Naciones Unidas

CMW/C/ALB/Q/2/Add.1

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Distr. general

7 de febrero de 2019

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares

30º período de sesiones

1 a 12 de abril de 2019

Tema 6 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 73 de la Convención

Lista de cuestiones relativa al segundo informe periódico de Albania

Adición

Respuestas de Albania a la lista de cuestiones * **

[Fecha de recepción: 22 de enero de 2019]

I.Información general

Respuesta a la cuestión 1

1.De conformidad con el Código del Trabajo, se han aprobado dos decisiones del Consejo de Ministros que regulan la actividad de las agencias de empleo privadas, a saber, la Decisión núm. 101 del Consejo de Ministros, “Organización y Funcionamiento de las Agencias de Empleo Privadas”, de fecha 23 de febrero de 2018, que rige el funcionamiento de las agencias de empleo privadas por lo que respecta al suministro de información y la prestación de servicios de asesoramiento y mediación a los ciudadanos en la República de Albania, tanto para los que regresan de un período de emigración como para los que desean emigrar por motivos de empleo. En la Decisión citada quedan reflejadas las obligaciones del Convenio sobre las Agencias de Empleo Privadas (núm. 181) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por Albania, el cual contiene disposiciones sobre el funcionamiento de dichas agencias, la promoción del empleo y la protección de los ciudadanos albaneses durante su proceso de empleo.

2.La Decisión núm. 286 del Consejo de Ministros, “Algunas Normas Especiales para Empleados Temporales Contratados por las Agencias de Empleo Temporal”, de fecha 21 de mayo de 2018, tiene por objeto regular el empleo del personal de las agencias de empleo temporal, o a través de ellas, y su protección durante ese proceso. Permite efectuar el seguimiento, así como supervisar la actividad de las agencias con el fin de evitar abusos de diversa índole durante el empleo.

Respuesta a la cuestión 2

3.La misión del Ministro de Estado para la Diáspora es representar y promover políticas de cooperación e interacción con todos los albaneses, mediante la promoción y el fortalecimiento de la cooperación con albaneses fuera de la República de Albania y sus países de residencia. Los ámbitos de competencia son:

a)La organización, el diseño y la aplicación de la política del Estado para los albaneses fuera de las fronteras estatales, y en sus países de residencia, en cooperación con el Ministerio para Europa y de Asuntos Exteriores;

b)El fomento y la ayuda al desarrollo de la comunicación y la interacción entre la diáspora y los albaneses fuera de las fronteras con las representaciones diplomáticas de la República de Albania en los países donde residen;

c)La promoción y la asistencia para aumentar el desarrollo de los valores y tradiciones albaneses de los ciudadanos albaneses fuera de las fronteras estatales;

d)La cooperación con las organizaciones internacionales para la protección de los intereses de los albaneses fuera de las fronteras estatales;

e)La preservación y el desarrollo de la identidad nacional, así como el emprendimiento de iniciativas para la promoción del idioma, la cultura, las tradiciones y todos los valores nacionales, en cooperación con el Ministerio de Educación, Deporte y Juventud y el Ministerio de Cultura;

f)La coordinación del proceso para garantizar la inscripción y el derecho de participación de la diáspora en las encuestas de opinión, en cooperación con el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia;

g)La organización y gestión de la creación del Organismo Estatal para la Diáspora;

h)La organización de la Cumbre Nacional de la Diáspora, así como de otras conferencias nacionales e internacionales, a fin de reforzar la cooperación entre la diáspora y Albania;

i)La cooperación con los ministerios competentes a fin de fomentar la inversión extranjera en Albania.

Programa “Participación de la Diáspora Albanesa en el Desarrollo Social y Económico del País”

4.El Programa tiene por objeto aumentar la participación de la diáspora en el desarrollo del país mediante el apoyo a los miembros de la diáspora albanesa, a fin de promover la inversión en el país. La finalidad del Programa consiste en efectuar la identificación y el análisis de los perfiles de los miembros de la diáspora albanesa en cinco regiones piloto de Italia. La Agencia Italiana de Cooperación para el Desarrollo (AICS) financia el programa, con el compromiso político delMinisterio para Europa y de Asuntos Exteriores,y laOrganización Internacional para las Migraciones (OIM) se encarga de su ejecución. Dicho Ministerio ha puesto en marcha el proyecto, aunque posteriormente su dirección ha estado a cargo del Ministro de Estado para la Diáspora.

5.El estudio se llevará a cabo a través de asociaciones albanesas para inmigrantes y la diáspora que se seleccionarán en Italia. La recopilación de datos se realizará mediante cuestionarios específicos. Una vez recopilados, las asociaciones seleccionadas transmitirán los datos a la Dependencia de Gestión de Proyectos en la Oficina de la OIM en Tirana:

El primer componente se centra en apoyar al Gobierno de Albania y en un enfoque integral de la participación de la diáspora en el desarrollo sostenible. Varias actividades, entre ellas, la asistencia técnica y el fomento de la capacidad,permitirán apoyar las instituciones de la diáspora y a funcionarios competentes, a fin de proporcionar los medios adecuados que faciliten la participación de la diáspora.

El segundo componente se centra en la creación de instalaciones para la participación de la diáspora en el desarrollo del país, mediante la transferencia de conocimientos y de competencias, al ofrecer a los miembros de la diáspora la posibilidad de obtener becas en las instituciones albanesas, lo que permitirá aumentar la capacidad de las instituciones interesadas en la participación de la diáspora.

El tercer componente facilita la participación de la diáspora en el desarrollo del país a través de la promoción de las inversiones. Esto se logrará por medio de una plataforma innovadora denominada “Conectar con Albania”, que permitirá aumentar las inversiones.

Respuesta a la cuestión 3

6.El Ministerio del Interior, junto con la Policía Estatal (Departamento de Fronteras y Migración), la Dirección de Asilo y Ciudadanía, la Dirección de Lucha contra la Trata de Personas y la Dirección de Migración, es la principal autoridad responsable de la gestión de la migración y la integración. El Departamento de Fronteras y Migración, adscrito a la Policía Estatal como autoridad responsable del trato a los extranjeros que entran, se hallan en tránsito o permanecen en el territorio de la República de Albania, organizado a nivel nacional y local, se encarga de:

El control de los extranjeros y la toma de decisiones relativa a los trámites de solicitud de visados por parte de los extranjeros que solicitan el ingreso en la República de Albania.

El control de fronteras mediante la aplicación de requisitos y criterios de entrada, estancia y tránsito en la República de Albania.

La concesión de permisos de residencia o de estancia prolongada, entre otros, a los extranjeros. El Ministerio del Interior mantiene un registro electrónico de la sección de extranjeros del Sistema Global de Gestión de la Información.

7.El Ministerio de Economía y Finanzas y sus estructuras (Servicio Nacional de Empleo, direcciones regionales de empleo) son las instituciones encargadas de examinar y emitir las autorizaciones de empleo (permisos de trabajo, constancias de empleo, certificados de inscripción).

8.Por medio de visitas de inspección y el control de la documentación, la Inspección Estatal del Trabajo y los Servicios Sociales comprueba:

La reglamentación de las relaciones laborales, la seguridad y las condiciones de salud en el trabajo de los empleados.

La verificación de los contratos de trabajo de cada empleado nacional y extranjero, en los que también se obtiene información sobre la identidad de los empleados, la ciudadanía, el lugar de residencia y, en el caso de los empleados extranjeros, la comprobación del permiso o exención de trabajo de estos, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Extranjería núm. 108/2013. Dicho proceso de inspección se lleva a cabo en línea a través del portal electrónico de inspección, en el que se verifican los resultados en tiempo real, así como los datos estadísticos obtenidos sobre empleadores y trabajadores extranjeros respecto a las relaciones laborales y las condiciones de trabajo en las que realizarán la actividad laboral.

9.En el marco de mejoras en la recopilación de datos de todos los empleados, incluidos los extranjeros y, especialmente la protección de grupos vulnerables, como los empleados menores de 18 años de edad, se necesita información más detallada sobre la edad, el sexo, la nacionalidad, el tipo de actividad para la cual se les ha empleado o empleará (en caso de solicitar un permiso de trabajo) y el número de horas de trabajo. No se ha inscrito a empleados menores de 18 años de edad.

Datos sobre el número de inspecciones, empleados establecidos y empleados extranjeros

Datos de inspección

Total de inspecciones (privadas)

Número de empleados

Extranjeros

2011

13 956

137 447

1 156

2012

15 961

159 323

1 954

2013

14 427

157 809

103

2014

10 817

167 603

2 236

2015

7 627

144 288

1 739

2016

11 235

210 320

2 572

2017

7 923

176 744

1 746

2018 (hasta la fecha)

7 698

193 465

1 215

10.En el “Perfil migratorio de 2017”, publicado por el Ministerio del Interior, se pueden consultar los datos desglosados por sexo, edad, nacionalidad/origen étnico y situación migratoria de los niños no acompañados y de los albaneses que residen en el extranjero.

Respuesta a la cuestión 4

11.Por lo que respecta a la ratificación del Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189) de la OIT, todavía no hay una iniciativa para ratificarlo.

Respuesta a la cuestión 5

12.A fin de facilitar el empleo regular de ciudadanos albaneses en Albania y en el extranjero, en el primer semestre de 2018 se aprobaron dos decisiones del Consejo de Ministros que regulan la actividad de las agencias de empleo privadas.

