RESPUESTA AL CUESTIONARIO DEL COMITÉ DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y DE SUS FAMILIARES

SUSTENTACIÓN DEL PRIMER INFORME DE MÉXICO EN TORNO A LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y DE SUS FAMILIARES

I. INFORMACIÓN DE CARÁCTER GENERAL

Sírvanse indicar los progresos realizados en el proceso de examen de la reserva planteada por el Estado Parte al párrafo 4 del artículo 22 de la Convención, y si en este contexto se está considerando la posibilidad de modificar el artículo 33 de la Constitución.

Párrafos del informe 161 y 183

1.Como se expone en el informe de México, el Gobierno de México está llevando a cabo una revisión de las reservas que, en el ámbito de los instrumentos de derechos humanos, nuestro país ha efectuado para que, de considerarse procedente, sean retiradas.

2.No obstante, para el caso del artículo 33 constitucional no se ha considerado tal modificación, debido a la facultad soberana de toda nación a regular la entrada y condiciones de estancia de extranjeros en su territorio. Dicho precepto indica que: "[E]l Ejecutivo de la Unión tendrá la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente". Para ello, se seguirá el procedimiento establecido por la Secretaría de Gobernación.

3.Asimismo, el artículo 126 de la Ley general de población (LGP) establece que: "En los casos en que se atente en contra de la soberanía o la seguridad nacional, la expulsión será definitiva. En todos los demás casos la Secretaría de Gobernación señalará el período durante el cual el extranjero no deberá reingresar al país. Durante dicho período, sólo podrá ser readmitido por acuerdo expreso del Secretario de Gobernación o del Subsecretario respectivo".

Sírvanse explicar qué medidas se han adoptado para armonizar las legislaciones federal y estatal sobre cuestiones de migración y para poner ambas legislaciones de conformidad con la Convención.

Párrafos del informe 179, 180, 182 y 183

4.De conformidad con el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) la migración es materia federal ya que dicho artículo establece que es facultad del Congreso de la Unión dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República, por lo que la legislación estatal no contempla asuntos migratorios.

Sírvanse proporcionar más información al Comité sobre el volumen y las características de las corrientes migratorias en la frontera sur de México.

Párrafos del informe 16 a 22, 24, 27, 29, 30, 31 y 33

5.Durante 2004, se calcula que las entradas a territorio nacional por toda la frontera de México con Guatemala y Belice fueron de aproximadamente 1.830.000 internaciones, incluyendo entradas documentadas de visitantes locales, trabajadores agrícolas, turistas y otros (78% del total) e indocumentadas (22%), sin tomar en cuenta a los migrantes irregulares que lograron cruzar el territorio nacional e ingresar a los Estados Unidos.

6.Los cruces indocumentados centroamericanos por la frontera sur del país, en 2004, se estimaron en poco más de 400.000 entre los que se destacan 204.113 asegurados por las autoridades migratorias mexicanas y 54.626 detenidos por la patrulla fronteriza de los Estados Unidos. El resto fueron ubicados como cruces locales indocumentados a partir de cálculos con base en la "Encuesta sobre migración en la frontera Guatemala-México" y otras fuentes del Instituto Nacional de Migración (INM).

7.Las estadísticas disponibles corroboran que el aseguramiento de indocumentados centroamericanos por autoridades mexicanas creció en un 41% de 2001 a 2004, lo que contrasta con una reducción del 33% de los cruces documentados en el mismo período. Hay evidencias que apuntan hacia una tendencia a la reducción de la circularidad migratoria en la frontera México -Guatemala, o al menos en los registros migratorios mediante los mecanismos existentes hasta hoy, incremento de la emigración guatemalteca hacia los Estados Unidos demostrado por diversas fuentes.

8.Los trabajadores migratorios temporales en la frontera sur constituyen una fuerza de trabajo inevitable que cubre no sólo demandas del sector agrícola, sino que se extiende a otras actividades como construcción, comercio, servicios, ganadería y manufactura, dentro de los Estados de Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Campeche, donde están presentes en mayor o menor medida, según sector económico y región, aunque muchos de ellos están sin la documentación migratoria requerida. De ahí la necesidad de documentar y regularizar a estos trabajadores migratorios o fronterizos que contribuyen al desarrollo económico de la zona.

9.Para mayor información sobre el volumen y las características de las corrientes migratorias en la frontera sur durante el año 2005, se anexan los siguientes documentos preparados por el Centro de Estudios Migratorios del INM: el anexo I contiene un dossier sobre los flujos de entradas de extranjeros por la frontera sur terrestre de México registradas por el INM, 2005; el anexo II contiene un dossier de los trabajadores guatemaltecos que se documentaron con la forma migratoria de visitante agrícola (FMVA) en el Estado de Chiapas 1999-2005; El anexo III contiene un diagnóstico general de los flujos de trabajadores temporales en la frontera sur de México, principales hallazgos y tendencias a futuro.

10.En resumen, el flujo migratorio en la frontera sur del país, consistente en los Estados de Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo y cuya información se encuentra disponible en la página del INM, arroja los siguientes números:

a)De cruces regulares: 9.595.730 extranjeros del 1º de enero al 31 de diciembre de 2005, y 3.567.656 extranjeros del 1º de enero al 30 de abril de 2006, y

b)De internación irregular basada en los aseguramientos realizados: 128.028 extranjeros del 1º de enero al 31 de diciembre de 2005, y 69.058 extranjeros del 1º de enero al 31 de mayo de 2006.

Según el párrafo 181 del informe del Estado Parte, y en término de los artículos 118 a 125 de la Ley general de población, las ofensas o infracciones de carácter migratorio pueden estar sujetas a procedimiento penal aunque esto no suceda en la práctica. En este respecto, sírvase precisar en qué etapa se encuentra la revisión de la legislación migratoria mencionada en los párrafos 182 y 278 del informe.

Párrafos del informe 181, 182 y 278

11.Durante 2004 el INM llevó a cabo un análisis de la Ley general de población (LGP) del que se concluyó la necesidad de realizar modificaciones de fondo, a fin de armonizarla con el marco jurídico internacional, para lo cual se planteó la creación de una Ley propia en la materia. Durante dicho análisis, se revisaron los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos y se recopilaron las propuestas planteadas por académicos y miembros de la sociedad civil sobre los cambios que debían realizarse a la política y la legislación migratoria en México.

12.El INM elaboró un documento final denominado "Síntesis de propuestas para una nueva ley de migración en México" y se entregó el documento a la Secretaría Técnica para la Reforma de la LGP el 22 de julio de 2004.

13.Dicha propuesta, al igual que otras presentadas por diversos legisladores, se encuentran en estudio en el poder legislativo.

14.Dentro de los puntos básicos que contempla la propuesta del INM, se buscan los siguientes objetivos para lograr la armonización de la legislación migratoria: no subordinar la migración internacional a lo demográfico.

15.La migración internacional:

a)Ha alcanzado niveles de reproducción, que la convierten en un fenómeno social con objeto, regularidades, conflictos y políticas propios.

b)Más que un fenómeno demográfico, en lo inmediato, es un fenómeno económico, social y político, con impactos en el empleo, las finanzas, la salud, la educación, los derechos humanos, la familia, la política, la cultura, entre otros. Separar la normativa de largo plazo y de carácter más general (población) de la normativa de carácter regulatorio particular, como es la administración de los flujos migratorios internacionales en el país.

16.La migración internacional:

a)Tiene demandas muy puntuales de regulación, trámite y solución nacionales e internacionales.

b)A diferencia de lo demográfico, la migración tiene dinámicas de cambio de mucho menor plazo (1 a 5 años c. 35 a 50 años), algunas de ellas no previsibles en situaciones tales como guerras, desastres naturales o colapsos económicos. El migrante es sujeto de derechos por sí mismo.

17.Tener un instrumento jurídico que facilite una política de Estado integral respecto a la migración internacional para:

a)Atender el fenómeno en toda su complejidad en México, como país de origen, tránsito y destino. Correlación entre lo que se demanda al exterior respecto a los migrantes mexicanos y la legislación y la práctica referente a los migrantes en México.

b)Coherencia en la atención del fenómeno en sí y sus vínculos con otras áreas como derechos humanos, empleo, salud y educación en el país; por ejemplo: trabajadores temporales.

18.Estar acorde con la práctica internacional para facilitar la actuación política de México, en cuanto a:

a)Estructura institucional (Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Conferencia Regional de Migración, etc.);

b)Acciones bilaterales o regionales del Gobierno de México con sus contrapartes de Guatemala, Estados Unidos y Canadá, entre otros;

c)Estandarización práctica de criterios signados con otros países vías acuerdos, convenios o tratados en los ámbitos fronterizo, regional y extra regional.

19.Si bien se han realizado propuestas para reformar a la LGP y su reglamento, dados los tiempos de gestión del proceso legislativo interno de las iniciativas de reforma, éstas aún se encuentran bajo su consideración, por lo que a la fecha permanecen sin modificación los artículos 118 a 125 de dicho ordenamiento.

Sírvanse explicar si en la legislación nacional se prevé la aplicación de la Convención a los refugiados y los apátridas (artículo 3 d) de la Convención).

Párrafo del informe 298

20.La legislación nacional no prevé la aplicación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares a los refugiados y apátridas debido a que éstos gozan de una regulación específica en la materia, al igual que en el ámbito internacional.

21.Así, de conformidad con el artículo 42, fracción VI, de la LGP, y los artículos 166 y 167 de su Reglamento (RLGP), se establece que los refugiados son "los extranjeros y extranjeras que huyendo de su país de origen, para proteger su vida, seguridad o libertad, cuando hayan sido amenazados por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado el orden público, y que ingresen a territorio nacional, deberán solicitar a la oficina de migración más cercana al lugar donde se encuentra el interesado, la calidad y característica migratorias de no inmigrante refugiado".

22.La determinación de la condición de refugiado en México la realiza el INM. El INM toma su decisión con base en una recomendación emitida por el Comité de Elegibilidad, el cual es un órgano en el que participan funcionarios de diversas Secretarias de Estado, tales como la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). A su vez el Comité de Elegibilidad recibe una recomendación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).

23.La COMAR es un órgano desconcentrado de la SEGOB establecido en 1980. Tiene la misión de efectuar recomendaciones en materia de refugio y proponer soluciones que logren la repatriación voluntaria, el reasentamiento o la integración definitiva del refugiado a la sociedad mexicana.

24.Las recomendaciones que realiza la COMAR se toman en un grupo de trabajo integrado por diversas dependencias gubernamentales así como por miembros de la sociedad civil y de representantes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

25.El Gobierno mexicano se adhirió a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y a su Protocolo de 1967 en el año 2000. Las personas no nacionales que soliciten refugio en territorio mexicano y cuya condición les sea reconocida por las autoridades tendrán la protección que deriva de la Convención de 1951.

II. INFORMACIÓN RELATIVA A CADA UNO DE LOS ARTÍCULOS DE LA CONVENCIÓN

A. Principios generales

Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas, en su caso, para combatir las actitudes discriminatorias hacia los trabajadores migratorios y sus familiares, en particular las mujeres y los migrantes indígenas, y para evitar su estigmatización.

Párrafos del informe 47, 50 a 58, 68 a 70 y 73 a 77

26.La discriminación en México está prohibida. Así, la CPEUM señala claramente en su artículo primero, párrafo tercero que:

"Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas."

27.El Gobierno federal ha llevado a cabo diversas acciones para el combate a la discriminación entre las que destaca la creación de la Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación (LFPED), publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de junio de 2003.

28.La LFPED tiene, entre otros objetivos, prevenir y eliminar todas las formas de discriminación, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato. Asimismo, enumera las conductas discriminatorias, incluidas por consideraciones de raza, origen étnico y nacional, que quedan prohibidas, y dispone algunas medidas positivas y compensatorias que los órganos públicos y las autoridades federales deberán adoptar a favor de la igualdad de oportunidades de los principales grupos en situación de vulnerabilidad.

29.Para la elaboración del marco legal antidiscriminatorio en México se tomaron en cuenta las exigencias contenidas en los instrumentos internacionales en materia de lucha contra la discriminación tanto en el nivel regional de la Organización de los Estados Americanos (OEA) como en el nivel global tutelado por las Naciones Unidas. Por esta razón, debe destacarse que el marco legal mexicano en la materia es complementario de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de 1990 cuya finalidad es proteger los derechos fundamentales de los migrantes internacionales, entre ellos el derecho a no ser discriminado.

30.En el caso específico de la vinculación de la LFPED de México con la Convención, debe señalarse que la ley está en consonancia con el preámbulo y con los 93 artículos que conforman dicho instrumento pero, en particular, con los artículos 1, 2 y 7 de la Convención. El párrafo 3 del preámbulo retoma la importancia de los principios relativos a la lucha contra la discriminación en este ámbito, así como el párrafo 9 que considera la protección de los trabajadores migratorios por su situación de vulnerabilidad.

31.En este sentido, la LFPED señala en su artículo 4 que:

"Para los efectos de esta Ley se entiende por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones."

32.La legislación mexicana contra la discriminación norma prácticas y actitudes no sólo en el terreno de la acción pública sino también en el ámbito privado. Ello se torna importante, pues una gran parte de las prácticas discriminatorias se realiza entre particulares en los ámbitos laboral, los de los servicios de salud y el de la educación.

33.Derivado de la LFPED, se creó el Consejo Nacional para la Prevención de la Discriminación (CONAPRED), que formalmente entró en funciones el 27 de marzo de 2004.

34.El CONAPRED es el órgano del Estado mexicano encargado de aplicar la política antidiscriminatoria en todo el territorio nacional y velar por el cumplimiento de la LFPED. Su misión es articular las acciones del Gobierno Federal y dar dirección al conjunto de estrategias del Estado para atender los problemas de discriminación en particular de los colectivos sociales que han sido históricamente colocados en situación de vulnerabilidad, tales como indígenas, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores, niñas, niños, adolescentes, refugiados, migrantes, personas con diversas preferencias sexuales y personas con distintas creencias religiosas.

