Naciones Unidas

CRC/C/COD/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

20 de julio de 2016

Español

Original: francésEspañol, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

74º período de sesiones

16 de enero a 3 de febrero de 2017

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicostercero a quinto combinados de la RepúblicaDemocrática del Congo

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (10.700 palabras como máximo), de ser posible antes del 15 de octubre de 2016. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas generales de aplicación de la Convención, en particular en relación con:

a)La aplicación de la Ley de 10 de enero de 2009 de Protección de la Infancia, en concreto en lo relativo a la capacitación de los agentes encargados de su aplicación, la concienciación de la población y la asignación de recursos suficientes;

b)El funcionamiento del Consejo Nacional de la Infancia, creado en virtud del artículo 74 de la Ley de Protección de la Infancia;

c)La adopción de una política nacional de protección de la infancia.

2.Habida cuenta de que la tasa de inscripción de los nacimientos sigue siendo reducida (25%) y de que disminuye, particularmente en Kivu del Norte, sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para mejorar el sistema de inscripción de los nacimientos. Sírvanse, además, indicar qué mecanismos se emplean para determinar la edad de los niños cuyo nacimiento no fue inscrito.

3.Proporcionen información sobre la aplicación de la Ley contra la Tortura núm. 11/008, de 9 de julio de 2011, especialmente en los casos de tortura a niños en centros penitenciarios, así como sobre las medidas adoptadas para prevenir la tortura de los niños acusados de brujería o que hayan cometido actos considerados incompatibles con la moral.

4.Habida cuenta de las diversas disposiciones relativas al castigo corporal (art. 46 del Código Penal, art. 325 del Código de la Familia y art. 57 de la Ley de Protección de la Infancia), sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto armonizar tales disposiciones y prohibir expresamente los castigos corporales en todos los contextos.

5.A la luz de los informes sobre los elevados índices de violaciones y otras formas de violencia sexual contra las niñas, entre otras en las zonas en conflicto, donde a menudo la violación se emplea como arma de guerra, sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas por el Estado parte para:

a)Abordar las causas profundas de la violencia sexual;

b)Emprender acciones legales contra todo acto de violencia y castigar a los responsables, incluidos los actos de violencia sexual cometidos por contingentes del Estado parte en el marco de operaciones de mantenimiento de la paz en el extranjero;

c)Proporcionar a los niños víctimas de violencia sexual servicios de asistencia y rehabilitación, que incluyan asistencia letrada y apoyo médico y psicológico;

d)Proteger a las víctimas y a las familias de las víctimas de las amenazas de represalias de los autores de violaciones o de sus familiares.

6.En relación con la recomendación anterior del Comité (CRC/C/COD/CO/2, párr. 44), sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para prestar una asistencia adecuada a las familias que viven en la pobreza para que puedan atender a sus hijos. Sírvanse también aclarar la política del Estado parte respecto de los niños privados del cuidado de sus padres, en particular en lo relativo a su acogimiento, a las condiciones de acogida en las instituciones, la capacitación del personal o las opciones de acogimiento en familias de acogida o en otras estructuras familiares.

7.Sírvanse proporcionar más detalles sobre la política nacional de atención de las personas vulnerables, entre ellas los niños con discapacidad, que se menciona en el informe del Estado parte, en particular sobre su alcance, su naturaleza, sus objetivos y el apoyo financiero previsto. Indiquen también qué medidas se han adoptado para combatir la discriminación de los niños con discapacidad y para integrarlos en un sistema de educación inclusiva.

8.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Crear centros de salud accesibles y adecuados, con unos costos asequibles, en todas las regiones del país, incluidas las zonas rurales;

b)Dotar a los centros de salud y los hospitales de suficientes recursos humanos y financieros, de equipos y medicamentos, y de una infraestructura adecuada;

c)Hacer frente a las elevadas tasas de malnutrición;

d)Aumentar las tasas de vacunación, por ejemplo, difundiendo información sobre las campañas de vacunación;

e)Divulgar información sobre salud reproductiva y desarrollo en la adolescencia, prevención de embarazos precoces y consumo de drogas, alcohol y tabaco;

f)Proteger a los niños, especialmente a las niñas de 15 años en adelante, del contagio del VIH/SIDA;

g)Fomentar la lactancia materna.

9.Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para combatir las prácticas tradicionales nocivas, como los matrimonios precoces y forzados, especialmente en las zonas de conflicto, incluida la concienciación sistemática y periódica. En lo referente a la información facilitada por el Estado parte sobre los esfuerzos de la Corte y los tribunales para aplicar las leyes que prohíben tales prácticas, sírvanse indicar cuántos casos han sido examinados y qué penas se han aplicado.

10.En relación con la recomendación anterior del Comité (CRC/C/COD/CO/2, párr. 66), sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para fomentar la enseñanza obligatoria para las niñas, los niños que viven en zonas rurales y los que pertenecen a grupos vulnerables, y en particular para, entre otras cosas, aumentar el gasto en el sector de la educación, suprimir los costos ocultos, mejorar la calidad de la enseñanza, reducir las disparidades entre las niñas y los niños y prevenir el abandono escolar en las zonas rurales. Asimismo, informen al Comité sobre las medidas adoptadas para acabar con el uso de las escuelas con fines militares.

11.A la luz de la recomendación anterior del Comité (CRC/C/COD/CO/2, párr. 75), sírvanse informar al Comité sobre los esfuerzos realizados por el Estado parte para que los niños refugiados y los niños desplazados reciban asistencia suficiente y apropiada, por ejemplo en lo relativo a la alimentación, la asistencia médica y psicológica y el acceso a la educación.