13.La Decisión núm. 101 del Consejo de Ministros, “Organización y Funcionamiento de las Agencias de Empleo Privadas”, de fecha 23 de febrero de 2018, regula el funcionamiento de las agencias de empleo privadas mediante el suministro de información y la prestación de servicios de asesoramiento y mediación a los ciudadanos, tanto para los que regresan de un período de emigración como para los que desean emigrar por motivos de empleo. En la Decisión citada quedan reflejadas las obligaciones del Convenio sobre las Agencias de Empleo Privadas (núm. 181) de la OIT, la promoción del empleo y la protección de los ciudadanos albaneses durante su proceso de empleo.

14.En la República de Albania, el empleador se encarga de forma directa de la contratación del personal, o bien puede contratar los servicios de oficinas de empleo estatales o agencias de empleo privadas. En la Decisión del Consejo de Ministros se establece que una entidad se clasifica como agencia y que esta podrá ejercer la actividad de mediación en el trabajo solamente si está registrada como persona física/jurídica privada en el Registro Mercantil, y si posee una licencia de categoría X.2.A, “Mediación en el mercado de trabajo”, de conformidad con la legislación nacional en materia de concesión de licencias.

15.La agencia privada, una vez inscrita como persona física/jurídica, realiza la actividad de mediación mediante:

Consultas de información, evaluación de demandas y solicitudes de intermediación laboral; puestos vacantes.

Mediación entre el empleador y el solicitante de empleo sobre las condiciones aplicables y la ejecución de las modalidades de empleo.

16.En esa Decisión se dispone que los empleadores y los solicitantes de empleo sufragan los costos de la mediación que realiza la agencia, y que están eximidos de cualquier obligación financiera directa o indirecta. Los servicios de mediación para los solicitantes de empleo son gratuitos y estos solo cubren los gastos necesarios para la realización del expediente administrativo.

17.La Decisión núm. 286 del Consejo de Ministros, “Algunas Normas Especiales para Empleados Temporales Contratados por las Agencias de Empleo Temporal”, de fecha 21 de mayo de 2018, dispone el empleo del personal de las agencias de empleo temporal, o a través de ellas, y su protección durante ese proceso. Permite efectuar el seguimiento, así como supervisar la actividad de las agencias, al evitar abusos de diversa índole durante el empleo.

II.Información relativa a los artículos de la Convención

A.Principios generales y parte II de la Convención

Respuesta a la cuestión 6

18.Los inmigrantes, según su condición jurídica, gozan de la misma condición que los ciudadanos albaneses para acceder a los servicios de salud que financia el Estado. Los residentes permanentes económicamente activos son tratados como ciudadanos albaneses económicamente activos, lo que significa que tienen seguro médico obligatorio y la obligación de realizar aportaciones. No obstante, en caso de una emergencia médica, y cuando la falta de atención médica puede poner en peligro la vida, todos los inmigrantes, independientemente de su condición jurídica, tienen acceso a la atención de la salud.

19.Los inmigrantes pueden solicitar la residencia permanente si han residido de manera continua en Albania durante al menos cinco años y si reúnen algunas otras condiciones. El procedimiento para obtener la ciudadanía por naturalización se inicia después de que un inmigrante haya residido legalmente en el territorio de Albania no menos de cinco años consecutivos, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ciudadanía Albanesa. Los residentes permanentes y las personas que tienen permisos de reunificación familiar gozan del mismo acceso al empleo y al autoempleo que los nacionales. Se concede a los refugiados derechos laborales en igualdad de condiciones por medio de un permiso de trabajo especial. Sin embargo, los migrantes con permiso de residencia temporal tienen la obligación de trabajar en el puesto específico para el cual se ha expedido el permiso de trabajo. De conformidad con el Código del Trabajo, todos los trabajadores migratorios en Albania disfrutan de los mismos derechos laborales que los nacionales.

20.La Ley de Extranjería núm. 108/2013, enmendada, posibilita a los ciudadanos extranjeros, a quienes se ha denegado la expedición de un permiso de trabajo, elevar una queja al Ministro a cargo de la inmigración laboral. El marco jurídico que regula el empleo de los ciudadanos extranjeros en el territorio de la República de Albania se publica en el sitio web del Servicio Nacional de Empleo. Todo extranjero o su empleador o la persona autorizada por él puede obtener de ese sitio toda la información relativa a los procedimientos de contratación.

21.Los trabajadores migratorios y sus familiares gozan de iguales derechos que los ciudadanos albaneses por lo que respecta al derecho a prestaciones sociales, como la ayuda económica o la asistencia social. La Ley de Protección contra la Discriminación tiene por objeto garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, así como a igual protección de la ley, igualdad de oportunidades y la posibilidad de ejercer derechos, gozar de libertad y participar en la vida pública. La Estrategia de Igualdad de Género, el Plan Nacional para la Integración de los Romaníes y Egiptanos y el Plan Nacional para Personas con Discapacidad contienen medidas que abordan la cuestión de la discriminación.

22.En Albania, los inmigrantes tienen acceso a la enseñanza primaria y secundaria, independientemente de su condición jurídica, de conformidad con la Ley del Sistema de Educación Preuniversitaria de Albania (2012). La matriculación de un niño en una escuela pública exige estar en posesión de un documento de residencia que haya expedido el municipio. Los extranjeros en situación irregular no pueden obtener dicho documento y, por consiguiente, no pueden matricular a sus hijos en la escuela.

23.En el proyecto de Plan de Acción sobre Migración de la nueva Estrategia Nacional de Gobernanza de la Migración 2019-2022 se prevén medidas de información sobre los derechos de los ciudadanos extranjeros que trabajan en Albania, así como las leyes albanesas que regulan su empleo en el país. También se prevén medidas relativas a la información en el idioma de los inmigrantes, así como actividades de formación.

24.Durante el período comprendido entre enero de 2016 y diciembre de 2018, la Escuela de la Magistratura organizó las actividades de formación relativas a la no discriminación siguientes:

Septiembre de 2016: “Elaboración del nuevo plan de estudios sobre igualdad de género y la no discriminación y prácticas positivas relacionadas con la evaluación de las necesidades de los jueces y fiscales sobre cuestiones relativas a la igualdad de género y la no discriminación”.

Noviembre de 2016: “Aplicación directa de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Función del poder judicial y el sistema de justicia”.

Octubre de 2017: “Normas europeas sobre igualdad y no discriminación”. La importancia de su reconocimiento y cumplimiento por parte del sistema de justicia. Marco institucional para cuestiones relativas a la igualdad y la no discriminación.

Diciembre de 2017: “Prohibición de la discriminación; prohibición de la discriminación contra las comunidades de personas con discapacidad; discriminación contra minorías; discriminación contra los romaníes; discriminación contra la comunidad de lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI)”, incluida la no discriminación de los trabajadores migratorios.

Respuesta a la cuestión 7

25.Se proporciona información relativa a:

a)Los órganos judiciales y/o estructuras administrativas competentes para examinar las denuncias presentadas por los trabajadores migratorios y sus familiares, incluidos los indocumentados o los que se encuentren en situación irregular, que consideren que se han vulnerado sus derechos;

b)El número y el tipo de denuncias examinadas por dichos órganos desde 2010, así como las decisiones adoptadas;

c)La asistencia jurídica prestada a los trabajadores migratorios en situación regular o irregular y las medidas adoptadas para informarlos, a ellos y a sus familiares, sobre las vías de recurso de que disponen en caso de vulneración de sus derechos;

d)Las reparaciones otorgadas a las víctimas de esas vulneraciones, incluso en forma de indemnizaciones.

B.Parte III de la Convención

Artículo 11

Respuesta a la cuestión 8

26.La Ley de Servicios Sociales núm. 121/2016 de la República de Albania define los servicios especializados de todas las categorías, entre ellas, niños en conflicto con la ley, personas con discapacidad, maltratados, mujeres y niñas víctimas de malos tratos o de la trata, y todas las categorías que necesiten esos servicios.

27.En cuanto a la asistencia jurídica gratuita, las definiciones jurídicas para las personas que obtienen asistencia jurídica gratuita se refieren a personas que se acogen a programas de protección social o que satisfacen las condiciones para que se les incluya también como víctimas de violencia doméstica o víctimas de la trata de personas.

28.El Ministerio de Salud y Bienestar Social formula políticas amplias de salud y de protección social, asistencia social y atención social, como parte de la protección social y la inclusión. Además de las cuestiones de género e igualdad de oportunidades, protección infantil y políticas sobre la lucha contra la discriminación debida a la orientación sexual, es responsable de la elaboración, aplicación y supervisión de políticas de promoción y prevención de la salud, garantizando el acceso a los servicios médicos y sanitarios a todos los ciudadanos.

29.La Ley de Protección de la Infancia núm. 18/2017 prevé la creación de mecanismos eficaces y el funcionamiento de instituciones mediante el establecimiento de un sistema integrado y funcional de la protección infantil. Dicha Ley establece el derecho a desplazarse del lugar de residencia o el retorno al país de origen, y contiene disposiciones para la reubicación del niño dentro o fuera del país, de acuerdo con el interés superior del niño. Se refiere a los menores no acompañados de sus progenitores o tutores y su regreso cerca de ellos, así como al retorno y su repatriación.

