AURORA

Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la VCMIGF

BPD

Búsqueda de personas desaparecidas

CEDAW

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

CEM

Centro de Emergencia Mujer

CJG-PJ

Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial

CMAN

Comisión Multisectorial de Alto Nivel

CP

Código Penal

DGDPAJ

Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia

DL

Decreto Legislativo

DNI

Documento Nacional de Identidad

DP

Defensoría del Pueblo

DS

Decreto Supremo

DU

Decreto de Urgencia

EE

Estado de Emergencia

EESS

Establecimientos de Salud

HRT

Hogar de Refugio Temporal

IIEE

Instituciones Educativas

INEI

Instituto Nacional de Estadística e Informática

IGF

Integrantes del Grupo Familiar

IG

Igualdad de Género

IO

Indígenas u originarios

JNE

Jurado Nacional de Elecciones

MIDAGRI

Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego

MIDIS

Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

MIMP

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

MINAM

Ministerio del Ambiente

MINCU

Ministerio de Cultura

MINDEF

Ministerio de Defensa

MININTER

Ministerio del Interior

MINJUSDH

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

MINSA

Ministerio de Salud

MP–FN

Ministerio Público–Fiscalía de la Nación

MRE

Ministerio de Relaciones Exteriores

MTC

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

MTPE

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

NNA

Niñas, niños y adolescentes

NTS

Norma Técnica de Salud

OIT

Organización Internacional del Trabajo

ONPE

Oficina Nacional de Procesos Electorales

PCD

Persona(s) con Discapacidad

PCM

Presidencia del Consejo de Ministros

PDDH

Personas defensoras de derechos humanos

PEMIG

Plan Estratégico Multisectorial de IG

PJ

Poder Judicial

PNDH

Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021

PNIG

Política Nacional de IG

PNP

Policía Nacional del Perú

PPII

Pueblos indígenas

RENIEC

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

RETA

Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines

REVIESFO

Registro de VEF del período 1995-2001

RDE

Resolución de Dirección Ejecutiva

RL

Resolución Legislativa

RM

Resolución Ministerial

ROF

Reglamento de Organización y Funciones

SAU

Servicio de Atención Urgente

SERVIR

Autoridad Nacional del Servicio Civil

SIDPOL

Sistema de Denuncias Policiales

SIS

Seguro Integral de Salud

SUNAT

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

TC

Tribunal Constitucional

TEG

Transversalización del Enfoque de Género

VCMIGF

Violencia Contra la Mujer e IGF

VEF

Víctimas de Esterilizaciones Forzadas

VMDHAJ

Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia

Índice

Página

Introducción

6

Repercusiones de la pandemia

6

Las mujeres, la paz y la seguridad

8

Las mujeres en los mecanismos de reparación y BPD

8

Enjuiciamiento de delitos de género

8

Estrategias de Prevención del Terrorismo

9

Marco legislativo contra la discriminación

9

Acceso a la justicia

9

Acceso efectivo y gratuito

9

Medidas para los derechos de las mujeres

10

Información acerca de mujeres policías

10

Fortalecimiento de la capacidad policial

11

Medidas para la protección de las mujeres

11

Acciones adoptadas frente a la identificación de estereotipos

12

Medidas para la concientización sobre la IG

12

Medidas adoptadas para luchar contra actitudes y comportamientos sexistas en medios de comunicación

12

Violencia de género contra la mujer

13

Información acerca del PNCVG

13

Medidas para hacer frente a las causas fundamentales de la violencia de género

13

Gestión de la información

13

Marco legislativo sobre violencia

14

Refugios para mujeres que sufren violencia de género

15

Atención para las mujeres que sufren cualquier forma de violencia

15

Trata de personas

15

Medidas adoptadas para concientizar sobre la trata de personas

15

Implementación de medidas de alerta temprana, búsqueda e identificación para casos de mujeres, incluidas adolescentes, presuntamente desaparecidas

16

Datos desglosados relativas al número de víctimas y supervivientes de la trata de personas

16

Participación en la vida pública y política

18

Participación equitativa

18

Representación equitativa

18

Acceso a cargos electivos

19

Sobre las medidas legislativas adoptadas contra el acoso político

19

Defensoras de derechos humanos

19

Nacionalidad

20

Educación

20

Empleo

21

Formalización laboral

21

Acciones de capacitación

21

Igualdad de remuneración

21

Protección social de las mujeres en la economía informal

22

Conciliación de las responsabilidades familiares y laborales

22

Salud

22

Mujeres del medio rural

23

Grupos de mujeres

24

Mujeres indígenas y mujeres afrodescendientes

24

Mujeres y niñas con discapacidad

25

Mujeres migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo

26

Mujeres privadas de libertad

26

Cambio climático y reducción de riesgos de desastres

26

Incorporar una perspectiva de género

26

Participación de las mujeres

27

Introducción

El Estado peruano en cumplimiento de las disposiciones de la CEDAW presenta su informe de respuesta a la “Lista de cuestiones y preguntas relativa al noveno informe periódico del Perú”.

Este informe, elaborado y aprobado por el MINJUSDH, recoge los aportes de diversas entidades del Poder Ejecutivo, PJ, MP-FN, DP, Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura y Sociedad Civil, en virtud del procedimiento establecido por el Protocolo Intersectorial para la Participación del Estado peruano ante los Sistemas de Protección Internacional de Derechos Humanos. Asimismo, cuenta con la opinión favorable del Consejo Nacional de Derechos Humanos, órgano integrado por instituciones estatales y de sociedad civil.

I.Repercusiones de la pandemia

Durante el EE Nacional se emitieron las siguientes normas: el DL 1470 que establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de VCMIGF durante la emergencia sanitaria; el DS 002-2021-MP, que aprueba Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de la Asistencia Económica a favor de las NNA cuya madre o padre o ambos hayan fallecido durante el periodo de Emergencia Sanitaria por causa de la COVID-19; el DS 008-2021-PCM, que declara como esenciales los servicios prestados por el MIMP, para la atención de la VCMIGF, y para la protección frente al riesgo, desprotección y abandono de poblaciones vulnerables.

MIMP mediante AURORA:

i)Garantizó la atención integral del 95 % de casos de mujeres víctimas de violencia con nivel de riesgo moderado o severo en 50 CEM;

ii)Continuó la atención de 24 horas de los casos prioritarios mediante la Línea 100 y el SAU;

iii)Creó 3 HRT, sumándose a 17 HRT, que corresponden a gobiernos subnacionales o privados;

iv)A noviembre 2020, se entregó 1.084 kits de emergencia para casos de violación sexual en cumplimiento del “Protocolo de Actuación entre los CEM y los EESS para la atención de mujeres y los IGF” y la “Directiva Sanitaria para el uso del kit para la atención de casos de violencia sexual”;

v)Se realizó el curso “Violencia basada en género en el contexto de la emergencia sanitaria por el COVID-19” y se elaboraron cartillas comunicacionales (Anexo 1);

vi)Se adoptaron diversas medidas en favor de personas desplazadas (Anexo 2);

vii)Se realizaron diversos estudios en el marco de la implementación del PNIG y la pandemia (Anexo 3).

MININTER con MIMP continuaron con la incorporación de los CEM en Comisarías y la implementación del aplicativo informático para registrar medidas de protección dictadas por la autoridad judicial en el SIDPOL. A octubre 2021, secuenta con 178 CEM en Comisarías, brindando atención ininterrumpida diariamente. Se tiene 45 Comisarías Especializadas en Familia en 23 Regiones Policiales. Asimismo, MIMP, mediante la Dirección General de TEG, dentro del marco del EE nacional, brindó en 2020, asistencia técnica remota a los mecanismos para la igualdad de género de los gobiernos regionales y locales.

