Naciones Unidas

CCPR/C/PAN/RQ/4

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

13 de enero de 2023

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

13 7 º período de sesiones

27 de febrero a 24 de marzo de 2023

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto

Respuestas de Panamá a la lista de cuestiones relativa a su cuarto informe periódico *

[Fecha de recepción: 11 de enero de 2023]

I.Introducción

1.La República de Panamá comprometida con garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos sus derechos y garantías fundamentales consagradas en el Cuarto Informe Periódico, relative a la aplicación del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; y en respuesta a la lista de cuestiones relativas al cuarto informe expone el siguiente documento.

II.Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (Arts. 1 y 2)

2.El Ministerio de Educación (MEDUCA) cuenta con la Oficina de Educación en Población y Desarrollo Humano la cual ha trabajado en sensibilización de diferentes actores entorno a tres (3) Ejes de Acción:

Promoción de Género y Prevención de la Violencia: Sensibilización de diversas comunidades educativas del país en formato presencial y virtual. Alcanzando una cantidad de dos mil ciento treinta y ocho (2,138) hombres y seis mil novecientos setenta (6,970) mujeres sensibilizadas en este eje.

Promoción de los Derechos Humanos: el MEDUCA, crea la Comisión Educativa Pro-Decenio de los Afrodescendientes mediante el Resuelto No.1724 de 1 de abril de 2021, cuyo objetivo fundamental es desarrollar políticas inclusivas que propicien la igualdad de oportunidades y la atención a la vulneración de los derechos de las personas afrodescendientes.

Promoción de Estilos de Vida Saludable: enfocado en presentar las partes y las particularidades del acoso laboral y sexual, para identificar y lograr la prevención contra el acoso laboral y sexual.

3.La Secretaría de Derechos Humanos Acceso a la Justicia y Género de la Procuraduría General de la Nación, ha realizado un total de cuarenta y un (41) sensibilizaciones en el período 2020-2022, en diferentes temas relacionados con la normativa internacional sobre derechos humanos y contaron con la participación de mil quinientas quince (1,515) personas.

4.Asimismo, la Escuela del Ministerio Público ha organizado, para todos los funcionarios (as), capacitaciones enfocadas en la temática de derechos humanos y discapacidad, con la participación de setecientos setenta y dos (772) mujeres y doscientos cuarenta (240) masculinos durante el período 2015-2022.

5.La Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) realizó en 2021, un seminario virtual sobre las Personas con Discapacidad y el Acceso a la Justicia Comunitaria, en conmemoración de los catorce (14) años de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, dirigido a ochenta (80) Jueces de Paz.

6.El Instituto Nacional de la Mujer (INAMU), creó mediante Resolución No. 030/DG/OAL, 02 de agosto de 2021, la Oficina de Equiparación de Oportunidades para la transversalización del tema de discapacidad a nivel institucional. Asimismo, recopilan datos estadísticos sobre discapacidad y realizan jornadas de sensibilización de manera integral en materia de discapacidad.

7.Desde la Dirección de Desarrollo Humano y Económico de INAMU, se han desarrollado programas y proyectos para el empoderamiento económicos de las mujeres, a nivel nacional y todas las mujeres que asisten a los Centros del Instituto de la Mujer (CINAMU), siendo más del 90 % mujeres rurales. El programa Mujer Cambia Tu Vida y los diversos proyectos institucionales, tienen entre uno de los perfiles de las participantes, ser mujeres con discapacidad.

8.La Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) y el Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE) realizan acciones dirigidas al cumplimiento de la norma establecida en cada lineamiento educativo del año escolar, en caso de que un estudiante con discapacidad, migrante, no cuente con documentación que acredite su grado de escolaridad se aplica prueba de nivelación y de aprobar dichas pruebas será promovido al siguiente grado.

9.El MEDUCA, cumpliendo con el Plan de Gobierno Inclusivo, elaboró el Plan Estratégico 2019-2024, con enfoque de educación inclusiva, estableciendo medidas de equidad educativa como eje de acción efectiva hacia un modelo de participación y permanencia del estudiante con discapacidad, como un derecho a la educación, garantizando acceso e igualdad, desde el nivel inicial hasta el nivel superior. En materia de educación especial se garantizan los servicios y apoyos educativos específicos desde procesos de atención individual en las diversas áreas de dominio de aprendizaje, sustentado en el Resuelto 924 el Plan Educativo Individual (PEI) y el Resuelto004-2018 el Programa Educativo Centrado en el Estudiante (PECE).

10.Se retoma la coordinación en la Comisión de Educación del Consejo Nacional Consultivo de Discapacidad (CONADIS EDUCACION) para la promoción y ejecución de políticas en materia de educación sobre discapacidad, ambas con participación de la sociedad civil.

11.Anualmente se desarrollan capacitaciones cuyo contenido abarca la lengua de señas, intérprete y recursos didácticos de apoyo para la comunicación; deletreo manual panameño, para los estudiantes de la comunidad sorda en edades tempranas; digitalización de la Lengua de Señas Panameñas como alternativa de comunicación. Plataforma ENSENIA. Primer Encuentro de Educación de Sordos y Lengua de Señas Panameñas.

12.Guía para padres con bebés sordos: estrategias para estimular la adquisición del lenguaje de 0 a 2 años, vídeos en lengua de seña con el proyecto de Reducción del Riesgo de Desastre. Asimismo, se mantiene convenio interinstitucional con el Centro Luis Braille para personas con condición de ceguera, con cobertura a nivel nacional. Anualmente se realiza nombramiento de especialistas que apoyen en las áreas de difícil de acceso.

13.La Ley No. 148 del 21 de abril de 2020, crea el Programa de Asistencia Social Educativa Universal (PASE-U), lo recibe todo el estudiantado y además confiere otras oportunidades económicas a los estudiantes con discapacidad, para permanencia y participación mediante talentos y otras habilidades socio educativas.

14.Se cumplieron medidas para la sostenibilidad de aquellos elementos que se introdujeron como un cambio significativo en la visión cotidiana pedagógica, como la educación a distancia, con las adaptaciones y recursos con pertinencias con resultados según lecciones aprendidas en casa también se aprende, lo que se desarrolló con un currículo priorizado con el acompañamiento del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).

15.El sistema educativo estableció una ruta crítica para potenciar la capacidad de respuesta institucional y garantizar a los estudiantes su derecho a la educación ante la COVID19, mediante siete (7) áreas prioritarias. La bioseguridad en la educación y la creación de los Comité COVID, son de carácter obligatorio en todos los centros educativos, incluyendo la participación de la comunidad educativa, con intervención durante el año escolar. A su vez, la opción de vacunación de los estudiantes ante la COVID-19, respetando la libertad de los padres o tutores legales, de acuerdo con sus propias convicciones.

