Naciones Unidas

CAT/C/BWA/1

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

6 de mayo de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Tortura

Informe inicial que Botswana debía presentar en 2001 en virtud del artículo 19 de la Convención con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes * **

[Fecha de recepción: 4 de abril de 2022]

I.Introducción

1.De conformidad con el artículo 19 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Convención contra la Tortura), Botswana se complace en presentar al Comité su respuesta a la lista de cuestiones (CAT/C/BWA/QPR/1) aprobada por el Comité en el período entre sesiones el 2 de diciembre de 2020 en relación con el informe inicial. El informe abarca las medidas legislativas, administrativas y de otra índole tipo adoptadas para dar efecto a la Convención.

2.El Ministerio de Defensa, Justicia y Seguridad preparó el informe con la contribución de los ministerios y departamentos gubernamentales pertinentes. El informe también se distribuyó y se sometió a un proceso de examen por el Comité Interministerial de los Tratados, Convenios y Protocolos, creado por el Gabinete en 2002 como mecanismo nacional de presentación de informes y seguimiento.

3.Los datos estadísticos solicitados y otros documentos adicionales figuran en los anexos del informe.

II.Respuesta a la lista de cuestiones del Comité

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones (CAT/C/BWA/QPR/1)

4.La redacción de este informe estuvo encabezada por un comité de redacción interministerial integrado por representantes del Ministerio de Defensa, Justicia y Seguridad; el Ministerio de Asuntos Presidenciales, Gobernación y Administración Pública; el Ministerio de Nacionalidad, Inmigración y Asuntos de Género; el Ministerio de Relaciones Internacionales y Cooperación; la Fiscalía General; la Dirección del Ministerio Público; la Administración de Justicia; las Fuerzas de Defensa de Botswana; el Servicio de Prisiones de Botswana; y el Cuerpo de Policía de Botswana.

5.Se consultó a todo el Gobierno en el marco un taller de tres días al que fueron invitados y participaron todos los ministerios y departamentos del Gobierno. Además, el proyecto de informe se presentó al Comité Interministerial de los Tratados, Convenios y Protocolos para que hiciera nuevas aportaciones y lo verificara.

6.Se invitó a las organizaciones de la sociedad civil a contribuir al informe a través del Consejo de Organizaciones No Gubernamentales (ONG), una plataforma multipartita integrada por representantes del sector privado y de ONG, que coordina la participación de los representantes de ONG. El Consejo también coordina la aplicación de la Política sobre las ONG en lo que se refiere a la mejora del diálogo y la alianza entre el Gobierno y las ONG para la consecución de los objetivos nacionales de desarrollo.

7.Botswana se ha comprometido, como se aceptó en el tercer ciclo del Examen Periódico Universal (EPU), a incorporar en el ordenamiento jurídico interno todos los tratados de derechos humanos que ha ratificado, incluida la Convención contra la Tortura. Sin embargo, cabe destacar que el proceso implica los siguientes pasos:

a)El ministerio encargado solicita la aprobación del Gabinete;

b)Cuando el Gabinete aprueba la solicitud, el Ministerio remitirá las instrucciones de redacción a la Fiscalía General, acompañadas de la autorización en forma de Directiva del Gabinete;

c)A continuación, la Fiscalía General redacta un proyecto de ley que incorpora las disposiciones del instrumento o tratado internacional en el ordenamiento jurídico interno;

d)Una vez aprobado el proyecto de ley por el Ministerio pertinente, este prepara el proyecto de ley para presentarlo al Gabinete;

e)Cuando el Gabinete aprueba el proyecto de ley, se publica, tras la firma del Ministro, en la Boletín Oficial de Botswana durante al menos 30 días;

f)Una vez transcurridos los 30 días de publicación, se presenta ante la Asamblea Nacional;

g)Allí, el proyecto de ley pasa por cinco etapas antes de que se promulgue la ley, a saber, la primera lectura, la segunda lectura, la fase de comisión, la tercera lectura y la aprobación presidencial.

8.De todos modos, el artículo 7 1) de la Constitución de Botswana prohíbe la tortura y los castigos inhumanos. Otras leyes que prohíben la tortura son la Ley de la Infancia de 2009, la Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana núm. 3 de 2018, la Ley de los Servicios de Inteligencia y Seguridad [cap. 23:02], la Ley de Policía y la Ley de Prisiones.

9.No se han registrado casos en que se hayan invocado las disposiciones del Pacto ante los tribunales o que estos las hayan aplicado.

Artículos 1 y 4

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

10.Actualmente, Botswana no está en condiciones de retirar la reserva formulada con respecto al artículo 1 de la Convención, ya que hacerlo hará que las disposiciones del artículo 7 2) de la Constitución de Botswana sean contrarias a la Convención y, por lo tanto, hará que la disposición constitucional sea inaplicable.

11.No se han tomado medidas para modificar el Código Penal para introducir el delito de tortura. Sin embargo, este delito figura en las siguientes leyes:

a)la Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana núm. 3 de 2018, cuyo artículo 66 tipifica la tortura como delito;

b)la Ley de la Infancia núm. 8 de 2009, cuyo artículo 61 dispone que ninguna persona someterá a un niño a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

c)la Ley del Servicio de Inteligencia y Seguridad [capítulo 23:02], cuyo artículo 16 1) b) i) y 2) establece que:

“ 1) Un funcionario o miembro del personal de apoyo no podrá...

b) en el desempeño de sus funciones o en el ejercicio de sus facultades en virtud de esta Ley...

i) someter a una persona a tortura ni a otros tratos crueles, inhumanos o degradantes;

2) Todo funcionario o miembro del personal de apoyo que infrinja las disposiciones del párrafo 1) será culpable de un delito. ”

Disposiciones penales que se aplican con más frecuencia para sancionar los casos de tortura

12.En el momento de la presentación del informe no se había detectado ningún caso de tortura. Sin embargo, las disposiciones penales que se aplicarían para castigar los casos de tortura son las siguientes:

a)El artículo 61 de la Ley de la Infancia núm. 8 de 2009, que establece que ninguna persona someterá a un niño a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

b)El artículo 23 1) ii) de la Ley de Policía [capítulo 21:01], que establece que el uso de violencia innecesaria o la intimidación por un agente de policía contra una persona detenida o cualquier otra persona con la que pueda entrar en contacto en el cumplimiento de su deber es un delito;

c)Los artículos del Código Penal 246 (agresión común), 247 (agresión con lesiones corporales), 248 (agresión a personas que protegen un naufragio), 249 (otros delitos de agresión contra la libertad), 252 (secuestro), 230 (lesiones graves), 202 (asesinato), 200 (homicidio) y 217 (intento de asesinato) del Código Penal.

Disposiciones relativas al delito de tortura y las penas conexas en el derecho penal militar

13.El derecho penal militar incluye disposiciones relativas al delito de tortura y las penas conexas. La Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana núm. 3 de 2018, en su artículo 66, establece lo siguiente:

“ 1) Una persona sujeta a esta Ley no podrá someter a otra persona a tortura o a tratos crueles, inhumanos o degradantes;

2) Toda persona sujeta a esta Ley que someta a otra persona a tortura comete un delito y, al ser condenada por un juzgado militar o por el Tribunal Superior, podrá ser condenada a una multa de hasta 10.000 pula, a una pena de prisión de hasta cinco años o a ambas;

3) Una persona sujeta a esta ley que somete a otra persona a un trato cruel, inhumano o degradante comete un delito y será condenada por un juzgado militar o por el Tribunal Superior a una multa de hasta 5.000 pula, a una pena de prisión de hasta dos años o a ambas.

4) En este artículo:

a) “ Por trato cruel, inhumano o degradante ” se entiende un trato deliberado y agravado o un castigo degradante que no equivalga a tortura, infligido por una persona con autoridad o por el agente de esta contra una persona bajo su custodia, que le cause sufrimiento o humillación grave o que la degrade;

b) Por tortura se entiende todo acto por el que se inflige intencionalmente un dolor o sufrimiento grave, físico o mental, a una persona:

i) con objeto de obtener información o una confesión de esa persona o de otra ;

ii) con objeto de intimidar o coaccionar a esa persona o a otra ;

iii) por cualquier razón basada en discriminación de cualquier tipo, cuando dicho dolor o sufrimiento sea infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia, pero no incluirán las actividades razonables realizadas con fines de formación y disciplina. ”

Prescripción de estos delitos en la ley

14.El plazo de prescripción para todos los delitos, incluidos los cometidos en virtud del derecho penal militar, en virtud del artículo 26 de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal [capítulo 08:02] es de 20 años, excepto para el asesinato, que no prescribe.

Otro tipo de disposición administrativa o reglamentaria relativa a la prohibición de la tortura, en particular, que impone sanciones disciplinarias a sus autores

15.La legislación de las fuerzas disciplinadas, es decir, las Fuerzas de Defensa de Botswana, el Servicio de Prisiones de Botswana y el Cuerpo de Policía de Botswana, contiene disposiciones administrativas o reglamentarias relativas a la prohibición de la tortura.

16.Las disposiciones administrativas relativas a las sanciones disciplinarias impuestas a los autores de la tortura en el Cuerpo de Policía de Botswana están reguladas por los artículos 23 y 27 de la Ley de Policía de Botswana [capítulo 21:01]. Las sanciones disciplinarias que pueden imponerse a un autor de tortura son la amonestación, la amonestación severa, la multa, la reducción de rango o el despido.

17.El artículo 159 1) de la Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana establece que las acusaciones contra un oficial o soldado de las Fuerzas de Defensa deben ser comunicadas a su oficial al mando, quien está obligado a investigar el asunto en la forma prescrita. Si este determina que el asunto requiere una investigación más profunda, remite las alegaciones a la Policía Militar o a otra autoridad apropiada, que le informará de sus conclusiones.

18.En lo que respecta al Servicio de Prisiones de Botswana, cuando un prisionero es sometido a tortura o malos tratos, se informa del asunto a un funcionario superior de la prisión, que ingresa el asunto en el Registro de Denuncias. Luego el prisionero es trasladado inmediatamente al hospital para recibir atención médica. El Registro de Denuncias se envía al funcionario a cargo para que evalúe el asunto y determine si el asunto debe ser tratado disciplinariamente o remitido al Cuerpo de Policía de Botswana para que se presenten cargos penales contra el autor. Si esto sucede, se escolta al prisionero a la comisaría más cercana y se lo entrega a la policía, donde se asigna un investigador para que realice indagaciones sobre el asunto. Una vez concluidas estas, el Cuerpo de Policía remite sus conclusiones a la Dirección del Ministerio Público para que enjuicie al autor o acusado.

19.Además, todo prisionero que denuncie haber sido maltratado o sometido a tortura tiene derecho a iniciar un proceso judicial para reclamar daños y perjuicios contra el Gobierno.

20.Otra salvaguarda que ofrece el sistema judicial de Botswana es que toda confesión de una persona acusada grabada por un funcionario judicial será inadmisible en el tribunal si se determina que fue obtenida mediante tortura, como establece el artículo 228 1) de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal.

