Distr.GENERAL

CRC/C/104/Add.630 de agosto de 2005

ESPAÑOLOriginal: RUSO

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES CON ARREGLO AL ARTÍCULO 44 DE LA CONVENCIÓN

Segundo informe periódico que los Estados Partes debían presentar en 2001

Adición

UZBEKISTÁN*

[22 de febrero de 2005]

ÍNDICE

Párrafos Página

INTRODUCCIÓN1-95

I.MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN10-197

II.DEFINICIÓN DEL NIÑO (ARTÍCULO 1)209

III.PRINCIPIOS GENERALES21-439

A.La no discriminación (artículo 2)21-259

B.El interés superior del niño (artículo 3)26-3310

C.Garantía del derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (artículo 6)34-4111

D.Respeto de la opinión del niño (artículo 12)42-4312

IV.DERECHOS Y LIBERTADES CIVILES44-8712

A.El nombre y la nacionalidad (artículo 7) y la preservación de la identidad (artículo 8)44-4912

B.La libertad de expresión (artículo 13)5013

C.El acceso a una información apropiada (artículo 17)51-7013

D.La libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (artículo 14)71-7516

E.La libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas(artículo 15)76-8017

F.La protección del derecho a la vida privada (artículo 16)81-8317

G.El derecho a no ser sometido a torturas (artículo 37 a))84-8718

V.EL ENTORNO FAMILIAR Y OTRO TIPO DE TUTELA88-13519

A.La dirección y orientación parentales (artículo 5)88-8919

B.Las responsabilidades de los padres (artículo 18)90-9119

C.La separación de los padres (artículo 9)92-9320

D.El pago de la pensión alimenticia del niño (párrafo 4 delartículo 27), la reunión de la familia (artículo 10)94-10420

ÍNDICE (continuación)

Párrafos Página

V.(continuación)

E.Los niños privados de un medio familiar (artículo 20)105-12922

F.La adopción (artículo 21)130-13326

G.Los abusos y el descuido (artículo 19), la recuperación físicay psicológica y la reintegración social (artículo 39)134-13527

VI.SALUD BÁSICA Y BIENESTAR136-17527

A.La supervivencia y el desarrollo del niño (párrafo 2del artículo 6)136-14727

B.Los niños discapacitados (artículo 23)148-15729

C.La salud y los servicios sanitarios (artículo 24), el examenperiódico del tratamiento (artículo 25)158-16731

D.La seguridad social y servicios e instalaciones de guardade niños (artículo 26 y párrafo 3 del artículo 18)168-17232

E.El nivel de vida (párrafos 1 a 3 del artículo 27)173-17534

VII.ACTIVIDADES EDUCATIVAS, RECREATIVASY CULTURALES176-20734

A.Educación, incluida la formación y orientación profesional(artículo 28)176-18734

B.Los objetivos de la educación (artículo 29)188-19536

C.Actividades de esparcimiento, recreativas y culturales(artículo 31)196-20739

VIII.MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN208-34540

A.Niños en situaciones de emergencia (artículos 22 y 38)208-21540

B.Niños en conflicto con la ley (artículos 40, 37 y 39)216-28342

C.Los niños sometidos a explotación, incluida su recuperaciónfísica y psicológica y su reintegración social284-33652

D.Los niños pertenecientes a minorías o a grupos indígenas(artículo 30)337-34560

ÍNDICE (continuación)

Página

Composición del Grupo de Trabajo encargado de preparar el informe62

Organizaciones públicas que contribuyeron con materiales para la preparacióndel informe62

Organizaciones no gubernamentales que contribuyeron con materiales para lapreparación del informe63

Lista de anexos65

INTRODUCCIÓN

1.Tras proclamar su independencia como Estado, la República de Uzbekistán se ha mantenido fiel a los ideales de la democracia y los derechos humanos y reconoce la primacía de los principios y normas del derecho internacional universalmente aceptados. Uzbekistán se caracteriza por una población relativamente "joven" y por una alta proporción de personas en edad de trabajar. La proporción de personas por debajo de la edad de trabajar es del 39%, la de personas en edad de trabajar del 54% y la de personas mayores de esa edad del 7%. La población ha aumentado desde 1999 y a principios de 2005 ascendía a 26 millones, el 46% de la cual era menor de 15 años.

2.La República de Uzbekistán ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño el 6 de diciembre de 1992 en el Consejo Supremo y se comprometió ante la comunidad internacional a aplicar todas sus disposiciones.

3.Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Convención, en 2000 la República de Uzbekistán presentó al Comité para los Derechos del Niño un informe inicial sobre el cumplimiento de las obligaciones contraídas (CRC/C/41/Add.8), que fue examinado en las sesiones 743 y 744 del Comité, celebradas el 9 de octubre de 2001 (CRC/C/SR.743 y 744).

4.El segundo informe periódico se ha preparado de conformidad con el apartado b) del párrafo 1 del artículo 44 de la Convención y las Directrices generales relativas a la forma y contenido de los informes periódicos, y teniendo en cuenta las Observaciones finales del Comité (CRC/C/15/Add.167). Con miras a la aplicación de estas Observaciones, el Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán aprobó un Plan de Acción para la aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (véase el anexo 4).

5.En aplicación de las observaciones formuladas por el Comité, en el período que abarca el informe, se han promulgado los siguientes instrumentos normativos:

-Resolución del Consejo de Ministros Nº 360 de 21 de septiembre de 2000 relativa al mejoramiento de la actividad de las comisiones de asuntos de menores, por la que se aprueba la Instrucción sobre las comisiones de asuntos de menores;

-Resolución del pleno del Consejo Supremo de la República de Uzbekistán Nº 21 de 15 de septiembre de 2000 relativa a la práctica judicial en relación con los delitos cometidos por menores;

-Nueva redacción de la Ley de la Fiscalía (2001);

-Decreto presidencial Nº UP-3017, de 25 de enero de 2002, sobre el fortalecimiento del apoyo específico a las capas socialmente vulnerables de la población;

-Resolución del Consejo de Ministros Nº 32, de 25 de enero de 2002, relativa a las medidas complementarias para mejorar la salud de la mujer y la joven generación;

-Disposición del Consejo de Ministros Nº 33, de 25 de enero de 2002, relativa a las medidas de aplicación del Programa de apoyo específico a las capas socialmente vulnerables de la población para 2002-2003;

-Disposición del Consejo de Ministros Nº 301, de 26 de agosto de 2002, relativa a la organización de la actividad de prevención de la delincuencia de menores sin tutela en la ciudad de Tashkent;

-Decreto presidencial Nº VII-3154, de 24 de octubre de 2002, sobre la creación del Fondo de fomento del deporte infantil;

-Resolución del Consejo de Ministros Nº 374, de 31 de octubre de 2002, sobre la organización de las actividades del Fondo de fomento del deporte infantil;

-Resolución del Consejo de Ministros Nº 365, de 25 de agosto de 2003, por la que se ratifica la reglamentación sobre el examen médico premarital;

-En agosto de 2003 el Parlamento enmendó el artículo 235 del Código Penal para introducir la definición de "tortura" del artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

-Decreto presidencial Nº UP-3431, de 21 de mayo de 2004, relativo al Programa estatal de fomento de la enseñanza escolar en 2004-2009;

-Resolución del Consejo de Ministros relativa a las medidas de aplicación del Programa estatal de fomento de la enseñanza escolar en 2004-2009;

-Resolución del Consejo de Ministros Nº 419, de 7 de septiembre de 2004, por la que se organiza el Centro nacional de reinserción social de niños, etc.

6.Se han adoptado varios programas estatales importantes. En particular, para mejorar la salud genésica de la mujer se aplican los programas siguientes: "Familia"; "Generación sana" (2000); "Madre e hijo" (2001); "Ecología, maternidad e infancia" (2001); "Medidas complementarias para fortalecer la salud de las mujeres y la joven generación" (2002); "Medidas para aplicar las prioridades establecidas a los efectos de promover una mentalidad de salud en la familia, velar por la salud de la mujer, y tener y criar hijos sanos" (2002); "Bondad y caridad" (2004).

7.Se ha establecido una Comisión para los asuntos de los menores (2000) y por iniciativa de la Fundación benéfica Soglom avlod uchun, el Comité de Mujeres de Uzbekistán y el jokimyato de la ciudad de Tashkent, conjuntamente con la sociedad internacional SOS Aldeas Infantiles Internacionales, se creó la asociación SOS-Aldeas Infantiles Uzbekistán. Se han establecido también las fundaciones no gubernamentales siguientes: Fondo infantil y social republicano Sen Yolgiz Emmassan (2002), Fondo de fomento del deporte infantil (2003), y Centro de asistencia social y jurídica a los menores, adjunto al Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán (2002). Se han abierto centros de asesoramiento jurídico en cinco instituciones de enseñanza superior: el Instituto Jurídico Estatal de Tashkent, la Universidad de Economía y Diplomacia Mundiales, etc.

8.En el período que abarca el informe se organizaron en forma conjunta con organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales importantes conferencias internacionales:

-Justicia juvenil en Asia central y Mongolia, 22 a 24 de agosto de 2001 (organizadores: Centro Nacional de Derechos Humanos conjuntamente con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Fundación Save the Children (Reino Unido));

-Enseñanza y Democracia 2001: perspectivas, desarrollo y colaboración (organizadores: Ministerio de Enseñanza Pública, Centro de divulgación social de Tashkent, Instituto para una Sociedad Abierta - Fondo de cooperación con Uzbekistán);

-Educación de Género: teoría y práctica, 4 a 5 de noviembre de 2003 (organizadores: Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE), Instituto para una Sociedad Abierta - Fondo de cooperación con Uzbekistán);

-Protección social de niños huérfanos, 2 a 3 de junio de 2004 (organizador: Fondo Sen Elgiz Emmassan);

-Los derechos de las niñas, 23 a 24 de junio de 2004 (organizadores: Instituto Jurídico Estatal de Tashkent, representación de la American Bar Association/Central European and Eurasian Law Initiative, Programa de asesoramiento jurídico en materia de derechos humanos);

-Enseñanza en materia de derechos humanos, 11 a 12 de octubre de 2004 (organizadores: Centro Nacional de la República de Uzbekistán para los Derechos Humanos y otros).

9.En la preparación del presente informe se empleó la información facilitada por 32 órganos estatales y 14 ONG. Su cuerpo principal se compone de ocho secciones en las que se facilita información sobre las medidas que ha tomado la República de Uzbekistán entre 1999 y 2004 para armonizar la legislación y la práctica nacionales con las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, datos sobre las tendencias de progreso, los factores y las dificultades que influyen en el cumplimiento de los compromisos contraídos en virtud de la Convención. Al final del informe se incorporan en forma de anexos cuadros con información estadística.

I. MEDIDAS GENERALES DE APLICACIÓN

10.En Uzbekistán, las disposiciones de la Convención se aplican con arreglo a las condiciones socioeconómicas, las tradiciones, los usos populares y la base jurídica de que se dispone para la protección de los derechos del niño.

11.Las disposiciones de la Constitución relativas a los derechos y libertades fundamentales de la persona corresponden a los principios de la Convención. El artículo 45 de la Constitución da efecto al artículo 4 de la Convención al subrayar que los derechos de los menores se hallan bajo la protección del Estado. En muchos de sus artículos, la Constitución subraya que los niños tienen derecho a protección especial. De este modo, los artículos 18 y 65 de la Ley Fundamental dan aplicación a los principios enunciados en el artículo 2 de la Convención relativos al derecho a la vida, y los artículos 25 y 27 de la Constitución aplican lo dispuesto en el artículo 16 de la Convención en materia de protección del derecho a intimidad.

12.En Uzbekistán la protección de los derechos del niño se reglamenta con arreglo a distintas normas de la legislación nacional, pero en primer lugar según el derecho familiar, penal, civil y laboral (en los párrafos 37 a 55 del informe inicial se facilita información sobre las medidas generales de aplicación de la Convención hasta 1999).

13.En 2001 se aprobó el Plan de Acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, que se compone de 32 apartados relativos a los problemas examinados.

14.Con arreglo al Plan de Acción nacional, el Instituto del Comisionado del Oliy Maylis para los Derechos Humanos (Ombudsman) analizó la legislación vigente en materia de derechos del niño mediante investigaciones en las esferas siguientes:

-Realización de los derechos del niño, la madre y las familias de escasos recursos a recibir prestaciones sociales (2001);

-Prevención de la delincuencia de menores (2001);

-El derecho de los niños a recibir enseñanza media especializada o profesional (2002);

-Reinserción de menores (2003);

-Respeto y protección de los derechos de los pacientes menores de edad (2003);

-Derecho de los niños a la enseñanza preescolar (2004);

-Derechos de los niños en instituciones infantiles estatales (2004);

-Derechos de los niños discapacitados en instituciones estatales (2004).

15.Los informes analíticos de estas investigaciones se examinaron en las sesiones de la Comisión de supervisión de los derechos y las libertades constitucionales, los períodos de sesiones de los kengash provinciales y en los correspondientes ministerios e instituciones. Tras el examen se formularon planes de acción para aplicar las recomendaciones del Ombudsman.

16.El Centro nacional de la República de Uzbekistán para los derechos humanos ha preparado proyectos de ley sobre las garantías de los derechos del niño y sobre la protección social de los niños huérfanos y menores en situación de desamparo, que han sido sometidos al Parlamento para su examen.

17.En aplicación de la recomendación del Comité de los Derechos del Niño, se está llevando a cabo una considerable labor para promover las actividades y el estudio en materia de derechos humanos y fomentar una cultura de derechos humanos entre los niños.

18.Se han establecido institutos estudiantiles del Ombudsman en la Universidad agraria de Tashkent y en la Universidad Nacional y se han comenzado a establecer en otros centros de enseñanza regionales.

19.El Comisionado para los Derechos Humanos presta gran atención al respeto de los derechos del niño por los órganos de orden público. El Ombudsman se entrevista sobre el terreno con delincuentes juveniles recluidos en colonias correccionales y en el transcurso de sus inspecciones, con los menores recluidos en centros de prisión preventiva. Asimismo, conjuntamente con la Fundación Konrad Adenauer, se ha equipado con un aula informática al Centro correccional de menores de Zangiat.

II. DEFINICIÓN DEL NIÑO (ARTÍCULO 1)

20.Con arreglo al artículo 1 de la Convención "se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad". Uzbekistán reconoce la necesidad de garantizar la debida protección jurídica de los intereses de los niños y de velar constantemente por ellos para que mejoren sus condiciones de vida. En este sentido, no hay diferencias fundamentales en la definición del estatuto jurídico del niño entre la Convención y la legislación nacional de la República de Uzbekistán.

III. PRINCIPIOS GENERALES

A. La no discriminación (artículo 2)

21.En la República de Uzbekistán no hay ninguna ley cuyas disposiciones sean discriminatorias. La legislación reconoce todos los derechos del niño enunciados en la Convención sin discriminación alguna por razón de la raza, el color de la piel, el género, el idioma, la religión, las convicciones políticas o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la situación económica u otras circunstancias.

22.Además, los derechos del niño se reglamentan, al igual que los de los adultos, desde una perspectiva de igualdad de género. Todas las niñas tienen derecho a la enseñanza, a elegir una profesión, a la salud, a la dignidad, y al respeto de su dignidad humana. Las niñas tienen derecho también a expresar su opinión al decidirse en la familia cualquier asunto que afecte a sus intereses y a ser escuchadas en cualquier audiencia judicial o administrativa. También tienen derecho a que se protejan sus derechos e intereses, lo que corresponde a los padres o personas que los reemplacen.

23.En Uzbekistán se familiariza a la opinión pública sobre las necesidades y posibilidades reales de las niñas mediante publicaciones de divulgación científica sobre las características particulares del desarrollo de las niñas y su psicología. Asimismo, se publican calendarios especiales para niñas y mujeres. Por otra parte, el Ministerio de Salud, conjuntamente con donantes internacionales, ha publicado en años recientes folletos especiales en uzbeko y ruso dedicados también a la adolescencia. Los ministerios e instituciones competentes destinan recursos especiales a estas publicaciones.

24.El Centro científico práctico "Oila" publica anualmente en su colección "Biblioteca familiar" folletos, dirigidos especialmente a los padres, que tratan sobre la educación de las hijas adolescentes y su preparación para la vida familiar. Asimismo, en el marco de un programa de divulgación, este Centro lleva a cabo actividades especiales en las majallias y municipios, en los que se dedica especial atención a las diferencias entre la enseñanza de los niños y las niñas habida cuenta de sus necesidades, gustos, peculiaridades individuales y personales, valores nacionales y sociales, los hábitos de una vida saludable, la limpieza y el autoaprendizaje.

25.Actualmente las niñas talentosas de nuestro país reciben enseñanza en muchos países del mundo. Asimismo, cada año se convoca el concurso Zulfii en reconocimiento de las niñas dotadas de talentos especiales. En aplicación del Decreto presidencial Nº UP-2326 de 10 de junio de 1999 (véase el anexo I) el Consejo de Ministros dispone cada año la concesión de los premios estatales Zulfii. Hasta el momento han sido galardonadas con este premio 70 niñas.

B. El interés superior del niño (artículo 3)

26.En los primeros días de la independencia, el Presidente y el Gobierno de Uzbekistán establecieron como prioridad la protección jurídica, económica y social de la madre y el niño, y la creación de condiciones para un desarrollo y educación plenos y armónicos de los niños y adolescentes en el espíritu de los valores universales.

27.El principio del interés superior del niño se tiene en cuenta, conjuntamente con las observaciones formuladas por el Comité de los Derechos del Niño, en prácticamente todos los códigos y leyes de reciente promulgación. Participan activamente en esta labor tanto las organizaciones gubernamentales como las ONG.

28.De este modo, con arreglo al Memorando de la Conferencia Internacional sobre la protección social de los niños huérfanos, celebrada del 2 al 3 de junio de 2004 en Tashkent, se estableció un Comité coordinador de protección social de los niños huérfanos o en situación de desamparo en el marco de un conjunto de medidas de protección social de la familia, la madre y el niño del Consejo de Ministros de Uzbekistán (véase el anexo II).

29.Con arreglo a la Resolución Nº 419 del Consejo de Ministros por la que se establece el Centro nacional de reinserción social de menores, de 7 de septiembre de 2004, para hacer más efectiva la formación de una nueva generación sana espiritual y físicamente, quedó establecido este Centro nacional, que depende del Comité de Mujeres de Uzbekistán.

30.Actualmente se presta gran atención a la cooperación social entre las estructuras estatales y el sector no gubernamental. Un ejemplo es la coalición de 122 ONG de Uzbekistán en favor de la infancia, que realiza actividades en muy diversos ámbitos y que colabora tanto con las instancias estatales como con las organizaciones y fundaciones internacionales y las embajadas y representaciones de otros Estados.

31.El Centro de apoyo a los niños con discapacidades "Umidvorlik" es una organización social sin fines de lucro cuya misión es el apoyo social a los niños con discapacidades mediante programas de enseñanza, divulgación y de otro tipo, la sensibilización de la sociedad sobre su situación social y jurídica y la cooperación en la protección de sus derechos e intereses.

32.Esta organización ganó el concurso CASP Counterpart International. Por iniciativa de "Umidvorlik" se celebró en 2003 una Conferencia nacional en la que se estableció la Coalición 21, compuesta por ONG que se ocupan de los niños y jóvenes con necesidades especiales y fomentan sus intereses en materia de enseñanza en el marco del Plan de Acción nacional "Enseñanza para todos". El Centro Nacional de Enseñanza del Ministerio de Educación y el Asesor en materia de educación de la representación de la UNESCO en Uzbekistán facilitaron a los participantes de la Conferencia documentos para la preparación del Plan de Acción nacional "Enseñanza para todos". La coalición "Enseñanza inclusiva ‑ Educación para todos", agrupa actualmente a más de 30 organizaciones.

33.El artículo 44 de la Constitución garantiza a todos los ciudadanos la protección jurídica de sus derechos y libertades, así como el derecho a recurrir ante los tribunales cualquier acto ilegítimo de los órganos estatales, los funcionarios o las asociaciones públicas. La Ley de apelación de decisiones y sentencias que violen los derechos y libertades del ciudadano establece dos vías de reparación por la violación de derechos y libertades: judicial y administrativa. Todas las personas físicas tienen derecho a defenderse ante un tribunal.

C. Garantía del derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (artículo 6)

34.El artículo 24 de la Constitución reconoce el derecho inalienable de todos a la vida. Su violación constituye uno de los delitos más graves.

35.El Código Penal de la República de Uzbekistán dedica todo un capítulo a los delitos contra la vida, y en particular los artículos 97 (homicidio premeditado), 98 (homicidio premeditado en estado de fuerte agitación mental), 99 (homicidio premeditado del recién nacido por la madre), 100 (homicidio premeditado más allá de la legítima defensa), 101 (homicidio premeditado por aplicación desmesurada de medidas cautelares a personas que hayan cometido actos socialmente peligrosos), 102 (homicidio por negligencia) y 103 (incitación al suicidio).

36.El Código Penal prevé también la pena capital por fusilamiento (art. 51). La pena de muerte no se aplica a los hombres mayores de 60 años, a las mujeres y a quienes cometieran el delito antes de cumplir los 18 años.

37.En el marco de la reforma del sistema judicial y la flexibilización de la legislación penal y teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho humano inalienable, en la República de Uzbekistán se ha emprendido un proceso gradual de reducción de los casos en que se aplica la pena capital.

38.Hasta el 29 de agosto de 1998, había 13 artículos del Código Penal que preveían la pena capital como pena máxima por un delito. Gracias a la activa función desempeñada por los órganos de protección extrajudicial (el Centro Nacional de Derechos Humanos, el Ombudsman y varias ONG) el 29 de agosto de 1998 el Oliy Maylis promulgó una ley por la que se enmendaban y actualizaban determinadas leyes y con arreglo a la cual dejaba de imponerse la pena capital para los siguientes cinco tipos de delitos: párrafo 4 del artículo 199 (Satisfacción de deseos sexuales antinaturales por la fuerza; artículo 152 (Violación de las leyes y costumbres de la guerra); párrafo 1 del artículo 158 (Atentados contra la vida del Presidente); párrafo 1 del artículo 242 (Organización de una asociación delictiva); y el párrafo 2 del artículo 246 (Contrabando).

39.En 2001 volvió a reducirse el número de delitos por los que se imponía la pena capital. Con arreglo a la Ley Nº 254-II de 29 de agosto de 2001, sólo se impone la pena de muerte por fusilamiento en relación con cuatro delitos: Homicidio calificado (párrafo 2 del artículo 97); Agresión (párrafo 2 del artículo 151); Genocidio (art. 153); y Terrorismo (párrafo 3 del artículo 155).

40.El 13 de diciembre de 2003, el 13º período de sesiones del Oliy Maylis suprimió la pena capital en relación con otros dos artículos del Código Penal: el artículo 151 (Agresión) y el artículo 153 (Genocidio). De este modo, en la actualidad sólo hay dos artículos del Código Penal en los que está prevista la pena capital, a saber, el párrafo 2 del artículo 97 (Homicidio calificado) y el párrafo 3 del artículo 155 (Terrorismo resultante en la muerte de una persona u otras consecuencias graves).

41.Recientemente, en el marco de la política de reforma judicial del Gobierno se ha prestado gran atención a la supresión de la pena capital y su sustitución por la privación de libertad como solemnemente anunciara en su intervención en la sesión conjunta de la Cámara legislativa y el Senado del Oliy Maylis, el Presidente I. Karimov el 29 de enero de 2005.

D. Respeto de la opinión del niño (artículo 12)

42.El artículo 35 de la Constitución reconoce la posibilidad de aplicar lo dispuesto en el artículo 12 de la Convención al reconocer el derecho del niño a expresar su opinión cuando se decida en la familia cualquier asunto que afecte a sus intereses. Por esta razón, se le da la oportunidad de ser escuchado en cualquier vista judicial o administrativa que le afecte, ya sea directamente o por conducto de un representante o un organismo en la forma prevista por las normas procesales. El derecho del niño a expresar su opinión queda refrendado en el artículo 68 del Código de la Familia.

43.Por ejemplo, la opinión de los niños mayores de 10 años debe ser tenida en cuenta al disolver el matrimonio (art. 75), cambiar de apellido y de nombre (art. 71), la reinstauración de la patria potestad (arts. 78 y 82), el ejercicio de la patria potestad (art. 76), la adopción (arts. 155, 169 y 171), el registro de los adoptantes como padres del niño adoptado (art. 172), la asignación de un tutor (art. 179) y la colocación del niño en una familia de acogida (arts. 194 y 197).

IV. DERECHOS Y LIBERTADES CIVILES

A. El nombre y la nacionalidad (artículo 7) y la preservación de la identidad (artículo 8)

44.Las disposiciones del artículo 7 de la Convención se aplican en el Código de la Familia y la Ley de ciudadanía, en las que se reglamenta la inscripción de los hijos y el derecho a la nacionalidad uzbeka. El artículo 69 del Código de la Familia establece que el niño tiene derecho a un nombre, un patronímico y un apellido.

45.Los padres deciden el nombre del niño de común acuerdo y el patronímico según el nombre del padre. El apellido depende del de los padres. Cuando tengan apellidos distintos, se le dará al niño el apellido del padre o de la madre según acuerden éstos. Si así lo desean los padres podrá darse al niño un apellido derivado del nombre del abuelo paterno o materno, con arreglo a la tradición nacional. Si los padres no se pusieran de acuerdo sobre el nombre y apellidos del niño resolverán la cuestión los órganos de tutela y curatela.

46.Por petición conjunta de los padres, en el caso de niños menores de 16 años, los órganos de registro civil podrán, basándose en los intereses del niño, cambiarle el nombre o su apellido por el del otro progenitor.

47.Cuando se trate de hijos nacidos fuera del matrimonio y no se haya determinado legalmente la paternidad, los órganos de tutela y curatela podrán, basándose en los intereses del niño, cambiar su apellido por el que tuviera la madre en el momento de formular tal solicitud. En el caso de niños que hayan cumplido los 10 años, el cambio de nombre o de apellido sólo podrá llevarse a cabo con su consentimiento (art. 70).

48.La Convención prevé la inscripción inmediata del recién nacido como medida importante para garantizar su seguridad. Aunque el párrafo 1 del artículo 7 de la Convención establece que se inscriba inmediatamente al niño después de su nacimiento, el artículo 205 del Código de la Familia dispone que deberá inscribirse el nacimiento antes de transcurrido un mes en los órganos de registro civil del lugar donde éste se produjo o donde resida uno de los padres.

49.En vista de esto, en la actualidad el Gobierno de Uzbekistán está examinando la propuesta del Instituto de supervisión de la legislación vigente, adjunto al Oliy Maylis,con miras a perfeccionar la legislación relativa a la protección de los derechos del niño y la armonización de la legislación nacional con las normas internacionales.

B. La libertad de expresión (artículo 13)

50.La legislación de Uzbekistán establece que todos tienen derecho a la libertad de opinión, de expresión y de convicciones. La libertad y la expresión de la opinión pueden restringirse por ley sólo cuando se trate de secretos de Estado o de otra índole (artículo 29 de la Constitución; véase también los apartados IV - C y D).

C. El acceso a una información apropiada (artículo 17)

51.Los artículos 29 y 30 de la Constitución dan aplicación a cuanto se dispone en el artículo 17 de la Convención en relación con el acceso a una información apropiada.

52.El artículo 29 de la Constitución establece que "todos tienen derecho a la libertad de opinión, de expresión y de convicciones. Todos tienen derecho a procurar, obtener y divulgar cualquier información, salvo si ésta atenta directamente contra el orden constitucional vigente y en los demás casos que excluya la ley. La libertad y la expresión de la opinión pueden restringirse por ley sólo cuando se trate de secretos de Estado o de otra índole".

53.El artículo 30 de la Constitución establece que todos los órganos estatales, asociaciones públicas y funcionarios de la República de Uzbekistán deben garantizar a los ciudadanos la posibilidad de familiarizarse con los documentos, decisiones y otros elementos que repercutan en sus derechos e intereses.

54.La Constitución garantiza a los medios de información una actividad libre y sin censura. Al mismo tiempo, la Constitución prevé responsabilidades por la veracidad de la información divulgada.

55.La Constitución garantiza el derecho de todos a la libre expresión, que la ley sólo puede restringir cuando se trate de secretos de Estado o de otra índole (art. 29).

56.El 24 de abril de 1997 se promulgó la Ley de garantías y libertad de acceso a la información, que reglamenta el ejercicio del derecho constitucional de todos los ciudadanos a procurar, obtener, investigar, transmitir y difundir información. La ley garantiza a todos el acceso a la información.

57.El artículo 8 de la Ley sobre los principios y garantías de la libertad de información de 12 de diciembre de 2002 establece que "el Estado garantizará el derecho de todos a procurar, obtener, investigar, difundir, utilizar y conservar información. No se permite restringir el derecho a la información por razón del género, la raza, la nacionalidad, el idioma, la religión, el origen social, las convicciones y la situación personal o social. Los órganos de dirección y administración del Estado, los órganos de gobierno local, las asociaciones públicas y otras organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro y funcionarios deben velar, con arreglo al procedimiento previsto por la ley, por que todos puedan familiarizarse con toda información que ataña a sus derechos, libertades e intereses legítimos, crear recursos informativos accesibles, y facilitar el acceso de los usuarios a información sobre los derechos, libertades y deberes de los ciudadanos, su seguridad y otras cuestiones de interés social. En la República de Uzbekistán está prohibida la censura y el monopolio de la información".

58.Con arreglo al artículo 9 de esa ley, todos tienen derecho a solicitar por escrito u oralmente información, ya sea directamente o por medio de intermediarios.

59.En Uzbekistán se publican 490 periódicos y 138 revistas y hay tres agencias de información. De los 490 periódicos, 69 son de ámbito nacional y 139, provincial y regional. Además, hay publicaciones de gran tirada, en particular, estatales (348), sociales (62) y de otro tipo, como las religiosas y comerciales (41). De las 138 revistas, hay 108 de difusión nacional y 30 provincial, que comprenden publicaciones estatales, sociales y de otro tipo (religiosas y comerciales). Algunas de estas publicaciones tienen secciones dedicadas a los niños. En ellas se publica información para atender las necesidades de los niños, en particular sobre la vida escolar, los círculos infantiles, los concursos, etc.

60.Existen las siguientes publicaciones especializadas infantiles: la revista Klass (en ruso); el periódico Tong yulduzi, el periódico Gulkhan; y la revista Guncha. También se publica el periódico Soglom avlod para niños mayores y adultos, en el que se trata sobre la salud de los jóvenes.

61.En 2001, había 5.710 bibliotecas dependientes del Ministerio de Cultura. En 2003 aumentaron a 5.735. El fondo común de las bibliotecas comprende 57.928.800 ejemplares. Además, en los jardines de infancia, centros de enseñanza infantil e instituciones docentes hay bibliotecas especializadas. Por otra parte, los niños prefieren como fuente de información la televisión y la radio.

62.La radio y televisión de Uzbekistán otorga gran importancia a la divulgación entre los jóvenes. En la Corporación de radio y televisión hay secciones infantiles como "Bolalar" (Niños) y "Yangi avlod" (Nueva generación) que se especializan en la producción de programas televisivos para los niños y sobre los niños. Un ejemplo es el programa "Sen elgiz emassan" (No estás solo), en el que se informa a los niños sobre sus derechos y libertades y se recuerda a los adultos que los niños tienen derechos y libertades especiales que no deben violarse ni restringirse. En estos programas participan conocidos políticos, científicos, defensores de los derechos humanos y representantes de organizaciones internacionales e instancias estatales. Las empresas de radio y televisión preparan de manera continua, teniendo en cuenta la psicología infantil, distintos programas para los niños y acerca de ellos.

63.En la actualidad en Uzbekistán se lleva a cabo una importante tarea de información sobre las distintas esferas de la vida social. En particular, las tecnologías de la información se están utilizando ampliamente en la enseñanza y la administración. Se están estableciendo redes informáticas locales y comunitarias y recursos informativos electrónicos y se está desarrollando un sector de los servicios de información que emplea las redes de telecomunicaciones. Actualmente muchos centros de enseñanza e instituciones infantiles disponen de acceso a Internet.

64.Se ha formulado un marco de informatización de la República de Uzbekistán que comprende las medidas siguientes:

-Creación y desarrollo de una industria informática;

-Creación de una red nacional informática y de un espacio unificado de información en la República;

-Incorporación del país en los sistemas y redes mundiales de información;

-Aplicación de las normas internacionales en el ámbito informático;

-Instauración de normas jurídicas y económicas que fomenten la informatización;

-Fomento y apoyo de la investigación fundamental y aplicada en materia de tecnología informática;

-Desarrollo de un sistema de formación y readiestramiento de especialistas informáticos.

65.Este marco prevé la puesta en práctica de programas integrales y el restablecimiento de prioridades que reflejen las tendencias más actuales de la informática. Los programas comprenden la aplicación de un calendario acordado de medidas en sectores estratégicamente importantes de la informática que estimulen el avance científico y técnico y la creación de los componentes fundamentales de los sistemas informáticos.

66.Una de las principales prioridades del marco es la informatización en la enseñanza. En la actualidad en Uzbekistán hay unas 20 empresas y organizaciones que ofrecen servicios por Internet. El acceso a Internet en todas las regiones del país se desarrolla activamente y en forma paralela al de las ciudades, por lo que se ha establecido una base jurídica para la seguridad de la información. La Ley sobre la informatización protege los derechos en las relaciones informáticas, el acceso de las personas jurídicas y físicas a la información referente a éstos y la protección de la información personal y la información sobre particulares.

67.El Gobierno de Uzbekistán fomenta el establecimiento de los debidos principios de protección del niño ante toda información o material que pueda perjudicar su bienestar. La legislación prohíbe el uso de los medios de información para hacer apología de la guerra y la violencia, la crueldad o el odio por motivos étnicos, raciales y religiosos.

68.Con arreglo a la Ley sobre los principios y garantías de la libertad de información, la seguridad de la información de la persona se garantiza mediante las condiciones y garantías necesarias para un acceso sin trabas a la información, la protección de la intimidad, y el amparo ante las presiones informativas y psicológicas ilícitas. Se prohíbe el uso de la información sobre personas físicas para causarles daños materiales o morales, así como para perjudicar sus derechos, libertades e intereses legítimos.

69.El artículo 7 de la Ley sobre la publicidad impone restricciones a los anuncios orientados a menores de edad. En particular se prohíbe la aparición en los anuncios de menores que empleen o consuman productos exclusivamente para adultos o cuyo uso esté prohibido a menores, anuncios en los que se anime a los menores a adquirir esos productos o a pedir su adquisición a terceros y anuncios en que se utilicen armas reales o simuladas.

70.Asimismo, la ley prohíbe la distribución gratuita de muestras de productos del tabaco y bebidas alcohólicas para promocionarlas entre menores, y la publicidad de tabaco y bebidas alcohólicas en publicaciones periódicas para menores (art. 23).

D. La libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (artículo 14)

71.El artículo 31 de la Constitución da cumplimiento a las disposiciones del artículo 14 de la Convención, que se concretan en la Ley sobre la libertad de conciencia y de organizaciones religiosas (enmendada el 1º de mayo de 1998). La ley garantiza el derecho de todos a la libertad de conciencia y de culto, y la igualdad de los ciudadanos independientemente de su actitud hacia la religión y reglamenta las relaciones que surgen de la actividad de las organizaciones religiosas.

72.El artículo 3 de esta ley prohíbe la captación de menores por organizaciones religiosas, así como el impartirles la religión contra su voluntad, la de sus padres o la de quienes los reemplacen. Con arreglo al artículo 7 de esta ley, en Uzbekistán la enseñanza es aconfesional. Se prohíbe la inclusión de asignaturas religiosas en el programa de estudios del sistema de enseñanza laica.

73.A 1º de enero de 2005 en Uzbekistán había inscritas 2.186 organizaciones religiosas, entre las cuales se encuentran un instituto islámico, diez madrazas y dos seminarios (ortodoxo y protestante). En algunas organizaciones religiosas existen grupos musicales infantiles, escuelas dominicales, jardines de infancia y campamentos estivales.

74.El artículo 12 del Código de Administración Penal reconoce la libertad de conciencia de los presos. Si así lo solicitan, las personas que cumplen condenas de privación de libertad pueden recibir la visita de dignidades religiosas de organizaciones debidamente registradas. A los presos se les permite la celebración de ritos religiosos y el uso de objetos de culto y de literatura religiosa.

75.La Ley de asistencia psiquiátrica de 31 de agosto de 2000 reglamenta también los derechos de los pacientes ingresados en instituciones psiquiátricas. En particular, su artículo 34 establece que los pacientes en curso de tratamiento o examen en instituciones psiquiátricas tienen derecho a recibir a dignidades religiosas a solas.

E. La libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas (artículo 15)

76.A 1º de enero de 2005 había inscritas ante el Ministerio de Justicia 452 organizaciones del ámbito de la cultura, la salud, el deporte y el bienestar social cuyos miembros son niños y jóvenes. Las organizaciones juveniles más mayoritarias son el movimiento juvenil "Kamalot", el Fondo Infantil de Uzbekistán, el Fondo de fomento del deporte infantil, el Fondo infantil y social republicano "Sen Yolgiz Emmassan", la Fundación Soglom avlod uchun, etc.

77.El Fondo Infantil de Uzbekistán familiariza a los niños sobre sus derechos y los principios y disposiciones de la Convención mediante un "Parlamento infantil" creado en 2002.

78.Con arreglo a la disposición relativa al Parlamento infantil, se elige en cada distrito y ciudad a un total de 219 jóvenes diputados de 14 a 18 años en la misma proporción para ambos géneros.

79.El Parlamento infantil sesiona dos veces al año por espacio de tres a cinco días en Tashkent. Entre períodos de sesiones los jóvenes diputados trabajan con sus compañeros en el lugar de residencia, escuelas, clubes, distritos y ciudades por los que fueron elegidos. Por iniciativa de éstos se han creado más de 400 clubes, parlamentos infantiles, seminarios permanentes y otros órganos autónomos. Su principal objetivo es fomentar el voluntariado entre los niños.

80.De este modo, los alumnos de distintas instituciones de enseñanza han organizado clubes estudiantiles relacionados con profesiones. Merecen especial atención los cinco centros de asesoramiento jurídico a los ciudadanos para la protección de sus derechos humanos que se han abierto en universidades.

F. La protección del derecho a la vida privada (artículo 16)

81.El artículo 25 de la Constitución establece que todos tienen derecho a la libertad y la inviolabilidad personal y que no podrá detenerse ni encarcelarse a nadie salvo en los casos previstos por la ley. Además, el artículo 27 establece que "todos tienen derecho a la protección contra atentados a su honor y dignidad, la injerencia en su vida privada y a la inviolabilidad de su domicilio. Nadie tiene derecho a allanar una vivienda, practicar búsquedas o registros ni violar el secreto de la correspondencia y las conversaciones telefónicas salvo en los casos y en el modo que establezca la ley".

82.Al reconocer el derecho a la intimidad como derecho humano inalienable, el Estado garantiza a los ciudadanos la no injerencia en su vida privada y su inviolabilidad, que comprenden:

-El derecho a disponer libremente de la propia vida, es decir, a no estar sujeto a ninguna clase de control;

-El derecho a la intimidad (que comprende la vida personal, la intimidad familiar, y el secreto de correspondencia, de las conversaciones telefónicas y de las comunicaciones postales, telegráficas o de otro tipo);

-El derecho a la protección de la personalidad (es decir, la protección de las propias opiniones, del honor, de la dignidad y de la reputación comercial, la protección de su origen nacional y el derecho a utilizar el idioma materno y a elegir libremente el idioma empleado para la comunicación, el estudio y la creación);

-El derecho a la protección de la vivienda (inviolabilidad del domicilio).

83.Los órganos estatales y de administración local y sus funcionarios tienen el deber constitucional de velar por que todos puedan familiarizarse con los documentos y materiales que atañan a sus derechos y libertades si la ley no prevé lo contrario (art. 30).

G. El derecho a no ser sometido a torturas (artículo 37 a))

84.En agosto de 2003, el Parlamento enmendó el artículo 235 del Código Penal para incorporar la definición de "tortura" que se emplea en el artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, y que se recoge también en la disposición del Pleno del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2003. Con arreglo a esta norma del Código Penal, la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes en cualquier etapa procesal constituyen hechos punibles con arreglo a la legislación, por los que se prevén penas de hasta ocho años de privación de libertad.

85.Con miras a perfeccionar la labor de los órganos de orden público en lo relativo al respeto de los derechos humanos y en particular en lo relativo a la aplicación de la tortura y seguir profundizando en la reforma judicial y legislativa, el 24 de febrero de 2004 el Consejo de Ministros dispuso el establecimiento de un grupo de trabajo interinstitucional encargado de examinar el respeto de los derechos humanos por los órganos de orden público compuesto no sólo por representantes de los órganos, ministerios e instituciones competentes, sino por representantes de instituciones de derechos humanos, centros de enseñanza superior, instituciones científicas y ONG.

86.Teniendo en cuenta las recomendaciones formuladas por el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el grupo de trabajo formuló un plan de acción para la aplicación de la Convención, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el 9 de marzo de 2004. La aplicación de este plan está prevista para 2004 y 2005, período en el cual se prevé realizar un programa de capacitación para abogados, jueces, agentes de orden público y representantes de ONG. Además, se introducirán enmiendas en la legislación nacional vigente, en particular en el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código de Administración Penal, de conformidad con lo dispuesto en la Convención.

87.Se está trabajando intensamente con el personal del Servicio de prevención del delito para erradicar las violaciones de los derechos del niño. Se han preparado métodos de estudio especiales y en el transcurso de visitas los funcionarios de la administración central comprueban el conocimiento de los agentes de las divisiones regionales de prevención del delito acerca de los instrumentos normativos y organizan con ellos clases complementarias en las que se les explican métodos de trabajo con menores, se resuelven las dudas y los problemas que se planteen durante el servicio.

