Naciones Unidas

CRC/C/NAM/4-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

20 de junio de 2023

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Informes periódicos cuarto a sexto combinados que Namibia debía presentar en 2017 en virtud del artículo 44 de la Convención *

[Fecha de recepción: 30 de julio de 2020]

Abreviaciones

CESAEstrategia Continental de Educación para África

ODSObjetivos de Desarrollo Sostenible

OITOrganización Internacional del Trabajo

ONGorganización no gubernamental

PIBproducto interno bruto

POEprocedimiento operativo estándar

TMItransmisión maternofilial

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

UNODCOficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito

Prefacio

1.Namibia está decidida a llevar a la práctica la protección de los derechos del niño de conformidad con lo dispuesto en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos internacionales de derechos humanos. Namibia ratificó la Convención en octubre de 1990. Posteriormente, el Estado parte firmó la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño en 1999 y la ratificó en 2004.

2.El Gobierno de la República de Namibia está empeñado en garantizar la promoción y protección de los derechos y el bienestar de los niños en el país. Cabe señalar que el Gobierno se basa en el enfoque basado en los derechos al formular sus políticas y directrices relativas a los niños namibios. En cumplimiento de sus obligaciones en virtud de diversos instrumentos de derechos humanos, el Parlamento aprobó la Ley de Atención y Protección de la Infancia (Ley núm. 3 de 2015), que se rige por los principios del interés superior del niño y de la participación del niño.

3.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia sigue impulsando la igualdad de género y el bienestar de los niños mediante la creación y promoción de proyectos de desarrollo socioeconómico sostenible. No cabe duda de que toda sociedad depende de su capacidad para fomentar la salud y el bienestar de la próxima generación. En otras palabras, los niños de hoy serán los ciudadanos, los progenitores y los dirigentes de mañana. Por consiguiente, si como nación no cuidamos y protegemos a los niños, ponemos en riesgo nuestra prosperidad y seguridad.

4.Por consiguiente, el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia se complace en someter el informe del Estado parte al Comité de los Derechos del Niño para su examen. La presentación del informe es prueba de que el país está empeñado en cumplir las obligaciones que le impone la Convención. El informe contiene las estrategias e intervenciones aplicadas por el Estado parte en sus iniciativas destinadas a promover y proteger los derechos y el bienestar de los niños en el país en 2007-2019. La preparación del informe incluyó varias reuniones y consultas con las principales partes interesadas, como ministerios, organizaciones de la sociedad civil y los propios niños. Namibia se compromete a seguir dando prioridad a los derechos humanos en el país, en África y en el mundo.

1.Introducción

5.Namibia presenta estos informes periódicos cuarto a sexto combinados de la República de Namibia como Estado parte en la Convención sobre los Derechos del Niño y su Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El informe abarca el período 2007-2017 (de conformidad con el artículo 44, párrafo 1 a), de la Convención).

6.El informe consta de tres secciones. La parte 1 abarca las respuestas a las observaciones finales y recomendaciones del informe anterior de 2012 (CRC/C/NAM/CO/2‑3). La parte 2 se refiere a la información específica del tratado según los grupos de derechos contenidos en la Convención. La parte 3 contiene los anexos, en los que figuran los datos estadísticos. El informe proporciona detalles sobre las medidas legislativas, las políticas, los programas y otras medidas adoptados por el Estado parte para aplicar las observaciones finales y las recomendaciones del Comité contenidas en el informe anterior.

2.Metodología y elaboración del informe

7.El informe fue elaborado por el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia en consulta con otros ministerios competentes, en particular el Ministerio de Justicia, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales (ONG), niños seleccionados del asentamiento de refugiados de Osire y niños en puestos de liderazgo. El proyecto de informe se envió a los titulares de oficinas políticas y posteriormente fue aprobado por el Consejo de Ministros para su posterior envío al Comité de los Derechos del Niño.

8.Este informe se basa en las directrices generales adoptadas por el Comité de los Derechos del Niño.

3.Respuestas a las principales esferas de preocupación y recomendaciones del Comité

A.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44, párr. 6, de la Convención)

3.1Recomendaciones anteriores del Comité contenidas en los párrafos 8 y 9

9.Desde el último informe, el Gobierno, a través del Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, se ha esforzado por fortalecer los derechos del niño mediante el establecimiento de leyes, políticas y programas.

3.2Leyes

10.Desde el último informe, el Parlamento ha aprobado las leyes que se describen a continuación.

Ley de Atención y Protección de la Infancia (Ley núm. 3 de 2015)

11.El objetivo de la ley es hacer efectivos los derechos de los niños recogidos en la Constitución de Namibia y en los acuerdos internacionales vinculantes para Namibia, establecer principios relativos al interés superior del niño, fijar la mayoría de edad en 18 años, disponer la creación de un Consejo Consultivo Nacional de la Infancia y el establecimiento de la Defensoría del Niño, y prever la creación de un Fondo para la Infancia; entre otras cosas.

Ley de Derogación de Leyes Obsoletas (Ley núm. 21 de 2018)

12.El propósito de la ley es derogar ciertas leyes, estatutos, reglamentaciones, proclamaciones y ordenanzas que son discriminatorias por motivos de sexo, raza, color, origen étnico, religión, credo o condición social o económica.

Ley de Lucha contra la Trata de Personas (Ley núm. 1 de 2018)

13.El propósito de la ley es aplicar el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; tipificar como delito la trata de personas y los delitos conexos; proteger y prestar ayuda a las víctimas de la trata, en particular a las mujeres y los niños; adoptar las medidas necesarias para la aplicación y administración coordinadas de la ley; y reglamentar cuestiones conexas.

Ley de Protección de Testigos (Ley núm. 11 de 2017)

14.La ley contempla la protección de quienes hayan sido testigos de delitos y aporten su testimonio a las autoridades, y la asistencia que han de recibir. Además, dispone la creación de un Comité Consultivo de Protección de Testigos, un programa de protección y un fondo. La ley es una gran ayuda para las autoridades al combatir los casos de trata y tráfico de personas, así como otras violaciones de los derechos humanos.

Ley del Poder Judicial (Ley núm. 11 de 2015)

15.El acceso a la justicia es uno de los derechos fundamentales más importantes previstos en diversos instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos. Para garantizar a la ciudadanía (incluidos los niños) el acceso a la justicia de manera oportuna y rápida, el Estado parte promulgó la Ley del Poder Judicial. Esta tiene por objeto reforzar la independencia del poder judicial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 5) de la Constitución, disponer sobre la gestión de los asuntos administrativos y financieros de la Oficina del Poder Judicial, y reglamentar cuestiones conexas.

Ley de Concesión Especial de la Ciudadanía de Namibia (Segunda)(Ley núm. 6 de 2015)

16.La ley dispone la posibilidad de conceder la ciudadanía namibia a determinados descendientes de personas que abandonaron el país debido a la persecución del Gobierno colonial en el poder antes de 1915 y reglamentar cuestiones conexas. Entre otras cosas, reducirá los casos de apatridia y facilitará la adquisición de la ciudadanía namibia a los no ciudadanos que así lo deseen.

Ley Nacional de Salud (Ley núm. 2 de 2015)

17.El Estado parte reconoce y afirma el derecho a la salud de toda la ciudadanía. A tal efecto, el Gobierno promulgó la Ley Nacional de Salud, que establece el marco para crear un sistema de salud estructurado y uniforme en Namibia, consolida las leyes relativas a los hospitales y los servicios sanitarios públicos y reglamenta su funcionamiento, proporciona ayuda financiera para el tratamiento médico especial de los pacientes del servicio público de salud y regula cuestiones conexas.

Ley de Control de los Puestos Fronterizos Comunes (Ley núm. 8 de 2017)

18.El Gobierno promulgó la ley para que el Estado parte mejorara la cooperación transfronteriza con los Estados limítrofes. La ley prevé la celebración de acuerdos con esos Estados sobre el establecimiento y la puesta en marcha de puestos fronterizos comunes y reglamenta cuestiones conexas. También abarca las cuestiones relativas a las actividades delictivas transfronterizas.

Ley de Ordenación Urbana y Regional (Ley núm. 5 de 2018)

19.Debido a la rápida urbanización experimentada en la mayoría de los principales pueblos y ciudades de Namibia, es imperioso reglamentar la planificación urbana y regional para mejorar las condiciones de vida de la ciudadanía mediante la prestación de servicios básicos. A tal efecto, el Estado parte promulgó la ley, que tiene por objeto consolidar las leyes relativas a la planificación urbana y regional, entre otras cosas.

3.3Proyectos de ley con repercusiones en los derechos humanos

20.En un esfuerzo por proteger y promover los derechos y el bienestar del niño, el Estado parte está en proceso de promulgar los proyectos de ley que se describen a continuación.

Proyecto de ley de prohibición de la tortura

21.El proyecto de ley tiene por objeto combatir todas las formas de tortura. Se presentó al Parlamento y posteriormente se lo retiró para someterlo a nuevas consultas, tras comprobarse que algunas disposiciones podían ser inconstitucionales.

Proyecto de ley de justicia juvenil

22.Este proyecto de ley se encuentra actualmente en el Comité de Legislación del Consejo de Ministros para su examen y se espera que se presente al Parlamento durante el primer período de sesiones de 2020. Prevé establecer un sistema de justicia juvenil separado para niños en conflicto con la ley y proteger los derechos de los niños consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, entre otras cosas.

Proyecto de ley de educación

23.Desde la promulgación de la Ley de Educación (Ley núm. 16 de 2001), se han hecho importantes progresos a nivel nacional e internacional en la prestación de una educación gratuita, inclusiva, integrada y de calidad para todos. Se consideró necesario revisar la Ley de 2001, para garantizar que se ajustara a las más recientes políticas y leyes nacionales, así como a las obligaciones internacionales, en materia de educación. La nueva ley reflejará mejor las prioridades nacionales y la Visión 2030 de Namibia, así como los compromisos a nivel mundial y continental del país en el marco de los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Estrategia Continental de Educación para África (CESA16-25). La ley situará a los alumnos en el centro de la educación y promoverá una educación libre de cualquier tipo de discriminación, que prepare al niño namibio para el aprendizaje permanente y el desarrollo sostenible.

Proyecto de enmienda de la Ley de Lucha contra la Violencia Doméstica

24.El Gobierno está redactando el proyecto de enmienda de la Ley de Lucha contra la Violencia Doméstica, que prevé reforzar las salvaguardias para los niños que puedan verse afectados por la violencia doméstica. Las enmiendas se centran en aclarar los requisitos, incluidas las disposiciones relativas a la custodia y al derecho de visita, de las órdenes de protección, y reglamentan la ejecución de las órdenes de manutención temporal incluidas en las órdenes de protección.

Proyecto de enmienda de la Ley de Lucha contra la Violación

25.El proyecto de enmienda de la Ley de Lucha contra la Violación contempla la aplicación de la categoría más alta entre las penas mínimas a la violación de personas con discapacidad física o mental u otras vulnerabilidades, prevé deberes adicionales de los fiscales respecto de los denunciantes y los testigos vulnerables antes del inicio de los juicios, e impone a los tribunales la obligación de no considerar el testimonio de un niño como intrínsecamente poco fiable ni tratarlo con especial precaución por el mero hecho de ser un niño.

3.4Políticas

Política del Sector Educativo de Prevención y Gestión del Embarazo de las Estudiantes (2009)

26.El objetivo de la Política es mejorar la prevención y la gestión de los embarazos de las estudiantes en Namibia, con el fin último de disminuir el número de estos embarazos y aumentar el número de estudiantes progenitores que completan su educación. La Política se basa en seis principios rectores: el derecho a la educación, la necesidad de prevención, de información, de respeto y de apoyo, y el respeto de los valores culturales y familiares.

Política Sectorial de Educación Inclusiva (2013)

27.El objetivo de la Política es garantizar que todos los alumnos aprendan en el entorno educativo menos restrictivo posible y en escuelas de su vecindario en la mayor medida que se pueda. La Política contribuye al desarrollo pedagógico y educativo en general, y se correlaciona con las orientaciones normativas del Plan Nacional de Estudios para la Educación Básica, el Marco Curricular para la Educación Inclusiva y la Política del Sector Educativo para los Huérfanos y Niños Vulnerables. Los principales objetivos de la Política Sectorial de Educación Inclusiva son ampliar el acceso a una educación de calidad y la oferta de esta, en particular para los alumnos marginados desde el punto de vista educativo, y prestarles apoyo mediante una amplia gama de capacidades y la satisfacción de sus necesidades individuales en la educación obligatoria en los niveles de desarrollo en la primera infancia, preescolar, primario y secundario.

Política Nacional de Género (2010-2020)

28.En 2010 se llevó a cabo una revisión de la política de 1997, que demostró que se habían logrado algunos avances en la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en Namibia, especialmente en las esferas económica, política, jurídica y educativa. Sin embargo, a pesar de estos avances, aún quedaban muchos retos por abordar a fin de lograr una verdadera igualdad, por lo que se elaboró una nueva política para zanjar las brechas. La Política Nacional de Género tiene por objeto crear un entorno propicio para que los sectores incorporen la perspectiva de género en consonancia con los Planes Nacionales de Desarrollo. Determina quién será responsable de su aplicación y quién deberá rendir cuentas de los resultados en materia de igualdad de género. El Estado parte ha emprendido un proceso de revisión de los logros alcanzados y los retos a los que se ha enfrentado desde su puesta en marcha.

Marco de la Política Nacional de Salud 2010-2020

29.El Marco establece la orientación general para la salud y las acciones sanitarias en Namibia. Además, los problemas sanitarios de Namibia están en transición: las enfermedades infecciosas son el factor principal de la carga de morbilidad, junto con los problemas sanitarios relacionados con el embarazo y el parto y con los lactantes y la niñez. El enfoque de la atención primaria de salud ha demostrado su valor como principio clave del sistema sanitario. Los valores de la prestación de servicios, la cobertura universal, el liderazgo y las políticas públicas quedan, por tanto, integrados en el Marco.

3.5Planes nacionales

Plan de Prosperidad Harambee

30.El Plan de Prosperidad Harambee es un plan de acción selectivo cuyo objetivo es acelerar el desarrollo en las esferas prioritarias claramente definidas que sientan las bases para alcanzar la prosperidad en Namibia. El Plan no sustituye el objetivo a largo plazo de los Planes Nacionales de Desarrollo y la Visión 2030, sino que los complementa. Introduce en el sistema de planificación de Namibia un elemento de flexibilidad que permitirá acelerar el desarrollo en las esferas en que el progreso es insuficiente. También incorpora nuevas oportunidades de desarrollo y se propone abordar los retos que han surgido con posterioridad a su formulación.

Quinto Plan Nacional de Desarrollo

31.En relación con el pilar de transformación social, el Quinto Plan Nacional de Desarrollo tiene por objeto reducir la proporción de personas que se encuentra en situación de pobreza extrema y de hogares que viven en viviendas improvisadas en Namibia. El Plan se centra en la protección social para hacer frente a la pobreza, en particular la pobreza infantil. En cuanto a la educación, el Plan afirma que los niños namibios deberían tener una base educativa segura mediante el acceso a servicios de desarrollo en la primera infancia y que todos los alumnos deberían tener acceso a una educación equitativa, inclusiva y de calidad que los capacite para cursar estudios superiores. También busca la inclusión de las comunidades marginadas y su integración en la economía general. Además, detalla las intervenciones que abordan la igualdad de género, incluida la violencia de género y la violencia contra los niños.