MININTER adoptó el Plan de Contingencia de actuación Policial para la atención y protección de las víctimas de VCMIGF a fin de garantizar la continuidad de los servicios prestados por la PNP.

MINSA aprobó diversas medidas en salud de gestantes, morbilidad materna y VCMIGF (Anexo 4).

MPFN adaptó herramientas tecnológicas y logísticas y garantizó la disponibilidad de personal y vehículos, para dar continuidad a sus servicios. Asimismo, aprobó el “Protocolo Interinstitucional para el uso de herramientas tecnológicas en la investigación preliminar en los distritos fiscales de Lima, Lima Sur, Lima Este, Lima Norte, Lima Noreste y Callao, de aplicación excepcional durante el EE sanitaria”. Además, a nivel nacional se recibieron denuncias de VCMIGF por mensajería instantánea y otros medios tecnológicos.

La CJG-PJ coordinó con sus 7 Módulos de Justicia Integrados en VCMIGF y con el Módulo Especializado en materia penal de Lima Este, para contar con medios electrónicos en la atención de casos. Al inicio del EE, el Consejo Ejecutivo del PJ dispuso que en las Cortes Superiores de Justicia debían funcionar, por lo menos, 1 juzgado penal, 1 no penal para atender casos de violencia familiar y 1 sala mixta.

II.Las mujeres, la paz y la seguridad

A.Las mujeres en los mecanismos de reparación y BPD

El Consejo de Reparaciones, conforme a la Ley 28592, a julio 2021 inscribió a 230.383 personas en el Registro Único de Víctimas. Sobre los programas de reparación previstos en la citada Ley y su Reglamento (DS 015-2006-JUS), el mayor acceso a las reparaciones de las mujeres fue en el Programa de Reparación en Vivienda: 4,547 personas accedieron a este (52 % mujeres). Asimismo, 2.368 personas desplazadas accedieron al programa de reparación en educación (60 % eran mujeres).

Mediante DS 011-2021-JUS, se aprobó el Plan Nacional de BPD al 2030, además de contarse con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro (Anexo 5). En 2020, la Dirección General de BPD, brindó 3.388 sesiones de orientación, de ellas 2.101 fueron brindadas a mujeres (62 %). En 2020 se atendieron a 896 personas nuevas, 531 fueron mujeres (59 %).

Durante 2021, se ha brindado acompañamiento psicosocial presencial y no presencial a familiares de personas desaparecidas. Se atendieron a 766 familiares, de los cuales, 441 fueron mujeres.

MIMP elaboró el Registro Nacional para las Personas Desplazadas, acreditando a 62.768 personas desplazadas; de estas, 36.369 (58 %) son mujeres.

B.Enjuiciamiento de delitos de género

Desde enero 2016 hasta agosto 2021, el REVIESFO registra 7,769 procedimientos de inscripción iniciados a favor de VEF (Anexo 6).

La DGDPAJ, entre enero 2016 a julio 2020, patrocinó a 1,565 presuntos casos de víctimas de esterilizaciones forzadas (Anexo 7). Entre setiembre 2020 a julio 2021, realizó 57 charlas virtuales de sensibilización y difusión del servicio del REVIESFO (Anexo 8).

En 2020, se constituyó el Grupo de Trabajo Multisectorial para analizar y proponer mecanismos que aborden la problemática de las VEF producidas entre 1995-2001 (RM 0216-2020-JUS).

Al 19 de junio de 2021, del total de personas inscritas en REVIESFO, 6.131 están afiliadas al SIS. Éstas pueden acceder a las atenciones de salud que requieran en el EESS. En emergencias, pueden recibir atención en cualquier EESS del MINSA, de los Gobiernos Regionales y/o EESS con convenios con el SIS.

En 2020, el TC declaró improcedente el recurso de agravio constitucional interpuesto por M.R.L.C.B., encargado de la implementación del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1996-2000. Además, advirtió que la falta de respuesta después de 20 no es compatible con el deber estatal de investigar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos.

C.Estrategias de Prevención del Terrorismo

En 2019, se aprobó la Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Terrorismo 2019-2023 que aplica el enfoque de género en el ámbito de la promoción de una cultura de paz y de prevención.

En 2021 se modificó el Protocolo para el seguimiento a la atención a las personas y familias rescatadas de grupos terroristas y se fortaleció la Comisión Multisectorial para el Seguimiento a la Atención a las Personas Rescatadas.

III.Marco legislativo contra la discriminación

La Constitución Política, artículo 2.2, consagra el derecho a la igualdad ante la ley y sanciona la discriminación. El artículo 323 del CP sanciona la discriminación, entre otras, por sexo, orientación sexual e identidad de género.

La discriminación por sexo es también sancionada por la Ley 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, y su Reglamento, aprobado mediante DS 002-2018-TR, además del Reglamento de la Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, aprobado mediante DS 014-2019-MIMP.

En 2021, se aprobaron los “Lineamientos para la TEG”, para la adecuada incorporación del enfoque de género en las políticas y servicios.

IV.Acceso a la justicia

A.Acceso efectivo y gratuito

AURORA, mediante los CEM, brinda atención integral para contribuir a la protección, recuperación y acceso a la justicia a las víctimas de VCMIGF. En 2018, el Estado contó con 346 CEM; el 2019 con 396 CEM; y al 2020 con 416 CEM; de los cuales, 245 son CEM regulares, 1 CEM en Centro de Salud y 170 CEM en Comisarías.

La DGDPAJ brinda servicio de defensa pública gratuita a quienes no cuenten con recursos o estén en situación de vulnerabilidad, y en los casos donde la ley expresamente así lo establece. A agosto 2020, cuenta con 390 defensores públicos de defensa de víctimas.

El 2019, la DGPDAJ registró 106.513 patrocinios a mujeres en diversas materias. En 2020, registró 56.744 atenciones. Este servicio se brindó permanentemente, a pesar de las limitaciones por la pandemia.

En 2019, se realizaron 2.133 campañas, charlas y megacampañas informativas del servicio, contando con la asistencia de 306.443 mujeres. En 2020, se realizaron 2.215 actividades, donde participaron 56.129 mujeres.

B.Medidas para los derechos de las mujeres

MIMP, desde 2019, implementó un Plan de Capacitación para las integrantes de las Mesa de Trabajo Mujer Afroperuana.

La “Mesa de Trabajo para Promover los Derechos de las Mujeres IO” del MIMP desarrolló el curso virtual “Derecho a la tierra, al territorio, los pueblos IO desde un enfoque de género”. Asimismo, “La Mesa de Trabajo para Promover y Garantizar la Participación Política de las Mujeres” del MIMP, como espacio de articulación entre organizaciones de sociedad civil y entidades públicas, desde su conformación en 2015, viene realizando acciones que contribuyen a visibilizar en la agenda pública la participación política con igualdad.

En 2020, MIMP realizó actividades de asistencia técnica y capacitaciones virtuales, además de un curso virtual sobre políticas públicas y enfoque de género (Anexo 9).

