Naciones Unidas

CRC/C/FJI/QPR/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

30 de septiembre de 2021

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones previa a la presentación de los informes quinto y sexto combinados de Fiji *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito la información que se le solicita en este documento (en un máximo de 21.200 palabras), de ser posible antes del 30 de junio de 2022. En las respuestas se deben tener en cuenta las recomendaciones del Comité que figuran en sus anteriores observaciones finales, aprobadas en 2014. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

I.Novedades

2.El Comité solicita al Estado parte que facilite:

a)Información sobre la aprobación o reforma de leyes, políticas y programas, así como de cualquier otro tipo de medidas adoptadas, como la creación o la reforma de instituciones, que sean importantes para la aplicación de la Convención;

b)Información sobre las medidas adoptadas para garantizar la protección de los derechos de los niños en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID‑19) y para mitigar sus efectos adversos, habida cuenta de la declaración del Comité de 8 de abril de 2020 sobre los efectos de la pandemia de COVID-19 en los niños;

c)Cualquier otra información que el Estado parte considere pertinente y que no quede abarcada en las respuestas a las preguntas formuladas en el presente documento, incluida información sobre los obstáculos y las dificultades a que se han enfrentado.

3.El Comité solicita también al Estado parte que facilite información acerca de la manera en que se ha integrado un enfoque basado en los derechos del niño en la planificación, aplicación, seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otras cosas en lo que respecta a la participación de los niños y a la reunión de datos, y sobre el modo en que esas medidas promueven la efectividad de los derechos del niño reconocidos en la Convención.

II.Derechos amparados por la Convención

A.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44 (párr. 6))

Legislación

4.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Las medidas adoptadas para revisar las leyes existentes a fin de garantizar que estén armonizadas y sean plenamente conformes con la Convención, y los avances logrados en la aprobación del proyecto de ley de atención y protección de la infancia y del proyecto de ley de justicia juvenil;

b)Si existe un procedimiento para evaluar los efectos de toda nueva ley en los derechos del niño;

c)Las medidas adoptadas para establecer un mecanismo nacional de presentación de informes y seguimiento para facilitar la preparación de informes a los mecanismos internacionales de derechos humanos, y la coordinación del seguimiento y la aplicación nacionales de las obligaciones de los tratados y las recomendaciones de los mecanismos, en vista de la ratificación por el Estado parte de los tratados fundamentales de derechos humanos;

d)Todo plan de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a un procedimiento de comunicaciones, o adherirse a él.

Política, estrategia y coordinación integrales

5.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Las medidas tomadas para adoptar una política y estrategia nacional integral para la infancia, y los recursos humanos, técnicos y financieros asignados para su aplicación;

b)La estructura y las responsabilidades del Comité Nacional de Coordinación para la Infancia y el presupuesto que se le ha asignado, incluido el calendario para finalizar la elaboración de su mandato y su puesta en marcha, así como para el establecimiento de los subcomités pertinentes.

Asignación de recursos

6.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Elaborar un presupuesto nacional dirigido específicamente a la aplicación de la Convención, con líneas presupuestarias específicas para los niños en situaciones de vulnerabilidad, incluidos los niños de grupos minoritarios y los niños con discapacidad;

b)Incorporar un enfoque basado en los derechos del niño, que incluya un sistema de seguimiento de la asignación y la utilización de los recursos destinados a los niños en todo el presupuesto;

c)Velar por que los niños, en particular los que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, no se vean afectados por las medidas regresivas o de austeridad adoptadas para hacer frente a la pandemia de COVID-19 ni por las consecuencias de la crisis económica desencadenada por esas medidas.