III. Violaciones de derechos humanos durante el período de la dictadura (Arts. 2, 6 y 7)

16.Es importante aclararle al Comité de Derechos Humanos, que el caso de Ricardo Baena (mencionado en el Punto 4), no se refiere a desaparición durante la dictadura militar, sino al caso conocido como "Baena Ricardo y Otros vs. Panamá", sobre el despido injustificado de 270 trabajadores ocurrido en el año 1990, el cual concluyó con la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de febrero de 2001 que condenó al Estado de la República de Panamá. Al respecto, la Corte emitió la Resolución de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia de 1 de septiembre de 2021, en la que estableció que la República de Panamá cumplió con ejecutar las reparaciones ordenadas y dio por archivado el caso.

17.En relación con el caso de Heliodoro Portugal, se han rendido informes de Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el cumplimiento de la Sentencia de 12 de agosto de 2008, que condenó al Estado Panameño y le ordenó cumplir con reparaciones a favor de Graciela De León, Patria Portugal y Franklin Portugal. Mediante la Nota N° AJ-MIRE-2020-015111 de 25 de febrero de 2022, dirigida al Secretario Ejecutivo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Pablo Saavedra Alessandri, se informó que los restos óseos del señor Heliodoro Portugal (q.e.p.d.), una vez exhumados fueron entregados en custodia al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses para la toma de muestra solicitada por la Fiscalía de la causa, de modo que se pudiese corroborar la identidad de dichos restos. El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses es la entidad encargada de la custodia de los restos del señor Heliodoro Portugal (q.e.p.d.), los cuales han permanecido debidamente preservados y custodiados en un sitio seguro en la morgue ubicada en el Corregimiento de Ancón de la ciudad de Panamá que sólo se abrió para tomar las muestras ordenadas por la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia.

18.Sobre el caso de Rita Wald, de acuerdo con nota de fecha 5 de diciembre de 2018, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dirigida a la Cancillería de la República de Panamá, esta entidad informó que daba por concluido el procedimiento de solución amistosa y decidió proseguir con el trámite del caso, al no lograrse un acuerdo con los familiares de Rita Wald (q.e.p.d.). El proceso se encuentra en estado de decisión de fondo, en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y está identificado con el número de expediente 12.552.

IV. No discriminación (Arts. 2, 3, 26 y 27)

19.El Decreto Presidencial N°7, del 22 de enero de 2008, de la Comisión Nacional para la Prevención y Control del VIH (CONAVIH) y en el 2009 el Programa Nacional de infecciones de transmisión sexual, virus de inmunodeficiencia humana y Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (ITS/VIH/SIDA) se integró inicialmente con 29 Instituciones Públicas que conforman la Red de Sitios de Trabajo y que en conjunto con agencias de cooperación Internacional y han dado como resultado el Plan Estratégico Multisectorial 2009-2014, 20015-2019, 2020-2024.

20.Actualmente, con la firma de compromiso de cuarenta y cinco (45) instituciones públicas mediante el establecimiento de Políticas Públicas que ratifiquen y reglamenten medidas de prevención de las ITS/VIH/SIDA y Hepatitis Viral en los sitios de trabajo. Asimismo, mantener una Red Interinstitucional para la Prevención de las ITS-VIH y SIDA en las Instituciones Gubernamentales.

21.De conformidad con la ley 40 de 14 de agosto de 2018, que establece el marco jurídico para el abordaje integral de las infecciones de transmisión sexual y el Virus de inmunodeficiencia humana. Esta Ley establece una educación integral que permita la prevención, atención y respuesta efectiva de las ITS/VIH/SIDA en la República de Panamá.

22.El Tribunal Electoral (TE) mantiene comunicación directa con la Asociación Panameña de Personas Trans, la Asociación de Hombres Trans de Panamá y otras agrupaciones, desde el año 2018. Estableciendo acciones concretas que han contribuido al respeto de la dignidad humana e identidad de género. Además, en el 2022, participó en la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de las Personas Trans en Panamá.

23.El TE mantiene el mismo protocolo de atención para todas las personas, sin ninguna discriminación. A partir del 1 de marzo de 2001 hasta el 30 de septiembre de 2021 se han realizado 92 cambios de nombres. Del 2018 a septiembre 2021 se efectuaron setenta y seis (76) cambios de nombres, de los cuales cincuenta y cuatro (54) eran mujeres trans y veintidós (22) hombres trans. Hasta el 30 de septiembre de 2021 se habían aprobado 8 solicitudes de corrección de sexo por cirugía de reasignación sexual de personas transexuales y 2 de personas intersexuales.

24.El Instituto Nacional de la Mujer durante los años 2017 y 2018, realizó la apertura de diez (10) expedientes relacionados con poblaciones claves, cuatro (4) de trabajadoras sexuales y seis (6) sobre poblaciones LGBTIQ+; varias de ellas referidas por activistas y organizaciones de derechos humanos.

25.La Defensoría del Pueblo ha colaborado de diversas formas con estas organizaciones, entre otros aspectos, brindando el espacio institucional para la realización de reuniones organizativas o de planificación, grupos de apoyo y actividades de sensibilización; A su vez, se han publicados comunicados, siendo el último del 12 de diciembre de 2018, donde la Defensoría del Pueblo alerta sobre la proliferación de mensajes en redes sociales que propician un clima de odio contra la población LGTBIQ+.

26.La Oficina de Género y Trabajo del Ministerio de trabajo y desarrollo laboral (MITRADEL) en conjunto con la Dirección de Inspección, realizan tareas de protección a los trabajadores (as) domésticos en el llamado retorno a la normalidad, realizando por primera vez en la historia del país un Censo estimado de cinco mil quinientos cincuenta y nueve (5,559) contratos de trabajo doméstico formal, de los cuales 14 % son hombre y 86% mujeres.

27.Se ha fortalecido la Inspección de Trabajo de las Agencias Privadas de Colocación de Empleos, a fin de que las mismas cumplan con el reclutamiento ético y con las normas laborales establecidas en el sector. A través de la Dirección de Empleo se creó una página de búsqueda de referencias de agencias de colocación con la finalidad de proteger los derechos de todos los buscadores de empleo, especialmente los de empleo doméstico.

