Período

Trata de Personas (casos reportados)

Proceso investigativo

Remitidos al Ministerio Público

Año 2003

11

8

3

Año 2004

10

9

1

Año 2005

10

9

1

Total

31

26

5

El sistema acusatorio mandata que el Ministerio Público asuma la acusación y éste debe solicitar las medidas de protección (medidas cautelares) para la persona, las cuales establece el Código Procesal Penal (CPP) en el Art. 167, 110, 195 y 201. El CPP, el cual destaca la importancia que tiene la protección de la víctima y por ello el operador de justicia (Juez), debe aplicar las medidas cautelares en toda su plenitud. También establece la protección de la víctima durante la juicio oral y evita que se produzcan situaciones de revictimización o que se formulen preguntas que atenten contra la dignidad de la persona. De igual manera existe una guía ética para el personal del Ministerio Público y una guía ética para los Judiciales, mediante la cual éstos deben velar en el curso del enjuiciamiento por la protección y todos los derechos de las víctimas para que no se produzcan violaciones a sus garantías y seguridad.

De igual manera el artículo 202 del CPP establece sanciones con prisión de tres a seis años a quien “instale o explote lugares de prostitución, o con ánimo de lucro, mediante violencia física o moral, abuso de autoridad o cargo de maniobras engañosas o valiéndose de cualquier otra maquinación semejante, haga que una persona ingrese a ellas o la obligue a permanecer en las mismas, o a dedicarse a cualquier otra forma de comercio sexual”.

16. El Comité en sus observaciones finales anteriores, solicitó al Gobierno que en su siguiente informe le informara sobre la emigración de mujeres y niñas, en particular las causas de esos movimientos, los lugares de destino y su grado de vulnerabilidad a la explotación sexual, incluidos la trata de personas, la prostitución y el turismo sexual. Sírvase dar información sobre las medidas adoptadas en respuesta a esa petición.

La proporción de migrantes es similar entre hombres y mujeres aunque en los últimos años se observa una tendencia a la feminización y de población joven en los flujos migratorios al exterior. Los migrantes se ubican en las edades económicamente activas con un 84,6% que tienen entre 15 y 49 años, lo que permite asociar la migración a la búsqueda de empleo. En general los migrantes tienen un perfil educativo superior al promedio nacional con la consecuente fuga de capital humano. La migración es una estrategia deliberada tomada en el seno del hogar como respuesta a las necesidades económicas. La migración se concentra en dos principales destinos: Costa Rica y Estados Unidos.

Participación en la vida política y pública

17. El informe presenta algunos datos estadísticos acerca del número de mujeres que ocupan puestos públicos a ciertos niveles del Gobierno. Sírvase suministrar información estadística más detallada sobre la representación de la mujer en todos los niveles de la administración pública, incluidos los puestos municipales y aquellos designados por el Gobierno. Sírvase mostrar la participación de las minorías raciales.

La participación política de las mujeres en el estado actual es aún débil en términos cuantitativos: 17% son ministras; 20% son presidentas ejecutivas en entes autónomos; 22% son diputadas; 33% son presidentas de comisiones y se cuenta con una mujer en la Junta Directiva de la Asamblea Nacional. De los 11 miembros de la Corte Suprema de Justicia 3 son mujeres; 46% de los tribunales de apelaciones; 51% de los juzgados de distritos; 68% de los juzgados locales; y más del 60% de los jueces en el país son mujeres. De 153 municipios 18 tienen alcaldesas.

Hasta el momento los cargos de Ministras se han limitado a los ámbitos relacionados con los roles tradicionales asignados a las mujeres, como son: salud, Educación o Familia. En cambio, en los Vice Ministerios han accedido mujeres en los ámbitos de defensa, finanzas, relaciones exteriores y agricultura y ganadería.

No se cuenta con información sobre la participación de las minorías raciales.

18. ¿Tiene intenciones el Gobierno de hacer uso de medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y la recomendación general 25 del Comité, para lograr igual participación de mujeres y hombres en la vida política a los niveles nacional, regional y local?

Los dos partidos mayoritarios (FSLN y PLC) cuentan con una asignación de cuotas del 40% y 30% respectivamente para garantizar la participación de las mujeres en las estructuras del partido.

19. El informe muestra que el Poder Judicial es el sector del Gobierno donde las mujeres tienen mayor representación. ¿Ha realizado el Estado Parte alguna evaluación de los factores que lo han hecho posible y de ser así, cómo se podría llevar la experiencia adquirida en esa esfera a otras ramas y niveles del Gobierno para incrementar la representación de la mujer en condiciones de igualdad?

No se ha realizado ninguna evaluación al respecto.

Empleo y beneficios sociales y económicos

20. ¿Qué medidas se adoptaron para vigilar el respeto de la legislación laboral y asegurar su cumplimiento con el fin de proteger mejor los derechos de las mujeres que trabajan en la s maquiladoras y en las zonas de libre comercio, y darles mayor acceso a la justicia?

Desde el movimiento organizado de mujeres se han promovido iniciativas de ley a favor de las trabajadoras de zonas francas logrando en 1998 que un Código de Conducta se convirtiera en una resolución ministerial aceptada por el Ministerio del Trabajo. Esta resolución fue firmada por todos los inversionistas de las empresas maquiladoras y en ella se reconoce que la inversión extranjera en Nicaragua no está exenta de cumplir con la legislación laboral de nuestro país.

Una segunda iniciativa fue la reforma a la Ley Creadora de las Zonas Francas a la que se adicionó un capítulo especial relacionado a la responsabilidad social que tienen los inversionistas con los y las trabajadores nicaragüenses.

21. El informe hace referencia a la precaria situación de las trabajadoras domésticas e indica que están sujetas a disposiciones jurídicas que oficializan su discriminación (párr. 123, véase también párr. 109). Sírvase suministrar información detallada acerca de la situación de las trabajadoras domésticas. La respuesta debe incluir información sobre la proporción de trabajadoras domésticas en relación con el número total de mujeres que participan en los sectores estructurado y no estructurado de la economía, el tipo de empleo y su situación legal, así como todo recurso disponible para impedir la violación de sus derechos.

No se cuenta con información disponible sobre la situación de las trabajadoras domésticas.

22. Desde la pr esentación de su último informe , ¿adoptó el Gobierno alguna medida destinada a reformar el marco reglamentario de microfinanciación y concesión de microcréditos con el fin de dar preferencia a los programas y proyectos que están especialmente destinados a las mujeres, en particular las que son cabezas de familia en zonas rurales (véase párr. 180)?

Las medidas del Gobierno no han sido suficientes porque en los últimos años se ha identificado un incremento en la masa crediticia, pero el acceso al crédito de la banca formal se ha visto restringido para todas las macro, pequeñas y hasta medianas empresas, tanto en el campo como en la ciudad. En general la participación de la agricultura, ganadería, industria y comercio en la masa crediticia total se redujo entre 2001 y 2005 aunque el número de créditos se incrementó; los montos promedio de los créditos reflejan una exclusión de la micro y pequeña producción rural.

Del total de productores financiados sólo un 13,8% recibieron crédito de la banca formal, mientras que el crédito no convencional cubrió el 62% de ese total. Se identifica también una brecha de género en términos del destino del crédito.

En el caso de las mujeres, el 73% del crédito recibido es destinado a actividades de comercio y servicio (con sólo un 4% para actividades agrícolas); y en el caso de los hombres el 30% es destinado a la agricultura y el 39% a servicios.

23. ¿Qué medidas se adoptaron para promover la tenencia de tierras por las mujeres y para asegurar su capacidad de administración efectiva de sus tierras cuando ellas son las únicas propietarias (véase párr. 190)?

Pendiente.

24. En sus observaciones finales anteriores, el Comité manifestó su preocupación por falta de información sobre la emigración de las mujeres y las niñas, y pidió que en el siguiente informe se incluyera información relativa al tema (véase A/56/38, párr. 315). Sírvase suministrar esa información, incluidos los números de mujeres y niñas que migran, sus principales destinos y las medidas adoptadas para informarles sobre potenciales.

Respuesta en pregunta No.16.

Pobreza y mujeres rurales

25. Sírvase indicar de qué manera la Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de la Pobreza beneficia específicamente a las mujeres del medio rural, en particular a aqu é llas que viven en situación de extrema pobreza, incluidas las mujeres ind í genas y las de descendencia africana. La respuesta debe indicar cómo se vigila la ejecución de esa estrategia.

La estrategia reforzada de crecimiento económico y reducción de la pobreza no logró beneficiar a mujeres rurales pobres específicamente. Por ende en el marco del plan nacional de desarrollo se diseñó el programa nacional de equidad de género que aborda el tema en el eje económico productivo.

Matrimonio y relaciones familiares

26. El informe indica (párr. 200) el uso del decreto consuetudinario como base de la mediación comunitaria a fin de mejorar el acceso de las mujeres a la justicia. ¿Qué hace el Estado P arte para asegurar que estas opciones de servicios de resolución de desavenencias no pongan a las mujeres en desventaja ni limiten su acceso a la justicia?

No se han logrado avances sobre el tema.

27. El informe indica que “ de acuerdo al art í culo 2 del Código de la Niñez y la Adolescencia, niño o niña es todo ser humano menor de trece años” (párr. 205). No obstante, la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por el G obierno el 4 de noviembre de 1990, establece que niño o niña es “todo ser humano menor de 18 años”. El Código Civil dispone que el hombre y la mujer son aptos para contraer matrimonio, con autorización de sus padres, a partir de los 15 y 14 años respectivamente ( párr . 205). El Código de Fa milia, pendiente de aprobación por la Asamblea Nacional , ¿elevará la edad mínima para contraer matrimonio para las niñas y los niños a fin de que é sta concuerde con lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?

En la iniciativa del Código de Familia, según el Capítulo III (De la aptitud para contraer matrimonio) en sus artículos 27 y 28 se refieren a las edades para contraer matrimonio, efectivamente hay una variante en referencia a lo estipulado en nuestro Código Civil Vigente, ya que estipula que son aptos para contraer matrimonio los mayores de edad hombres y mujeres que tengan 21 años cumplidos. Son hábiles para contraer matrimonio civil el varón y la mujer que hayan cumplido 16 años de edad, siempre que tengan el consentimiento de sus padres.

28. E l informe menciona que el Código Civil todavía contiene disposiciones discriminatorias, en particular con respecto al matrimonio y las relaciones familiares ( párr . 204). Tengan a bien indicar qué obstáculos impiden al Gobierno revocar tales disposiciones discriminatorias.

Se requiere lograr una armonización entre la legislación civil y los postulados constitucionales, lo cual no ha contado con el respaldo del poder legislativo que se encuentra en la priorización de otros temas de interés partidario.

Protocolo Facultativo

Sírvanse indicar todo avance que se haya logrado con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminació n de todas las formas de discrimi naci ó n contra la mujer.

No se ha avanzado en este proceso.

Se requiere lograr una armonización entre la legislación civil y los postulados constitucionales, lo cual no ha contado con el respaldo del poder legislativo que se encuentra en la priorización de otros temas de interés partidario.

Protocolo Facultativo

Sírvanse indicar todo avance que se haya logrado con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

No se ha avanzado en este proceso.