contra la Mujer

Observaciones finales sobre los informes periódicos combinados cuarto a séptimo de Trinidad y Tabago

Adición

Información suministrada por Trinidad y Tabago sobre el seguimiento de las observaciones finales*

[Fecha de recepción: 21 de agosto de 2017]

Nota : El presente documento se distribuye únicamente en español, francés e inglés .

* El presente documento se publica sin revisión editorial .

Introducción

El 18 de julio de 2016, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) examinó los informes periódicos combinados cuarto a séptimo del Gobierno de la República de Trinidad y Tabago (CEDAW/C/TTO/CO/4-7). En sus observaciones finales, el Comité solicitó al Gobierno de la República de Trinidad y Tabago que proporcionase, en el plazo de un año, información escrita sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones que figuran en el párrafo 11 d.

Definición de la discriminación y marco legislativo y normativo

Párrafo 11 d

En el párrafo 11 d, el CEDAW reiteró su anterior recomendación de que el Gobierno de la República de Trinidad y Tabago:

Agilice la aprobación de la Política Nacional sobre Género y Desarrollo, se asegure de que la definición del término “género” está en línea con la Convención y, en concreto, la recomendación general número 28 del Comité (2010) relativa a las obligaciones básicas de los Estados partes de conformidad con el artículo 2 y vele también por que se tengan en cuenta las cuestiones relativas a la salud y los derechos sexuales y reproductivos.

Agilice la aprobación de la Política Nacional sobre Género y Desarrollo

En febrero de 2017, el Proyecto de Política Nacional sobre Género y Desarrollo se remitió a un Subcomité de Ministros del Gobierno especial para su examen. El Subcomité recibe apoyo de un especialista de género de la División de Asuntos de Género. Ha mantenido varias reuniones. Hasta ahora, ha decidido sus atribuciones y ha examinado lo siguiente:

•La definición de género utilizada por varios países y organizaciones a nivel regional e internacional. Entre las definiciones del término “género” que se presentaron al Subcomité estaba la definición que figura en la Convención y, en particular, la recomendación general número 28 (2010) relativa a las obligaciones básicas de los Estados partes de conformidad con el artículo 2:

El término “género” se refiere a las identidades, las funciones y los atributos construidos socialmente de la mujer y el hombre y al significado social y cultural que la sociedad atribuye a esas diferencias biológicas, lo que da lugar a relaciones jerárquicas entre hombres y mujeres y a la distribución de facultades y derechos en favor del hombre y en detrimento de la mujer.

El Subcomité decidirá sobre la definición preferida en su próxima reunión.

•Las cuestiones planteadas en las consultas en 2014 y 2015 con las partes interesadas religiosas y otras partes interesadas fundamentales; y

•La lista de legislación pertinente que afecta al Proyecto de Política Nacional sobre Género y Desarrollo.

La División de Asuntos de Género está actualizando ahora los datos que figuran en el proyecto, prestando especial atención al análisis de la situación y centrándose en las esferas/cuestiones que afectan a Trinidad y Tabago. El proyecto se actualizará para incluir una referencia a cuestiones de crianza de los hijos, como los cuidados y el apoyo a familias y niños. El Subcomité sigue reuniéndose con el fin de ultimar la política en 2017.

Salud y derechos sexuales y reproductivos

El Proyecto de Política menciona la cuestión de la salud sexual y reproductiva, indicando que “el ámbito de la salud sexual y reproductiva requiere una atención especial para reducir considerablemente la incidencia de la mortalidad y la morbilidad maternas y las elevadas tasas de prevalencia de VIH/SIDA y enfermedades de transmisión sexual, especialmente entre las mujeres de 30 a 34 años”.

La recomendación desarrollada en el Proyecto de Política para tratar la cuestión de la salud sexual y reproductiva establece, entre otras cosas:

Promover la sensibilidad a las cuestiones de género en la prestación de atención de la salud sexual y reproductiva, incluido el cáncer de mama y cervical, el cáncer de próstata, la salud reproductiva masculina y las enfermedades de transmisión sexual, a través del examen de los planes de estudio, la mejora de la educación médica y la formación y el reciclaje profesional continuos de todas las categorías de profesionales sanitarios.

Sobre la base de las recomendaciones del CEDAW en las observaciones finales, la cuestión de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en la versión “revisada” del Proyecto de Política Nacional sobre Género y Desarrollo se reforzará en cumplimiento de los compromisos regionales y mundiales con la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas.