Naciones Unidas

CCPR/C/GTM/4

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

5 de enero de 2017

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Humanos

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto con arreglo al procedimiento facultativo de presentación de informes

Cuartos informes periódicos que los Estados partes debían presentar en 2016

Guatemala * **

[Fecha de recepción: 2 de diciembre de 2016]

GGMGrupo Guatemalteco de Mujeres

ICCPGInstituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala

IDPP Instituto de la Defensa Pública Penal

IGPInspección General del Trabajo

IGSSInstituto Guatemalteco de Seguridad Social

INACIFInstituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala

INAPInstituto de Administración Pública

INEInstituto Nacional de Estadística

INGUATInstituto Guatemalteco de Turismo

LGBTILesbiana, Gay, Bisexual, Transexual, Intersexual

MEMMinisterio de Energía y Minas

MICIVIMinisterio de Comunicación, Infraestructura y Vivienda

MICUDE Ministerio de Cultura y Deporte

MIDESMinisterio de Desarrollo

MINDEFMinisterio de la Defensa Nacional

MINECOMinisterio de Economía

MINEDUCMinisterio de Educación

MINEXMinisterio de Relaciones Exteriores

MINFINMinisterio de Finanzas Públicas

MINGOBMinisterio de Gobernación

MPMinisterio Público

MUVACOFUMGrupo de Mujeres con valor construyendo un futuro mejor

OACNUDHOficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos

OAP Oficina de Atención Permanente

ODHAOficina de Derechos Humanos del Arzobispado

OITOrganización Internacional del Trabajo

OJOrganismo Judicial

OMMOficina Municipales de Mujeres

ONUOrganización de Naciones Unidas

PDHProcuraduría de Derechos Humanos

PEOPlan de Equidad de Oportunidades

PGNProcuraduría General de la Nación

PIDCPPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

PLANEAPlan para la Prevención de Embarazos en Adolescentes

PNCPolicía Nacional Civil

PNPDIM Política Nacional de Promoción y Desarrollo Integral de las Mujeres

PNPDMPolítica Nacional para la Promoción Integral de la Mujer

PNRPrograma Nacional de Resarcimiento

PRECAPIPrograma de Prevención para las Trabajadoras Domésticas

PROPEVIPrograma de Prevención de la Violencia Intrafamiliar.

RENAPRegistro Nacional de las Personas

SBSSecretaría de Bienestar Social de la Presidencia

SEGEPLANSecretaría General de Planificación y Programación de la Presidencia

SEJUSTPrograma de apoyo de la Unión Europea sobre Seguridad y Justicia

SICOMP Sistema Informativo del Control de la Investigación del Ministerio Público

SISCODESistema de Consejos de Desarrollo

SITRADOMSASindicato de Trabajadoras Domésticas, Similares y a Cuenta Propia de Guatemala

SNIVCMSistema Nacional de Información sobre Violencia en contra de la mujer

SOSEPLa Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República

SVETSecretaría Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas

TSETribunal Supremo Electoral

UDEFEGUAUnidad de Defensores de los Derechos Humanos de Guatemala

UNICAPUnida de Capacitación del Ministerio Público

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

UNODCOficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito

UPCVUnida de Prevención Comunitaria de la Violencia

UPCV Unidad Para La Prevención Comunitaria De La Violencia

URLUniversidad Rafael Landívar

USACUniversidad de San Carlos de Guatemala

UTRUnidades de Transporte de Reclusa

VCMViolencia Contra la Mujer

VIFViolencia Intra Familiar

I.Antecedentes

1.El Estado de Guatemala de conformidad con el artículo 40, del PIDCP, remite su IV Informe Periódico, conforme al procedimiento abreviado, lista de cuestiones, reportando información correspondiente al período del 2010-2015, en temas específicos se incorpora información relevante del 2016.

Marco constitucional y legislativo (artículos 1 y 2)

Avances en la Legislación Nacional

2.Sobre los progresos en el marco jurídico e institucional se han aprobado entre el 2011-2015 las siguientes normas relevantes:

a)Decreto núm.5-2011 Reformas al Decreto núm.135-96 Ley de Atención a las Personas con Discapacidad, esta amplía la definición de discapacidad.

b)Decreto núm. 3-2012 aprueba el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

c)Decreto núm. 5-2012 aprueba Reformas al Decreto núm. 28‑2010 Ley del Sistema de Alerta Alba-Keneth, para fortalecer la Coordinadora Nacional de su Sistema, que las instituciones miembros designen a la unidad técnica para cumplir con las funciones establecidas en la ley, y crea, dentro de la PGN la unidad Operativa del Sistema de Alerta ALBA KENETH.

d)Decreto núm. 15-2012 Ley de la Dirección General de Investigación Criminal, crea la -DIGICRI-, como un órgano del Estado de carácter civil, especializado en investigación criminal, auxiliar de la administración de justicia y con competencia en toda la República, se equipara con los cuerpos de seguridad del Estado, depende administrativamente del MINGOB y para los efectos de la investigación estarán subordinados a los fiscales del MP.

e)Decreto núm. 31-2012 Ley Contra la Corrupción, que reforma al Decreto núm. 17-73 Código Penal, Decreto núm. 21-2006 Ley Contra la Delincuencia Organizada; y el Decreto núm. 55-2010 Ley de Extinción de Dominio.

f)Decreto núm. 9-2016 Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas. Tiene el objetivo de regular el funcionamiento de un mecanismo de búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas a efecto de garantizar la vida, libertad, seguridad integridad y dignidad de las mujeres. Se encuentra pendiente la asignación presupuestaria.

g)Decreto núm. 26-2016, reformó al Decreto núm. 1-85 Ley Electoral y de Partidos Políticos. Garantiza el voto a los guatemaltecos en el extranjero; establece mejor control de fiscalización sobre el financiamiento de organizaciones políticas.

3.Dentro de las políticas públicas o planes nacionales aprobados se resaltan las siguientes:

a)Política Nacional de Desarrollo, (aprobada en el 2014);

b)Política Nacional de Comadronas de los Cuatro Pueblos de Guatemala: Maya, Garífuna, Xinka y Mestizo, (AG 102-2015);

c)Políticas Culturales, Deportivas y Recreativas, AM del MICUDE 948-2015;

d)Política Nacional de Empleo “Generación de Empleo Seguro, Decente y de Calidad 2012-2021”, (aproaba en el 2012).

e)Política Agraria, (AG 372-2014);

f)Política Económica 2016-2021, (aprobada en el 2016);

g)Política Pública Desarrollo Integral de la Primera Infancia, (AG 405-2011);

h)Política Pública contra la Trata de Personas y de Protección Integral a las Víctimas 2014-2024, (AG 306-2014);

i)Política Pública para la Convivencia y la Eliminación del Racismo y la Discriminación Racial, (AG 143-2014);

j)Política Nacional de la Juventud 2012-2020, (AG 173-2012);

k)Política Nacional de la Prevención de la Violencia y el Delito, Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífica, (AG 281-2014);

l)Política Nacional de Reforma Penitenciaria 2014-2024; (aprobada en el 2015);

Presupuesto PDH

4.Corresponde al Congreso de la República, la aprobación del presupuesto general de Ingresos y Egresos de cada año fiscal, así como la asignación a la PDH, que del 2011 al 2016, aumentó 14 millones de quetzales, y se ha mantenido desde el 2014. (Ver detalle Anexo I)

Independencia de PDH

5.Para el adecuado desempeño del PDH, el Decreto núm. 54-86 Ley de la Comisión de DDHH del Congreso de la República y PDH, establece en los artículos 24 y 25, que todo funcionario, autoridades o instituciones están obligados a brindar información pronta y efectiva, sobre sus gestiones administrativas o comportamiento cuando se considere lesivo a los DDHH, de no haber colaboración, el Procurador se puede valerse de los preceptos constitucionales y legales para exigirlo.

Violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, en contra de las mujeres trans (artículos 2, 3, 6, 7, 17 y 26 )

6.Las medidas adoptadas para la sensibilización y protección de la población LGBTI, se pueden indicar las siguientes.

7.El MP a través de la OAP, hace la recepción de denuncias con enfoque victimológico, hace una valoración de la atención primaria necesaria, que puede consistir en atención de crisis, valoración médica, psicológica y/o jurídica. Se registran los hechos relatados por la víctima, datos generales, orientación de género. No se profundiza sobre situaciones personales de la víctima. Se generan de las medidas de protección idónea y pertinente que amerite el caso. Se le informa de los derechos que le asisten, la formas de ejercerlos, y se le instruye sobre los servicios que presta el MP, así como el procedimiento a seguir según el caso.

8.Se han colocado en todas las ventanillas de la OAP el eslogan —YO NO DISCRIMINO—, con el fin de concientizar a los fiscales en el tratamiento de las víctimas vulnerables. Se han habilitado 3 ventanillas de atención de personas vulnerables, para atención especializada (ventanillas 2, 5 y 7) y se instalaron 2 buzones para la recepción de quejas, con boletas de atención a usuarios.

9.El Departamento de Coordinación de Atención a la Víctima, adscrita a la Secretaría de Política Criminal del MP, ha implementado estrategias para mejorar la atención victimológica, por medio de las cuales se ha podido detectar el perfil que posee el personal y nivel de tolerancia en el tratamiento de las personas de la diversidad sexual, a efecto de brindar atención de calidad y sin discriminación.

10.LaInstrucción General núm. 04-2014, contiene las bases de aplicación del Protocolo de Atención Integral para las Víctimas del Delito, se basa en el respeto a los DDHH de las víctimas del delito, con énfasis en poblaciones que viven en condiciones de vulnerabilidad, teniendo como principios rectores, el respeto a la dignidad de las víctimas, el respeto a la autodeterminación, la igualdad y no discriminación, tomando en consideración que la atención, debe responder a las necesidades y especificidades de las víctimas.

11.Al registrarse la denuncia el SICOMP incorporó en el apartado de datos personales la casilla LGBTI, que automáticamente habilita la opciones: Lesbiana, Gay, Bisexual, Transexual, género Travesti e Intersexual. También se registra el nombre con el cual es conocido en sus relaciones sociales. Es obligatorio ingresar la identidad de género: Masculino o Femenino.

12.El Plan Estratégico 2015-2019 del MP, incorporó en sus ejes de atención a víctimas de delito, la necesidad de contar con la Política General de Atención a Víctimas que contempla la especialización en la atención, según el tipo de víctima y de delitos, con especialización en la atención, según el tipo de víctima y de delitos, con énfasis en grupos de personas con necesidades especiales de atención: mujeres en delitos de género, pueblos indígenas, niñez y LGBTI.

13.La UNICAP en el 2015, inició el proceso de formación de distintas fiscalías del país denominado “Sensibilización y formación para la adecuada gestión de casos de violencia y crímenes de odio basados en orientación sexual e identidad de género”. Se impartieron 12 cursos, y capacitó un total de 268 personas. Se ha capacitado sobre instrumentos internacionales relacionados con la comunidad LGBTI, por ejemplo: Principios de Yogyakarta.

14.El MINGOB a través de la PNC, el 14 de mayo de 2015, realizó capacitación a Altos Mandos de la PNC “Derechos Humanos y Población LGBTI”, abarcó temas de prevención, educación y derechos individuales de la diversidad sexual.

15.En abril de 2016, realizó capacitación de sensibilización y trato de personas LGBTI, a agentes de la PNC delegados en las oficinas de DDHH de instituciones y Fiscales Auxiliares de la Fiscalía de DDHH del MP.

16.El IDPP desde el 2012, realiza visitas a la población LGBTI de los centros carcelarios con el propósito de conocer las condiciones, formulando recomendaciones, no se presentó ninguna denuncia por decisión de los supuestos agraviados. La Coordinación de Enfoque de Género y DDHH, tiene una base de datos de reclusos de la diversidad sexual privados de libertad.

17.Se han realizados talleres de capacitación a Defensores Públicos y personal administrativo durante el 2015 sobre sensibilización relacionada a la prevención de discriminación de las personas por motivos de orientación sexual o identidad de género. También se ha desarrollado conferencias sobre diversidad sexual y DDHH.

18.En noviembre de 2016, el MSPAS lanzó la “Estrategia Integral y Diferenciada en Salud para Personas Trans en Guatemala 2016-2030; tiene por finalidad proporcionar atención integral y diferenciada a las personas Trans. Está focalizada en las áreas de: a) Promoción de la salud y prevención de enfermedades, b) Atención en salud integral; c) Fortalecimiento Institucional; d) Monitoreo y Evaluación.

Denuncias de violencia contra población LGBTI

19.Sobre violencia específicamente contra la población LGBTI, el MP reporta entre del período 2010-2015, un total de 11 denuncias. (Ver detalle en Anexo II).

20.La PDH cuenta con la Defensoría de la Diversidad Sexual, que dentro de sus funciones se encuentra: referir, asesorar, dar seguimiento a denuncias de casos de violaciones de DDHH, a las diferentes comunidades de la diversidad sexual.

Igualdad entre mujeres y hombres en todas las esferas, incluida su participación en la vida política

21.Como parte de las acciones para fomentar la participación del voto de la mujer, el TSE descentralizó las Juntas Receptoras de Votos desde el 2007, y se han instalado en circunscripciones electorales municipales, en comunidades que cuenten con más de 500habitantes, lo cual ha ido aumentando en cada proceso electoral.

22.Para 2011, con el apoyo del Proyecto Gobernabilidad Local-AID- impulsando la Red Multiplicadora para la incidencia, participación política y electoral, se han capacitado e informado a mujeres sobre los procesos de elección y empadronamiento, así mismo, promovió campañas de concienciación dirigidas a las mujeres de las comunidades con la finalidad que marque su participación en los comicios 2011.

23.Las acciones se vieron reflejadas en el padrón electoral para Elecciones Generales y al Parlamento Centroamericano, que para el 2015, cerró con un total de 7.559.873 ciudadanos inscritos aptos para votar; compuesto de (4.074.450 mujeres) y (3.485.423 hombres;) mostrando un aumento total de 1.569.844 en comparación con el 2007. (Ver detalle en Anexo III)

24.La participación de la mujer en cuanto a los procesos electorales ha aumentado del 47% en el año 2007, al 54% en el último proceso electoral, consecuentemente la participación del hombre ha disminuido del 53% al 46%.(Ver detalle Anexo IV)

25.El número de postulación de mujeres a cargos de elección popularpresenta altibajos,en el caso de Diputas ha variado la cantidad electa de un mínimo de 19 durante el 2007 a24 para el período 2015 (Verdetalle Anexo V); por primera vez como resultado de elecciones, en el 2011 fue electa la primer mujer Vicepresente del país (Ver detalle Anexo VI).

26.En los años 2012 al 2014; el TSE busca empoderar a las mujeres, sobre sus derechos cívico-políticos y electorales, capacitó a 6.875 mujeres.

27.El Programa Educativo Hacia una Participación Integral de la Niña, Joven y Mujer Adulta, en el Ejercicio de su Ciudadanía, ha desarrollado, desde febrero 2015, el ciclo de talleres denominados “Construyendo Ciudadanía”, con mujeres jóvenes mayas de Cobán Alta Verapaz, su participación obedeció a la iniciativa de incidir como observatorio dentro del Proceso Electoral 2015, asimismo, se realizaron talleres con lideresas comunitarias de la etnia Maya, en el departamento de Salamá y el municipio de Rabinal, Baja Verapaz, de la etnia Keqchí en Cobán y el municipio de San Pedro Carchá, se incluyeron los departamentos y sus respectivos municipios en: Zacapa, Chiquimula, Santa Rosa, Jutiapa, San Marcos, Huehuetenango, Petén y Guatemala.

