Naciones Unidas

CEDAW/C/TGO/Q/6-7/Add.1

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

20 de julio de 2012

Español

Original: francés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

53 º período de sesiones

1º a 19 de octubre de 2012

Lista de cuestiones y preguntas en relación con el examen de los informes periódicos: Togo

Adición

Respuestas del Togo a la lista de cuestiones y preguntas en relación con el examen de sus informes periódicos sexto y séptimo presentados en un solo documento (CEDAW/C/TGO/6-7) *

Respuestas a las cuestiones planteadas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Generalidades

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/C/TGO/Q/6-7)

1.A fin de recopilar y analizar los datos, se han adoptado las medidas siguientes:

Reorganización desde 2009 del sistema estadístico nacional sobre la base del establecimiento del sistema nacional de elaboración de estadísticas;

Aprobación de la Ley de estadística en mayo de 2011;

Formación y contratación de profesionales de estadística y demografía;

Establecimiento en septiembre de 2011 de un coordinador de "estadísticas de género" en la Dirección General de Estadística y Contabilidad Nacional (DGSCN);

Creación de dependencias de enlace de género en todos los ministerios.

2.La DGSCN, mediante las encuestas de indicadores múltiples (MICS), los cuestionarios unificados de indicadores básicos de bienestar (QUIBB), las encuestas demográficas y de salud (EDS) y el Censo general de población y vivienda (RGPH), dispone de datos desglosados por género en los ámbitos socioeconómicos.

3.Además de la DGSCN, existen otras instituciones y estructuras que elaboran estadísticas desglosadas, como los servicios estadísticos de los ministerios (los anuarios de estadísticas de la salud, el Censo nacional agropecuario (RNA), la serie de indicadores del sistema de educación general desde el nivel preescolar al secundario, etc.) y los centros de investigación y centros de estudio (URD, CERA, PSI-Togo, Universidad de Lomé).

4.En las dependencias de enlace de género de los diferentes ministerios se están estableciendo ficheros para incluir los datos desglosados por género de las diferentes categorías de personal. Esos ficheros se actualizarán anualmente y podrán ser consultados por los departamentos que los necesiten a los efectos de posibles nombramientos, contrataciones y asignación de puestos en todos los niveles.

5.En los centros de atención, asesoramiento y acogida de víctimas de la violencia de género se mantienen ficheros y registros por género y edad de los casos atendidos.

6.Por lo que se refiere la utilización de esos datos en la elaboración de políticas y programas, la problemática del desarrollo se apoya, a los efectos de la efectividad, en las metas de intervención con una firme atención al género en los documentos de estrategias, políticas y programas, como el documento de estrategia de reducción de la pobreza (DSRP), la política nacional de justicia e igualdad entre los géneros (PNEEG), el plan estratégico sectorial destinado a la mujer de lucha contra el sida y las enfermedades de transmisión sexual (IST), la política nacional de salud (PNS) y la política sectorial de educación.

Marco constitucional, legislativo e institucional

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

7.Habida cuenta de que las disposiciones esenciales de protección de la mujer han quedado integradas en el derecho interno del Togo al haberse ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la invocación de la Convención ante los tribunales no es sino algo subsidiario. Quizá sea necesario precisar que aunque en la Convención se dispone que se deben castigar las infracciones su aplicación no es posible sino como principio debido a que no establece de modo concreto las penas aplicables. Por consiguiente ha sido necesario elaborar proyectos de nuevas normas para establecer las disposiciones pertinentes y las sanciones necesarias. El Gobierno también prevé adoptar medidas de sensibilización más estrictas para prevenir la comisión de delitos en ese ámbito.

8.Sin embargo, las disposiciones de la Convención se invocan a veces ante los tribunales nacionales civiles. Pero es difícil proporcionar informaciones detalladas al respecto ya que no se han realizado estudios sobre ese tema.

Respuesta al párrafo 3 (primera frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

9.Se han organizado cursos de formación y sensibilización sobre el género y los derechos de la mujer, la valorización de la imagen de la mujer, la presupuestación sensible al género, la gestión basada en los resultados según el género, el acceso de las mujeres a la tierra, la participación de la mujer en la adopción de decisiones, el liderazgo femenino y las técnicas de comunicación, el género y el diálogo social, destinados a los grupos siguientes:

Los funcionarios de los ministerios que se ocupan de las cuestiones de género y de otros departamentos ministeriales interesados;

Los parlamentarios;

Los miembros de las dependencias de enlace de género;

Los periodistas de los medios de información públicos y privados;

Los funcionarios de la administración de justicia, la judicatura y la abogacía;

Los representantes del Gobierno central, las autoridades locales y administrativas (prefectos, jefes tradicionales, consejeros pedagógicos, dirigentes religiosos) y otros agentes fundamentales de los colectivos locales (terratenientes, comités de desarrollo básico (CDB), agrupaciones y asociaciones);

Las mujeres integradas en las fuerzas armadas y en los servicios de seguridad del Togo.

10.En esa misma lógica de divulgación de la Convención y de las anteriores observaciones finales del Comité, se puede señalar también lo siguiente:

Se han realizado en todo el país campañas de sensibilización, debates y programas de radio y televisión durante los diferentes jornadas dedicadas a la mujer (8 de marzo, 31 de julio, 15 de octubre, etc.);

Se ha creado un espacio de investigación sobre género y desarrollo y un sitio en la Web en el que se divulgan todas las actividades de protección y promoción de los derechos de la mujer.

11.El texto de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, así como el del Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer, han sido simplificados en francés y traducidos posteriormente a los idiomas del país (Kabyè, Ewé, Tem y Benn). Han sido distribuidos al público en general y a los diferentes grupos interesados del país durante sesiones de sensibilización y formación.

12.También se ha establecido un foro nacional de la mujer del Togo que se celebrará cada dos años y que constituirá un espacio de consenso y de intercambio de opiniones sobre todas las cuestiones relacionadas con los derechos de la mujer que la Convención abarca.

Respuesta al párrafo 3 (segunda frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

13.Aparte de los cursos de formación destinados a los profesionales de la justicia en relación con el contenido de la Convención y otros instrumentos jurídicos, el Centro de formación de profesionales de la justicia (CFPJ), dedicado a la formación de los magistrados, ha integrado los derechos de la mujer en sus programas de formación desde el curso de 2011.

Acceso a la justicia

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

14.El Togo tiene previsto el acceso efectivo de la mujer a la justicia en el marco de la reforma del Código Penal y de sus proyectos de sensibilización. El anteproyecto de reforma del Código Penal castiga todo tipo de discriminación contra la mujer y de actos de violencia por motivos de género.

15.La Dirección de acceso al derecho y a la justicia del Ministerio de Justicia ha iniciado un proyecto de utilización de voluntarios para prestar apoyo jurídico a los grupos vulnerables, y ha solicitado el apoyo a ese respecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

16.El objetivo es contribuir al respeto de los derechos fundamentales de las personas más vulnerables mediante el establecimiento inmediato de un sistema de asistencia jurídica y judicial en favor de los grupos más vulnerables y desfavorecidos. Ese proyecto prevé el establecimiento de un dispositivo experimental de asistencia jurídica a los arrestados y detenidos, en particular mujeres y jóvenes.

17.También se tiene previsto realizar un estudio sobre la creación de un dispositivo experimental de reunión de información y de orientación sobre la justicia en los tribunales de primera instancia de Lomé y de Kara. Las mujeres podrán beneficiarse de ese dispositivo y disponer de un acceso facilitado a los juzgados y tribunales durante el período de ejecución del proyecto (2012-2013). Se llevará a cabo un proceso de sensibilización para ofrecer más recursos de asistencia judicial a las mujeres en relación con todas las causas ante los juzgados y tribunales.

Leyes discriminatorias

Respuesta al párrafo 5 (frases primera y segunda) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

18.La reforma del Código Penal y del Código de la Persona y de la Familia iniciadas por el Gobierno se inscribe en un contexto más amplio que la simple armonización con los instrumentos internacionales de protección de los derechos de la mujer. Responde a una necesidad de buena gobernanza y de buena administración de la justicia, que son indispensables para un desarrollo duradero. Lo que se trata de hacer es establecer un mecanismo de actualización y de armonización del derecho.

19.Los anteproyectos de reforma del Código Penal y del Código de la Persona y de la Familia podrían ser aprobados y promulgados durante el segundo semestre de 2012.