30.En 2018, se inspeccionó a 7.698 personas, de las cuales 1.215 eran empleados extranjeros y, entre estos, 20 no recibieron permisos de trabajo. En 2017, debido a condiciones de trabajo riesgosas, 4 empleados extranjeros sufrieron lesiones en el trabajo, 3 de los cuales fallecieron a consecuencia de la actividad minera en la zona de Dibra. En 2018, se investigó un accidente de trabajo de 1 empleado extranjero en una actividad de construcción. Se produjouna irregularidad en una empresa, donde trabajaba 1 ciudadano extranjero y, por consiguiente, no se concedió la renovación del permiso de trabajo. Se han adoptado medidas administrativas en cumplimiento de la Ley de Inspección del Trabajo.

Datos sobre el número de empleados extranjeros confirmados, con y sin permiso de trabajo, de conformidad con la Ley de Extranjería

Datos de inspección

Total de inspecciones (privadas)

Número de empleados

Extranjeros

Extranjeros sin permiso de trabajo

En porcentaje, sin permiso de trabajo

2011

13 956

137 447

1 156

145

12,5  %

2012

15 961

159 323

1 954

203

10,4  %

2013

14 427

157 809

103

15

14,6  %

2014

10 817

167 603

2 236

27

1,2  %

2015

7 627

144 288

1 739

15

0,9  %

2016

11 235

210 320

2 572

47

1,8  %

2017

7 923

176 744

1 746

7

0,4  %

2018 (hasta la fecha)

7 698

193 465

1 215

20

1,6  %

Clasificación de empleados extranjeros, identificados en 2018, según la 12ª Subdivisión Regional de la Inspección Estatal del Trabajo y la Seguridad Social

Datos de inspección/2018

Total de inspecciones (privadas)

Número de empleados

Extranjeros

Extranjeros sin permiso de trabajo

Berat

351

4 842

25

-

Dibra

203

7 521

134

1

Durres

803

34 277

33

4

Elbasan

604

5 777

5

-

Fier

453

10 604

103

-

Gjirokastra

329

1 783

-

-

Korça

430

5 014

294

-

Kukes

186

1 610

3

-

Lezha

278

3 755

132

1

Shkodra

477

10 375

-

-

Tirana

2 866

93 268

437

1

Vlora

710

12 550

48

13

Centro

8

2 089

1

-

Total

7 698

193 465

1 215

20

Clasificación de empleados extranjeros, identificados en 2017, según la 12ª Subdivisión Regional de la Inspección Estatal del Trabajo y la Seguridad Social

Datos de inspección/2017

Total de inspecciones (privadas)

Número de empleados

Extranjeros

Extranjeros sin permiso de trabajo

Berat

388

5 527

41

1

Dibra

272

8 965

177

-

Durres

746

22 342

86

-

Elbasan

649

4 517

182

1

Fier

565

10 131

8

-

Gjirokastra

296

1 923

-

-

Korça

668

10 663

991

-

Kukes

284

1 237

-

-

Lezha

313

6 281

69

-

Shkodra

455

9 423

2

-

Tirana

2 551

84 094

142

4

Vlora

736

10 741

48

1

Centro

-

-

-

-

Total

7 923

175 844

1 746

7

31.Albania ha ratificado el Convenio sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, 1957 (núm. 105) de la OIT. Su ratificación se registró en 1997. En 2017, se envió a la OIT el último informe relativo a ese Convenio (Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29)). En 2017, se presentó el último informe sobre la aplicación del Convenio.

Artículos 16 a 18

Respuesta a la cuestión 9

32.Los albaneses y ciudadanos extranjeros que regresan remitidos por la policía de otros países se someten en la frontera a procedimientos especiales de espera, entrevistas y, posteriormente, a un proceso de selección. Uno de los propósitos del proceso de selección es la evaluación de las vulnerabilidades y las necesidades o los indicadores de la trata de personas.

33.El proceso de preselección tiene por objeto distinguir entre categorías de extranjeros indocumentados, como los solicitantes de asilo, los menores no acompañados, las víctimas o posibles víctimas de la trata y los migrantes indocumentados, mediante la asistencia necesaria, según proceda. Por tanto, es imprescindible que los especialistas encargados de la preselección conozcan el fundamento jurídico que establece los criterios de diferenciación entre las categorías, así como la lógica tras dicha diferenciación.

34.La Constitución de Albania prevé claramente el derecho de asilo para los extranjeros en Albania. Albania también ha ratificado la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951) y su Protocolo, que son vinculantes y prevalecen sobre la legislación nacional. La Ley del Asilo, aprobada en 2014, regula los procedimientos de asilo, las autoridades respectivas, los derechos de los solicitantes de asilo y los refugiados, y su protección subsidiaria y temporal.

35.Después de la promulgación de la Ley del Asilo, se aprobaron varias decisiones del Consejo de Ministros, órdenes e instrucciones: la Instrucción “Entrada y Trato de los Extranjeros Indocumentados” y la Orden del Ministro del Interior, “Procedimientos y Normas para la Remisión de un Caso de la Autoridad Responsable de la Frontera y la Migración a la Autoridad Encargada del Asilo y losRefugiados”, núm. 611 (2015).

36.En Albania, la Ley de Extranjería se basa en la Constitución de Albania, que establece claramente que los extranjeros gozan de los derechos y obligaciones previstos en la Constitución, a no ser que la Constitución reserve expresamente ese derecho a los ciudadanos. Albania también ha ratificado todos los convenios internacionales en materia de migración, los cuales prevalecen sobre la legislación nacional. El principal acto jurídico en el ámbito de la migración es la Ley de Extranjería núm. 108/2013, enmendada en 2016. Varias decisiones del Consejo de Ministros regulan las cuestiones relativas a visados, permisos de trabajo y permisos de residencia.

37.La Ley del Asilo y la Ley de Extranjería se basan en el principio de no devolución, el interés superior del niño y el derecho a la vida en familia. Además, la Ley de los Derechos y la Protección de Menores núm. 18/2017 y la Ley de Servicios Sociales núm. 121/2016 prevén medidas cautelares específicas para niños y personas que necesitan protección o que se hallan en situación de vulnerabilidad.

38.La Orden núm. 1146/2014 del Ministro del Interior “Enmiendas y Adiciones a la Orden núm. 851/2009” sobre “Aprobación de los Procedimientos Operativos Estándar para las Fronteras y la Migración” incluye detalles técnicos sobre los procedimientos de preselección de los extranjeros en situación irregular durante sus operaciones. Los procedimientos operativos estándar se destacan por el objetivo de la policía albanesa de “aplicar un ‘enfoque de los derechos de los migrantes’, con el fin de cumplir con el acervo de la Unión Europea para realizar una evaluación objetiva, imparcial e individual de la solicitud de asilo, sin discriminación por motivos de raza, origen o religión”. El “enfoque de los derechos de los migrantes” y la obligación de una evaluación objetiva, imparcial e individual de la solicitud de asilo son muy pertinentes para las recientes corrientes de extranjeros indocumentados.

Migración ilegal

39.Con el fin de hacer frente a la migración ilegal y la trata de personas, se ha elaborado una política sostenible. La Ley de Extranjería (en su forma enmendada) prevé las condiciones de trato de los ciudadanos extranjeros de terceros países incautados en la frontera y en el territorio, por lo que impone medidas contra el trabajo no declarado y el empleo ilegal para la protección de las víctimas de la trata. En el centro de detención de Kareç se han aplicado y parcialmente resuelto la mayoría de los procedimientos de retirada voluntaria, de acuerdo con procedimientos de retorno basados en acuerdos bilaterales entre Albania y los países de origen o de tránsito.

40.El extranjero a quien se haya dictado un auto formal de prisión al centro de detención tiene derecho de recurso ante el juzgado de distrito por esa medida en todo momento, después de la notificación por escrito de la prohibición o la prolongación de la privación de libertad. El plazo para la ejecución voluntaria de la orden de expulsiónno podrá ser inferior a 7 días ni superior a 30 días a partir de la fecha de la notificación. La ejecución voluntaria de laorden de expulsión podrá aplazarse por un período adecuado (más de 30 días), teniendo en cuenta las circunstancias específicas en relación con las categorías siguientes:

a)Los niños que asisten a la escuela, y períodos escolares que sean inferiores a tres meses hasta el término del año escolar del niño o de los niños;

b)Un extranjero que tiene una obligación financiera y que debe liquidar dicha obligación hasta un máximo de tres meses a partir de la fecha de la notificación;

c)Los extranjeros con problemas de salud, conforme con una decisión de las autoridades estatales.

41.La Ley de Extranjería (art. 127) establece que un extranjero en un centro de detención tiene derecho a ser informado, en un idioma que comprenda, de cualquier medida que hayan adoptado las autoridades competentes para mantenerlo en el centro.