28.Se integró la Mesa Técnica de Equidad del TSE, para la elaboración de la Política de Igualdad y Equidad del TSE 2015-2023, con el propósito de implementar acciones para promover la participación igualitaria, efectiva y consciente de las mujeres en las organizaciones políticas y en las postulaciones a cargos de elección popular.

Fortalecimiento de instituciones gubernamentales de atención a la mujer indígenas y afrodescendientes

29.Sobre el fortalecimiento de las instituciones que velan por los derechos de las mujeres indígenas y afrodescendientes, se informa lo siguiente:

30.El FODIGUA, resalta el aumento presupuestaria del 2011 al 2015, de Q18,4641,459, (Ver detalle en Anexo VII), para la mejor atención e impacto de los programas impulsados desde dicha institución, resaltando las siguientes:

a)Para el ejercicio fiscal 2013 reporta una inversión total de Q15,565,961.15 atendiendo a 37.276 personas, siendo 23.231 mujeres y 14.045 hombres, a través de los programas: Programa de Red Virtual; Programa Gestión de Desarrollo; Programa Formación Política para Gobernar y el Programa de Autoridades Indígenas;

b)El marzo 2016, se presentó el proyecto Red Virtual I y II, consiste en la dotación de tabletas electrónicas a centros educativos públicos en 16 departamentos, para facilitar el acceso a software y hardware que permita al estudiante y maestro mejorar su aprendizaje y enseñanza.

31.El CODISRA, su asignación presupuestaria, del período 2011 al 2015, la CODISRA, recibió un aumento de Q2,634,248.00. (Ver detalle en Anexo VII), y dentro de sus acciones relevantes se indican:

a)Aprobación de la Política Pública para la Convivencia y la Eliminación del Racismo y la Discriminación, en mayo 2014, tiene como objetivo implementar acciones orientadas a la construcción del Estado plural a través de la identificación y eliminación de los mecanismos del racismo y la discriminación racial.

b)Desde el 2013, la Ley Orgánica del Presupuesto guatemalteco estipula que las ejecuciones presupuestarias deben incluir los clasificadores presupuestarios con enfoque de género, pueblos indígenas, educación y reducción de la desnutrición; para ello las entidades deben informar los objetivos, metas, población beneficiaria por género, etnia, edad y ubicación geográfica. Decreto núm. 101-97 Artículo 17 Quáter)

c)Forma parte del Gabinete de Pueblos Indígenas e Interculturalidad (AG 11‑2014). Su objetivo es diseñar y coordinar acciones para que los proyectos gubernamentales ejecutados por los ministerios y demás dependencias del Ejecutivo estén dotados de pertinencia cultural. Está integrado por el Presidente y Vicepresidente de la República, MINEDUC, MICUDE, MINTRAB, MINFIN, MAGA, MEM, MARN, MSPAS y MIDES.

d)Protocolo y Ruta crítica para la atención de casos de Discriminación y Racismo (aprobado en octubre 2013). Documento que constituye como guía, instrumento o herramienta con el propósito de resolver diversas dificultades relativas al correcto abordaje de los casos de discriminación, en el mismo se hace referencia al proceso penal guatemalteco, la denuncia, aspectos relativos a las pruebas, las fases del proceso penal y las formas de conclusión del proceso. Entre otros elementos, incluye pautas de atención al usuario y usuaria víctima del delito de discriminación.

e)Adenda al Convenio de Coordinación Interinstitucional con el MP para trabajar coordinadamente con los fiscales a nivel nacional.

32.Sobre los DDHH de los Afrodescendientes, en atención a las Resolución núm. 68/237 que proclama el Decenio Internacional de los Afrodescendientes 2015-2024 y Resolución núm. 69/16 su programa de actividades; Guatemala ha implementado una serie de procesos que procuran la consecución de los objetivos del mismo.

a)En septiembre de 2014 se estableció el “Grupo de Trabajo Interinstitucional Afrodescendiente” integrado por: MINEX, MINEDUC, MICUDE, SEGEPLAN, COPREDEH, CODISRA, DEMI y FODIGUA.

b)Se socializó el Decenio con servidores públicos y sociedad civil mediante talleres, conversatorios y diplomados. Se realizó el Diplomado “Racismo, Discriminación y DDHH del Pueblo Garífuna y Afrodescendientes” en coordinación con COPREDEH, CODISRA, CENAP y INAP en el 2015.

c)Se realizó el acto protocolario de lanzamiento del Decenio, el 4 de noviembre 2015.

d)Con la colaboración de la OACNUDH en Guatemala, se inició el proceso de elaboración de un Plan de Acción Nacional para la consecución de los objetivos del Decenio internacional de los Afrodescendientes 2015-2024.

33.La DEMI, registra en su asignación presupuestaria de 2011 a 2015, un aumento de Q808,524.00 (Ver detalle en Anexo VII); a través de sus diferentes programas, durante el 2015 benefició a un total de 8.299 mujeres. Atención Salud (108), Psicológica (1.708); Social (3.076); Jurídica (3.353), Violencia de caso sexual (54).

34.La SEPREM, registra descensos en sus asignaciones presupuestarias, (Ver detalle en Anexo VII); sin embargo, ha realizado acciones para la atención de su mandato, a través de programas financiados por Cooperación Internacional, lo que ha permitido continuar con los alcances que a continuación se resaltan:

a)El PROPEVI a través del AG núm. 111-2013 fue adscrito a la estructura de SEPREM como un programa que asesora, coordina y realiza acciones de prevención, atención y erradicación de la violencia intrafamiliar.

b)La SEPREM y RENAP en el 2013, firmaron Carta de Entendimiento para coordinar esfuerzos a nivel nacional en el proceso de documentación del DPI para las mujeres.

c)Durante el período 2012-2014, asesoró la implementación de la PNPDIM en 291 entidades gubernamentales, que incluyen a las OMM e informó sobre las áreas de intervención de esta política a 642 organizaciones de mujeres, quienes canalizan su demanda de servicios ante las instituciones gubernamentales.

d)En el 2015 aprobó el Proyecto “Generación y desarrollo de capacidades Institucionales de la SEPREM para la implementación de la PNPDIM, con énfasis en la Salud Sexual y Reproductiva y procesos de prevención de la violencia contra la mujer a nivel central y territorial” para el periodo 2015-2019. Tiene dentro de sus objetivos hacer un diagnóstico para revisar, actualizar y dar viabilidad a la integración de una propuesta de articulación de los sistemas de seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas públicas: a) Promoción y Desarrollo Integral de las Mujeres; b) Prevención de la Violencia y el Delito; y c) Contra la Trata de Personas y Atención a las Víctimas en los temas de Violencia Contra la Mujer, Femicidio y Trata de Personas.

35.Entre los programas de atención, la SEPREM reporta entre los años 2014 y 2015 un total de 223.789 personas beneficiarias, Prevención de la VIF (113.904); Asesoría a OMM (30.828) Víctimas atendidas VIF y VCM (25.256); servidores públicos sensibilizados (75.515). (Ver detalle en Anexo VIII)

36.El IDPP dentro del marco de su mandato, ha creado desde el 2001 “Defensorías Indígenas”, cuentan con 15 en diferentes departamentos del país (Ver detalle en Anexo IX).

37.El Modelo de Defensoría Indígena implementado funciona con un Defensor Intercultural, un asistente y un intérprete. En su conformación, en cada una, sus integrantes hablan el idioma indígena mayoritario la región. Actualmente se cuenta con 17 Defensores Interculturales y 13 Intérpretes que brindan el servicio de defensa.

38.En el 2012 el IDPP suscribió con CODISRA, un convenio que tuvo como objetivo establecer bases de cooperación entre ambas instituciones para el mejor cumplimiento de sus funciones y el impulso a procesos de atención integral en el acceso a la justicia, especialmente, en lo relativo a la eliminación del racismo y la discriminación racial en Guatemala, respetando el ámbito de sus competencias.

39.Como resultado de dicho convenio, se han implementado diversas acciones, especialmente los diplomados de competencia de CODISRA, a los que ha asistido personal del IDPP.

40.El IDPP en coordinación con la CNSAFJ y el Gran Consejo de Autoridades Ancestrales Mayas, Garífunas y Xincas de Guatemala, imparten talleres a autoridades indígenas, líderes y lideresas comunitarias sobre derechos específicos de las mujeres indígenas, durante el 2013 capacitó a 362 personas entre líderes, lideresas y autoridades indígenas, mientras que en el 2014, a un total de 317. (Ver detalle de capacitación en Anexo VI).

Brecha salarial existente entre hombres y mujeres

41.El artículo constitucional 102 indica en su literal b) Todo trabajo será equitativamente remunerado, salvo lo que al respecto determine la ley; c) Igualdad de salario para igual trabajo prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad.

42.El Código de Trabajo en el artículo 151, entre otras cosas, prohíbe al patrón a: hacer diferencia entre mujer soltera, casada o con responsabilidades familiares para efectos de un trabajo; despedir a mujeres en período de gestación o de lactancia; exigir a una mujer embarazada trabajos que requieran esfuerzo físico.

43.La PNPDM y el PEO 2008-2023, también busca facilitar y garantizar el acceso en condiciones igualitarias entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

44.En el 2012 se aprobó la Política Nacional de Empleo “Generación de Empleo Seguro, Decente y de Calidad” 2012-2021, la cual se fundamenta en: i. Garantizar el cumplimiento de la legislación laboral en las empresas; ii. Aumentar la posibilidad de empleo a 47.000 trabajos anuales y la productividad de los trabajadores y trabajadoras; iii. Impulsar la inversión local y extranjera; iv. Mejorar la calidad, eficiencia y vanguardismo de la producción nacional; v. Garantizar la certeza jurídica; vi. Proyectar la actualización de la normativa laboral; vii. Prepararse ante recurrentes crisis. Además, se creó el Gabinete de Empleo, conformado por los MINTRAB, MINECO, MAGA, MINEDUC, MICIVI y el Programa Nacional de Competitividad.

Combatir la discriminación laboral; Inspección General de Trabajo; trabajadores domésticos

45.Sobre la protección de la discriminación laboral, el Código de Trabajo en el artículo 14 bis. Prohíbe la discriminación por motivo de raza, religión, credos políticos y situación económica, en los establecimientos de asistencia social, educación, cultura, diversión o comercio que funcionen para el uso o beneficio de trabajadores, en las empresas o sitios de trabajo de propiedad particular. El artículo 89, indica que: trabajo igual de desempeñado en puesto y condiciones eficientes y antigüedad dentro de la misma empresa, corresponderá salario igual.

46.Con apoyo de la Cooperación Alemana, del 13 al 25 de mayo de 2015, llevó a cabo el seminario “IGT pasos básicos visión 2020”, con 300 inspectores de la IGT de las 21 delegaciones departamentales. Buscó mejorar la operación del protocolo único de inspección, la plataforma virtual y de capacitación de los manuales de funciones.

47.La IGT en sus visitas para verificar el cumplimiento de la legislación laboral, reporta de 8.000 en el 2011; se incrementaron a 36.000 para el 2013; y para el año 2015 se registran 27.286.

48.En agosto de 2013 se aprobó el Instructivo para la Fijación de los Plazos en la Labor de la IGP, (AM 177-2013 del MINTRAB), tiene por objeto estandarizar los plazos para el personal administrativo e Inspectores la IGT, para el trámite eficiente de toda denuncia, garantizando el derecho de defensa y garantía del debido proceso y consistirá en la recepción de las denuncias, la entrega de los expedientes, el trámite interno, la formulación de prevenciones, constatación, archivo o lo que proceda de conformidad con la ley.

49.Con el propósito de buscar alternativas que permitan regular el trabajo doméstico, el MINTRAB ha impulsado desde el 2014 un proceso de diálogo y sumisión del Convenio núm. 189 OIT, el 6 de febrero de 2014 el contenido de dicho Convenio fue conocido en el seno de la Comisión Tripartita Sobre Asunto Internacionales del Trabajo.

50.En marzo de 2013 se conformó un espacio de diálogo entre organizaciones del Estado y sociedad civil con el apoyo de ONU-MUJERES, se han abordado temas relacionados con mujeres, juventud y niñez laboral, especialmente sobre las peores formas de trabajo. Ha contado con la participación de ATRAHDOM, SITRADOMSA, MUVACOFUM, Semilla de Mostaza, entre otras.

51.Sobre las empleadas domésticas, el IGSS creó el PRECAPI (autorizado por AG núm. 236-2009, de la Junta Directiva del IGSS). el cual cubre beneficios de: asistencia médica por maternidad, asistencia y control a sus hijos menores de cinco años, y accidentes. El aporte patronal es de 2.5290%, trabajador y trabajadora 1.2645% los porcentajes se refieren al sueldo mínimo. A los 6 meses de aportar, puede solicitarse el beneficio.

52.En junio de 2016 el MINTRAB organizó el Taller sobre el Convenio núm. 189 de la OIT, Trabajo Decente para el Trabajo Doméstico, se realizó el taller para la Construcción del Protocolo que abordará los casos de maquila desde perspectiva de la IGT.

Violencia en contra de las mujeres

53.Sobre la Violencia contra la mujer, de las 58 Políticas Públicas vigentes, se puede indicar que 10 incluye dentro de sus objetivos la prevención y reducción de violencia incluida las mujeres. (Ver Anexo XI)

54.El 20 de agosto de 2014, se aprobó la “Política Nacional de Prevención de la Violencia y el Delito, Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífica 2014-2034 (AG núm. 281-2014), y su Plan de Acción Nacional. Identifica tres dimensiones:

a)Prevención de la violencia y el delito.

b)Fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

c)Implementación de una cultura de convivencia pacífica por convicción.

55.Fue elaborada con el propósito de ayudar a la reducción de las manifestaciones de violencia y delitos en el país, promoviendo la organización comunitaria y participación ciudadana. Prioriza acciones de prevención de la violencia y la correcta judicialización de los delitos, la atención efectiva y diferenciada a las víctimas, evitando la re-victimización. Se basa en cinco ejes estratégicos de prevención de violencia: a) contra niñez, b)adolescencia y juventud, c) mujer, d) violencia armada; e) violencia vial y accidentes de tránsito.

56.Derivado de la Política Nacional de Prevención de la Violencia y el Delito, Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífica 2014-2034 y su Plan de Acción Nacional, se aprobó la Política Municipal de Prevención de la Violencia y el Delito, Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífica 2015-2019, que persigue que las autoridades municipales aborden territorialmente la prevención del delito, seguridad ciudadana y la convivencia pacífica.

57.El MINGOB en el 2013 elaboró la Guía para la mejor comprensión de los instrumentos legales de promoción de derechos, para proteger y prevenir la violencia intrafamiliar y contra la mujer, la cual fue distribuida en el personal de la UPCV para su promoción y divulgación a nivel nacional.

58.En el 2014 aprobó el Protocolo de derivación en los delitos de violencia intrafamiliar, femicidio, trata de personas y adopciones ilegales; el Manual para delgados instrumentos para la elaboración de planes locales de prevención de la violencia y su respectivo rota folio.