Nuevo Marco de Empoderamiento Económico Equitativo

32.El Gobierno está elaborando actualmente el Nuevo Marco de Empoderamiento Económico Equitativo, que sustituirá a todas las demás políticas públicas de transformación y empoderamiento y proporcionará el marco al que deberán ajustarse todas las iniciativas del sector privado, pasadas y futuras. El Gobierno velará por que sus otras políticas sean coherentes con el Nuevo Marco y se refuercen mutuamente. El Nuevo Marco se basa en el hecho de que la responsabilidad social empresarial ha pasado a ser una parte integrante del entorno empresarial moderno. El buen comportamiento cívico de las empresas requiere inversiones sociales en las comunidades. El mecanismo de financiación del Nuevo Marco alienta la búsqueda de soluciones innovadoras para responder a los retos globales de desarrollo a los que se enfrenta Namibia y ampliar el espíritu emprendedor en el país. Se alentará al sector privado a que proponga mecanismos de financiación innovadora para acuerdos de empoderamiento que contribuyan a la profundización del sistema financiero.

Marco de Prestación de Servicios Integrados para el Desarrollo en la Primera Infancia (2017-2022)

33.Los servicios integrados para el desarrollo en la primera infancia se ocupan del desarrollo holístico (cognitivo, social, emocional y físico) del niño desde la concepción hasta el octavo año de vida.

34.Los servicios integrados para el desarrollo en la primera infancia dependen de tres ministerios clave. El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia es responsable del desarrollo en la primera infancia de los niños de 0 a 4 años, el Ministerio de Educación, Arte y Cultura se ocupa de la enseñanza preescolar y primaria de los niños de 5 años o más, y el Ministerio de Salud y Servicios Sociales es responsable de la salud y la inmunización de todos los niños, las mujeres embarazadas y los lactantes.

35.Así pues, el Marco de Prestación de Servicios Integrados para el Desarrollo en la Primera Infancia se elaboró mediante la colaboración de los tres Ministerios como documento orientativo para fortalecer la coordinación interministerial e intersectorial y la ejecución de las actividades relativas a estos servicios.

Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2015-2019)

36.Los objetivos generales que deberían alcanzarse durante el período de aplicación del Primer Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos de Namibia son:

Establecer una base firme para consolidar la promoción y la protección de los derechos humanos mediante instrumentos estructurados, como el Plan.

Poner en marcha programas y procesos que afiancen una cultura de respeto y cumplimiento de la protección y la promoción de los derechos humanos en todas las entidades del Estado y entre la población en general.

Fortalecer los acuerdos institucionales que impulsen activamente la aplicación de la agenda de derechos humanos de Namibia.

Prestar apoyo y hacer aportaciones específicas a las intervenciones descritas en el Plan.

Programa Nacional para la Infancia (2018-2022)

37.El Programa Nacional para la Infancia (2018-2022) es una estrategia multisectorial quinquenal centrada en la programación de la protección del niño en Namibia, armonizada con las estrategias nacionales clave. El objetivo principal de esta estrategia, garantizar la protección de los derechos de los niños, se enmarca en estrategias de mayor nivel, como el Plan de Prosperidad Harambee y la Visión 2030. Las prioridades del Programa son la protección de la infancia y la protección social, la educación de los niños, la salud de los niños y adolescentes, la discapacidad infantil y la participación de los niños.

Marco Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/Sida (2018-2022)

38.El Marco Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/Sida hace especial hincapié en abordar el problema del VIH y el sida entre los niños de una manera holística que incluya a sus madres. Procura eliminar la transmisión maternofilial (TMI) del VIH y reducir en general las infecciones por el VIH y la mortalidad relacionada con el sida. Se propone garantizar que las adolescentes y las mujeres jóvenes que no están infectadas por el VIH sigan libres del virus, y que las diagnosticadas con el VIH reciban la atención y el tratamiento que necesitan.

Plan de Acción Nacional contra la Violencia de Género (2019-2023)con prioridades

39.El Plan de Acción Nacional contra la Violencia de Género (2019-2023) con prioridades pretende dar la máxima prioridad a las personas supervivientes, velando por que los servicios que reciben sean apropiados y estén dotados de empatía. El Plan también estimula una cultura de cuidados y vigilancia con respecto a la violencia de género en las familias, las comunidades y las instituciones, y promueve la búsqueda temprana de ayuda para prevenir o limitar los daños. Asimismo, procura tener una visión a largo plazo del cambio de las normas sociales, centrándose en proporcionar a los jóvenes las herramientas para desarrollar relaciones sanas y aprovechar su energía para cambiar el discurso entre sus pares. Además, aborda las brechas en la legislación y en la comprensión de la violencia de género y se propone garantizar que se disponga de recursos suficientes para aplicar el Plan.

3.6Legislación: recomendaciones contenidas en los párrafos 10 y 11

40.La Ley de Atención y Protección de la Infancia se promulgó en 2015 y su reglamentación se publicó en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2019 y está en vigor. El proyecto de ley de justicia juvenil se encuentra en una fase avanzada y se prevé su presentación en el Parlamento en 2020. Prosiguen las consultas sobre el proyecto de ley de reconocimiento del matrimonio consuetudinario.

3.7Políticas y estrategias globales: recomendaciones contenidasen los párrafos 12 y 13

41.A nivel nacional, el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, a través del Equipo de Tareas Permanente para la Infancia, es responsable de la vigilancia, la evaluación y la aplicación generales del Programa Nacional para la Infancia. También existen foros regionales y de circunscripción de atención y protección de la infancia, que son comités de coordinación responsables de la ejecución de programas a nivel regional y de circunscripción.

42.A nivel regional, la función de los foros regionales de atención y protección de la infancia es identificar y resolver los retos regionales para garantizar el acceso de los niños a la educación, la atención de la salud, la protección, los cuidados y los servicios de apoyo. A través de la Secretaría del Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, cada foro regional coordina y supervisa la estructura de los foros de circunscripción de la región para garantizar que funcionen de forma óptima.

43.A nivel de circunscripción, los foros de atención y protección de la infancia de las circunscripciones identifican a los niños en situación de riesgo y a los que no tienen acceso a servicios esenciales y los remiten (o remiten a sus familias) a los proveedores de servicios existentes. También vigilan los servicios que se prestan a los niños y la respuesta de los proveedores de servicios existentes en la circunscripción de que se trate, exigen la rendición de cuentas a los proveedores de servicios y difunden información sobre los servicios para la infancia en sus comunidades.

44.La Ley de Atención y Protección de la Infancia prevé el establecimiento de la Defensoría del Niño y sus funciones, que incluyen el seguimiento y la supervisión de la protección de los derechos del niño. Una de sus funciones fundamentales es exigir la rendición de cuentas al Gobierno en lo que respecta a la protección de la infancia.

3.8Coordinación: recomendaciones contenidas en los párrafos 14 y 15

45.El Gobierno ha creado un Comité Interministerial Permanente de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, integrado por funcionarios de los distintos ministerios competentes y representantes de ONG y de la Universidad de Namibia. Se trata de un comité técnico encargado de recopilar y redactar los informes del Estado.

46.Véase la subsección 3.7 sobre políticas y estrategias globales.

3.9Asignación de recursos: recomendaciones contenidas en los párrafos 16 y 17

47.El Estado parte sigue asignando un presupuesto generoso a las instituciones que se ocupan del cuidado y la protección de los niños.

48.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia recibió el 2,1 % del presupuesto nacional total en el ejercicio 2017/18, frente al 1,2 % y el 1,6 % en los ejercicios de 2015 y 2016, respectivamente. De ese 2,1 %, el 1,6 % se destinó a subvenciones para la infancia (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), 2018).

49.En 2012/13 se destinó el 23,6 % a la educación, incluidos el arte y la cultura. Este porcentaje ha aumentado y estaba previsto que alcanzaría el 25,3 % en 2018/19. El presupuesto para educación equivalió al 10,6 % del producto interno bruto (PIB) del país en 2015. Entre el 74,0 % y el 79,3 % de este presupuesto total se asignó a la educación básica, el arte y la cultura, incluida la educación preescolar y secundaria, y la cantidad restante se destinó a la educación superior, la formación y la innovación (UNICEF, 2017).

50.La prestación de servicios de salud ha sido la segunda prioridad clave del Gobierno, después de la educación. La asignación presupuestaria al Ministerio de Salud y Servicios Sociales fue en promedio el 9,9 % del gasto total en los últimos diez años. Se esperaba que este porcentaje aumentara al 11,1 % en 2018/19. El presupuesto del Ministerio equivalió al 5,8 % del PIB en 2015 (UNICEF, 2017).

3.10Reunión de datos: recomendaciones contenidas en los párrafos 18 y 19

51.En 2011, el Gobierno creó la Oficina de Estadística de Namibia mediante una ley del Parlamento, la Ley de Estadística (Ley núm. 9 de 2011). El principal mandato de la Oficina es obtener las estadísticas correctas más pertinentes y necesarias para la formulación de políticas y la vigilancia de los progresos de las actividades del Gobierno.

52.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia dispone de una base de datos fiable dependiente de la Oficina del Primer Ministro, que incluye el número de niños que reciben subvenciones desglosado por tipo, región, circunscripción, sexo, edad y la cantidad mensual que se gasta.

53.La Dirección de Bienestar de la Infancia, que depende del Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, ha puesto en marcha la base de datos DHIS2 que ayudará a los miembros del personal a recopilar, analizar y utilizar datos precisos relacionados con los programas de la Dirección, incluidos los casos de violencia contra los niños.

54.El Programa Nacional para la Infancia 2018-2022 cuenta con una estrategia de seguimiento, evaluación y presentación de informes que incluye la reunión periódica de datos, la elaboración de informes y la difusión de los resultados como parte vital del Programa en su conjunto.

55.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, en virtud del programa de prestación de servicios integrados para el desarrollo en la primera infancia, alberga una base de datos que contiene y analiza los datos sobre los niños y los docentes y cuidadores de los centros de desarrollo en la primera infancia. Sin embargo, se reconoce la limitación de los recursos, las deficiencias de capacidad y el escaso valor asignado a la reunión de datos relacionados con los programas para la infancia en todos los ministerios competentes.

56.Según el artículo 8 de la Constitución, el castigo corporal es ilegal en el país, y es delito aplicar castigos corporales en escuelas públicas o privadas. Véase Van Zyl vs the State (CA 25-2014) (2016) NAHCMD (5 de septiembre de 2016).

3.11Vigilancia independiente: recomendaciones contenidas en los párrafos 20 y 21

57.En 2013, la Defensoría del Pueblo creó la Defensoría del Niño en la División de Derechos Humanos y Servicios Jurídicos.

58.La Defensoría del Niño asiste a la Defensoría del Pueblo en el desempeño de sus funciones relacionadas con la infancia recibiendo e investigando denuncias de cualquier fuente, incluidos los niños, relativas a menores y, según proceda, intentando resolverlas mediante la negociación, la conciliación, la mediación u otros enfoques no contenciosos.

3.12Difusión y sensibilización: recomendación contenida en los párrafos 22 y 23

59.Se toma nota de esta recomendación. Namibia se esforzará por traducir la Convención a las lenguas vernáculas locales más habladas siempre que sea posible. No todas las lenguas locales están desarrolladas como lenguas escritas y las limitaciones se superarán mediante otros métodos innovadores de difusión de la Convención entre las comunidades locales.

3.13Capacitación: recomendación contenida en los párrafos 24 y 25

60.El Estado parte acoge con satisfacción la recomendación del Comité. El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia sigue coordinando con todas las partes interesadas la planificación y el desarrollo del programa de capacitación para todos los proveedores de servicios que trabajan con niños.

61.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, en colaboración con la Fiscalía General, impartió formación multisectorial sobre los programas relativos a testigos vulnerables y los programas contra la violencia de género. La capacitación estuvo dirigida a trabajadores sociales, agentes de policía y fiscales. Entre octubre de 2017 y julio de 2018, un total de 230 funcionarios recibieron formación sobre servicios centrados en los supervivientes para víctimas de violencia contra los niños y violencia de género en todo el país, con la ayuda financiera de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).

62.La dotación de personal del Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, especialmente en la Dirección de Bienestar de la Infancia, incluye trabajadores sociales cualificados y graduados con títulos y diplomas de diversas instituciones de enseñanza superior.

63.Se impartió formación de formadores a consejeros escolares para capacitar a los educadores sobre la respuesta a la violencia sexual en la escuela. El nuevo plan de estudios de competencias para la vida integra los derechos humanos, incluidos los derechos del niño, y todos los docentes que enseñan estas competencias en los cursos 4º a 10º han recibido capacitación sobre el nuevo plan de estudios desde 2008. El respeto de los derechos humanos es un tema transversal que se aborda también en otras asignaturas.

3.14Derechos del niño y sector empresarial: recomendaciones contenidas en los párrafos 26 y 27

64.El Estado parte da gran prioridad a la protección del medio ambiente y ha establecido marcos reglamentarios claros para las industrias minera y productora de uranio que operan en el país. Se han elaborado varias leyes y políticas en este sentido.

65.El artículo 91 de la Constitución otorga a la Defensoría del Pueblo las facultades y el mandato de investigar las denuncias relativas a la sobreexplotación de los recursos naturales vivos, la explotación irracional de los recursos no renovables, la degradación y destrucción de los ecosistemas y la falta de protección de la belleza y el carácter del país. Namibia también es Estado parte en tratados internacionales relacionados con la minería y el medio ambiente.

66.La Ley de Gestión Ambiental (Ley núm. 7 de 2007) se aplica desde 2014. Exige que todas las prospecciones y explotaciones mineras existentes cumplan sus disposiciones sin excepciones. Cualquier incumplimiento o elusión del requisito de evaluación ambiental se considera delito y está penado por ley.

67.La Ley de Minerales (Prospección y Minería) (Ley núm. 33 de 1992) exige a todos los solicitantes de permisos para la explotación minera que depositen en el Gobierno activos adecuados y suficientemente líquidos (por ejemplo, una fianza) para cubrir todos los costos estimados del cierre de la mina, incluida la recuperación de tierras, el tratamiento y la eliminación de desechos, la vigilancia a largo plazo tras el cierre, el mantenimiento, y la investigación, el análisis y el trato de la exposición humana y de la vida silvestre. La ley prevé además la investigación de los antecedentes de empresas y particulares para comprobar si han cometido infracciones ambientales o tienen cualquier otro antecedente de práctica ilegal.

68.La Ley de Minerales establece que todos los titulares de licencias de explotación de minerales estarán obligados a pagar una indemnización por los daños causados a la superficie de todo terreno o fuente de agua, cultivo, edificio u otra estructura en estos como consecuencia de cualquier actividad minera o de prospección.

3.15Definición de niño: recomendaciones contenidas en los párrafos 28 y 29

69.El Estado parte toma nota de estas recomendaciones. En virtud de la Ley de Atención y Protección de la Infancia se derogó la Ley de Mayoría de Edad (Ley núm. 57 de 1972) y se fijó la mayoría de edad en los 18 años. Esto también se aplica a los matrimonios consuetudinarios. El artículo 226 de la ley penaliza los matrimonios infantiles consuetudinarios.

B.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12 de la Convención)

3.16No discriminación: recomendaciones contenidas en los párrafos 30 y 31

70.El artículo 10 de la Constitución establece que “todas las personas son iguales ante la ley y nadie podrá ser objeto de discriminación por motivos de sexo, raza, color, origen étnico, religión, credo o condición económica o social”. Además, el capítulo 3 de la Constitución reconoce el respeto de la dignidad humana y la ausencia de discriminación como derechos fundamentales que deben defender los poderes ejecutivo, legislativo, y judicial y todas las demás entidades gubernamentales, así como todas las personas físicas y jurídicas de Namibia. Se trata de la primera protección constitucional y no solo se aplica a las personas adultas, sino también a los niños y las niñas.

