Naciones Unidas

CRC/C/OPAC/COL/Q/1

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

10 de febrero de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

54º período de sesiones

25 de mayo a 11 de junio de 2010

Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Lista de cuestiones referentes al examen del informe inicial de Colombia (CRC/C/OPAC/COL/1)

El Comité puede abordar, durante el diálogo con el Estado parte, todos los aspectos de los derechos de los niños consagrados en el Protocolo facultativo. La presente lista de cuestiones abarca solamente algunas cuestiones prioritarias sobre las que el Comité desearía tener más información antes del diálogo.

Se ruega al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 6 de abril de 2010 .

1.Sírvanse proporcionar información sobre el número estimado de niños reclutados por grupos armados no estatales. Sírvanse incluir información sobre el reclutamiento de niños tanto por grupos de guerrilleros como por grupos armados formados por antiguos paramilitares. Sírvanse dar al Comité información actualizada sobre el número de niños que han sido desmovilizados de grupos de guerrilleros y de grupos paramilitares y que reciben actualmente asistencia en relación con la desmovilización.

2.Sírvanse proporcionar información sobre el número de niños que han sido víctimas de minas antipersonal desde 2006 y sobre cuántos de ellos se benefician de medidas adoptadas para su recuperación física y psicológica.

3.En relación con la Comisión Intersectorial para la prevención del reclutamiento y la utilización de niños, niñas, adolescentes y jóvenes por grupos organizados al margen de la ley, sírvanse indicar cuál ha sido la función de la sociedad civil en ese mecanismo preventivo. En lo que se refiere a las actividades previstas de la Comisión (CRC/C/OPAC/COL/1, párrs. 107 a 120), sírvanse indicar hasta qué punto se han realizado. Específicamente, en lo que concierne a los párrafos 117 y 118, sírvanse indicar cuántos niños se han beneficiado de reparaciones integrales.

4.Con referencia al Sistema de Alertas Tempranas (SAT) (CRC/C/OPAC/COL/1, párrs. 95 y 96), sírvanse informar al Comité sobre cuántos informes de riesgo se han publicado sobre el reclutamiento potencial de niños. ¿Cuántos de ellos se han convertido posteriormente en alertas tempranas? ¿En cuántos de esos casos se tomaron medidas urgentes específicas para impedir que se reclutase a niños? ¿Cuántos casos ha habido de los niños que han sido víctimas de desplazamientos forzados para no ser reclutados por grupos armados no estatales?

5.Sírvanse proporcionar al Comité más información sobre las medidas específicas adoptadas para impedir el reclutamiento de niños entre las comunidades afrocolombiana e indígena.

6.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas tomadas para prevenir, investigar y castigar la violencia sexual perpetrada contra niñas y niños por grupos armados no estatales y por las fuerzas armadas en el contexto del conflicto armado.

7.Con referencia a las inquietudes expresadas en las anteriores observaciones finales del Comité (CRC/C/COL/CO/3, párrs. 76 y 77), inquietudes compartidas por el Secretario General en su informe sobre los niños y el conflicto armado en Colombia (S/2009/434, párrs. 25 y 93), sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para poner fin a los programas cívicomilitares para los escolares, incluyendo las actividades emprendidas por las fuerzas armadas dentro de las escuelas.

8.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas específicas que se han adoptado para prevenir los ataques de grupos armados no estatales contra las escuelas. Sírvanse además proporcionar información sobre las medidas tomadas para prevenir y sancionar la ocupación de escuelas por grupos armados no estatales, así como por las fuerzas armadas.

9.Sírvanse dar información sobre el número de casos denunciados de interrogatorios, por las fuerzas armadas, de niños desmovilizados y capturados, a efectos de inteligencia (a pesar de las instrucciones de los militares en contrario) (CRC/C/OPAC/COL/1, párrs. 189 y 190), así como sobre las investigaciones realizadas para determinar las responsabilidades pertinentes por esa práctica.

10.Sírvanse informar al Comité acerca de la capacitación dada sobre el Protocolo facultativo entre los grupos profesionales pertinentes que trabajan en el plano nacional con niños que pueden haber sido reclutados o utilizados en hostilidades, en particular las fuerzas armadas, las autoridades de migración, los abogados, los jueces, el personal médico, los trabajadores sociales y los periodistas.

11.En relación con el artículo 162 del Código Penal, por el que se tipifica como delito el reclutamiento de niños para que participen directa o indirectamente en las hostilidades, sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre el número de investigaciones realizadas y de condenas dictadas, así como sobre las sanciones impuestas en cada caso específico. Sírvanse también indicar a qué grupos armados no estatales se refieren esas condenas.

12.Sírvanse aclarar cómo considera el Estado parte que el artículo 64 de la Ley Nº 975 de 2005 es compatible con las obligaciones que le impone el Protocolo facultativo, y si se han concedido beneficios judiciales a personas de las que se sospeche que han reclutado y utilizado a niños en las hostilidades. Sírvanse proporcionar más información sobre el número de investigaciones realizadas con arreglo a la Ley Nº 975 por crímenes de reclutamiento de niños para su utilización en las hostilidades, así como sobre el número de personas condenadas y sobre las sanciones impuestas. Sírvanse también dar información sobre si con arreglo al Decreto Nº 128 de 2003 se han concedido beneficios judiciales a personas de las que se sospeche que han reclutado o utilizado niños en las hostilidades.

13.Sírvanse proporcionar información acerca de las investigaciones realizadas sobre ejecuciones extrajudiciales de niños por las fuerzas armadas, indicando la edad de las víctimas y el número de investigaciones hechas y dando detalles sobre el número de miembros de las fuerzas armadas que han sido condenados y sobre las sanciones que se les han impuesto.

14.Sírvanse dar información actualizada sobre si se ha procesado a niños de menos de 18 años por colaboración con grupos armados no estatales.

15.En relación con el derecho a reparaciones (artículos 42 a 49 de la Ley de Justicia y Paz, Nº 975 de 2005), sírvanse proporcionar información sobre el número de niños víctimas de reclutamiento por grupos armados no estatales a los que se ha concedido una indemnización adecuada, así como sobre las medidas tomadas para su recuperación física y psicológica y para su reintegración social. Sírvanse dar detalles sobre las medidas de reparación adoptadas a este respecto.

16.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas específicas tomadas por el Estado parte para identificar a los niños liberados durante la desmovilización de organizaciones paramilitares y velar por que se les preste asistencia para su recuperación física y psicológica, así como sobre las medidas complementarias destinadas a apoyar su reintegración social, especialmente teniendo en cuenta el pequeño número de niños oficialmente liberados.

17.Sírvanse proporcionar datos desglosados (entre otras categorías, por sexo, grupo de edad y país de origen) correspondientes a los años 2007, 2008 y 2009 sobre el número de niños solicitantes de asilo y de niños refugiados que hayan llegado al Estado parte desde zonas en las que puedan haber sido reclutados o utilizados en las hostilidades. Sírvanse informar sobre los mecanismos de identificación existentes y sobre el procedimiento de examen de las solicitudes de asilo y de reconocimiento de la condición de refugiado presentadas por niños que hayan sido reclutados o utilizados en situaciones de conflicto armado.

18.Sírvanse informar al Comité sobre si el Estado parte ha hecho progresos en relación con la recomendación formulada en el informe del Secretario General (S/2009/434, párr. 83) en el sentido de que todas las partes que hayan reclutado a niños preparen y ejecuten planes de acción.