12.Dado el gran número de niños que trabajan, entre otras en las peores formas de trabajo como el trabajo en las zonas mineras, sírvanse indicar cómo aplica el Estado parte el Código del Trabajo de 2002, que prohíbe las peores formas de trabajo, cómo se detectan las infracciones y qué sanciones se contemplan. Indiquen también si hay colaboración entre el Estado parte y las empresas privadas para acabar con las peores formas de trabajo infantil.

13.Puesto que la edad mínima de responsabilidad penal está fijada en los 14 años, sírvanse aclarar qué mecanismo se emplea para determinar la edad de los niños que no disponen de partida de nacimiento. Faciliten también información al Comité sobre la aplicación de las disposiciones de Ley de Protección de la Infancia que favorecen el acogimiento social, en lugar de la detención, de los niños en conflicto con la ley. Indiquen también si el Estado parte tiene previsto aumentar el número de tribunales y reforzar la formación de los jueces sobre los derechos del niño.

14.Con respecto a las observaciones finales sobre el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/COD/CO/1), informen al Comité acerca de las medidas adoptadas para aplicar sus recomendaciones; en particular para:

a)Velar por que en ninguna operación militar se produzcan matanzas o mutilaciones de civiles, especialmente niños;

b)Poner fin al reclutamiento y la utilización de niños en las fuerzas armadas del Estado parte;

c)Evitar que los niños sean reclutados por grupos armados no estatales;

d)Velar por que la desmovilización, rehabilitación y reintegración de los niños alistados en las fuerzas armadas o en grupos armados no estatales sean una prioridad y figuren en todas las negociaciones y acuerdos de paz o de alto el fuego con los grupos armados;

e)Poner fin a la impunidad de que siguen disfrutando los responsables del reclutamiento y la utilización de niños, y procurar la investigación pronta e imparcial de todas las denuncias presentadas contra los oficiales y soldados de las fuerzas armadas de la República Democrática del Congo sospechosos, incluidos los que figuran en el informe final del Grupo de Expertos sobre la República Democrática del Congo.

Parte II

15.En esta sección el Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones y sus mandatos, y las reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

16.Sírvanse facilitar información del presupuesto consolidado, correspondiente a los tres últimos años, en las partidas relativas al sector de la infancia y al sector social, e indicar el porcentaje de cada partida con respecto al presupuesto total nacional y al producto nacional bruto, además de la distribución geográfica.

17.Sírvanse proporcionar, si disponen de ellos, datos estadísticos correspondientes a los tres últimos años, actualizados y desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, en relación con:

a)El número/porcentaje de niños que han contraído matrimonio, indicando la vigilancia de esos casos;

b)El número/porcentaje de niños inscritos en el momento de su nacimiento;

c)El número de informes registrados sobre casos de malos tratos y violencia contra niños, incluidas todas las formas de castigo corporal, con información adicional sobre el tipo de asistencia prestada a las víctimas y sobre el seguimiento de los casos, en particular las actuaciones iniciadas contra los autores y las condenas impuestas;

d)El número de informes registrados sobre casos de violencia sexual y violación contra niños y adolescentes, el número de investigaciones y actuaciones judiciales emprendidas, así como el resultado de los procesos, indicando, entre otras cosas, las penas impuestas a los autores y la reparación y las indemnizaciones ofrecidas a las víctimas;

e)La tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años y las tasas de mortalidad maternoinfantil (desglosando los datos por causa de la muerte);

f)La cobertura de la vacunación;

g)El número de niños infectados o afectados por el VIH/SIDA y el paludismo.

18.Sírvanse proporcionar datos desglosados por edad, sexo, situación socioeconómica, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar. Indíquese, en relación con los tres últimos años, el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Que viven en hogares en los que el cabeza de familia es un niño;

c)Acogidos en instituciones;

d)Que viven en familias de acogida;

e)Adoptados en el país o en el extranjero.

19.Facilítense datos estadísticos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

20.Sírvanse proporcionar datos correspondientes a los tres últimos años, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, situación socioeconómica, ubicación geográfica y origen étnico, sobre:

a)Los porcentajes de escolarización y de conclusión de los estudios de los grupos de edad correspondientes a la enseñanza preescolar, primaria y secundaria;

b)El número y el porcentaje de abandonos y repeticiones;

c)El número de alumnos por maestro.

21.Sírvanse proporcionar datos correspondientes a los tres últimos años, desglosados en particular por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y zona geográfica, relativos a:

a)El número de niños que trabajan, entre otras en las peores formas de trabajo infantil, el número de investigaciones realizadas, indicando en particular cómo concluyeron esos casos, las penas impuestas a los responsables y la reparación y las indemnizaciones ofrecidas a las víctimas;

b)El número de niños implicados en el conflicto armado por las fuerzas armadas del Estado parte y los actores no estatales;

c)El número de denuncias de reclutamiento y utilización de niños en las fuerzas armadas del Estado parte, el número de investigaciones realizadas, las penas impuestas, las reparaciones ofrecidas y la rehabilitación de los niños, incluidas las niñas, vinculados a las fuerzas armadas.

22.Sírvanse proporcionar datos correspondientes a los tres últimos años, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, origen étnico, ubicación geográfica y tipo de delito, sobre:

a)El número de niños y adolescentes sospechosos de haber cometido un delito y que han sido denunciados a la policía;

b)El número de niños y adolescentes que han sido condenados y el tipo de pena o sanción asociada al delito cometido, en particular la duración de la privación de libertad;

c)El número de centros de reclusión y centros de acogida y de rehabilitación para menores de edad en conflicto con la ley, así como su capacidad;

d)El número de adolescentes y de jóvenes adultos recluidos en dichos centros, así como el número de menores de edad recluidos en establecimientos para adultos;

e)El número de niños y adolescentes en prisión preventiva y la duración media de su reclusión.

23.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

24.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños.