Naciones Unidas

CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.2

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

17 de marzo de 2011

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

50 º perí odo de sesiones

3 a 21 de octubre de 2011

Lista de cuestiones y preguntas en relación con el examende los informes periódicos

Cuestiones adicionales

Chad

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes periódicos inicial a cuarto combinados del Chad (CEDAW/C/TCD/1-4) y las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas en caso de no haberse presentado el informe inicial y los informes periódicos (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1).

Generalidades

1.En las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas en caso de no haberse presentado el informe inicial y los informes periódicos (en adelante "respuestas a la lista de cuestiones") se menciona que el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) proporcionó asistencia técnica al Estado parte en la tarea de preparar los informes inicial, segundo, tercero y cuarto combinados (CEDAW/C/TCD/1-4). Sírvanse facilitar más información sobre el proceso de preparación del informe. En dicha información deberían indicarse los departamentos e instituciones del Gobierno que participaron en esa labor y la naturaleza y el alcance de su participación, así como si, en el proceso, se celebraron consultas con organizaciones no gubernamentales (ONG), en particular organizaciones de mujeres.

2.En la respuesta a la pregunta 3 de la lista de cuestiones se menciona que la participación de la mujer en el proceso de consolidación de la paz, reconciliación, reconstrucción, reorganización y desarrollo del país es una preocupación importante del Estado parte. Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar que las mujeres participen plenamente y en pie de igualdad en la adopción de decisiones a todos los niveles en el marco del proceso anteriormente mencionado, de conformidad con la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad sobre la mujer, la paz y la seguridad. Se ruega aclaren la función de la red de ministras y parlamentarias en este proceso.

Visibilidad de la Convención

3.Habida cuenta de que la Constitución confiere a los dirigentes tradicionales la facultad de adoptar disposiciones respecto de cuestiones en las que las mujeres son generalmente objeto de discriminación respecto de los hombres, tales como las relaciones familiares, sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para que haya una mayor concienciación acerca de los derechos de la mujer que se recogen en la Convención entre los dirigentes tradicionales y la población en general, a fin de acabar con la discriminación contra la mujer y lograr la igualdad de género en el Estado parte.

Marco constitucional y legislativo, definición de discriminación

4.En las respuestas a la lista de cuestiones se menciona que el artículo 14 de la Constitución incorpora los principios de no discriminación e igualdad entre el hombre y la mujer. Se menciona asimismo, en el párrafo 14, que el proyecto de ley elaborado en 1996 para prohibir las prácticas discriminatorias en la República del Chad no ha vuelto a examinarse todavía. Tengan a bien facilitar información sobre las razones que han impedido que vuelva a examinarse y si el Estado parte tiene previsto incorporar en esa ley los principios de no discriminación e igualdad entre la mujer y el hombre, de conformidad con los artículos 1 y 2 a) de la Convención.

5.En las respuestas a la lista de cuestiones se menciona que en el Estado parte se está llevando a cabo una revisión de diferentes leyes nacionales que discriminan a la mujer (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 18). Sírvanse aportar información sobre las leyes nacionales en las que se han encontrado disposiciones que discriminan a la mujer y aportar información actualizada sobre el proceso de revisión y modificación de dichas leyes. Tengan a bien indicar si está previsto llevar a cabo una revisión del Código Penal, con miras a imponer sanciones por actos de discriminación contra la mujer.

Programas y planes de acción

6.En el párrafo 170 del informe se indica que el proyecto de ley Nº 19/PR/95 (1995) incluye la Declaración de políticas para la integración de la mujer en el desarrollo. Se indica asimismo que el Estado parte ha adoptado un plan de acción que obliga a varios ministerios a incorporar cuestiones de género en las estrategias de desarrollo. Tengan a bien proporcionar información sobre proyectos específicos llevados a cabo para incorporar una perspectiva de género en el proceso de desarrollo.

7.Con arreglo a las respuestas a la lista de cuestiones, los miembros del Comité Multisectorial se han hecho cargo de elaborar la Política Nacional de Género (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 34). Sírvanse facilitar información actualizada sobre los progresos realizados para concluir la elaboración de dicha política e indicar si se ajusta a las disposiciones de la Convención.