C.Información acerca de mujeres policías

En 2019, la PNP estableció 400 vacantes para el proceso de admisión a la Escuela de Oficiales, destinándose 30 (8.57 %) para mujeres. En 2020, se dispuso 300 vacantes, ingresando 238 postulantes, de ellas 24 (10.08 %) fueron mujeres. Sobre el concurso público de admisión a las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional, se destinaron 5.050 vacantes, de ellas, 503 (9.96 %) fueron alcanzadas por mujeres. Para el proceso de admisión 2020-2021, las vacantes para las Escuelas Técnicas Superiores son 5.000 y para Oficiales, 300. Para la formación de Sub Oficiales mujeres, se cuenta con una Escuela Exclusiva.

D.Fortalecimiento de la capacidad policial

La PNP desarrolló actividades de capacitación sobre VCMIGF (Anexo 10). A nivel formativo, tiene incorporado en las Escuelas Técnicas de Formación Policial, en las especialidades de Orden y Seguridad y de Investigación criminal, de manera extracurricular, la actividad “Enfoque de género” con 64 horas académicas y 3 créditos y “Abordaje a víctimas de violencia familiar sexual” con 32 horas académicas y 1 crédito.

Sobre la formación de Oficiales, la Especialidad de Orden y Seguridad cuenta con la Unidad Didáctica “Enfoque y Violencia de Género en la función policial”, dentro del Módulo de Intervención Policial. El Módulo de Esclarecimiento del Delito de la Especialidad de Investigación Criminal cuenta con una Unidad Didáctica de la misma denominación, con una duración de 64 horas académicas y 3 créditos. En 2020, 404 estudiantes de la Escuela de Oficiales los cursaron (350 hombres y 54 mujeres). Para 2021, se desarrolló el taller “Abordaje a víctimas de violencia familiar y sexual”, incorporado a las mallas curriculares de las Escuelas de Sub Oficiales y Escuela de Oficiales de la PNP con 64 horas académicas.

En 2019, la PNP desarrolló el curso de instructoras policiales en Derechos de la Mujer. Se brindaron capacitaciones a más de 160 de dependencias policiales de la Dirección de Canales de Atención y Denuncias.

Entre 2018-2020, la Escuela del MP-FN realizó actividades de capacitación. Asimismo, la DGDPAJ ejecutó actividades académicas, de la misma forma que AURORA (Anexo 11).

V.Medidas para la protección de las mujeres

Mediante DS 008-2019-MIMP, se aprobó la PNIG, primer instrumento de política nacional y multisectorial de IG. Para su implementación, se aprobó el PEMIG, mediante DS 002-2020-MIMP. Al 2030 se espera reducir al 2,4 % el porcentaje de mujeres víctimas de violencia, incrementar al 84,90 % el porcentaje de mujeres que utilizan métodos anticonceptivos y lograr el 92,25 % de empoderamiento económico de las mujeres.

Al 2021 se crearon mecanismos para la IG en 18 sectores, 25 gobiernos regionales y 10 gobiernos locales. Se reporta que 10 ministerios cuentan con mecanismos en todos sus órganos adscritos, representando 53 % del total de los ministerios.

Respecto al PNDH, en 2018 se cumplieron 8 de los 13 compromisos sobre derechos de las mujeres; mientras que para 2019, se logró 4 de 10 compromisos. Estos compromisos están a cargo del MINJUSDH, MIMP, MTPE, MINSA, JNE y la ONPE (Anexo 12).

VI.Acciones adoptadas frente a la identificación de estereotipos

A.Medidas para la concientización sobre la IG

En 2018, MIMP diseñó la Encuesta de Estereotipos de género para identificar las percepciones de género que predominan en el personal de entidades públicas y sus principales manifestaciones en el ámbito laboral. En 2019, 30 entidades del gobierno nacional aplicaron la encuesta de estereotipos.

Entre 2018-2020, MIMP con MINEDU, trabajaron la promoción del buen trato y prevención de la violencia, embarazo adolescente y trata de personas con énfasis en explotación sexual de NNA (Anexo 13). Asimismo, en 2018, MIMP elaboró dos programas de capacitación sobre DDHH y no discriminación contra las personas LGBTI, dirigido a sectores del Estado y sociedad civil, en cumplimiento del PNDH.

Entre 2019-2020, MIMP realizó la campaña “Quiere sin violencia marca la diferencia” dirigidas a adolescentes y jóvenes de colegios y universidades.En dicho periodo, se ejecutó el Programa “Fortalecimiento a la gestión de la UGEL”. (Anexo 14).

Se implementó el proyecto “Empoderamiento Económico en favor de las adolescentes”, iniciado en setiembre 2020, para reducir la tolerancia social frente a la violencia de género y la violencia sexual.

B.Medidas adoptadas para luchar contra actitudes y comportamientos sexistas en medios de comunicación

El Consejo Consultivo de Radio y Televisión (CONCORTV), realizó en 2018 y 2019 estudios sobre violencia contra la mujer y su tratamiento en medios de comunicación (Anexo 15). Además, elaboró material informativo relacionado con la violencia y discriminación, la responsabilidad social de los medios frente a la violencia de género y la Plataforma Beijing +25. En 2018, realizó 3 talleres sobre violencia de género en los medios de comunicación, participaron 296 asistentes, entre titulares de radio y televisión, comunicadores, periodistas, educadores y estudiantes de comunicaciones. En 2019, realizó 2 talleres sobre el tema, con la participación de 102 asistentes.

En 2020, MIMP y la asociación CALANDRIA capacitaron a 253 periodistas y/o comunicadores de 12 regiones sobre el “Tratamiento Informativo de la Violencia contra la Mujer”.

VII.Violencia de género contra la mujer

A.Información acerca del PNCVG

El PNCVG logró en su eje de prevención los siguientes avances: i) Implementación del Observatorio Nacional de VCMIGF; ii) aprobación del Reglamento de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, con RM 172-2018-MIMP; iii) 22 empresas reconocidas y 8 menciones honrosas por el Sello Empresa Segura Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer edición 2017; iv) aprobación del Reglamento de la Ley 29742, Ley para la Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, aprobado con DS 014-2019-MIMP; v) creación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la VCMIGF, mediante DL 1368; vi) actualización del “Protocolo Interinstitucional de Acción frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo” con DS 004-2018-MIMP; vii) eliminación de efectos de confesión sincera y de terminación anticipada en delitos de feminicidio y contra la libertad sexual con DL 1382; viii) sanción efectiva de actos de acoso mediante DL 1410; y, ix)aprobación de Protocolos de actuación conjunta entre los CEM con Comisarías, y EESS sobre VCMIGF mediante los DS 006-2018-MIMP y 008-2019-SA.

En el eje de atención y protección a las víctimas, el MP-FN aprobó la Estrategia 360° para la detección y protección de mujeres en riesgo y seguimiento de investigaciones de feminicidio, mediante Resolución Fiscal 2382-2019-MPFN.

B.Medidas para hacer frente a las causas fundamentales de la violencia de género

El Observatorio Nacional de Política Criminal del MINJUSDH publicó un diagnóstico de las conductas criminales en agravio de mujeres y también desarrolló investigaciones sobre agresiones sexuales y feminicidio (Anexo 16).

Desde 2018 hasta 2020, MIMP implementó la estrategia el “Empoderamiento socio económico de las mujeres víctimas de violencia o en riesgo de serlo” en el marco del Programa Presupuestal “Lucha contra la violencia familiar”, se logró que 1.910 mujeres se informen sobre la intervención, 520 mujeres culminarán su proceso de capacitación y 94 mujeres fueran colocadas en diversos puestos de trabajo.