Reunión de datos

7.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Los avances logrados en la elaboración de un sistema integral de reunión de datos que permita recopilar datos desglosados por factores pertinentes sobre todos los ámbitos de la Convención, incluidos la violencia contra la infancia, la adopción, los niños con discapacidad, el trabajo infantil y la trata;

b)Los resultados de la encuesta nacional de indicadores múltiples por conglomerados;

c)Si las medidas adoptadas para garantizar que los datos e indicadores recopilados, entre otras cosas a través de la encuesta de indicadores múltiples por conglomerados y en el contexto del Grupo del Pacífico sobre Estadísticas de la Discapacidad, se comparten entre los ministerios pertinentes y se utilizan para la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y programas sobre los derechos del niño.

Vigilancia independiente

8.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Los recursos humanos, técnicos y financieros asignados a la Comisión de Derechos Humanos y Lucha contra la Discriminación de Fiji y las medidas adoptadas para garantizar su independencia y el cumplimiento de los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París);

b)La disponibilidad de un mecanismo de denuncia adaptado a los niños en relación con las violaciones de sus derechos, en vista de que la Comisión no tiene el mandato de recibir, investigar y tratar dichas denuncias;

c)Las medidas adoptadas o previstas para nombrar a un oficial encargado de los derechos del niño o a otro funcionario independiente responsable de los derechos del niño en el seno de la Comisión, de conformidad con las recomendaciones anteriores del Comité.

Difusión y sensibilización

9.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Garantizar que los niños, los progenitores, los medios de comunicación y los profesionales que trabajan con y para los niños tengan suficiente conocimiento de la Convención, entre otras cosas mediante programas comunitarios elaborados en estrecha colaboración con los mecanismos del gobierno local;

b)Velar por que la Convención y las observaciones finales y generales del Comité se traduzcan a las lenguas locales.

Derechos del niño y sector empresarial

10.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Exigir a las empresas que promuevan los derechos del niño y la Convención, entre otras cosas en lo que respecta al medio ambiente y a las normas sanitarias y laborales;

b)Establecer un marco regulatorio para las empresas y sus compañías afiliadas, en sectores como las industria extractivas y de los combustibles fósiles y la economía informal, a fin de velar por que sus actividades no repercutan negativamente en los derechos del niño.

B.Definición de niño (art. 1)

11.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para ajustar la legislación nacional a la Convención, que define “niño” como toda persona menor de 18 años de edad.

C.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)

No discriminación

12.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Promulgar legislación que prohíba todas las formas de discriminación por motivos de raza, sexo, discapacidad, estado serológico respecto del VIH/sida y orientación sexual;

b)Prevenir y abordar la discriminación contra los niños, en particular las niñas, los niños de minorías étnicas, los niños que viven con el VIH/sida o se ven afectados por esa realidad, los niños con discapacidad, las niñas lesbianas, los niños gais, las niñas y los niños bisexuales, transexuales e intersexuales y las madres adolescentes, entre otras cosas mediante campañas de sensibilización y la adopción de una estrategia nacional;

c)Vigilar, recibir y atender las denuncias de discriminación contra los niños.

Interés superior del niño

13.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Las medidas adoptadas para que, en todas las actuaciones, medidas y decisiones legislativas, administrativas y judiciales, se incorpore de forma adecuada el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial y se aplique sistemáticamente ese derecho;

b)El fomento de la capacidad y la formación de los profesionales competentes para la determinación del interés superior del niño;

c)Todo caso o decisión que haya invocado el principio del interés superior del niño desde la aprobación de la nueva Constitución del Estado parte en 2013.

Respeto de las opiniones del niño

14.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Garantizar el derecho de los niños a ser escuchados y a que sus puntos de vista y opiniones se tengan debidamente en cuenta en los procedimientos jurídicos y administrativos pertinentes en lo que respecta a las decisiones que los afectan;

b)Promover la participación efectiva de los niños en el ámbito familiar y comunitario, en la escuela y en los procesos de formulación de políticas y toma de decisiones locales y nacionales que los afectan, entre otras cosas en relación con el cambio climático;

D.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17)