Respuesta al párrafo 5 (tercera frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

20.Los estados generales de la administración pública (EGAP) recomendaron la adopción de mecanismos fiscales que permitieran la reducción del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPP) para las funcionarias. Sin embargo, todavía no se ha reformado el Código Fiscal para poder hacer efectiva esa recomendación.

Respuesta al párrafo 5 (cuarta frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

21.El Estado acoge la participación de todos los agentes en su proceso de reforma legislativa. En las diversas etapas de esa reforma, recaba su asesoramiento y las reformas que desearían introducir en los instrumentos que se están elaborando.

Estereotipos y prácticas nocivas

Respuesta al párrafo 6 (primera frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

22.El Gobierno ha adoptado diversas medidas para modificar las pautas sociales y culturales de la población en lo que atañe a las relaciones entre hombres y mujeres.

23.En mayo de 2010 se creó el Ministerio de Promoción de la Mujer encargado de modo específico de las cuestiones que atañen a las mujeres.

24.En todos los departamentos ministeriales se han establecido dependencias de enlace de género a fin de velar por que se tengan presentes las cuestiones de género en sus diferentes políticas.

25.También conviene señalar el establecimiento del Foro nacional de la mujer del Togo y la adopción por el Consejo de Ministros en enero de 2011 de la política nacional de equidad e igualdad entre los géneros y su plan de acción.

26.Asimismo, conviene mencionar que el documento de estrategia de reducción de la pobreza establece en su apartado 3, relativo al desarrollo del capital humano, la promoción de la equidad y la igualdad entre los géneros.

27.Esa promoción de la igualdad entre los géneros se traduce en el ámbito de la educación en:

Establecer un mecanismo de acceso equitativo, retención y conclusión de los estudios en todos los niveles del sistema de educación.

Tener en cuenta las necesidades diferentes de las niñas y los niños, los hombres y las mujeres en el sector de la educación, la formación y la alfabetización. Muestra de ello es la gratuidad de la enseñanza en los niveles preescolar y primario de la educación pública.

Promover una educación sensible al género (reducción de los gastos de escolarización de las niñas en la enseñanza secundaria).

28.Dicha promoción también se traduce en el acceso de las mujeres al empleo y a los puestos de adopción de decisiones, en el acceso en pie de igualdad a los derechos humanos y en el reforzamiento del marco institucional de aplicación de la política nacional de equidad e igualdad entre los géneros.

29.Por lo que se refiere a las medidas de sensibilización adoptadas, conviene mencionar las actividades que se indican a continuación.

30.En lo que atañe a la formación y sensibilización de los periodistas de los medios de comunicación privados y estatales para promover la imagen de la mujer en la información se han adoptado las medidas siguientes:

Formación de consejeros pedagógicos sobre el género y los derechos de la mujer consagrados en la Convención, poniendo particularmente de relieve la necesidad de eliminar los estereotipos sexistas de los manuales escolares;

Formación y sensibilización, en todas las prefecturas del país, de los prefectos, los jefes tradicionales, los dirigentes religiosos, los terratenientes y otros agentes fundamentales de las colectividades locales en relación con el acceso de las mujeres a la tierra.

Respuesta al párrafo 6 (segunda frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

31.Además de las medidas mencionadas más arriba, periódicamente se organizan actividades de movilización social conjuntamente con las organizaciones de la sociedad civil de promoción de los derechos del niño y de la mujer y el apoyo de los asociados en el desarrollo y de algunas representaciones diplomáticas, a fin de luchar contra todas las prácticas que impiden a las niñas y a las mujeres disfrutar plenamente sus derechos.

32.Asimismo, se han establecido unidades de lucha contra esas prácticas, dirigidas por asesores legales, comisiones especializadas en la protección del niño y asociaciones escolares infantiles en las zonas de riesgo para sensibilizar a las comunidades sobre los peligros que entrañan esas prácticas.

33.El anteproyecto de reforma del Código Penal ha sido adoptado en abril de 2012 y está en proceso de promulgación.

34.El Togo ha incluido en el Código del Niño y en los anteproyectos de reforma del Código de la Persona y de la Familia y del Código Penal disposiciones encaminadas a reprimir y eliminar todas esas prácticas negativas.

35.Se han registrado avances en la cuestión del matrimonio precoz. La legislación togolesa, mediante los artículos 267 a 274 del Código del Niño, prohíbe actualmente el matrimonio de los niños y la promesa de matrimonio entre niños establecida por sus progenitores y tutores.

36.El anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia establece que, en ausencia de una opción entre la costumbre y las disposiciones del Código, se considerará que los contrayentes han elegido de pleno derecho la aplicación de las disposiciones del Código. Otra disposición de ese anteproyecto de Código establece que el hombre y la mujer elegirán libremente a la persona con quien contraerán matrimonio y que este no se celebrará sin su consentimiento libre y pleno. El matrimonio no podrá efectuarse antes de haber cumplido 18 años.

37.Por lo que se refiere a la brujería, no existe ninguna disposición jurídica al respecto. Sin embargo, en el anteproyecto de reforma del Código Penal se tipifican como delito y se castigan los actos de brujería.

38.También se tiene previsto nombrar a un experto en derecho consuetudinario para que realice un estudio a fondo de la cuestión y determine los medios idóneos para resolverla.

Trata y explotación de la prostitución

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

39.No existen datos nacionales exhaustivos sobre el número de mujeres y niñas víctimas de la trata con fines de explotación sexual y económica.

40.Sin embargo, se han establecido programas específicos para impedir ese fenómeno y asegurar la reinserción de las víctimas. A ese respecto entre 2008 y 2010, los servicios policiales del ministerio que se ocupa de la protección de los niños y la Comisión nacional de acogida y reinserción social de los niños víctimas de la trata registraron 1.264 casos de niños víctimas de la trata (503 en 2008, 404 en 2009 y 357 en 2010).

41.En 2011 se registraron 281 casos de niños víctimas de la trata (194 niñas y 87 niños). De todos ellos, 225 pudieron ser liberados antes de que llegaran a ser trasladados a su destino y 53 fueron repatriados de Benin, Nigeria y el Gabón.

42.En el período 2011-2012, con el apoyo de la Oficina Internacional del Trabajo, 1.193 niños, de los cuales 586 víctimas de la trata, fueron acogidos en instituciones públicas, y se procedió a reforzar la capacidad económica de 815 familias vulnerables, expuestas a la trata, mediante actividades generadoras de ingresos (AGR), a fin de poder proteger a sus hijos contra ese fenómeno.

43.Por lo que se refiere a la lucha contra la explotación sexual y contra las peores formas de trabajo infantil, conviene señalar que entre 2005 y 2009, 4.000 niños víctimas de la explotación sexual o en riesgo de serlo han sido alejados de las zonas en que se practica la prostitución y han podido beneficiarse de la asistencia psicológica y la reintegración con sus familias.

44.Desde el punto de vista penal, el Togo dispone de un arsenal jurídico importante de lucha contra la explotación de las mujeres con fines de prostitución:

El Código Penal castiga el proxenetismo y la corrupción de menores. Se consideran como proxenetas:

El adulto dedicado a la trata y explotación de la prostitución de mujeres y niñas;

La persona que conviva con otra persona dedicada habitualmente a la prostitución y que no pueda justificar los recursos con que mantiene su nivel de vida;

La persona que pone sus locales a disposición de quienes se dedican a la prostitución;

El encargado o los empleados de hoteles que toleren habitualmente en sus establecimientos la presencia de personas que se dediquen a la prostitución.

45.Las personas incluidas en esas categorías y culpables de proxenetismo serán condenadas a una pena de 1 a 5 años de reclusión y una multa de 100.000 a 1 millón de francos CFA (art. 92), junto a penas complementarias de pérdida temporal de sus derechos civiles, cívicos y profesionales. Cuando se trate de explotación de menores, la pena será de 10 años de reclusión:

El anteproyecto de reforma del Código Penal amplía el ámbito de aplicación de la normativa y endurece las penas aplicables en los casos de prostitución y proxenetismo.

46.Dicho anteproyecto también tipifica como delito la trata de personas con fines de explotación. La explotación se entiende como la prostitución de otras personas u otras formas de explotación sexual. Las sanciones previstas son penas de 5 a 10 años de reclusión y multas de 5 a 10 millones de francos CFA.

47.Los culpables de trata de niños serán castigados con pena de prisión. En 2011, hubo 31 personas declaradas culpables de trata de niños que fueron detenidas y encarceladas.

48.Asimismo, en el marco de la lucha contra trata de personas, en particular de mujeres y niños, con fines de explotación sexual comercial, se han adoptado medidas para sensibilizar a la población sobre los riesgos y peligros que esto entraña. Los estudios realizados han permitido poner al descubierto la complejidad del fenómeno. Por ello, en 2011, con el apoyo de la Oficina Internacional del Trabajo, se inició la elaboración de un estudio concreto sobre la explotación sexual comercial de los niños en el Togo.

49.Por lo que se refiere al Plan nacional de lucha contra la trata de personas, en particular de mujeres y niños, las informaciones proporcionadas más arriba se inscriben en el marco de su puesta en práctica.

50.La evaluación de ese Plan nacional permitirá comprobar su repercusión real.

Violencia contra la mujer

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

51.El anteproyecto de reforma del Código Penal prevé castigar el acoso sexual, la violencia en la familia y la violación como infracciones distintas y establece las penas correspondientes a cada delito.

52.El anteproyecto de reforma del Código Penal ha sido adoptado en abril de 2012 y está en trámites para su promulgación.

53.Por otra parte, el Código del Niño entró en vigor en 2007 y en él se prohíbe y se castiga la mutilación genital femenina, el incesto, la pedofilia, la violación y el acoso sexual.

54.Por lo que se refiere a la violación conyugal, el anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia establece que las relaciones sexuales entre esposos son libres y consensuales. Asimismo, el anteproyecto de reforma del Código Penal recoge las disposiciones generales del artículo 87 del Código vigente que castiga la violación conyugal.

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

55.Las consultas populares organizadas por parlamentarias han permitido elaborar una proposición de ley sobre las violencias sufridas por las niñas y las mujeres. Esa proposición de ley está siendo examinada en el Parlamento con miras a su aprobación.

56.También se están adoptando medidas para incluir nuevas tipificaciones de delitos en el anteproyecto de reforma del Código Penal a fin de castigar esas formas de violencia.

57.El Estado ha establecido una estrategia nacional de lucha contra todas las formas de violencia contra la mujer, elaborada y aprobada en 2008. Actualmente, ese documento está siendo actualizado para adaptarlo a las nuevas realidades, como el examen de las recomendaciones propuestas en algunos estudios (estudio sobre la mutilación genital femenina (MGF) de 2008, estudio sobre la violencia por motivos de género (VBG) de 2010, evaluación de la MGF de 2012). La actualización está encaminada sobre todo a integrar las cuestiones relativas a la violencia ejercida contra las niñas y las mujeres en los programas de enseñanza y en los programas de formación, a elaborar y aplicar un plan de acción nacional multisectorial de prevención y a establecer un programa de seguimiento.

58.El documento de estrategia mencionado, así como los diferentes programas sectoriales, tiene como objeto alentar a las mujeres a denunciar los actos de violencia, garantizar el enjuiciamiento de sus autores, proporcionar a las víctimas protección, recursos judiciales y reinserción, y adoptar medidas de fomento de la capacidad y de sensibilización destinadas a la policía, los abogados, el personal de la salud, los trabajadores sociales, la judicatura y el público en general.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

59.Los estudios sobre la mutilación genital femenina (MGF) han mostrado que en 1996 la tasa de prevalencia era del 12% y en 1998 del 6,9%; en 2010 la cuarta encuesta de indicadores múltiples (MICS4) la situaba en el 3,9%, mientras que la evaluación de 2012 ha indicado una tasa cercana al 2%. Esto demuestra una tendencia hacia la solución de ese fenómeno gracias a los efectos de la legislación y de una serie de textos jurídicos que dan a los agentes estatales y a las organizaciones de la sociedad civil un arma para luchar contra esa práctica.

60.Por lo que se refiere al enjuiciamiento y la condena de los autores, el estudio de 2008 sobre la MGF pone de manifiesto que los casos de MGF se refieren sobre todo a niñas de comunidades extranjeras instaladas en el Togo o de familias de pueblos nómadas. Asimismo, la ablación se ha convertido en un fenómeno transfronterizo: hay familias que salen del Togo para que la operación de ablación en sus hijas se haga en países fronterizos; a veces esa práctica también se lleva a cabo sobre niñas recién nacidas. Por consiguiente, entre el momento de detección del delito y el inicio de la persecución de los autores, las familias desaparecen sin dejar noticia de su domicilio y las investigaciones quedan paralizadas.

61.A fin de eliminar la práctica de la MGF se han adoptado numerosas medidas como:

La creación de una línea telefónica verde para la protección de la infancia, que sirve para denunciar anónimamente los casos de malos tratos de niños, incluida la MGF;

La organización de sesiones de intercambio con los dirigentes tradicionales garantes de los usos y costumbres a fin de examinar las consecuencias de esa práctica;

La organización de campañas nacionales de sensibilización;

La producción y difusión de carteles sobre ese fenómeno;

La formación de las personas cuyo trabajo guarda relación con ese fenómeno;

La reconversión laboral de las personas que realizan tradicionalmente las ablaciones mediante inversiones para la creación de actividades generadoras de ingresos;

El establecimiento de un dispositivo de seguridad (grupos de vigilancia y alerta, personal de aduanas, policía, autoridades locales) encaminado a detectar ese fenómeno.

Participación política y adopción de decisiones

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

62.Aparte de las medidas de fomento adoptadas en 2007, que se mencionan en el informe del Estado parte, el Gobierno, con objeto de eliminar el problema de la discriminación de la mujer, ha establecido un marco jurídico e institucional y ha adoptado diversas medidas, como:

La creación, en mayo de 2010, de un ministerio encargado de modo específico de las cuestiones de la mujer y del género.

La adopción en enero de 2011 de la política nacional de equidad e igualdad entre los géneros y su plan de acción. Esa política, que tiene como fin promover a medio y largo plazo la equidad y la igualdad entre los géneros, la autonomía de la mujer y su participación efectiva en la adopción de decisiones a todos los niveles del proceso de desarrollo del Togo, constituye un verdadero instrumento de referencia.

El establecimiento de un grupo de trabajo para la participación de la mujer en la vida política en el marco de la Asamblea Nacional.

La creación de dependencias de enlace de género en todos los departamentos ministeriales y el reforzamiento de su capacidad.

La elaboración en 2011 de un anteproyecto de ley de promoción de la mujer en el acceso a los cargos obtenidos mediante elección y en la designación de mujeres para ocupar cargos en órganos e instituciones estatales y de la administración pública (ley de cupos) que está siendo examinado por el Consejo de Ministros.

La organización en diciembre de 2009 de un foro nacional de la mujer togolesa.

La adopción de medidas de sensibilización y de reforzamiento de la capacidad de los agentes (sensibilización de los partidos políticos respecto al género y a la participación de la mujer en los procesos de decisión, y formación en liderazgo y técnicas de comunicación de las posibles candidatas a las elecciones).

63.Todas esas medidas han sido adoptadas en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil.

64.Sobre la base de esa labor, se han obtenido algunos progresos:

Por primera vez, una mujer ha representado a un partido político en las elecciones presidenciales de 2010;

El Gobierno del Togo ha pasado de tener 4 mujeres miembros en septiembre de 2008 a 7 en mayo de 2010;

Algunas mujeres ocupan altas funciones diplomáticas, por ejemplo las Embajadoras del Togo ante la Unión Africana y ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra;

Una mujer es Vicepresidenta segunda de la Asamblea Nacional;

De los 11 miembros de la Comisión de la verdad, la justicia y la reconciliación (CVJR) nombrados el 25 de febrero de 2009, 4 son mujeres;

Se ha nombrado a mujeres para que ocupen puestos en la magistratura y en otros niveles de la administración de justicia;

De los 9 miembros del Consejo superior de la magistratura, 2 son mujeres;

Se ha promovido la participación de la mujer en la formación de jueces y auxiliares de la administración de justicia.

Nacionalidad

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

65.En relación con el derecho de la mujer a obtener, cambiar, conservar o transmitir la nacionalidad togolesa, en el anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia se dispone que "el divorcio no tiene efecto alguno sobre los derechos adquiridos por el hombre o la mujer en relación con la nacionalidad togolesa. No entraña por sí solo la pérdida de la nacionalidad". Una mujer extranjera que haya obtenido la nacionalidad togolesa en virtud de su matrimonio la conserva incluso en caso de divorcio.

66.Por otra parte, la Constitución del Togo, de 14 de octubre de 1992, facilita la obtención de la nacionalidad togolesa por un niño, sin condiciones particulares excepto que su madre posea la nacionalidad togolesa (art. 32, párr. 2). Los niños nacidos de un padre o una madre togoleses obtienen de derecho la nacionalidad togolesa.

67.Por lo que se refiere a la adhesión a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, el texto de dicha Convención está siendo examinado por el Parlamento. En lo que concierne a la Convención para reducir los casos de apatridia, de 1961, el anteproyecto de ley por el que se autoriza la adhesión a la Convención ha sido transmitido al Consejo de Ministros para su aprobación.

Educación

Respuesta al párrafo 13 (frases primera y segunda) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

68.Se han adoptado varias medidas para superar los obstáculos con que se enfrenta la educación de las niñas y las jóvenes:

Insuficiencia y deficiencia de las infraestructuras de educación (F uente: Plan sectorial de educación 2010-2020):

Entre 2010 y 2020 se tiene previsto construir un promedio anual de 996 aulas en el sector de la enseñanza preescolar y primaria, 515 en el sector de la enseñanza secundaria 1 y 100 en el sector de la enseñanza secundaria 2. En 2010 se construyeron 120 aulas en el sector de la enseñanza preescolar y primaria, 28 en el sector de la enseñanza secundaria 1 y 18 en el sector de la enseñanza secundaria 2. En 2011 se construyeron 42 aulas en el sector de la enseñanza preescolar y primaria, 44 en el sector de la enseñanza secundaria 1 y 30 en el sector de la enseñanza secundaria 2.

Mejoramiento de los servicios en las escuelas (acceso a agua potable, letrinas separadas para niños y niñas, instalaciones deportivas, etc.).

Introducción de la tarjeta escolar para planificar mejor la creación de los centros escolares a fin de acercarlos a los alumnos.

Transformación de los centros escolares de iniciativa local en centros públicos.

Insuficiencia de maestros cualificados:

Sistematizar la formación inicial de los maestros de enseñanza preescolar y primaria;

Formación permanente de los maestros;

Creación de cinco nuevos centros de formación de maestros para poder ofrecer formación a 1.800 maestros cada año, con el apoyo de la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y de la alianza mundial para la educación (PME);

Reanudación de la formación inicial de los maestros de enseñanza secundaria en la Escuela normal superior de Atakpamé;

Formación inicial de recuperación de 11.000 maestros con el apoyo de la AFD en 2010-2011;

Readiestramiento de 4.994 maestros voluntarios con el apoyo del UNICEF en 2011-2012.

El complemento de la formación inicial del personal de supervisión (inspectores, consejeros pedagógicos y profesores de escuelas nacionales de maestros (ENI)). La última promoción de 2007-2009 estuvo integrada por:

70 inspectores de enseñanza secundaria;

30 inspectores de enseñanza preescolar y primaria, 6 de ellos de escuelas confesionales;

62 consejeros pedagógicos;

34 profesores de ENI.

Prevalencia del acoso sexual y la violación en la escuela

La lucha contra la violencia en la escuela, especialmente la violencia dirigida contra las niñas, se lleva a cabo sobre la base del Código del Niño de 2007 que establece la protección del niño contra la violencia física, sexual o moral en la escuela y las instituciones, y que abarca el acoso sexual y la violación;

La lucha contra los embarazos precoces y no deseados en la escuela se lleva a cabo en el marco de los proyectos de educación sobre población, desarrollo y salud de la reproducción (EPD/SR), con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP);

La prevención en la escuela de las enfermedades de transmisión sexual (IST) y del VIH/SIDA se lleva a cabo mediante la enseñanza sistemática de métodos de prevención, el enfoque de la educación por los compañeros (establecimiento de asociaciones contra el sida) y el apoyo a los niños afectados;

El anteproyecto de reforma del Código Penal también castiga el acoso sexual.

Aumento del presupuesto

69.En el marco de la aplicación de la Declaración sobre la política sectorial de la educación (DPSE) se ha establecido un Plan sectorial de educación (PSE 2010-2020) y un Marco de gastos a medio plazo (CDMT 2010-2012). El Gobierno se ha comprometido a aumentar el porcentaje de la asignación para educación en el presupuesto nacional del 23,5% en 2007 al 26% para 2020, sobre la base de una tasa de crecimiento anual del  PIB del 4,6%. La proporción del presupuesto para educación respecto a los gastos totales de recursos internos del Estado fue del 24% en 2010 y del 21% en 2011.

70.Asimismo se ha establecido un acuerdo de colaboración en 2010 entre el Estado togolés y sus asociados técnicos y financieros a fin de lograr una movilización más efectiva de los recursos destinados a aumentar el presupuesto del sector educacional:

Medidas para aumentar el número de niñas en todos los niveles de la enseñanza y para reducir la elevada tasa de deserción escolar entre las niñas debido a embarazos y matrimonios precoces y forzados:

En 2008 se eliminaron los gastos de escolarización en los niveles preescolar y primario de la enseñanza pública;

La Orden interministerial Nº 123/MENR/MTP de 11 de agosto de 1998 ha establecido una discriminación positiva a favor de las niñas en lo que atañe al pago de gastos de escolarización: las niñas pagan aproximadamente el 70% de lo que pagan los niños, según se indica en el cuadro que figura a continuación:

Gastos de escolarización por ciclo y región en las escuelas públicas

Región

Primer ciclo de secundaria

Segundo ciclo de secundaria

Niños

Niñas

Niños

Niñas

Lomé-Golfo

4 000

3 000

8 000

5 500

Marítima

3 600

2 800

7 000

4 500

Mesetas

3 600

2 800

7 000

4 500

Centro

3 600

2 500

6 000

4 000

Kara

3 600

2 500

6 000

4 000

S a banas

3 000

2 000

5 000

3 500

La organización a partir de 2009-2010 de campamentos de excelencia para las jóvenes con mejores notas en los exámenes nacionales de Certificado de estudios de primer grado (CEPD), Certificado de estudios del primer ciclo (BEPD), Bachillerato, primera parte (BAC1) y Bachillerato, segunda parte (BAC2), financiados por el Estado con el apoyo de la Fundación Pathfinder de Cheick Modibo Diarra.

La concesión de bolsas de estudio a las tres primeras niñas en las series científicas del examen de BAC2, a partir de 2000, financiadas con el apoyo de la Fundación Pathfinder de Cheick Modibo Diarra.

La creación de comités de gestión de las escuelas primarias (COGEP) en ese nivel de la enseñanza a fin de dinamizar la colaboración entre los equipos pedagógicos y las comunidades educacionales; en esos comités participan representantes de los alumnos que expresan las preocupaciones de sus compañeros y denuncian las prácticas que violan sus derechos.

La promoción de la campaña "Aprender sin miedo" en las escuelas preescolares y primarias.

El reforzamiento de las capacidades de los maestros para eliminar la discriminación de las niñas en la escuela.

El reforzamiento de las capacidades de las estructuras comunitarias (comités de progenitores de alumnos, comités de desarrollo de las aldeas, etc.) para colaborar en la gestión de las escuelas y el seguimiento de la escolarización de las niñas.

La comunicación encaminada a cambiar el comportamiento de las comunidades, las asociaciones de progenitores de alumnos y otros grupos comunitarios organizados.

La movilización en favor de la escolarización de las niñas de los imanes y los maestros coránicos entre la población musulmana, de los jefes tradicionales y los garantes de los usos y costumbres y de las personas de prestigio.

La atención de los niños pequeños a fin de permitir que puedan escolarizarse las niñas y dar mayor libertad a las madres.

La lucha contra la violencia en la escuela, especialmente la sufrida por las niñas.

El establecimiento de asociaciones de niñas y asociaciones de madres para promover modelos valorizadores.

La creación de asociaciones de excelencia con concesión de bolsas de estudio a las niñas más adelantadas, en colaboración con el Cuerpo de Paz.

El establecimiento de comedores escolares para promover el acceso y la asistencia a la escuela de los alumnos y sus resultados escolares.

La lucha en las escuelas contra los embarazos precoces y no deseados, en el marco de los proyectos EPD/SR, con el apoyo del FNUAP.

Respuesta al párrafo 13 (tercera frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

71.La circular Nº 8478/MEN-RS, que prohíbe el acceso de las alumnas embarazadas a los centros escolares, ha caído en desuso y ya no se aplica. Teniendo presente el ordenamiento jurídico vigente, no es necesario iniciar ningún proceso para su derogación.

Respuesta al párrafo 13 (cuarta frase) de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

72.La política nacional de alfabetización finalizará al acabar el año 2012.

Repercusiones de la Declaración sobre la política sectorial de educación (DPSE) y el Plan sectorial de educación (PSE)

73.La Declaración sobre la política sectorial de educación se adoptó en 2009 y el Plan sectorial correspondiente se adoptó en 2010. Es demasiado pronto para calcular sus repercusiones en la educación de las niñas. Sin embargo, el PSE ya ha establecido medidas y estrategias en favor de la educación de las niñas. Entre esas medidas se pueden citar:

La sensibilización de los progenitores y de las comunidades respecto a la necesidad de escolarizar a los niños, especialmente a las niñas;

La organización de la enseñanza primaria en subciclos, a fin de reducir la frecuencia de las repeticiones;

El reforzamiento de la escolarización de las niñas mediante la adopción de medidas específicas como la movilización social;

La asignación en las zonas hostiles a la escolarización de las niñas de maestros originarios de las mismas localidades;

La concesión del 50% de los puestos abiertos en las ENI a candidatos de sexo femenino.

Empleo

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

74.Los instrumentos jurídicos nacionales no establecen discriminación alguna en el empleo ni en las profesiones, cualesquiera que sean.

75.Existen varios medios de incidir en el empleo. Uno de ellos es la inspección del trabajo, que tiene como fin:

Controlar la aplicación efectiva de la legislación en las empresas y velar por que se respete;

Proporcionar asesoramiento a los trabajadores y a los empleadores.

76.En ese sentido, la capacidad de las inspecciones del trabajo se ha reforzado entre 2008 y 2011 mediante la formación de 60 inspectores del trabajo, 15 de ellos mujeres. Se imparten cursos de readiestramiento del personal para mejorar el nivel de los inspectores. Asimismo, la administración laboral, con la asistencia de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) organiza periódicamente cursos de formación y sensibilización sobre temas concretos, como la no discriminación, la igualdad entre los géneros, etc.

77.Asimismo, el Togo ha ratificado convenios fundamentales de la OIT, como el Convenio Nº 100 sobre la igualdad de remuneración y el Convenio Nº 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación).

78.Es sobre esos convenios que se basa el Código del Trabajo.

79.La discriminación positiva a favor de la mujer a fin de salvar las lagunas existentes en el ámbito laboral entre los hombres y las mujeres se aplica a veces en determinadas contrataciones.

80.A ese respecto, sucede por lo general que en los procesos de contratación se adopten determinadas disposiciones en favor de la mujer, mediante el establecimiento de cupos o mediante la adopción de medidas de discriminación positiva. Así sucede, por ejemplo, en determinadas contrataciones en que se exige una talla mínima, pero en las cuales se acepta que las candidatas sean admitidas aunque tengan una talla inferior (policía, guardia forestal, ejército y cuerpos paramilitares).

81.Hay escuelas y centros de formación profesional establecidos únicamente para niñas, habida cuenta de que los varones no realizan las funciones para las que esas instituciones han sido creadas (Escuela nacional de comadronas, centros confesionales de formación artesanal, etc.).

82.Por lo que se refiere a la segregación en el trabajo, conviene señalar que puestos que anteriormente estaban reservados a los hombres son ocupados en la actualidad también por mujeres. La presencia de las mujeres en las fuerzas del orden y las fuerzas de seguridad ilustra bien esa situación.

83.Por otra parte, en el Togo la remuneración de los asalariados se hace sin distinciones de género.

84.Por lo que se refiere al acoso sexual, esos casos se denuncian por lo general a los inspectores de trabajo, pero se resuelven a menudo mediante un arreglo amistoso. Las mujeres y las jóvenes prefieren la discreción en esas situaciones. Las constricciones sociales y culturales están aún muy vivas y no son muy favorables en esos casos a la imagen de la mujer, ya que en esas situaciones se puede confundir a la víctima con una mujer de costumbres ligeras. Ese es uno de los motivos que justifican la iniciación, en el presente año 2012, del proceso de elaboración de una estrategia de lucha contra la discriminación en el puesto de trabajo.

85.La licencia de maternidad está establecida en el artículo 148 del Código del Trabajo.

86.Según las disposiciones de ese artículo:

La mujer embarazada, cuyo estado haya sido certificado por un médico, puede abandonar el trabajo sin aviso previo y sin tener que pagar una indemnización por incumplimiento de contrato;

Cuando se acerque el momento del parto, y sin que esa interrupción pueda ser motivo de ruptura del contrato, toda mujer tiene derecho a suspender su trabajo durante 14 semanas consecutivas, de las cuales 6 pueden ser después del parto;

Esa suspensión puede prolongarse 3 semanas en caso de enfermedad debidamente comprobada, que haya sido causada por el embarazo o el parto o por motivos relacionados con la salud del niño;

En todos los casos, la mujer tiene derecho, durante ese período de suspensión del contrato de trabajo, a recibir una indemnización de la Caja Nacional de Seguridad Social (CNSS) igual a la mitad del sueldo que percibía en el momento de la suspensión, quedando la otra mitad a cargo del empleador.

87.El Código del Trabajo también establece en su artículo 49 que, durante el período de 15 meses posterior al nacimiento del niño, la madre tiene derecho a períodos de reposo para la lactancia. La duración total de esos períodos no puede superar una hora por día de trabajo.

88.Durante ese período, la mujer puede abandonar su trabajo sin aviso previo y sin tener que pagar una indemnización por ruptura de contrato.

89.Por lo que se refiere al sector no estructurado de la economía, se está examinando un proyecto de política nacional relativo a su organización a fin de proceder a su adopción. Los textos relativos a la seguridad social y las mutualidades de salud se difunden entre la población.

90.En relación con las jóvenes trabajadoras domésticas, las organizaciones de la sociedad civil contactan con las jóvenes, les proporcionan formación, les encuentran trabajo y realizan un seguimiento en los lugares en que trabajan. Esas jóvenes son más respetadas y sufren menos los excesos a que pueden someter los empleadores a las jóvenes que no siguen ese proceso para encontrar trabajo.

91.A los fines de reglamentar y controlar ese sector, el organismo nacional de empleo, que es el órgano estatal de búsqueda de empleo, está estudiando actualmente la adopción de un programa para establecer un marco jurídico estructurado del sector del trabajo doméstico que respete los principios y los derechos fundamentales en materia de trabajo contenidos en el programa de trabajo decente (PPTD) firmado entre el Gobierno y la OIT en diciembre de 2010.

Salud

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

92.Para mejorar el acceso de la mujer a los servicios de atención de la salud, el Estado togolés ha adoptado o tiene previsto adoptar varias medidas:

a)Medidas destinadas a eliminar los obstáculos derivados de un uso insuficiente de los servicios de salud por las mujeres:

Establecimiento de mutualidades de salud.

Formación de agentes de salud comunitaria (ASC) a fin de sensibilizar a las mujeres respecto a los indicios de peligro durante el embarazo, el parto y el período posterior al parto.

Establecimiento de asociaciones de madres que sensibilicen a las mujeres sobre todo tipo de problemas de la salud.

Difusión de mensajes radiofónicos en las lenguas locales respecto a la salud de la reproducción (planificación familiar (PF), consultas prenatales y posnatales, VIH/SIDA, etc.).

Realización de emisiones de radio y televisión.

b)Medidas destinadas a mejorar el acceso de las mujeres a servicios adecuados de salud, incluida la atención prenatal y posnatal:

Reforzamiento de las competencias de los prestatarios de servicios (consultas prenatales (CPN), PF, atención obstétrica y neonatal de urgencia (SONU), reparación de fístulas obstétricas).

Organización de estrategias avanzadas y móviles (PF, CPN, consultas posnatales (CPON) y vacunación).

Rehabilitación de las unidades de salud periférica (USP) en zonas aisladas.

Subvenciones para la realización de cesáreas.

Campañas de reparación de fístulas obstétricas.

Asignación a los centros sanitarios (FS) de materiales de atención de la salud.

Aprovisionamiento a los FS de productos de la salud reproductiva (SR) y otros suministros.

c)Medidas destinadas a reforzar el presupuesto asignado a la salud:

En el marco de la aplicación de la política nacional de salud (PNS) se elaboró un Plan nacional de desarrollo de la salud (PNDS 2012-2015) y un marco de gastos a medio plazo (CDMT 2012-2014). A tal efecto se firmó en mayo de 2012 un pacto nacional entre el Estado togolés y sus asociados técnicos y financieros con el fin de favorecer el aumento de los recursos para el sector de la salud y de lograr una mayor previsibilidad en ese ámbito.

d)Medidas destinadas a aumentar el número de trabajadores de la salud capacitados:

Reapertura y establecimiento de escuelas de formación en atención de la salud.

Contratación periódica de personal de la salud (2008: 1.127 puestos, de los cuales 169 puestos administrativos; y 2009: 867 puestos, de los cuales 311 puestos administrativos).

Contratación de personal complementario de la salud en el marco del programa de promoción del voluntariado nacional del Togo (PROVONAT).

e)Medidas destinadas a sensibilizar a las mujeres y las niñas sobre la salud sexual y reproductiva y sobre sus derechos en ese ámbito:

Divulgación de la Ley sobre salud reproductiva (SR) en los planos nacional, regional y de distrito mediante emisiones de radio y televisión, reuniones y debates.

Difusión de las políticas, normas y protocolos relativos a la SR, la PF y las enfermedades de transmisión sexual (IST).

Elaboración, con destino a las mujeres, las niñas y las adolescentes, de folletos de posalfabetización en las lenguas locales y en francés básico sobre la PF, la lucha contra el VIH, la MGF, la maternidad con riesgos reducidos y los derechos de la mujer. Esos folletos se repartirán en los centros de alfabetización y en las bibliotecas de aldea.

Establecimiento por el Ministerio de Educación de un programa sobre salud de la reproducción en el marco de los proyectos de educación sobre población, desarrollo y salud de la reproducción (EPD/SR), con el apoyo del FNUAP.

f)Medidas destinadas a mejorar la utilización y la disponibilidad de los métodos anticonceptivos y de la información sobre la PF, en particular en las zonas rurales:

Elaboración de un plan de renovación de la PF en el Togo:

Formación de los prestatarios de atención sobre la PF clínica;

Seguimiento/supervisión de los prestatarios ya formados;

Dotación de material de PF;

Aprovisionamiento de los FS en productos anticonceptivos;

Organización de emisiones de radio y televisión sobre las ventajas de la PF.

Difusión de la Ley sobre salud reproductiva en virtud de la cual se autoriza la oferta de servicios de PF en el Togo.

93.En las zonas rurales se han llevado a cabo las actividades siguientes:

Formación de los ASC para la promoción de la PF (oferta por los ASC de productos inyectables).

Distribución en las comunidades de productos anticonceptivos (preservativos para hombre y para mujer, distribución de la píldora anticonceptiva a las mujeres). Se ha establecido un programa experimental de distribución por los ASC de anticonceptivos inyectables en el distrito sanitario de Haho.

Ofrecimiento de la PF de estrategia móvil (implante y dispositivo intrauterino) o avanzada (métodos inyectables y orales) en las zonas aisladas.

94.Todas esas medidas han permitido alcanzar una tasa de prevalencia de los anticonceptivos modernos del 11,1% (MICS3 2006) al 13,1% (MICS4 2010).

95.Por lo que se refiere a los problemas derivados de los embarazos precoces y los abortos de jóvenes y adolescentes, existen:

Estructuras sanitarias que se ocupan básicamente de la salud de las jóvenes y las adolescentes (medicina escolar);

Un programa de lucha contra los embarazos precoces y no deseados de escolares establecido en el marco de los proyectos de educación sobre población, desarrollo y salud de la reproducción (EPD/SR), con el apoyo del FNUAP;

La prevención de las enfermedades de transmisión sexual (IST) y del VIH/SIDA en la escuela mediante la enseñanza sistemática de métodos de prevención, el enfoque de educación por los compañeros (establecimiento de asociaciones contra el sida) y el apoyo prestado a los niños afectados.

96.En el Togo, los abortos solo se autorizan en casos de incesto, violación y determinadas enfermedades, y siempre bajo estricta supervisión médica.

97.Más bien se pone el acento en la prevención de los embarazos no deseados mediante la sensibilización y la promoción del uso de métodos anticonceptivos.

98.Sin embargo, se han adoptado disposiciones para realizar en los centros de salud los abortos autorizados. Para ello se ha llevado a cabo:

La formación de 2008 a 2010 de 96 prestatarios de atención de la salud con posterioridad a la realización de un aborto;

La divulgación de la Ley sobre salud reproductiva que establece las normas que se deben seguir en la realización de abortos.

99.En el 2009 y 2010 se llevaron a cabo en todos los centros sanitarios públicos del Togo, respectivamente 6.736 y 6.524 abortos, de los cuales 1.732 y 1.661 habían sido abortos provocados. En 2009, de los 6.736 abortos realizados, 3.619 se hicieron en zonas rurales, mientras que en 2010 de los 6.524 abortos realizados, 3.031 se hicieron en zonas rurales. Según el último censo de 2010, el 62,3% de la población vive en zonas rurales y el 37,7% en zonas urbanas.

100.La aplicación de la Ley Nº 2007-005, de 10 de enero de 2007, sobre la salud reproductiva tiene como una de sus consecuencias esenciales el encausamiento penal de los autores, coautores o cómplices de una tentativa de interrupción o una interrupción voluntaria del embarazo, o de otra infracción de las disposiciones de esa Ley.

101.En 2010 y 2011, por ejemplo, la Fiscalía del Tribunal de Lomé abrió respectivamente 3 y 4 causas penales por interrupción voluntaria de un embarazo. Los autores de esos delitos han sido procesados por las jurisdicciones correspondientes.

102.La legislación no establece un plazo para la realización del aborto, habida cuenta de que no lo autoriza sino en las condiciones excepcionales indicadas anteriormente. La cuestión de los plazos se deja a la apreciación de los especialistas médicos.

103.La obligación de practicar los abortos en un hospital puede impedir, por motivos económicos y logísticos, que determinadas mujeres que cumplirían los criterios para abortar, recurran a un aborto terapéutico.

104.En cumplimiento del Plan nacional de desarrollo de la salud (PNDS), se han adoptado medidas (aumento del número de ambulancias, equipos e infraestructuras) para mejorar progresivamente la capacidad técnica y el rendimiento del personal.

105.La sensibilización sobre el VIH y su prevención entre los adolescentes se lleva a cabo en el marco de los programas de prevención del VIH para escolares y otros jóvenes:

La educación preventiva sobre el VIH, el sida y las enfermedades de transmisión sexual (IST) se realiza en las escuelas primarias y secundarias generales conforme a la orden Nº 107/MEPSA/CAB/SG, de 13 de agosto de 2009, y en los centros de enseñanza técnica conforme a la orden Nº 2010/METFP/CAB/SG, de 10 de mayo de 2010.

106.Las cuestiones relativas al sida, la sexualidad y la salud reproductiva se incluyen en los programas de estudios de la enseñanza secundaria. En el caso de la enseñanza técnica, se ha repartido en los centros de estudio una carpeta con material de información sobre IST/VIH/SIDA, la CIE y el enfoque participativo.

107.Hay que señalar también el proyecto "100% joven" establecido en 2009 con el fin de sensibilizar a los escolares jóvenes mediante las campañas en los medios de comunicación de masas, la educación por los compañeros, las asociaciones de muchachas jóvenes y las actividades educacionales establecidas de modo concreto para ese grupo de personas:

Fuera de las escuelas, se llevan a cabo actividades de sensibilización destinadas a determinados colectivos vulnerables, como las muchachas porteadoras y las aprendizas, así como las profesionales del sexo.

Asimismo, en las zonas urbanas se establecen centros de convivencia destinados a los jóvenes, a los que acuden muchachas y muchachos, y en los que se les ofrece asesoramiento sobre el sida, la sexualidad y la salud reproductiva.

En las zonas rurales y suburbanas se han establecido centros de iniciativa profesional y centros rurales de actividades socioeducativas destinados a los jóvenes y los adolescentes de ambos sexos. En esos centros también se llevan a cabo actividades de información y de sensibilización sobre IST/VIH/SIDA, la sexualidad y la salud reproductiva.

108.Las órdenes por las que se establece la orientación en materia de VIH en los centros escolares, el reforzamiento de los conocimientos y las capacidades de los docentes y de los jóvenes, la educación por los compañeros, la sensibilización del público en general y las actividades de ocio y entretenimiento, constituyen bases sólidas para el reforzamiento de los conocimientos de las jóvenes y las adolescentes a fin de lograr un conocimiento más profundo de la sexualidad.

Mujeres del medio rural

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

109.Se han adoptado varias medidas para mejorar la situación de las mujeres del medio rural en lo que atañe a la obtención de agua potable. Entre ellas se pueden mencionar:

La creación en 2010 del Ministerio de recursos hídricos, servicios sanitarios e hidráulica agrícola (MEAHV), encargado de modo concreto del abastecimiento de agua potable y de las cuestiones de saneamiento. Por medio de ese Ministerio, el Gobierno ha iniciado una reforma del sector mediante la formulación y adopción de una política nacional del agua, así como la elaboración de una ley del código del agua a fin de aplicar dicha política, y la formulación de un plan nacional de gestión integrada de los recursos hídricos (PANGIRE) y de un plan de acción nacional del sector del agua y el saneamiento (PANSEA).

La realización de obras de abastecimiento de agua potable con el fin principal de establecer fuentes cercanas a los usuarios. De ese modo, de 2007 a abril de 2012 se han realizado 2.504 obras de ese tipo en todo el territorio del país, llevando la tasa de abastecimiento nacional del 30% al 47,33%.

110.Conviene señalar que las obras de abastecimiento de agua a las aldeas se han intensificado en 2010 y 2011, período durante el cual se han instalado respectivamente 770 y 815 bombas de motricidad humana (PMH) frente a 212 y 650 obras realizadas en 2008 y 2009, respectivamente.

111.A fin de reducir el trabajo que tienen que realizar las mujeres para bombear el agua, el MEAHV promueve en la actualidad la instalación de bombas de funcionamiento manual en lugar de bombas de funcionamiento con el pie.

112.Además del agua destinada al consumo humano, las infraestructuras de abastecimiento de agua potable están equipadas de un abrevadero para el ganado y de un pozo destinado a obtener agua para la construcción y el riego de pequeños huertos.

113.Esas medidas hacen más ligeras las tareas de las mujeres de obtención de agua y les permiten dedicarse a otras actividades socioeconómicas.

114.Por otra parte, en el proceso de establecimiento de estructuras de gestión y mantenimiento de las fuentes, se aplica la regla de los cupos, conforme a la cual los comités de abastecimiento hídrico deben estar constituidos por un mínimo del 50% de mujeres (Política nacional de abastecimiento de agua potable en zonas rurales y semiurbanas del Togo (PNAEPA-MR/SU)). El puesto de tesorero se asigna generalmente a una mujer, habida cuenta del rigor con el que llevan a cabo la gestión.

115.Esa organización de aprovechamiento y mantenimiento de las instalaciones de abastecimiento de agua permite la participación de la mujer en la gestión de las fuentes, en especial la forma de pago de ese servicio, y de los fondos obtenidos, y por otra parte garantiza un abastecimiento de agua potable adaptado a las utilizaciones y necesidades de los diferentes tipos de usuarios, y en primer lugar de las mujeres.

116.Por lo que se refiere al acceso de las mujeres rurales a los servicios de la salud, son válidas las respuestas dadas más arriba al párrafo 15 de la lista.

117.Por lo que se refiere a la educación de la mujer rural, se han adoptado las medidas siguientes:

Impartir cursos de alfabetización a las agrupaciones femeninas de producción agrícola, agropecuaria y artesanal.

Adoptar la estrategia "Una mujer alfabetizada, tres niñas escolarizadas" como parte del proyecto de "Alfabetización de la mujer y aumento en la escolarización de las niñas". Esa estrategia se basa en el hecho de que cuando las mujeres reciben una instrucción se muestran más dispuestas a enviar a sus hijos a la escuela y a velar por que permanezcan en ella, así como por que tengan éxito en los estudios.

Elaborar guías para la formación de supervisores y alfabetizadores respecto a la integración del género en los programas de alfabetización.

Proporcionar formación a unos 150 supervisores y alfabetizadores respecto a la integración del género en los programas de alfabetización.

Elaborar documentos para la etapa posterior a la alfabetización destinados a las mujeres y a las jóvenes alfabetizadas.

Proporcionar formación técnica específica de contabilidad simplificada y gestión de actividades generadoras de ingresos (AGR) a las mujeres neoalfabetizadas que forman parte de agrupaciones de producción.

118.Las iniciativas llevadas a cabo por el Gobierno con el apoyo técnico y financiero de sus asociados nacionales, bilaterales y multilaterales han permitido la realización hasta mayo de 2012 de proyectos de gran envergadura que han dado resultados satisfactorios:

Más de 17.000 centros abiertos;

La instrucción de 35.000 alfabetizadores voluntarios;

La formación de un centenar de agentes en técnicas y métodos de alfabetización y posalfabetización;

La creación de 250 bibliotecas de aldea, equipadas esencialmente con obras escritas en los idiomas de alfabetización, en las que se organizan asociaciones de lectura.

119.Conviene señalar que todavía queda mucho trabajo por hacer.

120.Por ese motivo, se tiene previsto adoptar medidas como la formación de instructores en cuestiones de género y alfabetización, así como la creación de un foro nacional de alfabetización y educación no escolar a fin de reflexionar sobre la diversificación de la oferta educacional en favor de las mujeres y las jóvenes no escolarizadas o excluidas del sistema educacional escolar.

121.Asimismo, la adopción y la ejecución de la política nacional de alfabetización permitirán incrementar la tasa de alfabetización de las mujeres y, en consecuencia, sus capacidades para participar en el desarrollo.

122.Por lo que se refiere a las oportunidades de empleo, se pueden mencionar:

El proyecto de inserción de jóvenes no escolarizadas en el programa de explotación de tomates en las sabanas mediante el proyecto "Las jóvenes por la agricultura" (JFPA/TOMATOGO) con el apoyo de la fundación italiana Fondazione Milano per Expo 2015. En total, se beneficiarán de ese proyecto 39 mujeres jóvenes de zonas rurales. El proyecto contribuirá además a financiar 1 centro de innovación y formación de mujeres (CIFF) en la aldea de Dapaong, así como 7 unidades de transformación en zonas rurales.

El proyecto de apoyo a las actividades económicas de las agrupaciones (PSAEG) establecido en diciembre de 2008 en el cual se pone particular acento en la financiación con tipos de interés favorables de actividades generadoras de ingresos para las mujeres.

123.En 2011 ese proyecto movilizó 3.684.184.021 francos CFA y al 31 de diciembre de 2011 había realizado préstamos a 2.562 agrupaciones, con 26.477 beneficiarios, el 72% de los cuales eran mujeres del medio rural, en asociación con la Federación de cooperativas de ahorro del Togo (FUCEC), las Asociaciones de mujeres para el aprovechamiento económico y social (WAGES), el Banco popular de ahorro y crédito (BPEC) y el Banco regional de solidaridad (BRS).

124.Por lo que se refiere al componente de formación de ese proyecto, 490 miembros de agrupaciones, la mayoría de ellos mujeres del medio rural, han recibido formación sobre los mecanismos de las cooperativas, las actividades generadoras de ingresos (AGR), la participación en las cooperativas y su dirección, la gestión del crédito, la movilización del ahorro, la conexión entre organizaciones, la comercialización de productos y la elaboración de planes comerciales:

El Programa de desarrollo de plataformas multifuncionales (PTFM) iniciado en abril de 2009 con el apoyo del PNUD, que es una forma perfeccionada del proyecto PSAEG y de cuya ejecución se encargan asociaciones femeninas. A los efectos de llevar a cabo ese programa se han elegido durante la fase experimental 25 aldeas situadas en 12 prefecturas.

El Programa de apoyo a los microproyectos comunitarios (PSMICO), que ha realizado en 2011, en provecho sobre todo de las mujeres del medio rural en zonas de implantación de plataformas multifuncionales (PTFM), 17 microproyectos de infraestructura, de los cuales 6 han sido mercados a nivel de prefecturas y 3 a nivel cantonal, y 2 han sido almacenes.

El Proyecto de cultivo de plantas tuberosas (PRT) iniciado en 2009 en beneficio de agrupaciones femeninas de producción de mandioca en 4 prefecturas experimentales (Zio, Haho, Blitta y Assoli).

El establecimiento, en marcha en la prefectura de Kozah, de una mutua de ahorro y crédito integrada por unas 26.000 mujeres, con el apoyo de la federación de agrupaciones de mujeres.

La publicación y divulgación de una guía de oportunidades de empleo para jóvenes y mujeres en las prefecturas y subprefecturas. Esa guía es un instrumento útil para la promoción del empleo autónomo de jóvenes y mujeres en el Togo.

El Programa conjunto de comunas del milenio, que es un programa integrado de lucha contra la pobreza y de iniciativas locales para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), iniciado en 2008 con una fase experimental que abarca las comunas de Kountoiré y de Naki-Este en la región de las sabanas (comunas consideradas como las más desfavorecidas del Togo). El objetivo es contribuir a la lucha contra la pobreza y al logro de los ODM mediante la mejora para fines de 2012 de los ingresos del 25% de los pobres, teniendo presente la cuestión del género.

125.El anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia, que prevé la enmienda de su artículo 391, está siendo examinado por la Asamblea Nacional y puede que sea promulgado antes de finales de 2012.

126.El Togo no dispone todavía de una política nacional de la tierra. Sin embargo se han adoptado medidas y se han realizado actividades para favorecer el acceso de la mujer a la tierra, como:

El establecimiento en septiembre de 2010 de un comité interministerial encargado de examinar la revisión y actualización de los diferentes instrumentos sobre la tierra.

La realización de un estudio, que está siendo examinado, sobre la elaboración de un código de la tierra.

El establecimiento en 2011 de zonas de explotación agrícola planificada (ZAAP) para su explotación por agricultores, dando prioridad a las mujeres en su reparto (el 60% de las zonas agrícolas). De 2011 a mayo de 2012 se ha procedido a preparar 10 de esas zonas agrícolas.

El proyecto de apoyo al desarrollo agrícola del Togo (PADAT), que, en el marco de la ejecución del Programa nacional de inversiones agrícolas y seguridad alimentaria (PNIASA), prevé un acceso en pie de igualdad de las mujeres y los hombres a los medios de producción.

La formación y sensibilización desde 2011 de prefectos, jefes tradicionales, dirigentes religiosos, terratenientes y otros agentes fundamentales de las colectividades locales en relación con el género y el acceso de la mujer a la tierra. El objetivo de la formación de esos agentes es permitir una asimilación y aplicación mejores de los instrumentos jurídicos modernos en favor de las comunidades, sobre todo de las mujeres. Esto contribuirá a destruir las barreras socioculturales, promoviendo eficazmente la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, especialmente respecto de su derecho a la tierra. Con ese fin, 175 autoridades locales, de ellas 35 prefectos y 140 jefes tradicionales, recibieron formación en 2011 en el plano regional. En 2012 se tiene prevista la formación de 1.400 agentes locales (prefectos, jefes tradicionales, dirigentes religiosos, terratenientes, responsables de comités de desarrollo básico (CDB), agrupaciones y asociaciones) en todas las prefecturas del país. De abril a mayo de 2012 recibieron esa formación un total de 480 agentes locales.

Mujeres privadas de libertad

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

127.Al 30 de abril de 2012 había en todas las prisiones 102 mujeres privadas de libertad, de las cuales 57 detenidas, 28 inculpadas y 17 condenadas.

128.Las mujeres están separadas de los hombres y se encuentran recluidas en zonas distintas sin hacinamiento.

129.No existen prisiones especiales para las mujeres. Tampoco existen para ellas en las prisiones servicios de la salud diferentes de los utilizados por los hombres, ni se benefician de una atención de las necesidades médicas específicas de su género. Sin embargo, cuando una detenida está embarazada, se le permite asistir acompañada de guardias a las consultas prenatales. Está prohibido que una mujer dé a luz en prisión. Por consiguiente, cuando se encuentra cercana al parto se la conduce a un centro de salud para que dé a luz en él a su hijo.

130.Actualmente, la vigilancia de las reclusas no la lleva a cabo personal de guardia femenino. Sin embargo, de los 476 guardias de prisiones que han sido contratados, 105 son mujeres, es decir el 22,06%, que se encuentran actualmente en período de formación. Esas guardias de género femenino serán asignadas a la vigilancia de las reclusas.

Matrimonio y vida familiar

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

131.El anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia ya ha sido aprobado por el Gobierno. Ese anteproyecto está siendo examinado actualmente por la Asamblea Nacional y puede ser aprobado por ella antes de finales de 2012.

132.La reforma del Código de la Persona y de la Familia iniciada por el Gobierno se inscribe en un contexto más amplio que el de la simple armonización con la Convención que protege los derechos de la mujer. Responde a una necesidad de buen gobierno y de buena administración de la justicia, que son indispensables para un desarrollo duradero. Es decir, se está intentando establecer un mecanismo de actualización y de armonización del derecho.

133.Las medidas que se mencionan a continuación se han adoptado, o se tiene previsto que se adopten, con objeto de eliminar determinadas disposiciones discriminatorias del Código de la Persona y de la Familia.

134.El anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia sigue considerando al marido como el cabeza de familia. Sin embargo, la mujer comparte con él la responsabilidad moral y material sobre la familia.

135.Por lo que se refiere a la elección de la residencia de la familia por el marido en ausencia de acuerdo mutuo, se ha introducido una modificación en el artículo 104. Si no se llega a un acuerdo entre los esposos, uno u otro de ellos puede dirigirse al juez, que adoptará una decisión teniendo presente el interés superior de la familia.

136.Subsisten los obstáculos a los que se enfrentan las viudas para administrar los bienes de sus hijos. El anteproyecto de reforma del Código Penal prevé la aplicación de una pena de prisión de 1 a 3 años y de una multa de 500.000 a 5 millones de francos CFA a toda persona declarada culpable de discriminación contra la mujer, conforme a la definición establecida por la Convención.

137.Aunque es exacto que la legislación sobre la herencia no se aplica de modo automático, el anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia modifica el artículo 391 y establece que, en ausencia de una opción entre la costumbre y las disposiciones del Código, se considerará que los esposos eligen la aplicación de las disposiciones del Código.

138.El anteproyecto de reforma del Código de la Persona y de la Familia seguirá reconociendo la poligamia y la monogamia. Sin embargo, la monogamia constituye la forma de matrimonio de derecho común.

139.El anteproyecto de reforma del Código Penal no prohibirá la poligamia pero tipificará como delito la bigamia.

140.El anteproyecto de reforma del Código Penal no castiga el matrimonio precoz, pero el artículo 273 del Código del Niño castiga en esos casos, con una pena de 1 a 3 años de prisión y una multa de 100.000 a 1 millón de francos CFA, a los padres o tutores del niño o a las autoridades que deben comprobar el consentimiento y proceder al registro del matrimonio.

141.El Código mencionado también prohíbe en su artículo 264a todo tipo de esclavitud o de prácticas análogas a la esclavitud, como la servidumbre por deudas o el trabajo forzado y obligatorio. En su artículo 414 castiga con una pena de 5 a 10 años de prisión y una multa de 5 millones a 10 millones de francos CFA a los culpables de esas prácticas.

142.Asimismo, el anteproyecto de reforma del Código Penal, en el marco de los crímenes de lesa humanidad, castiga la esclavitud sexual y la esclavitud con una pena de reclusión perpetua o de 30 años de prisión según la gravedad del delito y la situación personal del autor.

143.El Código Penal no prohibirá el levirato ni la repudiación. Sin embargo, sí castigará las violencias vinculadas a todo tipo de matrimonios forzados.

144.En beneficio de la población, se llevan a cabo actividades de sensibilización, información y educación sobre las ventajas de celebrar el matrimonio ante un funcionario del Registro Civil. De ese modo, progresivamente, todos los matrimonios serán celebrados conforme a las disposiciones del Código de la Persona y de la Familia.

Ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones y preguntas planteadas

145.Se ha dado inicio al procedimiento de ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención. El proyecto de ley por el que se autoriza la ratificación del instrumento mencionado se envió el 16 de abril de 2012 a la Secretaría General del Gobierno para su examen y aprobación por el Consejo de Ministros.

146.Prosigue el examen relativo a la aceptación de la modificación del artículo 20.1 de la Convención.