Distr.GENERAL

CAT/C/UKR/Q/5/Rev.126 de febrero de 2007

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ CONTRA LA TORTURA38º período de sesionesGinebra, 30 de abril a 18 de mayo de 2007

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el quinto informe periódico de Ucrania (CAT/C/81/Add.1)

Artículo 1

1.Según el informe del Estado Parte (párrs. 19 y 22), la definición de tortura que figura en el nuevo Código Penal (art. 127), que entró en vigor en septiembre de 2001, no está en conformidad con el artículo 1 de la Convención porque no tipifica como delitos los actos cometidos por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y otros funcionarios. Las otras disposiciones del Código Penal citadas en el informe (arts. 126, 365 y 373) tampoco incluyen algunos elementos de la definición de tortura contenida en la Convención. Sírvanse proporcionar la definición jurídica exacta de tortura en su legislación interna. ¿De qué manera es compatible con el artículo 1 de la Convención y cómo se aplica a los funcionarios públicos o a las personas que actúan en el ejercicio de funciones públicas? Sírvanse facilitar la jurisprudencia pertinente (párrafo 20 del informe) sobre las agresiones y demás actos de violencia cometidos por un funcionario público a fin de que el Comité pueda determinar si dicha jurisprudencia abarca adecuadamente el delito de tortura. ¿Se han incorporado en el Código Penal las modificaciones señaladas en el párrafo 84 del informe?

Artículo 2

2.Según la información de que dispone el Comité, suele negarse a los detenidos, incluidos los extranjeros, las garantías jurídicas básicas (el acceso a un abogado y a un médico y el derecho a informar a un familiar) desde el principio de su detención. De conformidad con

GE.07-40663 (S) 070307 140307

los informes presentados al Comité por diversas fuentes, existe información fundamentada de que las personas detenidas por la milicia [policía] son víctimas de torturas y malos tratos, en particular durante los interrogatorios, antes de que puedan ponerse en contacto con sus familiares o de que tengan acceso a un abogado o a atención médica. ¿Qué medidas se han adoptado para garantizar la plena aplicación del Código de Procedimiento Penal? ¿Qué pasos se han dado para armonizar el artículo 43 de ese Código con el artículo 106, a fin de aclarar el momento preciso en que se pueden ejercer esos derechos? ¿Qué medidas concretas se han adoptado para garantizar la notificación de cada detención a los familiares como se indica en el informe (párr. 71)?

3.Sírvanse explicar más en detalle las medidas que se hayan adoptado para prevenir las torturas y los malos tratos a las mujeres en los lugares de detención o reclusión. ¿Vela el Estado Parte por que no se produzcan actos de violencia sexual en las prisiones u otros lugares de detención o reclusión y, en caso afirmativo, con qué resultados? Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre el número de denuncias recibidas e investigadas y sobre las medidas adoptadas para sancionar o enjuiciar a los autores.

4.Téngase a bien proporcionar información sobre las medidas (jurídicas, administrativas y prácticas) adoptadas para impedir las novatadas (dedovshchina) en el ejército (párrafo 98 del informe), así como la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en las fuerzas armadas, infligidos por altos mandos u oficiales, o con su consentimiento, aquiescencia o aprobación, que causan graves daños físicos o mentales a las víctimas. ¿Se han tipificado esos actos como delitos? ¿Se ha creado una línea telefónica directa para las víctimas? ¿Velan las fuerzas armadas por que se realice una investigación "pronta e imparcial" de todas las denuncias de dedovshchina como medida de prevención con arreglo a la Convención? Sírvanse facilitar información sobre las denuncias, las investigaciones, los enjuiciamientos, el número de víctimas del ejército, los delitos cometidos, el lugar y los suicidios cometidos como consecuencia de esos actos. ¿Cuántos oficiales han debido rendir cuentas de sus actos, mediante procedimientos disciplinarios o penales, por no poner fin a esos malos tratos en las unidades que están bajo su mando?

