Naciones Unidas

CRC/C/CHL/OIR/1

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

20 de mayo de 2020

Español únicamente

Comit é de los Derechos del Niño

80º período de sesiones

14 de enero a 1 de febrero de 2019

Tema 7 del programa provisional

Actividades realizadas por el Comité en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

Investigación relacionada con Chile en virtud del artículo 13 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

Observaciones de Chile * , **

[Fecha de recepción: 4 de diciembre de 2018]

I.Introducción

1.El Estado de Chile, en cumplimiento de sus compromisos internacionales en Derechos Humanos, presenta la respuesta al informe de la investigación realizada en Chile en virtud del artículo 13 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del niño relativo a un procedimiento de comunicaciones.

2.En los últimos años, y de manera especial para la actual administración, la preocupación por la situación de los niños, niñas y adolescentes más vulnerables, ha sido una constante y una prioridad. Ya desde la campaña presidencial se planteó como objetivo principal del Gobierno el abordar y resolver las situaciones de vulneración de derechos que sufren niños, niñas y adolescentes en el país. Esto implicaba mejorar las instituciones y la atención que reciben los niños y niñas bajo el sistema de protección, y a su vez mejorar aquellas políticas públicas que van en beneficio de todos los niños y niñas y procurando que ninguno se quede atrás, desarrollando políticas que tuvieran como foco la prevención y promoción del desarrollo infantil.

3.Esto se ha plasmado desde el primer día en que el Presidente Sebastián Piñera luego de asumir el cargo, visitó una residencia de niños, niñas y adolescentes, dando con esto una señal inequívoca de que este gobierno va a poner a los niños como prioridad.

4.Para lograr este objetivo, el Presidente Sebastián Piñera convocó a un grupo de trabajo integrado por representantes de distintos sectores políticos y de la sociedad civil, el que se constituye como una instancia diversa y transversal. Dicho grupo, luego de un exhaustivo trabajo de diálogo y levantamiento de información, realizó diversas propuestas, todas ellas necesarias para promover y proteger los derechos de la infancia, proponiendo un amplio conjunto de medidas destinadas a cambiar radicalmente esta delicada situación, las que se materializaron en el “Acuerdo Nacional por la Infancia”. Este acuerdo representa una agenda de largo plazo en la que el gobierno se encuentra trabajando con dedicación y compromiso.

5.En este contexto, las observaciones y recomendaciones de este Comité nos duelen, pero no nos encuentran distraídos, sino que, tanto desde el Gobierno, como desde todos los órganos del Estado, con el foco y la atención puestos en superar estas situaciones que perjudican a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en nuestro país. Este informe, por tanto, constituye una nueva voz dentro del llamado a ponerlos a ellos, primero.

6.Asimismo, el Gobierno hizo un llamado al país, a sus líderes e instituciones públicas y privadas, para aunar esfuerzos y asumir un compromiso irrestricto con la infancia vulnerada, impulsando con fuerza y rapidez una Agenda de Estado, orientada a implementar políticas públicas, cambios legislativos, acciones judiciales y de cualquier otra naturaleza, con la finalidad de crear en Chile un nuevo orden que asegure el más pleno y total respeto por los derechos de los niños y niñas.

II.Metodología y proceso de participación

7.Este informe fue encargado por el Presidente de la República, para ser elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Para hacer de este trabajo una instancia realmente representativa de la totalidad del Estado fueron convocados cada uno de los organismos públicos que se relacionan, están a cargo o cuyo quehacer afecta a los niños, niñas y adolescentes. De estos, se contó con la participación concreta del Poder Judicial; el Honorable Senado de la República; y los ministerios de Relaciones Exteriores; del Interior y Seguridad Pública; de Desarrollo Social; de Salud; de Educación; de Hacienda; de la Mujer y la Equidad de Género; del Deporte; de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; junto con la Defensoría de la Niñez; Carabineros de Chile; Policía de Investigaciones; el Servicio Médico Legal; el Servicio Nacional de Menores (SENAME); el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) y el Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS).

8.A fin de poder coordinar, recabar y sistematizar la información, acciones y compromisos correspondientes a cada uno de los organismos del Estado que se ven implicados en la respuesta a este Comité, se organizó el trabajo a realizar de manera representativa y minuciosa.

9.Luego de una reunión convocada especialmente al efecto, se desarrolló el trabajo de levantamiento de la información, a través de fichas que permitieran hacerse cargo de cada una de las observaciones y recomendaciones del informe. Este mecanismo permitió articular la respuesta con una mirada de Estado, donde cada uno de los involucrados envió los compromisos explícitos y concretos que, desde cada uno de sus ámbitos de acción, están implementando para superar las situaciones perjudiciales para niños, niñas y adolescentes.

10.Este trabajo permitió sistematizar las iniciativas que ya se realizan o están prontas a iniciarse, que ponen de manifiesto la solidez del compromiso y la prioridad que el Estado está dando a los niños, niñas y adolescentes de nuestro país, especialmente aquellos que han sufrido graves vulneraciones de sus derechos.

11.Asimismo, se realizó un proceso de consulta en la página web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con una encuesta dirigida a la ciudadanía para ser contestada online. Por otra parte, se consultó a los Consejos de Sociedad Civil del Ministerio de Justicia y del Servicio Nacional de Menores, junto a otros actores de la sociedad civil para recoger su opinión sobre los avances y desafíos que ha habido en Chile respecto de las observaciones del Comité.

12.Por último, el contenido del presente informe, una vez entregado al Comité de los Derechos del Niño, será puesto en conocimiento de la ciudadanía con la finalidad de hacer públicas las medidas y esfuerzos a los que se compromete el Estado de Chile para la promoción, respeto y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

III.Compromisos del estado para poner término a las violaciones de derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales

13.Con la finalidad de abordar las situaciones planteadas en el informe, el Estado de Chile a través de sus diversas instituciones, da a conocer a continuación las acciones desarrolladas destinadas a remediarlas, y se compromete a generar otras en el corto (julio 2019), mediano (enero 2020) y largo plazo (a partir del 2020) para su adecuado tratamiento.

14.En este sentido, el documento que se remite se hace cargo de cada una de las observaciones y recomendaciones que el Comité ha hecho presente a Chile, a fin de contextualizar y proveer información precisa respecto de cada uno de los derechos contenidos en la Convención y que aparecen representados en esta oportunidad.

15.Asimismo, acompaña esta respuesta una serie de anexos, que ilustran, profundizan y dan cuenta, tanto de los contenidos y la concreción de las acciones ya realizadas por el Estado de Chile, como de los compromisos que se adquieren hacia el futuro.

А.No discriminación

Información de seguimiento sobre el párrafo 25 del informe de la investigación relacionada (CRC/C/CHL/IR/1)

16.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Los Tribunales de Familia son competentes para disponer diferentes medidas cautelares respecto de los niños, niñas y adolescentes que lo requieren. Determinación que adoptan conforme a la intensidad de la vulneración que advierten en cada caso, para atender a las particularidades y situaciones críticas de que conocen, conforme los habilitan los artículos 8° N° 1, 2, 3, 4, 6, 7, 9, 16 y 17 de la Ley Nº 19968; 7° de la Ley Nº 20066; 30 y 62 de la Ley Nº 16618, entre otras, para lo cual están facultados para actuar de oficio, según lo disponen los artículos 13 y 22 de la Ley Nº 19968, sin que en ello se contemple, en relación a los referidos tribunales, la posibilidad de otorgar ayuda material directa a las familias para que ellas otorguen el cuidado adecuado a los NNA.

17.La situación socioeconómica nunca puede ni debe ser una causa para determinar que un niño requiere cuidado residencial, sin embargo, se observa que respecto de muchos de los NNA que se encuentran en el sistema residencial, sus familias efectivamente sufren carencias económicas. Para hacer frente a esto cada vez contamos con un sistema de protección social que brinda mayores y mejores apoyos, generando un mecanismo efectivo para la debida articulación intersectorial que entregue a esos NNA y sus familias, lo necesario para vivir dignamente y prevenir una vulneración de derechos.

Acciones realizadas

18.Instalación por parte del Poder Judicial de Centros de Observación y Cumplimiento de medidas de protección en cada región asiento de Corte de Apelaciones, los que levantan alertas sobre la duración de las medidas y el cumplimiento de las mismas, estableciendo coordinaciones con las distintas instituciones involucradas en el sistema proteccional.

19.Incorporación de sistemas de registro administrativo de las medidas de protección, a través de adecuaciones al sistema informático, para facilitar el registro de variables que permiten un mejor control de las medidas, su cumplimiento y duración.

20.Realización por parte de los Tribunales de Familia de visitas semestrales a las residencias de protección de acuerdo a lo que dispone la Ley Nº 19968 que Crea los Tribunales de familia.

21.Nombramiento de curadores ad litem para los NNA para su asistencia y debida representación de sus derechos.

22.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez (Boletín N° 12027-07).

23.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez. En las indicaciones presentadas al Proyecto original, se crea un sistema de protección administrativa, que tiene por objeto prevenir vulneraciones de derechos de los niños, la promoción de los mismos, la asistencia a los niños y sus familias, a través de la coordinación de los órganos competentes del Estado a fin de entregar las prestaciones, servicios o atenciones que se requieran para la debida protección, así como la creación de las oficinas locales de protección.

24.Fortalecimiento del Subsistema de Protección Integral a la Niñez Chile Crece Contigo, a través del programa denominado Prestaciones de acceso preferente, que consiste en beneficios dirigidos a niños y niñas y a sus familias que pertenezcan al 40 % de hogares más vulnerables y que presenten una situación de vulnerabilidad especial para la oferta de los servicios públicos.

25.Creación del Programa Mi Abogado, de defensa especializada para niños, niñas o adolescentes, por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Este programa se encuentra actualmente en ejecución y cuenta con implementación progresiva en el territorio nacional. Su objetivo principal es proveer a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en cuidados alternativos de una representación jurídica de calidad, con un fuerte componente psicosocial, lo que permite una mirada integral y exhaustiva sobre cada caso. De esta forma, se busca generar las acciones más pertinentes y necesarias para superar la situación de vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes que atiende el sistema residencial y de familias de acogida.

26.Constitución de una mesa de trabajo entre el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Desarrollo Social y SENAME, cuyo objetivo será diagnosticar y levantar propuestas de soluciones concretas respecto de los nudos críticos que afectan al sistema de solicitud, trámite, establecimiento y aplicación de las medidas de protección. Esta mesa entregará sus propuestas a las autoridades en el mes de marzo de 2019.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Formación continua de juezas, jueces y personal judicial

1. Reforzar contenidos sobre derechos de niños, niñas y adolescentes en los programas de la Academia Judicial, así como en toda capacitación que se realice.

2. Ampliar el acceso a becas para jueces, consejeros técnicos o funcionarios.

3. Evaluar los respectivos cursos de perfeccionamiento.

4. Especializar los cursos de la Academia Judicial en materias de infancia y sus derechos (fundamentación de sentencias, derechos fundamentales, evaluación e identificación de vulneraciones, diseño y seguimiento de planes de intervención, entrevista y escucha de NNA dentro de los procesos).

Poder Judicial

Mediano

Mejoramiento de la calidad de registro administrativo

1. Fortalecer capacidades del personal administrativo en el uso de los sistemas de registro disponibles para la jurisdicción de familia.

2. Revisar constante y permanente para asegurar la calidad de la información.

Poder Judicial

Mediano

Incorporación de curadores ad litem

Procurar que los jueces, como buena práctica, designen abogados para los NNA, tanto en primera como en segunda instancia, bajo criterios de calidad para su selección y parámetros de desempeño.

Poder Judicial

Corto

Asignación preferente de jueces, consejeros técnicos y funcionarios

Procurar la asignación preferente, especialmente en aquellos casos complejos, conforme a protocolos para su distribución racional y justa.

Poder Judicial

Mediano

Perfeccionamiento de los sistemas de coordinación

Realizar seguimiento de las medidas de protección decretadas y de los ítems que deben priorizarse para la focalización de los recursos a través del trabajo de las mesas interinstitucionales existentes en el país, así como el perfeccionamiento del diseño de éstas y evaluación del impacto de su trabajo.

Poder Judicial

Mediano

Tramitación proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Instalación de Pilotos de Oficinas locales de la niñez

Implementar gradualmente las oficinas locales en el país, iniciando en el mes de enero de 2019 en doce comunas.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Tramitación proyecto de ley que crea el Servicio de Protección de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Programa “Prestaciones de acceso preferente”

Ejecutar permanentemente este programa a través de la red comunal Chile Crece Contigo.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Programa Mi Abogado

1. Implementar en el país una defensa técnica especializada de NNA de componente jurídico y psicosocial, que promueva el retorno de los niños con sus familias.

2. Ampliar la cobertura nacional de manera progresiva en los años 2018, 2019, 2020, finalizando el 2021 en todas las regiones del país, para NNA que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

B.Interés Superior del Niño

Información de seguimiento sobre el párrafo 30 del informe de la investigación relacionada

27.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Las observaciones del Comité se refieren a diversas falencias del actual sistema, si bien nuestra legislación dispone el carácter de excepcional de la medida de separación del niño de su familia, esto no siempre sucede. Sin embargo, es importante señalar que en materia de medidas de protección, las resoluciones judiciales han de ser fundadas y producen lo que procesalmente se denomina cosa juzgada sustancial provisional, siendo entonces susceptibles de revisión constante, garantizando de esta manera la posibilidad de ser reevaluadas cuando varían las condiciones y fundamentos que sirvieron de antecedente para su dictación con la finalidad de resguardar adecuadamente el interés superior del niño.

Acciones realizadas

28.Instalación por parte del Poder Judicial de Centros de Observación y Cumplimiento de medidas de protección, los que permiten realizar un control de las medidas adoptadas, su cumplimiento y avance.

29.Incorporación de sistemas de registro administrativo de las medidas de protección, lo que permite el monitoreo de los tipos de medidas (residencial, acogimiento familiar o programa ambulatorio), causal de ingreso, duración de la medida y periodicidad del respectivo control.

30.Coordinación y convenios entre el Poder Judicial, el Servicio Nacional de Menores y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la interconexión de los sistemas informáticos para la recopilación unificada de la información sobre niños, niñas y adolescentes, derivación idónea a centros y traslados.

31.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, en el cual se establecen criterios para la determinación del interés superior del niño en un caso concreto.

32.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez (Boletín N° 12027-07). En este proyecto se incluye como sujeto de atención del nuevo Servicio a las familias, ya sean biológica, adoptivas o de acogida que tengan bajo su cuidado a niños, niñas y adolescentes. Así mismo prioriza la utilización del acogimiento familiar por sobre el residencial para el caso de las medidas de protección.

33.Fortalecimiento por parte del SENAME del cuidado alternativo de base familiar por sobre el residencial, a través de familias de acogida especializadas.

34.Mejoramiento del cuidado alternativo residencial, a través del rediseño de la oferta orientándola hacia modelos de residencias de vida familiar y en los que se propicie el trabajo con las familias de los niños, con la consecuente disminución del número de los que son atendidos en ellas.

35.Creación del Programa Mi Abogado de defensa especializada para niños, niñas y adolescentes por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el año 2017.

36.Constitución de una mesa de trabajo entre el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Desarrollo Social y SENAME, cuyo objetivo será diagnosticar y levantar propuestas de soluciones concretas respecto de los nudos críticos que afectan al Sistema de solicitud, trámite, establecimiento y aplicación de las medidas de protección respecto de niños, niñas y adolescentes que han sido gravemente vulnerados en sus derechos. Esta mesa entregará sus propuestas a las autoridades en el mes de marzo de 2019.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Política de efectivización de derechos

Generar la respectiva política, estableciendo indicadores de impacto y sistemas de mejora continua.

Poder Judicial

Largo

Cumplimiento de convenios

Instar al cumplimiento progresivo del convenio celebrado con SENAME y con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el contexto de reportes periódicos que deben remitirse a los jueces, determinado en el Acuerdo Nacional por la Infancia.

Poder Judicial

Corto

Perfeccionamiento del sistema informático

1. Perfeccionar el sistema informático. (Uso de información de las fichas de los programas de familias de acogida, generación de alertas en la tramitación para identificar otras medidas de protección, susceptibilidad de adopción o presencia de hermanos en el sistema de protección, acceso sin restricciones a todos los sistemas de tramitación, tanto de jueces como de consejeros técnicos e incorporar en el registro la escucha del niño durante el proceso.

2. Desarrollar en el sistema informático SITFA una aplicación permanente de información que permita cuantificar, gestionar y transparentar información judicial que aporte en el resguardo de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Poder Judicial

Mediano

Corto

Perfeccionamiento de los sistemas de coordinación

Realizar seguimiento de las medidas de protección decretadas y de los ítems que deben priorizarse para la focalización de los recursos a través del trabajo de las mesas interinstitucionales existentes en el país, así como el perfeccionamiento del diseño de éstas y evaluación del impacto de su trabajo.

Poder Judicial

Corto

Formación continua de juezas, jueces y personal judicial

1. Reforzar contenidos sobre derechos de NNA en los programas de la Academia Judicial, así como en toda capacitación que se realice.

2. Ampliar el acceso a becas para jueces, consejeros técnicos o funcionarios.

3. Evaluar los respectivos cursos de perfeccionamiento.

4. Especializar los cursos de la Academia Judicial en materias de infancia y derechos de los niños(fundamentación de sentencias, derechos fundamentales, evaluación e identificación de vulneraciones, diseño y seguimiento de planes de intervención, entrevista y escucha de niños, niñas y adolescentes dentro de los procesos).

Poder Judicial

Mediano

Incorporación de curadores ad litem

Procurar que los jueces como buena práctica, designen abogados para los niños, niñas y adolescentes tanto en primera como en segunda instancia, bajo criterios de calidad para su selección y parámetros de desempeño.

Poder Judicial

Corto

Perfeccionamiento de los sistemas de coordinación

Realizar seguimiento de las medidas de protección decretadas y de los ítems que deben priorizarse para la focalización de los recursos a través del trabajo de las mesas interinstitucionales existentes en el país, así como el perfeccionamiento del diseño de éstas y evaluación del impacto de su trabajo.

Poder Judicial

Mediano

Estandarización de procedimientos

Diseñar y socializar criterios orientadores para la estandarización de procedimientos en la evaluación de riesgos de vulneraciones graves de derechos.

Poder Judicial

Mediano

Perfeccionamiento del registro administrativo

Estandarizar variables en los formularios de niños, niñas y adolescentes para la medida cautelar de internación en centros residenciales.

Poder Judicial

Corto

Tramitación proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar de las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación proyecto de ley que crea el Servicio de Protección de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Reconversión progresiva de la línea de acción Residencial

Rediseñar el modelo de atención residencial tanto para las administraciones directas (AADD) como para los organismos colaboradores (OCAS).

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Fortalecimiento del cuidado alternativo de base familiar por sobre el residencial, a través de familias de acogida especializadas

1. Incrementar proyectos a nivel nacional.

2. Capacitar a los equipos técnicos.

3. Socializar a través de campaña de difusión a nivel nacional.

4. Revisar y ajustar presupuesto del programa cada año para el cumplimiento de los objetivos.

5. Revisar y ajustar las orientaciones técnicas.

6. Focalizar la supervisión técnica en casos de permanencias superiores a 18 meses.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Implementación del programa especializado de intervención con familia

1. Instaurar un programa que apoye la desinternación y restitución del derecho a vivir en familia.

2. Lograr la reunificación familiar en condiciones de protección estables en el tiempo.

3. Adecuar y flexibilizar los horarios de visitas a los niños en las residencias de protección a fin de propiciar el contacto familiar.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Evaluación y ajuste de la oferta ambulatoria

Evaluar toda la oferta ambulatoria de SENAME.

Generar nuevos diseños programáticos.

Potenciar programas bien evaluados.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Programa Mi Abogado

1. Implementar en el país una defensa técnica especializada de niños, niñas y adolescentes de componente jurídico y psicosocial, que promueva el retorno de los niños con sus familias.

2. Ampliar la cobertura nacional de progresiva en los años 2018, 2019, 2020, finalizando el 2021 en todas las regiones del país, para niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

C.Obligación de asegurar el respeto de las normas por las instituciones encargadas de protección

Información de seguimiento sobre el párrafo 40 del informe de la investigación relacionada

37.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Las observaciones del Comité se refieren a diversas falencias del actual sistema, estableciendo los déficits de infraestructura, falta de especialización de los profesionales que trabajan en el sistema, ausencia de cuidados necesarios para la atención de los niños, falta de rigurosidad en la supervisión y derivación de los niños a organismos respecto de los cuales no existe control.

Acciones realizadas

38.Instalación por parte del Poder Judicial de Centros de Observación y Cumplimiento de medidas de protección, los que permiten realizar un control de las medidas adoptadas, su cumplimiento y avance.

39.Aplicación por parte de algunos magistrados de las facultades de ordenar administración provisional de las residencias de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto-ley N° 2465 de 1979, del Ministerio de Justicia, que Crea el Servicio Nacional de Menores y Fija el Texto de su Ley Orgánica.

40.Realización de visitas semestrales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley N° 19968, extendiéndose en algunos lugares a los programas de familias de acogida. En este sentido se ha avanzado en el Convenio entre el Poder Judicial, SENAME y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en cuanto a la interconexión de los formularios individual del niño y residencial, quedando pendiente avanzar en lo referente al formulario de familias de acogida.

41.Incorporación de sistemas de registro administrativo de las medidas de protección, lo que permite el monitoreo de los tipos de medidas (residencial, acogimiento familiar o programa ambulatorio), causal de ingreso, duración de la medida y periodicidad del respectivo control.

42.Coordinación y convenios entre el Poder Judicial, el Servicio Nacional de Menores y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la interconexión de los sistemas informáticos para la recopilación unificada de la información sobre niños, niñas y adolescentes, derivación idónea a centros, y traslados.

43.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez (Boletín N° 12027-07). En este proyecto se contemplan mejoras al sistema de cuidados alternativos, mejorando los recursos vinculados a un aumento del estándar que se aplica a dichos programas y eliminando la posibilidad de derivar a programas que no cuenten con acreditación y supervisión.

44.Generación de una mesa de trabajo para el desarrollo de estándares generales para las líneas de acción del SENAME de acuerdo a lo dispuesto en la ley que crea el Ministerio de Desarrollo Social, artículo 3° ter.

45.Transformación de los Centros de Administración Directa en Residencias Familiares, a través de un plan que cambia los diseños arquitectónicos y funcionamiento de las residencias en base a hogares familiares. En lo particular se pone énfasis en el perfil de quienes se encuentran trabajando directamente con los niños y se elimina la sobrepoblación existente en los centros.

46.Realización de una Auditoría Social por parte del SENAME al sistema residencial, tanto de administración directa como de colaboradores acreditados durante el año 2018, que puso especial énfasis en verificar la existencia de planes de intervención adecuados para los niños.

47.Esta auditoría, fue encargada por el Presidente de la República a la Directora de SENAME el día en que esta última asumió sus actuales funciones. En un primer momento se llevó a cabo respecto de los Centros de Administración Directa, y en un segundo momento (actualmente en su última etapa) respecto de las residencias de los OCA.

48.El ejercicio, permitió hacer un levantamiento exhaustivo de la situación de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran actualmente en el sistema de cuidados alternativos, a fin de lograr principalmente dos cosas: hacerse cargo inmediatamente de las situaciones o casos más complejos, y poder proyectar de manera más pertinente las respuestas que como sistema es necesario dar a los niños, niñas y adolescentes que han sido gravemente vulnerados en sus derechos.

49.A raíz de este levantamiento se generaron también los compromisos ministeriales por la infancia, de los que se dará cuenta más adelante.

50.Conformación de mesas técnicas para el desarrollo de estándares para el modelo de cuidado alternativo que ejecuta el Servicio Nacional de Menores.

51.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley que modifica la Ley N° 20032, que Establece Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia a Través de la Red de Colaboradores del SENAME, y su Régimen de Subvención y el Decreto‑ley N° 2465, de 1979, del Ministerio de Justicia, que Crea el Servicio Nacional de Menores y Fija el Texto de su Ley Orgánica, aumentando la subvención para la línea de acción residencias, incorporación del principio de transparencia y estableciendo mayores facultades de fiscalización para SENAME, así como herramientas para la adecuada gestión de los convenios con los organismos colaboradores acreditados. El proyecto por otra parte, registra a los denominados organismos coadyuvantes que no reciben subvención de SENAME, con la finalidad de tener conocimiento sobre ellos, entregando facultades a Sename para poder requerirles de información. El proyecto ha sido aprobado en primer trámite constitucional.

