Naciones Unidas

CRC/C/TGO/Q/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

7 de marzo de 2023

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicosquinto y sexto combinados del Togo *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 2 de junio de 2023. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

2.Sírvanse describir:

a)Las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar la protección de los derechos del niño en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID‑19) y mitigar sus efectos adversos;

b)Los recursos humanos, financieros y técnicos que tiene asignados el Comité Nacional de los Derechos del Niño (creado en 2016) para poder desempeñar su labor de coordinación, de conformidad con el artículo 452 del Código del Niño y el Decreto núm. 2016-102/PR, de 20 de octubre de 2016, en particular la coordinación con la Dirección Nacional de Protección de la Infancia;

c)La situación de la Política Nacional de Bienestar de la Infancia (2019-2030), indicando si abarca todos los aspectos de la Convención y si se ha incorporado al documento de estrategia de lucha contra la pobreza, tal y como había propuesto el Comité en sus anteriores observaciones finales.

3.Sírvanse indicar:

a)Si se tiene previsto incrementar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para ayudarla a recibir y examinar eficazmente las denuncias presentadas por los niños y para dar a conocer el mecanismo;

b)Si el cuadro de indicadores de la protección de la infancia cubre todos los aspectos de la Convención; si todos los datos que en él figuran están desglosados por edad, ubicación geográfica, nacionalidad, origen étnico y contexto socioeconómico; si incluye datos sobre la situación de los niños afectados por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH)/sida, de los niños con discapacidad, de los niños y niñas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) y de la violencia contra los niños en las instituciones; y si está disponible en línea y en acceso abierto, incluyendo información sobre la frecuencia con la que se actualiza;

c)Las medidas adoptadas para luchar contra la corrupción, aumentar el presupuesto destinado a los sectores sociales e implantar un enfoque presupuestario basado en los derechos del niño que cuente con un mecanismo de seguimiento y evaluación y, a la luz de las observaciones finales del Comité, un marco regulatorio para las empresas en cuya elaboración haya participado la Cámara de Comercio e Industria del Togo, si corresponde.

4.Sírvanse facilitar más detalles sobre:

a)Las medidas adoptadas para proteger de manera efectiva frente a actos de intimidación y estigmatización a los defensores de los derechos humanos y, en particular, a los defensores de los derechos de las mujeres y de los niños, así como para reconocer la legitimidad de su trabajo;

b)El número de denuncias presentadas desde 2011 contra los defensores de los derechos humanos y el resultado de las investigaciones correspondientes;

c)Las medidas adoptadas para armonizar la Ley núm. 2019-009, de 12 de agosto de 2019, de seguridad interior y la Ley núm. 2019-010, de 12 de agosto de 2019, por la que se modifica la Ley núm. 2011-010, de 16 de mayo de 2011, relativa al establecimiento de condiciones para el ejercicio de la libertad de reunión y de manifestación pública pacífica, con los artículos 13 y 15 de la Convención;

d)Los progresos realizados con respecto a la aprobación de la nueva ley nacional de organizaciones no gubernamentales y la manera en la que dicha ley contribuirá a crear un clima de confianza y cooperación con la sociedad civil.

5.Sírvanse indicar:

a)El estado de la revisión del Código del Niño, en particular los artículos 21, 267 y 269, con miras a eliminar todas las excepciones que permiten a las niñas y niños contraer matrimonio si existen razones de peso;

b)Las medidas que se han adoptado para hacer cumplir esta prohibición y sus consiguientes resultados;

c)Las modificaciones introducidas en el Código Civil y el Código Penal para que los niños sean escuchados en los procedimientos judiciales y administrativos que les afecten;

d)El acta de fundación, el funcionamiento y la composición del Consejo Consultivo Nacional del Niño y de los consejos consultivos a nivel de las prefecturas y regiones, los criterios de selección y la periodicidad de sus reuniones.