5.En lo tocante al párrafo 31 del informe del Estado Parte, ¿por qué ley se rigen las actividades de las comisiones citadas y del funcionario mencionado en el párrafo 32? ¿Elaboran informes destinados a sus supervisores? ¿Cuáles son exactamente las "medidas y actividades" indicadas en el párrafo 33 para analizar las condiciones en las que se inflige la tortura e impedirla? En lo que respecta a las leyes por las que se crean subdivisiones especiales de capacitación en el sistema penitenciario (Decreto Nº 163, de 8 de septiembre de 2003, y Decreto Nº 167, de 10 de octubre de 2005), ¿se permite que cursillistas tengan acceso a los presos? En relación con el párrafo 65 del informe, ¿qué criterios se utilizan para dar incentivos de carrera a la policía? ¿Qué compensación monetaria se otorga o qué prima se deniega a los funcionarios agentes del orden sobre la base del trabajo realizado o de la falta de medidas disciplinarias?

6.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la legislación adoptada por el Estado Parte en 2001 (párrafos 188 y ss. del informe) para prevenir la violencia contra la mujer en el hogar, y sobre las medidas específicas adoptadas por el Estado Parte para impedir la violencia en el hogar e investigar los casos denunciados. El Comité agradecería recibir información estadística sobre los enjuiciamientos y condenas que han tenido lugar en virtud de esa legislación. Sírvanse facilitar también información sobre las medidas adoptadas para garantizar la aplicación efectiva de la legislación de lucha contra la trata de mujeres y niños con fines de explotación sexual, así como sobre los progresos realizados para brindar una protección más efectiva a las víctimas y garantizar el enjuiciamiento de quienes practican la trata, incluidos los casos de trata de seres humanos al parecer objeto de investigación, que exceden de 800.

Artículo 3

7.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las disposiciones de aplicación del artículo 3 de la Convención en el derecho nacional. ¿Cuáles son las autoridades competentes, las salvaguardias jurídicas y los procedimientos de apelación en vigor? ¿Tienen éstos efecto suspensivo con respecto a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado? Sírvanse indicar si esos recursos existen en la práctica. Sírvanse facilitar información acerca de las decisiones adoptadas sobre casos pertinentes al artículo 3 de la Convención y acerca de los criterios aplicados para adoptar esas decisiones.

8.El plazo para presentar una solicitud de asilo es muy corto, de tres o cinco días, según se trate de una entrada en el país lícita o no. Sírvanse explicar esa restricción jurídica, que puede dar lugar a la expulsión de un extranjero a un país en el que haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometido a tortura. ¿Qué medidas contempla adoptar el Estado Parte para determinar la obligación de no devolución que le incumbe en virtud de la Convención? Sírvanse proporcionar información detallada sobre el acceso de los solicitantes de asilo a un abogado y un intérprete. Respecto del párrafo 27 del informe, sírvanse citar leyes o directivas que garanticen a los refugiados o a quienes solicitan acogerse a esa condición el libre acceso a un abogado.

9.¿De qué garantías disfrutaron los cuatro nacionales uzbekos confrontados a la deportación a su país mencionados en los párrafos 50 a 57? Asimismo, según la información que obra en poder del Comité, en febrero de 2006 se denegó a 11 solicitantes de asilo uzbekos (algunos de ellos con la condición de refugiados) la posibilidad de recurrir la orden de deportación y se los devolvió a Uzbekistán, donde hay razones fundadas para creer que estarían en peligro de ser sometidos a tortura. ¿Por qué y cómo se detuvo a los uzbekos acusados de vagancia y no de delitos efectivamente relacionados con la detención de solicitantes de asilo? ¿Pudieron recurrir la decisión de deportación y presentar información sobre el riesgo de ser sometidos a tortura? Sírvanse explicar la compatibilidad de esas extradiciones con las obligaciones que incumben al Estado Parte en virtud de la Convención.