Inderogabilidad de la prohibición de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

21.Botswana garantiza la inderogabilidad de la prohibición de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes por medio de diversos instrumentos legislativos, incluidos:

a)El artículo 46 1) l) de la Ley de Prisiones [capítulo 21:03], según el cual el uso de la fuerza excesiva contra un prisionero por un funcionario de prisiones constituye una falta disciplinaria. En virtud del párrafo 2 del mismo artículo, el funcionario puede ser acusado con arreglo a cualquier otra ley;

b)En virtud del artículo 47 de la Ley de Prisiones, la sanción máxima por la falta disciplinaria definida en el artículo 46 es el despido del servicio;

c)El artículo 66 de la Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana tipifica como delitos la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes. La pena que se impondrá a un oficial militar que someta a otra persona a tortura en virtud del artículo 66 2) y 3) es una multa de hasta 10.000 pula, una pena de prisión de hasta cinco años o ambas;

d)El artículo 61 de la Ley de la Infancia núm. 8 de 2009 dispone que “ninguna persona someterá a un niño a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”. También estipula que “toda persona que contravenga lo dispuesto en los artículos 59 a 63 será culpable de un delito y podrá ser sancionada con una multa no inferior a 30.000 pula, pero no superior a 50.000 pula, o a una pena de prisión por un período no inferior a 7 años pero no superior a 10 años, o ambas”;

22.Otra salvaguarda que ofrece el sistema judicial de Botswana es que toda confesión de una persona acusada grabada por un funcionario judicial será inadmisible en el tribunal si se determina que fue obtenida mediante tortura, como establece el artículo 228 1) de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal.

Artículo 2

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

23.La Constitución de Botswana garantiza los derechos y libertades a todas las personas en el país, independientemente de su raza, lugar de origen, opinión política, color, credo o sexo. Estos derechos son, entre otros, los derechos a la vida, a la libertad, a la seguridad y a la protección de la ley.

24.De conformidad con el artículo 5 2) de la Constitución, debe informarse a toda persona detenida, en un idioma que comprenda, de los motivos de su detención o privación de libertad. Si en el primer contacto con una persona acusada se descubre que existe una barrera lingüística, se contrata inmediatamente a un intérprete para que le informe de los cargos que se le imputan y de sus derechos, como el derecho a guardar silencio y el derecho a la representación legal. En el momento de la comparecencia inicial ante el tribunal, se informa a la persona acusada de los cargos que se le imputan en un idioma de su elección. El Gobierno sufraga el costo de los intérpretes jurados.

Solicitud y realización del reconocimiento médico

25.La Orden Permanente núm. 16 8) de la Ley de Policía establece que todas las personas acusadas que se encuentren bajo custodia policial serán tratadas con dignidad y serán examinadas periódicamente para garantizar su buen estado de salud. Todo sospechoso es llevado a recibir atención médica cuando informa de que está enfermo. La Orden Permanente establece que ningún sospechoso está obligado a divulgar el tipo de su enfermedad a los agentes de policía.

26.Todas las personas acusadas que se encuentren bajo custodia policial serán tratadas con dignidad y serán examinadas periódicamente para garantizar su buen estado de salud. Todo sospechoso que informa de que está enfermo es llevado a recibir atención médica, ya que se trata de un requisito obligatorio en virtud de la Orden Permanente de la Policía núm. 16 8) y ningún sospechoso está obligado a divulgar el tipo de su enfermedad a los agentes de policía. Asimismo, en la prisión, tras la entrevista de ingreso, el prisionero es sometido a un reconocimiento médico por un funcionario médico en el centro de salud dentro de la prisión para velar por que se atiendan todas sus necesidades médicas. Todo prisionero que tenga alguna dolencia tiene la oportunidad cada mañana de hacer una petición al funcionario de guardia y, en consecuencia, se lo llevaría a recibir atención médica.

Acceso confidencial a un abogado, incluso en los procedimientos ante los tribunales consuetudinarios, o a asistencia letrada gratuita para quienes no tengan medios suficientes para pagar la representación legal

27.El artículo 10 de la Constitución establece la protección de la ley para todas las personas acusadas. Esta protección incluye, entre otras cosas, el derecho a disponer del tiempo y los medios adecuados para que la persona acusada prepare su defensa, y el derecho a buscar un abogado de su elección para su defensa. Además, todo prisionero tiene derecho a recibir la visita de su representante legal mientras esté detenido. Cuando un profesional del derecho se identifica como el abogado que representa al prisionero, se le permite consultar con su cliente, a la vista de un funcionario de prisiones.

28.Según el artículo 32 de la Ley de Tribunales Consuetudinario [capítulo 04:05], los abogados o los asesores letrados no tienen derecho de audiencia en los tribunales consuetudinarios. Si un prisionero desea ser representado en un asunto incoado ante un tribunal consuetudinario, tiene derecho a solicitar que el asunto se traslade a los tribunales de primera instancia, donde los abogados o los asesores letrados tienen derecho de audiencia.

29.Además, en los casos de asesinato en los que la pena de muerte es una condena posible, la Administración de Justicia, en virtud de la Orden núm. 68 4) del Reglamento del Tribunal Superior y a través de un sistema pro deo, prevé la representación legal de un acusado, a expensas del Gobierno si el acusado no puede permitírsela.

30.La Asistencia Jurídica de Botswana, en virtud del Reglamento de Asistencia Jurídica y la Guía de Asistencia Jurídica de 2015, prevé la concesión de asistencia jurídica penal, con sujeción a la disponibilidad de fondos, en los siguientes casos:

a)Cuando la persona acusada deba comparecer ante el Tribunal Superior o el Tribunal de Apelación, siempre que no disponga de asistencia pro deo;

b)Cuando la persona acusada es menor de edad imputada por un delito que conlleva una pena de prisión.

31.La Guía de Asistencia Jurídica señala además que en todas las causas ante los tribunales consuetudinarios (incluidas las penales), la asistencia jurídica puede prestarse en forma de asesoramiento jurídico y se extiende a la prestación de servicios para ayudar, en esta causa, a una persona acusada a que sus asuntos se transfieran a los tribunales de primera instancia o al Tribunal Superior.

Notificación de la privación de libertad a un familiar o a una persona de su elección

32.En virtud del párrafo 6 de la Orden Permanente de la Policía núm. 16, se notifica a la familia de la persona privada de libertad de su detención y se le permite el acceso a ella.

Registro de la privación de libertad

33.El Cuerpo de Policía de Botswana mantiene un Registro de Celdas y un Registro de Incidencias, en los que se inscriben todos los detenidos junto con las alegaciones que llevaron a su detención y privación de libertad.

34.El artículo 18 de la Constitución garantiza el derecho de las personas a impugnar la violación de su derecho a la libertad y a solicitar una reparación ante el Tribunal Superior. El artículo 5 de la Constitución establece que todas las personas tienen derecho a la libertad individual. De conformidad con este derecho, toda persona privada de libertad o detenida tiene derecho a una fianza en espera de su procesamiento ante el tribunal. Además, toda persona detenida ilegalmente tiene derecho a una indemnización.

35.Botswana ha promulgado la Ley Antiterrorista de 2014. Esta permite privar de libertad y detener a cualquier persona con sujeción a las condiciones establecidas en la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre con esta última Ley, una persona detenida sin orden judicial en virtud del artículo 15 de la Ley Antiterrorista puede ser detenida por un período de hasta 30 días. Además, su artículo 16 permite la detención de una persona privada de libertad con una orden judicial por un período de hasta 120 días.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

36.El artículo 134 de la Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana núm. 3 de 2018 prohíbe invocar órdenes superiores, incluidas las órdenes de las autoridades militares, como justificación para cometer cualquier delito. Toda persona que invoque órdenes superiores comete un delito de abuso de autoridad militar y de influencia ilícita de mando y puede ser condenada a una pena de prisión de hasta diez años.

37.El artículo 79 de la Ley solo permite a los subordinados que obedezcan las órdenes legales de un superior, de modo que, si la orden de un superior se considera ilegal en virtud de los artículos 66 o 133, el subordinado puede desobedecerla.

38.Es obligatorio que los subordinados acaten las órdenes de sus superiores. Sin embargo, si el subordinado que recibe una orden cree que esta es irrazonable o ilegal, puede indicarlo a otro supervisor para que intervenga.

39.El concepto de obediencia debida como defensa del derecho penal no tiene repercusión alguna sobre la aplicación efectiva de la prohibición de invocar la orden de un superior como justificación de la tortura, ya que la ley suprema del país es la Constitución y esta prohíbe los actos de tortura.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

40.El Parlamento de Botswana aprobó en julio de 2021 el proyecto de modificación de la Ley del Defensor del Pueblo, que se convirtió en ley el 19 de noviembre de 2021. Botswana decidió adoptar un modelo híbrido y asignar el mandato de derechos humanos a la Oficina del Defensor del Pueblo para que funcione como institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París. La reestructuración necesaria para disponer de recursos humanos que permitan a la Oficina ejecutar su mandato en materia de derechos humanos se encuentra en una fase avanzada.

Artículo 3

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

41.El artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados afirma que “ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas”.

42.La Ley de Reconocimiento y Control de Refugiados [capítulo 25:01] establece que:

“ con sujeción a esta Ley, por ‘refugiado político’ se entiende una persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él. ”

43.En Botswana, los solicitantes de asilo se someten a un proceso para determinar su derecho a ser reconocidos como refugiados (determinación de la condición de refugiado) de conformidad con las disposiciones de la Ley de Reconocimiento y Control de Refugiados [capítulo 25:01] y por medio de un Comité de Asesoramiento a los Refugiados. Si sus solicitudes son rechazadas, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) evaluará si los solicitantes de asilo rechazados necesitan seguir recibiendo protección internacional. Tras la determinación del ACNUR de que ya no necesitan esa protección, se los expulsa de Botswana en virtud de las disposiciones de la Ley de Inmigración núm. 3 de 2011. Por ejemplo, hay nacionales de Zimbabwe y Namibia que no han sido expulsados de Botswana tras la tramitación de la repatriación, ya que se determinó que aún necesitaban protección internacional.

44.El Gobierno de Botswana no expulsa a ningún migrante indocumentado, sino que facilita el regreso a su país, con arreglo al artículo 8 de la Ley de Inmigración [capítulo 25:02]. Esto le da la oportunidad de regularizar su visita o estancia al regresar a Botswana.