6.Indiquen si los artículos 2 y 11 de la Constitución, relativos a la igualdad y la no discriminación, son conformes al artículo 2 de la Convención. Indiquen también:

a)El calendario de plazos de: las reformas legislativas que se proponen en el párrafo 32 a) de las anteriores observaciones finales del Comité; la adopción de una estrategia para eliminar las prácticas discriminatorias, en particular las que afectan a las niñas y a los niños con discapacidad; y de la estrategia de comunicación sobre las prácticas culturales nocivas para los niños, entre ellas la eliminación de los niños nacidos con malformaciones y de los llamados “niños brujos”;

b)Los resultados de los diálogos con líderes comunitarios y las diligencias de supervisión que se mencionan en el informe del Estado parte, emprendidos con miras a eliminar las prácticas nocivas;

c)Las medidas adoptadas para combatir la estigmatización relacionada con el VIH/sida en el entorno escolar, así como la estigmatización de los niños en conflicto con la ley y de los niños LGBTI;

d)Las medidas que se han tomado para acabar con el infanticidio de los llamados “niños brujos”. Indíquense también el número de casos enjuiciados y las penas impuestas.

7.Faciliten información actualizada sobre los resultados de las medidas que se hayan adoptado para garantizar la inscripción gratuita y universal de los nacimientos y la posibilidad de efectuar una inscripción tardía sin sanciones, lo que reduce la necesidad de recurrir a la justicia. Indíquense las tasas de inscripción de nacimientos y las variaciones por sexo y región, así como el número de niños sin partida de nacimiento que tienen acceso a la educación, a los exámenes escolares y a la atención de la salud y otros servicios sociales. Sírvanse detallar aquellas medidas que se han tomado para prevenir la apatridia de los niños nacidos en el Togo de padres refugiados, en particular los procedentes del Gabón, y para facilitar su acceso a la nacionalidad togolesa.

8.Sírvanse precisar:

a)Los progresos realizados con respecto al establecimiento de un mecanismo para recibir denuncias de niños contra los agentes de la ley por malos tratos. Facilítese también información actualizada sobre los casos enjuiciados y las penas impuestas a este respecto;

b)Las medidas adoptadas en respuesta a los presuntos actos de tortura y malos tratos cometidos contra niños mientras estaban siendo detenidos durante las manifestaciones ocurridas en 2013 y entre 2017 y 2019 y mientras permanecieron en detención preventiva. Preséntense también los resultados de la investigación sobre el fallecimiento de Anselme Sinandare, Douti Sinalengue, Rachad Maman, Yacoubou Abdoulaye, Kokou Joseph Zoumekey, Moufidou Idrissou y otros niños durante dichas manifestaciones;

c)Los progresos realizados con respecto a la aprobación de un instrumento legislativo que prohíba explícitamente los castigos corporales en todos los contextos, del programa de parentalidad positiva y de la estrategia para prevenir y combatir todas las formas de violencia y de maltrato infantil, incluidas la mutilación genital femenina y la violencia sexual en la escuela. Detállense también los casos enjuiciados y las penas impuestas;

d)Los servicios específicos de atención integral para los niños víctimas de violencia destinados a garantizar su recuperación y reinserción. Facilítense también estadísticas sobre los niños beneficiarios de dichos servicios desde 2012, desglosadas por edad, sexo y región.

9.Sírvanse indicar:

a)Las medidas concretas que se han adoptado contra el levirato, el repudio y la privación de herencia en el entorno rural, así como los efectos que hayan tenido. Indíquense también las medidas destinadas a asegurar que las madres y los padres compartan en pie de igualdad su responsabilidad hacia los hijos, de conformidad con la recomendación formulada en el párrafo 46 de las anteriores observaciones finales del Comité;

b)La situación actual en lo que respecta a la institucionalización de los niños privados de un entorno familiar, así como las medidas para evitar que se separe a los niños de sus respectivas familias por causa de la pobreza y aquellas cuya finalidad sea desarrollar los servicios de acogimiento en un entorno familiar y mejorar la protección social. Sírvanse describir también la duración y efectos del proyecto piloto de hogares de guarda;

c)Los proyectos destinados a reducir los gastos de adopción con miras a facilitar la adopción en el país e internacional, así como las iniciativas para armonizar el Código del Niño con el Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional;

d)Las medidas dirigidas a garantizar un tratamiento especial a las mujeres embarazadas o con hijos lactantes o de corta edad acusadas o condenadas, en particular para que se contemple la posibilidad de imponer medidas alternativas a la privación de libertad, de conformidad con el artículo 441 del Código del Niño, y adoptar medidas de atención especial en materia de alimentación y atención de la salud.

10.Sírvanse aportar detalles sobre:

a)El efecto de las medidas relativas al acceso a la educación preescolar, primaria y secundaria y a la tasa de matriculación, en particular la de las niñas, los niños con discapacidad y los niños que viven en zonas remotas;

b)Los progresos logrados en todas las regiones del país en lo relativo a la adopción de un enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos y a la educación inclusiva, en particular en lo que respecta a los niños con discapacidad visual, auditiva o psicosocial;

c)Las medidas que se han previsto para acabar con el aislamiento y la estigmatización de los niños con discapacidad y para garantizar su protección contra la violencia, el maltrato y la explotación;

d)La sentencia dictada en el caso del asesinato de un niño con albinismo.

11.Sírvanse indicar:

a)La proporción del presupuesto del Estado que desde 2017 se asigna al sector de la salud y los avances en materia de reducción de la mortalidad neonatal, infantil, juvenil y materna;

b)Las medidas adoptadas para acabar con la malnutrición y la carencia de micronutrientes, así como los efectos de dichas medidas desde un punto de vista nutricional;

c)Los efectos de las medidas que se han adoptado para luchar contra la prevalencia de los embarazos en la adolescencia, de las infecciones de transmisión sexual y del VIH/sida en los adolescentes, así como los efectos de las medidas en materia de acceso de los adolescentes a los anticonceptivos y a los tratamientos necesarios para una atención de calidad;

d)Si se imparte educación sexual y reproductiva en las escuelas y si se prevé legalizar la interrupción voluntaria del embarazo, especialmente a la luz de las prácticas clandestinas peligrosas;

e)Los efectos del plan quinquenal de lucha contra las drogas (2020-2024) en la prevalencia del consumo de drogas entre los adolescentes;

f)Los servicios de apoyo en materia de salud mental a los que pueden acceder los niños, así como la tasa de suicidio de niños y adolescentes;

g)Las medidas que se han tomado para acabar con la pobreza infantil y los progresos en materia de creación de un sistema nacional de protección social, de refuerzo de los servicios sociales y de acceso al agua potable y al saneamiento.

12.Sírvanse detallar:

a)Las conclusiones del estudio de 2013 sobre las causas del trabajo infantil y los resultados de los programas de lucha contra el trabajo infantil;

b)Los casos enjuiciados y las penas impuestas desde que se empezó a aplicar la Orden núm. 1464 MTEFP/DGTLS, de 12 de noviembre de 2007, por la que se determinan los trabajos prohibidos para los niños, así como los esfuerzos desplegados para armonizarla, artículo 11 incluido, con las normas internacionales en la materia, en particular el Convenio sobre la Edad Mínima, 1973 (núm. 138) de la Organización Internacional del Trabajo;

c)Los plazos y el presupuesto asignados a la aplicación de la estrategia relativa a los niños en situación de calle, las conclusiones del estudio al respecto y las medidas adoptadas para prevenir situaciones de violencia, de conflicto con la ley y de explotación sexual, especialmente dada la situación actual en la región de las Sabanas y la de los niños talibé;

d)La situación de los niños desplazados internos;

e)Las medidas adoptadas para prohibir la detención de los niños solicitantes de asilo y de los niños en situación de migración, así como para garantizar que se aplique el principio de no devolución, en particular en el caso de los niños solicitantes de asilo de Burkina Faso.

13.Sírvanse indicar el número de tribunales, jueces y otros profesionales especializados en la infancia. Aporten detalles sobre los progresos realizados con respecto a la Política Nacional en materia de Justicia (2021-2025) y a la evaluación del acceso de los niños a la justicia. Indíquense también las medidas que se han adoptado para: a) garantizar que la privación de libertad sea una solución de último recurso y que se aplique durante el menor tiempo posible; b) poner fin a la detención de los niños que no han alcanzado la edad de responsabilidad penal, a la reclusión en régimen de aislamiento y al internamiento de niños en prisiones de adultos; c) mejorar y controlar las condiciones de internamiento; d) implantar la asistencia jurídica y mecanismos de denuncia; e) reforzar los servicios de rehabilitación, asistencia y reintegración; y f) proteger a los niños víctimas o testigos de delitos.

14.En respuesta a las recomendaciones formuladas por el Comité en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, sírvanse indicar en qué plazo se prevé incorporar en el Código del Niño una definición clara de “venta de niños” que esté armonizada con los artículos 2 y 3 del Protocolo Facultativo, así como el plazo para llevar a cabo un estudio detallado sobre la trata interna y la venta de niños. Sírvanse también detallar las medidas adoptadas para: a) prevenir la práctica del “tutelaje” y la explotación sexual de los niños, en particular la de los desplazados internos, en el contexto de los viajes, el turismo y la crisis en el Sahel; b) garantizar que los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo se investiguen eficazmente; c) garantizar la protección de las víctimas; y d) dar a conocer el Protocolo Facultativo y derribar los obstáculos socioculturales que entorpecen este tipo de iniciativas de concienciación. Indíquense los resultados de todas estas medidas.

Parte II

15.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (no más de tres páginas) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

16.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

17.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los casos de malos tratos y violencia contra niños, incluidos casos de tortura, trato inhumano o degradante, todas las formas de castigos corporales, abusos sexuales de niños en el hogar y fuera de él, violencia doméstica, acoso, violencia y abusos en línea, violencia y abusos sexuales. Facilítense también datos sobre los enjuiciamientos y las penas impuestas por dichos casos en el Estado parte;

b)Los casos de desapariciones forzadas de niños y las conclusiones de dichos casos;

c)Las muertes de niños por accidente, malos tratos o suicidio;

d)Los niños que viven con el VIH/sida;

e)Los matrimonios infantiles y los embarazos en la adolescencia;

f)Los casos de levirato, repudio y poligamia;

g)Los niños apátridas;

h)Los niños solicitantes de asilo, refugiados, desplazados o migrantes, incluidos aquellos que se encuentran en situación de privación de libertad;

i)Los niños que trabajan, inclusive los que lo hacen en el sector informal;

j)Los niños en situación de calle;

k)Los niños que viven en la pobreza;

l)Los llamados “niños brujos”;

m)Los casos de “tutelaje”.

18.Sírvanse aportar datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus familias, incluida la duración de la separación;

b)Internados en instituciones, incluidos el número de instituciones y datos sobre los niños internados en cada institución, desglosados por edad y sexo;

c)Confiados a familias de acogida;

d)Disponibles para adopción;

e)Adoptados en el país o mediante adopciones internacionales o privadas, incluidos datos sobre el país de residencia de las familias adoptivas.

19.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a guarderías;

d)Asisten a centros de enseñanza preescolar;

e)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

f)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

g)Reciben apoyo individualizado;

h)Asisten a escuelas especiales;

i)No están escolarizados;

j)Han sido abandonados por su familia.

20.Sírvanse proporcionar, si se dispone de ellos, datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido detenidos;

b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;

c)Se encuentran en prisión preventiva;

d)Se encuentran recluidos con adultos;

e)Están cumpliendo una pena de privación de libertad, indicando la duración de la pena.

21.Expliquen de qué manera la planificación, la aplicación y el seguimiento de las medidas adoptadas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible integran un enfoque basado en los derechos del niño, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y de qué forma contribuyen a hacer efectivos los derechos del niño reconocidos en la Convención y sus Protocolos Facultativos.

22.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

23.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.