Naciones Unidas

CCPR/C/TGO/CO/4/Add.1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

22 de enero de 2013

Español

Original: francés

Comité de Derechos Humanos

Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Togo *

Adición

Información recibida del Togo sobre la aplicación de las observaciones finales del Comité

[15 de octubre de 2012]

1.En el marco del seguimiento de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, la Relatora Especial solicitó información complementaria sobre:

La aplicación de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación;

Las investigaciones realizadas para arrojar luz sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas en 2005;

La evolución del proceso de revisión del Código Penal y el Código de Procedimiento Penal;

La puesta en práctica de las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos a raíz de la investigación de las denuncias de tratos crueles, inhumanos y degradantes en el proceso del complot contra la seguridad del Estado.

Aplicación de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación

2.El proceso está en curso.

3.En efecto, el 6 de agosto de 2012 el Ministerio de Derechos Humanos, Consolidación de la Democracia y Formación Cívica organizó, con el apoyo técnico y financiero de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el Togo, un taller de reflexión e intercambio de experiencias sobre la aplicación del programa de reparación de la Comisión.

4.El taller tuvo por objeto dar a conocer a los participantes las lecciones aprendidas y las buenas prácticas registradas en los países en que se habían establecido comisiones de la verdad, la justicia y la reconciliación con miras a formular propuestas que tuvieran en cuenta el contexto nacional.

5.La reunión también permitió a los participantes examinar el mandato, la composición y las competencias del órgano que se encargará del seguimiento y la puesta en práctica de las recomendaciones.

6.Asimismo, del 10 al 12 de septiembre de 2012 se organizó un taller de formación sobre los procesos de divulgación de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el país. El taller iba dirigido a organizaciones de la sociedad civil, medios de comunicación y representantes de instituciones estatales.

7.Estas actividades permitieron a los diferentes actores conocer y asumir el contenido del informe de la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación y les brindaron la oportunidad de examinar la puesta en práctica de las recomendaciones.

Violaciones de los derechos humanos cometidas en 2005

8.Cabe destacar que, a raíz de las investigaciones realizadas por la misión de investigación de las Naciones Unidas y la Comisión nacional especial de investigación independiente sobre los actos de vandalismo ocurridos antes, en el curso y después de la elección presidencial del 24 de abril de 2005 (Decreto Nº 2005-050/PR, de 25 de mayo de 2005), las autoridades del Togo establecieron la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación en febrero de 2009.

9.Esta institución tiene el mandato de arrojar luz sobre los actos de violencia de carácter político cometidos en 2005, pero también a lo largo de un período más largo (1958 a 2005), para proponer soluciones que permitan lograr la pacificación social y la reconciliación nacional.

Revisión del Código Penal y el Código de Procedimiento Penal

10.Cabe destacar que el proceso de actualización de ambos textos ha registrado un avance significativo.

11.En efecto, en un taller organizado en abril de 2012 se aprobaron los anteproyectos de dichos códigos, en los que quedaron incorporadas las modificaciones propuestas durante el taller. Los anteproyectos de ley del Código Penal y el Código de Procedimiento Penal han sido remitidos a la Secretaría General del Gobierno para su examen y aprobación por el Consejo de Ministros.

12.Por otra parte, el anteproyecto del Código Penal incorpora la definición y la prohibición de la tortura y otras penas o tratos inhumanos o degradantes conforme a lo dispuesto en la Convención contra la Tortura.

Puesta en práctica de las medidas adoptadas por el Gobierno a raíz de la publicación del informe sobre la investigación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos

13.El Gobierno ha aplicado la mayoría de las recomendaciones formuladas por la Comisión.

14.Se han impuesto sanciones disciplinarias a los funcionarios acusados de tratos inhumanos y degradantes en el informe de la Comisión.

15.Se ha puesto en marcha un proceso de reorganización de los servicios de la Agencia Nacional de Información, que ya no retiene en sus instalaciones a personas en conflicto con la ley.

16.Se ha establecido un equipo de especialistas que ha examinado a las víctimas y evaluado los diferentes daños sufridos. Se ha propuesto una indemnización a las víctimas y se han adoptado medidas para el pago de dicha indemnización.

17.Por último, en el marco del programa de modernización de la justicia, la Unión Europea ha dotado a la policía judicial de equipo de laboratorio científico y técnico para que disponga de material adecuado que le permita llevar a cabo sus investigaciones.

18.De lo que antecede se desprende que el Gobierno del Togo está resuelto a dar una consideración favorable a las recomendaciones y está dispuesto a cooperar plenamente con el Comité de Derechos Humanos para la aplicación eficaz de sus recomendaciones.