Lista de cuestiones y preguntas relativa al octavo informe periódico de Jamaica *

Marco constitucional y legislativo

Según el informe, aunque la legislación del Estado parte no contiene una definición concreta de la discriminación contra las mujeres, cuando se presenta una denuncia por discriminación, los tribunales establecen los hechos en cada caso basándose en la jurisprudencia y los precedentes existentes (CEDAW/C/JAM/8, párr. 25). Indíquese si los tribunales del Estado parte pueden aplicar directamente la Convención. De conformidad con las obligaciones del Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención, y en consonancia con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo) y el indicador 5.1.1, informen de las últimas medidas adoptadas para incorporar a la legislación una definición explícita de la discriminación directa e indirecta y las formas interseccionales de discriminación que sufren las mujeres en el ámbito público y privado. Indiquen en qué fase se encuentran actualmente los 24 textos legislativos relativos a la igualdad de género, la justicia social y la condición de la mujer cuya modificación estaba valorándose en el momento de redactar el informe (párr. 162), y sobre las medidas adoptadas o previstas por el Estado parte para promover y hacer cumplir esos textos y supervisar su aplicación.

Acceso de las mujeres a la justicia

Indíquense las medidas que toma el Estado parte para concienciar a las mujeres sobre sus derechos y mejorar sus conocimientos básicos de derecho en todas las esferas, incluidas las controversias de derecho civil y laboral, y sobre la posibilidad de denunciar la discriminación de género, en particular las formas interseccionales de discriminación que afectan a las mujeres, por ejemplo, en el medio rural, a las solicitantes de asilo y las refugiadas o a las mujeres con discapacidad. Expliquen también cómo pueden las mujeres denunciar eficazmente las diversas formas interseccionales de discriminación que sufren ante las autoridades administrativas o judiciales. Indíquese si las mujeres con discapacidad pueden acceder al sistema de justicia en las zonas urbanas y rurales.

Describan las medidas adoptadas para hacer frente a las actitudes negativas hacia las mujeres víctimas de violencia por razón de género e impedir que se las estigmatice, introducir procedimientos con perspectiva de género para que las mujeres presenten sus denuncias y aumentar la capacidad de los magistrados para juzgar los casos en que se discrimine a las mujeres por razón de su género. Describan también las medidas adoptadas para que las mujeres reciban asistencia jurídica y psicosocial en el marco de las actuaciones penales y otras actuaciones judiciales, y para informarlas sobre la ayuda disponible para las mujeres víctimas de violencia por razón de género, e indiquen las medidas que se hayan tomado para proporcionar asistencia jurídica gratuita a las mujeres de escasos recursos.

Efectos de la pandemia en los derechos de la mujer y la igualdad de género

De conformidad con la nota orientativa del Comité sobre la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la enfermedad por coronavirus (COVID-19) aprobada el 22 de abril de 2020, indíquense las medidas que haya aplicado el Estado parte en el contexto de la pandemia de COVID-19 para corregir las desigualdades que existen desde hace tiempo entre mujeres y hombres, situando a las mujeres en el centro de la recuperación como estrategia de diversificación económica; para atender las necesidades y velar por los derechos de mujeres y niñas, incluidas las que forman parte de grupos desfavorecidos y marginados o se hallan inmersas en un conflicto y otras situaciones humanitarias; y para garantizar que las medidas de confinamiento, parciales o totales, y los planes de recuperación después de la crisis no condenen a las mujeres y las niñas a representar el papel estereotipado que suele asignarse a cada género. Indíquense las medidas adoptadas para que todas las actividades de respuesta a la crisis de la COVID-19 y de recuperación posterior: a) aborden y tengan por objeto prevenir eficazmente la violencia de género contra las mujeres y las niñas; b) garanticen la participación en pie de igualdad de las mujeres y las niñas en la vida política y pública, la adopción de decisiones, el empoderamiento económico y la prestación de servicios; y c) procuren que mujeres y niñas se beneficien por igual de las medidas de estímulo, incluidas las ayudas económicas para las cuidadoras que no reciben remuneración, destinadas a mitigar los efectos socioeconómicos de la pandemia. Describan cómo se asegura el Estado parte de que las medidas adoptadas para contener la pandemia, como las restricciones a la libertad de circulación o el distanciamiento físico, no limitan el acceso de las mujeres y las niñas, incluidas las que pertenecen a grupos desfavorecidos y marginados, a la justicia, los refugios, la educación, el empleo y la atención de la salud, en particular los servicios de salud sexual y reproductiva.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Según el informe, en abril de 2016 la Oficina de Asuntos de la Mujer pasó a llamarse Oficina de Asuntos de Género y a depender del Ministerio de Cultura, Género, Ocio y Deporte (párr. 33). Indíquense las medidas adoptadas para dotar a la Oficina de los recursos humanos, técnicos y financieros que necesita y describan las iniciativas que se han puesto en marcha para coordinar su actuación con el Ministerio encargado específicamente de las cuestiones de género (párr. 34) y los coordinadores de cuestiones de género adscritos a distintos ministerios (párr. 35). Informen sobre las políticas y planes de acción que se hayan aprobado desde 2016 en materia de igualdad de género.

Institución nacional de derechos humanos

En el informe se indica que el Gabinete aprobó en 2015 el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos (párr. 32). Describan los últimos avances logrados para crear una institución nacional de derechos humanos independiente conforme a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), aprobados por la Asamblea General en su resolución 48/134, tal como recomendó el Comité en fechas anteriores (CEDAW/C/JAM/CO/6-7, párr. 14), y las medidas adoptadas para dotar a la institución de un mandato firme para promover y proteger los derechos de las mujeres y la igualdad de género.

Medidas especiales de carácter temporal

Según el informe, aunque el Estado parte no ha implantado ningún sistema de cuotas, sí tiene previsto adoptar medidas especiales de carácter temporal para aumentar la escasa representación de las mujeres que se ha documentado en la vida política y pública del país (párrs. 40 y 41). Con arreglo al artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, relativa a las medidas especiales de carácter temporal, indiquen las medidas especiales de carácter temporal que se han aplicado desde que se creó el comité especial mixto del Parlamento en 2014, entre otras cosas para lograr la igualdad sustantiva de hombres y mujeres en el ámbito de la educación y el empleo y el empoderamiento económico de las mujeres. Resuman en detalle las medidas especiales de carácter temporal aplicadas para promover la participación de los grupos más desfavorecidos de mujeres en pie de igualdad con el resto de la población.

Violencia de género contra la mujer

Según el informe, el Estado parte está revisando instrumentos legislativos fundamentales para reforzar la protección jurídica de la mujer (párr. 54). Indíquense las últimas medidas adoptadas para modificar la Ley y el Reglamento sobre Delitos Sexuales de 2010, la Ley de Delitos contra las Personas, la Ley contra la Violencia Doméstica y la Ley de Atención y Protección Infantil. Informen sobre las conclusiones de la revisión que se llevó a cabo de la legislación relativa a la violación conyugal (párr. 55). En referencia a las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/JAM/CO/6-7, párr. 22), la evaluación de seguimiento que realizó en 2017 y su recomendación general núm. 35 (2017), sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general núm. 19, informen de las medidas que se hayan adoptado para: a) destinar suficientes recursos para recopilar datos sobre la violencia de género contra la mujer y desglosarlos por edad y en función de la relación entre la víctima y el autor; b) investigar eficazmente los casos de violencia de género contra las mujeres, proteger a las víctimas y juzgar a los autores; y c) formar ampliamente a jueces, fiscales, abogados y agentes de policía para combatir la violencia de género contra la mujer, incluida la violencia doméstica y sexual.

Según el informe, el proyecto de ley sobre el acoso sexual al Gabinete para su aprobación se presentó al Gabinete para su aprobación (párr. 67). Indiquen en qué fase se encuentra actualmente el proyecto de ley. Informen asimismo acerca de las últimas medidas adoptadas para establecer un Comité Nacional de Refugio que se ocupe de diseñar una estrategia de refugio para las víctimas y supervivientes de la violencia de género contra la mujer y sobre la creación de tres refugios nacionales de emergencia en toda la isla (párr. 65).

Trata y explotación de la prostitución

En el informe se afirma que el Estado parte aprobó el Plan de Acción Nacional Contra la Trata de Personas (2012-2015) (párr. 69). Informen sobre los resultados de la evaluación e implementación del Plan de Acción y de cualquier política o plan de acción que se haya adoptado desde 2015 para luchar contra la trata de mujeres y niñas, atendiendo a la recomendación general núm. 38 (2020) del Comité, relativa a la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración mundial. Faciliten datos desglosados por edad, nacionalidad y origen étnico sobre el número de denuncias de trata de niñas y mujeres, los juicios celebrados y las condenas y penas impuestas a los autores desde 2015.

Participación en la vida política y pública

En vista de que, como se indica en los párrafos 43 y 44 del informe, la representación de las mujeres en la vida política y pública sigue siendo insuficiente, expliquen las medidas concretas que se hayan adoptado para garantizar la igualdad sustantiva de hombres y mujeres (incluida la paridad de género) en la vida política y pública, también en la función pública y el servicio diplomático. Informen acerca de los resultados obtenidos gracias a la iniciativa denominada Jaimaican Women’s Economic and Political Empowerment: The Way Out (2010-2013) que se describe en el párr. 45 del informe, e indiquen si el proyecto se ha renovado o no. Faciliten datos sobre la representación de las mujeres en el poder judicial y las medidas adoptadas para aumentar el número de agentes de policía del sexo femenino.

Educación

En el informe se hace referencia a la Política Nacional de Reintegración de Madres en Edad Escolar en el Sistema de Educación Formal que se aprobó en 2013 (párr. 80). No obstante, según el informe, apenas un 46 % de las madres adolescentes se reincorporó al sistema de educación formal (párr. 82). Indiquen las medidas adoptadas para determinar las dificultades y obstáculos que impiden a las madres jóvenes reincorporarse al sistema de educación y para evitar que se estigmatice a las adolescentes embarazadas. Expliquen si se han tomado medidas eficaces para aumentar el número de mujeres matriculadas en ámbitos de formación profesional y estudios no tradicionales, como la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas o las tecnologías de la información y las comunicaciones, en los niveles secundario y terciario. Indiquen asimismo si el Estado parte ha introducido la iniciativa empresarial como asignatura obligatoria para los alumnos y alumnas que cursan estudios de secundaria, tal como figura en el informe (párr. 154), e informen sobre el resultado de la revisión de los planes de estudio y los métodos de enseñanza que se llevó a cabo a raíz del nombramiento de un especialista en género en 2014 (párr. 85). Faciliten el número de becas de educación en matemáticas y en ciencias y de formación profesional y técnica que se han concedido a mujeres y niñas desde 2016, tal como se indica en el párr. 90 del informe.

Empleo

Informen sobre los resultados de la revisión que se llevó a cabo de la Ley sobre el Empleo (Igualdad de Remuneración entre Hombres y Mujeres) (párr. 94). Describan las medidas adoptadas para fomentar el empleo de las mujeres en sectores no tradicionales y mejor remunerados, incluida cualquier medida especial de carácter temporal que se haya aplicado. Indiquen si se han tomado medidas para eliminar las trabas a las que se enfrentan las mujeres para progresar a nivel profesional en el ámbito de trabajo de su elección. Informen acerca de las medidas adoptadas para poner fin a la segregación horizontal y vertical en el mercado de trabajo y así promover la igualdad de género en las empresas. Describan las medidas que se hayan tomado para integrar a las mujeres con discapacidad en el mercado laboral. Indiquen las medidas adoptadas para que las responsabilidades familiares y domésticas se repartan de manera equitativa entre mujeres y hombres, y para introducir con carácter obligatorio las licencias de paternidad o las licencias parentales compartidas después del parto.

En el informe se indica que el Estado parte suscribió en 2016 el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (núm. 189) de la Organización Internacional del Trabajo y que está tratando de introducir las enmiendas legislativas necesarias para darle pleno cumplimiento (párr. 7). Informen acerca del resultado de la revisión de las leyes nacionales que regulan los derechos de las trabajadoras domésticas y de las medidas que se hayan tomado para resolver la precaria situación de este colectivo y garantizar que reciban el mismo salario por desempeñar el mismo trabajo que los hombres, gocen de protección social y trabajen en condiciones seguras, también en el contexto de la COVID-19. Indiquen si se llevan a cabo inspecciones de trabajo, qué tipo de infracciones suelen cometerse contra estas trabajadoras y cuáles son los mecanismos existentes para hacerles frente. Indiquen si el Estado parte ha valorado la posibilidad de ofrecer a las trabajadoras cuyos derechos laborales se hayan vulnerado la opción de denunciar utilizando la tecnología móvil, especialmente si temen sufrir represalias.

Salud

Habida cuenta de las anteriores observaciones del Comité (CEDAW/C/JAM/CO/6-7, párr. 30) y del octavo informe periódico, según el cual no se había tomado todavía una decisión definitiva sobre las recomendaciones del Grupo Asesor para el Examen de la Política sobre el Aborto (párr. 113), indiquen: a) en qué fase se encuentran actualmente las enmiendas propuestas por el Grupo Asesor; b) en qué supuestos se precisa la autorización de un juez para practicar un aborto; c) el número de abortos que se han practicado en el Estado parte con autorización judicial; d) el número de casos en que el aborto ha sido objeto de actuaciones penales en los últimos cinco años; e) las medidas adoptadas para legalizar el aborto en caso de violación, incesto, grave malformación del feto y riesgo para la salud de la madre, y para despenalizarlo en los supuestos restantes; y f) si han disminuido el número de embarazos precoces y la tasa de mortalidad materna, aportando los datos estadísticos correspondientes. Describan las medidas adoptadas para aprobar una política sobre salud sexual y reproductiva. Informen de las últimas medidas adoptadas para que mujeres y niñas puedan acceder a métodos anticonceptivos modernos e indiquen cómo pueden suministrarse de forma ininterrumpida estos y otros métodos a largo plazo y los anticonceptivos de emergencia, tanto en condiciones normales como en el contexto de la COVID-19.