8.Tengan a bien proporcionar información sobre las medidas adoptadas para empoderar a la mujer en el marco de la Estrategia de Lucha contra la Pobreza revisada de 2008, en la que, de acuerdo con las respuestas a la lista de cuestiones (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 33) se diseñarían y llevarían a cabo "intervenciones complementarias" destinadas a reducir la desigualdad existente entre las mujeres y los hombres en el Estado parte.

Medidas especiales de carácter temporal

9.En el párrafo 175 del informe se menciona que el proyecto de ley sobre el establecimiento de cuotas para las mujeres (1999), cuya finalidad era acabar con la desigualdad existente entre las mujeres y los hombres en puestos de adopción de decisiones a nivel político y administrativo, aún no ha sido aprobado. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para aprobar la ley sobre el establecimiento de cuotas para las mujeres (1999).

10.En el párrafo 37 de las respuestas a la lista de cuestiones se indica que las mujeres ocupan el 21% de los cargos públicos y que el Estado parte se ha comprometido a que dicho porcentaje aumente. Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4, párrafo 1, de la Convención y con la Recomendación general Nº 25 (2004) del Comité, para lograr la igualdad entre la mujer y el hombre en todos los niveles y en todas las instituciones públicas.

Estereotipos y prácticas nocivas

11.En las respuestas a la lista de cuestiones se menciona que las mujeres que han sufrido la ablación se consideran superiores a las que no han pasado por ese "rito" (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 40). Además, en el párrafo 281 del informe se dice que casi todas las costumbres del Estado parte refuerzan la idea de la inferioridad de la mujer. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para cambiar las pautas sociales y culturales que dan lugar a estereotipos de género. Tengan a bien aportar también información sobre las medidas adoptadas para difundir la Ley de salud reproductiva (Nº 06/PR/2002), que, en su artículo 9 prohíbe la ablación, entre los dirigentes tradicionales y la población en general, e indicar las medidas adoptadas para asegurar la aplicabilidad de esta ley en el Estado parte.

12.Sírvanse proporcionar información sobre campañas de concienciación y otras medidas encaminadas a acabar con las prácticas nocivas prevalentes en el Estado parte, como el sororato (el viudo se casa con la hermana de su cónyuge fallecida), el levirato ("herencia de la esposa", con arreglo al cual los hombres se casan con la viuda de su hermano fallecido), los matrimonios precoces, los tabús respecto de los alimentos y la dote.

Violencia contra la mujer

13.En el informe y en las respuestas a la lista de cuestiones se reconoce que la violencia contra la mujer sigue siendo un problema generalizado en el Estado parte y que los autores de esos actos son "severamente sancionados" cuando los casos llegan a conocimiento de las autoridades judiciales (véase CEDAW/C/TCD/1-4; CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 54). Sírvanse aclarar qué quiere decir la expresión "severamente sancionados" y explicar las medidas adoptadas para procesar y castigar a los autores de actos de violencia contra la mujer, incluidos los miembros de grupos armados y del ejército del Chad. Tengan a bien facilitar información sobre las medidas adoptadas para acabar con la práctica de los agentes del Estado parte de infligir tratos crueles, inhumanos y degradantes y torturar a la población en general, incluidas las mujeres, como se menciona en el párrafo 247 del informe. Indiquen si se han adoptado medidas para modificar el Código Penal a fin de castigar de manera expresa la violencia contra la mujer. Indiquen asimismo las medidas adoptadas para disponer la entrada en vigor de la Ley de salud reproductiva (Nº 06/PR/2002), que prohíbe la violencia doméstica y sexual y prácticas nocivas como la ablación y los matrimonios precoces en el Estado parte. Indiquen asimismo si el Estado parte tiene previsto aprobar una ley específica sobre la violencia contra la mujer.

14.En las respuestas a la lista de cuestiones se dice que el Estado parte inició en octubre de 2009 una campaña de concienciación sobre la violencia contra la mujer de tres años de duración (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 47). Sírvanse facilitar información sobre las metas y objetivos de la campaña, las personas a las que va dirigida y la repercusión o los resultados obtenidos hasta el momento. Tengan a bien asimismo facilitar información detallada sobre el proyecto "Derechos humanos/asistencia a las mujeres y las niñas víctimas de abusos sexuales, violaciones y conflictos armados", que el Estado parte puso en marcha en 2007.

15.En las respuestas a la lista de cuestiones se menciona que, a fin de aplicar las recomendaciones de la Comisión de Investigación (creada para investigar las violaciones de los derechos humanos cometidas en febrero de 2008) se había creado un comité de seguimiento (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 50). Sírvanse aclarar si este comité es la única instancia a la que pueden recurrir las víctimas de la violencia sexual y facilitar asimismo información sobre la forma en que dicho comité funciona. Tengan a bien facilitar igualmente información sobre la aplicación de otras recomendaciones, relacionadas con la violencia sexual, de la Comisión de Investigación.

Trata y explotación de la prostitución

16.En las respuestas a la lista de cuestiones se menciona que la trata de personas tiene lugar principalmente dentro del territorio del Estado parte (CEDAW/C/TCD/Q/4/Add.1, párr. 61). También se menciona que el Estado parte está preparando un plan nacional de lucha contra la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Sírvanse aportar información actualizada sobre dicho plan y sobre cualquier otra medida adoptada para proteger a las mujeres y las niñas de la trata y la explotación económica, en particular en las zonas rurales y los campamentos de refugiados.

Participación en la vida política y pública

17.Tengan a bien facilitar información sobre medidas concretas previstas para aumentar la participación y representación de la mujer, plena y en pie de igualdad, en todos los niveles del gobierno, el poder legislativo y el poder judicial, así como en el plano internacional, teniendo en consideración la Recomendación general Nº 25 del Comité.

Educación

18.En el párrafo 343 del informe se reconoce que el analfabetismo de las mujeres, en particular en las zonas rurales, preocupa seriamente al Estado parte. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para reducir el analfabetismo de la mujer y superar los obstáculos que se mencionan en el informe para aplicar de manera efectiva los programas de alfabetización que existen en la actualidad en el Estado parte. Faciliten asimismo información sobre las medidas adoptadas para acabar con las prácticas que impiden que las niñas continúen su educación, como la determinación de la prioridad de la educación de los niños en todos los niveles y la presión a las adolescentes embarazadas para que abandonen la escuela.

Empleo

19.Sírvanse indicar si en el Código de Trabajo (Ley Nº 038/PR/96), que prohíbe que los empleadores discriminen a las mujeres, incluye disposiciones relacionadas con el acoso sexual y la violencia contra la mujer en el lugar de trabajo. Faciliten asimismo información sobre las medidas adoptadas para acabar con las limitaciones socioculturales que discriminan a la mujer en el mercado laboral y para mejorar la situación económica de la mujer en el Estado parte. Tengan a bien suministrar datos recientes, desglosados por sexo y por sector, del número de mujeres que participan en el mercado laboral.

20.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para luchar contra el trabajo infantil en el sector informal, que afecta de forma importante a los niños de edades comprendidas entre los 5 y los 15 años, y en particular a las niñas que viven en las zonas rurales.

Salud

21.Tengan a bien facilitar información sobre los logros alcanzados con la Política Nacional de Salud (2007-2015), y en particular sobre los relacionados con la reducción de la tasa de mortalidad materna (1999/100.000, EDST (Encuesta demográfica y de salud del Chad) 2004) y mejorar el acceso de las mujeres a servicios de atención de la salud, incluidas las mujeres de las zonas rurales y las desplazadas. Proporcionen información actualizada sobre la aprobación de la Política Nacional de Salud Reproductiva e indiquen las medidas que se han tomado para aumentar el porcentaje de mujeres que utilizan métodos anticonceptivos, que, con arreglo al informe, oscila entre un 7% y un 18,6%, dependiendo del nivel de educación de la mujer.

22.En el párrafo 421 del informe se menciona que solamente el 40% de la población del Estado parte tiene acceso a agua potable. Sírvanse facilitar información sobre las medidas tomadas para asegurar el acceso de las mujeres y las niñas al agua potable. Indiquen también las medidas adoptadas para prevenir epidemias como el tifus y el cólera en el Estado parte, en particular en las zonas rurales.

23.En el párrafo 428 del informe se dice que la tasa más elevada de personas infectadas por el VIH/SIDA en el Estado parte se encuentra entre las trabajadoras del sexo de las zonas urbanas. Se dice también que tres de cada cinco personas infectadas por el VIH/SIDA son mujeres. Sírvanse proporcionar información detalla sobre las medidas adoptadas para aumentar la concienciación sobre el VIH/SIDA entre la población. Faciliten asimismo información sobre las medidas adoptadas para ofrecer tratamiento de prevención de la transmisión de la madre al hijo a las mujeres embarazadas, así como tratamiento con antirretrovirales a otras mujeres infectadas con el virus, incluidas las trabajadoras del sexo. Aporten información sobre los esfuerzos realizados para divulgar la Ley de 2007 relativa a la lucha contra el VIH/SIDA y la protección de las personas que viven con VIH/SIDA, y acerca de las medidas adoptadas para asegurar su aplicación en el Estado parte.

Mujeres del medio rural

24.El las respuestas del Estado parte a la lista de cuestiones se indica que las mujeres rurales del medio rural se ven afectadas de manera abrumadora por la pobreza, dado que la gran mayoría de ellas son analfabetas, y que no tienen acceso a servicios de atención de la salud. Sírvanse facilitar información sobre medidas concretas que se hayan adoptado para mejorar el acceso de esas mujeres a la atención de la salud, la educación y las oportunidades de empleo. Proporcionen información sobre el proyecto de empoderamiento de la mujer del medio rural que se menciona en el párrafo 102 de las respuestas del Estado parte a la lista de cuestiones.

Desplazadas internas y refugiadas

25.Sírvanse explicar la función que ha desempeñado el Comité Nacional encargado de prestar asistencia a los desplazados internos, en particular las mujeres y las niñas, en la promoción y protección de sus derechos, incluido su derecho a no ser víctimas de la violencia y a tener acceso a la educación y la atención de la salud; así como sobre la repercusión que ha tenido la labor de ese Comité. Tengan a bien, asimismo, facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para luchar contra el reclutamiento de jóvenes desplazadas y refugiadas por grupos armados. Indiquen también si la Asamblea Nacional ha ratificado ya la Convención de la Unión Africana sobre la protección y asistencia a los desplazados internos en África (Convención de Kampala), que contiene una serie de importantes medidas de protección de las mujeres y las niñas, así como disposiciones que prohíben la esclavitud sexual y la trata de mujeres y niños por los grupos armados.

26.Tengan a bien aportar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para alcanzar, de manera independiente, los objetivos establecidos por el Consejo de Seguridad para la protección de los civiles, especialmente los desplazados internos y los refugiados en el Chad oriental, habida cuenta de que están concluyendo las operaciones de la MINURCAT en el país. Faciliten también información detallada acerca de las dependencias de género del Destacamento Integrado de Seguridad (DIS) y de si los oficiales de este Destacamento reciben formación sobre los derechos de la mujer acorde con la Convención.

Matrimonio y vida familiar

27.En el informe se menciona que la Asamblea Nacional dejó en suspenso, en febrero de 2010, la aprobación del Código que regula los derechos de las personas y el derecho de familia. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el estado de la aprobación del Código que regula los derechos de las personas y el derecho de familia, el cual, con arreglo al informe, está inspirado por la Convención. Tengan a bien explicar también si dicho Código consagra los principios de igualdad entre el hombre y la mujer y si contiene disposiciones para acabar con las prácticas discriminatorias contra la mujer en lo que se refiere al matrimonio, el divorcio, la propiedad y la herencia. Indiquen asimismo si se han adoptado medidas para prohibir la poligamia, que está permitida con arreglo a lo dispuesto en la Disposición legislativa Nº 03/INT/SUR/1961 del Estado parte.

Ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención

28.Tengan a bien indicar si el Estado parte ha reiniciado las actividades encaminadas a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención.