* Aprobada por el grupo de trabajo anterior al período de sesiones el 2 de marzo de 2022.

Lista de cuestiones y preguntas relativa al cuarto informe periódico de Timor-Leste *

Derechos de las mujeres e igualdad de género en relación con la pandemia y las actividades de recuperación

Atendiendo a la nota con orientaciones del Comité sobre las obligaciones de los Estados partes en la Convención en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), publicada el 22 de abril de 2020, sírvanse indicar las medidas aplicadas por el Estado parte para corregir las desigualdades de larga data entre mujeres y hombres e impulsar de nuevo la igualdad de género situando a las mujeres en el centro de la recuperación como prioridad estratégica para el cambio sostenible, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible; para atender las necesidades de las mujeres y las niñas, incluidas las que pertenecen a grupos desfavorecidos y marginados y las que se hallan en situaciones de conflicto u otras emergencias humanitarias, y velar por sus derechos; y para garantizar que, en un contexto de medidas de confinamiento, ya sean parciales o totales, y en los planes de recuperación después de la crisis, no se relegue a las mujeres y las niñas a desempeñar roles de género estereotipados. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para cerciorarse de que todas las iniciativas de respuesta a la crisis de la COVID-19 y de recuperación, incluido el plan de recuperación y resiliencia, a) hagan frente a la violencia de género contra las mujeres y las niñas e intenten prevenirla con eficacia; b) garanticen que las mujeres y las niñas participen en igualdad de condiciones en la vida política y pública, la adopción de decisiones, el empoderamiento económico y la prestación de servicios, especialmente en el diseño y la ejecución de programas de recuperación; y c) procuren que las mujeres y las niñas se beneficien por igual de las medidas de estímulo, incluida la ayuda financiera para las funciones de cuidados no remuneradas, que tienen como objetivo mitigar las repercusiones socioeconómicas de la pandemia. Sírvanse explicar cómo se asegura el Estado parte de que las medidas adoptadas para contener la pandemia, como las restricciones a la libertad de circulación o el distanciamiento físico, no limiten el acceso de las mujeres y las niñas, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados, a la justicia, las casas de acogida, la educación, el empleo y la atención de la salud, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva.

Visibilidad de la Convención y de su Protocolo Facultativo

Sírvanse informar sobre los esfuerzos realizados para dar visibilidad a la Convención, a las comunicaciones y los procedimientos de investigación previstos en su Protocolo Facultativo y a las recomendaciones generales del Comité, a fin de que tales elementos formen parte esencial de la capacitación de jueces, abogados, fiscales, agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para difundir las anteriores observaciones finales del Comité.

Marco legislativo y definición de la discriminación contra la mujer

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para incluir en la legislación una definición amplia de la discriminación contra la mujer que abarque la discriminación directa e indirecta y la discriminación en las esferas pública y privada por parte de agentes estatales y no estatales. Sírvanse proporcionar datos sobre el número de denuncias relativas a la discriminación por motivos de sexo presentadas en los últimos cinco años sobre la base de las disposiciones vigentes contra la discriminación (párrs. 5 y 6) y las reparaciones concedidas a los demandantes. Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto aprobar una ley integral de igualdad de género y especificar el calendario para la aprobación de las leyes de registro civil, justicia tradicional y procesos judiciales informales (párrs. 6 a 8).

Acceso a la justicia

Sírvanse especificar de qué modo una nueva ley de justicia tradicional, que regule las relaciones entre los sistemas de justicia consuetudinario y formal, garantizará que las mujeres puedan tomar una decisión real e informada sobre la legislación aplicable y el foro judicial en el que preferirían que se atendieran sus denuncias. Sírvanse explicar también las salvaguardias existentes para garantizar que la solución de controversias en el sistema consuetudinario y no consuetudinario no restrinja el acceso de las mujeres a los recursos judiciales o de otro tipo en cualquier ámbito del derecho. Sírvanse explicar el impacto que ha tenido la Ley núm. 1/2017 para prevenir los retrasos en la tramitación de los procedimientos judiciales en los casos de violencia de género y otras violaciones de los derechos de las mujeres. Sírvanse indicar si se han organizado actividades de creación de capacidad para el personal del sistema de justicia y si se ha invocado la Convención ante los tribunales en los últimos años.

Las mujeres y la paz y la seguridad

Sírvanse indicar el estado de aplicación del plan de acción nacional relativo a la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, los recursos humanos, técnicos y financieros asignados y las actividades de creación de capacidad ofrecidas a las partes interesadas, en particular las mujeres mediadoras.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Sírvanse especificar qué recursos humanos, técnicos y financieros se han destinado a la Secretaría de Estado de Apoyo y Promoción Socioeconómica de la Mujer, a los grupos de trabajo sobre cuestiones de género de los ministerios y a cualquier otro órgano que se encargue de la igualdad de género, y cuál es el mandato de cada uno. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la finalización de los mecanismos de supervisión en el marco de la Dependencia de Planificación, Seguimiento y Evaluación, el sistema de información sobre la gestión financiera del Gobierno y la base de datos Dalan Ba Futuru (“Camino al futuro”) (párrs. 30 y 31), así como sobre el resultado de los exámenes más recientes de la aplicación de las políticas de género.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse poner al día al Comité sobre los ámbitos de la Convención en los que las mujeres siguen estando infrarrepresentadas o desfavorecidas e indicar cómo las medidas especiales de carácter temporal podrían contribuir a lograr la igualdad de facto entre los géneros en esos ámbitos, haciendo especial hincapié en los grupos marginados, como las mujeres y las niñas indígenas.

Estereotipos y prácticas nocivas

Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para combatir los estereotipos de género. Sírvanse también informar al Comité sobre cualquier plan de modificar los artículos 1490 y 1500 del Código Civil (Ley núm. 10/2011), con miras a elevar la edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años, y sobre cualquier medida adoptada para prohibir explícitamente la poligamia. Sírvanse describir los esfuerzos realizados para registrar todos los matrimonios y eliminar el pago de un precio por la novia (barlake), el matrimonio infantil o forzado y el matrimonio poligámico.

Violencia de género contra la mujer

Sírvanse proporcionar datos actualizados sobre el número de casos denunciados de violencia de género contra las mujeres y las niñas, incluidas la violencia doméstica y la violencia de pareja, y el número de investigaciones y procesos penales llevados a cabo, así como las penas impuestas a los autores y las órdenes de protección dictadas. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para tipificar como delito la violación conyugal, la violación en las uniones de hecho y el incesto, introducir penas adecuadas y garantizar la indemnización de las víctimas. Sírvanse indicar también las actividades realizadas en el marco del plan de acción nacional contra la violencia de género 2017-2021 y su impacto en la prevalencia de la violencia de género contra las mujeres.

Sírvanse especificar cualquier iniciativa concreta llevada a la práctica para alentar la denuncia de casos de violencia de género contra las mujeres, en particular los casos de violencia de pareja, y proporcionen información actualizada sobre el impacto que ha tenido la estrategia de género 2018-2022 puesta en marcha por la Policía Nacional de Timor-Leste en la prestación de servicios con perspectiva de género y centrados en las víctimas, en la aplicación de la Ley de Protección de Testigos de 2009 y en la creación de un sistema de datos administrativos centralizado para la violencia de género (párrs. 60 y 66). Sírvanse indicar también el número de mujeres que se desempeñan en el poder judicial y el número de mujeres policías.

Violencia sexual contra la mujer durante las situaciones de conflicto

Sírvanse informar al Comité sobre el número de mujeres y niñas que hayan sido víctimas de violación, esclavitud sexual y otras formas de violencia sexual durante la ocupación indonesia que tuvo lugar hasta 1999 y sobre las medidas adoptadas para garantizar que tengan acceso a servicios o tratamientos médicos, psicológicos y de salud reproductiva y mental. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para garantizar que las víctimas reciban reparaciones y que los autores de las violaciones sean llevados ante la justicia.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre en qué fase se encuentran la creación de la Comisión Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, la aprobación del plan de acción nacional sobre la trata de personas y la difusión de la Ley para Prevenir y Combatir la Trata de Personas (Ley núm. 3/2017). Sírvanse especificar también los progresos logrados en la realización de un estudio a fondo de la prevalencia de la trata y la explotación de la prostitución, en la continuación de las actividades de creación de capacidad con perspectiva de género para el personal encargado de hacer cumplir la ley y en la mejora del enjuiciamiento y la condena efectivos de los autores de la explotación de mujeres y niñas en la prostitución.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse comunicar datos estadísticos sobre la participación de las mujeres y las niñas en el plano nacional y local, en particular en los puestos de decisión, así como sobre los cursos de formación específicos para mujeres y niñas relativos a cómo participar en los asuntos públicos y dirigirlos. Sírvanse también proporcionar información sobre las campañas para sensibilizar a políticos, medios de comunicación, docentes, líderes comunitarios y el público en general acerca de la importancia de que las mujeres participen en la toma de decisiones a todos los niveles.

Educación

Sírvanse describir las medidas adoptadas para aplicar la política nacional para la educación inclusiva de 2017, retener a las niñas y las mujeres en el sistema educativo en todos los niveles y aumentar el acceso a la educación preescolar (párr. 105). Sírvanse también proporcionar información actualizada sobre la aplicación de la estrategia de saneamiento e higiene 2020-2025 (párr. 108), la adopción de una normativa legal sobre la reincorporación de las niñas embarazadas y las madres jóvenes en la educación formal (párr. 118) y la provisión de transporte seguro para que las niñas puedan ir a la escuela y volver fuera de las zonas urbanas. Sírvanse especificar cuántas mujeres y niñas que abandonaron la escuela se benefician de los programas de alfabetización y de enseñanza básica y secundaria en los centros de aprendizaje comunitarios (párrs. 120 y 126). Sírvanse describir las medidas adoptadas para romper con los estereotipos de género persistentes por los cuales algunos padres no envían a las niñas a la escuela, así como los tabúes culturales contra la educación en materia de salud y derechos sexuales y reproductivos. Sírvanse indicar también los esfuerzos realizados para ampliar el acceso a la educación de las mujeres y niñas indígenas y del medio rural.

Sírvanse proporcionar datos sobre el número de investigaciones, enjuiciamientos y sanciones impuestas en casos de violencia y abuso en entornos educativos, incluidos los casos de violencia sexual y castigos corporales, e indicar cuántos de esos casos fueron transferidos por la Comisión de Administración Pública a la policía (párr. 116). Sírvanse también especificar los mecanismos establecidos para supervisar y garantizar que se respeten las directrices sobre la metodología técnica de enseñanza y aprendizaje de 2015, el reglamento disciplinario (Decreto Gubernamental núm. 29/2017) y las normas interpretativas para la determinación de las faltas y su gravedad (Orden Ministerial núm. 4/2018) (párr. 111). Sírvanse explicar qué salvaguardias existen para garantizar que las niñas que son víctimas de la violencia en el entorno escolar puedan tomar una decisión real e informada sobre si prefieren utilizar el proceso de conciliación previsto en el reglamento disciplinario o los procedimientos judiciales formales, y para garantizar que se impongan a los autores penas acordes a la gravedad del delito.

Empleo

Sírvanse explicar las medidas adoptadas para aprobar legislación que garantice el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor y para solucionar en la práctica la diferencia salarial por razón de género, la infrarrepresentación de las mujeres en la economía formal y en los puestos de decisión y cualquier otra forma de discriminación contra las mujeres en la contratación y la promoción. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la participación de las mujeres en el régimen de seguridad social establecido por la Ley núm. 12/2016, sobre la aprobación de una ley relativa a los trabajadores domésticos y sobre cualquier otra medida adoptada para que la seguridad social proteja a las mujeres empleadas en el sector informal. Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre las denuncias de trabajadoras recibidas por la Inspección General de Trabajo y su resultado, incluidas las de mujeres empleadas en el sector informal y las relativas al acoso sexual en el lugar de trabajo.

Salud

Sírvanse explicar si se ha avanzado en la modificación del artículo 141 del Código Penal, relativo al aborto, y en el cambio de las políticas y las prácticas de los centros de salud públicos para que las niñas y las mujeres, incluidas las que no están casadas, tengan acceso a anticonceptivos modernos gratuitos. Sírvanse también describir las medidas adoptadas para proporcionar a las mujeres acceso a un aborto seguro, así como a los servicios posteriores al aborto, y para hacer frente al abandono de bebés y el infanticidio. Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados sobre la tasa de mortalidad materna y sobre la aplicación del programa nacional de salud de la familia y del proyecto piloto “Liga Inan”, en particular con respecto a las mujeres que se encuentran en desventaja para acceder a la atención médica debido a que viven más lejos de los centros de salud, a su nivel de educación o a otros factores socioeconómicos, o bien a las actitudes culturales adversas del marido (párrs. 153, 154 y 157).

Prestaciones económicas y sociales y empoderamiento económico de la mujer

Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados, desglosados por sexo, discapacidad y otros factores pertinentes, sobre los beneficiarios del régimen general de seguridad social, el programa “Bolsa da Mãe” y los programas de la segunda fase de la Declaración de Maubisse sobre las Mujeres Rurales (2018-2023) (párrs. 171, 174 y 176).

Mujeres del medio rural y mujeres indígenas

Sírvanse actualizar al Comité, mediante, entre otras cosas, datos estadísticos, con respecto a la adopción de las ordenanzas requeridas y el registro de tierras a nombre de mujeres o los procesos de expropiación que las afectan en el contexto de la aplicación de la Ley núm. 13/2017 (Ley de Tierras) y la Ley núm. 8/2017 (Ley de Expropiación), incluso con respecto a los proyectos de infraestructura descritos en el párrafo 204. Sírvanse indicar también si se prevé examinar el proceso de registro de tierras para evaluar su impacto, particularmente en los derechos de las mujeres, en especial las mujeres indígenas y del medio rural. Sírvanse exponer los mecanismos existentes para hacer cumplir las disposiciones sobre no discriminación y protección de los grupos marginados de los artículos 4 y 5 de la Ley núm. 13/2017, así como las disposiciones que protegen a las poblaciones afectadas de los artículos 8, 10, 43, 54, 55 y 57 de la Ley núm. 8/2017.

Sírvanse explicar las medidas adoptadas para que las mujeres conozcan mejor sus derechos en virtud de la Ley núm. 13/2017 y la Ley núm. 8/2017, en particular para que las mujeres indígenas sepan que tienen derecho a registrar propiedades comunitarias. Sírvanse también especificar cómo se consulta a las mujeres, incluidas las mujeres del medio rural y las mujeres indígenas, en el proceso de elaboración de las ordenanzas correspondientes, si las leyes y ordenanzas pertinentes incorporan disposiciones sobre el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, y cómo se respeta ese principio en la práctica.

Reducción del riesgo de desastres y cambio climático

Sírvanse especificar el apoyo prestado a las mujeres víctimas de las inundaciones y los corrimientos de tierras causados por el ciclón Seroja en abril de 2021, explicar cómo se están abordando los derechos sobre la tierra de las mujeres desplazadas y detallar qué soluciones a largo plazo se les están proponiendo. Sírvanse también proporcionar información sobre la participación de las mujeres, incluidas las mujeres del medio rural, las mujeres indígenas y las mujeres con discapacidad, en el diseño, la adopción y la aplicación de los programas de adaptación al cambio climático, las políticas ambientales y la reducción del riesgo de desastres en el Estado parte, y los procesos conexos de toma de decisiones en el plano local y nacional, así como la forma en que se integra la perspectiva de género en esos programas.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvanse describir los progresos realizados en la aplicación de la segunda fase del plan de acción nacional sobre los derechos de las personas con discapacidad 2021-2030, en la aprobación del proyecto de ley para crear un consejo nacional para las personas con discapacidad (A/HRC/WG.6/40/TLS/1, párrs. 9 y 10) y en la recopilación de datos desglosados sobre los casos de violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad. Sírvanse también proporcionar información sobre la situación de las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero y las personas intersexuales y sobre la legislación, las políticas y los programas en vigor para proteger y promover sus derechos.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la prevalencia del matrimonio infantil, los matrimonios poligámicos y los matrimonios religiosos y tradicionales (no registrados conforme al derecho civil), así como sobre el número de divorcios con arreglo al sistema basado en la culpa y al no basado en la culpa. Sírvanse indicar los progresos realizados para enmendar o derogar las leyes discriminatorias relativas al matrimonio y las relaciones familiares, incluido el artículo 1494 del Código Civil, relativo al período de espera para las mujeres y los hombres divorciados o viudos, y con respecto a los sistemas tradicionales en materia de sucesiones, en particular en lo que respecta a la propiedad de la tierra y la propiedad de los bienes tras la disolución de un matrimonio tradicional o religioso. Sírvanse explicar las medidas de protección existentes para garantizar que las mujeres no estén en desventaja si se encuentran en uniones de hecho o en el caso de divorcios basados en la culpa.