71.La Política Sectorial de Educación Inclusiva prevé un entorno educativo propicio en el que todos los alumnos reciben educación en un ambiente lo menos restrictivo posible y garantiza el acceso a una educación equitativa y de calidad para todos los niños, incluidos los ovahimbas, los sanes, los niños con discapacidad y los niños refugiados y migrantes. La Política destaca específicamente los grupos especiales de niños considerados marginados y que actualmente no se benefician en igualdad de condiciones del sistema educativo.

72.Los artículos 2, 5 y 9 de la Ley de Atención y Protección de la Infancia hacen referencia a la no discriminación, en particular a la protección del menor frente a la discriminación directa o indirecta por diferentes motivos. Además, su artículo 9 establece disposiciones especiales en relación con el respeto de la dignidad de los niños con discapacidad.

73.Asimismo, en 2015 el Gobierno elaboró el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2015-2019) para abordar siete temas de derechos humanos, entre ellos la no discriminación y la igualdad de derechos de las niñas y las mujeres. La Defensoría del Pueblo coordina la aplicación del Plan de Acción en nombre del Gobierno.

74.El Estado parte también emprendió un estudio formativo nacional sobre el matrimonio infantil a nivel nacional, cuyo objetivo principal era determinar su alcance en el país. Las recomendaciones de este estudio servirán de base a las estrategias para poner fin al matrimonio infantil.

75.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, en colaboración con la Universidad de Namibia, realizó un estudio sobre los perfiles demográficos de los niños en situación de calle. Este sirvió de base para la elaboración de una estrategia nacional sobre los niños de la calle, que prevé servicios bien coordinados y con capacidad de respuesta para la prevención, la identificación y la intervención mediante enfoques centrados en el niño y basados en los derechos para promover la resiliencia de los niños en situación de calle.

76.El Estado parte reconoce que existen problemas en relación con los matrimonios y la herencia consuetudinarios. Para hacer frente a estos problemas, el Gobierno ha redactado varios proyectos de ley para garantizar la protección jurídica de las mujeres en este tipo de matrimonios, entre ellos, el proyecto de ley sobre el régimen patrimonial del matrimonio y el proyecto de ley sobre la sucesión intestada.

77.El Ministerio del Interior presentó el proyecto de ley sobre el régimen patrimonial del matrimonio en septiembre de 2019. Este deroga la ofensiva y abiertamente racista Ley de Proclamación de la Administración Nativa (Ley núm. 15 de 1928). Establece un régimen patrimonial del matrimonio uniforme para todos los matrimonios civiles. Deroga el resto de la Proclamación y establece medidas de reparación para quienes se hayan visto injustamente afectados por las disposiciones discriminatorias de los regímenes patrimoniales del matrimonio.

78.En 2012, la Comisión de Reforma y Desarrollo de la Legislación presentó un informe relativo al proyecto de ley sobre la sucesión intestada al Presidente del Tribunal Superior en su calidad de depositario del proyecto de ley y autoridad competente para pronunciarse sobre los progresos realizados en relación con el proyecto de ley.

79.Además, la propuesta de ley de divorcio, cuyo propósito es derogar la Ordenanza de Enmienda de la Ley de Divorcio, núm. 18 de 1935, heredada de Sudáfrica, está actualmente esperando ser presentada en alguno de los períodos de sesiones del Parlamento de 2020. Aunque el proyecto de ley tiene como principal objetivo simplificar los procedimientos de divorcio, también elimina la llamada línea roja que divide los regímenes matrimoniales en el país y establece la igualdad de los derechos a la propiedad y la herencia.

80.La Ley de Atención y Protección de la Infancia eliminó la discriminación contra los niños nacidos fuera del matrimonio y prevé la custodia, el derecho a la herencia y la tutela de los niños nacidos dentro o fuera del matrimonio en caso de fallecimiento del progenitor o tutor.

81.Uno de los proyectos de la Comisión de Reforma y Desarrollo de la Legislación es eliminar o modificar las antiguas leyes discriminatorias. El 31 de diciembre de 2018, el Gobierno aprobó la Ley de Modificación de la Administración del Patrimonio de Personas Fallecidas (Ley núm. 22 de 2018). El propósito de las modificaciones era proteger aún más los intereses de los herederos y legatarios menores de edad y reglamentar las cuestiones relativas al fondo tutelar. Además, las modificaciones prevén un marco de inversión, que incluye un comité y una política de inversión a fin de asegurar una gobernanza más transparente y eficaz de las inversiones realizadas por el Presidente del Tribunal Superior.

82.El Gobierno concede subvenciones destinadas a los huérfanos y niños vulnerables, incluidos los niños de grupos marginados, por un importe de 250 dólares de Namibia mensuales por niño. Estas subvenciones están destinadas, entre otras cosas, a aliviar la pobreza infantil en las familias vulnerables.

83.Otros sistemas de protección social de Namibia son la pensión universal de vejez y la subvención a los veteranos de guerra.

84.También se aplican medidas de seguridad social, como las prestaciones por maternidad y de desempleo cuando un trabajador registrado pierde su empleo. Además, se ha creado y puesto en marcha un Banco de Alimentos en el país. En 2015, el Gobierno creó el Ministerio de Erradicación de la Pobreza y Bienestar Social para elaborar y aplicar programas y estrategias de erradicación de la pobreza. A este respecto, el Ministerio desarrolla un plan de redistribución de la riqueza y erradicación de la pobreza con el objetivo de avanzar en las estrategias para poner fin a la pobreza y reducir la desigualdad en Namibia.

85.El Ministerio de Erradicación de la Pobreza y Bienestar Social se encarga de ejecutar los programas universales de erradicación de la pobreza, como los subsidios sociales (para personas de edad y personas con discapacidad) y ha abierto una cuenta, con la aprobación del Tesoro, para recibir donaciones. Los fondos se utilizan para ejecutar programas relacionados con la erradicación de la pobreza en la comunidad.

3.17Interés superior del niño: recomendaciones contenidas en los párrafos 32 y 33

86.El interés superior del niño es el principio general en que se basa la Ley de Atención y Protección de la Infancia. El artículo 3 de la ley establece que esta debe interpretarse y aplicarse en todos los asuntos relativos a la atención, la protección y el bienestar de un niño que surjan en virtud de esta ley o en virtud de cualquier procedimiento, acción y decisión de una entidad del Estado en cualquier asunto que involucre a un niño o a los niños en general. El interés superior del niño es la consideración primordial. La ley es la primera ley de Namibia que hace del interés superior del niño la consideración fundamental en los asuntos que le conciernen y la primera que reconoce la participación del niño. El proyecto de ley de justicia juvenil también apoya el principio general del interés superior del niño y, una vez que entre en vigor, se aplicarán sus disposiciones.

87.Además, el Tribunal Superior de Namibia y el Presidente del Tribunal Superior son los custodios de los derechos de los niños en virtud de la Ley del Tribunal Superior (Ley núm. 16 de 1990).

3.18Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo: recomendación contenida en los párrafos 34 y 35

88.En 2011, el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, con el apoyo financiero y técnico del UNICEF, realizó una encuesta mediante mensajes de texto de opción múltiple para averiguar más sobre las actitudes del público con respecto al abandono de bebés. Las respuestas del público indicaron que las tres razones principales por las que las madres abandonaban a los bebés eran, en primer lugar, que el padre negaba la paternidad; en segundo lugar, que la madre todavía estaba cursando sus estudios; y, en tercer lugar, que la madre no conocía alternativas como el acogimiento familiar y la adopción.

89.El artículo 227 de la Ley de Atención y Protección a la Infancia prevé el establecimiento de instituciones autorizadas para acoger a bebés no deseados y de salvaguardias contra el uso indebido de estas, y despenaliza el abandono de bebés. El Gobierno, a través de los ministerios competentes, aborda la cuestión del abandono de bebés ofreciendo alternativas, como el aumento de la sensibilización sobre la educación sexual y reproductiva, incluida la planificación familiar; el acogimiento familiar; la adopción; y los motivos aceptados para abortar legalmente. En particular, las alumnos y estudiantes reciben información sobre alternativas al abandono de bebés y opciones para continuar su educación después de convertirse en progenitores, de conformidad con la Política de Prevención y Gestión del Embarazo de las Estudiantes.

90.La aplicación de la Ley de la Pensión de Alimentos (Ley núm. 9 de 2003), que dispone la obligación que tienen por ley ambos progenitores de mantener a sus hijos, independientemente de su estado civil, es una de las iniciativas para prevenir el abandono de bebés, y el plan de estudios de educación sexual integral dirigido a quienes enseñan competencias para la vida es una de las medidas en curso para abordar las causas profundas del embarazo en la adolescencia. Se ha puesto en marcha un programa nacional de salud escolar integral y se ha creado un grupo de trabajo de salud escolar integral en todas las regiones para abordar todas las cuestiones relacionadas con la salud sexual y reproductiva de adolescentes y jóvenes, incluido el embarazo en la adolescencia. En 2017 se elaboró la Guía práctica sobre adolescentes y jóvenes, con el fin de orientar a todos los trabajadores de la salud sobre cómo evaluar exhaustivamente a los adolescentes y detectar si tienen comportamientos que podrían ponerlos en riesgo de consecuencias negativas para la salud, como inyectarse drogas o mantener relaciones sexuales sin protección, y sobre los factores importantes de su entorno que aumentan la probabilidad de que adopten esos comportamientos, así como prestarles apoyo. Se ha puesto en marcha una campaña de prevención del embarazo en la adolescencia en plataformas de los medios sociales, como Facebook, Instagram y Twitter, en las que adolescentes, jóvenes y técnicos, incluida la Primera Dama de Namibia, comparten sus experiencias y participan en la prevención del embarazo adolescente.

3.19Inscripción de los nacimientos: recomendaciones contenidasen los párrafos 36 y 37

91.El artículo 15 de la Constitución establece que los niños tienen derecho a un nombre y una nacionalidad. La partida de nacimiento suele ser el primer paso para garantizar este derecho. Por consiguiente, todos los progenitores tienen el deber de registrar el nacimiento de un hijo lo antes posible tras su nacimiento. Según el Informe Demográfico Intercensal de Namibia de 2016, la tasa nacional de registro de nacimientos es del 87,8 %, y el 77,6 % de los niños menores de 5 años tienen una partida de nacimiento. El registro de nacimientos se ha digitalizado por completo y forma parte integrante del Sistema Electrónico Nacional de Registro de la Población, que abarca todos los acontecimientos vitales, desde el nacimiento hasta el fallecimiento, incluida la consignación de los documentos de identidad. El 82,9 % de los namibios cuenta con un documento de identidad.

92.El Ministerio del Interior e Inmigración ha establecido oficinas en todos los pueblos y ciudades, así como en 23 hospitales, para fomentar el registro temprano de los nacimientos. Los progenitores deben presentarse ante el funcionario del Registro Civil si no están casados o aportar la declaración jurada del otro progenitor, reclamando la maternidad o la paternidad del hijo. En caso de que el padre niegue la paternidad o sea desconocido, la madre puede inscribir al niño con su apellido, y los datos del padre se dejan en blanco. Cualquier progenitor puede inscribir el nacimiento de un hijo lo antes posible tras su nacimiento y la inscripción del nacimiento es gratuita. Esta puede hacerse en la oficina más cercana del Ministerio de Interior e Inmigración o en una oficina que funciona en un hospital. El Ministerio también lleva a cabo actividades de divulgación comunitaria para inscribir a los niños de las comunidades de difícil acceso.

93.El artículo 232 1) de la Ley de Atención y Protección de la Infancia prohíbe a los hospitales escuela y a los demás hospitales negar servicios a los niños por no estar inscriptos. El artículo 145 3) t) establece que toda entidad pública de prestación de asistencia deberá ayudar a los niños a acceder a los servicios públicos a los que tienen derecho; por ejemplo, el Centro del Asentamiento de Refugiados de Osire proporciona todos los servicios básicos, incluida la inscripción del nacimiento.

C.Violencia contra los niños (arts. 17, 37 a) y 39 de la Convención)

3.20Castigos corporales: recomendaciones contenidas en los párrafos 38 y 39

94.La información facilitada en el último párrafo de la subsección 3.10 sobre las recomendaciones contenidas en los párrafos 18 y 19 se aplica también a esta subsección. Además, el artículo 56 1) de la Ley de Educación prohíbe los castigos corporales, tanto en las escuelas estatales como en las privadas. Un tribunal declaró a cuatro docentes de la escuela privada Windhoek Gymnasium culpables de infligir castigos corporales a un alumno y les impuso una multa de 2.000 dólares a cada una. Además, el Marco Nacional de Seguridad en las Escuelas, elaborado por el Ministerio de Educación, ha servido para fortalecer la disciplina positiva y las alternativas al castigo corporal.

3.21Explotación y abusos sexuales: recomendaciones contenidasen los párrafos 40 y 41

95.El Estado parte reconoce que se ha producido un aumento constante del número de casos de explotación y abuso sexuales en el país. En un esfuerzo por abordar esta cuestión, el Gobierno promulgó, entre otros textos legislativos, la Ley de Reforma del Procedimiento Penal (Ley núm. 24 de 2003), que prevé mecanismos especiales para los testigos vulnerables en casos de violación a fin de que presten declaración a través de un circuito cerrado de televisión. Actualmente hay en el país diez salas de tribunales equipadas con instalaciones adaptadas a los testigos. Al elaborar un modelo para las nuevas estructuras judiciales, la Oficina del Poder Judicial decidió que las instalaciones adaptadas a las víctimas debían ser una característica estándar para todas las salas de los tribunales. Además, la Ley de Protección de Testigos contempla la protección efectiva de los testigos. La respuesta nacional a la explotación sexual de niños en línea incluye la prevención del incremento de la explotación y el abuso sexuales de niños mediante programas eficaces de prevención, investigaciones y enjuiciamientos, la protección de las víctimas y la gestión de los infractores. El país ha adaptado el Modelo de Respuesta Nacional en Acción para la protección de la infancia en línea con intervenciones selectivas como campañas de sensibilización y de promoción (como el Día de Internet Segura), investigaciones de la explotación en línea, la legislación para incorporar la prohibición de la pornografía infantil, y la capacitación de las principales partes interesadas sobre cómo responder en casos reales. El país también ha creado un grupo de trabajo de múltiples interesados a escala nacional para impulsar la agenda de protección a todos los niveles. Este se reúne cada trimestre y ha establecido eficazmente una agenda nacional para el país, incluida la celebración de una conferencia nacional bianual sobre la protección en línea. El programa nacional de niños testigos del país se creó para capacitar a los profesionales, incluidos agentes de policía, fiscales y jueces, para tratar mejor a los niños víctimas y testigos.

3.22Prácticas nocivas: recomendaciones contenidas en los párrafos 42 y 43

96.El Estado parte reconoce que se han denunciado casos aislados de prácticas culturales nocivas en el país. El Gobierno ha ideado mecanismos jurídicos y políticos para luchar contra estas.

