Convención Internacionalsobre la Eliminaciónde todas las Formasde Discriminación Racial

Distr.GENERAL

CERD/C/357/Add.217 de octubre de 2000

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DELA DISCRIMINACIÓN RACIAL

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTESDE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Noveno informe periódico que los Estados Partes deben presentar en 1999

Adición

VIET NAM*

[20 de julio de 2000]

1.La República Socialista de Viet Nam se adhirió a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (en adelante "la Convención") el 9 de junio de 1982. En el presente informe se examina la aplicación por Viet Nam de la Convención desde 1993 hasta el momento actual.

I. GENERALIDADES

A. Geografía y población

2.La República Socialista de Viet Nam se encuentra situada en el Asia sudoriental. El país tiene una superficie de más de 331.000 km2, cuyas tres cuartas partes son colinas o montañas, y posee un extenso litoral. Según el censo de 1999, la población de Viet Nam es de 77 millones de habitantes, más del 20% de los cuales viven en zonas urbanas. La esperanza media de vida para los hombres es de 65 años, y de 67,5 años para las mujeres. Viet Nam es una nación integrada por 54 comunidades étnicas que conviven en el mismo territorio. Los kinh constituyen la comunidad mayoritaria, a la que pertenece el 86,8% de la población, y viven principalmente en la llanura; los 53 grupos minoritarios restantes, a los que generalmente se denomina comunidades étnicas, pueblan principalmente las regiones montañosas y altas. Es habitual la convivencia entre las distintas comunidades étnicas, y no existen zonas geográficas separadas para ningún grupo étnico determinado.

3.En la actualidad, el 80% de la población de Viet Nam pertenece al sector agrícola, en que el trabajo manual constituye todavía la principal característica y la vida depende en gran medida de las condiciones naturales. En el año 1998, los porcentajes correspondientes a cada sector en el PIB fueron los siguientes: 25,7% para la agricultura, la silvicultura y la pesca; 32,59% para la industria y la construcción; y 41,66% para los servicios.

4.Desde 1986, Viet Nam ha sido objeto de un amplio proceso de reforma y renovación con el objetivo general de transformar su economía centralizada en una economía de mercado multisectorial y de orientación socialista dirigida por las reglamentaciones pertinentes del Estado. Se ha fomentado el fortalecimiento de la democracia en la vida social sobre la base de la construcción de un Estado del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, un estado de derecho con una política exterior abierta y orientada a la creación de lazos de amistad con todos los países de la comunidad internacional en la lucha por la paz, la independencia y el desarrollo.

5.En 1991, el Gobierno de Viet Nam adoptó el Plan Estratégico de Estabilización y Desarrollo Socioeconómico para el año 2000. El principio fundamental de este Plan Estratégico es procurar que el desarrollo gire en torno al ser humano; lograr que cada individuo, así como la comunidad en su conjunto, alcance su potencial máximo; y armonizar el desarrollo económico con el desarrollo social. El objetivo general del Plan Estratégico es conseguir que el país salga de la crisis socioeconómica, se desarrolle con rapidez y multiplique por dos su PIB de 1990 para el año 2000.

6.Hasta la fecha el proceso de reforma ha obtenido muchos logros importantes, ayudando al país a superar la crisis socioeconómica. Actualmente Viet Nam ha entrado en una nueva fase de desarrollo, en la que ha iniciado un proceso de industrialización y modernización. Entre 1990 y 1997 la economía registró un crecimiento relativamente elevado y estable, con una tasa media anual del 8,5%. En 1997 el PIB real se multiplicó por 1,75 y, según lo previsto, podrá doblar para el año 2000. En el período de 1995 a 1997, la tasa de crecimiento alcanzó el 9,2% anual. Desde 1998, debido a los efectos negativos de la crisis financiera de la región y a las graves consecuencias de diversas catástrofes naturales, la tasa de crecimiento económico descendió al 5,83%. La tasa de inflación de tres cifras correspondiente al período de 1986 a 1988 descendió al 14,4, al 4,5, al 3,6 y al 9,2% en 1994, 1996, 1997 y 1998, respectivamente. En el sector agrícola, la producción aumentó radicalmente gracias a una inversión intensiva y a las nuevas políticas de gestión, con lo que Viet Nam ha pasado de ser un importador habitual de arroz a ser uno de los mayores exportadores del mundo, con 3,5 millones de toneladas exportadas en 1997, 3,8 millones en 1998 y 4,5 millones en 1999.

7.Paralelamente a los logros económicos, la renovación del país también ha sido alentadora en el ámbito social. Más del 20% del presupuesto anual del Estado se destinó al gasto social, con lo que se contribuyó a la estabilidad política y se promovió el desarrollo económico en las siguientes esferas:

a)La creación de empleo, que constituye uno de los principales programas indicativos nacionales. Por un lado, el Estado ofreció condiciones jurídicas y políticas favorables para fomentar la inversión extranjera y local en la producción con el fin de generar más empleo. Por otro lado, estableció el Fondo Nacional para la Creación de Empleo, cuyo objeto es conceder préstamos en condiciones preferenciales para ayudar a los trabajadores a establecerse por cuenta propia. Como consecuencia de estas medidas, en el período de 1991 a 1998 se crearon anualmente entre 1,2 y 1,3 millones de puestos de trabajo, con lo que la tasa de desempleo entre los trabajadores de las zonas urbanas pasó del 8-9 al 6,02% en 1997.

b)Erradicación del hambre y reducción de la pobreza. El Gobierno de Viet Nam ha diseñado un programa indicativo nacional para la erradicación del hambre y la reducción de la pobreza, ha creado un banco que ayuda a los pobres y ha integrado el programa de reducción de la pobreza en otros programas nacionales. Gracias a ello, se ha reducido considerablemente el porcentaje de familias pobres, del 30,01% en 1992 al 17,7 y al 15,7% en 1997 y 1998, respectivamente.

c)Educación. La educación siempre ha recibido la máxima prioridad en las políticas nacionales. A finales de 1998, 51 de las 61 provincias y ciudades cumplían la norma nacional en materia de alfabetización y universalización de la enseñanza primaria. La tasa media de alfabetización alcanzó el 93%, y actualmente se sitúa en el 97% de la población activa. Se ha creado una amplia red de centros de enseñanza general, con escuelas primarias en todas las comunas.

d)Protección de la salud. La protección de la salud ha ido mejorando progresivamente gracias a un incremento del 15 al 20% en el gasto público destinado a este sector. Más del 90% de la población tiene acceso a servicios sanitarios a través de las comunas, los distritos y los municipios. En el período de 1992 a 1996 se vacunó al 91,9% de los niños, y al 95,5% en 1997 gracias al Programa Ampliado de Vacunación. Por consiguiente, la mortalidad por enfermedades transmisibles entre los niños se ha reducido considerablemente. La tasa de mortalidad infantil de los niños menores de 5 años pasó del 81% en 1990 al 68 y al 61% entre 1994 y 1997. La mortalidad materna descendió del 1,1% en 1996 al 1% en 1997. La prevención y el tratamiento de las enfermedades de importancia social han sido altamente eficaces. Las tasas de morbilidad y mortalidad por paludismo han disminuido en 10-15%, mientras que la tasa de morbilidad por bocio disminuyó en 2-3% tras la puesta en marcha del programa para el suministro de sal yodada al conjunto de la población.

e)Población y planificación familiar. El Gobierno determinó que ésta era una tarea importante y debía ser objeto de un programa indicativo nacional que requería una inversión intensiva. La sensibilización del público a la relación entre población y desarrollo ha aumentado claramente en los últimos años. Así pues, en el último decenio (1989 a 1999) las tasas de crecimiento de la población se han reducido al 1,7%, una disminución del 0,4% en comparación con el decenio anterior.

B. Sistema político y aparato del Estado

8.El 2 de septiembre de 1945 la República Democrática de Viet Nam proclamó la independencia. En los tres decenios siguientes, el pueblo vietnamita luchó heroicamente para llevar a cabo la revolución democrática nacional. El 30 de abril de 1975, el sur fue liberado y se reunificó el país. El 2 de julio de 1976, la Asamblea Nacional del Viet Nam unido decidió dar al país el nuevo nombre de República Socialista de Viet Nam.

9.En el contexto de la renovación total del país, el 15 de abril de 1992 la Asamblea Nacional aprobó la Constitución revisada, en adelante "la Constitución de 1992" (las constituciones precedentes datan de 1946, 1959 y 1980), que constituye la ley fundamental del Estado y en la que se definen el régimen político, económico, cultural, social y de seguridad del país, así como los derechos y obligaciones y fundamentales de sus ciudadanos, la relación entre el Estado y la población y la estructura orgánica y operacional del Estado. En ella también se institucionalizan las relaciones entre la dirección del partido, la administración del Estado y la primacía del pueblo.

10.El Partido Comunista de Viet Nam es la vanguardia de la clase obrera vietnamita, fiel representante de los intereses de los trabajadores y del pueblo y la nación en su conjunto y fuerza rectora de la sociedad. Todas las organizaciones del partido funcionan con arreglo a la Constitución y a las leyes.

11.El Estado de la República Socialista de Viet Nam es del pueblo y para el pueblo, y existe gracias al pueblo. Todo el poder del Estado pertenece al pueblo.

12.El aparato del Estado de la República Socialista de Viet Nam, constituido por un sistema de organismos estatales que parte del centro y llega hasta la base, se organiza y se gestiona con arreglo a los principios comunes y uniformes previstos en la Constitución y en las leyes. Ello crea un mecanismo homogéneo para el cumplimiento de las funciones y obligaciones de un Estado socialista regido por la ley, con la correspondiente división de los tres poderes, a saber, el legislativo, el ejecutivo y el judicial. El aparato estatal está integrado por los siguientes órganos principales:

a)La Asamblea Nacional. La Asamblea Nacional es el principal órgano representativo del pueblo y la más alta autoridad de la República Socialista de Viet Nam. La Asamblea Nacional es el único órgano con poder constitucional y legislativo. La Asamblea decide la política fundamental nacional y exterior, las funciones socieconómicas, de defensa y de seguridad nacionales, los principios básicos que rigen la organización y el funcionamiento del Estado y las relaciones sociales y las actividades de los ciudadanos. La Asamblea Nacional goza de un derecho de supervisión suprema de todas las actividades del Estado.

b)El Presidente. El Presidente es el Jefe del Estado, y actúa en nombre de la República Socialista de Viet Nam en asuntos internos y de política exterior.

c)El Gobierno. El Gobierno es el órgano ejecutivo de la Asamblea Nacional y el principal órgano administrativo del Estado de la República Socialista de Viet Nam. El Gobierno se encarga de administrar de forma unificada la puesta en práctica de todas las actividades políticas, económicas, culturales, sociales, exteriores, de defensa nacional y de seguridad del Estado; vela por la eficacia del aparato del Estado desde el centro hasta la base; garantiza el respeto y la observancia de la Constitución y de la ley; promueve los derechos del pueblo, que es el artífice de la construcción y defensa de la nación; y vela por la estabilización y la mejora de la vida cultural y material de la población. El Gobierno rinde cuentas a la Asamblea Nacional, su Comité Permanente y el Presidente del país.

C. Protección de los derechos humanos dentro del marco jurídico general

13.En la Constitución de 1992 se dedica un capítulo aparte, el V, que abarca los articulos 49 a 82, a los derechos y obligaciones fundamentales de los ciudadanos. En el artículo 50 se dispone lo siguiente: "En la República Socialista de Viet Nam se respetan los derechos humanos en todos sus aspectos, a saber, políticos, civiles, económicos, culturales y sociales. Esos derechos están incorporados en los derechos de los ciudadanos y previstos en la Constitución y en la ley".

14.Desde 1987 Viet Nam ha promulgado, junto con la Constitución de 1992, más de 13.000 instrumentos jurídicos diversos, entre los cuales figuran 40 leyes y reglamentos, más de 120 ordenanzas, casi 850 documentos legales dictados por el Gobierno o por el Primer Ministro y más de 3.000 documentos de todos los ministerios y dependencias gubernamentales, con objeto de llevar a efecto la Constitución y de crear un mecanismo efectivo para su aplicación.

15.Viet Nam ha obtenido importantes logros en materia legislativa a lo largo de los diez últimos años en el marco del proceso de renovación (Doi moi). El más importante de esos logros ha sido el establecimiento de una garantía legal para que todos los ciudadanos disfruten de iguales oportunidades y condiciones en el ejercicio de sus derechos fundamentales. Viet Nam ha ratificado o se ha adherido a ocho importantes instrumentos de derechos humanos de la Naciones Unidas, entre los que figuran el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; y la Convención sobre los Derechos del Niño. Los derechos humanos y libertades fundamentales previstos en las convenciones internacionales en las que es Parte Viet Nam están garantizados en el ordenamiento jurídico del país. Viet Nam suscribe la opinión de que esos instrumentos internacionales priman sobre la legislación interna, y los considera como parte integrante del ordenamiento vietnamita. La incorporación de las disposiciones básicas de esos instrurmentos internacionales en el ordenamiento jurídico interno (en lo que se denomina el proceso de armonización interna del ordenamiento jurídico) se ha convertido en una cuestión de principio y se respeta en el proceso legislativo del país.

16.Los órganos del Estado que se encargan de garantizar y de proteger a nivel jurídico los derechos humanos y de los ciudadanos son los tribunales populares, las fiscalías populares, los organismos de investigación e inspección, la Notaría del Estado, el Colegio de Abogados y los departamentos de Ejecución de Sentencias y Supervisión. En el proceso de renovación general, la reestructuración de esos organismos constituye una parte importante del proceso destinado a constituir y mejorar el aparato del Estado de la República Socialista de Viet Nam. Los tribunales respetan el principio de la independencia judicial y la observancia de la ley, especialmente en lo relacionado con las violaciones de los derechos humanos y libertades fundamentales.

17.La actuación de los jurados y los grupos de conciliación populares a nivel de las comunas y los distritos, en especial las organizaciones agrupadas en el Frente Patriótico de Viet Nam (que integra la Agrupación de Mujeres de Viet Nam) han contribuido eficazmente a garantizar los derechos de los ciudadanos en la práctica. Además, existe un gran número de organismos especializados que se encargan de estudiar y supervisar en general la protección de los derechos humanos en Viet Nam. Un ejemplo es el Centro de Estudio de los Derechos Humanos del Instituto Político Ho Chi Minh.

D. Información jurídica y comunicación

18.En los últimos años, a fin de promover y aumentar la sensibilización del público y de las autoridades a la protección de los derechos humanos, Viet Nam ha realizado importantes esfuerzos para dar a conocer y difundir los diversos textos jurídicos. La Editorial Política Nacional ha publicado en idioma vietnamita los diversos instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas a las que se ha adherido Viet Nam. Las universidades y los institutos de investigación ofrecen programas de capacitación y de estudios sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos. Instrumentos de importancia, entre los que figura la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, se han traducido al vietnamita para su distribución. Algunos se han difundo en los idiomas de distintos grupos étnicos y, además, los medios de comunicación transmiten con frecuencia programas especiales de educación en cuestiones jurídicas y abordan periódicamente el tema de la protección de los derechos humanos.

19.El Departamento de Información y Educación sobre Cuestiones Jurídicas del Departamento de Justicia se encarga de proporcionar información y educación jurídica a la población. El Departamento coordina sus actividades con los demás organismos estatales interesados, las escuelas y las organizaciones populares para dar a conocer y difundir documentos jurídicos entre la población y para incluir la educación sobre cuestiones jurídicas en los planes de estudio de las escuelas.

20.La difusión entre la población de los textos jurídicos sobre derechos humanos, y en particular de la Convención, se ha llevado a cabo por diversos conductos, como por ejemplo la Asociación Jurídica de Viet Nam, la Confederación Vietnamita del Trabajo, la Agrupación de Mujeres Vietnamitas y la Agrupación de Jóvenes Comunistas Ho Chi Minh, entre otros. Los textos y documentos jurídicos se ponen a disposición de la población en las comunas. Se han distribuido muchas publicaciones en forma de folletos, libros de bolsillo y carteles, y se han celebrado conferencias, seminarios y talleres sobre derechos humanos.

21.En cumplimiento de la decisión Nº 03/1998/QD-TTg sobre información y educación en cuestiones jurídicas en el período de 1998 a 2002 y sobre el establecimiento de los consejos de coordinación encargados de dicha información y educación, dictada por el Primer Ministro en 1998, casi todas las 61 provincias y ciudades bajo el control inmediato de las autoridades centrales han establecido hasta la fecha esos consejos de coordinación y han adoptado sus planes de información.

22.Se encargó a varios ministerios y organismos gubernamentales, como el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Justicia, el Comité Nacional para los Asuntos de las Regiones Montañosas y las Minorías Étnicas, el Comité Nacional de Protección y Atención al Niño de Viet Nam y el Comité Nacional para la Promoción de la Mujer de Viet Nam, entre otros, que preparasen informes nacionales sobre la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos, particularmente la Convención. En este proceso contribuyen activamente las organizaciones populares.

II. APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN

A. Política de Viet Nam en materia de nacionalidad

23.El pueblo vietnamita desconoce la discriminación racial, que no existe en el país. En Viet Nam todos los grupos étnicos han coexistido pacíficamente desde épocas inmemoriales sin discriminación ni conflictos raciales. Todos los grupos étnicos de Viet Nam, independientemente de su volumen, idioma, cultura, historia y nivel de desarrollo, han disfrutado siemepre de iguales derechos en todos los aspectos de la vida.

24.La política constante de Viet Nam en materia de nacionalidad consiste en garantizar al igualdad, la solidaridad y la asistencia mutua para alcanzar el progreso y el desarrollo mutuos. Esta posición está también consagrada en el artículo 5 de la Constitución de Viet Nam de 1992, que afirma:

"La República Socialista de Viet Nam es un Estado unificado que pertenece a todas las comunidades étnicas que conviven en su territorio. El Estado aplica una política de igualdad, solidaridad y apoyo mutuo entre las comunidades étnicas y prohíbe todo acto que entrañe discriminación contra ellas o que pueda dividirlas. Las comunidades étnicas tienen derecho a utilizar su propio idioma y escritura, preservar su identidad y fomentar sus propias costumbres, tradiciones y culturas. El Estado aplica políticas de desarrollo integral con objeto de mejorar gradualmente las condiciones de vida materiales y culturales de las minorías étnicas."

25.La política étnica de Viet Nam tiene por objeto eliminar las diferencias de desarrollo económico, cultural y social entre las distintas minorías étnicas y entre éstas y el resto de la población, así como ayudar a los habitantes de las zonas montañosas a alcanzar el nivel de los que habitan en el delta de manera que todos los grupos puedan progresar y lograr una vida próspera, moderna y feliz, y beneficiarse mutuamente del desarrollo general, la unidad y el progreso. Esa política también permite a los distintos grupos étnicos poner en práctica plenamente su capacidad de adaptación y promueve el desarrollo social, económico y cultural para garantizar la igualdad de derechos entre los grupos. Para el futuro inmediato, la principal tarea de Viet Nam consiste en acelerar el desarrollo económico, cultural y social, mejorar el nivel de vida de las minorías étnicas y formar activamente a los funcionarios para que se ocupen adecuadamente de esas minorías.

26.Por consiguiente, Viet Nam ha estado poniendo en práctica una política sistemática de lucha contra todas las manifestaciones y formas de discriminación racial, ya sea en Viet Nam o en cualquier otra parte del mundo.

27.En la actualidad, el Consejo de las Nacionalidades de la Asamblea Nacional es el centro de coordinación con otros organismos del Gobierno para la redacción de la Ley sobre etnias que se presentará a la Asamblea Nacional.

B. Artículo 2 - Planes de desarrollo socioeconómico

28.Los objetivos que se establecen en el artículo 5 de la Constitución de Viet Nam de 1992 se han concretado en muchos instrumentos jurídicos, políticas y decisiones del Gobierno acerca de las nacionalidades así como en el desarrollo y la mejora de la red estatal de organismos destinados a facilitar el progreso de todas las nacionalidades.

29.El Consejo de las Nacionalidades de la Asamblea Nacional es el más alto organismo del Estado encargado de las cuestiones étnicas del país. El Consejo de las Nacionalidades estudia y presenta propuestas a la Asamblea Nacional sobre cuestiones relativas a las nacionalidades; supervisa y controla la aplicación de políticas en relación con las nacionalidades; y ejecuta programas y planes para el desarrollo socioeconómico de las zonas montañosas habitadas por minorías étnicas. Antes de adoptar decisiones sobre las políticas en esta materia, el Gobierno debe consultar al Consejo de las Nacionalidades. El Presidente del Consejo está facultado para asistir a las sesiones del Comité Permanente de la Asamblea Nacional, así como a las del Gobierno, para debatir la aplicación de las políticas relativas a las nacionalidades.

30.El Comité para los Asuntos de las Regiones Montañosas y las Minorías Étnicas es un organismo del Estado responsable de la gestión oficial de las cuestiones relacionadas con las minorías étnicas y las regiones montañosas de todo el país y al mismo tiempo funciona como agencia de contratación y propone políticas y directrices en relación con las minorías étnicas y las zonas montañosas.

31.En los últimos años, el Gobierno ha adoptado muchas políticas socioeconómicas concretas para movilizar los recursos internos de todos los sectores económicos tanto dentro del país como en el extranjero. Gracias a la inversión y el apoyo del Estado se ha instado a estos sectores económicos a que aprovechen todos los recursos y capacidades locales de la tierra, el clima, los bosques y las minas para el desarrollo del sector agrario y forestal y de la producción industrial; para la promoción de la asistencia sanitaria y el bienestar cultural y social; y para el fomento de la vida sedentaria y del cultivo de la tierra con objeto de reducir la pobreza, erradicar el hambre y mejorar progresivamente el nivel de vida de las minorías étnicas. En los últimos años, el Gobierno ha resuelto estos apremiantes problemas en localidades habitadas por minorías étnicas gracias a la expansión de la red de carreteras; la mejora del acceso a la electricidad y a las redes de radio y televisión; la creación de proyectos públicos en materia de salud y educación y el desarrollo cultural. Además, el Gobierno también ha creado condiciones más favorables para que las minorías étnicas promuevan su desarrollo económico, social y cultural con objeto de mejorar su calidad de vida. A continuación se exponen las decisiones, programas y proyectos concretos que se han adoptado con este fin:

a)Decisión Nº 35-TTg del Primer Ministro de 13 de enero de 1997 por la que se aprueba el programa de construcción de centros colectivos para las comunas de las zonas montañosas y altas. Esta decisión sirve de base para que los ministerios y provincias interesados formulen sus planes anuales o quinquenales. El objetivo de este programa es movilizar todos los recursos locales e integrar todos los programas locales para construir la infraestructura básica de cada uno de esos centros con objeto de proporcionar una fuerza que propulse el desarrollo socioeconómico en las zonas montañosas habitadas por minorías étnicas mediante el estímulo de las actividades socioculturales en cada una de las subregiones y la promoción de la relación entre los caseríos, aldeas, grupos de aldeas y zonas urbanas para aprovechar plenamente la capacidad de las comunidades al tiempo que se preserva y promueve su identidad étnica y de ese modo se contribuye a la construcción de una nueva vida rural en las zonas montañosas. En virtud de este programa se han completado 50 proyectos con resultados tangibles y otros 80 se han completado parcialmente. De hecho, el funcionamiento de los centros de agrupación comunal ha resultado muy útil, pues facilita el intercambio cultural y el desarrollo económico de la región. Estos programas han sido evaluados y calificados de altamente eficaces por el Gobierno y diversos organismos, sectores y localidades y han recibido una acogida favorable en las minorías étnicas. Existen sólidos motivos para pensar que el programa de construcción de centros de agrupación comunal es una política correcta y apropiada para ayudar a las zonas montañosas y a los miembros de las minorías étnicas a superar las dificultades del proceso de industrialización y para crear un nuevo modo de vida en las regiones montañosas.

b)Decreto gubernamental Nº 20/1998/ND-CP de 31 de marzo de 1998 sobre el desarrollo del comercio en las zonas montañosas y en las regiones habitadas por minorías étnicas Este decreto contiene políticas encaminadas a fomentar las actividades comerciales y el suministro de productos básicos a las minorías étnicas que viven en esas regiones. El Estado alienta la creación de mercados, comercios o servicios comerciales gestionados por los organismos públicos y cooperativas locales; autoriza la exención y reducción de los impuestos sobre la cifra de negocios y los beneficios de las empresas; reduce los tipos de interés y ofrece una reducción de las tasas escolares para la formación y el readiestramiento profesional de los funcionarios del Estado y los empleados que despliegan actividades comerciales en estas regiones. Desde 1994, el Estado proporciona apoyo y subvenciones a la iluminación con petróleo, el papel de escribir y los libros de texto, los medicamentos, los abonos, las semillas, los insecticidas, el carbón e incluso los aparatos de radio para regiones especialmente difíciles. El Estado también proporciona apoyo y subvenciones para el transporte, con objeto de promover el consumo de productos agrícolas de estas regiones. Estas políticas han contribuido a la estabilización de los precios de los productos esenciales, la mejora del nivel de vida de la población, la aceleración de la transformación estructural de los cultivos y la promoción de la producción en las zonas habitadas por minorías étnicas y en las regiones montañosas.

c)Decisión Nº 135/1998/QD-TTg del Primer Ministro de 31 de julio de 1998 sobre el programa de desarrollo socioeconómico en algunas comunas distantes que se enfrentan a dificultades especiales (también llamado Programa 135). El objetivo general de este programa es mejorar rápidamente las condiciones de vida material y cultural de los grupos étnicos que viven en esas comunas y crear condiciones favorables para que superen la pobreza, el atraso y el subdesarrollo, de manera que se puedan integrar en el desarrollo general de la nación. En 1999, este programa proporcionó inversiones directas en la construcción de infraestructura básica y la formación de personal en 1.000 comunas que afrontaban dificultades especiales y en el año 2000 lo hará en otras 1.870 comunas seleccionadas entre 284 distritos pertenecientes a 49 provincias de todo el país. La labor de planificación de la población, desarrollo de la producción y construcción de los centros colectivos se ha llevado a cabo simultáneamente y se ha integrado con otros programas y proyectos aplicados en las mismas zonas. Hasta ahora, según los informes procedentes de las 30 provincias que abarca el programa, se han puesto en marcha 1.753 proyectos y se han realizado importantes inversiones con arreglo a las necesidades del programa (carreteras de acceso, miniestaciones hidroeléctricas, suministro de agua potable y electricidad, escuelas y clínicas). La estructura de las inversiones está encaminada a satisfacer las necesidades urgentes de producción y vida en esas zonas específicas. Hasta ahora se ha iniciado más del 80% de los 1.753 proyectos y 402 de ellos ya están en marcha. Con este programa se han construido 164 aulas para satisfacer las necesidades del nuevo año escolar. Por consiguiente, diversos sectores y organismos gubernamentales lo han considerado eficaz y la población local lo ha acogido con entusiasmo.

f)Decisión Nº 133/1998/QD-TTg del Primer Ministro de 23 de julio de 1998 por la que se aprueba el programa de apoyo a las zonas habitadas por minorías étnicas que afrontan dificultades especiales, también llamado Programa 133 (dentro del marco del Programa Nacional de Eliminación del Hambre y Reducción de la Pobreza). En los siete años de aplicación del programa (1992-1998), 40 minorías étnicas de 41 provincias han recibido apoyo por un importe total de 210.700 millones de dong. Este programa se ha centrado en la mejora del nivel de vida de los miembros de las minorías étnicas y en el apoyo al desarrollo de su producción agrícola mediante la construcción de diversos modelos de producción agroforestal, con lo que se ayudó a eliminar el hambre y a reducir la pobreza de la población de Quang Ninh, Nghe Tinh, Ha Tinh y An Giang. Muchas localidades han integrado también este programa con otros proyectos que se llevaban a cabo en sus zonas, con resultados muy favorables en provincias como Binh Thuan, Kien Giang, Tra Vinh, Bac Can, Thai Nguyen, etc.

g)Decisión Nº 727/TTg del Primer Ministro de fecha 9 de noviembre de 1995 por la que se aprueba el Plan general para la inversión en el desarrollo socioeconómico del distrito de Muong Te, provincia de Lai Chau, en el período comprendido entre 1996 y 2000. El objetivo de este proyecto es proporcionar a la población de esta zona nuevos sistemas de producción, reducir la pobreza y proteger los bosques para así mejorar progresivamente su vida económica, cultural y social, en especial la atención sanitaria, y crear así las condiciones necesarias para que su integración en el desarrollo general junto con otras comunidades étnicas. También se espera obtener con este proyecto una importante experiencia para la mejor orientación de programas similares en otros distritos. En el distrito de Muong Te se realizaron progresos considerables a raíz de la inversión inicial. La infraestructura ha mejorado claramente. Se ha construido una carretera entre Lai Chau y Muong Te y otras carreteras entre Muong Te y otros grupos de comunas, se han irrigado 400 ha de campos de arroz, de las 18 escuelas 17 se han construido en sólido, el 100% de las comunas dispone de clínicas, se han puesto en marcha 21 estaciones de suministro de agua, se han creado 2 transmisoras de radio y televisión, se ha terminado la casa de la cultura del distrito, con una capacidad de 250 asientos, y se han puesto a disposición de todas las comunas libros y periódicos. A fines de 1999, el proyecto había aumentado la cobertura forestal al 40,2%, lo que ayudó a las localidades a lograr el objetivo de 228 kilos de cereales per cápita; y la tasa de pobreza se redujo al 38,6%. El proyecto ha mejorado grandemente la vida de la población.

32.Política en materia de asistencia sanitaria. Las enfermedades y epidemias siguen siendo una amenaza constante para los miembros de las minorías étnicas, como consecuencia de sus precarias condiciones de vida, la alta tasa de pobreza, el bajo nivel de conocimientos, la existencia de algunas enfermedades sociales no controladas y la falta de agua salubre en algunas zonas. Para resolver este problema numersosas políticas de asistencia sanitaria se han centrado en los habitantes de las zonas montañosas, con varios programas de control del paludismo, el bocio, la lepra y la tuberculosis. También es importante el Programa Ampliado de Vacunación. El programa de fortalecimiento de las redes de centros de salud básicos tiene como componentes esenciales la construcción y mejora de las clínicas de las comunas y distritos; el suministro de medicamentos esenciales; la formación de personal médico para las aldeas; la entrega de tarjetas de afiliación al seguro médico a los habitantes de las comunas montañosas, lo que les da derecho a un descuento del 20% de los honorarios médicos en cualquier centro de salud local.

33.En conclusión, todos los programas y políticas mencionados se han aplicado de forma sincronizada y centrada en sus objetivos originales. Ha tenido pues una eficiencia socioeconómica y ha permitido cambios socioeconómicos alentadores en las regiones montañosas y habitadas por minorías étnicas.

C. Artículo 3 - Política contra el apartheid y la segregación racial de Viet Nam

34.Viet Nam está profundamente convencido de que la discriminación basada en la ascendencia, la raza, el color de la piel y el origen étnico ha sido un importante obstáculo para la relación amistosa y pacífica entre las naciones. También constituye una de las razones que provoca guerras e inestabilidad en muchos lugares del mundo. Viet Nam ha aplicado y seguirá aplicando una política exterior de paz y amistad con todos los países del mundo. Viet Nam condena el apartheid, la discriminación y la segregación racial, así como todas las formas de discriminación racial, incluida la xenofobia, independientemente de donde se produzcan. Viet Nam es Parte en la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid y apoya invariablemente las resoluciones de las Naciones Unidas en las que se condena el apartheid y otras formas de discriminación racial. Le preocupan las crecientes manifestaciones de nuevas formas de racismo y discriminación racial, como el neofascismo, la xenofobia y la intolerancia racial. Por tanto, el Gobierno de Viet Nam apoya la celebración de una conferencia mundial contra el racismo en 2001.

D. Artículo 4 - Política y legislación referentes a los actos de discriminación racial

35.El artículo 5 de la Constitución de Viet Nam estipula que "El Estado prohíbe todos los actos de discriminación y división nacional".

36.El artículo 87 del Código Penal estipula que sembrar el odio, la discriminación y la división nacional, así como violar la igualdad de derechos de los distintos grupos étnicos de Viet Nam, son actos que socavan la política de solidaridad nacional y quien cometa dichos actos se expone a una condena de 5 a 15 años de prisión.

37.El párrafo 2 del artículo 10 de la Ley de prensa (28 de diciembre de 1989) prohíbe los actos de incitación a la violencia, la guerra de agresión y la siembra del odio entre las naciones y los pueblos. Por tanto, todos los actos de propagación de la discriminación nacional, de incitación al odio entre las naciones y de violencia contra las personas o grupos de personas de otras razas o de grupos minoritarios son punibles en virtud de la legislación de Viet Nam.

E. Artículo 5 - El derecho a la igualdad ante la ley

1.Artículo 5 a) - El derecho a la igualdad de trato en los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia

38.El derecho de todos los ciudadanos vietnamitas a la igualdad ante la ley -sin distinción de sexo, origen étnico, lengua, religión, condición social, origen familiar, residencia, etc.- está estipulado en el artículo 52 de la Constitución de 1992, que establece que "todos los ciudadanos son iguales ante la ley". Esta norma constitucional se detalla en términos concretos en todos los instrumentos jurídicos de Viet Nam relativos a todos los aspectos de nuestra vida política, económica, cultural y social.

39.El artículo 8 de la Ley sobre la organización de los tribunales populares (6 de octubre de 1992) estipula que los tribunales parten del principio de la igualdad de los ciudadanos ante la ley, sin distinción alguna por motivos de origen étnico, sexo, convicción y creencias, religión o condición social.

40.El artículo 4 del Código de Enjuiciamiento Penal estipula que el enjuiciamiento penal parte del principio de que todos los ciudadanos son iguales ante la ley sin distinción alguna por sexo, origen étnico, convicción y creencias, religión o condición social. Toda persona que cometa un delito será castigada de conformidad con la ley. El artículo 21 del Código garantiza también la igualdad en cuanto al derecho a expresarse en la propia lengua en los procesos penales y añade que quienes dirigen o participan en un proceso penal tienen derecho a utilizar su lengua materna de palabra y por escrito.

41.En cuanto a los derechos laborales, el artículo 5 de la Ordenanza sobre la solución de los conflictos laborales (11 de abril de 1996) estipula que en el procedimiento de solución de los conflictos laborales todas las partes tienen iguales derechos y obligaciones. El artículo 6 de la Ordenanza sobre los procedimientos de solución de los conflictos económicos también estipula que en el procedimiento de solución de los conflictos económicos todas las partes tienen iguales derechos y obligaciones.

42.La Ley sobre la presentación de reclamaciones y denuncias estipula que los ciudadanos tienen derecho a presentar reclamaciones ante los órganos y organizaciones estatales competentes y otras personas competentes y a denunciar los actos ilícitos cometidos por cualquier organización o persona que cause o pueda causar detrimento a los intereses del Estado y a los derechos o intereses legítimos de otros órganos, organizaciones o personas (art. 1). La ley también estipula que se sancionarán todos los actos que violen la igualdad de derechos de todos los ciudadanos ante los tribunales y los demás órganos judiciales. El juez del Tribunal Supremo Popular, el Fiscal General, el Ministro de Justicia y quienes encabezan los demás órganos pertinentes deben responder en la Asamblea Nacional a las preguntas de los diputados acerca de la tramitación de los casos que han sido objeto de reclamaciones y denuncias de los ciudadanos.

2.Artículo 5 b) - El derecho a la inviolabilidad de la persona

43.El derecho a la inviolabilidad de la persona sin distinción de sexo, edad, origen étnico o religión está previsto en el artículo 71 de la Constitución vietnamita de 1992, que estipula que "los ciudadanos tienen derecho a la inviolabilidad de la persona y a la protección legal de su vida, salud, honor, y dignidad. De no mediar una orden de un tribunal popular o un mandamiento del Ministerio Fiscal, nadie puede ser detenido, salvo que sea sorprendido en el momento de cometer un delito. El arresto y la detención de las personas deben efectuarse con arreglo a la ley. Quedan estrictamente prohibidas todas las formas de coerción, humillación o violación del honor y la dignidad humana de los ciudadanos".

44.El artículo 5 de la Ley de enjuiciamiento criminal garantiza el derecho de los ciudadanos a la inviolabilidad de la persona: nadie será detenido de no mediar una decisión de un tribunal o una decisión aprobada por el Ministerio Fiscal. El arresto y la detención de una persona deben llevarse a cabo según lo dispuesto en la presente ley. Están estrictamente prohibidos los actos de coerción o tortura. El artículo 6 de la ley estipula que cualquier acto que ponga en peligro la vida, la salud, la propiedad, el honor y la dignidad de los ciudadanos será severamente castigado por la ley.

45.El nuevo Código Penal ha agravado particularmente las sanciones por violación del procedimiento judicial (cap. XII), con penas específicas por la inculpación de inocentes (art. 293), por la imposición de castigos corporales (art. 299) y por abuso de cargo y de poder para detener a una persona en contravención de la ley (art. 303).

46.En la práctica, para garantizar el cumplimiento efectivo del nuevo Código Penal (en vigor desde el 1º de julio de 2000), se ha exigido a todos los órganos estatales interesados que impartan formación a su personal para que puedan seguir correctamente los procedimientos contra la violación de la seguridad personal o para prevenir actos violentos. Este es uno de los aspectos que en los últimos tiempos ha sido especialmente objeto de la atención de los órganos estatales, las organizaciones sociales y los ciudadanos.

3.Artículo 5 c) - Los derechos políticos

47.Los derechos políticos, especialmente el derecho a elegir y ser elegido y a participar en la administración de los asuntos del Estado y en el Gobierno están garantizados en la Constitución de 1992, cuyo artículo 53 estipula que "el ciudadano tiene derecho a participar en la administración del Estado y la organización de la sociedad, en los debates sobre los problemas del país y la región, a presentar peticiones a los órganos del Estado y a votar en los referendos organizados por el Estado".

48.El artículo 54 del mismo documento estipula además que "los ciudadanos, con independencia de su origen étnico, sexo, extracción social, religión, grado de instrucción, profesión y tiempo de residencia, tienen derecho a participar en las elecciones cuando hayan cumplido los 18 años y a ser elegidos a la Asamblea Nacional y a los consejos populares cuando hayan cumplido los 21 años, conforme a lo dispuesto en la ley". "Las elecciones a la Asamblea Nacional y a los consejos populares se fundan en los principios del sufragio universal, la igualdad y el voto directo y secreto" (art. 7).

49.En la Asamblea Nacional, órgano legislativo supremo que refleja el derecho colectivo del pueblo, hay un porcentaje relativamente alto de diputados que representan a grupos étnicos y ocupan puestos importantes. El artículo 9 de la Ley sobre la elección de los diputados a la Asamblea Nacional estipula que el Comité Permanente de la Asamblea Nacional determina el número de diputados de las minorías étnicas en cada legislatura a fin de garantizar la representación adecuada de esas minorías. De los 450 diputados de la décima Asamblea Nacional (legislatura de 1997 a 2002), 78 pertenecen a minorías, lo que equivale a un 15,6%. El Presidente de la Asamblea Nacional pertenece al grupo étnico tai. Además, algunos diputados pertenecientes a minorías étnicas son nombrados presidentes de ciertos comités de la Asamblea Nacional. A nivel local, es también alto el porcentaje de miembros de los consejos populares que pertenecen a minorías étnicas. Durante la décima Asamblea General, su Presidente, el Comité Permanente y otras comisiones de la Asamblea Nacional celebraron numerosas reuniones con los diputados de minorías étnicas para debatir y solucionar sus problemas. De los 1,4 millones de funcionarios del país, una gran parte pertenece a grupos minoritarios. Se conceden condiciones favorables a los funcionarios pertenecientes a minorías en materia de formación, nombramiento y contratación.

4.Artículo 5 d) - Otros derechos civiles

a)Incisos i) y ii)

50.El derecho a circular libremente y a residir en el país y a viajar libremente al extranjero y volver al país está previsto en el artículo 68 de la Constitución de 1992: "Los ciudadanos gozan del derecho a circular libremente y a residir en el país; pueden viajar libremente al extranjero y volver al país conforme a lo dispuesto en la ley".

51.Los ciudadanos tienen derecho a disfrutar de condiciones favorables para el intercambio civil sin discriminación alguna por motivos de raza, religión y lengua.

52.El Gobierno también ha promulgado numerosas normas que prevén condiciones favorables de entrada y salida de los ciudadanos y tienen por objeto garantizar el derecho a circular libremente y a residir en Viet Nam, por ejemplo la Decisión Nº 210/QD‑TTg de 27 de octubre de 1999 sobre la política aplicable a los vietnamitas residentes en el extranjero. En virtud de esta decisión, los ciudadanos vietnamitas que no hayan infringido la ley podrán obtener pasaporte para ir al extranjero a trabajar, estudiar, hacer turismo e instalarse, y con su pasaporte vietnamita en regla no necesitarán visado de entrada cada vez que vuelvan a Viet Nam.

b)Inciso iii)

53.El derecho a la nacionalidad, un derecho civil importantísimo de la persona, está confirmado en todas las constituciones de Viet Nam (1946, 1959, 1980 y 1992) y ha sido institucionalizado en diferentes leyes y reglamentos estatales. Inmediatamente después de obtener la independencia en septiembre de 1945, el Estado promulgó la Ordenanza Nº 53/SL de fecha 20 de octubre de 1945 sobre la nacionalidad vietnamita. En 1988, Viet Nam promulgó la nueva Ley de nacionalidad que luego fue enmendada en 1998, en la que se establece el derecho de toda persona a tener una nacionalidad, independientemente de su raza y su sexo.

54.Según el artículo 1 de Ley de nacionalidad de 1998, en la República Socialista de Viet Nam toda persona tiene derecho a la nacionalidad vietnamita. La República Socialista de Viet Nam es un Estado unificado de todos los nacionales que viven en su territorio. Los miembros de todos los grupos étnicos tienen nacionalidad vietnamita. El artículo 8 de la ley establece claramente que el Estado de la República Socialista de Viet Nam crea condiciones favorables para que se conceda nacionalidad vietnamita, conforme a dicha ley, a todo niño nacido en territorio vietnamita y a toda persona apátrida que resida en Viet Nam. El matrimonio, el divorcio o la anulación de un matrimonio ilegítimo entre un ciudadano vietnamita y un extranjero o apátrida no altera la nacionalidad de la persona vietnamita en cuestión ni la de sus hijos y nietos (art. 9).

55.Conforme a esta ley, todo hijo de padres con ciudadanía vietnamita tendrá la nacionalidad vietnamita haya o no haya nacido en el territorio de Viet Nam (art. 16). Todo niño con un progenitor vietnamita y otro apátrida, o de madre vietnamita y padre desconocido, tendrá nacionalidad vietnamita. Todo niño abandonado o hallado en territorio vietnamita tendrá esta nacionalidad (art. 19).

c)Inciso iv)

56.La libertad de contraer matrimonio y de elegir su cónyuge se afirma en el artículo 64 de la Constitución de 1992: "El Estado protege el matrimonio y la familia. El matrimonio se fundará en los principios del libre consentimiento, la concepción moderna del matrimonio, la monogamia y la igualdad entre marido y mujer".

57.Para concretar este principio y basándose en las Leyes de 1959 y 1986 sobre el matrimonio y la familia, en su séptimo período de sesiones la Asamblea Nacional (décima legislatura) aprobó en junio de 2000 la Ley enmendada sobre el matrimonio y la familia (en adelante la Ley de 2000 sobre el matrimonio y la familia,), en cuyo artículo 2 se dispone que la ley debe respetar y proteger el matrimonio entre ciudadanos vietnamitas de diferentes orígenes grupos y religiosos, entre creyentes y no creyentes y entre ciudadanos vietnamitas y extranjeros. Naturalmente, la legislación vietnamita prohíbe la discriminación en el matrimonio y las relaciones familiares entre las distintas nacionalidades de Viet Nam y entre ciudadanos vietnamitas y extranjeros. Estas disposiciones proporcionan una base jurídica para que toda persona capacitada tenga igualdad de oportunidades para ejercer su derecho al matrimonio y a elegir a su cónyuge, independientemente de su raza o religión.

58.El artículo 9 de esta ley estipula que el matrimonio es decidido el hombre y la mujer por el principio del libre consentimiento; nadie puede forzar ni engañar a otros; nadie puede obligar a dos personas a casar ni impedírselo.

d)Inciso v) y vi)

59.Conforme al artículo 58 de la Constitución, los ciudadanos tienen derecho a la propiedad de sus ingresos legítimos, ahorros, vivienda, efectos personales, medios de producción, fondos y otro activo en empresas u otros establecimientos económicos. El Estado protege el derecho de los ciudadanos a la propiedad legítima y a la herencia, independientemente de su sexo, origen étnico, religión y condición social.

60.El artículo 175 del Código Civil reitera que el derecho a la propiedad de las personas físicas, las personas jurídicas y otros sujetos de derecho está reconocido y protegido por la ley. No se puede impedir ilegalmente a nadie que posea bienes privarle de ellos. La ley ampara la propiedad pública, privada o conjunta (en las relaciones matrimoniales) de los ciudadanos vietnamitas.

61.En cuanto al derecho a heredar, el artículo 365 del Código Civil estipula que todas las personas son iguales en el ejercicio del derecho a dejar su propiedad en herencia y a heredar propiedades por testamento o de conformidad con la ley. Todos tienen derecho a hacer testamento para decidir el destino de sus bienes, a dejarlos en herencia y a heredar por testamento de conformidad con la ley (art. 634).

e)Incisos vii) y viii)

62.El artículo 69 de la Constitución de 1992 estipula que "el ciudadano gozará libertad de opinión y expresión, prensa e información y de la libertad de reunirse, formar asociaciones y celebrar manifestaciones según lo dispuesto en la ley".

63.El artículo 70 de la Constitución de 1992 establece además que: "el ciudadano tiene derecho a la libertad de creencia y de religión y a practicar o no una religión. Todas las religiones son iguales ante la ley. Los lugares de culto de todas las creencias y religiones están protegidos por la ley. Nadie puede violar la libertad de creencia y de religión; nadie puede utilizar indebidamente las creencias y religiones para contravenir las leyes y políticas del Estado".

64.El artículo 129 del Código Penal estipula además que quien actúe de tal modo que impida a los ciudadanos ejercer sus derechos de reunión y asociación en interés del Estado y del pueblo, su derecho a la libertad de creencia o religión y el derecho a practicar una religión o a no practicar ninguna, será sancionado con una multa o con pena de prisión de tres meses a un año. Se podrá prohibir a quienes sean declarados culpables que ocupen ciertos puestos o cargos entre uno y cinco años.

65.El Estado de Viet Nam propugna una política sistemática de respeto de la libertad de religión. En Viet Nam coexisten pacíficamente muchas religiones y no hay conflictos religiosos. Todas las religiones reciben el mismo trato. En los últimos 20 años, el número de fieles ha aumentado constantemente, el número de católicos se ha duplicado y el número de personas que acuden a la iglesia se ha multiplicado varias veces. En Viet Nam hay cerca de 20 millones de personas que practican una religión.

66.En los últimos años, fueron elegidos a la Asamblea Nacional y a los consejos populares de distintos niveles fieles de distintos orígenes étnicos que también se han hecho miembros del Frente Patriótico de Viet Nam y de otras muchas organizaciones populares.

f)Inciso ix)

67.En el artículo 69 de la Constitución de 1992 se prevé que "los ciudadanos gozarán… del derecho a reunirse, a constituir asociaciones y a participar en manifestaciones según lo dispuesto en la ley". Este derecho constitucional se ha concretizado en otros varios instrumentos jurídicos. En el artículo 1 de la Ley sobre los sindicatos de 1990 se estipula que todos quienes trabajen en establecimientos comerciales e industriales de los diferentes sectores económicos, en empresas con inversiones extranjeras, en los servicios especializados del Gobierno, en los órganos estatales y en las organizaciones sociales tienen derecho a constituir sindicatos y a sindicarse conforme a lo dispuesto en la Ley de organización del trabajo de Viet Nam.

68.El Estado crea condiciones favorables para el ejercicio de este derecho en interés propio y prohíbe estrictamente toda violación de este derecho de sus ciudadanos. En el artículo 129 del Código Penal se prevé que toda persona que impida a los ciudadanos ejercer el derecho a la libertad de reunión y asociación en interés del Estado y del pueblo podrá ser castigado con una pena de cárcel de hasta 5 años.

5.Artículo 5 e) - Derechos económicos, sociales y culturales

a)Inciso i)

69.En la Constitución de 1992 se establecen el derecho al trabajo, la libertad de elegir un trabajo que corresponda a las aptitudes del trabajador, el derecho a unas condiciones favorables e iguales de trabajo, la protección contra el desempleo, e igual salario por trabajo igual, sin distinción de sexo u origen étnico. En el artículo 55 de la Constitución se reafirma: "El trabajo es a la vez un derecho y un deber del ciudadano y el Estado y la sociedad adoptarán las medidas pertinentes para crear mayores oportunidades de empleo para los trabajadores".

70.El artículo 56 de la Constitución de 1992 contiene las políticas en esta materia: "El Estado instituirá los regímenes y políticas para garantizar la seguridad de los trabajadores. El Estado fijará la jornada laboral y los baremos salariales, las vacaciones y la seguridad social para los funcionarios del Estado y los asalariados. El Estado alienta y promueve el establecimiento de otras formas de seguridad social en beneficio de los trabajadores".

71.De conformidad con el artículo 63 de la Constitución de 1992: "Hombres y mujeres recibirán igual remuneración por igual trabajo. Las trabajadoras gozarán de un régimen especial en relación con la maternidad. Las empleadas del Estado y las asalariadas dispondrán de vacaciones pagadas prenatales y posnatales y percibirán íntegramente sus sueldos y emolumentos de conformidad con la ley".

72.Viet Nam se ha adherido a varios convenios de la OIT, entre otros el Convenio Nº 100 relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.

73.En el artículo 45 del Código Civil se prevé que el trabajo es un derecho. Todos tienen derecho a trabajar y a elegir libremente un trabajo o empleo sin discriminación por razón de sexo, origen étnico, condición social, creencias o religión. En el artículo 20 del mismo Código se reafirma que todo ciudadano tiene la libertad de elegir un empleo y el lugar donde recibirá la formación profesional que exija su trabajo.

74.En sus políticas laborales, el Estado da trato preferente a los trabajadores de regiones distantes y de zonas geográfica y económicamente desfavorecidas; los empleados y el personal médico de las comunas, los distritos y los municipios, los maestros y el alto personal de educación en zonas de montaña perciben salarios y primas extraordinarias.

75.También se prevé en el artículo 227 del Código Penal que quien viole las normas sobre seguridad del trabajo, saneamiento y seguridad en zonas densamente pobladas y ponga así en peligro la salud o la vida de terceros o cause daños a la propiedad ajena será condenado a una pena de cárcel de 6 meses a 5 años. Si el interesado está personalmente a cargo de la seguridad del trabajo, el saneamiento y la seguridad en zonas densamente pobladas o si las consecuencias son graves, la pena de cárcel podrá ascender a 12 años.

76.De conformidad con el artículo 228 del Código Penal, quien utilice a niños para trabajos pesados o peligrosos o que exijan el contacto con sustancias tóxicas será condenado a una pena de cárcel de hasta 2 años y, en caso de consecuencias graves o si el número de niños empleados en esa clase de trabajo es elevado, se impondrá al culpable una pena de hasta 7 años de cárcel y una multa adicional de hasta 20 millones de dong.

b)Inciso ii)

77.El derecho a fundar un sindicato tiene su origen en el derecho de asociación previsto en la ley, sobre la base del artículo 69 de la Constitución de 1992. En el artículo 1 de la Ley sobre los sindicatos se prevé que todos quienes trabajen en establecimientos comerciales e industriales de los diferentes sectores económicos, en empresas con inversiones extranjeras, en los servicios especializados del Gobierno, en los órganos estatales y en las organizaciones sociales tienen derecho a constituir sindicatos y a sindicarse conforme a lo dispuesto en la Ley de organización del trabajo de Viet Nam.

78.En el artículo 7 (párr. 2) del Código del Trabajo se estipula que los empleados tienen derecho a fundar y a participar en la gestión de un sindicato y a sindicarse, de conformidad con la Ley sobre los sindicatos, para proteger sus derechos e intereses legítimos". En el párrafo 3 del artículo 154 de la ley se establece que el empleador no discriminará a sus empleados porque hayan fundado o participado en la gestión de un sindicato o se hayan sindicado ni perturbarán la organización o el funcionamiento de un sindicato con medidas económicas o de otra índole.

79.En el artículo 129 del Código Penal se dice que quienes obstaculicen el ejercicio del derecho de asociación de los ciudadanos en interés del Estado o de otras personas será condenado a una pena de multa, amonestación, reeducación sin reclusión o reclusión de tres meses a un año. Ello comprende la obstrucción a la fundación de un sindicato o a la afiliación al mismo.

80.En Vietnam, los sindicatos desempeñan una importante función por cuanto protegen los intereses de los empleados, no sólo de las empresas estatales sino también de las empresas de propiedad privada y extranjeras, y permiten así una participación cada vez mayor de los empleados.

c)Inciso iii)

81.En el artículo 62 de la Constitución de 1992 se prevé que: "Los ciudadanos tienen derecho a construir viviendas de acuerdo con los reglamentos de ordenación urbana y la ley. Los intereses de los propietarios y de los inquilinos de las viviendas están protegidos por la ley". El Código Civil protege el derecho de los ciudadanos a la propiedad y al arriendo de viviendas. El Estado sigue una política de atribución de terrenos a los particulares para la construcción de viviendas habitables a largo plazo de conformidad con la ley. El Gobierno sigue políticas adaptadas a las condiciones de cada zona, pero da prioridad a las minorías étnicas y crea condiciones favorables a ellas.

d)Inciso iv)

82.Conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución de 1992: "El ciudadano tiene derecho a disfrutar de un sistema de protección de la salud. El Estado establecerá la escala de precios de la asistencia hospitalaria y determinará en qué casos se suprimirán esas tasas o se las reducirá. El ciudadano tiene el deber de cumplir todas las normas sobre prevención de enfermedades e higiene pública. Está estrictamente prohibido producir, transportar, vender o comprar, almacenar y utilizar ilegalmente opio y otros estupefacientes. El Estado dictará normas relativas al tratamiento obligatorio de la toxicomanía y al tratamiento de enfermedades socialmente peligrosas".

83.El artículo 23 de la Ley sobre la protección de la salud del pueblo establece que toda persona que padezca alguna dolencia o enfermedad o sufra un accidente será sometida a examen médico y recibirá el tratamiento correspondiente en centros medicosanitarios de la localidad en que resida, trabaje o estudie. Los pacientes pueden elegir el médico y el establecimiento médico sanitario. En esta ley (arts. 41 y 42) se da también prioridad para el examen y el tratamiento médicos a las personas de edad, los inválidos de guerra, los militares, los discapacitados y los miembros de minorías étnicas.

84.Pese a las limitaciones presupuestarias, el Gobierno ha puesto gran empeño en consignar créditos adecuados para los sistemas de salud pública y seguridad social con objeto de proteger la salud de la colectividad. Se ha mejorado el sistema hospitalario gracias a médicos más calificados. Hasta la fecha, más del 90% de la población tiene acceso a los servicios de asistencia sanitaria. A fines del año 2000 todas las aldeas o comunas dispondrán de un centro médico. Se ha creado en las principales ciudades un sistema para el tratamiento médico de los toxicómanos. En 1999 se estableció el departamento de seguridad alimentaria, que ha contribuido considerablemente a mejorar la higiene y la seguridad de los alimentos. Ello ha permitido garantizar mejor el derecho de los ciudadanos a la asistencia sanitaria y a la protección de la salud. Gracias a un programa nacional de apoyo a la medicina se han montado 2.800 centros médicos comunales y 166 hospitales de distrito. El Gobierno ha invertido también en la construcción de 1.500 centros médicos para las comunas distantes y desfavorecidas.

85.En los últimos años, el Gobierno ha seguido las oportunas políticas para ampliar la red de salud pública en las regiones donde habitan minorías étnicas. Se han ejecutado con éxito diferentes programas como el programa ampliado de vacunación infantil, la campaña para la utilización de la sal yodada, los rociamientos para combatir a los mosquitos, la prevención del paludismo, ejercicios semanales de salubridad del agua y el movimiento "verde y limpio".

86.En la directiva 525/TTg, emitida por el Primer Ministro el 2 de noviembre de 1993 se indicaba claramente que una de las tareas inmediatas en el sector de la salud y social era desalentar el cultivo de la amapola entre las minorías étnicas y organizar eficazmente las actividades de rehabilitación de toxicómanos. Para hacer frente al paludismo, el bocio y la disentería, cada provincia debe reexaminar su proceso de planificación y procurar eliminar fundamentalmente el paludismo y el bocio para el año 2000; consolidar las instalaciones medicosanitarias en las zonas distantes y de montaña; completar la construcción de centros de asistencia sanitaria en los distritos, reforzar el sistema de asistencia sanitaria en las comunas y aldeas y crear un número mayor de unidades médicas móviles.

e)Inciso v)

87.El Estado de Viet Nam ha considerado siempre la educación y la formación como el objetivo nacional prioritario. Ampliar el sistema de enseñanza para aumentar el grado de alfabetización del pueblo, desarrollar los recursos humanos y estimular los dones naturales son objetivos de importancia especial citados en la Constitución de 1992 (art. 35). El Estado sigue una política consistente en conceder prioridad al fomento de la enseñanza en las regiones montañosas y habitadas por minorías étnicas y en las zonas que tropiezan con dificultades especiales (art. 36).

88.Según el artículo 5 de la Ley de educación, el Estado ayuda a las minorías étnicas a estudiar su lenguaje hablado y escrito.

89.En el artículo 6 de la ley se prevé que el Estado ha de velar por que se establezcan las condiciones necesarias para universalizar la enseñanza primaria en las zonas distantes, montañosas y habitadas por grupos étnicos y para obtener esta universalización de la enseñanza primaria en las nuevas zonas residenciales desde el momento de su establecimiento.

90.En el artículo 9 de la ley se estipula también que todos los ciudadanos, sin distinción de nacionalidad, religión, creencias, sexo, origen familiar o situación social o económica tienen derecho a gozar de iguales oportunidades en materia de educación. El Estado concede prioridad y crea condiciones favorables para que los niños y minorías étnicas, los que se hallan en situaciones sociales y económicas especialmente difíciles y los que tienen derecho a un tratamiento prioritario, los discapacitados y otros de la misma categoría puedan ejercer su derecho y cumplir su deber de estudiar.

91.El artículo 29 de la ley prevé también que el Estado conceda prioridad, en lo que respecta a la inversión de capital, a la construcción de escuelas, la dotación de instalaciones, la formación de maestros y la satisfacción de las necesidades educativas de los niños y de las minorías étnicas.

92.También se prevé en el artículo 78 de la ley que, en los exámenes para el ingreso en universidades y escuelas secundarias profesionales, el Estado favorece la selección y el ingreso de candidatos de regiones habitadas por minorías étnicas y de zonas donde existen dificultades económicas y sociales especiales con objeto de formar a sus propios empleados y personal de gestión.

93.En relación con la formación profesional, el artículo 20 de la Ley del trabajo dispone que todos los ciudadanos tienen derecho a elegir libremente su sector de actividad o empleo y el lugar donde desean recibir dicha formación. Las empresas, las organizaciones y los particulares que cumplan las condiciones previstas en la ley podrán crear un servicio propio de formación profesional.

94.Para superar la disparidad entre las distintas regiones del país, el Estado permite reducir el precio de la enseñanza y brinda ayuda en forma de material docente y de pensionados financiados por el Estado a los alumnos pertenecientes a minorías étnicas, así como ayuda material para los maestros en las zonas distantes y de montaña. Durante el último año, 700.000 trabajadores habían tenido ocasión de recibir distintos tipos de formación profesional.

95.Hay hasta la fecha cinco establecimientos de enseñanza secundaria para alumnos de regiones habitadas por minorías étnicas En el plano universitario, estos alumnos tienen derecho a que la duración de la escolaridad sea el 1,5 del promedio y gozan de prioridad para la contratación una vez obtenido el diploma.

96.En particular, el Estado ha creado diversos programas en los que se da prioridad a las minorías étnicas, como el programa de consolidación y desarrollo de la educación en las zonas distantes y de montaña, en las islas aisladas y en las zonas que tropiezan con numerosas dificultades; este programa estaba previsto para el período 1991-1995 y se prolongó a 2000. El programa tiene por objeto crear centros para la formación de personal directivo en las zonas donde habitan minorías étnicas y en las zonas subdesarrolladas desde el punto de vista educativo, para aumentar gradualmente el nivel de educación mediante la introducción de la enseñanza obligatoria hasta el tercer grado y, ante todo y sobre todo, la erradicación del analfabetismo de los jóvenes entre 15 y 25 años de edad. Hasta la fecha, el Gobierno ha invertido en los programas de educación más de 500.000 millones de dong con cargo al presupuesto del Estado. Los resultados obtenidos son:

a)Terminación de la campaña de erradicación del analfabetismo, que se llevó a cabo intensamente en los últimos años del decenio de 1990. Según las estadísticas, el analfabetismo se ha erradicado con éxito en casi todas las provincias de montaña.

b)Establecimiento de un sistema de pensionados para niños de minorías étnicas. El objeto es ofrecer alojamiento a esta clase de niños en los planos nacional, provincial y de distrito. En 1998 había ya en el país diez de estos pensionados nacionales, 40 provinciales y 170 de distrito. Actualmente estudian en estas escuelas con pensionado unos 60.000 niños pertenecientes a minorías étnicas. El número anual de graduados de la enseñanza secundaria inferior y superior es de 7.000 y 4.000, respectivamente. Ello constituye un importante recurso para la formación de personal directivo perteneciente a minorías étnicas en las universidades y otras instituciones docentes;

c)Ejecución del proyecto de entrega de libros de texto de enseñanza primaria para un programa de estudios de 120 ó 100 semanas en las zonas necesitadas y realización de un programa piloto de enseñanza en los idiomas de las minorías étnicas financiado por el UNICEF. Los alumnos que siguen este programa de estudios de 120 ó 100 semanas se hallan a menudo en situaciones extremadamente difíciles, por lo que se les entregan los libros de texto gratuitamente. La enseñanza en el idioma de la minoría étnica se destinaba inicialmente a las comunidades H'Mong, Ede, Gia rai y Bana. Se han preparado libros de texto en los cuatro idiomas Homing, Cham, Ba Na y Gia rai, que se han utilizado con carácter experimental en cinco escuelas de las provincias de Lao Cai, Gia Rai, Kon Tum y Ninh Thuan. Hasta la fecha han seguido este programa 1.000 alumnos.

f)Inciso vi)

97.Las leyes de Viet Nam garantizan el derecho de los ciudadanos a participar en pie de igualdad en la vida cultural del país, independientemente de la etnia que pertenezcan y de su religión e idioma. El Estado favorece el talento y la creatividad en la cultura y las artes y fomenta las actividades artísticas y literarias de la población.

98.El Estado prohíbe además las actividades que van en detrimento de la moralidad o de la personalidad y las excelentes tradiciones del pueblo vietnamita. Con objeto de aprovechar las posibilidades de intensificar el desarrollo socioeconómico en las zonas montañosas y habitadas por minorías étnicas y de reducir gradualmente la disparidad de nivel de vida y de distracciones culturales entre regiones, el Primer Ministro emitió el 3 de diciembre de 1998 la Directiva Nº 39/1998/CT-TTg relativa al reforzamiento de las actividades culturales y de comunicación en las zonas montañosas y habitadas por minorías étnicas. Esta Directiva tiene por finalidad aplicar la resolución del Quinto Pleno del Comité Central del Partido (Octavo Congreso) que versa sobre la creación y el fomento de una cultura vietnamita progresiva impregnada de la identidad nacional, la preservación y la promoción de la esencia cultural de las minorías étnicas; el mejoramiento y la ampliación de la información para las zonas montañosas y habitadas por esas minorías; la ejecución de programas de planificación y enseñanza; el establecimiento de políticas adecuadas para la formación de personal directivo que preste servicio en esas zonas; la incitación a escribir sobre cuestiones étnicas; la promoción del intercambio cultural entre minorías étnicas; y la preservación y promoción de los idiomas de esas minorías y de los correspondientes sistemas de escritura en las actividades culturales.

99.Para aplicar esta Directiva, el Ministerio de Cultura e Información y el Comité para los asuntos de las regiones montañosas y las minorías étnicas han elaborado un programa conjunto encaminado a preservar y desarrollar la cultura y la comunicación en las zonas montañosas y habitadas por minorías étnicas, que se llevará a cabo en el período 2000-2005. El programa tiene tres finalidades principales: preservar y promover la cultura tradicional de las distintas etnias (costumbres y prácticas relacionadas con las ceremonias nupciales, funerales y de culto, festivales culturales, trajes tradicionales, idiomas y sistemas de escritura propios) en todas las actividades culturales y de comunicación; promover las actividades culturales en las zonas montañosas y habitadas por minorías étnicas (crear un estilo de vida cultural, ofrecer una base material y más equipo para las actividades culturales y de comunicación en las zonas montañosas y habitadas por esas minorías, crear contingentes de personal directivo que participen en la cultura y en la comunicación y ampliar esos contingentes; proteger y restaurar las reliquias históricas y preservar los lugares pintorescos y el medio ambiente en las zonas montañosas y habitadas por minorías étnicas.

100.Para facilitar a las minorías étnicas el acceso a la información, siguiendo instrucciones el Primer Ministro, el Ministro Presidente del Comité para los Asuntos de las Regiones Montañosas y las Minorías Étnicas aprobó una decisión (Nº 86/1999/QD-UBDTMN de 7 de junio de 1999) relativa a la ejecución de un proyecto piloto que tiene por objeto la expedición gratuita de los diarios importantes a zonas de acceso sumamente difícil, distantes y aisladas. Gracias a esta decisión, se facilitan gratuitamente cinco diarios a 1.000 comunas de zonas distantes y aisladas: Countryside Today, publicado por la Asociación de Agricultores Vietnamitas; Vietnamese Agriculture, publicado por el Ministerio de Agricultura y Fomento Rural; The VAC Economics Journal, (edición para familias), publicado por la Asociación de Horticultores; Rural Culture Magazine, publicado por el Ministerio de Cultura e Información; y The Science and Life Journal, publicado por la Unión Vietnamita de Asociaciones Científicas y Tecnológicas. Cada comuna recibe un ejemplar de cada diario. Los resultados iniciales del proyecto han sido alentadores.

101.El Estado atribuye igual importancia a reforzar y modernizar la red de medios de comunicación social, mejorando la calidad y el contenido de sus programas para adaptarlos a los diferentes públicos y a las minorías étnicas y extendiendo esos programas a las zonas distantes y aisladas. En la decisión de Primer Ministro acerca del plan a largo plazo y del plan quinquenal 1996-2000 para el desarrollo socioeconómico de las provincias montañosas del norte de Viet Nam, se da prioridad a la comunicación y a la televisión con objeto de colmar la disparidad entre esas provincias y otras regiones del país. La tarea inmediata es extender la cobertura de radio y de televisión a las zonas montañosas, distantes y fronterizas. También se ha aumentado el tiempo que se dedica a los programas en idiomas de minorías étnicas y relativos al desarrollo socioeconómico de las respectivas localidades. Hasta la fecha, la cobertura de radio y televisión se extiende al 90% del territorio.

102.Recientemente se han desplegado esfuerzos especiales para aumentar la programación en idiomas y de minorías étnicas y para mejorar la calidad de los programas de las emisoras nacionales de radiodifusión y televisión con objeto de adaptarlos a las exigencias y a las tradiciones de esas minorías. Desde 1994, la radiodifusión de Viet Nam ha aumentado el tiempo que dedica a programas en los idiomas H'Mong, Ede, Bana, Gialai y Sedang. Desde 1997 se añaden temas a los programas transmitidos en los idiomas de las minorías étnicas para sensibilizar a éstas en cuestiones como el derecho, las técnicas de cultivo, la ganadería, la asistencia sanitaria, la educación de los hijos, etc. La radio difusora de Viet Nam transmite también un programa sobre el intercambio cultural entre las diferentes minorías étnicas del país para promover la comprensión mutua entre esas minorías, preservar la identidad nacional y las prácticas válidas de las diferentes minorías e incitarlas a que supriman las prácticas anticuadas e impropias.

6.Artículo 5 f) - El derecho a utilizar los medios de transporte público y los lugares

recreativos

103.Todos los ciudadanos de Viet Nam tienen derecho de acceso a los medios de transporte público y a los lugares de esparcimiento, tales como hoteles, restaurantes, cafés, teatros y parques, independientemente de su género u origen étnico, creencias, religión o condición social. El Gobierno también presta atención a la protección de los lugares pintorescos y las reliquias históricas, especialmente en aquellos lugares reconocidos como parte del patrimonio de la humanidad (la antigua capital de Hue, Ha Long Bay, o la antigua ciudadela de Hoi An), para atender las necesidades culturales del pueblo.

F. Artículo 6 - Protección, reparación e indemnización

104.El artículo 87 del Código Penal tipifica la instigación al odio, sí como la discriminación y la división étnica como delitos que socavan la igualdad de derechos de las minorías étnicas de Viet Nam y los considera delitos contra la política de solidaridad que practica el Estado. Dichos delitos son punibles con penas de prisión de entre 5 y 15 años.

105.El artículo 74 de la Constitución de 1992 establece que "todo ciudadano tiene derecho a presentar reclamaciones o denuncias ante la autoridad competente por cualquier acto ilícito cometido por órganos estatales, organizaciones económicas y sociales, unidades de las fuerzas armadas o particulares…. Se prohíbe estrictamente someter a represalias a cualquier persona que haya presentado reclamaciones o denuncias, así como abusar del derecho a presentarlas para difamar o causar perjuicio a otra persona".

106.El artículo 12 del Código Civil establece que la legislación observa y protege los derechos civiles de las personas físicas, las personas jurídicas y otros sujetos de derecho. Cuando se violan estos derechos, el ciudadano puede solicitar reparación a un tribunal o a la autoridad competente para que se reafirmen sus derechos civiles, se obligue al responsable a poner fin a la infracción, se exijan excusas públicas o medidas correctivas, se obligue al infractor a que cumpla sus deberes civiles o se resarzan los daños.

107.Asimismo, el artículo 263 del Código Civil establece que los propietarios y usufructuarios legítimos tienen derecho a pedir a los tribunales o la autoridad competente que se obligue a quienes violen el derecho de propiedad y usufructo a que devuelvan el bien en cuestión y a que cesen todo acto por el que se impida ilícitamente a otras personas el ejercicio del derecho de propiedad y usufructo, así como a exigir indemnización. El ejercicio de los derechos de propiedad y usufructo comprende el derecho de los propietarios y usufructuarios a solicitar de quienes cometan actos ilícitos el cese de éstos. Si dichos actos no cesan de manera voluntaria, se reconoce el derecho a pedir la intercesión de los tribunales o las autoridades competentes.

108.Con arreglo al artículo 624 del Código, las autoridades judiciales están obligadas a indemnizar los perjuicios que causen sus representantes como consecuencia de las investigaciones, el procesamiento, el juicio propiamente dicho o la ejecución de la sentencia. Asimismo, dichas autoridades deben obligar a todo aquel de sus representantes que haya causado perjuicios por errores en el desempeño de sus funciones a que indemnice a las víctimas con arreglo a la legislación vigente.

109.La Ordenanza sobre la solución de conflictos laborales establece que los trabajadores, los colectivos laborales y los empleadores tienen derecho, conforme a la legislación, a someter sus conflictos laborales a los tribunales al objeto de proteger sus derechos e intereses legítimos. El artículo 1 de dicha Ordenanza establece también que los ciudadanos y las personas jurídicas tienen derecho, de conformidad con la ley, a emprender acciones civiles para solicitar a los tribunales populares que se protejan sus derechos e intereses legítimos.

110.En el artículo 1 de la Ley sobre la presentación de reclamaciones y denuncias se subraya que los ciudadanos, los organismos y las organizaciones pueden presentar reclamaciones contra toda decisión de los órganos administrativos o sus representantes autorizados si existen pruebas de que dicha decisión es ilícita y viola sus derechos e intereses legítimos. Los ciudadanos pueden denunciar a todo órgano, organismo o particular que perjudique o amenace los intereses del Estado o los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, los órganos y las organizaciones.

111.Para garantizar la indemnización de las pérdidas o daños causados por los funcionarios del Estado, los representantes del Gobierno o el personal de cualquier órgano administrativo, el Gobierno publicó el decreto Nº 47/CP de 3 de mayo de 1997. Asimismo, el 30 de marzo de 1998, el Ministerio de Finanzas publicó la circular 38/TT-BCT, en la que se establecen directrices para el cálculo de las indemnizaciones.

112.La legislación y las normas en vigor garantizan los derechos e intereses legítimos de todos los ciudadanos de Viet Nam, sin discriminación por razón del género, el origen étnico, la religión, la situación familiar o la condición social. En caso de violación de dichos derechos e intereses, los ciudadanos pueden pedir a los tribunales o la autoridad competente que tomen las medidas necesarias y oportunas para su restablecimiento.

G. Artículo 7 - Educación acerca de la eliminación de la discriminación racial y étnica

y el fomento de la comprensión y la solidaridad entre las naciones.

113.En Viet Nam la educación acerca de la eliminación de la discriminación racial y étnica y el fomento de la comprensión y la solidaridad entre las naciones se imparte principalmente mediante las medidas siguientes:

a)Educación jurídica, especialmente en lo que concierne a instrumentos jurídicos fundamentales como la Constitución, el Código Penal, el Código Laboral y las Leyes de educación y prensa, tanto en el seno de la sociedad como en las escuelas primarias y secundarias, así como en las universidades. Como ya se ha indicado, muchas de estas disposiciones legales sientan las bases para el conocimiento de la política de igualdad, solidaridad y asistencia mutua entre las etnias y la prohibición de la división y la discriminación étnica.

b)Inclusión en los programas escolares de enseñanza primaria y secundaria de conocimientos apropiados acerca de las obras literarias, el entorno natural y las bellas artes de las etnias de las regiones montañosas. Las asignaturas de contenido social han contribuido a que los alumnos cobren mayor conciencia de la vida cultural, social y económica de los distintos grupos étnicos y fomentan el espíritu de solidaridad y asistencia con respecto de los pueblos que habitan en zonas desfavorecidas. El Museo de Etnología, construido a mediados del decenio de 1990, organiza visitas para los ciudadanos, en especial en edad escolar, que llegan de todos los rincones del país para conocer mejor la historia, la vida y la cultura de los diversos grupos étnicos que viven en Viet Nam.

c)La divulgación cotidiana, por medio de la literatura y la enseñanza, de diversos temas que guardan relación con la lucha contra todas las formas de discriminación racial. Con frecuencia se tratan cuestiones como el apartheid, la discriminación por el color de la piel, la xenofobia y la aparición del neofascismo.

d)Los medios de información, en particular la prensa, la radio y la televisión, dedican más espacio y contenido a fomentar la sensibilidad pública y la solidaridad entre los pueblos de Viet Nam, así como a divulgar las leyes y políticas estatales contra la discriminación racial y la división étnica (reseñadas en mayor detalle en los comentarios sobre el artículo 5).

e)Se ha editado un gran número de publicaciones sobre la vida social y cultural y las costumbres de diversas minorías étnicas y se han organizado periódicamente intercambios y festivales culturales para fomentar una mayor sensibilización.

114.La Asamblea Nacional organiza audiencias periódicas para conocer los comentarios y las opiniones de los jefes de aldea que representan a las minorías étnicas de las zonas altas sobre las políticas del Estado y su aplicación.

CONCLUSIONES

115.El tercer informe periódico de Viet Nam sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, preparado con arreglo a las directrices formuladas por el Comité (CERD/C/70/Rev.4), constituye la continuación del segundo informe periódico de Viet Nam. El presente informe tiene por objeto reseñar minuciosamente las leyes y medidas políticas que aplica el Gobierno desde 1930 para cumplir sus obligaciones en virtud de la Convención.

116.Las políticas y medidas adoptadas por el Estado en los últimos años con respecto de los grupos étnicos, en particular aquellos que habitan en las zonas más desfavorecidas, han aportado progresos considerables. En el último decenio se han logrado avances significativos y constantes en el desarrollo sociocultural de las minorías étnicas y los habitantes de las zonas montañosas. Asimismo, ha habido un mejoramiento espectacular y constante en la esfera cultural, material y espiritual del pueblo. Se han registrado progresos parciales en la construcción de la infraestructura (transportes, escuelas, estaciones de bombeo, electricidad, prensa, etc). Un número creciente de representantes de minorías étnicas son elegidos para altos cargos y desempeñan una función en la Asamblea Nacional y en otros órganos estatales clave. El Estado ha aplicado fielmente su política de igualdad, solidaridad y asistencia mutua entre las distintas minorías étnicas y ha prohibido estrictamente la discriminación racial. A resultas de ello, esas minorías han mostrado confianza en las políticas y directrices del Estado, lo que ha permitido a Viet Nam superar las dificultades causadas por la guerra, así como las surgidas como consecuencia del desarrollo socioeconómico del país.

117.A pesar de estos logros, la vida social y económica de las minorías étnicas sigue tropezando con muchas necesidades que exigen soluciones urgentes. Dichas dificultades se deben a la lenta tasa de crecimiento económico, la infraestructura deficiente, la alta tasa de pobreza y de natalidad y el deterioro del medio ambiente.

118.En cuanto al futuro, el Estado ha realizado estudios sobre el desarrollo socioeconómico de las regiones en que habitan las minorías étnicas y ha establecido objetivos en esta esfera, haciendo hincapié en la aceleración del desarrollo en cada una de estas regiones, la creación de industrias de transformación acordes con las materias primas disponibles, el aumento de inversiones intensivas para modernizar las instalaciones existentes y el fomento de las artesanías tradicionales y la pequeña industria. Se han fijado también otras tareas importantes y concretas como la ulterior modernización de las redes de transporte y riego, la intensificación del desarrollo urbano mediante la edificación de ciudades en zonas alejadas, la aceleración del establecimiento de centros de agrupación comunal que apoyen la producción, la creación de redes de asistencia sanitaria en las comunas y aldeas, la universalización de la enseñanza primaria y la erradicación del analfabetismo, la consolidación de las redes de internados y escuelas en régimen de media pensión para niños pertenecientes a etnias de todo el país desde el primer grado hasta la universidad, el fortalecimiento de la planificación educativa y la capacitación y empleo de personal directivo de origen étnico a todos los niveles.

119.En conclusión, Viet Nam reitera que está resueltamente decidido a rechazar todas las formas de discriminación racial, como la discriminación étnica, el apartheid y la xenofobia. El Estado y la legislación garantizan y protegen la igualdad entre las diferentes minorías que viven en el territorio de Viet Nam en todas las esferas, desde la política a la económica, cultural y social, y prohíbe estrictamente toda práctica de discriminación y de división por razones raciales o étnicas. Asimismo, el Estado sienta las bases para que las minorías étnicas puedan desarrollarse y mejorar su vida material y espiritual.

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