Naciones Unidas

CERD/C/NLD/Q/22-24

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

17 de febrero de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

101 er período de sesiones

20 de abril a 8 de mayo de 2020

Tema 6 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 22º a 24º combinados de los Países Bajos

Nota del Relator para el país

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (véase A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 1, 2, 4 y 7)

2.Aplicación de la Convención en Aruba y Curaçao. Medidas para garantizar la aplicación de la Ley del Instituto de Derechos Humanos de los Países Bajos en igualdad de condiciones en la parte caribeña de los Países Bajos (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 2; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 9, 10 y 24).

3.Información sobre las disposiciones jurídicas que prohíben la discriminación racial en los Países Bajos por todos los motivos prohibidos que se enumeran en el artículo 1 de la Convención, incluido el Código Penal. El motivo racial como circunstancia agravante de los delitos. Disposiciones jurídicas específicas que prohíben la discriminación racial en Aruba, Curaçao y San Martín (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 9; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 13, 15 y 128).

4.Medidas adoptadas para elaborar un plan de acción contra la discriminación racial y políticas locales de lucha contra la discriminación. Repercusiones del Programa de Acción Nacional para Combatir la Discriminación, la Ley de Servicios Municipales de Lucha contra la Discriminación y otras disposiciones destinadas a combatir la discriminación en la lucha contra la discriminación racial en los Países Bajos. Información sobre los recursos asignados a los municipios para combatir la discriminación racial (CERD/C/NLD/CO/19‑21, párrs. 8 y 14; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 20 a 22 y 28).

5.Información sobre la frecuencia y el número de denuncias de actos de discriminación racial recibidas por el Defensor Nacional del Pueblo, el Centro de Asistencia y Asesoramiento Jurídicos y los servicios locales de lucha contra la discriminación. Información sobre la asistencia jurídica prestada a las víctimas de delitos racistas en los Países Bajos. Medidas encaminadas a garantizar el enjuiciamiento de los casos de discriminación racial en los Países Bajos, Aruba, Curaçao y San Martín, incluida la disponibilidad de recursos (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 26; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 20 a 23 y 25 a 28).

6.Repercusión de las medidas de educación y sensibilización destinadas a combatir la discriminación racial, como las iniciativas de alfabetización mediática y el programa de estudios sobre el “canon neerlandés” en las escuelas, los lugares en los que se pone de relieve el pasado colonial de los Países Bajos y las medidas adoptadas para hacer frente a las manifestaciones de discriminación racial en los partidos de fútbol (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 14; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 66 y 95 a 98).

7.Medidas para impedir que las actividades de las empresas neerlandesas y las empresas transnacionales registradas en los Países Bajos, en particular las industrias extractivas y de producción de aceite de palma y soja, tengan efectos negativos en el disfrute de los derechos humanos. Información sobre los resultados de la investigación llevada a cabo por el Punto Nacional de Contacto (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 37; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 119 a 122).

Discurso de odio racista, incitación al odio racial y delitos de odio racista (arts. 2, 4 y 6)

8.Información sobre la incidencia de la elaboración de perfiles raciales en los Países Bajos, Aruba, Curaçao y San Martín. Información sobre las prácticas de identificación y registro. Efectos de las medidas de lucha contra la elaboración de perfiles raciales, como la capacitación de la policía, las Directrices para la Realización de Controles Policiales Proactivos y la aplicación MEOS para los controles proactivos. Información sobre las investigaciones y enjuiciamientos llevados a cabo a raíz de las denuncias de elaboración de perfiles raciales recibidas por la policía (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 14; CERD/C/NLD/22-24, párr. 102).

9.Medidas para prevenir y reprimir las manifestaciones de racismo, xenofobia e intolerancia y la difusión de ideas basadas en la superioridad racial y discursos racistas por los partidos políticos y los políticos. Medidas para combatir el antisemitismo. Información actualizada sobre la aprobación de enmiendas al Código Penal relativas al discurso de odio racista. Información sobre las iniciativas encaminadas a facilitar la denuncia de los casos de discurso de odio racista (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 12; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 30 a 32 y 71).

10.Datos sobre el discurso racista en Internet, incluidos los delitos racistas denunciados a la oficina que se ocupa de las denuncias de discriminación en Internet. Información sobre las iniciativas de lucha contra la discriminación racial en los medios de comunicación, incluida la Coalición sobre Formación de Imágenes en los Medios de Comunicación (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 12; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 33 a 36).

Situación de las minorías nacionales y étnicas

11.Información sobre la situación socioeconómica de los romaníes, los sintis y los itinerantes en los Países Bajos. Información sobre el nuevo marco normativo relativo a los emplazamientos para las caravanas y las comunidades itinerantes y las medidas especiales relativas a su situación en materia de trabajo, educación e inscripción en el registro (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 24; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 86 a 89).

12.Información sobre la situación socioeconómica de los afrodescendientes. Medidas especiales para prevenir la discriminación racial contra ellos, incluidas las medidas destinadas a combatir la elaboración de perfiles raciales por el personal de las fuerzas del orden. Información sobre los resultados del estudio realizado para detectar los mecanismos de exclusión existentes en los Países Bajos en relación con los afrodescendientes. Medidas para llevar a cabo las actividades del Decenio Internacional de los Afrodescendientes (CERD/C/NLD/22-24, párrs. 72 a 84).

13.Medidas para eliminar o modificar los rasgos discriminatorios del personaje de Zwarte Piet (Pedro el Negro). Medidas para garantizar la no discriminación en el ejercicio de la libertad de expresión y de asociación de quienes protestan contra el uso de figuras de Pedro el Negro, con inclusión de las investigaciones y los enjuiciamientos de los ataques violentos contra ellos (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 18; CERD/C/NLD/22-24, párr. 85).

14.Medidas para garantizar la representación equitativa de las minorías étnicas en los órganos electivos y en el sector público (CERD/C/NLD/CO/17-18, párr. 12). Información sobre la participación de las organizaciones de la sociedad civil que representan a minorías étnicas en la adopción de decisiones sobre medidas que les conciernan en los Países Bajos, Aruba, Curaçao y San Martín (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 28).

15.Medidas especiales relativas a la situación de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, en particular para garantizar su acceso a la educación, el empleo y la atención de la salud (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 36; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 90 a 94).

16.Resultados de la ejecución del Plan de Acción contra la Discriminación en el Mercado de Trabajo (2018). Información sobre las manifestaciones de discriminación racial en los sectores público y privado. Información sobre el número de casos de discriminación racial en los que se ha condenado a empresas privadas (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 24; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 17, 49 y 50).

17.Acceso a la educación en idiomas minoritarios, en particular en frisón en los Países Bajos y en otros idiomas minoritarios en San Martín. Información actualizada sobre la nueva política de vivienda de San Martín (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 32; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 145 y 146).

18.Resultados de la aplicación de la Ley de Seguridad en la Escuela de 2015 en la lucha contra la discriminación racial en el ámbito escolar. Información sobre los casos de discriminación racial denunciados a raíz del seguimiento de la percepción que tienen los alumnos de su seguridad personal (CERD/C/NLD/CO/19-21, párrs. 14, 16, 20, 24, 32, 34 y 36; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 67 y 68).

No ciudadanos, refugiados, solicitantes de asilo y apátridas

19.Información actualizada sobre las leyes de inmigración, en particular la Ley de Integración Cívica. Datos sobre el recurso a la detención administrativa de los solicitantes de asilo y los inmigrantes, incluidos los niños no acompañados y las familias con hijos. Información sobre el procedimiento para identificar a los apátridas y determinar la apatridia (CERD/C/NLD/CO/19-21, párrs. 22, 30 y 34; CERD/C/NLD/22-24, párrs. 39, 42, 43, 110, 112 a 114 y 117).

20.Información sobre las medidas adoptadas para garantizar el respeto del principio de no devolución en San Martín y conceder a los extranjeros, en particular a los solicitantes de asilo y los migrantes, un permiso humanitario y acceso a la asistencia social (CERD/C/NLD/CO/19-21, párr. 34; CERD/C/NLD/22-24, párr. 135).