Asimismo, como parte de del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PpoR), el producto 13A implementó un proyecto para que las mujeres de 14 a 24 años desarrollen habilidades personales (autonomía física, sexual y reproductiva, autonomía en la toma de sus decisiones) y vocacionales relacionadas con actividades generadoras de ingresos.

C.Gestión de la información

En 2018, SIDPOL registró 7.688 denuncias por violencia contra NNA, de los cuales 4.447 correspondieron al sexo femenino y 3.241 al masculino. Por el tipo de violencia, se registraron denuncias por violencia económica o patrimonial (119), física (1.557), física y psicológica (3.637), psicológica (2.349) y sexual (26).

A julio 2019, registró 11.795 denuncias por violencia contra NNA, de los cuales 6,019 correspondieron al sexo femenino y 5.776 al masculino. Por el tipo de violencia, se registraron denuncias por violencia económica o patrimonial (220 casos), física (1.650 casos), física y psicológica (5.336 casos), psicológica (4.516 casos) y sexual (73 casos).

En 2020, registró 246.709 denuncias por casos de violencia de la Ley 30364. Los tipos de violencia denunciados fueron: económica o patrimonial (8.359), física (120.663), psicológica (117.089) y sexual (598). De acuerdo a quien interpuso la denuncia, 44.142 son de sexo femenino, 19.949 de sexo masculino y 59 sin datos.

Entre enero a setiembre 2021, registró 191.173 denuncias por casos de la Ley 30364. Los tipos de violencia denunciados fueron: económica o patrimonial (7.259), física (93.607), psicológica (148.789) y sexual (1.045).

D.Marco legislativo sobre violencia

La Ley 30819 modificó el artículo 108-B del Código Penal, sobre feminicidio, agregándose la agravante de actuación de “estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.25 gramos-litro, o bajo efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas”.

Mediante DL 1368 se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e IGF (SNEJ), integrado por el PJ, MP, PNP, MINJUSDH y MIMP. El SNEJ cuenta con un Cronograma de Implementación aprobado por DS 003-2019-MIMP.

En relación con el SNEJ se aprobó la Estrategia Nacional de Implementación del SNEJ 2021-2026, mediante DS 011-2021-MIMP; las Metas de implementación y el mecanismo de seguimiento de las acciones financiadas para la continuidad e implementación progresiva del SNEJ en el marco del PpoR, mediante el DS 003-2021-MIMP, y el Reglamento de la Ley 30926, Ley que Fortalece la Interoperabilidad en el SNEJ, mediante el DS 145-2021-PCM.

Respecto a la recepción de denuncias, la Ley 30364 y su Reglamento establecen que las denuncias por VCMIGF pueden ser verbales o escritas ante la PNP, PJ y MP. En 2021 se aprobó la Ley 31156, la cual, habilitó el uso de canales tecnológicos para denunciar hechos de violencia. Mediante DS 016-2021-MIMP, se habilitó como canal electrónico para recibir las denuncias a la Plataforma Digital Única de Denuncias de VCMIGF. En esta última norma también se aprobó el “Protocolo Interinstitucional de Atención de Denuncias Digitales sobre casos de violencia contra las mujeres e IGF”.

MIMP emitió el DS 022-2021-MIMP, que aprueba la Estrategia Nacional de Prevención de la Violencia de Género contra las Mujeres. Además, emitió la RM 058-2021-MIMP, que aprueba los “Lineamientos estratégicos para la prevención de la violencia de género contra las mujeres”, y establecen pautas estratégicas para orientar la intervención intersectorial articulada y multinivel en materia de prevención de la violencia de género.

E.Refugios para mujeres que sufren violencia de género

Se registra 39 HRT a nivel nacional, donde también se atienden a mujeres con discapacidad. En tales casos, los CEM coordinan con los Centros Comunitarios de Salud Mental del MINSA para que estas accedan a los Hogares Protegidos (Anexo 17).

F.Atención para las mujeres que sufren cualquier forma de violencia

En 2020, se aprobó el DU 005-2020, que establece una asistencia económica para contribuir a la protección social y el desarrollo integral de las víctimas indirectas de feminicidio.

Mediante DS 017-2021-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley 31153, se regula la incorporación de las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia familiar, a través del cumplimiento de la cuota de inclusión preferente, en los programas para la promoción o generación de empleo o que realizan actividades de capacitación para el trabajo.

VIII.Trata de personas

A.Medidas adoptadas para concientizar sobre la trata de personas

Entre 2018-2021, MININTER desarrolló anualmente la campaña “Corazón Azul” sobre lucha contra la trata de personas. Además, realizó las campañas informativas “Tu denuncia es mi voz” (2018), “El enemigo puede estar en casa” (2020) y “La Trata No Es Un Juego” (2021).

MINJUSDH, durante 2018-2019, desarrolló la Estrategia de Prevención “Yo le pongo Cero a la Trata”, dirigida a autoridades escolares de 10 instituciones educativas de 08 regiones del país. Participaron 5247 escolares de educación secundaria.

En 2020, MIMP elaboró la Estrategia Comunicacional “Conéctate Sin Riesgos”, para informar y brindar recomendaciones a las NNA de los riesgos del entorno virtual.

Bajo el DS 009-2019-MIMP, que aprueba la “Guía de elaboración del plan de reintegración individual para personas afectadas por el delito de trata de persona”, MIMP capacitó a 510 integrantes del PJ, así como del Sistema de protección, atención y reintegración de víctimas de trata, entre 2019 a septiembre 2020. Además, capacitó a policías de Lima Este en “Explotación sexual de NNA en línea” en coordinación con la organización CARE Perú y con el apoyo del Departamento de Ciberprotección Infantil de la PNP. Asimismo, 154 personas de establecimientos de salud de Lima e Iquitos fortalecieron sus conocimientos en la detección de la explotación sexual de NNA.

B.Implementación de medidas de alerta temprana, búsqueda e identificación para casos de mujeres, incluidas adolescentes, presuntamente desaparecidas

En 2018, se aprobó el DL 1428, que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad. En 2019, el DS 003-2019-IN aprobó su Reglamento, incorporando la alerta de emergencia para NNA, así como mujeres víctimas de violencia de alto riesgo.

En 2019, mediante Resolución de la Comandancia General PNP 379-2019-COMGEN/EMG-PNP se aprobó la Directiva “Normas y Procedimientos Policiales en la desaparición de personas y grupos en situación de vulnerabilidad (NNA, adultos mayores y PCD mental, física o sensorial)” para optimizar la actuación de la PNP en su búsqueda, localización y protección.

En 2020, RENIPED registró 18.841 denuncias por desaparición, de las cuales, 11.818 (63 %) correspondieron a mujeres y 7.023 (37 %) a varones. Entre enero y octubre 2021, registró 16.661 denuncias, de las cuales 10.792 (65 %) corresponden a mujeres y 5.869 (35 %), a varones.

En 2020, el DS 002-2020-IN aprobó el “Protocolo interinstitucional de atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición” contemplando la activación de la alerta de emergencia en desaparición de NNA y mujeres víctimas de violencia de alto riesgo. El 15.10.2020, MININTER presentó el Sistema de Búsqueda de Personas Desaparecidas integrado por: Línea 114, portal web de personas desaparecidas, Sistema informático para la activación de alertas de emergencia y Registro Nacional de Personas Desaparecidas (RENIPED).