Situación real

42.En los países de los Balcanes Occidentales (entre ellos, Albania), durante muchos años se ha considerado un fenómeno a los inmigrantes ilegales de ascendencia africana y asiática (de los países de la región del Oriente Medio y África del Norte), que intentanutilizar alos países de esa región para llegar a los países de la Unión Europea. En el período comprendido entre enero y el 13 de mayo de 2018, el número de inmigrantes ilegales aumentó considerablemente, ascendiendo a 2.077, o prácticamente el doble del registrado durante todo el año 2017, es decir, aproximadamente 18 veces más que en el mismo período el año anterior, cuando solo se capturaron 153 migrantes en situación irregular. En el gráfico que figura a continuación se ofrece una sinopsis del número de migrantes ensituación irregular capturados a lo largo de los años. Tal como se muestra en el gráfico, en 2015, 2016 y 2017 se observó una caída en el número de migrantes en situación irregular; sin embargo, el año 2018 se caracterizó por una tendencia al alza, con medidas rápidas, lo cual indica que Albania sigue siendo un país atractivo para el tránsito, desde Grecia hacia los países de la Unión Europea.

43.De los 1.049 migrantes en situación irregular capturados en el país durante 2017:

513 fueron capturados en la frontera verde.

515 ciudadanos extranjeros, migrantes en situación irregular, fueron aprehendidos en el territorio.

21 fueron capturados en el punto de paso fronterizo.

44.De conformidad con los procedimientos de trabajo normalizados, después de someterse al proceso de selección:

74 fueron trasladados al Centro para Extranjeros.

289 fueron trasladados al Centro de Asilo en Babrru.

683 se marcharon voluntariamente con órdenes de salida voluntaria.

45.En cambio, de los 2.077 migrantes en situación irregular capturados en el país entre enero y el 13 de mayo de 2018:

830 fueron capturados en la frontera verde.

1.194 fueron capturados en el campo.

53 fueron capturados en el punto de paso fronterizo.

46.De conformidad con los procedimientos de trabajo normalizados, con sujeción al proceso de selección:

42 han sido trasladados al Centro de detención Kareç.

1.456 han sido trasladados al Centro de Asilo en Babrru.

577 se marcharon voluntariamente con órdenes de salida voluntaria.

2 menores no acompañados fueron trasladados al Centro de Atención Social.

47.Siria acusa el número más elevado, seguido de los inmigrantes que provienen del Pakistán y de la región de Cachemira y, luego, de los que provienen del Iraq, el Irán, Argelia y Marruecos. La creciente afluencia de migrantes en situación irregular hacia Albania obedece a:

La clausura de la carretera de los Balcanes Septentrionales (Macedonia-Serbia-Hungría).

El crecimiento continuo del número de inmigrantes que llegan a Grecia.

La incapacidad para controlar la situación por parte de las autoridades griegas.

La activación de redes de tráfico de migrantes en Grecia y Albania.

Condiciones atmosféricas favorables a fines del año pasado y principios del presente año.

48.El principal punto de entrada en Albania es el territorio de Gjirokastra. Se han registrado pocos casos en el territorio de Korça o Saranda. Todos los migrantes en situación irregular expresan abiertamente su intención de viajar a Alemania, Austria, Suecia u otros Estados miembros de la Unión Europea. En 2017, 21 casos de ayuda para cruzar ilegalmente la frontera (tráfico de personas) fueron blanco de ataques, esto es, un 31 % más que en 2016, año en que 16 personas fueron agredidas.

49.Por lo que respecta a los migrantes en situación irregular, se presta especial atención a dos indicadores:

La determinación de posibles víctimas y víctimas de la trata entre los ciudadanos que ingresan en calidad de migrantes en situación irregular.

La identificación de diferentes personas que, por mezclarse con la multitud de migrantes irregulares, pueden ser terroristas (combatientes terroristas extranjeros).

50.Dado que los migrantes irregulares viajan sin documentos de identificación, la principal dificultad radica en su identificación exacta. A menudo, tampoco llevan consigo los documentos de registro en Grecia. La Policía de Fronteras y Migración ha adoptado una serie de medidas, a saber:

El establecimiento de un punto de contacto para la presentación de informes.

La instauración de un punto de contacto con FRONTEX, operativo mediante el sistema de presentación de informes JORA. El sistema permite recibir un informe de FRONTEX sobre la situación migratoria en los Balcanes todos los días.

El intercambio frecuente de información con las misiones diplomáticas en Tirana, principalmente de países vecinos afectados por la afluencia y oficiales de enlace internacionales acreditados en el país, en particular con los de posibles países de destino.

El fortalecimiento de las capacidades técnicas de los servicios de la policía de fronteras con equipos especiales, tales como la instalación del equipo SMARTDEC en la línea de frontera verde; la instalación de 15 sistemas de detección en los puntos de paso fronterizo y puestos de policía fronterizos en las posibles rutas de migración de los migrantes en situación irregular y 7 detectores fijos a los efectos de la transmisión en tiempo real de huellas dactilares para poder identificar a los posibles elementos de tendencias terroristas o a combatientes terroristas extranjeros.

El intercambio de información con los servicios de migración de países vecinos afectados por la afluencia.

En colaboración con CARITAS, se ha podido crear un entorno de esparcimiento para los niños en el Centro Cerrado para Extranjeros en Kareç; el sistema de vigilancia con cámaras y el sistema de filtración de agua potable se han restablecido en todas las instalaciones del Centro.

La instalación de algunos equipos SMARTDEC (dispositivos de vigilancia que transmiten imágenes en tiempo real a la sala de control) en las zonas más calurosas.

El reforzamiento de la vigilancia en la frontera a través de la Unidad de Fronteras y Migración “DELTA” y la Unidad de Equipos de Intervención Inmediata.

El fortalecimiento del control del territorio por parte de las direcciones de la policía local en los posibles ejes viales con base en el análisis de los riesgos.

La formación de agentes de la Policía de Fronteras y Migración, con el fin de prestar servicios humanitarios adecuados, incluso de seguridad.

La cooperación con estructuras de la delincuencia organizada, estructuras de la lucha contra el terrorismo, a fin de prevenir y tomar medidas contra grupos delictivos implicados en el tráfico de personas y evitar la penetración de posibles elementos terroristas.

El fortalecimiento de los servicios en toda la frontera azul, en estrecha cooperación con los asociados italianos.

51.El Sistema Global de Gestión de la Información, interconectado con el de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), ofrece a la Policía de Fronteras y Migración una excelente oportunidad para controlar y comprobar a los extranjeros inscritos en los registros de la base de datos de INTERPOL. Se ha prestado especial atención al fortalecimiento de la cooperación regional. Asimismo, se ha establecido el Centro Común de Intercambio de la Información con Macedonia y Kosovo, el cual está en funcionamiento. Se espera que pronto entre en funcionamiento el Centro Tripartito de Intercambio de la Información Albania-Montenegro-Kosovo, al tiempo que se realizan progresos para la inauguración de un centro de ese tipo con Grecia.

52.Con la finalidad de hacer frente a una posible afluencia, se han reforzado las capacidades de acogida mediante el establecimiento del Centro Provisional de Registro y Alojamiento de Migrantes Irregulares, en Gërxhë, Gjirokastra (a 29 km de la frontera con Grecia), con capacidad para 60 personas, en cooperación con la OIM, con financiación del Fondo del Banco de Desarrollo del Consejo de Europa y la Municipalidad de Gjirokastra. En cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la OIM y la Municipalidad de Gjirokastra, se ha creado un centro de acogida para grupos vulnerables.

Respuesta a la cuestión 11

Devolución de extranjeros

53.De conformidad con la Ley de Extranjería, un extranjero podrá ser devuelto únicamente por medio de una orden de devolución, que es un acto administrativo dictado y comunicado al extranjero sobre la base del Código de Procedimiento Administrativo (art. 106.9). Como tal, deberá explicar los motivos de la devolución, la fecha de validez de la orden, así como los procedimientos de recurso (arts. 106.9 y 107). La Ley de Extranjería prevé que la resolución se comunique por escrito al extranjero, en un idioma que comprenda (o en inglés).

54.La resolución de devolución deberá prever incluso la posibilidad de un retorno voluntario en un período de tiempo determinado que, en principio, deberá ser de entre 7 y 30 días (art. 106 de la Ley de Extranjería).

Motivos de la orden de devolución

55.La Ley de Extranjería, artículo 106, establece que la orden de devolución se dicta contra el extranjero que no cumple los requisitos de permanencia en la República de Albania, que ha cumplido una pena que le haya sido impuesta por los tribunales albaneses por una infracción penal punible con un mínimo de dos años de prisión en virtud de lo dispuesto en el Código Penal, y que, independientemente de la estancia, es capturado por trabajar en contravención con los criterios definidos por la legislación vigente (art. 106).

Expulsión

56.La Ley de Extranjería se refiere a la orden de expulsión. Por “expulsión” se entiende la ejecución de la obligación de devolver al extranjero sobre quien pese una orden de expulsión y que sea persona declarada indeseable, así como la devolución del extranjero por parte de las autoridades de conformidad con lo previsto en la ley.

Privación de libertad

57.La Ley de Extranjería define la privación de libertad como la última medida administrativa adoptada y ejecutada por la autoridad estatal competente a nivel regional para el trato de extranjeros, contra el extranjero que es objeto de una orden de expulsión (no de una orden de devolución), después de haber agotado todas las posibles medidas de sustitución o cuando, tras una evaluación, se considera que esas medidas no podrán aplicarse contra el extranjero o contra el extranjero readmitido sobre la base de los acuerdos de readmisión.

58.La Ley de Extranjería prevé como categoría de extranjeros internados en el centro cerrado incluso a extranjeros readmitidos, sobre la base del acuerdo de readmisión. No se ejecutará la privación de libertad a no ser que se dicte una orden de expulsión. El artículo 121.3 dispone que “la autoridad estatal competente para el trato de extranjeros a nivel regional puede, por motivos de seguridad pública, internar en el centro cerrado al extranjero cuya identidad o finalidad de la estancia sea confusa”.

Auto formal de prisión

59.La Ley de Extranjería, artículo 121, reza que el auto formal de prisión lo adoptará y ejecutará la autoridad estatal competente a nivel regional. La privación de libertad se ejecutará únicamente cuando se haya dictado un auto formal de prisión.

60.La Policía de Fronteras y Migración a nivel regional tiene la facultad para dictar y ejecutar la resolución de expulsión, por tanto, la privación de libertad del extranjero. Dicha competencia, que por lo general queda librada a la discreción del tribunal, en el caso de la privación de libertad de extranjeros debe encomendarse al menos a la autoridad central competente en materia de inmigración, esto es, el Departamento de Fronteras y Migración.

Recurso contra el auto formal de prisión

61.La Ley de Extranjería garantiza el derecho de apelación contra un auto formal de prisión en el tribunal de distrito judicial sobre esta medida, en todo momento, después de emitida la notificación por escrito de la privación de libertad o la prórroga de esta. La Ley prevé la posibilidad de apelación por medio del abogado elegido por el detenido o asignado ex officio (art. 121 de la Ley de Extranjería); el derecho de la persona privada de libertad a informar al representante consular o diplomático sobre la privación de libertad. La notificación deberá hacerse únicamente a petición del extranjero, cuando este es informado de ese derecho.

Artículo 27

Respuesta a la cuestión 13

62.Los inmigrantes, según su condición jurídica, gozan de la misma condición que los ciudadanos albaneses para acceder a los servicios de salud que financia el Gobierno. Los residentes permanentes económicamente activos son tratados como ciudadanos albaneses económicamente activos. El seguro de salud es obligatorio y están obligados a pagar sus contribuciones. No obstante, en caso de una emergencia médica, y cuando la falta de atención médica puede poner en peligro la vida, todos los inmigrantes, independientemente de su condición jurídica, tienen acceso a la atención de la salud.

63.En Albania, los inmigrantes también tienen acceso a la enseñanza primaria y secundaria, con independencia de su condición jurídica, de conformidad con la Ley sobre el Sistema de Educación Preuniversitaria (2012). No obstante, la matriculación de un niño en una escuela pública exige estar en posesión de un documento de residencia que haya expedido el municipio. Los extranjeros en situación irregular no pueden obtener dicho documento y, por consiguiente, no pueden matricular a sus hijos en la escuela. Los inmigrantes pueden solicitar la residencia permanente si han residido de manera continua en Albania durante al menos cinco años y si reúnen otras condiciones, de conformidad con la Ley de Ciudadanía.

64.Los residentes permanentes y los que tienen permisos de reunificación familiar gozan del mismo acceso al empleo y al autoempleo que los nacionales. Se concede a los refugiados derechos laborales en igualdad de condiciones por medio de un permiso de trabajo especial. Sin embargo, los migrantes con permisos de residencia temporal tienen la obligación de trabajar en el puesto específico para el cual se ha expedido el permiso de trabajo. De conformidad con el Código del Trabajo, todos los trabajadores migratorios en Albania disfrutan de los mismos derechos laborales que los nacionales.

65.De conformidad con la Ley de Extranjería, durante el período comprendido entre enero y diciembre de 2017, la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo y las oficinas de empleo expidieron 1.705 permisos de trabajo y 1.417 constancias de trabajo. Entre enero y septiembre de 2018, se expidieron 1.549 permisos de trabajo y 1.218 constancias de trabajo.

Artículo 33

Respuesta a la cuestión 14

66.La Inspección Estatal del Trabajo y la Seguridad Social supervisa la aplicación de la legislación laboral por el empleador, en igualdad de condiciones para todos los empleados, independientemente de su nacionalidad. Los inspectores del trabajo controlan la aplicación del número máximo de horas de trabajo, la duración de las vacaciones anuales pagadas, el salario mínimo y los complementos salariales por el trabajo realizado en la segunda y la tercera ronda, las horas extraordinarias, la creación de un entorno de trabajo seguro y sin riesgos, que los trabajadores extranjeros deberían disfrutar en igualdad de condiciones con los trabajadores nacionales.

67.Las visitas de inspección se realizan en las entidades que entrañan un riesgo más elevado de empleo informal o accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en función del tipo de actividad que realizan y el número de empleados que trabajan en ellas.

Datos sobre empleados extranjeros comprobados durante 2018, por tipo de actividad, sujetos a inspección

Tipo de actividad/2018

Total de inspecciones (privadas)

Número de empleados

Extranjeros

Extranjeros sin permiso de trabajo

En porcentaje

Agricultura, silvicultura y pesca

31

435

-

-

-

Minas

124

7 479

145

-

0,0  %

Empresas de fabricación

1 619

78 328

137

2

1,5  %

Electricidad, gas y agua

36

1 479

-

-

-

Comercio, hoteles, bares y restaurantes

3 526

32 064

204

17

8,3  %

Construcción

786

17 277

310

1

0,3  %

Transporte, almacenamiento y telecomunicaciones

143

3 306

-

-

-

Finanzas, servicios de seguros

63

2 286

9

-

0,0  %

Otras actividades

1 370

50 811

410

-

0,0  %

Total

7 698

193 465

1 215

20

1,6  %

Datos sobre empleados extranjeros comprobados durante 2017, por tipo de actividad, sujetos a inspección

Tipo de actividad/2017

Total de inspecciones (privadas)

Número de empleados

Extranjeros

Extranjeros sin permiso de trabajo

En porcentaje

Agricultura, silvicultura y pesca

42

1 007

5

-

0,0  %

Minas

122

8 702

209

-

0,0  %

Empresas de fabricación

1 663

76 295

119

4

3,4  %

Electricidad, gas y agua

22

467

10

-

0,0  %

Comercio, hoteles, bares y restaurantes

4 217

33 604

45

2

4,4  %

Construcción

553

16 502

1 194

1

0,1  %

Transporte, almacenamiento y telecomunicaciones

123

2 856

1

-

0,0  %

Finanzas, Servicios de seguros

72

2 314

4

-

0,0  %

Otras actividades

1 109

34 997

156

-

0,0  %

Total

7 923

176 744

1 743

7

0,4  %

C.Parte IV de la Convención

Artículo 40

Respuesta a la cuestión 15

68.De conformidad con el Código del Trabajo, todos los trabajadores migratorios en Albania disfrutan de los mismos derechos laborales que los nacionales.

69.Albania ha ratificado el Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 (núm. 87), inscrito el 3 de junio de 1957.

70.Legislación nacional:

La Constitución de Albania establece que los extranjeros en la República de Albania gozan de los mismos derechos que los ciudadanos albaneses (arts. 16/1, 46/1 y 50), y garantiza plenamente los derechos de los extranjeros.

Ley núm. 136, de fecha 5 de diciembre de 2015, “Enmiendas y Adiciones a la Ley núm. 7961, ‘Código del Trabajo de la República de Albania’”, en su forma enmendada, de fecha 12 de julio de 1995.

Ley de Funcionarios Públicos núm. 152/2013, en su forma enmendada.

La Ley de Extranjería dispone que el extranjero “deberá cumplir la Constitución, las leyes vigentes y las decisiones de las autoridades estatales a la entrada, residencia y salida del territorio de la República de Albania”. Dicha Ley dispone la promoción y ejecución de programas de integración para extranjeros en la sociedad.

Artículo 41

Respuesta a la cuestión 16

71.Los residentes extranjeros no están autorizados a votar en las elecciones locales. No obstante, pueden ser consultados sobre la base de los procedimientos establecidos en la Ley de Notificación y Consulta Públicas núm. 146/2014. Solamente las personas físicas extranjeras con residencia permanente en la República de Albania pueden participar en las consultas.

Artículo 44

Respuesta a la cuestión 17

72.La Ley de Extranjería respeta el derecho a la vida en familia, así como el derecho del extranjero a la reunificación familiar. La Ley reconoce el derecho del extranjero a la reunificación familiar con un ciudadano albanés, como la reunificación familiar de un extranjero que tiene su residencia en Albania con sus familiares. Se reconoce el derecho a la reunificación familiar a todo extranjero:

a)Al se haya concedido un permiso de residencia por un período de validez de por lo menos un año, con posibilidad de renovación;

b)Que disponga de medios suficientes y sostenibles y alojamiento adecuado para acoger a los familiares;

c)Que tenga un seguro de salud para sí y para la familia.

73.La Ley prevé la posibilidad de apelación por parte del extranjero o su familia en caso de denegación del permiso de residencia por motivos de reunificación familiar (art. 56). No se prevé la posibilidad de recurso contra la abrogación del permiso de reunificación familiar (art. 60). Habida cuenta de las disposiciones generales sobre la solicitud del permiso de residencia, el permiso de trabajo o cualquier otro acto administrativo, siempre deberá preverse el derecho a interponer un recurso contra toda denegación o revocación.

74.La revocación del permiso de residencia por motivos de reunificación familiar (art. 60) a causa de la disolución del matrimonio es complicada cuando el extranjero tiene hijos. La revocación del permiso de residencia y la deportación de un extranjero, sin tomar en consideración el derecho a la vida en familia (cuando hay hijos menores) y el interés superior del niño, contravienen los principios constitucionales fundamentales, a saber, el derecho a la vida en familia y la protección específica del niño. Los residentes permanentes y los que tienen permisos de reunificación familiar gozan del mismo acceso al empleo y al autoempleo que los nacionales.

75.La Ley de Extranjería, en su forma enmendada, garantiza el derecho de los extranjeros que residen legalmente en la República de Albania a crear o mantener la vida en familia, y define las normas para el ejercicio de ese derecho, como los derechos de los familiares aceptados en virtud de tales normas. En concreto:

El artículo 3/15 define la “reagrupación familiar” como la entrada y la estancia en la República de Albania de los familiares de un ciudadano albanés que no tienen la nacionalidad albanesa o de un extranjero residente en la República de Albania, con el fin de preservar la familia, independientemente de que la relación familiar se haya establecido antes o después de la entrada de un extranjero en la República de Albania, en los casos de reunificación familiar de la familia del extranjero.

El artículo 3/14 de la Ley establece que los “familiares” de un extranjero son su cónyuge o conviviente, cuya convivencia es de naturaleza estable y probada; menores de edad, hijos solteros, que formen parte de la composición familiar, incluso los que están en custodia o en custodia compartida, o adoptados por decisión judicial o una decisión que se aplica directamente, de conformidad con las obligaciones internacionales de la República de Albania o que deban reconocerse con arreglo a las obligaciones internacionales.

El artículo 55 establece que un extranjero que sea familiar de un ciudadano albanés recibirá un permiso de residencia por un plazo no superior a un año la primera vez, a menos que se determine otra cosa de común acuerdo o en la presente Ley. El permiso de residencia se renovará posteriormente por un período de dos años. Tal designación para el cónyuge de un ciudadano albanés se aplica también a un menor soltero, cuyo tutor legal es un extranjero.

El artículo 56 regula la reunificación familiar de un extranjero con sus familiares.

76.El permiso de residencia con fines de reunificación familiar se concede la primera vez por un período de un año, con derecho de renovación. Los hijos solteros, así como el predecesor de uno o más solicitantes que, de manera objetiva, no sean capaces de satisfacer sus necesidades, podrán, por motivos de salud, obtener con carácter excepcional un permiso de residencia. Los hijos solteros podrán solicitar un permiso de residencia con fines de reunificación familiar hasta los 30 años de edad, a condición de que el extranjero (el demandante) garantice la cobertura de todos los gastos de sustento para ellos. En caso de denegación de un permiso de residencia con fines de reunificación familiar, el extranjero o sus familiares tienen derecho de apelación, de conformidad con la legislación vigente.

77.La Ley de Extranjería establece los criterios para la obtención de un permiso de residencia autónomo. Dicho permiso se expide si el cónyuge o conviviente, así como los hijos que hayan alcanzado la mayoría de edad, tienen un permiso de residencia con fines de reunificación familiar, han residido de forma permanente durante por lo menos cinco años en el territorio de Albania con un permiso de residencia con fines de reunificación familiar, y siempre y cuando no se les haya concedido un permiso de residencia por motivos distintos a los de la reunificación familiar durante ese período de residencia (art. 61).

78.Un extranjero no recibirá un permiso de residencia o se revocará un permiso de residencia si se demuestra que el matrimonio es fraudulento, de conformidad con el artículo 59 de la presente Ley. En virtud de lo dispuesto en la presente Ley, los matrimonios fraudulentos se vinculan al propósito de evitar el cumplimiento de las condiciones de entrada y estancia de los extranjeros en la República de Albania. El artículo 60 prevé los casos en los que se expide un permiso de residencia por motivos de reunificación familiar.

79.La Ley de Extranjería establece los casos en los que las autoridades de las fronteras y la migración locales deberán dictar una orden de expulsión de un extranjero. Esto sucede cuando el extranjero no cumple más las condiciones de permanencia en la República de Albania, o cuando ha cumplido una pena impuesta por los tribunales albaneses por un delito cometido deliberadamente, para el que el Código Penal establece una pena mínima no inferior a dos años de prisión.

80.El plazo para la ejecución voluntaria de la orden de expulsión no podrá ser inferior a 7 días ni superior a 30 días, a partir de la fecha de notificación. El extranjero a quien se haya concedido una prórroga del período de aplicación de la orden de expulsión voluntaria tiene derecho a permanecer con sus familiares que se encuentren en el territorio. No es objeto de una orden de expulsión el extranjero que sea familiar de un extranjero al que se haya reconocido la condición de refugiado en la República de Albania.

Estadísticas

Cuadro 2

Extranjeros a quienes se ha expedido un permiso de residencia por motivos de reunificación familiar

2012

2013

2014

2015

2016

2017

1 348 permisos de residencia expedidos

1 345

1 610

1 671

1 699

1 944

81.La Ley de Extranjería núm. 108/2013, en su forma enmendada, artículo 86, “Tipos de permisos de trabajo”, define uno de los tipos de permisos de trabajo como permiso de trabajo “A/AF” para los familiares que llegan al territorio de la República de Albania en el marco de la reunificación familiar. Además, el artículo 94, “Permiso de trabajo de tipo A/AF para los familiares” de dicha Ley establece que:

a)Cada familiar principal de un trabajador extranjero con un permiso de residencia en la República de Albania a los fines de una reunificación familiar tiene derecho a la obtención de un permiso de trabajo por un período de un año, sobre la base de un contrato de trabajo con un empleador o una constancia de trabajo en la empresa familiar;

b)Se expide un permiso de trabajo a los familiares de un trabajador extranjero, a condición de que el familiar haya residido con extranjeros, periódicamente y de manera continua, durante por lo menos tres años;

c)En 2017, se expidieron tres permisos de trabajo de tipo “A/AF”. De enero a septiembre de 2018, no se expidió ningún permiso de trabajo de tipo “A/AF”.

Artículo 47

Respuesta a la cuestión 18

82.Albania ha participado en la iniciativa Greenback 2.0 como país receptor de remesas (iniciativa del Banco Mundial) para la promoción de instrumentos de pago rentables y accesibles para el envío y la recepción de remesas.

83.Albania ha suscrito acuerdos con varios países en materia de protección social, trasferibilidad de las prestaciones sociales y una mejor reglamentación de la condición jurídica de los trabajadores migratorios albaneses. Además, hay negociaciones en curso con varios otros países.

84.El Acuerdo de Protección Social entre la República de Albania y los países donde trabajan y residen los ciudadanos albaneses no prevé la exportación de las contribuciones sociales, sino la transferencia de prestaciones, la unión de períodos de seguro registrados en el territorio de ambos países y la igualdad de trato de las personas respecto a los derechos y obligaciones previstos en la legislación de cada Estado. La transferencia de las prestaciones concedidas, de conformidad con la legislación albanesa (prestaciones de vejez, pensión familiar o por discapacidad), significa que deberá efectuarse el pago al beneficiario en su lugar de residencia, en el territorio del otro Estado contratante o en un tercer país donde tiene su residencia permanente.

85.El Estado ha prestado ayuda en materia de protección social a los ciudadanos albaneses en los diferentes países del mundo donde trabajan y residen, de conformidad con la Ley de Previsión Social en la República de Albania, que establece el seguro voluntario como un derecho reconocido a los ciudadanos que se acogen a un plan voluntario. Se ha aprobado el Reglamento del “Seguro Voluntario en el Instituto de Previsión Social”. En dicho Reglamento, se ha suscrito un amplio acuerdo entre el agente de seguros y el Instituto de Previsión Social, cuya actividad se ejerce en diferentes países, especialmente en Grecia y en Italia, debido a la mayor afluencia de inmigrantes en esos dos países. En el marco de los protocolos de cooperación que tiene el Instituto de Previsión Social con varios proveedores que operan en ambos países, Albania e Italia cuentan con una disposición para un pago de contribuciones a un seguro voluntario para los ciudadanos albaneses que residen y trabajan en Italia.

D.Parte V de la Convención

Artículo 59

Respuesta a la cuestión 19

86.De conformidad con el Código del Trabajo, los trabajadores migratorios en Albania disfrutan de los mismos derechos laborales que los nacionales. Los trabajadores migratorios gozan de los derechos sociales y de asistencia sanitaria, de conformidad con las disposiciones de la legislación en vigor.

87.La Ley de Extranjería, artículo 83, define los tipos de permisos de trabajo. Uno de ellos es el permiso de trabajo “A/SW”, para el cual especifica lo siguiente:

a)Se concede al extranjero un permiso de trabajo como trabajador de temporada de hasta seis meses por cada año civil, por región, empleador, ocupación y contrato de trabajo con un calendario fijo;

b)Si en el contrato u oferta de trabajo del extranjero se determina que la actividad que habrá de ejercer es una ocupación regulada, este deberá cumplir las condiciones establecidas conformes con el derecho interno a ejercer profesiones reguladas;

c)En el año natural siguiente, el empleador podrá solicitar un permiso de trabajo para el mismo extranjero como trabajador de temporada, a condición de que se respete un período de descanso obligatorio de seis meses;

d)No se concede un permiso de trabajo para trabajos estacionales por más de cinco veces consecutivas;

e)Tras la rescisión del contrato de trabajo, el extranjero deberá ser devuelto a su país de origen, a menos que, de conformidad con la legislación vigente, cumpla los criterios para obtener un permiso de residencia;

f)Tras la rescisión del contrato de trabajo, el extranjero deberá ser devuelto a su país de origen, a menos que, de conformidad con la legislación vigente, cumpla los criterios para obtener un permiso de residencia;

g)Durante el período comprendido entre enero y septiembre de 2018, se expidieron 7 permisos de trabajo de tipo “A/SW”. El mayor número de permisos de trabajo expedidos fue del tipo “A/P”, expidiéndose 986 permisos de trabajo en el período citado.

E.Parte VI de la Convención

Artículo 64

Respuesta a la cuestión 20

88.En lo que respecta a los acuerdos bilaterales en materia de seguridad social, en 2019 se prevé el seguimiento de la aplicación del Acuerdo de Protección Social entre la República de Albania y Austria. La aprobación del acuerdo consta en la Ley núm. 14, de fecha 29 de marzo de 2018, con entrada en vigor el 1 de diciembre de 2018.

89.Se prevé que el acuerdo entre la República de Kosovo y la República de Albania esté en proceso de aplicar los períodos de aseguramiento para la adquisición del derecho de pensión (aprobado en la Ley núm. 20, de fecha 12 de abril de 2018, en espera de su entrada en vigor).

90.Firma del Acuerdo de Protección Social con el Canadá (aprobado por medio de la Decisión núm. 236 del Consejo de Ministros, de fecha 22 de abril de 2015, en proceso de firma).

91.Se prevé la concertación del acuerdo con Suiza. En la actualidad, se están llevando a cabo los procedimientos técnicos para su firma.

92.Se prevé la apertura de negociaciones de acuerdos bilaterales con Montenegro.

93.Con Bulgaria se ha acordado entablar negociaciones para la redacción de un nuevo acuerdo en sustitución del anterior. Se trata de negociaciones a nivel de expertos sobre la seguridad social y las oportunidades de cooperación.

Artículo 65

Respuesta a la cuestión 21

94.El Gobierno de Albania está formulando una nueva política migratoria. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM), organismo encargado de las migraciones asociado a las Naciones Unidas, apoya el proceso de formulación de la estrategia, con financiación del Fondo de la OIM para el desarrollo.

95.La creación del Grupo de Trabajo Interinstitucional para la elaboración de la Estrategia Nacional de Migración y su Plan de Acción se aprobó mediante la Orden núm. 54 del Primer Ministro, de fecha 19 de marzo de 2018. En la actualidad, se están redactando la Estrategia Nacional de Gestión de la Migración y su Plan de Acción. Asimismo, se están compilando observaciones de las instituciones. Ambos documentos están en fase de finalización y en espera de aprobación. El Ministerio del Interior está a cargo de su coordinación. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) en Tirana imparte conocimientos especializados a nivel nacional e internacional.

96.La Estrategia y el Plan de Acción se rigen por el Marco Internacional de Gobernanza sobre la Migración (conocido también como MiGoF), el cual se presentó en noviembre de 2015 y tuvo amplia acogida por parte de todos los Estados miembros de la OIM (incluida Albania). El Marco define los elementos esenciales de apoyo a una migración planificada y bien gestionada. Constituye un punto de referencia para los Gobiernos para la formulación y la evaluación de “políticas migratorias bien gestionadas”, de acuerdo con la meta 7.2 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 10.

97.En 2018, el Gobierno de Albania participó en el proceso de evaluación de los Indicadores de Gobernanza Migratoria, llevado a cabo por la OIM, en cooperación con el Economist Intelligence Unit (EIU), proceso que permitió proporcionar información sobre las esferas de política a las que Albania podría realizar aportaciones para reforzar la gobernanza de la migración. La Estrategia Nacional de Gobernanza de la Migración se inspira en los procesos de la migración mundial, así como en el proceso de integración de Albania en la Unión Europea. Su finalidad es ofrecer una respuesta amplia a los retos y oportunidades que plantea la migración en el contexto de la Unión Europea. La finalidad de la estrategia consiste en:

“Fomentar una gobernanza migratoria eficaz en Albania para hacer frente a los desafíos que plantean las corrientes migratorias y aumentar el impacto de la migración en el desarrollo para beneficio de los migrantes y la sociedad albanesa”.

Forjar un marco jurídico e institucional sostenible para la gobernanza de la migración.

Seguir fortaleciendo la respuesta a la migración irregular, desde Albania y a través de ella, y a través de Albania a la Unión Europea.

Hacer frente a los retos que plantean las corrientes migratorias mixtas y la necesidad de proporcionar una protección adecuada a los migrantes.

Mejorar la gobernanza de la migración laboral.

Continuar promoviendo vínculos entre la emigración de ciudadanos albaneses y el desarrollo nacional y local del país.

Responder a los retos y oportunidades, a fin de crear un marco sostenible para la integración de los trabajadores migratorios extranjeros y sus familiares en Albania.

98.La Estrategia Nacional de Gobernanza de la Migración se centra en:

a)Garantizar la gobernanza estratégica de la migración en Albania;

b)Consolidar la migración protegida y segura, desde Albania y a través de ella, y hacia ella;

c)Establecer políticas sobre migración laboral eficaces para un mayor impacto positivo de la migración en el desarrollo socioeconómico nacional y local;

d)Promover y proteger los derechos de los migrantes y su integración.

Respuesta a la cuestión 22

99.En lo referente a los grupos vulnerables, como los romaníes y los egiptanos, se tiene conocimiento de sus derechos en el marco del Plan Nacional para la Integración de los Romaníes y Egiptanos, en cooperación con las organizaciones de la sociedad civil. En el marco de las políticas del Ministerio de Salud y Bienestar Social, se ha inaugurado el Centro de Tránsito de Emergencia para las comunidades romaníes y egiptanas, a quienes se presta servicios de reinserción social. El Ministerio de Salud y Bienestar Social ha realizado intervenciones para la vacunación de grupos vulnerables de niños romaníes y egiptanos, de conformidad con los programas de vacunación obligatoria, con el fin de garantizar el acceso a los servicios de atención de la salud y a cuidados.

100.Los ciudadanos albaneses que regresan al país reciben ayuda para su reintegración a través de las ventanillas de migración ubicadas en todas las oficinas de empleo regionales y locales. En las ventanillas de migración se entrevista a los ciudadanos albaneses que retornan y que acuden a las ventanillas; se proporciona información sobre los servicios públicos y privados, de conformidad con las necesidades determinadas, y se remite a los servicios públicos y privados, así como a proyectos de la sociedad civil específicos, de acuerdo con las necesidades de los ciudadanos albaneses que regresan. Solo una parte de los nacionales albaneses que retornan de un período de emigración acuden a las ventanillas de migración.

101.En 2016, acudieron a las ventanillas de migración 289 albaneses que regresaron al país. En ellas se les proporciona información. De acuerdo con los datos, el 53 % de los que regresaron están registrados para el empleo; el 31 %, para la formación profesional; el 16 %, para la ayuda económica y el 22 %, para la información sobre servicios médicos. Según datos de las ventanillas de migración, 48 ciudadanos albaneses que regresaron al país recibieron formación profesional gratuita, mientras que a 142 ciudadanos albaneses que regresaron se les ayudó a conseguir empleo.

102.De enero a diciembre de 2017, acudieron a inscribirse 291 personas que regresaron al país, las cuales se beneficiaron de los servicios prestados en las ventanillas de migración. De acuerdo con el apoyo a la reinserción, el 62 % de las personas que regresaron recibieron asesoramiento en materia de empleo; el 24 % recibió orientación profesional en cursos de formación profesional; el 7,5 % recibió ayuda económica y, el 12 %, recibió información sobre los servicios médicos. En 2017, se integró a las personas que regresaron en los programas activos del mercado de trabajo y en cursos de capacitación profesional impartidos por las direcciones regionales de formación profesional. De acuerdo con las ventanillas de migración, se impartió capacitación a 47 albaneses que regresaron, y se empleó a 97 ciudadanos.

103.Durante el período comprendido entre enero y septiembre de 2018, se inscribió a 285 ciudadanos albaneses que regresaron en esas oficinas. Se proporcionó información y prestó asesoramiento en materia de empleo a 165 personas; a 126, sobre formación profesional; a 47, sobre la ayuda económica y, a 53, sobre los servicios médicos. Según sus preferencias, esas personas han recibido enseñanza profesional gratuita y han recibido ayuda para conseguir trabajo.

Formación profesional

104.A fin de facilitar la reintegración de nacionales albaneses que regresan de un período de emigración, se establece el marco jurídico para la homologación de conocimientos formales e informales anteriores. Numerosos emigrantes desarrollan un conjunto de aptitudes profesionales sobre la base de sus experiencias de trabajo en el extranjero, sin seguir un curso oficial.

105.Instrucción del Ministro de Economía y Finanzas sobre “Procedimientos para el reconocimiento y la unificación de la formación profesional y las competencias de los niveles 2 a 5 del Marco de Calificaciones de Albania, incluidas las obtenidas en el extranjero”. En esa instrucción se establecen los procedimientos, la documentación y las estructuras que permitirán realizar el reconocimiento de los títulos profesionales y la homologación de las calificaciones profesionales certificadas en el extranjero y autorizadas por el marco jurídico del país respectivo.

