictos de a) la participación de “grupos delictivos organizados”, b) la “planificación” de un delito grave, y c) el “acto de preparación para la ejecución” del delito planificado son elementos constitutivos de la tipificación del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados. El inciso a) da fundamento a la opción 2) del párrafo 51, al tiempo que un “grupo delictivo organizado” se define claramente como una “asociación cuyo propósito común, base de su relación unificadora, es cometer uno de los delitos enumerados en el anexo 3”. Además, el inciso c) da fundamento a la opción 1) del párrafo 51, en tanto el “acto de preparación para la ejecución” es un “acto distinto del acto de planificar, se realiza en base a la planificación y es una manifestación de la puesta en marcha de lo planificado”, que con arreglo a la ley se estipula claramente que es “la disposición de fondos o artículos, el reconocimiento previo de los lugares pertinentes u otros actos de preparación para la ejecución del delito planificado”.

53.Además, la “intención dolosa” es necesaria para los tres requisitos, y si no se cumple aunque solo sea uno de los siguientes tres requisitos de reconocimiento, que son i) la participación de “grupos delictivos organizados”, ii) el hecho de que se llevara a cabo una planificación concreta y viable en relación con la comisión de un delito con papeles repartidos entre los participantes bajo una cadena de mando, o iii) el hecho de que se cometiera un acto de preparación para la ejecución en base a esa planificación, no se podrá constituir el delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados, ni se podrá castigar a la persona por haber estado involucrada sin su conocimiento. Por consiguiente, el ámbito del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados es claro y limitado, por lo que la alegación de que no cumple con el principio de certeza y previsibilidad jurídicas carece de fundamento alguno.

54.La Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional impone la obligación de hacer que “un delito grave” sea materia del delito de acuerdo. Además, en el caso de que se adopte la opción del inciso 2) del párrafo 51, la materia de los acuerdos cuya penalización es obligatoria se convierte en “un delito grave” “en el que está involucrado un grupo delictivo organizado”. Así pues, a fin de cumplir con la obligación de penalizar estipulada en la Convención, es necesario que todos los “delitos graves” respecto de los cuales se prevea de manera realista “la participación de un grupo delictivo organizado” sean la materia del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados. En consecuencia, con arreglo a la norma de si se prevé o no de manera realista que grupos delictivos organizados se proponen planear la comisión del el delito, se seleccionaron el recién tipificado delito de soborno de un testigo y otros 277 delitos como delitos que son la materia del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados, por lo que la alegación de que se incluyen delitos que aparentemente no guardan relación con el terrorismo y otros delitos organizados carece de fundamento alguno.

55.Además, la nueva tipificación del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados no introducen cambios en las formas de investigación, pues las investigaciones del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados se llevan a cabo debidamente de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes, como el Código de Procedimiento Penal, del mismo modo que en relación con otros delitos. Para llevar a cabo una investigación del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados se requiere una sospecha concreta en cuanto a los requisitos a) a c) del párrafo 52. Si no hay una sospecha concreta, no podrá realizarse una investigación. Se ha establecido asimismo una disposición a los efectos de que, cuando se realice una investigación del delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados, debe prestarse la debida atención a velar por la pertinencia de la investigación. Además, los tribunales examinan las investigaciones de las autoridades investigadoras antes y después de concluidas. Por lo tanto, no hay posibilidad de que las autoridades investigadoras cometan abusos o realicen operaciones arbitrarias.

56.En resumidas cuentas, la preocupación de que el delito de preparación para el terrorismo y otros delitos organizados dé lugar a la restricción injusta o a violaciones de los derechos ciudadanos carece de fundamento alguno, y hasta la fecha no existen ejemplos concretos de que esto esté ocurriendo.

Violencia contra la mujer, incluidas la violencia sexual y la violencia doméstica (artículos 2, 3, 6, 7 y 26)

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

57.En el Japón, los ministerios y organismos competentes colaboran en la prestación de diversas formas de apoyo a la erradicación de la violencia doméstica.

58.En julio de 2013 se llevó a cabo la tercera revisión de la Ley de Prevención de la Violencia Conyugal. De acuerdo con la Ley, esta se aplica no solo a la violencia conyugal, sino también a la violencia perpetrada por personas que tienen el mismo lugar de residencia principal. También, en diciembre del mismo año, se estableció la Política básica sobre medidas para la prevención de la violencia conyugal y la protección de las víctimas, que sirve de guía para la labor de planificación básica de las entidades públicas locales.

59.De conformidad con lo dispuesto en el Cuarto Plan Básico para la Igualdad de Género (véase el párrafo 1 del anexo 4), en el ejercicio económico de 2017 se llevó a cabo una encuesta sobre la violencia entre hombres y mujeres. Además, el Gobierno procura mantener al público plenamente informado sobre las leyes y reglamentos pertinentes, como la Ley de Prevención de la Violencia Conyugal, y vela porque se cumplan estrictamente. El Gobierno también promueve ampliamente una extensa gama de iniciativas, entre ellas medidas de apoyo que tienen en cuenta la nacionalidad de las víctimas y el tipo de delito de que se trata, como violencia conyugal, delitos sexuales y acoso (véase el párrafo 2 del anexo 4).

60.Las autoridades competentes, como la policía; el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social; y el Ministerio de Justicia, han emprendido diversas iniciativas para combatir la violencia contra la mujer y prestar apoyo a las mujeres víctimas (las iniciativas específicas figuran en el párrafo 3 del anexo 4).

61.La violencia contra la mujer, como la violencia doméstica, está sujeta a sanciones penales del mismo modo que los delitos de asesinato, lesiones, agresión, relaciones sexuales forzadas o indecencia forzada, y se aplican las medidas apropiadas en cada caso.

62.Además, en la legislación vigente se establece claramente que los incidentes relacionados con una orden de protección son llevados ante los tribunales sin demora. Si no se puede proteger a una víctima a menos que se dicte una orden de protección inmediata, esa orden se dictará antes de la fecha de la audiencia.

63.Con miras a mejorar la transparencia en el funcionamiento del sistema de revocación de la situación de residencia legal, la Agencia de Servicios Migratorios presenta en su sitio web, en ocho idiomas (japonés, chino, coreano, español, inglés, portugués, tagalo y tailandés), los principales casos en que no se revoca la situación de residencia legal, particularmente en los que existe una “razón justificada” para no desempeñar las funciones habituales de un cónyuge. La Agencia explica claramente en su sitio web que los casos que precisan una evacuación temporal o protección por motivo de violencia doméstica corresponden a una de las razones justificadas, y opera el sistema con cuidado velando a su vez por que las víctimas extranjeras de la violencia doméstica no padezcan innecesariamente. Por su parte, la Agencia imparte capacitación anualmente a los agentes de nivel medio que se ocupan directamente de los casos de violencia doméstica sobre las medidas que deben tomarse en esos casos (véase el párrafo 4 del anexo 4), en cuyas sesiones se les explican los detalles del funcionamiento de ese sistema.

64.A fin de que se tomen medidas y se impongan sanciones que reflejen el estado actual de los delitos sexuales, en junio de 2017 se aprobó una ley por la que se modificaba una parte del Código Penal, la que entró en vigor en julio del mismo año. La modificación consistió en la revisión de los elementos del delito de violación que se habían aplicado únicamente a las relaciones sexuales que victimizaban a las mujeres. De conformidad con el Código Penal modificado, la imputación se formula independientemente del sexo del autor o de la víctima, y no solo por coito vaginal sino también por coito anal y oral. El límite inferior de la pena también se elevó de 3 a 5 años de prisión. El nombre del delito se cambió asimismo al de “relación sexual forzada” (artículo 177 del Código Penal modificado). Recién se establecieron también los delitos de “Acto lascivo de una persona a cargo de un menor de 18 años” y “Relación sexual de una persona a cargo de un menor de 18 años” (párrafos 1 y 2 del artículo 179 del Código Penal). Con arreglo al Código Penal modificado, los delitos sexuales podrán enjuiciarse sin que las víctimas presenten una denuncia penal, lo que conduce a aliviar la carga de las víctimas y a hacer más efectivo el castigo de los delitos sexuales.

65.El Gobierno no ha revisado el Código Penal para elevar la edad mínima de consentimiento sexual de su nivel actual, habida cuenta de que los niños menores de 18 años están protegidos por la Ley de Bienestar del Niño y los reglamentos pertinentes, y que la libertad sexual de los jóvenes se vería excesivamente restringida si se elevara la edad mínima de consentimiento sexual.

66.Además, las relaciones sexuales forzadas entre cónyuges también se castigan como delito de relación sexual forzada ya que no existen disposiciones que excluyan esa situación en particular.

Derecho a la vida; prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; juicio imparcial; y derechos del niño (artículos 6, 7, 14 y 24)

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

Respuesta al párrafo 1 a)

67.El mantenimiento o la abolición de la pena de muerte es fundamentalmente una cuestión que debe determinar cada país a su propia discreción tras un cuidadoso examen de los distintos puntos de vista, como la administración de la justicia en la sociedad, y teniendo plenamente en cuenta la opinión pública. La mayoría de los ciudadanos del Japón considera que la pena de muerte es inevitable en los casos de delitos extremadamente malvados y viles. A la luz de la situación actual del Japón, donde no hay indicios de que estén disminuyendo los delitos atroces como el asesinato en masa y el robo con asesinato, se considera inevitable imponer la pena de muerte a la persona que hubiese cometido un crimen atroz e incurriera en responsabilidad penal grave. Por lo tanto, el Gobierno opina que no sería apropiado abolir la pena de muerte. Dado que se trata de una cuestión fundamental que constituye la columna vertebral del sistema de justicia penal del Japón, es conveniente que el público en general la debata desde una amplia gama de perspectivas. El Gobierno también observa que los delitos por los que puede imponerse la pena de muerte en el Japón se limitan únicamente a crímenes extremadamente graves, como el homicidio intencional.

68.Por las razones expuestas en el párrafo 67, también debe examinarse cuidadosamente la posibilidad de adherirse al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto.

Respuesta al párrafo 11 b) i)

69.Al reo condenado a muerte se le notifica de la ejecución un día antes de que se lleve a cabo, en consideración de que todo aviso previo perturbaría su paz mental y podría causar un sufrimiento mayor. Además, un aviso previo a los familiares, entre otros, terminaría por causarles un sufrimiento psicológico innecesario, y si un familiar que haya recibido un aviso previo hiciera una visita y el recluso se enterara de la fecha de ejecución de su sentencia de muerte, cabría esperar los mismos efectos perjudiciales. Por consiguiente, los procedimientos actuales son inevitables. Después de que se ejecuta la sentencia, se notifica sin demora a la persona que el recluso hubiera designado de antemano a esos efectos (como un familiar o su abogado) de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes.

Respuesta al párrafo 11 b) ii)

70.En las instituciones penitenciarias, además de la necesidad de mantener detenido al recluso condenado a muerte, es preciso velar al mismo tiempo por su paz mental. El artículo 36 de la Ley de Establecimientos Correccionales y Carcelarios y de Trato de Reclusos y Detenidos establece que el reo condenado a muerte permanecerá en su celda durante el día de la ejecución de la sentencia y que, en principio, no se le permitirá tener contacto con otros reclusos fuera de su celda. Para velar por que el recluso condenado a muerte no sufra de aislamiento y ayudarle a estabilizar y controlar sus emociones, se le permite tener contacto, si así lo desea, con personal de la institución penitenciaria o con visitadores de prisión voluntarios, o recibir la visita del capellán de la prisión. Además, se le permite ver vídeos y programas de televisión según lo solicite.

Respuesta al párrafo 11 b) iii)

71.De conformidad con el principio de orden judicial y las normas probatorias estrictas que se aplican en la práctica de la justicia penal en el Japón, así como el sistema judicial de tres niveles, la condena se confirma mediante un proceso cuidadosamente gestionado a lo largo de la investigación y el juicio. Para los fallos definitivos y vinculantes, hay establecidos sistemas de recursos de apelación, entre ellos un nuevo juicio y la apelación extraordinaria al Tribunal Supremo, que funcionan eficazmente para evitar los fallos injustos.

Respuesta al párrafo 11 b) iv)

72.El párrafo 2 del artículo 38 de la Constitución del Japón establece que “la confesión obtenida mediante coacción, tortura o amenazas, o tras una detención o reclusión prolongadas, no será considerada como prueba”. Además, el párrafo 1 del artículo 319 del Código de Procedimiento Penal estipula que “la confesión obtenida mediante coacción, tortura, amenazas, tras una detención indebidamente prolongada o cuando haya dudas de que sea voluntaria, no podrá admitirse como prueba”. Por lo tanto, las confesiones obtenidas mediante coacción jamás podrán ser admitidas como prueba. Lo mismo ocurre en la investigación de los delitos que incluyen la pena de muerte como opción de condena prevista por ley.

Respuesta al párrafo 11 b) v)

73.La Ley de Establecimientos Correccionales y Carcelarios y de Trato de Reclusos y Detenidos dispone que, en principio, cuando un reo condenado a muerte recibe una visita, se requiere que un funcionario del establecimiento penitenciario esté presente. Sin embargo, las disposiciones de las leyes relativas a las personas pendientes de sentencia (personas acusadas) se aplican en el caso de las entrevistas entre un abogado y un reo condenado a muerte para quien el tribunal fallara en favor de un nuevo juicio, en cuyo caso no se tomarán medidas como la de exigir la presencia obligatoria de un funcionario durante la visita.

74.En lo que respecta a la entrevista entre un abogado que actúa como representante designado para presentar una apelación para un nuevo juicio y un reo condenado a muerte cuyo nuevo juicio aún no haya comenzado, se permitirá la entrevista sin la presencia de un funcionario, a juicio del director de la institución penitenciaria en cada caso, salvo que medien circunstancias especiales, como que haya motivos razonables para sospechar que la entrevista constituye una infracción del régimen disciplinario y el orden en la institución, o que sea imperiosamente necesario vigilar el estado mental del recluso.

75.En lo que respecta a la correspondencia enviada o recibida por un recluso condenado a muerte, un funcionario de la institución penitenciaria se encarga de examinarla. En cuanto a la correspondencia enviada o recibida entre un recluso condenado a muerte y un abogado al que se le ha pedido que represente a ese recluso en una demanda civil por malos tratos, se tendrán ciertas consideraciones, como que la correspondencia solo se revisará con la exhaustividad necesaria para cerciorarse de que se trata precisamente de eso, salvo que haya motivos razonables para sospechar que su contenido constituye una infracción del régimen disciplinario y el orden en la institución.

76.En lo que respecta a la correspondencia enviada o recibida entre un abogado y un recluso condenado a muerte para quien el tribunal fallara en favor de un nuevo juicio, se aplicará lo dispuesto en las leyes relativas a las personas pendientes de sentencia y se tendrán ciertas consideraciones. La correspondencia de los abogados solo se revisará con la exhaustividad necesaria para cerciorarse de que se trata precisamente de eso.

Respuesta al párrafo 11 c)

77.En el Japón, la pena de muerte se lleva a cabo solo tras haberse examinado cuidadosamente la posible existencia de causas que justifiquen un nuevo juicio, además del sistema que se describe en el párrafo 71. Al procederse de esa forma, la pena de muerte se ejecuta de una manera extremadamente prudente con arreglo a un sistema estricto. En consecuencia, el Gobierno considera que no es necesario establecer un denominado sistema de apelación obligatorio para los casos de pena capital además del sistema existente.

78. En el Japón, se podrá solicitar la reapertura de una causa a favor de una persona que haya recibido un veredicto definitivo bajo ciertas circunstancias, por ejemplo cuando se descubren nuevas pruebas inequívocas que demuestren la no culpabilidad. Este proceso se aplica en el caso de un veredicto de pena de muerte. El Gobierno entiende que en los tribunales se realizan actualmente exámenes pormenorizados en el marco de la reapertura de los procesos, lo que, en su opinión, está funcionando satisfactoriamente.

79.En nuestras leyes no hay disposiciones que especifiquen que las peticiones de nuevo juicio o de indulto (en adelante, “peticiones de nuevo juicio”) tengan efecto en la suspensión de una ejecución. El Ministro de Justicia emite una orden de ejecución de la pena de muerte únicamente después de determinar que no existen motivos justificados para suspender la ejecución tras haber examinado exhaustivamente los expedientes pertinentes a cada caso y haber considerado cuidadosamente la posibilidad de suspender la ejecución por existir motivos para reabrir la causa. El Gobierno no ha aprobado ninguna disposición que estipule la suspensión de la ejecución de una sentencia por haberse presentado una petición de nuevo juicio.

Respuesta al párrafo 11 d)

80.En virtud de la legislación vigente, si una persona condenada a muerte está en estado de enajenación mental, se suspende la ejecución. En cambio, la ejecución de una decisión judicial que se haya convertido en definitiva y vinculante debe hacerse cumplir rigurosamente en los países que respetan la ley. El Ministro de Justicia ordena la ejecución de la pena de muerte de una manera apropiada y cuidadosa solo después de haberse comprobado que no hay motivos ni para suspender la pena de muerte, para abrir un nuevo proceso o para presentar un recurso extraordinario ante el tribunal de última instancia, ni que existen circunstancias que hagan razonable el indulto, todo ello después de haber examinado con extremo cuidado los expedientes pertinentes a cada caso individual.

81.En las instituciones penitenciarias, el Gobierno presta atención al estado de salud del recluso condenado a muerte, y lo tiene presente cuidadosamente en todo momento. El Gobierno procura conocer las condiciones mentales y físicas de los reos condenados a muerte mediante exámenes médicos periódicos y, cuando sea necesario, mediante exámenes realizados en un centro médico externo.

Respuesta al párrafo 11 e)

82.Según dictamen del Tribunal Supremo, la pena de muerte como castigo y el método de ahorcamiento que se aplican actualmente en el Japón no constituyen el castigo cruel que está absolutamente prohibido en virtud del artículo 36 de la Constitución. El Gobierno del Japón considera que no es necesario revisar el actual método de ejecución de la pena de muerte ya que la sentencia de muerte por ahorcamiento vigente actualmente en el Japón no constituye una pena cruel, inhumana o degradante.

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

83.De conformidad con el Código de Procedimiento Penal, el acusado no será condenado cuando la confesión sea la única prueba incriminatoria. El fiscal jamás se basa exclusivamente en las confesiones, ni siquiera en los casos en que no existen controversias, sino que encausa el procedimiento solo cuando cree que hay grandes probabilidades de obtener una condena basada en pruebas fidedignas, tras reunir suficientes pruebas objetivas y pruebas de corroboración. Del mismo modo, el fiscal también trata de demostrar durante el juicio con pruebas objetivas que se ha cometido un delito. Lo que se alega en el sentido de que hay un elevado número de condenas injustas carece totalmente de fundamento.

84.En diciembre de 2016 entró en vigor el Código de Procedimiento Penal modificado. El Código modificado estipula que cuando el acusado o su abogado defensor presenta una solicitud de pruebas después que se hayan divulgado las pruebas solicitadas por el fiscal, éste facilitará sin demora al acusado o a su abogado defensor una lista de las pruebas que obran en su poder. Si el fiscal obtuviese nuevas pruebas después de presentada la lista de pruebas original, está obligado a presentar sin demora la lista de las nuevas pruebas. Este sistema abarca todos los casos sujetos al procedimiento de la audiencia preliminar destinada a organizar las cuestiones y las pruebas.

85.En mayo de 2016, se promulgó el Código de Procedimiento Penal modificado, en virtud del cual la grabación de sonido y vídeo es obligatoria en todo el proceso de interrogación del acusado detenido en los casos del sistema saiban -in (jueces legos) o en los casos de investigación independiente de la fiscalía, salvo en determinadas circunstancias excepcionales como una falla de equipo o el rechazo del acusado. El Código modificado entró en vigor en junio de 2019.

86.De conformidad con el Código modificado, el Ministerio Público ha venido grabando proactivamente los interrogatorios, lo que, según se cree, contribuye a asegurar que los interrogatorios transcurran de manera adecuada. Además de los dos tipos de casos antes mencionados, las autoridades han venido grabando proactivamente los interrogatorios lo más ampliamente posible, en todos los procesos pertinentes, en los casos en que el acusado está detenido y 1) tiene dificultades para comunicarse debido a una discapacidad intelectual, o 2) se sospecha padece perdida o disminución de la capacidad para asumir responsabilidad debido a un trastorno mental, salvo en las circunstancias excepcionales mencionadas anteriormente. Entre abril de 2018 y marzo de 2019, se realizaron grabaciones de sonido y vídeo en aproximadamente el 99,9 % de esos cuatro tipos de casos.

87.Además, la policía también ha estado grabando proactivamente los interrogatorios en los casos en que el acusado está detenido y tiene dificultades para comunicarse debido a una discapacidad intelectual o trastorno mental, además de los casos del sistema saiban -in, en los que la grabación es obligatoria en virtud del Código de Procedimiento Penal modificado. Durante el período mencionado en el párrafo 86, la grabación de sonido y vídeo se utilizó en aproximadamente el 98,3 % de esos dos tipos de casos.

88.En virtud del Código modificado, salvo en los casos del sistema saiban -in, los casos de investigación independiente de la fiscalía y los casos que no conducen a detenciones o arrestos, la grabación de los interrogatorios no es obligatoria. Los casos sujetos a grabación son aquellos en los que se considera más necesario grabar los interrogatorios. Sin embargo, en los casos en que la grabación de la declaración del sospechoso no sea obligatoria, aunque sí importante, esta se hará o no según decida el fiscal. Además, con arreglo al Código modificado, el Gobierno examinará la estructura de este arreglo transcurridos tres años a contar de la entrada en vigor de la modificación y adoptará las medidas necesarias según los resultados de dicho examen. Durante el proceso, se examinará el ámbito de los casos sujetos a grabación obligatoria.

89.Los casos de delitos para los que la ley prevé la pena de muerte están sujetos en principio a la grabación, ya que se trata de casos que se enjuician también en principio por el sistema de saiban -in.

90.Para probar en un juicio un hecho relacionado con la voluntariedad y credibilidad de la declaración del acusado, el fiscal solicitará pruebas como las grabaciones en DVD. Por su parte, si el abogado defensor solicita pruebas como las grabaciones en DVD, el fiscal revela esas pruebas al abogado defensor de conformidad con los procedimientos estipulados en la legislación.

91.El sistema de abogados de oficio nombrados para representar a sospechosos en la etapa previa a la transferencia de los casos de jóvenes infractores a un tribunal de familia es el mismo que en el caso de los adultos, y se explica en los párrafos 129 y 130.

92.Después de que el caso de un menor haya sido transferido a un tribunal de familia, en ciertas causas graves que involucran a fiscales, cuando el tribunal de familia dictamine que un fiscal debe participar en una audiencia, y el menor no cuente con representación letrada, el tribunal nombrará a un abogado que lo asista. Además, una vez que el caso del menor haya sido transferido a un tribunal de familia, ese tribunal podrá designar a un abogado de oficio para que represente al menor en determinadas causas graves que podrán involucrar a fiscales si se han tomado medidas de observación y protección para remitir al menor a un hogar de clasificación de menores, donde el menor no contará con la asistencia de un abogado. El ámbito de tales causas graves se limitaba a delitos como asesinato, lesiones mortales, incendio intencional, violación y robo, que se castigaban con la pena de muerte, con cadena perpetua con o sin trabajo, o con privación de libertad con o sin trabajo de no menos de dos años. Sin embargo, en virtud de la Ley de Menores modificada que entró en vigor en junio de 2014, se amplió el ámbito de los delitos que se castigan con la pena de muerte, con cadena perpetua con o sin trabajo, o con privación de libertad con o sin trabajo de no menos de tres años, al tiempo que los tipos de delitos graves también se ampliaron para incluir lesiones, robo y fraude.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

93.El levantamiento de la orden de evacuación tiene por objeto facilitar el regreso de las personas que prefieren volver a su lugar de residencia original, y no como medida para obligar a los evacuados a regresar.

94.Uno de los requisitos para levantar la orden de evacuación es que “se confirme que la dosis acumulada anual calculada en base a la tasa de dosis en aire es de 20 milisieverts (mSv) por año o menos”, conforme a las deliberaciones con los expertos en el Japón y en el extranjero. Según las conclusiones científicas basadas en el consenso internacional, el aumento del riesgo de cáncer por la exposición a dosis bajas de radiación de 100 mSv o menos por año es tan pequeño que se pierde en los efectos cancerígenos de otros factores. Además, en el informe del Grupo de Trabajo sobre gestión de riesgos derivados de la exposición a dosis bajas de radiación compilado por la Secretaría del Gabinete en diciembre de 2011, 1) se considera que los riesgos para la salud como consecuencia del criterio de 20 mSv por año para levantar la orden de evacuación son suficientemente inferiores a los riesgos causados por otros factores cancerígenos como el tabaco, la obesidad y la dieta carente de la ingesta de verduras; y 2) los riesgos podrían evitarse suficientemente si se adoptan continuamente medidas apropiadas para controlar la exposición a las radiaciones, como la descontaminación de las tierras y la gestión segura de los alimentos.

95.Además, el Gobierno se propone alcanzar el objetivo a largo plazo de limitar la dosis de exposición individual adicional a 1 mSv por año o menos y, para lograrlo, está procurando aplicar una estrategia de protección integral de múltiples niveles que incluye medidas para reducir la exposición, como la descontaminación de las tierras y la gestión segura de los alimentos, el seguimiento y la gestión de las dosis individuales mediante el establecimiento de un sistema de distribución de dosímetros personales y el apoyo al desarrollo de un sistema para proporcionar asesoramiento especializado.

96.En lo que respecta al apoyo en materia de vivienda para los evacuados que se encuentran fuera de las zonas bajo órdenes de evacuación, el Gobierno de la prefectura de Fukushima sigue procurando conocer mejor su situación mediante la prestación de servicios de consulta y, en caso necesario, la colaboración con los organismos competentes en los ámbitos de bienestar social, trabajo y vivienda de los municipios donde viven dichas personas, entre otras cosas.