59.La PNC, del período 2010 al 2015, capacitó a un total de 66.598 personas, entre ellas agentes de la PNC, sociedad civil y estudiantes sobre violencia. (Ver detalle en Anexo XII) y realizo 393 talleres en diferentes Comisarías, sobre la Prevención de Violencia Contra la Mujer. (Ver detalle en Anexo XIII)

60.La CNSAFJ, en septiembre de 2014 oficializó la Política Sectorial, de Coordinación Interinstitucional para Mejorar el Tratamiento de los Casos de Violencia contra la Mujer en el Sistema de Justicia de Guatemala y su Plan base de Implementación, tiene como objetivo impulsar el fortalecimiento institucional de la justicia penal en el ámbito del tratamiento de los casos de violencia contra las mujeres, mediante acciones coordinadas que tienden a optimizar el servicio en el tratamiento de los casos, atención a la víctima, discriminación y niveles de impunidad.

61.El 8 de marzo de 2016, se aprobó la “Política Institucional del Organismo Judicial sobre Igualdad de Género y Promoción de los Derechos Humanos de las Mujeres”, responde a diversas convenciones internacionales incorporando la visión de género para construir la igualdad y el respeto de los DDHH en la administración de justicia.

62.La política comprende cinco ejesy fue realizada por la Secretaría de la Mujer y Análisis de Género del OJ, con el apoyo de la Fundación Justicia y Género y diversas instituciones, por medio de estudios y talleres en todo el país.

63.El IDPP en el 2008 institucionalizó el servicio gratuito de Asistencia Legal Gratuito a Víctimas de Violencia y sus Familiares (Acuerdo 64-2008 del 27 de junio de 2008), fortalecido con el Reglamento de Funcionamiento (Acuerdo núm. 5-2013), que determina requisitos y perfil de ingreso de Abogados y Defensores Públicos de Oficio. En 2008 inició con 8 sedes, para el 2014 aumentaron a 14 a nivel nacional. Cuenta con el número telefónico 1571 para atender y apoyar a mujeres cuando su vida o integridad física se encuentra en riesgo, recibe llamadas de emergencia, denuncias y consultas relacionadas con mujeres, niñez y adolescentes que son víctimas de violencia intrafamiliar, las 24 horas y 365 días del año.

64.El IDPP registra la atención a través del número telefónico 1571, del 2010 al 2015, de un total de 18.080 atenciones a víctimas (Ver detalle en Anexo XIV)

65.El INACIF, aprobó “La Guía para Reconocimiento Médico Legal de Víctima de Agresión Sexual” (16 de febrero de 2015), describe el procedimiento de atención a mujeres víctimas de violencia sexual y las indicaciones de recolección de los elementos de prueba. Dicho documento se complementa con los formularios “Consentimiento Informado para la Realización de Reconocimientos Médicos y Procedimientos Relacionados”, “Reconocimiento Médico Forense Sexológico” e “Indicios de Análisis”.

66.Sobre la recolección de datos, el Sistema de Registro y Control de Órdenes de Peritaje, solicitados al INACIF, permite unificar en una sola plataforma, la totalidad de servicios que brinda en materia pericial. Dentro de sus características se menciona: a) Acceso desconcentrado desde cualquier INACIF (650 usuarios registrados), b) consolidación de información en línea (disponibilidad en un 95.11% a nivel nacional), c) unificación de ingreso de datos en una sola plataforma de información, d) Consultas y reportes, con base a la información, para el seguimiento y control de las solicitudes, e) la publicación de datos números en la web, f) Interacción con instituciones (MP, OJ, RENAP, PNC).

67.El MP, cuenta con 17 Fiscalías de la Mujer en diferentes departamentos del país, con atención 24 horas los 365 días del año. En el 2015 elaboró la “Guía de Orientación para Evaluación de Riesgos, Medidas de Seguridad y/o Protección contra la Mujer, Delitos Sexuales y Maltrato contra Personas Menores de edad; elaboró el Protocolo con Estándares y Criterios para la Elaboración de Informes Psicológicos para las Oficinas de Atención a la Víctima.

68.Durante el 2015, la Fiscalía de Sección de la Mujer, se fortaleció con 22 puestos de trabajo, de los cuales 17 son Auxiliares Fiscales asignados para atender el Modelo de Atención Integral a usuarias de Violencia Contra la Mujer, Violencia Sexual y Maltrato Contra Menores de Edad. Se nombró un Agente Fiscal, para la sede de Quetzaltenango.

69.En marzo de 2016, se habilitó el número 1572 (aplicación para móviles “Botón de Pánico”), atendido por agentes de PNC las 24 horas y los 365 días del año, apoyados por analistas de la Fiscalía de la Mujer del MP.

70.La UNICAP, reporta del período 2010-2015, un total de 195 eventos de capacitación (Talleres, Cursos, Diplomados), dirigido a empleado de diferentes cargos del MP, beneficiando un total de 3.195 participantes, sobre temas relacionados con violencia contra la mujer. (Ver detalle en Anexo XV.)

Tribunales especializados

71.Con relación a la sentencias emitidas por los Órganos Jurisdiccionales del Ramo Penal del período 2010-2015, por los delitos contemplados en Ley Contra el Femicidios y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer, emitió un total de 9290 sentencias, de las cuales, por el delito de Femicidio corresponden a 683, (153 absolutorias y 530 condenatorias); mientras que por los otros delitos de formas de violencia contra la mujer, un total de 8.607 (1.999 absolutorias y 6.608 condenatorias).(Ver detalle en Anexo XVI)

Denuncias e investigaciones por violencia contra la mujer, incluyendo violencia sexual

72.Sobre denuncias por diversas formas de violencia contra la mujer, incluyendo casos de violencia sexual, el MP, a través de la Fiscalía de Sección de Delitos contra la Mujer y Niñez Víctima, reporta del 2010-2015 un total 57.456, de la cuales 48.647 son adultas; 5.606 adolescentes, y 3.203 son adolescentes.(Ver detalle de denuncias en Anexo XVII).

73.De las investigaciones, reporta del 2010-2015, un total de 21.668 denuncias en investigación. Reportando que para el 2015 que se encontraban en investigación 8.194; al igual que los años anteriores, en su mayoría por el delito de violencia contra la mujer. (Ver detalle en Anexo XVII). Del mismo período se reporta un total de 32162 salidas procesales (Ver detalle de denuncias en Anexo XIX).

Medidas de reparación otorgadas a las víctimas, incluida rehabilitación

74.El Decreto núm. 12-2016 (1 marzo 2016), aprobó la creación del Instituto de la Víctima, que tendrá por finalidad brindar asistencia y atención a las víctimas del delito para lograr la reparación digna. Se encuentra pendiente la asignación presupuestaria.

CONAPREVI, CAIMUS

75.Para fortalecer la CONAPREVI, en el ámbito de su reactivación, luego de 3 años de inactividad, el 30 de octubre de 2015, los equipos técnicos y jurídicos de la SEPREM, Tercer Viceministerio del MINGOB, GGM, SVET, PGN y DEMI, elaboraron la propuesta de reforma al AG 831-2000 Reglamento de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar. El 6 de octubre de 2016, fueron juramentados los nuevos integrantes de la CONAPREVI.

76.Con relación a los CAIMUS, el AG 565-2014 del 12 agosto 2014, aprobó el Convenio núm. 19-2014 de 13 de junio de 2014, por medio del cual se transfirieron Q9,500,000.00 a la asociación GGM, específicamente para el funcionamiento de los 6 CAIMUS.

77.El 5 de octubre de 2016 se llevó a cabo una reunión con diputadas del Congreso de la República, MINGOB, MINFIN, con el propósito de incluir asignación presupuestaria en el presupuesto 2017 para los CAIMUS.

Feminicidio

78.Contra el Femicidio el MP durante 2015, ha fortalecido el modelo de atención integral con recurso humano y constantes monitoreos. Iniciado el procedimiento del expediente único con la finalidad de unificar todas las denuncias de una mujer en contra de un mismo agresor, y contar con más elementos para demostrar el círculo de la violencia. Se han conexado 598 expedientes.

79.Para prevenir daños a mujeres y resguardar su vida, en coordinación con el MINGOB instaló un call center con el número 1572; “Botón de Pánico”. El 23 de noviembre de 2016, se inauguró la Fiscalía Especializada Contra el Delito de Femicidio.

80.La Instrucción núm. 6-2013 (27 de agosto de 2013), regula la investigación del MP, estableciendo una ruta específica para la investigación de casos de femicidios, que cosiste en la conformación de un grupo técnico integrado por la DICRI, DEIC, apoyado del INACIF. Se detalla en el Anexo XX.

81.En estos casos se apoya a la/s víctimas o víctimas colaterales, refiriéndolas a redes de derivación para una atención especializada, la cual deberá ser brindada por personal especializado, evitando de la revictimización.

82.La PNC, dentro de las acciones para la atención de asesinatos violentos de mujeres, ha realizado diferentes capacitaciones:

a)En el 2011 capacitó y sensibilizó a personal de la Sección del número de denuncias de la PNC 110 de la Subdirección General de Operaciones de la PNC, en la temática de cómo atender a víctimas a través de una llamada telefónica.

b)En abril y mayo de 2013, se realizaron 18 talleres sobre el “Protocolo de Actuación de la PNC en el abordaje de violencia contra la mujeres y leyes en el ámbito de Género Implementadas y/o Socializadas contra el Femicidio.

c)En el 2014, se realizaron 10 talleres de capacitación sobre la inclusión de la perspectiva de Género como eje transversal de la Política de Seguridad y Justicia con Énfasis en el Servicio y Atención Policial. Se distribuyeron 5.000 ejemplares del Manual de Formación para la PNC.

Sistema estadístico sobre asesinatos de mujeres

83.El -INE- ha creado SNIVCM, en coordinación con la SEPREM, conformado por: OJ, MP, PGN, PDH, MINGOB, PNC; IDPP; Bufete Popular de USAC y URL; INACIF; DGSP MINEDUC y MSPAS (Incorporados en 2013). El objetivo es proporcionar información de la problemática de la violencia en contra de la mujer.

84.El INE es el encargado de recolectar la información de las instituciones, por medio de bases de datos; las que revisa y analiza, de encontrar inconsistencias, se solicita a la fuente la rectificación de la información, luego la crítica, la codifica, hace limpieza de datos, tabula los datos para finalmente elaborar los indicadores de Violencia en Contra de la Mujer.

85.En el 2015 se homologo los criterios para la incorporación de variables generales en el SNIVCM, buscando mejorar la calidad de las variables existentes, así como agregar nuevas variables que permiten ampliar el análisis de la problemática de la Violencia en Contra de la Mujer; resultado de estas acciones se publicó un documento denominado Variables Generales para el SNIVCM, el que contiene definiciones, diccionarios y validaciones de las variables.

86.Las variables que se investigan son respecto al registro, datos generales de la víctima, del hecho, del agresor y de la institución que reporta el hecho. Se cuenta con información de los años 2008 al 2013; se está elaborando la información de los años 2014‑2015.

Aborto

87.Sobre el aborto, en Guatemala la normativa sigue vigente, sin embargo, un logro significativo es la aprobación de un protocolo para atender el aborto terapéutico, a fin de garantizar la vida y salud de las mujeres, en caso del aborto inducido, provocado o forzado, el sistema de salud nacional está en la obligación de atender a las mujeres que así lo requieran.

88.Existe la Ruta de Atención a Niñas y Adolescentes embarazadas, el Protocolo de Atención a Víctimas sobrevivientes de Violencia Sexual, el Programa Nacional de Salud Reproductiva, la Estrategia de Atención Integrada a la niñez y a la mujer en la comunidad y una política para trabajar de manera coordinada con las comadronas de Guatemala, entre otras acciones relevantes.

Mortalidad materna

89.Sobre los registros de mortalidad materna se refleja un descenso del 2011 de (317) a (308) para el año 2014, de conformidad el INE. (Ver detalle en Anexo XXI)

Embarazos no deseados, educación sexual, reducción de tasa demortalidad materna

90.El MSPAS estableció el sistema de vigilancia de embarazos en adolescentes, mejorando la captación de datos. En el 2012 aprobó el PLANEA, coordinado con el CONJUVE. Tiene como objetivo reducir la prevalencia de embarazo en adolescentes, promoviendo al salud sexual y reproductiva en adolescentes y jóvenes y trata de mejorar los accesos a servicios y programas que posibilite su desarrollo integral y mejor calidad de vida; implementar el acceso de métodos anticonceptivos a adolescentes y jóvenes en los espacios amigables.

91.El MSPAS y MINEDUC, realizan acciones dentro del Marco de Prevenir con Educación Integral en Sexualidad, cuyo objetivo es incluir la educación sexual dentro del programa escolar para que los adolescentes puedan: a) tomar decisiones sobre su cuerpo y sexualidad; b) retrasar el inicio de las relaciones sexuales y con menor número de parejas; c) incorporar comportamientos preventivos de embarazos no deseados y utilizar métodos anticonceptivos y otras prácticas de prevención; d) tso del condón y disminuir riesgos de infecciones de transmisión sexual.

92.El Plan Nacional para Prevención de Embarazos en Adolescentes y Jóvenes de Guatemala 2013-2017, inició la implementación de proyectos de prevención en 5 departamentos y 16 municipios priorizados conjuntamente con el Gabinete Específico de la Mujer.

93.En el 2013 se lanzó la campaña “Protégeme del embarazo”, con el objetivo de prevenir y sensibilizar a padres de familia, educadores y sociedad civil sobre el embarazo en menores de 14 años de edad que es delito de Violación. Se han reproducido afiches, spot televisivos y radiales a nivel nacional, en idioma español e idiomas mayas.

94.En el 2014 CONALFA, entregó cartillas sobre Educación Sexual y Salud Reproductiva en los departamentos de Huehuetenango, Alta Verapaz y Quiché.

95.El MSPAS adoptó: el Manual para el abordaje de Salud Sexual Reproductiva (actualizado en el 2015); Guía de Implementación de los espacios amigables; Guía de anticonceptivos para adolescentes; Círculo de adolescentes embarazadas.

96.En septiembre de 2016, la SVET realizó la Actividad “Esto No es NORMAL”, que consistió en la colocación de un simulador de embarazo a tres hombres y algunas personalidades del ámbito nacional vinculados al tema de niños, niñas y adolescentes, el plaza Mayor de la Constitución, y tenía por objetivo la sensibilización para prevenir los embarazos en adolescentes y denunciar los mismos.

97.En octubre de 2016, el MSPAS, MIDES, MINEDUC, RENA, PGN, MP y SVET presentaron el fortalecimiento de la Ruta de Atención Integral a Niñas Embarazadas menores de 14 años. La Ruta describe el procedimiento a seguir para la adecuada atención a niñas embarazadas menores de 14 años víctimas del delito de violencia sexual, se busca no revictimizar a las menores y que su atención sea pronta y efectiva

Derecho a la vida, Prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y lucha contra la impunidad (artículos 2,6 y 7)

Amnistía, Caso Ríos Montt, Comisión de búsqueda de personas desaparecidas

98.El Estado de Guatemala, en relación al requerimiento específico del Comité, incluye a continuación información relativa a las incidencias procesales de la causa penal en contra de José Mauricio Rodríguez Sánchez y José Efraín Ríos Montt

99.El Tribunal de Sentencia Penal de Mayor Riesgo “A”, concluyó con una sentencia condenatoria el 10 de mayo de 2013 en contra de José Efraín Ríos Montt y absolvió a José Mauricio Rodríguez Sánchez.

100.La CC, anuló el 19 de mayo de 2013, por vicios de procedimiento, la sentencia condenatoria emitida el 10 de mayo de 2013, contra José Efraín Ríos Montt, por los delitos genocidio y deberes contra la humanidad. Así como todo lo actuado hasta antes del 19 de abril de 2013.

101.El 27 de mayo de 2013, la Corte de Apelaciones, en cumplimiento de lo dispuesto por la CC, ordena al Tribunal de Mayor Riesgo A, tramitar la recusación interpuesta por la defensa en contra de los juzgadores. El 4 de junio de 2013, la misma Sala designó al Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo B, para que continúe conociendo de las diligencias procesales, decidiendo proseguir en abril de 2014. Este mismo tribunal posteriormente dio a conocer que podrá reanudar el proceso 5 de enero de 2015.

102.Los acusados, presentaron amparo, contra el Juez Primero de Mayor Riesgo “B”, porque el juzgador el 4 de febrero de 2013, rechazo los medios probatorios ofrecidos por la defensa. La Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente, constituido en Tribunal de Amparo, otorgó amparo provisional, y la CC en expediente 1097-2013, confirmó la protección constitucional interina reclamada, el 3 de abril de 2013.

103.El 4 de abril de 2013 el Juez de Primera Instancia de Mayor Riesgo “B”, informó a la CC, que ante los Resuelto por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones, carecía de competencia para seguir conociendo, por lo que el 9 de abril de 2013, la CC, resolvió remitir las actuaciones al funcionario judicial que adquirió competencia para conocer las actuaciones y concluir la etapa intermedia de la causa penal identificada como 0176‑2011‑00015.

104.La Sentencia de Amparo emitida por la CC, en los expedientes acumulados de apelaciones de amparo 154-2014, 155-2014, 183-2014 y 239-2014, resolvió: a) Revocó la sentencia del 26 de septiembre de 2013 de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente, constituida en Tribunal de Amparo; b) Otorgó con lugar los recursos de apelación interpuestos por la Asociación para la Justicia y Reconciliación, CALDH y el MP; c) Otorga el amparo solicitado por los postulantes, d) Deja en suspenso el auto del 18 de abril del 2013, por el que resolvió los recursos de reposición, instados por la decisión de dejar sin efecto todo lo actuado a partir del 23 de noviembre de 2011, y e) Restaura la situación jurídica de los amparistas.

105.El Tribunal de Sentencia Penal de Mayor Riesgo “B”, inició el Debate Oral y Público, el 5 de enero de 2015, en ese momento la Defensa, presentaron recurso de Recusación en contra de la Presidenta del Tribunal de Sentencia. El Tribunal decidió trasladar el expediente a la Sala de Apelaciones de Mayor Riesgo para que determine si es separada del debate.

106.La invocación de la amnistía dentro del proceso expediente único 1076-2011-00015, a cargo del Juez Primero de Primera Instancia Penal de Mayor Riesgo “B” se interpuso la excepción de extinción de la persecución penal por amnistía durante la etapa preparatoria e intermedia, el juez contralor declaró sin lugar la excepción.

107.En la excepción interpuesta, se solicitó el motivo contenido en el artículo 32, numeral 2 del CPP –amnistía–, fundándola en el Decreto Ley núm. 8-86, artículo 1. El recurso adujo que esa amnistía se decretó sin ninguna excepción, para el período comprendido entre el 23 de marzo de 1982 y el 14 de enero de 1986. También argumentó que la ley no tiene efectos retroactivos, no modifica derechos adquiridos y la condición jurídica constituida bajo una ley anterior se conserva bajo el imperio de una ley posterior.

108.El juez contralor expresó que la ley aplicable es la Ley de Reconciliación Nacional, que en 1996 proscribió la amnistía para el caso de genocidio, e hizo referencia a jurisprudencia de la Corte IDH. Apelada tal decisión, en el expediente único 1076‑2011‑00015, la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, dictó el auto de 15 de junio de 2013, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por José Efraín Ríos Montt y, en consecuencia, confirmó la decisión del juez a quo,de desestimar la excepción de extinción de la persecución penal.

109.La Defensa de José Efraín Ríos Montt, interpuso acción constitucional de amparo el 16 de abril de 2013. La Cámara de Amparo y Antejuicio, dictó sentencia en la acción constitucional de amparo, por haber violado su derecho de defensa. En el recurso se argumentó que se debió aplicar el Decreto núm. 8-86 y no la Ley de Reconciliación Nacional.

110.La CC el 22 de octubre de 2013, en los expedientes acumulados 1523-2013 y 1543‑2013, resolvió la apelación interpuesta en contra de la sentencia del 16 de abril de 2013 emitida por la CSJ, en la acción constitucional de amparo promovida por José Efraín Ríos Montt.

111.La apelación planteada AJR, como tercera interesada –querellante adhesiva-, así como por el MP. indicaron que: el Decreto Ley núm. 8-86 no está vigente, ya que la Ley de Reconciliación Nacional dispuso expresamente su derogatoria, de ahí que sea notoria la imposibilidad de aplicar la norma invocada por el amparista.

112.Los alegatos de José Efraín Ríos Montt, se basaron en la irretroactividad de la ley, afirmando que la única ley aplicable era la Ley de Reconciliación Nacional por estar vigente y que no se podía entrar a considerar el Decreto núm. 8-86. La CC en la parte considerativa razonó que:“ confundiendo las instituciones de prescripción y amnistía e invocando jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que no es aplicable.por ende ocasionó la vulneración a los derechos de defensa y al debido proceso constitucionalmente garantizado. De ahí que es procedente declarar sin lugar los recursos de apelación interpuestos y, y como consecuencia, confirmar la sentencia impugnada… ” Se amplían en el (Anexo XXII)

113.Por orden de la CC, la judicatura (la Sala) debe emitir un nuevo fallo en que explique por qué Ríos Montt podría ser beneficiado con el perdón judicial que otorgó el decreto 8-86. Se está a la espera de la resolución de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.

114.El 18 de agosto de 2015, el Tribunal B de Mayor Riesgo conforme el informe médico, indica que Efraín Ríos Montt sufre de demencia vascular mixta cortical y subcortical, lo cual causa lesiones en el cerebro, los 3 Jueces acordaron que por el estado de salud, los abogados representen a su defendido en el proceso penal.

115.El 16 de marzo de 2016, los jueces acordaron que el juicio no será documentado por la prensa. Sin embargo, sí se permitió la presencia de observadores internacionales. El juicio fue suspendido el 18 de marzo, cuando los juzgadores multaron con un mil Quetzales al abogado defensor, por decir ofensas durante la audiencia.

116.El 5 de mayo de 2016, la Sala Primera de Apelaciones resolvió que los militares sindicados sean juzgados por separado, la petición fue presentada por CALDH y AJR.

117.En proceso paralelo contra Efraín Ríos Montt (Masacre Dos Erres), La Jueza lo declaró incapaz para seguir el juicio debido a su condición médica y no estar en uso de sus facultades mentales; y debe enfrentar el proceso a través de la representación de su abogado (noviembre de 2016,). Según el INACIF padece de un deterioro cognitivo que le impide rendir adecuadamente en términos de pensamiento y juicio que por su edad continúa en deterioro.

Abuso de Amparo

118.El Estado coincide que la ley constitucional requiere un proceso de reforma acorde con los estándares regionales e internacionales en materia de DDHH y las reglas constitucionales desarrolladas por el artículos 175 de la CPRG, 164 literal a y 192 de la Ley de Amparo Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en el cual se respete el procedimiento que requiere un previo dictamen favorable de la CC el voto favorable de las dos terceras partes del Congreso de la República de Guatemala y que la iniciativa provenga de aquellos órganos o personas facultadas por la propia Constitución.

119.Se han planteado propuestas de reforma al Decreto núm. 1-86 de la Asamblea General Constituyente, Ley de Amparo Exhibición Personal y de Constitucionalidad como por ejemplo: la Iniciativa presentada por la CSJ y OJ, núm. 3319 del 25 de agosto de 2005 y la Iniciativa núm. 4289 del 5 de abril de 2011 presentada por el TSE. Así como la propuesta para la discusión presentada por la CICIG, MP y OACDHN el 14 de octubre de 2015.

PNR

120.A partir del 2012 el PNR inició un proceso para reorientar la aplicación de las medidas de resarcimiento hacia un enfoque integral para privilegiar la reconstrucción del tejido social, afectados por el conflicto armado interno. Se ha fortalecido la aplicación de las medidas a la reparación de los efectos psicosociales en individuos, sus familias y su comunidad de pertenencia a través de las medidas de Reparación Psicosocial y Rehabilitación y de Dignificación de la Víctimas.

121.El enfoque se orienta a la medida de Restitución Material en modalidad de Inversión Productiva, para propiciar procesos sociales participativos que estimulen el desarrollar nuevos espacios e institucionales y mejorar las capacidades de los sobrevivientes y su calidad de vida.

122.Los proyectos de Inversión Productiva, consistente en la transferencia de capital semilla a grupos, organizaciones y comunidades de población que sufrió diversas violaciones a sus DDHH durante el conflicto armado interno y va acompañado por la aplicación de las medidas de Reparación Psicosocial y Rehabilitación, Dignificación de las Víctimas y Resarcimiento Cultural..

123.Del período 2012-2015 el PNR ha sufragado gastos en cuanto a las medidas de reparación a favor de las víctimas del Conflicto Armado Interno un Total de Q260,100,067.51, (Ver detalle en Anexo XXIII y XXIV) El mayor rubro se ha otorgado en las medidas de resarcimiento material con un total de Q192,460,109.84; seguido por el resarcimiento económicos por Q49,304,319.19 (Ver detalle en Anexo XXV)

124.Previo a las reparaciones otorgadas por el Estado se debe cumplir requisitos legales (según el tipo de reparación), en virtud que son fondos públicos sujetos a fiscalización y controles de auditoría, por lo que no se debe considerar demoras injustificadas. Por ejemplo, al no ser su naturaleza la construcción de viviendas, se ha recurrió a la firma de convenios interinstitucionales para el traslado de los fondos.

125.El presupuesto total aprobado al PNR entre el periodo 2012 a agosto de 2015 ascendió a Q468,223,730.00. (Ver detalle en Anexo XXVI).

Tipificar penalmente el delito de tortura

126.Sobre el delito de “Tortura” del artículo 201 bis del Código Penal, la CC a través del Expediente 1822-2011 y sentencia del 17 de julio de 2012, declaró la inconstitucionalidad por omisión, reconociendo y aplicando de manera innovadora el bloque de constitucionalidad, los estándares internacionales como parámetros de control de constitucionalidad de las leyes y la inconstitucionalidad por omisión parcial, incorporando doctrina y jurisprudencia internacional para el desarrollo de tal tema. (Ver extractos de sentencia en Anexo XXVII)

Denuncias de actos de tortura y malos tratos

127.El SICOMP, registra del período 2010-2015 por actos de tortura y malos tratos, un total de 469 denuncias, de las cuales 18 han sido archivadas, 31 fueron desestimadas y 248 se encuentran en investigación, (ver detalle en Anexo XXVIII)

Fortalecimiento de la PNC

128.Dentro de las accione para garantizar el recurso humano y materia para la funcionalidad de la PNC, se resalta la tendencia de aumento a presupuestario, del año 2012 al 2015, recibió un incrementó de Q359,885,079.00 como se deduce la siguiente tabla. (Ver detalle en Anexo XXIX)

129.Desde el 2012 la PNC ha tomado acciones para contar con recurso humano y material necesario para su funcionalidad, entre estas: Priorización de gastos; reducción de brecha entre presupuesto asignado y ejecutado; selección de aspirantes a agentes nuevos; se ha adquirido diferente tipo de equipo y distribuido a nivel nacional; en el 2014 se finalizó el proceso de destrucción de armas de fuego en desuso, para contar únicamente con equipo en buen funcionamiento. Por aparte fueron adquiridas 14.146 armas de fuego tipo pistola, y 100 armas de fuego tipo sub ametralladora.

130.La aprobación de la Política Nacional de Prevención de la Violencia y el Delito, Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífica 2014-2034, ha consolidado la fuerza policial para el 2014 con 35.000 agentes activos, es decir casi 10,000 más que en el 2012. Así como especialidad en investigación, estadística criminal, combate al crimen organizado, seguridad ciudadana entre otros.

Investigación de agentes PNC por malos tratos, tortura

131.La PNC al conocer sobre la supuesta participación de un agente PNC, inicia la investigación a través de la Inspectoria General, para lograr establecer si hay alguna responsabilidad administrativa, al confirmarse, el caso continúa la investigación hasta imponer una sanción de tipo administrativo, si es responsabilidad penal se cursa la investigación y plantea denuncia ante el MP. Para el caso de las víctimas civiles de inmediato se nombre a personal para la custodia de la misma.

132.La PNC, del período 2012-2015, registra denuncias por malos tratos un total de 18 casos; ha iniciado expedientes disciplinarios por violaciones de DDHH; 59 y anotaciones de sanciones disciplinarias 18. (Ver detalla en Anexo XXXI)

133.El MP, registra del 2012 al 2015, un total de 308 denuncias por delitos de lesiones graves, leves y/o tortura. (Ver detalla en Anexo XXXII)

PNC y Ejército

134.Respecto a la coordinación entre el la PNC y el Ejército de Guatemala, el Decreto núm. 40-2000 Ley de Apoyo a Las Fuerzas de Seguridad Civil y el Protocolo de Actuación interinstitucional: Apoyo del Ejército a Las Fuerzas de Seguridad Civil, (AG núm. 285‑2012), que establece los canales de colaboración, coordinación y describe el circuito de actuación entre la PNC y el Ejército, no ha presentado modificaciones.

Seguridad Privada

135.El Decreto núm. 52-2010 Ley Reguladora de los Servicios de Seguridad, vigente el 2 de mayo de 2011, estableció la creación de la -DIGESP- y le confiere entre sus funciones (artículo 7), controlar y supervisar a los presentadores de servicios de seguridad privada, exigir el cumplimiento de las normas y procedimientos adecuados para la prestación del servicio de seguridad, autorizar la licencia de operación y funcionamiento a la prestadores del servicio, mantener y actualizar el registro las personas individuales y jurídicas que prestan el servicio, entre otras, también tiene atribuciones (artículo 9) para realizar visitas de control, fiscalización, supervisión y verificación, a fin de comprobar el cumplimiento de la Ley que Regula el Servicio de Seguridad Privada y sus reglamentos, supervisar el cumplimiento de las capacitaciones y entrenamiento de los prestadores de servicios de seguridad, imponer sanciones administrativas pecunarias, extender las licencias y autorizaciones de la empresas que contempla dicha ley.

136.Desde la entrada en vigencia del Decreto núm. 52-2010, todas personas individuales y empresas que prestaban y deseen prestar los servicios de seguridad privada, deben inscribirse, tramitar y solicitar la licencia de operaciones, siendo la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada quien autorice o denegaré la misma.

137.La Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada se complementa con:

a)Reglamento de La Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada, (AG85-2001 del MINGOB,1 de marzo de 2009).

b)La Ley de Armas y Municiones (Decreto núm. 15-2009) que en su reglamento, incorporó obligaciones a las empresas de seguridad privada, con relación a la tenencia y portación de armas de fuego, otorga la función a la DIGECAM de supervisar la tenencia y portación de armas de fuego de los agentes privados de seguridad.Asimismo, establece los requisitos para la portación de arma de fuego de uso civil por miembros de empresas de seguridad privada (artículo 79).

c)La Ley de la PNC (artículo 5), establece que las personas individuales y las entidades privadas que presten el servicio de investigación, protección y custodia sobre personas, bienes o servicios de titularidad pública o privada, están sujetas a un control activo de la PNC y a requerimiento de las autoridades, deberán prestar su colaboración y brindar información que ayude a prevenir la comisión de hechos delictivos.

138.El DIGESP, está encargado de practicar las supervisiones de oficio, (artículo 8) de la Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada y, en el artículo 45 del Reglamento de esa misma Ley. Para lo cual realiza las siguientes acciones:

a)Visitas de control, supervisión y fiscalización, conformado por un equipo multidisciplinario conformado por DIGESP y PNC. La supervisión y fiscalización se realizan sobre asuntos legales, administrativos, personal, financiero y contable; armamento y munición; logística, instalaciones alojamiento y salubridad; educación y capacitación; informática y tecnología. Se hacen 2 por semana.

b)Registros de los reportes anuales de la nómina del personal operativo y administrativo, enviado por las empresas de seguridad durante los primeros 8 días de cada año.

c)Obtención de documentos de que acrediten la propiedad y registro, y el inventario detallado de las armas y municiones en usa, y las que se encuentran almacenadas en el lugar destinado y autorizado para el efecto.

d)Inventario de las placas de identificación de agentes con numeración correlativa, distintivos y monogramas autorizados por la DIGESP.

e)Registro de la descripción e identificación detallada de los vehículos utilizados por la empresa, así como los dispositivos globales de posicionamiento.

f)La PNC cuenta con el Sistema de Control denominado CONESPRICA, que consiste en una base de datos con reportes mensuales que las empresas de seguridad deben remitir mensualmente para efectos estadísticos, y el reporte es enviado a la DIGESP cada 45 días, contiene información sobre el personal operativo, armas, radios y vehículos.

g)Se cuenta con una base de acreditación de agentes de seguridad privada certificados y acreditados.

h)Supervisión durante el proceso de capacitación y desarrollo del personal de las empresas de seguridad privada. (Existen 11 centros de capacitación).

139.Para impedir violaciones de DDHH la DIGESP, establece las empresas que violan los DDHH,dependiendo de la infracción, se impone la sanción pecuniaria o la cancelación de la autorización para prestar el servicio de seguridad privada; en posible comisión de delito se notifica a las instituciones correspondientes de conformidad con los artículos 51, 52 y 54 del Reglamento de la Ley, y el artículo 58 de la Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada.

140.El MP, registra contra agentes de seguridad privada del período 2010-2015, un total de 278 denuncias, de las cuales 63 han sido desestimadas, 8 archivadas, 99 se encuentran en investigación (Ver ampliación de información en Anexo XXXIII).

141.Para el control de armas de fuego y municiones, se han realizado las acciones siguientes:

a)Taller Capacitación, dirigido a 50 colaboradores técnicos de la Unidad, sobre conocimiento de la Ley de Armas y Municiones, realizado en el año 2014.

b)Taller de Capacitación a 20 colaboradores técnicos UPCV, sobre las funciones de la DIGECAM, con el tema de Armas y Municiones. 2015.

c)Elaboración de un Módulo de Prevención de la Violencia armada. Se cuenta con 2000 ejemplares para ser distribuidos en los talleres de capacitación, a miembros de las UPCV.

Pena de muerte; adherirse al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto

142.La CSJ en el 2012, anuló la Pena de Muerte a 53 condenados. Los reos en su mayoría condenados por delitos de secuestro, asesinato y violación fueron condenados a 50 años de prisión.

143.El 14 de enero de 2011, el Organismo Ejecutivo presentó una iniciativa de ley que plantea reformar los decretos 17-73, 51-92 y 48-98 y la sustitución del término pena de muerte, por el de prisión de alto impacto. Esto a raíz de los compromisos derivados de instrumentos internacionales de DDHH.

144.Con relación a la ratificación del Segundo Protocolo, el Estado indica que no existe variación a lo informado en lista de cuestiones envida al Comité en el 2011, para el 100º período de sesiones.

Personas con discapacidad (artículos 2, 7, 9, 10 y 26)

145.La Política Nacional de Discapacidad (2012) aprobada mediante Decreto núm. 16-2008; fue hasta el 2011 que se le asignó Q.5 millones, del presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación, aumentándosele para el año 2016, a 70 mil millones de quetzales.

146.A partir de esta asignación el CONADI gradualmente ha incrementado el equipo técnico de trabajo, contando en el 2016 con 9 promotores que dan cobertura a 22 departamentos, asimismo se cuenta con un eje estratégico denominado Incidencia Política, que tiene como objetivo incidir en las entidades públicas, privadas y sociedad civil para la aplicación de la política.

147.Se han creado Oficinas Municipales de Discapacidad en 10 Municipalidades y 21 Comisiones Departamentales de Discapacidad, integradas por organizaciones de la sociedad civil e instituciones del sector público, las que participan en los foros del poder local.

148.Se priorizó la atención Psiquiátrica en 6 Hospitales de la Red Hospitalaria: El Quiché, Petén, Jutiapa, Santa Rosa, Sololá y Chimaltenango, para lo que se cuenta con Especialista Psiquiatría a partir del 2015 en cada uno de estos hospitales, y médico especialista contratado.

149.La SBS cuenta con servicios directos a niños/as y adolescentes con discapacidad; atiende a menores de 18 años con discapacidad intelectual, en los centros de atención: Alida España de Arana y Centro de Capacitación Ocupacional que es un servicio libre, asimismo dispone de hogares temporales, donde los residentes están por disposición de un juez, como medida de protección

Inspección para atención de salud mental y de asistencia social

150.No se cuenta con un mecanismo establecido de inspección para el control de atención y supervisión en las instituciones de salud mental, sin embargo, dentro de su mandato la PDH realiza visitas a los centros, a través de la defensoría de las personas con discapacidad.

Hospital Nacional de Salud Mental Federico Mora

151.El Hospital Nacional de Salud Mental “Dr. Federico Mora”, para mayo de 2016, registró 343 pacientes residentes, con relación al 2015 la población se ha mantenido. El hospital tiene una capacidad instalada para 350 pacientes. Para su atención cuenta con un total de 565 empleados, entre ellos médicos psiquiatras, médicos internistas, residentes, psicólogos, químico farmacéutico, odontología, enfermeras profesionales, enfermeras auxiliares, trabajadoras sociales, personal administrativos (operativo y directivo).

152.Cuenta con servicios de psiquiatría, odontología, trabajo social, rehabilitación, hospital de día. Disponen de una comisión denominada de reinserción, la cual está integrada por un equipo multidisciplinario que busca la reinserción social de pacientes.

153.Se brinda alimentación, en desayuno, almuerzo, cena, refacción matutina y vespertina. Los alimentos son preparados en hospital y adquieren de forma externa únicamente pan y tortillas. Por seguridad de los pacientes no utilizan ropa de cama, y por el perfil no se dispone de uniforme, reciben donaciones de ropa y es la que proveen a los pacientes. Cuentan con sistema de vigilancia de cámaras en lugares estratégicos. Cuenta con personal propio para resguardar la seguridad de las instalaciones (30 personas).

154.Medidas tomadas para garantizar los derechos y la integridad de los pacientes Hospital Nacional de Salud Mental “Dr. Federico Mora”:

a)Separación de pacientes en conflicto con la ley pena, asignándolos a un pabellón donde agentes PNC tienen la custodia. Se coordinó con la DGSP, MSPAS y FODES, la entrega de los módulos IV y V, que se encuentran en el Hospital Nacional de Salud Mental “Dr. Federico Mora.

b)Se realizó un traslado de alrededor de 30 pacientes psicogeriatricos hacia el departamento de Zacapa como medida de prevención de violencia y de abusos hacia ellos.

c)Se implementó un programa de rehabilitación en donde se les realiza terapias físicas y terapias ocupacionales.

d)Se creó una comisión integrada por personal del hospital, COPREDEH, OJ, PGN, SOSEP, y SBS, con el objetivo crear un programa que atienda a pacientes con deficiencia mental.

e)Se estableció un sistema de sanciones de carácter financieras y económicas para el personal que cometa negligencia en su trabajo, principalmente en el trato y cuidado de los pacientes.

f)Se coordinó entre el DGSP y la PNC, el cotejo de población privada de libertad con discapacidad mental para su traslado a custodia de la DGSP.

g)Se coordinó la elaboración de un protocolo de atención de ingreso y egreso así como de trato a personas privadas de libertad con discapacidad mental por parte de la DGSP.

h)Curso de DDHH y trato a personas con discapacidad mental, impartido por la Escuela de Estudios Penitenciarios con el apoyo de COPREDEH, MSPAS y PDH.

i)En abril de 2016 la población de hombres privados de libertad con discapacidad mental pasó al módulo IV dentro del Hospital de Salud Mental Dr. Federico Mora, bajo el resguardo de la DGSP con atención médica de parte de dicho Hospital.

j)Sobre las denuncias sobre abusos se está coordinando con el Hospital Nacional de Salud Mental, para la intervención de la Inspectoría del Sistema Penitenciario y PNC y cumplir con los debidos procesos.

k)el RENAP desde 2015 realiza un registro de los internos con la finalidad que éstos, sean reconocidos mediante el DPI.

l)En junio de 2016, fueron capacitados 50 custodios asignados con privados de libertad con enfermedad mental.

Denuncias de malos tratos o abusos cometidos contra las personascon discapacidad

155.Para la atención de denuncias, el MP, el Protocolo de Atención Integral a las Víctimas de Delito (Instrucción General 04-2014), establece la forma de atención que debe brindarse a las personas con discapacidad, víctimas de delito, considerando sus necesidades específicas (Pagina 52).

156.Para el acceso y presentar denuncias el MP central cuenta con rampas para que las personas con discapacidad puedan movilizarse; sanitarios adecuados, el SICOMP, desagrega información relativa a las personas con discapacidad, como por ejemplo, el tipo de discapacidad que presenta. En su Plan Estratégico 2015-2019, se encuentra el eje 2 relativo a: Atención a Víctimas del delito, que pretende una trasformación en la atención a las víctimas del delito en especial, a las personas con necesidades específicas.

157.Sobre la cantidad de denuncias presentadas contra el Hospital Nacional de Salud Mental “Dr. Federico Mora”, durante el período 2010-2015 se registra un total de 5 denuncias, de las cuales 3 fueron interpuestas en el 2014, y otras 2 para durante el 2015. Del total 2 se han archivado y 3 se encuentran en fase de investigación.

158.El MINTRAB reporta del 2013 al 2015, haber recibido 12 denuncias por violación de los derechos laborales de personas con discapacidad.

Trata de personas (artículo 8)

159.El “Protocolo de Actuación Para la Atención de Víctimas de Delito de Trata de Personas”, aprobado por el MP en el 2015, establece los procedimientos de actuación para la atención, protección, referencia y reparación integral de los derechos de las personas que han sido víctimas del delito de trata de personas.

160.Para investigar y sancionar la Trata de Personas, se está elaborando un protocolo denominado: “Instrucción General que Regula los Mecanismos de Atención, Coordinación e Intervención del MP en Materia de Atención a Víctimas y Persecución Penal y Persecución Penal Estrategia del Delito Trata de Personas”, conlleva los mecanismos estratégicos de persecución penal en todo el país, del delito de Trata de Personas, estableciendo parámetros de coordinación de la intervención para la atención a la víctima e investigación preliminar de dicho delito, la derivación de casos ingresados en las Fiscalías Distritales, Municipales y de Sección, así como la comunicación y las asesorías brindadas por la Fiscalía de Sección Contra la Trata de Personas y la coordinación con unidades de investigación criminal, así como con el registro de información del MP.

161.Las acciones de prevención y protección de víctimas, se realiza a través de talleres de formación de instituciones centralizadas, descentralizadas y autónomas, con el fin de trasladar herramientas necesarias de prevención desde sus instituciones, detección y rescate de víctimas de Trata de Personas.

162.En agosto de 2016, el Estado de Guatemala asume la campaña “Corazón Azul”, impulsada por la UNODC, que prevé realizar talleres de sensibilización a fiscales del MP, agentes de la PNC, y población en general para combatir la Trata de Personas.

Estadísticas sobre Trata de personas

163.La Unidad de Atención Integral, la Fiscalía de Sección Contra la Trata de Personas, del MP aborda las áreas de Trabajo Social y de Psicología. Del período 2012 a marzo de 2016, registra un total de 571 personas atendidas, cabe indicar que no se incluyen datos del 2013 en ambas áreas, ni el Área de Trabajo Social durante el 2012. Ver el detalle de la Estadísticas en Anexo XXXIV)

164.Víctimas extranjeras, se registra que del período 2012-2015 se atendió a 907 personas de diferentes nacionalidades (Ver el detalle en Anexo XXXV)

165.Por su parte la SVET registra del período 2014 al 12 de abril de 2016, un total de 821 personas, de los cuales 125 son hombres y 696 mujeres (Ver detalle de edad y modalidad en Anexo XXXVI), distribuidos en los Albergues Temporales Especializados a su cargo ubicados en los departamentos de Guatemala, Quetzaltenango Alta Verapaz.

166.La Fiscalía especializada en el tema, recabó que el SICOMP, por el delito de Trata de Personas, del período 2010-2015, registra un total de 2454 denuncias (Ver ampliación en Anexo XXXVII). También reporta un total de 51 sentencias condenatorias en diferentes modalidades (Ver detalle en Anexo XXXVIII)

167.El OJ, registra que por el delito de “Trata”, de período 2010-2015 ha emitido un total de 134 sentencias (57 absolutorias) y (77 condenatorias).

Formación sobre Trata de Personas

168.Respecto a la capacitación, el MP la UNICAP, reporta que del 2010-2015, la capacitación de un total de 322 personas en temas relacionados el delito de Trata de Personas, de estos 167 hombres y 155 mujeres, con diferentes cargos. (Ver detalle en Anexo XXXIX)

Derecho a la libertad y seguridad personal, derecho de las personas privadas de libertad y juicio justo y garantías procesales (artículos 6, 7, 9, 10, 14 y 24)

Condiciones de detención

169.Con relación a la atención de los centros carcelarios, el Estado ha realizado las siguientes acciones:

a)Sobre la situación de hacinamiento, actualmente la DGSP, elabora un listado de privados de libertad que hayan cumplido el tiempo necesario para gestionar el beneficio de la Reducción de Pena, lo que ayudaría al des hacinamiento en los centros de detención.

b)Para mejorar la infraestructura, acceso a salud y condiciones higiénicas, se trabaja el proyecto de construcción de 2 nuevos módulos de des hacinamiento, con recursos de la DGSP y con ayuda de -SEJUST-. Se tiene contemplado la construcción de nuevos Centros de Detención.

c)Para asegurar la separación de menores de edad, mujeres y hombres privados de libertad, la Ley del Régimen Penitenciario norma que solo las mujeres privadas de libertad tienen derecho a tener a sus hijos hasta los 4 años de edad. Por aparte, se proyecta a futuro crear las condiciones de infraestructura y equipamiento, para la separación de los menores de sus madres privadas de libertad.

d)Para proteger a las mujeres detenidas en los traslados, estos se hacen en las —UTR—, diferentes alos privados de libertad.

e)Sobre situación de “autogobierno”, se procura la implementación de mecanismos de alerta temprana para crisis o emergencias penitenciarias, por medio de las Unida de Análisis de Información Penitenciaria, en coordinación con al Subdirección Operativa e Inspectoría General del Régimen Penitenciario. Se busca evitar de manera efectiva el ingreso de objetos o sustancias prohibidas, mediante registros periódicos en los centros de detención.

f)Paraprevenir casos de violencia entre los reclusos, la separación de los privados de libertad,se realiza de conformidad a los criterios de la situación legal, perfil criminológico, edad, sexo, género, conducta, pertenencia social, estado de salud, entre otros elementos.

170.Lo antes indicado está contemplado en los ejes estratégicos y transversales de la Política Nacional de la Reforma Penitenciaria (AG núm. 149-2015, el 22 de junio de 2015), para desarrollarse en 10 años. Está integrada por 10 ejes principales, que pueden resumirse en la coordinación interinstitucional, implementación de la carrera penitenciaria, especialización permanente, aplicación estricta del régimen progresivo, construcción y remozamiento y modernización de la infraestructura, seguridad interna y externa, promoción de la refamiliarización, involucramiento comunitario y empresas, reinserción socioeconómica de las personas, especial atención a mujeres, hombres, niñez y adolescencia en el ámbito penitenciario.

171.En total se cuenta con 40 estrategias generales y 209 acciones específicas que tienen como objetivo abordar la problemática institucional, y atención a población vulnerable. Dentro de las acciones de se pueden resaltar las siguientes:

a)Erradicación de La Violencia Contra las Mujeres:Integrar programas y cursos de DDHH de las mujeres en todo el proceso formativo de las diferentes unidades de capacitación del sector justicia y administración pública.

b)Racismo y Discriminación Contra las Mujeres: Crear, fortalecer e implementar programas de formación dirigidos a servidores y servidoras públicas para una adecuada atención a mujeres Mayas, Garífunas, Xinkas y Mestizas para la erradicación de las prácticas racistas en todos los servicios que presta el Estado.

c)Se estableció el protocolo que define el procedimiento para el retiro adecuado de los hijos e hijas de las reclusas de los centros de detención en coordinación con la Procuraduría General de la Nación. Se creó la Unidad de Género en la Dirección General del Sistema Penitenciario para la definición de políticas con enfoque de género. Cuenta con la Oficina de la Mujer y el Área de Multiculturalidad.

172.En la actualidad se trabajan tres mesas de reforma al Sistema Penitenciario y la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Seguridad, para priorizar los ejes estratégicos y acciones a corto y mediano plazo en tres dimensiones: a) prevención, rehabilitación y reeducación; b) eficiencia administrativa y financiera; c) controles internos, seguridad e inteligencia penitenciaria.

Prisión preventiva

173.De conformidad con el Código Penal, para limitar el uso de la prisión, del período 2010-2015, se registra una tendencia ascendente sobre el uso de la Medida Sustitutiva otorgado un total de 107342. Se ha otorgado en el mismo período un total de 65.052 medidas de Prisión Preventiva. Mientras que del 2013 a 2015, se registra un total de 54.640 Soluciones por otras vías (clausura provisional, desistimiento, sobreseimiento, etc.) (Ver detalle en Anexo XL)

174.Se estima que de los 20.707 privadas de libertad, 9.585 están en situación de prisión preventiva.

175.En septiembre de 2016, se aprobó el Decreto núm. 49-2016, Ley de Control Telemático, consiste en la implementación de sistemas electrónicos y técnicos, que utilizará la DGSP para mejorar los controles de las personas que han sido condenadas en un proceso, pero que gozan de medidas sustitutivas (arresto domiciliar), con la colocación de una pulsera con control de ubicación de Sistema de Posicionamiento Global (GPS por sus siglas en inglés).

176.Se contempla la creación de una figura de juez de control telemático así como un sistema de vigilancia mediante cámaras, la cual estará bajo la dirección de Presidios. Uno de los objetivos, según se explicó, es que se cumpla con lo establecido en el Código Penal, y que la prisión preventiva sea solamente aplicable en casos extremos. Compatible con el artículo 9 del Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos.

Nombramiento de altas autoridades judiciales

177.La elección de conformidad con los artículos 269 de la CPRG, 137, 151, 152, 157, 158,163 y 164 de la Ley de Amparo Exhibición Personal y de Constitucionalidad, establecen que las instituciones u órganos encargados de designar a magistrados de la CC, cinco titulares y cinco suplentes, son: la CSJ, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, el Pleno del Congreso de la República, el Consejo Superior Universitario de USAC y la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, para un período de cinco años, pudiendo ser reelectos.

178.El Congreso de la República, la CSJ y el Consejo Superior Universitario de la USAC y el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala efectúan convocatorias públicas para quienes tuvieran interés para postularse al cargo de Magistrado de la CC. En el último de los órganos citados, la elección se realizó a través de la convocatoria del Tribunal electoral del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, instalándose 40 mesas electorales en todo el país, a los que fueron convocados más de 20 colegiados activos.

179.La USAC a través de su Consejo Superior Universitario, realiza la elección en presencia y con la votación de los 41 miembros del referido Consejo. Luego del proceso de análisis de los postulantes y entrevistas, así como la calificación de la existencia de posibles tachas públicas, realiza el proceso de votación.

180.El pleno de la CSJ, luego de la convocatoria pública y basándose en la Ley de Postulaciones, Decreto núm. 19-2009 del Congreso de la República, realiza la revisión de los expedientes entrevistas, exámenes sicométricos y recepción de tachas en el Colegio de Abogados y Notarios, así como el archivo Nacional de Protocolo, con la finalidad de elegir a los mejores abogados con la tabla degradación o punteo: méritos académicos 35 puntos, profesionales 60 puntos y proyección humana 5 puntos; a las pruebas sicométricas y entrevistas se le dio un punteo de 10.

181.El Congreso de la República abre proceso de convocatoria para recepción de expedientes, conformando una Comisión de Postulación para evaluar y depurar los expedientes, por los que votaría el pleno del Congreso de la República.

182.El Presidente de la República, convoca a profesionales del Derecho que son tomados en cuenta en el Consejo de Ministros, quienes califican la trayectoria profesional y en el servicio público.

183.En todos los casos se respeta la garantía constitucional de publicidad de los actos administrativos contemplados en el artículo 30 de la CPRG.

184.El Presidente de la República, de conformidad con el artículo 195 de la CPRG, junto al Vicepresidente de la República y los Ministros de Estado, constituyen el Consejo de Ministros, el que conocerá los asuntos sometidos a su consideración. Tal es el caso de la elección del magistrado titular y magistrado suplente contemplado en el artículo 269 literal c) de la Carta Magna. Que entre sus funciones está participar en las deliberaciones que les obliga actuar con el Presidente del República en forma solidariamente responsable en cuanto a los actos de la administración pública. De allí que la designación a través de este órgano colegiado.

185.El Presidente es uno de los integrantes del Consejo de Ministros, pero no es la única voluntad electora que concurrirá en la elección referida; de allí que a) el proceso de designación ser realice en una sesión extraordinaria del Consejo de Ministros, b) los aspirantes debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 270 de la Constitución Política de Guatemala y c) una vez realizada la elección y posterior designación la decisión que se haya asumido será del conocimiento público. (Ver expediente 688-2011 Sentencia del 7 de diciembre de 2011 amparo en única instancia).

186.En virtud de lo anterior, los Presidentes de los tres poderes del Estado presentaron, de manera conjunta y con el acompañamiento de los integrantes de la mesa técnica, la iniciativa de Reforma Constitucional en materia de Justicia. El documento fue enviado a Dirección Legislativa, donde fue ingresada con el número 5179 para luego recibir el respaldo de 52 firmas de congresistas.

187.A continuación se contemplan los puntos más importantes de la Reforma relacionadas con la elección de magistrados:

a)Comisiones de Postulación: Se suprimen las Comisiones de Postulación en la selección de aspirantes a magistrados de CSJ y Salas de Apelaciones y Fiscal General.

b)La CC: Aumenta a nueve el número de integrantes de la CC y eleva su plazo de funciones a nueve años. Habrán tres suplentes. Los Magistrados de la CC se renovará por tercios cada tres años. Requisitos: 20 años de ejercicio de abogado, o haber sido Magistrado de Apelaciones o CSJ durante 8 años.

c)Integración: Cada tres años se realiza un proceso de selección de tres de los Magistrados. Hay tres órganos electores: uno es el Consejo Nacional de Justicia, el otro es el Presidente de la República en Consejo de Ministros y el Congreso. Eligen un Magistrado cada uno a propuesta de una nómina de los otros dos órganos.

I.Presidencia de la CC: Por sorteo, dura tres años.

II.Suplentes: Los tres suplentes se seleccionan de la misma forma que los titulares. Los suplentes se tienen que dedicar únicamente a la Magistratura de la CC.

d)La CSJ: Se integrará por 13 Magistrados, mayoría de Magistrados de carrera (9) y deja abierta la posibilidad de que se integren abogados “externos” por oposición. Un nuevo ente denominado el Consejo Nacional de Justicia presentará una nomina de tres candidatos por cargo al Congreso. Se separan las funciones administrativas de la CSJ y se trasladan al Consejo Nacional de Justicia. 

e)Magistrados de Sala de Apelaciones: Tres cuartas partes serán jueces de carrera (con ocho años de experiencia), la cuarta parte restante estará constituida por abogados externos con al menos de 15 años de ejercicio. Todos serán electos por la Dirección de la Carrera Judicial. Los Magistrados de Sala de Apelaciones y Jueces de Paz e Instancia tendrán plazos vitalicios, sujetos a una evaluación cada dos años.

f)El Consejo Nacional de Justicia: El Consejo Nacional de Justicia tendrá dos “Direcciones”: el “Dirección de la Carrera Judicial”, y la “Dirección Administrativa.”

Protección jueces y fiscales de alto impacto

188.De conformidad con información del MINGOB, del período 2010-2015, se protege a un total de 100 jueces de alto impacto y 10 Fiscales especiales; para hacer un total de 110; para lo cual ha sido necesario el despliegue de 288 agentes de la PNC. (Ver detalle y en Anexo XLI)

Sanción de Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, a una jueza por presuntamente ofender a uno de los abogados de Efraín Ríos Montt

189.Con relación a la sanción por parte del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, a la Jueza por ofender al abogado defensor de Efraín Ríos Montt, quedo sin efecto por haberse interpuesto un amparo, declarado con lugar por la CC, quien reconoció la independencia judicial y potestad de juzgar en atención al artículo 203 de la CPRG.

Combate a la violencia estructural en el Estado parte

190.Con relación a la Política Nacional de Prevención de la Violencia y el Delito, Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífica (2014-2034), se han realizado las siguientes acciones:

a)Lanzamiento de la Política a nivel nacional (2014);

b)Visita de 7 Alcaldes a Medellín, Colombia, para conocer Observatorios Municipales (2014);

c)Lanzamiento del Plan de Acción de la Política (2015);

d)Socialización de la Política a 336 Alcaldes municipales (2014-2015);

e)Creación de la Comisión Nacional de la Política integrada por Viceministros de Estado (2015);

f)Integración de la Mesa de Cooperantes;

g)Implementación de la Política en los Planes Operativos Anuales en 308 municipios (2015);

h)Socialización de la Política a 50 nuevos alcaldes, electos para el período 2016-2020;

i)Socialización de la Política a 21 Gobernadores departamentales (2016).

191.En el 2015 se realizaron dos eventos formativos para el personal de la UPCV. Taller para Facilitadores en Políticas Municipales de Prevención de la Violencia, y el Delito, Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífica (17 y 18 de junio 2015) fueron capacitados 66 personas de los cuales 41 fueron hombres y 21 mujeres. Taller de Fortalecimiento a personal técnico y profesional de la Unidad para la Prevención Comunitaria de la Violencia en temas de Género y Multiculturalidad, (16 y 17 de noviembre de 2015). Fueron capacitados 43 delegados departamentales, así como personal de la UPVC, un gran total de 150 personas (78 mujeres y 72 hombres).

Linchamientos

192.En abril de 2005 se estableció la Comisión Nacional de Apoyo al Programa de Prevención de Linchamientos del OJ; del 2007 al 2013 se ha incorporado las instituciones: CONALFA, Instancia para la Modernización del Sector Justicia, CONRED (2007), OACNUDH en Guatemala (como observador, 2008), y ODHA, quienes solicitaron ser parte de la Comisión.

193.Desde junio de 2015, se cuenta con el apoyo del Programa American Friends Committee, además del acompañamiento en la sesiones ordinarias (1 vez al mes) y extraordinarias (cuando se considera necesario), del Centro Civitas y UDEFEGUA.

194.Dentro de las acciones registradas por Comisión Nacional de Prevención de Linchamientos resaltan las siguientes acciones:

a)Protocolo de Intervención de la PNC, para la prevención de: Conato, vapuleo y linchamiento.

b)Se han desarrollado 50 talleres de sensibilización y capacitación a jueces, líderes y lideresas comunitarias, y facilitadores judiciales en departamentos identificados con mayor conflictividad social (Sololá, Alta Verapaz, Huehuetenango, Quiché, Totonicapán).

c)Se ha diseñado, elaborado, impreso y distribuido material didáctico informativo, para las campañas de Prevención.

d)El Comisión Nacional de Prevención de Linchamientos realiza una reunión mensual, convocada por el OJ.

Portación de armas de fuego y municiones

195.El MINGOB reporta que han incautado del 2010-2015, untotal de 27,431 (Ver detalle en Anexo XLII).

196.El Decreto núm. 15-2009, responde a varios compromisos asumidos por el Estado en materia de control de armas, refiriéndose a la necesidad de incorporar a la legislación nacional algunas figuras para garantizar no solamente el control sobre la circulación de armas y municiones sino que también contar con las herramientas jurídicas para perseguir y procesar a imputados de delitos por circulación ilegal de armas de fuego.

197.Una de las obligaciones era establecer en la ley lo relacionado al marcaje de armas de fuego en tres momentos: 1) cuando se fabrica; 2) cuando se importan al país y 3) cuando se comisan armas de fuego y son destinadas a fuerzas de seguridad del Estado.

198.El marcaje es un mecanismo que tiene como propósito rastrear armas las armas de fuego y requiere que a través de la simbología de cada país se identifique la procedencia de las mismas. Para Guatemala se estableció la leyenda “GUA”.

199.El Decreto núm. 15-2009 incorpora y modifica delitos relacionados con la posesión, fabricación, y tráfico ilícito de armas, que rebasa el caso de una importación o exportación ilegal, más bien sugiere que el tráfico ocurre cuando cualquier Estado involucrado en una transacción no la autorizó.

200.Otro de los cambios, se relacionan con delitos y faltas las penas se aumentaron, la ley derogada contemplaba penas por ejemplo de 6 meses a un año, mientras que el Decreto núm. 15-2009 superan los 5 años de prisión, por lo que no aplica medidas desjudicializadoras.

201.Otro tema que aborda, es la idoneidad de las personas para obtener licencia de portación. Se incorporó la figura de evaluaciones. Para primera licencia de portación de armas de fuego, el interesado deberá someterse a un proceso de evaluación psicológica, conocimiento de la ley, técnicas y medidas de seguridad.

202.La norma que regula la Ley de Armas y Municiones, se desarrolla a través delReglamento de la Ley de Armas y Municiones (AG 85-2011, el 7 de abril de 2011), establece procedimientos, conceptos, dando viabilidad a los mecanismos establecidos en ley, así mismo, las fases para el registro, y control del armamento de la entidades del Estado y de la empresas de seguridad privada; el tipo y forma en que se realizan las evaluaciones para acceso a una licencia de portación de arma entre otros.

203.La adquisición y posesión de arma de fuego, el Reglamento de la Ley de Armas y Municiones (artículo 18), establece que los requisitos para comprar un arma de fuego de uso civil, deportivo o de uso y manejo individual; son:

a)Formulario de Tenencia emitido por la DIGECAM;

b)Fotocopia legalizada del DPI-;

c)Fotografía reciente, de frente, sin anteojos y en blanco y negro;

d)Certificado original de partida de nacimiento, extendido por el RENAP;

e)Certificación de carencia de antecedentes penales y policiacos;

f)Boleto de ornato;

g)Constancia de empleo o certificación de ingresos.

204.Los requisitos deben ser enviados a la DIGECAM; quien se encargará de la comprobación, análisis y verificación de que no existe impedimento legal para la autorización de la compraventa; al momento de ser autorizada la venta, deberá emitir la Tarjeta de Tenencia de Arma de Fuego a favor del nuevo propietario.

205.La DIGECAM, autoriza a los guatemaltecos, y extranjeros con residencia temporal o permanente, la tenencia sin límite a arma de fuego en un lugar específico, es decir sin permiso a portarla, o movilizarlas fuera del sitio autorizado.

206.La autorización de portación, es hasta un máximo de 3 armas de fuego. Según el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Armas y Municiones, se debe cumplir con:

a)Formulario de solicitud de Licencia, emitido por la DIGECAM

i)Nombre y apellidos completos, edad, estado civil, nacionalidad, profesión o actividad a que se dedica, número de identificación personal y lugar para recibir notificaciones;

ii)Marca, modelo, calibre, largo del cañón, número de serie del arma e identificación de las conversiones de calibre que tuviere;

iii)Declaración jurada que no padece ni ha padecido de enfermedades mentales, ni es desertor del Ejército de Guatemala y/o abandono de empleo de la PNC.

b)Acompañado de los siguientes documentos:

i)Fotocopia legalizada del DPI,

ii)Certificación de carencia de antecedes penales y policiacos, extendida por las autoridades correspondientes;

iii)Certificación de haber superado las evaluaciones establecidas en el artículo 75 de la Ley de Armas y Municiones, en caso de primera licencia;

iv)Licencia y fotocopia de la resolución emitida por la Dirección General de Migración de residencia temporal o permanente, en caso de ser extranjeros.

Liberta de expresión y asociación (artículos 9, 19, 21 y 22)

Protección a los periodistas y a los defensores de DDHH; Instancia de Análisis de Ataques contra Defensores de DDHH

207.El 13 de septiembre de 2016, se celebró el lanzamiento preparativo para la elaboración de la Política Pública para la Protección de Defensores y Defensoras de DDHH en cumplimiento al Punto Resolutivo C.4. Garantías de no repetición, de la Sentencia emitida contra Guatemala por la Corte IDH “Caso Defensor de Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala”, (28 de agosto de 2014). Este proceso en conjunto MP, Congreso de la República, OJ, Organismo Ejecutivo, y representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil.

208.El Acuerdo 49-2011(27 mayo 2011), separa la Unidad Fiscal de Delitos Contra Periodistas, de la Unidad Fiscal de Delitos de Sindicalistas.

209.Desde el 2012, se incorpora a sindicalistas, periodistas y población LGBTI a la Instancia de Análisis de Ataques a Defensores de DDHH, coordinada por la Unidad de DDHH del MINGOB, como un espacio para formular recomendaciones y prevenir ataques. Asimismo, el MP realiza las investigaciones en los casos correspondientes, según la temática en la Fiscalía de DDHH, conformada por las Unidades de Delitos Contra Activistas de DDHH; Delitos Contra Operadores de Justicia; Delitos Contra Periodistas; y Delitos Contra Sindicalistas. La finalidad de todo ello, es procesar y sanciones a los responsables de dichos ataques.

210.Son tres los esquemas de seguridad y protección que presta la PNC, bajo los siguientes dispositivos:

a)Seguridad Personal. Consiste en proteger a la persona en riesgo por medio de agentes de la PNC, sin uniforme institucional, durante las 24 horas del día, por el tiempo que se requiera hasta que el riesgo desaparezca o concluya el plazo establecido.

b)Segur i dad Perimetral. Es el mecanismo de protección de perímetros físicos con la finalidad de detectar y prevenir la presencia de personas o situaciones que ponen en riesgo la vida, seguridad e integridad de las personas protegidas.

c)Seguridad de Puesto Fijo. Es la seguridad que se proporciona de forma estacionaria, generalmente en los edificios, casas de habitación u oficinas en las que los defensores y defensoras desarrollan sus actividades cotidianas.

211.Las tres formas no son excluyentes la una de la otra y son acordadas con el beneficiario.

212.Con lo anterior se pretende protegerlavidaeintegridaddequienes,porsurolenlasociedadosuespecial vulnerabilidaddebidoadiscriminaciónyexclusiónhistórica,sufrenunimpactodiferenciado. Dentro los sectores priorizados se encuentran laspersonasquedefiendenlosDDHHincluidasautoridadesylíderesindígenas,ambientalistas,líderes sindicales,operadores de justicia;asícomotambién,lasmujeres,losniños,niñasyadolescentes,losperiodistas,losmigrantes, refugiados,lapoblaciónLGBTI,laspersonascondiscapacidadylaspersonasprivadasdelibertad.

213. En julio de 2016, el Presidente de la República avalo la propuesta de un diseño de un Programa de Protección a Periodistas en atención a la situación del gremio, en cumplimiento de un compromiso de Estado asumido en Ginebra en el año 2012 en ocasión del EPU.

214. La propuesta fue consensuada por la representación gremial y cuenta con el aval de numerosos medios de comunicación nacionales e internacionales, entre ellos Reporteros sin Fronteras, el Comité de Protección a Periodistas, la Red IFEX América Latina, integrada por la Asociación para los Derechos Civiles de Argentina, Periodistas Canadiense por la Libertad de Expresión, Centro de Archivos y Acceso a la Información Púbica de Uruguay, Centro Nacional de Comunicación Social de México, Espacio Público de Venezuela, Foro de Periodismo Argentina, Fundación para la Libertad de Prensa de Colombia, Fundación Karisma de Colombia, Fundamedios de Ecuador, Instituto de Prensa y Libertad de Expresión de Costa Rica, Instituto Prensa y Sociedad de Perú, Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela, Observatorio Latinoamericano para la Libertad de Expresión de Perú, Pen estadounidense, Pen Canadá, Sindicato de Periodistas de Paraguay, todas instancias defensoras de estos derechos; FreedomHouse , la Federación Latinoamericana de Periodistas, entre otras.

215. La Institución PDH y el Relator para la Libertad de Expresión de la CIDH ha manifestado a esa alianza gremial su apoyo y la disposición del acompañamiento técnico que dicho proceso requiere.

216.Dentro de las acciones para la protección de los periodistas y defensores de DDHH, es importante indicar:

a)La creación de la Línea de Atención a Defensores de DDHH, en el número telefónico 1543, la cual reciben llamadas de emergencia de periodistas y defensores de DDHH; brindándoles la atención que la circunstancia amerite, como la coordinación de las medidas inmediatas de protección e investigación, fundamentadas en los Protocolos creados para dicho efecto.

b)El fortalecimiento de la Oficina Contra Amenazas y Agresiones a Defensores de DDHH del MINGOB, mediante la ampliación de investigadores asignados y la capacitación de dicho personal.

c)El 17 de noviembre de 2011, se suscribió el Acuerdo de Cooperación Interinstitucional entre el MP y MINGOB, que establece que el personal que integra las unidades de investigaciones en apoyo a las Fiscalía de Sección de DDHH, no podrá ser cambiado, salvo en caso de fuerza mayor, en cuyo caso el remplazo será inmediato. A este respecto, vale indicar que la –DEIC-, de la PNC, que apoya a la Fiscalía de Sección de DDHH, fue fortalecida, después de tener un oficial como encargado y 6 investigadores, en febrero de 2014 incrementó el personal a 20 investigadores y un oficial como encargado. También se coordina con la DPPS de la PNC, la cual presta seguridad personal preventiva y permanente a favor de Defensores de DDHH familiares de estos, cuando han sufrido de algún ataque o amenaza.

Denuncias relativos a amenazas, ataques contra periodistas y defensoresde DDHH

217.El MP, en cuanto denuncias recibidas, procesos penales correspondientes al período comprendido del 2010-2015, relativos a amenazas, ataques violentos y asesinatos de periodistas, resultados, incluyendo condenas impuestas a los responsables y medidas de reparación otorgadas a las víctimas, reporta un total de 262 denuncias; actos conclusivos 33, sentencias 15, y Criterio de oportunidad 15. (Ver detalle de información en Anexo XLIII). Mientras que para el caso de defensores de DDHH, registra un total de 528 denuncias y sentencias 6 (Ver detalle de información en Anexo XLIV).

Campañas contra defensores de DDHH

218.Dentro del contexto de afirmaciones que estigmaticen o desacrediten a defensores y defensoras de DDHH, periodistas y autoridades tradicionales, líderes y lideresas, el Estado reitera que reconoce la labor en la defensa y reivindicación de los DDHH, asimismo, manifiesta la intención de privilegiar el diálogo y el trato igualitario en toda situación y hacia todas las personas, partiendo de los principios fundamentales de los DDHH como la igualdad, respeto, libertad y no discriminación.

219.En abril de 2016, se inició el proceso de revisión de la Política de Derechos Humanos 2006-2015 y el Plan de Acción de Derechos Humanos 2007-2017. La misma se realiza en coordinación con la Comisión de DDHH del Congreso de la República de Guatemala.

220.El Estado desea reiterar que no existe desde el Gobierno, acciones de criminalización a la actuación de los defensores de DDHH, del movimiento o protesta social, puesto que la aplicación del código penal contempla los delitos y penas, no se dirigen al activismo y a la protesta social, con el fin de debilitarla o desorganizarla. La ley sustantiva penal de Guatemala tipifica hechos o actos cometidos por el sujeto activo, por lo tanto no se dirige a los roles que el individuo desarrolla en la sociedad.

Denuncia de detenciones ilegales

221.Existen mecanismos de denuncia a disposición de cualquier defensor de DDHH ante cualquier circunstancia, además de los mecanismos jurídicos indirectos de protección de los DDHH como la denuncia contemplada en el artículo 297 del Código Procesal Penal, o la Querella dispuesta en el artículo 302 del mismo cuerpo legal, el recurso de responsabilidad o la revisión del decreto a propuesta de cualquier ciudadano, de conformidad con el artículo 139 de la CPRG, en el ordenamiento jurídico nacional se cuenta con mecanismos jurídicos procesales como el Amparo, la Exhibición Personal o la Acción de Inconstitucionalidad en Caso Concreto o General Total o Parcial, dispuesto en los artículos 263, 264, 265, 266 y 267 de la CPRG y la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad.

Iniciativa de Ley núm. 4843

222.La Iniciativa de Ley núm. 4843 presentada en el 2014 al Congreso de la República, se plantea como una manera de promover la competencia justa con respeto a la oferta y la demanda, sin embargo, existen grupos que ven en la iniciativa como un atentado contra el acceso a la información pública, la libre emisión del pensamiento, el intento de silenciar las quejas de los consumidores insatisfechos, el bloqueo a investigaciones sobre corrupción y otro freno a la protesta social.

223.De conformidad con la CPRG, será el Congreso de la República quienes a través del proceso establecido, determinan su sanción o negativa de aprobación.

Denuncias por ataques y asesinatos de sindicalistas. Negociación colectiva

224.El MP reporta del período 2010-2015 un total de 67 denuncias, contra de miembros de sindicatos, correspondientes.

225.La CPRG, artículo 34, reconoce el derecho libre asociación, afirmándose que la asociación de las personas es un derecho que debe ser ejercido libremente, sin existir la obligación de pertenecer a alguna organización, el Código de Trabajo guatemalteco regula el derecho de asociación sindical, al establecerse que sindicato "es toda asociación permanente de trabajadores o de patronos o de personas de profesión u oficio independiente (trabajadores independientes), constituida exclusivamente para el estudio, mejoramiento y protección de sus respectivos intereses económicos y sociales comunes".

226.Se reconocen los sindicatos campesinos y urbanos, estableciéndose que los sindicatos se deben regir siempre por los principios democráticos del respeto a la voluntad de las mayorías, del voto secreto y de un voto por persona, teniendo las personas señaladas en la Ley, “el derecho de formar libremente sindicatos”, a los cuales se les atribuye el carácter de personas jurídicas capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones.

227.En materia de inscripción de sindicatos, durante el 2015, obtuvieron la personalidad jurídica 34 sindicatos. El MINTRAB de conformidad con los artículos 102 literales q), t); y el artículo 103 de la CPRG, a través de la Dirección de General del Trabajo, ha establecido un modelo que ha permitido facilitar las inscripciones de los sindicatos, el cual se encuentra el sitio web del MINTRAB, donde puede encontrarse, requisitos de inscripción, registro y credenciales de integrantes, etc., disponible en: http://www.mintrabajo.gob.gt/index.php/servicios-al-ciudadano/dgt/registro-laboral.html

Medidas para protección de los menores (artículos 7 y 24)

Adolescentes en conflicto con ley penal

228.En el 2012, el OJ, emitió la instrucción CP-11-2012, que establece la prioridad en el trámite de la primera declaración de adolescentes en conflicto con la ley penal.

229.Guatemala dispone con 4 centros de privación de libertad, El CEJUPLIM (para mujeres), los otros 3 centros son exclusivos para hombres, 2 de ellos son Centros Juveniles de Detención Provisionales y ANEXO, donde encuentran privados de libertad en forma provisional como sancionados, en el CEJUPLIV (para varones), solamente cuenta con sancionados y pertenecientes a la pandilla 18.

230.Se ha conformado la Mesa Técnica de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, que trabaja en un proyecto de construcción de 2 centros modelos para adolescentes, se encuentra en trámite la autorización de un préstamo con Italia para el efecto.

231.Los adolescentes a quienes se les atribuye la comisión de un delito, goza de asistencia jurídica gratuita por parte del IDPP, desde su primera declaración y en muchos casos cuando aún están en investigación.

232.El IDPP dispone de 29 Defensores Públicos a nivel nacional, uno en cada Juzgado de Adolescentes con Conflicto con la Ley Penal, exceptuando en ciudad de Guatemala, donde se ubican 9 abogados que atienden Órganos de Jurisdicción de Primera Instancia, Ejecución, Juzgados de Paz y audiencias por videoconferencia.

233.En octubre de 2015, el MP presentó el Modelo de Atención y Persecución Especializada para los Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, que incluye tres enfoques: 1) Socioeducativo; 2) Restaurativo y 3) De Responsabilidad.

234.La Mesa Técnica de Alto Nivel de Justicia Penal (MINGOB; SBS OJ; MP, IDDPP) ha elaborado el Plan Estratégico 2016-2019 donde se contempla la creación de nuevos juzgados, contratación de Jueces y capacitación conjunta para todos los operadores para el Sistema de Justicia Penal Juvenil, presentado en marzo de 2016.

235.En noviembre de 2016 se llevó a cabo el II Taller Regional de Justicia Penal Juvenil, que tiene como objetivo encontrar mejores mecanismos de coordinación interinstitucionales en la región, para implementar estrategias de prevención a favor de la juventud involucrada en hechos ilícitos.

Jueces especializados niñez

236.Para garantizar la adecuada protección de niñez el OJ, UNICEF suscribieron Carta de Entendimiento el 31 de julio de 2015. Con la colaboración de China-Taiwan se han creado 10 centros de justicia de protección y defensa de la niñez y adolescencia.

237.El acuerdo 40-2016, amplía la competencia para que los casos en materia de Niñez y Adolescencia que eran conocidos en segunda instancia por la Corte de Apelaciones Ramo Mixto con sede en la Ciudad de Guatemala, ahora puedan también ser admitidos y resueltos en las Salas de Apelaciones del Ramo Civil, Mercantil y Familia de Quetzaltenango, Huehuetenango y Alta Verapaz, Cobán, Alta Verapaz y Quetzaltenango, Izabal , Petén, Sololá, Retalhuleu, Suchitepéquez, Jalapa, Zacapa, Antigua Guatemala, Escuintla, Chimaltenango y Santa Rosa, están autorizadas para resolver los procesos de niñez y adolescencia en esa instancia procesal. Tiene como objeto agilizar y descentralización de los procesos. 

238.En julio de 2016 se inauguró el Programa B-Learning de Actualización sobre Procesos en Materia de Niñez y Adolescencia y Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, la actualización se realiza en tres sesiones presenciales y a través de dicha plataforma. Es primera vez que se implementa esta modalidad de capacitación en temas de Niñez y Adolescencia.

Trabajo infantil; servicio doméstico

239.A pesar de los esfuerzos del Estado, se registra un incremento del trabajo infantil a nivel nacional durante el 2013 de 9.2% a 11.8% para el 2015. (Ver detalle en Anexo XLV)

240.La CONAPETI desarrolló un marco estratégico para alcanzar las metas establecidas en la Agenda Hemisférica sobre Trabajo Decente para el combate de la explotación laboral. Se contempla la “Hoja de Ruta para hacer de Guatemala un país libre de trabajo infantil y sus peores formas”, diversas entidades que participan tienen la responsabilidad por la lucha contra el trabajo infantil y sus peores formas, siendo principalmente las de PGN la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes; las acciones procesales, aplicación de sanciones penales y restitución de derechos de las víctimas.

241.La implementación de la Hoja de Ruta y el avancen en el cumplimiento con las metas establecidas en la Agenda Hemisférica de Trabajo Decente, incluyen:

a)Erradicar las peores formas de trabajo infantil para el año 2016;

b)Erradicar el trabajo infantil en su totalidad para el año 2020.

242.Este diseño provee las bases para programar e integrar intervenciones complementarias en la prevención y erradicación del trabajo infantil comprendiendo las siguientes dimensiones: Lucha contra la pobreza; Política de salud; Política de educación; Marco normativo y de protección, y Movilización social.

243.El MINTRAB realiza inspecciones a empresas agrícolas, maquilas y de seguridad, así como a sectores con altos índices de trabajo infantil, como contribución a la disminución de esta problemática. Asimismo brinda asistencia técnica a la Fiscalía de Amparos sobre justicia de transición, derechos de la niñez, del MP.

Inscripción de los nacimientos

244.Para garantizar y asegurar la inscripción e identificación de los niños al nacer, se han realizado convenios de cooperación interinstitucional entre RENAP, MSPAS y el IGSS, así como cartas de entendimiento con algunos hospitales privados, para habilitar oficinas del RENAP dentro de las instalaciones para el registro oportuno de nacimiento y defunciones de menores.

245.El RENAP, impulsa el plan piloto del Sistema de Alerta Temprana de Vida, cuyo fin es lograr la inscripción de los nacimientos atendidos por comadronas, en zonas rurales del país. Asimismo, se han adoptado todas las medidas para la inscripción de los nacimientos, de forma inmediata, a través de unidades móviles, a fin de llegar a todos los niños a nivel nacional, especialmente a las áreas rurales.

246.Se han realizado actividades conjuntas entre el RENAP instituciones afines como la Secretaría SBS, MINEDUC y asociaciones que promueven el desarrollo integral de la niñez, la protección de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de vida, para un mejor registro de identificación de los nacimientos, para ello ha visualizado las inscripciones extemporáneas, consecuentemente la erradicación de casos de subregistro y campañas de sensibilización y capacitación en el marco de la implementación del Plan Nacional para Erradicación del Subregistro (2013 inicó). De esta cuenta las inscripciones extemporáneas realizadas durante 2014 fueron de 57.659.

247.El RENAP, procura adoptar medidas, en cuanto a la gratuidad de la inscripción de nacimientos, bajo los lineamientos que establecen las leyes nacionales, en colaboración con alcaldes, líderes comunitarios, instituciones públicas, organismos internacionales, iglesias y voluntarios. Por otro lado para finales de 2014 se registran los nacimientos de 5.217.412 de niños/as.

Derecho de los pueblos indígenas (artículos 2, 26 y 27)

Consulta a pueblos indígenas

248.La CC en su Expediente 1149-2012 del 10 de septiembre de 2015 “se ordena al Ministerio de Energía y Minas que tome las medidas necesarias para que se practique la consulta a las comunidades indígenas a las que interese y afecte, conforme los estándares internacionales aplicables, respecto a la instalación de la central generadora hidroeléctrica “La Vega i”…

249.El MEM ha realizado acciones en respuesta a dicha resoluciones, como la construcción de la propuesta metodológica para la implementación de la consulta la cual consiste en 7 fases, la cual fue aceptada y avalada por Autoridades Indígenas y Ancestrales de Santa María Nebaj, Quiché.

Fase IIIPresentación del Informe Fase IIPre-Consulta Fase IReuniones iniciales Fase IVEvaluación de información por la comisión PI

Fase VIIMonitoreo Y Seguimiento Fase VDialogo Intercultural Fase VIAcuerdos

250.El 8 de junio de 2016 el MEM firmó Convenio Institucional con la SEGEPLAN con el objetivo de fortalecer la gestión territorial y brindar información previa y oportuna en los territorios en donde se tienen proyectos energéticos y mineros, con la apertura de delegaciones departamentales de información.

Propiedad colectiva

251.La CC ha establecido jurisprudencia sobre la propiedad colectiva con sus sentencias ante la violación al derecho de la propiedad ancestral en consonancia con la Corte IDH, relativo en lo establecido en los Expedientes 5955-2013 del 25 de noviembre 2015, 628‑2013 del 24 de junio de 2014 y 2275-2014 del 06 de junio de 2016.

252.Dicha Corte confluyendo con el referido órgano regional y también con sus homólogos de Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Perú y Venezuela, ha puesto de relieve la indubitable justiciabilidad de la consulta a Pueblos Indígenas en Guatemala en las sentencias dictadas en los expedientes (1179‑2005), (1408-2005), (2376-2007), (3878-2007), (1031-2009), y Expedientes Acumulados 156-2013 y 159-2013, Considerando VI.

253.Los estándares de derecho internacional también han quedado reflejados en las sentencias dictadas en los expedientes (3878-2007), (1031-2009), un (1072-2011), (4419‑2011) (1008-2012); (1008-2012).

Estados de excepción

254.La suspensión de las garantías constitucionales, ha sido acorde y congruente con las disposiciones de los artículos 138 y 139 de la CPRG, y Ley de Orden Público. Así como en plena observancia del “principio pro persona ” y de las garantías contenidas en el artículo 27 de la Convención Americana Sobre DDHH, y el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, informándose a los demás Estados, por conducto de las Secretaria General de la OEA, y de la Secretaria General de la ONU, las disposiciones de suspender y los motivos por los cuales se adoptó el “Estado de Prevención”. Garantizando a la vez, la labor del PDH, conforme a los artículos 274 y 275 de la CPRG.

255.Utilizando los antecedentes de los estados de excepción, se puede determinar que un mayor porcentaje por fue utilizado en la administración del Ingeniero Álvaro Colom Caballeros con un total de 42, la administración anterior recurrió a 14. (Ver detalle Anexo XLVI)

Unidad de Asuntos Indígenas del OJ

256.El OJ, instaló la Unidad de Asuntos Indígenas (2012), para promover y asesorar la implementación de políticas públicas de los derechos de los pueblos indígenas en los planes y proyectos del OJ. Cuenta con recursos financieros de Q2,576,397.00 para su funcionamiento; lo integran 98 Oficiales Interpretes y 7 Trabajadores.

257.Colaborar con la Unidad de Capacitación Institucional con la incorporación de programas de capacitación y sensibilización sobre el derecho de los pueblos indígenas, el Pluralismo Jurídico y temas relacionados, dirigidos a funcionarios y empleados judiciales y administrativos; desarrollar estudios y proponer soluciones para orientar y asesorar a las autoridades en la materia. Esto, con la finalidad de establecer mecanismos de coordinación que permitan la implementación de la pertinencia cultural y de género, dentro del marco del acceso a la justicia y pluralismo jurídico.

Acceso de las personas indígenas a la justicia, en su propio idioma

258.Desde el 2013 cuenta con el Centro de Interpretación y Traducción Indígena y con la Red de Intérpretes y Traductores Jurídicos con cobertura a nivel nacional, en los 22 Idiomas Mayas. Hasta noviembre de 2013 contaba con 89 oficiales intérpretes. Asimismo cuenta con 5 Juzgados de Paz Comunitarios.

259.El Decretó 12-2016 Ley del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales, el 2 de febrero de 2016, tiene como función principal servir de enlace entre la ciudadanía y el OJ, a través de los jueces de paz, independientemente de la rama del derecho que se trate, con la finalidad de garantizar un genuino y eficiente acceso a la justicia, promoviendo una cultura de paz y fortaleciendo los mecanismos de prevención y resolución alterna de conflictos entre la población. Actualmente se cuenta con 1474 facilitadores.

260.El Facilitador Judicial, es la persona designada por su comunidad, que voluntariamente ha ofrecido sus servicios para ser enlace entre la población y el Juzgado de Paz de su municipio. Su actuación se circunscribirá dentro del municipio al que pertenece, específicamente en la comunidad donde tenga asentada su residencia. Toda función desarrollada por éste fuera de los límites comprendidos según la demarcación territorial de su municipio se tendrá como nula. Su función será ejercida exclusivamente a solicitud del juez de paz o de las partes interesadas, la cual desarrollará en su domicilio o cualquier espacio de su barrio, aldea o comunidad. Entre los requisitos debe ser bilingüe, leer y escribir español y el idioma del lugar donde ejerza su función.

261.En los lugares donde exista autoridad indígena los Facilitadores Judiciales, trabajarán en coordinación institucional entre los sistemas de justicia oficial e indígena, imperando el respeto en la aplicación de la justicia indígena comunitaria.

262.El IDPP en el 2015, facilitó el servicio de interpretación y traducción jurídica lingüística a idiomas indígenas en 1025 casos.

Amparo núm. 1552-2012, niega existencia de la jurisdicción indígena

263.A pesar que el amparo 1552-2012 niega la existencia la jurisdicción indígena. Es importante indicar que la Cámara Penal ha emitido en sentencias identificadas con los números 41-2008 y 51-2008 y la circular núm. 7-2012, donde reconoce la existencia del Sistema Jurídico Indígena, que ha tenido resultados en bienestar del acceso a la justicia a nivel de la república.

Corrupción (artículos 14 y 25)

Luchar contra la corrupción; CICIG

264.Dentro de las medidas adoptadas por la FECI del MP, se destaca la siguiente:

a)En dicha fiscalía se inician investigaciones de oficio, en base a denuncias anónimas, así como derivadas de publicaciones en los medios de comunicación escritos, radiales, televisivos y en las redes sociales, solicitando el número de expediente correspondiente a la Oficina de Atención Permanente para su posterior asignación e inicio de diligencias;

b)Se llevan a cabo mesas de trabajo permanentes con el objeto de dar seguimiento a los casos, con el apoyo de instituciones internacionales, como USAID e INL;

c)Con la aprobación del Convenio de Colaboración suscrito por el MP y la CGC, se instaló una mesa de trabajo que tiene por objeto hacer más dinámica la investigación;

d)Se ha implementado una guía para la investigación de los delitos en materia de corrupción;

e)Se han tenido acercamientos, tanto institucionales como interinstitucionales, con el objeto de hacer efectivas las investigaciones.

265.En lo que respecta a sanciones impuestas en los casos a cargo de la FECI durante el período comprendido del 2011 a marzo de 2016, se cuenta con el registro de un total de 197.

266.En cuanto al apoyo prestado por el MP a la CICIG, el 12 de diciembre del 2006, el Gobierno de Guatemala y la ONU, suscribieron el acuerdo aprobado por el Congreso de la República, Decreto núm. 35-2007, relativo al establecimiento de la –CICIG-, la cual tiene entre sus funciones, colaborar con el Estado en la desarticulación de los aparatos clandestinos de seguridad y cuerpos ilegales de seguridad, promover la investigación, persecución penal y sanción de los delitos cometidos por su integrantes, así como recomendar al Estado la adopción de políticas públicas para erradicar los aparatos clandestinos y cuerpos ilegales de seguridad y prevenir su reaparición, incluyendo las reformas jurídicas e institucionales necesarias para dicho fin.

267.Con el objeto de garantizar el adecuado manejo de los casos identificados por la CICIG, de conformidad con el artículo 3.1 (b) y (c) de su Acuerdo constitutivo, el MP cuenta con la FECI, la cual se estableció en el desarrollo del citado acuerdo, así como del Convenio de Cooperación Bilateral suscribo entre el MP y la CICIG, el 27 de febrero del 2008, la cual tiene a su cargo dirigir la investigación penal y ejercer la persecución penal en los casos que la comisión establezca de conformidad con su mandato.

268.En la actuaciones en las que legalmente se requiere la participación del MP, la CICIG coordina las mismas con el personal de la FECI y solicita la realización de diligencias, incluyendo citaciones, inspecciones, registros y demás aplicables, o bien la tramitación de solicitudes ante las autoridades judiciales, incluyendo citaciones para comparecencia o declaración de testigos, expertos o inculpados, inspecciones, entradas, allanamientos, registros y demás aplicables, de conformidad con el Código Procesal Penal y leyes pertinentes, las cuales son tramitadas sin dilación.

269.En respuesta a las solicitudes formuladas por la CICIG, el MP facilita la información disponible, así como la tramitación de casos específicos. En caso se requiera, se proporcionan copias certificadas de las actuaciones o bien informes circunstanciados de los expedientes respectivos. Los expedientes también pueden ser puestos a disposición o entregados para su consulta en la sede fiscal, al personal de la CICIG debidamente acreditado. La obligación de facilitar información por parte del MP no se limita a los casos en los cuales la CICIG se encuentre ejerciendo las facultades procesales que le corresponden.

270.Cuando la CICIG selecciona uno o más casos para promover ante el MP, la investigación y persecución penal, el Comisionado representante de la CICIG, lo comunica directamente a la Fiscal General de la República, con el objeto que se abra un expediente penal en la FECI.

271.El MP y la CICIG coordinan la protección de testigos que declaren durante la investigación o el proceso penal, que sean víctimas o proporcionen información sobre delitos presuntamente cometidos por partícipes de cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos de seguridad, que tengan la calidad de expertos o cualquier otra aplicable, de conformidad con la Ley para la Protección de Sujetos Procesales y Personas Vinculadas a la Administración de Justicia Penal y otras leyes que resulten pertinentes. Para dichos efectos, la CICIG podrá solicitar directamente la prestación de dicho servicio a la Oficina de Protección del MP.

272.El Presidente de la República, considerando que el Mandato de la CICIG vence en el 2017; durante la Reunión Sobre el Problema de la Drogas, en la sede de ONU, New York, en abril de 2016, solicitó la ampliación por 4 años de la CICIG.