97.La Ley de Atención y Protección de la Infancia contiene disposiciones contra las prácticas consuetudinarias nocivas que vulneran los derechos de los niños, como el matrimonio infantil y la actividad sexual y gestación precoz. Como ya se afirmó, el Gobierno reconoce el hecho de que hay algunos casos aislados de matrimonios precoces y forzados, si bien esos matrimonios son ilegales y, de ser descubiertos, los responsables son acusados de violar el artículo 226 de la ley. Además, el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia realizó un estudio para evaluar la situación de los matrimonios infantiles con objeto de determinar su alcance en el país y fundamentar la formulación de políticas con base empírica, la reforma jurídica, la movilización de recursos y la programación.

3.23Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia: recomendaciones contenidas en los párrafos 44 y 45

98.A pesar de la existencia de diversas disposiciones legislativas contra la violencia de género, sigue siendo difícil reducir el número de casos. Como se indicó en el último informe, la Ley de Lucha contra la Violencia Doméstica y la Ley de Lucha contra la Violación son las dos principales leyes que suelen invocar los tribunales cuando tratan casos de violencia de género, incluida la violencia contra los niños. Estas leyes están siendo revisadas y podrían modificarse para fortalecerlas y hacerlas más eficaces. Además, el artículo 60 A de la Ley de Procedimiento Penal (Ley núm. 51 de 1977), en su versión modificada en cuanto a solicitud de la libertad bajo fianza, prevé los derechos del demandante cuando el acusado es acusado de violación o violencia doméstica.

99.El Estado parte está revisando algunas de sus leyes de lucha contra la violencia de género. Las actuales campañas de sensibilización sobre esta violencia forman parte de la colaboración entre los ministerios competentes y organizaciones de la sociedad civil. La creación del Día Nacional de Oración sobre la Violencia de Género fue una intervención de alto nivel político encaminada a abordar este problema.

100.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia ha realizado una encuesta sobre la violencia contra los niños para obtener datos sobre la prevalencia de este tipo de violencia y proponer estrategias para abordar los problemas pertinentes.

101.El personal de los servicios sociales se ha fortalecido mediante un sistema de gestión de casos que tiene en cuenta la violencia de género y el VIH como respuesta integrada de trabajadores sociales, agentes de policía e importantes partes interesadas. Se elaboraron procedimientos operativos estándar (POE) para la Dependencia de Investigación de la Violencia de Género y para los refugios con el fin de mejorar la prestación de servicios a los supervivientes de la violencia de género y la violencia contra los niños. Se revisó el Manual de Formación de la Policía para incluir las disposiciones de la Ley de Atención y Protección de la Infancia y todos los nuevos reclutas reciben formación basada en el Manual.

D.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado (arts. 5, 18 párrs. 1 y 2, 9 a 11, 19 a 21, 25, 27, párr. 4, y 39 de la Convención)

3.24Entorno familiar: recomendaciones contenidas en los párrafos 47 y 48

102.El Estado parte reconoce la escasez de trabajadores sociales empleados por el Gobierno y ha realizado esfuerzos considerables para cubrir todos los puestos vacantes presupuestados. En un esfuerzo por abordar esa escasez, los Ministerios de Igualdad de Género y Bienestar Infantil y de Salud y Servicios Sociales desarrollaron una matriz de colaboración e integración de los servicios de trabajo social. El programa de crianza eficaz es un ejemplo de la colaboración entre los dos ministerios para zanjar las brechas en la prestación de servicios eficaces. Además, los trabajadores sociales del Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia recibieron formación acerca de métodos de protección para empoderar a los niños a fin de que identifiquen los comportamientos de riesgo que pueden perjudicarlos.

3.25Adopción: recomendaciones contenidas en los párrafos 49 y 50

103.En 2015 se promulgó la Ley de Atención y Protección de la Infancia, que incluye disposiciones integrales sobre la adopción, incluida la adopción internacional. Se ha ultimado su reglamentación y la ley ya se está aplicando.

104.En 2015 Namibia se adhirió al Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y la Cooperación en materia de Adopción Internacional de 1993 y depositó su instrumento de ratificación ese mismo año. El país se encuentra en proceso de adhesión a los siguientes Convenios de La Haya para cumplir plenamente con la Convención en cuanto a la adopción internacional:

Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores

Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 relativo a la Competencia, la Ley Aplicable, el Reconocimiento, la Ejecución y la Cooperación en materia de Responsabilidad Parental y de Medidas de Protección de los Niños

Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y Otros Miembros de la Familia

E.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18, párr. 3, 23, 24, 26 y 27, párrs. 1 a 3, de la Convención)

3.26Niños con discapacidad: recomendaciones contenidas en los párrafos 51 y 52

105.Según el Censo de Población y Vivienda de 2011, la proporción de personas con discapacidad es mayor en las zonas rurales (el 5,7 %) que en las urbanas (el 3,3 %). El Censo relevó además que, en términos de limitaciones, el 42 % de las personas con discapacidad tenían dificultades para dedicarse a cualquier actividad de aprendizaje o económica. Sin embargo, estadísticas recientes muestran además que unos 21.000 niños de entre 6 y 19 años tienen alguna discapacidad, lo que representa el 3,3 % de la población de ese grupo de edad.

106.El Gobierno cuenta con políticas y directrices destinadas a eliminar las desigualdades sociales de las personas con discapacidad. La legislación y las políticas más pertinentes relativas a los niños con discapacidad en Namibia incluyen la Política Nacional sobre la Discapacidad de 1997, la Ley del Consejo Nacional de la Discapacidad (Ley núm. 26 de 2004) y la Política de Salud Mental.

107.El marco normativo sigue los principios expuestos en las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de las Naciones Unidas, e incorpora diversos derechos que protegen a estas personas. También reconoce que las personas con discapacidad son parte integrante del desarrollo y que se les debería conceder la igualdad de acceso en todos los ámbitos, sin excepciones, como la rehabilitación, la ayuda técnica y servicios ortopédicos.

108.Según una encuesta realizada a principios de 2004 por Sintef Health Research en colaboración con la Universidad de Namibia, la Oficina de Estadística de Namibia y la Federación Nacional de Personas con Discapacidad de Namibia, más del 70 % de las personas con discapacidad tenían acceso a servicios sanitarios cuando lo necesitaban. La Reglamentación de 2010 relativa a la Clasificación de los Hospitales Públicos, la Admisión de Pacientes en Estos y las Tasas que Deben Pagar los Pacientes que Reciben Tratamiento en Estos o por Indicación de Estos, de la Ley de Hospitales y Establecimientos de Salud (Ley núm. 36 de 1994), establece que no puede denegarse a una persona la admisión en un hospital público para recibir tratamiento en este o por indicación de este alegando que no puede permitirse el pago de las tasas prescritas para el tratamiento.

109.La Política de Educación establece que todos los niños namibios reciban educación básica. En este sentido, el Ministerio de Educación, Arte y Cultura ha implementado la educación inclusiva para todos los niños namibios, incluidos los niños con discapacidad. Este proceso de inclusión implica el fomento de la capacidad del sistema escolar ordinario para satisfacer las diversas necesidades educativas de todos los niños.

110.Para atender las necesidades de los niños con discapacidad del país, el Ministerio de Educación, Arte y Cultura, con el apoyo del UNICEF, llevó a cabo un análisis rápido destinado a documentar la implementación de la educación inclusiva en el país. El principal objetivo de este análisis era identificar las necesidades y barreras que podían dificultar la plena participación de los niños con discapacidad y los niños con necesidades educativas especiales. El análisis detectó numerosos problemas, como la falta de infraestructura adaptada a las personas con discapacidad en las escuelas y sus alrededores, en las aulas y en las residencias de estudiantes, y la falta de tecnologías de apoyo.

3.27Salud y servicios sanitarios: recomendaciones contenidas en los párrafos 53 y 54

111.El proyecto de ley de salud mental y su reglamentación sigue en el Comité de Legislación del Consejo de Ministros y se encuentra en su fase final. El proyecto de ley fue devuelto por el Comité para que se realizara una consulta pública. La Política de Salud Mental solo se revisará una vez finalizado el proyecto de ley.

112.El Marco de la Política Nacional de Salud 2010-2020 prevé servicios de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación prestados en colaboración con otros sectores, comunidades, personas y asociados. La Política incluye entre sus principios y valores un compromiso declarado con las cuestiones de género para garantizar que las mujeres y las niñas puedan disfrutar de una vida sana y tener acceso a servicios sanitarios acordes con sus necesidades específicas. También define como una de sus prioridades la necesidad de apoyar la salud materna, neonatal e infantil.

113.El Gobierno sigue afrontando numerosos retos en el sector sanitario, entre ellos la insuficiencia de recursos humanos y de personal cualificado, así como el hecho de que aproximadamente el 21 % de la población, principalmente en las zonas rurales, sigue viviendo a más de 10 km de un establecimiento de salud.

114.Para abordar el problema de la distancia a los establecimientos de salud y la falta de transporte en las zonas rurales, el Gobierno sigue promoviendo el uso de clínicas móviles, que han tenido resultados prometedores. Se introdujo un programa piloto llamado “Mister Sister”, una alianza público-privada para llevar la atención primaria de salud a poblaciones remotas y subatendidas, que ha ayudado a miles de pacientes registrados que, de otro modo, difícilmente tendrían acceso a la atención médica. Algunos de sus principales servicios son la confirmación del embarazo, la atención prenatal y posnatal de rutina, la planificación familiar, la vacunación, la pediatría preventiva, la detección de la tuberculosis y la recogida de esputo, el asesoramiento sobre el VIH y las pruebas de detección voluntarias, y el diagnóstico y tratamiento de enfermedades transmisibles de rutina.

115.Los niños con VIH, tuberculosis u otras enfermedades crónicas reciben tratamiento y son controlados de conformidad con las normas establecidas. El Ministerio también capacitó y empleó a agentes de salud comunitarios para detectar y derivar los casos.

116.El enfoque de evaluación, asesoramiento y apoyo nutricional está diseñado para proporcionar:

Servicios de nutrición como parte de la atención y el tratamiento estándar, incluidos fuertes vínculos con los servicios comunitarios.

Detección de rutina de la nutrición en la comunidad y evaluación nutricional en los establecimientos de salud.

Asesoramiento nutricional basado en los resultados de la evaluación nutricional.

Alimentos terapéuticos y complementarios prescritos como raciones para llevar al hogar a personas clínicamente malnutridas durante un tiempo limitado, basándose en criterios claros de admisión y alta.

117.El Ministerio de Salud y Servicios Sociales vela por que todos los establecimientos de salud tengan saneamiento. Educa a la comunidad en general sobre la importancia del saneamiento y coordina con otras partes interesadas.

118.El Gobierno reconoció que el acceso a una cantidad suficiente de agua potable dentro de una distancia razonable para mantener una vida productiva saludable es un derecho humano básico esencial. La Ley de Ordenación de los Recursos Hídricos (Ley núm. 11 de 2013), que aún no ha entrado en vigor, contiene disposiciones que garantizarán que los recursos hídricos de Namibia se gestionen, desarrollen, utilicen, conserven y protejan de una forma que sea compatible o favorezca el principio del acceso equitativo de todas las personas al agua potable.

119.El acceso a las fuentes de agua potable ha mejorado al 98,4 % en las zonas urbanas y al 87,4 % en las rurales, lo que significa que Namibia ha alcanzado la meta establecida en los Objetivos de Desarrollo del Milenio en materia de abastecimiento de agua potable; sin embargo, aún falta mucho para alcanzar el objetivo en materia de saneamiento.

120.Según la Encuesta Demográfica y de Salud de 2013, solo el 34 % de la población tiene acceso a saneamiento mejorado. No obstante, esto está a punto de cambiar, tras un cambio en la orientación normativa que hará hincapié en el suministro de agua potable y saneamiento adecuado a los asentamientos informales y rurales.

121.El Plan Maestro de Desarrollo de los Recursos Hídricos del Gobierno prevé la ampliación de la red de infraestructura de suministro de agua en todo el país.

3.28Salud mental: recomendaciones contenidas en los párrafos 55 y 56

122.El proyecto de ley de salud mental y su reglamentación sigue en el Comité de Legislación del Consejo de Ministros y se encuentra en su fase final. La Política de Salud Mental solo se revisará una vez finalizado el proyecto de ley.

123.Debido al aumento de los casos de suicidio en el país, en 2016 Namibia emprendió un estudio nacional sobre la prevalencia y la intervención en relación con el suicidio en el país. El informe del estudio se completó y publicó en octubre de 2018. El taller sobre la elaboración del Plan Estratégico Nacional para la Prevención del Suicidio 2018-2023 para las partes interesadas se llevó a cabo en octubre de 2018.

3.29Salud de los adolescentes: recomendaciones contenidas en los párrafos 57 y 58

124.El aborto sigue siendo ilegal en Namibia y se permite solo en casos excepcionales de conformidad con la Ley de Aborto y Esterilización (Ley núm. 2 de 1975).

125.Todos los namibios, sin discriminación, tienen acceso a las instalaciones sanitarias públicas de todo el país y no existe ninguna política gubernamental que autorice a algún funcionario de estas a negar atención médica a nadie, ni siquiera cuando dicha persona no pueda pagar la tarifa mínima fijada.

126.La mayoría de los establecimientos de salud pública del país prestan servicios integrados de salud sexual y reproductiva y relativos al VIH junto con otros servicios, dependiendo del nivel del establecimiento. Además, Namibia integró la salud sexual y reproductiva y el VIH con otros servicios (servicio de ventanilla única) en 2016 y en esos establecimientos se prestan los siguientes programas y servicios:

Programa ampliado de vacunación

Servicios de vigilancia del crecimiento y de evaluación y asesoramiento nutricional

Servicios de atención prenatal y posnatal

Servicios de planificación familiar

Servicios de detección completa y mantenimiento de la historia clínica, incluidos la salud mental, el diagnóstico y el tratamiento

Servicios de detección, diagnóstico, tratamiento y atención del VIH

Servicios de prevención de la TMI

Prevención y tratamiento de infecciones de transmisión sexual

3.30VIH/sida: recomendaciones contenidas en los párrafos 59 y 60

127.La Política Nacional sobre el VIH/Sida para el Sector Educativo de 2003 recomienda una serie de enfoques para abordar el VIH en la escuela. Entre otras cosas, prohíbe que las escuelas exijan pruebas del VIH para la admisión o la permanencia en la escuela.

128.Namibia ocupa el tercer lugar en África con un 60 % de jóvenes de 15 a 24 años con conocimientos correctos y completos sobre el VIH/sida, según el informe de 2018 del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida. También es uno de los países de África donde los adolescentes no necesitan el consentimiento parental para acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva.

129.La evaluación del impacto del VIH en la población de Namibia realizada en 2017 indica que la prevalencia del VIH en los niños de 0 a 14 años es del 1,0 % (1,1 % en las mujeres y 1,0 % en los varones); y en los jóvenes de 15 a 25 años es del 4,0 % (5,4 % en las mujeres y 2,5 % en los varones). La prevalencia del VIH en las personas de 15 a 64 años es del 12,6 % (15,7 % en las mujeres y 9,3 % en los hombres).

3.31Lactancia materna: recomendaciones contenidas en los párrafos 61 y 62

130.El Ministerio de Salud y Servicios Sociales ha adoptado una estrategia de atención primaria de salud en la prestación de servicios sanitarios a la población namibia. Uno de los componentes de los programas de atención primaria de salud es la atención maternoinfantil, incluidas la planificación familiar, la vacunación y la promoción de la lactancia materna hasta los seis meses, y la nutrición. En Namibia, la Iniciativa Hospitales Amigos de la Madre y el Niño se puso en marcha en 1992. Su objetivo es fomentar, apoyar y proteger las prácticas de lactancia materna, y está inspirada en la Iniciativa de Hospitales Amigos de los Niños a nivel mundial. Se elaboraron las directrices de la Iniciativa y se capacitó a los trabajadores de la salud en la gestión y promoción de la lactancia materna. Según la Encuesta Demográfica y de Salud de 2006/07, solo el 23,9 % de los niños menores de 6 meses fueron alimentados exclusivamente con leche materna. Esta proporción aumentó gradualmente hasta el 48,5 % en 2013. La práctica de la lactancia materna exclusiva en Namibia en el primer mes de vida fue del 72 %; en los meses segundo y tercero, el 52,7 %; y en los meses cuarto y quinto, el 26,8 %. En realidad, muchas madres no pueden practicar la lactancia materna exclusiva como se propugna y hay escasez de datos científicos sobre las razones por las que la lactancia materna exclusiva no se practica de forma óptima. El Ministerio capacita a profesionales de la salud sobre lactancia materna y los sucedáneos de la leche materna en todo el país.

F.Educación, esparcimiento y actividades culturales (arts. 28, 29 y 31 de la Convención)

3.32Educación: recomendaciones contenidas en los párrafos 63 y 64

131.Se eliminó el fondo de desarrollo escolar en la enseñanza primaria y secundaria para eliminar todo tipo de tasas ocultas o adicionales en el sistema escolar.

132.El gasto público anual en la educación es de aproximadamente el 18 % del PIB en el presupuesto nacional. En 2013, el Gobierno implementó la educación primaria universal (educación gratuita), en consonancia con el artículo 20 de la Constitución, y en 2016, la educación secundaria universal.

133.El Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Arte y Cultura, en colaboración con el UNICEF, ha estado trabajando en el nuevo proyecto de ley de educación para reglamentar la educación gratuita en Namibia desde el nivel de la enseñanza preescolar hasta la secundaria.

134.El acceso a la educación ha mejorado mucho en los últimos cinco años gracias a la adopción y aplicación de varias políticas, como la Política del Sector Educativo para los Huérfanos y Niños Vulnerables (2008), la Política del Sector Educativo de Prevención y Gestión del Embarazo de las Estudiantes (2009), la Política Sectorial de Educación Inclusiva (2013) y la implementación de la educación primaria universal y gratuita (2013).

135.En 2016 había 1.826 escuelas, frente a las 1.604 de 2012, debido a la creación de 222 escuelas para aumentar el acceso a la educación.

136.Además, el Gobierno ha previsto oportunidades de aprendizaje para que los jóvenes que no asisten a la escuela adquieran conocimientos, competencias y una actitud positiva que les permita participar en el desarrollo social, económico y nacional y mejorar sus medios de subsistencia.

137.Con el fin de aumentar el acceso a la educación de los niños huérfanos y vulnerables, los alumnos reciben una exención del pago de la residencia de estudiantes en todas las escuelas públicas. Más de 2.000 huérfanos y niños vulnerables se benefician de la concesión de becas específicas para ellos.

138.En 2015, se realizó un estudio nacional sobre los niños que no asisten a la escuela para identificar los principales retos en relación con la deserción y la retención escolares; en 2016, se celebró una conferencia nacional sobre los niños no escolarizados, y se celebran campañas anuales de promoción de la matriculación escolar.

3.33Desarrollo en la primera infancia: recomendaciones contenidasen los párrafos 65 y 66

139.El Gobierno impulsa las intervenciones relativas al desarrollo en la primera infancia a través de los ministerios competentes, así como de organizaciones confesionales, organizaciones comunitarias, ONG y asociados para el desarrollo. No obstante, se descentralizaron algunas funciones. El objetivo principal de estas intervenciones es garantizar que todos los niños de 0 a 8 años tengan acceso a servicios de desarrollo en la primera infancia de calidad, centrándose en los niños más vulnerables.

140.En julio y agosto de 2012, el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia realizó una encuesta a escala nacional sobre la educación en la primera infancia. La encuesta reveló que había 2.070 centros de desarrollo en la primera infancia en el país. Al menos el 84 % de esos estaba registrado en el Ministerio y el 15 % de los centros no lo estaba. La encuesta trató de abarcar exhaustivamente todos los centros de desarrollo en la primera infancia de Namibia; su metodología para determinar las tasas de matriculación consistió en comparar el número de niños de los centros de encuestados con las cifras del Censo de 2011.

141.La encuesta sobre la educación en la primera infancia registró un total de 61.218 niños matriculados en los centros de educación en la primera infancia, de los cuales el 52 % eran niñas y el 48 %, niños. Una comparación entre los niños de 0 a 9 años matriculados en centros de desarrollo en la primera infancia y todos los niños de Namibia del mismo grupo de edad mostró que solo el 12 % de las niñas y el 11 % de los niños estaban matriculados. La matriculación varió según el grupo de edad, registrándose la mayor matriculación en los niños de 4 y 5 años (el 25%) y los de 6 y 7 años (el 19 %).

142.En 2016, la Oficina de la Primera Dama encargó una evaluación de las necesidades de los centros de desarrollo en la primera infancia. La Oficina analizó 32 de estos centros en ocho regiones, seleccionando intencionadamente centros remotos y rurales, situados en circunscripciones pobres y con escasos recursos. El Gobierno utilizará la información y las recomendaciones para mejorar la implementación de esos centros en el país.

143.El artículo 66 de la Ley de Atención y Protección de la Infancia prevé que el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia reglamente todos los centros de desarrollo en la primera infancia del país.

G.Otras medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32 a 36, 37 b) a d), y 38 a 40 de la Convención)

3.34Explotación económica, incluido el trabajo infantil: recomendaciones contenidas en los párrafos 67 y 68

144.El Estado parte ha tomado nota de la recomendación del Comité de modificar la Ley del Trabajo, elevando la edad mínima para trabajar a 16 años y para trabajos peligrosos a los 18 años.

145.El Gobierno ha establecido mecanismos institucionales para hacer cumplir las leyes y reglamentaciones sobre trabajo infantil, incluidas sus peores formas. El Ministerio de Trabajo, Relaciones Laborales y Creación de Empleo hace cumplir la legislación sobre trabajo infantil e investiga las denuncias de infracciones, incluidos el trabajo forzoso y los casos de trata de personas y explotación sexual de niños con fines comerciales. El Ministerio emplea a unos 52 inspectores del trabajo en todo el país, que se ocupan de las inspecciones. El Ministerio colabora con otros ministerios competentes, como el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia, el Servicio Central de Inteligencia de Namibia y el Ministerio de Educación, Arte y Cultura en lo referente al trabajo infantil y a las inspecciones del trabajo conjuntas. También se impartió formación a los inspectores del trabajo sobre la aplicación de la legislación sobre trabajo infantil.

146.En 2016, el Gobierno registró un progreso moderado de la labor encaminada a eliminar el trabajo infantil mediante la reactivación del Comité Interministerial sobre Trabajo Infantil, integrado por los ministerios competentes mencionados y funcionarios de la Defensoría del Pueblo. El Gobierno también elaboró el Plan Nacional de Acción contra el Trabajo Infantil y sobre el Trabajo Doméstico.

147.La encuesta de la tasa de participación en la fuerza de trabajo de Namibia de 2016 indicó que para los jóvenes de 15 a 19 años la tasa era del 21,3 % (el 24,9 % en zonas urbanas, el 19,4 % en zonas rurales), mientras que estos jóvenes constituían el 42,3 % de la población inactiva en todos los grupos de edad (el 39,5 % en zonas urbanas, el 44,1 % en zonas rurales; el 37,2 % mujeres, el 49,1 % hombres). En el caso de la población de 15 a 19 años, se trata de un aumento de la tasa de participación en la fuerza de trabajo que parece atribuible en su totalidad a un aumento considerable de la tasa urbana y a un pequeño descenso de estos en el porcentaje de población inactiva, principalmente en el caso de las mujeres.

148.El Gobierno también ha introducido los siguientes programas sociales para abordar el trabajo infantil:

El Programa de Alimentación Escolar de Namibia, que proporciona comidas a media mañana a los niños en la escuela.

El Servicio Nacional de Juventud, que ofrece formación en educación cívica, voluntariado a nivel nacional y competencias laborales a jóvenes desempleados, algunos de los cuales nunca han asistido a la escuela.

El establecimiento de refugios y servicios para mujeres y niños con el fin de ayudar a las víctimas de agresiones sexuales, violencia de género y las peores formas de trabajo infantil. Los casos de bajo riesgo de trabajo infantil se tratan mediante otros programas de protección de la infancia.

149.Además, el Gobierno ratificó los siguientes convenios internacionales sobre trabajo infantil:

El Convenio sobre la Edad Mínima, 1973 (núm. 138), de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

El Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, 1999 (núm. 182), de la OIT

El Protocolo contra la Trata de Personas

3.35Niños de la calle: recomendaciones contenidas en los párrafos 69 y 70

150.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia ha elaborado un plan estratégico nacional para los niños de la calle. La estrategia pretende proteger a los niños en situación de calle y reducir su número identificando las causas subyacentes, como la pobreza, la violencia familiar y la falta de acceso a la educación. Se considera que los niños que viven en la calle necesitan servicios de protección. La Ley de Atención y Protección de la Infancia tiene en cuenta a los niños que viven y trabajan en la calle, ya que están incluidos en la definición de niños que necesitan servicios de protección y, por tanto, se les aplica el requisito de notificación obligatoria por los profesionales para una derivación adecuada (art. 131 1)). También especifica que estos niños tienen derecho a alojamiento y servicios básicos (art. 67 1)). Actualmente, el Gobierno proporciona refugios y servicios básicos a estos niños con el propósito de incorporarlos formalmente en el sistema de atención y protección.

151.El Ministerio cuenta con un programa especial que se centra específicamente en la reunificación familiar y la reinserción educativa de los niños de la calle. Un ejemplo es el Centro Extraescolar en Windhoek.

152.El artículo 10, párrafo 2, de la Constitución establece que ninguna persona será discriminada por motivos de sexo, raza, color, origen étnico, religión o condición social o económica, incluidos los niños. El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia ha creado el Comité Nacional sobre Niños de la Calle, y la Policía de Namibia y la Policía Municipal de Windhoek están representadas en el Comité y sus miembros han sido capacitados sobre cómo tratar a los niños en situación de calle.

153.Los trabajadores sociales del Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia periódicamente vigilan las calles y visitan las celdas para garantizar la seguridad de los niños.

3.36Venta, trata y secuestro: recomendaciones del Comité contenidas en los párrafos 71 y 72

154.Namibia ha promulgado la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, que entró en vigor el 14 de noviembre de 2019. El propósito de la ley es hacer efectivo el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños; tipificar como delito la trata de personas y los delitos conexos; y proteger y prestar ayuda a las víctimas de la trata, en particular las mujeres y los niños.

155.El Gobierno sigue esforzándose por combatir la trata de personas mediante la sensibilización y el fomento de la capacidad de los proveedores de servicios. Ha mejorado la identificación y notificación de casos y la provisión de refugio a las víctimas de la trata, así como la repatriación y reintegración de las víctimas. En este sentido, el Gobierno creó en 2016 un comité directivo del Consejo de Ministros para fortalecer la coordinación interministerial en los casos de trata.

156.El Gobierno también ha desarrollado un Mecanismo Nacional de Derivación, que incluye los POE y sus herramientas conexas, para garantizar la normalización de la prestación de servicios a las víctimas de la trata por todos los agentes clave.

157.La trata de niños se centra en gran medida en la explotación laboral y sexual, y se cuenta con legislación para poner freno a estos problemas, como la Ley de Prevención de la Delincuencia Organizada (Ley núm. 29 de 2004), que tipifica como delito la trata de personas; la Ley del Trabajo (Ley núm. 11 de 2007), que prohíbe la contratación de menores de 14 años en empleos remunerados; y la Ley de Modificación de las Disposiciones de Lucha contra las Prácticas Inmorales (Ley núm. 7 de 2000), que prohíbe la facilitación de niños con fines de prostitución.

158.La rápida expansión del acceso a Internet ha aumentado la preocupación por su papel en la explotación sexual de menores. Esto implica principalmente la explotación de menores en la producción y distribución de pornografía infantil y en la captación de niños por Internet con fines sexuales. El Gobierno dispone de un portal de denuncias en el que se puede denunciar la presencia de imágenes de niños explotados, así como de una línea de ayuda gratuita en la que los niños pueden denunciar abusos.

159.A fin de formar a los funcionarios de inmigración en la detección de posibles víctimas de la trata, el Gobierno ha elaborado un manual de POE de inmigración. Se capacita a todos los funcionarios de inmigración a este respecto.

160.El artículo 91 de la reglamentación de la Ley de Atención y Protección de la Infancia establece que una persona que ostente responsabilidades y derechos parentales sobre un niño debe dar su consentimiento para que una persona pueda sacarlo o enviarlo fuera de Namibia, de conformidad con el artículo 236 de la ley. En cuanto a los niños que necesitan servicios de protección, el Ministro de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia está obligado a autorizar su salida del país en virtud del artículo 88 1) y 2) de la ley.

161.Si el menor no regresa a Namibia en la fecha indicada en el consentimiento, la persona que lo otorgó puede denunciar este hecho.

162.En el asunto S v Lukas (CC 15-2013) (2015) NAHCMD 186 (8 de octubre de 2015), el Tribunal Superior dictó la primera condena del país en virtud de la Ley de Prevención de la Delincuencia Organizada, que tipificó la trata de personas como delito en Namibia. El Gobierno también inició el enjuiciamiento en dos casos de trata en las que había siete acusados involucrados, el mismo número que en 2015. En 2016, el Gobierno llevó a cabo 8 investigaciones de trata de personas, 3 por trata sexual y 5 por trabajo forzoso, frente a las 7 realizadas en 2015.

163.El Gobierno sigue ejecutando su programa ofreciendo formación para la lucha contra la trata a los funcionarios de inmigración y a otros agentes del orden.

3.37Administración de la justicia juvenil: recomendaciones contenidasen los párrafos 73 y 74

164.Reconociendo la preocupación del Comité, el Estado parte aprobó en 2015 la Ley de Atención y Protección de la Infancia, que está en vigor desde el 30 de enero de 2019, para abordar esta cuestión. En cuanto al proyecto de ley de justicia juvenil, prosiguen las consultas debido a su complejidad. Por lo tanto, es necesario consultar ampliamente a todas las partes interesadas y contratar a un consultor que posea importantes conocimientos jurídicos y experiencia en justicia juvenil para velar por que el proyecto de ley cumpla la normativa jurídica internacional y la legislación nacional.

165.La edad de responsabilidad penal de los menores se elevaría a 12 años en virtud del artículo 7 del proyecto de ley de justicia juvenil. Su artículo 85 establecería el Tribunal de Niños, que también se conocería como Tribunal de Justicia Juvenil. Además, el artículo 85 1) establecería que el tribunal de Tribunal de Niños tuviera el nivel de tribunal de distrito al juzgar todos los casos que le fueran remitidos en virtud del proyecto de ley.

166.Véase el párrafo 15.

167.Las principales partes interesadas, como los agentes de policía, los trabajadores sociales y los fiscales, han recibido formación sobre las normas internacionales pertinentes relativas al trabajo con niños infractores. Las normas se han institucionalizado en el plan de capacitación de los agentes de policía y los fiscales.

168.El Estado cuenta con un programa en virtud del cual los trabajadores sociales realizan inspecciones para velar por que los niños detenidos estén separados de los adultos y comprobar el bienestar general de los niños en los centros de detención. Estas inspecciones garantizan la separación de los niños de los adultos en todas las prisiones y centros de detención preventiva del país.

3.38Niños víctimas y testigos de delitos: recomendaciones contenidasen los párrafos 75 y 76

169.Se promulgó la Ley de Protección de Testigos, que establece el marco y los procedimientos para las medidas de protección por el Estado de testigos y personas relacionadas que se enfrentan a un posible riesgo o a intimidación por el hecho de ser testigos o personas relacionadas.

170.La Ley de Reforma del Procedimiento Penal prevé la protección y el apoyo a los testigos vulnerables y la aplicación de medidas especiales. Para mejorar la protección de los niños víctimas, se ha formado a trabajadores sociales, agentes de policía y fiscales en el apoyo y la protección a los niños testigos. Se elaboró un manual de formación para estos profesionales sobre el trabajo con niños víctimas y testigos de delitos. También hay tribunales adaptados a los menores que prevén la aplicación de medidas especiales. Además, la Fiscalía General ha introducido un programa de apoyo a testigos vulnerables para ayudar a los niños a testificar durante las actuaciones judiciales. En el marco del programa se reclutaron y formaron voluntarios de todas las regiones del país.

171.El Gobierno está firmemente decidido a que el proyecto de ley de justicia juvenil se convierta en ley a fin de lograr los objetivos siguientes:

Establecer un sistema de justicia juvenil separado para niños en conflicto con la ley

Proteger los derechos de los niños consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales

Establecer principios relativos al interés superior del niño

Establecer la edad mínima de responsabilidad penal de los menores

Describir las facultades y responsabilidades de los miembros de la Policía de Namibia y de los agentes de libertad vigilada en relación con los menores

Prever la detención de menores y su puesta en libertad

Afianzar la noción de justicia restaurativa

Incorporar la derivación de casos de los procedimientos judiciales formales como característica central del proceso

Establecer la evaluación de los niños

Incorporar en el proceso una investigación preliminar como procedimiento obligatorio;

Crear normas especiales para un tribunal de justicia juvenil

Proporcionar representación legal a los niños

Ampliar las opciones de condena disponibles para los menores

Establecer procedimientos de revisión

Crear mecanismos de control para garantizar el funcionamiento eficaz de esta ley

Establecer una comisión de justicia juvenil

Abordar algunas cuestiones conexas

H.Ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos: recomendaciones contenidas en los párrafos 77 y 78

172.El Gobierno realiza un análisis exhaustivo permanente de los instrumentos internacionales para garantizar que las leyes nacionales cumplan los requisitos de esos instrumentos antes de firmarlos, ratificarlos o adherirse a ellos. Este enfoque se utiliza para el examen de todos los instrumentos internacionales que Namibia aún no ha ratificado.

173.El Estado parte toma nota de la recomendación del Comité sobre el informe pendiente relativo a los protocolos facultativos.

I.Cooperación con organismos regionales e internacionales: recomendación contenida en el párrafo 79

174.El Estado parte toma nota de la recomendación. Namibia es miembro de las Naciones Unidas y de la Unión Africana. La cooperación con estas organizaciones internacionales se basa en el entendimiento mutuo de que debería notificarse oportunamente al Gobierno acerca de las visitas de un Relator Especial para poder responder a las que se realizan sin previo aviso y sin restricciones en el país. Namibia seguirá prestando asistencia a las organizaciones internacionales y a otros expertos en derechos humanos para lograr la aplicación efectiva de los instrumentos de derechos humanos.

J.Seguimiento y difusión: recomendaciones contenidas en los párrafos 80 y 81

175.Se toma nota de estas recomendaciones. Namibia se esforzará por traducir la Convención a la lengua vernácula local más hablada siempre que sea posible. No todas las lenguas locales están desarrolladas como lenguas escritas y esta limitación se superará mediante otros métodos innovadores de difusión de la Convención a las comunidades locales.

4.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44, párr. 6, de la Convención)

176.El artículo 144 de la Constitución incorpora explícitamente el derecho internacional y lo convierte en parte de la legislación del país. Así pues, el derecho internacional público forma parte del derecho de Namibia: no se requiere ninguna transposición ni ley legislativa posterior para entrar en vigor.

177.No obstante, el Parlamento aprobó en 2015 la Ley de Atención y Protección de la Infancia para hacer efectivos los derechos de los niños contenidos en la Constitución, la Convención y otros acuerdos internacionales vinculantes para Namibia.

178.La Ley de Atención y Protección de la Infancia es integral e independiente y aborda cuestiones relativas a la infancia contenidas en la Convención y otros instrumentos, a fin de establecer los principios relativos al interés superior del niño; fijar la mayoría de edad en 18 años; disponer la creación de un Consejo Consultivo Nacional de la Infancia; establecer la Defensoría del Niño y disponer la adopción, incluida la adopción internacional, entre otras cosas.

179.Además, en 2015 Namibia se adhirió al Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional de 1993 y depositó su instrumento de ratificación ese mismo año. El proyecto de ley de justicia juvenil se encuentra en una fase avanzada.

Ministerio responsable

180.El Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia tiene el mandato de coordinar y velar por la promoción y protección del bienestar de los niños en Namibia. En 2004, el Consejo de Ministros encomendó al Ministerio la creación del Equipo de Tareas Permanente para la Infancia, un organismo a nivel nacional formado por representantes de distintos ministerios, ONG, organizaciones comunitarias, organizaciones confesionales y asociados para el desarrollo clave, con el fin de coordinar la puesta en marcha de las iniciativas en favor de la infancia en el país. La labor del Equipo se centra en el Programa Nacional para la Infancia (2018-2022). Véase la respuesta a la recomendación del Comité contenida en los párrafos 8 y 9.

5.Definición de niño

181.En el artículo 1 de la Ley de Atención y Protección de la Infancia se define niño comotoda persona menor de 18 años. Con la promulgación de la Ley de Atención y Protección dela Infancia se derogó la Ley de Mayoría de Edad, que fijaba la mayoría de edad en 21 años.

182.Antes de la promulgación de la Ley de Atención y Protección de la Infancia, un menor, toda persona de menos de 21 años, podía trabajar en cualquier tipo de empleo, obtener el permiso de conducir, comprar bebidas alcohólicas, apostar, obtener una licencia para poseer armas, dar su consentimiento independiente para recibir tratamiento médico, ser juzgada por un delito como persona adulta, ser recluida en una prisión con adultos y, lo que es más importante, podía votar (aunque debía tener 21 años o más para presentarse a un cargo público). La ley derogó la Ley de Mayoría de Edad, que fijaba la mayoría de edad en 21 años, con la excepción de que los menores de 21 años siguen necesitando el consentimiento de sus padres o tutores para contraer matrimonio. La disminución de la mayoría de edad a los 18 años pone la legislación namibia en consonancia con la Convención y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño.

6.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12 de la Convención)

No discriminación

183.En los últimos diez años, el Gobierno promulgó diversas leyes y políticas para abordar la discriminación contra los niños. Además, la Comisión de Reforma y Desarrollo de la Legislación ha llevado a cabo una investigación para reformar las leyes de matrimonio y de herencia del país. Siguiendo las recomendaciones de la Comisión, se han redactado y presentado al Ministro de Justicia proyectos de ley sobre el matrimonio civil, las sucesiones intestadas y el matrimonio consuetudinario. En 2016 se celebraron consultas amplias sobre los proyectos de ley de reconocimiento del matrimonio consuetudinario y de sucesión intestada con los líderes tradicionales y las comunidades locales. Estos proyectos de ley derogarían las leyes obsoletas de la época del apartheid que aún persisten, entre ellas la Ley de Proclamación de la Administración Nativa.

184.El Estado parte reitera que la legislación de Namibia no discrimina a ninguna persona. Sostiene que el artículo 10 de la Constitución garantiza la igualdad y el derecho a no sufrir discriminación y prohíbe la discriminación por motivos de sexo, raza, origen étnico, religión, credo o situación social o económica.

185.Además, el Gobierno aprobó su primer Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos para el período 2015 a 2019 y encargó a la Defensoría del Pueblo que supervisara y vigilara su aplicación. Los objetivos específicos del Plan incluyen la potenciación de los derechos de las personas con discapacidad y los pueblos indígenas, incluidas las mujeres y los niños.

Interés superior del niño

186.El Tribunal Superior de Namibia es el máximo responsable de los niños, y desempeña este papel no solo mediante sus sentencias, sino también haciendo uso de sus facultades en lo que respecta a su función de autoridad legislativa en términos de jurisprudencia para garantizar que se promuevan leyes que protegen a los niños más vulnerables de Namibia, en virtud de la Ley del Tribunal Superior (Ley núm. 16 de 1990).

187.Asimismo, la Ley de Atención y Protección de la Infancia, así como las disposiciones del proyecto de ley de justicia juvenil, incluye ampliamente el principio del interés superior del niño a fin de cumplir con el derecho y las normas internacionales.

188.El Estado parte ha adoptado Normas Mínimas para los Centros Residenciales de Acogida de Niños que orientan el funcionamiento de los centros que acogen a niños, así como Normas para el Acogimiento Familiar. También se han establecido POE para los albergues destinados a las víctimas de la violencia de género, la violencia contra los niños y la trata de personas, así como POE para las Dependencias de Protección contra la Violencia de Género.

Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo

189.La Constitución ha abolido la pena de muerte. En los casos en que se produjeron ejecuciones extrajudiciales de niños, los funcionarios responsables fueron juzgados, condenados y enviados a prisión.

190.Véase la respuesta a la recomendación del Comité contenida en los párrafos 34 y 35.

Respeto de las opiniones del niño

191.El artículo 21 de la Constitución garantiza las libertades fundamentales, incluidas las libertades de pensamiento, de expresión, de asociación y de reunión pacífica.

192.El Programa Nacional para la Infancia (2018-2022) prevé intervenciones sobre la participación infantil.

193.La Organización Nacional de Estudiantes de Namibia y los diversos consejos de representantes de estudiantes universitarios defienden con respeto a los alumnos y estudiantes de las escuelas y las instituciones de enseñanza superior. Las organizaciones estudiantiles se crearon para organizar, movilizar y unir a todos los alumnos y estudiantes del país a fin de que pudieran participar plenamente en la vida social, cultural, económica y política de la sociedad. Estas organizaciones también luchan por la reforma basada en la investigación y la democratización de la educación para que responda positivamente a las necesidades de desarrollo de la sociedad namibia.

194.En 2012, el Gobierno creó un Parlamento de los Niños. Su objetivo principal es presionar o asesorar al Gobierno y a sus organismos responsables de la elaboración de leyes y sus mecanismos de aplicación para que aceleren las políticas que fomentan los derechos y el bienestar de los niños y los jóvenes de conformidad con los instrumentos jurídicos nacionales y las disposiciones de los tratados internacionales. Este Parlamento se celebra cada dos años.

195.En algunas ciudades funcionan consejos municipales de niños, que actúan como una prolongación del ayuntamiento que gestiona la ciudad. Estos niños concejales están expuestos a plataformas de liderazgo y gestión, adopción de decisiones y promoción que mejoran su desarrollo y sus competencias.

196.Namibia no tiene legislación sobre el acceso a la información; sin embargo, la mayor parte de la información gubernamental y las leyes del Parlamento están disponibles en línea y en todas las bibliotecas del país. Las leyes de Namibia se publican en el Boletín Oficial tras su promulgación y la ciudadanía puede obtener una copia en el Ministerio de Justicia o en el Parlamento pagando una tasa mínima. Además, todos los namibios, incluidos los niños, pueden acceder a los medios sociales como Facebook, Twitter y otros.

197.Las políticas educativas de Namibia son progresistas en cuanto a la satisfacción de las necesidades educativas de los niños pertenecientes a una minoría. Por ejemplo, la Política Sectorial de Educación Inclusiva de 2013 tiene por objeto permitir que todos los niños de Namibia aprendan y participen plenamente en el sistema educativo. Su misión es crear en cada escuela un entorno propicio y de apoyo para todos los alumnos y docentes. Para ello, se centra en los niños marginados en materia de educación, que se clasifican en 16 categorías entre las que figuran las niñas y los progenitores estudiantes.

198.La mayoría de los niños sanes asisten a la escuela en los cursos inferiores de la enseñanza primaria (1º a 3º), sobre todo si hay una escuela cerca de sus hogares. Sin embargo, hay una fuerte baja en la matriculación de los niños marginados en los cursos superiores de la enseñanza primaria y en la enseñanza secundaria. Las razones de las tasas de abandono escolar entre los niños marginados, especialmente los alumnos sanes, son múltiples y reflejan la interacción de factores económicos, culturales y sociales.

199.Para garantizar que los niños ovahimbas y ovazembas tengan acceso a la educación, el Ministerio de Educación, Arte y Cultura introdujo unidades escolares móviles para las comunidades ovahimbas y ovazembas en la región de Kunene. El objetivo de esta intervención es facilitar el acceso a la educación de los niños ovahimbas y ovazembas sin desarraigar su modo de vida nómada tradicional. El artículo 4 de la Ley de Atención y Protección de la Infancia contempla a los niños con barreras como la discapacidad, el idioma o cualquier forma de discriminación.

7.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17 de la Convención)

200.Véase la respuesta a las recomendaciones contenidas en los párrafos 36 y 37.

8.Violencia contra los niños (arts. 19, 24, párr. 3, 28, párr. 2, 34, 37 a) y 39 de la Convención)

201.Los castigos corporales no están permitidos en las escuelas de Namibia. El Tribunal Supremo de Namibia dictaminó que el castigo corporal en las escuelas era una violación del derecho constitucional de los niños a la dignidad humana.

202.El artículo 132 de la Ley de Atención y Protección de la Infancia, leído junto con el artículo 131, establece que todas las personas que tengan motivos razonables para sospechar que un niño puede necesitar protección deberían estar obligadas a presentar la denuncia. Esta obligación prevalece sobre toda norma relativa al secreto profesional, excepto las que protegen la confidencialidad de las conversaciones entre los abogados y sus clientes.

203.La información se facilita en la subsección 3.16 sobre la respuesta a las recomendaciones contenidas en los párrafos 38 y 39. El castigo corporal y cualquier tipo de violencia contra los niños, ya sea en la escuela o en el hogar, están tipificados como delito en Namibia.

9.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado (arts. 5, 9 a 11, 18, párrs. 1 y 2, 20, 21, 25 y 27, párr. 4, de la Convención)

204.El deber parental de mantener a los hijos está reconocido en la Constitución. El artículo 15 1) establece que los niños tienen derecho a ser cuidados por sus progenitores. La Ley de la Pensión de Alimentos reconoce el derecho del niño a ser cuidado por ambos progenitores. La ley se aprobó específicamente con objeto de proporcionar una base jurídica para controlar y comprobar que los progenitores, especialmente los padres, se responsabilicen plenamente de todos sus hijos. Sin embargo, según el derecho consuetudinario y las costumbres y tradiciones de Namibia, ambos progenitores tienen la responsabilidad jurídica y moral de contribuir a los gastos de crianza de sus hijos.

205.La pensión alimenticia de un menor suele ser necesaria cuando sus progenitores viven separados y uno de ellos no atiende a las necesidades del menor. Sin embargo, la ley también puede ser utilizada por una persona que se encarga del cuidado diario de un niño (el cuidador principal) para que pueda solicitar contribuciones destinadas a la manutención del niño a uno o ambos progenitores.

206.En Namibia es habitual que la abuela sea la principal cuidadora de sus nietos. Por ejemplo, la abuela podría quedarse con los niños en una zona rural mientras los progenitores trabajan en la ciudad. En el caso de un niño que vive en una institución, como un hogar infantil, la institución es el cuidador principal.

207.En caso de divorcio, el marido y la mujer deben llegar a un acuerdo sobre cuestiones como el reparto de bienes, la custodia y el derecho de visita de los hijos, y la pensión alimenticia para los hijos y, posiblemente, para el cónyuge económicamente más débil. El tribunal solo aceptará un acuerdo de este tipo entre los cónyuges si está seguro de que ambos lo suscribieron libremente y de que cualquier disposición relativa a los hijos responde al interés superior del menor. Si el marido y la mujer no pueden llegar a un acuerdo sobre estas cuestiones, el tribunal decidirá la cuestión de la custodia y el derecho de visita teniendo en cuenta el interés superior de los niños.

208.Los asuntos relacionados con la separación de los progenitores, la reunificación familiar, los niños privados de un entorno familiar, el traslado ilícito y el no retorno, y los malos tratos y el descuido, incluidas la recuperación física y psicológica y la integración social, están cubiertos exhaustivamente en la Ley de Atención y Protección de la Infancia.

209.La Ley de Atención y Protección de la Infancia establece además que uno de los progenitores debe ser el custodio principal. Si los progenitores no se ponen de acuerdo, el tribunal debe decidir. El principio rector será el interés superior de los niños. El custodio es también el tutor, quien debe consultar al otro progenitor sobre determinadas decisiones importantes; por ejemplo, dar al niño en adopción o llevarlo fuera de Namibia durante más de un año.

210.Las adopciones, tanto locales como internacionales, están reglamentadas por la Ley de Atención y Protección de la Infancia. La ley abarca y aborda de forma exhaustiva todas las cuestiones relacionadas con la adopción. En 2015 Namibia se adhirió al Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional de 1993 y depositó su instrumento de ratificación ese mismo año. Namibia está en proceso de ratificar y adherirse a otros Convenios de La Haya.

211.La Policía de Namibia ha creado una Dependencia de Protección contra la Violencia de Género para prestar servicios integrales que tienen en cuenta a las víctimas de la violencia o de otras formas de maltrato. Más concretamente, la Dependencia se ocupa de casos de violación, sodomía (e intento de violación o sodomía), malos tratos y descuido de menores, atentado al pudor y agresión con intención de causar lesiones corporales graves, especialmente cuando la víctima es una mujer o un varón menor de 18 años. La Dependencia se centra además en delitos como el maltrato, el descuido, el abandono y secuestro de menores, el robo de niños y el incesto; así como el delito de violencia doméstica reiterada.

212.La Dependencia también presta otros servicios, como protección policial; recepción comprensiva de los testimonios de las víctimas traumatizadas de violación, lesiones y otras formas de agresión; refugio temporal para las víctimas que necesitan protección urgente; asesoramiento; consejos; y derivación de las víctimas a otras entidades cuando se considera necesario, como el Hospital del Estado, la Dirección de Servicios Sociales del Ministerio de Salud y Servicios Sociales y el Ministerio de Igualdad de Género y Bienestar de la Infancia; y solicita la detención de los autores.

213.Todos los Centros Residenciales de Acogida de Niños son esencialmente un lugar seguro para los niños descuidados, aunque también funcionan como lugar seguro temporal para los niños maltratados. Los trabajadores sociales de la Dirección de Servicios Sociales son los encargados de remitir a los pacientes a esos centros residenciales. Estos pueden acoger a un gran número de niños, y no hay un período máximo de estancia: los niños pueden permanecer allí hasta que se les encuentre un hogar de acogida adecuado o puedan volver con sus familias. Se les proporcionan todas las comidas y ayudas sociales necesarias.

214.El artículo 62 de la Ley de Servicios Penitenciarios (Ley núm. 9 de 2012) establece que una infractora puede ser recluida en un centro penitenciario con su hijo pequeño. El Estado proveerá al niño de ropa y otros artículos de primera necesidad hasta que cumpla 2 años; en ese momento el funcionario encargado, basándose en la recomendación del oficial médico y teniendo en cuenta el interés superior del niño y habiéndose cerciorado de que hay un pariente o amigo de la familia en condiciones de mantenerlo y dispuesto a hacerlo, deberá ponerlo en las manos de ese pariente o amigo; o si, en su opinión, no hay ningún pariente o amigo de la familia en que cumpla esas condiciones, deberá entregarlo, con sujeción a las leyes pertinentes, al cuidado de la autoridad de asistencia social que el Comisionado General apruebe a tal efecto. Las madres detenidas se mantienen separadas de las demás reclusas.

10.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18, párr. 3, 23, 24, 26, 27, párrs. 1 a 3, y 33 de la Convención)

Dignidad de los niños con discapacidad

215.La Encuesta Intercensal de 2016 investigó seis tipos de discapacidad: ceguera, sordera, deficiencias de las manos, deficiencias de las piernas, deficiencias del habla y discapacidad o enfermedad mental. Los resultados indicaron que el 5 % de la población namibia tenía una discapacidad y que la mayoría de las personas con discapacidad vivía en zonas rurales.

216.La Encuesta Intercensal de 2016 constató que había 36.404 personas con discapacidad en las zonas urbanas y 72.588 en las rurales. La población total de personas con discapacidad era del 4,7 % (nueva información, págs. 57 a 61).

217.Aunque se cuenta con poca información sobre la violencia de género contra las personas con discapacidad, hay algunos indicadores de que se trata de otro grupo comunitario muy vulnerable. Namibia ha adoptado un “modelo basado en los derechos humanos de incorporación e integración social y empoderamiento económico de la discapacidad” como el mejor para proteger y promover los derechos de las personas con discapacidad. La Política Nacional sobre la Discapacidad de 1997 incluye a las mujeres, niños y personas de edad con discapacidad como grupo destinatario especial.

218.Sin embargo, las personas con discapacidad, especialmente los niños, siguen haciendo frente a muchos retos en el país. La Encuesta Demográfica y de Salud de 2013 indica que alrededor del 87 % de los niños con discapacidad de entre 0 y 4 años nunca asistieron a programas de desarrollo en la primera infancia y que la proporción de niños con discapacidad de 5 años o más que nunca asistieron a la escuela también es alta, especialmente en las zonas rurales, en que asciende al 82,1 %, frente al 17,9 %, en las zonas urbanas.

219.Sin embargo, a pesar de las brechas existentes señaladas anteriormente, en los últimos diez años el Gobierno ha dado prioridad a la inclusión y el apoyo a las personas con discapacidad. El empoderamiento de estas personas se ha articulado y descrito en numerosos marcos jurídicos, como la Constitución, la Política Nacional sobre la Discapacidad (1997) y la Ley del Consejo Nacional de la Discapacidad; la Política Sectorial de Educación Inclusiva (2013) y la Ley de Atención y Protección de la Infancia; y en los Planes Nacionales de Desarrollo, en particular el quinto, correspondiente a 2017/18-2021/22.

220.La Política Sectorial de Educación Inclusiva de 2013 fue diseñada para garantizar que todos los niños participaran plenamente en el sistema educativo, a fin de que todos los alumnos se educaran en el entorno educativo menos restrictivo posible y en las escuelas de sus barrios cuando fuera factible. Estaba dirigida a 16 categorías de niños marginados en materia de educación para su inclusión, incluidos los niños con discapacidades y deficiencias.

221.Namibia también firmó y ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que forma parte de la legislación namibia en virtud del artículo 144 de la Constitución.

222.En 2015, el Gobierno creó el Departamento de Asuntos Relacionados con la Discapacidad, dependiente de la Presidencia, para dar visibilidad a las cuestiones relacionadas con la discapacidad. Entre las principales actividades del Departamento figuran reforzar y coordinar la aplicación de las políticas y leyes relativas a la discapacidad, sensibilizar y poner en marcha programas que permitan a los niños y jóvenes con discapacitad acceder a la educación, la salud y oportunidades de empleo.

223.La Ley de Atención y Protección de la Infancia establece que desde los 14 años un niño puede dar su consentimiento a intervenciones médicas y quirúrgicas, así como a la prueba del VIH.

224.El artículo 71 de la Ley de Bebidas Alcohólicas (Ley núm. 6 de 1998) tipifica como delito la compra y venta de bebidas alcohólicas por menores de 18 años. En particular, el artículo 56 establece que, en el transcurso de las actividades comerciales realizadas en virtud de una licencia, ningún titular de esa licencia ni un directivo o empleado de dicho titular venderán o suministrarán bebidas o sustancias que contengan más de un 3 % de alcohol en volumen a menores de 18 años.

225.Sin embargo, el consumo de alcohol entre menores se ha convertido en un problema en Namibia. Un estudio del Ministerio de Salud y Servicios Sociales sobre el consumo de sustancias en la población namibia reveló que el 53,5 % de los jóvenes de 13 a 30 años consumen bebidas alcohólicas. A este respecto, el Gobierno reforzó la ley para tipificar como delito la venta u oferta de licor a menores por adultos. El artículo 230 de la Ley de Atención y Protección de la Infancia establece que un adulto comete un delito si obliga a un niño a consumir licor o bebidas con alcohol desnaturalizado o a consumir drogas ilegales; permite, induce o alienta a un menor de 16 años a beber licor o bebidas con alcohol desnaturalizado, salvo en el marco de un sacramento religioso generalmente reconocido; o permite o induce a un niño a consumir cualquier droga ilegal.

Salud básica y bienestar

226.El sistema de atención de la salud de Namibia es una combinación de sistema público y privado. El sistema público presta servicios a la mayoría de la población y se financia principalmente a través de los impuestos generales, mientras que el sistema privado, que ofrece una cobertura sanitaria completa o parcial, se financia en gran medida a través de las cotizaciones de empleados y empleadores.

227.Namibia destina regularmente alrededor del 7 % de su presupuesto nacional a la salud y los servicios sociales, por lo que suele ser el segundo gasto más elevado después de la educación. Todos los namibios tienen acceso a los establecimientos de salud del país. Además, el Gobierno ha adoptado una política de exención de tasas para los grupos vulnerables de la sociedad, entre los que se incluyen los niños menores de 6 años, las personas con discapacidad, las mujeres embarazadas y las personas mayores de 60 años.

228.El Ministerio de Salud y Servicios Sociales es el principal ejecutor y proveedor de servicios sanitarios públicos mediante un sistema de cuatro niveles: puntos de acceso a clínicas y centros de salud, hospitales de distrito, hospitales intermedios y hospitales de remisión. Además, las organizaciones confesionales y de la sociedad civil también prestan servicios sanitarios en las regiones para el Ministerio de Salud y Servicios Sociales en régimen de subcontratación. La atención de la salud por el sector privado es importante, ya que hay 844 establecimientos de salud privados registrados en el Ministerio.

229.Los niños con discapacidad tienen derecho a una subvención, cuyo importe actual es de 250 dólares al mes (conocida como “subvención especial de manutención”), para la que se requiere un certificado médico y un informe de un trabajador social. No obstante, los niños mayores de 16 años tienen derecho a una subvención por discapacidad de 1.200 dólares al mes en virtud de la Ley Nacional de Pensiones (Ley núm. 10 de 1992).

230.La Ley de Atención y Protección de la Infancia prevé subvenciones de emergencia a corto plazo o asistencia en especie, así como subvenciones para centros residenciales de cuidado infantil con objeto de ayudar a los niños que necesitan nutrición, ropa y alojamiento.

231.A fin de proporcionar atención de la salud y servicios sociales de calidad, integrados, asequibles y accesibles que respondan a las necesidades de la población, en 2014 el Ministerio de Salud y Servicios Sociales elaboró una hoja de ruta que establecía el marco estratégico a largo plazo para la gobernanza, el desarrollo de los recursos humanos, la mejora de los establecimientos de salud y la creación de servicios e instituciones especializados. La hoja de ruta se pondrá en marcha por medio de planes anuales de acción y desarrollo, el marco de gastos a mediano plazo, la asistencia para el desarrollo y alianzas público-privadas. La aplicación de la hoja de ruta se ve actualmente obstaculizada por la insuficiencia de los recursos financieros.

232.Los servicios de salud mental en Namibia están rezagados con respecto a otros servicios sanitarios. La Ley de Salud Mental de 1973 (Ley núm. 18 de 1973) es la legislación pertinente y no ha sido modificada desde la independencia. El proceso de redacción de la legislación actualizada se encuentra en una fase avanzada, ya que el proyecto de ley fue aprobado por el Consejo de Ministros en mayo de 2017. El proyecto de ley de salud mental y su reglamentación sigue en el Comité de Legislación del Consejo de Ministros y se encuentra en su fase final. El artículo 2 de la Ley de Salud Mental establece que toda persona que padezca o alegue padecer una enfermedad mental, por razón de dicha enfermedad, solo podrá ser recibida o internada en un lugar de conformidad con las disposiciones de la ley. En virtud de la ley, si un tribunal considera que una persona acusada por cometer un delito tiene una enfermedad mental no será considerada responsable del mismo debido a esa enfermedad, que le impide la plena comprensión del acto. Esas personas se considerarán “pacientes por decisión presidencial” (o “pacientes de la Presidencia”) y serán internadas en un hospital psiquiátrico o un centro penitenciario.

233.La Política de Salud Mental aborda los principales problemas de salud mental a los que se enfrenta Namibia y define los enfoques de intervención. La Política se basa en la promoción de la salud mental, la ampliación de los servicios a las comunidades y familias, y la protección de los derechos de las personas con trastornos mentales. La gestión de los problemas de salud mental implica una acción multisectorial y el apoyo de los ministerios competentes, ONG y los sectores privado y tradicional. Por lo tanto, es importante fortalecer las alianzas y el establecimiento de redes entre estos agentes clave y las partes interesadas en todas las fases de desarrollo. La Ley de Salud Mental se revisará en consonancia con esta Política.

234.La Encuesta Demográfica y de Salud de Namibia de 2013 reveló que los conocimientos sobre anticoncepción eran universales en el país; que casi todas las mujeres y hombres habían oído hablar de al menos un método; que el 50 % de las mujeres de 15 a 49 años utilizaba un método anticonceptivo; y que el 73 % de ellas lo obtenía del sector público. Se revisó la Política Nacional de Salud Sexual, Reproductiva e Infantil de 2013 y la elaboración de la Estrategia de Salud Reproductiva, Materna, Neonatal, Infantil y Adolescente y de Nutrición se encuentra en su fase final. Esta mejorará la consecución del nivel más alto posible de salud sexual, reproductiva, infantil, y adolescente y de nutrición para la población namibia mediante el suministro de información y servicios de salud y nutrición equitativos, accesibles y asequibles.

235.La Política Nacional de Salud Sexual, Reproductiva e Infantil de 2013 establece que todos los namibios recibirán servicios de salud sexual y reproductiva de calidad, independientemente de su credo, edad, género, orientación sexual, religión, afiliación política o situación socioeconómica. También establece que todos los namibios estarán protegidos frente a “prácticas nocivas que vayan en detrimento de la salud sexual y reproductiva”, entre las que se incluyen las prácticas culturales y tradicionales nocivas. Se ha revisado la Política y se ha elaborado un proyecto de Estrategia de Salud Reproductiva, Materna, Neonatal, Infantil y Adolescente y de Nutrición, que se encuentra en su fase de finalización.