28.El Código Procesal Penal establece la excepcionalidad de la detención provisional, al señalar que en los casos donde se aplique esta medida cautelar personal, cuando el imputado sea una persona con discapacidad, se tomaran las precauciones especiales para salvaguardar su integridad personal (art. 238).

29.El MITRADEL a través del Departamento de Integración Socioeconómica de Personas con Discapacidad, desarrolla acciones dirigidas a la promoción laboral e inclusión social de las personas con discapacidad. Actualmente, se realizan jornadas de inspección a las empresas privadas a fin de verificar el cumplimiento del 2% de contratación de personas con discapacidad, dispuesto en la ley antes mencionada. A través del Departamento de Inserción Laboral, se procura la contratación de personas con discapacidad reafirmando el compromiso de Estado, de que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos y libertades.

30.La Ley 54 de 2012 introduce la paridad de género, orientado a las elecciones de los partidos políticos y creó la Secretaría de la Mujer para convalidación del cumplimiento de la cuota de género del 50%. Con las últimas reformas el electorales de 2021, se aprobó la paridad de género en candidaturas de convencionales para los partidos políticos en formación y que sus primeras autoridades electas en la Convención Constitutiva estén en paridad de género. Se incorporó toda una sección para que en la participación política se rija por los principios de igualdad y no discriminación de género, establecidos en la normativa nacional y convenios internacionales.

31.Los partidos políticos destinarán del fondo de capacitación un mínimo del 20% para el desarrollo de actividades exclusivas para la capacitación de mujeres, 20% para el desarrollo de actividades exclusivas para la juventud y 10% en la formación sobre acciones inclusivas en pro del empoderamiento de personas con discapacidad. De igual manera se prohíbe a estos colectivos hacer discriminaciones en la inscripción de sus miembros, por razón de raza, sexo, credo religioso, cultura, condición social o discapacidad.

32.Con la aplicación de ATENEA Mecanismo de Aceleración de la Participación Política de las Mujeres, Panamá es el primer país de la región en utilizar el Índice de Paridad Política (IPP). La segunda publicación ATENEA Panamá 2020: Mujeres panameñas en la ruta hacia la paridad política, realiza el análisis de la participación política de mujeres desde el Instituto de Estudios Democráticos (INED) del Tribunal Electoral.

33.El TE ha apoyado en la organización de las elecciones de la comarca Ngäbe-Buglé. Un avance importante en las elecciones comarcales realizadas en febrero de 2022 fue la inclusión de paridad de género para la integración de las nóminas.Se utilizó el mecanismo de alternancia (mujer-hombre u hombre-mujer) y se escogió autoridades tradicionales, además de 384 delegados al Congreso General, 222 delegados al Congreso Regional, ciento noventa y ocho (198) delegados al Congreso Local. Asimismo, Elena Cruz Guerra quien reemplaza a la cacica Silvia Carrera después de diez (10) años sin elecciones.

34.Distinta es la participación en las corporaciones electorales, más del 60 % de sus integrantes son mujeres, que es similar al porcentaje de más del 50 % de mujeres representantes de los partidos políticos y candidaturas de libre postulación en dichas corporaciones.

35.El Ministerio de Educación, en el periodo 2019-2022 retoma el cumplimiento que permita la implementación de la Ley 88 de noviembre de 2010, que reconoce las lenguas y los alfabetos de los pueblos indígenas y dicta normas para la educación intercultural bilingüe. Con esta norma las lenguas indígenas se imparten paralelamente con el idioma español y su implementación es obligatoria en las escuelas oficiales y particulares que funcionen en todas las comarcas y áreas anexas. Además, permite el uso de vestidos tradicionales de los pueblos y el respeto a su identidad.

36.El país aprobó tipificar como delitos electorales conductas que representan violencia política de género, tales como el ofender, amenazar, acosar políticamente, discriminar u obstaculizar a un cónyuge o familiar de hombres y mujeres que participen en una precandidatura o candidatura, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con la finalidad de restringir su participación en el ejercicio del sufragio; el impedir que el ejercicio del sufragio se desarrolle en condiciones de igualdad; el discriminar a la mujer en estado de gravidez de sus derechos políticos y restringir los derechos políticos de hombres y mujeres debido a las costumbres tradicionales indígenas y a los tratados internacionales sobre la materia (Arts. 523 y 528 del Código Electoral).

V.Igualdad entre el hombre y la mujer (Arts. 2, 3, 25 y 26)

37.El Comité de Igualdad de Género en el marco de las funciones de MITRADEL, emitió la Resolución N° DM-043-2021, la cual constituye el Comité de Igualdad de Género, distintivo que se les otorga a las entidades de gobierno y empresas privadas que se destacan en el desarrollo de políticas de igualdad de oportunidades entre ambos sexos, impulsando condiciones de trabajo equitativas, eliminando las brechas salariales, en cumplimiento con los ODS y la agenda 2030, específicamente el No.5 y 8.

38.En el primer semestre del 2020, con el acompañamiento de la OIT, se puso en marcha un sondeo digital aleatorio denominado “Corresponsabilidad Familiar en tiempos de pandemia Covid-19”, con el objetivo de comparar y obtener datos sobre cómo se desarrolla la igualdad de género en las empresas y en la modalidad del teletrabajo, a fin de dar importancia a la corresponsabilidad en la conciliación laboral.

39.La implementación del Eje Cambiando Vidas, busca empoderar y mejorar la empleabilidad de las mujeres y hombres a través del cooperativismo a nivel nacional, seha logrado implementar este Eje en 5 comunidades de Panamá-Rural lográndose 5 diagnósticos socioeconómicos, 5 grupos organizados y la capacitación en materia de empoderamiento y emprendimiento de 135 mujeres y apoyar la conformación de la Cooperativa WERARA-IMBIZU, R.L., que agrupa a 18 mujeres artesanas participantes del Eje Cambiando Vidas, en el corregimiento de Caimitillo.

40.Panamá ratificó el principio de igual salario por trabajo de igual valor el Convenio núm. 100 de la OIT. Decreto establecido para la fijación de las tasas de salario mínimo y que su aplicación en principio se realice en el marco de lo establecido en la Constitución Nacional de la República de Panamá.