45.En virtud del artículo 20 de la Ley de Extradición, el Ministerio de Justicia tiene la autoridad final para decidir si una persona debe ser extraditada. El artículo 20 dispone que:

“ 20. Entrega o liberación de un delincuente fugitivo

1) Una vez transcurridos 15 días a partir de la fecha de ingreso en prisión de un delincuente fugitivo, o si se presenta una apelación en virtud del artículo 18, a partir de la fecha de desestimación o caducidad de la apelación, según proceda, o tras el plazo adicional que conceda el Ministerio, este podrá ordenar, mediante una orden, que el delincuente fugitivo sea entregado a una persona que, en su opinión, esté debidamente autorizada por el país solicitante para recibir al delincuente fugitivo, junto con los bienes incautados, en virtud de las disposiciones del artículo 11 4), y el delincuente fugitivo y dichos bienes serán entregados en consecuencia. ”

46.Las extradiciones, como cuestión de derecho, están armonizadas y cumplen con los procesos y procedimientos relativos a las causas penales en la jurisdicción de Botswana. En virtud del artículo 14 de la Ley de Extradición, el primer paso es la determinación de la solicitud por un juez de primera instancia. Una vez que el tribunal ha tomado una decisión sobre el asunto, cualquier parte agraviada tiene derecho a dirigirse a los tribunales superiores para obtener reparación. Un ejemplo de ello es la causa La República de Namibia c. Alfred y otros 2004 (2) BLR 101 (CA), en la que los demandados fueron acusados de alta traición, posesión ilegal de armas y municiones, asesinato, intento de asesinato y posesión ilegal de explosivos. En la audiencia de extradición, el juez ordenó que los demandados fueran extraditados de Botswana y entregados a las autoridades de Namibia para ser juzgados. Insatisfechos con esta decisión, los demandados recurrieron con éxito ante el Tribunal Superior, que consideró que los delitos eran de carácter político. Posteriormente, el Estado solicitante presentó un recurso contra la decisión del Tribunal Superior, que no prosperó.

47.En todo examen sobre la extradición de un fugitivo, deben tenerse en cuenta las disposiciones del artículo 8 de la Ley de Extradición, que establece:

“ 8. Restricciones a la entrega de delincuentes

1) Con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 2), se observarán las siguientes disposiciones con respecto a la entrega de delincuentes fugitivos:

a) No se entregará a un delincuente fugitivo si el delito por el que se solicita su entrega es de carácter político, o si un tribunal o el Ministerio consideran que la solicitud de entrega se ha hecho con el fin de juzgarlo o castigarlo por un delito de carácter político;

b ) Un delincuente fugitivo no será entregado a ningún país si es probable que pueda verse perjudicado en el juicio celebrado contra este, o ser castigado o recluido o sufrir restricciones de su libertad personal, por sus opiniones políticas;

c) U n delincuente fugitivo no será entregado a ningún país si el delito por el cual se pide su entrega es pasible de la pena de muerte en ese país y si bajo las leyes de Botswana el delito no es pasible de dicha pena si se comete en Botswana, a menos que un acuerdo con ese país contenga una disposición para asegurar que no será castigado con la muerte con respecto a ese delito;

d) N o se entregará a un delincuente fugitivo si el delito lo es únicamente en virtud del código de justicia militar o de una ley relativa a las obligaciones militares;

e) U n delincuente fugitivo que sea ciudadano de Botswana y no sea también ciudadano o nacional del país solicitante no será entregado a menos que la ley de ese país o un acuerdo dispongan que los delincuentes fugitivos que sean ciudadanos de ese país sean entregados a Botswana cuando se solicita. ”

48.Por ejemplo, Botswana aplicó esta excepción en la causa La República de Namibia c. Alfred y otros, 2004 (2) BLR 101 (CA), cuando rechazó una solicitud de extradición de Namibia alegando que el delito por el que se solicitaba la entrega de los fugitivos era de naturaleza política y que era posible que el fugitivo no tuviera un juicio justo.

49.Los tribunales tienen la obligación jurídica de examinar cada causa para determinar el riesgo previsible de tortura en el país de destino, como en la causa La República de Namibia c. Alfred y otros. La Dirección del Ministerio Público, en su calidad de autoridad central y de oficina responsable de las solicitudes de extradición, tiene la obligación de determinar los posibles riesgos en la audiencia de extradición basándose en:

a)La situación política del Estado solicitante;

b)Las circunstancias de los fugitivos, es decir, si son activistas políticos;

c)En particular, las disposiciones del artículo 7 de la Constitución.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

50.Se informa a las personas que han sido declaradas extraditables de su derecho a recurrir la decisión de extradición en un plazo de 15 días a partir de la decisión. También se les informa del tribunal al que deben dirigir su recurso, con arreglo al artículo 17 de la Ley de Extradición.

51.En el caso de los solicitantes de asilo, el Gobierno proporciona servicios de interpretación a su cargo durante todo el proceso de solicitud de asilo. La Ley de Reconocimiento y Control de Refugiados no prevé ninguna instancia de apelación. Sin embargo, según el Reglamento del Tribunal Superior, un solicitante de asilo puede interponer un recurso contra la decisión del Ministerio en un plazo de 60 días a partir del día de la publicación de la decisión. Además, el proyecto de modificación de la Ley de Refugiados, que aún no se ha convertido en ley, prevé un órgano de apelación, así como la representación legal durante el proceso de solicitud de asilo.

52.Casi todos los solicitantes de asilo ingresan en Botswana a través de puntos de entrada informales, pero en cuanto entran en contacto con funcionarios públicos, se evalúan sus necesidades inmediatas en materia de seguridad, alimentación, alojamiento y asistencia médica, entre otras, y se realizan las derivaciones necesarias al departamento que se ocupa de los refugiados.

53.Botswana no dispone de mecanismos formales o documentados en los puestos fronterizos para la pronta identificación y derivación de personas vulnerables, incluidas las víctimas de la trata de personas o de violencia de género, los solicitantes de asilo y las víctimas de tortura. No obstante, con respecto a las víctimas de la trata de personas, el Gobierno se rige por la Ley de Lucha contra la Trata de Personas núm. 32 de 2014 para garantizar la prestación de asistencia y servicios esenciales. De todos modos, las remisiones y los traslados de personas vulnerables se coordinan de manera bastante organizada y estos asuntos se tratan mediante los procedimientos gubernamentales existentes y habituales. Por ejemplo, los trabajadores sociales, que son responsables de facilitar los traslados y las derivaciones, lo hacen a través de los canales normales de comunicación oficial del Gobierno, como cartas y memorandos.

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

54.La información estadística pertinente figura en el anexo I.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

55.A continuación se detallan las devoluciones y extradiciones llevadas a cabo por Botswana hasta la fecha:

a)Namibia: La extradición de un namibio se ejecutó debidamente después de que Botswana presentara una garantía de que el fugitivo no sería sometido a castigos corporales tras la condena por el delito de violación. El fugitivo fue entregado a las autoridades de la República de Botswana el 6 de marzo de 2018 en el puesto fronterizo de Mamuno;

b)Zimbabwe: Extradición de un zimbabuense acusado de asesinato en 2016;

c)Sudáfrica: La extradición de un sudafricano acusado de asesinato en agosto de 2018.

56.El contenido mínimo exigido en la garantía es la indicación de que cuando un acusado haya sido condenado a la pena capital, no será ejecutado.

Artículos 5 a 9

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

57.A continuación se consignan las medidas legislativas o de otra índole que el Estado parte haya adoptado para declarar su competencia en los casos previstos en el artículo 5 de la Convención.

58.El artículo 95 de la Constitución de Botswana dispone que:

“ El Tribunal Superior de Botswana es el órgano de primera instancia para examinar y resolver cualquier procedimiento civil o penal en virtud de cualquier ley, y la competencia y potestad que le puedan conferir la Constitución o cualquier otra ley. ”

59.Esta disposición confiere jurisdicción al Tribunal Superior con respecto a todos los delitos cometidos dentro de Botswana, incluida la isla de Sedudu que forma parte de su territorio y no tiene legislación propia. Entre estos delitos figuran aquellos delitos contemplados en el artículo 5 de la Convención, que se recogen en diversas leyes, como:

a)La Constitución de Botswana, artículo 7:

“ Protección contra tratos inhumanos

1) Nadie será sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes ;

2) Nada de lo contenido en una ley o resultante de la aplicación de una ley se considerará disconforme o contrario al presente artículo, en la medida en que esa ley autorice la imposición de un castigo que fuera legal en el país inmediatamente antes de la entrada en vigor de la Constitución; ”

b)La Ley de la Infancia, artículo 61:

“ Tratos o penas crueles

1) Ninguna persona someterá a un niño a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ;

2) Ninguna persona someterá a un niño a un castigo que no sea razonable en su tipo o en su grado en relación con la edad y la condición física y mental del niño y que, si el niño, por razón de su tierna edad o por otra razón, es incapaz de comprender el propósito y la justicia de esta ;

3) Las disposiciones de este artículo no se interpretarán como una prohibición del castigo corporal a niños en las circunstancias o la forma que se establezcan en esta Ley o en cualquier otra ;

4) El Ministerio impulsará la ejecución de programas de orientación parental destinados a fomentar la capacidad de los progenitores para disciplinar y guiar a sus hijos de forma adecuada; ”

c)La Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana, artículo 66;

d)La Ley de Policía, artículo 23;

e)El Código Penal, artículos 246 a 249, 252, 230, 202, 200 y 217.

60.Botswana denegó la extradición de Markovic Vukomir solicitada por el Gobierno de Montenegro en 2007 porque no había fundamento jurídico para ello. Botswana no tenía un acuerdo bilateral de extradición con Montenegro y no podía utilizar el Programa de Londres para la extradición en el Commonwealth como fundamento jurídico porque Montenegro no era un país de la Commonwealth. Además, Botswana no podía utilizar la Convención porque aún no la había incorporado en su ordenamiento jurídico interno. El acusado era requerido por el delito de asesinato.

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

61.Botswana ha firmado cuatro tratados de extradición con, a saber, la República Popular China, la República Federal de Nigeria, la República de Zimbabwe y la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo (SADC).

62.Todo delito que implique cualquier tipo de agresión a una persona puede dar lugar a la extradición, según la definición contenida en la Ley de Extradición. Por lo tanto, la Ley de Extradición abarca estos actos. La extradición puede denegarse cuando se establece que, en caso de extradición, es probable que el fugitivo sea objeto de determinadas formas de castigo, como la pena de muerte, los castigos corporales o la tortura. Todos los tratados que Botswana ha firmado con otras jurisdicciones indican claramente que cuando es probable que un fugitivo sea objeto de castigos inhumanos y degradantes, como se recoge en las disposiciones del artículo 7 de la Constitución, Botswana puede denegar la extradición.

63.Botswana también es parte en el Protocolo sobre Extradición de la SADC, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2006 y establece que:

“ 1. A los efectos del presente Protocolo, darán lugar a extradición los delitos que, con arreglo a la legislación de ambos Estados partes, se castiguen bien con pena de encarcelamiento u otra pena privativa de libertad cuya duración máxima sea un año por lo menos, bien con pena más grave. Cuando se solicite la extradición de una persona con miras a que cumpla una pena de encarcelamiento u otra pena privativa de libertad impuesta por la comisión de alguno de esos delitos, únicamente se concederá la extradición en el caso de que queden por cumplir por lo menos seis meses de la condena.

2. A los efectos del presente artículo, para determinar lo que constituye un delito contra la legislación del Estado requerido, no importará que: a) las leyes de los Estados partes incluyan la conducta constitutiva del delito en la misma categoría de delito o lo describan con la misma terminología; y b) se tendrá en cuenta la totalidad de la conducta imputada a la persona cuya extradición se solicita y no importará que, con arreglo a la legislación del Estado parte, los elementos constitutivos del delito sean diferentes. ”

64.Las disposiciones del Protocolo citadas abarcan los delitos de tortura según los estatutos mencionados anteriormente.

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

65.Botswana es parte en el Protocolo sobre Asistencia Recíproca en Asuntos Penales de la SADC, que proporciona una base jurídica para que los Estados miembros de la SADC se presten mutuamente la asistencia jurídica en materia penal más amplia posible.

66.En Botswana no se han registrado casos en los que los acuerdos de asistencia jurídica legal y judicial mutua hayan dado lugar a la transferencia de pruebas en relación con procesos relativos a la tortura o los malos tratos.

Artículo 10

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

67.No se imparte formación específica sobre la Convención a las fuerzas del orden. Sin embargo, diferentes organismos incluyen en su capacitación algunas cuestiones previstas en la Convención. Los agentes de la autoridad de Botswana tratan a todas las personas como iguales y les otorgan la dignidad y la humanidad que merecen. Uno de los valores de la mayoría de las organizaciones es botho, término que implica la cortesía de los funcionarios con las personas a quienes sirven. Para ello, los funcionarios evalúan siempre las necesidades de los clientes y los ayudan en consecuencia, teniendo en cuenta su vulnerabilidad. La administración pública de Botswana también imparte formación previa al empleo y en el empleo.

Cuerpo de Policía de Botswana

68.El Cuerpo de Policía de Botswana imparte capacitación a los agentes tras su contratación. Antes de que un agente sea destinado a una comisaría para desempeñar sus funciones, recibe capacitación durante un año, durante la cual se le enseña, entre otras cosas, cómo interactuar con las personas detenidas, incluida la prohibición de torturar a los sospechosos. Se le aclara que el Cuerpo no tolera los malos tratos a los sospechosos y que se tomarán las medidas punitivas adecuadas contra el agente en caso de que se demuestre que cometió malos tratos.

69.Para promover las denuncias, mejorar la gestión de los casos y atender mejor a las personas vulnerables, como las supervivientes de la violencia de género y los niños, el Cuerpo de Policía de Botswana ha creado recientemente la Subdivisión de Género y Protección de la Infancia. Esta tiene por objeto promover las denuncias, también por los niños, y está dotada de agentes de policía específicamente formados para tratar los casos de violencia de género. Además, el Cuerpo ha designado recientemente algunas comisarías “centros adaptados a los niños”. El primero de estos centros se puso a prueba en Gaborone (Botswana sudoriental), y luego se implementó otro en Francistown (Botswana nororiental). Se trata de garantizar un entorno propicio para que los niños denuncien los delitos que se cometen contra ellos.

70.Para evaluar la eficacia y el impacto de los programas de formación, el Cuerpo de Policía de Botswana cuenta con una plantilla de denuncia en la que se recogen los datos sobre cuestiones de violencia de género y elabora periódicamente estrategias para intentar aumentar su eficacia.

71.El principio de no devolución y el derecho de asilo son cuestiones que van más allá del mandato del Cuerpo de Policía de Botswana. Sin embargo, la investigación de cualquier asunto relacionado con la tortura, la trata de personas y la violencia de género forma parte de su mandato, ya que se trata de delitos penales.

72.El Cuerpo de Policía de Botswana, a través de su escuela superior, ofrece el programa de Certificado de Prácticas Profesionales de Policía. Se trata de un curso dirigido a los agentes de policía reclutas y ofrece un módulo denominado Procedimiento y Pruebas en Materia Penal, que incluye un tema sobre derechos humanos. El curso incluye conocimientos sobre la Constitución de Botswana, centrándose en:

Los derechos de todas las personas.

Las normas internacionales de derechos humanos.

El derecho a la protección de la ley (art. 10).

La prohibición de la tortura (art. 7).

Fuerzas de Defensa de Botswana

73.La Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana prohíbe la tortura. Aunque no hay una formación específica sobre la Convención contra la Tortura, las Fuerzas de Defensa imparten formación inicial sobre las cuestiones relativas a la tortura y hay talleres en el trabajo que abarcan diferentes módulos sobre la tortura y el derecho internacional humanitario.

74.Sin embargo, los funcionarios públicos, especialmente los agentes de la autoridad, reciben formación previa al empleo y en el empleo que incluye temas como los derechos humanos, el uso razonable de la fuerza, la forma de interactuar con las personas detenidas y la prohibición de torturar a los sospechosos, entre otros.

Servicio de Prisiones de Botswana

75.Los funcionarios de prisiones reciben formación en combate sin armas, lo que los capacita sobre el uso razonable de la fuerza.

76.En un esfuerzo por mejorar el aprendizaje, también se utilizan causas resueltas para explicar el concepto de prohibición de la tortura. Por ejemplo, en la causa Clover Petrus y otro c. el Estado, (1984) BCR 14, el tribunal sostuvo que los castigos corporales no eran inhumanos ni degradantes, pero que la forma en que se administraban por tramos era degradante.

77.Es obligatorio que todas las fuerzas del orden reciban formación previa al empleo y en el empleo sobre derechos humanos, incluida la tortura. Al final de cada actividad de formación se toma un examen a los agentes de policía, y solo los que lo aprueban son destinados a las comisarías para desempeñar las tareas policiales. Además, los agentes asisten periódicamente a cursos de actualización sobre lo que se espera de ellos en el lugar de trabajo.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

78.No se imparte capacitación para detectar y documentar las consecuencias físicas y psicológicas de la tortura a jueces, fiscales, médicos forenses y demás personal médico de formación específica. Tampoco se suministra el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul) a las fuerzas del orden.

79.Todos los coordinadores de género del Cuerpo de Policía de Botswana, los responsables de comisarías y los agentes de primera línea reciben formación sobre el trato de las víctimas de violencia de género. Además, se sensibiliza a los agentes de policía acerca de los procedimientos operativos estándar para tratar las cuestiones de violencia de género. No se proporciona formación sobre la manera de supervisar, investigar y tramitar denuncias teniendo en cuenta las necesidades de los niños y las cuestiones de género.

80.El Cuerpo de Policía de Botswana supervisa, investiga y propone el enjuiciamiento de todas las denuncias de tortura en los casos de todas las víctimas, incluidos los niños. Ha creado una subdivisión que se dedica a tratar los casos relacionados con los niños y la violencia de género. Estos casos se atienden con discreción con el fin de proteger a las víctimas y evitar la revictimización.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

81.Los datos estadísticos sobre las personas detenidas, la capacidad y la tasa de ocupación de todos los lugares de reclusión y el número de personas en prisión preventiva y de reclusos que cumplen condena figuran en el anexo II.

82.De conformidad con el artículo 74 de la Ley de Prisiones, se debe recluir a los prisioneros en establecimientos penitenciarios separados o en partes separadas de un mismo establecimiento. De conformidad con la regla 5 del Reglamento de Prisiones, los prisioneros menores de edad o jóvenes se mantienen separados de los delincuentes adultos. Así, se envía a todos los reclusos menores de edad a la Prisión de Varones de Moshupa. En cuanto a los condenados y los prisioneros preventivos, se los recluye en la misma prisión, pero en pabellones diferentes. Todos los establecimientos penitenciarios tienen esa separación y cumplen con la normativa.

83.Además, el Centro Ikago, un reformatorio con arreglo a lo establecido en la Ley de la Infancia, acoge a los niños que han sido condenados por un delito y han sido enviados allí por orden judicial. Los niños reciben formación práctica y apoyo psicosocial durante su estancia. A su llegada, se realiza un perfil de cada uno de los menores ingresados, que se usa para elaborar planes de atención individuales. En la actualidad, el centro solo admite varones porque desde su creación no ha habido ninguna menor infractora.

84.Las medidas adoptadas para evitar las condiciones de hacinamiento son el trabajo fuera de la cárcel, el indulto presidencial, la libertad condicional y la remisión. Con respecto al trabajo fuera de la cárcel, en virtud de los artículos 97 y 98 de la Ley de Prisiones, los tribunales, el Comisionado del Servicio de Prisiones y los visitadores oficiales, si están convencidos de que un condenado cuyo tiempo restante en prisión sea inferior a 12 meses puede ser empleado útilmente en trabajos o servicios públicos realizados fuera de la prisión, están facultados para ordenar que el prisionero, si está de acuerdo, sea liberado de la prisión y empleado bajo el control y la supervisión inmediatos de una autoridad pública para realizar ese trabajo o servicio público.

85.En cuanto a la libertad condicional, el Ministerio está facultado, bajo ciertas condiciones y tras recibir las recomendaciones de la Junta de Libertad Condicional, para poner en libertad a un prisionero antes de que haya cumplido su condena. La remisión tiene lugar cuando la condena impuesta a los prisioneros no se cumple en su totalidad. En virtud del artículo 91 de la Ley de Prisiones, todo condenado a una pena de prisión superior a un mes tiene derecho a la remisión de un tercio de su pena. Por último, el artículo 53 de la Constitución faculta al Presidente para conceder a cualquier condenado un indulto total o sujeto a condiciones legales.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

86.Todas las personas detenidas disponen de una zona común que limpian adecuadamente a diario y que es inspeccionada para garantizar la limpieza de la prisión. Los reclusos reciben material de aseo personal y de limpieza. Todas las celdas de la prisión tienen baños colectivos. En virtud del artículo 34 1) de la Ley de Prisiones, hay una lista en la que figura la ración alimentaria de cada uno de los prisioneros.

87.De conformidad con los programas de rehabilitación de las prisiones y el artículo 90 1) de la Ley de Prisiones, todos los prisioneros tienen la posibilidad de inscribirse en un programa educativo para mejorar sus vidas, sobre temas como agricultura, tapicería, carpintería, sastrería, construcción y electricidad. También se imparte educación permanente, como la colaboración actual del Servicio de Prisiones de Botswana con la Universidad Abierta de Botswana para facilitar la educación secundaria. Las actividades de ocio en las prisiones incluyen fútbol, Scrabble, ajedrez y música coral, entre otras.

88.En el momento del ingreso, todos los prisioneros se someten a un reconocimiento médico. Todas las prisiones tienen centros de tratamiento (clínicas) donde se les presta asistencia médica. Todas las mañanas, todo prisionero que tenga alguna dolencia tiene derecho a presentar una solicitud al funcionario de guardia, tras lo cual es llevado a recibir atención médica. Todos los medicamentos recetados al prisionero por los funcionarios médicos se le proporcionan de forma gratuita. Cuando hay problemas con la capacidad del personal médico o se requiere atención médica especializada, se remite al prisionero a un hospital público. Cuando la atención especializada no está disponible en los hospitales públicos, el prisionero puede ser remitido a un hospital privado local o internacional a expensas del Gobierno.

89.En las prisiones se llevan a cabo campañas de sensibilización sobre las enfermedades infecciosas. Para evitar su propagación en las prisiones, se aísla, trata y somete a terapia hasta su recuperación a los prisioneros con enfermedades infecciosas, como la tuberculosis y la COVID-19. En particular, durante la pandemia de COVID-19 se han proporcionado continuamente mascarillas y desinfectantes a los prisioneros y se han adoptado las siguientes medidas de mitigación:

Se realiza una evaluación permanente de las necesidades.

Se ha designado a las prisiones de Lobatse y Francistown como centros de cuarentena para prisioneros recién ingresados.