Inscripción de los nacimientos y nacionalidad

15.Sírvanse indicar cómo tiene el Estado parte previsto:

a)Garantizar que todos los niños que se encuentran en su territorio tengan acceso gratuito a la inscripción de los nacimientos y a certificados de nacimiento, entre otras cosas suprimiendo las tasas por la inscripción tardía y eliminando los obstáculos para la inscripción de los niños de las islas periféricas y de los niños de grupos minoritarios;

b)Sensibilizar a los progenitores acerca del nuevo procedimiento de registro electrónico puesto en marcha en 2019 y de la importancia de la inscripción de los nacimientos;

c)Proteger de la apatridia a los niños que fueron abandonados en el Estado parte, pero que no nacieron allí y cuya nacionalidad no puede establecerse.

Derecho a la vida privada y acceso a información apropiada

16.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Asegurar la inclusión digital de los niños y promover la igualdad de acceso de los niños a los servicios de Internet y a la conectividad, en particular los niños de las zonas rurales y los niños con discapacidad;

b)Garantizar que todas las políticas o leyes, como la Ley de Ciberseguridad y la Ley de Seguridad en Internet, que estén destinadas a proteger a los niños de los peligros en Internet no afecten negativamente a su derecho a la vida privada;

c)Mejorar las aptitudes digitales de los niños, los docentes y las familias, y proteger a los niños de la información y el material perjudiciales para su bienestar;

d)Proteger la intimidad de los niños en los medios de comunicación, incluidos los medios sociales.

E.Violencia contra los niños (arts. 19, 24 (párr. 3), 28 (párr. 2), 34, 37 a) y 39)

Castigo corporal

17.Sírvanse describir las medidas adoptadas o previstas para:

a)Prohibir el castigo corporal en todos los ámbitos, incluidos el hogar, las escuelas y los centros de prestación de modalidades alternativas de cuidado y las guarderías;

b)Derogar el derecho de los docentes a “administrar un castigo razonable”;

c)Promover formas de disciplina positivas y no violentas entre los docentes, el personal de los centros de atención infantil, los progenitores y los cuidadores.

Violencia sexual, incluidos la explotación y los abusos sexuales

18.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Hacer frente a la alta prevalencia de la violencia doméstica y la explotación y los abusos sexuales contra los niños, incluso en el círculo de confianza, la explotación sexual en Internet, el ciberacoso y la explotación y los abusos sexuales en el contexto de la prostitución y el turismo;

b)Prevenir el uso de las excusas tradicionales, como el bulubulu,y modificar la legislación para velar por que todos los niños objeto de cualquier forma de explotación sexual sean tratados como víctimas y no estén sujetos a sanciones penales;

c)Garantizar que se notifiquen, investiguen y, en su caso, se enjuicien obligatoriamente todos los casos de violencia, en particular la violencia doméstica y los delitos sexuales, contra los niños, incluidos los de las islas periféricas y las comunidades rurales, y que se intervenga en estos casos;

d)Garantizar la aplicación efectiva de las directrices interinstitucionales sobre los malos tratos y el descuido de niños, entre otras cosas mediante la formación de los profesionales pertinentes y la creación de comités interinstitucionales de distrito sobre malos tratos y descuido de niños;

e)Reforzar la capacidad de los trabajadores sociales, los psicólogos, las fuerzas del orden, el poder judicial, el personal del Teléfono Nacional de Ayuda a la Infancia y otros profesionales pertinentes, entre otras cosas mediante la formación previa al empleo y durante el mismo, para abordar los casos de violencia, explotación y abusos sexuales contra los niños de forma confidencial y adaptada a ellos;

f)Llevar a cabo programas de sensibilización y educación, en particular para los niños y los progenitores, con el fin de prevenir y encarar la violencia doméstica y la explotación y los abusos sexuales de los niños y luchar contra la estigmatización de las víctimas;

g)Garantizar la asignación de recursos financieros, humanos y técnicos suficientes a los servicios de protección de la infancia, en vista del aumento del número de casos denunciados, entre otras cosas a través del Teléfono Nacional de Ayuda a la Infancia;

h)Garantizar intervenciones multidisciplinarias y adaptadas a los niños, así como la prestación de apoyo integral, que incluya la recuperación psicológica y la reintegración social, para los niños víctimas de la violencia, la explotación y los abusos sexuales.

Prácticas nocivas

19.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Todas las medidas legislativas destinadas a penalizar y enjuiciar el matrimonio infantil y forzado;

b)Las campañas de sensibilización sobre los efectos nocivos del matrimonio infantil en el bienestar físico y mental de las niñas.

F.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado (arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 20, 21, 25 y 27 (párr. 4))

Entorno familiar

20.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Garantizar la disponibilidad de servicios de guardería asequibles y adecuados;

b)Promover la igualdad de responsabilidades parentales para padres y madres.

Niños privados de un entorno familiar

21.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Apoyar y priorizar el acogimiento en un entorno familiar, incluido en hogares de guarda, para los niños que no pueden permanecer con sus familias, y establecer mecanismos para aplicar las disposiciones sobre modalidades alternativas de cuidado contenidas en el proyecto de ley de atención y protección de la infancia;

b)Asegurar la revisión periódica de la situación de los niños en entornos de modalidades alternativas de cuidado, incluidos los hogares de acogida y las residencias, y asignar recursos suficientes para que el Ministerio de Bienestar Social, Asuntos de la Mujer y Mitigación de la Pobreza gestione y supervise eficazmente las residencias;

c)Velar por que los niños en entornos de modalidades alternativas de cuidado tengan acceso a mecanismos de denuncia confidenciales y puedan denunciar casos de maltrato, y que dichos casos se investiguen.

Adopción

22.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Garantizar la aplicación efectiva de la Ley de Adopción, entre otras cosas mediante la elaboración de la normativa correspondiente, y reforzar los acuerdos bilaterales con otros países sobre la cuestión de la adopción internacional;

b)Vigilar las adopciones informales y garantizar la autorización judicial y el seguimiento de las adopciones por una autoridad central con mandato para ello;

c)Impartir formación a los profesionales responsables de los casos de adopción, incluidos los funcionarios de la administración y la judicatura.

G.Niños con discapacidad (art. 23)

23.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Los recursos asignados a la aplicación de la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad;

b)El acceso de los niños con discapacidad a los servicios sociales y de salud, y el acceso de sus familias a ayuda económica y de otro tipo;

c)Las campañas de sensibilización para prevenir la estigmatización de los niños con discapacidad y la violencia contra ellos;

d)El desarrollo de una educación primaria y secundaria inclusiva, con docentes debidamente formados, para los niños con discapacidad;

e)La disponibilidad de profesionales especialistas para los niños con discapacidad.

H.Salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3), 24, 26, 27 (párrs. 1 a 3) y 33)

Salud y servicios sanitarios, incluidos los de salud mental

24.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Reducir las desigualdades en materia de salud y de acceso a servicios sanitarios de alta calidad para los niños de zonas rurales, de islas periféricas o en situación desfavorecida;

b)Garantizar el acceso de todos los niños, especialmente en las zonas rurales y en las islas periféricas, a una atención sanitaria de calidad, incluida una infraestructura sanitaria suficiente, y a la vacunación contra el sarampión, la COVID-19 y otras enfermedades transmisibles;

c)Hacer frente a la malnutrición, el exceso de peso y la obesidad en la infancia;

d)Velar por el acceso de los niños, en particular los que viven en las islas periféricas y los que viven en asentamientos informales, al agua potable salubre y a las instalaciones de saneamiento, entre otras cosas mediante la aprobación de la Ley Nacional de Agua y Saneamiento y la Política Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos y el Saneamiento;

e)Sensibilizar sobre la importancia de la lactancia materna y vigilar la aplicación del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna;

f)Garantizar el acceso de los niños a los servicios de salud mental, incluidos los servicios de gestión del estrés y de asistencia psicológica;

g)Aplicar la política nacional de salud mental y prevención del suicidio e identificar, prevenir y abordar los factores de riesgo de suicidio entre los niños, especialmente entre los niños indofiyianos.

Salud de los adolescentes

25.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Aprobar una política integral de salud sexual y reproductiva para los adolescentes y velar por su acceso a los servicios de planificación familiar, incluidos los anticonceptivos;

b)Fomentar la paternidad y maternidad responsable y el comportamiento sexual entre los adolescentes y proteger los derechos de las adolescentes embarazadas y las madres adolescentes y sus hijos;

c)Despenalizar el aborto en todas las circunstancias y garantizar el acceso de las adolescentes a servicios de aborto sin riesgo y de atención posterior al aborto;

d)Hacer frente a la incidencia del consumo de drogas, alcohol y tabaco entre los niños;

e)Sensibilizar sobre el VIH/sida y mejorar el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva y los especializados en el VIH/sida adecuados a la edad.

Efectos del cambio climático en los derechos del niño y salud ambiental

26.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y descarbonizar la economía, de conformidad con el plan nacional de desarrollo;

b)Garantizar que las necesidades y opiniones de los niños se tengan en cuenta en la elaboración y aplicación de las leyes, las políticas y los programas que encaren el cambio climático y la gestión del riesgo de desastres, como el proyecto de ley sobre el cambio climático, la política nacional sobre el cambio climático para 2018-2030, el proyecto de política nacional sobre los océanos y las directrices sobre el desplazamiento en el contexto del cambio climático y los desastres;

c)Prestar apoyo a los niños y las familias vulnerables a las repercusiones del cambio climático;

d)Empoderar a los niños a fin de que se preparen para los desastres naturales y aborden el cambio climático por medio de los programas de estudios y de actividades de concienciación adecuados a su edad;

e)Reforzar la seguridad física y la resiliencia de la infraestructura escolar;

f)Reducir la contaminación atmosférica, entre otras cosas haciendo cumplir las normas sobre el aire limpio y el monitoreo y proporcionando a los hogares cocinas eficientes, y garantizar la disponibilidad de medidas correctivas para los niños afectados y sus familias.

Nivel de vida

27.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Hacer frente a la pobreza infantil y garantizar que los niños en situación de desventaja económica, incluidos los niños que viven en zonas rurales, los niños cuyos progenitores trabajan en la economía informal, los niños cuyos progenitores perdieron sus empleos tras la pandemia de COVID-19 y los niños vulnerables a los desastres naturales, tengan acceso a programas de protección social y paquetes de estímulo;

b)Garantizar que los niños que viven en asentamientos informales, incluidos los niños indofiyianos y los niños con discapacidad, tengan acceso a alimentos y a viviendas asequibles y resistentes al clima;

c)Asegurar que se capacite a los trabajadores sociales para detectar y atender las necesidades de las familias y los niños en situación de desventaja económica.

I.Educación, esparcimiento y actividades culturales (arts. 28 a 31)

Educación

28.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Eliminar los costos indirectos y ocultos de la educación preescolar, primaria y secundaria y garantizar el acceso a una educación de calidad de los niños que viven en zonas remotas;

b)Asegurar que todos los niños tengan acceso a clases virtuales tras los desastres naturales y en el contexto de la pandemia de COVID-19;

c)Velar por que todas las escuelas estén equipadas con la infraestructura necesaria para proporcionar un entorno de aprendizaje eficaz;

d)Garantizar que las adolescentes que están embarazadas o son madres prosigan su educación en escuelas ordinarias;

e)Encarar el acoso y la violencia en las escuelas;

f)Integrar la educación en derechos humanos y la educación en salud sexual y reproductiva en el plan de estudios obligatorio y en los programas de formación docente, y garantizar que incluyan material sobre orientación sexual e identidad de género;

g)Llevar a cabo evaluaciones del impacto de los programas y estrategias educativos para tomar medidas correctivas que garanticen que los alumnos que terminan la escuela estén preparados para las demandas del mercado laboral nacional;

h)Aprobar una política y un plan de acción integrales sobre la educación de la primera infancia, y supervisar la calidad de los servicios de educación de la primera infancia en todo el Estado parte.

J.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 33, 35, 36, 37 b) a d) y 38 a 40)

Niños solicitantes de asilo y refugiados y niños en situaciones de migración

29.Sírvanse describir las medidas adoptadas para enmendar la Ley de Inmigración a fin de establecer disposiciones especiales sobre la reunificación familiar para proteger a los niños refugiados y solicitantes de asilo acompañados y no acompañados.

Explotación económica, incluido el trabajo infantil

30.Sírvanse explicar las medidas adoptadas por el Estado parte para:

a)Fortalecer su marco jurídico para erradicar el trabajo infantil e identificar y encarar sus causas profundas;

b)Modificar la orden relativa a las ocupaciones peligrosas y elaborar una definición y una lista de trabajos peligrosos explícitamente prohibidos para los niños;

c)Reforzar la vigilancia de las prácticas de empleo, entre otras cosas mediante el uso de inspectores del trabajo capacitados y garantizar que se investiguen los casos de trabajo infantil y se enjuicie a sus autores.

Niños en situación de calle

31.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Analizar y abordar el alcance y las causas fundamentales de los niños en situación de calle y adoptar una política global para tratar el fenómeno;

b)Garantizar la aplicación efectiva de las leyes de protección de la infancia, en particular las relativas a la responsabilidad de los progenitores y los cuidadores;

c)Asegurar que los niños en situación de calle tengan acceso a la nutrición y al refugio, a un entorno familiar, a servicios sanitarios, a oportunidades educativas y a otros servicios sociales.

Venta, trata y secuestro

32.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Las causas profundas y el alcance de la trata de niños, en particular con fines de explotación sexual;

b)Las campañas de sensibilización entre las poblaciones en situación de riesgo sobre los peligros de la trata;

c)Los procedimientos establecidos para la detección de los niños víctimas de la trata, la venta y el secuestro;

d)Las medidas adoptadas para investigar los casos de trata de niños, enjuiciar a los autores y proporcionar formación especializada a los agentes de la autoridad.

Administración de la justicia juvenil

33.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:

a)Elevar la edad de responsabilidad penal a los 14 años como mínimo;

b)Designar jueces especializados en la infancia y velar por que dichos jueces reciban formación sobre las disposiciones de la Convención y el manual de causas relacionadas con la infancia;

c)Abolir la prisión perpetua para los niños por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años;

d)Promover medidas no privativas de libertad y no judiciales, siempre que sea posible, para todos los niños reconocidos como infractores de la legislación penal y garantizar que la detención se utilice sólo como medida de último recurso y durante el período más breve posible;

e)Velar por que los niños no sean recluidos junto con los adultos y que las condiciones de reclusión se ajusten a las normas internacionales, en particular con respecto al acceso a los alimentos, la educación y los servicios de salud;

f)Abordar las denuncias de malos tratos a los niños por parte de la policía durante el arresto y la detención, así como los casos de violencia contra los niños detenidos.

III.Información y datos estadísticos

34.La información estadística y los datos proporcionados por el Estado parte deberían referirse al período transcurrido desde que se examinaron sus informes anteriores sobre la aplicación de la Convención. Los datos deberían desglosarse por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, tipo de discapacidad, ubicación geográfica y situación socioeconómica.

35.Se recomienda la presentación de cuadros que permitan observar las tendencias a lo largo del período que abarca el informe, así como explicaciones o comentarios sobre los cambios significativos que hayan tenido lugar durante ese tiempo.

A.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44 (párr. 6))

36.Sírvanse proporcionar información sobre las partidas presupuestarias destinadas a la infancia y los sectores de los servicios sociales, indicando la cuantía asignada a cada partida y el porcentaje que representa respecto del presupuesto nacional total.

B.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)

37.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, acerca de las causas por discriminación que afectan a los niños, las acciones judiciales incoadas con arreglo a la legislación en materia de lucha contra la discriminación y las sanciones impuestas a los infractores.

C.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17)

38.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)La tasa de inscripción de los nacimientos, incluido el número de niños que han sido inscritos mediante el nuevo sistema de registro electrónico;

b)Los niños apátridas que residen en el Estado parte.

D.Violencia contra los niños (arts. 19, 24 (párr. 3), 28 (párr. 2), 34, 37 a) y 39)

39.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)Los niños víctimas de la violencia, incluidos los malos tratos, el descuido, la violencia doméstica, la explotación y los abusos sexuales, tanto dentro como fuera del hogar, en entornos de modalidades alternativas de cuidado y en reclusión, los casos que se han denunciado a las autoridades, investigado y enjuiciado y las sanciones que se han impuesto a los infractores, desglosados por tipo de delito;

b)Los niños que han sido objeto de medidas de protección y las reparaciones multidisciplinarias para los menores de edad que han sido víctimas o testigos de la violencia, en particular de malos tratos, descuido y explotación y abusos sexuales;

c)Los matrimonios infantiles y forzosos.

E.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado (arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 20, 21, 25 y 27 (párr. 4))

40.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)Los niños en residencias, el número de residencias, su tamaño y la duración media de la estancia;

b)Los niños en acogimiento familiar, comunitario y por familiares, y en situaciones de adopción informal.

F.Niños con discapacidad (art. 23).

41.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre los niños con discapacidad que:

a)Reciben servicios de apoyo económico y de otro tipo;

b)Viven con su familia;

c)Viven en residencias y la duración de su estancia;

d)Asisten a escuelas ordinarias y a escuelas segregadas;

e)Han denunciado actos de violencia y abusos, por ejemplo de violencia sexual, el número de investigaciones y enjuiciamientos llevados a cabo y las penas impuestas a los autores.

G.Salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3), 24, 26, 27 (párrs. 1 a 3) y 33)

42.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)Los niños diagnosticados con problemas de salud mental o una enfermedad mental;

b)Los niños que se han suicidado o han intentado hacerlo;

c)El embarazo en la adolescencia;

d)El consumo de drogas, alcohol y tabaco entre los niños;

e)Los niños que viven por debajo del umbral de pobreza;

f)Los niños que viven en asentamientos informales;

g)Los niños que viven en hogares con cocinas mejoradas.

H.Educación, esparcimiento y actividades culturales (arts. 28 a 31)

43.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)Los niños que abandonan la escuela;

b)Los niños que asisten a centros de educación preescolar y la duración media de su asistencia a ellos.

I.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 33, 35, 36, 37 b) a d) y 38 a 40)

44.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 de este documento, y desglosados también según si se trata de niños acompañados o no acompañados, sobre los niños solicitantes de asilo y refugiados que se han reasentado en el Estado parte.

45.Sírvanse facilitar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)Los niños que trabajan en condiciones peligrosas;

b)Los casos de trabajo infantil investigados y que han dado lugar a enjuiciamiento y a la imposición de sanciones a los empleadores declarados culpables de llevar a cabo actividades de trabajo infantil;

c)Los niños en situación de calle.

46.Sírvanse aportar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, y desglosados también según el tipo de delito, sobre:

a)Los niños que han sido arrestados y las razones de los arrestos;

b)Los niños privados de libertad, incluidos los que se encuentran en prisión preventiva y en dependencias como celdas policiales o prisiones, y la duración de su reclusión;

c)Los niños que cumplen prisión perpetua por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años;

d)Los niños remitidos a procedimientos extrajudiciales o a los que se han impuesto penas no privativas de libertad;

e)Los niños que han recibido asistencia para la rehabilitación y reintegración.

f)Los casos de malos tratos y violencia cometidos por agentes de la autoridad contra niños durante el arresto y la detención que han sido investigados y enjuiciados, y las consiguientes sanciones.