Entre julio y agosto 2020, MIMP realizó un taller de capacitación a operadores de servicios de protección sobre casos de desaparición de NNA. En noviembre 2020, ejecutó 6 talleres web “Activación de la Alerta de Emergencia para NNA y Mujeres Desaparecidas en Situación de Violencia”.

MIMP elaboró la cartilla “Ruta para la atención de casos de desaparición de NNA” y elaboró el spot “Si apareces avísanos”, sobre NNA desaparecidos, para la promoción de la denuncia oportuna y sensibilización de la ciudadanía.

En 2021, MININTER implementó mejoras al portal web de personas desaparecidas. A la fecha, se encuentra publicada información sobre personas ubicadas en 2021, con desagregaciones por edad, género y condición de la ubicación. Asimismo, se publicó material informativo.

C.Datos desglosados relativas al número de víctimas y supervivientes de la trata de personas

En 2018, MININTER registró 734 casos de trata de personas, 79 de hombres y 655 de mujeres. Respecto a víctimas de sexo masculino por grupo etario, se registraron 5 menores de 11 años, 1 de 12 a 17 años, 27 de 18 a 29 años, 30 entre 30 a 59 años y 16 de 60 a más años. Sobre las víctimas de sexo femenino por grupo etario, se registraron 5 menores de 11 años, 37 de 12 a 17 años, 171 de 18 a 29 años, 370 de 30 a 59 años y 72 de 60 a más años.

En 2019, se registró 509 casos de trata de personas, 67 de hombres y 442 de mujeres. Respecto a víctimas de sexo masculino por grupo etario, se registraron 2 menores de 11 años, 6 de 12 a 17 años, 29 de 18 a 29 años, 26 de 30 a 59 años y 4 de 60 a más años. Respecto a las víctimas de sexo femenino por grupo etario, se registraron 5 menores de 11 años, 10 de 12 a 17 años, 150 de 18 a 29 años, 250 de 30 a 59 años y 27 de 60 a más años.

En 2020, se registró 372 casos de trata de personas, 50 de hombres y 320 de mujeres. Respecto a víctimas de sexo masculino por grupo etario, se registraron 07 menores de 11 años, 19 de 12 a 17 años, 18 de 18 a 29 años, 8 de 30 a 59 años y 1 de 60 a más años. Sobre las víctimas de sexo femenino por grupo etario, se registraron 8 menores de 11 años, 111 en el rango de 12 a 17 años, 172 de 18 a 29 años, 27 de 30 a 59 años y 02 de 60 a más años.

Respecto a la finalidad de explotación en denuncias, al 2018 se registró que en 504 casos la finalidad de la trata de personas era explotación sexual; en 140, explotación laboral, en 6, mendicidad; en 9, trabajo forzoso; en 8, venta de NNA; en 3, tráfico de órganos y tejido humano y en 64 casos no se identificó la finalidad.

En 2019, se registraron 335 casos de trata cuya finalidad era la explotación sexual; en 116, explotación laboral; en 5, mendicidad; en 5, trabajo forzoso; en 3, venta de NNA y en 45 casos no se identificó la finalidad.

En 2020, se registraron 223 casos cuya finalidad era la explotación sexual, 62 de explotación laboral, 20 de mendicidad, 02 de trabajo forzoso, 04 de venta de NNA, 01 por tráfico de órganos y tejidos humanos y en 60 casos no se identificó la finalidad. En 2021, entre enero a junio, se registraron 148 casos cuya finalidad fue la explotación sexual, 78 de explotación laboral, 21 de mendicidad, 06 de trabajo y servicios forzados, 03 de venta de NNA y en 21 casos no se identificó la finalidad.

AURORA, desde los registros administrativos de los CEM, a nivel nacional reportó la atención de casos de trata con fines de explotación sexual. En 2018, se reportó 59 casos, de los cuales, 58 eran mujeres y 1, varón. Respecto a la edad de víctimas, 42 casos eran de 0 a 17 años, 17 de 18 a 59 años y ninguna de 60 años a más. En dicho año además de víctimas peruanas, se registraron 4 venezolanas y 1 ecuatoriana.

En 2019, se reportaron 73 víctimas mujeres. Según la edad, 53 tenían entre 0 a 17 años, 20 entre 18 a 59 y ninguna de 60 años a más. En dicho año además de víctimas peruanas, se registraron 1 víctima ecuatoriana, 1 paraguaya y 3 venezolanas.

En 2020, se reportaron 320 víctimas mujeres, 08 menores de 11 años, 111 de 12 a 17 años, 172 de 18 a 29 años, 27 de 30 a 59 años y 02 de 60 a más años. En 2021, en el periodo enero a junio, se reportaron 227 víctimas mujeres, 11 menores de 11 años, 13 de 12 a 17 años, 58 de 18 a 29 años, 15 de 30 a 59 años y 0 de 60 a más años.

En 2020, se atendieron 23 casos de trata con fines de explotación sexual, en NNA. Además, la Línea 100 atendió 49 consultas sobre trata con fines de explotación sexual en víctimas de 0 a 17 años.

IX.Participación en la vida pública y política

A.Participación equitativa

La Ley 30996 modificó la Ley Orgánica de Elecciones respecto al Sistema Electoral Nacional y estableció que en la postulación a las elecciones internas o primarias como en la lista resultante de estas, haya una participación de por lo menos un 40 % de mujeres o de hombres, de manera intercalada. Asimismo, se dispuso que en las listas de candidatos generales al Congreso de la República (CR) los partidos políticos inscriban de forma intercalada la candidatura de un hombre y una mujer.

Dicha norma fue reformada con la Ley 31030, por la que se modifican normas de la legislación electoral para garantizar paridad y alternancia de género en las listas de candidatos, que reguló de manera paritaria las listas a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, y las listas de candidatos al CR y al Parlamento Andino, estableciendo que sean ordenadas intercaladamente entre hombres y mujeres. Asimismo, en las listas de candidatos para cargos de dirección del partido político, como para los candidatos a cargos de elección popular, el número de mujeres u hombres no sea inferior al cincuenta por ciento (50 %) del total de candidatos.

En aplicación de las nuevas normas, para las Elecciones Generales y Parlamento Andino 2021, se inscribieron 1.295 candidatas al CR de un total de 2.572 candidatos, lo cual representa el 50,3 % del total de postulantes. Como resultado, 49 mujeres juramentaron como congresistas del actual Parlamento, en funciones desde julio 2021 hasta 2026, juramentando 1 congresista más en noviembre 2021.

B.Representación equitativa

Desde 2018, MIMP desarrolla “Encuentros de Alcaldesas del Bicentenario”, para fortalecer capacidades de alcaldesas provinciales y distritales hacia una gestión pública que garantice la igualdad de género.

En 2018, 64 alcaldesas fueron capacitadas en gestión local; políticas de igualdad de género; prevención, sanción y erradicación de la VCMIGF; y articulación y fortalecimiento para la gestión pública local. En 2019, 74 alcaldesas fueron capacitadas para la implementación de la PNIG; paridad y alternancia, presupuesto y género; y acoso político. En 2020, 44 alcaldesas provinciales y distritales fueron fortalecidas para una gestión local que garantice la igualdad de las mujeres; y recuperación de sus medios de vida en el contexto de pandemia.

Entre 2018-2021, el JNE realizó cursos y talleres para fortalecer las capacidades y formación política de mujeres lideresas, candidatas políticas y congresistas. Asimismo, la organizó Escuelas de Formación Política para personas LGTBI y líderes(as) indígenas.

C.Acceso a cargos electivos

En 2019, se aprobó la Ley 30982, que modifica la Ley General de Comunidades Campesinas para fortalecer el rol de la mujer en las comunidades campesinas, estableciendo una cuota de participación del 30 % de mujeres u hombres en la conformación de directivas comunales.

Entre 2020-2021, el JNE desde su “Grupo de Trabajo para el Fortalecimiento de la Participación Política Indígena” y la “Mesa para la participación política con organizaciones afroperuanas” realizaron campañas para la participación políticas de estos grupos. En 2021, realizó el Foro Mujeres Indígenas en la Agenda Legislativa 2021.

D.Sobre las medidas legislativas adoptadas contra el acoso político

En 2018, MIMP aprobó la Resolución de Dirección Ejecutiva 51-2018-MIMP/PNCVFS-DE de “Lineamientos para la atención de mujeres políticas afectadas por hechos de acoso político en los CEM”.

En 2021, se aprobó la Ley 31155, que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política.

X.Defensoras de derechos humanos

En 2019, MINJUSDH aprobó el “Protocolo para garantizar la protección de PDDH”, para establecer acciones, procedimientos y medidas de articulación que generen un ambiente adecuado para que las PDDH desempeñen sus actividades de promoción, protección y defensa.

Durante la vigencia del Protocolo, se ha recibido un total de 31 solicitudes de activación. Asimismo, se registra que, de las 23 solicitudes admitidas, en 16 de ellas, se emitieron las alertas tempranas ante las entidades del Estado correspondientes, y en 6 de ellas se emitió la alerta temprana frente a ataques o amenazas contra mujeres defensoras de derechos humanos, igualdad de género, ambiental, contra la corrupción y personas en situación de movilidad.

En 2020, la DP aprobó los “Lineamientos de Intervención Defensorial frente a casos de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos”. En este instrumento, se incorporó enfoques diferenciales de género, reconociendo las situaciones de violencia diferenciadas que enfrentan las Mujeres Defensoras. Desde 2019 hasta noviembre 2021, la DP ha atendido 15 casos de ataques a personas defensoras. De estos, 2 involucran a defensores de derechos sexuales y reproductivos, 1 comprende la defensa de la libertad de expresión y la equidad de género, 1 refiere a los derechos de las mujeres y 1 involucra la defensa de la equidad de género.

En 2021, se aprobó el DS 004-2021-JUS, que crea el “Mecanismo intersectorial para la protección de las PDDH”, constituido por principios, medidas y procedimientos que buscan garantizar la prevención, protección y acceso a la justicia de las PDDH frente a las situaciones de riesgo que enfrenten, contando para su implementación, con la participación del MINJUSDH, MININTER, MINAM, MINCUL, MINEM, MIDAGRI, MIMP y RREE.

XI.Nacionalidad

Entre 2017-2019, RENIEC otorgó gratuidad en la tramitación de los procedimientos en el Registro Único de Identificación de la Personas Naturales y expedición del DNI en casos de NNA albergados en Centros de Atención Residencial; para menores y mayores de edad, cuya modalidad de inscripción haya sido gestionada en campañas de documentación de distritos priorizados y otros supuestos identificados.

En 2020, durante el EE, adoptó la Resolución Jefatural 000048-2020/JNAC/RENIEC, que garantiza la gratuidad para la obtención del Certificado de Inscripción por pérdida del DNI y a beneficiarios/as de los subsidios. Además, aprobó la Resolución Jefatural 043-2020/JNAC/RENIEC, que autoriza la prórroga excepcional de la vigencia del DNI, amplía el plazo de inscripción para recién nacidos y considera que los certificados de nacido vivo y defunción tienen también la condición de documento público, durante el periodo excepcional previsto en el D.S. Nº 044-2020-PCM.

En 2021, con la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y la Resolución Directoral 0002-2021-EF/50, se aprobaron acciones, metas y medios de verificación que debe cumplir RENIEC en el marco del Programa Presupuestal 079: “Acceso de la Población a la Identidad”, entre ellos, la actualización mediante captura en vivo y semiautomático del DNI de madres adolescentes. Asimismo, emitió la Resolución Jefatural 00015-2021/JNAC/RENIEC para otorgar gratuitamente el DNI a 4,500 madres adolescentes nacidas en 2001, 2002 y 2003 y posteriormente lo amplió a madres adolescentes nacidas en 2004.

XII.Educación

En 2019, la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema declaró infundada la demanda de acción popular interpuesta contra el Currículo Nacional, aprobado por RM 281-2016-MINEDU, y que incorpora el enfoque de género.

En 2020, mediante DS 009-2020-MINEDU, se aprobó la actualización del Proyecto Educativo Nacional al 2036-PEN. En su propósito de Bienestar socioemocional, el PEN señala que este ámbito del desarrollo de las personas demanda atender de modo informado y respetuoso los aspectos propios de una educación sexual integral (ESI).

En 2021, MINEDU aprobó los “Lineamientos de ESI para la Educación Básica”, mediante Resolución Viceministerial 169-2021-MINEDU.

XIII.Empleo

A.Formalización laboral

Durante el EE Nacional, MTPE emitió el DU 127-2020 para promover la recuperación del empleo formal, entregando montos dinerarios a los empleadores elegibles del sector privado, que cumplan con ciertos requisitos y condiciones, para incentivar la contratación laboral y la preservación de puestos de trabajo en el país, en los que también están comprendidas las mujeres.

B.Acciones de capacitación

En 2018, MTPE realizó los Seminarios Nacionales sobre “Igualdad Remunerativa”, “Problemática de Desigualdad Salarial entre Hombres y Mujeres”, “Acoso Laboral y Discriminación en el Trabajo” y, publicó los Boletines Informativos “Trabajo Decente” y “Ajustes Razonables para PCD”, además elaboró material de difusión sobre “Discriminación en Ofertas de Empleo”.

En 2019, realizó los Seminarios “Derechos Laborales de las Mujeres Trabajadoras” y de “Actualización Normativa sobre Hostigamiento Sexual en el Trabajo”. Además, publicó los Boletines Informativos “Igualdad Remunerativa”, “Trabajadores del Hogar”, “Igualdad de Oportunidades por Razón de Género” y materiales de difusión.

En 2020, realizó la Campaña Nacional sobre “Hostigamiento Sexual en el Trabajo”, el seminario virtual sobre “Aspectos generales de los derechos laborales de las PCD” y publicó el Boletín sobre “Hostigamiento Sexual en el ámbito laboral”.

C.Igualdad de remuneración

En 2018, mediante DS 002-2018-TR, se adoptó el Reglamento de la Ley 30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres. Asimismo, se emitió el DS 005-2018-TR, que desarrolla las acciones que debe adoptar el MTPE en el marco de las disposiciones de la Ley 30709 y su Reglamento. Además, mediante la RM 243-2018-TR, se aprobó la “Guía que contiene las pautas referenciales que pueden ser utilizadas por la organización empleadora para evaluar puestos de trabajo y definir el cuadro de categorías y funciones”.

En 2019, mediante RM 145-2019-TR se aprobó la “Guía Metodológica para la Valoración Objetiva, sin Discriminación de Género, de Puestos de Trabajo y Elaboración de Cuadros de Categorías y Funciones”.

En 2020, MTPE capacitó a los responsables de recursos humanos de las empresas sobre la evaluación de puestos de trabajo y el cumplimiento de la normativa de igualdad salarial. En 2020, brindó asistencia técnica en la materia, tomando especial consideración al contexto de mayor vulnerabilidad generado por la COVID-19.

D.Protección social de las mujeres en la economía informal

En 2020 se publicó la Ley 31051, Ley que amplía las medidas de protección laboral para mujeres gestantes y madres lactantes en casos de EE sanitaria. Dicha norma modifica el artículo 1 de la Ley 28048, Ley de Protección a favor de la Mujer Gestante que Realiza Labores que Pongan en Riesgo su Salud y/o el Desarrollo Normal del Embrión y el Feto, que reconoce de forma obligatoria el trabajo remoto para el cumplimiento de las actividades laborales de las trabajadoras mujeres gestantes y madres lactantes cuya integridad o la de su menor hijo/a son puestas en riesgo por COVID-19.

Para el sector agrícola, en 2020 se publicó la Ley 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el Sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial, que reconoce la necesidad de condiciones especiales para las trabajadoras mujeres y menores de edad. Asimismo, establece que el Poder Ejecutivo modifica el Reglamento de la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, para incorporar como infracción en materia de relaciones laborales el no cumplir con las condiciones de trabajo especiales para las trabajadoras mujeres y los NNA.

E.Conciliación de las responsabilidades familiares y laborales

En 2019, la RM 073-2019-TR creó la “Mesa de Trabajo Tripartita que contribuye a promover y fortalecer la participación de las mujeres y la vigencia de sus derechos en el ámbito sociolaboral”.

En 2020, se aprobó el DL 1499, que establece medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos socio laborales de los/as trabajadores/as durante el EE. En agosto 2020, durante la semana de la lactancia materna, MTPE impulsó actividades de capacitación y difusión en redes sociales.

En 2021, con el DS 023-2021-MIMP, se aprobó el Reglamento de la Ley 29896, Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna.

XIV.Salud

MINSA contribuye con el acceso igualitario a los servicios de salud de mujeres, niñas adolescentes y adultas mayores; y, la mejora de la salud integral en el curso de vida; mediante estrategias sociales, con participación de los gobiernos locales, los actores sociales, agentes comunitarios de salud.

Además, ha implementado: Campañas de salud para la vacunación contra el papiloma, en niñas de 9 a 13 años, a nivel de los EESS del primer nivel de atención, a nivel de las 35 Regiones y en EESS del primer nivel de atención; “Casa Materna”, para promover el parto institucional, el acceso de las gestantes de zonas geográficas distantes, a los servicios de salud que garanticen la seguridad bienestar de ella y el niño o la niña que está por nacer; Programa de Incentivos Municipales “Acciones de los Municipios para promover la adecuada alimentación, prevención y reducción de la anemia”, dirigido a las madres y niños y niñas menores de 36 meses, para el seguimiento a suplementación, mediante visitas domiciliarias por el actor social en 873 Municipios priorizados a nivel nacional. En 2019 tuvo como resultados la participación de 20.030 actores sociales y visitas domiciliarias realizadas por actor social, alcanzando a 147,452 niños y niñas de 4 a 5 meses, 79.145 niños y niñas de 6 a 11 meses.

Asimismo, se emitieron diversas medidas para garantizar el servicio de salud sexual y reproductiva en el contexto de pandemia: i) RM 217/2020/MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria para garantizar la salud de las gestantes y la continuidad de la atención en planificación familiar ante la infección por COVID-19; ii) RM 249-2020/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria para el monitoreo de la morbilidad materna extrema en los establecimientos de salud; iii) RM 649-2020/MINSA, que aprueba la NTS 164-MINSA/2020/DGIESP, para el Cuidado Integral a Mujeres e integrante del Grupo Familiar afectado por violencia sexual; iv) RM 450-2021/MINSA, que aprueba la para la atención en los Servicios de Salud Sexual y Reproductiva durante la pandemia por la COVID-19, que establece actividades de los servicios de salud y fuera de los mismos sobre la provisión de métodos anticonceptivos v) RM 653-2021/MINSA, que aprueba la NTS 174-MINSA/2021/CDC, para la vigilancia epidemiológica de la morbilidad materna extrema.

XV.Mujeres del medio rural

En 2019, se emitió la Ley 30982, que modifica la Ley 24656, Ley general de comunidades campesinas, para fortalecer el rol de la mujer en las comunidades campesinas. La Ley dispuso que la directiva comunal debe incluir no menos del 30 % de mujeres o de varones en su conformación. Además, promueve la cuota de género para garantizar el derecho de participación de las mujeres campesinas en espacios de toma de decisión a nivel comunal y el derecho a ser elegidas en la directiva.

MIMP organizó la Campaña “Mujeres Rurales, Mujeres Con Derechos”, con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, MINAM y MIDAGRI; a fin de constituir un espacio de incidencia para la promoción y garantía de los derechos de las mujeres rurales, con un alcance de 65 mil personas.

MINAM realizó el “Encuentro de Mujeres amazónicas y andinas y su participación en la aplicación del Protocolo de Nagoya sobre conocimientos tradicionales y el acceso y la participación en los beneficios (ABS)”.

En 2020, MINAM realizó la actividad el “ABC del ABS”, dirigida a niñas, niños y jóvenes, y madres integrantes de la organización FENMUCARINAP para interrelacionar la cosmovisión indígena y la biodiversidad. Asimismo, se realizó el taller sobre normativa nacional de acceso a los recursos genéticos con la participación de mujeres indígenas de 14 regiones del país.

En 2021, mediante RM 0080-2021-MIDAGRI se aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDAGRI, que creó la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria, encargada de promover la participación de la mujer en el desarrollo de la agricultura familiar.

XVI.Grupos de mujeres

A.Mujeres indígenas y mujeres afrodescendientes

Educación, salud y empleo

Según el Censo Nacional de Población y Vivienda del 2017 (CPV-2017), las mujeres afroperuanas acceden en menor porcentaje (23,9 %) al nivel educativo superior que el promedio nacional de mujeres (33,9 %). Asimismo, precisa que la mayor cantidad de mujeres afroperuanas (32,6 %) se ubican en trabajos de servicios y/o son vendedoras en comercios y/o mercados, frente al promedio de hombres afroperuanos (12,2 %), ubicándose en trabajos con mayor situación de vulnerabilidad y estabilidad laboral. Sumado a esto, la mayor cantidad de mujeres afroperuanas ejerce ocupaciones elementales (29,9 %) frente al promedio de hombres afroperuanos (26,0 %).

El acceso a un seguro de salud alcanza a 603.486 personas afroperuanas, equivalente al 72,8 % de este grupo poblacional. Por sexo, la cobertura en cifras absolutas es mayor entre los hombres (310.596 personas) que disponen de algún seguro (69,1 %); sin embargo, la cobertura en cifras relativas es mayor entre las mujeres, con 77,1 % de ellas que disponen de algún seguro (292.890 afroperuanas).

Según el CPV-2017, 5.771.885 personas se autoidentifican como población IO de los Andes y 212.823 como parte de los PPII u originarios de la Amazonía. De dicho total, 2.970.473 son mujeres (51,5 %) de los Andes, mientras que 107.640 son mujeres de la Amazonía.

La tenencia de algún seguro de salud ha logrado beneficiar a 4.135.383 personas autoidentificadas IO de los Andes que equivale al 71,6 % de este grupo poblacional. Del total, 2.218.693 mujeres (74,7 %) afirmaron contar con seguro. En las poblaciones de la Amazonía, el acceso a algún seguro de salud alcanza a 170.351 personas (80,0 %), presentándose una mayor cobertura en las mujeres con 88.131 que disponen de algún seguro (81,9 %).