Se han designado algunas celdas de la prisión como celdas de aislamiento para los prisioneros cuyas pruebas de detección de la COVID-19 han resultado positivas.

Se han establecido zonas para el lavado de manos en todas las prisiones.

Se han restringido las visitas a la prisión a un visitante por prisionero por mes.

Se entregan artículos de aseo adecuados y mascarillas a los prisioneros.

Se ha designado la prisión de Kanye como centro de aislamiento.

90.En un esfuerzo por atender las necesidades específicas de los niños en conflicto con la ley, el Gobierno creó el Centro Ikago para albergar y rehabilitar a los delincuentes sin antecedentes penales. En cuanto a la Prisión de Varones de Moshupa, que alberga y rehabilita a menores condenados, estos tienen la posibilidad de inscribirse en un programa educativo y se los alienta a que lo hagan. En virtud del artículo 34 1) de la Ley de Prisiones, hay una lista en que figura la ración alimentaria de cada uno de los prisioneros, incluidos los reclusos de la Prisión de Varones de Moshupa. Como ya se ha mencionado, se suministran al prisionero todos los medicamentos prescritos por los funcionarios médicos.

91.Para atender las necesidades de las mujeres embarazadas y lactantes detenidas, el artículo 66 7) de la Ley de Prisiones establece que, con sujeción a las condiciones que especifique el Comisionado, el hijo lactante de una reclusa puede permanecer en la prisión con su madre y se le puede suministrar ropa y artículos de primera necesidad a expensas del Gobierno.

92.Además, el artículo 66 8) de la Ley de Prisiones establece que cuando un lactante ingresado en la prisión en virtud del párrafo 7) haya sido destetado, el funcionario encargado, si está convencido de que hay un pariente o amigo de la madre capaz y dispuesto a mantener y cuidar adecuadamente al niño, y la madre está de acuerdo con las disposiciones adoptadas, entregará al niño a ese pariente o amigo. De lo contrario, el niño puede ser entregado al cuidado de la persona u organización que el Ministerio apruebe a tal efecto.

93.Las prisioneras embarazadas se registran para recibir atención prenatal durante todo el embarazo y, en el momento del parto, se las remite a un centro de salud pública para dar a luz. También se ofrece atención posnatal a las mujeres y se las lleva a todas las revisiones posteriores. Además, se ofrece atención en la primera infancia.

94.En virtud del artículo 73 1) de la Ley de Prisiones, el funcionario encargado de una prisión que alberga a mujeres será una mujer. En la misma línea, las prisioneras son custodiadas por funcionarias.

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

95.De conformidad con el artículo 107 1) de la Ley de Prisiones, toda infracción penitenciaria, ya sea grave o leve, se comunica al funcionario encargado de la prisión, quien, si acusa al recluso sobre la base de un informe de investigación, le informará de la infracción que se le imputa. Todo recluso acusado de un delito de prisión tendrá derecho a defenderse. Una vez declarada la culpabilidad e impuesta la condena, el expediente se remite al Comisionado para que evalúe las conclusiones y la condena.

96.En virtud del artículo 111 de la Ley de Prisiones, ningún prisionero podrá ser sometido a régimen de aislamiento a menos que el funcionario médico, tras un examen, certifique que el prisionero es física y mentalmente apto para someterse al régimen de aislamiento durante el período determinado. Una vez considerado apto, el prisionero puede ser recluido en régimen de aislamiento durante un máximo de 14 días en función del delito, que se clasifica como leve o grave.

97.El artículo 109 de la Ley de Prisiones establece que cuando el funcionario que conoce de una acusación contra un prisionero imputado y decide su sanción es un funcionario superior o el Comisionado, la pena de reclusión en régimen de aislamiento no podrá exceder los 14 días. El artículo 110 de la Ley de Prisiones dispone que cuando el funcionario que conoce de una acusación contra un prisionero imputado y decide su sanción es el oficial encargado, la pena de reclusión en régimen de aislamiento no podrá exceder los cinco días.

98.No hay medidas concretas para garantizar que no se imponga el régimen de aislamiento a niños y adolescentes, pero en la práctica, el aislamiento nunca es un castigo impuesto a los niños.

99.En todas las prisiones, los funcionarios responsables llevan un registro de las sanciones disciplinarias impuestas de conformidad con el artículo 113 de la Ley de Prisiones.

100.El Servicio de Prisiones de Botswana ha adoptado una política contra la corrupción que los comités de prevención de la corrupción implementan. Los comités también realizan periódicamente talleres de sensibilización contra la corrupción para todos los funcionarios. Todo funcionario que reciba un pago de un prisionero comete un delito en virtud del artículo 43 de la Ley de Prisiones.

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

101.Los datos estadísticos sobre el número de muertes de personas privadas de libertad en la institución de salud mental en Botswana figuran en el anexo III.

102.Una de las muertes que figura en el anexo III se debió a una supuesta agresión por otro interno con problemas psiquiátricos en el mismo pabellón. La policía sigue investigando el caso. No hay antecedentes de que miembros del personal o de la entidad de seguridad de la institución de salud mental hayan utilizado algún tipo de fuerza contra los pacientes. Además, se prestó asistencia médica oportuna al paciente herido.

103.Se adoptaron las siguientes medidas preventivas para evitar que se repitiera el incidente mencionado:

Se reforzó la supervisión del personal de seguridad y de enfermería.

Se identifica rápidamente a los pacientes agresivos de la sala y se los aísla siguiendo los procedimientos operativos estándar del centro, ajustados a los protocolos internacionales.

104.En los últimos cinco años el Cuerpo de Policía de Botswana registró 21 incidentes en los que murieron personas durante la interacción con agentes de policía. Todas las víctimas eran hombres adultos, 4 de los cuales eran zimbabuenses y 17 botsuanos.

105.Los datos estadísticos sobre el número de muertes de personas en detención policial figuran en el anexo IV.

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

106.Los pacientes psiquiátricos generales que sean reacios a ser tratados como pacientes hospitalizados de forma voluntaria serán ingresados de forma involuntaria siguiendo las disposiciones de la Ley de Trastornos Mentales [capítulo 63:02]; y los pacientes volverán a sus hogares tras el tratamiento, de conformidad con la Ley. Si bien hay una sala bien equipada para tratar a los pacientes psiquiátricos infantiles y adolescentes, actualmente no funciona debido a la falta de un número suficiente de pacientes de esta categoría.

107.Tanto la Ley de la Infancia como la Ley contra la Violencia Doméstica [capítulo 28:05] crean mecanismos para apartar a los niños de hogares y otros entornos donde padecen abusos y enjuiciar a los autores de dichos abusos. En particular, el Reglamento de Protección de la Infancia establece los criterios para las modalidades alternativas de cuidado, dispone la concesión de licencias y el establecimiento de instituciones que cuidan de los niños, y la selección de proveedores de servicios, instituciones que ofrecen modalidades alternativas de cuidado y personas que trabajan con niños. Se remite a niños y adolescentes a la asistencia residencial mediante órdenes judiciales dictadas por el tribunal de la infancia. Un trabajador social lleva a cabo una evaluación del hogar y formula recomendaciones para el uso de modalidades alternativas de cuidado, estipulando la duración y otras condiciones que sean necesarias en función de las características del caso. Mientras están bajo asistencia residencial, los niños reciben todos los servicios necesarios para su manutención, incluido el apoyo psicosocial.

108.El artículo 74 de la Ley de la Infancia dispone que, cuando se coloca a un niño en un hogar de acogida, un trabajador social visitará a ese niño con la periodicidad que establezca el tribunal en la orden de colocación, y redactará un informe al respecto. El artículo 75 contempla la reunificación del niño con sus progenitores biológicos cuando el tribunal esté convencido de que ello es posible y redunda en el interés superior del niño. Una vez concluido el período se proporcionará al tribunal un informe sobre la conducta, los progresos y el bienestar del niño. Los niños en modalidades alternativas de cuidado no pueden permanecer en esa situación una vez cumplidos los 18 años. Solo se reconocerá la tutela a largo plazo cuando no haya ningún progenitor, familiar o guardián capaz de ocuparse del niño y dispuesto a hacerlo y cuando ello redunde en el interés superior del niño.

109.La Ley de la Infancia prevé la colocación de niños necesitados de protección en régimen de acogimiento en hogares de guarda tras la evaluación y presentación de un informe por parte de un trabajador social con respecto a:

a)La conducta general, el entorno familiar, los antecedentes culturales, religiosos y lingüísticos, el expediente escolar y el historial médico (si lo hay) del niño;

b)La disponibilidad de una persona con antecedentes similares a los del niño que esté dispuesta y sea capaz de proporcionarle acogimiento familiar;

c)La idoneidad de la persona que quiera y pueda acoger al niño, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar su seguridad y bienestar general.

110.El tribunal no podrá dictar una orden que ponga al niño bajo la custodia de una persona que haya sido acusada o condenada por cualquier delito contra niños.

111.En Botswana no hay residencias que admitan a personas con discapacidad mental o psicosocial, por lo que no hay un mecanismo independiente para supervisar estos centros. En cuanto a los niños y adolescentes que viven en residencias, la Ley de la Infancia prevé la concesión de licencias a hogares, escuelas e instituciones para la acogida de niños. Además, prevé su revocación por parte de la autoridad que concede la licencia cuando:

a)Un licenciatario en virtud de la Ley es condenado por un delito contemplado en esa Ley o en cualquier otra ley de Botswana;

b)Sea en el mejor interés de los niños alojados por un licenciatario; o

c)Sea en el mejor interés de los habitantes de una zona concreta de Botswana.

112.El artículo 110 de la Ley de la Infancia prevé, además, la designación de personas que actúen como funcionarios autorizados, que estarán facultados para inspeccionar los locales y exigir a cualquier persona que se encuentre en ellos que le facilite la información, incluidos documentos, que tenga en su poder sobre las actividades que se llevan a cabo en el local y quién las realiza.

113.Los pacientes psiquiátricos muy violentos que suponen un peligro para sí mismos o para la vida de los demás en el hospital en casos excepcionales son inmovilizados físicamente durante unos minutos mediante contención farmacológica hasta que se calmen, es decir, administrándoles tranquilizantes inyectables y siguiendo prudentemente los procedimientos operativos estándar del centro, ajustados a los protocolos internacionales en la materia. Hasta que se controlen sus comportamientos agresivos y se estabilicen y no sean peligrosos para sí mismos o para los demás, se los pondrá en salas de aislamiento (contención ambiental) durante unas horas o días, interrumpiendo el aislamiento cada media hora o una hora, siguiendo los procedimientos operativos estándar del centro, ajustados a los protocolos internacionales en la materia.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

114.En virtud del artículo 4 de la Ley de Inmigración, toda persona que ingresa en Botswana debe hacerlo a través de un punto de la entrada prescrito por el Ministerio en la orden publicada en el Boletín Oficial y al llegar debe presentarse inmediatamente ante un funcionario de inmigración. El artículo 5 2) dispone que:

“ 2) Un funcionario de inmigración puede exigir a cualquier persona que se haya presentado de conformidad con el artículo 4 1) b) que se someta a un examen. ”

115.Esto tiene por objeto determinar si la persona es solicitante de asilo o inmigrante indocumentada o si es susceptible de ser expulsada en virtud de la Ley. El artículo 5 4) establece los requisitos que debe cumplir una persona de la que se sospecha que es solicitante de asilo o inmigrante indocumentado y, una vez que el funcionario de inmigración está convencido de que se trata de un inmigrante indocumentado, lo detiene en la prisión más cercana que le convenga durante un período no superior a 14 días, con arreglo al artículo 45 de la Ley de Inmigración. Esto tiene por objeto permitir que el funcionario disponga de tiempo suficiente para preparar el regreso de la persona a su país.

116.En cuanto a los solicitantes de asilo, debido a consideraciones de seguridad, se los ingresa en el Centro para Inmigrantes Ilegales de Francistown a la espera de que se determine la condición de refugiado, lo cual se lleva a cabo en un plazo razonable.

117.Todas las personas que no reúnen los requisitos para permanecer en Botswana según lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Inmigración son susceptibles de ser detenidas.

118.El artículo 18 de la Ley dispone:

“ Una persona no podrá permanecer en Botswana a menos que :

a) sea ciudadana de Botswana;

b) posea un permiso de visita válido;

c) posea un permiso de residencia válido;

d) sea miembro de cualquier grupo de personas exentas por el Ministerio en virtud del artículo 32 de obtener un permiso de residencia para vivir en Botswana; o

e) tenga derecho a la inmunidad judicial en virtud de la Ley de Inmunidades y Privilegios Diplomáticos. ”

119.Actualmente no hay alternativas para alojar a los solicitantes de asilo; sin embargo, cabe destacar que se están llevando a cabo obras en el Centro para Inmigrantes Ilegales de Francistown donde se alojarán los solicitantes de asilo con sus familias en un entorno controlado. Además, el Gobierno de Botswana sigue siendo consciente de la necesidad de evaluar a cada solicitante de asilo de forma individual y, por lo tanto, surgen circunstancias excepcionales en las que se tienen en cuenta sus necesidades específicas.

120.Esto ocurre en los casos que incluyen a personas con discapacidad o con problemas de salud, respecto de los cuales el Centro para Inmigrantes Ilegales de Francistown no es apto. En estos casos, los solicitantes de asilo esperan la determinación de la condición de refugiado en el campamento de refugiados de Dukwi.

Revisión periódica de las decisiones por las que se decreta la detención administrativa y posibilidad de impugnar su legalidad y proporcionalidad, así como la duración de la detención impuesta

121.Todas las decisiones administrativas del Ministerio en relación con los solicitantes de asilo pueden ser objeto de revisión mediante el proceso de revisión del Tribunal Superior.

122.Los datos estadísticos sobre el número de personas detenidas en los últimos cinco años por razones migratorias, así como el porcentaje de casos em los que se aplicaron alternativas a la detención, figuran en el anexo VI.

Artículos 12 y 13

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

123.El Gobierno de Botswana no tolera ningún acto de tortura o maltrato por ninguna persona y, en particular, por las fuerzas del orden. Aunque estas existen para hacer cumplir la ley, cabe destacar que sus miembros no están por encima de la ley. Al tomar posesión de su cargo, todos los agentes de la autoridad juran respeto y sumisión a la Constitución, que garantiza los derechos y libertades fundamentales de las personas.

124.Aunque Botswana no cuenta con órganos de supervisión independientes con un mandato específico para investigar las denuncias de tortura o malos tratos por los agentes de la autoridad, existen políticas y procedimientos para garantizar que en estos casos se realicen investigaciones. La Orden Permanente núm. 4 de Disciplina del Cuerpo de Policía de Botswana afirma que es esencial que toda denuncia de un miembro del público que involucre a un miembro de la policía sea objeto de una audiencia imparcial y una investigación adecuada. La Subdivisión de Asuntos Internos del Cuerpo se encarga de investigar esas denuncias con miras a adoptar medidas disciplinarias.

125.Todos los casos de tortura son tratados en última instancia por los tribunales como árbitro final. Sin embargo, antes de invocar el proceso judicial, hay órganos en diferentes instituciones que desempeñan funciones de supervisión. La Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana prevé el establecimiento del Consejo de Defensa, que tiene el mandato de recibir las denuncias contra militares. El artículo 22 1) de la Ley dispone que el Consejo de Defensa es responsable del control, la dirección y la superintendencia general de las Fuerzas de Defensa. El Consejo está presidido por el Ministerio de Defensa, Justicia y Seguridad e integrado por el Ministro de Finanzas y Planificación del Desarrollo, el Secretario Permanente de la Presidencia, el Fiscal General, el Secretario de Defensa, los Secretarios Permanentes de Finanzas y Desarrollo Económico, y de Defensa, Justicia y Seguridad. El Comandante y el Comandante Adjunto de las Fuerzas de Defensa son miembros de oficio del Consejo.

126.En virtud de la Ley de Policía de Botswana, el Cuero también cuenta con juntas disciplinarias y el artículo 48 de la Ley de Prisiones prevé el nombramiento de una junta de investigación para indagar acerca de cualquier presunta infracción contra la disciplina cometida por un oficial superior.

127.Se ha modificado la Ley del Defensor del Pueblo para otorgar el mandato de derechos humanos a la Oficina del Defensor del Pueblo, lo que le permitirá investigar las denuncias de violaciones de los derechos humanos. La Oficina recibe denuncias de presuntos actos de mala administración contra funcionarios de las fuerzas del orden.

128.Las víctimas de la tortura pueden recurrir a la justicia a través de los tribunales, como en la causa Ogomoditse Lekang c. el Fiscal General de Botswana, en la que el demandante reclamó una indemnización por daños y perjuicios por la agresión ilegal por parte de funcionarios del Departamento de Prisiones y Rehabilitación, y el tribunal determinó que tenía derecho a una indemnización proporcional al dolor y sufrimiento y las lesiones experimentados. Se le concedió una indemnización por daños y perjuicios de 100.000 pula.

129.No hay interacción con la Fiscalía General durante las investigaciones. Toda interacción durante las investigaciones deber tener lugar con la Dirección del Ministerio Público, que, en virtud del artículo 7 de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal [capítulo 08:02], tiene “ ... el derecho y el deber de procesar en nombre y por cuenta del Estado todo delito cometido en Botswana ” .

130.Los presuntos autores pueden ser suspendidos o inhabilitados para trabajar hasta que concluyan las investigaciones a fin de garantizar que el proceso de investigación no se vea alterado. Si al término de las investigaciones internas se determina que un agente de la autoridad ha cometido un delito, el asunto se remite a la Dirección del Ministerio Público para que evalúe las pruebas y el posible enjuiciamiento.

131.El artículo 212 de la Ley de las Fuerzas de Defensa de Botswana, el artículo 52 de la Ley de Prisiones y el artículo 13 de la Ley de Policía facultan a las autoridades encargadas de los nombramientos en las respectivas organizaciones a inhabilitar o suspender a los funcionarios sospechosos de haber cometido delitos en virtud de estas Leyes o de cualquier otra. Sin embargo, la suspensión o inhabilitación no son automáticas, ya que se requiere el cumplimiento de las normas de justicia natural.

132.No hay ninguna disposición jurídica que obligue al Fiscal General a iniciar una investigación de oficio cuando haya motivos para creer que un agente de la autoridad ha cometido un acto de tortura o malos tratos.

133.Los tribunales consuetudinarios no son competentes para juzgar causas de tortura o malos tratos.

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

134.Las personas que aleguen haber sido víctimas de actos de tortura o malos tratos tienen derecho a que sus denuncias sean investigadas por la policía y, en caso de que se recojan pruebas, se presenten ante la Dirección del Ministerio Público. En caso de que las autoridades competentes se nieguen a investigar, la víctima puede presentar una denuncia ante la Oficina del Defensor del Pueblo, de conformidad con el artículo pertinente de la Ley del Defensor del Pueblo [capítulo 02:12].

135.Además, la víctima tiene derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios al Gobierno en los tribunales de justicia y a iniciar una acusación privada sobre su asunto en virtud del artículo 14 de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal [capítulo 08:02] si la Dirección del Ministerio Público se niega a procesar el presunto delito.

136.En las instituciones públicas es posible presentar información y denunciar irregularidades de forma anónima, de conformidad con la Ley de Denunciantes de Irregularidades de 2016. La Ley garantiza la transparencia, la protección y la rendición de cuentas por actos y omisiones que hayan provocado daños o pérdidas de vidas por cualquier persona con la que el denunciante haya tenido trato. El artículo 14 1) establece que un denunciante de irregularidades no será objeto de victimización por su empleador o un compañero de trabajo u otra persona por haber revelado una irregularidad. Además, el artículo 15 establece que el denunciante no podrá ser objeto de procedimientos civiles o penales por la revelación de irregularidades.

137.En cuanto a la independencia, la policía tiene independencia para investigar un asunto, mientras que la Dirección del Ministerio Público la tiene en el ejercicio de sus funciones de fiscalía. El artículo 51A 6) de la Constitución de Botswana dispone que:

“ 6) En el ejercicio de las funciones que le confiere el párrafo 3) de este artículo, la Dirección del Ministerio Público no estará sujeta a la dirección o el control de ninguna otra persona o autoridad. ”

138.La excepción a ello se encuentra en el apartado b) de este artículo, al establecer que:

Sin embargo:

b) ... antes de ejercer sus facultades en relación con las causas que el Fiscal General considere de importancia nacional, el Director de la Fiscalía Pública deberá consultar al Fiscal General. ”

139.En relación con las personas privadas de libertad, el artículo 23 de la Ley de Policía y el artículo 46 de la Ley de Prisiones prevén su protección, pues prohíben a los funcionarios el uso ilegal o innecesario de la autoridad para intimidar a las personas detenidas o a cualquier otra persona con la que entren en contacto en el ejercicio de sus funciones, y el uso de la violencia contra estas.

140.No hay disposiciones jurídicas para proteger a las familias de las víctimas, los testigos y los investigadores de cualquier forma de intimidación o represalia que surja como consecuencia de las denuncias presentadas.

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

141.En Botswana no se clasifica a las personas según su origen étnico. Los datos estadísticos sobre las denuncias de tortura y malos tratos y tentativa, complicidad, participación o aquiescencia en dichos actos figuran en el anexo VII.

142.Se han cerrado 13 de los expedientes de investigación abiertos en relación con incidentes denunciados porque no se requería ninguna otra acción policial. Otros 6 expedientes de investigación están aún en la Dirección del Ministerio Público para la evaluación de las pruebas, mientras que 2 todavía están siendo investigados.

143.En relación con la denuncia de 2011 de que una joven fue violada mientras estaba detenida en una instalación para inmigrantes, el Gobierno creó una Comisión de Investigación para realizar indagaciones a este respecto. Se llevó a cabo una investigación exhaustiva, que reveló que no había pruebas de violación, ya que la víctima fue embarazada por su novio, que también era solicitante de asilo. Los resultados de las pruebas de paternidad también absolvieron al acusado, ya que demostraron que el novio era el padre. Por lo tanto, no fue necesario ofrecer una reparación a la víctima.