41.El INAMU con el programa Tú Puedes Mujer (2018-2019), bajo la Resolución No. 20/DG/DDHE/2018, firmado el 15 de octubre de 2018 en alianza con el INADEH, mediante el convenio de cooperación y asistencia técnica, impulsa el empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres a nivel nacional, a través de los CINAMU, con capacitaciones realizadas con otras instituciones estatales. Este programa ha beneficiado a 718 mujeres entre las edades de 18 a 80 años, de ellas el 40% son indígenas, 15% identificadas afrodescendientes y el 45% mestizas. Se ha logrado capacitar a las mujeres que viven en áreas de difícil acceso. Además, durante su Presidencia Pro-Témpore en el Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica y República Dominicana en el Sistema de Integración Centroamericano (COMMCA-SICA) se logró avances con el MIDA en el año 2018 a fin de que las mujeres contaran con un crédito cero por ciento de interés para sus actividades productivas.

42.El Decreto No. 242, en alianza entre el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) con MITRADEL, Ministerio de Relaciones Exteriores MIRE, el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC) y otras instituciones, han desarrollado el Plan Nacional por la Igualdad Salarial 2022-2025 de la República de Panamá, basado en medidas Específicas y Transversales para mejorar la posición de mujeres en el mercado laboral.

VI.Violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica(Arts. 2, 3, 6,7,14, 24 y 26)

43.Con la PGN se estableció el Protocolo de Atención Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en las Relaciones de Pareja y la creación de la Policía Especializada en Violencia de Género, cuyo objetivo es impulsar los mecanismos de protección y atención integral a las víctimas; mejorar la respuesta institucional ante estos delitos a través del perfeccionamiento de la investigación, atención y coordinación interinstitucional.

44.A fin de transmitir información a la población indígena de la Comarca Ngäbe Bugle y Naso Tjër Di, la Fiscalía Superior de Asuntos Indígenas se apoya en colaboradores de Centros de Idiomas de la Universidad Autónoma de Chiriquí, quienes tienen conocimiento de la lengua Ngäbe garantizando que las víctimas y sus familiares puedan recurrir a las medidas de protección, asistencia y centros de asesoramiento.

45.A partir del 1 de enero de 2017 al 28 de febrero de 2022, se atendieron en la Unidad de Protección a Víctimas, Testigos, Peritos y demás intervinientes en el proceso penal, a 61,543 mujeres (rango de edad de 0 a más de 50 años), como víctimas de delitos contra la Vida y la Integridad Personal, contra la Libertad e Integridad Sexual y contra el Orden Jurídico Familiar y el Estado Civil, mediante la Cámara Gesell.

46.A partir de enero de 2019, a mayo del 2021, se han registrado en los CINAMU, un total de 6,790 usuarias a nivel nacional, de las cuales 179 mujeres presentaron alguna condición de discapacidad. De igual forma, se ofrece protección a mujeres víctimas de violencia en riesgo inminente de muerte, a través de dos Albergues, los cuales cuentan con medidas de accesibilidad para mujeres con discapacidad motora o movilidad reducida, donde podrán ingresar con sus hijos e hijas el tiempo que requiera su debida protección.

47.El INAMU elabora de forma periódica el Informe Nacional Clara González “Situación de la Mujer en Panamá”, investigación que permite conocer la condición de vida de las mujeres, en los diferentes ámbitos, resultando una visión más precisa de la situación de diferentes grupos de mujeres. Dedicando un capítulo a Grupos de Especial Interés, el cual presenta características psicosociales, de las mujeres con discapacidad, así como medidas recomendadas para la implementación de políticas públicas.

48.El INAMU, quien preside el Comité Nacional contra la Violencia en la Mujer (CONVIMU), presentó en el año 2021 la elaboración del Primer Plan Estratégico de este mecanismo (2021-2024), estableciendo un marco de trabajo operativo de manera conjunta, con las entidades gubernamentales y organizaciones de mujeres la sociedad civil para prevenir, atender y erradicar la violencia contra las mujeres.

49.El Estado Panameño desde el Mecanismo de la Mujer realiza intervenciones directas hacia las Mujeres y las niñas que enfrentan situaciones de vulnerabilidad frente a las medidas de cuarentena y aislamiento social considerando los riesgos de convivir con potenciales agresores en los casos de violencia contra las mujeres. Se fortalece las líneas de orientación 182 y la 323-3281 habilitadas de forma gratuita 24/7 con un equipo de 25 técnicos (trabajadoras sociales, psicólogas y abogadas) del INAMU quienes brindaron la atención a víctimas para poder presentar las denuncias de violencia reportadas.

50.El personal del CINAMU realizó atenciones en todo el territorio y dieron seguimiento a los casos a través de coordinaciones y acciones con los distintos dispositivos locales en las diferentes provincias y áreas de cobertura nacional.

51.La Campaña de divulgación en los medios en alianza público-privada con la telefonía Mas Móvil con envió de mensajes de texto instantáneo a más de 1.5 millones de usuarias con el lema “Recuerda que en esta cuarentena # NoestasSola” en conjunto con el MIDES, Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF), Policía Nacional y Ministerio Público, firman unconvenio para las denuncias anónimas de violencia a doméstica desde la plataforma www.tupista.org, con la ONG Internacional Crime Stoppers a fin de atender las consultas de la ciudadanía.

52. El Plan Solidario mantuvo un mecanismo de referencia a través de la línea 169 R.O.S.A para atención psicológico a víctimas de violencia domestica con articulaciones del Ministerio de Salud y el Instituto de Salud Mental.

53.En el contexto de la pandemia por la COVID 19, en abril 2020, el INAMU elaboró un vídeo en lengua de señas con contenido temático sobre prevención de la violencia contra las mujeres, dirigido a las mujeres con discapacidad auditiva.

54.En 2022 se preparó el Plan Estratégico 2022-2024, el cual ha priorizado las acciones orientadas al promover una cultura de no violencia y al fortalecimiento de capacidades en el MIDES para la detección, prevención y atención de violencias intrafamiliares, sexuales y maltratos.

55.En el 2009, a través de la Oficina de Subsidios Estatales se otorga subsidio para el desarrollo del Proyecto de Asistencia Legal Comunitaria llevado adelante por FUNDAMORGAN, el cual brinda asistencia legal a víctimas de género y ha beneficiado a más de 4500 mujeres, con especial atención en prevención y sensibilización a la sociedad.

VII. Interrupción voluntaria del embarazo y derechos reproductivos(arts. 2, 3, 6, 7, 17, 24 y 26)

56.En cuanto a salud sexual y reproductiva, el MINSA es la institución rectora.No obstante, el Ministerio de Educación (MEDUCA), consciente de su responsabilidad de brindar una formación integral a nuestros niños niñas y adolescentes en cuanto a educación sexual, a través del desarrollo de programas preventivos que brinden información y orientación a los estudiantes en esta materia, creo cinco guías didácticas dirigidas al facilitador del Programa de Educación en la Sexualidad y Afectividad (personal de los gabinetes psicopedagógicos, profesores de orientación, equipo SAE, docente y maestros), implementadas con los estudiantes de educación primaria, premedia, media, adolescentes embarazadas y padres de familia.