10.En lo que respecta a la expulsión de extranjeros por el personal de control de fronteras (párrafos 155, 156 y 161 del informe), ¿de qué medidas de recurso disponen los extranjeros? ¿Tiene la persona objeto de una solicitud de extradición derecho a apelar contra la decisión ante un tribunal u otro órgano? Sírvanse facilitar datos sobre esos recursos y sobre su resultado. Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre los solicitantes de asilo y sobre el resultado de sus solicitudes. ¿Qué criterios tiene en cuenta el Fiscal General para acceder a una solicitud de extradición? ¿Se tienen en cuenta los criterios indicados en el párrafo 2 del artículo 3 de la Convención? ¿Tienen derecho los tribunales o demás órganos oficiales a suspender la extradición hasta el examen del caso? ¿Pide el Estado Parte garantías antes de extraditar o devolver a personas a otro Estado? ¿Existe algún mecanismo para comprobar que se respeten esas garantías?

Artículo 4

11.Sírvanse facilitar información detallada sobre las disposiciones penales relativas a delitos como los actos de tortura en grado de tentativa y la comisión de actos de tortura o la orden de que se someta a alguien a tortura dada por una persona que ejerza un cargo de autoridad, así como sobre las penas exactas previstas para cualquiera de esos delitos, incluidas las medidas disciplinarias. Sírvanse proporcionar información sobre el número y la naturaleza de los casos en que se aplicaron esas disposiciones jurídicas, las penas impuestas o los motivos de la absolución.

12.En relación con los párrafos 19 y 20 del informe, ¿cuántos funcionarios públicos han sido condenados en el marco del artículo 127 por infligir torturas en el ejercicio de funciones oficiales durante el período comprendido entre 2001 y 2006? ¿Contiene la definición del delito de tortura todos los elementos enunciados en el artículo 1 de la Convención? ¿Existen otros artículos en el Código Penal que contengan estos elementos que configuran el delito de tortura? Sírvanse dar información concreta al respecto.

Artículo 5

13.Sírvanse indicar las medidas legislativas o de otra índole adoptadas para aplicar las disposiciones del artículo 5 de la Convención y si los actos de tortura se consideran delitos universales en el derecho nacional, independientemente del lugar en que se cometan y de la nacionalidad del autor o de la víctima.

Artículos 6, 7, 8 y 9

14.¿Cuál es el procedimiento aplicable cuando Ucrania deniega la extradición a otro país de una persona sospechosa de haber cometido actos previstos en la definición del artículo 1 de la Convención? ¿Qué organismo examina esos casos, y qué ley se aplica? ¿Se han registrado casos de esa naturaleza en la práctica de los organismos ucranios encargados de hacer cumplir la ley? Sírvanse dar información concreta al respecto.

Artículo 10

15.Sírvanse facilitar información detallada sobre los programas de formación destinados a las personas encargadas de las diferentes funciones enumeradas en el artículo 10 de la Convención y, en particular, sobre la formación impartida a los jueces, médicos forenses y profesionales médicos que se ocupan de personas sometidas a arresto o detención o a solicitantes de asilo y refugiados para detectar secuelas físicas y psicológicas de la tortura. En lo que respecta a la prevención de la tortura y de los malos tratos, ¿qué formación específica se ha impartido a la policía? ¿Se imparte una formación en la que se tengan en cuenta las cuestiones de género? ¿Cómo se vigila a los cursillistas? ¿Se ha iniciado alguna investigación penal para esclarecer la responsabilidad por el uso de la fuerza durante ejercicios especiales de entrenamiento los días 30 de mayo de 2001 y 29 de enero de 2002 en la Colonia Zamkovaya Nº 58? Sírvanse facilitar detalles.

16.¿Qué medidas se están adoptando para seleccionar candidaturas idóneas para puestos en los organismos encargados de velar por el cumplimiento de la ley, a fin de mejorar el nivel de las calificaciones y las condiciones de trabajo de ese personal? Sírvanse aclarar si el proceso de confirmación de las calificaciones de los funcionarios encargados de la aplicación de la ley ha sido modificado para reforzar la prohibición de la tortura, y de qué manera. Sírvanse asimismo proporcionar información que precise el número de agentes de policía y de otras fuerzas de orden público según el sexo, la nacionalidad u origen étnico y la edad.

