Naciones Unidas

CRC/C/GEO/Q/4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

15 de julio de 2016

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

74º período de sesiones

16 de enero a 3 de febrero de 2017

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativas al cuarto informeperiódico de Georgia

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de octubre de 2016. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para trazar una política y una estrategia nacionales de carácter integral para aplicar la Convención. Incluyan información actualizada sobre los indicadores cuantitativos y cualitativos utilizados para vigilar esa aplicación.

2.Sírvanse aclarar cuáles son la función, el mandato y los recursos (humanos, técnicos y financieros) asignados por el Estado parte al Centro de los Derechos del Niño de la Defensoría Pública. Precisen si el Defensor Público está facultado para emitir decisiones jurídicamente vinculantes. Informen asimismo sobre los mecanismos de denuncia que abordan específicamente los derechos del niño. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para que esos mecanismos sean independientes, estén adaptados a los niños y promuevan su participación.

3.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la definición del niño en la legislación del Estado parte. Incluyan información actualizada sobre la edad mínima para contraer matrimonio y sobre la condición jurídica de los niños que son mayores de 16 años de edad y están casados.

4.Sírvanse facilitar información actualizada sobre la definición jurídica del interés superior del niño con arreglo a la legislación civil del Estado parte.

5.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para que existan salvaguardias adecuadas que impidan que los niños puedan ser sometidos a torturas y a otros tratos o penas inhumanos o degradantes por la policía en el Estado parte. Incluyan información actualizada sobre los mecanismos de denuncia que se ocupan de esos casos, el número de agentes del orden enjuiciados por esa conducta indebida y las sanciones impuestas a los autores.

6.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar efectivamente su procedimiento de remisión para la protección del niño cuando se sospeche que un niño ha sido víctima de malos tratos, descuido o violencia, incluidos los abusos sexuales y la violencia sexual. Incluyan información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los trabajadores sociales y los profesionales de la salud y la educación estén familiarizados con el procedimiento y con las responsabilidades que conlleva.

7.Sírvanse incluir información sobre las medidas adoptadas para crear mayor conciencia de las consecuencias del matrimonio infantil y para garantizar el enjuiciamiento efectivo de las personas que obliguen a niños a contraer matrimonio.

8.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas reglamentarias y de vigilancia que se hayan adoptado para las instituciones y los pequeños hogares colectivos privados, incluidos aquellos con afiliación religiosa, dedicados al cuidado de los niños.

9.Sírvanse facilitar información actualizada sobre la condición jurídica de la adopción directa. Proporcionen asimismo información sobre las medidas que se hayan adoptado para impartir capacitación a los padres adoptivos y sobre las medidas de seguimiento que se aplican para garantizar el bienestar de los niños adoptados.

10.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para instaurar efectivamente la educación inclusiva. Incluyan información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los equipos multidisciplinarios del Ministerio de Educación y Ciencia reciban una formación adecuada y suficientes recursos (humanos, técnicos y financieros). Incluyan asimismo información sobre las medidas adoptadas para desinstitucionalizar a los niños con discapacidad.

11.Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para combatir la mortalidad en los primeros años de vida. Incluyan información sobre las medidas adoptadas para mejorar los servicios de atención prenatal y perinatal, particularmente en las zonas rurales.

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas, incluidas las de carácter legislativo, que se hayan adoptado para que la atención y la educación de la primera infancia estén garantizadas y sujetas a una vigilancia y reglamentación adecuadas.

13.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para prevenir la explotación económica de los niños. Incluyan información sobre los niños de las minorías étnicas, los niños migrantes en situación irregular y los niños empleados en el servicio doméstico o en el sector informal.

14.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para cumplir sus obligaciones de presentación de informes dimanantes del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados y el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

Parte II

15.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

16.Sírvanse facilitar información presupuestaria consolidada de los tres últimos años sobre las partidas presupuestarias destinadas a los niños y a los sectores sociales, indicando el porcentaje de cada partida con respecto al presupuesto nacional total y al producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

17.Sírvanse proporcionar los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los casos de discriminación recibidos por el Defensor Público y los correspondientes enjuiciamientos;

b)Los padres, tutores o miembros del personal de las instituciones de guarda que hayan sido acusados, imputados y declarados culpables de maltrato de niños, incluidos los abusos sexuales y los castigos corporales;

c)Los casos de descuido y maltrato de niños, especialmente en instituciones y en establecimientos de cuidado alternativo;

d)Los niños con discapacidad en las escuelas y clases ordinarias;

e)Las tasas de terminación de los estudios, hasta la educación superior;

f)Los niños en centros de detención y en instituciones penitenciarias, incluidos los centros correccionales cerrados;

g)Los casos de trata y secuestro de niños;

18.Sírvanse proporcionar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Que viven en hogares monoparentales;

c)Internados en instituciones;

d)Colocados en familias de acogida;

e)Adoptados en el país o en el extranjero.

19.Sírvanse facilitar datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

20.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

21.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere importantes con respecto a la aplicación de la Convención.