106.El 20 de septiembre de 2018, el Parlamento de Albania ratificó el Acuerdo entre la República de Albania y la Agencia Alemana de Cooperación Internacional en relación con el proyecto “Asesoramiento en Materia de Migración en Albania” (2018-2020). La finalidad del proyecto es la lucha contra la migración irregular mediante el suministro de información sobre rutas migratorias de trabajo legítimas y la enseñanza y formación profesional, así como las perspectivas del mercado de trabajo en Alemania y Albania. Por medio del proyecto, cada año se asesorará a 2.000 personas sobre la migración y el empleo en los centros de asesoramiento.

107.Con el apoyo de la Oficina de la OIM en Albania, se ha elaborado un módulo de capacitación sobre cómo dirigir las ventanillas de migración, cómo compilar y actualizar la información, determinar las necesidades de los migrantes que regresan y prestar apoyo para la reintegración o servicios de remisión pertinentes.

108.El Manual de la OIM Running an Effective Migrant Resource Centre (Gestión de un Centro de Información Especializada para Migrantes eficaz) se ha traducido al albanés y se ha distribuido con el fin de dotar a las autoridades competentes con las aptitudes, los conocimientos y las herramientas necesarios para ayudar con eficacia a las personas que regresan. A fin de cobrar mayor visibilidad, la OIM ha prestado apoyo para la impresión y difusión de folletos informativos, proporcionando con ello más información al público en general. Asimismo, se han preparado y se han distribuido guías de países de destino actualizadas para posibles migrantes en Bélgica y en los Países Bajos.

109.En la actualidad, la OIM apoya al Gobierno de Albania en la revisión de la Ley relativa a la Migración de Nacionales Albaneses por Motivos Laborales. Se prevé que con la revisión de la Ley se puedan perfeccionar los servicios prestados en las ventanillas de migración y, a su vez, mejorar su función, especialmente en los servicios de asesoramiento previo a la partida y servicios de reintegración.

Respuesta a la cuestión 23

110.La reintegración de los albaneses que regresan y sus familiares ha sido objeto de atención de las instituciones albanesas que han seguido aplicando el Plan de Acción de la Estrategia para la Reintegración de los Albaneses Repatriados 2010-2015. En la Estrategia se exponen los mecanismos de reintegración aplicables y se aborda el retorno voluntario de ciudadanos albaneses. Su visión consiste en garantizar un retorno sostenible para los migrantes mediante el apoyo al proceso de reintegración, sin importar el tipo de retorno.

111.Cabe mencionar entre las medidas para la reintegración de ciudadanos albaneses que regresan las siguientes:

Mejoras en el fundamento jurídico existente con respecto al apoyo para la reintegración.

Un marco institucional de apoyo a la reintegración de los albaneses que regresan.

Fomento de la capacidad de las estructuras que apoyan la reintegración de los que regresan.

112.Los ciudadanos albaneses que regresan a la frontera tienen a su disposición servicios de transporte, desde los puntos de paso fronterizo hasta los centros urbanos más cercanos, al igual que los grupos vulnerables a los centros residenciales más próximos. Durante el período comprendido entre 2010 y 2015, aproximadamente 100.000 albaneses que regresaron se vieron beneficiados. Se distribuyó material informativo relativo a la reintegración de las personas que regresan en los puntos de paso fronterizo y se entrevistó a personas readmitidas de otros países. Entre 2013 y 2015, se distribuyeron cerca de 80.280 folletos. Se han cumplido las condiciones adoptadas en las instalaciones de los puntos de paso fronterizo para la readmisión de los ciudadanos que regresan remitidos por la policía de otros países. Se han suministrado alimentos, agua y medicamentos a las personas que regresan en los puntos de paso fronterizo. Entre 2010 y 2015, aproximadamente 86.500 albaneses que regresaron se beneficiaron de esos servicios. En ese mismo período, se prepararon carteles para su colocación en los puntos de paso fronterizo. Se han colocado alrededor de 100 carteles grandes y 350 carteles pequeños con información orientativa para los ciudadanos albaneses que regresan.

Datos correspondientes al año 2018

113.De acuerdo con la Policía Estatal, durante el período comprendido entre enero y agosto de 2018, se atendió a un total de 10.663 ciudadanos albaneses. Desglosados por sexo: 9.914 hombres y 748 mujeres. Las condiciones se han adaptado de manera que se puedan satisfacer las necesidades más inmediatas y proporcionar un tratamiento mínimo a las personas que regresan durante los procedimientos de entrevista.

114.A fin de facilitar la reintegración de los nacionales albaneses que regresan al país y proteger los derechos adquiridos durante el empleo regular en los países de acogida, existen también acuerdos bilaterales de seguridad social. Se han concertado acuerdos con Bélgica, Hungría, Macedonia, Luxemburgo, Rumania, la República Checa y Alemania, los cuales ya han entrado en vigor.

Respuesta a la cuestión 26

115.Estadísticas anuales de las víctimas y posibles víctimas de la trata en el período comprendido entre enero y diciembre de 2017:

105 víctimas y posibles víctimas de la trata, de las cuales, 26 son víctimas de la trata y 79 posibles víctimas de la trata.

25 hombres y 80 mujeres.

49 adultos y 56 niños.

96 ciudadanos albaneses y 9 extranjeros (1 filipino, 3 afganos, 1 kosovar, 1 italiano, 1 biorhythm [sic], 1 rumano y 1 macedonio).

En 2017, se registraron 2 casos de retorno voluntario asistido a Albania: 1 desde Noruega y otro desde los Países Bajos.

En cambio, se registró el caso de 1 ciudadana que regresó de Albania a Inglaterra junto con su hijo.

116.Estadísticas anuales de las víctimas y posibles víctimas de la trata en el período comprendido entre enero y septiembre de 2018, a saber, 59 víctimas de la trata y posibles víctimas de la trata, de las cuales 3 son víctimas de la trata y 56, posibles víctimas de la trata:

16 hombres y 43 mujeres.

21 adultos y 38 niños.

58 ciudadanos albaneses y 1 extranjero.

Entre enero y septiembre de 2018, se registraron 3 casos de personas que regresaron: 1 de Alemania, 1 de Portugal y 1 del Reino Unido.

117.Se han inscrito 4 casos de retorno voluntario asistido desde Albania: 1 ciudadano de Belarús a Italia, y 3 niños afganos a Suecia para reunirse con su madre.

118.En cuanto a la cuestión relativa a la asistencia a las víctimas y posibles víctimas, cabe mencionar que todas las víctimas y posibles víctimas de la trata reciben:

Asistencia directa para mujeres y hombres víctimas de la trata o posibles víctimas de la trata.

Asistencia sanitaria.

Servicios psicológicos.

Servicios psicosociales.

Asistencia jurídica.

Educación y formación.

Prestación por hijos a cargo.

Formación en el empleo.

Cursos profesionales.

Mediación familiar.

Actividades sociales y culturales.

Contribuciones al retorno voluntario asistido de víctimas o posibles víctimas de la trata.

119.En los programas de promoción del empleo se incluye a las víctimas de la trata. Para 2018, se tiene previsto poner en marcha ocho programas de promoción del empleo para los grupos con dificultad para entrar en el mercado de trabajo. Dichos programas son: “Formación en el Lugar de Trabajo”, “Jefas de Empleo Mujeres y Niñas”, “Empleo de Personas con Discapacidad”, “Empleo de Grupos Vulnerables”, “Empleo de Jóvenes Graduados Universitarios”, “Práctica Profesional para Recién Graduados” y “Promoción del Empleo para Huérfanos”. En 2018, se creó el programa “Pago de la participación en los cursos de formación profesional”, destinado a personas desempleadas que salen del plan de ayuda económica.

120.En 2017, los participantes en el programa de empleo directo representaron el 5,8 % del número total de personas desempleadas que buscan empleo. Algunas de las características de los beneficiarios son las siguientes:

El 62 % de los participantes son mujeres y niñas.

El 51 % son jóvenes de 15 a 30 años de edad.

598 recién graduados asisten a prácticas profesionales.

El 2 % son personas con discapacidad.

El 8 % del total de participantes son personas desempleadas que buscan empleo a partir de planes de generación de ingresos.

Los solicitantes de empleo a largo plazo representan el 47 % del número total de participantes.

El 4 % son solicitantes de empleo desempleados de las comunidades romaní y egiptana.

El 2 % son migrantes que regresan.

El 3 % son víctimas de la trata y de la violencia doméstica.

El 0,1 % son solicitantes de empleo huérfanos desempleados.

121.Entre enero de 2016 y diciembre de 2018, la Escuela de la Magistratura impartió capacitación sobre la protección de migrantes que son víctimas de organizaciones delictivas implicadas en la trata de personas:

“Trata de personas y explotación en el trabajo” (2 de marzo de 2017): Características de temas específicos. Técnicas de investigación proactivas. Derechos de las víctimas durante el proceso penal. Diciembre de 2018. La Escuela de la Magistratura, en cooperación con la OSCE, organizó un curso de formación sobre “Menores víctimas en el proceso penal”.