Empoderamiento económico de las mujeres

Según el informe, aunque las mujeres disfrutan de un mayor acceso al crédito y la financiación para diversos fines, siguen sin poder acceder a la financiación y el crédito al más alto nivel (párr. 165). Indiquen las últimas medidas que se hayan adoptado para determinar y eliminar las trabas que impiden a las mujeres acceder a préstamos y otros créditos financieros. Informen asimismo de las medidas adoptadas para reducir la pobreza y estimular la actividad económica de las mujeres, en particular las mujeres desfavorecidas y las que tienen una discapacidad.

Mujeres del medio rural

Según el informe, la pobreza es más elevada en las zonas rurales y que el Estado parte creó en 2014 un Equipo de Tareas sobre la Pobreza Rural (párr. 78). Indiquen las medidas adoptadas para combatir la pobreza entre las mujeres del medio rural y mejorar la recopilación de datos relacionados con este colectivo. Informen acerca de la participación de las mujeres del medio rural en la formulación de las políticas que las afectan, de conformidad con la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité sobre los derechos de las mujeres rurales. Informen sobre las últimas medidas adoptadas para ejecutar los programas de alfabetización jurídica, financiera, mediática e informacional destinados a las mujeres del medio rural.

Mujeres con discapacidad

Según el informe, el Estado parte empezó a recopilar datos sobre las mujeres y las niñas con discapacidad para determinar las lagunas y las intervenciones de respuesta (párr. 125). Informen de las medidas adoptadas por el Estado parte para incluir a las mujeres y niñas con discapacidad en todas las políticas y estrategias destinadas a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular con respecto al acceso a la justicia, la protección contra la violencia y el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva y los programas de reducción de la pobreza. Expliquen asimismo cómo se obtiene el consentimiento libre e informado de las mujeres con discapacidad antes de someterlas a un tratamiento médico e indiquen las excepciones que se apliquen a este derecho universal.

Cambio climático y reducción del riesgo de desastres

Según el informe, el Estado parte tiene en cuenta las cuestiones y perspectivas de género en sus políticas y programas de desarrollo sostenible, incluido el Marco de Políticas y Plan de Acción sobre el Cambio Climático de 2015 (párrs. 121 y 122). Indiquen los últimos progresos logrados gracias a la aplicación de esas políticas y planes, y describan las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres participen plenamente en la formulación y aplicación de las políticas y estrategias para mitigar el cambio climático y adaptarse a sus efectos, de conformidad con la recomendación general núm. 37 (2018) del Comité sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático.

Mujeres migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo

Indiquen las medidas adoptadas para garantizar la perspectiva de género y las prácticas no discriminatorias al tratar con mujeres migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas, incluidos los mecanismos empleados para determinar y atender sus necesidades concretas en los procedimientos de migración y asilo. Informen asimismo de las medidas legislativas y de otra índole que se hayan tomado para que las mujeres puedan recibir atención médica y acceder a los programas sociales sin ser discriminadas. Informen sobre la elaboración, aplicación y evaluación de programas de capacitación dirigidos a la policía, incluidos los agentes responsables de vigilar las fronteras y las autoridades de inmigración, para combatir la discriminación y la violencia de género contra las mujeres. Describan cualquier disposición normativa o programa que hayan elaborado o aplicado las autoridades competentes para facilitar la integración local de los refugiados, e informen entre otras cosas sobre el acceso de las refugiadas a los servicios básicos, la documentación de carácter personal, los documentos de viaje de lectura mecánica y los permisos de trabajo.

Matrimonio y relaciones familiares

En referencia a la evaluación de seguimiento realizada por el Comité en 2017, el informe indica que, pese a existir disposiciones relativas a la pensión alimenticia de los hijos, no todas las madres pueden acceder a esas prestaciones debido a una serie de factores (párr. 128). Indíquense las trabas que impiden a las madres reclamar la pensión alimenticia de sus hijos y las medidas adoptadas para revisar la legislación y los procedimientos existentes con el fin de superar dichas trabas. Informen de la fase en que se encuentran actualmente las enmiendas previstas para agilizar los trámites de divorcio (párrs. 130 y 131). Describan las medidas adoptadas para fijar en 18 años la edad a la que pueden contraer matrimonio hombres y mujeres, sin excepción.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20, párrafo 1

Indiquen si se han avanzado en la ratificación del Protocolo Facultativo y la aceptación de la enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención, relativo al tiempo asignado a las reuniones del Comité.