V. EL ENTORNO FAMILIAR Y OTRO TIPO DE TUTELA

A. La dirección y orientación parentales (artículo 5)

88.El Código Civil impone a los padres la obligación de educar y criar a los hijos. Son precisamente los padres quienes deben preocuparse por la salud y el desarrollo físico, psicológico, espiritual y moral de sus hijos, así como de proteger sus derechos e intereses legítimos. Con arreglo a la legislación, no puede ejercerse la patria potestad en contra de los intereses del niño.

89.Asimismo, el Código de la Familia toma en consideración el principio del interés superior del niño, para lo cual se reconoce a los padres una serie de derechos, como el de criar personalmente a los hijos. Este derecho se garantiza también en el artículo 64 de la Constitución.

B. Las responsabilidades de los padres (artículo 18)

90.El artículo 64 de la Constitución de Uzbekistán es plenamente compatible con cuanto se dispone en los artículos 18 y 20 de la Convención, que prevén la responsabilidad de los padres por el cuidado de los hijos y la protección de los niños privados de un entorno familiar. Estas disposiciones constitucionales se desarrollan de manera más específica en el Código de la Familia, cuyos artículos protegen los derechos de los padres a criar a sus hijos y a velar por su desarrollo físico y por que estudien y se preparen para un trabajo socialmente útil.

91.En cumplimiento del artículo 17 del Código de la Familia y con el fin de crear condiciones para la constitución de familias sanas, prevenir el nacimiento de niños con enfermedades hereditarias y congénitas y garantizar a los pacientes unos exámenes médicos de calidad, el Consejo de Ministros adoptó el 25 de agosto de 2003 la Resolución Nº 365 por la que se ratifica la reglamentación sobre el examen médico premarital y con arreglo a la cual se recomienda a las fundaciones "Majallia" y "Soglom avlod uchun", conjuntamente con el Comité Nacional de Mujeres, el Centro "Manaviat va marifat" y otras asociaciones sociales que refuercen su labor de divulgación entre las familias y los jóvenes que van a contraer matrimonio para la creación de hogares sanos, el parto y el desarrollo de hijos sanos.

C. La separación de los padres (artículo 9)

92.Como en cualquier Estado, en Uzbekistán se dan casos en que se retira la patria potestad a las personas que se sustraigan del cuidado de sus hijos, que con su comportamiento y moral influyan negativamente en su educación o que les sometan a cualquier forma de violencia .

93.Tan solo en 2003 se registraron 493 casos de privación de la patria potestad en los tribunales civiles, conforme al procedimiento establecido por la ley. En la mayoría de casos se trataba de padres que eran alcohólicos crónicos o toxicómanos o con formas de vida inmorales. En todos estos casos, se inició el proceso por el que se les retiró la patria potestad las autoridades educativas.

D. El pago de la pensión alimenticia del niño (párrafo 4 del artículo 27), la reunión de la familia (artículo 10)

94.Según la información facilitada por el centro "Oila" (Familia), cada año desciende el número de divorcios gracias al sistema de medidas practicadas por el Comité de Mujeres, los comités de las majallias y los centros regionales "Oila", y los centros de asistencia psicológica, etc.

95.Lamentablemente, Uzbekistán sufre también los trágicos fenómenos de gran repercusión social que se producen en la mayoría de países del espacio postsoviético, como el aumento del número de huérfanos, niños en desamparo y el rápido crecimiento de la delincuencia entre los niños y adolescentes.

96.Los programas "Promoción de la función de la mujer en la sociedad", "Generación sana", "Madre e hijo", "Familia" y "Bondad y caridad" tienen por objeto crear las condiciones jurídicas y económicas necesarias para satisfacer los intereses de las mujeres y los niños, promover la función y la participación de la familia en la transformación de la sociedad, fortalecer el papel familiar y social de la mujer y formar a una nueva generación físicamente sana, espiritualmente rica y equilibrada.

97.La legislación protege los derechos de los niños nacidos fuera del matrimonio. Al establecerse la paternidad, los niños tienen los mismos derechos y deberes respecto de sus padres y familiares que los niños nacidos de personas casadas.

98.A los niños y a las organizaciones estatales y sociales les asiste el derecho legislativo a dirigirse a los órganos de tutela y curatela en relación con las cuestiones que atañan a la protección de los derechos e intereses de los niños si éstos están siendo vulnerados por sus padres o tutores. La persona que tenga conocimiento de que existe una amenaza a la vida o la salud de un niño o de que se han violado sus derechos o intereses legítimos tiene la obligación de poner el hecho en conocimiento de los órganos de tutela y curatela, que a su vez deberán tomar medidas de inmediato para proteger los derechos e intereses legítimos del niño. De tratarse de una amenaza directa a la vida o la salud de un niño, el órgano de tutela o curatela podrá separarlo inmediatamente de sus padres o tutores tras la obtención del correspondiente dictamen de los órganos de autogestión ciudadana.

99.Con arreglo al Código de la Familia, los padres tienen la obligación de mantener a sus hijos menores. A los padres que incumplan esta obligación se les impondrá una orden judicial de pago de alimentos.

100.El Código de la Familia reconoce el derecho del niño a la propiedad. El niño menor de edad tiene derecho a la propiedad privada dentro de la familia (por ejemplo, objetos personales, bienes recibidos en forma de obsequio, patrimonio producto de actividades comerciales, etc.).

101.Con arreglo al anexo 2 de la Resolución Nº 171, del Consejo de Ministros de 12 de abril de 1999, por la que se reglamenta la tutela y la curatela en la República de Uzbekistán, cuando se otorgue judicialmente la crianza de los hijos, los órganos de tutela y curatela deberán participar en el proceso independientemente de quien haya recurrido a la vía judicial para proteger los intereses del niño (parr. 11); de haber una amenaza directa a la vida o la salud del niño, el órgano de tutela o curatela podrá separar inmediatamente al niño de sus padres (o de uno de ellos) u otras personas bajo cuya tutela se encuentre. La inmediata retirada de un niño se llevará a cabo tras obtener el dictamen correspondiente del órgano de autogestión ciudadana (párr. 12); al separar un niño de sus padres, el órgano de tutela y curatela deberá advertir inmediatamente al fiscal, disponer el alojamiento provisional del niño y, antes de transcurridos siete días desde el momento en que el órgano de autogestión ciudadana haya emitido su dictamen de separación del niño, presentar al tribunal una solicitud de privación total o parcial de la patria potestad (parr. 13).

102.Con arreglo al párrafo 22 del anexo 3 de la Resolución Nº 171, del Consejo de Ministros de 12 de abril de 1999, relativa a la adopción de niños menores y al régimen de acogida familiar de niños para su educación, podrá revocarse la adopción si el adoptante tratara al niño cruelmente. Podrán exigir judicialmente que se anule la adopción los padres del niño, el fiscal, los órganos de tutela y curatela, la Comisión de asuntos de menores y el propio adoptado si éste ha cumplido 16 años (parr. 23). Con arreglo al párrafo 19 de la sección II de la resolución, si las personas que han acogida al niño utilizan sus derechos con fines egoístas o viles que le perjudiquen, o si lo dejan desamparado y sin la asistencia material necesaria, el órgano de tutela y curatela podrá exigirles las responsabilidades previstas en la ley.

103.Al examinar denuncias por violencia contra niños y según el resultado del examen y las circunstancias por éste reveladas podrán aplicarse al responsable normas legislativas por las que se le priva total o parcialmente de la patria potestad, se impondrán sanciones disciplinarias a funcionarios o se exigirán responsabilidades administrativas o penales según el grado de gravedad de los actos cometidos (a partir de "vandalismo", "lesiones corporales de distinta gravedad", etc.).

104.Los padres que no atiendan sus obligaciones de crianza y educación de los hijos o que influyan negativamente en ellos quedarán registrados en el registro preventivo de los órganos del Ministerio del Interior. Con estas familias se lleva a cabo una labor individual de prevención del delito, en particular contra los propios hijos. Las familias vulnerables preocupan especialmente a la sociedad y se supervisan por conducto de los órganos de autogestión ciudadana, los comités de mujeres y distintas ONG.

E. Los niños privados de un medio familiar (artículo 20)

105.En Uzbekistán se ha establecido un eficaz sistema para garantizar jurídicamente los derechos de los niños privados de un medio familiar. En caso de ausencia de los padres y en cualquier otro caso de privación de la tutela parental, los órganos de tutela y curatela garantizan el derecho del niño a ser criado en una familia (artículos 173 a 193 del Código de la Familia). Estos órganos se ocupan también de defender los derechos e intereses de los niños en caso de fallecimiento de los padres, cuando se les reconozca sin capacidad de obrar, en caso de ausencia prolongada, o cuando descuiden a los hijos o no protejan sus derechos e intereses, comprendidos aquellos casos en que los padres desisten de recuperar a sus hijos de instituciones de atención o tratamiento o centros de bienestar social, o en cualquier otro caso de falta de atención parental.

106.En Uzbekistán funciona desde hace años un sistema organizado de protección de los derechos e intereses de los niños, que comprende un proceso de identificación y determinación de las necesidades de apoyo público en centros de enseñanza especial (hogares infantiles, hogares tipo "Mekhribonlik" e internados) u otras formas alternativas de tutela.

107.En la actualidad hay en el país 28 hogares "Mekhribonlik", 85 internados especializados, y 23 escuelas-sanatorios. En ellas se atiende a más de 30.000 niños y adolescentes.

108.Además hay 108 internados infantiles. Existe una red de internados para niños en edad preescolar y escolar con déficit visual o invidentes (10), con déficit auditivo o sordos (11), con defectos del habla (2), con defectos del sistema nervioso o psíquico (16), tuberculosos (9), e internados de perfil múltiple para niños con distintas enfermedades somáticas o de otra índole (50). En estos centros trabajan más de 200 médicos y más de 400 enfermeras, la mayor parte de los cuales son profesionales de categoría primera o superior que han seguido cursos de perfeccionamiento en los últimos tres años.

109.Se han practicado minuciosas revisiones médicas a los niños de los internados. Se ha examinado a 26.566 niños, lo que representa un 76% del total. Los niños con discapacidades que viven en internados constituyen el grupo con discapacidades más graves, pues se trata de niños con profundo retraso mental y disfunciones severas del aparato locomotor. Los análisis han demostrado que el grupo con disfunciones más graves del aparato locomotor es el compuesto por los niños con parálisis cerebral infantil. Muchos niños con retraso mental sufren desórdenes psicopatológicos que complican gravemente su cuidado, enseñanza y desarrollo. Además de una patología principal, estos niños sufren de manera crónica diversas enfermedades somáticas y del sistema nervioso y psicológicas, tonsilitis crónicas y otras afecciones otorrinolaringológicas, un alto porcentaje de anemias (superior al 38%), convulsiones de tipo epiléptico, etc.

110.Para resumir el análisis del estado de salud de los niños ingresados en hogares infantiles, hogares "Mekhribonolik" e internados, esta estructura de enfermedad y peculiaridades del desarrollo físico y psicomotor de los niños se debe, ante todo, a que la mayoría de estos niños proceden de familias desfavorecidas cuyos padres son alcohólicos o toxicómanos. Por razones hereditarias, estos niños nacen con distintas enfermedades genéticas y anomalías congénitas. Los niños privados de la atención y el cuidado de sus padres, necesarios para el afianzamiento de la personalidad y un desarrollo armónico, sufren todo tipo de trastornos psicomotores y morales al igual que una disfunción de los órganos y sistemas, lo que conduce a la astenia en el organismo del niño y el desarrollo de distintas enfermedades. Por esta razón, constituye una cuestión acuciante que el personal pedagógico y médico de los hogares en que residen niños en situación de desamparo e internados les presten la máxima atención y cuidado.

111.El 13% de los niños en hogares "Mekhribonlik" son huérfanos de ambos padres, el 54% tiene sólo a uno de sus progenitores (a la madre o al padre), el 23% se encuentran en un hogar infantil porque proceden de familias de bajos ingresos y el 10% tienen padres delincuentes.

112.El Fondo social republicano "Sen Yolgiz Emmassan" se estableció el 22 de octubre de 2002 en la ciudad de Tashkent. En la actualidad, según las estadísticas del Fondo, en el país hay un total de 3.193 niños en hogares infantiles.

113.El 3 y 4 de junio de 2004 se celebró en Tashkent una conferencia internacional sobre la protección social de los huérfanos en la que se decidió que era necesario cooperar en cuestiones como:

-La formulación de una estrategia unificada de protección social y jurídica de los huérfanos y niños en situación de desamparo y formas alternativas de atención;

-Perfeccionamiento de las bases normativas y jurídicas de la protección y apoyo social a los huérfanos y menores en desamparo;

-Ampliación de la red de instituciones de enseñanza y reinserción con las condiciones necesarias para el cuidado, desarrollo y estudio de los huérfanos y menores en desamparo;

-Supervisión periódica de la protección de los derechos de los huérfanos y menores en desamparo, etc. Los participantes en la conferencia adoptaron un memorando.

114.El número de niños internados en hogares "Mekhribonlik" se ha reducido de 4.050 a 3.193 en los últimos cuatro años. Según la base de datos elaborada y mantenida por el fondo en la ciudad de Tashkent, residen en estos hogares 837 menores, de los cuales 386 son niñas y 451 niños. De ellos, el 48% eran niños socialmente desprotegidos, 31% niños desertores escolares y el 21% huérfanos de padre y madre.

115.Por otra parte, el análisis de la distribución geográfica de los menores en hogares infantiles demuestra que la mayoría viven en hogares "Mekhribonlik" de Tashkent (21%), seguida por la provincia de Samarkanda (14%) y la provincia de Ferganá (11%). Cada año salen de estos centros en todo el país 400 menores de 16 a 18 años. En la actualidad constituye un problema acuciante la colocación de los huérfanos al terminar la escuela o los institutos técnicos y la búsqueda de vivienda. Según los datos estadísticos, actualmente hay en Uzbekistán unos 3.000 niños abandonados.

116.La legislación nacional prevé el cuidado y enseñanza de los niños con discapacidades en el hogar, teniendo en cuenta los deseos de los padres. En ese caso, uno de los padres o tutores obtiene prestaciones y ventajas. La enseñanza de niños con discapacidades en el hogar se financia con cargo al presupuesto público.

117.La determinación en la aplicación de la política social se refleja en la formulación de un programa de rehabilitación médica y social de niños con discapacidades para 2001-2005, que tiene por objetivo resolver los problemas de esta categoría de menores y de sus padres.

118.El apoyo social a los niños con discapacidades o ingresados en hogares "Mekhribonlik" merece una gran atención por parte de distintas ONG y fondos benéficos, con cuya asistencia se dota a las instituciones de equipos pedagógicos modernos, instalaciones médicas y sillas de ruedas.

119.El Fondo social republicano "Sen Yolgiz Emassan" se ocupa de la protección social de los niños internados en hogares "Mekhribonlik" y los apoya para que reciban enseñanza especial y encuentren empleo.

120.En seis hogares "Mekhribonlik" de Tashkent se han instalado teléfonos de ayuda que, de ser necesario, los menores pueden utilizar para solicitar asistencia jurídica o psicológica. El Centro PIASC se ocupa de proporcionar asistencia jurídica y social a los menores para prevenir la delincuencia entre los adolescentes. Conjuntamente con el Centro medico-pedagógico de rehabilitación y adaptación social de niños con discapacidades "Falak Nuri" se lleva a cabo un programa de "Integración de los niños con discapacidades en la sociedad desde la infancia". Se lleva a cabo también una intensa labor conjuntamente con organizaciones internacionales como Operation Mercy, Save the Children, etc.

121.El Ministerio de Enseñanza coopera con distintas instancias y organismos en la protección de los derechos e intereses de los menores. Entre estas instancias figuran las siguientes:

-Órganos estatales: Ministerio de Salud, Ministerio de Enseñanza Superior y Media Especializada, Ministerio del Interior, Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, Comité Estatal para el Deporte y otros ministerios e instituciones con competencias directas en esta esfera, así como por conducto de los departamentos territoriales correspondientes (direcciones provinciales, distritales y municipales) y dependencias de tales instancias;

-Asociaciones públicas: Comité de Mujeres, Fondo Infantil, Fundación Internacional "Soglom avlod uchun", "Ecosan", Fondo "Sen Yolgiz Emassan", Fundaciones "Majayllia", "Navruz", "Mekhr-shavkat va salomatlik", Centro "Manaviyat va marifat", Sociedad de la Media Luna Roja, organización "Vatanparvar", los centros "Piask", "Falak Nuri", etc.

122.A fin de mejorar la labor de los hogares "Mekhribonlik" en lo relativo a la protección de los derechos y la educación de los niños que precisan tutela estatal:

-En marzo de 2001 la Fundación "Soglom avlod uchun", la dirección del Banco para la Vivienda y el Ahorro de Uzbekistán y el Ministerio de Enseñanza concertaron un acuerdo para la prestación de asistencia material a los niños internados en hogares "Mekhribonlik";

-Se ha formulado un reglamento para la asignación de recursos monetarios y asistencia de patrocinadores y humanitaria a los niños que residen en hogares "Mekhribonlik" mediante cuentas de ahorro infantiles "Bolazhon" en las oficinas del Banco para la Vivienda y el Ahorro de Uzbekistán, de capital mixto público y privado;

-En noviembre de 2003 se estableció un consejo de coordinación compuesto por especialistas, psicólogos, traumatólogos y pedagogos de los hogares "Mekhribonlik" y las instituciones de enseñanza especial;

-Se ha elaborado un marco de modernización de los hogares "Mekhribonlik" y de mejoramiento de sus actividades;

-Se ha formulado un plan de previsiones de actividad conjunta entre el Ministerio de enseñanza y el Fondo social republicano "Sen Yolgiz Emassan";

-Se ha inscrito ante el Ministerio de Justicia la instrucción relativa a los hogares infantiles de tipo familiar, elaborada conjuntamente por los ministerios y órganos competentes y organizaciones y fundaciones sociales.

123.El Centro cientificopráctico nacional "Oila" organizó un análisis científico de los datos disponibles sobre familias desfavorecidas y problemáticas en las que los hijos sufren la irresponsabilidad de sus padres. Durante la investigación se prestó especial atención a las peculiaridades sociodemográficas de esta categoría de familias. El análisis de los datos obtenidos indica que las familias problemáticas y desfavorecidas que, por alguna razón, desisten de criar a sus hijos representan el 1,4% del total de familias problemáticas estudiadas. La edad promedio de las mujeres que abandonan a sus hijos es de 30 a 35 años, precisamente la edad en que una madre está en condiciones de crear condiciones estables para un desarrollo normal del hijo. Una de las peculiaridades de la mentalidad en nuestro país es que esta categoría de niños son tomados en curatela o tutela por sus familiares próximos (abuelas, abuelos, tíos, tías, hermanos y hermanas mayores, etc.). Según datos de este estudio, el 9,4% de familias cría a niños huérfanos o a menores que no cuentan con sus padres y necesitan una verdadera tutela. En estas familias se trata a los huérfanos y a los propios hijos en pie de igualdad en todos los aspectos y se les da la educación y estudios necesarios. La mayoría de estos niños (el 82,6%) estudian en escuelas de enseñanza general, el 8% asisten a centros de enseñanza preescolar y el 11,5% se educan en el hogar. Por regla general, estos niños son acogidos tanto en familias pequeñas de uno o dos hijos como en familias grandes de tres, cinco o más hijos.

124.Existe una categoría de "niños abandonados". Según datos proporcionados por el Centro, el 40,1% de niños abandonados obtienen asistencia y apoyo de sus familiares y personas cercanas. Sus condiciones de vida no siempre son satisfactorias.

125.Otra categoría de menores es la de los niños de la calle, a cuyos padres se ha retirado la patria potestad. Con arreglo a la legislación, se inscribe oficialmente a estos niños y se les ingresa en centros benéficos, internados especiales, etc. Sin embargo, según informaciones de la prensa, en algunos casos estos niños no son inscritos después de que se haya privado a sus padres de la patria potestad. Las estadísticas indican que en 2003 su número era de 107, frente a 81 en 2002.

126.Por consiguiente, el sistema de bienestar social vigente en Uzbekistán para los niños que no viven en contacto directo con sus padres comprende el establecimiento de su necesidad de asistencia estatal, de centros de enseñanza especiales y de otras formas de tutela alternativas.

127.Al determinar qué niños van a ingresar en estas instituciones, por norma general no se emplea un sistema científico unificado para su adaptación y reinserción. Estos niños suelen padecer enfermedades somáticas y trastornos psíquicos y son más vulnerables a algunas enfermedades. La política de las organizaciones estatales y sociales de Uzbekistán, como el Centro cientificopráctico Nacional "Oila", en esta esfera consiste en devolver a estos niños socialmente desprotegidos a sus familias en la medida de lo posible para que tengan las condiciones necesarias para su desarrollo intelectual y físico, y vivan aunque sea con uno de sus progenitores. En 2003 en todo el país hubo 92 niños desamparados que regresaron a sus hogares. En la provincia de Surjan-Darya 46 familias han acogido a huérfanos.

128.Los hogares infantiles que albergan a más de 900 niños de hasta 3 años (974 en 2003) dependen del Ministerio de Salud y están dirigidos por pediatras. La actividad de los hogares infantiles se desarrolla con arreglo al Decreto Nº 332 del Ministerio de Salud, de 10 de julio de 1997, relativo a los servicios de enseñanza y de salud a los niños internados en hogares infantiles y medidas para su mejoramiento. Con arreglo a este decreto, los niños se encuentran bajo observación médica permanente. El estado de salud de estos niños compete principalmente al Instituto científico de investigación y pediatría del Ministerio de Salud, cuyos principales especialistas visitan periódicamente los 13 hogares infantiles de la República, supervisan de manera continua el estado de salud de los niños y organizan su tratamiento y rehabilitación.

129.Los hogares "Mekhribonlik" en los que se educa a huérfanos y niños mayores de 3 años en situación de desamparo dependen del sistema de enseñanza y desarrollan su actividad con arreglo al estatuto de estos hogares, aprobado en virtud de una disposición del Consejo de Ministros.

F. La adopción (artículo 21)

130.Es necesario reconocer que ni las mejores condiciones pueden reemplazar al hogar de los padres. Habida cuenta de la función y la importancia de la familia, el Estado hace todo lo posible para su fortalecimiento. El artículo 21 de la Convención sobre los Derechos del Niño se aplica plenamente en los artículos 151 a 172 del Código de la Familia, en el que se reglamentan minuciosamente el procedimiento y condiciones de adopción, así como las garantías para el menor.

131.Sólo se permite la adopción de menores de edad y cuando ello corresponda a sus intereses. El secreto de adopción está protegido por la ley. Cuando no se cuente con el consentimiento de los adoptantes o, en caso de haber éstos fallecido, sin el acuerdo de los órganos de tutela y curatela, se prohíbe dar a conocer el contenido de los libros de registro civil u otros documentos, y la expedición de extractos u otras informaciones de las que se desprenda que los adoptantes no son los progenitores del adoptado. Las personas que violen el secreto de adopción contra la voluntad del adoptante o los órganos de tutela y curatela incurren en responsabilidad ante la ley. Cuando se trate de la adopción de niños que hayan cumplido los 10 años será necesario su consentimiento ante los órganos de tutela y curatela.

132.Actualmente desempeñan una importante función en el proceso de adopción los comités de las majallias, que participan también en la organización de la tutela y curatela de niños y adolescentes en situación de desamparo. En la actualidad hay 27.591 niños y adolescentes adoptados en familias de acogida y 36.741 menores bajo tutela. De ellos, en 2001 se adoptó a 2.790 y a 3.702 se les aplicó una decisión de tutela, mientras que en 2002 se adoptó a 2.987 menores y se dispuso la tutela de 4.017. En 2003 se adoptó a 2.712 menores y quedaron bajo tutela 4.053.

133.En la actualidad hay en Uzbekistán cuatro hogares infantiles de tipo familiar en las provincias de Bujará y Navoy, que albergan a más de 80 niños y adolescentes y cuya ampliación está prevista. Por iniciativa de la Fundación benéfica "Soglom avlod uchun", el Comité de Mujeres de Uzbekistán y el jokimyato de Tashkent, conjuntamente con la Sociedad Internacional "SOS Aldeas Infantiles Internacional", en 2000 se estableció la Asociación "SOS - Aldeas Infantiles Uzbekistán" en Tashkent. Actualmente se sigue construyendo una aldea infantil SOS en Samarkanda.

G. Los abusos y el descuido (artículo 19), la recuperación física y psicológica y la reintegración social (artículo 39)

134.Las disposiciones del artículo 9 de la Convención relativas a la protección ante los abusos y el descuido se reflejan en diversos artículos del Código de responsabilidad administrativa.

135.En virtud del Decreto del Ministro de Enseñanza Superior y Media Especializada Nº 24 de 21 de abril de 2004, los hogares infantiles de Tashkent se han asimilado a los centros de enseñanza superior. Asimismo, se promulgó el Decreto Nº 119, de 16 de mayo de 2003, por el que se asimilan los hogares infantiles a los centros de enseñanza superior de la República de Karakalpakstán. La función de estos decretos es seguir mejorando el sistema de apoyo social y psicológico a los niños en situación de desamparo, mejorar la eficacia de la labor pedagógica en los orfelinatos, brindar asistencia psicológica y médica cualificada a los niños para superar la influencia negativa de los factores psicológicos en la familia, en la calle y en las relaciones interpersonales en los hogares "Mekhribonlik" y mejorar las condiciones de aplicación del programa estatal con motivo del "Año de la bondad y la caridad".

VI. SALUD BÁSICA Y BIENESTAR

A. La supervivencia y el desarrollo del niño (párrafo 2 del artículo 6)

136.La política de Uzbekistán de protección de la madre y el niño tiene en cuenta las realidades del país, a saber, las condiciones socioeconómicas de base típicas de los países en desarrollo, las dificultades del período de transición, los problemas climáticos y ecológicos que se están haciendo más complejos y también la mentalidad y las tradiciones.

137.En términos generales, en los últimos 12 meses el índice de mortalidad infantil ha mostrado una tendencia a la reducción. Si en 1990 y 1992 el índice de mortalidad de niños menores de 1 año era de 34,6 y 37,4 por cada 1.000 niños, en 2003 se había reducido a 16,7%. A partir de 2003 se han comenzado a aplicar los criterios sobre nacimientos vivos que recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS). Estos criterios se están aplicando en la provincia de Ferganá.

138.Las principales causas de la mortalidad infantil en el país son las enfermedades de las vías respiratorias, los trastornos perinatales, las enfermedades infecciosas y las anomalías del desarrollo congénitas, entre otras.

139.Para reducir la morbilidad y mortalidad infantiles se está mejorando en primer lugar la atención infantil básica en la República. Se ejerce un control constante de los niños en su primer año de vida y entre el primer año y los 5 años. Asimismo, antes de ingresar en la escuela los niños de 6 años son sometidos a una revisión médica minuciosa. Los niños menores de 14 años pasan cada año un examen médico completo con participación de especialistas. Según su dictamen se procede a una evaluación completa del estado de salud de cada niño o adolescente y se prescriben las correspondientes medidas de tratamiento. Para prevenir las enfermedades diarreicas se dispone de medios de rehidratación oral (Glucosolan, Rehidron) en cantidad suficiente en todas las regiones del país. En Uzbekistán se ha adaptado el sistema de la OMS de lucha contra las enfermedades respiratorias y diarreicas y de gestión integral de las enfermedades infantiles, y se ha capacitado a especialistas en todas las regiones para su más amplia aplicación.

140.En Uzbekistán se apoya y se fomenta la lactancia materna. En todos los centros de maternidad se practica la lactancia a las pocas horas del parto. En la labor de los centros de maternidad e instituciones de tratamiento y prevención para niños se aplican los diez principios de la lactancia y la hospitalización conjunta de la madre y el niño, además de la lactancia prolongada, el principio de la lactancia exclusiva hasta los 4 meses, etc. En la actualidad, más del 90% de los niños son amamantados hasta los 6 meses o incluso más. En todas las regiones del país se lucha eficazmente contra la hipolactasia.

141.Pasamos a dar algunos ejemplos de la eficacia de la política llevada a cabo. A principios de 2004, en comparación con 2002:

-Se habían reducido en 5,2% la mortalidad infantil y en 11,5 veces el coeficiente de fertilidad.

-Aumentó hasta el 87,9% la cobertura, inscripción y supervisión médica de las mujeres embarazadas en la primera etapa del embarazo; el 99,8% de todas las mujeres embarazadas se someten a una revisión médica inmediatamente después de que se les haya diagnosticado el embarazo.

-Se están utilizando ampliamente diversos métodos anticonceptivos, lo que ha permitido reducir cuatro veces el número de abortos.

-El 93% de los recién nacidos se colocan junto al pecho de la madre en las primeras horas después del nacimiento, cerca del 22% de los niños de hasta 4 meses se alimentan exclusivamente con leche materna y el 76% de los niños entre los 12 y 15 meses siguen alimentándose con leche materna en combinación con otras formas de alimentación.

-Gracias a la intensificación de las medidas de prevención inmunológica se ha reducido casi en dos veces la incidencia del sarampión. Se han registrado solamente casos aislados de tos ferina y difteria. En los últimos cinco años no se ha producido ni un solo caso de poliomielitis.

142.Para mejorar la salud reproductiva de la mujer siguen aplicándose los programas estatales "Generación sana" (2000); "Madre e hijo" (2001); "Medidas complementarias para fortalecer la salud de las mujeres y la joven generación" (2002); y "Medidas prioritarias para el mejoramiento de la cultura de la salud en la familia y el fortalecimiento de la salud de la mujer, apoyo al parto y educación para una generación sana" (2002).

143.Desde 1995 el Fondo no gubernamental internacional ECOSAN aplica un programa de Ecología, maternidad e infancia y diversas medidas para mejorar la situación social y ecológica y sentar condiciones sanitarias, higiénicas y ecológicas propicias a la madre y el niño.

144.Se están llevando a cabo actividades conjuntas entre el Fondo ECOSAN y los representantes de las Naciones Unidas, el UNICEF, la UNESCO, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP), etc.

145.Con ayuda de los trenes de la salud de ECOSAN se practican revisiones médicas a los niños y sus madres en zonas del país con problemas ecológicos. Se han llevado a cabo varios proyectos para reducir la posible influencia del deterioro del medio ambiente en la salud y el bienestar de los niños y mujeres, así como para poner en práctica reformas sociales, económicas y de infraestructura que permitan elevar su nivel de vida.

146.El Centro nacional "Manaviat y marifat", conjuntamente con los departamentos provinciales del Ministerio de Enseñanza, el Ministerio de Enseñanza Superior y Media Especializada, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud, la Fundación Nacional Majallia y el Comité de Mujeres de Uzbekistán, llevan a cabo labores de divulgación sobre temas como "La familia: nuestro futuro", "Familia sana, generación sana", "Generación sana, garantía de un gran futuro", y "Familia ejemplar". Estas actividades tienen como fin preparar a la juventud para la institución familiar y habituarlos a una vida saludable.

147.De este modo, con arreglo a la Resolución del Consejo de Ministros Nº 32, de 25 de enero de 2002, sobre medidas complementarias para fortalecer la salud de las mujeres y la nueva generación, a partir de 2002-2004 el Ministerio de Enseñanza Superior y Media Especializada introduce en los liceos académicos e institutos un nuevo programa de estudios de 2 a 3 años. El programa comprende cuestiones de salud familiar y matrimonial y la preparación de una generación sana. Los profesionales de la medicina han creado una asignatura facultativa de 16 horas sobre las bases de una vida y una familia saludables que se cursa en el primer semestre del curso escolar.

B. Los niños discapacitados (artículo 23)

148.Las disposiciones del artículo 23 de la Convención relativas a los derechos de los niños discapacitados se aplican en la Ley de protección social de los discapacitados en la República de Uzbekistán, en la Ley sobre la salud de los ciudadanos y en la Ley de enseñanza.

149.A principios de 2004 los órganos de bienestar social administraban cinco hogares infantiles para niños con discapacidades físicas y mentales en los que había 1.400 menores totalmente mantenidos por el Estado.

150.Las principales clases de servicios médicos y sociales que se prestan a los niños con discapacidades físicas o psíquicas en los hogares infantiles "Muruvvat" son las siguientes:

-Servicios médicos: Actividades de prevención, revisiones médicas, inscripción en el registro, tratamiento y programas de rehabilitación. Administración de vitaminas y fitoterapia;

-Servicios sociales: Enseñanza con arreglo a programas especiales simplificados para cultivar facetas de la personalidad, elementos de relación, reconocimiento del entorno, el medio social, hábitos de cuidado elementales, autocuidado y prestación de asistencia a los demás. Trabajos físicos sencillos, estímulo de la motivación para el trabajo, emociones positivas, cultura física y deporte.

151.Además, el Estado garantiza a los discapacitados las condiciones necesarias para recibir educación y capacitación profesional. Ha concluido la Aplicación del programa estatal de rehabilitación médica y social de discapacitados para 1996-2000. En el marco de este programa se ha orientado y formado profesionalmente a niños discapacitados incluso en el hogar. Se ha revisado la lista de profesiones que pueden impartirse a los niños discapacitados en escuelas especiales.

152.Recientemente, se han introducido nuevas tecnologías sociales en la práctica de rehabilitación médica y social en colaboración con la organización humanitaria internacional "World Concern". Gracias a ello y a los esfuerzos coordinados e infatigable trabajo de los educadores y educadoras de los hogares "Muruvvat", en siete años se ha enseñado a sentarse a 56 niños que permanecían acostados, se ha enseñado a ponerse en pie a 38 y han aprendido a caminar 8 de ellos.

153.En 2003 se organizó a título experimental en el hogar infantil "Muruvvat" Nº 2 de Tashkent unos juegos paraolímpicos. Sin embargo, sigue habiendo problemas pendientes de solución como el mejoramiento de los métodos de rehabilitación médica y social, la introducción de nuevas tecnologías sociales, el reforzamiento de la base material y técnica de los centros medicosociales y el reforzamiento de la asociación social entre las instituciones estatales y no gubernamentales.

154.Para prevenir el rechazo a los discapacitados y fomentar la preparación de los niños discapacitados para una vida profesional activa, el Comité Estatal para el Deporte de la República de Uzbekistán les organiza constantemente distintas actividades de cultura física y deportes. Entre los alumnos de las escuelas e internados auxiliares especiales se organizan juegos olímpicos especiales que comprenden competiciones de baloncesto, tenis, tenis de mesa, natación, bolos y juegos de movilidad. Se han hecho tradicionales los torneos internacionales de fútbol entre niños amputados.

155.Se celebran torneos periódicos entre niños invidentes, con deficiencias visuales y sordomudos.

156.Se celebran anualmente competiciones con motivo del Día mundial de las personas discapacitadas en las que toman parte más de 1.000 niños. Para mejorar la práctica de la educación física de los niños discapacitados se equipa periódicamente a las instalaciones deportivas con materiales especiales y se facilita a los niños uniformes y calzado deportivos.

157.En Uzbekistán desarrollan sus actividades diversas ONG cuya labor está directamente relacionada con los niños discapacitados: el centro de Angren "Kamila", Kridi, la coalición "Umidvorlik", que agrupa 23 ONG, el centro "Pegas Al Falak", etc.

C. La salud y los servicios sanitarios (artículo 24), el examen periódico del tratamiento (artículo 25)

158.El artículo 40 de la Constitución da aplicación a cuanto se dispone en el artículo 24 de la Convención, según el cual el niño tiene derecho al disfrute de los servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. El mecanismo concreto para el ejercicio del derecho del niño a una atención médica cualificada se reglamenta en la Ley sobre la protección de la salud de los ciudadanos.

159.El principal objetivo de todos estos programas es el mejoramiento de la salud reproductiva. En Uzbekistán funcionan un centro de salud reproductiva, y un centro de salud reproductiva para adolescentes y sus oficinas provinciales, en los que se realizan seminarios para especialistas en salud reproductiva.

160.Para prevenir los embarazos no deseados y espaciar los partos se facilita a las mujeres en edad fértil que lo necesiten toda clase de medios contraconceptivos.

161.El Ministerio de Salud lleva a cabo con éxito programas sobre salud reproductiva en forma conjunta con organizaciones y donantes internacionales, en particular el FNUAP, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), el proyecto HOPE (Familia sana)/ ZdravPlus y el Banco de reconstrucción alemán (KfW).

162.Los centros provinciales de salud reproductiva cuentan con equipos audiovisuales y computadoras.

163.De conformidad con la Resolución del Consejo de Ministros Nº 242 de 5 de julio de 2002 se ha introducido en escuelas, liceos y colegios un curso facultativo de 16 horas de duración sobre los fundamentos de la salud reproductiva y la formación de una familia sana. Para impartir enseñanza a los jóvenes en materia de salud reproductiva, con la cooperación técnica del Banco de reconstrucción alemán (KfW) se han elaborado y publicado folletos para maestros y escolares con una tirada de 800.000 ejemplares, y un boletín con una tirada de 400.000.

164.Se aplican programa conjuntos con la OMS, el UNICEF, el FNUAP y USAID para la puesta en práctica de proyectos como "Maternidad sin riesgos", "Vacunación sin riesgos", "Fomento y divulgación de la lactancia materna", "Gestión integrada de enfermedades infantiles", "Prevención de la insuficiencia de micronutrientes" y otros programas de protección de la salud de la madre y el niño.

165.Una de las prioridades en la aplicación de la Convención es la prevención de la discapacidad infantil y la rehabilitación médica y social de los niños discapacitados. Ocupa un lugar especial la labor desempeñada entre los huérfanos y los niños discapacitados internados en hogares infantiles e internados especiales. Para mejorar la salud física de los niños, el 24 de octubre de 2002 el Presidente de la República promulgó el Decreto Nº VII-3154 sobre la creación del Fondo de fomento del deporte infantil en Uzbekistán y se aprobó la resolución 374 del Consejo de Ministros, de 31 de octubre de 2002 sobre la organización de las actividades de ese Fondo. En cumplimiento de estos instrumentos y del Protocolo de la reunión del Consejo administrador del Fondo de 7 de febrero de 2003, el Ministerio de Salud ha adoptado una serie de medidas destinadas a asegurar que la educación física esté al alcance de todos los niños y adolescentes. Se han formulado recomendaciones médicas y científicas para la práctica de distintos deportes según la edad y el género de los niños en los grados 1 a 4, y 5 a 9 y también para los alumnos de institutos y liceos, y niños en las majallias y teniendo en cuenta además las características climáticas y geográficas particulares de las regiones del país.

166.Cada año más de 5.000 niños de distintas regiones del país que estudian en escuelas de enseñanza general, liceos e institutos participan en las competiciones organizadas por el Comité estatal para el deporte bajo el lema "Umid nikhollari", que comprenden disciplinas como el baloncesto, el voleibol, el balonmano, la natación, el tenis, el tenis de mesa, el kurash, el belbogli kurash, etc.

167.Para inculcar a los niños el amor por la educación física y el deporte se celebran periódicamente competiciones bajos los lemas "Papá, mamá y yo", "Salida feliz" y los torneos militares y patrióticos "Shunkorlar".

D. La seguridad social y servicios e instalaciones de guarda de niños (artículo 26 y párrafo 3 del artículo 18)

168.El artículo 39 de la Constitución de la República de Uzbekistán da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 de la Convención en relación con la seguridad social de los niños, que se reglamenta más detalladamente en la Ley de pensiones estatales de los ciudadanos y la Ley de protección social de los discapacitados en la República de Uzbekistán.

169.Con el fin de aumentar el apoyo del Estado a las capas socialmente vulnerables de la población, elevar el nivel de bienestar material y crear las condiciones para asegurar un desarrollo físico, intelectual y cultural pleno de las generaciones más jóvenes, se aprobó el Decreto presidencial Nº UP-3017, de 25 de enero de 2002, sobre el fortalecimiento del apoyo a las capas socialmente vulnerables de la población, de conformidad con el cual se adoptaron las siguientes medidas:

-A partir del 1º de febrero de 2002 se fijaron las prestaciones mensuales a las madres para atender a un hijo hasta la edad de 2 años en un nivel equivalente al 170% del salario mínimo y a partir del 1º de enero de 2003 al 200% del salario mínimo;

-Se amplió el contingente de beneficiarios de las prestaciones a las familias con hijos menores de 16 años, incluyéndose en esta categoría a las familias necesitadas con hijos menores de 18 años que están cursando estudios en escuelas de enseñanza general, liceos académicos y colegios profesionales.

170.Además, el Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán adoptó las resoluciones Nº 33 y Nº 32, de 25 de enero de 2002, sobre medidas destinadas a aplicar el programa de apoyo a las capas socialmente vulnerables de la población en el período 2002-2003 y sobre medidas complementarias para fortalecer la salud de las mujeres y la nueva generación.

171.De conformidad con la decisión Nº 33 del Consejo de Ministros, de 25 de enero de 2002, sobre medidas para aplicar el programa de apoyo a las capas socialmente vulnerables de la población en el período 2002-2003 se decidió lo siguiente:

-A partir del 1º de septiembre de 2002, se proporciona un ajuar de ropa de invierno no sólo a los alumnos de la escuela primaria de familias de bajos ingresos sino también a los alumnos de los grados superiores de las escuelas de enseñanza general de familias de bajos ingresos;

-El 1º de septiembre de 2003 se implantó el suministro anual gratuito a los alumnos de las escuelas de enseñanza general de familias de bajos ingresos de un conjunto de manuales del fondo de bibliotecas;

Se ha fortalecido la protección social de los huérfanos y los niños que se han quedado sin la tutela de sus padres y que están totalmente mantenidos por el Estado mediante un incremento de las prestaciones que reciben al graduarse de todos los tipos de instituciones de enseñanza y al empezar su vida laboral para la compra de ropa, calzado y otros artículos hasta una suma equivalente a 80 salarios mínimos en 2002 y hasta 100 salarios mínimos en 2003, así como un subsidio monetario equivalente a 3 salarios mínimos en 2002 y a 5 salarios mínimos en 2003; y el suministro con cargo a fondos públicos de pases de transporte subsidiados para los estudiantes que viven en lugares apartados de sus centros de estudios;

Está establecido que los padres adoptivos que hayan adoptado a un niño perciben una subvención mensual equivalente a tres salarios mínimos por cada niño adoptado.

