Naciones Unidas

CRPD/C/RWA/Q/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

5 de noviembre de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Lista de cuestiones relativa al informe inicial de Rwanda *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

1.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Revisar la legislación nacional, en particular las Leyes núms. 01/2007, 02/2007 y 03/2011, y las Leyes núms. 54/2000 y 27/2001 sobre los derechos del niño, con miras a armonizarlas con la Convención y reflejar el modelo de la discapacidad basado en los derechos humanos;

b)Celebrar consultas efectivas con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad en el proceso de elaboración de leyes y políticas, y tener en cuenta las opiniones de las mujeres y los niños con discapacidad y de las personas con discapacidad intelectual o psicosocial en el Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad;

c)Prestar apoyo a las personas con discapacidad intelectual para que creen y gestionen sus propias organizaciones representativas, obtengan el reconocimiento de su capacidad jurídica para asociarse y estén representadas en otras organizaciones de personas con discapacidad;

d)Dar efectividad a los derechos reconocidos en la Convención, facilitando información sobre las asignaciones presupuestarias, por ejemplo las destinadas al Programa Nacional para la Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad (2010‑2019).

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

2.Indíquense las medidas adoptadas para hacer cumplir la disposición constitucional que prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad. Indiquen también las medidas adoptadas para incorporar en la legislación una definición de ajustes razonables que incluya el reconocimiento explícito de que la denegación de dichos ajustes constituye una discriminación por motivo de discapacidad. Sírvanse proporcionar información sobre el establecimiento de un mecanismo de denuncia accesible y eficaz para las víctimas de discriminación.

3.Informen sobre las medidas jurídicas y de otra índole que se hayan adoptado para prevenir y combatir la discriminación múltiple e interseccional de que son objeto las personas con discapacidad, en particular las mujeres y las niñas con discapacidad, las personas con discapacidad intelectual o psicosocial, las personas con discapacidad que pertenecen a comunidades minoritarias, los refugiados con discapacidad o las personas con albinismo, e indiquen si en la legislación y las políticas públicas del Estado parte se tienen en cuenta sus necesidades y, de ser así, de qué manera.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

4.Se ruega informen sobre las medidas adoptadas para establecer indicadores específicos y reunir datos desglosados sobre la situación de las mujeres y las niñas con discapacidad. Indíquese qué medidas se han tomado, incluidas las políticas y los programas, para empoderar a las mujeres y niñas con discapacidad;

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

5.Sírvanse indicar las medidas prácticas adoptadas para que la oficina de atención a los niños con discapacidad de la Comisión Nacional para la Infancia preste apoyo a los niños con discapacidad en el seno de sus familias y comunidades. Indiquen asimismo las medidas destinadas a promover las modalidades alternativas de cuidado inclusivo en entornos familiares, en lugar de entornos institucionales, para los niños con discapacidad privados del cuidado de los padres. Describan las iniciativas adoptadas para garantizar que los niños con discapacidad disfruten de sus derechos y para empoderarlos a fin de que expresen sus opiniones en las decisiones que los afecten.

Toma de conciencia (art. 8)

6.Se ruega expliquen las medidas adoptadas en consulta con las organizaciones de personas con discapacidad y dirigidas al público en general, las personas con discapacidad, las organizaciones de personas con discapacidad, los medios de comunicación, los empleadores, los profesionales de la salud y la educación y los dirigentes comunitarios, destinadas a superar los estereotipos, la estigmatización y los prejuicios arraigados relativos al género y la discapacidad, y a promover el modelo de la discapacidad basado en los derechos humanos. Expliquen también de qué manera coordina el Estado parte las actividades de concienciación en el ámbito de la Convención a fin de que lleguen a todo el territorio.

Accesibilidad (art. 9)

7.Indiquen las medidas adoptadas para aplicar el Código de Construcción de 2015 con el fin de garantizar la accesibilidad de todos los edificios abiertos al público. Sírvanse además aclarar las medidas que se hayan tomado para garantizar la accesibilidad del transporte y elaborar normas sobre la accesibilidad de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Amplíen la información sobre las medidas adoptadas para promover la accesibilidad en las zonas rurales.

Derecho a la vida (art. 10)

8.Se ruega describan las medidas adoptadas para combatir las agresiones y asesinatos perpetrados contra las personas con albinismo y para llevar a los autores ante la justicia.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

9.Expliquen qué medidas se han adoptado para incluir a las organizaciones que representan a las personas con discapacidad en los comités y otras estructuras encargadas de la preparación, gestión y recuperación en casos de desastre. Indíquense las medidas adoptadas para capacitar y preparar a los equipos de intervención en situaciones de emergencia a fin de que puedan prestar asistencia a las personas con discapacidad en situaciones de riesgo de desastres. Sírvanse explicar asimismo las medidas adoptadas para que la información sobre los riesgos de desastres y los avisos conexos resulte accesible para las personas con discapacidad, incluidas las personas sordas o ciegas.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

10.Detállense las medidas destinadas a revisar las leyes discriminatorias, en especial el Código Civil, que privan de capacidad jurídica a las personas con discapacidad intelectual o psicosocial. Aporten información sobre los planes para abolir la tutela y la sustitución en la adopción de decisiones para avanzar hacia un modelo de apoyo a la adopción de decisiones.

Acceso a la justicia (art. 13)

11.Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar el acceso al sistema de justicia a todas las personas con discapacidad, en especial las personas con discapacidad intelectual o psicosocial. Faciliten información sobre las medidas destinadas a:

a)Aumentar la accesibilidad del sistema de justicia, incluidos el acceso físico y el acceso a la asistencia letrada y la información, y las medidas destinadas a proporcionar ajustes de procedimiento;

b)Capacitar y concienciar a los jueces, los abogados, el personal judicial, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los policías y otros funcionarios públicos sobre los derechos de las personas con discapacidad y sobre la obligación de realizar ajustes razonables.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

12.Aporten información sobre las medidas adoptadas para abolir, en todas las circunstancias, el internamiento involuntario de las personas con discapacidad en establecimientos del sistema de justicia o de salud mental por motivo de su discapacidad.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

13.Se ruega expliquen las medidas jurídicas y de otra índole que se hayan tomado para:

a)Aumentar la protección de las mujeres y los niños con discapacidad, en especial los que presentan discapacidad intelectual o psicosocial, contra el riesgo de sufrir violencia, abusos, explotación y prácticas nocivas, particularmente en el hogar, las instituciones, las comunidades y los campamentos de refugiados;

b)Proporcionar la protección y los servicios de apoyo necesarios, como refugios temporales accesibles, apoyo psicológico y asistencia jurídica, a las personas con discapacidad que hayan sido víctimas de explotación, violencia o abuso, en particular las mujeres y las niñas con discapacidad. Aporten datos sobre el número de denuncias presentadas por todas las formas de violencia, incluida la violencia de género contra las mujeres y las niñas con discapacidad, y sobre el número de enjuiciamientos iniciados, condenas dictadas y penas impuestas a los autores, en virtud de la Ley núm. 01/2007;

c)Prohibir explícitamente el castigo corporal de los niños, incluidos los niños con discapacidad, en todos los entornos.

14.Indiquen qué mecanismo se ha establecido para prevenir los casos de abuso o trato inhumano o degradante de las personas con discapacidad y faciliten los datos pertinentes al respecto. Sírvanse explicar de qué manera las personas con discapacidad pueden denunciar los casos de abuso, trato inhumano o abandono en cualquier entorno.

Protección de la integridad personal (art. 17)

15.Describan las medidas adoptadas para:

a)Prevenir e investigar los casos de esterilización forzada de personas, en particular las mujeres y las niñas con discapacidad;

b)Proteger la integridad de las personas con discapacidad, especialmente en el contexto del tratamiento de la salud mental, y establecer salvaguardias a este respecto.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

16.Informen sobre las medidas adoptadas para que los refugiados con discapacidad obtengan documentos oficiales de identificación en pie de igualdad con los demás refugiados, de modo que se les facilite el ejercicio de su derecho a la libertad de circulación.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en lacomunidad (art. 19)

17.Se ruega faciliten información sobre la labor realizada desde la ratificación de la Convención para pasar del modelo de atención institucional a uno de cuidados comunitarios.

18.Indiquen asimismo el número y el porcentaje de personas con discapacidad, desglosados por sexo, edad y discapacidad, que siguen viviendo en centros de atención residencial, incluidos los centros de atención de la salud mental. Proporciónese información sobre la creación de servicios de apoyo, con inclusión de las medidas de asistencia personal y de protección social, destinados a garantizar la posibilidad de vivir de forma independiente en la comunidad.

Movilidad personal (art. 20)

19.Sírvanse detallar las medidas adoptadas para que las personas con discapacidad tengan mayor acceso a ayudas para la movilidad y ayudas técnicas asequibles en el mercado local, en particular en las zonas rurales. Inclúyase información sobre las iniciativas adoptadas para que dichas ayudas se produzcan localmente y para aumentar la capacidad local de reparación y mantenimiento. Indiquen asimismo qué medidas se han adoptado para que las personas con discapacidad que viven en la pobreza tengan también acceso a ayudas técnicas asequibles.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

20.Facilítese información sobre la disponibilidad de medios de comunicación de masas y medios privados para las personas con discapacidad en formatos accesibles y utilizables, como el braille, la lengua de señas y las versiones de lectura fácil. Informen asimismo de las medidas que se estén tomando para reconocer oficialmente la lengua de señas rwandesa en la legislación y aumentar el número de intérpretes cualificados de lengua de señas.

Respeto de la privacidad (art. 22)

21.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar la disposición constitucional que establece la obligación de respetar el derecho a la privacidad de las personas con discapacidad, en particular las personas con discapacidad psicosocial, y que incumbe también a sus familiares y cuidadores.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

22.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Proporcionar prontamente información, servicios y apoyo de carácter general a las familias encabezadas por personas con discapacidad y a las que tienen niños con discapacidad;

b)Asegurar que se disponga de información accesible sobre los servicios de planificación familiar y sobre la salud sexual y reproductiva y los derechos conexos;

c)Crear más conciencia en la comunidad en general, el poder judicial y los servicios de protección de la infancia acerca de los derechos relacionados con la familia, la paternidad y las relaciones personales, en particular de las personas con discapacidad intelectual o psicosocial. Inclúyanse datos sobre el número y el porcentaje de progenitores con discapacidad que mantienen contacto con el sistema de protección de la infancia y sobre el número y el porcentaje de niños que han sido separados de sus padres por motivo de una discapacidad del niño, o de uno o ambos progenitores.

Educación (art. 24)

23.Se ruega faciliten información actualizada sobre los progresos realizados para transformar los servicios existentes de educación segregada en servicios de educación inclusiva de calidad a todos los niveles, incluidos los planes para revisar las órdenes ministeriales, los programas nacionales y los planes de estudio. Indíquese si se ha adoptado o se prevé adoptar una política de educación inclusiva, destinada en particular a las niñas con discapacidad y que incluya a los refugiados con discapacidad, así como el calendario para su adopción y aplicación.

24.Informen sobre las medidas adoptadas para prestar el apoyo necesario a los alumnos con discapacidad, entre ellos los que presentan discapacidad visual o auditiva, a lo largo de toda su vida académica, incluidas la enseñanza secundaria y la terciaria, y detallen el apoyo de que se dispone. Expliquen también las medidas adoptadas para prevenir y combatir el acoso escolar contra los alumnos con discapacidad.

Salud (art. 25)

25.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la revisión y la aprobación de la Ley de Salud Mental aclarando de qué forma esa ley puede apoyar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de la Convención. Expliquen las medidas que se hayan tomado para garantizar el derecho al consentimiento libre e informado de las personas con discapacidad, incluidas las personas con discapacidad intelectual o psicosocial. Describan asimismo las medidas adoptadas para impartir capacitación sistemática al personal de salud sobre los derechos de las personas con discapacidad.

26.Se ruega aporten información sobre la cobertura sanitaria universal para las personas con discapacidad y sobre su acceso a servicios públicos y accesibles de educación en materia de salud y atención sanitaria, particularmente servicios de salud comunitarios, como servicios dedicados al VIH/sida y servicios de salud sexual y reproductiva, tanto en las zonas urbanas como en zonas rurales remotas. Expliquen las medidas que se hayan tomado para que los refugiados con discapacidad tengan acceso a los servicios de salud en igualdad de condiciones con los demás.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

27.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que las personas con discapacidad, incluidos los refugiados con discapacidad, tengan acceso en la comunidad a los servicios de habilitación y rehabilitación que necesitan. Explíquese qué medidas se han tomado para aumentar el número de profesionales de la rehabilitación.

Trabajo y empleo (art. 27)

28.Se ruega describan las medidas adoptadas para eliminar las barreras estructurales, incluidas las leyes, que impiden a las personas con discapacidad acceder al trabajo y a las oportunidades de empleo, y para promover el empleo de las personas con discapacidad en los sectores público y privado, principalmente entre las mujeres con discapacidad. Detallen las repercusiones y los resultados que han tenido los dos programas específicos de la Política Nacional de Empleo que se mencionan en el informe inicial (CRPD/C/RWA/1, párr. 193). Aporten datos estadísticos desglosados sobre el número de personas con discapacidad que trabajan por cuenta ajena o por cuenta propia, comparándolos con la población en general.

29.Se ruega proporcionen información detallada sobre el grado de apoyo económico público prestado a las organizaciones de personas con discapacidad y a los asociados internacionales para el desarrollo a fin de fomentar la iniciativa empresarial de las personas con discapacidad (ib i d., párr. 196). Inclúyase información sobre las iniciativas adoptadas para que las mujeres con discapacidad, en especial las madres solteras, tengan acceso pleno y en condiciones de igualdad a los programas existentes de autoempleo y microfinanciación.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

30.Explíquese qué medidas se han tomado para que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a los programas de desarrollo socioeconómico y sean incluidas en las iniciativas generales de protección social y reducción de la pobreza (ib i d., párr. 198), y si las personas con discapacidad participan efectivamente en la planificación, ejecución y supervisión de esas iniciativas.

31.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para mejorar el nivel de vida de las personas con discapacidad que viven en riesgo de pobreza o por debajo del umbral de pobreza. Incluyan también información sobre cualquier proyecto de establecer un plan de pensiones o un fondo destinados a las personas con discapacidad para que puedan ganarse la vida en la comunidad. Proporcionen información sobre las partidas presupuestarias específicas que se hayan asignado a la incorporación de las cuestiones relativas a la discapacidad en el ámbito local, en particular en las oficinas de incorporación de las cuestiones relativas a la discapacidad a nivel de distrito.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

32.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para derogar las disposiciones que limitan la participación de las personas con discapacidad en los procesos electorales y que figuran, entre otras, en la ley electoral.

33.Expliquen las medidas adoptadas para aumentar la participación de las mujeres con discapacidad en los foros de adopción de decisiones y los puestos de dirección, especialmente a nivel local y de distrito, indicando medidas concretas. Facilítese información acerca de las mujeres con discapacidad presentes en el Parlamento e indíquese qué medidas se han adoptado para establecer indicadores específicos y reunir datos desglosados sobre los progresos alcanzados para promover el nombramiento de personas con discapacidad, en particular las mujeres, en puestos de adopción de decisiones.

34.Se ruega informen acerca del papel y la participación que tienen las organizaciones que representan a las personas con discapacidad en la elección de los dos candidatos con discapacidad a la Cámara de Diputados.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30)

35.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para que se disponga de más espacios culturales, deportivos, recreativos y de esparcimiento accesibles, tanto en las zonas rurales como en las urbanas.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

36.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para mejorar la recopilación y difusión de datos desglosados sobre la discapacidad, por ejemplo, en las encuestas de hogares y en el próximo censo nacional, teniendo en cuenta la Convención y recurriendo al minicuestionario del Grupo de Washington sobre la discapacidad. Infórmese asimismo de las medidas adoptadas para reunir datos desglosados sobre la situación de los niños con discapacidad.

Cooperación internacional (art. 32)

37.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para:

a)Velar por que los asociados internacionales para el desarrollo y los asociados nacionales y locales consulten y colaboren de forma efectiva con las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan con el fin de incorporar las cuestiones de discapacidad en los programas de desarrollo y reducción de la pobreza;

b)Asegurar que las personas con discapacidad participen plenamente en la aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los objetivos conexos;

c)Elaborar programas y proyectos dirigidos específicamente a las personas con discapacidad y proporcionar información sobre el porcentaje del presupuesto total que se les asigna.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

38.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para establecer un mecanismo nacional independiente de supervisión de acuerdo con el artículo 33, párrafo 2, de la Convención y sobre su conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París). Infórmese también sobre los recursos asignados a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que pueda cumplir su mandato. Asimismo, se ruega faciliten información sobre las medidas adoptadas para garantizar la plena participación de las organizaciones de personas con discapacidad en las actividades de supervisión.