En relación con el nivel educativo, 1.270.695 personas de una comunidad de los Andes cuentan con nivel primario y 2.203.472, con nivel secundario, de los cuales 714.193 son mujeres con nivel primario y 980.869 mujeres, con educación secundaria. En las comunidades de la Amazonía, 66.899 personas cuentan con nivel primario y 70.009 con secundaria. De dicho total, 36.025 son mujeres con primaria y 30.703, con secundaria.

Consulta previa, libre e informada

El Reglamento de la Ley de Consulta Previa señala que la participación de las mujeres, en particular en funciones de representación, se realizará respetando los usos y tradiciones de los PPII. Asimismo, establece que el Plan de Consulta (PC) debe contener las medidas que facilitan la participación de las mujeres indígenas en el proceso. Además, señala que el proceso de consulta se realiza con enfoque de género.

A la fecha se han implementado 58 procesos de consulta, correspondiendo 24 al periodo 2018-2021; donde participaron 6.554 miembros de PPII u originarios, siendo 2.523 mujeres y 4,031 hombres. Asimismo, de los 24 procesos, 17 culminaron en etapa de diálogo, con la participación de 148 mujeres y 455 hombres de PPII u originarios.

En estos procesos, MINCU brindó asistencia técnica a 6.984 miembros de PPII, siendo 2.578 mujeres y 4.020 hombres.

A julio 2020, MINCU identificó que 45 Planes de Consulta incorporaron el enfoque de género en la realización de los procesos, representando un 89 % del total. En 6 procesos, los PC establecieron un número determinado o porcentajes de participación de mujeres indígenas como representantes acreditadas para el diálogo. En 18 PC se estableció de manera general la participación de las mujeres indígenas en el desarrollo del proceso, mientras que 3 contienen medidas específicas para promover la participación de mujeres indígenas. En 6 PC se recomendó que las mujeres indígenas sean representantes acreditadas para la etapa de diálogo.

En los procesos de consulta previa, MINCU realizó talleres dirigidos a mujeres indígenas. Dichas actividades consideraron espacios y personal para el cuidado de NNA. Además, a julio 2020, se contó con la participación de 103 intérpretes en los procesos de consulta.

B.Mujeres y niñas con discapacidad

Medidas para promover la inclusión y combatir la discriminación

En 2018, se emitió el DL 1384, que reconoce y regula la capacidad jurídica de las PCD en igualdad de condiciones. Dicha norma se reglamentó con el DS 016-2019-MIMP, que regula el otorgamiento de ajustes razonables, designación de apoyos e implementación de salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las PCD.

En 2021, mediante DS 005-2021-MIMP, se modificó el Reglamento de la Ley 29973, Ley General de la PCD, para precisar las atribuciones y funciones del ente rector del Sistema Nacional para la Integración de la PCD.

Asimismo, MIMP aprobó la “Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030”, con el DS 007-2021-MIMP.

Instalaciones accesibles

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 29973, Ley General de la PCD, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento promueve y regula el acceso preferente de la PCD a los programas públicos de vivienda a su cargo, otorgándole una bonificación. Estos programas contemplan la construcción de viviendas accesibles para la PCD.

En esa línea, la “Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030” establece el Objetivo Prioritario “Asegurar condiciones de accesibilidad en el entorno para las PCD”, para generar condiciones de accesibilidad en el entorno urbano y las edificaciones y fortalecer la estrategia de planificación y respuesta para emergencias y desastres que atiendan las necesidades de las PCD.

C.Mujeres migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo

Respecto a la repatriación de mujeres y niñas, MRE desde su Programa de Asistencia Legal-Humanitaria y Servicios Consulares y mediante la proporción de ayuda económica da cumplimiento al DS 063-2016-RE, “Reglamento que regula y establece límites en el otorgamiento de subvenciones económicas a los nacionales en el exterior que se encuentren en condición de indigencia o de necesidad extrema”. Para garantizar la atención y seguridad de mujeres y niñas repatriadas, los casos son puestos en conocimiento del MIMP. Entre 2019-2020, el MRE atendió 148 casos.

Respecto a casos de solicitantes de refugio, en 2020 se recibieron 52.560 solicitudes, siendo la gran mayoría de solicitantes de entre 18-59 años. Con relación a aquellos mayores de 60 años, se registraron 288 solicitantes de refugio hombres y 458 mujeres. Asimismo, se identificaron 2.620 niños y 2.557 niñas entre 0-11 años. Entre 2017 y abril 2021, el porcentaje promedio de hombres es de 53 % y un 47 % son mujeres.

D.Mujeres privadas de libertad

A marzo 2021, el INPE administra 24 establecimientos penitenciarios para varones, 13 para mujeres y 30 mixtos. La población penitenciaria del país comprende 4.331 mujeres y 82.462 hombres. La población de mujeres entre las edades de 18 a 24 es 433, entre 25 y 39 es 2.043, entre 40 y 59 es 1.666 y de 60 a más es 189. Mientras que las mujeres procesadas y sin sentencia son 1.742 y aquellas con sentencia condenatoria son 2.596.

En relación con los delitos cometidos, hay un mayor porcentaje de internas procesadas o condenadas por los delitos genéricos de tráfico ilícito de drogas (53 %), delitos contra el patrimonio (21 %) y delitos contra la vida, el cuerpo y la salud (11 %). Además, el 32 % del total de mujeres participa en un programa de trabajo, un 22 % en un programa de estudio; mientras que el 46 % no participa en algunos de estos programas.

El DS 011-2020-JUS aprobó la Política Nacional Penitenciaria 2030, que prioriza los lineamientos orientados a garantizar el respeto de los derechos de la población penitenciaria. Las Reglas de Bangkok forman parte de las normas internacionales que sustentan dicha Política.

XVII.Cambio climático y reducción de riesgos de desastres

A.Incorporar una perspectiva de género

MIMP participó en el diseño y validación de la propuesta metodológica “Aplicando el Enfoque de Género en las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático”; para la TEG en las medidas de adaptación y mitigación identificadas como Contribuciones Nacionalmente Determinadas.

La propuesta contribuye a la TEG y cambio climático en 14 instituciones estatales.

B.Participación de las mujeres

MIMP, en coordinación con Ministerios, Gobiernos Regionales y Locales, capacitó a mujeres autoridades de gobiernos locales y regionales y funcionarias de entidades públicas para el fortalecimiento de su liderazgo en la gestión de los recursos.

Realizó el Programa de Liderazgo de Mujeres para la Gestión del Agua, para mujeres autoridades de gobiernos locales y regionales, funcionarias de entidades públicas y jóvenes académicas vinculadas a la gestión de los recursos hídricos de 6 regiones priorizadas por el Proyecto de Infraestructura Natural.

Cabe destacar dos experiencias de TEG: (i) “Articulación regional y local para la TEG en la gestión pública en el gobierno regional de Ucayali y la Municipalidad Provincial de Atalaya”, con una duración de dos años y medio (2017-2019) y (ii) “Gobernanza Ambiental con enfoque de género para fortalecer la participación de mujeres indígenas: Experiencias en Ucayali y Atalaya.

En 2019, MINAM aprobó el DS 013-2019-MINAM, Reglamento de la Ley sobre Cambio Climático, que garantiza la participación de mujeres en los procesos de formulación, implementación, estrategias, planes, etc., sobre cambio climático.