35.Con la creación del CONAPRED, el Estado mexicano busca enfrentar, prevenir y eliminar la discriminación en el país. Para el logro de sus objetivos, el Consejo ha desplegado una estrategia integral de vinculación y articulación de acciones enmarcadas en las atribuciones que le confiere la ley antidiscriminatoria. Para ello se busca cumplir con cuatro objetivos institucionales que funcionan como una guía orientadora e integradora de los esfuerzos de cada una de las áreas que lo conforman.

36.Los objetivos institucionales son:

a)Difusión de una nueva cultura de la igualdad;

b)Vinculación y coordinación interinstitucional;

c)Atención de denuncias por presuntos actos discriminatorios;

d)Fomento y generación de estudios y políticas públicas.

37.Con base en los cuatro objetivos planteados, se han realizado una serie de acciones nacionales concentradas en seis áreas específicas, a saber:

a)Emisión de opiniones legislativas y promoción de iniciativas de ley;

b)Recepción y atención a quejas y reclamaciones por actos de discriminación;

c)Realización de estudios especializados en materia de discriminación;

d)Firma de convenios institucionales;

e)Realización de actividades de divulgación y sensibilización de la cultura de no discriminación;

f)La puesta en marcha de un importante programa editorial.

38.A continuación se mencionan las actividades del Consejo encaminadas a la búsqueda del respeto e igualdad de trato de las personas migrantes en todo el territorio nacional:

Año 2004

-El 28 y 29 de septiembre se realizó el "Foro internacional sobre la no discriminación: los desafíos económicos, fiscales y judiciales de la implementación de leyes antidiscriminación en Latinoamérica y el Caribe" organizado por el CONAPRED, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la SRE.

Año 2005

-En marzo el CONAPRED solicitó al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM un estudio especializado relativo a tendencias globales y nacionales sobre la exclusión y la discriminación.

-Entre el 23 y el 25 de junio, funcionarios del Consejo participaron en el "Seminario Internacional sobre los Derechos Humanos de los Migrantes" organizado por el Programa de cooperación en materia de derechos humanos México-Comisión Europea, con la ponencia "Flujos migratorios y discriminación" en la mesa de trabajo titulada "La integración social y cultural de los migrantes".

-El 26 de junio se elaboró una prueba piloto de los ficheros de trabajo para educación en materia de no discriminación, que editó el Consejo. Dicha prueba se realizó en las instalaciones de la Casita de los Refugiados y participaron niños refugiados y migrantes del Congo, Honduras, Colombia, Venezuela y Cuba.

-El 31 de agosto, se llevó a cabo la firma del Convenio general de colaboración entre el Colegio de la Frontera Norte (COLEF) y el CONAPRED, con el objetivo de elaborar actividades de sensibilización y estudios especializados en materias de género, migrantes y problemas fronterizos.

-Del 4 al 11 de septiembre, funcionarios del CONAPRED participaron en el XX aniversario de la fundación del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas de El Salvador y en la "Semana centroamericana del migrante", en donde se impartió una conferencia magistral y un curso sobre el problema de la discriminación en México y Centroamérica.

-Del 14 al 16 de septiembre, funcionarios del Consejo participaron en el Primer congreso nacional "SIDA entre migrantes" realizado en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

-En el mes de septiembre se presentó el libro "Derechos humanos de los migrantes" editado por el Programa de cooperación en materia de derechos humanos México-Comisión Europea, en el que se publicó la ponencia Flujos migratorios y discriminación.

-El 23 de septiembre, se impartieron las conferencias: "El derecho fundamental a no ser discriminado" y "Los desplazados colombianos y los problemas migratorios" en el marco del panel "El derecho a la diferencia", organizado por la Asociación Líderes Participativos por México S.C., y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, en la ciudad de Puebla.

-El 17 de octubre se llevó a cabo la firma del Convenio general de colaboración entre la organización "Sin Fronteras I.A.P." y el CONAPRED, con el objetivo de consolidar esfuerzos a favor de los grupos de migrantes y refugiados en el territorio nacional. En la ceremonia del convenio el Dr. Manuel Ángel Castillo impartió la conferencia magistral "Migrantes y el derecho a la no discriminación".

-En el marco del convenio de colaboración con Sin Fronteras, el 2 diciembre, se realizó el Curso-Taller sobre no discriminación y protección a migrantes, en las instalaciones del Consejo.

-El 4 de diciembre, durante la realización de la "Cuarta feria de derechos humanos", organizada por la Secretaría de Cultura y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, el Consejo montó un stand, en el cual se proporcionó material de difusión y se realizó la lectura del cuento "El secreto de Cristina" que es parte de la colección infantil Kipatla que editó el CONAPRED y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), el cual relata la situación de una niña indígena migrante.

Año 2006

-El 12 y 19 de enero, se sostuvieron reuniones de trabajo con funcionarios del municipio de Tultitlán, Estado de México, a fin de acordar acciones conjuntas en materia de sensibilización y la promoción de un taller sobre los derechos de los migrantes.

-El 7 de febrero, se llevó a cabo la presentación del Nº 134 de la revista El Cotidiano "Discriminación y olvido", en las instalaciones de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) campus Azcapotzalco. Dicho ejemplar contiene artículos que destacan la problemática de los migrantes en México y los Estados Unidos.

-El 10 de febrero, se impartió una conferencia sobre discriminación a migrantes a funcionarios y público en general del Municipio de Tultitlán, Estado de México.

-El 10 y 11 de abril se sostuvieron reuniones con representantes de la Asamblea de Migrantes Indígenas de la Ciudad de México, con el objetivo de establecer acciones de colaboración conjunta a favor de los indígenas migrantes del D.F.

-El 24 y 25 de abril, funcionarios del Consejo viajaron al Estado de Oaxaca, para impartir el Taller "La protección de los derechos humanos de la población migrante y la no discriminación", que se organizó con la Subsecretaría de Derechos Humanos del Estado de Oaxaca y la organización "Sin Fronteras I.A.P.". Los talleres se realizaron en los municipios de ciudad Ixtepec y San Pedro Tapanatepec, respectivamente.

39.Es pertinente mencionar que el 17 de mayo del 2006, el CONAPRED presentó a la opinión pública el Programa nacional para prevenir y eliminar la discriminación, en un acto presidido por el Presidente de la República. El programa hace un énfasis en los cuatro niveles en donde se presenta la mayor discriminación en el país: la salud, la educación, el empleo y el acceso a la justicia. En tal sentido, el programa prevé una serie de políticas públicas para prevenir la discriminación y a favor de la igualdad de oportunidades en materia de acceso a la justicia que se agrupan en el programa en materia de acceso a la justicia, cuyo objetivo general es que el Estado mexicano adopte las medidas legislativas y administrativas para garantizar una correcta procuración y administración de justicia en todas las ramas del derecho, a fin de dar cumplimiento irrestricto al principio constitucional de no discriminación.

40.A continuación se destacan aquellas líneas de acción relevantes en la materia:

Línea estratégica 1: asegurar el principio de no discriminación en el acceso de toda persona a los derechos constitucionales de seguridad y justicia y, en especial, de las personas que pertenecen a grupos discriminados.

Líneas de acción

I.Vigilar que se cumpla la prohibición de incomunicación, tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, sobre todo cuando se ejercen sobre personas pertenecientes a grupos vulnerados por la discriminación. Para ello, se promoverá la inclusión, en los códigos penales, de una sanción efectiva a la autoridad o servidor público que incurra en esta conducta; a través de la adición de una fracción que tipifique la conducta que nos ocupa en el artículo correspondiente al delito de abuso de autoridad, y creando la figura delictiva de obstrucción a la defensa o asistencia del detenido, o a la coadyuvancia; ambos considerados como delitos graves

II.Actualizar las técnicas de investigación de los delitos y promover un protocolo obligatorio para la investigación de muertes violentas, en especial los crímenes por homofobia, xenofobia y "feminicidios", entre otros.

III.Fortalecer la defensoría pública en lo que toca a la protección de las personas pertenecientes a grupos vulnerados por la discriminación.

IV.Vigilar los sistemas de selección del personal del ministerio público y de la policía judicial o investigadora, para propiciar que ésta se realice de acuerdo con una formación técnica y en derechos humanos y criterios de no discriminación. Además, deberá proporcionarse a los mismos funcionarios cursos de actualización, capacitación y sensibilización.

V.Promover la regulación jurídica de la reparación del daño para los casos de discriminación.

VI.Promover que en todos los códigos penales se establezca responsabilidad para los servidores públicos que, con motivo o en el ejercicio de sus funciones, tengan conocimiento y omitan denunciar hechos constitutivos de detención arbitraria, basada en la apariencia física, en la condición económica o social, en las preferencias sexuales o cualquier otra causa que denote discriminación.

VII.Crear defensorías especializadas en asuntos de grupos vulnerados, como los pueblos y comunidades indígenas, mujeres, personas con discapacidad, personas que viven con VIH/SIDA, personas con una preferencia sexual no convencional, entre otras.

VIII.Vigilar que se realicen las adecuaciones necesarias para que, en cada municipio del país, haya la accesibilidad necesaria para las personas con discapacidad en por lo menos una de las agencias del ministerio público, en los tribunales en materia penal, civil, laboral, así como en los juzgados conciliadores o cívicos.

IX.Promover el establecimiento de juzgados cívicos o conciliadores especiales para los casos en que los menores de edad entre 12 y 18 años se vean involucrados en faltas administrativas cuenten con las condiciones procesales e instalaciones adecuadas.

X.Creación de espacios seguros para mujeres, pueblos y comunidades indígenas, personas con discapacidad, personas con preferencias sexuales no convencionales, adultos mayores, entre otras, con el fin de protegerlos de actos discriminatorios o violentos por parte de las otras personas detenidas, ya sea en las agencias del ministerio público, en los juzgados cívicos o conciliadores o en los reclusorios.

XI.Incluir un apartado especial dentro de los programas institucionales e informes periódicos, tanto de las procuradurías, tribunales de justicia, defensoría pública y justicia cívica o conciliadora, de las acciones en materia de prevención y eliminación de todas las formas de discriminación.

XII.Promover la cultura de la denuncia en los casos de hostigamiento sexual, abuso y violencia de género.

Línea estratégica 4: en el Distrito Federal, las entidades de la federación y la federación propia, se deberán implementar las siguientes medidas, para el acceso a la justicia, en relación con las personas migrantes y refugiadas.

Líneas de acción

I.Vigilar que las personas migrantes que son víctimas de un ilícito o son presuntos responsables de un delito sean tratados con respeto a sus derechos humanos, sin adoptar actitudes prejuiciosas o discriminatorias que impidan que se les procure y administre debidamente justicia.

II.Vigilar que las autoridades garanticen a las personas que ingresan al país en calidad de refugiados, la información acerca de los derechos que las asisten.

III.Vigilar que los defensores de oficio presten servicio a los y las migrantes.

Línea estratégica 9: en el Distrito Federal, las entidades de la federación y la federación propia deberán implementar las siguientes medidas para el acceso a la justicia, en relación con los grupos étnicos y minorías religiosas.

Líneas de acción

I.Establecer la capacitación a los servidores públicos de las áreas de justicia, en materia de derechos humanos y no discriminación, así como acerca de los derechos que asisten a los grupos étnicos y minorías religiosas.

II.Garantizar que el ministerio público tutele por igual los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y de las personas que profesan una religión distinta a la católica que son víctimas de un ilícito.

III.Vigilar que los defensores de oficio, en el caso de que atiendan a integrantes de grupos étnicos discriminados o minorías religiosas, se conduzcan de manera ética y profesional, y eviten actitudes basadas en el prejuicio.

IV.Vigilar que se cuente con peritos que entiendan y hablen correctamente la lengua nacional indígena de la persona que es víctima de un delito o está involucrada en la comisión de éste.

V.Establecer medidas adecuadas y suficientes, a fin de garantizar que las penas impuestas a las personas de pueblos y comunidades indígenas no se basen en actitudes prejuiciosas y discriminatorias.

VI.Crear, en donde demográficamente sea aconsejable, una defensoría de oficio especializada en la cuestión indígena, a fin de que atienda los asuntos en los que se vean involucrados los pueblos y comunidades indígenas.

VII.Procurar que, en el marco de las leyes aplicables y cuando se fijen sanciones penales a indígenas, se apliquen las penas alternativas y sustitutivos penales establecidos en las normas y que tomen en consideración los usos y costumbres del pueblo o comunidad indígenas a que pertenece el inculpado; además, que se le otorguen los beneficios de preliberación a que tenga derecho.

41.Por otra parte, cabe mencionar los foros internacionales donde se aborda de manera específica el tema de la discriminación, de conformidad con los compromisos asumidos como la Declaración y Plan de Acción de Durban, la cual reconoce que "la migración interregional e intrarregional, en particular del Sur al Norte, ha aumentado como consecuencia de la globalización y subraya que las políticas relativas a la migración no deben basarse en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia".

42.Asimismo, el Programa de Acción solicita a todos los Estados a "que luchen contra las manifestaciones de rechazo generalizado de los migrantes y que se opongan activamente a todas las manifestaciones racistas y actos que engendren conductas xenófobas y sentimientos negativos hacia los migrantes o su rechazo".

43.En este marco, el INM considera fundamental desarrollar una nueva cultura sobre migración capaz de situar al migrante, en tanto persona, como el centro de toda iniciativa en materia migratoria, bajo una plataforma integral que se sustente en los principios de pleno respeto a los derechos humanos de los migrantes, con independencia de su condición migratoria, así como de responsabilidad compartida entre los Estados.