57.Conforme a la data suministrada por el Centro de Estadística de la PGN, relacionada con las denuncias presentadas por la comisión del delito de Aborto Provocado, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 al 31 de enero de 2021, se registraron 256 noticias criminales.

58.MINSA solamente interviene en casos de abortos terapéuticos y según los procedimientos administrativos en caso de aborto terapéutico solicitados a la Comisión Nacional de aborto Terapéutico

VIII.Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes(Arts. 7, 9, 14 y 24)

59.Las conductas de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes se encuentran tipificados en los artículos 156 y 156-A del Código Penal. Las investigaciones de estos tipos penales pueden iniciar por denuncia o de oficio, por lo que al tener el Ministerio Público la noticia criminal, corresponderá a la respectiva Agencia Fiscal iniciar las investigaciones de rigor y de ser necesario, aplicar las medidas de protección contempladas en el Código Procesal Penal para salvaguardar la integridad de las víctimas, testigos, los peritos y otros intervinientes en el proceso penal.

IX.Uso excesivo de la fuerza (Arts. 2, 6, 7 y 14)

60.De presentarse denuncias en alguna Agencia del Ministerio Público, donde se indique la ejecución de agresiones en contra de una persona, cometidas por servidores de la fuerza pública en el ejercicio de sus funciones, se inician las investigaciones por la presunta comisión de los delitos Contra la Vida y la Integridad Personal, ya sea por Homicidio o Lesiones Personales. La sanción por aplicar en estos casos será de cuatro (4) a seis (6) años en la modalidad simple y de seis (6) a diez (10) años en el delito agravado.

61.Con relación a los hechos acontecidos en las manifestaciones de Colón y San Félix, por parte del Ministerio Público, se abrieron en Colón, tres (3) investigaciones por la presunta comisión del delito de Homicidio, en contra de dos (2) hombres y una (1) mujer. En cuanto a los sucesos ocurridos en San Félix (Provincia de Chiriquí), se instruyó por el Homicidio en perjuicio de un hombre. En estas causas se solicitó a los Tribunales, el sobreseimiento provisional objetivo e impersonal, ya que no se logró determinar al responsable del hecho.

X. Personas privadas de libertad y condiciones de detención (Arts. 6, 7, 9, 10, 14 y 26)

62.La detención provisional es una medida cautelar personal, contemplada en el artículo 238 del Código Procesal Penal, como de excepcional aplicación. Esta no será mayor de un año, conforme al artículo 12 del texto legal indicado, salvo en las causas decretas por el juez como complejas, donde el plazo de la detención preventiva se puede extender hasta un máximo de tres (3) años, de acuerdo con el numeral 1 del artículo 504 del cuerpo normativo señalado.

63.Sobre el tema de la Medida Cautelar N° MC-393-15 de 13 de agosto de 2015, impuesta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a favor de las personas privadas de libertad en el centro de detención transitorio en la Isla Punta Coco, José Cossio, Carlos Mosquera, Azael Ramos, Danyelo Ramírez, Jorge Rubén Camargo, Alfonso Patterson, Yaraby Del Carmen Choy, Catherine Adames Jiménez, Nimia ltzel Pérez, Félix Humberto Paz Moreno, Edilberto Vasque, Martin Caicedo, tenemos a bien informarle que dicha medida cautelar se encuentra vigente. La República de Panamá tomó medidas para adecuar las condiciones del centro de detención sobre cuyos avances se han informado a la CIDH. Asimismo, se informa que mediante Nota N° A.J.D.J.-MIRE-2019-17253 de 19 de agosto de 2019, se remitió Informe de Estado a la CIDH, sobre las adecuaciones realizadas al centro penal y el acceso a los visitantes.

64.En relación con el caso Vélez Loor vs Panamá, se remitieron a la Corte IDH los Informes de fecha 27 de septiembre y 22 de noviembre de 2021, relativas a las medidas urgentes impuestas acerca de los derechos a la vida, la salud e integridad personal de los migrantes que se encuentran en las estaciones de recepción migratoria Lajas Blancas y San Vicente, ubicadas en la Provincia de Darién. Cabe señalar que en marzo 2021 se realizó en conjunto con la Corte lnteramericana de Derechos Humanos una visita a terreno y audiencia privada en la que intervinieron las partes del proceso.

XI. Eliminación del trabajo forzoso y la trata de personas (Arts.7, 8, 14 y 24)

65.El 29 de septiembre de 2021 se llevó a cabo el Foro Tripartito sobre Reclutamiento Ético para la prevención de la trata de personas y explotación laboral, la cual contó con la asistencia de 40 personas del sector sindical, empresa privada y gobierno nacional. Representantes de OIM, OIT y la Directora de la Oficina Institucional contra la Trata de Personas del Ministerio de Seguridad fueron los expositores en este evento.

66.Con el apoyo de la Secretaría General de la Comisión Nacional de Trata y la Organización Internacional para las Migraciones se desarrollaron dos capacitaciones a veinticinco (25) funcionarios tanto de la Dirección de Empleo como de la Dirección Nacional de Inspección con el objetivo de reforzar sus conocimientos.

67.Con el objetivo de evitar la revictimización de las personas identificadas por la Unidad de Identificación y Atención de Víctimas de la Comisión Nacional contra la Trata de Personas, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral profiere el Decreto Ejecutivo N° 21 de 28 de mayo de 2019, por medio del cual se autoriza expedir permiso de trabajo a través del Departamento de Migración Laboral de la Dirección de Empleo.

68.En el año 2021 se expidieron seis (6) permisos de trabajo de los cuales cuatro (4) eran renovación y dos (2) fueron solicitados por primera vez.

XII. Independencia del Poder Judicial y administración de justicia(Arts. 2 y 14)

69.Mediante la Resolución No. 12 de 17 de marzo de 2021, se adopta el Código de Ética de los Servidores Públicos de la PGN, como un instrumento eficaz para orientar a sus funcionarios en la toma de decisiones frente a situaciones que se presentan en el cumplimiento de sus funciones.