172.A fin de seguir elevando el nivel de vida de la población y aumentar la protección social a los ciudadanos, el 1º de julio de 2004 se aprobó el Decreto presidencial Nº UP-3450 sobre el aumento, a partir del 1º de agosto de 2004, de los salarios, pensiones, estipendios y prestaciones, en el que en particular se establece lo siguiente:

-Un aumento a partir del 1º de agosto de 2004 del salario de los trabajadores de instituciones y organizaciones públicas, así como de todos los tipos de pensiones, subvenciones y estipendios a los estudiantes de las instituciones de educación superior en promedio en 1,3 veces;

-Se han establecido a partir del 1º de agosto de 2004 en todo el territorio de Uzbekistán las siguientes cuantías mínimas para:

-los salarios: 6.350 sum mensuales;

-la pensión de vejez: 12.920 sum mensuales;

-escalón inicial de la escala única de tarifas: 6.350 sum mensuales;

-las prestaciones que se conceden desde la infancia: 12.920 sum mensuales;

-las prestaciones a los ancianos y discapacitados que no tienen la antigüedad necesaria en el trabajo para recibir una jubilación: 7.825 sum mensuales.

E. El nivel de vida (párrafos 1 a 3 del artículo 27)

173.Desde el momento de la independencia y durante todo el período de transición de una economía centralizada a una economía de mercado, Uzbekistán ha seguido un modelo único que difiere del modelo recomendado por el Banco Mundial y el FMI. Su propio enfoque le ha ayudado a mantener un ritmo anual de crecimiento del PIB moderado, aunque estable y suficiente, del orden del 3,5 al 4%. Como resultado de ello, ha sido el único país de la ex Unión Soviética que consiguió en 2001 superar los índices del PIB registrados antes de la independencia.

174.La estrategia estatal de desarrollo también ha tenido influencia en los ingresos y el nivel de vida de la población. Según datos de la Evaluación general del país, se han registrado dos claras tendencias: un leve aumento de los ingresos en comparación con los comienzos de la década de los noventa, expresado en el crecimiento del PIB por habitante tanto en dólares de los EE.UU. como en sum; y una mejor distribución de los ingresos. De principios de 1996 a 2001 el salario medio mensual en el sector de la agricultura, que constituía el medio de subsistencia de casi el 10% de la población, se redujo al 23% del salario medio en la industria.

175.En distintos estudios se presentan datos cuantitativos sobre los niveles de pobreza en el país. Sin embargo los datos disponibles varían en calidad, lo que limita la posibilidad de compararlos con los indicadores análogos de otros países en el período de transición. Por otra parte, la mayoría de esos datos reflejan tan sólo los aspectos cuantitativos y dan cuenta de un bajo volumen de ingresos, a menudo sin dar importancia al aspecto social de la pobreza. Al no disponerse de datos fidedignos resulta difícil estimar los niveles efectivos de pobreza y las regiones en que ésta se extiende. Tampoco se dispone de un desglose de los datos por sexo, grupos de edad y origen nacional, lo que dificulta la determinación y localización de los grupos desamparados de la población.

VII. ACTIVIDADES EDUCATIVAS, RECREATIVAS Y CULTURALES

A. Educación, incluida la formación y orientación profesional (artículo 28)

176.Toda persona tiene derecho a la educación. El derecho a la educación está garantizado por el Estado. La escolarización estará bajo la supervisión del Estado. El artículo 41 de la Ley básica de la República de Uzbekistán, que es compatible con lo dispuesto en el artículo 28 de la Convención, garantiza el derecho del niño a la educación. La Constitución de la República de Uzbekistán garantiza la gratuidad de la enseñanza general. El derecho a la educación se ejerce mediante la aplicación de una política estatal única en materia de educación, así como mediante la aplicación de las normas y disposiciones de la Ley de educación.

177.El 29 de agosto de 1997 el Oliy Maylis de Uzbekistán aprobó nuevas versiones de la Ley de educación y de la Ley sobre el programa nacional de formación profesional.

178.En condiciones en que se intensifica cada vez más el progreso científico y tecnológico, el Estado ha asumido la responsabilidad de ofrecer a todos los niños iguales oportunidades y condiciones para recibir una enseñanza escolar moderna a fin de que cuando termine su educación pueda acceder a un empleo digno y bien remunerado. La Ley de educación garantiza la igualdad de derechos para recibir una educación gratuita de 12 años de duración, independientemente del sexo, idioma, edad, raza, nacionalidad, convicciones, religión, extracción social, tipo de ocupación, situación social, lugar de residencia y duración de la estancia en el territorio de Uzbekistán.

179.En la actualidad, en más de 9.000 escuelas, unos 500.000 maestros imparten enseñanza a más de 6 millones de niños. Desde 1997 se han construido más de 520 escuelas y edificios complementarios para acoger a unos 200.000 estudiantes. El número de instituciones de enseñanza que cuentan con laboratorios de informática y computación aumentó a 340, elevando el nivel del equipo técnico en un 50%.

180.Cada año entran en funcionamiento instituciones de enseñanza de nuevo tipo. Para 2008 se impartirá enseñanza media especializada y profesional en 1.689 colegios y 178 liceos. El número de estudiantes que cada año entran al programa de bachillerato mediante exámenes de oposición aumentó a 51.000.

181.Para intensificar la aplicación de la política estatal de reforma de la educación como una etapa clave de las reformas y renovación de la sociedad en curso como condición indispensable de la transformación democrática de la sociedad, el desarrollo sostenido de la economía y la integración de Uzbekistán en la comunidad internacional, se aprobó el Decreto presidencial Nº UP 3431, de 21 de mayo de 2004, relativo al Programa estatal nacional de desarrollo de la educación escolar para el período 2004-2009.

182. Por la disposición Nº O-1910 del Presidente de la República de Uzbekistán, de 19 de febrero de 2004, se establecieron comisiones especiales y grupos de trabajo que visitaron las diversas regiones del país y realizaron un inventario completo de las escuelas de enseñanza general y estudiaron de manera crítica y detallada la situación actual de sus recursos materiales y técnicos.

183.De conformidad con el programa nacional de formación profesional destinado a proporcionar, además de la enseñanza general, una profesión concreta a todos los graduados del noveno año de enseñanza del sistema de formación profesional, se estableció una red de instituciones de formación profesional media fundamentalmente nuevas. Se han construido 533 colegios profesionales y 54 liceos provistos de equipos de laboratorio modernos. Se ha creado una industria nacional de construcción y equipamiento de colegios y liceos.

184.En cumplimiento del Decreto presidencial Nº UP-3431, de 21 de mayo de 2004, relativo al Programa nacional estatal de desarrollo de la educación escolar para el período 2004-2009, se aprobó la decisión del Consejo de Ministros sobre medidas para la aplicación del Programa nacional estatal de desarrollo de la educación escolar para el período 2004-2009.

185.El Consejo de Ministros aprobó una decisión sobre la realización de un ensayo para el incentivo complementario a los maestros y la transición a la red sectorial de remuneraciones de los trabajadores de la educación pública.

186.Más del 20% de los niños de 3 a 5 años de edad asisten a algún tipo de programa de educación organizado para niños en la primera infancia. Se garantiza el acceso general a la educación gratuita de 12 años de duración, a los nuevos tipos de instituciones de enseñanza, liceos y colegios profesionales. El nivel de alfabetización de los adultos es del 99,2%.

187.Desde 2000 funciona en Uzbekistán un programa de educación. El objetivo del programa es inculcar y promover una comunicación satisfactoria, la tolerancia y actitudes no violentas sobre la base de un modelo de relaciones de asociación entre niños y niñas (igualdad entre los sexos). Estas enseñanzas están basadas en la filosofía y la ética de la no violencia y en el principio de la adquisición de conocimientos mediante el análisis de la experiencia social de los participantes. El programa se está ejecutando en asociación con el Ministerio de Educación y con el apoyo del programa de redes de mujeres de la Fundación Soros. En dos años se preparó a 54 instructores que trabajaron en 23 escuelas y 14 institutos de perfeccionamiento profesional para docentes. Participaron en las actividades de capacitación 1.500 estudiantes y 3.000 docentes.

B. Los objetivos de la educación (artículo 29)

188.El derecho a la educación constituye uno de los derechos prioritarios de la persona. La República de Uzbekistán ha establecido, sobre la base de los principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, un mecanismo eficaz para la realización de ese derecho. Los principios fundamentales de la política oficial en materia de educación se establecen en la Ley de educación, de 29 de agosto de 1997:

"La educación constituye una prioridad en la esfera del desarrollo social de la República de Uzbekistán.

La política oficial en materia de educación se basa en los siguientes principios fundamentales:

-El carácter humanista y democrático de la educación y la instrucción;

-La educación debe tener carácter continuo e ininterrumpido;

-La obligatoriedad de la enseñanza media general, así como de la enseñanza media especializada y profesional;

-La elección de la orientación de la enseñanza media especializada y profesional (liceo académico o colegio profesional) debe ser voluntaria;

-El sistema de educación es laico;

-El acceso general a la educación en el marco de las normas estatales en materia de educación;

-Un enfoque único y diferenciado para la elección de programas de enseñanza;

-El fomento de la instrucción y el talento;

-Una combinación de la gestión pública y la gestión social en el sistema de educación."

189.Los 12 años de escolaridad obligatoria abarcan 9 años de enseñanza media general y 3 años de enseñanza media especializada o profesional. En las escuelas de enseñanza general, la enseñanza media general abarca dos niveles: enseñanza básica (primer a cuarto grado) y enseñanza media general (primer a noveno grado). La enseñanza media especializada y profesional se imparte en liceos académicos y colegios profesionales.

190.Por un decreto presidencial de julio de 2004 se encomendaron las tareas destinadas a mejorar el sistema de perfeccionamiento y pasantías para jóvenes docentes y científicos al Fondo del Presidente de la República de Uzbekistán "Istedod", establecido sobre la base de los fondos de apoyo "Umid", para la formación de jóvenes talentosos en el extranjero, y "Ustoz". Los objetivos y tareas del programa nacional se realizan por etapas como sigue: primera etapa (1997‑2001); segunda etapa (2001‑2005); y tercera etapa (2005 y años posteriores).

191.La educación preescolar tiene por objeto lograr el desarrollo integral y armonioso de la personalidad del niño y prepararlo para los estudios escolares. La educación preescolar se imparte hasta los 6 ó 7 años en el seno de la familia, en jardines de infancia y en otros establecimientos de enseñanza preescolar, cualquiera que sea su forma de propiedad. La enseñanza elemental está destinada a sentar las bases de la alfabetización e impartir los conocimientos necesarios para recibir enseñanza media general. Los niños son admitidos al primer grado a los 6 ó 7 años de edad. La enseñanza media general proporciona todos los conocimientos necesarios, desarrolla la capacidad para razonar en forma independiente, la capacidad de organización y la experiencia práctica, imparte orientación vocacional inicial y permite elegir la orientación de los estudios en el siguiente nivel de enseñanza.

192.Con miras a recibir enseñanza media especializada y profesional, todos tienen derecho a elegir voluntariamente, sobre la base de la enseñanza media general, la orientación de sus estudios en un liceo académico o colegio profesional. Los liceos académicos y colegios profesionales imparten enseñanza media especializada y profesional, que da derecho y constituye la base para trabajar en la profesión elegida o para pasar al siguiente nivel de estudios.

193.En 2001 concluyó la primera etapa del Programa nacional, en la que se sentaron las bases jurídicas, de recursos humanos, científicas, metodológicas, financieras y materiales necesarias para la reforma y el desarrollo del sistema de educación pública en Uzbekistán. En la primera conferencia de docentes (2001) se evaluó la ejecución de las tareas de la primera etapa del Programa nacional de formación profesional. Se aprobó la disposición 7/3 del Ministerio de Educación "sobre el perfeccionamiento de la asistencia metodológica en el sistema de educación pública", de 25 de julio de 2001. Se elaboraron actividades correspondientes sobre la base de la vigilancia de la aplicación de la primera etapa. La segunda etapa (2001-2005) está dirigida a la ejecución global del Programa nacional y al perfeccionamiento de la enseñanza y la formación teniendo en cuenta las necesidades actuales. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de educación y el Programa nacional de formación profesional, se han revisado casi todas las bases jurídicas y normativas de la educación media general.

194.Con el fin de aplicar el Programa nacional de formación profesional, que prevé que los estudiantes que se gradúan del noveno grado continúen sus estudios en instituciones de enseñanza del sistema de educación media especializada y profesional, en el año académico 2001/02, todas las escuelas técnicas e instituciones de enseñanza profesional y técnica de Uzbekistán organizaron la admisión al primer año de conformidad con el programa de liceos académicos y colegios profesionales.

195.Se están adoptando medidas estratégicas en el sistema de educación pública con el fin de lograr los siguientes objetivos:

-Garantizar el carácter continuo e ininterrumpido de la enseñanza sobre la base de las normas oficiales en materia de educación relativas a la enseñanza media general. Continúan las actividades experimentales en asignaturas de la enseñanza general.

-Generalizar y analizar los resultados de esas actividades con miras a mejorar los nuevos programas y planes de estudios y a lograr progresivamente:

-La plena transición a la enseñanza media general y a la enseñanza media especializada y profesional obligatorias, así como a la instrucción diferenciada, sobre la base de las capacidades y habilidades de los estudiantes;

-El establecimiento de normas oficiales de educación que determinen los requisitos en materia de calidad de la preparación e instrucción de los estudiantes, y de su nivel cultural, espiritual y moral;

-Un sistema de calificación basado en puntuaciones para evaluar el nivel de preparación de los estudiantes;

-La aprobación de criterios para la elaboración de libros de texto y libros educativos de nueva generación para el sistema de educación continua;

-La utilización de servicios de expertos en metodología, científicos, profesores y especialistas extranjeros experimentados a fin de elaborar manuales metodológicos y recomendaciones para los maestros de establecimientos de enseñanza preescolar y escuelas;

-La reforma del sistema de readiestramiento y perfeccionamiento de docentes;

-Poner en marcha un proceso para sentar las bases psicopedagógicas para la integración de las asignaturas y llevar a cabo investigaciones científicas a fin de determinar los parámetros de la integración y modelos eficaces y óptimos.

C. Actividades de esparcimiento, recreativas y culturales (artículo 31)

196.El artículo 42 de la Constitución garantiza el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31 de la Convención, en el que se establece que el niño tiene derecho al descanso y al esparcimiento y a participar en la vida cultural y artística. Este derecho se reglamenta de forma más detallada en el artículo 17 de la Ley de educación.

197.El Estado ha trazado las estrategias y tareas de vigilancia en materia de fomento de la cultura. En este sentido, se han aprobado varios documentos oficiales con el objeto de promover la cultura, las artes y la educación, y reformar la esfera de la cultura y realzar su función social y educativa.

198.Por el Decreto presidencial de Uzbekistán sobre el desarrollo de las artes escénicas en Uzbekistán, de 26 de marzo de 1998, y la resolución del Consejo de Ministros sobre el establecimiento de la asociación artística "Uzbekteatr", actualmente funcionan 37 teatros profesionales y varios teatros de aficionados, incluidos un teatro de ópera y ballet en dos idiomas (uzbeko y ruso), 7 teatros dramáticos (incluidos 3 en ruso), 14 teatros musicales y de drama musical (incluidos 1 en ruso y 1 en karakalpako) 4 teatros para jóvenes (incluidos uno en ruso y uno en karakalpako), 10 teatros de títeres (incluidos 1 en karakalpako y 4 bilingües (uzbeko y ruso). Estos teatros funcionan en centros de los wiloyat (con la excepción de Navoy) y de la República de Karakalpakstán. En Uzbekistán existen numerosos teatros de aficionados, tales como "Ilkhom", "Aladin", "Mulokot", "Eski machit" y "Turon", entre otros. Además, en casi todas los centros de enseñanza superior funcionan estudios teatrales. Los festivales de estos colectivos, "Nikol" y "Khazina", se realizan cada año alternadamente.

199.Existen 85 museos administrados por el Ministerio de Asuntos Culturales. Las colecciones de los museos comprenden 1 millón y medio de piezas de museo, entre documentos históricos, piezas arqueológicas, etnográficas, numismáticas, de artesanía, escultura, pintura, artes gráficas, etc. Hay 10 museos de arte, entre los cuales, por la riqueza y el carácter único de su colección y su importancia, destaca el Museo Estatal de Artes Savitsky de Karakalpakstán, que en los últimos años ha adquirido fama internacional.

200.La Federación de Sindicatos de Uzbekistán lleva a cabo una activa labor de protección social y apoyo a las familias de los trabajadores en el ámbito del fortalecimiento de la salud y del esparcimiento de los niños, y en la creación de las condiciones necesarias para el desarrollo integral de la generación joven. Los sindicatos, mediante un sistema de contratos y acuerdos colectivos, velan por que se mantenga el volumen de servicios que ofrecen las instituciones culturales y las instalaciones deportivas, de salud y bienestar social de empresas y organizaciones a los trabajadores y sus familias.

201.De conformidad con el plan aprobado en 2003, los campamentos infantiles de fortalecimiento de la salud acogieron a 241.724 niños, lo que representa el 100,7% del objetivo trazado en el plan. En total se destinó más de 5.756 millones de sum a las actividades de fortalecimiento de la salud en campamentos infantiles de salud.

202.En el verano se organizaron las actividades de 601 colonias de salud para niños, incluidos 260 preventorios infantiles suburbanos, 38 sanatorios, 8 campamentos deportivos y de salud, 294 campamentos escolares y una colonia de trabajo y descanso. En las vacaciones estivales de 2004 se organizaron actividades de fortalecimiento de la salud para 171.070 niños, en 337 colonias de salud para niños, incluidos 254 preventorios infantiles suburbanos, 20 sanatorios, 4 campamentos deportivos y de salud, 75 campamentos escolares y una colonia de trabajo y descanso.

203.Las colonias de salud para niños se financian con cargo al presupuesto de seguridad social de los sindicatos, al presupuesto de las organizaciones sindicales y a recursos de los órganos económicos, así como a los pagos de hasta un 20% del costo de la estadía sufragados por los padres. En la temporada, con cargo a recursos de las organizaciones sindicales, las colonias infantiles de salud acogerán gratuitamente a 2.000 niños de hogares infantiles e internados.

204.Con la activa participación del Ministerio del Interior, se organizaron campamentos modelo de salud para 225 niños en el centro de enseñanza de la Dirección provincial del Ministerio del Interior en Asaka, provincia de Andiján, y para 300 adolescentes con problemas de comportamiento en el campamento de salud "Koinot" en la provincia de Jorezm.

205.En el verano, el Ministerio del Interior destinó a 1.069 trabajadores de las dependencias de labor de prevención a los campamentos de salud para que organizaran actividades de prevención para los niños.

206.Varias organizaciones sindicales y económicas de la provincia de Tashkent, la empresa estatal de ferrocarriles "Uzbekiston temir yullari" y el Ministerio del Interior, entre otras entidades, han llevado a cabo una importante labor de fortalecimiento de la salud de los niños de la zona del desastre ecológico del mar de Aral.

207.Las organizaciones sindicales realizan actividades culturales, artísticas y educativas planificadas y periódicas con niños. En 83 palacios sindicales, casas de la cultura y clubes funcionan 147 colectivos artísticos, incluidos 98 de artistas aficionados, 30 técnicos y 19 de bellas artes, en los que más de 3.230 niños desarrollan sus aptitudes artísticas. Los sindicatos cuentan con una amplia red de 64 escuelas deportivas para niños y jóvenes, en las que 26.000 niños practican 41 deportes distintos. De estas escuelas deportivas, 25 están situadas en zonas rurales y 15 están destinadas a la reserva olímpica.

VIII. MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCION

A. Niños en situaciones de emergencia (artículos 22 y 38)

208.A pesar de que la República de Uzbekistán no ha firmado la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 ni su Protocolo de 1967, el derecho interno de Uzbekistán (la Constitución, la Ley de ciudadanía de 2 de julio de 1992 y el artículo 223 del Código Penal) prevé disposiciones sobre el asilo político.

209.Además, en agosto de 1999, el Gobierno de Uzbekistán y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en Tashkent llegaron a un acuerdo verbal a fin de que los refugiados protegidos por el mandato del ACNUR no fueran detenidos, deportados ni expulsados. En consecuencia, en Uzbekistán los refugiados son considerados "ciudadanos extranjeros".

210.Al 1º de enero de 2003, el número de refugiados protegidos por el mandato de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en Uzbekistán ascendía a 2.629.

211.Las Naciones Unidas observaron recientemente las medidas positivas adoptadas por el Gobierno de Uzbekistán: "El Gobierno ha adoptado recientemente una medida positiva al asegurar, con efecto a partir de noviembre de 2003, el libre acceso a la educación básica para los hijos de los refugiados a los que la Oficina del ACNUR en Tashkent haya concedido ese estatuto. El ACNUR también ha venido cooperando con el Gobierno para prestar apoyo a las operaciones logísticas y humanitarias en la región septentrional del Afganistán".

