Naciones Unidas

CRC/C/GIN/Q/3-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

29 de junio de 2018

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

80º período de sesiones

14 de enero a 1 de febrero de 2019

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a sexto combinados de Guinea

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 12 de octubre de 2018. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse indicar si se han adoptado las medidas necesarias para acelerar la revisión de la legislación nacional, en particular el Código del Niño y el Código Civil, de forma que se ajuste plenamente a los principios y disposiciones de la Convención.

2.Tengan a bien proporcionar información sobre los recursos humanos, técnicos y financieros asignados a la ejecución de la Política Nacional para la Promoción y Protección de los Derechos y el Bienestar de los Niños en Guinea y su primer plan de acción trienal 2017‑2019, e indicar el modo en que se evaluará dicha política.

3.Sírvanse aclarar el mandato y la capacidad del Comité Guineo de Seguimiento de los Derechos del Niño en materia de coordinación y aclarar la división de competencias y responsabilidades entre el Comité y la Dirección Nacional de la Infancia.

4.Se ruega que indiquen las políticas y otras medidas adoptadas para combatir la discriminación contra las niñas, especialmente las que no han sufrido la escisión, los niños que viven en zonas rurales y los que viven en la pobreza, los niños nacidos fuera del matrimonio, los niños con discapacidad, los niños afectados por el VIH/sida, los niños que han sobrevivido al ébola, los niños de la calle y los niños migrantes, solicitantes de asilo o refugiados.

5.Sírvanse indicar si el registro de los nacimientos es obligatorio y proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar los principales obstáculos a la inscripción de los nacimientos y garantizar la inscripción de todos los niños, incluidos aquellos que viven en zonas rurales o aisladas y aquellos cuyos padres carecen de documentación personal o son apátridas. Sírvanse proporcionar también información sobre los resultados del programa de modernización del registro civil.

6.Se ruega que informen al Comité acerca de los progresos en la revisión del Código Penal y el Código del Niño con miras a prohibir expresamente los castigos corporales en cualquier lugar y contexto, entre otros en la familia, las escuelas y las instituciones de cuidado alternativo.

7.En vista de la alta incidencia del matrimonio infantil, especialmente en las zonas rurales, sírvanse proporcionar información complementaria sobre el alcance y los efectos del plan de acción nacional contra el matrimonio infantil y los resultados del estudio socioantropológico sobre el matrimonio infantil a que se hace referencia en el párrafo 54 del informe del Estado parte (CRC/C/GIN/3-6).

8.Indiquen las medidas adoptadas para hacer efectiva la ley que tipifica como delito la mutilación genital femenina en todas las circunstancias y velar por que los autores de esos actos sean investigados, enjuiciados y sancionados. Proporcionen información sobre los efectos del plan estratégico nacional de lucha contra la mutilación genital femenina y las campañas para eliminar esta práctica nociva.

9.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para reducir las tasas de mortalidad materna y de lactantes y la malnutrición crónica y para ampliar el acceso al agua potable y a servicios de saneamiento. Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar que los niños infectados por el VIH/sida puedan acceder a un tratamiento médico adecuado y para facilitar información sobre servicios de salud especializados destinados a los supervivientes del ébola, incluidos los niños, y detallar sus necesidades especiales.

10.Tengan a bien informar al Comité sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad de la educación y las infraestructuras escolares, eliminar todos los costos relacionados con la educación, mejorar los índices de finalización de la enseñanza primaria y secundaria, subsanar las disparidades de género y entre regiones, y reducir el elevado número de abandonos escolares, en particular entre las niñas embarazadas. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para supervisar el contenido del plan de estudios impartido en las escuelas coránicas.

11.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para eliminar la explotación y las peores formas de trabajo infantil, en particular en el sector no estructurado de la economía, la minería, la agricultura, el sector pesquero, la mendicidad en las calles y el trabajo doméstico. Indiquen si se han adoptado normas y medidas de protección de los niños sujetos al “tutelaje” ( confiage ) a fin de prevenir dicha práctica informal y protegerlos de la explotación, los malos tratos, los abusos y la violencia.

12.Se ruega indiquen las medidas previstas en relación con los tribunales de menores y la formación de jueces y educadores sociales especializados. Informen también al Comité sobre las iniciativas emprendidas para garantizar que la reclusión de menores, incluida la prisión preventiva, se utilice únicamente como medida de último recurso y durante el menor tiempo posible, que los menores estén separados de los adultos en los centros de reclusión y que tengan acceso a asistencia jurídica apropiada.

13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité sobre el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/GIN/CO/1), y en particular para garantizar que la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía estén explícitamente tipificadas y sancionadas en el Código Penal.

14.Detallen las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/GIN/CO/1), con respecto a la tipificación expresa como delito del reclutamiento de niños por las fuerzas armadas y por grupos armados no estatales. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para identificar y asistir a los niños reclutados o utilizados en hostilidades en el extranjero.

Parte II

15.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

16.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

17.Facilítense datos de los tres últimos años sobre los recursos asignados con miras a:

a)Aumentar el porcentaje de niños inscritos al nacer o de manera retroactiva;

b)Superar las disparidades entre zonas rurales y urbanas en el acceso a los servicios básicos de salud;

c)Mejorar la prestación de servicios básicos a los niños en las escuelas, como los servicios de salud, el acceso a agua potable, la higiene y la protección;

d)Aplicar la política nacional de protección social, en particular con respecto a los niños.

18.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)La mortalidad maternoinfantil (desglosando los datos por causa de la muerte);

b)El número de casos de malos tratos y violencia contra niños, incluidos los castigos corporales, con información sobre el tipo de asistencia prestada a las víctimas y el seguimiento dado a los casos, como las actuaciones iniciadas contra los autores y las condenas impuestas;

c)El número de casos registrados de violencia sexual y violaciones cometidas contra niños y adolescentes, el número de investigaciones y actuaciones judiciales emprendidas y el resultado de los juicios, indicando particularmente las penas impuestas a los autores y las reparaciones e indemnizaciones concedidas a las víctimas;

d)Los matrimonios de menores;

e)El número de casos registrados de mutilación genital femenina, indicando en particular el seguimiento dado a los casos, las penas impuestas a los autores y las reparaciones e indemnizaciones concedidas a las víctimas;

f)Los embarazos en la adolescencia y las niñas que reciben servicios médicos y profesionales durante el embarazo y el parto, los casos de mortalidad materna entre las niñas y las adolescentes, y el número de niñas encarceladas por haber recurrido al aborto clandestino;

g)El número de niños afectados por infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/sida, y por la malaria;

h)Los niños que han sobrevivido al virus del Ébola y los que han quedado huérfanos debido a él;

i)Las tasas de matriculación y graduación, desglosadas según el porcentaje de cada grupo de edad, correspondientes a la enseñanza preescolar, primaria y secundaria, así como el número y el porcentaje de abandonos escolares y repeticiones de curso;

j)El número de niños y adolescentes que han sido víctimas de la trata, el número de investigaciones y actuaciones judiciales emprendidas y el resultado de los juicios, indicando particularmente las penas impuestas a los autores y las reparaciones e indemnizaciones concedidas a las víctimas;

k)El trabajo infantil, en particular las peores formas de trabajo infantil, el número de casos investigados, indicando concretamente el seguimiento que se les ha dado, las penas impuestas a los autores y las reparaciones e indemnizaciones concedidas a las víctimas;

l)El número de niños talibés, el número de casos registrados de explotación económica de niños talibés, el número de investigaciones y actuaciones judiciales emprendidas y el resultado de los juicios, indicando particularmente las penas impuestas a los autores y las reparaciones e indemnizaciones concedidas a las víctimas.

19.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Internados en instituciones, desglosados por la duración del internamiento;

c)Confiados a familias de acogida;

d)Que viven en la calle;

e)Adoptados en el país o en el extranjero.

20.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

21.Tengan a bien facilitar datos estadísticos desglosados por edad, sexo, tipo de infracción, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños en conflicto con la ley:

a)Detenidos;

b)Recluidos;

c)En prisión preventiva;

d)Sujetos a un programa de remisión.

Indíquese también el número de tribunales de menores en el Estado parte.

22.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos o que no tengan en cuenta nuevos acontecimientos.

23.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.