Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
Información recibida de Cuba relativa al seguimiento de las observaciones finalessobre sus informes periódicos 19º a 21º combinados *
[Fecha de recepción:7 de abril de 2020]
Introducción
1.Respuesta de Cuba al seguimiento de las Recomendaciones Solicitadas en el párrafo 41 de las observaciones finales sobre los informes periódicos 19º A 21º combinados de Cuba, ante el Comité para La Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).
Información de seguimiento (CERD/C/CUB/CO/19-21)
Información de seguimiento sobre el párrafo 14 d) y e)de las observaciones finales
2.En Cuba se reconoce, protege y garantiza plenamente el ejercicio de todos los derechos humanos, incluido el derecho a defender estas libertades. Existe un entorno seguro y propicio que les permite a los defensores de derechos humanos llevar a cabo su labor sin impedimentos. El ejercicio de estos derechos, como ocurre en la mayoría de los países, está regulado legalmente.
3.Los defensores de derechos humanos y líderes de la sociedad civil en Cuba, entre ellos los que trabajan contra la discriminación racial y a favor de los derechos humanos de las personas que pueden estar expuestos a este fenómeno, no son objeto de restricciones arbitrarias en el ejercicio de sus libertades. Mucho menos son objeto de represalias por asistir o participar en las reuniones y trabajos de los mecanismos internacionales de protección de derechos humanos. Son protegidos, en condiciones de igualdad, de conformidad con los postulados de la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos de 1998.
4.Ejemplo de ello es que, durante la presentación del informe nacional cubano ante el Comité en Ginebra, estuvieron presentes representantes de la sociedad civil cubana y defensores de derechos humanos, entre cuyos intereses se encuentran la lucha contra la discriminación racial y cualquier otro tipo de discriminación. Asimismo, uno de ellos formó parte de la delegación del país y pudo establecer un diálogo franco y directo con los expertos del Comité. Ellos viajaron libremente y no sufrieron ningún tipo de represalia, amenaza o ataque por su labor.
5.En Cuba existen miles de defensores de derechos humanos y cientos de instituciones que se integran al Programa nacional contra el racismo y la discriminación racial, cuya labor se centra en mejorar la calidad de vida de nuestro pueblo y de otras naciones en educación, salud, seguridad y asistencia social, lucha contra la discriminación, entre otras esferas.
6.Los medios del país, en todos sus formatos, informan sobre y promueven la labor de los legítimos representantes de la sociedad civil cubana en su búsqueda por una sociedad más justa y libre de discriminaciones de cualquier tipo.
7.Sin embargo, estos miles de defensores no reciben la atención mediática ni el financiamiento exterior que se da a aquellos cuyo objetivo es intentar derrocar al gobierno legítimo que el pueblo cubano se ha dado, en el ejercicio de su derecho a la libre determinación.
8.Debemos aclarar que las personas o grupos que aceptan financiamiento del exterior para intentar subvertir el orden constitucional de su país de origen no merecen calificarse como defensores de derechos humanos. Sus actividades, así como el apoyo financiero y logístico que reciben desde el exterior, violan la propia Declaración de los defensores de los derechos humanos de 1998, en sus artículos 4 y 20, pues violan el derecho del pueblo cubano a la libre determinación, desconociendo los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional.
Información de seguimiento sobre el párrafo 20de lasobservaciones finales
9.El Consejo de Ministros de Cuba, en su reunión de noviembre de 2019, aprobó el Programa Nacional contra el racismo y la discriminación racial, que se ha concebido para combatir y eliminar definitivamente los vestigios de racismo, prejuicios raciales y discriminación racial que aún subsisten en el país. Incluirá también, la lucha contra el regionalismo y la discriminación por el origen étnico y nacional, manifestaciones asociadas también al racismo.
10.Está ideado como un programa de gobierno y su seguimiento se integrará al sistema de trabajo del Presidente de la República. Para coordinar las tareas del Programa se creó una Comisión Nacional, encabezada por el Presidente de la República.
11.Entre sus objetivos, se incluyen identificar y diagnosticar las causas que propician las prácticas de discriminación racial; diseñar las posibles acciones a desarrollar por territorio, localidad, rama de la economía y la sociedad; divulgar el legado histórico-cultural africano, de nuestros pueblos originarios y de otros pueblos no blancos como parte de la diversidad cultural cubana; y fomentar el debate público organizado sobre la problemática racial en la sociedad cubana, así como su presencia en los medios de comunicación.
12.En el desarrollo de este programa se están tomando en cuenta las recomendaciones del Comité y la Guía Práctica para la elaboración de planes nacionales de acción contra la discriminación racial de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
13.En este proceso han jugado un papel activo organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos, en particular aquellas organizaciones y defensores que trabajan contra la discriminación racial. Los mismos están representados, junto a los principales organismos de la administración central del Estado, en la Comisión Nacional creada al efecto.
Información de seguimiento sobre el párrafo 22 c) y f) de las observaciones finales
14.En Cuba es una prioridad la capacitación técnico-profesional de los miembros de la Policía Nacional Revolucionaria, de los funcionarios públicos, del personal encargado de la aplicación de la ley en general, sea este civil o militar.
15.Como parte del proceso de fortalecimiento del marco jurídico-normativo para la protección de los derechos humanos, se han tomado medidas para asegurar el permanente perfeccionamiento de la labor de las instituciones encargadas del cumplimiento de la ley, lo que incluye la preparación y capacitación de sus funcionarios, agentes y autoridades en materia de derechos humanos, con un enfoque general y temático.
16.Los programas de formación contemplan los instrumentos internacionales de derechos humanos y, en particular, sobre las disposiciones de la Convención, en correspondencia con su artículo 7.
17.Cabe destacar que tanto la Fiscalía General, el Tribunal Supremo Popular, así como la Unión Nacional de Juristas de Cuba, imparten anualmente diplomados y postgrados de capacitación para jueces y fiscales. Estos cursos tributan a una formación profesional mucho más completa de los operadores del derecho. Los resultados alcanzados en los últimos años han propiciado una formación progresiva de mayor rigor, basada en el entrenamiento práctico, que contribuye a la formación y desarrollo de los fiscales y jueces, en particular los de nuevo ingreso, dotándolos de habilidades que les permitan el desempeño correcto de sus funciones.
18.La Fiscalía General cuenta con la Dirección de Formación y Desarrollo, cuya misión es la capacitación y superación de sus fiscales. Esa Dirección ha puesto en práctica un sistema de superación para directivos, fiscales y demás trabajadores de la Fiscalía.
19.En el sistema de tribunales se cuenta con una Escuela de Formación Judicial, creada por Acuerdo del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular. A través de ella se desarrolla la estrategia de capacitación y superación profesional de los jueces todos los años. Imparte diferentes cursos de diplomados, postgrados y maestrías, que incluyen contenido de derechos humanos, incluyendo sobre la Convención.
20.En el país, la formación de las fuerzas policiales es objeto de perfeccionamiento continuo. Los programas se desarrollan en función del reordenamiento del trabajo policiaco de cara a alcanzar niveles coherentes de respuesta a las exigencias de la actuación policial.
21.En tal dirección, se han diseñado planes de estudios para los diferentes niveles de formación, desde el básico hasta el superior, cuya finalidad principal radica en la consolidación de la conducta del policía, que se manifieste en una correcta actuación profesional, con arreglo a la legalidad y a la ética humanista de la Revolución Cubana.
22.No obstante, no estamos satisfechos y continuamos evaluando otras acciones específicas para seguir elevando la preparación y capacitación de funcionarios públicos, fiscales, jueces, magistrados y el personal de las fuerzas del orden, en particular en materia de derechos ciudadanos, con el objetivo de que en el cumplimiento de sus funciones puedan prestar un servicio todavía mejor a la población.
23.La Comisión Nacional creada para la lucha contra el racismo y la discriminación racial tiene, entre uno de sus objetivos, trabajar en la implementación de las recomendaciones del Comité.
24.Aún no se cuentan con herramientas para acceder a la información sobre criminalidad y violencia, incorporando las variables de color de piel, origen nacional, origen étnico y cualquier otra variable relevante de discriminación por interseccionalidad de las víctimas. Este es uno de los temas que será analizado por la Comisión Nacional.
25.Se destaca que la concepción de un Programa Nacional contra el Racismo y la Discriminación Racial ha tomado en cuenta la experiencia de las organizaciones de la sociedad civil en la lucha contra esos flagelos que laceran la condición humana. De manera particular, deben resaltarse la Unión de Escritores y Artistas de Cuba, que desde 2010 desarrolla acciones sostenidas de enfrentamiento, sensibilización y promoción de valores mediante la Comisión José Antonio Aponte, integrada por más de 200 artistas, intelectuales y activistas en todas las provincias del país; la Red Barrial Afrodescendiente, con notable incidencia en el ámbito comunitario; la Asociación Cubana de las Naciones Unidas; las Fundaciones Nicolás Guillén y Fernando Ortiz; y las organizaciones profesionales de periodistas, juristas y comunicadores sociales.
26.Tales empeños, concretados en un programa de alcance nacional al que tributan organismos estatales y otras organizaciones de la sociedad civil, han conseguido avances en el reconocimiento del legado africano en la identidad nacional, en el diagnóstico de vulnerabilidad económicas y sociales asociadas al color de la piel, en la introducción de valores antirracistas en los programas educativos y culturales, en la definición de metas claras y específicas en las acciones contra la discriminación y en la articulación de un activismo responsable y comprometido con la defensa integral de los derechos humanos.