Artículo 11

17.Sírvanse facilitar información sobre las normas, instrucciones y métodos de interrogatorio, así como sobre la inspección de las prisiones y de otros centros de detención, sobre la autoridad competente para recibir las quejas de los presos y sobre los procedimientos para tramitarlas. ¿Ha adoptado el Estado Parte alguna medida para establecer o designar un mecanismo nacional encargado de hacer visitas periódicas a los lugares de privación de la libertad con el fin de evitar la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de conformidad con el Protocolo Facultativo de la Convención? ¿Hay miembros de organizaciones no gubernamentales en los consejos de supervisión dependientes del Departamento Correccional del Estado?

18.En referencia al párrafo 30 del informe, ¿qué medidas prácticas se han adoptado para impedir la comisión de actos ilícitos contra detenidos, en particular su detención ilegal bajo el pretexto de la comisión de faltas administrativas; la negativa a facilitarles asistencia jurídica y médica calificadas o a informar a sus familiares acerca de su detención; o el uso de fuerza física o coacción psicológica? En relación con el párrafo 82 del informe, ¿se garantiza a la persona acusada de una infracción administrativa sancionable con 15 días de detención un juicio imparcial, incluido el derecho a la asistencia letrada, a convocar testigos e interrogarlos y a disponer del tiempo y los medios suficientes para preparar la defensa?

19.En relación con los párrafos 77 y 79 del informe: ¿Qué medidas se han adoptado para impedir que se presione a los detenidos a fin de que renuncien a los servicios de un abogado? ¿Qué medidas se han adoptado para ofrecer asistencia letrada a los indigentes? ¿De qué medios se dispone para proporcionar un abogado en las regiones sin colegios de abogados? ¿Existe un procedimiento para designar en un caso a un abogado que no esté colegiado? ¿Existe alguna limitación legal a la duración de un interrogatorio o alguna obligación de observar pausas en los interrogatorios?

20.¿De qué medios dispone un detenido para documentar las lesiones físicas sufridas durante su detención? ¿Qué medidas se están adoptando para garantizar el acceso a la atención médica y qué garantías se ofrecen de que el personal y las instituciones médicas de las cárceles son imparciales y están en condiciones de ayudar a las personas que alegan haber sufrido torturas a que se averigüen sus denuncias?

21.Con respecto al párrafo 136, ¿qué criterios se emplean para colocar a menores en celdas de detención? ¿Cuál es el organismo de tutela competente? ¿Tienen derecho a iniciar un procedimiento judicial contencioso para impugnar la legalidad de su detención en esas instalaciones?

22.En lo que respecta al párrafo 146, ¿en qué momento se inicia en la práctica el período de detención (de 72 horas) previsto en el artículo 29 de la Constitución? ¿Es ése un período de tiempo suficiente para preparar la defensa en un juicio sobre la detención o la puesta en libertad, convocar al tribunal y emitir un fallo?

Artículo 12

23.Sírvanse indicar si los datos facilitados sobre la acción penal prevista en el artículo 127 del Código Penal se refieren a las personas que actúan en el ejercicio de funciones públicas (párrafo 20 del informe). ¿Cuántas acciones penales contra agentes de orden público se incoaron en virtud de los artículos 126 y 127 del Código Penal? Sírvanse proporcionar información sobre el número de procesos que la Fiscalía ha iniciado de oficio. Sírvanse proporcionar información estadística sobre la investigación, el enjuiciamiento y la condena de personas que hayan actuado en el ejercicio de funciones públicas con arreglo a los artículos 365 y 373 del Código Penal (párrafos 22 y 23 del informe). Sírvanse asimismo proporcionar información o datos estadísticos desglosados por sexo, lugar y presunto delito, sobre las denuncias, las investigaciones, los enjuiciamientos y/o las condenas por malos tratos infligidos durante las investigaciones penales mencionadas en los párrafos 69 y ss. del informe. Sírvanse explicar si en los casos mencionados en los párrafos 46 y 47 del informe se impusieron a los autores sanciones penales o únicamente sanciones administrativas, en particular en el caso de extrema gravedad en el que un detenido falleció como consecuencia de los malos tratos.

24.Según la información de que dispone el Comité, funcionarios penitenciarios encapuchados han realizado registros en prisiones, golpeado a detenidos y confiscado documentación relativa a actuaciones judiciales en el SIZO N° 21 (centro de detención provisional). Sírvanse facilitar información sobre esa denuncia y sobre la investigación llevada a cabo.

25.Sírvanse facilitar información detallada sobre las investigaciones, los juicios y las condenas por casos de trata de seres humanos, así como sobre el programa global adoptado en junio de 2002 y sus resultados (párrs. 167 y ss.).

26.¿Qué medidas se adoptan para mantener el carácter confidencial de las denuncias de tortura presentadas ante las autoridades y para garantizar su pronta tramitación? En relación con los párrafos 115 y 116, ¿conforme a qué procedimiento se presentan las denuncias de tortura, el que prevé el artículo 97 del Código de Procedimiento Penal o el que dispone la Ley de apelación del ciudadano?

27.¿Elabora la Fiscalía informes de supervisión de su propio organismo, de la policía y de los centros de detención? ¿A quién les da traslado? ¿Tienen libremente acceso a esos informes representantes independientes de la sociedad civil? Sírvanse facilitar información adicional sobre la obligación existente de que los médicos que detecten indicios de torturas infligidas durante la instrucción del sumario los notifiquen a la policía y no a la Fiscalía, responsable de supervisar a la policía. ¿Qué medidas se adoptan para hacer frente al problema del conflicto de intereses que plantea el hecho de que la propia Fiscalía determine la legitimidad de sus propias investigaciones, que puede dar lugar a conclusiones que sirvan de base para acusar a sus propios empleados? ¿Existen instrucciones o reglamentos que indiquen al personal cómo debe actuar cuando recibe denuncias de tortura?

Artículo 13

28.Sírvanse explicar por qué no existe ningún método para obtener datos estadísticos sobre las denuncias y las investigaciones de los malos tratos infligidos en los centros de detención y las cárceles (párrafos 36 a 39 del informe). Sírvanse explicar por qué se considera que los malos tratos infligidos a los detenidos por agentes de orden público son meros "actos arbitrarios". Sírvanse explicar por qué se dispone de un plazo de 24 horas para presentar una denuncia de malos tratos (párrafo 107 del informe) y de qué manera es esa limitación compatible con el artículo 13 de la Convención.

29.Sírvanse facilitar información detallada sobre los programas, actividades, recursos y resultados de la Oficina del Ombudsman. Sírvanse proporcionar alguna información sobre las denuncias de torturas presentadas por los ciudadanos ante esa Oficina, su número, su naturaleza, el lugar, además de la edad, el sexo, la nacionalidad o el origen étnico del denunciante. En relación con el párrafo 202 del informe, ¿se ha aprobado alguna ley que permita a los miembros del ejército presentar denuncias confidenciales al Ombudsman? Sírvanse facilitar información detallada sobre el procedimiento interno mencionado en los párrafos 31 y 32 del informe y sobre sus resultados.

Artículo 14

30.El Comité observa que desde 2002 se han recibido más de 1.400 denuncias presentadas por detenidos (párrafos 40 y ss. del informe), sin que hasta la fecha se haya pronunciado ninguna condena ni, por ende, indemnizado a ninguna víctima. Sírvanse exponer los motivos que den cuenta de ello. Sírvanse proporcionar información sobre los procedimientos vigentes para obtener la rehabilitación y la indemnización de las víctimas de tortura y sus familias, e indicar si los extranjeros también pueden apelar a dichos procedimientos. ¿Qué programas de rehabilitación existen para las víctimas de tortura?

Artículo 15

31.¿Cómo se aplica en el Estado Parte la disposición del artículo 15 de la Convención por la que se prohíbe invocar toda declaración que haya sido obtenida mediante tortura como prueba en algún procedimiento, salvo en contra de una persona acusada de tortura? Téngase a bien proporcionar algún ejemplo de causas judiciales en que los tribunales hayan desestimado declaraciones por haberse obtenido mediante coacción. Según el informe (párr. 100), los jueces siguen recurriendo más a la prisión preventiva que a medidas alternativas a la detención. Sírvanse explicar el gran número de confesiones de culpabilidad y de declaraciones incriminatorias obtenidas durante la fase previa a la acusación y la instrucción del sumario y que han servido de base de acusaciones y condenas.

Artículo 16

32.Según la información que tiene ante sí el Comité, las condiciones materiales de detención en las comisarías de policía del Ministerio del Interior son muy deficientes (por ejemplo, las celdas son muy pequeñas, falta ventilación y luz, y no se practican actividades o ejercicios al aire libre) y no se suministra ningún alimento, lo que constituye un trato cruel, inhumano o degradante. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para mejorar esta situación, en particular sobre los recursos financieros asignados y describir las condiciones actuales de esas instalaciones, incluido el número de metros por preso disponibles en la práctica. Sírvanse facilitar datos estadísticos e información detallada sobre la prevención y el tratamiento de la tuberculosis y el VIH/SIDA en los centros de detención y sobre los resultados obtenidos. Según la información que tiene ante sí el Comité, hay hacinamiento de los detenidos en la mayoría de las comisarías de policía. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para mejorar esa situación y facilitar datos actualizados sobre la actual tasa de ocupación efectiva en esos establecimientos. Sírvanse facilitar los mismos datos respecto de los centros de detención preventiva y de los centros que dependen del Departamento de Ejecución de Penas.

33.Según las denuncias presentadas ante el Comité, los extranjeros detenidos en el marco de la legislación de extranjería sufren a menudo malos tratos cuando son detenidos por guardias fronterizos o a su llegada a los centros de detención, a veces, según se afirma, para sustraerles dinero u objetos de valor. Sírvanse formular observaciones al respecto.

34.Al parecer, los presos condenados a cadena perpetua son innecesariamente estigmatizados y sometidos a vejaciones en las cárceles, como mantener la luz de la celda encendida durante las 24 horas del día o no permitirles trabajar. ¿Se ha adoptado alguna medida para equiparar ese régimen con el de los demás reclusos?

35.Los presos en detención preventiva o provisional están sometidos a un régimen restrictivo general que no tiene en cuenta los casos particulares. Sírvanse aclarar la justificación de ese régimen. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado Parte para impedir que en algunos casos (párrafo 72 del informe) se informe de la detención a los familiares y abogados únicamente después de que el detenido haya sido trasladado de la custodia policial a un centro de detención preventiva (a veces hasta dos semanas después)?

36.Téngase a bien proporcionar información estadística detallada sobre la duración de la detención preventiva y sobre la finalidad de la detención administrativa y de la detención de "vagabundos" (párrafo 81 del informe). ¿Qué medidas se prevén para acortar la duración actual de 72 horas del período de detención preventiva durante el cual se puede mantener a los detenidos en celdas de aislamiento antes de su comparecencia ante el juez (párrafo 145 del informe)?

Otros asuntos

37.Sírvanse indicar si la legislación del Estado Parte impide y prohíbe la producción, el comercio, la importación, la exportación y el empleo de equipo destinado específicamente a infligir torturas u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y, de ser así, de qué manera. Sírvanse indicar si se está estudiando activamente la posibilidad de promulgar legislación de esa índole.

38.Téngase a bien proporcionar información sobre las medidas legislativas, administrativas y de otra índole adoptadas por el Estado Parte para responder a la amenaza de los actos terroristas, e indicar si esas medidas han afectado a las salvaguardias de los derechos humanos, tanto en el ordenamiento jurídico como en la práctica y, de ser así, de qué manera. A ese respecto, el Comité desea recordar las resoluciones 1456 (2003), 1535 (2004), 1566 (2004) y 1624 (2005) del Consejo de Seguridad, en las que se reitera que los Estados deben asegurarse de que cualquier medida adoptada para luchar contra el terrorismo se ajuste a las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional, y que deben adoptar dichas medidas de conformidad con ese derecho, en particular el derecho internacional relativo a los derechos humanos, el derecho relativo a los refugiados y el derecho humanitario. Sírvanse describir la capacitación pertinente impartida a los agentes del orden, el número y los tipos de condenas impuestas en virtud de la legislación correspondiente, los recursos jurídicos disponibles para las personas que son objeto de medidas de lucha contra el terrorismo, el número de denuncias presentadas por incumplimiento de las normas internacionales y el resultado de esas denuncias.

-----