97.Además, en la Política Básica de Promoción de Medidas de Apoyo a las Víctimas en su Vida Diaria (aprobada por decisión del Gabinete en agosto de 2015), que se basa en la Ley de Apoyo a los Niños Víctimas, se indica que “de acuerdo con las dosis de exposición externa calculadas en función de los resultados del seguimiento aéreo que realiza la Secretaría de la Autoridad de Reglamentación Nuclear, la dosis de radiación en el aire en la zona con derecho a recibir apoyo se ha reducido considerablemente en comparación con la que se registró en el momento de producirse el accidente nuclear”; “ninguna situación requiere nuevas evacuaciones de zonas fuera de la zona de evacuación”; y “la decisión de seguir residiendo en la zona sin evacuarla, de residir en otro lugar o de regresar al lugar de residencia original debe dejarse a las propias víctimas”.

98.El Gobierno de la prefectura de Fukushima ha venido llevando a cabo exámenes de la tiroides en el marco del Estudio sobre la Gestión Sanitaria en Fukushima desde el ejercicio económico de 2011, y a finales de junio de 2019, se informó de que en el primer examen se diagnosticaron 116 casos “malignos o sospechosos de malignidad”; 71 en el segundo; 29 en el tercero; 13 en el cuarto; y 2 casos en el examen de 25 años.

99.En el informe provisional de la reunión del Comité de Supervisión de la Prefectura para el Estudio sobre la Gestión Sanitaria en Fukushima, establecido por el Gobierno de esa prefectura, se ofreció la siguiente evaluación de los resultados del primer examen: “Considerando en su conjunto que las dosis de exposición debidas al accidente de la central nuclear de Fukushima Daiichi fueron por lo general inferiores a las que produjo el accidente de Chernóbil; que el período de tiempo transcurrido desde la exposición hasta la detección de cánceres es corto (mayormente de uno a cuatro años); que no se han detectado cánceres en niños que tenían 5 años de edad o menos en el momento del accidente; y que no hay diferencia regional significativa alguna en las tasas de detección; se puede concluir que los cánceres de tiroides detectados hasta ahora en el examen de la tiroides no pueden atribuirse a la radiación descargada debido al accidente”. Además, los resultados del segundo examen permitieron concluir que “no existe vínculo alguno entre los cánceres de tiroides detectados por el examen general (segundo examen) y la exposición a la radiación en este momento”.

100.Además, en el anexo A del informe del Comité Científico de las Naciones Unidas para el Estudio de los Efectos de las Radiaciones Atómicas (UNSCEAR) de 2013, publicado el 2 de abril de 2014, sobre los niveles y efectos de la exposición a las radiaciones debida al accidente nuclear tras el sismo y tsunami de gran magnitud ocurridos en la zona oriental del Japón, se llegó a la conclusión de que “puede descartarse la ocurrencia de un gran número de casos de cánceres de tiroides inducidos por la radiación en la prefectura de Fukushima —como ocurrió tras el accidente de Chernóbil—, ya que las dosis absorbidas por la tiroides a raíz del accidente de la central nuclear de Fukushima fueron sustancialmente inferiores a las que se produjeron tras el accidente de Chernóbil”. Por su parte, en el Libro Blanco del UNSCEAR de 2017 se informó de que “se consideraba con toda probabilidad que las cifras sustanciales que ya se habían observado en el Estudio sobre la Gestión Sanitaria en Fukushima obedecían a la sensibilidad del examen y no a los efectos de la radiación”, y, en cuanto a los efectos que podrían tener las nuevas publicaciones, se informó asimismo de que “el Comité ha determinado que sus conclusiones sobre los efectos para la salud de la exposición a las radiaciones derivadas del accidente de la central nuclear de Fukushima publicadas en el informe de 2013 siguen siendo válidas y no han sido afectadas significativamente por la nueva información publicada desde entonces”.

101.A fin de promover la gestión a mediano y largo plazo de la salud de los residentes de la prefectura de Fukushima, el Gobierno ofreció una subvención al Fondo para llevar a cabo el Estudio sobre la Gestión Sanitaria en Fukushima, establecido por la prefectura del lugar en el ejercicio económico 2011. La prefectura ha utilizado la subvención concretamente para la realización de las siguientes actividades: un estudio elemental basado en una encuesta del comportamiento para medir la dosis de exposición externa de todos los residentes de la prefectura; examen de la tiroides de todos los residentes de la prefectura que tenían 18 años de edad o menos en el momento del accidente nuclear (aproximadamente 380.000 personas); una encuesta sobre el embarazo y el parto realizadas a las mujeres que recibieron el Manual de Salud Maternoinfantil de los municipios de la prefectura de Fukushima; y el chequeo médico general y la encuesta sobre salud mental y estilo de vida de las personas que vivían en las zonas de evacuación en el momento del accidente.

102.Además, en el Japón, el acceso a todos a los servicios de atención médica está garantizado bajo la cobertura del seguro médico universal.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

103.En 1996, a propuesta de los miembros de la Dieta, la antigua Ley de Protección Eugenésica se modificó y pasó a ser la Ley de Salud Materna, al tiempo que se suprimieron las disposiciones relativas a la esterilización sin consentimiento por motivos de enfermedad mental.

104.Además, el 24 de abril de 2019 se promulgó por unanimidad y entró en vigor la Ley de Indemnización de Suma Fija para las Personas sometidas a Intervenciones Quirúrgicas Eugenésicas en virtud de la antigua Ley de Protección Eugenésica, introducida por miembros de la Dieta. En el preámbulo de la Ley se expresan sentimientos de pesar y disculpas, mientras que el Gobierno otorgará una indemnización mediante el pago de una suma fija por un monto de 3,2 millones de yenes a cada persona que haya sido sometida a una intervención quirúrgica eugenésica en virtud de la antigua Ley de Protección Eugenésica.

105.Además, el Gobierno llevará a cabo una encuesta y tomará las medidas pertinentes en cuanto a la cirugía eugenésica en virtud de la antigua Ley de Protección Eugenésica con miras a contribuir a la construcción de una sociedad inclusiva y evitar que se repita la situación en que se obligue a las personas a someterse a cirugías o a la irradiación para impedir su reproducción por tener una enfermedad o discapacidad particular.

Libertad y seguridad personales y trato dispensado a las personas privadas de libertad (artículos 7, 9 y 10)

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

Respuesta al párrafo 15 a)

106.En lo que respecta a los servicios de salud mental y asistencia social, se han elaborado medidas que responden al enfoque conceptual básico “De la atención centrada en el hospital a la atención centrada en la comunidad”, que se dio a conocer en 2004 en el marco de la Visión de Reforma de los Servicios de Salud Mental y Asistencia Social. Las personas con discapacidad mental pueden recibir atención médica en su comunidad, sin necesidad de hospitalización, con tratamientos de tipo ambulatorio o servicios de cuidado residencial y de enfermería a domicilio. A fin de seguir apoyando la vida cotidiana de esas personas en la comunidad, el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social ha venido procurando mejorar las actividades de extensión (de apoyo a los servicios de enfermería a domicilio) y desarrollar sistemas como el de atención médica de emergencia de las enfermedades mentales.

107.Además, a fin de seguir promoviendo ese enfoque conceptual básico, en 2016 se dio a conocer un nuevo concepto normativo, consistente en “crear un sistema de atención comunitaria integral inclusiva de la discapacidad mental”. En vista de ello, desde el ejercicio económico 2017, para asegurar que las personas con discapacidad mental puedan vivir con tranquilidad de la forma que deseen como miembros de la comunidad, en el Quinto Plan de Bienestar para las Personas con Discapacidad se fija la meta de resultado de establecer plataformas de consulta para los participantes en los servicios de salud, atención médica y bienestar social, y a través de una plataforma de ese tipo creada en cada zona de atención de la salud y bienestar social para las personas con discapacidad el Gobierno ha venido promoviendo iniciativas que contribuyen a crear un sistema de atención comunitaria integral de la discapacidad mental mediante el establecimiento de relaciones directas entre los interesados, en particular las instituciones médicas como los hospitales psiquiátricos, las empresas de asistencia a las comunidades y las entidades públicas locales, y compartiendo los problemas que se presentan a nivel comunitario.

108.Cuando se hospitaliza a una persona con discapacidad mental, el director del hospital psiquiátrico debe procurar que ingrese de forma voluntaria (artículo 20 de la Ley relativa a la Salud Mental y el Bienestar). Cuando una persona que haya ingresado voluntariamente (hospitalización voluntaria) solicite el alta del hospital, el director debe darle de alta (párrafo 2 del artículo 21 de dicha Ley).

109.En cambio, en lo que respecta a la hospitalización no voluntaria que no cuenta con el consentimiento de la persona con discapacidad mental, los procedimientos en el momento del ingreso y los exámenes durante la hospitalización de esa persona se determinan estrictamente de conformidad con la ley. Cuando a una persona se le hospitaliza de forma no voluntaria, el gobernador de la prefectura ordenará que dos o más psiquiatras designados se encarguen de examinarla, y solo podrá proceder a ingresarla de forma no voluntaria si, como resultado de los exámenes, los psiquiatras designados coinciden en que la persona de que se trata padece trastornos mentales y puede autolesionarse o causar daño a otras personas si no es hospitalizada para recibir atención médica y protección (párrafo 2 del artículo 29 de dicha Ley). Además, cuando en base a los exámenes realizados por los psiquiatras designados se determine que no existe peligro de que la persona se autolesione ni cause daño a otros, incluso en el caso de que no siga ingresado, el gobernador de la prefectura le dará de alta inmediatamente (artículo 29-4 de dicha ley). El período de hospitalización no voluntaria debe limitarse al mínimo necesario.

110.Se exige que los psiquiatras designados reúnan las cualidades necesarias para proporcionar tratamiento médico con la debida atención a los derechos humanos de los pacientes. Para garantizar que así sea, el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social designa a médicos que hayan recibido capacitación jurídica y de otro tipo y posean cierto nivel de experiencia práctica en psiquiatría, además de los conocimientos y aptitudes necesarios para desempeñarse como médicos designados. Esas designaciones se renuevan cada cinco años.

111.Además, el Gobierno considera conveniente que las personas hospitalizadas con discapacidad mental reciban atención médica, cuidados asistenciales, atención de enfermería y apoyo para encontrar empleo que tanto necesitarán para la vida después del alta, a fin de que puedan insertarse en su comunidad sin contratiempos. A ese respecto, con objeto de facilitar la prestación de un apoyo continuo y sólido principalmente por parte de los gobiernos locales, el Gobierno central elaboró una directriz sobre las medidas de apoyo que deben prestar los gobiernos locales a las personas con discapacidad mental después de que hayan sido dadas de alta de un hospital, la que fue distribuida a cada gobernador de prefectura y a otros interesados en marzo de 2018.

Respuesta al párrafo 15 b)

112.Los directores de hospitales psiquiátricos deben informar periódicamente al gobernador de la prefectura sobre el estado de toda persona hospitalizada de forma no voluntaria (párrafo 1 del artículo 38-2 de la Ley relativa a la Salud Mental y el Bienestar). Además, la persona hospitalizada o un miembro de su familia (o el representante legal del paciente) podrá solicitar al gobernador de la prefectura que mejore su tratamiento o se le dé de alta (artículo 38-4 de dicha Ley).

113.Esos informes y solicitudes serán objeto de examen por una junta de examen psiquiátrico, entidad externa independiente integrada por psiquiatras designados y expertos jurídicos y de otro tipo establecida en todas las prefecturas (artículos 12, 13 y 14 de dicha Ley), que está encargada de determinar si la hospitalización es necesaria y el tratamiento es apropiado (párrafos 1 y 2 del artículo 38-5 de dicha Ley). Cuando lo estime necesario, la junta dispondrá que uno de sus miembros examine a la persona hospitalizada o podrá solicitar un informe del director del hospital psiquiátrico u otras partes interesadas donde esté ingresada la persona de que se trata (párrafo 4 del artículo 38-5 de dicha Ley). Cuando en base a los resultados del examen se determine que la hospitalización es innecesaria, el gobernador de la prefectura le dará de alta a la persona u ordenará al director del hospital que adopte las medidas del caso, incluso para facilitar el alta (párrafo 5 del artículo 38-5 de dicha Ley).

114.Además, el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social o el gobernador de la prefectura podrá pedirle al director un informe o documento sobre el estado de la persona hospitalizada, y realizar una inspección in situ del hospital (párrafo 1 del artículo 38-6 de dicha Ley). Si el tratamiento de la persona hospitalizada contraviene lo dispuesto en las leyes y reglamentos o se considerara extremadamente inapropiado, el Ministro o el gobernador de la prefectura podrá ordenar al director que lo mejore (párrafo 1 del artículo 38-7 de dicha Ley).

Respuesta al párrafo 15 c)

115.En virtud de la Ley de Prevención del Maltrato de las Personas con Discapacidad y de Apoyo a los Cuidadores, se podrán exigir informes y llamar a consulta a los cuidadores, los empleados de los centros de atención a las personas con discapacidad y los empleadores, no así a las instituciones médicas, incluidos los hospitales psiquiátricos. Al mismo tiempo, se estipula que los directores de las instituciones médicas deben organizar actividades de capacitación y concienciación sobre la discapacidad y las personas con discapacidad para su personal y demás personas interesadas, establecer un sistema de consultas sobre el maltrato de las personas con discapacidad que utilizan los servicios de sus instituciones y tomar medidas para hacer frente a los casos de maltrato y prevenirlos.

116.En la atención médica de las enfermedades mentales, la vida de los pacientes puede correr peligro si no se adoptan medidas para hacer frente a los intentos de suicidios, las autolesiones y otros actos de los pacientes. Por ello, el párrafo 1 del artículo 36 de la Ley relativa a la Salud Mental y el Bienestar estipula que, tras un examen a cargo de psiquiatras designados, podrán imponerse restricciones a los pacientes en la medida necesaria para prestarles atención médica o brindarles protección. Además, en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 37 de la Ley, el Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar Social estableció una normativa para el tratamiento de las personas hospitalizadas que incluye su aislamiento y restricción física (en adelante, “restricción de actividades”). Por ejemplo, según esa normativa, si bien la restricción de actividades se impone cuando sea imprescindible para prestar atención médica o brindar protección a los propios pacientes, no debe utilizarse como castigo o advertencia a los pacientes. Además, cuando se aplica la restricción de actividades a los pacientes, la forma de hacerlo debe estar bien definida para evitar que se haga de manera negligente. Por ejemplo, cuando se imponen las restricciones, a los pacientes se les informa del motivo, a la vez que en el historial médico se deja constancia del hecho y el motivo de la restricción, incluidas la fecha y la hora en que comienza a aplicarse la medida. Por su parte, como se indica en el párrafo 112, el propio paciente o un familiar (o el representante legal del paciente) podrá solicitar al gobernador de la prefectura que mejore el tratamiento.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

117.Como se indica en los párrafos 122 a 138, en el Japón se garantiza ampliamente el derecho de los sospechosos a entrevistarse con su abogado defensor y a pedirle asesoramiento sin que haya observadores presentes, incluso durante el período que media entre el arresto y la ejecución de la orden de detención. La grabación de audio y video de los interrogatorios está consagrada en la ley. Y en lo que respecta a los interrogatorios realizados por la policía, funciona un sistema de interrogatorios supervisados, según el cual supervisores pertenecientes a una división distinta de la división de investigación observan los interrogatorios, a fin de evitar que se realicen de una forma impropia.

118.La división de detención, que está separada orgánicamente de la división de investigación, se encarga del trato de los detenidos.

119.Igualmente, en cada comisaría de policía a nivel de prefectura se establece un comité de inspección de los centros de detención. Después de que cada miembro del comité haya realizado una inspección in situ de los centros de detención y haya entrevistado a los detenidos para conocer la situación real que existe en las instalaciones, el comité comunica sus opiniones a la administración de esos centros. El jefe de policía de la prefectura debe publicar los dictámenes del comité y las medidas adoptadas por la policía en consecuencia. A partir de enero de 2019, se habían nombrado a aproximadamente 250 personas para integrar los comités de inspección de los centros de detención en todo el país. Entre ellas se cuentan abogados, médicos, funcionarios de la administración local, personal académico y residentes locales.

120.La Ley de Establecimientos Correccionales y Carcelarios y de Trato de Reclusos y Detenidos prevé asimismo tres mecanismos de apelación en lo concerniente a los centros de detención, a saber: a) la petición de revisión de alguna disposición del director del centro de detención, b) la denuncia de un caso de uso ilegal de la fuerza física contra un detenido, y c) la presentación de denuncias acerca del trato dispensado.

121.Además, como se estipula en la Ley de Policía, existe un sistema al alcance de cualquier persona, incluidos los detenidos, para presentar denuncias ante las respectivas comisiones de seguridad pública de las prefecturas sobre el desempeño de sus funciones por el personal policial.

Respuesta al párrafo 16 a)

122.En el Japón, las investigaciones penales se llevan a cabo, en principio, sin detención y los sospechosos son privados de libertad únicamente si existen motivos razonables para sospechar que puedan ocultar o destruir pruebas o darse a la fuga. Además, existen estrictos límites de tiempo para la privación de libertad. Los jueces llevan a cabo revisiones judiciales en el momento del arresto, al comenzar la privación de libertad y a la hora de prorrogarla. Se cuenta asimismo con sistemas plenamente habilitados de libertad correctiva revocatorios de la detención o suspensivos de la ejecución de la detención. Por lo tanto, no existe una necesidad imperiosa de introducir un sistema de libertad bajo fianza en la fase previa a la presentación de cargos. Además, si en la fase de la investigación, cuando se reúnen las pruebas, se concede la libertad bajo fianza a un sospechoso que pueda ocultar o destruir pruebas o darse a la fuga, se corre el riesgo de que comprometer seriamente la investigación. Por lo tanto, debe considerarse con cuidado la posibilidad de introducir en el Japón el sistema de fianza previa a la presentación de cargos.

Respuesta al párrafo 16 b)

123.En cuanto a la cuestión de la presencia de un abogado defensor en los interrogatorios, es necesario examinar cuidadosamente la función que cumplen los interrogatorios en los procedimientos penales en sentido general. Por lo tanto, el Gobierno considera que se trata de una cuestión que debe estudiarse cuidadosamente desde diversas perspectivas.

124.En el Japón, el interrogatorio de sospechosos cumple una importante función como método para reunir pruebas y esclarecer los hechos de los casos, en particular los motivos y antecedentes de los delitos. La decisión de permitir o no la presencia de un abogado defensor en los interrogatorios de sospechosos debería tomarse caso por caso, teniendo en cuenta el riesgo de que pudiera obstaculizarse la función del interrogatorio y menoscabarse el honor y la privacidad de las personas afectadas y el carácter confidencial de la investigación. Por lo tanto, el Gobierno cree que, por razones operacionales, no es apropiado permitir categóricamente la presencia de un abogado defensor en los interrogatorios.

125.La presencia de un abogado defensor en los interrogatorios fue debatida en el Comité Especial para el Sistema de Justicia Penal de la Nueva Era instituido en el Consejo Legislativo del Ministerio de Justicia (2011 a 2014). Sin embargo, se decidió no introducir el enfoque, teniendo en cuenta las inquietudes ya expresadas, como la posibilidad de menoscabar la función de los interrogatorios, que cumplen un papel fundamental como se ha dicho anteriormente, y las graves limitaciones que se impondrían a los interrogatorios al no poder realizarse sin que estuviera presente un abogado defensor. En consecuencia, se decidió realizar un estudio separado del enfoque, que incluya su necesidad y validez.

126.En el Japón, los sospechosos tienen derecho a guardar silencio, a nombrar un abogado defensor y a entrevistarse con él y recibir su asesoramiento sin que estén presente observadores. A solicitud de los sospechosos, se les brinda oportunidades para reunirse con su abogado defensor tan pronto como sea posible en la práctica, solicitud que también se concede en la práctica. Además, se estipula que todos los sospechosos detenidos bajo una orden de aprehensión tienen derecho a estar representados por los respectivos abogados de oficio designados por el tribunal.

127.Se ha introducido asimismo un sistema de grabaciones obligatorias para los interrogatorios de los sospechosos detenidos en determinados casos. La grabación de los interrogatorios de sospechosos también se ha realizado en un número considerable de casos en que no es obligatoria. Esas grabaciones facilitan los análisis a posteriori.

128.Los sistemas antes mencionados contribuyen al buen desarrollo de los interrogatorios.

Respuesta al párrafo 16 c)

129.En virtud de lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal modificado que entró en vigor en junio de 2018, los casos en que el sospechoso tiene derecho a ser representado por un abogado de oficio se ampliaron para incluir todos los casos en los que se emite una orden de aprehensión. Esa disposición no abarca la etapa posterior al arresto ni anterior a la ejecución de la orden de aprehensión. No obstante, al mismo tiempo, en virtud del Código modificado, cuando se notifica a un sospechoso detenido o a una persona acusada que tiene derecho a nombrar un abogado defensor, incluso en el momento del arresto, los agentes de la policía judicial, los fiscales y los jueces también están obligados a informar al sospechoso detenido o a la persona acusada de que puede nombrar o solicitar la designación de un abogado, empresa profesional de servicios jurídicos o colegio de abogados específico, e informarle a quién debe dirigir esa solicitud.

130.No existen disposiciones específicas, incluso en el Código de Procedimiento Penal, que se refieran a los criterios de elegibilidad para desempeñarse como abogado defensor de oficio, excepto tener un título de abogado. No obstante, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Apoyo Jurídico Integral, es necesario que los abogados que se propongan ejercer como abogados defensores de oficio hayan celebrado contratos con el Centro de Apoyo Jurídico del Japón.

Respuesta al párrafo 16 d)

131.La policía del Japón ha prestado mucha atención a la duración y los horarios de los interrogatorios a fin de evitar imponer una carga excesiva a los sospechosos. Concretamente, según el Reglamento de la Comisión Nacional de Seguridad Pública, se deben evitar los interrogatorios a altas horas de la noche o durante largas horas, a menos que sean realmente imprescindibles. Además, para realizar un interrogatorio entre las 22.00 horas y las 5.00 horas del día siguiente o por espacio de más de ocho horas en un mismo día, se requiere la aprobación del jefe de policía de la prefectura o del jefe de la comisaría de policía.

132. En lo concerniente a los métodos de interrogación, el Reglamento de la Comisión Nacional de Seguridad Pública estipula en detalle que en los interrogatorios no se emplearán la coacción, la tortura, la intimidación o cualquier otro método que ponga en duda el carácter voluntario de una declaración. Además, de conformidad con ese Reglamento, deberá dejarse constancia escrita del proceso de interrogación, la que será confirmada, firmada y sellada por el sospechoso.

133.Además, está establecido el sistema de interrogatorio supervisado a fin de garantizar que los interrogatorios se desarrollen de una manera adecuada. Una división distinta de la división de investigación está a cargo del sistema. Los supervisores observan los interrogatorios de los sospechosos y exigen que se tomen las medidas necesarias, incluso, entre otras, su interrupción en caso de que se observe que la conducta del personal policial podría dar lugar a interrogatorios inapropiados.

134.En los Principios de Enjuiciamiento, que expresan el espíritu y la postura básica del proceso penal, se afirma que “al entrevistar a testigos y sospechosos, procuraremos obtener declaraciones verdaderas, garantizando al mismo tiempo su carácter voluntario y la justeza del interrogatorio”. Los fiscales del Japón procuran realizar interrogatorios compatibles con los Principios y promueven diversas iniciativas encaminadas a garantizar que se desarrollen correctamente, por ejemplo:

Graban los interrogatorios en una amplia gama de casos.

Evitan realizar interrogatorios a altas horas de la noche o durante largas horas y toman pausas de descanso.

Establecieron la división de inspección y supervisión en la Fiscalía Suprema encargada de crear un sistema de inspección para investigar y tomar medidas oportunas contra los actos ilegales o impropios, o contra los actos sospechosos de serlo, en las investigaciones y los procedimientos penales, incluidos los interrogatorios, y de proporcionar orientación a los fiscales.

135.Como ya se ha señalado, se han introducido diversas medidas encaminadas a asegurar que los interrogatorios sean apropiados y a impedir que se realicen durante largas horas o que se empleen técnicas ilegales como la intimidación y la agresión física.

Respuesta al párrafo 16 e)

136.Las denuncias relativas a los interrogatorios policiales de sospechosos deben comunicarse a la división de supervisión de interrogatorios establecida con independencia de la división de investigación, con arreglo al sistema de interrogatorios supervisados. La división de supervisión de interrogatorios lleva a cabo las inspecciones necesarias. Además, en virtud de la Ley de Policía, toda persona que tenga una queja o denuncia relativa a los interrogatorios podría presentarla asimismo ante la comisión de seguridad pública de la prefectura. Cuando se presenta una denuncia, la comisión de seguridad pública de la prefectura la tramita de buena fe de conformidad con lo dispuesto en las leyes, reglamentos y ordenanzas, y notifica por escrito al denunciante el resultado de esa tramitación.

137.El Ministerio Público también toma las siguientes medidas dirigidas a tramitar las denuncias relativas a los interrogatorios:

En lo que respecta a un interrogatorio, cuando el sospechoso o el abogado defensor formula una declaración o presenta una notificación de insatisfacción, el supervisor del interrogador interpreta su contenido, adopta sin demora las medidas necesarias con las investigaciones requeridas y deja constancia de sus conclusiones.

Los resultados de la investigación deben explicarse al sospechoso o al abogado defensor en la medida de lo posible, teniendo en cuenta los efectos que ello tendrá en el buen desarrollo de la investigación y el procedimiento penal.

138.Si un sospechoso privado de libertad, o que esté siendo interrogado, presentara una denuncia o acusación penal de tortura o maltratado, y el acusado quedara exento de ser enjuiciado como resultado de una investigación posterior, el acusador que no estuviese satisfecho con dicha disposición podrá solicitar su revisión ante el Comité de Investigación Judicial, integrado por votantes elegidos aleatoriamente (artículo 30 de la Ley del Comité de Investigación Judicial).

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

139.La vida en las instituciones penitenciarias es básicamente comunal debido al trabajo en los talleres. Sin embargo, hay algunos reclusos que tienen dificultades para adaptarse al enfoque de grupo debido a sus problemas físicos o psíquicos, los hay a quienes no les gusta la vida comunitaria y que se niegan a trabajar en los talleres, o también hay quienes crean problemas una y otra vez a las personas que los rodean cuando se unen a grupos. Por lo tanto, en algunos casos, a esos reclusos se los pone a trabajar en sus propias celdas individuales, en lugar de en los talleres.

140.Incluso cuando los reclusos están confinados en sus celdas las 24 horas del día, siguen teniendo oportunidades para establecer contacto humano significativo, sobre todo el contacto diario con el personal de la penitenciaría, con el exterior cuando recibe visitas y mediante el envío y recibo de correspondencia, y con otros reclusos durante el tiempo destinado al ejercicio en pequeños grupos dos o más veces al mes. El confinamiento en una celda individual las 24 horas del día, que en algunos casos se prolonga por mucho tiempo, obedece a las múltiples dificultades y problemas que causan algunos reclusos. No obstante, las instituciones penitenciarias se esfuerzan por dar solución a los problemas de esos reclusos a fin de que puedan transitar a la vida comunal, por ejemplo, mediante entrevistas a cargo del personal penal, el asesoramiento de expertos en psiquiatría y los exámenes psiquiátricos.

141.En el anexo 5 se presenta el número de casos de confinamiento individual las 24 horas del día en una celda registrados en 2012 y 2016 (con arreglo al cuarto tipo de categoría de restricción; el mismo se aplica a lo que sigue). Ha aumentado el número de casos de ese tipo que han seguido registrándose por espacio de diez años o más y el de casos en que el recluso se mantiene confinado en un centro penitenciario médico. Sin embargo, el aumento no es significativo, de 11 y 5 casos, respectivamente, mientras que el número total de casos de trato de ese tipo ha disminuido en aproximadamente 1.000.

142.El Gobierno, que está encargado de la detención de los reclusos, reconoce que el mantenimiento de la salud y el tratamiento de las enfermedades de los reclusos son importantes responsabilidades. La Ley de Establecimientos Correccionales y Carcelarios y de Trato de Reclusos y Detenidos también estipula que, a la luz de las normas públicas de higiene y atención médica, deben tomarse las medidas pertinentes para mantener la salud de los detenidos y las condiciones de higiene en los centros.

143.Se despliegan médicos y demás personal sanitario a los centros penitenciarios, donde se encargan de realizar exámenes médicos a la llegada de un recluso y periódicamente a partir de entonces. Cuando un recluso se lesiona o se enferma, el personal médico le presta atención sanitaria de manera oportuna y apropiada. En principio, los exámenes médicos de los reclusos los realiza un médico de planta de la institución penitenciaria. Sin embargo, en caso de que un paciente necesite un tratamiento especializado que no pueda prestarse en la institución penitenciaria, esta invita a un médico no residente a que realice el examen y, en caso necesario, traslada al paciente a un centro penitenciario médico externo para los exámenes pertinentes o su hospitalización. En vista de ello, el Gobierno considera que la atención médica y la gestión de la salud de los reclusos son satisfactorias.

144.Los objetivos de la Ley de Disposiciones Especiales para las Labores Auxiliares y los Horarios de Trabajo de los Funcionarios Médicos Penitenciarios, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2015, son brindar oportunidades para mantener y mejorar las competencias del personal médico penitenciario y garantizar de manera continua y estable la disponibilidad de recursos humanos altamente calificados. A 1 de diciembre de 2015, había en plantilla 253 funcionarios penitenciarios médicos, mientras que a 1 de abril de 2018 ese número había aumentado en 39, hasta llegar a 292, lo que se considera es una consecuencia de la aplicación de dicha Ley.

145.En lo que respecta a las visitas al recluso por parte de su abogado, quien ha aceptado representarlo en una causa relativa al trato dispensado al recluso, la visita se realiza, en principio, sin que esté presente un funcionario penitenciario (artículos 112 y 116 de la Ley de Establecimientos Correccionales y Carcelarios); además, en cuanto a la correspondencia que se recibe del abogado, esta se examina en la medida necesaria para confirmar que se trata precisamente de eso (artículos 127 y 135 de dicha Ley).

146.De conformidad con las disposiciones del Código Penal, para conceder la libertad condicional a una persona condenada a cadena perpetua es necesario que se cumplan dos requisitos: que hayan transcurrido diez años desde que se dictó la sentencia y que la persona condenada “dé muestras de haber experimentado una profunda transformación” (artículo 28 del Código Penal). Se estipula que las condiciones necesarias para autorizar la concesión de la libertad condicional son “cuando se determina que la persona ha expresado un sentimiento de arrepentimiento y la voluntad de hacer mejoras y reformarse, cuando no haya riesgo de que vuelva a cometer un delito, y cuando la puesta en libertad condicional contribuya a la mejora y reforma de esa persona. Sin embargo, lo anterior queda sin efecto si no se puede determinar que ese es el sentir de la sociedad”.

147.Si bien no existen estadísticas mensuales, el número de personas condenadas a cadena perpetua que fueron puestas en libertad condicional (sin contar a las personas a las que se les concedió nuevamente la libertad condicional después de que ésta fuera revocada) fue de 6 en 2014, 9 en 2015 y 7 en 2016.

Eliminación de la esclavitud, la servidumbre y la trata de personas (artículo 8)

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

Respuesta al párrafo 18 a) a e)

148.Según opina el Gobierno, el Pacto no se aplica retroactivamente a ninguna cuestión que haya ocurrido antes de su entrada en vigor con respecto al Japón (en 1979), por lo que no procede plantear la cuestión de las mujeres de solaz en un informe sobre el estado de aplicación del Pacto. No obstante, el Gobierno espera recibir una evaluación imparcial de su posición y de las iniciativas que ha emprendido con sinceridad hasta la fecha, en base a un reconocimiento preciso de los hechos. El Gobierno desearía exponer las iniciativas del Japón en lo tocante a las recomendaciones que figuran en las observaciones finales más recientes del Comité y a la evaluación del estado de aplicación de esas recomendaciones.

149.El Gobierno emprendió un estudio integral a comienzos del decenio de 1990 para determinar los hechos relativos a la cuestión de las mujeres de solaz, cuando comenzó a plantearse como problema político entre el Japón y la República de Corea. Ese estudio comprendió lo siguiente: 1) la investigación de los documentos conexos en poder de los ministerios y organismos competentes del Gobierno; 2) las búsquedas documentales en la Administración Nacional de Archivos y Registros de los Estados Unidos; y 3) la toma de declaración a las personas involucradas, entre ellas exmilitares y directores de estaciones de solaz, y el análisis de los testimonios obtenidos por una organización no gubernamental en la República de Corea. Los resultados de ese estudio, así como el material descubierto en su transcurso, ya han sido divulgados. En el material descubierto por el Gobierno en ese proceso no pudo confirmarse la denominada acción de “retirada por la fuerza” por parte de los militares o las autoridades.

150.La expresión “esclavitud sexual” contradice los hechos y no debería emplearse. El Japón confirmó este aspecto con la República de Corea en el momento de celebrarse el acuerdo entre el Japón y la República de Corea de 2015.

151.En relación con los crímenes de guerra cometidos por ciudadanos japoneses durante la Segunda Guerra Mundial, sabemos que se establecieron tres tipos de tribunales: 1) el Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente, en Tokio; 2) los tribunales militares del Cuartel General, en Tokio; y 3) los tribunales establecidos por los aliados. Por ejemplo, en las Indias Orientales Neerlandesas (la actual Indonesia), algunos exoficiales militares obligaron a las mujeres extranjeras a prostituirse, desobedeciendo las órdenes de sus superiores y vulnerando las normas militares que exigían el consentimiento de las mujeres. En ese caso, tras enterarse los exmilitares (japoneses) de la situación, procedieron a cerrar la estación de solaz, y los oficiales implicados fueron juzgados en un consejo de guerra por crímenes de clase B y C después de la guerra. De los 12 acusados, uno fue condenado a muerte y 8 a pena de prisión con trabajo. Dicho esto, resulta extremadamente difícil para el Gobierno investigar retroactivamente los hechos en casos individuales.

152.El Gobierno se ha ocupado sinceramente de las cuestiones relativas a la indemnización, así como de los bienes y las reclamaciones relativos a la Segunda Guerra Mundial en el marco del Tratado de Paz de San Francisco y mediante tratados, acuerdos e instrumentos de paz bilaterales. La cuestión de las reclamaciones, incluidas las de las antiguas mujeres de solaz, se ha resuelto por la vía legal con las partes en esos tratados, acuerdos e instrumentos (véase el párrafo 1 del anexo 6).

153.Si bien se ha llegado a la solución jurídica antes mencionada, como un gesto de buena voluntad del Japón desde una perspectiva moral, el Gobierno ha tomado diversas medidas con el fin de hallar un remedio realista para las antiguas mujeres de solaz que ya han alcanzado una edad avanzada.

1)Reconociendo que la cuestión de las mujeres de solaz constituyó una grave afrenta al honor y la dignidad de un gran número de mujeres, el Gobierno y pueblo del Japón debatieron seriamente qué podía hacerse para expresar sus sinceras disculpas y remordimientos a las antiguas mujeres de solaz. En consecuencia, el Gobierno y pueblo del Japón cooperaron para establecer el Fondo de Mujeres Asiáticas el 19 de julio de 1995 con miras a llevar a cabo un proyecto de expiación para con las antiguas mujeres de solaz (las iniciativas concretas se indican en el párrafo 2 del anexo 6);

2)Cuando se proporcionó a las antiguas mujeres de solaz el dinero de expiación del citado Fondo, los entonces Primeros Ministros (a saber, el Primer Ministro Hashimoto Ryutaro, el Primer Ministro Obuchi Keizo, la Primera Ministra Mori Yoshiro y el Primer Ministro Koizumi Junichiro), en representación del Gobierno, enviaron una carta firmada en la que expresaban sus disculpas y remordimientos directamente a cada una de las antiguas mujeres de solaz (véase el párrafo 3 del anexo 6);

3)El Japón y la República de Corea celebraron consultas a fondo en relación con la cuestión de las mujeres de solaz, al tiempo que, en virtud del acuerdo alcanzado en la reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Japón y la República de Corea celebrada en Seúl el 28 de diciembre de 2015, se confirmó un “arreglo definitivo e irreversible” de la cuestión de las mujeres de solaz. En la llamada telefónica entre los líderes del Japón y la República de Corea efectuada en horas de la tarde ese mismo día, ambos países confirmaron y valoraron el logro de ese acuerdo. La comunidad internacional, en particular el entonces Secretario General de las Naciones Unidas Ban Ki-moon, acogió con beneplácito el hecho de que el Japón y la República de Corea llegaran a un acuerdo. En el marco de ese acuerdo, se confirmó que el Gobierno de la República de Corea establecería una fundación con el fin de prestar apoyo a las antiguas mujeres de solaz, cuyos sus fondos (alrededor de 1.000 millones de yenes) serían aportados por el Gobierno del Japón como una contribución única con cargo a su presupuesto, y que los proyectos destinados a recuperar el honor y la dignidad y sanar las heridas psicológicas de todas las antiguas mujeres de solaz se llevarían a cabo en el marco de la cooperación entre el Gobierno del Japón y el Gobierno de la República de Corea (véase el párrafo 4 del anexo 6). Esa fundación proporcionó fondos a 35 de las 47 antiguas mujeres de solaz supervivientes y a las familias de 62 de las 199 mujeres que habían fallecido desde la fecha de la concertación del acuerdo, lo que ha sido elogiado por muchas antiguas mujeres de solaz.

154.El Gobierno del Japón no tiene intención alguna de negar la cuestión de las mujeres de solaz. El 14 de agosto de 2015, en su declaración con motivo del 70º aniversario del fin de la Segunda Guerra Mundial, el Primer Ministro Abe expresó sin ambages que “En nuestros corazones grabaremos el pasado, cuando la dignidad y el honor de muchas mujeres fueron gravemente mancillados durante las guerras del siglo XX” y “el Japón liderará al mundo en la tarea de hacer del siglo XXI una era en la que no se vulneren los derechos humanos de las mujeres”.

155.En cuanto a la parte final del párrafo que se examina, en lugar de contenidos específicos que deben impartirse, a las escuelas se les comunican las Normas de los planes de estudio nacionales, pautas de alcance nacional que deben seguir a la hora de formular sus propios planes de estudio. Dado que los libros de texto son producidos por el sector privado, el criterio de qué tipo de materias específicas incluir y cómo se describen en un libro de texto, de conformidad con lo establecido en la reglamentación de los programas de estudios nacionales, se deja en manos de la casa editora del libro de texto de que se trate, siempre y cuando el contenido esté libre de errores.

156.El propósito básico de la autorización de los libros de textos consiste en determinar errores en las descripciones que figuran en esos textos a la luz de los resultados de logros académicos objetivas y el material apropiado de que se dispone en el momento de concederse la autorización, que se lleva a cabo de conformidad con las Normas de los programas de estudios nacionales y las Normas de autorización de libros de texto. En otras palabras, el Consejo de Investigación para la Autorización de Libros de Texto está encargado de autorizar los libros de texto en base a los resultados de las investigaciones y deliberaciones profesionales y académicas. Los resultados del examen son utilizados tal cual por el Ministro de Educación, Cultura, Deportes, Ciencia y Tecnología para determinar si se autoriza o no un libro de texto determinado. No se permite que en ese mecanismo de autorización intervenga política gubernamental e intención o motivación política alguna.

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

Respuesta al párrafo 19 a)

157.En 2004, a fin de promover sin demora y de manera estable una estrecha cooperación entre los organismos gubernamentales competentes y la colaboración con la comunidad internacional en la prevención y erradicación de la trata de personas y la protección de las víctimas, el Gobierno estableció el Comité de Enlace Interministerial sobre medidas de lucha contra la trata de personas, adscrito al Gabinete. En 2014 el Gobierno adoptó el Plan de Acción del Japón de Lucha contra la Trata de Personas y se aprobó convocar el Consejo de Promoción de Medidas para Combatir la Trata de Personas, integrado por los ministros del Gabinete de los ministerios competentes. Actualmente, los ministerios y organismos competentes están colaborando en el marco de ese plan, bajo la dirección del Consejo, en la lucha contra la trata de personas y en el desarrollo de iniciativas para proteger y apoyar a las víctimas. El Gobierno en su conjunto seguirá trabajando para lograr el objetivo de erradicar la trata de personas.

158.A fin de reforzar los trámites de certificación de víctimas, incluidas las víctimas del trabajo forzoso, y con arreglo a los “Métodos para combatir la trata de personas (medidas para identificar a víctimas)” acordados por el Comité Interministerial de Enlace en junio de 2010, la Agencia de Servicios Migratorios está respondiendo activamente y de forma apropiada a las solicitudes de consulta o de protección formuladas por víctimas de la trata o cualquier persona relacionada con ellas. En el proceso de actuar enérgicamente contra los casos de violaciones de la Ley de Control de la Inmigración, la Agencia pone todo su empeño en detectar los delitos relacionados con la trata de personas.

Respuesta al párrafo 19 b)

159.El Japón ha procurado impartir diversos cursos de capacitación para los funcionarios interesados, sobre todo en la Agencia de Servicios Migratorios; el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social; el Servicio de Guardacostas del Japón; la policía; y el Ministerio de Relaciones Exteriores (en el anexo 7, párrafo 1, figuran ejemplos concretos).

160.Con el fin de adherirse al Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, en cuyo artículo 3 se definen los actos que constituyen trata de personas, en 2005 el Japón modificó el Código Penal para establecer y reformular nuevamente las disposiciones penales necesarias. En vista de ello, en el Japón todos los actos que constituyen trata de personas según la definición del Protocolo se consideran delitos.

161.Además, en junio de 2014 se estableció el Equipo de Tareas encargado de hacer cumplir las leyes y reglamentos relativos a la trata de personas, integrado por miembros de la Agencia Nacional de Policía; el Ministerio de Justicia; la Fiscalía Suprema; el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social; y el Servicio de Guardacostas del Japón. Además de cooperar e intercambiar información sobre los delitos relacionados con la trata de personas, en septiembre del mismo año, el Equipo de Tareas publicó el “Manual de medidas contra la trata de personas”, en el que se resume la información disponible como las leyes aplicables a la trata de personas y ejemplos concretos de la aplicación de esas leyes. La policía, la Agencia de Servicios Migratorios, el Ministerio Público, las Oficinas de Inspección de Normas Laborales y el Servicio de Guardacostas del Japón lo utilizan activamente cuando llevan a cabo investigaciones y otras actividades.

162.En lo que respecta a la trata de personas, las oficinas gubernamentales competentes están colaborando y cooperando en el marco de una campaña de represión exhaustiva de la trata, procurando imponer severos castigos a los autores y ocupándose activamente de los casos periféricos que podrían involucrar la trata. En 2014 se registraron 32 casos evidentes de trata de personas; en 2015, 44; en 2016, 44; en 2017, 39; y en 2018, 36.

163.En lo concerniente a los castigos, en 2018 el número de sospechosos detenidos por el delito de trata de personas fue de 40, de los cuales 35 fueron enjuiciados, cuatro no fueron enjuiciados por problemas con las pruebas, y uno fue remitido al tribunal de familia. De los 35 sospechosos procesados, 29 fueron declarados culpables, mientras que las causas de los seis restantes seguían pendientes al 31 de marzo de 2019. De los 29 sospechosos declarados culpables, las sentencias de los sospechosos condenados a prisión con trabajo oscilaron entre diez meses de privación de libertad con trabajo, la más corta, y una de siete años de privación de libertad, la más larga.

Respuesta al párrafo 19 d)

164.El Gobierno del Japón está aplicando en los ministerios y organismos competentes medidas destinadas a proteger a las víctimas, partiendo de los “Métodos para combatir la trata de personas (medidas para identificar a víctimas)” acordados en 2011. Esas medidas de protección y apoyo incluyen, entre otras, la asistencia letrada en varios idiomas, el apoyo financiero, la asistencia para el regreso voluntario, y otras formas de asistencia (para más información, véase el párrafo 2 del anexo 7).

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

Respuesta al párrafo 20 a)

165.A fin de impartir una capacitación técnica adecuada a los pasantes extranjeros y brindarles protección, en noviembre de 2016 se promulgó la Ley de Capacitación Adecuada y Protección de los Pasantes Técnicos (Ley de Capacitación de Pasantes Técnicos), que entró en vigor en noviembre de 2017.

166.Cuando un pasante técnico decide regresar a su país de origen antes de completar el plan de capacitación de pasantías técnicas, la organización supervisora o entidad a cargo emite, antes de la fecha de regreso, una notificación de dificultad en la capacitación de un pasante técnico, lo que permite que el Comisionado de la Agencia de Servicios Migratorios; el Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar Social; y la Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos confirmen por adelantado que el pasante técnico terminará su formación y regresará a su país de origen. Además, cuando sea necesario, la Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos examina los hechos, poniéndose en contacto directo con el propio pasante técnico para determinar si regresa o no en contra de su voluntad. Si se sospecha que el pasante regresa en contra de su voluntad, se dan instrucciones a la organización supervisora o entidad a cargo y se llevan a cabo las investigaciones necesarias, teniendo en cuenta la naturaleza del caso.

167.La Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos ha establecido una línea telefónica de consultas en las lenguas maternas de los pasantes técnicos, y si durante esas consultas se sospecha que en algún caso se han violado los derechos humanos de un pasante técnico, se imparten las instrucciones pertinentes a la organización supervisora o entidad a cargo, teniendo en consideración la privacidad del pasante técnico.

168.En cuanto a la Agencia de Servicios Migratorios, cuando un inspector de inmigración detecta en un puerto aéreo o marítimo de salida a un pasante técnico que regresa a su país de origen sin haber terminado su formación técnica, el funcionario utiliza documentos en la lengua materna del pasante para confirmar que no está siendo obligado a regresar a su país de origen en contra su voluntad.

Respuesta al párrafo 20 b)

169.A los pasantes técnicos se les aplican la legislación laboral, incluida la referente al salario mínimo. Se estipula asimismo, como criterio de acreditación de un programa de capacitación de pasantes técnicos, que el monto de la remuneración de los pasantes técnicos sea igual o superior al monto de la remuneración de los japoneses que realizan el mismo trabajo. Por consiguiente, a la hora de examinar una solicitud de acreditación, la Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos determina si el monto de la remuneración y otros tratos dispensados son adecuados o no.

170.El Ministerio de Justicia y el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social están estudiando la posibilidad de disponer por ordenanza ministerial la obligación de que la organización de ejecución efectúe el pago de la remuneración mediante transferencia bancaria, u otros métodos similares, tomando como referencia las disposiciones del sistema de trabajadores calificados de que se trate. Además, a fin de garantizar que se cumplan debidamente las condiciones laborales estipuladas por ley para los trabajadores extranjeros, incluidos los pasantes técnicos, las autoridades de inspección de las normas laborales realizan inspecciones de los lugares de trabajo que, según se considera, tienen problemas para cumplir con esas condiciones. Si se descubre una violación grave o maliciosa, las autoridades toman medidas estrictas, incluso de carácter judicial.

171.Al 31 de enero de 2020, el Japón había concertado memorandos de cooperación con los Gobiernos de 14 países que estaban dispuestos a enviar pasantes técnicos (Filipinas, Viet Nam, Camboya, India, República Democrática Popular Lao, Mongolia, Bangladesh, Sri Lanka, Myanmar, Bhután, Uzbekistán, Pakistán, Tailandia e Indonesia) a fin de excluir de esa actividad a entidades con prácticas cuestionables en esos países y llevar a cabo la capacitación técnica de los pasantes de manera adecuada y sin contratiempos.

Respuesta al párrafo 20 c)

172.La Ley de Capacitación de Pasantes Técnicos refuerza el sistema de gestión que se aplica a las organizaciones de supervisión y a las de ejecución con diversas medidas, entre ellas la realización de inspecciones in situ por parte de la Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos. De conformidad con la Ley, la Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos tiene entre sus funciones verificar si la capacitación de los pasantes técnicos se lleva a cabo debidamente mediante inspecciones in situ una vez al año en el caso de las organizaciones de supervisión y una vez cada tres años en el de las organizaciones de ejecución, y mediante inspecciones in situ sin previo aviso en los casos poco usuales. Cuando se detecten casos de irregularidades, sobre todo de violaciones de las leyes y los reglamentos, se señalan a la atención de las partes interesadas para que los rectifiquen. En los casos particularmente serios, el ministro competente podrá adoptar las medidas administrativas necesarias, como la revocación de la acreditación del programa de capacitación de pasantes técnicos o de la licencia de la organización de supervisión.

173.El Gobierno sigue haciendo todo lo posible por mejorar la estructura de la Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos, que lleva a cabo las inspecciones in situ, a fin de que pueda funcionar de manera más eficiente y sin tropiezos.

Respuesta al párrafo 20 d)

174.Véanse los párrafos 172 y 173.

Respuesta al párrafo 20 e)

175.La Ley de Capacitación de Pasantes Técnicos estipula que si una organización de supervisión o una organización de ejecución infringe las leyes o reglamentos relativos a la capacitación de pasantes técnicos, los propios pasantes técnicos podrán denunciar el hecho al Comisionado de la Agencia de Servicios Migratorios y al Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar Social. La Ley prohíbe asimismo dispensar un trato desfavorable a los pasantes técnicos por presentar una denuncia. Al 3 de octubre de 2018, se habían recibido 15 denuncias de pasantes técnicos.

176.En el momento de entrar al Japón, un inspector de inmigración en el puerto de entrada o de salida entrega directamente a todos los recién llegados el Manual del Pasante Técnico y les proporciona información importante, por ejemplo sobre la ventanilla de consultas de la Agencia de Servicios Migratorios, los contactos de la Embajada de su país, las leyes y reglamentos laborales del Japón, información necesaria para la vida diaria y sobre cómo presentar denuncias a una oficina de inspección de normas laborales (véase el anexo 8, párrafos 1 y 2), así como información sobre el subsidio por incapacidad laboral.

177.Además, la Organización de Capacitación de Pasantes Técnicos ofrece consultas en ocho idiomas (birmano, camboyano, chino, inglés, filipino, indonesio, tailandés y vietnamita) a fin de que los pasantes técnicos puedan hacer consultas sobre las leyes y reglamentos relativos al propio sistema de capacitación de pasantías técnicas, y sobre sus salarios y horarios de trabajo.

Trato dispensado a los extranjeros, incluidos los refugiados y los solicitantes de asilo (artículos 7, 9, 10 y 13)

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

Respuesta al párrafo 21 a)

178.Para proteger los derechos humanos, los trámites de deportación se realizan con sumo cuidado y se basan en un sistema de tres juicios, que se celebran después de que el funcionario de control de inmigración haya investigado las presuntas violaciones. Este sistema consta de una inspección a cargo de inspectores de inmigración, una audiencia ante investigadores especiales y el pronunciamiento del Ministro de Justicia en relación con las objeciones manifestadas.

179.A los solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiado que se encuentran legalmente en el Japón en el momento de presentar la solicitud no se les priva de libertad. Quien solicite esa condición sin ser residente legal recibirá una autorización de estancia temporal y no será privado de libertad, a menos que se den ciertas circunstancias que así lo aconsejen, como la probabilidad de que la persona se dé a la fuga.

180.En cambio, en el caso de que la persona solicite el reconocimiento de la condición de refugiado después de que se haya decidido su deportación mediante el proceso establecido, el procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado sólo se tramitará después de que la persona de que se trate sea detenida. Sin embargo, la deportación queda suspendida durante los trámites de reconocimiento de la condición de refugiado, al tiempo que se concede la máxima consideración a las personas cuyas circunstancias humanitarias precisan una atención especial, mediante la aplicación flexible de la libertad provisional.

181.Además, se procesan las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado presentadas por menores (menores de 16 años en el momento de presentarse la solicitud) no acompañados por un tutor, teniendo en consideración esa situación en el momento de la entrevista.

182.En lo que respecta al trato que se dispensa a los detenidos en los centros de detención de inmigrantes, el Gobierno lleva a cabo programas de capacitación y sensibilización para los funcionarios de control de la inmigración con vistas a promover el respeto de los derechos humanos.

183.Además, en vista de la muerte de un detenido vietnamita en 2017 y de un detenido nigeriano en 2019, el Gobierno está haciendo todo lo posible por conocer a fondo el estado de salud y el comportamiento de los detenidos en los centros de detención de inmigrantes.

184.Para poder llevar a cabo la deportación de forma ordenada y segura, la Agencia de Servicios Migratorios ha elaborado una serie de directrices relativas a las escoltas y la deportación. La Agencia también imparte cursos prácticos para el personal encargado de escoltar a los deportados y de las gestiones de deportación, y está considerando favorablemente utilizar vuelos fletados y el programa de asistencia para el retorno de la Organización Mundial para las Migraciones (OIM).

Respuesta al párrafo 21 b)

185.En años recientes, el marcado aumento de las solicitudes que intentan abusar o hacer uso indebido del sistema de reconocimiento de la condición de refugiados ha impedido brindar una protección oportuna a quienes verdaderamente son refugiados. A fin de mejorar esa situación, el Ministerio de Justicia llevó a cabo nuevas revisiones del funcionamiento del sistema de reconocimiento de la condición de refugiado, sistema revisado que se puso en práctica para los solicitantes empezando el 15 de enero de 2018.

186.Concretamente, cuando un residente legal solicita el reconocimiento de la condición de refugiado (el primer examen), los que realmente precisan asilo, como los solicitantes que con toda probabilidad serán reconocidos como refugiados, pueden comenzar a vivir una vida estable mucho antes que en el pasado gracias a que ahora están autorizados a trabajar tan pronto como queda claro de qué solicitantes se trata. En cambio, a los solicitantes que intenten abusar o hacer uso indebido del sistema (personas sujetas al procedimiento de “vía rápida”) no se les concederá la condición de residente ni el permiso de trabajo. En principio, incluso a las personas sujetas al procedimiento de “vía rápida” solo se les reconocerá o no la condición de refugiado después de haber seguido los mismos procedimientos que los demás solicitantes de reconocimiento de esa condición. Además, lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 53 de la Ley de Control de la Inmigración, que establece claramente el principio de no devolución, se aplica a la deportación de las personas a las que no se les reconoce la condición de refugiado.

187.Como consecuencia de las nuevas revisiones, el número de solicitudes presentadas en 2018 disminuyó aproximadamente un 47 % en comparación con el año anterior. Al mismo tiempo, el número de solicitudes procesadas en ese mismo año aumentó aproximadamente un 19 % también en comparación con el año anterior. Por lo tanto, creemos que las revisiones del funcionamiento del sistema de reconocimiento de la condición de refugiado han mostrado ser eficaces para reducir el número de solicitudes que intentan abusar o hacer uso indebido del sistema y favorecer en su lugar a las de las personas cuya verdadera intención es trabajar, y también para acelerar la protección de los refugiados que realmente la necesitan.

Respuesta al párrafo 21 c)

188.En virtud de la Ley de Control de la Inmigración, la persona cuya solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado no fuera aprobada (el primer examen) podrá presentar una solicitud de revisión administrativa ante el Ministro de Justicia. En ese caso, el Ministro de Justicia toma una determinación después de escuchar las opiniones de los asesores en los procedimientos de examen de la condición de refugiado que poseen una formación académica en derecho o en asuntos internacionales (los detalles pueden consultarse en el anexo 9).

189.En virtud de la Ley de Control de la Inmigración, durante el proceso de tramitación de una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado o de una solicitud de revisión, se suspende la deportación incluso de las personas contra las que se haya emitido una orden escrita de deportación. Por lo tanto, el Gobierno no deporta a los solicitantes de asilo.

190.Independientemente de que exista o no una solicitud de revisión administrativa, cuando un solicitante manifiesta su objeción a una disposición, podrá interponer una demanda administrativa. Además, cuando el tribunal decida suspender la ejecución de una deportación ordenada por escrito, se suspende la deportación durante la tramitación de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado por la duración del período decidido cuando se suspende la ejecución de la deportación.

Respuesta al párrafo 21 d)

191.Al examinar el conjunto de casos en que se decidió solicitar una revisión administrativa entre 2005, cuando se introdujo el sistema de asesores en los procedimientos de examen de la condición de refugiado, y finales de 2017 (incluidas las decisiones respecto de las objeciones), el Ministro de Justicia llegó a la misma determinación que la opinión mayoritaria de los asesores en más del 90 % de esos casos. Los asesores emiten opiniones bien fundamentadas de acuerdo con sus respectivas competencias técnicas, al tiempo que el Gobierno se propone lograr que el sistema de asesores en los procedimientos de examen de la condición de refugiado funcione como es debido.

192.En casos en que un tribunal haya dictado un fallo revocatorio de la denegación de la condición de refugiado, el Gobierno ha reconsiderado si el solicitante reunía o no las condiciones de refugiado, teniendo en cuenta el contenido del fallo, y luego ha abordado la situación en consecuencia.

Respuesta al párrafo 21 e)

193.La detención de los solicitantes de la condición de refugiado se describe en los párrafos 179 y 180. Además, si un detenido en un centro de detención de inmigrantes manifestara una objeción a esa disposición, tendrá derecho a interponer una demanda administrativa. La notificación de ese derecho se hará debidamente por escrito o verbalmente de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes.

194.En cuanto a la parte final del párrafo que se examina, en virtud de la Ley de Control de la Inmigración, el período de detención con arreglo a una orden escrita de detención no podrá exceder de 30 días. Sin embargo, si un inspector jefe de inmigración determinara que hay motivos insoslayables para prorrogar ese período, lo podrá hacer por otros 30 días únicamente. Además, se considera que la detención con arreglo a una orden escrita de deportación se extiende hasta el momento de la deportación. Esos procedimientos de deportación se llevan a cabo en estricta conformidad con la legislación pertinente. El Gobierno garantiza la deportación sin demora para evitar la prolongación del período de detención. De presentarse circunstancias inevitables, como la enfermedad de un detenido, el Gobierno aplicará la libertad provisional de una manera flexible.

195.Al reconocer que la aceptación de refugiados es una importante responsabilidad para con la comunidad internacional, el Gobierno examina todas las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado caso por caso para determinar si el solicitante pertenece a esa categoría, como se estipula en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, e identificar debidamente a las personas que deberían ser reconocidas como refugiados. Al mismo tiempo, y después de tener en cuenta diversas circunstancias, en el marco de la gestión de la inmigración y la residencia se concede un trato flexible mediante el otorgamiento de un permiso de estancia incluso a quienes no están comprendidos en la definición de refugiado, como se estipula en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, sin que se les reconoce la condición de refugiado. Entre esas personas se cuentan, por ejemplo, a quienes les resultará difícil regresar a su país de origen debido a las circunstancias existentes en el lugar, o las personas en circunstancias especiales que necesitan que se les conceda ese permiso para permanecer en el Japón.

196.En los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado, gran parte de las pruebas se encuentran en el extranjero y son difíciles de reunir. Además, es difícil que el solicitante aporte pruebas físicas. Por lo tanto, la credibilidad de su declaración influye enormemente en la determinación de reconocer la condición de refugiado. Por consiguiente, es importante garantizar un entorno en el que el solicitante pueda hacer declaraciones libremente sobre los hechos que solo él conoce y los asuntos privados de otros. A ese respecto, no se permite, en principio, la participación de terceros en los procedimientos de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado (el primer examen). No obstante, ello sí está permitido en el caso de que un solicitante, que sea un menor no acompañado por un tutor, una persona con grave discapacidad física o mental o una persona con enfermedades graves, solicite la presencia de determinada persona, como un abogado, en el momento de la entrevista.

197.En cuanto al funcionamiento revisado del sistema de reconocimiento de la condición de refugiado, véanse los párrafos 185 y 186. Además, en las instalaciones de asentamiento, el Gobierno ofrece medidas de apoyo integral —como consultas de orientación vocacional y orientaciones sobre colocación laboral a cargo de consejeros profesionales— tanto a los refugiados a la espera de reasentamiento en un tercer país como a los refugiados amparados por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados y sus familias.

198.La respuesta del Gobierno a raíz de la muerte de un detenido vietnamita puede consultarse en el párrafo 183.

Derecho a la vida privada (artículo 17)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

199.En el Japón, la tenencia de información personal por los organismos administrativos está restringida por la Ley de Protección de la Información Personal en Poder de los Órganos Administrativos (las cláusulas conexas pueden consultarse en el anexo 10). La policía cumple sus obligaciones de manera imparcial y neutral de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en otras leyes y reglamentos pertinentes.

200.Además, en lo que respecta a la privacidad de las comunicaciones, la protección de los derechos de toda persona en ese ámbito está garantizada por el artículo 21 de la Constitución y las leyes conexas. El artículo 19 de la Constitución establece que “No se violará la libertad de pensamiento y de conciencia”. La privacidad está garantizada en el artículo 17 del Pacto y se entiende que se deriva del artículo 13 de la Constitución. Si una persona cree que ha sido objeto de actos contrarios a esas disposiciones, podrá solicitar reparación en virtud de las leyes y reglamentos vigentes.

Libertad de pensamiento, de conciencia y de creencias religiosas y libertad de expresión (artículos 2, 18, 19 y 25)

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

201.El concepto de “bien común” y su aplicación práctica se tratan en el párrafo 5 del sexto informe periódico presentado por el Japón en virtud del Pacto.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

202.En cuanto a la primera parte del párrafo que se examina, véase el párrafo 7 del presente informe.

203.La Ley de Radiodifusión se ha promulgado en un marco de autonomía e independencia de los organismos de radiodifusión, y garantiza que esos organismos gocen de algunas de las más amplias libertades posibles reconocidas a los medios de difusión en lo que respecta a factores tales como la prudencia a la hora de tomar medidas en casos de incumplimiento de las normas de la programación.

204.La libertad de expresión es uno de los derechos humanos fundamentales garantizados por el artículo 21 de la Constitución. El artículo 1 de la Ley de Radiodifusión también estipula que uno de los propósitos de la Ley es “asegurar la libertad de expresión en la radiodifusión mediante la garantía de la imparcialidad, la verdad y la autonomía”. Además, el artículo 3 de la Ley estipula que “Los programas de radiodifusión no serán objeto de interferencia o regulación por parte de persona alguna, salvo en virtud de facultades conferidas por ley”, lo que garantiza la libertad editorial de los programas de radiodifusión.

205.Concretamente, la Ley de Radiodifusión incluye las siguientes disposiciones destinadas a lograr que la programación de los organismos de radiodifusión sea apropiada:

El organismo de radiodifusión establecerá normas de edición para los programas de radiodifusión, y los editará en cumplimiento de esas normas (párrafo 1 del artículo 5).

El organismo de radiodifusión establecerá un órgano deliberante para los programas de radiodifusión, y luego podrá deliberar sobre los detalles necesarios para asegurar que dichos programas sean apropiados (artículo 6).

206.Por lo tanto, la Ley de Radiodifusión garantiza debidamente la libertad de expresión e independencia de la radiodifusión en su marco. En consecuencia, el Gobierno no tiene planes de revisar la Ley.

207.No es cierto que el Gobierno haya ejercido presiones ilícitas o indebidas en los medios de difusión, incluidos los organismos de radiodifusión. Por su parte, el Gobierno no está en disposición de comentar acerca de la respuesta de las partes interesadas a informaciones erróneas.

208.Las campañas electorales divulgan información sobre factores tales como la personalidad de los candidatos y sus políticas para que los electores puedan decidir quién debe ser elegido. En vista de ello, las campañas electorales deben ser lo más libres posible.

209.Al mismo tiempo, si una campaña electoral se lleva a cabo sin restricción alguna, la elección podría verse distorsionada, por ejemplo, por un poder financiero, un poder autoritario o un poder que recurre a la fuerza. Es por ello que, para garantizar unas elecciones imparciales, es necesario establecer ciertas normas que las campañas electorales deben observar. En virtud de la legislación vigente, las acciones que se mencionan a continuación se restringen por las siguientes razones: 1) Es probable que las visitas puerta a puerta se conviertan en un hervidero de actividades como la adquisición y tráfico de influencias, y tengan el efecto perjudicial de perturbar la paz de los electores; y 2) el uso de documentos ilimitados hace que aumenten los gastos y la mano de obra, y conduce a la injusticia debido a las diferencias de poder económico. El propósito de esas restricciones es eliminar la desigualdad en las campañas electorales, pues no violan el derecho de voto ni la libertad de expresión de los ciudadanos (como se indica en el anexo 11, las dos restricciones por los motivos descritos en los incisos 1) y 2) de este párrafo fueron declaradas constitucionales en fallos anteriores del Tribunal Supremo).

210.El Gobierno sigue prestando gran atención a los debates sobre esta cuestión en la Dieta, ya que, en virtud de la Ley de Elecciones a Cargos Públicos, la forma en que se desarrollan las campañas electorales reviste importancia por estar vinculada a la fundación del sistema electoral del Japón.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

211.En la Ley de Protección de Secretos Especialmente Designados, la información catalogada como “secretos especialmente designados” se limita a los asuntos que se exponen en la tabla adjunta de cuatro esferas y 23 puntos, que se dividen en 55 subpuntos de acuerdo con las Normas para garantizar la aplicación uniforme en materia de secretos especialmente designados y su desclasificación, así como para realizar la evaluación del nivel de acceso autorizado (las Normas de Aplicación) con miras a especificaciones ulteriores. Esas medidas tienen por objeto impedir que el Gobierno designe arbitrariamente información amplia y vaga como secretos especialmente designados.

212.La información clasificada como “secretos especialmente designados” es una parte excepcionalmente pequeña de la información ya considerada secreta en la Ley de la Administración Pública Nacional, al tiempo que la información que no es secreta hasta ahora nunca será clasificada como “secretos especialmente designados”. En la Ley, por secretos especialmente designados se entiende la información que requiere mantenerse en secreto en particular, así como la información cuya divulgación no autorizada conlleva el riesgo de causar un grave daño a la seguridad nacional del Japón. En cambio, la información que no representa ningún peligro para la seguridad nacional del Japón no se clasifica en absoluto como “secretos especialmente designados”.

213.En lo que respecta a las sanciones por la divulgación no autorizada de información designada como “secretos especialmente designados”, habida cuenta del derecho ciudadano a saber, el artículo 22 de la Ley de Protección de Secretos Especialmente Designados estipula que las actividades de acopio de noticias de las personas que se dedican a publicar o a reportar noticias se consideran fundamentalmente actos realizados en el curso de prácticas comerciales lícitas y no son punibles. Cabe señalar que, si bien han transcurrido más de cinco años desde su entrada en vigor en diciembre de 2014, la Ley no ha tenido en absoluto efectos deletéreos en las actividades de acopio de noticias. Además, hasta la fecha no ha habido ni una sola persona que haya sido detenida o enjuiciada por violar la Ley.

214.En ambas cámaras de la Dieta funcionan juntas de supervisión y revisión encargadas del seguimiento constante de la aplicación por el Gobierno de la clasificación de “secretos especialmente designados”. A solicitud de las juntas, los organismos administrativos les presentan los documentos con secretos especialmente designados. Además, en la Oficina del Gabinete se ha instituido el cargo de Inspector General de Gestión de Registros Públicos (División de Supervisión de la Seguridad de la Información), encargado de verificar e inspeccionar de forma independiente e imparcial si los organismos administrativos designan y desclasifican debidamente los secretos especialmente designados y de gestionar y destruir debidamente los documentos administrativos pertinentes. El Inspector General recibe de los organismos administrativos, para su verificación e inspección, documentos con secretos especialmente designados. Además, en la Ley de Protección de Secretos Especialmente Designados se establece que corresponde al Gobierno convocar al Consejo de Protección de la Información, integrado por expertos externos, que está encargado de recoger las opiniones y propuestas técnicas y objetivas de los miembros (véase el anexo 12). Por lo tanto, se cuenta con un sistema de supervisión de múltiples niveles.

215.En el caso de que se presente una denuncia de irregularidades en relación con la clasificación de los secretos especialmente designados, el denunciante está protegido en virtud de las Normas de Aplicación antes mencionadas, que se formularon en base a las opiniones de los miembros del Consejo de Protección de la Información de conformidad con lo estipulado en la Ley de Protección de Secretos Especialmente Designados.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

216.La enseñanza sobre la bandera y el himno nacionales que se imparte a los estudiantes en las escuelas se basa en la orientación plasmada en las Normas de los planes de estudio nacionales, en el sentido de que “en las ceremonias de inscripción, de graduación y en otras ceremonias, por lo que representan, las escuelas deberán izar la bandera nacional e instruir a los niños que canten el himno nacional”. La intención aquí no es invadir la mente interior de los niños con miras a obligarlos. Ello solo significa que la enseñanza sobre la bandera y el himno nacionales se trata como una cuestión educativa.

217.En general, como se indica en el anexo 13, todo funcionario público, que sirve a toda la ciudadanía y al interés público, está obligado a respetar en el desempeño de sus funciones las leyes y reglamentos y las órdenes de sus superiores. Del mismo modo, los maestros de las escuelas de Tokio metropolitano, que son funcionarios públicos locales, también tienen la obligación en virtud de sus obligaciones laborales de respetar en el curso de las actividades educativas las leyes y reglamentos y las órdenes de sus superiores. En el caso de que, de conformidad con las Normas de los planes de estudio nacionales estipuladas en base a la delegación de las disposiciones de la Ley de Educación Escolar y la Orden de Aplicación de dicha Ley, el director de escuela, que es la autoridad superior del plantel, ordene a los maestros que impartan a los niños enseñanzas sobre la bandera nacional y el himno nacional en ceremonias como la de inscripción, el maestro tiene la obligación, en virtud de sus deberes laborales, de cumplir esa orden.

218.A ese respecto, en virtud del fallo del Tribunal Supremo de 6 de junio de 2011, las órdenes de cumplir con la obligación laboral de pedir que los estudiantes se pongan de pie y canten el himno nacional durante la apertura habitual de ceremonias como la de graduación se consideran necesarias y razonables en la medida en que las limitaciones impuestas por las órdenes son admisibles, tomando en consideración en su conjunto el propósito y el contenido de las órdenes y la forma que asumen las limitaciones.

219.En consecuencia, esas órdenes no contradicen el propósito del artículo 18 del Pacto.

Reunión pacífica (artículo 21)

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

220.La posición básica del Japón respecto de la libertad de expresión se enuncia en el párrafo 13. Esa posición también se aplica a las actividades de protesta contra la Dieta y las realizadas en Okinawa.

221.Las autoridades competentes adoptan las medidas de seguridad mínimas necesarias de una manera apropiada para garantizar la seguridad, teniendo en cuenta la situación creada por las actividades de protesta. Las alegaciones de que las autoridades han ejercido una fuerza física excesiva contra los manifestantes o que han detenido a un gran número de personas, entre ellas a miembros de la prensa que habían informado sobre las actividades de protesta, carecen totalmente de fundamento. Si en el desarrollo de esas actividades se confirman actividades ilegales, como actos de violencia, el Gobierno hace frente a las situaciones creadas de manera apropiada de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, tomando las medidas necesarias que pueden incluir detenciones, reclusiones y enjuiciamientos.

Derecho a participar en la vida pública (artículos 25 y 26)

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

222.El artículo 25 del Pacto establece que todos los ciudadanos gozarán del derecho y la oportunidad de participar en la dirección de los asuntos públicos “sin restricciones indebidas”. Las personas son condenadas a prisión sin trabajo o a una pena mayor cuando cometen actos delictivos graves, que requieren que sean detenidas y aisladas del público en general, y cuando cometen infracciones graves del ordenamiento jurídico, que es la base esencial para celebrar elecciones abiertas, imparciales y justas. Por lo tanto, el Gobierno considera que no es apropiado considerar irrazonable que se restrinja el derecho de voto de las personas condenadas a esas penas hasta que hayan cumplido la condena.

223.En su sentencia de febrero de 1995, el Tribunal Supremo consideró lo siguiente:

Que, dada la naturaleza de los derechos pertinentes, el párrafo 1 del artículo 15 de la Constitución (el derecho de elegir y destituir a las autoridades públicas) se refiere únicamente a los nacionales japoneses, y que la garantía de esos derechos no se extiende a los nacionales extranjeros que residen en el Japón.

Que los “votantes de la entidad pública afectada” a que se refiere el artículo 95 de la Constitución (elecciones directas de los órganos de gobierno local) son los ciudadanos japoneses domiciliados en la zona de la entidad pública local. Por lo tanto, no puede deducirse que la Constitución garantice el derecho de voto en las elecciones locales a los nacionales extranjeros que residen en la zona.

224.Esa sentencia también supone la idea de que la concesión del derecho de voto en las elecciones locales a determinados nacionales extranjeros tampoco está prohibida por la Constitución (véanse los párrafos 1) y 2) del anexo 14).

225.El problema de la concesión del derecho de voto en las elecciones locales a los nacionales extranjeros con residencia permanente es una cuestión importante que guarda relación con las bases de la democracia japonesa, razón por la cual el Gobierno sigue prestando especial atención a los debates que tienen lugar en la Dieta.

Derechos de las minorías (artículos 26 y 27)

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

226.Los ainus y los nacionales japoneses que viven en Okinawa o proceden de esa isla son japoneses por igual y se les garantiza la plena igualdad de derechos de que gozan cualesquiera otros nacionales del Japón.

227.En lo que respecta al pueblo ainu, además de las anteriores medidas de bienestar social y promoción cultural, en abril de 2019 se promulgó la Ley de Promoción de Medidas para el Logro de una Sociedad en la que se Respete el Orgullo del Pueblo Ainu, que entró en vigor en mayo del mismo año. Los objetivos de la Ley son promover una amplia gama de medidas, en particular de índole regional, industrial y turística. En respuesta a las necesidades del pueblo ainu, la Ley incorpora medidas de apoyo a los proyectos que ejecutan los municipios, y también a los que tienen que ver con la recolección de productos forestales en los bosques nacionales y la pesca del salmón. Además, el Gobierno está ejecutando un proyecto de regeneración de los espacios vitales tradicionales ( iwor ) de los ainus (véase el párrafo 1 del anexo 15).

228.El párrafo 1 del artículo 26 de la Constitución y el párrafo 1 del artículo 4 de la Ley Fundamental de Educación garantizan que todos los ciudadanos tendrán el derecho de recibir igual educación en concordancia con su capacidad, y que esa educación podrá impartirse de forma que se ajuste a situación real de sus regiones y escuelas. Por ejemplo, se ha puesto en marcha una iniciativa de aprendizaje del idioma ainu en escuelas de Hokkaido que cuentan con muchos estudiantes de esa comunidad. En la prefectura de Okinawa se vienen desarrollando iniciativas como la distribución de material de lectura complementario en el dialecto local a los estudiantes y cursos de formación de maestros.

229.En el párrafo 2) del anexo 15 figuran más detalles sobre la promoción de la cultura e idioma ainu.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

230.En el Japón, el derecho a compartir la cultura propia; a creer en la religión propia, y a practicarla; o a utilizar el idioma propio no se niega en absoluto a nadie, incluso a los coreanos residentes en el Japón y sus descendientes. En ese contexto, el Japón considera que no es necesario juzgar si los coreanos residentes en el Japón y sus descendientes son reconocidos como una minoría étnica según el Pacto.

231.Además, en lo que respecta al ejercicio de los derechos en materia de seguridad social, en el ámbito del empleo, el Gobierno proporciona orientación y lleva a cabo programas de sensibilización para los empleadores a fin de que pueda establecerse un sistema justo de verificación de antecedentes antes de la contratación y garantizar así la igualdad de oportunidades de empleo. La legislación laboral se aplica por igual a todos los trabajadores empleados en una empresa en el Japón, independientemente de su nacionalidad.

232.En el Japón se prestan servicios médicos a todas las personas por igual, independientemente de su nacionalidad. En el párrafo 236 se detallan aspectos del programa de seguridad social del Japón.

233.En cuanto a la educación escolar, en el caso de que los hijos de nacionales extranjeros, en particular de los coreanos residentes en el Japón, deseen asistir a las escuelas públicas de enseñanza obligatoria general, son admitidos gratuitamente; también pueden matricularse en una escuela para extranjeros si lo desean.

234.En los párrafos 223 a 225 se detallan aspectos del ejercicio de los derechos políticos.

235.En cuanto al sistema de apoyo al pago de la matrícula del segundo ciclo de la enseñanza secundaria, los estudiantes que asisten a las escuelas con derecho a participar en el sistema en virtud de las leyes y reglamentos pertinentes podrán acogerse a él, independientemente de su nacionalidad, siempre que residan en el Japón. Actualmente, las escuelas norcoreanas no tienen derecho a participar en el sistema ya que no se ha confirmado que cumplan los criterios de participación estipulados por las leyes y reglamentos pertinentes. La decisión se adoptó en base a las leyes y reglamentos pertinentes, y no tiene nada que ver con la nacionalidad de los estudiantes o con consideraciones políticas o diplomáticas.

236.Todo extranjero que permanezca legalmente en el país tiene derecho a participar en el sistema de seguridad social del Japón, incluido el plan nacional de pensiones. Por consiguiente, el principio por el que se que rige el plan nacional de pensiones en el Japón es que toda persona que contribuya al sistema de pensiones, independientemente de que sea extranjera, tiene derecho a recibir una pensión. No existe discriminación por motivos de nacionalidad.