236.El Ministerio de Salud y Servicios Sociales elaboró una Carta del Paciente, que reconoce y protege la integridad y dignidad de los pacientes y clientes. Establece los derechos y las prestaciones de los pacientes. También sirve de indicador para medir la calidad de los servicios sanitarios prestados en los establecimientos de salud.

11.Educación, esparcimiento y actividades culturales (arts. 28 a 31 de la Convención)

237.El artículo 20 de la Constitución garantiza el derecho a la educación. Dispone la obligatoriedad de la educación primaria hasta que se complete o hasta que el niño cumpla 16 años, lo que ocurra primero. Además, la Ley de Educación, que reglamenta la educación en las escuelas públicas y privadas, será sustituida próximamente por la nueva ley. Actualmente se están realizando consultas con todas las partes interesadas sobre la legislación actualizada.

238.Además, el Gobierno subvenciona programas de desarrollo integrado en la primera infancia en el país, que incluyen el fomento de la capacidad de cuidadores y educadores de lactantes y niños pequeños, la subvención de sus estipendios mensuales y el suministro de material educativo y de construcción a centros de comunidades marginadas. El Gobierno también ha previsto en la Ley de Atención y Protección de la Infancia que se reglamente el funcionamiento de los centros de desarrollo en la primera infancia.

239.Los niños comienzan la educación primaria el año en que cumplen 7 años. La enseñanza primaria abarca los cursos 1º a 7º, mientras que la enseñanza secundaria completa abarca un período de cinco años, es decir, los cursos del 8º al 12º. Sin embargo, los alumnos pueden recibir un Certificado de Enseñanza Secundaria Básica tras superar con éxito los exámenes al final del 10º curso. Al final del curso 12º, los alumnos se presentan a un examen para obtener el Certificado del Ciclo Superior de Enseñanza Secundaria de Namibia, que se ofrece en los niveles ordinario y superior. El Instituto Nacional para el Desarrollo de la Educación organiza la elaboración de los planes de estudios, la investigación educativa y el desarrollo profesional de los docentes.

240.El gasto que le Gobierno dedica anualmente a la educación en el presupuesto nacional es de aproximadamente el 8,4 % del PIB. Durante 2014/15, el Ministerio de Educación recibió un presupuesto de 13.100 millones de dólares (unos 102.104.593 dólares de los Estados Unidos), uno de las más altos en África. En 2013, el Gobierno introdujo la educación primaria gratuita en virtud del artículo 20 de la Constitución, mientras que la educación secundaria gratuita se introdujo en 2016. Para complementar la Ley de Educación y otras leyes, el Gobierno cuenta con las políticas y programas que se describen en los párrafos siguientes para abordar la igualdad de acceso a la educación de todos los niños namibios, independientemente de su condición social.

241.La Política Nacional de Salud Escolar de 2008 reconoce que las niñas son más susceptibles a la violencia y el abuso sexuales, lo que las expone a un mayor riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH, y señala que el abuso sexual y el embarazo precoz son perjudiciales para el desarrollo fisiológico, social e intelectual de las niñas, socavan sus oportunidades educativas y económicas y, por lo tanto, tienen un impacto negativo en el bienestar de sus propios hijos. Esboza un Programa Integral de Salud Escolar que incluye servicios sanitarios, educación sanitaria, servicios de nutrición y alimentación, educación física y actividades recreativas de calidad, un entorno escolar propicio y la colaboración con la comunidad circundante. En 2016, el Ministerio de Salud y Seguridad Social, en colaboración con el Ministerio de Educación, Arte y Cultura, elaboró el Manual de Formación de Formadores sobre Salud Escolar Integral.

242.El Programa de Mejora del Sector de la Educación y la Formación es un plan estratégico de 15 años (2006-2020) elaborado por el Ministerio de Educación, Arte y Cultura en el contexto de los objetivos nacionales de desarrollo de la Visión 2030. El objetivo es subsanar las deficiencias detectadas por el Gobierno y por el estudio del Banco Mundial realizado en 2005, que destacaba la mala calidad de la enseñanza, la falta de formación de los docentes y el rendimiento insatisfactorio de los alumnos.

243.El Ministerio de Educación, Arte y Cultura, por medio de su Plan Estratégico 2012‑2017, pudo proporcionar a los alumnos conocimientos y competencias e información sobre salud sexual y reproductiva, especialmente en relación con la prevención del VIH, como los programas “Ventana de esperanza” y “Mi futuro, mi elección”. Los programas mencionados se integran en el nuevo Plan Nacional de Estudios de la Educación Básica.

244.La educación física forma parte oficialmente del plan de estudios de la enseñanza primaria. La mayoría de las escuelas, si no todas, incluidos los jardines de infancia, cuentan con campos de deporte y zonas de recreo como requisito del Ministerio de Educación, Arte y Cultura. Además, hay parques infantiles en las zonas residenciales y otros parques en la mayoría de las grandes ciudades.

245.El Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Arte y Cultura y en colaboración con otras partes interesadas clave, ha puesto en marcha en el país el Foro de Mujeres Africanas Especialistas en Pedagogía, cuyo objetivo es mejorar la retención escolar e integrar a los niños vulnerables, incluidos los niños sanes, en el sistema educativo básico, prestando atención especial a la educación de las niñas.

246.El Gobierno asigna a la educación y la formación una cantidad de recursos bastante superior a la de otros sectores sociales. Se cuenta con coordinación intrainstitucional, programación, fijación de prioridades, selección de objetivos y vínculos entre los niveles primario, secundario, terciario e industrial en términos de desarrollo de la infraestructura física y becas, y experimentación y demostración de tecnologías. Además, el Gobierno ha invertido en el perfeccionamiento de los docentes insuficientemente cualificados para mejorar la calidad de la enseñanza.

12.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 36, 37 b) a d), y 38 a 40 de la Convención)

247.La Ley de los Refugiados de Namibia (Reconocimiento y Control), Ley núm. 2 de 1999, dispone los criterios y los motivos que deben tenerse en cuenta con respecto a los solicitantes de asilo en el país de forma individual, incluidos los niños. La ley prevé la protección de los solicitantes de asilo que tienen un temor justificado a ser objeto de persecución en su país de origen a causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política. Son los mismos criterios y motivos que figuran en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. Namibia solo ha tenido casos aislados de niños migrantes que a veces requieren medidas de protección y el Gobierno presta servicios a estos niños cuando es necesario. Del mismo modo, en Namibia no se han registrado casos de niños que hayan solicitado asilo sin sus progenitores o tutores. No obstante, el Gobierno ofrece protección a los refugiados contra la expulsión o la devolución a países donde su vida o su libertad estarían amenazadas.

248.El asentamiento de refugiados de Osire, que acoge a la mayoría de los refugiados del país, cuenta con infraestructura escolar permanente administrada por el Gobierno. Los niños refugiados empiezan la escuela en el 1er curso y siguenhasta el 12º y pueden asistir a las escuelas de su elección en todo el país. El Gobierno también aboga por la reagrupación familiar voluntaria cuando sea seguro hacerlo.

249.En virtud de la Ley de Atención y Protección de la Infancia, los solicitantes de asilo pueden ser considerados cuidadores temporales de niños extranjeros no acompañados, con lo que pueden seguir viviendo en una determinada comunidad de refugiados. Además, la ley prevé que los niños refugiados se consideren niños necesitados de servicios de protección, y que por ello no pueden ser repatriados sin que se hayan tomado las medidas necesarias para su acogida en el país receptor.

250.En relación con la difícil situación de los niños de la calle, véase la respuesta a las recomendaciones contenidas en los párrafos 69 y 70.

251.En cuanto a las cuestiones relativas a la explotación económica, incluido el trabajo infantil, véase la respuesta a las recomendaciones contenidas en los párrafos 67 y 68.

Explotación y abuso sexuales (arts. 34 y 35 de la Convención)

252.Las siguientes leyes penalizan la mayor parte de la explotación y el abuso sexuales de niños:

La Ley de Lucha contra la Violencia Doméstica contiene una definición amplia de violencia doméstica, que incluye la violencia física, sexual, económica, verbal, emocional y psicológica, la intimidación y el acoso. Prevé la emisión de órdenes de protección y advertencias policiales en asuntos de violencia doméstica.

La Ley de Lucha contra la Violación contiene una definición amplia de violación, que se centra en los actos de coacción utilizados por el acusado: incluso el mero roce de las partes íntimas de la víctima se considerará violación.

La Ley de Modificación de las Disposiciones de Lucha contra las Prácticas Inmorales prohíbe ampliamente los actos sexuales o indecentes con jóvenes y reglamenta los asuntos conexos. La Ley de Lucha contra las Prácticas Inmorales (Ley núm. 21 de 1980) tipifica como delito dejar embarazada a una niña menor de 16 años o contraer matrimonio con una niña de ese rango de edad. La Dependencia de Protección contra la Violencia de Género de Namibia tiene orden estricta de detener y acusar de estupro a todo aquel que sea acusado de haber dejado embarazada a una joven o de haberse casado con una joven.

La Ley de Reforma del Procedimiento Penal incluye disposiciones especiales para los testigos vulnerables en la mayoría de los casos de violación para que presten testimonio a través de un circuito cerrado de televisión o desde detrás de un biombo, incluida la prohibición de publicar o revelar la identidad del menor.

La Ley de Bebidas Alcohólicas y la Ley de Atención y Protección de la Infancia disponen la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas y drogas ilícitas a menores de 18 años.

La Ley de Atención y Protección de la Infancia prevé la aplicación de medidas de protección a los niños que hayan sufrido cualquier forma de explotación sexual, abuso o descuido. Se considera que estos niños necesitan servicios de protección.

253.Los niños en conflicto con la ley, así como la administración de la justicia juvenil, están contemplados en las partes 1 y 2 de la Ley de Atención y Protección de la Infancia. El proyecto de ley de justicia juvenil es una propuesta legislativa autónoma que contiene disposiciones sobre asuntos relacionados con la administración de la justicia de menores en el país. El proyecto de ley abarca las cuestiones de los niños privados de libertad y las medidas para asegurar que la detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se utilizarán solo como medidas de último recurso y durante el período más breve posible y se proporcionará al niño pronto acceso a la asistencia jurídica y de otro tipo.

254.Se ha elaborado un mecanismo nacional de derivación y POE para la identificación, la protección y el retorno seguro de las víctimas de la trata, que fueron aprobados por el Consejo de Ministros en 2018. Este mecanismo mejora la respuesta coordinada y eficaz a la trata de personas en Namibia.

Explotación económica, incluido el trabajo infantil (art. 32 de la Convención)

255.En virtud de la Ley del Trabajo, los niños de entre 14 y 16 años no pueden realizar trabajos que les impidan asistir a la escuela, ni trabajos peligrosos, insalubres o que afecten a su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. La ley prohíbe además que estos niños realicen trabajos nocturnos, desde las 20.00 horas hasta las 7.00 horas. Los niños de entre 14 y 16 años tampoco pueden trabajar en una obra de construcción o demolición, en un lugar bajo tierra o una mina, en industrias manufactureras donde se fabriquen bienes, en una central eléctrica ni en cualquier lugar en que se monte o desmonte maquinaria.

256.La Ley de Atención y Protección de la Infancia también fortaleció la prevención y eliminación del trabajo infantil al reglamentar la participación de los niños en actividades remuneradas.

257.Se han realizado progresos constantes en la lucha del Gobierno para combatir y erradicar el trabajo infantil en virtud del Programa de Acción que se elaboró en 2011 con cinco ministerios competentes del Gobierno, incluidos los Ministerios de Trabajo, Relaciones Laborales y Creación de Empleo, de Educación, Arte y Cultura, de Igualdad de Género y Bienestar Infantil, y de Seguridad.

258.El Ministerio de Trabajo, Relaciones Laborales y Creación de Empleo realiza inspecciones periódicas en diferentes sectores, como la agricultura (granjas), hogares privados, la construcción, la seguridad y otras industrias o sectores de empleo para detectar casos de trabajo infantil. Durante las inspecciones se emiten órdenes de cumplimiento a quienes no cumplen o contravienen las condiciones básicas de empleo. También se sensibiliza y educa a quienes no conocen la ley. El empleador debe aceptar una orden de cumplimiento emitida, o recurrir al tribunal del trabajo de conformidad con la Ley del Trabajo. En los casos en que se encuentra un menor empleado, se lo retira inmediatamente, se investiga el caso y se abre una acusación penal que puede conducir a detenciones inmediatas.

259.La Ley del Trabajo contiene disposiciones que reglamentan el trabajo infantil. El capítulo 2 establece los derechos y protecciones fundamentales. El artículo 3 1) y 2) prohíbe y restringe el trabajo infantil, mientras que el artículo 4 1) y 2) prohíbe el trabajo forzoso. Los artículos 3 6) y 4 3) prevén las penas y reparaciones que un tribunal puede aplicar si una persona es declarada culpable del delito.

13.Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

260.Namibia ratificó este Protocolo Facultativo el 16 de abril de 2002. No se ha presentado ningún informe con información sobre la aplicación del Protocolo. Namibia también es Estado parte en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, que se ratificó en 2003.

261.En cuanto al abuso sexual, la Ley de Lucha contra la Violación y la Ley de Lucha contra las Prácticas Inmorales, en su versión modificada, prohíben la violación y el abuso sexual de niños, incluido todo acto inmoral o indecente. Estas leyes imponen duras penas por estos delitos. En caso de violación, se aplicarán las categorías más altas de penas mínimas cuando el violador sea uno de los progenitores, el tutor o el cuidador de la víctima, o esté en una posición de confianza o autoridad con respecto allá.

262.Asimismo, Namibia ha abordado las cuestiones de la explotación sexual comercial de los niños de manera integral en la Ley de Lucha contra la Trata de Personas. La ley tipifica como delito utilizar, ofrecer o emplear a un menor con fines de explotación sexual comercial o intermediar con para ello.

14.Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

263.Namibia ratificó este Protocolo Facultativo el 16 de abril de 2002. En virtud del artículo 3 del Protocolo, los Estados partes están obligados a depositar, al ratificar el Protocolo, una declaración vinculante en la que se establezca la edad mínima en que permitirán el reclutamiento voluntario en sus fuerzas armadas nacionales, y una descripción de las salvaguardias que hayan adoptado para asegurarse de que no se realiza ese reclutamiento por la fuerza o por coacción. La declaración respectiva solo podrá retirarse si se sustituye por una declaración que prescriba una edad mínima de contratación voluntaria superior, no inferior.

264.En virtud de esta disposición, Namibia ha declarado que no practica el reclutamiento ni ninguna forma de servicio obligatorio forzoso. El reclutamiento voluntario en las Fuerzas de Defensa de Namibia está permitido a partir de los 18 años, de conformidad con el artículo 17 1) d) de la Reglamentación de la Ley de Defensa (Ley núm. 1 de 2002). Los candidatos deberán demostrar su edad presentando una copia certificada de un documento de identidad namibio legalmente reconocido, así como el certificado de nacimiento.

265.Namibia es uno de los pocos países de África que ha disfrutado siempre de paz y estabilidad. El país ocupó el puesto 43º en el mundo y el 6º en África Subsahariana en la clasificación del índice de paz mundial de 2018, dado que prácticamente no registra enfrentamientos civiles derivados de la agitación política. La democracia se ha perfeccionado hasta el punto de que el país cuenta ahora con 15 partidos políticos registrados, que compitieron por los votos durante las últimas elecciones de 2015. Así, desde la independencia Namibia no ha experimentado ningún conflicto armado ni otra situación volátil que requiera el reclutamiento adicional de niños soldados para las fuerzas de defensa.

15.Referencias

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