70.El Ministerio Público de Panamá contribuyó en la obra buenas prácticas en la lucha contra la Corrupción elaborada con el apoyo de Eurosocial en el marco de la Red Iberoamericana de Fiscales, en la cual se transmiten los avances realizados por Panamá en la lucha contra la gran corrupción: https://eurosocial.eu/biblioteca/doc/buenas-practicas-en-la-lucha-contra-la-corrupcion/.

71.Se ha iniciado un proyecto con enfoque en las Fiscalías Anticorrupción con el apoyo de la Embajada de Estados Unidos de América en Panamá, el cual tendrá ejecución durante el año 2022, con un número importante de materias dirigidas al fortalecimiento del equipo humano y material de la fiscalía.

72.Por actos de corrupción de servidores públicos, se han presentado 11 procesos en contra de fiscales, y 26 en contra de jueces, comprendidos entre el período 2019-2022, de los cuales en total se han archivado 26 causas.

73.La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) conforme a las atribuciones y competencia establecidas en la Ley No. 33 del 25 de abril de 2013, ha ejecutado medidas enfocadas en la prevención de la corrupción, entre las cuales podemos destacar las siguientes:

Creación de la Academia de Ética y Transparencia, diseñada con el objeto de concientizar a quienes gestionan la administración pública sobre la importancia de la ética y la transparencia https://academia.antai.gob.pa/.

Acceso a datos a los servidores públicos y público en general, los cuales se encuentran en el portal nacional de datos abiertos https://www.datosabiertos.gob.pa/ y tiene el objetivo de contribuir a prevenir la corrupción, a través de la apertura de datos y de la promoción de una cultura de transparencia. Realizado con el apoyo del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y con la organización internacional The Trust For The Americas como implementador.

Creación de la Comisión Interinstitucional de Seguimiento a Políticas Públicas Anticorrupción, creada con el objetivo de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos mediante las convenciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción. Dicha comisión fue creada mediante la Resolución Nº ANTAI/DS/006-2021 del 31 de agosto de 2021, publicada en la gaceta oficial No. 29383. https://www.antai.gob.pa/wp-content/uploads/2021/09/87417.pdf.

74.La ANTAI ha llevado a cabo 197 investigaciones en el periodo comprendido entre 2021 y 2022, relacionadas con irregularidades administrativas y faltas al código de ética de los servidores públicos, imponiendo un total de treinta y dos (32) sanciones a distintos servidores públicos.

75.La Ley 1 de 6 de enero de 2009, en el capítulo III, establece criterios de selección,requisitosy procedimientos para el ingreso a la Carrera Judicial, así como el procedimiento de ingreso, los criterios de selección, preparados por las oficinas institucionales de recursos humanos del Ministerio Público y aprobados por el Procurador(a) General de la Nación, de la Administración o el Director o la Directora General del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, previo concepto de las Comisiones de Carrera.

76. En el capítulo VII de la Ley 1 de 2009, se contempla el régimen disciplinario para los servidores delMinisterio Público que incurran en alguna de las causales contempladas en la Ley y serán sancionados conforme a los establecido en la referida normativa.

77.Desde la Escuela del Ministerio Público se ha realizado durante el periodo 2020- 2021 un número importante de capacitaciones presenciales y virtuales sobre delitos contra la Administración Pública y Corrupción (9 capacitaciones con la participación de 107 funcionarios, de los cuales 71 fueron mujeres y 36 hombres), Blanqueo de Capitales y beneficiarios finales (10 actividades académicas con la participación de 125 funcionarios, 80 mujeres y 45 hombres), así como Recuperación de Activos Ilícitos y Extinción de Dominio (11 actividades académicas con la participación de 114 funcionarios, de los cuales 69 fueron mujeres y 45 hombres).

XIII.Libertad de expresión y asociación y violencia contra personas defensoras de derechos humanos (Arts. 6, 7, 9, 17,19 y 22)

78.Con la implementación del Sistema Penal Acusatorio, el Código Procesal Penal en su artículo 69, parágrafo segundo, señala que el Ministerio Público deberá adoptar las medidas necesarias para proteger a las víctimas, los testigos, los denunciantes y demás intervinientes en el proceso penal y las medidas de protección no se centran específicamente en la seguridad de personas defensoras de derechos humanos, proveen una herramienta para proteger la integridad de cualquier persona en contra de la cual se cometa un delito.

79.El Ministerio Público cuenta con las oficinas de Unidad de Protección a Víctimas, Testigos, Peritos y demás intervinientes en el proceso penal (UPAVIT) en las distintas provincias del país, cuya función se prioriza en brindar atención a las víctimas, testigos y demás intervinientes del proceso penal, así como prestar asistencia en los actos fiscales que se les asignen dentro de una investigación.

80.Los Fiscales Superiores a nivel nacional fueron instruidos en el mes de febrero de 2021 a usar y divulgar al personal subalterno las “Directrices para Fiscales en casos relacionados con delitos contra periodistas” de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en caso de investigaciones en las que los periodistas resulten ser víctimas de delito por las funciones que realizan.

81.Las medidas de protección identificadas en los artículos 331 y siguientes del Código Procesal Penal, son aplicables para los periodistas que se encuentren en riesgo como víctimas o por su participación en el proceso penal como testigos.

82.Entre el período de 1 de enero de 2020 al 30 de septiembre de 2021, se verifica en el registro estadístico un total de cuatro (4) investigaciones referentes a los procesos por la comisión de los delitos de injuria y calumnia indiciados a personas que tienen como profesión el periodismo.

83.La fiscalía ha ordenado el archivo de diversas investigaciones por la presunta comisión delitos contra el honor con el apoyo de los criterios expuestos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Herrera Ulloa vs Costa Rica.

84.No hay nada que impida la formación de sindicatos en el área bancaria y en la Zona Franca de Colón y el trabajo doméstico.Solo se permite un sindicato por empresa comercial, no dos; pero puede haber varios sindicatos de gremios o de otra naturaleza de los trabajadores.

XIV.Migrantes, solicitantes de asilo y refugiados (Arts. 2, 9, 10, 12,13 y 26)

85.Para garantizar el derecho de acceso a la justicia que tienen los migrantes, se instaló en la comunidad de Bajo Chiquito la primera Agencia de Atención Primaria, responsable de atender a los migrantes y víctimas del delito. Sin embargo, ante el cambio de ruta del flujo migratorio debido a las respuestas efectivas, el Ministerio Público abrió la Agencia de Atención Primaria en la comunidad de Canaán Membrillo.

86.En cuanto a las estadísticas de casos atendidos por delitos cometidos en perjuicio de migrantes, en la provincia de Darién, se registran para el año 2021 un total de 237 causas; en el año 2022, específicamente hasta el 16 de marzo, constan 31 casos. Se mantienen un total de 35 personas imputadas por los diferentes delitos, 17 se les aplicaron medidas cautelares de detención provisional, 6 cuentan con medidas distintas a la detención provisional y un total de 5 personas han sido condenadas.

87.Cabe destacar, que la Fiscalía de Darién, dentro de una investigación que adelanta por la comisión de delitos de violación y robo agravado, solicitó un permiso temporal por razones humanitaria al Servicio Nacional de Migración, a favor de 2 migrantes masculinos y una mujer, quienes han sido víctimas de delitos, hasta que se culmine la etapa de juicio oral.

XV.Derechos del niño (Arts. 16, 23 y 24)

88.El MEDUCA mantiene la implementación del Programa Escuela Segura, No al Bullying, como respuesta preventiva y adecuada que resalte una convivencia escolar positiva y sensibilizar a todos los actores del sistema educativo.

89.Panamá ha desarrollado múltiples esfuerzos para prevenir y erradicar el trabajo infantil a nivel nacional, las diversas acciones realizadas durante los años 2015 al 2022:

Fortalecimiento del Comité para erradicar el trabajo infantil y protección de la persona adolescente trabajadora (CETIPPAT), compuesto por 23 instituciones de forma tripartita.

Creación de los sub-Comités del CETIPPAT.

Plan nacional de prevención y erradicación del trabajo Infantil “Hoja de Ruta para hacer de Panamá un país Libre de Trabajo Infantil” por parte de CETIPPAT.

Programa de Acción Directa gubernamental (PAD) para prevenir y erradicar el trabajo infantil, el cual ha beneficiado durante los años 2015-2022 a 8,454 niños(as) y adolescentes en todas las provincias y comarcas.

El Programa de sensibilización ejecutado en el período comprendido de 2015 al 2022, desarrolló un total de mil seiscientos ochenta y cinco (1,685) jornadas donde participaron treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y nueve (34,249) personas.

Recorridos de prevención y protección interinstitucionales para monitorear la situación de trabajo infantil. Recorridos de campo a nivel nacional para el seguimiento a las acciones que realiza el MITRADEL para la eliminación progresiva del trabajo infantil en conjunto con la Dirección de Inspección de Trabajo, la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y la Policía Nacional de Niñez y Adolescencia.

Cuadro Recorridos de campo ejecutados períodos 2015-2022

Año

N°. De Recorridos

Menores encontrados

2015

48

113

2016

154

455

2017

153

192

2018

128

69

2019

154

134

2020

143

107

2021

231

106

2022 febrero

51

8

Total

1,062

1,184

90.Con respecto a sentencias digitadas podemos mencionar, a petición de la fiscalía primera contra la delincuencia organizada el tribunal de juicio oral de Penonomé, Provincia de Coclé, condenó al Sr. Rojas a 80 meses de prisión en primera instancia, como pena principal y como accesoria se impuso 3 años de inhabilitación para ejercer funciones públicas, por el delito de trata de personas en la modalidad de explotación laboral en perjuicio de una adolescente de la etnia Ngäbe Bugle y ordena la indemnización a la víctima por B/. 2,000.00, lo cual resulta un precedente en estos delitos.

91.Confección de fichas INEC de riesgos y guías de prevención, concebidas como herramientas prácticas que facilitan una información uniforme y oficial sobre cuáles son las tareas peligrosas - prohibidas para niñas y niños - dentro de una actividad específica.

92.El MITRADEL en conjunto con el Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH), desarrollaron un curso de Erradicación del trabajo infantil gratuito para el personal de las instituciones públicas y privadas que participan en las acciones para la identificación de los casos de trabajo infantil y la provisión de servicios para su retiro sostenido de esa condición.

93.Desarrollo de Plataforma de información en línea sobre trabajo infantil que concentra la información en un único sitio sobre el trabajo de las organizaciones públicas y privadas que desarrollan acciones en contra del trabajo infantil y que está al alcance del público en general de manera gratuita, la cual puede visitarse en el siguiente sitio electrónico: www.cetippat.gob.pa.

94.La firma de Convenios de Cooperación para prevenir y erradicar el trabajo infantil ha permitido la construcción de Alianzas con el Club Activo 20-30 y con la Fundación Casa Esperanza. A fin de que sean aliados estratégicos en la lucha contra el trabajo infantil.

95.Las denuncias de trabajo infantil doméstico pueden ser recibidas en diversas instancias, tales como:

Dirección contra el Trabajo Infantil y Protección del Adolescente Trabajador (DIRETIPAT)

311 (Call Center)

Dirección de Inspección de Trabajo

Policía Nacional de Niñez y Adolescencia

Ministerio Público

Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF)

96.Creación del Centro Integral Comunitario ubicado en la Provincia de Herrera, distrito de Ocú, en colaboración con la Fundación Benéfica Infantil y la Iglesia Católica con cobertura en cinco (5) distritos, logrando una acción interinstitucional para atención el trabajo infantil y fortalecer las capacidades económicas de la familia de estos.

97.El compromiso del Estado Panameño en la prevención de explotación sexual comercial, así como en la atención a las víctimas menores de edad se enmarca en las obligaciones asumidas en la Convención sobre los Derechos del Niño y otros convenios.

98.Existe una Comisión Nacional para la Prevención de los Delitos de Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (CONAPREDES), con el fin de prevenir y eliminar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en Panamá, a través de acciones y estrategias por entidades públicas y organizaciones no gubernamentales. Durante el 2018, dicha entidad centró su gestión en ejecutar articuladamente con sus miembros los componentes que dicta el Plan Nacional, con el propósito de continuar las acciones intersectoriales para incrementar los conocimientos y habilidades de los servidores públicos que tratan a diario con víctimas de menores de edad de este delito.

99.De acuerdo con el Componente de Prevención, se pueden destacar importantes logros como la sensibilización en comunidades de riesgo social con apoyo del MIDES, SENNIAF, MEDUCA, grupos eclesiásticos, organizaciones sin fines de lucro y asociaciones. Se realizaron 59 sensibilizaciones en todo el país.

100.La Comisión trabaja junto al sector turismo a través de la Asociación Panameña de Hoteles (APATEL) y ha logrado conectar a Grupo de Acción Regional para las Américas (GARA), la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP), dado que este grupo se enfoca en prevenir en la Explotación Sexual en la Industria del Turismo de la región.