52.Creación del Programa Mi Abogado de defensa especializada para niños. niñas y adolescentes por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el año 2017.

53.Participación de organismos de la sociedad civil en coordinación con el Estado, en iniciativas de mejoras en la infraestructura de centros residenciales de organismos colaboradores.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Formación continua de juezas y jueces y personal judicial

1. Reforzar contenidos sobre derechos del Niño en los programas de la Academia Judicial, así como en toda capacitación que se realice.

2. Ampliar el acceso a becas para jueces, consejeros técnicos o funcionarios.

3. Evaluar los respectivos cursos de perfeccionamiento.

4. Especializar los cursos de la Academia Judicial en materias de infancia y derechos de los niños (fundamentación de sentencias, derechos fundamentales, evaluación e identificación de vulneraciones, diseño y seguimiento de planes de intervención, entrevista y escucha de niños, niñas y adolescentes dentro de los procesos).

5. Capacitar consejeros técnicos.

Poder Judicial

Mediano

Perfeccionamiento del sistema informático

Perfeccionar el sistema informático. Uso de información de las fichas de los programas de familias de acogida, generación de alertas en la tramitación para identificar otras medidas de protección, susceptibilidad de adopción o presencia de hermanos en el sistema de protección, acceso sin restricciones a todos los sistemas de tramitación, tanto de jueces como de consejeros técnicos e incorporar en el registro la escucha del niño durante el proceso.

Poder Judicial

Mediano

Estandarización de procedimientos

Diseñar y socializar criterios orientadores para la estandarización de procedimientos en la evaluación de riesgos de vulneraciones graves de derechos.

Poder Judicial

Mediano

Perfeccionamiento de los sistemas de coordinación

1. Perfeccionar mesas interinstitucionales locales actualmente existentes al alero de los Centros de Observación y Cumplimiento (seguimiento de medidas de protección/ identificación de ítems para la focalización de recursos).

2. Perfeccionar su estructura interna.

3. Implementar un sistema integrado de infancia, que coordine a todas las autoridades con competencia en la materia, que permita conocer las labores que desarrolla cada una de ellas.

4. Generar una plataforma de consultas recíprocas entre las instituciones y un sistema de reporte.

5. Solicitud al Poder Ejecutivo para la generación de iniciativas legales que perfeccionen el estatuto de medidas de protección de niños, niñas y adolescentes, en especial aquellas vinculadas al sistema de cuidados alternativos.

Poder Judicial

Mediano

Largo

Largo

Largo

Largo

Fortalecimiento de los Centros de Observación y Control de Cumplimiento de medidas de protección

Fortalecer a los Centros de Observación y Control de cumplimiento como herramienta de apoyo a la labor jurisdiccional en términos del seguimiento de los programas del SENAME, mientras no se cuente con un sistema de protección administrativa en el país.

Poder Judicial

Corto

Tramitación proyecto de ley que crea el Servicio de Protección de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Fortalecimiento del cuidado alternativo de base familiar por sobre el residencial, a través de familias de acogida especializadas

1. Incrementar proyectos a nivel nacional.

2. Capacitar a equipos técnicos.

3. Realizar Campaña de difusión a nivel nacional.

4. Revisar y ajustar el presupuesto cada año para el cumplimiento de los objetivos.

5. Revisar y ajustar orientaciones técnicas.

6. Focalizar la supervisión técnica en casos de permanencias superiores a 18 meses.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Supervisión en Plataforma Senainfo

Mejorar la supervisión a través de plataforma tecnológica.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Corto

Tramitación proyecto de ley que modifica la Ley N° 20032 y el Decreto-ley N° 2465, de 1979, del Ministerio de Justicia

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Mediano

Programa Mi Abogado

1. Implementar en el país una defensa técnica especializada de niños, niñas y adolescentes de componente jurídico y psicosocial, que promueva el retorno de los niños con sus familias.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

2. Ampliar la cobertura nacional de manera progresiva en los años 2018, 2019, 2020, finalizando el 2021 en todas las regiones del país, para niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales.

D.Obligación de tomar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos de la Convención

Información de seguimiento sobre el párrafo 51 del informe de la investigación relacionada

54.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Es innegable el avance de nuestro país al respecto, particularmente a través de la creación de institucionalidad en favor de la infancia, tales como son la Subsecretaría de la Niñez, ubicada en el Ministerio de Desarrollo Social, y la Defensoría de la Niñez, como órgano autónomo.

55.Así, dentro de las funciones de la Subsecretaría de la Niñez (creada por la Ley N° 21090) está la de impulsar acciones de difusión, capacitación o sensibilización destinadas a la prevención de la vulneración de los derechos de los niños y a su promoción o protección integral. Hasta ahora, la prevención no había sido el foco de las políticas públicas desarrolladas por el Estado de Chile en materia de niñez, lo que cambia a partir de la creación de esta nueva Subsecretaría. De ahora en adelante se contará con una mayor cantidad de programas destinados exclusivamente a la prevención de vulneraciones de los derechos de los niños y niñas del país.

56.Por su parte la Defensoría de los Derechos de la Niñez, creada por la Ley N° 21067, tiene como objeto la difusión, promoción y protección de los derechos de los niños.

57.Sin perjuicio de los avances, aún se encuentran pendientes la aprobación de iniciativas como la ley que crea el Sistema de Garantías de la Niñez, la ley que crea el nuevo Servicio de Protección de la Niñez, así como de otros proyectos de ley vinculados a la infancia.

58.Por otro lado, se ha evidenciado la falta de coordinación que ha existido entre los ministerios y servicios para la atención integral de los niños, niñas y adolescentes, que otorgue oportunamente las prestaciones o atenciones que éstos y sus familias requieren. Sin perjuicio de ello, se han generado planes conjuntos para la acción coordinada a favor de los niños, niñas y adolescentes del sistema residencial tales como el Sistema Intersectorial de Salud integral con énfasis en salud mental.

59.Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que a lo largo de nuestro país contamos con más de 230 Oficinas de Protección de Derechos (OPD), ubicadas en los Municipios. Estas Oficinas cumplen una labor de coordinación territorial con las redes comunales, especialmente de Salud, Educación y Sociales, a través del mismo Municipio en que se encuentran insertas. Estas oficinas son una primera vía de aproximación al ámbito de protección, lo que permite que los niños y sus familias cuenten con un organismo cercano y accesible.

60.Respecto a la información adecuada del estado integral de los niños, niñas y adolescentes, existe en el país un sistema intersectorial de información que permitirá el monitoreo de aspectos fundamentales en la trayectoria de vida de los niños, niñas y adolescentes a modo de detectar a tiempo rezagos y alertas, así como mejorar el diseño y monitoreo de los programas sociales destinados a la niñez.

61.Adicionalmente existe un sistema de información que abarca a todo el Servicio Nacional de Menores, conocido como Senainfo. Este sistema pretende contener la información necesaria de los NNA, con respecto a datos personales o interacciones que presenta con cada funcionario, profesional o administrativo. Cabe señalar que si bien contiene información relevante de todos los niños, niñas y adolescentes que son sujetos de atención del Servicio Nacional de Menores, estamos conscientes de que también tiene falencias. Falencias en las que se está trabajando para mejorar la información, pasando de información autorreportada por el proyecto en que está el niño, niña o adolescente, a información que provenga de las bases de datos administrativas de los ministerios de Salud y Educación.

62.En relación a lo señalado en las letras d), e) y f) de la observación N° 51 del Comité, sobre el financiamiento del Servicio Nacional de Menores y la labor que realizan los organismos colaboradores, cabe mencionar la importancia del rol que cumplen las fundaciones y ONG en el Sistema de Protección, pues ellos desarrollan una labor trascendental, en la protección de los niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos, con la modalidad de subvenciones por parte del Estado. Si bien el sistema de subvenciones requiere mejoras en su regulación, éstas ya se están realizando a través de dos proyectos de ley que se encuentran en tramitación en el Congreso Nacional.

63.Por último, una forma importante de dar efectividad a los derechos, es la posibilidad de contar con operadores jurídicos que representen en sede judicial los derechos de niños, niñas y adolescentes, velando por el adecuado respeto del interés superior de cada uno de ellos para cada caso particular. Es por ello que en el año 2017 se crea el programa Mi Abogado, que busca implementar en el país una defensa técnica especializada de los niños, niñas y adolescentes de componente jurídico y psicosocial, que promueve el retorno de éstos con sus familias. El programa dispone una de cobertura nacional progresiva en los años 2018, 2019, 2020, finalizando el 2021 en todas las regiones del país, para niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales.

Acciones realizadas

64.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley sobre el Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez (Boletín N° 10315-18), a través del desarrollo de las Oficinas Locales de Protección de la Niñez.

65.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez (Boletín N° 12027-07). En este proyecto se contempla la creación de un sistema integrado de información que permita un seguimiento de los sujetos de atención del Servicio y el monitoreo de las prestaciones que reciban. De igual manera el proyecto aumenta la banda de la subvención, modifica la actual estructura de pago aumentando el componente fijo, con la finalidad de dar mayor estabilidad a las residencias, establece un sistema de coordinación interministerial y mejoras en los sistemas de información.

66.Tramitación del proyecto de ley sobre reforma integral al sistema de adopción (Boletín N° 9119-18). Con este proyecto se pretende hacer más eficiente la tramitación de los procesos de adoptabilidad y de adopción, a fin de propender a que los niños, niñas y adolescentes puedan encontrarse más rápidamente de regreso con sus familias de origen o acogidos en una familia adoptiva.

67.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley que modifica la Ley N° 20032, que Establece Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia a Través de la Red de Colaboradores del SENAME, y su Régimen de Subvención y el Decreto‑ley N° 2465, de 1979, del Ministerio de Justicia, que Crea el Servicio Nacional de Menores y Fija el Texto de su Ley Orgánica, aumentando la subvención para la línea de acción residencias, incorporación del principio de y estableciendo mayores facultades de fiscalización para Sename y herramientas para la adecuada gestión de los convenios con los organismos colaboradores acreditados.

68.Resolución de la H. Cámara de Diputados de Chile por medio del cual se requiere al Presidente de la República que solicite a los Ministros de Justicia y Derechos Humanos y de Desarrollo Social, dar la mayor celeridad a la tramitación de los proyectos de ley relativos a niños, niñas y adolescentes, que se encuentran actualmente en trámite en ambas cámaras del Congreso Nacional, aprobada en la sesión 91 de 23 de octubre de 2018.

69.Tramitación por parte de las comisiones del H. Senado de la República de los proyectos de ley vinculados a la infancia vulnerada, así como el término de la discusión del proyecto de ley que regula entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales (Boletín N° 9245-07), que finalmente se sancionó en la Ley N° 21057.

70.Funcionamiento del Comité Interministerial de Desarrollo Social de la Niñez, cuya función es asesorar al Presidente de la República en la determinación de los lineamientos de la política social del Gobierno, relativa a los derechos de los niños.

71.Celebración del compromiso Interministerial por el cuidado residencial convocado por la Presidencia de la República en agosto de 2018, en la que nueve Ministerios se comprometieron a generar ofertas específicas para niños, niñas y adolescentes que se encuentran en cuidados residenciales por los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, de Interior y Seguridad Pública, de Educación, de Salud, de Desarrollo Social, de Vivienda, de Bienes Nacionales, del Deporte y de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Tramitación proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación proyecto de ley que crea el Servicio de Protección de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Supervisión en Plataforma Senainfo

Supervisar a través de plataforma tecnológica.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Corto

Tramitación proyecto de ley que modifica la Ley N° 20032 y el Decreto‑ley N° 2465, de 1979, del Ministerio de Justicia

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma. Este proyecto aumenta el monto de la subvención que el Servicio entrega a las residencias de los OCA, permitiendo con esto mejorar, al menos en parte, la difícil situación económica de las mismas.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Mediano

Tramitación del proyecto de ley sobre reforma integral al sistema de adopción (Boletín Nº 9119‑18)

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Mediano

Desarrollo de los compromisos interministeriales por el cuidado residencial

Cumplir con los compromisos sectoriales, en los ámbitos de competencia de los ministerios responsables de mejorar los distintos ámbitos de la calidad de vida de los niños y niñas bajo cuidado residencial.

Ministerios del Deporte, Justicia y Derechos Humanos, Bienes Nacionales, Interior, Educación, Salud, Vivienda, Desarrollo Social y Culturas, las Artes y el Patrimonio

Largo

Programa Mi abogado de defensa especializada para NNA

1. Implementar en el país una defensa técnica especializada de NNA de componente jurídico y psicosocial, que promueva el retorno de los niños con sus familias.

2. Ampliar la cobertura nacional de manera progresiva en los años 2018, 2019, 2020, finalizando el 2021 en todas las regiones del país, para niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

E.Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo

Información de seguimiento sobre el párrafo 57 del informe de la investigación relacionada

72.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Los programas residenciales son por definición transitorios, pues si bien la razón de ingreso de los niños y niñas es poner fin a una vulneración de sus derechos, éstos tienen por finalidad la restitución del derecho y que aquel niño o niña pueda volver con su familia, o ser adoptado, en el caso de que lo anterior no pueda ser posible.

73.Eventualmente, hay niños, niñas o adolescentes, respecto de quienes no se dan las condiciones necesarias para que puedan volver con su familia, o para ser adoptados. En estos casos, los niños egresan de las residencias al cumplir la mayoría de edad, salvo que se encuentren estudiando, en cuyo caso egresan a los 24 años.

74.Por otro lado, las listas de espera son una realidad que atenta contra la intervención adecuada y oportuna para la reparación del daño causado en los niños producto de una vulneración de sus derechos, pero es importante señalar que dichas listas de espera se encuentran en los programas ambulatorios. Actualmente, las residencias no tienen listas de espera de niños que requieran ser internados y no puedan serlo.

Acciones realizadas

75.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley sobre el Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez (Boletín N° 10315-18), el proyecto reconoce explícitamente el derecho a la vida, ya que se establece que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida, y se reconoce también el derecho de todo niño a tener un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral, social y cultural.

76.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez (Boletín N° 12027-07). Dicho proyecto establece sanciones en caso de que los colaboradores acreditados no cumplan con los estándares de funcionamiento que establezcan el Servicio y el Ministerio de Desarrollo Social, a propuesta de la Subsecretaría de la Niñez. Incluso, se contempla como circunstancia agravante, a efectos de aplicar una sanción, el hecho de haberse vulnerado la vida e integridad física y psíquica de los niños o niñas sujetos de atención del Servicio.

77.Respecto a las listas de espera de la atención y los cuidados adecuados de los niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos, el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez, por medio de su informe financiero, se hace cargo de éstas, a través del financiamiento de una cantidad de programas y cupos que cumplan con la totalidad de lo estimado de acuerdo a las listas de espera de las atenciones que existían en abril del 2018 y los sobrecupos. De esta forma, se busca que el nuevo Servicio, comience su funcionamiento sin listas de espera.

78.En relación a la observación sobre infraestructura y equipamiento de los centros, el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez, exige el cumplimiento de mayores estándares a quienes desarrollen las líneas de acción del nuevo Servicio. Cabe señalar que una de las líneas de acción es la de cuidado alternativo, que incluye a los programas residenciales. Éstos deberán cumplir, por un lado, con aquellos estándares que dicte el Ministerio de Desarrollo Social a propuesta de la Subsecretaría de la Niñez, y deberán cumplir con la normativa técnica y administrativa que dicte el Servicio, que regularán el funcionamiento de cada programa de protección especializada del Servicio.

79.Desarrollo por parte del Ministerio de Desarrollo Social del Sistema Alerta Niñez, que tiene por objetivo detectar oportunamente posibles vulneraciones de derechos de los niños, identificando el conjunto de riesgos que los afectan, así como también los factores protectores que reducen o aminoran el potencial daño o repercusión de dichos factores de riesgo. Este Sistema Alerta Niñez, comenzará a implementarse el año 2019, a través de un programa Piloto de las Oficinas Locales de la Niñez, en doce comunas del país.

80.Implementación progresiva del Sistema Intersectorial de Salud Integral con énfasis en salud mental, para niños, niñas, adolescentes y jóvenes, vulnerados en sus derechos y/o bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, desarrollado por el Ministerio de Salud, SENAME y SENDA.

81.El sistema implementa una estrategia intersectorial de carácter estructural, que permite dar una respuesta oportuna, integral y de calidad. Tiene por objetivo central fortalecer y mejorar la salud integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, vinculados a los programas de SENAME, a través acciones orientadas a: promover la salud, mejorar los contextos cotidianos y relaciones vinculares de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes; desarrollar acciones preventivas para evitar la aparición de problemas de salud, detectar tempranamente la aparición de problemas, síntomas o trastornos, implementar mecanismos intersectoriales que aseguren el acceso oportuno de los niños, niñas y adolescentes a la salud, asegurar la continuidad de los cuidados en salud, realizar acciones de seguimiento a su trayectoria en salud e implementar un sistema de registro y monitoreo de su recorrido por los establecimientos de la red de atención pública de salud.

82.El Sistema, es una política pública que tendrá una implementación progresiva a lo largo de todo el país, la cual se inició el año 2017, en los territorios vinculados a 6 Servicios de Salud:

•Servicio de Salud Coquimbo

•Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio

•Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota

•Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente

•Servicio de Salud Valdivia

•Servicio de Salud Magallanes.

83.En este 2018, se incorporaron los territorios correspondientes a:

•Servicio de Salud Arica

•Servicio de Salud Antofagasta

•Servicio de Salud Metropolitano Occidente

•Servicio de Salud Maule

•Servicio de Salud Concepción

•Servicio de Salud Reloncaví.

84.Para el año 2019:

•Servicio de Salud Iquique

•Servicio de Salud Bío Bío

•Servicio de Salud Metropolitano Central

•Servicio de Salud Araucanía Sur

•Servicio de Salud Aysén

•Servicio de Salud O’Higgins.

85.Para los años 2020 y 2021 – Los demás Servicios de Salud se sumarán al año 2021 (Atacama, Aconcagua, Metropolitano Norte, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur, Ñuble, Talcahuano, Arauco, Araucanía Norte, Osorno y Chiloé).

86.El modelo considera un Equipo Gestor Intersectorial (SENAME, SENDA y MINSAL) y contar con un Sistema de Registro que permita levantar información actualizada del estado de salud de los niños, niñas y adolescentes y de las prestaciones en salud que han recibido y que están programadas.

87.Dentro de las funciones del equipo gestor se encuentran: a) Monitorear la efectiva atención preferencial de salud de los niños, niñas y adolescentes; b) Resguardar la continuidad de las atenciones de salud de los mismos; c) Asesorar a los equipos intervinientes en el uso adecuado de las redes intersectoriales; d) Asegurar la elaboración e implementación de protocolos construidos conjuntamente entre los actores intervinientes, en concordancia con las orientaciones técnicas nacionales de este Sistema y la realidad local; e) Coordinarse con otros referentes del Programa Nacional de Salud Infantil, Chile Crece Contigo, encargados de SENAME, entre otros, para favorecer la entrega de servicios integrados e integrales a los niños, niñas y adolescentes; f) Detectar necesidades de capacitación de los equipos del territorio y apoyar la gestión de estas; g) Realizar levantamiento de nudos críticos relacionados con la implementación de este Sistema Intersectorial y canalizarlos hacia el nivel central para el diseño de estrategias de solución; h) Articular acciones complementarias intrasectoriales y con otros sectores, para dar respuesta a las necesidades que surjan de la atención de los NNAJ vinculados a la Red SENAME; i) Evaluar de forma continua la implementación de este Sistema Intersectorial en el territorio, realizando seguimiento de los indicadores y emitiendo informe trimestral con análisis regional; j) Mantener comunicación y coordinación con facilitador de salud de SENAME, con el referente de gestión de lista de espera de cada Servicio de Salud y/o con otros agentes relevantes que, por su propio quehacer, tengan relación con este Sistema Intersectorial.

88.Celebración de un convenio de colaboración entre los ministerios de Salud, Justicia y Derechos Humanos y el Servicio Nacional de Menores, cuyo objetivo es “abordar los casos de niños, niñas y adolescentes sujetos a la protección del SENAME para establecer un procedimiento que permita armonizar la optimización de los trasplantes de los órganos sólidos con criterio de equidad en el acceso”. Para ello, se estableció un “Protocolo de trasplante niños, niñas, adolescentes y jóvenes”, mediante Resolución Exenta Nº 0815 de 08/03/2018. En virtud del convenio SENAME, mantiene coordinación y seguimiento a todas las acciones correspondientes al proceso de estudio, pre y post trasplante de órganos de los niños, niñas y adolescentes que participen en programas de SENAME que requieren de dicha prestación. El seguimiento es sistematizado en un informe de trasplante que es enviado mensualmente a la autoridad del Servicio.

89.Celebración de un convenio de colaboración sobre transferencia de datos entre el Ministerio de Salud y el Servicio Nacional de Menores permitiendo cruzar bases de datos, con el objetivo de conocer la trayectoria de salud de los niños, niñas y adolescentes vinculados a los programas del Servicio.

90.Celebración de un convenio de colaboración interinstitucional entre el Servicio Nacional de Menores y el Ministerio de Salud, para la promoción de la salud sexual y prevención y control del VIH/sida, en un contexto de no discriminación. Se realizó Jornada de Capacitación para la formación de “Monitores en Prevención de VIH/Sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS)”, destinada a enfermeros y técnicos de enfermería de nivel superior de todas las Unidades de Salud de los Centros de Administración Directa de SENAME a nivel nacional. Durante la jornada se entregaron herramientas teóricas y prácticas para el abordaje de la problemática en sus lugares de trabajo. Además, actualmente se encuentra en etapa de creación una cápsula de aprendizaje de VIH/sida e ITS, la cual informará y sensibilizará a todos los funcionarios de los Centros de Administración Directa de SENAME.

91.Generación de una mesa de trabajo para la generación de normativa para el abordaje de situaciones de desajuste emocional y/o conductual de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en cuidado alternativo residencial. Diseño realizado en el marco de una mesa intersectorial con representantes de los ministerios de Salud, de Justicia y Derechos Humanos y SENAME. Se espera su publicación durante los próximos meses.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Tramitación proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación proyecto de ley que crea el Servicio de Protección de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Pilotos oficinas locales de la Niñez

Implementar de forma gradual el modelo, iniciándose en el mes de enero de 2019 con doce comunas.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Fortalecimiento del cuidado alternativo de base familiar por sobre el residencial, a través de familias de acogida especializadas

1. Incrementar proyectos a nivel nacional.

2. Capacitar a equipos técnicos.

3. Realizar campaña de difusión a nivel nacional.

4. Revisar y ajustar el presupuesto de cada año para el cumplimiento de los objetivos trazados.

5. Revisar y ajustar las orientaciones técnicas.

6. Focalizar la supervisión técnica en casos de permanencias superiores a 18 meses.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Sistema Intersectorial de Salud Integral con énfasis en salud mental, para niños, niñas, adolescentes y jóvenes, vulnerados en sus derechos y/o bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente

Continuar con la implementación progresiva en la totalidad de los servicios de salud del territorio nacional en los años 2019, 2020 y 2021.

Ministerio de Salud

SENDA

SENAME

Largo

Incremento de las plazas de la modalidad de programas especializados para la reparación del abuso sexual y/o maltrato grave constitutivo de delito

Aumentar a diciembre 2018, las plazas de atención de los proyectos reparatorios del abuso sexual y/o maltrato grave constitutivo de delito, instalados en 12 regiones del país, se habrán incrementado en 1.585, es decir, en un 10,85 %.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Corto

Cubrir demandas de atención especializada a niños, niñas y adolescentes víctimas de graves vulneraciones, a fin de restituir sus derechos y evitar la cronificación del daño

Generar una nueva oferta de los programas de agresores sexuales que cubrirá las demandas de las regiones de Aysén y Magallanes, y la correspondiente a Programas de protección especializada en explotación sexual comercial infantil y adolescente (PEE) a las regiones de O’Higgins y Maule.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

F.No separación de la familia salvo el interés superior del niño

Información de seguimiento sobre el párrafo 64 del informe de la investigación relacionada

92.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: La Constitución Política de la República de Chile señala que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, y que es deber del Estado darle protección y propender a su fortalecimiento. Los primeros responsables y encargados de brindar protección a los niños y niñas, de su cuidado y su educación, son sus padres y su familia.

93.Los Tribunales de Familia fueron creados con el objetivo de otorgar justicia especializada para los conflictos de naturaleza familiar, en ellos reside la facultad de disponer la medida de separación de un niño, niña o adolescente de su familia de origen haciendo previamente una revisión completa y exhaustiva del caso, siendo el Servicio Nacional de Menores, quien se encarga de ejecutar estas decisiones, y cuando es requerido por la instancia judicial, emitir opiniones sobre la procedencia de la medida adoptada.

94.Resulta sumamente importante, que se mantenga el vínculo familiar en aquellos niños, niñas y adolescentes que han sido separados de sus familias, en virtud de una medida de protección, a través de visitas y trabajos continuos con la familia. Este trabajo debe tener por objetivo la revinculación del niño con su grupo familiar. En aquellos casos en que no sea posible lograrlo, y en virtud del interés superior del niño se debe proceder a la adopción.

Acciones realizadas

95.Presentación a la consideración del Congreso Nacional del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez (Boletín N° 10315-18). En el proyecto de ley, se reconoce el derecho del niño a vivir en familia, y se indica que éste sólo podrá ser separado de sus padres por una orden judicial, y podrá ser incorporado a una modalidad temporal de cuidado alternativo cuando ello se ajuste a su interés superior, procurando siempre su desarrollo integral, o a una solución definitiva de cuidado en familia adoptiva.

96.Presentación a la consideración del Congreso Nacional el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez (Boletín N° 12027-07), que contempla expresamente que la medida de separación del niño o niña de su familia de origen, es una medida excepcional, que compete exclusivamente a los Tribunales de Familia. Además, este nuevo Servicio incluye como sujetos de atención a las familias de los niños y niñas, incluyéndolas en los procesos de intervención, se consagra el principio del fortalecimiento del rol protector de la familia, privilegiando también los modelos de cuidado alternativos de base familiar por sobre los residenciales.

97.En cuanto a la observación de la letra e) del Comité, respecto a no haber establecido lineamientos claros sobre el proceso de reintegración familiar y la participación de familia de los niños, niñas y adolescentes, el artículo 18 del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez establece expresamente que un reglamento expedido por el Ministerio de Desarrollo Social determinará las estrategias y lineamientos para realizar el trabajo con las familias de los niños y niñas.

98.Sobre la existencia de oferta adecuada en el mismo territorio que vivan los niños, el proyecto de ley del nuevo Servicio de Protección a la Niñez, con el objeto de no desarraigar al niño o niña de su familia, o de la localidad en que viven, asegurará la existencia de oferta de cuidado alternativo en todas las regiones del país.

99.Durante el año 2018 SENAME realizó una Auditoría Social especial al sistema residencial, tanto de administración directa como de la red colaboradora, destinado a verificar el cumplimiento de las exigencias del Servicio, como también los aspectos a superar. Luego de publicados los resultados de la auditoría social, SENAME ha iniciado un trabajo en los centros para reducir las brechas encontradas.

100.Generación por parte de SENAME de una mesa técnica para la revisión y ajuste de los lineamientos para sus programas ambulatorios, familias de acogida y para las residencias en atención a la necesidad de acercar cada vez más las medidas de cuidado alternativo a los estándares internacionales, que se desprenden de la Convención sobre los Derechos del Niño. El trabajo se realiza a través de un panel de expertos que permite recabar la opinión de personas cuya formación o trayectoria profesional refleja que son capaces de emitir evidencias y valoraciones críticas al respecto, y proponer estándares de calidad para el cuidado alternativo residencial. El trabajo de este grupo ya se inició y se proyecta su duración hasta julio de 2019, en el que se deberá entregar el resultado del mismo a la consideración de las autoridades.

101.Creación de residencias pequeñas, de atención personalizada y especializada, ambiente familiar, emocionalmente seguras y apropiadas al curso de vida de los niños, niñas y adolescentes, que permitan la realización de intervenciones a nivel individual, familiar y comunitario, orientada a la revinculación de los niños con familias de manera estable y definitiva, ya sea con la familia de origen, en una primera instancia, o adoptivas o, en el caso de adolescentes sin redes familiares, de preparación para la vida independiente.

102.Disminución gradual de las residencias que atienden a más de veinte niños simultáneamente, iniciando el proceso con la reconversión paulatina de los Centros Residenciales de Administración Directa (CREAD) a Residencias Familiares, y en los que el factor de revinculación familiar se encuentra fuertemente potenciado.

103.Aumento y fortalecimiento técnico del Programa Familias de Acogida, con el fin de priorizar el ingreso a esta modalidad cuando proceda.

104.En particular cabe señalar, que para el año 2019 ya se cuenta con presupuesto adicional para poder profundizar el trabajo en esta línea, tanto a través de OCA como directamente por parte del Servicio Nacional de Menores. El objetivo, dice relación principalmente con poder contar con mejores apoyos para las familias extensas que ejercen este rol, como también para las familias externas, formándolas, capacitándolas, acompañándolas y evaluándolas muy de cerca, a fin de lograr con ellos que los niños, niñas y adolescentes que más lo necesitan puedan ser acogidos en el seno de una familia que trabaje por su reparación y restitución de derechos.

105.Creación de nuevos programas ambulatorios especializados que respondan con mayor eficacia al propósito de interrumpir y recuperar el daño producido a los NNA por graves vulneraciones de derechos que cuentan con adultos protectores con quienes trabajar para el logro de dichos objetivos, evitando así la necesidad de separación desde el medio familiar, con fines de protección.

106.Con fecha 3 agosto de 2018, el Pleno de la Corte Suprema aprobó la creación de un Grupo de Trabajo destinado al establecimiento de una Política para la Efectivización de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en base a 5 ejes: a) Promoción de Derechos; b) Diseño e implementación de políticas y protocolos; c) Generación de datos y estadísticas; d) Alianzas interinstitucionales; e) Estudio y monitoreo.

107.Programa Mi Abogado de defensa especializada para niños, niñas y adolescentes para asegurar que el interés del niño está debidamente representado durante la tramitación de su causa y el niño cuente con apoyo integral.

108.Constitución de una mesa de trabajo entre el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Desarrollo Social y SENAME, cuyo objetivo será diagnosticar y levantar propuestas de soluciones concretas respecto de los nudos críticos que afectan al Sistema de solicitud, trámite, establecimiento y aplicación de las medidas de protección respecto de niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos. Esta mesa entregará sus propuestas a las autoridades en el mes de marzo de 2019.

109.Reconociendo la importancia para el mantenimiento de un vínculo familiar y la proyección de egreso con un miembro de la red familiar es que SENAME envió una nota técnica a todos los directores regionales los que debían sociabilizarla con cada una de las residencias y los centros de administración directa. Dicha nota tiene como objetivo recalcar la obligatoriedad de garantizar el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes en cuidado residencial a mantener vinculación con sus progenitores, familiares extensos y/o adultos relacionados. Las residencias deben asegurar la vinculación directa y regular entre el niño y su familia, a través de visitas sistemáticas establecidas y tomar las medidas necesarias para propiciar estas visitas, incluyendo la flexibilización de los horarios de visita.

110.Adicionalmente, se prohíbe la negación de las visitas sin una orden judicial que las restrinja. Por tanto, no se permite utilizar el contacto con familiares o adultos relacionados como medio de castigo. a las visitas que recibe en el tiempo de institucionalización, fundamental para el mantenimiento de un vínculo familiar y la proyección de egreso con un miembro de la red familiar.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Fortalecimiento del control a los programas de Familias de Acogida

Controlar el cumplimiento de los lineamientos técnicos, particularmente la visita a las familias acogedoras.

Levantar y difundir las formas de control disponibles.

Poder Judicial

Mediano

Perfeccionamiento de los sistemas de coordinación

Promover un proceso de coordinación con los organismos pertinentes, por ejemplo, Servicio de Registro Civil e Identificación, Ministerio de Salud y Ministerio de Educación, entre otros.

Poder Judicial

Largo

Orientación de políticas de gestión

Orientar las políticas de gestión hacia la efectivización de los derechos de NNA.

Poder Judicial

Largo

Perfeccionamiento del sistema informático

Permitir la extracción de información diferenciada del registro de las fichas de programas de Familias de Acogida Especializada (FAE), según tipo de familia (extensa y externa).

Generar alertas en la tramitación respecto de la existencia de otra causa de protección o susceptibilidad respecto del mismo niño o de sus padres, visibilizando la existencia de hermanos en la red de protección.

Permitir el acceso sin restricciones a todos los sistemas de tramitación, tanto a jueces como a consejeros técnicos.

Incorporar el registro de si se escuchó o no al niño, niña o adolescente, tanto en tribunales de primera como de segunda instancia.

Poder Judicial

Mediano

Incorporación de curadores ad litem

Generalizar la buena práctica de que todo NNA cuente con abogado o curador tanto en primera como en segunda instancia.

Poder Judicial

Corto

Asignación preferente de jueces, consejeros técnicos y funcionarios

Procurar la asignación preferente de jueces, consejeros técnicos y funcionarios para la atención especializada de casos complejos, conforme a protocolos para su distribución racional y justa, con el objeto de trabajar de manera coordinada, evitando las dilaciones causadas por medidas contradictorias o por el desconocimiento de las medidas a adoptar.

Poder Judicial

Mediano

Fortalecimiento del cuidado alternativo de base familiar por sobre el residencial, a través de familias de acogida especializadas

1. Incrementar proyectos a nivel nacional.

2. Capacitar a equipos técnicos.

3. Realizar campaña de difusión a nivel nacional.

4. Revisar y ajustar el presupuesto de cada año para el cumplimiento de los objetivos trazados.

5. Revisar y ajustar las orientaciones técnicas.

6. Focalizar la supervisión técnica en casos de permanencias superiores a 18 meses.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Mesa técnica para la revisión y ajuste de los lineamientos para la línea de acción residencias

Realizar un Panel de expertos que permita recabar la opinión de personas cuya formación o trayectoria profesional refleje que son capaces de emitir evidencias y valoraciones críticas al respecto.

Proponer estándares de calidad para el cuidado alternativo residencial.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Mediano

Comité de estándares para organismos colaboradores y los programas de las líneas de acción contempladas en el numeral 3) del artículo 4° de la Ley N° 20032, sea que dichos programas se ejecuten por los mencionados organismos colaboradores o directamente por órganos del Estado

Preparar una propuesta de reglamento en los términos de lo dispuesto en la ley que crea el Ministerio de Desarrollo Social en su artículo 3° ter.

Dictar reglamento por el Ministerio de Desarrollo Social y suscrito, además, por los Ministros de Hacienda y de Justicia y Derechos Humanos.

Ministerio de Desarrollo Social

Largo

Programa Mi abogado de defensa especializada para NNA

1. Implementar en el país una defensa técnica especializada de NNA de componente jurídico y psicosocial, que promueva el retorno de los niños con sus familias.

2. Ampliar la cobertura nacional de manera progresiva en los años 2018, 2019, 2020, finalizando el 2021 en todas las regiones del país, para NNA que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

G.Derecho a expresar su opinión y a ser escuchado

Información de seguimiento sobre el párrafo 69 del informe de la investigación relacionada

111.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos, no objetos de tutela como antiguamente establecían los procedimientos judiciales. Este cambio trascendental en la forma de tratar a la población infanto juvenil radica principalmente en la ratificación del Estado de Chile de la Convención sobre Los Derechos del Niño (CDN), promulgada como Ley de la República en agosto del año 1990.

112.El artículo 16 de la Ley N° 19968 de Tribunales de Familia se consagra el Interés superior del niño, señalando que “Esta Ley tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el territorio nacional, el ejercicio y goce pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El interés superior del niño, niña y adolescente y su derecho a ser oído,son principios rectores que el juez de familia debe tener siempre en consideración principal en la resolución del asunto sometido a su conocimiento”.

113.Los lineamientos técnicos del Servicio Nacional de Menores establecen el respeto del derecho a expresar su opinión y ser escuchado durante su permanencia en alguna de las modalidades que conforman la oferta programática en el ámbito de protección de derechos, en particular en cuidado alternativo residencial o familiar, donde las actividades de los equipos de intervención deben responder no solo a necesidades, sino también a intereses de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo a edad y características. Este Servicio cuenta con un procedimiento debidamente protocolizado para la presentación de reclamos, sugerencias y/o felicitaciones por parte de los niños, niñas o adolescentes y sus familias en las residencias.

114.Los abogados quienes asumen en calidad de curadores ad litem tienen, entre otras, la obligación de informar y oír al niño y su familia a fin de ejercer de la mejor manera la representación de sus derechos en el marco de un proceso judicial de protección, así como en sede penal. Estos programas se complementan con el recientemente lanzado programa del Ministerio de Justicia “Mi Abogado”, dedicado a una atención especializada en cuidado alternativo.

Acciones realizadas

115.Implementación de Salas espejo: El Acta N° 237-2014, de la Corte Suprema, implementó salas de espejos, habilitadas para entrevistas a niños, niñas y adolescentes (Salas Gesell) en la gran mayoría de los tribunales especializados en materia de familia del país. En este contexto se realizaron jornadas de sensibilización a jueces y consejeros técnicos en metodologías de entrevistas y en el uso de la sala, se establecieron directrices para su uso, recomendando que las entrevistas las lleven a cabo profesionales especializados/as bajo la dirección de la magistratura. A través de la Academia Judicial, el Poder Judicial capacita a jueces y consejeros técnicos sobre el uso de la cámara para entrevistar a niños, niñas y adolescentes.

116.Realización de visitas: El Acta N° 37-2014 de la Corte Suprema que regula el seguimiento de medidas de internación y visitas a los centros residenciales por los tribunales de familia en coordinación con el Servicio Nacional de Menores y el Ministerio de Justicia, en su artículo 5° sobre “Obligación de visita de establecimientos residenciales en el territorio jurisdiccional” establece entre otros, que “ en su visita el juez, entre otras acciones, entrevistará a los menores de edad internados a fin de informarse sobre su estado actual y sobre cualquier reclamo o asunto que deseen plantear (…)”.

117.Creación del Consejo Asesor de niños, niñas y adolescente con fecha 13 de noviembre del año 2013, por resolución exenta N° 05064, cuya finalidad es asesorar directamente al director o directora del Servicio Nacional de Menores en materias de políticas públicas y protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Esta instancia se constituye con la participación de Consejeros electos democráticamente, pudiendo postular niños, niñas y adolescentes de 10 a 16 años 11 meses de edad.

118.Realización de una Auditoría Social realizada al Sistema residencial, en la que en uno de sus acápites se solicita la opinión de los propios NNA usuarios del sistema, y su percepción respecto de sí mismos, su entorno y de las residencias en las que se encuentran.

119.Creación del Programa Mi Abogado de defensa especializada para NNA por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el año 2017.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Detección, denuncia y atención oportuna de eventuales víctimas de abuso sexual y/o maltrato constitutivo de delito entre pares, de un funcionario hacia un niño, niña o adolescente o desde un tercero en el sistema de cuidado alternativo y ambulatorio

Analizar el 100 % de las situaciones que motivan la activación de los procedimientos establecidos, dentro de las cuales se cuentan las denuncias de los propios niños, con la finalidad de cautelar su cumplimiento, la protección de las eventuales víctimas, y las medidas dirigidas a la prevención de este tipo de hechos.

SENAME

Corto

Contribución a la formación de funcionarios SENAME y de organismos colaboradores, encargados de la supervisión técnica y la atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia, respectivamente, en el marco de cooperación internacional con el Instituto Interamericano del Niño‑OEA

Desarrollar dos cursos semi presenciales dictados por el IIN‑OEA: a) Primera versión para Chile, del curso “Violencia y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Construyendo Entornos de Paz”; b) Novena versión del curso Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescente.

SENAME

Corto

Revisión del sistema de visitas

Revisar el sistema de visitas a los centros residenciales en cuanto a su modalidad, periodicidad, intensidad y objetivos, tanto en tribunales de primera instancia como en tribunales superiores.

Poder Judicial

Largo

Formación continua

Promover la intensificación de los programas de la Academia Judicial, ampliando sus contenidos hacia las materias específicas en que se desenvuelven los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Ampliar el acceso a becas y estímulos económicos, no sujetos a restricciones, cuando versen en el área en que se desempeña el juez, el consejero técnico o el funcionario.

Instar para que cada curso de perfeccionamiento sea evaluado.

Proponer a la Academia Judicial la incorporación de cursos especializados en materias de infancia y derechos de niños, niñas y adolescentes. extendidos al área de:

Mejorar la fundamentación de las sentencias de protección, dando prioridad a los límites impuestos por el Derecho a la actuación del Estado, como por ejemplo en la definición clara de los supuestos de procedencia de las medidas, la exclusión de criterios que transforman factores materiales o económicos en la llamada “negligencia parental” en que se basa en ciertos casos la internación;

Incorporar a los derechos fundamentales como eje central del trabajo y reforzar el rol del juez como garante de derechos y que debe supervisar las actuaciones de los órganos del Estado en la aplicación de medidas de protección e intervención familiar.

Identificar los derechos vulnerados y/o amenazados; el diseño y seguimiento de planes de intervención para reparar vulneraciones.

Citar a consejeros técnicos y a la magistratura en pos de generar un lenguaje y mirada común de los niños, niñas y adolescentes en tanto sujetos de derechos.

Incorporar a la Academia Judicial el entrenamiento para la escucha en el proceso y para la entrevistar a niños, niñas y adolescentes bajo protocolos estandarizados, especiales para familia, y con herramientas adquiridas a través de especialistas.

Poder Judicial

Mediano

Incorporación de curadores ad litem

Gene G Generalizar la buena práctica de que todo niño cuente con abogado o curador tanto en primera como en segunda instancia mientras no exista una ley de abogados de NNA.

Poder Judicial

Corto

Evaluación de las Salas Gesell

Evaluar el impacto del proyecto Sala Gesell en función de la efectivización de los derechos de NNA.

Poder judicial

Largo

Implementación de la Ley Nº 21057, que regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales

Realizar actividades de sensibilización y difusión.

Elaborar protocolos de actuación y de atención institucional que permitan la adopción oportuna de medidas adecuadas de protección, con el objeto de atender las necesidades de los NNA y darles apoyo y resguardo a su salud física y psíquica, de manera oportuna y eficiente.

Poder Judicial

Corto

Largo

Ampliación del uso de salas especiales de entrevista

Facilitar el acceso de las demás judicaturas a las salas especiales para entrevistar niños, niñas y adolescentes, en los casos en que el juez respectivo lo estime pertinente.

Poder Judicial

Corto

Instalación de mecanismos de transparencia colaborativa

Instalar mecanismos de participación y transparencia colaborativa para la efectivización de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Poder Judicial

Largo

Programa Mi Abogado de defensa especializada para NNA

1. Implementar en el país una defensa técnica especializada de niños, niñas y adolescentes de componente jurídico y psicosocial, que promueva el retorno de los niños con sus familias.

2. Ampliar la cobertura nacional de manera progresiva en los años 2018, 2019, 2020, finalizando el 2021 en todas las regiones del país, para niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos residenciales.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

H.Asistencia apropiada a los padres y representantes legales en lo que respecta al niño

Información de seguimiento sobre el párrafo 73 del informe de la investigación relacionada

120.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Chile ha realizado diversas acciones en esta materia, a través de talleres de habilidades parentales y otras iniciativas. Con todo, el apoyo a los padres y familias de los niños puede ser mucho mejor, razón por la cual el actual Gobierno se encuentra desarrollando diversas acciones en este sentido reforzando esta línea de trabajo en la actual oferta programática y en los diseños legislativos sometidos a la consideración del Congreso.

Acciones realizadas

121.Reforzamiento del trabajo con familias en el diseño de las actuales intervenciones que se realizan en los diversos programas, mediante entrevistas, visitas y acompañamientos domiciliarios, como también en actividades grupales y la conexión con instancias de la red pública y social a nivel local para acceso a prestaciones. Específicamente, las modalidades de cuidado alternativo tienen la obligación de gestionar con la judicatura la información desde el Registro Civil referida a las redes familiares, hasta el tercer nivel de parentesco, de forma de contactar a la familia extensa del niño, niña o adolescente, con la cual trabajar el fortalecimiento de las competencias que permitan que puedan hacerse cargo del cuidado del mismo, si aquello no es posible con los adultos de la familia nuclear, o para apoyar en ese rol al padre y/o la madre.

122.En relación a lo señalado en la observación N° 73 del Comité sobre la inexistencia de una red eficaz y suficiente de apoyo intersectorial, tanto el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez, como las indicaciones al proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, consagran un avance en cuanto a la coordinación intersectorial. El primero, contempla la creación de una Comisión Coordinadora de Protección, a la que corresponderá la coordinación intersectorial de los órganos de la Administración del Estado que desarrollen acciones, prestaciones o servicios orientados a la protección de los derechos de los niños y niñas sujetos de atención del Servicio, y de sus familias.

123.Ingreso de indicaciones durante el mes de octubre de 2018, al proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez. Las indicaciones presentadas por el Ejecutivo introducen ciertos cambios a la iniciativa, incorporando, por ejemplo, el principio de fortalecimiento del rol protector de la familia. Así, se reconoce que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y la primera encargada de brindar protección a los niños y niñas, de su cuidado y su educación. Es por esto que se pone de manifiesto en el proyecto de ley, que el Estado tiene el deber de dar protección a la familia y de propender a su fortalecimiento, de manera de otorgarle a los padres y cuidadores las herramientas necesarias para el ejercicio de su función.

124.Las indicaciones al proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez contemplan también un nuevo sistema de protección administrativa, la que se llevará a cabo en las Oficinas Locales de la Niñez, quienes serán las encargadas de la promoción de los derechos de los niños y niñas, la prevención de vulneraciones de derechos y su protección general. Se comenzarán a implementar en enero de 2019 en doce comunas del país, seleccionadas con asesoría del Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo (PNUD).

125.Desarrollo por parte del Ministerio de Desarrollo Social de diversas acciones en esta materia. Por un lado, el Subsistema de Protección Integral a la Infancia Chile Crece Contigo cuenta con programas de trabajo con las familias de los niños y niñas. Entre ellos, “Nadie es Perfecto” es un programa que consiste en talleres para fomentar las habilidades de crianza en padres, madres y cuidadores de niños y niñas de 0 a 5 años. Se lleva a cabo mediante encuentros grupales o asesorías personales, dirigidos a compartir experiencias de crianza en familia, aprender de otros y recibir orientaciones en problemas frecuentes para fortalecer el desarrollo de niños y niñas.

126.Desarrollo por parte del Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS), del programa “Acción en Familia” que contribuye al fortalecimiento de la vida en familia, interviniendo en el mundo familiar, con apoyo social para activar los capitales familiares. Dicho programa incluye formación y acompañamiento a familias, y financiamiento de iniciativa familiar.

127.La medida N° 1 del Acuerdo Nacional por la Infancia señala que se fortalecerán programas de habilidades parentales que acompañen y entreguen herramientas para el mejor ejercicio de la parentalidad, dirigidos a padres, madres y cuidadores de los niños. Con este fin, se creará una “Ruta de parentalidad y crianza” que estará conformada por toda la oferta programática de parentalidad y fortalecimiento familiar que existe en el Estado, a la que podrán tener acceso todas las familias y cuidadores. Estos programas se ofrecerán en diferentes ámbitos y con distintos enfoques, de acuerdo a las necesidades de cada familia, al ciclo de vida de cada niño y a los lugares a los que acuden regularmente. Para esto, el Ministerio de Desarrollo Social se encuentra generando mesas de expertos y mesas intersectoriales de modo de organizar la oferta y generar los estándares necesarios para que esta oferta realmente fomente y entregue herramientas de crianza y habilidades parentales.

128.Flexibilización de los horarios de visita de los niños y niñas bajo cuidado residencial para promover la revinculación familiar y la prohibición de negar las visitas sin una orden judicial que las restrinja.

129.Ingresó al Congreso Nacional el proyecto de ley que crea el Ministerio de Familia y Desarrollo Social durante el mes de julio de 2018, en virtud del cual este nuevo Ministerio deberá realizar las políticas, planes y programas con un enfoque familiar, entendiendo por tal, la comprensión del individuo no en forma aislada sino que en el contexto de su entorno. En este sentido, las políticas públicas en materia de niñez que desarrolle el Ministerio de Familia y Desarrollo Social, deberán necesariamente dirigirse a la familia en su conjunto, de manera de otorgar una protección más eficaz al niño o niña.

130.Durante el mes de agosto de 2018, se ingresó al Congreso Nacional el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez, que reemplazará el actual Servicio Nacional de Menores en materia de protección de los niños y niñas vulnerados en sus derechos. El objeto del nuevo Servicio será la protección especializada de niños y niñas, y deberá necesariamente desarrollar su objeto con un enfoque familiar. De esta manera, se incluye a las familias de los niños y niñas como sujetos de atención del nuevo servicio, incluyendo el trabajo con las familias de los niños y niñas en la ejecución de todas las líneas de acción del Servicio, incorporándolas en los procesos de intervención. Asimismo, se incluye la línea de acción de fortalecimiento y re vinculación familiar, la que estará dirigida al trabajo con los niños y niñas sujetos de atención del Servicio y con sus familias, con el objeto de apoyar a estas últimas y de otorgarles las herramientas necesarias para el cuidado y la crianza de los niños y niñas.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Programa “Nadie es Perfecto” Chile crece contigo

Desarrollar y expandir el referido programa de acompañamiento al desarrollo biopsicosocial.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Programa “Acción en Familia” FOSIS

Desarrollar el programa de forma permanente.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Ruta de Parentalidad y Crianza

Constituir mesa de trabajo en conjunto con el intersector, con el objetivo de levantar la información necesaria para el desarrollo de la Ruta. Está en construcción la metodología que seguirá la mesa técnica.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación del proyecto de ley que crea el Ministerio de Familia y Desarrollo Social

El proyecto de ley fue aprobado en general y en particular por la comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados en octubre del presente año. Se continuará impulsando su tramitación a través de las urgencias legislativas.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez

Implementar estas oficinas locales de forma gradual desde enero de 2019 en doce comunas del país.

El piloto contempla el Sistema Alerta Niñez, que permitirá identificar a niños y niñas con alto riesgo de vulneración, además de generar una oferta programática que atienda ese riesgo. Dicha oferta consiste en un Programa de Acompañamiento Preventivo de Niñez compuesto por tres componentes: i) Plan de Atención Familiar (diagnóstico para verificar en terreno factores de riesgo y protectores); ii) Acompañamiento Familiar (intervención intensiva, integral y personalizada de trabajo con las familias de niños y niñas en riesgo de vulnerabilidad); y iii) Seguimiento y Evaluación de Egreso para prevenir la aparición de nuevos factores de riesgo.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Fortalecimiento del cuidado alternativo de base familiar por sobre el residencial, a través de familias de acogida especializadas

1. Incrementar proyectos a nivel nacional.

2. Capacitar a equipos técnicos.

3. Realizar campaña de difusión a nivel nacional.

4. Revisar y ajustar el presupuesto de cada año para el cumplimiento de los objetivos trazados.

5. Revisar y ajustar las orientaciones técnicas.

6. Focalizar la supervisión técnica en casos de permanencias superiores a 18 meses.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Evaluación y ajustes de la oferta ambulatoria, particularmente en lo que dice relación con programas de apoyo familiar

Evaluar toda la oferta ambulatoria de SENAME, a fin de proyectar su rediseño hacia otorgar una atención integral especializada a niños, niñas y adolescentes vulnerados gravemente en sus derechos, que cuenten con adulto protector o un referente significativo y, por tanto, puedan participar de un proceso de intervención que les asegure, efectivamente: activación de medidas de protección, interrupción de vulneraciones y contar con intervenciones reparatorias, que les permitan proseguir el curso de sus vidas en forma adecuada a sus potencialidades de desarrollo.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Elaboración de Bases Técnicas de programa de atención ambulatoria multimodal

Elaborar Bases Técnicas para la creación de un modelo multimodal, proyectado para el año 2020, que responda a las necesidades del actual sujeto de atención, el que presenta dentro de sus características principales la poli victimización, requiriendo para su atención, un enfoque ecológico-sistémico.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Largo

Enfatizar el trabajo coordinado con Tribunales de Familia

Desarrollar Plan de trabajo con judicatura.

Desarrollar y concluir el trabajo de la mesa de trabajo para determinar los nudos críticos del sistema de aplicación de medidas de protección en favor de niños, niñas y adolescentes. El objetivo es definir los acuerdos y asumir los compromisos indispensables para superar los nudos observados y avanzar hacia un sistema de protección más eficaz y oportuno.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Mediano

I.Protección contra la violencia

Información de seguimiento sobre el párrafo 78 del informe de la investigación relacionada

131.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: El Estado de Chile reafirma su convicción en la necesidad de la protección de los niños respecto de la violencia, avanzando significativamente en este aspecto con la promulgación en mayo del año 2017 de la Ley N° 21013 que tipifica un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de personas en situación especial. A través de esta Ley, se agregó al Código Penal un nuevo artículo 403 bis que señala que “el que, de manera relevante, maltratare corporalmente a un niño, niña o adolescente menor de 18 años, a una persona adulta mayor o a una persona en situación de discapacidad en los términos de la Ley N° 20422 será sancionado con prisión en cualquiera de sus grados o multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales, salvo que el hecho sea constitutivo de un delito de mayor gravedad”. De esta manera, se prohíbe expresamente el maltrato de los niños y niñas, independiente del entorno de dónde este maltrato provenga, y agravándose el delito en caso de quien lo cometa tenga un deber especial de cuidado respecto del niño o niña.

132.Junto con lo anterior, se han desarrollado una serie de acciones tendientes a reforzar la erradicación del maltrato y sus diferentes manifestaciones respecto de la relación con los niños.

Acciones realizadas

133.Promulgación en mayo del año 2017 de la Ley N° 21013 que tipifica un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de personas en situación especial. A través de esta Ley, se agregó al Código Penal un nuevo artículo 403 bis.

134.Participación del SENAME en el Circuito intersectorial de Femicidio, instancia que busca garantizar la protección y la atención integral (psicológica, social y legal) de niños, niñas y adolescentes víctimas indirectas o colaterales de Femicidio (frustrado y consumado), así como de la Red de Atención a Víctimas.

135.Constitución en el 2017 de una Mesa Interinstitucional para la Prevención y Sanción de la Tortura, por parte del Instituto Nacional de Derechos Humanos, conformándose una Sub-Comisión de Educación y de Protección, en la cual participa activamente el SENAME. En dicho contexto se realiza un trabajo expositivo y de estudio sobre protocolos de prevención de Tortura existentes en cada uno de los Servicios que participan de ella.

136.Incorporación del trabajo de prevención de la violencia de género por parte de las Oficinas de Protección de Derechos del SENAME.

137.Dictación de Oficios circulares 2308 y 2309 del SENAME, de fecha 21 de octubre de 2013, en el contexto de mejorar el procedimiento y recoger requerimientos de la Contraloría General de la República, incorporando una definición de maltrato, entregando obligaciones concretas tanto a los Centros de Administración Directa del servicio así como a los Organismos Colaboradores en el marco de la Ley N° 20032, y otorgando a los directores de programas la facultad de denunciar hechos que pudieren ser constitutivos de delito.

138.Estas circulares establecen, tanto para los Centros de Administración Directa y los OCA, un protocolo de acción que se activa en cuanto se presencia o toma conocimiento de cualquier situación que pueda constituir un hecho constitutivo de delito en contra de niños, niñas y adolescentes que se encuentran en residencias.

139.Las principales acciones que establece son el deber de denunciar inmediatamente a Fiscalía, poner en conocimiento a las autoridades del Servicio e iniciar la instrucción de un proceso disciplinario que esclarezca los hechos.

140.Instrucción de procedimientos administrativos en contra de funcionarios de Centros de Administración Directa que se constituyan en eventuales agresores de niños, niñas y/o adolescentes, contando Sename con un sistema de seguimiento de sumarios, existiendo 280 procesos disciplinarios instruidos y en curso en SENAME por “maltrato/agresión” al 13 de julio del año en curso.

141.Proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez, el que estará encargado de la protección especializada entendida como la restitución del ejercicio de los derechos vulnerados de niños y niñas debido a abuso, maltrato, abandono o negligencia grave, y la reparación de las consecuencias provocadas por dichas vulneraciones.

142.Proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, en el que se consagra el derecho de los niños y niñas a ser protegidos contra todo tipo de violencia. Asimismo, señala que toda forma de maltrato a un niño, incluido el maltrato prenatal, está prohibido y no puede justificarse por ninguna circunstancia. En igual sentido establece el deber de las familias, de los órganos del Estado, de la sociedad y especialmente de las organizaciones de la sociedad civil que se relacionen con la niñez, de asegurar a los niños la protección contra la violencia y los cuidados necesarios para su pleno desarrollo y bienestar.

143.El Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia para el periodo de 2018 a 2025 realizado por el Ministerio de Desarrollo Social y el Consejo Nacional de la Infancia, con colaboración de UNICEF, contiene compromisos para poner fin a cualquier forma de violencia en contra de niños, niñas y adolescentes, abuso sexual, trabajo infantil en todas sus formas, explotación sexual comercial infantil y adolescente; entre otras.

144.Desarrollo por parte de la Subsecretaría de la Niñez, de Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez, contempladas en el proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, las que se encargarán de la promoción, prevención y protección general de los derechos de los niños en el ámbito local. Dentro de las funciones de las Oficinas Locales de la Niñez se encuentra el Sistema Alerta Niñez que permitirá identificar a niños y niñas con alto riesgo de vulneración, además de generar una oferta programática que atienda ese riesgo.

145.El proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez establece en su artículo 53 la obligación del Servicio de desarrollar políticas, programas y actividades de capacitación periódica, en las que participarán obligatoriamente sus funcionarios, y a las que podrá acceder el personal de los colaboradores acreditados, con el objeto de mejorar sostenidamente sus habilidades y conocimiento para el desarrollo de las tareas propias del Servicio y los programas que a través de éste se ejecuten.

146.Supervisión por parte de los tribunales de familia respecto del sistema de cuidados alternativos tanto en lo residencial como respecto de las familias de acogida, a fin de denunciar posibles situaciones de maltrato dentro de dichos contextos.

147.Informes trimestrales sobre el levantamiento y actualización de fichas individuales que se encuentran derivados a instituciones residenciales, a cargo de los Centros de Observación y Control de Cumplimiento de Medidas de Protección, en los que se da cuenta además del estado de gestión general de las medidas de protección y del desempeño realizado por los centros emplazados en el territorio nacional. En el mismo sentido, se encuentra la generación de un Informe nacional semestral de visitas a Hogares y Residencias de Protección Red SENAME y Privados, proporcionando datos de las visitas e información de las fichas residenciales de la totalidad de residencias emplazadas en el territorio nacional.

148.Existencia de zona de Carabineros para la prevención y protección de la familia, ente encargado de orientar, normar y evaluar a nivel nacional, la gestión de operaciones en materias de prevención de la violencia, el delito, la delincuencia y la protección de la familia. Asimismo, está a cargo de la elaboración de propuestas de políticas y estrategias policiales que se requieran implementar; y de coordinar el trabajo de prevención con actores relevantes, bajo un enfoque de coproducción y responsabilidad compartida. Así mismo cuenta con una prefectura, comisarías y tenencias de familia e infancia, a fin de operativizar los respectivos lineamientos e instrucciones.

149.Existencia a nivel nacional de 60 salas de Familia de Carabineros de Chile, dependencias diferenciadas de los módulos de Guardia, con mobiliario y tecnología adecuada para la adopción de procedimientos de violencia intrafamiliar, vulneraciones de derechos a niños, niñas y adolescentes, entre otros.

150.Atención al público a través de Fono niños 147 y fono familia 149, servicios telefónicos, gratuitos, preventivos y de emergencia, ambos de Carabineros de Chile y que se encuentran a disposición permanente durante los 365 días del año las 24 horas con cobertura nacional.

151.Funcionamiento del programa de seguridad integrada 24 horas de Carabineros de Chile(PSI: 24 HORAS) sistema de detección temprana, que permite, entre otros, contar con información válida y oportuna relativa a NNA ingresados a las unidades policiales de Carabineros, los que son derivados de manera diaria a los Municipios del país para su intervención psicosocial.

152.Celebración de un convenio de cooperación mutua y asistencia entre Carabineros de Chile y el SENAME, vigente a contar del 27 de diciembre del 2004, cuyo objetivo es garantizar el envío de la información necesaria, la cual es ingresada al “Sistema de registro único de las peores formas de trabajo infantil” el cual consiste en un método destinado a obtener, mediante participación de diversos organismos y servicios públicos estratégicos, dentro de los que se cuenta Carabineros de Chile, información cualitativa y cuantitativa de NNA identificados en peores formas de trabajo infantil, a nivel local, regional y nacional, con la finalidad de diseñar políticas y programas orientados a su erradicación progresiva.

153.Formación para los futuros oficiales de carabineros, así como capacitaciones al Personal de Nombramiento Supremo e Institucional en materias de infancia y adolescencia, derechos humanos y protección contra la violencia.

154.Realización por parte de carabineros de acciones de prevención social, a través de charlas educativas y otras manifestaciones artísticas destinadas a entregar herramientas y conocimiento de los derechos que asisten a niños, niñas y adolescentes.

155.Conformación de equipo investigativo especializado de la Policía de Investigaciones (PDI) denominado “Fuerza Tarea SENAME”, con dedicación exclusiva a la investigación de los fallecimientos de niños, niñas y adolescentes ocurridos en los últimos 10 años, respecto de quienes al momento de su muerte permanecían bajo la tutela del Estado. En este contexto de investigación se ha levantado información respecto de eventuales hechos que vulneran los derechos de los NNA-residentes de centros dependientes del SENAME (CREAD u OCA) los cuales fueron puestos en conocimiento del Ministerio Público.

156.Atención por parte del Centro de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales (CAVAS) de la PDI a niños, niñas y adolescentes, en edades comprendidas entre los 10 y 17 años de edad y que se encuentran implicados, en calidad de autor, en situaciones abusivas de carácter sexual. El marco de referencia en el cual se desenvuelve y orienta su accionar, este se ampara en la Convención de los Derechos del Niño.

157.Capacitaciones realizadas por la PDI en materia de agresiones sexuales, destinadas principalmente a niños, niñas y adolescentes y a profesionales de la educación, encargados de cuidado y miembros del núcleo familiar.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia

Actualizar el Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia que regirá respecto del periodo 2018 a 2025.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Seguimiento Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia

Realizar el seguimiento a los compromisos establecidos en el Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia que regirá respecto del periodo 2018 a 2025.

Ministerio de Desarrollo Social

Largo

Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez

Implementar las Oficinas Locales de la Niñez de forma gradual desde enero de 2019 en doce comunas del país.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Mesa de Trabajo sobre violencia

Elaborar un informe sobre el estado actual de los mecanismos de prevención y protección de la violencia en contra de la mujer y haciendo propuestas concretas (en la que se incluye población de menor de 18 años).

Ministerio de la Mujer y Equidad de Género

Corto

Capacitación

Mejorar la oferta en los cursos e-learning entre los actores involucrados en el desarrollo de los niños.

Ministerio de la Mujer y Equidad de Género

Mediano

Cumplimiento de convenios

Instar por el cumplimiento progresivo del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el Poder Judicial, el Servicio Nacional de Menores y el Ministerio de Justicia en 2014, en línea de interconexión informática.

Poder Judicial

Corto

Revisión del sistema de visitas

Revisar el sistema de visitas a los centros residenciales en cuanto a su modalidad, periodicidad, intensidad y objetivos, tanto en tribunales de primera instancia como en tribunales superiores.

Poder Judicial

Largo

Instalación de mecanismos de transparencia colaborativa

Instalar mecanismos de participación y transparencia colaborativa para la protección y cautela de los derechos de NNA.

Poder Judicial

Largo

Vinculación con el medio académico

Promover la vinculación del Poder Judicial con el medio académico para la realización de estudios metodológicos en materia de familia e infancia, entre otras cosas, sobre las causas relacionadas con disfunciones parentales que llevan a generar violencia al interior de la familia y en particular hacia los niños, niñas y adolescentes, con la finalidad de visualizar cuáles son las principales variables que empujan el comportamiento violento y con esto proponer a los distintos actores (salud, educación y SENAME, entre otros) mejores formas de interacción y tratamiento de las mismas.

Poder Judicial

Largo

Perfeccionamiento del registro administrativo

Constituir un sistema de registro, tratamiento de la información, seguimiento, supervigilancia efectiva y determinación de la revisión de la situación de los NNA con internación.

Poder Judicial

Corto

Proyecto salas de familia

1. Capacitar al personal que desarrolla labores en esas funciones.

2. Implementar un sistema de selección del personal.

3. Habilitar tecnológica y mobiliariamente las respectivas salas.

Carabineros de Chile

Largo

Capacitación al personal de nombramiento supremo e institucional

Capacitar al personal de nombramiento Supremo e Institucional a nivel nacional en materias enmarcadas en los convenios internacionales relacionados con la protección de la niñez.

Carabineros de Chile

Mediano

Formación de instructores en derechos humanos

Realizar dos veces al año cursos de Instructores en Derechos Humanos aplicables a la función policial. En donde trata materias respecto a grupos vulnerables asociadas a las protección de niños, niñas y adolescentes.

Carabineros de Chile

Largo

Mejorar la comunicación entre las diferentes Unidades Policiales y Departamentos de la PDI con la finalidad de otorgar un mejor servicio a nuestros NNA

Fomentar la coordinación de las diferentes Unidades y departamentos que abordan la temática.

PDI

Mediano

Capacitaciones educativas

Capacitar en temáticas de violencia escolar, bullying, violencia en las relaciones de pareja y agresiones sexuales, enfatizando la labor con niños, niñas y adolescentes de mayor riesgo y vulnerabilidad y con adultos que adquieran el rol de agente multiplicador del mensaje educativo.

PDI

Largo

Capacitaciones realizadas por el CAVAS

Continuar desarrollando capacitaciones en materia de violencia sexual, primera acogida y también a nivel de intervención para profesionales de la red de atención.

PDI

Mediano

Mantener la oferta de atención Psicosocial Especializada

Desarrollar el programas de atención a víctimas, que contribuye a la protección de los niños, niñas y adolescentes y la reparación de las vulneraciones de derechos sufridas, particularmente en el ámbito sexual.

PDI

Corto

Estudio Análisis funcionamiento residencial en Chile

Realizar en conjunto con el Ministerio Público, un estudio con el objeto de reportar a las autoridades información y antecedentes levantados en el contexto de investigación criminal que permitan generar políticas públicas , con base a la evidencia reportada por la totalidad de centros residenciales del Sename.

PDI

Mediano

Detección, denuncia y atención oportuna de eventuales víctimas de abuso sexual y/o maltrato constitutivo de delito entre pares, de un funcionario hacia un niño, niña o adolescente o desde un tercero en el sistema de cuidado alternativo y ambulatorio

Analizar el 100 % de las situaciones que motivan la activación de los procedimientos establecidos, dentro de las cuales se cuentan las denuncias de los propios niños, con la finalidad de cautelar su cumplimiento, la protección de las eventuales víctimas, y las medidas dirigidas a la prevención de este tipo de hechos.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Mediano

Formación del personal

Desarrollar dos cursos semipresenciales:

a) Primera versión para Chile, del curso “Violencia y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Construyendo Entornos de Paz”;

b) Novena versión del curso Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescente.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Corto

Mesa técnica para la revisión y ajuste de los lineamientos para la línea de acción residencias

Recabar opinión de un panel de expertos en la materia para la construcción de los nuevos lineamientos.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Mediano

J.Derecho del niño con discapacidad a la atención adecuada para una vida plena y decente

Información de seguimiento sobre el párrafo 81 del informe de la investigación relacionada

158.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: El apoyo para las familias que cuentan con niños con discapacidad ha sido insuficiente por parte del Estado. Sin duda existe una oferta programática que intenta hacerse cargo del problema, pero ésta debe necesariamente fortalecerse. Lo anterior ha sido reflejado en el Acuerdo Nacional por la Infancia, en el que se hace referencia al fortalecimiento y apoyo a las familias.

159.No cabe duda de que, en el caso de los niños y niñas en situación de discapacidad, el apoyo a sus familias es fundamental, ya que éstas se ven enfrentadas a situaciones complejas que requieren mayores herramientas y capacidades por parte de ellas.

Acciones realizadas

160.Se ha incorporado el enfoque de inclusión en todas las Orientaciones Técnicas de las distintas modalidades que implementa SENAME. Se cuenta con una oferta de Programas Ambulatorios de Discapacidad (PAD) que está respondiendo con una especialización de parte de los equipos ejecutores, en vulneración de derechos y discapacidad, de forma pertinente al sujeto de atención y a sus familias, y al mismo tiempo realiza acciones de empoderamiento y visibilización local en atención de prevenir el maltrato, favorecer conductas auto-protectoras en los niños y niñas, además de fortalecer las capacidades de cuidado de las familias. Los programas ambulatorios alcanzan a 11 proyectos en (7) regiones del país con 439 cupos disponibles.

161.En términos del cuidado alternativo residencial la oferta administrada por organismos colaboradores acreditados del SENAME (OCA), mantiene modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad, bajo el siguiente modelo:

a)Centros Residenciales para la Discapacidad Discreta o Moderada – RDD, a la fecha, se ha avanzado, en tanto favorecer la inclusión con ajustes razonables de los niños, niñas o adolescentes en situación de discapacidad discreta o moderada en la oferta residencial común, por ello, se ha trabajado en la extinción y reconversión de este modelo segregado;

b)Centros Residenciales para niños, niñas y adolescentes con Discapacidad Severa y alta dependencia, el Servicio perfeccionó el modelo para residencias de Discapacidad Grave (RDG) a partir del año 2012 proyectando la reconversión de esta oferta al modelo residencial para alta dependencia con programa para la intervención residencial adosado (RAD/PER), que contempla acogimiento residencial más un programa asociado para la intervención psicosocial, con mayor perfeccionamiento técnico y sustento financiero.

162.El SENAME atiende aún en centros destinados a niños, niñas y adolescentes a población mayor de edad, pues históricamente no se contaba con centros residenciales para este rango etario. Como un avance en la materia se logró el traspaso de 82 personas adultas con alta vulnerabilidad social, discapacidad grave, largamente institucionalizadas y sin red socio-familiar de la red residencial de protección a la infancia de SENAME al Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), lo cual materializa un trabajo técnico y financiero sustentable (mejorando sustantivamente el pago por persona atendida, a más del doble) para esta población objetivo, con un modelo que aspira a (…) “ contribuir al mejoramiento de la calidad de vida, ejercicio de la autonomía e inclusión social de las personas adultas en situación de discapacidad”. Este avance permitió que hoy se hayan generado las condiciones administrativas y técnicas para que se generalice la experiencia piloto y se materialice el traspaso de la totalidad de la población adulta institucionalizada a nivel nacional desde el Servicio Nacional de Menores al Servicio Nacional de la Discapacidad.

163.Respecto de la observación N° 79 del Comité sobre la obligación del Estado de Chile de procurar a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, el proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, impulsado por el Ministerio de Desarrollo Social, señala que se promoverá la defensa en particular de los derechos de los niños en situación de discapacidad, garantizando su pleno desarrollo. Además, la iniciativa establece que ningún niño podrá ser discriminado en forma arbitraria en razón de su situación de discapacidad. Por su parte, el artículo 18 del proyecto de ley dispone que en la elaboración de las políticas de vivienda y urbanismo y en la dotación de equipamientos, instalaciones y mobiliario urbano y rural se tendrán en consideración las características de los niños, especialmente en situación de discapacidad, para efectos de promover que disfruten del entorno en condiciones de salud, seguridad y accesibilidad adecuadas.

164.Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia 2018-2025: Dentro de las acciones desarrolladas por el Servicio Nacional de la Discapacidad, se encuentran aquellas articuladas con distintas entidades públicas dentro del intersector, dando respuesta al Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia 2018-2025.

165.Acuerdo Nacional por la Infancia:En el marco del Acuerdo Nacional por la Infancia, se compromete la implementación de 6 unidades de Cuidados y Rehabilitación Intensiva, dirigidas a población infanto adolescente, de alcance macrozonal, que van en la línea de implementación del Modelo de Gestión de Red Temática, que se basa en una organización de servicios de carácter territorial integrados a la red de salud general. En ese contexto, el Ministerio de Salud (MINSAL) ha convocado a desarrollar el modelo de gestión de esas unidades, siendo SENADIS parte de las instituciones convocadas.

166.Programa de Atención Temprana de SENADIS: tiene por objeto contribuir a la inclusión social y equiparación de oportunidades de niños y niñas con discapacidad y rezago del desarrollo, menores de 6 años que asisten a establecimientos de educación parvularia y que reciben subvención o financiamiento del Estado. Este convenio se ha desarrollado con instituciones como JUNJI e INTEGRA, además de 4 fundaciones, beneficiando a un total de 247 establecimientos cada año.

167.Concurso de Educación de Apoyo a Instituciones para la Inclusión de Estudiantes con Discapacidad, SENADIS:el cual tiene por objetivo contribuir en la generación de condiciones contextuales junto con la eliminación de barreras en establecimientos de y para la educación que dificulten la inclusión educativa de estudiantes con discapacidad en todos los niveles y modalidades, a través de proyectos que tengan pertinencia técnica, territorial y se conciban desde el enfoque de la Educación Inclusiva.

168.La Ley N° 21013 (año 2017) tipifica un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de personas en situación especial. Sanciona conductas no constitutivas de lesiones, que atenten contra la integridad física y psíquica de niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad, sin importar si el maltrato ha sido cometido dentro o fuera del contexto intrafamiliar.

169. En cuanto a la población adulta con discapacidad que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos, se ha definido que ellos serán responsabilidad del SENADIS. Lo anterior, con el propósito que las personas con discapacidad entre 18 y 59 años, institucionalizadas en hogares para menores, ejerzan su autonomía en la toma de decisiones, mediante la generación de un modelo de atención integral acorde a sus necesidades, garantizando el pleno goce y respeto a los derechos humanos.

170.El Subsistema de Protección Integral a la Infancia, Chile Crece Contigo, garantiza el acceso a Ayudas Técnicas gratuitas para niños y niñas en situación de discapacidad entre los 0 y 4 años de edad que pertenecen a los hogares del 60 % de menos recursos de acuerdo al Registro Social de Hogares. Las Ayudas Técnicas son elementos y/o implementos requeridos por una persona con discapacidad para prevenir la progresión de la misma, mejorar o recuperar su funcionalidad, a fin de mejorar su autonomía personal y desarrollar una vida independiente.

171.En relación a la observación N° 81 del Comité sobre el apoyo a las familias de niños con discapacidad, las indicaciones al proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de la Niñez incorporan el principio rector del fortalecimiento del rol protector de la familia, en virtud del cual, al ser la familia el núcleo fundamental de la sociedad y la primera encargada de brindar protección a los niños, de su cuidado y educación, es deber del Estado dar protección a la familia y propender a su fortalecimiento, de manera de otorgarle a los padres y cuidadores las herramientas necesarias para el ejercicio de su función.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Ayudas Técnicas del Subsistema Chile Crece Contigo

Desarrollar el programa de forma permanente.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez

Implementar de forma gradual el modelo de las oficinas locales de la niñez desde enero de 2019 en doce comunas del país, orientadas a apoyar a las familias de manera de otorgarles las herramientas necesarias para poder ejercer adecuadamente su rol protector respecto de los niños.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Rehabilitación Infantil

Incorporar de forma progresiva las prestaciones de rehabilitación infantil en la estrategia de rehabilitación integral a nivel Nacional. SENADIS Promoverá y/o apoyará el desarrollo de este desafío.

SENADIS

Largo

Plan nacional de capacitación sobre la Ley N° 21013

Promover, difundir y capacitar a profesionales del sector público que tiene bajo su cuidado a Niños, Niñas y Adolescentes con discapacidad.

SENADIS

Mediano

Sistematizar y evaluar el Programa Atención Temprana, para documentar el modelo de atención temprana para niños y niñas en situación de discapacidad

Realizar una licitación pública para contratar una consultoría que desarrollo este proyecto de alcance nacional.

SENADIS

Largo

Acompañar a padres, cuidadores y docentes, de niños y niñas con discapacidad

Crear un programa de acompañamiento para padres, cuidadores y docentes, de niños y niñas con discapacidad.

SENADIS

Largo

Ampliar coberturas para niños y niñas con discapacidad

Modificar el Programa Chile Crece Contigo, para mejorar el diagnóstico y las prestaciones de salud para niños y niñas con discapacidad.

SENADIS

Largo

K.Derecho al más alto nivel posible de Salud

Información de seguimiento sobre los párrafos 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88 del informe de la investigación relacionada

172.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: El diseño e implementación de la política nacional sanitaria, corresponde al Ministerio de Salud (MINSAL), el que a partir del año 2017 ha implementado en conjunto con SENAME y con SENDA, el Sistema Intersectorial de Salud Integral con énfasis en salud mental, para niños, niñas, adolescentes y jóvenes, vulnerados en sus derechos y/o bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Además se encuentra desarrollando una serie de iniciativas destinadas a mejorar el acceso de los niños del sistema residencial a las prestaciones de salud, así como al desarrollo de políticas de acceso focalizadas en esta población.

173.Por su parte el SENAME dentro de sus competencias legales y técnicas, ha impulsado diversas iniciativas dirigidas a contribuir al desarrollo de acciones sanitarias integrales y oportunas en pos de asegurar el acceso, atención, tratamiento y rehabilitación —a las prestaciones sanitarias requeridas por los niños, niñas y adolescentes.

174.Asimismo a través de las orientaciones técnicas de sus programas, el SENAME ha reforzado esta idea de atención integral e intersectorial con el sector salud, a través de instrucciones a sus organismos colaboradores de que todos los NNA se vinculen con los dispositivos de salud del territorio a fin de poder acceder a las políticas integrales de salud, establecidas por el Ministerio de esa cartera.

Acciones realizadas

175.Implementación progresiva del Sistema Intersectorial de Salud Integral con énfasis en salud mental, para niños, niñas, adolescentes y jóvenes, vulnerados en sus derechos y/o bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, desarrollado por el Ministerio de Salud, SENAME y SENDA. El sistema implementa una estrategia intersectorial de carácter estructural, que permite dar una respuesta oportuna, integral y de calidad. Tiene por objetivo central fortalecer y mejorar la salud integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, vinculados a los programas de SENAME, a través acciones orientadas a: promover la salud, mejorar los contextos cotidianos y relaciones vinculares de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes; desarrollar acciones preventivas para evitar la aparición de problemas de salud, detectar tempranamente la aparición de problemas, síntomas o trastornos, implementar mecanismos intersectoriales que aseguren el acceso oportuno de los niños, niñas y adolescentes a la salud, asegurar la continuidad de los cuidados en salud, realizar acciones de seguimiento a su trayectoria en salud e implementar un sistema de registro y monitoreo de su recorrido por los establecimientos de la red de atención pública de salud.

176.El Sistema, es una política pública que tendrá una implementación progresiva a lo largo de todo el país, la cual se inició el año 2017, en los territorios vinculados a 6 Servicios de Salud:

•Servicio de Salud Coquimbo

•Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio

•Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota

•Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente

•Servicio de Salud Valdivia

•Servicio de Salud Magallanes.

177.En este 2018, se incorporaron los territorios correspondientes a:

•Servicio de Salud Arica

•Servicio de Salud Antofagasta

•Servicio de Salud Metropolitano Occidente

•Servicio de Salud Maule

•Servicio de Salud Concepción

•Servicio de Salud Reloncaví.

178.Para el año 2019:

•Servicio de Salud Iquique

•Servicio de Salud Bío Bío

•Servicio de Salud Metropolitano Central

•Servicio de Salud Araucanía Sur

•Servicio de Salud Aysén

•Servicio de Salud O’Higgins.

179.Para los años 2020 y 2021 – Los demás Servicios de Salud se sumarán al año 2021 (Atacama, Aconcagua, Metropolitano Norte, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur, Ñuble, Talcahuano, Arauco, Araucanía Norte, Osorno y Chiloé).

180.El modelo considera un Equipo Gestor Intersectorial (SENAME, SENDA y MINSAL) y contar con un Sistema de Registro que permita levantar información actualizada del estado de salud de los NNA y de las prestaciones en salud que han recibido y que están programadas.

181.Dentro de las funciones del equipo gestor se encuentran: a) Monitorear la efectiva atención preferencial de salud de los NNA; b) Resguardar la continuidad de las atenciones de salud de los NNA; c) Asesorar a los equipos intervinientes en el uso adecuado de las redes intersectoriales; d) Asegurar la elaboración e implementación de protocolos construidos conjuntamente entre los actores intervinientes, en concordancia con las orientaciones técnicas nacionales de este Sistema y la realidad local; e) Coordinarse con otros referentes del Programa Nacional de Salud Infantil, Chile Crece Contigo, encargados de SENAME, entre otros, para favorecer la entrega de servicios integrados e integrales a los niños, niñas y adolescentes; f) Detectar necesidades de capacitación de los equipos del territorio y apoyar la gestión de estas; g) Realizar levantamiento de nudos críticos relacionados con la implementación de este Sistema Intersectorial y canalizarlos hacia el nivel central para el diseño de estrategias de solución; h) Articular acciones complementarias intra sectoriales y con otros sectores, para dar respuesta a las necesidades que surjan de la atención de los NNAJ vinculados a la Red SENAME; i) Evaluar de forma continua la implementación de este Sistema Intersectorial en el territorio, realizando seguimiento de los indicadores y emitiendo informe trimestral con análisis regional; j) Mantener comunicación y coordinación con facilitador de salud de SENAME, con el referente de gestión de lista de espera de cada Servicio de Salud y/o con otros agentes relevantes que, por su propio quehacer, tengan relación con este Sistema Intersectorial.

182.Memorándum N° 200 de la Directora Nacional de SENAME, informando sobre la priorización de los niños, niñas y adolescentes vinculados a los programas del Servicio, ello, a partir del Ordinario N° 183, de 18 de enero de 2017, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, Ministerio de Salud, informa a los Servicios de Salud, “(…) sobre el modelo de trabajo necesario para priorizar y otorgar atención integral y oportuna a las necesidades de niños, niñas y adolescentes NNA que han sido vulnerados en sus derechos y que son de alto riesgo psicosocial, en la medida que han sido vulnerados en sus derechos como personas y no cuentan con redes de protección familiar”.

183.Celebración de un convenio de Colaboración entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, el Ministerio de Salud y el Servicio Nacional de Menores.

184.Este convenio tiene por objetivo brindar una atención integral, oportuna y de calidad para el abordaje del consumo de alcohol y otras drogas a niños, niñas y adolescentes, vinculados a la red SENAME, en la línea de protección, a través de un trabajo interinstitucional coordinado y eficiente.

185.A partir de este Convenio, se ha trabajado una estrategia que apoya la detección temprana del consumo de drogas y alcohol en niños, niñas y adolescentes, considerando un plan de trabajo que incorpora la elaboración de lineamientos para la detección, intervención y derivación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes por consumo de alcohol y drogas.

186.Celebración de un convenio de colaboración entre los Ministerios de Salud, Justicia y Derechos Humanos y SENAME, cuyo objetivo es “ abordar los casos de niños, niñas y adolescentes sujetos a la protección del SENAME para establecer un procedimiento que permita armonizar la optimización de los trasplantes de los órganos sólidos con criterio de equidad en el acceso”. Para ello, se estableció un “Protocolo de trasplante para niños, niñas, adolescentes y jóvenes”, Resolución Exenta Nº 0815 de 8 de marzo de 2018.

187.SENAME mantiene coordinación y seguimiento a todas las acciones correspondientes al proceso de estudio, pre y post trasplante de órganos de los niños, niñas y adolescentes de la Red que requieren de dicha prestación. El seguimiento es sistematizado en un informe de trasplante que es enviado mensualmente a la autoridad del Servicio.

188.Celebración de un convenio de colaboración sobre transferencia de datos entre el Ministerio de Salud y el Servicio Nacional de Menores, permitiendo cruzar bases de datos, con el objetivo de conocer la trayectoria de salud de los niños, niñas y adolescentes vinculados a los programas de SENAME. Este proceso se encuentra en mejora continua debido a la modernización de las bases de datos de MINSAL.

189.Normativa para el abordaje de situaciones de desajuste emocional y/o conductual de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en cuidado alternativo residencial. Diseño realizado en el marco de una mesa intersectorial con representantes de los Ministerios de; Salud, Justicia y Derechos Humanos en conjunto con SENAME. Se realizará su publicación durante los próximos meses.

190.Celebración de un convenio de colaboración interinstitucional entre SENAME y MINSAL, para la promoción de la salud sexual y prevención y control del VIH/sida, en un contexto de no discriminación. Se realizó Jornada de Capacitación para la formación de “Monitores en Prevención de VIH/Sida y otras ITS”, destinada a enfermeros/as y técnicos superiores de enfermería de todas las Unidades de Salud de los Centros de Administración Directa de SENAME a nivel nacional. Además, actualmente se encuentra en etapa de creación cápsula de aprendizaje de VIH/sida e ITS, la cual informará y sensibilizará a todos los funcionarios de los Centros de Administración Directa de SENAME.

191.Celebración de un convenio de colaboración entre el Colegio Médico, MINSAL y SENAME, que establece una mesa de trabajo a fin de coordinar Operativos Médicos destinados a despejar la Lista de Espera de Atención de SENAME.

192.Celebración de un convenio de colaboración con el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y SENAME, con el objetivo de entregar cobertura sanitaria, conforme a los criterios de carencia de recursos de personas menores de 18 años de edad, que se encuentren en programas de la red SENAME.

193.Celebración de un convenio de colaboración con la Organización No Gubernamental de desarrollo de nacional médico “Nacionalidad Médico”. Con el objetivo de realizar operativos médicos dentales en niños, niñas y adolescentes del centro de administración directa de protección (CREAD) de Pudahuel.

194.Gestión y articulación intersectorial por el que los proyectos de la red de SENAME, deben realizar un trabajo a nivel comunitario y local, siendo el trabajo en red un componente más de la intervención psicosocial, por ello, los proyectos deben vincularse con las organizaciones presentes en los territorios y establecer protocolos de colaboración con los dispositivos disponibles de la atención primaria de salud o también con instituciones privadas que puedan aportar a entregar una atención oportuna en salud.

195.Las residencias en acuerdo a sus lineamientos técnicos entregados por el Servicio, deben gestionar y concretar el acceso a atención de salud integral y a las garantías que ofrece el Sistema de Protección Integral a la Infancia Chile Crece Contigo – Salud, cuando se trate de niños y niñas de primera infancia. Cada residencia tiene la obligación de garantizar la atención de salud de toda la población atendida, y velar por el cumplimiento de controles periódicos y tratamientos médicos especializados de acuerdo a la edad y estado de salud. Además, debe gestionar el acceso a los programas locales implementados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA).

196.Finalmente, y siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Salud para el almacenamiento y administración de fármacos, SENAME elaboró en el presente año el “Protocolo de abastecimiento, administración y registro de medicaciones e insumos clínicos para los centros de administración directa del Servicio”. Así como también, en el año 2016, elaboró el “Protocolo de Administración de Medicamentos para los OCA”, el cual tiene por objetivo estandarizar el procedimiento de administración de medicamentos y reducir los riesgos potenciales de incidentes relacionados por la administración de medicamentos.

197.Generación de oferta de atención cerrada de Salud Mental para población infanto adolescente: Unidades de hospitalización de cuidados intensivos en psiquiatría (UHCIP) y Unidades de cuidado y rehabilitación intensiva (UCRI).

198.Ejecución de un plan de normalización de controles de salud: Este plan realizado entre abril y mayo del 2018 permitió cerrar la brecha de identificación de los NNA que no estaban inscritos en el sistema de salud, regularizar el control de salud infantil integral, calendario de inmunización y vacunación de campaña, como la influenza, y en el caso de los que estaban esperando por salud mental, se les reevaluó. De un total de 6.625 de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, al 100 % se les realizó controles de salud, al 84,7 % se les realizó inmunización contra la influenza, al 60,9 % se les realizó la reevaluación de salud mental, por estar en lista de espera de psiquiatría.

199.Fortalecimiento de la vinculación Atención Primaria de Salud (APS)-SENAME: Proceso que garantiza la entrega de prestaciones básicas de APS derivadas del Plan de Salud Familiar, a los niños, niñas y adolescentes en programas de SENAME (residencias y ambulatorios), mediante: a) Asegurar la inscripción en el establecimiento de APS vinculado por domicilio; b) Acceso a controles de salud según edad; c) Continuidad del cuidado y monitoreo de salud de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes. A marzo de 2018, existen 231 residencias que se vinculan con 159 equipos de APS, donde existen mecanismos instalados de articulación para el acceso a salud. Cada establecimiento de APS debe tener un referente SENAME para facilitar las acciones de coordinación. A su vez, la residencia debe contar con un referente para la coordinación con APS.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Sistema Intersectorial de Salud Integral con énfasis en salud mental, para niños, niñas, adolescentes y jóvenes, vulnerados en sus derechos y/o bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente

Continuar con la implementación progresiva en la totalidad de los servicios de salud del territorio nacional en los años 2019-2020 y 2021.

Ministerio de Salud

SENDA

SENAME

Largo

Publicación Normativa conjunta de manejo de crisis

Validar versión final con mesa de expertos.

Sancionar normativa.

Publicar y socializar normativa.

SENAME

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Corto

Aumentar cobertura de tratamiento para la atención de niños, niñas y adolescentes con consumo problemático de alcohol y otras drogas

Gestión del aumento de la cobertura para niños, niñas y adolescentes con consumo problemático de alcohol y otras drogas.

SENDA

Mediano

Asesoría y Capacitación a equipos regionales de Integración Social y a equipos técnicos ejecutores del programa VAI

Actualización de Anexo de Orientaciones Técnicas de “Viviendas de Apoyo a la Integración Social”, en las acciones y estrategias a realizar para promover, prevenir y garantizar la oportuna atención de calidad a Niñas y Niños que participan del programa

Favorecer que niños y niñas de hasta 8 años, puedan permanecer con sus progenitoras cuando estas se encuentran en proceso de integración social, luego de su proceso de rehabilitación, en una vivienda adecuada para ello, por medio de una instancia residencial transitoria, orientada a facilitar el proceso de recuperación por consumo problemático de sustancias.

Elaborar anexo al documento vigente con las acciones y estrategias a desarrollar para prevenir y garantizar la oportuna atención de calidad a niñas y niños que participan del programa.

SENDA

Mediano

Corto

L.Derecho a la Educación

Información de seguimiento sobre el párrafo 91 del informe de la investigación relacionada

200.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: El diseño e implementación de la política educacional universal corresponde al Ministerio de Educación, el que ha considerado la necesidad de fortalecer las competencias docentes de aquellos profesionales que trabajan con niños del sistema de protección, así como crear bases curriculares y programas educativos acordes a sus características.

201.Por su parte SENAME, dentro de sus competencias legales y técnicas, ha impulsado diversas iniciativas dirigidas a contribuir al desarrollo de acciones educativas dirigidas a niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos y que están siendo atendidos por los programas de protección, particularmente ante la carencia de una política educacional focalizada que permite el debido resguardo de este derecho para un grupo de niños institucionalizados con un alto rezago escolar.

Acciones realizadas

202.Incorporación en las Orientaciones Técnicas elaboradas por SENAME del deber de los equipos técnicos de los centros residenciales de cautelar el ejercicio o restitución del derecho a la educación, a través de la intervención con el niño, niña o adolescente y la familia, y el desarrollo de gestiones y coordinaciones con los correspondientes actores locales, escuelas o centros de formación, lo que debe ser supervisado técnicamente.

203.Incorporación al recurso humano de los centros residenciales administrados directamente por el Servicio (CREAD) de un Coordinador Educativo, encargado de realizar las acciones para la inserción educativa de los niños, niñas y adolescentes; además, disponen de Protocolos, los que ordenan el accionar de los equipos, con la finalidad de salvaguardar el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes a la educación, sea en el sistema escolar regular como a través de exámenes libres. También, desarrollan acciones de coordinación con establecimientos educacionales y jardines infantiles para el acceso a matrícula de los niños y niñas que no presentan dificultades para acceder al sistema educacional regular.

204.Incorporación al recurso humano de los CREAD para Lactantes y Preescolares, de personal formado para la estimulación temprana de los niños y niñas menores de 2 años, mientras que aquellos entre los 2 y los 5 años asisten a Jardines Infantiles cercanos a los Centros.

205.Incorporación en la rutina diaria de los centros residenciales de OCA y de administración directa, del deber de promover el logro educacional, a través de espacios para reforzar o favorecer aprendizajes (acompañamiento en tareas, estudios, lecturas, etc.); disponer de equipamiento y material educacional o didáctico acorde a las necesidades y curso de vida de los niños, niñas y proporcionar reforzamiento escolar a quienes lo requieran, para equiparar oportunidades de desarrollo frente a los desafíos del currículo escolar. Esto puede concretarse a través de la coordinación con la escuela u otra instancia educativa o comunitaria que pueda apoyar y también mediante la contratación a tiempo parcial de profesionales de la educación.

206.Celebración de un convenio de colaboración sobre transferencia de datos entre SENAME y el Ministerio de Educación, con fecha 10 de agosto 2016. Este convenio en la actualidad permite conocer la trayectoria educativa de los niños, niñas y adolescentes atendidos en la red de programas de SENAME, que se encuentran dentro y fuera de sistema educativo. A partir de este trabajo queda el desafío de diseñar un plan en conjunto para definir las estrategias que permitan avanzar y posibilitar el real acceso y permanencia en el sistema educativo.

207.Coordinación a nivel local, por parte de los centros residenciales con el intersector de educación, a objeto de realizar acciones directas con las escuelas, liceos o con las corporaciones, departamentos o direcciones provinciales de educación y conseguir las prestaciones que los niños requieran, a saber: participación en Programas de Reinserción Educativa, alfabetización, nivelación, rendición de exámenes libres que permiten recuperar estudios, capacitación laboral o micro-emprendimientos para adolescentes, según las características de la población atendida.

208.También en esta población cobra relevancia la relación con los Programas Especiales en educación básica, media y con los Programas de Inclusión en Educación Diferencial para niños que presentan alguna situación de discapacidad.

209.Celebración de un convenio de colaboración con la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas – JUNAEB del Ministerio de Educación, que permite el intercambio de información de la población atendida por SENAME y el acceso a los programas y ofertas de la JUNAEB.

210.Desarrollo de programas para los establecimientos educacionales que atienden a niños, niñas y adolescentes en el medio libre y que provienen de SENAME y sus organismos colaboradores, además de la entrega de beneficios en su condición de alumnos regulares de estos establecimientos educacionales. Existe un sistema de financiamiento especial adicional para incentivar la atención educativa de niños y jóvenes en función de su alta vulnerabilidad socioeducativa, como es la Ley N° 20248, que establece un sistema de subvención educacional preferencial para el desarrollo de procesos pedagógicos en contextos de vulnerabilidad socio educativa.

211.Tramitación de la aprobación de nuevas bases curriculares que permitirán a los establecimientos educacionales, elaborar sus propios planes y programas de estudio para responder de mejor manera a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Fortalecer competencias docentes

1. Elaborar, financiar e implementar un programa de capacitación para los docentes que tienen entre sus alumnos a niños, niñas y adolescentes que se encuentran en residencias o familias de acogida, con la finalidad de otorgarles atención educativa pertinente y de calidad, garantizando su derecho a la educación.

2. Completar la tramitación de las bases curriculares y elaborar los respectivos planes y programas de estudio, de carácter indicativos para los establecimientos educacionales.

3. Implementar mecanismos de coordinación con las universidades y con los organismos responsables del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y los diversos departamentos de SENAME.

4. Aprobar por parte del Consejo Nacional de Educación las bases curriculares.

5. Modelar dichas bases para la determinación de la secuencia de objetivos y contenidos, así como de la modificación de normas para facilitar su implementación, además de elaborar orientaciones para su aplicación.

Ministerio de Educación

Largo

Iniciar mesas de trabajo locales con el objetivo de promover estrategias de inclusión de los niños, niñas y adolescentes vinculados a la red de programas de SENAME

Diseñar estrategias que permitan la inclusión de los niños, niñas y adolescentes a fin de que se respete su derecho a la educación formal.

Estudiar programas de retención educativa para de los niños, niñas y adolescentes que son atendidos por SENAME, a fin de generar las adecuaciones necesarias a su realidad.

SENAME

Mediano

M.Derecho al descanso, esparcimiento y cultura

Información de seguimiento sobre el párrafo 95 del informe de la investigación relacionada .

212.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Las Orientaciones Técnicas establecidas por el Servicio Nacional de Menores establecen los lineamientos que los programas residenciales deben seguir a fin de posibilitar que los niños, niñas y adolescentes que en ellas se encuentran, puedan ejercer efectivamente este derecho.

213.En este sentido, se señala que deben efectuar una planificación para desarrollar rutinas diariasabordando temas como: las necesidades de recreación y descanso, entre otras actividades fundamentales de la vida diaria, propiciando una organización consistente de los tiempos y utilización de los espacios de tiempo libre de los niños y niñas residentes.

214.Dispone también que deben encontrarse disponibles espacios e implementos seguros de juego, acordes a los intereses y etapa de desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. Esto es extensivo para los contenidos de la televisión o de videojuegos, lo que debe ser supervisado por el personal encargado de la residencia.

215.Se establecen estándares de recursos materiales necesarios para las residencias, esto es, instancias de entretención y recreación grupal e intercambio dentro y fuera de la residencia, tales como salidas a espacios abiertos, juegos colectivos, cines, parques, entre otros.

216.Junto a ello, se sugiere también la incorporación de material de fomento lector, considerando los intereses de todos los grupos etarios atendidos. Las dependencias deben ser mantenidas en adecuadas condiciones de aseo, orden y estado de conservación. Lo anterior involucra acciones de reparación oportuna de la infraestructura, el mobiliario y equipamiento. Los espacios exteriores como jardines y lugares de juegos deben ser seguros y contar con mantención regular.

Acciones realizadas

217.Celebración de un convenio de colaboración entre los Ministerios de Deporte, Justicia y Derechos Humanos, Instituto Nacional de Deportes (IND) y SENAME, el 30 de octubre de 2017, con la finalidad de “ aunar esfuerzos de las instituciones involucradas para desarrollar un trabajo conjunto para el logro de desafíos y metas en el contexto del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño (…) ”, contribuyendo al desarrollo de acciones de esparcimiento, juego, recreación y participación en la cultura y las artes.

218.Ejecución por parte del Ministerio del Deporte del Plan de trabajo 2018, en el que, asume la responsabilidad y compromiso por garantizar las oportunidades de práctica de actividad física, deporte y juego libre en centros del SENAME, reconociendo sus atributos y valores, los cuales constituyen una gran herramienta para aportar a la superación y reparación de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo su alero.

219.Las actividades comprometidas en los planes de trabajo consisten en talleres, eventos y capacitaciones a través del Programa Deporte de Participación Social, ejecutado por el IND y el Programa Escuelas Deportivas Integradas (EDI), destinadas a contribuir en la formación física, intelectual, afectiva y social de los niños, niñas y adolescentes de 4 a 14 años, en condiciones de accesibilidad y seguridad apropiadas. En este contexto se puede informar que a la fecha se encuentran en ejecución un total de 18 Escuelas Deportivas Integrales (EDI) con el objetivo de contribuir a la restitución y re significación de las experiencias de grave vulneración de derechos en la población infanto-adolescentes bajo cuidado residencial, beneficiando a un total de 500 niños, niñas y adolescentes.

220.Coordinación a nivel territorial para el uso y acceso de los recintos deportivos y recreativos del Instituto Nacional del Deporte para la población atendida por el Servicio Nacional de Menores, en condiciones de accesibilidad y seguridad apropiadas.

221.Celebración de un convenio de colaboración entre SENAME y el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), con fecha 4 de abril de 2018, el cual tiene por objetivo “promover y potenciar la participación y accesibilidad a las actividades propias del turismo a niños, niñas y adolescentes que están bajo la protección del Estado, siendo atendidos en algunos de los centros de SENAME, contribuyendo con ello al cumplimiento de las obligaciones del Estado respecto de la Convención sobre los Derechos del Niño”. En este contexto y hasta septiembre de 2018, 120 adolescentes de centros residenciales (OCA y Administración Directa), han participado del Programa Gira de Estudios, que permite que los y las adolescentes realicen un viaje a localidades turísticas con sistema todo incluido.

222.Trabajo entre SENAME y la Junta Nacional de Auxilio y Becas Escolares JUNAEB, para realizar un Plan Piloto de actividades recreativas en los centros de administración directa, ubicados en Región la Metropolitana. (Talleres de títeres, de habilidades circenses, pintura de murales y asistencia a obras de teatro).

223.Celebración de un convenio de colaboración entre el SENAME y el Ministerio de la Cultura y las Artes. En ese marco se están desarrollando talleres de apreciación musical que vinculan a los niños y niñas con la expresión musical, a través de los Programas Liberando Talento y Diálogo en movimiento. De esta manera se acerca a las personas el patrimonio cultural, promoviendo la participación de nuestros niños y jóvenes en la vida cultural del país. Todas estas actividades están siendo desarrolladas en los Centros de Administración Directa de SENAME, nutriendo y complementando la rutina diaria de los niños, niñas y adolescentes, que están en cuidado alternativo residencial en centros CREAD a nivel país.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Convenio Ministerio de Deportes, Justicia y Derechos Humanos, IND y SENAME

Implementar una agenda de trabajo conjunta destinada a fortalecer, en el ámbito territorial, programas, que faciliten el acceso al deporte de la población atendida por el SENAME.

SENAME

Ministerio del Deporte

Instituto nacional del Deporte

Largo

Convenio de Colaboración SERNATUR – SENAME

Promover y potenciar la participación y accesibilidad a las actividades propias del turismo a niños, niñas y adolescentes que están bajo la protección del Estado, siendo atendidos en algunos de los centros de SENAME.

SENAME

SERNATUR

Largo

Convenio con el Ministerio de la Cultura y las Artes, Justicia y Derechos Humanos y SENAME

Favorecer el acceso de niños, niñas y adolescentes sujetos de atención de SENAME a bienes culturales y artísticos promoviendo un escenario idóneo para la inclusión e integración en disciplinas y expresión artísticas culturales.

SENAME

Ministerio de Cultura y las Artes

Largo

Ejecución de Programa de Actividad Física y deportiva

Ejecutar al año 2020 en los centros colaboradores del SENAME una incorporación progresiva del Programa de Actividad física y Deporte.

Ministerio del Deporte

Largo

Programa de Apreciación de Música Nacional de Fondo de Fomento de la Música Nacional

Ejecutar para 2019 el programa en las 16 regiones del país.

Ministerio de Cultura y las Artes

Largo

Programa Liberando Talento de Escuelas de Rock y Música Popular del Fondo de Fomento de la Música Nacional

Incorporar al trabajo de Liberando Talento con SENAME y Gendarmería de Chile las regiones de Bío Bío y Araucanía.

Ministerio de Cultura y las Artes

Largo

Programa de Apreciación de Música Nacional

Ejecutar para 2019 el programa en las 16 regiones del país.

Ministerio de Cultura y las Artes

Largo

N.Protección contra explotación y abusos sexuales

Información de seguimiento sobre el párrafo 103 del informe de la investigación relacionada .

224.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Tal como señala el Comité, el Estado de Chile tiene la obligación de proteger a los niños y niñas contra toda forma de explotación y abuso sexual. En este sentido, la reciente creación de la Subsecretaría de la Niñez significa un gran avance, esto implica que desde el presente año, el Estado de Chile cuenta con un órgano encargado especialmente de la promoción, prevención y protección integral de los derechos de todos los niños y niñas del país.

225.Sin perjuicio de lo anterior, diversas instituciones del país se encuentran comprometidas en la protección de niños, niñas y adolescentes contra la explotación y abusos sexuales, pasando por su tratamiento en los diversos proyectos de ley como en el ámbito programático, como las generadas dentro del Tercer marco contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes que coordina el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos u otras particulares, generadas por las propias instituciones.

Acciones realizadas

226.Avance en la implementación de la Ley de Entrevista Video Grabada para NNA Víctimas de Delitos Graves, que da cuenta de un hito relevante de la participación de los niños, niñas y adolescentes en la instancia investigativa y judicial, con el objeto de disminuir la victimización secundaria. Esta instancia basa su normativa y fundamentación en los principios y derechos de la CDN; sus protocolos, observaciones generales y directrices. Cabe destacar, además, que el trabajo para lograr la implementación de esta Ley, ha sido liderado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y ha contado con la participación y el compromiso del Ministerio Público, el Poder Judicial, Carabineros, Policía de Investigaciones y Ministerio del Interior.

227.Sentido de urgencia en la respuesta judicial, es decir, se han fortalecido los mecanismos de sensibilización y denuncia de hechos eventualmente constitutivos de delito en contra de niños, niñas y adolescentes.

228.Tramitación del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez, que será el órgano encargado de la protección especializada de los niños y niñas, entendida como la restitución del ejercicio de los derechos vulnerados de niños y niñas debido a abuso, maltrato, abandono o negligencia grave.

229.Tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, en el que se consagra el derecho de los niños y niñas a ser protegidos contra todo tipo de violencia, considerando los abusos sexuales y las explotaciones. Además, el artículo 29 del proyecto de ley señala que el Comité Interministerial de Desarrollo Social establecerá mecanismos de coordinación institucional eficientes y eficaces en materia de maltrato infantil, abuso sexual y toda forma de explotación, además de promover el buen trato hacia los niños en todo ámbito.

230.El Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia para el periodo de 2017 a 2025 realizado por el Ministerio de Desarrollo Social, con colaboración de UNICEF, contiene compromisos para poder fin a cualquier forma de violencia en contra de niños, niñas y adolescentes, abuso sexual, trabajo infantil en todas sus formas, explotación sexual comercial infantil y adolescente; entre otras.

231.Respecto de la observación N° 103 letras a) y b) del Comité sobre la prevención de violencia sexual, la Subsecretaría de la Niñez, recientemente creada, es el órgano encargado de la prevención de los derechos de los niños. Es por esto que, durante el año 2019, se desarrollarán Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez en 12 comunas del país, las que se encargarán de la promoción, prevención y protección general de los derechos de los niños y niñas.

232.Respecto de la observación 103 letra d) del Comité sobre falta de capacitación del personal en la prevención del abuso sexual, el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez establece en su artículo 53 la obligación del Servicio de desarrollar políticas, programas y actividades de capacitación periódica, en las que participarán obligatoriamente sus funcionarios, y a las que podrá acceder el personal de los organismos colaboradores acreditados, con el objeto de mejorar sostenidamente sus habilidades y conocimiento para el desarrollo de las tareas propias del Servicio y los programas que a través de éste se ejecuten.

233.Reforzamiento de las instrucciones entregadas a las Direcciones Regionales de SENAME, y a través de éstas a los organismos colaboradores que administran centros residenciales y/o programas ambulatorios respecto de la aplicación de los procedimientos vigentes relativos a la inmediata protección de eventuales víctimas de hechos constitutivos de delitos o maltrato físico o psicológico, ocurridos al interior de residencias de organismos colaboradores o centros de administración directa, entre pares y/o entre adultos y niños, niñas o adolescentes, así como de la oportuna denuncia ante los organismos competentes. Todas estas indicaciones a además se refuerzan a través de las respectivas supervisiones técnicas.

234.Generación de una oferta especializada, a través de 18 proyectos, en el ámbito de la reparación de las graves vulneraciones provocadas por la explotación sexual comercial, ejecutados por organismos colaboradores de SENAME, para una atención simultánea de 940 víctimas, en 12 regiones del país. Durante el año 2019 se ha aumentado el presupuesto de SENAME a fin de instalar estos programas especializados en todas las regiones del país.

235.En materia de reparación del abuso sexual y maltrato grave constitutivo de delito, se ejecutan 158 proyectos, a nivel nacional, con 14.142 plazas. Estos programas presentan una alta demanda, por lo que han sido identificados como un subconjunto a profundizar en el estudio de programas ambulatorios llevado a cabo por la Universidad Católica bajo mandato de UNICEF, con el objeto de rediseñar y adecuar sus orientaciones técnicas durante el año 2019.

236.El Ministerio de Salud ha participado en el desarrollo de la Norma Técnica de atención a víctimas de violencia sexual, aprobada con la Res Ex. N° 1097 en septiembre de 2016. Esta norma tiene como objetivo estandarizar la atención, peritaje y manejo de la evidencia en personas que han sufrido violencia sexual, a través de la definición de un procedimiento único para todos los profesionales y técnicos que intervienen en el proceso, cuya misión es brindar una atención integral a las víctimas de violencia sexual, disminuir la victimización secundaria y realizar pericias de calidad.

237.En relación a la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, en el contexto del Tercer Marco contra la Explotación Sexual se formó una mesa de trabajo intersectorial que está confeccionando la Orientación Técnica destinada a la detección y pesquisa precoz de la explotación sexual comercial, dirigida a niveles primarios y secundarios de salud.

238.Adecuación de las circulares N° 2308 y 2309 de SENAME de acuerdo al marco de la Ley N° 20013, de 6 de junio de 2017, que tipificó un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de personas en situación especial.

239.Las acciones que el Ministerio Público desarrolla o ha desarrollado, y que dicen relación con las recomendaciones para el Estado de Chile en este procedimiento de investigación, entre otras:

a)La dictación de Oficios del Fiscal Nacional, con criterios de actuación a los Fiscales y funcionarios del Ministerio Público, en delitos sexuales, delitos sobre trata de personas, en materia de violencia intrafamiliar y delitos de tortura y tratos crueles;

b)La existencia de Fiscales especializados en materia de delitos sexuales;

c)La designación de Fiscales preferentes en investigaciones relacionadas a niños, niñas y adolescentes pertenecientes a SENAME, en materia de malos tratos y tortura, al igual que en materia de explotación sexual;

d)Apoyo a Fiscales y Abogados por parte de la Unidad Especializada de Derechos Humanos, Violencia de Género y Delitos Sexuales de Fiscalía Nacional;

e)Formación de Fiscales y funcionarios en los estándares internacionales de derechos humanos y catálogo de tratados básicos del sistema internacional, dentro del cual encontramos a la CDN y sus protocolos;

f)Capacitaciones y talleres dirigidos a Fiscales y demás funcionarios, en materia delitos sexuales, género, explotación sexual, trata de personas, violencia intrafamiliar, tortura y tratos crueles y nueva ley de malos tratos, NNA;

g)La elaboración de módulos internos en relación a enfoque de derechos de NNA que promueven el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados/as en condiciones respetuosas, para lo cual deben adaptar el trato, conductas y el desarrollo de las investigaciones;

h)Elaboración de un Estudio de Polivictimización de Niños, Niñas y Adolescentes en materia de delitos sexuales (2007 y 2017), por parte de la Unidad Especializada de Derechos Humanos, Violencia de Género y Delitos Sexuales de Fiscalía Nacional;

i)La atención especializada de Unidades Regionales de Víctimas, por medio de Modelo de atención de NNA;

j)Participación del Ministerio Público en el Tercer Marco de Acción de Explotación Sexual Comercial de NNA, que importa acciones concretas por parte del Ministerio de formación, generación de protocolos y formación;

k)La participación del Ministerio Público en el proyecto de las Unidades Clínico Forenses para Víctimas de Violencia Sexual, donde se consolidan en articulación de la red para realizar una atención oportuna, efectiva y de calidad, que satisfaga los derechos y necesidades de protección, reparación y rehabilitación de las NNA que han sido víctimas de violencia sexual, para disminuir la victimización secundaria y se realicen pericias de sexología forenses de calidad.

240.En marzo de este año 2018, el Ministerio de Educación publicó el material “Maltrato, acoso, abuso sexual, estupro en establecimientos educacionales. Orientaciones para la elaboración de un Protocolo de Actuación”. Documento dirigido a las comunidades educativas, especialmente profesores, profesoras, equipos psicosociales, encargados de convivencia escolar, equipos directivos, equipos de gestión, asistentes de la educación, con el propósito de apoyarlos en la elaboración de un protocolo de Actuación frente a situaciones de maltrato y abuso sexual infantil. Dicho documento fue entregado a todos los establecimientos educacionales de dependencia municipal del país. Además, fue publicado en la página web: www.convivenciaescolar.cl.

241.Plan de acción nacional contra la trata de personas 2015-2018, desarrollado por el Ministerio del Interior y seguridad pública, que considera acciones de instituciones públicas, organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil, en 4 ejes: prevención y sensibilización, control y persecución del delito, protección y asistencia a víctimas y cooperación internacional y coordinación intersectorial.

242.Sello de Calidad (Q) y Sustentabilidad (S): Programa de capacitación, del cual participan la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile, ONG Raíces y el Ministerio del Trabajo y que establece requisitos para la obtención de la certificación de sellos de Calidad (Q) y Sustentabilidad (S) que otorga SERNATUR a los servicios de alojamiento y tour operadores. La capacitación, es sobre medidas y/o políticas de protección que el establecimiento debe adoptar para evitar la explotación de las personas menores de edad, en cualquiera de sus formas, especialmente sexual, incluyendo el adecuado manejo de situaciones de esta naturaleza, cuando éstas se presenten en el ejercicio de sus labores.

243.El Ministerio del trabajo ha desarrollado la Estrategia Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Adolescente Trabajador 2015-2025, siendo el delito de trata de personas una de las peores formas de trabajo infantil.

244.Carabineros de Chile, cuenta con las siguientes acciones y recursos:

a)Participación en el Tercer marco para la acción contra la explotación sexual comercial infantil y adolescente (ESCNNA). En esta instancia se generarán acciones y compromisos en conjunto con los demás servicios y sociedad civil del Estado;

b)Capacitaciones a nivel nacional por parte de la 35º Comisaría Delitos Sexuales respecto a la sensibilización de la temática en la adopción de procedimientos policiales. Así como también sobre la Ley N° 21057 de Entrevistas Video Grabadas, la formación de instructores y entrevistadores y la recepción de la denuncia, que el citado texto legal requiere;

c)Realización de charlas educativas por parte de Carabineros de Chile, tanto al interior de la propia Institución como a la comunidad escolar, padres, apoderados, profesores, entre otros. Su objetivo es de carácter preventivo, especialmente en el ámbito de abuso y violencia sexual;

d)Formación de los Oficiales de Carabineros y demás personal de la institución en temáticas relativas a Protección contra la violencia, protección contra explotación y abusos sexuales y protección contra la tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes.

245.La Policía de Investigaciones de Chile (PDI) ha llevado a cabo en esta materia, las siguientes acciones:

a)Creación de un equipo de investigadores especializado y focalizado, que se dedica exclusivamente en la Región Metropolitana a la investigación de delitos relacionados con la explotación sexual comercial de NNA (ESCNNA), en todas sus aristas, como la facilitación, explotación, promoción y otros ilícitos, relacionados con violencia sexual contra NNA. La misma acción la realizan las Brigadas Investigadoras de Delitos Sexuales y Menores a nivel nacional;

b)Generación de una oferta de atención psicosocial de NNA víctimas de violencia sexual, a través de sus Centros de Asistencia a Víctimas de Atentados Sexuales, CAVAS Pericial y Reparatorio, así como a través de los programas PAS MENINF;

c)Desarrollo de capacitaciones a través de su Departamento de Apoyo y acción Comunitaria (DACOM) en materia de agresiones sexuales, enfocadas en NNA, así como en profesionales de la educación, encargados de cuidado y miembros del núcleo familiar;

d)Participación de la PDI en el tercer marco de acción contra la ESCCNA 2017‑2019, encabezado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, particularmente a través de acciones de educación sobre explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes (ESCNNA). Desde el 2016 hasta la fecha, la PDI, a través del Departamento de Apoyo y Acción Comunitaria (DACOM) ha capacitado alrededor de 840 trabajadores del rubro turístico en el marco de un programa concreto de sensibilización sobre esta materia en este segmento, en el entendido de que es una posibilidad real que dichos trabajadores puedan ser testigos de casos de ESCNNA;

e)La PDI a través de CAVAS, realiza capacitaciones con énfasis en la fenomenología de la violencia sexual, con una perspectiva evolutiva, que permite comprender un abordaje diferencial por rangos etarios, aspecto que se considera muy necesario para responder adecuadamente a los requerimientos de los NNA que son atendidos en los centros. Además, del marco de derecho, desde la legislación vigente, enfatizando la protección de los NNA de la visibilización en el sistema a través de la denuncia correspondiente y/o medida de protección;

f)En materia de investigación de delitos de Cibercrimen y en particular los que tienen directa relación con graves vulneraciones de derechos de NNA, a través de la producción, almacenamiento y distribución de pornografía infantil, la PDI, coordina su accionar investigativo con distintos organismos policiales a nivel internacional para interrumpir el ciclo de violencia e identificar a los agresores sexuales que se escudan en el anonimato de las herramientas de internet.

246.Por su parte el Servicio Médico Legal ha desarrollado las siguientes acciones:

a)Jornadas de sensibilización en materia de sexología forense, así como la elaboración de una normativa técnica al respecto;

b)Capacitaciones para médicos que se incorporen a programa de atención sexológica para menores. Hasta octubre del 2018, se cuenta con un total de 95 especialistas habilitados en la normativa técnica intersectorial. Esta labor tiene una periodicidad semestral con carácter permanente y nacional;

c)Reacondicionamiento de salas de atención en distintas regiones del país; y se ha complementado el recurso físico disponible, mediante “ unidades móviles de sexología forense” , con el objeto de favorecer la realización de pericias, especialmente en flagrancias y en lugares de difícil acceso, para el transporte del menor o la menor. Hoy se cuenta con estas unidades móviles en 7 regiones del país, además de otras 2 regiones que cuentan con vehículos 4X4 para estos mismos fines.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación proyecto de ley que crea el Servicio de Protección de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia

Adecuar Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia regirá respecto del periodo 2018 a 2025.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez

Implementar las Oficinas Locales de la Niñez desde enero de 2019 en doce comunas del país.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Participación del Tercer Marco contra la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes

Cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las instituciones.

Ministerio deJusticia y Derechos Humanos

Ministerio del Interior

SENDASENAME

Ministerio Público

Carabineros de Chile

PDI

Servicio Médico Legal

Mediano

La implementación Ley de Entrevista Video Grabada para NNA Víctimas de Delitos sexuales y otros delitos Graves, en conjunto con los demás organismos del Estado

Implementar la nueva ley por parte de las distintas instituciones.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Ministerio Público

Carabineros de Chile

PDI

Largo

Detección, denuncia y atención oportuna de eventuales víctimas de abuso sexual y/o maltrato constitutivo de delito entre pares, de un funcionario hacia un niño, niña o adolescente o desde un tercero en el sistema de cuidado alternativo y ambulatorio

1. Analizar situaciones y activar procedimientos de acuerdo a circulares 2308 y 2309.

2. Instruir procesos disciplinarios.

3. Asesorar técnicamente a las Direcciones Regionales SENAME para el cumplimiento.

SENAME

Corto

Incremento de las plazas de la modalidad de programas especializados para la reparación del abuso sexual y/o maltrato grave constitutivo de delito

Incremento en 1.585 plazas en el respectivo programa.

SENAME

Corto

Contribución a la formación de funcionarios SENAME y de organismos colaboradores, encargados de la supervisión técnica y la atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia, respectivamente, en el marco de cooperación internacional con el Instituto Interamericano del Niño-OEA

1. Implementar dos cursos semipresenciales dictados por el IIN-OEA: a) Primera versión para Chile, del curso “Violencia y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Construyendo Entornos de Paz”; b) Novena versión del curso Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescente.

SENAME

Corto

Formación de Fiscales y funcionarios en los estándares internacionales de derechos humanos y catálogo de tratados básicos del sistema internacional, dentro del cual encontramos a la CDN y sus protocolos

Incorporar en los contenidos de capacitaciones y formación a Fiscales y funcionarios estudio de los estándares internacionales del Ministerio Público.

Ministerio Público

Mediano

Formación dirigida a Fiscales y demás funcionarios, en materia delitos sexuales, género, explotación sexual, trata de personas, violencia intrafamiliar, tortura y tratos crueles y nueva ley de malos tratos que afectan a NNA

Capacitar y realizar talleres a Fiscales y Funcionarios en materia delitos sexuales, género, explotación sexual, trata de personas, violencia intrafamiliar, tortura y tratos crueles y nueva ley de malos tratos que afectan a NNA.

Ministerio Público

Mediano

Finalización Estudio de Polivictimización de Niños, Niñas y Adolescentes en materia de delitos sexuales (2007 y 2017)

Finalizar estudio iniciado durante el 2018 por el Ministerio Público.

Ministerio Público

Mediano

Mesa Interna del Ministerio Público en materia de trata de personas

Desarrollar una investigación para la atención de víctimas con un enfoque especializado.

Ministerio Público

Mediano

La participación del Ministerio Público en el proyecto de las Unidades Clínico Forenses para Víctimas de Violencia Sexual

Trabajo Con el ministerio de Salud y Servicio Médico Legal

Propiciar la coordinación de la red para realizar una atención oportuna, efectiva y de calidad, que satisfaga los derechos y necesidades de protección, reparación y rehabilitación de las NNA que han sido víctimas de violencia sexual, para disminuir la victimización secundaria y se realicen pericias de sexología forenses de calidad.

Proyecto que va en tres líneas de acción, como es infraestructura e insumos/ Recursos Humanos y Formación / Generación de una norma técnica para su actuación. Se inició 2014, se realizaron inauguraciones a contar 2017, 2018, 2019, 2020 y para el año 2021 se espera contar Unidades Clínico Forenses para Víctimas de Violencia Sexual en los 29 Servicios de Salud del país.

Hasta el año 2018 se han formado más 160 médicos en esta materia.

Ministerio Público

Servicio Médico Legal

Largo

Prevención de violencias sexuales entre pares y entre NNA y los adultos que tienen la responsabilidad de protegerlos

Incorporar en el “Plan de acción nacional contra la trata de personas 2019‑2022” acciones de prevención específicas para la trata de niños, niñas y adolescentes, con fines de explotación sexual.

Ministerio del Interior

Mediano

Actuar oportuna y eficazmente cuando la violencia sexual es conocida y reportada

Incorporar en el “Protocolo intersectorial de atención a víctimas de trata de personas” prestaciones específicas para la trata de niños, niñas y adolescentes, con fines de explotación sexual.

Ministerio del Interior

Mediano

Conocimiento de protocolos específicos con directrices en materia de manejo y/o prevención de situaciones de abuso sexual y que se tomen medidas administrativas y judiciales de forma oportuna, contribuyendo a una situación de impunidad

Incorporar en el “Plan de acción nacional contra la trata de personas 2019‑2022” acciones de persecución del delito y de atención y reparación de las víctimas específicas para la trata de niños, niñas y adolescentes, con fines de explotación sexual.

Ministerio del Interior

Mediano

Capacitación del personal en la prevención del abuso sexual

Incorporar en el “Plan de acción nacional contra la trata de personas 2019‑2022” acciones de capacitación de funcionarios públicos específicas para la trata de niños, niñas y adolescentes, con fines de explotación sexual.

Ministerio del Interior

Mediano

Plan de capacitación para la prevención del abuso sexual de niños, niñas y adolescentes

Desarrollar en el marco de la División Programática, de manera de incorporar a todas sus áreas.

SENDA

Mediano

Asesorar y capacitar en prevención y manejo de abuso sexual y vulneración de derechos en niños y niñas

Incorporar en la planificación 2019, la realización de esta capacitación, para profundizar con equipos ejecutores de VAIS en estrategias de intervención específicas en la prevención y manejo de abuso sexual.

SENDA

Mediano

Orientaciones para la prevención y el manejo de situaciones de violencia sexual y abuso sexual para equipos intervinientes

Desarrollar, coordinadamente con otras instituciones y en el marco de las Mesas existentes, orientaciones específicas en el tema.

SENDA

Mediano

Formación personal de nombramiento supremo e institucional

Incluir en el proceso formativo respecto a los contenidos de: Protección contra la violencia, protección contra explotación y abusos sexuales y protección contra la tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes.

Carabineros de Chile

Corto

Curso de formación Especializada en entrevista Investigativa Videograbada e intermediación de la Declaración Judicial (CIFE), Ley N° 21057

Desarrollar una actividad académica de formación de entrevistadores e intermediadores de declaración judicial, conforme a los requerimientos de la Ley Nro. 21057, dirigida a oficiales investigadores de la PDI.

PDI

Mediano

Capacitaciones por parte del Departamento de Apoyo y Acción Comunitaria (DACOM) en materia de delitos sexuales

Realizar capacitaciones.

PDI

Mediano

Capacitar durante los meses de enero y febrero, en el marco del trabajo en centros de atención a hijos e hijas de mujeres temporeras

Visitar las zonas donde esté congregada la mayor cantidad de NNA presentes en este programa del ministerio de desarrollo social para entregarles herramientas útiles que permitan reconocer y avisar situaciones de riesgo y/o develar posibles agresiones sexuales.

Capacitar a los monitores de los centros para que posean adecuadas competencias de contención, acogida y derivación.

PDI

Mediano

Continuar el trabajo educativo y de sensibilización en el sector turístico, hotelero y con profesionales del área educación

Mantener el compromiso adquirido por este DACOM, en representación de la JENAFAM, en el tercer marco de acción sobre ESCNNA, a través de capacitaciones en recintos hoteleros y comunidades escolares, principalmente.

PDI

Corto

CAVAS

Capacitaciones

Realizar capacitaciones en materia de violencia sexual, primera acogida y también a nivel de intervención para profesionales de la red de atención.

PDI

Mediano

Reforzar coordinaciones e intercambio de información entre oficinas de protección

Reforzar coordinaciones e intercambio de información entre oficinas de protección, Tribunales de Familia y SML, en cuanto a campos de acción y atingencia del ámbito pericial de salud mental.

Reforzar la capacidad de respuesta a los Tribunales de Familia a través de la incorporación de profesionales para la realización de pericia psicosocial.

Desarrollar acuerdos para dinamizar coordinaciones con Minsal.

Servicio Médico Legal

Corto

Corto

Corto

Implementación de unidades móviles de sexología forense

Implementar “unidades móviles de sexología forense, que puedan facilitar pericias sexológicas en flagrancias a disposición de los Centros Sename. Plan de implementación es parte de los compromisos de gobierno del sector Justicia a través de SML.

Plan contempla dotar de 1 “unidad móvil” por región del país. Actualmente 7 regiones cuentan con unidades móviles.

Servicio Médico Legal

Mediano

O.Protección contra la tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes

Información de seguimiento sobre el párrafo 108 del informe de la investigación relacionada

247.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: En lo que respecta a la oferta residencial de protección y centros de administración directa, es necesario señalar que a fin de evitar la ocurrencia de estas conductas, se ha trabajado en una serie de protocolos e instrucciones a fin de prevenir conductas que pudieren constituir maltrato o tortura, tanto entre pares como con personas que ejerzan labores de trato directo con niños niñas y adolescentes, también a la luz del principio del interés superior de cada uno de los sujetos de atención.

248.La Defensoría de los Derechos de la Niñez concuerda en que deben incrementarse los esfuerzos en este sentido. Así mismo se han generado otras acciones por parte de los distintos organismos del Estado, a fin de reforzar este mandato en su personal y en especial aquellos que tratan directamente con los niños, niñas y adolescentes.

249.Sin perjuicio de lo anterior, podemos también dar cuenta de la tipificación de los delitos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, en nuestro sistema penal desde la publicación de la Ley 20968, del 22 de noviembre de 2016.

Acciones realizadas

250.Circulares 2308-2309 y sus modificaciones, que regulan un procedimiento ante hechos eventualmente constitutivos de delito o maltrato físico y/o psicológico en contra de niños, niñas y adolescentes sujetos de atención en la red SENAME (tanto en Organismos Colaboradores de la Red SENAME como los bajo el cuidado del Servicio en Centros de Administración Directa). Incorporando una definición de maltrato, entregando obligaciones concretas a Organismos Colaboradores en el marco de la Ley 20032 y otorgando a los directores de programas la facultad de denunciar hechos que pudieren ser constitutivos de delito.

251.Esta normativa interna se configura como una importante herramienta a utilizar, con el fin de tomar y poner en conocimiento de hechos que pudieren constituir delito o maltratos graves en contra de niños, niñas y adolescentes de la red. Asimismo, permite al Servicio adoptar medidas reparatorias y preventivas de nuevas vulneraciones a fin de resguardar la protección de los derechos de estos niños y niñas.

252.El SENAME se encuentra participando de manera activa en la Mesa de Prevención a la Tortura, convocada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). En la que se ha dado inicio a un trabajo de exposición de protocolos internos existentes en cada uno de los servicios participantes, con miras al mejoramiento y adecuación a los estándares internacionales de dichos protocolos.

253.Procedimientos administrativos en contra de funcionarios de Centros de Administración Directa que se constituyan en eventuales agresores de niños, niñas y/o adolescentes. Los funcionarios de planta y a contrata del SENAME, en cuanto integrantes de un Servicio desconcentrado de la Administración del Estado, se encuentran sujetos al régimen disciplinario contenido en el Estatuto Administrativo, regulado en los artículos 119 a 145 de dicha norma. Dicho régimen prevé dos categorías de procesos disciplinarios: investigaciones sumarias y sumarios administrativos. Los procesos disciplinarios son instruidos por el Director Regional, y en ciertas ocasiones por el Director Nacional, teniendo a la vista los antecedentes que muchas veces corresponden a una ficha única de seguimiento de caso (FUSC) elaborada conforme a las Circulares 2308 o 2309 (de 2013), de la Dirección Nacional de SENAME.

254.Conforme al Sistema de Seguimiento de Sumarios, al 13 de julio de 2018 existen 280 procesos disciplinarios instruidos y en curso en SENAME por “maltrato/agresión”.

255.Por su parte Gendarmería de Chile cuenta con procedimientos normados sobre el uso de la fuerza (Res.Ex. 9681 de 2014), donde se incluye la edad como un factor de distinción para establecer la proporcionalidad en la magnitud del uso de la fuerza. Por lo que este criterio se considera al momento de implementar las medidas de seguridad al interior de los Establecimientos Penitenciarios.

256.Además, existen normas específicas para regular el uso de la fuerza en los establecimientos administrados por Sename, donde Gendarmería solamente está a cargo del resguardo perimetral. Estas son:

a)Resolución Exenta N° 6371 de 26 de julio de 2016, “Autoriza el uso de armas, elementos disuasivos y medidas de seguridad en los Centros de Internación Provisoria —y Centros de Régimen Cerrado (CIP-CRC)”, recintos que son administrados por el Servicio Nacional de Menores. Esta resolución señala que el “uso de elementos disuasivos en los procedimientos de contención, que tengan por objeto mantener la seguridad del centro, en caso de determinar su uso, deberá siempre ser proporcional, racional y ponderado, procurando evitar cualquier menoscabo a los adolescentes, previo requerimiento de ejecutar el procedimiento de contención por parte del Director del Centro”;

b)Resolución Exenta N° 1234 de 24 de mayo de 1999. “Aprueba procedimiento de Ingresos, registros y controles de visitas y regula visitas de menores de edad parientes o vinculados afectivamente con internos”. El cual, indica que “los registros corporales de los menores serán efectuados con el debido cuidado y respeto de la condición de niños, por funcionarios del mismo sexo”.

257.La División de Prevención y Control de Enfermedades (DIPRECE) y la División de Atención Primaria (DIVAP) del Ministerio de Salud desarrollaron una Orientación Técnica “sobre detección, atención y primera respuesta en salud a personas víctimas de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes y explotación sexual comercial de NNA, vigente desde este año 2018, mediante Resolución N° 400.

258.Instalación de los Centros de Observación y Control de Cumplimiento de Medidas de Protección (COCCMP), a través de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, para la revisión de la información disponible en el registro administrativo, validación con los juzgados con competencia en familia y levantamiento de alertas sobre la duración y cumplimiento de dichas medidas.

259.La Defensoría de los Derechos de la Niñez realiza un trabajo con ambas Policías chilenas (Policía de Investigaciones de Chile y Carabineros de Chile) en orden a visibilizar los torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Se quiere visibilizar dichas conductas con niños, niñas y adolescentes imputados y detenidos por delitos, pero también los que se encuentran en los lugares donde las fuerzas policiales realizan sus labores, como por ejemplo entrada y registro en domicilios donde haya menores de edad, lo anterior con la finalidad que sus derechos humanos sean respetados.

260.La Defensoría de los Derechos de la Niñez se encuentra presente en la discusión legislativa sobre el nuevo proyecto de Protección Especializada (sucesor del Servicio Nacional de Menores), con el fin de que los organismos que no han respetado los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, no puedan reacreditarse en el futuro.

261.Por su parte, Carabineros de Chile creó en la institución el Departamento de Derechos Humanos con la finalidad de reforzar la actividad operativa mediante la integración de los principios y normas de derechos humanos en las áreas más sensibles del quehacer policial como son el uso de la fuerza y la privación de libertad.

262.Carabineros de Chile cuenta con instrumentos especializados, tales como: Manual de Técnicas de Intervención para Carabineros de Chile; Modelo para el Uso de la Fuerza; Protocolo de Intervención para el Mantenimiento del Orden Público; Guía académica “Derechos Humanos Aplicables a la Función Policial”.

263.A contar del 3 de octubre de 2018 Carabineros de Chile cuenta con una plataforma de entrenamiento en realidad virtual en donde se entregan materias de la protección de los derechos humanos, uso de la fuerza conforme estándares internacionales todo aplicado a la función policial.

264.Gendarmería de Chile está desarrollando líneas de trabajo en esta materia, las cuales están comprometidas en el Plan Nacional de Derechos Humanos (PNDH). A saber:

a)“Revisión y Modificación de Procedimientos para el Trato de Niños, Niñas y Adolescentes que visitan Establecimientos Penitenciarios”;

b)“Capacitación para el Trato de Niños, Niñas y Adolescentes que visitan Establecimientos Penitenciarios”;

c)Programa “Creciendo Juntos” del Sistema Cerrado, dirigido a mujeres privadas de libertad o embarazadas, con hijos/as hasta 2 años de edad.

265.Las acciones que el Ministerio Público desarrolla o ha desarrollado, y que dicen relación con las recomendaciones para el Estado de Chile en este procedimiento de investigación, entre otras:

a)La dictación de Oficios del Fiscal Nacional, con criterios de actuación a los Fiscales y funcionarios del Ministerio Público, en delitos sexuales, delitos sobre trata de personas, en materia de violencia intrafamiliar y delitos de tortura y tratos crueles;

b)La designación de Fiscales preferentes en investigaciones relacionadas a NNA pertenecientes a SENAME, en materia de malos tratos y tortura, al igual que en materia de explotación sexual;

c)Formación de Fiscales y funcionarios en los estándares internacionales de derechos humanos y catálogo de tratados básicos del sistema internacional, dentro del cual encontramos a la CDN y sus protocolos;

d)Capacitaciones y talleres dirigidos a Fiscales y demás funcionarios, en materia de delitos sexuales, género, explotación sexual, trata de personas, violencia intrafamiliar, tortura y tratos crueles y nueva ley de malos tratos, NNA;

e)La elaboración de módulos internos en relación a enfoque de derechos de NNA que promueven el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados/as en condiciones respetuosas, para lo cual deben adaptar el trato, conductas y el desarrollo de las investigaciones;

f)La generación de la Mesa Intersectorial de Muertes Bajo Custodia, que trabaja en la generación de un protocolo de actuación que busca estandarizar, acciones y procedimientos coordinados ante los casos de fallecimiento de personas que se encuentren bajo la custodia, el control o el cuidado del Estado de Chile, o de organismos privados que cumplen funciones públicas de dicha naturaleza, de forma de asegurar una debida investigación de las causas y determinación de responsabilidades penales.

266.Respecto a los casos que se encuentran en proceso de investigación penal para el esclarecimiento de NNA fallecidos que se encontraban internados en Centros SENAME, el Servicio Médico Legal de Santiago, a través de su departamento de tanatología se encuentra realizando meta análisis de antecedentes médicos de menores, derivados desde la Fiscalía de Los Lagos. En total se trata de 47 casos oficiados para análisis de los cuales se han evacuado 42 informes, 2 casos se encuentran pendientes por falta de antecedentes; y 3 en proceso de análisis.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Instalación de mecanismos de transparencia colaborativa

Instalar mecanismos de participación y transparencia colaborativa para la efectivización de los derechos de NNA.

Poder Judicial

Largo

Revisión del sistema de visitas

Revisar el sistema de visitas a los centros residenciales en cuanto a su modalidad, periodicidad, intensidad y objetivos, tanto en tribunales de primera instancia como en tribunales superiores.

Poder Judicial

Largo

Creación de protocolo para el tratamiento de casos

Crear un protocolo interno del Poder Judicial para la atención de casos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Poder Judicial

Mediano

Perfeccionamiento del registro administrativo

Constituir un sistema de registro, tratamiento de la información, seguimiento, supervigilancia efectiva y determinación de la revisión de la situación de los NNA con internación.

Poder Judicial

Corto

Creación de Protocolo de actuación policial

Trabajar conjuntamente con la PDI y Carabineros, con el fin de crear un protocolo real de acción frente a NNA.

Defensoría de los Derechos de la Niñez

Corto

Instar por efectivo respeto de los derechos humanos de NNA

Realizar capacitaciones en las escuelas de Carabineros y PDI.

Defensoría de los Derechos de la Niñez

Mediano

Plan Nacional de Entrenamiento en Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial

Capacitar a nivel nacional al personal policial en sensibilización, protección de grupos vulnerables, uso de la fuerza y prevención de todo trato cruel inhumano o degradante.

Carabineros de Chile

Corto

Formación de Instructores de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial

Instruir al personal policial en derechos humanos en materias de protección contra la tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes.

Carabineros de Chile

Corto

Revisión y Modificación de Procedimientos para el Trato de Niños, Niñas y Adolescentes que visitan Establecimientos Penitenciarios

Generar una mesa de Trabajo para revisión de idoneidad de los procedimientos operativos y de seguridad, relacionados con el trato de población de NNA, a la luz de la normativa internacional en DD.HH., para estándares penitenciarios, como por ejemplo el procedimiento de registro corporal a visitas de NNA.

Gendarmería de Chile

Mediano

Capacitación para el Trato de Niños, Niñas y Adolescentes que visitan Establecimientos Penitenciarios

Realizar de forma permanente actividad de capacitación a funcionarios de trato directo de distintas unidades penales de la Región de los Lagos.

Realizar capacitaciones a funcionarios de trato directo de las Unidades de Servicios Especializados Penitenciarios (USEP) provenientes de distintas ciudades del país.

Realizar capacitaciones a funcionarios de los Grupos de Acción y Reacción Primaria (GARP).

Gendarmería de Chile

Corto

Programa “Creciendo Juntos” del Sistema Cerrado

Unificar las prestaciones de atención e intervención para las mujeres embarazadas o con hijos lactantes de hasta 2 años que permanecen con sus madres en reclusión, sin importar su calidad procesal (imputada o condenada).

Realizar Talleres de padres, destinados para hombres y mujeres condenados con hijos de hasta 12 años que visitan a sus padres en situación de reclusión, así como la medición de desarrollo de la parentalidad de los beneficiarios al ingreso y egreso del programa.

Gendarmería de Chile

Corto

IV.Respuesta a las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño

A.Primera recomendación del Comité

Información de seguimiento sobre los párrafos 117, 118, 119 y 120 del informe de la investigación relacionada

267.En relación a lo anterior, el Estado de Chile, en su conjunto puede informar lo siguiente: El proceso de cierre de un centro de cuidado alternativo residencial de cualquier índole, sea éste de administración directa, o sea una residencia administrada por un Organismo Colaborador Acreditado, requiere, previamente, de la elaboración de un plan que contemple el proceso técnico para el despeje de casos, a fin de determinar la medida más acorde para la situación de cada uno de los niños, niñas y adolescentes ingresados por el Tribunal de Familia, así como un trabajo con la Judicatura que permita obtener la modificación de las medidas de protección.

268.En este sentido, a fin de concretar el cierre del CREAD Playa Ancha, fue necesario, en primer lugar, acelerar una serie de procesos de intervención que se encontraban en curso al momento de la solicitud del Comité de Derechos del Niño, cautelando el respeto de los derechos e interés superior de los niños, niñas y adolescentes internos en el recinto, durante los meses que han precedido al cierre del CREAD Playa Ancha.

269.En consecuencia, el proceso del cierre del CREAD se encuentra en una etapa de avanzado cumplimiento, conforme a la planificación realizada por el SENAME y coordinada con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el cual concluirá definitivamente en el mes de marzo del año 2019. A continuación, se muestra un breve resumen de las etapas del Plan de Cierre, con los avances correspondientes a cada una de ellas:

Etapa 1. Desde noviembre 2017, trabajo continúo hasta el cierre

270.Dentro de esta etapa se establecieron dos grandes acciones: 1) Plan de trabajo con la Judicatura de Familia; y 2) Plan de análisis y evaluación de los casos vigentes en el CREAD de Playa Ancha.

Etapa 2. Desde marzo 2018 hasta la habilitación de nuevas residencias (plazo estimado de 12 meses)

271.Esta etapa contempla el diseño y adecuación de cuatro nuevas residencias de baja cobertura, donde los niños, niñas y adolescentes, separados por sexo, se encontrarán bajo condiciones de vida familiar y, emocionalmente seguras, de acuerdo al curso de vida en el que se encuentran, asegurando una dinámica de vida familiar, sobre la base de estándares internacionales. A su vez, se han conformado equipos especializados en la atención de los niños, niñas y adolescentes, con competencias técnicas y habilidades blandas, con el objeto de fortalecer el proceso de reparación de la capacidad vincular y de apego.

Etapa 3. Desde marzo hasta el total traslado de los niños, niñas y adolescentes a las nuevas residencias

272.En esta etapa se han realizado acciones y dictado actos administrativos orientados a contar con la normativa reguladora de las residencias a implementar, formalizando los recursos presupuestarios, procesos y normativa de funcionamiento de esta modalidad de atención en la Región de Valparaíso.

273.En concreto, esto supuso construir un nuevo marco teórico, bajo estándares de cuidado residencial internacionales, con enfoque de derechos humanos. Para este propósito, se elaboraron nuevas orientaciones técnicas de intervención, estándares de infraestructura y estándares de personal centrados en un modelo de residencia de vida familiar.

274.Con fecha 17 de agosto de 2018, por medio de Resolución Exenta Nº 1354, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos autorizó al Servicio Nacional de Menores “ crear y administrar directamente cuatro centros residenciales en la región de Valparaíso”.

275.En tal sentido, con fecha 22 de agosto se dicta la Resolución Exenta Nº 2602, del Servicio Nacional de Menores que crea y dispone la administración directa de cuatro centros residenciales en la región de Valparaíso.

276.Con fecha 22 de noviembre se dicta el Decreto Exento N° 2000, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que dispone administrativamente el cierre del CREAD Playa Ancha.

Etapa 4. De enero a marzo 2019

277.Ésta supone el traslado de los niños, niñas y adolescentes a cada una de las residencias que se implementen con los estándares referidos en la etapa anterior, iniciándose el funcionamiento de las mismas con la incorporación de los equipos profesionales, administrativos y técnicos contemplados en los lineamientos técnicos que rijan esta nueva modalidad de atención. Esta fase, y con ello todo el plan, finalizará con el cierre definitivo del actual inmueble donde se encuentra el CREAD Playa Ancha.

278.De acuerdo a lo señalado en la Etapa 1, este Plan de Cierre contempla un proceso de análisis y evaluación de todos los casos vigentes, que busca establecer un plan individualizado de egreso para los niños, niñas y adolescentes del CREAD. Para esto, se deben generar condiciones, previas, que se expresan en los siguientes puntos:

a)Se cuenta con autorización, desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para reconvertir este centro en 4 residencias de menor cobertura, con enfoque en curso de vida, y alta especialidad y bajo un modelo residencial de vida familiar, dirigido a población adolescente;

b)Autorización para el arriendo de inmuebles que se enmarquen dentro de los modelos esbozados y que se encuentren ubicados en las comunas de Viña del Mar y Quillota, ambos en la Región de Valparaíso;

c)Habilitación de inmuebles que fueron asignados desde el Ministerio de Bienes Nacionales a SENAME, y que se encuentran ubicados en las comunas de Valparaíso y Villa Alemana;

d)Autorización por parte de los Tribunales de Familia que conocen cada causa proteccional, respectos de las solicitudes de egreso y respectivos traslados respecto de todos los niños, niñas y adolescentes del CREAD Playa Ancha, conforme a su interés superior.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación:

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Habilitación/reparación y adecuación de cuatro inmuebles

Realizar destinaciones de inmuebles de Bienes Nacionales.

Arrendar nuevos inmuebles.

SENAME

SENAME

Corto

Selección y Capacitación del Personal

Realizar un procedimiento especial de Reclutamiento y Selección con las siguientes etapas:

a) Manifestación y Análisis de Intereses;

b) Evaluación psicolaboral;

c) Organización de equipos;

d) Inducción de equipos seleccionados en cada una de las residencias;

e) Capacitación a los equipos seleccionados en cada una de las residencias.

SENAME

Corto

Traslado de niños, niñas y adolescentes

Solicitar a los Tribunales de Familia que conocen cada causa proteccional, acoger la solicitud de egreso y resolver, respecto de todos los niños, niñas y adolescentes del CREAD Playa Ancha, conforme a su Interés Superior.

Trasladar a NNA al inmueble ubicado en Cerro Alegre.

Trasladar a NNA al inmueble ubicado en Villa Alemana.

Trasladar a NNA al inmueble ubicado en Quillota.

Trasladar a NNA al inmueble ubicado en Viña del Mar.

SENAME

Corto

B.Segunda recomendación del Comité

Información de seguimiento sobre los párrafos 124 y 126 del informe de la investigación relacionada

279.En relación a lo anterior, el Estado de Chile, en su conjunto puede informar lo siguiente: Respecto de la letra a) el Presidente Sebastián Piñera ingresó durante el mes de octubre del presente año, indicaciones al proyecto de ley en trámite sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, Boletín N° 10315-18. De esta manera, se espera destrabar la tramitación de dicha iniciativa, que se encuentra desde el año 2015 en el Congreso Nacional. El proyecto de ley está en segundo trámite constitucional en la comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes del Senado de la República.

280.Respecto de la letra b) sobre la promoción de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes y el establecimiento de programas que detecten prontamente los riesgos de violaciones, las indicaciones al proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez contemplan la creación de Oficinas Locales de la Niñez, con presencia comunal, las que deberán desarrollar la promoción, prevención y protección general de los derechos de los niños a través de diversas funciones, dentro de las cuales se encuentran: i) orientar a los niños y a sus familias, en el ejercicio de sus funciones; ii) fortalecer e impulsar la participación de los niños, sus familias, comunidades y la sociedad civil en materias relacionadas con la protección integral de los derechos de los niños; iii) detectar oportunamente riesgos de vulneraciones de derechos de un niño, teniendo en consideración los factores de riesgo y factores protectores de éste, su familia y su entorno; entre otras. Esta última función se llevará a cabo mediante el Sistema Alerta Niñez, que permitirá identificar a niños y niñas con alto riesgo de vulneración, además de generar una oferta programática que atienda ese riesgo.

281.El Sistema Alerta Niñez comenzará a implementarse mediante un Programa Piloto en 12 comunas durante el año 2019. Su fin es contribuir a la promoción del desarrollo integral de todos los niños y niñas, a la prevención y mitigación de riesgos que los afectan, y a la reparación o rehabilitación de los daños o vulneraciones cometidos en su contra; favoreciendo su bienestar socioeconómico e integridad física, cultural, psíquica y social, permitiendo de esta manera evitar que existan “niños invisibles” y llegando a ellos a tiempo con una oferta programática focalizada y pertinente que permita prevenir vulneraciones de derechos y lograr que la familia recupere su rol de protector primordial de sus niños.

282.La Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social es la encargada de desarrollar el instrumento de focalización que tiene como objetivo identificar el conjunto de riesgos que afectan a los niños y niñas y a sus familias, así como los factores protectores que reducen o aminoran el potencial daño.

283.En lo que respecta a la letra c) sobre la asistencia apropiada a la familia en el cumplimiento de sus obligaciones parentales, los proyectos de ley que se promueven por el Gobierno consagran un enfoque familiar, y contemplan el principio del fortalecimiento del rol protector de la familia. En este sentido, el proyecto de ley que crea el Ministerio de Familia y Desarrollo Social, pretende consagrar un enfoque familiar, de manera que todas las políticas públicas que se desarrollen por dicho Ministerio, se dirijan a la familia en su conjunto, dejando de considerar a los individuos que la componen como sujetos aislados, y entendiéndolos dentro de un grupo familiar que necesita apoyo y las herramientas adecuadas para poder desarrollar su función. Asimismo, el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez contempla como sujetos de atención a las familias de los niños y niñas, considerándolas en los procesos de intervención, procurando así su fortalecimiento, y evitando en la medida de lo posible la separación del niño de su familia.

284.En relación a lo mencionado en la letra d), el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez señala expresamente en su artículo 18: “Cuando el niño o niña se encuentre bajo cuidado alternativo, en la medida que las circunstancias lo ameriten, se priorizará el acogimiento familiar por sobre el residencial”.

285.De acuerdo con la observación N° 126, la Ley N° 21090 que crea la Subsecretaría de la Niñez, dispone la obligación para el Ministerio de Desarrollo Social, de fijar estándares para los organismos colaboradores del SENAME, y para la ejecución de los programas de todas las líneas de acción del Servicio, sea que dichos programas se ejecuten por los organismos colaboradores o directamente por órganos del Estado.

286.La Ley señala que la Subsecretaría de la Niñez será el órgano encargado de proponer dichos estándares. En este sentido, el Ministerio de Desarrollo Social, en conjunto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y de Hacienda, conformaron la “Comisión Técnica de Estándares Generales”, con el fin de elaborar los mencionados estándares, que regirán respecto del actual SENAME, y luego respecto del Servicio de Protección a la Niñez que lo reemplace, una vez aprobada el respectivo proyecto de ley.

287.En esta línea, el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez (Boletín N° 12027-07), otorga mayores recursos financieros, de manera de poder exigir mayores estándares que los actuales a los colaboradores acreditados del Servicio. Además, establece mecanismos eficaces de supervisión, ya que establece la obligación del Servicio de elaborar normativa técnica respecto de cada programa de protección especializada, cuyo cumplimiento será comprobado por el Servicio, quien verificará que los niños estén recibiendo una intervención o cuidado alternativo adecuado, de acuerdo a los estándares propuestos por la Subsecretaría de la Niñez. Además, el Servicio podrá contratar auditorías externas, las que serán obligatorias y anuales en el caso de los programas ejecutados directamente por el Servicio. La infracción por parte de los colaboradores acreditados podrá dar lugar a la imposición de una o más de las sanciones que se señalan en el proyecto de ley.

288.El proyecto considera además, entre otras medidas: la creación de un Consejo de Expertos con calidad de asesor; una Comisión Coordinadora Intersectorial; un sistema de información, seguimiento y monitoreo; implementación de oferta programática basada en evidencia, evaluaciones y realidad de los territorios; creación de programas de apoyo para la vida independiente; fortalecimiento de familias de acogida como principal mecanismo de cuidado alternativo; mejoras en el sistema residencial a nivel de infraestructura y modelo de atención familiar (residencias más pequeñas); exigencias para contar con personal capacitado e idóneo en el trabajo con niños; y la exigencia de contar con auditorías externas para los organismos colaboradores.

289.Por su parte, y dentro del proceso de transición hacia la nueva institucionalidad, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en abril del presente año ingresó para discusión un proyecto que busca aumentar la banda de la subvención base que reciben los organismos colaboradores del Servicio Nacional de Menores del Ministerio de Justicia (SENAME) que ejecutan la línea de acción de Centros Residenciales. El primer año de aplicación, el límite máximo de la subvención se incrementa en 25 % (15 a 18,75 USS), con un mayor gasto fiscal de M$9.771.688 (en pesos 2018). En caso de alcanzar el límite máximo del rango de 30 USS, el mayor gasto ascendería a M$39.108.331 (en pesos 2018). Junto con ello, la iniciativa legal entrega mayores herramientas de fiscalización para el SENAME respecto del accionar de sus colaboradores, y establece obligaciones de transparencia activa respecto de los organismos que desarrollan la oferta programática del Servicio. Cabe señalar que, con fecha 21 de noviembre del 2018, la Cámara de Diputados aprobó y despachó a segundo trámite constitucional (al Senado), el referido proyecto de ley.

290.Respecto de la letra g), el SENAME, ha ido perfeccionando los procesos de supervisión vigente del Servicio para todo proyecto de protección, siendo construidos en base al enfoque de derechos.

291.Ante ello, el Servicio entiende por supervisión técnica: el proceso mediante el cual se verifica el respeto y ejercicio de los derechos de los niños/as y adolescentes, a través de una retroalimentación sistémica, metódica y sistemática al proceso de intervención diseñado para la modalidad y comprometido en el proyecto aprobado, mediante un trabajo de colaboración y de análisis crítico con los equipos participantes en función de optimizar la gestión de los proyectos a través de la calidad de la atención directa brindada a los niños(as) y a las familias.

292.El proceso de Supervisión Técnica corresponde a una acción que con fines prácticos se puede desagregar en dos áreas: Control y Asesoría Técnica. No obstante, la acción de supervisar incorporar ambas áreas en las actividades que se ejecuten, por tanto, se ejecutan paralela e interconectadamente y en otras ocasiones, aplicar la supervisión con un foco específico en alguna área.

293.Asimismo, ha establecido una frecuencia mínima de supervisión a todo proyecto de protección, de la siguiente forma:

•Centros Residenciales: Mensual, más cuatro supervisión nocturna y festivos (2 cada semestre).

•Programas de Familias de Acogida: Bimestral (cada dos meses).

•Diagnóstico Ambulatorio: Bimestral (cada dos meses).

•Proyectos ambulatorios: Trimestral (cada tres meses).

294.Para el ejercicio de la supervisión, se cuenta con instrumentos por modalidad de atención, los cuales son utilizados en cada visita a terreno. Dichos instrumentos abordan los siguientes ámbitos:

•Condiciones Básicas para la Atención: Satisfacción de derechos de provisión, infraestructura, equipamiento, recurso humano del proyecto.

•Gestión Técnica: Análisis de la coherencia de los procesos de intervención de los usuarios de los proyectos.

•Planificación del Proyecto: Análisis del cumplimiento de los objetivos e indicadores de la matriz lógica del proyecto, incluida en el Proyecto de Funcionamiento que se adjudicó licitación pública.

•Participación de los Usuarios: Acercamiento hacia los niños, niñas, adolescentes y sus adultos referentes, mediante diferentes estrategias con el objetivo de triangular información y lograr una mirada integral del proyecto supervisado.

295.Consiguientemente, el SENAME ha ido incorporando un proceso de supervisión que busca mejorar y establecer de forma permanente un control y asesoramiento, tanto de los organismos colaboradores como residencias de administración directa, en los ámbitos relacionados con el bienestar de los niños, niñas y adolescentes atendidos.

296.Por último, el SENAME realizó una Auditoría Social al sistema de cuidados alternativos en el que revisó del 100 % de las carpetas de los niños, niñas y adolescentes vigentes en los 11 CREAD administrados directamente por el SENAME.

297.La segunda etapa abordó el 100 % de las carpetas de los niños, niñas y adolescentes vigentes en los centros de cuidado alternativo residencial administrados por los organismos colaboradores acreditados en las regiones con mayor cantidad de usuarios, a saber Región de Valparaíso, Biobío, Maule y Metropolitana.

298.Actualmente SENAME se encuentra iniciando la tercera etapa que abordará las 11 regiones restantes del país.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Puesta en Marcha del Módulo de Supervisión en la Plataforma informática Senainfo

Ejecutar el módulo de Supervisión, herramienta que aporta al supervisor técnico la disminución de acciones administrativas con el objetivo que se centre en su función de control y asesoramiento hacia los proyectos, y por otra parte el Servicio cuente con datos oportunos y confiables sobre el proceso de supervisión a los proyectos de protección, incluyendo los hallazgos encontrados, los compromisos adquiridos por parte de los proyectos y el cumplimiento de los mismos.

SENAME

Corto

Tercera etapa Auditoria Social al sistema de cuidado alternativo residencial

Desarrollar la auditoría social en las 11 regiones restantes del país y que no fueron abordadas en la primera y segunda etapa.

SENAME

Corto

Monitoreo a proyectos con calificación deficiente en el ámbito de la gestión técnica

Monitorear proyectos con calificación deficiente por parte del nivel central.

Retroalimentar a equipos regionales para mejorar la asesoría técnica a los programas y de esta forma subsanar las deficiencias de los procesos de intervención hacia los usuarios de los proyectos.

SENAME

Corto

Impulso en la tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez

Implementar las Oficinas Locales de la Niñez de forma gradual desde enero de 2019 en doce comunas del país.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Impulso en la tramitación del proyecto de ley que crea el Ministerio de Familia y Desarrollo Social

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Comisión Técnica de Estándares Generales

Trabajar conjuntamente con los Ministerios de Hacienda y de Justicia y Derechos Humanos para conformar la Comisión Técnica que fijará los estándares a los que se refiere el artículo 3° ter de la Ley N° 20530.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Tramitación proyecto de ley que modifica la Ley N° 20032 y el Decreto-ley N° 2465, de 1979, del Ministerio de Justicia

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Corto

Apoyo de medidas legislativas

Instar por el avance y celeridad de iniciativas legales con énfasis en el resguardo de:

Garantizar el debido proceso en todas las etapas.

Lograr la especialización de los tribunales superiores.

Protección integral de la infancia.

Des judicialización.

Servicialidad de la autoridad administrativa a la función jurisdiccional de cautela y protección que por mandato constitucional y legal les corresponde a los tribunales de justicia.

Fortalecimiento en el ejercicio de la función, de la facultad de imperio en todos los niveles de la jurisdicción.

Poder Judicial

Corto

C.Tercera recomendación del Comité

Información de seguimiento sobre los párrafos 128 y 130 del informe de la investigación relacionada

299.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Durante los últimos años el Estado de Chile ha notado la necesidad de contar con un servicio de protección administrativa. Así, han existido distintas iniciativas que contemplan la creación de este sistema.

300.Consideramos que el proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, en actual tramitación, constituye un avance en este sentido, y esperamos su pronta aprobación por el Congreso Nacional. Adicionalmente estamos trabajando en diversas medidas administrativas con el fin de avanzar en un sistema que proteja administrativamente los derechos de los niños y niñas del país, con el foco en su promoción, prevención y protección integral.

301.Durante el mes de octubre del presente año se ingresaron por parte del Gobierno indicaciones al proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, las que consagran un nuevo sistema de protección administrativa, el que se concretará mediante Oficinas Locales de la Niñez. Dichas oficinas, desarrollarán la promoción, prevención y protección general de los derechos de los niños, implementándose gradualmente desde el mes de enero de 2019, y tendrán de las siguientes funciones, entre otras:

a)Orientar a los niños y a sus familias en el ejercicio de sus derechos;

b)Fortalecer e impulsar la participación de los niños, sus familias, comunidades y la sociedad civil en materias relacionadas con la protección integral de los derechos de los niños;

c)Detectar oportunamente riesgos de vulneraciones de derechos de un niño, teniendo en consideración los factores de riesgo y factores protectores de éste, su familia y su entorno;

d)Derivar a los niños y sus familias a los órganos competentes, a fin de que puedan acceder a las prestaciones necesarias para el debido resguardo de sus derechos, actuando de manera coordinada con dichos órganos. Especialmente, coordinará la oferta de los servicios sociales vinculados al Subsistema de Protección Integral de la Infancia “Chile Crece Contigo”, procurando el acceso de los niños a la oferta social disponible;

e)Realizar el seguimiento y monitoreo de los niños atendidos por la Oficina Local de la Niñez, o de los que sean egresados de algún programa de protección especializada del Servicio de Protección a la Niñez.

302.En relación con la observación N° 130 del Comité sobre los profesionales que trabajan en el sistema de protección, el Ministerio de Desarrollo Social ha impulsado el proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez, Boletín N° 12027-07, en el que se contemplan distintos cambios en relación al personal del Servicio.

303.En primer lugar, el artículo 52 del proyecto de ley señala que el personal que tenga trato directo con niños y niñas, deberá tener una salud mental y física compatible con el cargo. En razón de lo anterior, el personal deberá someterse cada dos años a una evaluación de salud física y mental.

304.En segundo lugar, el mismo artículo señala la exigencia al Servicio de que cuente con personal capacitado e idóneo para el cuidado de los niños y niñas, y su buen trato.

305.En tercer lugar, respecto de la capacitación, el artículo 53 del proyecto de ley contempla la exigencia al Servicio de desarrollar políticas, programas y actividades de capacitación periódica, en las que deberán participar obligatoriamente sus funcionarios, y a las que podrá acceder el personal de los colaboradores acreditados, con el objeto de mejorar sostenidamente sus habilidades y conocimientos para el desarrollo de las tareas propias del Servicio y los programas que a través de éste se ejecuten.

Compromisos para el cumplimiento de la recomendación

Acción

Desarrollo de la acción

Responsable

Plazo

Impulso en la tramitación del proyecto de ley sobre Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

Pilotos de Oficinas Locales de la Niñez

Implementar de forma gradual las Oficinas Locales de la Niñez desde enero de 2019.

Ministerio de Desarrollo Social

Mediano

Impulso en la tramitación del proyecto de ley que crea el Servicio de Protección a la Niñez

Tramitar el proyecto y presentar las respectivas urgencias para asegurar su despacho en tiempo y forma.

Ministerio de Desarrollo Social

Corto

D.Cuarta recomendación del Comité

Información de seguimiento sobre el párrafo 133 del informe de la investigación relacionada

306.En este sentido el Estado de Chile puede informar que: Acogemos la necesidad de hacernos cargo, como Estado, de las situaciones de vulneración que han sufrido en el pasado y el presente los niños, niñas y adolescentes de nuestro país. Más aún, nos interpela y moviliza la necesidad de mejorar constantemente en la calidad de la atención que les brindamos, sobre todo en consideración a las situaciones de vulneración de derechos que a su temprana edad les ha tocado vivir.

307.Nuestro sentido de urgencia está puesto, tal como ha quedado en evidencia a lo largo de este informe, en mejorar constantemente para poder llegar de manera más oportuna a proteger a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en riesgo de ser vulnerados, a fin de evitar que puedan llegar a una situación de mayor gravedad. Por otra parte, es de nuestro máximo interés poder acoger de manera adecuada, brindando una atención priorizada y de calidad, a aquellos que ya han sufrido graves vulneraciones.

308.Como Estado, comprometemos la generación de políticas y acciones que nos permitan tener siempre presente el dolor de aquellos niños y niñas que vieron, y ven, su infancia dañada por la falta de intervención oportuna de los distintos actores de nuestro sistema de protección. Vaya con ellos nuestra máxima solidaridad y la convicción de que no descansaremos hasta lograr que nuestro sistema de protección responda a los más altos estándares, en resguardo de los mismos. Esto se abordará mediante un trabajo conjunto de los Ministerios de Desarrollo Social y de Justicia y Derechos Humanos.

V.Resultados de la consulta ciudadana

309.Con el objeto de recoger las consideraciones de la sociedad en su conjunto respecto de la situación de niños, niñas y adolescentes del país, y obtener de esta manera la apreciación de todos los chilenos y chilenas se puso a disposición de la comunidad a través del sitio Web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, una “Encuesta por la Infancia”, en la que, a través de tres preguntas abiertas, se le solicitó a la ciudadanía responder sobre:

¿Qué acciones concretas podría entregar el Estado de Chile en su conjunto, para garantizar los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que se encuentran en la Red SENAME en relación con los siguientes Derechos?:

1)No separación de la familia salvo en interés superior del niño, y apoyo del Estado para que esto sea posible;

2)Derecho a expresar su opinión y a ser escuchado;

3)Protección contra los malos tratos y toda forma de violencia.

310.A la referida consulta, se recibieron diversas respuestas en las que se proponía invertir en crear programas de apoyo a las familias de diversos tipos, en las áreas de prevención, promoción y protección de derechos, privilegiando en estas últimas los modelos de base familiar por sobre los institucionales, particularmente para los niños y niñas menores de 3 años y con un fuerte enfoque en la reunificación familiar.

311.Asimismo, se planteó la necesidad de contar con recurso humano especializado para el trabajo con niños y niñas y sus familias, así como con acceso a los tratamientos que se requiera para superar las situaciones de vulneración.

312.Otro aspecto que se releva es la necesidad de la especialización de la judicatura de familia respecto de temáticas tales como el apego o traumas complejos.

313.Por último y en relación a la escucha de los niños y niñas, se señaló la necesidad de generar espacios de confianza en donde éstos puedan ser escuchados, expresarse libremente y participar en el abordaje de las complejas situaciones a las que se han visto expuestos, no solo en lo referente a las intervenciones que se realicen en su favor, sino que también en sede judicial y en el diseño de las políticas públicas, dentro del marco de su autonomía progresiva.

VI.Consulta sociedad civil

314.Adicionalmente, se realizó una consulta a los Consejos de Sociedad Civil del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y del Servicio Nacional de Menores, además de otras organizaciones relacionadas con la temática de infancia y se recibió la respuesta de la organización Semerianos Egresados.

315.En términos generales esta organización plantea que es necesario reforzar el trabajo en materia educacional como un ámbito preventivo; apoyar a las familias extensas de los niños para encargarse de la crianza de éstos, en el caso de que los padres no puedan hacerlo; ampliar la oferta de espacios extraescolares para el desarrollo del ocio y tiempo libre de los niños y acompañar el egreso de los jóvenes que se encuentran en el sistema residencial. Asimismo, plantean la necesidad de contar con ambientes en el cuidado alternativo donde se replique o emule un modelo familiar, y donde se distinga el trabajo administrativo y la intervención que se haga con los niños, niñas y adolescentes. Por último, plantearon la importancia de contar con directores de las residencias que tengan conocimiento del sistema, que puedan manejar y liderar los equipos y que sea un referente para sus trabajadores y en especial para los niños, niñas y adolescentes que habitan en las residencias.

VII.Participación y opinión de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema residencial

316.Como una forma de saber la opinión de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el sistema residencial, la Auditoría Social desarrollada por SENAME consideró la realización de una encuesta voluntaria con relación al lugar donde viven y la atención que reciben en los respectivos centros, la que se anexa para mayor conocimiento.

317.Dicha encuesta permitió levantar información pormenorizada acerca de la percepción que cada niño, niña o adolescente que se encuentra en el sistema residencial tiene respecto de las condiciones en que se encuentra en los centros, de las relaciones con sus pares y cuidadores, y respecto del resto del sistema.

VIII.Conclusiones

318.A través del desarrollo del presente informe y de las obligaciones que el Estado y sus diversos organismos han asumido en el corto, mediano y largo plazo, reafirmamos el compromiso de nuestras instituciones con la promoción, el respeto de los derechos y la protección de todos los niños, niñas y adolescentes, particularmente de aquellos que se encuentran en el sistema de cuidados alternativos.

319.Este gobierno se ha comprometido con poner a los niños primero y nos asiste la firme convicción que los esfuerzos que estamos desplegando, manifestados en las diversas medidas administrativas, de gestión y en la agenda legislativa en materia de infancia comprometidas, tendrán un resultado favorable antes del término del período del presente gobierno. Esto nos permitirá contar con una nueva institucionalidad en materia de infancia acorde al desarrollo alcanzado por nuestro país y a los sueños y al porvenir que aflora en cada niño, niña y adolescente que habita el país.

320.Por último, es menester manifestar al Comité que nos obligamos a dar un efectivo seguimiento y reporte del cumplimiento de cada uno de los compromisos que se han materializado por parte de las distintas instituciones, mandatando para tal efecto al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en coordinación con los otros ministerios con potestad en la materia.

321.Nos asiste la esperanza, pero sobre todo la confianza, que a través de esta forma de trabajo de carácter seria, colaborativa interinstitucionalmente y centrada en lograr el mayor bienestar de los niños y niñas, podremos superar los errores que se hayan cometido en el pasado y mirar con optimismo y seguridad el futuro.