44.Es importante destacar que México hizo la sustentación de su informe presentado en el 68º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD), celebrado en Ginebra, los días 20 y 21 de febrero de 2006. En esa oportunidad, se destacaron las acciones y medidas para combatir la discriminación instrumentadas por el Gobierno de México durante el período 1996-2004, así como su actualización.

45.Cabe señalar que entre los temas sustantivos que fueron abordados durante la revisión del informe de México se incluyeron la atención a otras minorías como las mujeres, migrantes y pueblos indígenas, el acceso a la justicia y educación de los indígenas, y la discriminación por motivos raciales.

46.Por otro lado, el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) ha venido desarrollando, en coordinación con diversos organismos de la Administración pública federal y estatal y miembros de la sociedad civil, diversas acciones orientadas a la protección de los derechos humanos de las mujeres migrantes y la eliminación de prácticas discriminatorias, en cuatro ejes de trabajo:

a)Difusión y protección de los derechos humanos de las mujeres migrantes en la frontera norte;

b)Difusión y protección de los derechos humanos de las mujeres migrantes en la frontera sur;

c)Estrategias de atención para las mujeres migrantes al interior de la República Mexicana;

d)Estrategias de atención para las mujeres que viven en zonas de alta movilidad migratoria.

47.Entre las acciones realizadas por el INMUJERES destacan las siguientes:

En el año 2004, en coordinación con el Instituto de las Mujeres de Chiapas, el INM, la COMAR, la oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) llevó a cabo el Foro "Las mujeres y la migración internacional en la frontera sur", en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, los días 4 y 5 de noviembre. El objetivo de este foro fue coadyuvar al diseño e instrumentación de políticas, programas, proyectos y acciones interinstitucionales, integrales y conjuntas, que contribuyan al respeto y la promoción de los derechos humanos de las mujeres migrantes y sus familias en la frontera sur de México. A este foro asistieron alrededor de 50 personas, entre las que estuvieron representantes, además de las instituciones arriba mencionadas, académicos, asociaciones civiles y religiosas vinculadas con el tema.

48.En diciembre de 2004 se realizó el foro: "Las mujeres y la migración interna en México", en coordinación con el INM y el Instituto de la Mujer Guanajuatense, con los objetivos de: a) elaborar propuestas de políticas públicas y líneas de acción concretas para la atención de las mujeres migrantes y aquellas que viven en zonas de alta movilidad migratoria, en torno de los temas de trabajo, salud, educación y violencia; b) establecer las bases para la creación de un mecanismo de coordinación interinstitucional para la atención a las mujeres migrantes y sus familias en el marco de los derechos humanos y de la equidad de género. Dicho foro contó con la participación de especialistas y miembros de la sociedad civil.

49.Como resultado de estos foros se conformó, el 1º de junio de 2005, la Mesa de coordinación interinstitucional de género y migración, en las instalaciones del INMUJERES. A la fecha se han realizado cuatro reuniones de trabajo, la última de ellas efectuada el 28 de marzo de 2006. Se cuenta actualmente con la participación de instituciones gubernamentales y de la sociedad civil. Sus principales objetivos: promover la coordinación interinstitucional; elaborar propuestas e iniciativas de política pública con enfoque de género en materia de migración; contribuir al desarrollo de estrategias y programas dirigidos a mujeres migrantes; promover y difundir los derechos humanos de las mujeres migrantes y propiciar el intercambio de experiencias, investigaciones e información sobre género y migración.

50.Otra de las acciones derivadas de los foros fue la implementación de la Red virtual de género y migración, vinculada a la página web del INMUJERES, la cual se ha consolidado como un espacio de intercambio e información sobre este tema, así como de vinculación entre las diferentes instancias que atienden a población migrante. Esta red se encuentra funcionando desde el mes de febrero de 2005 y se actualiza cada dos meses y/o cuando se requiere difundir información.

51.A nivel internacional se desarrolló el Foro binacional "Las mujeres que viven y trabajan en Estados Unidos", en Indianápolis, Indiana, Estados Unidos de América, el día 25 de octubre de 2004, con la intención de abrir un espacio de reflexión y análisis en torno de las condiciones de las mujeres que viven y trabajan en los Estados Unidos en diferentes ámbitos y conocer cuáles son las prioridades de atención a fin de plantear estrategias de atención integrales que contribuyan a elevar su calidad de vida y el pleno respeto a sus derechos humanos como mujeres y como trabajadoras migrantes. A esta reunión asistieron consejeras del Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME), funcionarios de los consulados y asociaciones que apoyan a migrantes en la Unión Americana.

52.De manera paralela a este foro se impulsó la campaña: "Aquí o más allá de la frontera tienes derechos, conócelos para ejercerlos". Para esta campaña se elaboraron y distribuyeron seis spots de televisión y seis spots de radio (dignidad, salud, maternidad, equidad, educación y derechos) de 30 segundos cada uno, difundidos en los 45 consulados de México en los Estados Unidos y en los 10 Estados de la República Mexicana de donde más mexicanos emigran; 3 documentales y 46 inserciones en los principales periódicos en los Estados con mayor movilidad migratoria, del 25 al 29 de octubre de 2004. Esta campaña incluyó la distribución, a través del IME y de los consulados en la Unión Americana, de tarjetas postales alusivas a los derechos humanos de las mujeres.

53. Durante el año 2005 se realizaron dos "Jornadas binacionales de capacitación en género y migración internacional". Estas jornadas se llevaron a cabo de manera coordinada con el INM, el IME y la Instancia Estatal de la Mujer de Tijuana en la Frontera Norte, y con la Instancia Estatal de la Mujer de Quintana Roo en la Frontera Sur, que fueron los Estados sede de estos encuentros de capacitación.

54. Sus objetivos fueron sensibilizar al personal de instancias gubernamentales, sociedad civil organizada vinculadas al fenómeno migratorio en los Estados Unidos y en la frontera sur de México, y proporcionarle elementos conceptuales, metodológicos y técnicos que le permitan incorporar la perspectiva de género en sus políticas, planes y programas y contribuir, desde su ámbito de actuación, a transformar prácticas discriminatorias y promover el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres migrantes y sus familias.

55.Dando continuidad a las acciones de difusión y promoción de los derechos humanos de las mujeres migrantes iniciadas en 2004, se promovió, en septiembre de 2005 una campaña sobre losderechos humanos de las mujeres migrantes, que incluyó el diseño, elaboración, impresión y distribución de la publicación llamada "Aquí o más allá de las fronteras tienes derechos".

56.En materia de migración interna se efectuó los días 9, 10 y 11 de noviembre de 2005, la "Jornada nacional de migración interna y género: origen, tránsito y destino", en coordinación con el Instituto de la Mujer Guanajuatense, las Secretarías de Desarrollo Social, Trabajo y Previsión Social, y Salud; la CDI, el INM y la Comisión Estatal de Apoyo a Migrantes Guanajuato. El objetivo de dicho evento fue el de abrir un espacio de reflexión y análisis en torno de la migración interna en México, su definición y alcances, así como del impacto familiar, social, económico y cultural que tiene en los diferentes grupos humanos que participan en ella, en especial las mujeres y en quienes viven en zonas de alta movilidad migratoria, a fin de elaborar propuestas e iniciativas de políticas públicas integrales sobre migración interna con perspectiva de género.

57.Otra de las líneas de acción que el INMUJERES ha instrumentado en relación con el fenómeno migratorio, fue la conformación de un Fondo sectorial de investigación y desarrollo INMUJERES-CONACyT (2003-2005), para impulsar el desarrollo de investigaciones y propuestas de política pública. Entre los trabajos realizados, próximos a su publicación, se encuentran los siguientes proyectos:

1.Las comunidades centrales y sus satélites: trayectorias migratorias de cuatro comunidades oaxaqueñas y cambios en la vida de las mujeres y sus familias. Universidad Nacional Autónoma de México, Dra. Martha Judith Sánchez Gómez.

2.Mujeres indígenas migrantes y adscripción religiosa en San Cristóbal de las Casas, Chiapas; Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, sede sureste, Dra. Gabriela Patricia Robledo Hernández.

3.Migraciones internas e internacionales de mujeres jornaleras; Universidad Nacional Autónoma de México, Dra. María Antonieta Barrón Pérez.

4.Impactos de la migración en las dinámicas de género en familias migrantes: el caso de la costa de Hermosillo, Sonora, Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo, A.C., Ministra Gilda Salazar Antúnez.

5.La seguridad alimentaria y la equidad de género en condiciones de migración masculina en el medio rural mexiquense. El papel de las instituciones; Universidad Autónoma del Estado de México, Dra. Ivonne Vizcarra Bordi.

58.Como parte de las estrategias de difusión el INMUJERES ha financiado la publicación de varios textos, entre ellos, el manual: "Mujeres migrantes y sus implicaciones desde la perspectiva de género" dirigido a funcionarios y funcionarias públicas; "Violencia y mujeres migrantes en México", elaborado por laorganizaciónSin Fronteras I.A.P., como parte del proyecto atención y empoderamiento a mujeres, niñas y niños migrantes susceptibles de violencia doméstica, Fondo proequidad, segunda emisión; y el estudio "Alianza matrimonial y conyugalidad en jornaleras migrantes", de Beatriz Eugenia Rodríguez Pérez, primer lugar en el concurso de tesis "Sor Juana Inés de la Cruz" auspiciado por el INMUJERES.

59.Para finales de 2006 se presentará el "Manual de salud sexual y reproductiva de las mujeres migrantes en los Estados Unidos", orientado a las y los promotores de salud comunitaria y líderes de organizaciones no gubernamentales (ONG), para la prevención y cuidado de la salud sexual y reproductiva de las mujeres migrantes. Este manual se basa en estudios llevados a cabo en Yucatán y Baja California Norte, en México, y California y Chicago en los Estados Unidos y participaron el INMUJERES, el Instituto para el Desarrollo de la Cultura Maya en el Estado de Yucatán, Mérida, Yucatán, la Comisión Episcopal para la Pastoral de la Movilidad Humana, la Casa Madre Asunta de la ciudad de Tijuana, B.C.N., la Iniciativa de salud de la Universidad de California, Episcopal Diocese of San Diego, Estados Unidos, y Mujeres Latinas en Acción, A.C. Chicago, Estados Unidos de América.

60.Se publicará asimismo una compilación sobre "Género y migración" que incluye diversos estudios e investigaciones presentadas en los foros realizados por el INMUJERES sobre el tema, de 2004 a 2006.

61.También se realizó la "Reunión para la instrumentación de la red de apoyo, asesoría y canalización para la atención de mujeres afectadas por el fenómeno migratorio", los días 4 y 5 de abril de 2006 en San Luis Potosí. La finalidad de esta reunión fue la de promover la instrumentación de una red nacional de apoyo a las mujeres afectadas por el fenómeno migratorio, con dos objetivos fundamentales:

a)Promover políticas públicas en materia de género y migración, acordes con los instrumentos internacionales, trabajando de manera coordinada con la SRE, el IME, la SEGOB, el INM, el Sistema nacional para el desarrollo integral de la familia (DIF) y los DIF estatales, la CNDH, las procuradurías locales, el INMUJERES y los institutos estatales de las mujeres y demás instancias públicas y privadas orientadas a la atención a población migrante;

b)Impulsar el desarrollo de modelos de atención, articulados desde cada una de las instancias estatales de las mujeres, a partir de la coordinación con el INM y sus delegaciones estatales, el IME, así como instancias de la administración pública federal y estatal, ONG, organizaciones religiosas y organismos internacionales.

62.Estos modelos, diseñados en cada entidad de acuerdo con sus características y tomando en consideración si son zonas de origen, tránsito o destino de flujos migratorios, proporcionarán, mediante la canalización y la atención directa, orientación legal, laboral y psicológica, servicios de salud (atención y prevención), albergue temporal y promoción de derechos humanos.

Coordinación interinstitucional

63.A través de la coordinación interinstitucional el INMUJERES ha venido participando con diversas instancias en el desarrollo de actividades, entre ellas: talleres de capacitación, foros y encuentros promovidos por el INM, como el taller sobre Migración y derechos humanos realizado en el Distrito Federal, Monterrey, Veracruz y Mérida, tres diplomados de formación integral para oficiales Beta, en Hermosillo, Sonora; el foro "Hacia una política migratoria integral en la frontera sur de México", en Tapachula (Chiapas), y Villahermosa (Tabasco), organizado por el INM; la Conferencia magistral: "Los derechos humanos de los migrantes y el papel de la Organización de las Naciones Unidas"; el Seminario internacional de los derechos humanos de los migrantes, organizado por el INM y la SRE, y la firma del Convenio de colaboración entre el INM y el DIF.

64.Asimismo, el INMUJERES ha participado en la Mesa interinstitucional para el seguimiento del Programa nacional de derechos humanos, subprograma migrantes, de la SEGOB; en la Revisión del primer informe de México en torno a la Convención yen la primera reunión de la Comisión Intersecretarial Paisano.

Institutos estatales de las mujeres

65.A nivel nacional varias de las instancias estatales de las mujeres, en especial en las entidades en donde el impacto del fenómeno migratorio es mayor, se encuentran desarrollando acciones orientadas a la atención de las mujeres migrantes y/o de las que viven en zonas de donde más mexicanos emigran. Una de las tareas prioritarias a este respecto es la de sistematizar y difundir sus experiencias y elaborar un informe nacional, que se tiene proyectado para el ejercicio 2007 del INMUJERES:

Guanajuato Programa especial de migración (PEM), 2005-2006 Acciones del Instituto de la Mujer en Prevención, 2005

Meta PEM. Informar sobre la relación migración VIH/SIDA a mujeres en situación de riesgo. Se realizó una campaña interinstitucional titulada "¿SIDA yo?, ser mujer en tiempos de SIDA", la cual incluyó la elaboración de spots y carteles difundidos en municipios de alto índice de migración. También se tomaron en consideración otras problemáticas de salud de las mujeres: mortalidad materna y razón de género con relación al VIH/SIDA.