101.También se ha estado en relación con las mesas de trabajo de la Secretaría de Integración Social de Centro América (SISCA) para crear vínculos que permitan compartir experiencias sobre buenas prácticas de otros países.

102.Panamá cuenta con la Ley 5 del 9 de marzo de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral y establece en materia de identidad confirma que las direcciones nacionales del Registro Civil y Cedulación son dependencias de esta entidad.

103.La legislación del Registro Civil establece en sus artículos 45 y 46 lo relativo a las inscripciones de poblaciones indígenas; existen aproximadamente doscientos (200) Registradores Auxiliares, quienes residen y atienden las zonas más distantes del país el 90 % de los nacimientos y su inscripción ocurren en un centro hospitalario y áreas urbanas, y el 10 % ocurren en casa o zonas de difícil acceso y apartadas del país.

104.Mediante un acuerdo con la UNICEF, desde el año 2011, el Tribunal Electoral comienza con el desarrollo de estrategias de programas para giras en las áreas de identificadas con subregistros en la Comarca Ngäbe-Buglé, continuando al año siguiente y ampliándose en el 2013, para la Comarca de Emberá-Wounaan y la provincia de Darién, logrando captar la mayor cantidad de personas no inscritas o sin documento de identificación. Actualmente, este Proyecto de Subregistro se ha convertido en un programa permanente de atención a la población residente en áreas de difícil acceso.

105.En cada una de las cabeceras de las provincias existen oficinas del Tribunal Electoral de las cuales cuarenta y dos (42) son oficinas propias, y tenemos un total de dieciséis (16) oficinas regionales y setenta y ocho (78) oficinas distritales, en donde se brindan los servicios de las tres (3) Direcciones Sustantivas, Registro Civil, Cedulación, y Organización Electoral.

106.Con la formalización de convenios de cooperación bilateral, para garantizar la identidad de las personas que se encuentran en el cordón fronterizo de Colombia y Costa Rica se busca garantizar la identidad de los nacionales de ambos países en la cual, desde el 2014 se ha brindado atención a más de diez mil (10,000) personas.

107.Convenio firmado por el Tribunal Electoral de Panamá y el Tribunal Supremo de Costa Rica (TSE), el 5 de diciembre de 2014, con el objetivo de realizar brigadas conjuntas a los nacionales de los hermanos países que residen en áreas fronterizas, igualmente intercambio de información sobre investigaciones de nacimientos o defunciones.

108.El Registro Civil ha atendido tres (3) casos de panameños nacidos en el exterior que estaban en una condición de apátrida no determinada, y un niño migrante encontrado en frontera panameña fue registrado como nacional en virtud de sentencia judicial. Existe la coordinación entre el Registro Civil y el Servicio Nacional de Migración el cual informa de los nacimientos ocurridos en albergues de migrantes transitorios. Durante el año 2020 y 2021 se inscribieron 87 nacimientos de hijos de migrantes haitianos.

109.Con miras a garantizar la expedición del documento de identidad, se ha establecido que la cédula juvenil es el documento idóneo para realizar el trámite de matrícula escolar en todos los niveles educativos. Se puede solicitar en cualquier oficina de cedulación y se ha logrado cedular a la gran mayoría de la población juvenil en todo el país, incluyendo comunidades de difícil acceso, comarcas indígenas, escuelas públicas y privadas, logrando con ello cedular al 90 % de la población infantil. En Panamá la cédula juvenil es obligatorio portarla desde los doce (12) años.

110.En el estudiantado con discapacidad más de veintitrés mil (23,000) alumnos se puede confirmar que el 100 % posee su cédula juvenil, lo que le permite registrarse y obtener el apoyo de beca PASE-U. El estudiante migrante puede presentar información de su identidad con algún documento de su acudido o por la gestión gubernamental que se realiza al respecto.

XVI. Igualdad y no discriminación y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas (Arts. 2, 25, 26 y 27)

111.Acerca del Proyecto Barro Blanco, desde el día 21 de febrero de 2015, el Estado Panameño participó en una mesa de diálogo dirigida por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con autoridades tradicionales de la Comarca Indígena de la etnia Ngäbe Bugle que fueron desalojados para realizar la construcción y ejecución del proyecto hidroeléctrico Barro Blanco, en la provincia de Chiriquí. El grupo indígena señaló que no fueron consultados sobre este proyecto que afecta el área delimitada de la comarca indígena. El 10 de agosto de 2015, el Gobierno de la República de Panamá y las Autoridades Tradicionales constituidas por la Ley de la Comarca Ngäbe-Bugle acuerdan crear una comisión técnica para evaluar en conjunto el proyecto. La mesa técnica estuvo conformada por representantes de las autoridades tradicionales indígenas, técnicos de la EMPRESA CER (contratada por la Autoridad Nacional de Servicios Públicos- ASEP), en representación del Estado panameño y fue facilitada por PNUD. El equipo técnico concluyó que la presa es una obra segura. Ante los avances de las mesas de negociaci6n, la Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP), autorizó a la empresa dueña del proyecto GENISA que iniciara el proceso de pruebas de llenado del embalse en el período comprendido entre el 24 de mayo al 3 de agosto de 2016. El Proyecto Hidroeléctrico Barro Blanco inició operaciones en enero de 2017 con la oposición de algunos grupos de indígenas de la Comarca Ngäbe Bugle, pero con la autorización de sus dirigentes comarcales. En la actualidad el proyecto permanece operando y no se han registrado hechos violentos asociados a su operación.

112.Panamá cuenta con siete pueblos originarios reconocidos e identificados, constitucional y legalmente. Para el ejercicio efectivo de los derechos políticos de los ciudadanos en las comarcas indígenas, el Tribunal Electoral ha organizado y celebrado, como parte de las elecciones generales de la Nación, en los años 2009, 2014 y 2019 de manera ininterrumpida, libre y democrática, la escogencia de sus respectivas autoridades (7 diputados, 11 alcaldes, 79 representantes de corregimiento y 5 concejales).

113.El Tribunal Electoral apoyó en la organización, reglamentación y supervisión de la elección de las autoridades tradicionales de la Comarca Ngäbe-Buglé, del 13 de febrero para los delegados de corregimientos al Congreso General, regionales y locales, así como la consulta para escogencia de los caciques general, regional y locales, y el 6 marzo de 2022 para la elección de las Juntas Directivas de los referidos congresos. Por segunda ocasión, es electa una mujer como Cacica General de la Comarca Ngäbe-Buglé, Elena Cruz Guerra, para el periodo del 6 de marzo de 2022 hasta el 5 de marzo de 2028.