Artículo 14

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

144.La reparación para las víctimas de la tortura y sus familias está contemplada en la Orden núm. 36 de las normas del Tribunal Superior y en el artículo 316 de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal. La víctima debe iniciar un proceso judicial mediante una solicitud respaldada por pruebas admisibles para solicitar daños y perjuicios. Según el resultado de los procesos internos o ante los tribunales de justicia, el Estado puede ser jurídicamente responsable por la conducta de los autores de los actos de tortura o malos tratos basándose en el principio de responsabilidad indirecta. Cuando la víctima no pueda permitirse los servicios jurídicos, podrá acogerse a la asistencia jurídica.

145.Por ejemplo, en la causa Kegame Kerepile c. el Fiscal General y otros dos, el demandante reclamó daños y perjuicios por agresión despiadada por el Cuerpo de Policía de Botswana, pérdida de dignidad, gastos médicos, desfiguración permanente y dolor y sufrimiento. La demanda era por la suma de 3.440.000 pula, aproximadamente 299.280 dólares de los Estados Unidos. Las partes llegaron a un acuerdo extrajudicial antes del juicio por la suma de 1.500.000 pula, aproximadamente 130.500 dólares, y el acuerdo de conciliación fue homologado por el tribunal.

146.En la causa Ogomoditse Lekang c. el Fiscal General de Botswana, el demandante reclamó una indemnización por daños y perjuicios por agresión ilegal por parte de funcionarios del Departamento de Prisiones y Rehabilitación y el tribunal ordenó que tenía derecho a una indemnización proporcional al dolor y sufrimiento y las lesiones sufridos. Se le concedieron daños y perjuicios por 100.000 pula, unos 8.700 dólares.

147.El derecho a recibir una indemnización en un proceso penal depende de que se haya dictado una sentencia en virtud del artículo 316 de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal. Según la Ley de Prescripciones, el derecho a recibir una indemnización tiene un plazo máximo de tres años. En asuntos civiles, en virtud de la Orden núm. 36 del Reglamento del Tribunal Superior, el plazo comienza a correr desde el momento en que las víctimas o la familia toman conocimiento del derecho a recibir una indemnización.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

148.En la causa Kegame Kerepile c. el Fiscal General y otros dos, el demandante reclamó daños y perjuicios por agresión despiadada por el Cuerpo de Policía de Botswana, pérdida de dignidad, gastos médicos, desfiguración permanente y dolor y sufrimiento. La demanda era por la suma de 3.440.000 pula, unos 299.280 dólares. Las partes llegaron a un acuerdo extrajudicial antes del juicio por la suma de 1.500.000 pula, unos 130.500 dólares. El acuerdo de conciliación fue homologado por el tribunal.

149.En la causa Ogomoditse Lekang c. el Fiscal General de Botswana, el demandante reclamó una indemnización por daños y perjuicios por agresión ilegal por parte de funcionarios del Departamento de Prisiones y Rehabilitación y el tribunal ordenó que tenía derecho a una indemnización proporcional al dolor y sufrimiento y las lesiones sufridos. Se le concedieron daños y perjuicios por 100.000 pula, unos 8.700 dólares.

150.Las víctimas pueden beneficiarse de servicios psicosociales y médicos. Además, el Gobierno ha firmado memorandos de entendimiento con ONG, como Childline Botswana y Save Our Soul Children's Village, para ofrecer programas de rehabilitación a los niños víctimas de la tortura.

Artículo 15

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

151.El artículo 228 de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal prohíbe la admisibilidad de una confesión como prueba si se determina que no fue hecha libre y voluntariamente. El artículo deja claro que cualquier confesión obtenida mediante tortura no se aceptará como prueba contra el fugitivo o acusado.

Artículo 16

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

152.Actualmente, Botswana no tiene previsto modificar su legislación para prohibir expresamente el castigo corporal en todos los entornos.

153.En cuanto al castigo corporal en las escuelas, el Gobierno está revisando actualmente la Ley de Educación de 1968 con miras a actualizarla con los cambios que se han producido en el sector de la educación en Botswana. Una de las cuestiones más importantes de la revisión es la relativa al castigo corporal, tal como se recoge en el Reglamento núm. 2 de la Ley de Educación. Este permite el castigo corporal en las escuelas con sujeción a determinadas condiciones. Sin embargo, las lesiones que siguen sufriendo los alumnos a causa de los castigos corporales en las escuelas han puesto de manifiesto que las condiciones no se respetan.

154.Por lo tanto, para armonizar la Ley de Educación con las disposiciones de la Ley de la Infancia, en particular su artículo 61, que establece, entre otras cosas, que “ ninguna persona someterá a un niño a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ”, el artículo 15 del proyecto de ley de educación y formación de 2021 propone abolir el castigo corporal en las escuelas y sustituirlo por formas más aceptables de castigo.

155.La nueva cláusula dice:

“ 15. 1) Una persona no podrá administrar castigos corporales a un estudiante en la escuela.

2) Con sujeción al párrafo 1), se permitirá a una persona administrar un castigo contra un alumno que sea constructivo para este, entre otros :

a) una carta de advertencia dirigida a los progenitores del alumno;

b) la suspensión del curso o de un grupo durante un período no superior a cuatro horas;

c) la permanencia en la escuela después del horario escolar;

d) el aislamiento de otros alumnos;

e) la expulsión de la escuela; o

f) cualquier otro castigo que pueda ser prescrito.

3) Toda persona que infrinja este artículo comete un delito y puede ser condenada a una pena de prisión de hasta cinco años. ”

156.Este cambio se encuentra todavía en la fase de proyecto de ley. Durante las consultas, algunas partes interesadas se opusieron a la anulación y supresión del castigo corporal como medida disciplinaria. Hasta le fecha, no se han hecho cambios en el texto.

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

157.La inclusión de los derechos humanos en el plan de estudios de la policía de la formación previa al empleo y en el empleo es una de las formas en que Botswana trata de abordar la brutalidad policial y el uso excesivo de la fuerza por agentes de la autoridad. En el caso de que los tribunales hayan determinado que ha habido un uso excesivo de la fuerza, el Gobierno paga una indemnización. En virtud de la Ley de Policía, se pueden tomar medidas administrativas contra un agente de policía que haga uso excesivo de la fuerza. Además, se pueden iniciar actuaciones penales contra el presunto autor.

158.Desde 2017 hasta la fecha, el Cuerpo de Policía de Botswana ha registrado un total de 25 denuncias en las que se alegaba que agentes de policía habían agredido a algunas personas, a saber:

En 2017, 2

En 2018, 4

En 2019, 3

En 2020, 13

En 2021, 3

159.Lamentablemente, la información no se ha reunido de forma que refleje la edad, el sexo, el origen étnico o la nacionalidad de la víctima. Esto se debe en gran medida a que se trata a las víctimas por igual, sin tener en cuenta esas categorías. En relación con todos estos incidentes se realizaron investigaciones y se adoptaron las medidas correctivas adecuadas contra los autores. (Véase también la respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones.)

160.Los datos estadísticos pertinentes figuran en el anexo VII.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

161.El Gobierno aprobó la Política Nacional de Género y Desarrollo, que tiene entre sus cinco prioridades el acceso a la justicia, la protección de los derechos humanos y la protección contra la violencia. Además, la Estrategia Nacional para Poner Fin a la Violencia de Género proporciona orientación concreta sobre la respuesta nacional a este tipo de violencia género. La Estrategia es multisectorial y multifacética, y se centra principalmente en la prevención, la protección, la atención y el apoyo, con medidas claras para cada sector de desarrollo.

162.Tras el tercer ciclo del Examen Periódico Universal en 2018, el Gobierno ha abordado la violencia de género mediante:

a)Encuestas y estudios:

i)La realización del Estudio Nacional de Relaciones (2018), como seguimiento del Estudio de Indicadores de la Violencia de Género de 2012. El Estudio Nacional de Relaciones incluyó a los hombres como agresores y como supervivientes o víctimas. Las conclusiones del Estudio son que el 37 % de las mujeres y el 21 % de los hombres sufrieron algún tipo de violencia a lo largo de sus vidas. El Estudio reveló además que el 27 % de las mujeres y el 8 % de los hombres denunciaron maltrato físico, mientras que el 3 % de las mujeres, frente a menos del 1 % de los hombres, denunciaron una violación ante la policía;

ii)La realización por el Gobierno de la Encuesta sobre la Violencia contra los Niños en 2019;

iii)La realización por el Gobierno de un estudio de viabilidad sobre el fortalecimiento y el establecimiento de refugios seguros en 2019. El estudio pretende informar sobre la necesidad de establecer más lugares seguros. Actualmente se están analizando las recomendaciones en consulta con las principales partes interesadas, como la sociedad civil, el sector de la salud y la educación, el sector de la protección de la infancia, la policía, los dikgosi (líderes tradicionales) y los líderes religiosos;

b)Reformas legislativas:

i)La aprobación de la Ley del Registro de Delincuentes Sexuales núm. 7 de 2021, que prevé, entre otras cosas, penas más severas contra los delincuentes y prohíbe a los delincuentes sexuales trabajar e interactuar directamente con niños y otros grupos vulnerables;

ii)La Ley contra la Violencia Doméstica [capítulo 28:05];

iii)La modificación del Código Penal en 2021 para mejorar y endurecer las penas por delitos sexuales;

c)Reformas institucionales:

i)La creación de tribunales especializados para agilizar la tramitación de los casos de violencia de género, Hasta la fecha, se han registrado 1.509 casos en los tribunales, de los cuales 452 (29,9 %) se han completado;

ii)La creación de la Subdivisión de Género y Protección de la Infancia en el Cuerpo de Policía de Botswana, con objeto de promover las denuncias, incluso por los niños, y mejorar la gestión de los casos. La Subdivisión está dotada de agentes de policía específicamente formados para tratar los casos de violencia de género;

iii)La creación por el Gobierno de un Comité Interministerial sobre Violencia de Género para fortalecer la respuesta nacional a la violencia de género. El Comité proporciona orientación estratégica sobre la mitigación de la violencia de género. Además, el Gobierno sigue creando comités distritales de género en todo el país. Hasta la fecha se han establecido 15 de estos;

iv)La puesta en marcha por el Comisionado del Servicio de Prisiones de Botswana en septiembre de 2021 del Programa para Autores de la Violencia de Género, cuyo objetivo es sensibilizar acerca de la reintegración de los delincuentes para evitar que reincidan. La reintegración y la implicación comunitaria prosiguen en todo el país;

d)El fortalecimiento de los servicios:

i)A fin de abordar el creciente número de casos de violencia de género durante la pandemia de COVID-19, la puesta en marcha por el Cuerpo de Policía de Botswana de una línea telefónica gratuita para denunciar estos casos. La sociedad civil también estableció líneas telefónicas gratuitas para denunciar la violencia de género, además de ofrecer asesoramiento en línea durante el período de distanciamiento social extremo;

ii)Con objeto de promover la presentación de denuncias, el compromiso del Cuerpo de Policía de Botswana a:

Mejorar de forma continua las investigaciones para obtener condenas y ganar así la confianza de los ciudadanos.

Intensificar la concienciación y divulgación pública sobre la violencia de género.

Aplicar un enfoque de policía comunitaria que promueve la participación de la ciudadanía en la identificación de posibles amenazas o delitos y la respuesta correspondiente.

Mantener diálogos comunitarios continuos sobre la igualdad de género y la prevención de la violencia de género.

iii)La realización de esfuerzos deliberados por el Cuerpo de Policía de Botswana para capacitar específicamente a los agentes sobre el trato de los casos de violencia de género. Para ello, se han designado 81 agentes para atender los casos de violencia de género. Además, 241 responsables de comisarías recibieron formación sobre la gestión de la violencia de género para aumentar la eficacia en el tratamiento de los casos a nivel comunitario;

iv)Con objeto de reducir la tasa de retirada de las denuncias de violencia de género, la puesta en marcha por el Gobierno de las siguientes acciones:

Presentar cargos contra cualquier persona que obstruya la causa de la justicia, ya sea mediante intimidación o coacción.

Concienciar a la población sobre las consecuencias de la retirada de casos de violencia de género.

e)La mejora de los conocimientos de la población sobre la violencia de género, mediante diálogos y conversaciones comunitarios:

i)La prioridad dada por la Primera Dama de la República de Botswana, al asumir su cargo, al empoderamiento de las mujeres y las adolescentes, especialmente las que viven en zonas rurales. Para ello, trabaja en estrecha colaboración con los sectores público y privado, así como con la sociedad civil, para concienciar sobre la violencia de género, la salud sexual reproductiva y la prevención del VIH/sida;

ii)La subvención recibida en mayo de 2021 por la Primera Dama de Botswana, como miembro de la Organización de Primeras Damas Africanas para el Desarrollo, para un proyecto destinado a promover la acción en cuestiones relacionadas con la violencia de género. La campaña de la Primera Dama se está llevando a cabo actualmente en seis distritos, donde los incidentes de violencia de género son más frecuentes. Tiene por objeto aumentar los conocimientos y las competencias en materia de prevención de la violencia de género e intensificar la participación de los hombres en los esfuerzos de mitigación. El proyecto está dirigido a los líderes comunitarios, incluidos los dikgosi (líderes tradicionales), las bahumagadi (cónyuges de los líderes tradicionales), los líderes religiosos, las personas con discapacidad, los huérfanos y los niños vulnerables, las mujeres y las niñas, los hombres y los niños, y las organizaciones de la sociedad civil;

f)Refugios para supervivientes de la violencia de género:

i)La ayuda financiera proporcionada actualmente por el Gobierno a los dos refugios gestionados por ONG. Para el ejercicio 2021/22 se asignó a los refugios un total de 580.000 dólares, lo que representó un aumento de 50.000 dólares;

ii)La prestación de servicios clínicos por el refugio de la región meridional, en particular profilaxis posterior a la exposición, para prevenir la infección por el VIH. El refugio también realiza pruebas de detección de infecciones de transmisión sexual y ofrece pruebas de detección del VIH y asesoramiento al respecto. Además, ofrece métodos anticonceptivos combinados para evitar embarazos no deseados;

iii)El tratamiento en el refugio de las lesiones sufridas por las víctimas. Estos servicios se prestan con el apoyo y la orientación del Ministerio de Salud y Bienestar. A fin de fortalecer aún más el apoyo a las supervivientes de la violencia de género, los refugios remiten a las víctimas a servicios fuera de sus instalaciones, como reuniones con representantes legales, y les proporcionan transporte para ello. Otros servicios de apoyo son:

Asesoramiento familiar y reconciliación para garantizar la sostenibilidad y los beneficios de por vida para las supervivientes.

La participación de los hombres en las iniciativas de prevención de la violencia.

La participación de los líderes religiosos y los ministros en los servicios de asesoramiento que prefieran las supervivientes.

iv)La enseñanza por los refugios, teniendo en cuenta los vínculos entre la pobreza y la violencia de género, de diversos oficios, como la confección de vestimentas, la cocina, el reciclaje y la joyería. Algunas de las beneficiarias han conseguido empleo y han podido salir de relaciones abusivas.

163.Aunque Botswana ha hecho progresos significativos en la respuesta a la violencia de género, cabe señalar que todavía queda más por hacer para garantizar la eficacia de las intervenciones contra la violencia de género a fin de mejorar la situación de las mujeres y las niñas. En este sentido, el Gobierno reconoce la necesidad de reforzar la coordinación y las alianzas, así como la movilización de recursos.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

164.En la actualidad, Botswana no está en condiciones de comprometerse con la moratoria o la abolición de la pena de muerte en vista de las disposiciones de la Constitución y está a la espera de la celebración de consultas nacionales en consonancia con las recomendaciones aceptadas del EPU.

165.La forma de ejecutar a los condenados está prescrita en la ley. Antes de llevar a cabo una ejecución, el funcionario encargado de la prisión en la que va a tener lugar la ejecución y la persona encargada de la misma se asegurarán conjuntamente de que los aparatos que se utilizarán para la ejecución estén en buen estado y funcionen correctamente y de que se han tomado todas las precauciones razonables para garantizar una ejecución eficaz, rápida y digna de la pena.

166.La ejecución se realiza con sumo cuidado a fin de respetar y preservar la dignidad del prisionero.

167.A fin de cumplir las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la pena de muerte no se impone de forma arbitraria en Botswana. El artículo 6 del Pacto admite la pena de muerte como excepción al derecho a la vida, y enumera las salvaguardias y restricciones precisas para aplicarla. De manera análoga, la legislación interna de Botswana establece las circunstancias claras y limitadas en las que puede imponerse la pena de muerte.

168.El artículo 25 del Código Penal estipula que los tribunales pueden dictar la pena de muerte. De conformidad con el Código Penal, se castigan con la pena capital los delitos de traición (previsto en el artículo 34) y de asesinato (previsto en el artículo 203). El Tribunal Superior es el único tribunal de primera instancia que puede conocer de los casos de asesinato y traición. Así pues, el Tribunal Superior impone la pena de muerte, mientras que el Tribunal de Apelaciones resuelve los recursos interpuestos contra esta.

169.Además, las estrictas restricciones impuestas a la pena de muerte en el artículo 6 del Pacto también figuran en la legislación de Botswana, incluidas las que sirven para proteger a las personas vulnerables condenadas a la pena de muerte. El artículo 26 del Código Penal dispone que la pena de muerte no podrá imponerse, en ninguna circunstancia, a personas menores de 18 años ni a las mujeres en estado de gravidez. El artículo 11 estipula asimismo que no se dictará la pena de muerte contra las personas con enfermedades que afecten a su capacidad mental. Estas disposiciones se ajustan a las normas internacionales que exigen que se proteja a los grupos vulnerables contra la pena de muerte.

170.De conformidad con el artículo 116 de la Ley de Prisiones, todo recluso condenado a muerte debe ser confinado en un lugar seguro de la prisión, separado de los demás reclusos y bajo la supervisión permanente de un funcionario de prisiones tanto de día como de noche. Las visitas son más flexibles para los prisioneros en el corredor de la muerte que las de otros prisioneros.

III.Información general sobre otras medidas y acontecimientos relacionados con la aplicación de la Convención en el Estado parte

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones

171.Al igual que muchos Estados partes, cuando la Organización Mundial de la Salud declaró que la COVID-19 era una pandemia mundial, Botswana se vio obligada a adoptar medidas con el fin de frenar su propagación, lo que supuso una derogación de las obligaciones del país en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, especialmente las relacionadas con la libertad de circulación y el derecho de reunión pacífica.

172.Tras un proceso de consulta parlamentaria, que se transmitió en directo a través de las plataformas de los medios de comunicación públicos y privados, el Presidente de Botswana declaró el estado de emergencia pública a partir del 2 de abril de 2021, que finalizó el 30 de septiembre de 2021.

173.El estado de emergencia pública se instituyó de buena fe, con la intención de preservar las vidas de la población frente a la pandemia de COVID-19. Sus principales objetivos fueron permitir que el país contuviera y controlara la pandemia y movilizar recursos y preservar los puestos de trabajo y los medios de vida.

174.Tras la declaración del estado de emergencia pública, el Gobierno adoptó un amplio Plan de Respuesta a la COVID-19 que incluía restricciones a la circulación; el despliegue de redes de seguridad social; subsidios salariales; la ampliación de los servicios sanitarios; el aseguramiento de la continuidad del acceso a la educación; y medidas destinadas a proteger a los grupos vulnerables, incluidos los niños y las supervivientes de la violencia de género.

175.La Reglamentación de las Facultades de Emergencia (COVID-19), 2020 establece los parámetros dentro de los cuales se rige el estado de emergencia en virtud del artículo 3 de la Ley de Facultades Excepcionales (cap. 22:04):

“ Reglamentación de emergencia

1) Siempre que esté en vigor una proclamación de emergencia, el Presidente podrá dictar la reglamentación que le parezca necesaria o conveniente para garantizar la seguridad pública, la defensa de la República, el mantenimiento del orden público y la represión de motines, rebeliones y disturbios, así como para mantener los suministros y servicios esenciales para la vida de la comunidad;

2) Sin perjuicio de la generalidad de las facultades conferidas por el párrafo 1), la reglamentación de emergencia podrá, en la medida en que el Presidente lo considere necesario o conveniente para cualquiera de los fines mencionados en dicho párrafo:

a) disponer la detención de personas o la restricción de su circulación, y la deportación y exclusión de la República de personas que no son ciudadanas de Botswana ;

b) autorizar :

i) la toma de posesión o control en nombre de la República de cualquier propiedad o empresa ;

ii) la adquisición, por cuenta de la República, de cualquier bien que no sea un terreno ;

c) autorizar la entrada en cualquier local y su registro ;

d) disponer la modificación de cualquier norma, la suspensión de la aplicación de cualquier norma y la aplicación de cualquier norma con o sin modificación ;

e) prever el cobro, en relación con la concesión o la expedición de cualquier licencia, permiso, certificado u otro documento a los efectos de la reglamentación, de la tasa que pueda ser prescrita por la reglamentación o en virtud de esta ;

f) disponer el pago de indemnizaciones y remuneraciones a las personas afectadas por la reglamentación ;

g) disponer la detención, el enjuiciamiento y el castigo de las personas que infrinjan la reglamentación ;

S in embargo, nada de lo dispuesto en el presente apartado autoriza el enjuiciamiento de personas por tribunales militares .

3) La reglamentación de emergencia puede prever el empoderamiento de las autoridades o las personas que se especifiquen en la reglamentación para dictar órdenes y normas con respecto a cualquiera de los fines para los que esta Ley autoriza a dictar dicha reglamentación y puede contener las disposiciones incidentales y complementarias que el Presidente considere necesarias o convenientes a los fines de la reglamentación.

4) La reglamentación de emergencia especificará la zona a la que se aplica y podrá contener disposiciones para la exclusión de personas de dicha zona si esta abarca solo una parte de la República. ”

176.Por lo tanto, durante el estado de emergencia no se suspende la aplicación de la Constitución ni de otras leyes, sino que la Reglamentación de las Facultades de Emergencia establece las medidas a las que hay que atenerse para hacer frente a la emergencia.