212.No obstante, en lo que respecta a los refugiados, todavía se enfrentan algunos problemas que derivan principalmente de los escasos recursos de que se dispone para acoger, de conformidad con las normas internacionales, a las personas que han huido del Afganistán y Tayikistán durante los conflictos armados. Sin embargo, la repatriación voluntaria de los refugiados de esta categoría se está haciendo posible a medida que retorna la paz a esos países. Entre otras entidades asociadas del ACNUR, el Servicio Social Público de Tashkent "Jayot Yullari" trabaja en favor de los refugiados.

213.Jayot Yullari empezó su labor en 1996, cuando la organización se formó en torno al objetivo de prestar apoyo a las capas más vulnerables de la población. Con miras a alcanzar ese objetivo empezó a prestar activamente servicios de apoyo psicológico a la población. Estos servicios se siguen prestando a diversas capas de la población, principalmente a las más vulnerables, en particular los discapacitados, los ancianos, las mujeres sin pareja, los niños huérfanos, etc. En agosto de 1998 Jayot Yullari firmó un convenio con el ACNUR para aplicar un proyecto conjunto como parte de un programa de prestación de servicios sociales a los refugiados y en la actualidad, como asociado ejecutivo del ACNUR, continúa ejecutando en el marco de este programa, los siguientes proyectos:

-Prestación de asistencia social a los refugiados (asesoramiento social, asistencia material, apoyo para recibir educación);

-Prestación de servicios médicos (atención primaria de la salud, distribución de medicamentos);

-Organización de programas de educación (cursos de idiomas: ruso, dari, pashtún, inglés), colectivos de dibujo, cursos de corte y confección.

214.Los problemas más frecuentes que enfrentan los refugiados son: encontrar empleo, la necesidad de asistencia material, sufragar los costos de la educación y del tratamiento médico, y la necesidad de asistencia en la repatriación.

215.Desde 2002 el centro de información de la representación de las Naciones Unidas y el Instituto de Readiestramiento y Perfeccionamiento para Docentes de Tashkent organizan cada año en el Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán un modelo de Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el tema "Los niños en los conflictos armados", en el que participan activamente numerosos escolares de la ciudad de Tashkent.

B. Niños en conflicto con la ley (artículos 40, 37 y 39)

216.Uzbekistán presta especial atención a las cuestiones relativas al establecimiento del sistema de justicia de menores. La labor que se está llevando a cabo demuestra que el Estado está empeñado en lograr ese objetivo con la participación de organizaciones públicas, ONG sin fines de lucro y organizaciones internacionales que trabajan en esta esfera. En un corto período de tiempo se organizaron las siguientes actividades:

-Conferencia internacional sobre el tema "Justicia de menores en Asia Central y Mongolia", del 22 al 24 de agosto de 2001 (organizada por el Centro Nacional de Derechos Humanos en forma conjunta con el UNICEF);

-Cuestiones relacionadas con el desarrollo del sistema de justicia de menores en la República de Uzbekistán, 12 de febrero de 2002 (estudio realizado por el Centro de estudio de asuntos jurídicos con el apoyo del Instituto para una sociedad abierta ‑ Uzbekistán);

-Foro sobre la administración de justicia de menores, 18 de febrero de 2002, con la participación de la representación regional de la organización internacional "Save the Children" (Reino Unido), el UNICEF, la OSCE, el PNUD y el Centro de estudios de asuntos jurídicos, entre otros;

-Seminario nacional sobre formas en la esfera de la justicia de menores, 6 y 7 de noviembre de 2002, organizado por la representación regional de la organización internacional "Save the Children" en Asia Central, en cooperación con el UNICEF;

-En octubre de 2004, el UNICEF, en forma conjunta con el Fondo de Uzbekistán para la Infancia, llevó a cabo una serie de foros sobre justicia de menores con objeto de elaborar recomendaciones sobre el establecimiento del sistema de justicia de menores en la República de Uzbekistán.

217.Varios instrumentos internacionales, en particular la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño, las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad), las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la Justicia de menores (Reglas de Beijing), las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre medidas no privativas de libertad (Reglas de Tokio) y las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad, fueron traducidos por el Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán al uzbeko y distribuidos a los ministerios, órganos, instituciones y organizaciones competentes. Es especialmente importante señalar que estos instrumentos se transmitieron a los directores del Ministerio del Interior, la Dirección de Ejecución de Sentencias, la Fiscalía y los tribunales. Los centros de perfeccionamiento para juristas (Ministerio de Justicia de Uzbekistán), de garantía de la legalidad y perfeccionamiento de los funcionarios de la Fiscalía y de investigaciones (Fiscalía de la República de Uzbekistán) y el Instituto de Perfeccionamiento para Docentes (Ministerio de Educación) también dedican especial atención a las cuestiones relativas a la justicia de menores al elaborar sus programas de estudios.

218.Las cuestiones relativas a la administración de justicia de menores están directamente reguladas por lo dispuesto en el capítulo 60 del Código de Procedimiento Penal de Uzbekistán, en cuyo artículo 549 se prevé la participación de un representante legal en las vistas de causas penales relacionadas con delitos de menores. Si lo autoriza el oficial investigador o el juez de instrucción, el representante legal del menor puede participar desde el momento del primer interrogatorio del menor sospechoso o acusado. Al autorizarse la participación del representante legal del menor se le explican sus derechos.

219.Por decisión del juez de instrucción o del investigador, se puede excluir de una causa a un representante legal del menor si existen motivos para considerar que sus acciones perjudican los intereses del menor. En este caso, se encomendará la protección de los intereses del menor a otro representante legal o a un representante del órgano de tutela o curatela.

220.El juez de instrucción o el investigador adopta medidas para garantizar la participación de un abogado defensor en la causa desde el momento del primer interrogatorio del menor sospechoso o acusado. Con este fin, se explica al menor y a su representante legal el derecho del menor de ser asistido por un abogado defensor de su elección. Si el menor no elige un abogado defensor, su representante legal u otra persona que ellos elijan, o con su consentimiento, el juez de instrucción, el investigador o el tribunal estará obligado a garantizar la participación de un abogado defensor en la causa.

221.Además, el tribunal comunicará el lugar y la hora de la vista de las causas contra menores a los padres o tutores, y empresas, instituciones u organizaciones en que el menor ha trabajado o estudiado, la Comisión de Asuntos de Menores y, de ser necesario, otras instituciones. El tribunal tiene derecho a convocar a representantes de esas instituciones, a los tutores o curadores del menor encausado.

222.El abogado defensor y el representante legal del menor tienen derecho a estar presentes en el momento en que se presenta la acusación contra el menor. El abogado defensor tiene derecho a participar en el interrogatorio del menor sospechoso o acusado. Con la autorización del juez de instrucción, en el interrogatorio también puede estar presente el representante legal del menor. El abogado defensor y el representante legal del menor tendrán derecho a formular preguntas al menor sospechoso e inculpado. Al término del interrogatorio, el abogado defensor y el representante legal tendrán derecho a consultar el acta del interrogatorio y a consignar observaciones en ella. La duración total del interrogatorio de un menor sospechoso o inculpado no deberá ser mayor de seis horas diarias, excluidas las pausas de una hora para descansar y alimentarse.

223.Además, con el consentimiento del investigador o fiscal, se permitirá la participación en el interrogatorio de un educador o psicólogo. Con la autorización del investigador, el educador o psicólogo podrá formular preguntas al menor acusado y, al término del interrogatorio, tendrá derecho a consultar el acta del interrogatorio y a formular observaciones por escrito sobre la exactitud y la cabalidad de la información consignada. El investigador informará de estos derechos al educador o al psicólogo antes del inicio del interrogatorio, hecho que se consignará en el acta del interrogatorio.

224.De conformidad con la legislación, de haber fundamentos, se podrá aplicar al menor una de las sanciones previstas en el Código de Procedimiento Penal de Uzbekistán. También se podrá disponer que el menor sea puesto bajo la supervisión de los padres, tutores, curadores o de la administración de la institución infantil a cuyo cuidado se encuentre.

225.Se informará al representante legal del menor, o en su defecto a otros familiares, sobre las sanciones que se impondrán al menor inculpado. Al colocar al menor bajo la supervisión de los padres, tutores, curadores o de la administración de una institución infantil, una de estas personas asume por escrito la responsabilidad de garantizar que el menor comparezca ante el investigador, el fiscal y el tribunal, y que cumpla las demás obligaciones del inculpado previstas en el Código de Procedimiento Penal.

226.De conformidad con el Código de Procedimiento Penal, la colocación del menor bajo la supervisión de los padres, tutores, curadores o de otra persona se autoriza únicamente con el consentimiento de esas personas, así como con el consentimiento del propio menor. Antes de colocar al menor bajo supervisión, el investigador, el fiscal o el tribunal deberá obtener información sobre los padres, tutores o curadores y sobre su relación con el menor, y deberá comprobar que están en condiciones de supervisar adecuadamente al menor. Los padres, tutores o curadores tienen derecho a renunciar en cualquier momento a la supervisión del menor por razones de enfermedad o trabajo, o si se deterioran las relaciones con el menor y como consecuencia de ello se ven imposibilitados de garantizar el debido comportamiento del menor.

227.Al asumir los padres, tutores o curadores o la administración de la institución de menores la responsabilidad de encargarse de supervisar al menor, se les deberá informar de los motivos de la acusación por la cual se ha elegido la medida aplicada, o la sanción que podría recibir el acusado, y la responsabilidad de los padres, tutores, curadores o directores de la institución infantil en caso de que el menor cometa actos para cuya prevención se haya puesto al menor bajo su supervisión. Estos datos se consignarán en el acta de colocación bajo supervisión o en las actas de la vista judicial.

228.En el caso de que el menor acusado incumpla sus obligaciones, la persona responsable de su supervisión puede ser objeto de la responsabilidad prevista en la ley.

229.De haber motivos para aplicar medidas de represión a un menor inculpado o encausado que, por circunstancias de su vida y educación, no puede permanecer en su antiguo lugar de residencia, por decisión del investigador, confirmada por el fiscal, o por un fallo del tribunal, el menor puede ser colocado en una institución infantil.

230.Se puede imponer a un menor una pena de prisión condicional únicamente por los motivos previstos en el artículo 236 del referido Código, y sólo en casos excepcionales, cuando se acusa al menor de haber cometido un delito premeditado por el cual se prevén penas de privación de libertad de más de cinco años y en los casos en que no se pueda garantizar con otras sanciones el debido comportamiento del menor acusado. Al dictar la orden de detención del menor, el fiscal está obligado a tomar conocimiento de los materiales del caso, comprobar los motivos de la detención, verificar el carácter excepcional del caso e interrogar al inculpado acerca de las circunstancias relacionadas con la aplicación de dicha sanción.

231.A los menores a los que se impone la pena de prisión condicional se les debe mantener separados de los adultos, así como de los menores condenados.

232.El representante legal del menor tiene derecho a estar presente en el momento en que se notifique al menor inculpado la finalización de la instrucción sumarial y se le presenten los materiales del caso. El investigador está obligado a informar al representante legal del menor sobre el lugar y la hora en que el menor inculpado podrá consultar los materiales del caso.

233.El investigador tiene derecho a decidir no presentar al menor inculpado aquellos materiales del caso que puedan repercutir negativamente en el desarrollo de su personalidad.

234.Las vistas de las causas que acarreen secretos de Estado, así como las relacionadas con delitos sexuales en que haya menores involucrados, se celebrarán a puerta cerrada.

235.El tribunal, después de escuchar las opiniones del abogado defensor, el representante legal del menor encausado y el fiscal, tendrá derecho a ejercer su criterio y a disponer que el menor abandone la sala de vistas durante el examen de circunstancias que puedan afectarlo negativamente. Después de que el menor regrese a la sala, el juez que preside el tribunal le informará al menor, en la medida y forma que considere necesarios, del contenido de las deliberaciones celebradas en su ausencia y le dará la oportunidad de formular preguntas a las personas interrogadas mientras él no estaba presente.

236.De ser necesario, el tribunal tendrá derecho a informar sobre el lugar y la hora de la vista de una causa relacionada con un delito cometido por un menor. El tribunal también tendrá derecho a convocar a los representantes de la comisión para interrogarlos como testigos.

237.Al imponer una condena al menor encausado, el tribunal tiene la obligación de examinar la necesidad de asignarle un educador en los casos en que se imponga una condena condicional o una pena distinta de la privación de libertad.

238.El Código de Procedimiento Civil prevé las características particulares de las vistas de causas relacionadas con menores. En particular, se prevén las características particulares del interrogatorio de menores durante las vistas de causas.

239.Quien preside el tribunal explicará a los testigos menores de 16 años su obligación de declarar todo lo que sepan en relación con el caso en forma veraz pero no se les advertirá sobre la responsabilidad penal en que incurrirían por negarse a prestar testimonio o por dar un testimonio falso a sabiendas.

240.Cuando se toma declaración a un testigo menor de 14 años, a criterio del tribunal, así como cuando se toma declaración a testigos de entre 14 y 16 años, se convocará a un experto (pedagogo) y, de ser necesario, a los padres, padres adoptivos, tutores o curadores del menor. Con la autorización de quien preside la sala, estas personas podrán formular preguntas al testigo.

241.En casos excepcionales, durante el interrogatorio de un testigo menor de 16 años se puede retirar de la sala del tribunal, por decisión de éste, a una persona que haya participado en el caso o a cualquier persona que se encuentre en la sala. Después del regreso a la sala de la persona que ha sido retirada se le debe informar del contenido de la declaración del testigo menor de edad y darle la oportunidad de formular preguntas al testigo.

242.El testigo menor de 16 años, al término del interrogatorio se retirará de la sala, salvo en los casos en que el tribunal considere necesaria su presencia en la sala. Además, el artículo 38 del Código de Procedimiento Civil prevé lo siguiente: los derechos e intereses de los menores que la ley protege, es decir de los menores de 18 años, así como las personas que hayan sido declaradas con capacidad limitada, tienen derecho a ser defendidos antes los tribunales por sus padres, padres adoptivos o tutores. No obstante, ello no los priva del derecho a participar en la vista de la causa.

243.En las causas relacionadas con controversias laborales y controversias relacionadas con remuneraciones u otros ingresos, los menores tienen derecho a defender personalmente ante los tribunales sus intereses y derechos protegidos por la ley. El tribunal decide la cuestión relativa a la participación de los padres, padres adoptivos o tutores de los menores.

244.De conformidad con la ley, los menores que hayan cumplido 16 años pueden ejercer sus derechos y deberes ante los tribunales cuando sean declarados plenamente capaces (emancipados).

245.Los derechos y los intereses de los menores que la ley protege, es decir los menores de 14 años, y de las personas reconocidas con capacidad limitada por padecer una enfermedad psiquiátrica o retraso mental, son defendidos ante los tribunales por sus representantes legales, padres, padres adoptivos o tutores.

246.De conformidad con el artículo 14 del Código de Responsabilidad Administrativa de la República de Uzbekistán, a los menores de 16 a 18 años de edad que hayan cometido infracciones administrativas se les aplicarán las medidas previstas en la disposición sobre las comisiones de asuntos de menores.

247.Cuando estas personas hayan cometido las infracciones administrativas previstas en los artículos 61 (rapto menor), 125 (violación de las reglas de utilización de medios de transporte), 126 (conducción de vehículos con cristales refractarios o polarizados), 127 (violación de las normas relativas a la utilización de aparatos de sonido y de iluminación de vehículos), 128 (conducción de vehículos a alta velocidad, violación de las señales de tránsito y otras reglas de tránsito), 129 (conducción de vehículos en pandilla con peligro para la seguridad de tránsito), 130 (violación de las reglas para el cruce de vías ferroviarias por conductores de vehículos), 131 (conducción de vehículos en estado de ebriedad), 132 (conducción de botes en estado de ebriedad), 133 (infracción de las reglas de tránsito por conductores, causando lesiones leves a terceros o pérdidas materiales considerables), 134 (violación de las reglas de tránsito, causando daños a otros vehículos u otros bienes), 135 (conducción de un vehículo sin licencia de conducir), 136 (negarse a someterse a la prueba de alcoholemia), 138 (violación de las normas de tránsito por peatones u otros participantes en la circulación vial), 183 (gamberrismo), 184 (fabricación o almacenamiento, con fines de distribución, de materiales que representen un peligro para la seguridad y el orden público), 185 (efectuar disparos con armas de fuego y violación del orden público), 194 (incumplimiento de las normas legales por un miliciano), 218 (fabricación y distribución ilegales de productos de los medios de información), 220 (violación de las reglas de almacenamiento y transporte de armas de fuego y municiones), 221 (violación de los plazos de registro (o renovación de registro) de armas de fuego o de las normas de registro) del presente Código, estarán sujetas a responsabilidad administrativa. Teniendo en cuenta el carácter del delito y la personalidad de la persona que lo ha cometido, estos casos (salvo cuando se trate de los delitos previstos en el artículo 194 del referido Código) pueden ser remitidos para su examen a la Comisión de asuntos de menores, y los delitos previstos en el artículo 61 se someten para su examen a las comisiones de asuntos de menores a nivel de distrito, ciudad o provincia.

248.Las dependencias de inspección de asuntos de menores del Ministerio del Interior, el Ministerio de Educación Superior y Media Especializada y el Ministerio de Educación se ocupan de la protección de los derechos de los menores y la organización de actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

249.A fin de garantizar la observancia del imperio de la ley y la debida aplicación por los tribunales de las normas de derecho procesal respecto de los menores, se aprobó la decisión Nº 21 del pleno del Tribunal Supremo de Uzbekistán sobre la práctica judicial en relación con los delitos de menores, de 15 de septiembre de 2000.

250.Con miras a prevenir el abandono y el descuido de los niños, así como la delincuencia juvenil, por la resolución Nº 360 del Consejo de Ministros, de 21 de septiembre de 2000, se aprobó una disposición sobre las comisiones de asuntos de menores. El Presidente de la Comisión Nacional de Asuntos de Menores es el Fiscal General de la República de Uzbekistán. En la actualidad, funcionan más de 246 comisiones adjuntas a jokimyatos de distritos, ciudades, provincias y de la ciudad de Tashkent, y al Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán y al Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, en las que trabajan ad honorem más de 3.000 especialistas calificados.

251.Las principales tareas de la Comisión son:

-La aplicación de medidas para defender los derechos e intereses legítimos de los menores, la determinación y eliminación de causas y condiciones que dan lugar al abandono de menores y a la comisión de delitos e infracciones por éstos;

-La coordinación de las actividades de los órganos públicos, órganos autónomos y la sociedad civil y organizaciones sociales destinadas a prevenir el abandono de menores y la delincuencia juvenil;

-La organización de las actividades de vigilancia de las condiciones de mantenimiento, educación y formación de los menores en las instituciones educativas especializadas del Ministerio de Educación Superior y Media Especializada y del Ministerio de Educación y en las instituciones del Ministerio del Interior;

-La intensificación de las actividades educativas y culturales destinadas a formas y elevar el nivel intelectual, ampliar la cosmovisión y elevar el nivel de educación jurídica de los jóvenes;

-La prestación de asistencia para garantizar vivienda y empleo a los menores que salen de instituciones correccionales o instituciones educativas especiales, así como el desempeño de otras funciones de rehabilitación social de los menores, previstas en la legislación.

252.La nueva Ley de la Fiscalía, de 2001, contiene una nueva sección titulada "Supervisión del respeto de los derechos y libertades del ciudadano". Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 24 a 26, el fiscal vela por el respeto de los derechos y libertades del ciudadano. En caso de violación de los derechos y libertades del ciudadano y de su procesamiento judicial, cuando un ciudadano, por motivos de salud, por su edad o por otros motivos, no pueda defender sus derechos y libertades ante los tribunales, el fiscal se encargará de incoar el proceso.

253.En los últimos años, Uzbekistán ha avanzado considerablemente hacia la liberalización de las sanciones, lo que ha influido considerablemente en la atenuación de las sanciones que se imponen a los menores que infringen la ley. En la legislación penal de Uzbekistán la imposición de la pena de privación de libertad a los menores se considera una sanción extrema que se impone únicamente por la comisión de delitos graves o especialmente graves.

254.Cada año, por un decreto presidencial se declara una amnistía que beneficia obligatoriamente a todas las personas que hayan cometido delitos cuando eran menores de edad, parte de las cuales se benefician de una remisión total de la pena y el resto de una reducción considerable de la pena que aún no haya cumplido.

255.Todos los menores liberados de instituciones penitenciarias quedan bajo el control preventivo de los órganos del Ministerio del Interior a fin de prevenir que reincidan y se les proporciona obligatoriamente asistencia material y social para que puedan seguir estudios y encontrar empleo.

256.Asimismo, el Ministerio del Interior realiza una gran labor con su propio personal de prevención para prevenir los casos de violación de los derechos de los menores. En la actualidad se están preparando manuales metodológicos especiales para los trabajadores de los departamentos regionales de prevención y se están organizando cursos especiales y complementarios sobre el trabajo con menores.

257.En el marco de la ejecución del Plan de acción nacional para aplicar las recomendaciones del Comité sobre los Derechos del Niño, la Dirección principal de prevención del delito del Ministerio del Interior de Uzbekistán realizó un estudio sobre la situación de los niños refugiados y se intensificó la labor destinada a identificar a los niños de la calle.

258.Los funcionarios de la Dirección principal de prevención del delito participan activamente en diversos seminarios y conferencias sobre el sistema de justicia de menores en Uzbekistán. Ellos aplican los conocimientos y la experiencia adquiridos en su trabajo práctico.

259.El Código Penal y el Código de Procedimiento Penal de Uzbekistán garantizan el cumplimiento cabal de lo dispuesto en los artículos 37 y 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Además, con arreglo al artículo 555 del Código de Procedimiento Penal se prevén, entre otras medidas cautelares: la caución de buena conducta, la caución juratoria personal, la caución juratoria de una asociación pública o colectivo, la fianza y la libertad bajo vigilancia. Asimismo, el menor puede ser puesto en libertad bajo la supervisión de los padres, tutores o curadores o del director de la institución para menores a cuyo cuidado se encuentra.

260.Según información proporcionada por el Tribunal Supremo de Uzbekistán, en 2003 se procesó a menores por los siguientes delitos: 8 por violación, 19 por actos sexuales contra natura, 16 por mantener relaciones sexuales con menores de 16 años, y 2 por actos de perversión con respecto a menores de 10 años.

261.La visita a la Dirección general de aplicación de sanciones del Ministerio del Interior de Uzbekistán y la cooperación establecida con organizaciones tales como el Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán, la Oficina del Ombusdman, el UNICEF, la Fundación Save the Children (Reino Unido), el Comité de la Cruz Roja, entre otras, permitió que estas organizaciones visitaran instituciones penitenciarias donde hay menores recluidos por cometer delitos.

262.El Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán, con el apoyo del UNICEF y la Fundación Save the Children (Reino Unido), ejecutó en 2001‑2002 el proyecto titulado "Tu eres igual que los demás" en la colonia penitenciaria para menores de Zangiotin, la colonia para mujeres menores de edad de Tashkent, y la escuela especial para menores con problemas de comportamiento de Samarkanda. La ONG sin fines de lucro Sociedad de Asistencia Jurídica presta asistencia jurídica a los menores y ha ejecutado un proyecto en un colegio profesional para niñas en Kokanda.

263.El colegio profesional especializado en industria ligera de Kokanda se fundó en 1976 como una institución de enseñanza especializada para niñas. A partir de 1996 se le denomina escuela profesional y, posteriormente, con arreglo a una decisión de la Dirección de educación del jokimyato de la provincia de Ferganá, de 22 de agosto de 2003, la escuela pasó a ser un colegio profesional especializado en industria ligera.

264.Este colegio es la única institución de enseñanza especializada de régimen cerrado en el país para muchachas con problemas de comportamiento y cuenta con 200 plazas. En la actualidad el colegio imparte enseñanza a 169 muchachas.

265.El colegio está dividido en tres secciones: la primera sección es la escuela de enseñanza media general; la segunda es la sección de producción y la tercera es la residencia. El personal interno del colegio se ocupa de organizar las actividades académicas y educativas. En el colegio enseñan 16 profesores con educación superior en materia de ciencias generales; 10 maestros de oficios y 10 educadores con educación superior.

266.A fin de aprovechar racionalmente el tiempo de los educadores del colegio se aprobó un plan de actividades que incluía diversos colectivos (de oficios, costura, y de teatro para aficionados) y secciones deportivas, y la organización de concursos y mesas redondas sobre temas de interés para las muchachas. Además, durante las vacaciones se organizan excursiones a fin de que las estudiantes conozcan mejor los monumentos históricos de las ciudades.

267.En la actualidad el local del colegio se ha reconstruido completamente, con lo que se han creado condiciones óptimas para la educación y la rehabilitación de las estudiantes.

268.El Código Penal de Uzbekistán no prevé la pena de muerte ni la cadena perpetua para los menores de 18 años.

269.Las personas mayores de 13 años están sujetas a responsabilidad penal únicamente cuando cometen un asesinato premeditado con agravantes. Por algunos otros tipos de delitos graves se prevé la responsabilidad penal a partir de los 14 años y en el caso de los demás tipos de delito a partir de los 16.

270.Todos los menores que han salido de instituciones penitenciarias están sujetos a registro preventivo en los órganos de distrito del Ministerio del Interior a fin de evitar que reincidan y se les presta con carácter obligatorio la asistencia material y social necesaria para que continúen sus estudios y encuentren empleo, reciban atención de la salud, etc. Y se adoptan todas las medidas necesarias para lograr su pronta rehabilitación social. De este modo, todo menor que se ha beneficiado de un indulto tiene la posibilidad de ejercer los derechos previstos en la Convención y en la legislación de la República de Uzbekistán.

271.Por diversos medios de información, en particular las publicaciones del Ministerio del Interior de Uzbekistán, el periódico "Na Postu" y "Postda" y las revistas "Kalkan"y "Schit", se realiza una labor de divulgación en esta esfera. Se informa ampliamente sobre los problemas relacionados con los delitos contra las mujeres y los niños sobre la base de casos concretos de delitos cometidos se difunde información sobre las formas más características de violencia contra los niños y se analizan sus causas y condiciones. Se están llevando a cabo actividades especiales con miras a promover los conocimientos jurídicos entre niños y jóvenes.

272.Con la ayuda de los representantes de las ONG sin fines de lucro que se ocupan de la defensa de los derechos de los niños y los centros de crisis, el personal de prevención del delito explica a los menores las normas relativas a la defensa de sus derechos y les informan de las líneas telefónicas confidenciales y los centros de asistencia. El personal de prevención del delito también lleva a cabo una intensa labor de fomento de los conocimientos jurídicos en diversas instituciones de enseñanza.

273.Los órganos del Ministerio del Interior, en cooperación con otros órganos de orden público, diversas ONG, órganos de gobierno autónomo de la sociedad civil y comités de mujeres de lucha contra la trata de personas, también realizan una importante labor.

274.A fin de aprovechar la experiencia adquirida en la lucha contra la trata de personas, en particular de mujeres y niños, con fines de explotación sexual o de otro tipo, los jefes de diversos servicios del Ministerio del Interior participaron en una delegación que visitó la República de Ucrania.

275.Teniendo en cuenta las normas internacionales aprobadas sobre la lucha contra la trata de personas y la protección de los derechos humanos, actualmente se están examinando los fundamentos legislativos, normativos y jurídicos que reglamentan esa esfera y se están armonizando con las normas internacionales.

276.Con miras a garantizar el pleno cumplimiento de las disposiciones de la Convención en materia de protección de los niños contra toda forma de explotación, incluida la explotación sexual, se está examinando la posibilidad de establecer en el servicio de investigación penal dependencias especializadas en la trata de personas con fines de explotación. En la Dirección principal de prevención del delito del Ministerio del Interior ya se ha establecido una dependencia para la prevención de la captación de personas con fines de explotación y delitos contra la moral.

277.Por la resolución Nº 30 del Consejo de Ministros de 26 de agosto de 2002 se estableció el Centro de Asistencia Social y Jurídica en la ciudad de Tashkent.

278.De conformidad con la competencia del Servicio de prevención del delito, el Ministerio del Interior de Uzbekistán se ocupa de supervisar el respeto de los derechos del niño mediante su labor de prevención con menores registrados en los órganos del Ministerio del Interior y su labor con menores remitidos a los centros especiales de asistencia social y jurídica a los menores, así como mediante la organización de actividades de prevención con familias desfavorecidas. De este modo, a fines de 2003 habían 6.313 menores registrados en los servicios de prevención del delito del Ministerio del Interior y 2.793 padres o tutores que influían negativamente en la formación de sus hijos.

279.En los mencionados centros se coloca a menores en situación de abandono, privados del cuidado de los padres o que viven en la calle. En estos centros se han creado las condiciones necesarias para prestar asistencia médica, psicológica, jurídica y social oportuna a los menores. Tras examinar todos los materiales relacionados con cada niño, la cuestión relativa a las medidas que se han de adoptar respecto de él se decide en forma individual. Los dirigentes del Ministerio del Interior y la Fiscalía General supervisan el cumplimiento de las normas en la colocación de menores y las condiciones de vida en los centros, así como las decisiones sobre la remisión de esos menores a instituciones infantiles especializadas.

280.En 2003 se remitieron a los centros de asistencia social y jurídica a los menores del Ministerio del Interior a un total de 6.953 menores, 5.554 de los cuales habían abandonado voluntariamente su hogar.

281.El Servicio de prevención del delito del Ministerio del Interior sobre cuestiones relativas a la protección de los derechos de los menores que han cometido delitos, que cumplen una condena o que están inscritos en los registros de prevención en los órganos del Ministerio del Interior, con el fin de prestarles la asistencia social y jurídica que necesitan, coopera estrechamente con la representación del UNICEF en Uzbekistán, con la que ya ha realizado varios proyectos: "Seguimiento de la situación de los niños y jóvenes en conflicto con la ley, y rehabilitación social y reintegración de los menores que han cometido delitos, especialmente del grupo de riesgo", y proyectos experimentales anuales de rehabilitación social y reintegración de menores que han cometido delitos y jóvenes del grupo de riesgo. La organización de seminarios de capacitación especiales (en total se celebraron 14 seminarios regionales) en el marco de la ejecución de dichos proyectos, permitió mejorar considerablemente la formación del personal de los órganos de orden público que trabajan con el grupo de menores mencionado (inspectores del Servicio de prevención del delito para asuntos de menores, trabajadores de los centros de asistencia social y jurídica a los menores de los órganos del Ministerio del Interior y trabajadores de las colonias correccionales para menores), en especial en lo que respecta a la prevención de la violación de los derechos de los menores en el marco de su labor de mantenimiento del orden y aplicación de la ley.

282.En 2003 ingresaron al centro 44 jóvenes y 3.572 menores, de los cuales 18 eran de Tayikistán y Kazajstán, 11 de Kirguistán, y 5 de la Federación de Rusia.

283.En 2003, en el Centro de asuntos relativos al fortalecimiento de la legalidad y perfeccionamiento del personal de la Fiscalía, recibieron capacitación 583 trabajadores de la Fiscalía.

C. Los niños sometidos a explotación, incluida su recuperación física y psicológica y su reintegración social

284.El artículo 37 de la Constitución de Uzbekistán da cumplimiento al artículo 32 de la Convención relativo a las condiciones de trabajo justas y a la prohibición del trabajo forzoso. Dicho artículo de la Convención se recoge plenamente en el Código del Trabajo de Uzbekistán.

285.En los años posteriores a la independencia se ha logrado crear una base legislativa y jurídica sólida para defender los derechos del niño contra la explotación económica, así como también contra su empleo en trabajos que puedan poner en peligro su salud.

286.En el Código del Trabajo se establece que la edad mínima de admisión al empleo es de 16 años. A fin de preparar a los jóvenes para el trabajo se permite emplear a estudiantes de las escuelas de enseñanza general, escuelas de enseñanza técnica y profesional y escuelas de enseñanza secundaria, para que realicen trabajos ligeros no perjudiciales para su salud en su tiempo libre, a partir de los 14 años, con el consentimiento escrito de uno de los padres o tutores.

287.El Código del Trabajo, a diferencia del antiguo Código de Leyes Laborales, prevé por primera vez la posibilidad de recibir un pago en compensación por los días de vacaciones no sólo en caso de suspensión del contrato de trabajo sino también en el proceso laboral, y establece varias garantías destinadas a proteger los derechos e intereses del trabajador y en particular de los menores que trabajan:

-En primer lugar, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 151 del Código del Trabajo, el pago en compensación por las vacaciones en el proceso laboral se autoriza únicamente si lo desea el trabajador.

-En segundo lugar, en ninguna circunstancia se podrá permutar la totalidad de días acumulados de vacaciones de un empleado por el pago de una compensación monetaria. Si lo desea el trabajador, podrá obtener el pago de una compensación por la porción de sus vacaciones que exceda de la duración mínima. Por lo tanto, el trabajador deberá gozar efectivamente del mínimo establecido de días naturales de vacaciones, es decir no menos de 15 días (duración mínima de las vacaciones calculadas sobre la base de una semana de trabajo de seis días), y no podrá permutarlas por una compensación monetaria.

-En tercer lugar, la legislación prevé los tipos de vacaciones que se deberán utilizar únicamente en forma efectiva y cuya permutación por una compensación monetaria en general no se autoriza. De conformidad con el tercer párrafo del artículo 151 del Código del Trabajo, los tipos de vacaciones que no pueden permutarse por una compensación monetaria se deben ampliar a fin de que incluyan las vacaciones prolongadas que se conceden a los trabajadores menores de 18 años. Al establecer vacaciones prolongadas para los menores, los legisladores han considerado que esta categoría de trabajadores requieren unas vacaciones anuales de no menos de 30 días calendarios de duración para restablecer su capacidad de trabajo. En consecuencia, a fin de proteger la salud de los menores de 18 años, la ley les garantiza unas vacaciones prolongadas que deben utilizar de forma efectiva, y en caso de rescindirse el contrato de trabajo, se les deberá pagar una compensación por los días de vacaciones no disfrutados.

288.Uzbekistán es Miembro de las Naciones Unidas, la OIT, la OSCE y otras organizaciones internacionales; se ha adherido a numerosos importantes tratados internacionales y cuenta con una base jurídica desarrollada. El Convenio Nº 182 de la OIT (1999) sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación ocupa un lugar preponderante entre los instrumentos normativos internacionales de protección de los derechos del niño en la esfera laboral. A pesar de que Uzbekistán no ha ratificado el Convenio de la OIT que está directamente relacionado con el trabajo infantil, la legislación de Uzbekistán incluye todas las normas sociales y laborales concretas relativas a las condiciones de trabajo de los menores. La legislación de Uzbekistán relativa al trabajo de los menores prevé no sólo normas más estrictas en comparación con los instrumentos jurídicos internacionales pertinentes sino que además tiene un contenido más amplio.

289.El análisis de la legislación de Uzbekistán en lo que respecta al establecimiento del horario de trabajo y de descanso para los menores de 18 años muestra que se han establecido condiciones sumamente favorables para que los jóvenes combinen el estudio y el trabajo. Las normas de la legislación laboral de Uzbekistán son mucho más ventajosas que las normas mínimas establecidas en los instrumentos jurídicos internacionales relativos al trabajo y en los convenios de la OIT. Se llegó a esta conclusión en el marco de un proyecto ejecutado a fines del período 2001-2002 por el Centro Tahlil con el apoyo de la Fundación Save the Children (Reino Unido) en el que se realizó un estudio sociológico cualitativo basado en un método de entrevistas a fondo en las provincias de la Namangan, Ferganá y Dzhizak, la República de Karakalpakstán y la ciudad de Tashkent (véase el anexo 3).

290.La legislación laboral de Uzbekistán, que está basada en el derecho laboral universal, se aplica en condiciones sociales y económicas concretas. Estas condiciones determinan en gran medida las posibilidades de realización de los derechos laborales de los ciudadanos de Uzbekistán, en particular los menores de edad.

291.En la práctica se dan casos de violación de la legislación laboral por los empleadores, sobre todo en lo que respecta al empleo de menores sin haber concertado debidamente un contrato de trabajo; la contratación sin previo examen médico o sin la autorización escrita de los padres, el incumplimiento de las normas relativas a la semana de trabajo reducida, la concesión de vacaciones o el pago de éstas; y el despido sin la concertación con sindicatos u órganos locales.

292.Cabe señalar que en los últimos años se ha intensificado la cooperación con la OIT. Así, del 14 al 19 de junio de 2004 una misión de la OIT visitó Uzbekistán. Los representantes de la OIT celebraron consultas con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en relación con el problema del trabajo infantil, se organizaron seminarios y se elaboró un proyecto de documento sobre ese tema. Participaron en la misión el Sr. Klaus Gunther, oficial superior del Programa Internacional de la OIT para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), que encabezó la misión, y el doctor Andrés Koening, consultor de la OIT/IPEC.

293.El Ministerio del Interior de Uzbekistán, en cooperación con los órganos estatales y organizaciones interesadas, ha realizado una importante labor en la esfera de la protección de los niños contra el uso ilegal de drogas y sustancias psicotrópicas, así como en la esfera del traslado ilícito de niños al extranjero y la retención ilícita de niños en el extranjero.

294.Se ha elaborado y distribuido el programa de actividades de los órganos del Ministerio del Interior de Uzbekistán para la aplicación del Plan de Acción Nacional para la aplicación de las recomendaciones de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño en el período 2002‑2007.

295.Se han adoptado varias medidas prácticas y de organización para garantizar la protección de los niños contra el uso ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas; prevenir la utilización de niños en la fabricación y comercialización ilícitas de drogas y sustancias psicotrópicas; y luchar contra el traslado ilícito de niños al extranjero y su retención ilícita en el extranjero.

296.De conformidad con la resolución Nº 36 del Consejo de Ministros, de 21 de septiembre de 2000, sobre el mejoramiento de la labor de la comisión de asuntos de menores, la resolución Nº 247-41 del Consejo de Ministros, de 6 de junio de 2001, sobre la promoción del papel del Servicio de prevención del Ministerio del Interior en la lucha contra la delincuencia, el Programa de la Comisión de asuntos de menores del Consejo de Ministros para llevar a cabo actividades destinadas a formar jóvenes educados, sanos e informados, y prevenir las infracciones, los delitos y el extremismo religioso entre los jóvenes en el período 2000-2005, y el Plan de la Comisión nacional de asuntos de menores para 2004, en el año en curso funcionarios de la Dirección principal de prevención del delito, como parte de un equipo interinstitucional integrado también por funcionarios competentes de la Fiscalía, realizaron visitas a todas las regiones del país a fin de supervisar la situación respecto del proceso educativo en las instituciones de enseñanza, la prevención del abandono infantil y la delincuencia juvenil.

297.Como resultado de esas inspecciones, en la ciudad de Nukus, en los centros de provincias en todas las regiones y en la capital se celebraron reuniones de la comisiones provinciales y nacionales de asuntos de menores con la participación de representantes de organismos nacionales y provinciales y organizaciones, incluidos los jokimyatos, los órganos de la Fiscalía y del Ministerio del Interior, órganos de educación y salud pública, el movimiento social de jóvenes Kamolot, el Fondo Makhallya, etc.

298.El presente año los órganos del Ministerio del Interior organizaron más de 46.959 reuniones, entrevistas y conferencias sobre temas jurídicos y cuestiones relativas a la prevención del delito entre los menores, incluidos temas relacionados con la lucha contra la toxicomanía, en particular 10.000 con las majallias y por lugar de residencia, 6.287 con estudiantes de instituciones de educación superior, estudiantes de liceos académicos y colegios profesionales, 25.337 con estudiantes de las escuelas de enseñanza general, y 2.666 con trabajadores de organizaciones, instituciones y empresas.

299.Se realizaron actividades de prevención y charlas dirigidas a los 447 menores registrados por uso de drogas y sustancias psicotrópicas sobre la prevención de los delitos relacionados con las drogas y las sustancias psicotrópicas.

300.La Comisión de asuntos de menores del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán y todos los organismos nacionales interesados, la Fiscalía General, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación Superior y Media Especializada, el movimiento nacional de jóvenes Kamolot y el Comité nacional de mujeres se informan periódicamente sobre la situación de las actividades destinadas a prevenir la delincuencia, el abandono infantil y el delito entre los menores.

301.En todas las regiones del país de han llevado a cabo en forma sistemática operaciones integrales, como "Komplekc", "Tozalash", "Nosh", "Tusik", "Ulitsa", "Podrostok", entre otras. Uno de los principales objetivos de estas operaciones es la prevención del abandono infantil, la prevención del delito de menores, la identificación oportuna de las personas propensas a cometer infracciones y delitos, incluidos los menores que usan drogas y sustancias psicotrópicas.

302.En los diez primeros meses del año 2004, 39.824 niños y jóvenes (frente a 47.589 en 2003), fueron remitidos a los órganos del Ministerio del Interior por abandono infantil y la comisión de diversos delitos, y los inspectores de prevención prepararon y remitieron materiales a la Comisión de asuntos de menores acerca de 7.419 menores (4.296). De estos, 6.382 niños y adolescentes (3.592 en 2003) fueron inscritos en los registros de prevención de las dependencias de prevención del delito de menores.

303.En ese período 40 menores fueron remitidos a los órganos del Ministerio del Interior por uso de drogas y sustancias psicotrópicas. También en ese período se identificó y se inscribió en los registros de las dependencias de prevención del delito de menores de los órganos del Ministerio del Interior a 2.390 padres cuyo comportamiento influía negativamente en la formación de los hijos (frente a 3.592 en 2003).

304.Para eliminar las causas y condiciones de la delincuencia relacionada con las drogas, el personal de los órganos del Ministerio del Interior preparan y realizan presentaciones a los dirigentes de empresas, organizaciones y comités de majallias.

305.Además de las actividades generales de prevención, se ha hecho hincapié en las actividades individuales de prevención con menores inscritos en los órganos del Ministerio del Interior por uso de narcóticos y sustancias psicotrópicas.

306.Actualmente hay 72 jóvenes inscritos en los registros de los órganos del Ministerio del Interior por uso de drogas (frente a 68 en 2003) y 375 (frente a 291 en 2003) por uso de sustancias psicotrópicas, medicamentos y otras sustancias estupefacientes. En 2003, comparando con el mismo período de 2002, el número de delitos cometidos por menores en relación con el uso de drogas disminuyó en un 11,3% (de 44 a 39). Según los resultados correspondientes a los diez meses de 2004, comparando con el período correspondiente de 2003, el número de delitos cometidos por menores en relación con el uso de drogas aumentó en un 10,7% (de 28 a 31).

307.Por iniciativa del Ministerio del Interior de Uzbekistán, en la capital se llevó a cabo un proyecto con el fin de aumentar la eficacia de las actividades de prevención del abandono infantil y la delincuencia juvenil, y el 26 de agosto de 2002 se aprobó la resolución Nº 301 del Consejo de Ministros sobre el perfeccionamiento de la labor de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, en relación con la cual se adoptó la decisión Nº 496 del jokimyato de la ciudad de Tashkent, de 5 de septiembre de 2002, por la cual se estableció en la capital el Centro de asistencia social y jurídica al menor de la ciudad de Tashkent, con una dotación de personal de 61,5 puestos, incluidos 43 profesionales. El Centro, cuyo personal comprende profesionales experimentados y cualificados, empezó a funcionar y a acoger a niños y jóvenes abandonados el 24 de octubre de 2002. Sobre la base de los instrumentos normativos mencionados se preparó el Decreto del Ministerio del Interior Nº 93, de 26 de marzo de 2003, sobre la condición de institución de tránsito del Centro de asistencia social y jurídica al menor de la ciudad de Tashkent.

308.En todo el territorio del país funcionan 12 centros de asistencia social y jurídica al menor: uno de tránsito en la ciudad de Tashkent, y el resto en las direcciones del Ministerio del Interior en provincias y en el Ministerio del Interior de la República Karakalpakstán, con la excepción de la dirección del Ministerio del Interior de Surkhandarya y Navoy.

309.Los centros de asistencia social y jurídica al menor constituyen dependencias de los órganos del Ministerio del Interior que se ocupan de la prevención del abandono infantil y la delincuencia juvenil, y prestan a los menores la asistencia educativa necesaria del Estado y la sociedad.

310.La labor de esos centros está reglamentada por el Decreto del Ministerio del Interior Nº 239, de 17 de septiembre de 2004, sobre la aprobación de una disposición relativa a los centros de asistencia social y jurídica al menor de los órganos del Ministerio del Interior.

311.En 2003, en comparación con 2002, el número de niños y jóvenes abandonados atendidos en los centros de asistencia social y jurídica al menor de los órganos del Ministerio del Interior prácticamente se duplicó (de 3.477 a 6.953). En los diez primeros meses de 2004, en comparación con el período correspondiente de 2003, el número de menores asistidos en los centros aumentó en un 1% (de 5.422 a 5.479). Del total de menores atendidos en los diez primeros meses de 2004, el 52,3% (2.868) fueron atendidos en el Centro de tránsito de la ciudad de Tashkent. En el mismo período, este Centro acogió a 30 menores de los países de la CEI, incluidos 13 de la Federación de Rusia y 17 de los Estados de Asia Central. Todos ellos fueron trasladados a sus lugares de residencia por el personal del Centro.

312.Del total de menores atendidos en los diez primeros meses de 2004 en los centros de asistencia social y jurídica al menor, 3.894 fueron entregados a sus padres o tutores, 71 fueron colocados en los hogares Mekhribonlik, 74 en internados especiales, y 57 en colegios profesionales especializados.

313.Del total de niños y jóvenes abandonados atendidos en los diez primeros meses de 2004 en los centros de asistencia social y jurídica, el 51,4% no estudiaban ni trabajaban, el 45,2% eran escolares, el 1,8% estudiaban en colegios profesionales o liceos académicos.

314.Uno de los factores que influye negativamente en la situación del abandono de menores y de la delincuencia juvenil es la condición desfavorecida de las familias. Muchos jóvenes que se crían en el seno de estas familias, sufren traumas morales y psicológicos, están expuestos a la influencia de la calle y a menudo cometen delitos. En los diez primeros meses de 2004 se han registrado en las dependencias de los órganos del Ministerio del Interior 3.365 niños y jóvenes (7.695 en 2003) que habían abandonado voluntariamente el hogar y 3.565 niños y adolescentes (5.554 en 2003) fueron atendidos en los centros de asistencia social y jurídica al menor por ese mismo motivo.

315.Al 1º de enero de 2004 había 2.790 padres inscritos en el registro de prevención de los órganos del Ministerio del Interior por influir negativamente en la educación de sus hijos. En consecuencia, había 5.180 personas de esta categoría abarcadas por la labor de prevención de los órganos del Ministerio del Interior. Gran parte de ellas son padres registrados por abuso sistemático de bebidas alcohólicas y drogas.

316.Se han adoptado medidas concretas para promover la cooperación con el UNICEF en el ámbito de la prevención del abandono infantil y a la prevención del delito de menores, así como en relación con la justicia de menores.

317.A fin de prevenir los delitos e infracciones relacionados con el traslado ilícito de personas al extranjero y la retención ilícita de personas en el extranjero, en particular menores de edad, el presente año se han establecido secciones de lucha contra delitos relacionados con la trata de personas en los servicios de investigación penal de los órganos del Ministerio del Interior, así como dependencias de prevención y lucha contra tales delitos en los servicios de prevención del delito de los órganos del Ministerio del Interior.

318.En lo que va de año, en todo el país se han identificado a 12 menores víctimas de ese tipo de infracciones, incluidos 4 en la ciudad de Tashkent, 4 en la provincia de Andiján, 2 en la provincia de Syrdarya, 1 en la provincia de Bujará y 1 en la provincia de Magadan. En cada caso se han adoptado las medidas correspondientes conforme a la ley.

319.Para promover un modo de vida sano y un comportamiento de respeto a la ley entre los menores, así como para informar al público sobre los resultados de las actividades de prevención del abandono infantil y el delito de menores, incluidas las cuestiones relativas a la protección de los menores contra el uso indebido de drogas y sustancias psicotrópicas, la prevención de la utilización de los niños en la fabricación y comercialización ilícitas de drogas y sustancias psicotrópicas; y la lucha contra el traslado ilícito de menores al extranjero y la retención ilícita de menores en el extranjero, se han utilizado activamente las posibilidades que ofrecen los medios de información, a saber: la televisión, la radio y la prensa.

320.En el canal 2 de televisión se transmite cada semana el programa "Informa el Centro de Prensa del Ministerio del Interior". Periódicamente se publican artículos sobre el tema en las publicaciones del Ministerio del Interior de Uzbekistán: los periódicos Na postu y Postda y las revistas Schit y Kalkan. En los periódicos a nivel de distritos, ciudades y provincias se han publicado el presente año más de 790 artículos sobre el tema de la lucha contra la toxicomanía y sobre temas relacionados con la trata de niños, y se transmitieron 352 programas de radio y 157 programas de televisión sobre dichos temas.

321.No obstante, hay algunas insuficiencias en la organización de las actividades de los órganos del Ministerio del Interior relativas a la protección de los niños contra el uso indebido de drogas y sustancias psicotrópicas, la prevención de la utilización de los niños en la fabricación y comercialización ilícitas de drogas y sustancias psicotrópicas y la lucha contra el traslado ilícito de niños al extranjero y su retención ilícita en el extranjero.

322.Los medios de información del país, a saber, la radio, la televisión y la prensa, no abordan en medida suficiente estos problemas.

323.No se ha establecido una interacción entre los inspectores de prevención del delito de menores, la administración y el personal docente de escuelas y colegios profesionales que permita detectar en una etapa temprana a los estudiantes que usan drogas y sustancias psicotrópicas. Los docentes de las escuelas y colegios técnicos y profesionales no dejan que estos hechos trasciendan fuera de las instituciones de enseñanza para dar una apariencia de bienestar.

324.Tampoco se ha establecido una cooperación suficiente entre los funcionarios de los órganos del Ministerio del Interior y los trabajadores de la salud en lo que respecta a la identificación de los adolescentes propensos al uso de drogas y sustancias psicotrópicas.

325.La legislación de Uzbekistán prohíbe la captación de personas con fines de explotación sexual o de otro tipo mediante engaño. El Código Penal prevé penas de privación de libertad de hasta cinco años por la comisión de tales actos en relación con menores. Si esos actos se cometen con el fin de trasladar a esas personas al extranjero se impondrán penas de privación de libertad de entre cinco y ocho años (artículo 135 del Código Penal).

326.La legislación de Uzbekistán prohíbe la fabricación y distribución de artículos pornográficos con fines de exhibición o difusión, así como la exhibición o difusión de artículos pornográficos a personas menores de 20 años. El Código Penal prevé sanciones por la comisión de tales actos después de la aplicación de un recurso administrativo (artículo 189 del Código de Responsabilidad Administrativa) de una multa equivalente a entre 100 y 200 salarios mínimos o trabajo correccional hasta por tres años (artículo 130 del Código Penal).

327.El Código Penal contiene normas que protegen a los niños de todas las formas de explotación sexual y actos de perversión sexual (artículo 128, actos de perversión en relación con menores de 16 años; artículo 131, mantenimiento de burdeles y proxenetismo en relación con menores; artículo 135, captación de menores con fines de explotación sexual o de otro tipo). En el artículo 130 se prevé la responsabilidad penal por la fabricación o difusión de artículos pornográficos a menores de 20 años.

328.También se asigna gran atención a la lucha contra cualquier tipo de violencia contra los menores, en particular la violencia sexual. Así, únicamente en 2003 se registraron 202 casos de mantenimiento de relaciones sexuales con una persona menor de 16 años y 52 casos de actos de perversión en relación con menores de 16 años. Se están realizando estudios sobre la captación de niños para realizar actividades delictivas (508 casos en 2003) y 572 de estos casos se han sometido a la justicia.

329.Uzbekistán se propone seguir realizando actividades en el marco de los compromisos y el programa de acción aprobados por los miembros de Europa y Asia Central en la Conferencia sobre la protección de los niños contra la explotación sexual que se realizó en Budapest el 20 y 21 de noviembre de 2001.

330.El 1º de mayo de 1998, Uzbekistán se adhirió a la Convención de La Haya sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños (resolución del Olis Maylis Nº 629-1). La Convención entró en vigor el 1º de agosto de 1998. El Consejo de Ministros aprobó la resolución Nº 192, de 18 de mayo de 2000, sobre medidas de organización para aplicar la Convención de La Haya sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños, de conformidad con la cual se designó al Ministerio de Justicia como el órgano central encargado de dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en virtud de la Convención.

331.El 28 de junio de 2001 Uzbekistán firmó el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

332.También se han adoptado medidas especiales de protección contra la trata, contrabando y secuestro de niños. En los artículos 137 y 245 del Código Penal se prevé la responsabilidad penal por el secuestro de un niño y su mantenimiento como rehén. Por el secuestro de un menor, cuando no se tiene como fin mantenerlo como rehén, se imponen penas de privación de libertad de entre cinco y diez años (art. 137).

333.A fin de estudiar la experiencia adquirida en la lucha contra la trata de personas, en especial mujeres y niños, los jefes de algunos servicios del Ministerio del Interior, como parte de una delegación de Uzbekistán, visitaron Ucrania donde desde hace seis años se viene llevando a cabo una lucha contra la trata de personas con fines de explotación sexual o de otro tipo. También participaron en una reunión de expertos de la policía en Viena sobre el tema "Aumento de la eficacia de la labor de los órganos encargados de orden público en la prevención y la lucha contra la trata de personas, especialmente mujeres y niños", organizada por la OSCE. La información obtenida en el transcurso de estas visitas y la utilización de literatura especializada sobre este tema permitirán mejorar las actividades de lucha contra la trata de personas en Uzbekistán y difundir la experiencia adquirida en esos países en nuestro país.

334.En la actualidad, los órganos del Ministerio del Interior, en cooperación con otros órganos de orden y diversas ONG, y utilizando los medios de información y los recursos de las majallias y los comités de mujeres, han emprendido una amplia campaña de divulgación pública sobre la lucha contra la trata de personas, especialmente niños. Se organizan reuniones, charlas y debates especiales. El personal del Ministerio del Interior participa en diversos programas de radio y televisión sobre dicho tema, presenta casos descubiertos de captación de mujeres para trasladarlas al extranjero con fines de explotación sexual o de otro tipo, e informa al público sobre los métodos utilizados por los delincuentes para captar y engañar a las personas.

335.Para aplicar más plenamente lo dispuesto en los convenios señalados a fin de proteger a las mujeres y los niños de toda forma de explotación, incluida la explotación sexual, se está procurando establecer dependencias especiales en los servicios de investigación penal para luchar contra la trata de personas con fines de explotación. En la Dirección principal para la prevención del delito del Ministerio del Interior ya se han creado dependencias para la prevención de la captación de personas con fines de explotación y delitos contra la moralidad.

336.Teniendo en cuenta que en la actualidad se está intensificando la labor en este ámbito, se están adoptando medidas adecuadas para someter a la justicia a las personas responsables de tales delitos. Los medios de información difunden los resultados de las actividades de los órganos de orden público destinadas a luchar contra la trata de personas.

D. Los niños pertenecientes a minorías o a grupos indígenas (artículo 30)

337.De los 25 millones de habitantes de Uzbekistán, más de 5 millones, que representan el 20% de la población, pertenecen a 130 distintas naciones y nacionalidades. La labor de los centros culturales nacionales está vinculada principalmente a la política nacional de la República de Uzbekistán, dirigida a crear iguales condiciones y oportunidades para el desarrollo de todos los pueblos que habitan el país.

338.Gracias a esa política en Uzbekistán hay 762 escuelas que imparten enseñanza en ruso, 581 en kazajo, 318 en tayiko, 64 en turcomano, y 56 en kirguís. Además, en escuelas dominicales los centros culturales nacionales enseñan armenio, hebreo, coreano, alemán, polaco, ucranio, uygur, griego, georgiano, dungan y chino como lengua materna.

339.Los graduados de la enseñanza media tienen la posibilidad de continuar sus estudios en instituciones de enseñanza superior y media especial, colegios y liceos, tanto en Uzbekistán como en el extranjero.

340.En la actualidad, en todas las provincias, ciudades y distritos, los lugares en que se concentra la diáspora, 135 centros culturales nacionales, que abarcan a 28 nacionalidades, funcionan activamente y cooperan con órganos del gobierno local a todos los niveles.

341.Los centros culturales dedican especial atención a las actividades relacionadas con las tradiciones nacionales. Entre éstas figuran el Ramadán y Kurban Jait, la Navidad, la Pascua, el Carnaval, el Purim, el Hansik, el Josil Bairami y el Chusok. También se han celebrado ampliamente algunos fechas conmemorativas, como el 125º aniversario de la diócesis de la Iglesia ortodoxa de Tashkent y Asia Central, el milésimo aniversario de la epopeya de Manas, el sesquicentenario de nuestro gran antepasado Amir Timur, y los aniversarios de Dzhami, Imam Al-Bujari, Ahmad Al-Fergani, Abay, Pushkin, Makhtumkuli, Shevchenko, Essenin, Mukhtar Avezov, Chinguiz Atmatov, entre otros.

342.Se han creado secciones juveniles en centros tales como la Asociación de Centros Coreanos y el Centro Kazajo.

343.Los medios de información publican periódicamente información sobre las actividades de los centros culturales nacionales. Los televidentes pueden obtener información práctica sobre las actividades de los centros culturales y sobre la amistad y la solidaridad entre nacionalidades por todos los canales de la televisión uzbeka, en particular en los programas "Akhborot", "Davr", "Assalom Uzbekiston" y "Poytakht". Se ofrece información más detallada en los programas temáticos que se transmiten en diversos idiomas por el canal internacional, tales como "Uzbekistán nuestro hogar", "Una familia unida", en ruso; "Umid" en uygur; "Zhetiguen" y "Diydar", en kazajo; "Aychurek" en kirguís; "Mekhranguez" y "Ranguinkamon", en tayiko; "Biznen Meres", en tártaro; "V dobroy khate", en ucranio; y "Chinsen", en coreano.

344.El Centro Republicano Cultural de Nacionalidades y los centros culturales nacionales cooperan estrechamente con las empresas de radiodifusión de Uzbekistán, así como con las redacciones de los principales periódicos y revistas. Los periódicos Khalk Suzi, Narodnoe Slovo, Pravda Vostoka, Toshkent Okshomi, y Tashkentskaya Pravda, bajo los títulos "En los centros culturales nacionales", "Nurly zhol", en kazajo; "Ovozi tozhik", y "Fakhrangui osie markazi", en tayiko, ofrecen periódicamente amplia información sobre sus actividades. El movimiento "Khalk birligi" (Unidad del pueblo de Uzbekistán) tiene su propio periódico, Birlik-Edinstvo, fundado en 1995 por iniciativa del Centro Republicano Cultural de Nacionalidades y de los centros culturales nacionales. El Centro Cultural Ruso publica Vestnik, el Centro Cultural Coreano también tiene su propia publicación, y el Centro Cultural Ucranio de Yangiul publica el periódico Nadiya. También se publican periódicos en los idiomas ruso, kazajo, tayiko, coreano, kirguís y turcomano en diversas regiones y provincias del país.

345.Los representantes de la diáspora participan en foros mundiales en sus respectivas patrias históricas: desde 2001 han participado en tales foros más de 200 delegados de los centros nacionales de cultura bashkirios, tártaros, kazajos, tayikos, lituanos, kirguises, armenios, coreanos y ucranios. No se han registrado casos de violación de los derechos de los niños por razón de su pertenencia a una minoría étnica.

Composición del Grupo de Trabajo encargado de preparar el informe

A. Saidov, Director del Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán

A. Yunusova, Jefa de la Sección de Educación sobre Derechos Humanos

D. Turayev, Experto Principal de la Sección de Educación sobre Derechos Humanos

I. Mamasaliev, Experto Principal de la Sección de Educación sobre Derechos Humanos

Organizaciones públicas que contribuyeron con materiales parala preparación del informe

1.Comisionado (Ombudsman) del Oliy Maylis (Parlamento) para los Derechos Humanos

2.Instituto de seguimiento de la legislación vigente, que depende del Oliy Maylis

3.Secretaría del Consejo de Ministros para la protección social de la familia, las madres y los niños

4.Fiscalía General

5.Ministerio de Justicia

6.Ministerio del Interior

7.Ministerio de Economía

8.Ministerio de Educación Superior y Media Especializada

9.Ministerio de Salud

10.Ministerio de Educación

11.Ministerio de Cultura y Deporte

12.Ministerio de Trabajo y de Protección Social

13.Ministerio de Finanzas

14.Comité Estatal de Estadística

15.Agencia Uzbeka de Prensa e Información

16.Centro Científico Práctico "Oila" ("Familia")

17.Empresa de Tele y Radiodifusión de Uzbekistán

18.Centro de Ciencia y Tecnología adjunto al Consejo de Coordinación para el Desarrollo Científico y Técnico del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán

19.Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán

20.Jokimyato de la ciudad de Tashkent

21.Jokimyato de la provincia de Tashkent

22.Jokimyato de la provincia de Andiján

23.Jokimyato de la provincia de Samarkanda

24.Jokimyato de la provincia de Namangan

25.Jokimyato de la provincia de Ferganá

26.Jokimyato de la provincia de Syrdarya

27.Jokimyato de la provincia de Kashkadarya

28.Jokimyato de la provincia de Bujará

29.Jokimyato de la provincia de Surjandarya

30.Jokimyato de la provincia de Navoy

31.Jokimyato de la provincia de Dzhizak

32.Jokimyato de la provincia de Jorezm

Organizaciones no gubernamentales que contribuyeron con materialespara la preparación del informe

1.Fondo de Uzbekistán para la Infancia

2.Centro Cultural Internacional de la República de Uzbekistán

3.Comité de Mujeres de Uzbekistán

4.Fundación benéfica internacional "Soglom avlod uchun"

5.Fundación Internacional "Ekosan"

6.Fundación "Sen Yelguiz emassan" ("No estás solo")

7.Consejo de la Federación de Sindicatos de Uzbekistán

8.Centro de apoyo a los niños con limitadas posibilidades "Umidvorlik"

9.Asociación "Aldeas Infantiles SOS de Uzbekistán (SOS Kinderdorf International)

10.Centro "Mejr Tayanchi"

11.Centro de estudio de la opinión pública "Izhtimoiy fikr"

12.Cámara de Comercio e Industria de Uzbekistán

13.Centro Nacional "Manabiyat va marifat"

14.Consejo de aksakales de Uzbekistán y Fondo Makhalla.

Lista de anexos

Anexo

1.Decreto presidencial sobre el apoyo a las propuestas relativas a la institución del premio oficial Zulfya

2.Memorándum de la Conferencia Internacional de Tashkent dedicada a la protección social de los niños huérfanos

3.Cuadro comparativo de las normas internacionales y normas legislativas que regulan el trabajo de los menores

4.Plan de acción nacional para dar cumplimiento a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas

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