Meta PEM. Difusión.Difundir trípticos sobre los derechos de las mujeres migrantes y parejas de migrantes. Entre dichos trípticos destaca el de "Aquí o más allá de las fronteras, tú tienes derechos... conócelos para ejercerlos" el cual se difunde en las llamadas ferias del migrante.

Meta PEM. Capacitación. Se realizaron tres talleres de formación en la prevención de VIH/SIDA con perspectiva de género a 95 promotores(as) de diversas instituciones: DIF, sector salud, líderes comunitarias, profesores(as), FIDEPO y personal de los municipios de San Miguel Allende, San Diego de la Unión y Dolores Hidalgo. Capacitar a promotoras en los temas de migración, género, violencia intrafamiliar, derecho de las mujeres. Se capacitó a 25 promotoras del programa Oportunidades del municipio de Dolores Hidalgo, cinco pláticas impartidas por promotoras, con las que se inició el proceso de capacitación en las comunidades de Palma Prieta, Rincón de Araujo, La Piedra. Xoconostle y Tequisquiapan. En estas acciones se sensibilizó a 90 personas.

Meta PEM. Realizar diagnósticos sobre las mujeres migrantes y parejas de migrantes

1.Grupos domésticos rurales, remesas, y poder: un estudio con perspectiva de género en Gervasio Mendoza y Puerta del Monte, Salvatierra Guanajuato.

2.Mujeres, VIH/SIDA y migración en Guanajuato.

3.Colaboración con la Comisión Estatal de Atención a Migrantes y sus Familias para el diseño de la página web Guanajuato apoya al migrante: sistema de información, seguimiento y evaluación de la política migratoria.

4.Construcción de 15 indicadores de género y migración.

Tabasco

Instalación de la Comisión de Trabajo de Ayuda a las Mujeres Migrantes. El objetivo de la Comisión de trabajo es coordinar esfuerzos a favor de la promoción, protección y respeto de los derechos humanos de las mujeres migrantes. Las instancias participantes son el Instituto Estatal de las Mujeres (IEM), la CNDH, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), el Grupo Beta de atención a migrantes, el DIF-Tenosique, el DIF‑Balancán, el Consulado de Guatemala, y el Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A.C.

Capacitación

Primera etapa. Sensibilización a las autoridades de niveles superior y medio, a fin de que los funcionarios que toman decisiones de políticas públicas tengan una visión integral del fenómeno migratorio, así como favorecer el respeto absoluto de los derechos humanos de las mujeres migrantes.

Segunda etapa. Capacitación a personal del IEM y de la CEDH, para que a su vez capaciten a funcionarios públicos que están vinculados de manera directa con las migrantes.

Materiales de difusión

Guía para la mujer migrante, que pretende integrar la información necesaria para que las migrantes que pasan por Tabasco conozcan sus derechos, obligaciones y recomendaciones; dónde acudir en caso de ayuda humanitaria, cómo ponerse en contacto con autoridades de su país, y qué peligros enfrentan en su recorrido por nuestro Estado. Participan el Instituto Estatal de las Mujeres (IEM), la CNDH, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), el Grupo Beta de atención a migrantes, el DIF-Tenosique, el DIF-Balancán, el Consulado de Guatemala y el Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A.C.

Quintana Roo Mesa estatal de atención a las mujeres migrantes

En 2005 el Instituto Quintanarroense de la Mujer propuso la gestión y acción coordinada de las instituciones a través de la implementación de la Mesa estatal de atención a las mujeres migrantes, para coadyuvar al diseño e instrumentación de políticas públicas, programas, proyectos y acciones interinstitucionales, integrales y conjuntas, que contribuyan al respeto y la promoción de los derechos humanos de las mujeres migrantes y sus familias en Quintana Roo, así como coordinar los esfuerzos necesarios para que, a través de los trabajos de un grupo colegiado, se profundice en el diagnóstico sobre género y migración, no sólo del Estado de Quintana Roo, sino a nivel regional.

Metas

Establecer las bases para la creación de un mecanismo de coordinación interinstitucional para la atención a las mujeres migrantes y sus familias en el marco de los derechos humanos y de la equidad de género.

Elaborar propuestas de políticas públicas y líneas de acción concretas para la atención de las mujeres migrantes en Quintana Roo, en torno de los temas de salud, atención de asuntos jurídicos, educación, capacitación para el autoempleo y fomento productivo.

Elaborar una agenda interinstitucional de trabajo para el ejercicio 2005-2011, que contemple la participación de todos los integrantes de la mesa estatal y los compromisos de atención en cada área.

Instituir como parte de la oferta de servicios de las dependencias de la administración pública de los tres niveles de gobierno, en coordinación con organizaciones de la sociedad civil, la atención específica a mujeres migrantes.

Estrategias

Firma del convenio de colaboración entre el Instituto Quintanarroense de la Mujer y el INM a fin de obtener de este último la capacitación y sensibilización para la atención a mujeres migrantes

Instalación de la Mesa estatal de migración: Instituto Quintanarroense de la Mujer, Delegación Benito Juárez del Instituto Quintanarroense de la Mujer, INM, Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, Secretaría de Gobierno, COMAR, un representante de las ONG y un representante de la sociedad civil.

Actividades

Elaboración del diagnóstico de migración en el Estado de Quintana Roo.

Analizar los principales componentes de la migración en Quintana Roo, derivados del diagnóstico migratorio.

Realización de un foro y/o espacio donde cada uno de los involucrados en la mesa de trabajo, presenten la oferta institucional aplicable a la situación de las mujeres migrantes en el Estado.

Diseño del programa de atención a la mujer migrante (diseño del programa y cronograma de actividades).

Seguimiento y evaluación periódica de los avances y logros alcanzados en materia de atención a la mujer migrante.

66.Con el objeto de coadyuvar al diseño e instrumentación de políticas, programas, proyectos y acciones interinstitucionales, integrales y conjuntas, que contribuyan al respeto y la promoción de los derechos humanos de las mujeres migrantes y sus familias, el Instituto Nacional de las Mujeres ha realizado las siguientes acciones:

·Convenios de colaboración con el Instituto Nacional de Migración, el 26 de abril de 2004, y con el Instituto de los Mexicanos en el Exterior, el 25 de noviembre del mismo año.

·En coordinación con el Instituto de las Mujeres de Chiapas, el INM, la COMAR, el ACNUR y el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) llevó a cabo el Foro "Las mujeres y la migración internacional en la frontera sur", en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, los días 4 y 5 de noviembre de 2004.

·En el mes de diciembre de 2004, se realizó el Foro: "Las mujeres y la migración interna en México", en coordinación con el INM y el Instituto de la Mujer Guanajuatense.

·A nivel internacional se desarrolló el Foro binacional "Las mujeres que viven y trabajan en Estados Unidos", en Indianápolis, Indiana, Estados Unidos de América, el 25 de octubre de 2004.

·Participación con la SEGOB en la elaboración y consenso del Programa nacional de derechos humanos (PNDH), subprograma migrantes.

·Implementación de la red virtual de género y migración.

·Instalación de la Mesa de coordinación interinstitucional de género y migración. La primera reunión se efectuó el 1º de junio de 2005. A la fecha está integrada por 31 instancias de la administración pública federal y estatal, institutos estatales de la mujer, académicas, ONG y organizaciones religiosas.

·Desarrollo de la "Jornada nacional de migración interna y género: origen, tránsito y destino", los días 9, 10 y 11 de noviembre de 2005, en la ciudad de Guanajuato.

·Se participó con el INM en el desarrollo de tres talleres de capacitación sobre migración y derechos humanos en los Estados de Monterrey, Veracruz y Mérida y en tres diplomados de formación integral para oficiales Beta, en Hermosillo, Sonora.

·Desarrollo de la "Jornada binacional de capacitación en género y migración" en la frontera sur, en coordinación con el Instituto Nacional de Migración y el Instituto de la Mujer Quintanarroense.

·Desarrollo de la "Jornada binacional de capacitación en género y migración" en la frontera norte, en coordinación con el INM, el Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME) y el Instituto de la Mujer de Ciudad Juárez, Chihuahua, los días 10 y 11 de agosto de 2005.

·Elaboración del manual "Género y migración" dirigido a funcionarios y funcionarias públicos.

·Elaboración del manual "Salud sexual y reproductiva para mujeres migrantes".

Acciones impulsadas por otras instituciones en las que ha participado el INMUJERES con el objeto de incorporar la perspectiva de género:

·Se participó con el INM en el desarrollo del taller de capacitación sobre migración y derechos humanos en el Distrito Federal.

·En relación con la migración interna, el INMUJERES ha participado en las reuniones de trabajo del Programa intersectorial de atención a jornaleros agrícolas, en los proyectos de: a) "Para contribuir al ejercicio de los derechos de las niñas y niños hijos de jornaleros agrícolas"; b) "Certificación del mejoramiento de las condiciones de vida de los jornaleros en albergues para migrantes" y c) "Regulación del tránsito migratorio".

67.Si bien es cierto que el INMUJERES ha desarrollado diversas campañas para la eliminación de estereotipos basados en género, hay que reconocer que es un proceso social que lleva tiempo y que estamos conscientes.

Sírvanse explicar en qué se basa el artículo 67 de la Ley general de población, que autoriza únicamente a los extranjeros en situación legal a realizar un acto jurídico (véase el párrafo 172 del informe). Sírvanse aclarar asimismo en este contexto cómo pueden ejercer los trabajadores migratorios ilegales y sus familiares su derecho a un recurso efectivo en conformidad con el artículo 83 de la Convención, y especificar qué autoridades judiciales, administrativas, legislativas o de otra índole son competentes para recibir denuncias de presuntas violaciones de los derechos de los trabajadores migratorios.

Párrafos del informe 172 a 17 y 260 a 271

68.El artículo 67 de la LGP establece la obligación para aquellos funcionarios públicos con fe pública, de exigir al extranjero que tramite ante ellos asuntos de su competencia, que compruebe su legal estancia en el territorio. Sin embargo, esto no excluye ni limita a los migrantes el acceso a la justicia. Así, la CPEUM señala en su artículo 1 que todo individuo en el territorio nacional gozará de las "garantías que otorga esta Constitución". La Constitución claramente señala que se trata de todo individuo; no hay por lo tanto distinción alguna de su situación migratoria. Dentro de las diversas garantías que otorga la Constitución se encuentra la de acceso a la justicia y a un recurso efectivo.

69.Además, si existiera alguna violación a dichas garantías cualquier migrante puede acudir a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) la cual tiene competencia en todo el territorio nacional, para recibir e investigar quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos. En ese sentido, la CNDH cuenta con un Programa de atención a migrantes, el cual está a cargo de la Quinta Visitaduría General, la misma que fue creada por el Presidente de la CNDH mediante acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2004, e inició sus labores a partir del 1º de enero de 2005. Con anterioridad, el citado programa estuvo adscrito a la Primera Visitaduría General.

70.Toda vez que para la CNDH es una prioridad proteger los derechos humanos de los migrantes y velar por que sean respetados, la Quinta Visitaduría General atiende las quejas relacionadas con el fenómeno migratorio, fortalece los mecanismos de colaboración con las autoridades federales y locales vinculadas al tema migratorio, así como con los organismos públicos de derechos humanos y las ONG comprometidos con la materia.

71.Con el fin de brindar una mejor atención a las quejas por violaciones a derechos humanos que se cometen en contra de los migrantes, la CNDH ha instalado oficinas en distintos puntos de las fronteras norte y sur. De esta manera, a cargo de la Quinta Visitaduría General se encuentran las oficinas regionales ubicadas en Tijuana, Baja California; Ciudad Juárez, Chihuahua; Nogales, Sonora; Reynosa, Tamaulipas; Tapachula y San Cristóbal de las Casas, Chiapas; Coatzacoalcos, Veracruz y Villahermosa, Tabasco. Cabe señalar que en estos sitios también se cuenta con oficinas móviles (ombudsmóvil) que recorren las zonas de mayor afluencia de migrantes con el propósito de lograr un acercamiento para la recepción de quejas y acciones de promoción.

Sírvase informar al Comité sobre las salvaguardas adoptadas para garantizar que las medidas antimaras (contra el pandillaje) no afecten desmesuradamente a los trabajadores migratorios y sus familiares especialmente a los niños y adolescentes.

Párrafo del informe 203

72.En la República Mexicana no existe legislación específica en contra de las pandillas llamadas "maras".

73.Cabe señalar, sin embargo, que las medidas adoptadas por la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) fundamentalmente consisten en el diseño e implementación del Programa de capacitación en derechos humanos de los migrantes para elementos de la policía federal preventiva (PFP), el mismo que es impartido por especialistas de la CNDH, del INM, la SRE, la OIM, además de expertos de la propia institución y sus órganos administrativos desconcentrados.

74.Dicho programa está dirigido a todo el personal operativo y de mando que realiza funciones de inspección migratoria y de apoyo al INM destacamentados en aeropuertos, puertos y puntos fronterizos. Asimismo, comprende la formación de personal que funcionan también como multiplicadores que se desempeñan a su vez en socializadores de la información y conocimientos con el personal de nuevo ingreso además de realizar capacitación continua.

75.El conocimiento y aplicación exacta de la ley permiten aplicarla puntualmente en contra de aquellas personas que independientemente de su pertenencia a una u otra organización delictiva, la infrinjan, por lo que los derechos humanos de los migrantes o sus familias, independientemente de su condición migratoria, que no incurren en alguna conducta ilícita, se encuentran garantizados en la medida de la aplicación del principio rector constitucional relativo a la profesionalización.

B. Parte III de la Convención

Sírvanse informar al Comité sobre los progresos realizados para evitar que los trabajadores migratorios y sus familiares detenidos por violaciones de las disposiciones en materia de inmigración permanezcan recluidos junto con presos convictos o personas en régimen de prisión provisional. Asimismo, sírvase proporcionar información sobre cuáles han sido las acciones concretas para evitar la discrecionalidad en torno al período de aseguramiento de los migrantes y qué resultados se han obtenido.

Párrafos del informe 28, 29, 106, 183, 239, 257 a 259, 278, 292, 298, 408 y 510

76.Todo migrante asegurado por violaciones a la ley de la materia es internado, de conformidad con el artículo 208 del RLGP, en las instalaciones físicas denominadas "Estaciones migratorias"; en ellas, la población está compuesta únicamente por migrantes en situación irregular, por lo que los migrantes no se encuentran mezclados con presos o convictos o personas de régimen de prisión provisional. Las estaciones migratorias no forman parte del Sistema penitenciario federal.

77.Asimismo, en el RLGP, en su artículo 94, se establece la facultad de la SEGOB para habilitar de manera excepcional (en casos concretos) locales de detención preventiva como estaciones migratorias, sólo por el tiempo estrictamente necesario:

Artículo 94. La Secretaría podrá establecer o habilitar, en los lugares que considere adecuados, estaciones migratorias para la estancia provisional de los extranjeros y extranjeras carentes de algún requisito migratorio que no puedan satisfacer en el momento de la revisión de la documentación, o para alojar, como medida de aseguramiento, a los extranjeros y extranjeras que deban ser expulsados. En aquellos lugares en que la Secretaría no tenga establecidas estaciones migratorias, se considerarán habilitados locales de detención preventiva para el aseguramiento de los extranjeros que deban ser expulsados.

En ningún caso podrá habilitarse para este fin a los centros de reclusión para sentenciados.

Cuando las autoridades sanitarias determinen la internación de extranjeros o extranjeras en estaciones sanitarias, la Secretaría podrá establecer la vigilancia que juzgue adecuada, si los extranjeros de que se trate no tuvieren autorizada su internación al país.

78.En lo referente a evitar la discrecionalidad en torno al período de aseguramiento de los migrantes, la LGP y el RLGP han establecido siempre la duración de los diversos trámites que por cuestión de su competencia se ventilan, incluyendo el procedimiento administrativo migratorio, acotando así el tiempo de aseguramiento de los migrantes.

79.El tiempo máximo de estancia de un migrante asegurado en una estación migratoria no deberá ser mayor de 90 días, con objeto de regularizar su situación. No obstante, se realizan esfuerzos para llevar el procedimiento migratorio administrativo de manera expedita para agilizar su regularización o repatriación, según el caso, siempre y cuando se cuente con la cooperación de los migrantes asegurados y se disponga de la documentación de identidad y viaje necesarios para finalizar el procedimiento al que se encuentre sujeto el extranjero y, así, se acote el tiempo de aseguramiento.

80.Cabe destacar que los acuerdos de repatriación segura y ordenada que mantiene México con los países de Centroamérica, han generado que la estancia de migrantes de origen centroamericano en las estaciones migratorias sea aproximadamente de 24 a 48 horas, a excepción de aquellos que cuenten con algún impedimento legal o administrativo para abandonar la estación.

81.Con estas acciones se pretende disminuir cualquier tipo de discrecionalidad en cuanto al período de aseguramiento de migrantes en situación irregular.

82.Asimismo, resulta determinante en el número de días de estancia de los extranjeros en las estaciones migratorias la rápida ayuda y cooperación de las distintas representaciones consulares y diplomáticas de los distintos países en México. En aquellos casos en donde no existe representación en México del país del que es nacional el migrante se tiene que recurrir a las establecidas en los Estados Unidos de América, a fin de obtener con prontitud los documentos de identidad y viaje idóneos y necesarios para finalizar el procedimiento al que se encuentre sujeto el extranjero.

83.En cuanto a las condiciones de estancia, cabe señalar las acciones establecidas en el programa de dignificación de estaciones migratorias que tiene como objetivo mejorar las condiciones físicas y servicios, con el fin de poder ofrecer una mejor atención a los extranjeros asegurados, durante su ingreso, estancia y salida de las estaciones migratorias, con estricto respeto a la dignidad de los extranjeros asegurados y sus derechos humanos.

Con referencia al párrafo 289 del informe, sírvanse indicar las medidas adoptadas para armonizar la legislación interna con el artículo 21 de la Convención. Sírvanse proporcionar asimismo información sobre las medidas adoptadas para impedir la retención de los documentos de identidad por personas que no sean funcionarios públicos autorizados, como los empleadores o las agencias de contratación.

Párrafos del informe 289 y 290

84.Como se indicó en la respuesta a la pregunta 4 actualmente el Instituto Nacional de Migración (INM) se encuentra trabajando en un proyecto de ley para armonizar la legislación nacional con la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

85.Actualmente y según lo establecido en los artículos 7 y 151 de la Ley general de población (LGP), la Secretaría de Gobernación (SEGOB), a través del personal de los servicios migratorios y de la policía federal preventiva (PFP), tiene facultad para ejercer sobre los extranjeros y extranjeras que se encuentren en el país, las funciones de verificación y vigilancia que correspondan.

86.De conformidad con el artículo 195 del Reglamento de la Ley general de población (RLGP), las autoridades migratorias sustanciarán los procedimientos correspondientes, observando en todo caso el respeto a los derechos humanos, y con apego a los procedimientos legales correspondientes.

87.Cabe destacar que en el ejercicio de estas facultades, la SEGOB velará por el respeto a los derechos humanos y, especialmente, por la integridad familiar de los sujetos a la LGP. Los particulares tales como empleadores o agencias de contratación no están autorizados para retener ninguna documentación.

Según información recibida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, no es sólo la autoridad migratoria la que verifica la condición migratoria de las personas y detiene a los migrantes indocumentados. A este respecto, sírvase aclarar: a) qué otras autoridades intervienen en dicho procedimiento; b) si existe una disposición que permita el ejercicio de estas acciones por parte de autoridades distintas de la autoridad migratoria; c) cuál es el papel que desempeña la fuerza armada en materia migratoria, especialmente en la frontera sur.

Párrafos del informe 129, 210, 233, 236, 238, 275, 278, 289, 309 y 515

88.Como se señaló en la pregunta anterior, el artículo 195 del RLGP señala que la SEGOB, a través del personal de los servicios migratorios y de la PFP, tiene la facultad para ejercer sobre los extranjeros y extranjeras que se encuentren en el país, las funciones de verificación y vigilancia que correspondan.

89.Por su parte, la LGP en su artículo 73 establece: "las autoridades que por ley tengan a su mando fuerzas públicas federales, locales o municipales, prestarán su colaboración a las autoridades de migración cuando éstas lo soliciten, para hacer cumplir las disposiciones de esta ley". Asimismo, el artículo 92 del Reglamento indica que las autoridades auxiliares de la SEGOB en materia de migración son: los servidores públicos del Gobierno mexicano adscritos en el extranjero y facultados para ejercer funciones consulares, y los servidores públicos de la Secretaría de Salud, de las Aduanas y de las Capitanías de Puerto, si en el lugar no hubiere una autoridad de la Secretaría.

90.De igual manera, la LGP en sus artículos 17 y 151 señala a la PFP y a la SEGOB a través de los servicios de migración (es decir el INM) como las autoridades legalmente facultadas para intervenir en los procedimientos de verificación migratoria de extranjeros.

91.Es preciso mencionar que en el caso de que, como resultado de dichas actividades, una autoridad policial detuviera a un extranjero en situación de irregularidad, después de finalizar el trámite que su competencia marque, dichas autoridades están obligadas a poner a disposición del INM a los extranjeros que se encuentren irregulares en el país, de conformidad con el artículo 72 de la LGP en cumplimiento con el artículo 202 del RLGP.

92.Asimismo, cabe señalar que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 29 de la Ley orgánica de la administración pública federal y 1 de la Ley orgánica del ejército y fuerza aérea mexicanos, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) no lleva a cabo ninguna clase de verificación migratoria de las personas indocumentadas que cruzan por el país, por ser dicha actividad ajena a las funciones que le corresponden despachar.

Por favor explique las razones por las que el Gobierno de México restringe en ciertos casos el libre tránsito por su territorio a los trabajadores migratorios y sus familiares a pesar de que cuenten con los documentos legales para estar en el país.

Párrafos del informe 370, 371 y 372

93.Por lo que se refiere al libre tránsito de los trabajadores migratorios por el territorio nacional, la LGP en sus artículos 32, 33 y 34 establece las modalidades a las que se sujetará la inmigración de extranjeros; en particular se señala que la SEGOB fijará, previos estudios demográficos, el número de extranjeros cuya internación podrá permitirse, ya sea por actividades o por zonas de residencia, y sujetará a las modalidades que juzgue pertinentes la inmigración de extranjeros, según sean sus posibilidades de contribuir al progreso nacional.

94.En este sentido, el artículo 139 del RLPG señala que: "Los extranjeros y extranjeras sólo podrán dedicarse a las actividades expresamente autorizadas por la Secretaría, y cuando así proceda o se estime necesario, se señalará en la autorización correspondiente el lugar de su residencia. En los casos que lo requiera el interés público, la Secretaría, por medio de disposiciones administrativas de carácter general, podrá establecer restricciones al lugar de residencia o tránsito de los extranjeros y extranjeras, o cualquier modalidad respecto de las actividades a que éstos se dediquen".

Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas en respuesta a las denuncias que se refieren a la participación de agentes y/o funcionarios de inmigración en actos de extorsión, abuso y maltrato físico y verbal contra los migrantes. Sírvanse facilitar información sobre toda investigación o acción judicial iniciada a este respecto y, en su caso, sobre toda sanción impuesta.

Párrafos del informe 129 y 187

95.Como es del conocimiento del Comité el artículo 16 constitucional señala que: "Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento" y, en el párrafo 3 señala que "la autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal". Por ello, a este tipo de actos por parte de particulares o de funcionarios públicos pueden ser objeto de un procedimiento penal.

96.Asimismo, el artículo 47 de la Ley federal de responsabilidades de los servidores públicos señala las obligaciones para los servidores públicos, entre las que destaca: "Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión". Por su parte el artículo 50 de dicha ley establece las sanciones a los funcionarios que incumplan con sus obligaciones señaladas.

97.Por otra parte, el Programa operativo para la transparencia y el combate a la corrupción 2005-2006 emprende acciones específicas a fin de reprimir los delitos denunciados en contra de autoridades, con el objetivo principal de hacer que los trámites y servicios migratorios se realicen con transparencia y de acuerdo con la normativa, así como garantizar una internación segura, apegada a derecho y con respeto a los derechos humanos de los migrantes.

98.Entre las posibles conductas irregulares a combatir se encuentran:

a)Probable participación de servidores públicos en el tráfico de indocumentados y en la comisión de otros delitos del orden federal y del fuero común;

b)Aplicación incorrecta o tardía de los procedimientos instruidos a infractores de la legislación migratoria;

c)Posible participación de servidores públicos en la extorsión de usuarios en su revisión al ingreso al país o en la tramitación de su documentación migratoria.

99.En este programa participan las siguientes unidades del INM, las cuales trabajan en conjunto y son responsables en sus respectivos ámbitos de competencia: Coordinación de regulación migratoria, Coordinación de control y verificación, Coordinación del programa paisano, Coordinación jurídica, Coordinación de planeación e investigación, Coordinación de delegaciones y Grupos Beta.

100.Las investigaciones tienen como objetivo mantener la calidad y transparencia en la gestión pública y la mejora de los procesos y servicios públicos. Con este fin se realizan visitas de inspección a personas físicas y morales que contratan extranjeros; se cuenta el porcentaje de denuncias presentadas en contra de extranjeros, resueltas en un período máximo de 70 días, así como con el porcentaje de quejas presentadas ante la CNDH, que no deriven en recomendación; se reciben, registran y se da seguimiento de las quejas por violación a los derechos humanos de los migrantes.

101.Entre otras acciones en el proceso de investigación, se cuenta con el intercambio de información con las instituciones que intervienen en el combate al tráfico de personas en los tres niveles de gobierno; la revisión de los módulos del SIOM; la promoción y gestión de convenios de colaboración con la Procuraduría General de la República y con el poder judicial a efecto de establecer canales de comunicación e intercambio de información sobre el avance y resultado de las averiguaciones previas y de los procedimientos judiciales que se lleven a cabo con motivo de la presentación de querellas por parte del INM, visitas genéricas o específicas de supervisión y evaluación a las delegaciones regionales y el fortalecimiento de las estrategias de patrullajes terrestres en las zonas de riesgo y mayor afluencia de migrantes para la entrega de cartillas guía de derechos humanos de los migrantes y orientación.

102.Por otro lado, cabe señalar que de conformidad con el artículo 9, fracción III, inciso H, subinciso b), la PFP cuenta con un área administrativa de asunto internos, y en virtud del segundo párrafo del Reglamento de la PFP, con un órgano interno de control, además de una comisión de honor y justicia, órganos responsables de investigar y, en su caso, sancionar cualquier responsabilidad de índole administrativa, independientemente de las penales que se diriman ante el ministerio público o juez competente.

103.Asimismo, la SSP de conformidad con el artículo 16 de su reglamento interno cuenta con un área especializada en la atención a presuntas violaciones a los derechos humanos y que conoce de las solicitudes de informes, quejas, conciliaciones y recomendaciones en materia migratoria provenientes de la CNDH.

Por favor, sírvase aclarar el concepto de "aseguramiento" de los migrantes y su diferencia con un régimen de detención. Sírvanse también aportar información actualizada sobre las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de detención, en particular el suministro de alimentos y servicios de salud y atención médica adecuados, y en relación con el hacinamiento. A este respecto, sírvase indicar si existen obstáculos para una efectiva instrumentación del "Programa de dignificación de estaciones migratorias" mencionado en el párrafo 245 del informe.

Párrafos del informe 28, 183, 239, 245 a 250, 252 a 257, 278, 292 y 298.

104.Para la legislación migratoria mexicana, el término "aseguramiento" se refiere a la medida administrativa utilizada por la autoridad migratoria en uso de sus facultades hasta en tanto se resuelva la situación migratoria de un extranjero, llevándose a cabo en las estaciones migratorias o en los establecimientos habilitados para tal fin. Asimismo, como se describe en el párrafo 28 del informe de México, este acto no plantea la criminalización del migrante en situación irregular.

105.En lo referente a las condiciones de las estaciones migratorias es importante destacar que el artículo 73 de la LGP establece que: "La Secretaría de Gobernación establecerá estaciones migratorias en los lugares de la República que estime conveniente para alojar en las mismas, como medidas de aseguramiento, si así lo estima pertinente, a los extranjeros cuya internación se haya autorizado en forma provisional, así como a aquellos que deben ser expulsados". Por su parte el artículo 209 del RLGP señala que: "Cuando se asegure al extranjero o extranjera en la estación migratoria en virtud de haber violado la ley, este Reglamento o demás disposiciones aplicables que amerite su expulsión, se procederá de la siguiente forma: VI. Se le proporcionará durante su estancia un espacio digno, alimentos, enseres básicos para su aseo personal y atención médica en caso de ser necesario".

106.Cabe señalar que el vocablo de "aseguramiento" en materia migratoria es aplicable en los siguientes casos señalados en la LGP:

Artículo 71. La Secretaría de Gobernación establecerá estaciones migratorias en los lugares de la República que estime conveniente para alojar en las mismas, como medidas de aseguramiento, si así lo estima pertinente, a los extranjeros cuya internación se haya autorizado en forma provisional, así como a aquellos que deben ser expulsados.

Artículo 1287. Son de orden público, para todos los efectos legales, la expulsión de los extranjeros y las medidas que dicte la Secretaría de Gobernación para el aseguramiento de los extranjeros en las estaciones migratorias o en lugares habilitados para ello, cuando tengan por objeto su expulsión del país.

Artículo 152. Si con motivo de la verificación se desprende alguna infracción a lo dispuesto en la ley, su reglamento o demás disposiciones aplicables que amerite la expulsión del extranjero, el personal autorizado podrá llevar a cabo su aseguramiento.

107.En tanto que el vocablo "detención" o "detenido" es propio del ámbito penal, tal como lo utiliza el artículo 16 constitucional, párrafos 4 y 6, así como el artículo 19, párrafo 1, del mismo ordenamiento.

108.El alojamiento de extranjeros asegurados se lleva a cabo bajo vigilancia del INM, mientras que a aquéllos bajo proceso penal o en cumplimiento de condena impuesta se les recluye en los centros de readaptación social o penitenciarías que el Gobierno Federal o los estatales designen para tales efectos, la vigilancia de estos centros está a cargo de las Secretarías de Seguridad Pública, Federal y Estatales, en su caso.

109.Cabe señalar que cada estación migratoria en el país cuenta con el servicio de alimentación a los migrantes asegurados tres veces al día. Igualmente el INM se encuentra ultimando detalles con la Secretaría de salud a fin de suscribir un convenio por medio del cual se garantice la presencia permanente de servicios médicos en la totalidad de las estaciones migratorias del país.

110.De igual forma, con el fin de evitar los hacinamientos en las estaciones migratorias y llevar un adecuado control de los flujos de repatriación, el 17 de enero de 2006 entró en operaciones el "Sistema de aseguramientos y traslados de extranjeros en las estaciones migratorias" (SICATEM), el cual permite conocer el número de extranjeros asegurados en cada estación migratoria en tiempo real vía Internet, estando así en aptitud de tomar medidas preventivas que minimicen la posibilidad de cualquier tipo de contingencia a raíz de la sobrepoblación que pudiera darse en las estaciones migratorias.

111.En cuanto al Programa de dignificación de estaciones migratorias, este tiene como objetivo mejorar las condiciones físicas y servicios, con el fin de poder ofrecer una mejor atención a los extranjeros asegurados, durante su ingreso, estancia y salida de las estaciones migratorias, con estricto respeto a la dignidad de los extranjeros asegurados y sus derechos humanos, en cumplimiento a la LGP, el RLGP y el acuerdo por el que se emiten las Normas para el funcionamiento de las estaciones migratorias del INM.

112.Dentro de las acciones realizadas para el mejoramiento de las estaciones migratorias se encuentran:

a)Estandarización del oficio de notificación consular para las 32 delegaciones regionales y estaciones migratorias;

b)Unificación del procedimiento y formatos para el aseguramiento, estancia, resolución y salida de los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias;

c)Instalación de teléfonos públicos en las estaciones migratorias para el uso de los extranjeros asegurados;

d)Instalación de buzones de quejas y sugerencias en las estaciones migratorias;

e)Cursos y talleres de "Criterios de operación en las estaciones migratorias" a agentes migratorios de todas las estaciones migratorias, a fin de mejorar el sistema de integración de procedimientos migratorios;

f)Distribución de carteles de "Trece reglas básicas de funcionamiento de las estaciones migratorias" y están en proceso de entrega 20 carteles más;

g)Instalación de oficinas de la CNDH, Consulados y de la COMAR, en las estaciones migratorias tipo A, con el fin de proporcionar información, asesoría y evitar cualquier violación de los mismos a los extranjeros asegurados;

h)Mejora de la atención de los extranjeros proporcionando información de su proceso migratorio, sus derechos y el proceso de su resolución correspondiente;

i)Creación de un sistema de rutas y traslados más eficiente para la repatriación de los extranjeros asegurados a sus países de origen;

113.Para el año 2006, el INM redefinió el Programa de dignificación de estaciones migratorias a fin de contar con espacios más amplios y estandarizar los servicios en todas las estaciones de alojamiento de los migrantes; para ello realiza obras de remodelación y/o construcción que ofrecerán una estancia más digna a los extranjeros asegurados, obteniendo los siguientes resultados:

-En 2003 se rehabilitaron 23 estaciones migratorias;

-En 2004 se rehabilitaron 18 estaciones migratorias;

-En 2005 se rehabilitaron 11 estaciones migratorias;

-En 2006 se rehabilitaron 6 estaciones migratorias, de las cuales 2 de ellas son obra nueva como estaciones Tipo.

114.En 2003 se realizó la rehabilitación de 23 estaciones migratorias con una inversión de más de 3 millones de pesos. En 2004, se realizó la rehabilitación de 18 estaciones con una inversión de 4,5 millones de pesos. Para 2005, la rehabilitación de seis de las estaciones tuvo un costo de 4 millones de pesos. Para 2006, se tiene programado repetir el ciclo de mantenimiento para aquellas estaciones que fueron remodeladas en 2003.

115.Por otra parte, la construcción de la estación migratoria localizada en Tapachula, Chiapas, contó con una inversión de más de 82,5 millones de pesos, la cual fue inaugurada el 30 de marzo de 2006. Asimismo, la construcción de la estación migratoria en Acayucan, Veracruz, cuenta con una inversión de 85 millones de pesos y la construcción de la estación migratoria en Janos, Chihuahua, con una inversión de 15,6 millones de pesos, ambas por concluirse durante el segundo semestre de 2006.

116.Dentro del Programa de dignificación de estaciones migratorias se encuentra la construcción de otras ocho estaciones en Tabasco, Oaxaca, Veracruz, Nuevo León, San Luis Potosí, Sonora, Jalisco, y Querétaro; la construcción comenzará en la presente administración. A éstas se suman seis estaciones migratorias que ha creado el INM, durante el presente Gobierno, localizadas en Baja California, Baja California Sur, Tamaulipas, Coahuila, Michoacán y Yucatán, así como la construcción de las estaciones migratorias tipo de Janos, Chihuahua y Acayucan, Veracruz. Se ha previsto que la construcción de las estaciones migratorias tipo de Janos, Chihuahua, Acayucan, y Veracruz, haya finalizado para el segundo semestre de 2006.

117.El tamaño y características de las nuevas estaciones cambian completamente el concepto de estación migratoria anterior, ya que éstas cuentan con mejores áreas y servicios para ofrecer un mejor alojamiento a los extranjeros asegurados, ocupando un lugar importante toda vez que el flujo migratorio indocumentado creció un 74% en los últimos cuatro años, al pasar de 138.061 personas aseguradas en 2002 a 240.269 personas durante 2005.

118.La estación migratoria de Tapachula, Chiapas, tiene una capacidad para albergar 960 personas y sustituye a las viejas instalaciones construidas hace 13 años. La nueva estación está edificada sobre una superficie de 30.000 m2 y cuenta con dormitorios, comedor, servicio médico, áreas de esparcimiento, así como oficinas para cónsules y personal de la CNDH.

119.Además, permite atender en forma separada a familias, niños, adultos y jóvenes y cuenta con un sistema de videoconferencia para extranjeros que no tienen representación consular en México.

120.Su diseño se realizó con la asesoría de la CNDH y de la OIM, responsable de la cooperación en materia migratoria entre 127 naciones.

121.La nueva estación resolverá los problemas de hacinamiento que se registraban en la región, sobre todo en el Estado de Chiapas, ya que en esta entidad se efectúa el 43% de los aseguramientos que efectúa el IMN a nivel nacional.

122.Por su parte, la Secretaría de Salud (SSA), junto con la Secretaría de Salud de Chiapas y el INM, han trabajado en el desarrollo de un programa nacional en donde se cuente con recursos humanos capacitados para atender a la población migrante asegurada y a la que transita por el Estado.

123.Dicho programa comprende tres líneas de acción sobre las que se está trabajando. La primera línea de acción es la atención médica al transmigrante, al migrante temporal con permiso laboral, a los residentes interfronterizos, a los migrantes residentes asegurados y a los migrantes asegurados en las estaciones migratorias.

124.En relación con la población migrante que se encuentra asegurada la atención médica radica en consultas regulares y en la emisión de un certificado médico que incluye un examen médico. Asimismo, se ha establecido ofrecer a las estaciones por parte de expertos en la materia, orientación alimenticia, lo que incluye 30 menús cíclicos por mes equilibrados y suficientes en calidad y cantidad. Dichos menús serán adecuados para las mujeres, hombres, niños y adolescentes que se encuentran en las estaciones migratorias.

125.La segunda línea de acción en la que se trabaja es la salud pública, la cual incluye la vigilancia epidemiológica bajo el Programa de salud interfronterizo México-Guatemala. Por último, la tercera línea de acción corresponde a los riesgos sanitarios.

126.Los problemas que se presentan en la frontera sur en cuanto a las enfermedades transmitidas por sectores y los riesgos sanitarios a los que se enfrenta la población, deben ser atendidos sin importar las condiciones migratorias de la población migrante.

127.En este sentido se está trabajado para crear un sistema integral de salud interfronterizo, o llamado también sistema de frontera saludable.

128.Entre los principales obstáculos encontrados para la plena instrumentación del programa de dignificación de estaciones migratorias se identifican:

a)El cumplimiento laxo de la normativa específica que regula la operatividad de las estaciones migratorias, contempladas en la LGP, el RLGP, y el acuerdo por el que se emiten las normas para el funcionamiento de las estaciones migratorias del mismo INM;

b)El número de aseguramientos se ha incrementado de forma exponencial por lo que a pesar de los avances significativos en la dignificación de las estaciones migratorias se requiere de una cantidad de recursos cada vez mayor para hacer frente a las necesidades del fenómeno migratorio.

Sírvanse informar al Comité sobre toda medida concreta que se haya adoptado para proteger a los trabajadores migratorios del servicio doméstico, especialmente las mujeres, que a menudo son objeto de abusos como el sometimiento a largas jornadas de trabajo, la falta de seguro médico, el maltrato físico y verbal, el hostigamiento sexual y amenazas por carecer de documentos.

Párrafos del informe 53, 203, 433 (pie de páginas 178 y 182)

129.Con respecto a los trabajadores migratorios domésticos cabe mencionar lo señalado en el artículo 23, apartado A, de la Constitución que establece: "Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo: la duración de la jornada máxima será de ocho horas, la jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de 16 años; queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 14 años, los mayores de esta edad y menores de 16 tendrán como jornada máxima la de seis horas; para el trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo, ni nacionalidad". Esta disposición es de aplicación general, por lo que cualquier migrante, independientemente de su condición migratoria, goza de dicha garantía.

130.En este sentido, cualquier actividad laboral, incluida la de los trabajadores migratorios del servicio doméstico, está regulada por la legislación en la materia.

131.Conforme a lo anterior, y atendiendo a los cuestionamientos sobre trabajadores migratorios del servicio doméstico, en general trabajadores indocumentados en lo relativo a sus derechos laborales y sobre las obligaciones de los patrones o empleadores de inmigrantes, los artículos 7 y 151 de la LGP establecen las visitas de verificación que pueden llevar a cabo el INM y la PFP a establecimientos, centros y áreas de trabajo, actos de los cuales, pueden desprenderse las siguientes hipótesis:

a)De realizar una verificación en un centro o área de trabajo en donde los extranjeros que laboran lo hacen bajo la autorización migratoria correspondiente, y además los trabajadores extranjeros declaren algún tipo de maltrato físico o verbal, vejaciones, amenazas u otro tipo de conductas ilícitas, el INM procede a cumplimentar lo ordenado por el artículo 200 del RLGP dando parte a la autoridad competente; y

b)De realizar una verificación en un centro o área de trabajo en donde se encuentran extranjeros en situación irregular que trabajen sin contar con la autorización migratoria correspondiente, además de declarar éstos algún tipo de maltrato físico o verbal, vejaciones, amenazas u otro tipo de conductas ilícitas, el INM procede a cumplimentar lo ordenado por el artículo 200 del RLGP dando parte a la autoridad competente y, de igual forma, atendiendo a lo establecido en los artículos 195 a 198 y 209 del RLGP, se procede a sustanciar el procedimiento correspondiente, además de imponer multas a los dueños, patrones y empleadores responsables de la contratación de migrantes irregulares, de conformidad con el artículo 140 de la LGP.

132.Cabe destacar que la realización de las visitas de verificación podrá llevarse a cabo en atención a las denuncias verbales o escritas que se realicen, de conformidad con el artículo 204 del RLGP.

133.En relación con la obligación de los empleadores de corroborar la situación migratoria de los inmigrantes antes de inscribirlos en el sistema de seguridad social, el artículo 74 de la LGP detalla la obligación de todo aquel que quiera emplear extranjeros.

134.Por su parte, el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) planea realizar un foro de análisis sobre migración nacional e internacional hacia zonas urbanas en México, en el que se abordarán de manera específica los temas de: trabajo doméstico; prostitución, trabajo informal y migración indígena, en el contexto de los derechos humanos de las trabajadoras migrantes.

135.Es importante destacar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), instrumenta acciones de sensibilización y campañas de difusión con el fin de promover el respeto y la defensa de los derechos laborales de las mujeres trabajadoras sin importar su condición migratoria. En este sentido, las acciones que llevó a cabo en el período 2005, fueron las siguientes:

-Promoción de la defensa de los derechos, de la equidad laboral y de la no violencia, ni hostigamiento, hacia las mujeres trabajadoras. Se distribuyeron 94.457 cartas de derechos y obligaciones de la mujer trabajadora. En la campaña "Vamos por leyes justas", se distribuyeron 13.978 carteles con los temas: "Igualdad de oportunidades", "Salario igual por trabajo igual" y sobre la "No exigencia del certificado de no gravidez". Asimismo, se distribuyeron carteles relativos al tema de "Equidad para las mujeres y misión de nuestro trabajo".

-Cabe mencionar, que con recurso de crédito externo, también se difundieron 15.232 cartas de derechos y obligaciones de la mujer trabajadora, 5.020 ofertas institucionales, 4.815 comparativos de legislación en la materia de hostigamiento sexual en el trabajo, 5.124 carteles de no al hostigamiento sexual en el trabajo, 10.296 carteles del certificado de no gravidez. Se llevó a cabo la impresión de 5.000 estudios de reconciliación vida laboral/vida familiar y la difusión de 290 de los mismos, así como la impresión de 5.000 contenedores del "Kit Marco conceptual, legal y social para la prevención y erradicación de la explotación laboral infantil y sus peores formas" y finalmente, 5.000 "Kits informativos sobre mujeres trabajadoras que contienen folletos relativos a violencia laboral, más y mejores empleos para las mujeres en México, oferta institucional y reconciliación de la vida laboral y la vida familiar".

-En el marco de la campaña de coordinación con el INMUJERES "Vamos por leyes justas", se realizó la integración y la difusión del spot de radio sobre "Igualdad de oportunidades laborales", "Igualdad de salarios al de los hombres" y "Decir no al certificado de no gravidez", el cual se difundió a nivel nacional. Igualmente se promocionó una versión escrita en periódicos nacionales que circuló en el Distrito Federal en los meses de abril y mayo de 2005.

136.Con el objetivo de promover y difundir la equidad laboral hacia la mujer se crearon y difundieron nueve artículos de opinión en páginas electrónicas, sobre temas relativos a la mujer y el trabajo, así como en el marco de la Conferencia "Beijing + 10, las mexicanas a 30 años de la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer":

-Se actualizaron temas de la mujer en el ámbito laboral de la página web del "Sistema nacional E-México" de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), integrándose información en los diferentes links para consulta al público en general, tales como: "Manifiesta tu presencia", "Conoce tus derechos", "Cuidados de la salud", "Procura tu seguridad", "Educación y género", "Economía y trabajo", "Hombres y la equidad de género". Dicho portal brinda apoyo y orientación a las mujeres en los ámbitos mencionados, así como también espacios de diálogo a través de los foros y comunidades de interacción.

-Se distribuyeron 141 folletos sobre el "Trabajo bien hecho (STPS)", convencidos que lo que determina el valor del trabajo es, en primer lugar, la dignidad de la persona. Se distribuyeron 470 vídeos "Mujeres con igualdad de oportunidades en la nueva cultura laboral" y en el tema de "Violencia laboral"; finalmente, 780 calendarios para 2005 "Mujeres con igualdad de oportunidades en la nueva cultura laboral".

-La difusión de material impreso se ha llevado a cabo a través de sindicatos, asociaciones y cámaras industriales, instituciones educativas, legisladores(as), medios de comunicación, organizaciones civiles, museos, embajadas, gobiernos de los Estados y del Distrito Federal y en las dependencias de la STPS, como las delegaciones federales del trabajo, servicios estatales de empleo y representaciones en los Estados de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) y de las juntas de conciliación y arbitraje, entre otros.

-Acciones contra la violencia laboral hacia las mujeres. Con el fin de impulsar acciones por la dignificación del trabajo de la mujer y la no violencia en el ámbito laboral, se ha llevado a cabo la promoción de los derechos de la "Mujer trabajadora" a través de la distribución de carteles a instituciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y personas interesadas a través de las delegaciones federales del trabajo, en el tema de prevención al hostigamiento sexual, así como se ha difundido, coordinado y llevado a cabo la realización de diferentes eventos importantes.

-También se trabajó en la investigación "Violencia laboral", respecto a la cual se realizó una publicación que comprende los temas de hostigamiento sexual, mobbing laboral (acoso psicológico en el trabajo) y discriminación por funciones procreativas, lo que se promoverá y difundirá durante el año 2006.

-Con el fin de vincular, coordinar y dar seguimiento a acciones para impulsar mejores condiciones y mayores oportunidades para la mujer en el sector laboral, se participó activamente en eventos organizados por instancias públicas y privadas, con temas relativos a la situación laboral de la mujer. También se asistió a reuniones de trabajo, en las que destacan las alusivas al Grupo de Trabajo de promoción social y derechos humanos de la mujer de la Subcomisión de Coordinación y Enlace para Prevenir y Erradicar la Violencia contra Mujeres en Ciudad Juárez de la SEGOB, a la SRE, a la Cámara nacional del comercio en pequeño (CANACOPE), al INMUJERES, a la SSP, a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre otros, así como la asistencia a diversos eventos sobre al tema de la mujer trabajadora y en especial, resaltando el tema de la violencia laboral y entrevistas con diferentes medios de comunicación e instituciones, como fue con la OIT, IMER 660 AM, Radio NET 1490, entre otros, en donde el tema de violencia se ha priorizado a fin de fomentar la equidad e igualdad en el ámbito laboral y evitar la discriminación, en especial hacia las mujeres.

-Sensibilización sobre derechos de las trabajadoras domésticas.Para dar a conocer la importancia de contar con un marco legal y un adecuado entorno que evite la discriminación, el abuso y fomente los derechos de los y las trabajadores(as) domésticos(as), se distribuyeron 908 memorias "Dale la mano a tus manos", con motivo del "Foro sobre trabajo doméstico" que se llevó a cabo en 2003, en el cual se hace referencia a trabajadoras migrantes en México.

-Políticas de conciliación familia-trabajo.Con relación a la primera fase del Programa de apoyo a la capacitación y al empleo (PACE) financiado parcialmente con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), dichos recursos se destinaron a una campaña de publicidad en el sistema de transporte colectivo Metro, sobre el tema de "Conciliación de la vida laboral-vida familiar", con el objetivo de sensibilizar a la población usuaria sobre conciliación trabajo-familia y la necesidad de mayor atención del padre hacia los hijos para equilibrar la vida personal, familiar y laboral, dando así cumplimiento a las metas planteadas de difusión, considerando que dicha campaña recupera los resultados del estudio de reconciliación de la vida laboral y la vida familiar. En este sentido la campaña es una continuación de los esfuerzos para diseñar políticas públicas que favorezcan la reconciliación de la vida laboral y la vida familiar, que se inició con el estudio antes mencionado.

137.En 2005, se llevó a cabo un evento para dar a conocer los resultados del estudio sobre "Reconciliación vida laboral-vida familiar para lograr igualdad de oportunidades en el ámbito laboral", lo cual permitió a los asistentes analizar la situación de responsabilidades laborales y familiares de mujeres, para coadyuvar a una política laboral que fomente la reconciliación de la vida laboral-vida familiar de las trabajadoras y sus familias, así como contar con elementos suficientes para propiciar estrategias tendientes a mejorar las condiciones laborales de las mujeres y sus familias, colaborar en el fortalecimiento de las responsabilidades maternas y paternas para potenciar el desempeño laboral de los y las trabajadoras y de sus familias, sustentadas en los valores de la nueva cultura laboral y finalmente, promover la identificación y sistematización de experiencias y prácticas exitosas a nivel nacional e internacional que promuevan la reconciliación vida laboral-vida familiar en los diferentes sectores de producción.

138.Uno de los fines de dar a conocer el estudio fue que la conciliación entre vida familiar-vida laboral, responde a uno de los cambios sociales más significativos de la segunda mitad del siglo XX: la incorporación de la mujer al mundo del trabajo fuera del hogar. El estudio plantea que este proceso requiere la incorporación efectiva y participativa del varón en el ámbito familiar -proceso que se ha iniciado de forma lenta y gradual- y da propuestas para la creación de las políticas y acciones necesarias para que desde la empresa, las leyes y la sociedad en general, se den las condiciones para una efectiva conciliación. Estas herramientas ayudarán al país a impulsar políticas públicas en torno a la reconciliación en 2006 y crear un "Programa nacional de conciliación vida laboral-vida familiar", capaz de proponer ejes estratégicos con transversalidad, visión a largo plazo y medidas concretas que garanticen la conciliación entre la vida familiar y laboral de mujeres y hombres, que den solución a la falta de equidad en el mundo laboral y en las responsabilidades familiares.

En referencia al artículo 25 de la Convención, sírvanse facilitar información más detallada sobre las medidas adoptadas para velar por que los trabajadores migratorios indocumentados reciban un trato igual en lo que se refiere a las condiciones de trabajo, como el horario laboral, el descanso semanal, las vacaciones pagadas, la seguridad y la salud, así como otras condiciones de empleo.

Párrafos del informe 317 a 319 y 324 a 327

139.Como se indicó en la respuesta anterior todos los trabajadores, sin importar su condición migratoria, gozan de las mismas garantías y protecciones que la legislación laboral contempla.

140.Entre las acciones concretas llevadas a cabo por el Estado mexicano en esta área destacan las siguientes: el día 28 de enero de 2005 se celebró en la ciudad de México la segunda reunión del subgrupo de asuntos laborales agrícolas México-Guatemala. En dicha reunión se coincidió en que la mejor manera de abordar la situación de los trabajadores agrícolas guatemaltecos es a través del intercambio de información y diálogo.

141.La delegación de México sometió a la consideración de este subgrupo la elaboración conjunta de una guía en formato tríptico sobre los derechos laborales de los trabajadores agrícolas migratorios que servirá para difundir de manera sencilla los derechos de los trabajadores guatemaltecos en México y a las autoridades a las que pueden acudir.

142.Asimismo, las partes hicieron un recuento de las actividades de cooperación bilateral llevadas a cabo en el marco del subgrupo. A la fecha se han realizado actividades en materia de:  i) competencia de autoridades mexicanas, ii) recursos legales al alcance de los trabajadores, iii) Ley general de población, Ley federal del trabajo y Ley del seguro social, iv) distribución de la Carta de derechos y obligaciones laborales en lenguas indígenas, y v) distribución de la forma migratoria de visitante agrícola.

143.De igual forma, en la XIV Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que se celebró en la ciudad de México el 26 y 27 de septiembre de 2005, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) promovió que los compromisos de dicha reunión abarcaran también a los trabajadores migrantes, sin importar su condición. El párrafo 25 de la Declaración de México "La persona y su trabajo en el centro de la globalización", señala lo siguiente:

"Reafirmamos que debe dársele a todo migrante, sin importar su condición migratoria, la protección plena de sus derechos humanos y la observancia plena de las leyes laborales que les aplican, incluyendo los principios y derechos laborales contenidos en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo."

144.De esta manera, los Ministros de Trabajo de 34 países de la región reconocieron en la Declaración de México la importancia del empleo digno en una globalización que atienda la dimensión humana, particularmente promoviendo el respeto de los derechos laborales de los trabajadores migratorios, sin importar su condición.

145.En el mismo sentido, se encuentra redactado el párrafo 26 de la Declaración de Mar del Plata "Crear trabajo para enfrentar la pobreza y fortalecer la gobernabilidad democrática" de la IV Cumbre de las Américas en la que reafirma el acuerdo adoptado en el marco de la XIV CIMT; quedando así firmemente establecido dicho compromiso a nivel de los jefes de Estado y de gobierno reunidos en Mar del Plata (Argentina), el 5 de noviembre de 2005.

Sírvanse ofrecer información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los trabajadores migratorios indocumentados gocen de un trato igual en lo relativo a las prestaciones de seguridad social, en particular a la luz de la exigencia de que los empleadores verifiquen la situación de los trabajadores en materia de inmigración antes de inscribirlos en el sistema de seguridad social (párrafo 326 del informe).

Párrafos del informe 317 a 319 y 324 a 327

146.La legislación en materia de seguridad social es de aplicación general para toda persona que cumpla con los requisitos de la ley, aunque la normativa en materia de seguridad social no hace distinciones entre extranjeros y nacionales para gozar de las garantías en ella establecidas.

C. Parte IV de la Convención

Con referencia al párrafo 374 del informe del Estado Parte, sírvanse aclarar cómo los trabajadores migratorios y sus familiares pueden ejercer en la práctica el derecho a constituir un sindicato si no pueden formar parte de su directiva, y sírvanse explicar los motivos de esa restricción. Sírvanse explicar asimismo si los trabajadores migratorios y sus familiares pueden formar asociaciones distintas de los sindicatos, y si pueden participar en su dirección.

Párrafos del informe 323, 374, 535, 540

Cualquier trabajador en México, sin importar su estatus migratorio, puede formar parte de un sindicato. El artículo 372 de la Ley federal del trabajo (LFT) dispone que los trabajadores y los patrones tienen el derecho de constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa. La única limitación que existe para los extranjeros es formar parte de la directiva de un sindicato, pero su derecho a asociarse y formar o no parte de cualquier sindicato está a salvo .

Al respecto, cabe comentar que los artículos 9 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prevén el derecho de asociación en los términos siguientes:

"Artículo 90. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.

No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.

Artículo 123 . Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A.Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

XVI.Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc.

…"

Sírvanse especificar las medidas adoptadas por el Estado Parte, en su caso, para facilitar la consulta y la participación de los trabajadores migratorios y sus familiares en las decisiones que afectan la vida y la administración de las comunidades locales.

Párrafos del informe 391 y 392

147.El Gobierno de México reconoce el papel que juegan los mexicanos que emigran al exterior en la promoción del desarrollo y la reducción de la pobreza en sus comunidades de origen. Sobre este punto, el Gobierno mexicano apoya a los grupos de migrantes y la aportación que éstos, junto con los diferentes órdenes de gobierno, realizan al desarrollo local y al combate a la pobreza en sus comunidades de origen por ejemplo, a través del Programa 3x1 para migrantes que coordina la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL). Dicho programa tiene entre sus líneas de acción la participación de los trabajadores migrantes en la toma de decisiones y aprobación de proyectos sociales que impactan favorablemente en el desarrollo socioeconómico de sus comunidades de origen:

1. Programa 3x1 para migrantes

148.Este programa tiene como característica principal la unión de esfuerzos y recursos de la Federación con los migrantes radicados en el extranjero u organizaciones nacionales y con los Estados y municipios, para concretar proyectos que permitan elevar la calidad de vida de la población que habita en localidades en condiciones de pobreza y de alta migración. El programa pretende fomentar los lazos de identidad de los mexicanos radicados en el exterior hacia sus comunidades de origen y orientar las inversiones hacia las comunidades con los más altos índices de marginación.

149.El objetivo del Programa 3x1 para migrantes es apoyar las iniciativas de los nacionales mexicanos residentes en el exterior para realizar proyectos que mejoren las condiciones socioeconómicas de las localidades seleccionadas, mediante la concurrencia de recursos de la Federación, Estados, municipios y de los propios ciudadanos organizados, principalmente radicados en el extranjero. La población sujeta a recibir los apoyos del programa es la que habita en localidades en condiciones de pobreza que requieran del mejoramiento de la infraestructura social básica y desarrollo de proyectos productivos, y que sean seleccionadas por los migrantes.

150.Los proyectos a financiarse deberán presentar las siguientes características:

a)Responder a iniciativas de migrantes radicados en el extranjero, preferentemente integrados como clubes u organizaciones, que entre otras, realizan actividades en favor de sus comunidades de origen en México;

b)Contar con participación financiera de los clubes u organización de migrantes, de la Federación, de la entidad federativa y de los municipios correspondientes;

c)Contribuir a resolver carencias en materia de infraestructura básica, de servicios o generar fuentes de ocupación e ingreso para la población;

d)En el período 2002-2005, a través del programa, se han llevado a cabo más de 3.800 proyectos de inversión en 26 entidades federativas.

e)Durante el ejercicio fiscal 2005, el programa tuvo presencia en 26 Estados de la República, ejerció recursos por un monto total de 230.129.870 pesos, a través de los cuales se pusieron en marcha 1.703 obras y acciones en beneficio de 1.033 localidades de 438 municipios de México.

151.De igual forma, la SEDESOL apoya a los trabajadores del campo que realizan procesos de migración entre las entidades federativas, a través del Programa de jornaleros agrícolas.

2. Programa de jornaleros agrícolas

152.El Programa de jornaleros agrícolas tiene como objetivo contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo de hombres y mujeres que conforman la población jornalera agrícola, a partir de una atención integral y oportuna, a través de procesos de promoción social, de coordinación institucional con los tres órdenes de gobierno, y de concertación social con productores, organismos sociales y los mismos beneficiarios y beneficiarias.

153.Entre los objetivos específicos se destacan los siguientes:

a)Promover, impulsar y coordinar la participación de los tres órdenes de gobierno, así como de organismos sociales y privados, nacionales e internacionales, en el desarrollo de proyectos y acciones que contribuyan a generar condiciones de bienestar social para la población jornalera agrícola;

b)Impulsar la organización y participación social de la población jornalera agrícola, en la identificación de sus necesidades y demandas, así como en la ejecución y evaluación de proyectos y acciones del programa orientadas a su atención;

c)Promover e impulsar la participación corresponsable de los productores agrícolas en la realización de proyectos y acciones que mejoren las condiciones de vida de las familias de los hombres y mujeres que conforman la población jornalera;

d)Coordinar la participación interinstitucional en proyectos social y económicamente viables, que favorezcan el desarrollo de capacidades y oportunidades, la equidad, el arraigo de la población jornalera en sus comunidades de origen, así como el mejoramiento de las condiciones generales de migración y de trabajo;

e)Atender a los grupos más vulnerables de la población jornalera agrícola: mujeres, niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad.

154.El programa opera con una visión de atención integral, basada en las necesidades de los jornaleros agrícolas y sus familias. Entre sus principales proyectos están los relacionados con vivienda y saneamiento ambiental; alimentación y nutrición; salud y seguridad social; educación, cultura y recreación; capacitación para el trabajo; obtención de documentos oficiales de identidad y difusión sobre los derechos laborales y humanos.

En referencia a los párrafos 406 y 407 del informe, sírvanse informar acerca de las condiciones en las que se autoriza la reunificación de la familia y aportar datos concretos a este respecto.

Párrafos del informe 240, 406 y 407

Para mayor información ver respuestas 26 y 28.

155.El Sistema nacional para el desarrollo integral de la familia (DIF) fomenta la reintegración familiar al canalizar a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en los albergues de tránsito a sus lugares de origen. El traslado se realiza bajo los procedimientos establecidos para la verificación del parentesco por cada una de las procuradurías de la defensa del menor y la familia. Se actúa en las siguientes esferas:

a)Localización de familiares;

b)Enlace y coordinación institucional;

c)Traslado de la niña, niño y adolescente;

d)Entrega institucional y/o familiar.

156.Después de que las niñas, niños y adolescentes son trasladados hacia los lugares de origen en busca de su reintegración familiar, es necesario contar con un esquema de organización que permita dar seguimiento a la atención brindada en la frontera norte, así como el trabajo en acciones preventivas.

157.Además, se lleva a cabo:

a)Investigación social para localización. Coordinación entre los sistemas estatales y municipales DIF de la frontera norte con los de lugar de origen a fin de que éstos les brinden apoyo en la localización y verificación de los familiares de las niñas, niños y adolescentes, a partir de realizar las visitas domiciliarias y valoraciones sociales ‑estudios socioeconómicos- correspondientes.

b)Recepción y verificación del traslado de la frontera hacia su lugar de origen. Coordinación entre los sistemas estatales y municipales DIF de la frontera norte con los de lugar de origen a fin de ratificar el adecuado traslado de la niña, niño y adolescente, dar fe de la correspondiente entrega a sus familiares o en su caso recibirlo para su atención en alguna casa hogar o albergue temporal, hasta su entrega a los familiares.

D. Parte V de la Convención

Sírvanse informar al Comité sobre el marco legislativo y las medidas tomadas para garantizar que los trabajadores agrícolas de temporada en todo el país gozan efectivamente del derecho a un trato igual que los nacionales con respecto a la salud, educación, salario justo, condiciones de trabajo y prestaciones de seguridad social.

Párrafos del informe 432 a 446

158.En el caso de los trabajadores agrícolas de temporada el Gobierno de México promueve el igual trato que los nacionales. En este sentido, el artículo 1 de la Constitución mexicana señala que: "en los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece". Dicha disposición es de aplicación general a cualquier individuo sin importar su situación migratoria.

159. Asimismo, el artículo 123 constitucional dispone que:

"Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A.Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

(…)

VII.Para el trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo, ni nacionalidad."

160.Por su parte, la Ley federal del trabajo (LFT) retoma estos principios y prevé que el trabajo es un derecho y un deber sociales, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. Asimismo, no podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social.

161.Dicha legislación señala que no se podrá pactar un salario menor que el se pague a otro trabajador en la misma empresa o establecimiento por trabajo de igual eficiencia, en la misma clase de trabajo o igual jornada, por consideración de edad, sexo o nacionalidad. Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política, salvo las modalidades expresamente consignadas en la ley.

162.Por otro lado, la legislación prohíbe a los patrones negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o de su sexo y las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres.

163. Asimismo, la LFT contiene disposiciones específicas para los trabajadores del campo, estableciendo que los trabajadores que tengan permanencia continua de tres meses o más al servicio de un patrón, tienen a su favor la presunción de ser trabajadores de planta .

164. Adicionalmente, el artículo 283 de la LFT señala que los patrones tienen las siguientes obligaciones:

a) Pagar los salarios precisamente en el lugar donde preste el trabajador sus servicios y en períodos de tiempo que no excedan de una semana.

b) Suministrar gratuitamente a los trabajadores habitaciones adecuadas e higiénicas, proporcionadas al número de familiares o dependientes económicos, y un terreno contiguo para la cría de animales de corral.

c) Mantener las habitaciones en buen estado, haciendo en su caso las reparaciones necesarias y convenientes.

d) Mantener en el lugar de trabajo los medicamentos y material de curación necesarios para primeros auxilios y adiestrar personal que los preste.

e) Proporcionar a los trabajadores y a sus familiares asistencia médica o trasladarlos al lugar más próximo en el que existan servicios médicos. También tendrán las obligaciones a que se refiere el artículo 504, fracción II, de la LFT.

f) Proporcionar gratuitamente medicamentos y material de curación en los casos de enfermedades tropicales, endémicas y propias de la región y pagar el 75% de los salarios hasta por 90 días;

g) Permitir a los trabajadores dentro del predio:

i) Tomar en los depósitos acuíferos el agua que necesiten para sus usos domésticos y sus animales de corral;

ii) La caza y la pesca, para usos propios, de conformidad con las disposiciones que determinan las leyes;

iii) El libre tránsito por los caminos y veredas establecidos, siempre que no sea en perjuicio de los sembrados y cultivos;

iv) Celebrar en los lugares acostumbrados sus fiestas regionales;

v) Fomentar la creación de cooperativas de consumo entre los trabajadores;

vi) Fomentar la alfabetización entre los trabajadores y sus familiares.

Por otro lado, conforme al artículo 284 de la LFT queda prohibido a los patrones:

a) Permitir la entrada a vendedores de bebidas embriagantes;

b) Impedir la entrada a los vendedores de mercancías o cobrarles alguna cuota; y

c) Impedir a los trabajadores que críen animales de corral dentro del predio contiguo a la habitación que se hubiese señalado a cada uno.

165. Como puede observarse, los trabajadores del campo tienen derecho a las prestaciones laborales y de seguridad social, las cuales dependen esencialmente de las características del trabajo realizado y son las mismas prestaciones que las del resto de los trabajadores, sin que pueda establecerse ninguna distinción con motivo del origen nacional del trabajador.

166.Con el objetivo de fortalecer las condiciones de salud y bienestar de los habitantes de la región fronteriza entre México y Guatemala, se han suscrito acuerdos de cooperación entre el sector salud a través de las jurisdicciones sanitarias y los departamentos guatemaltecos respectivos, en materia de control de enfermedades transmisibles de interés común, atención médica y protección contra riesgos sanitarios. Lo anterior tiene sustento jurídico con la firma del acuerdo de creación de la Comisión de salud fronteriza México-Guatemala de mayo de 2003.

167.El Gobierno de México requiere una política integral de atención a la salud del migrante ya que nuestro país es origen, tránsito y destino de la migración. Cabe distinguir entre la migración interna y la migración externa:

a)Un total de 18,4 millones de mexicanos migran al interior del país siguiendo ciclos agrícolas;

b)Alrededor de 390.000 mexicanos migran a Estados Unidos y representan la pérdida neta anual.

168.El número de pacientes migrantes atendidos en los hospitales que se encuentran en las rutas de paso se ha incrementado en términos absolutos y relativos. Se realiza atención medicoquirúrgica principalmente por amputaciones traumáticas, traumatismos craneoencefálicos y fracturas múltiples.

169.Por ejemplo, en el Estado de Chiapas, la tasa de pacientes atendidos en el segundo nivel por accidentes asociados a los riesgos que implica viajar en trenes, vehículos y en otros medios ha pasado de 1,57 casos por cada 1.000 migrantes deportados en 2001 hasta 2,1 casos en 2003 (incremento del 33,8%).

170.Dentro de la dinámica poblacional fronteriza la atención médica se otorga en las unidades de primer nivel a la población que demanda servicios sin distinción alguna de origen territorial. Los servicios son los contenidos en el paquete básico de salud; los volúmenes de atención son muy altos debido a que una gran parte de la población no cuenta con seguridad social. Con respecto a la atención hospitalaria en el segundo nivel hay disponibilidad de las especialidades básicas y los volúmenes de atención se otorgan principalmente a los grupos poblacionales de mujeres y niños.

171.En el Programa nacional de salud 2001-2006 se llevó a cabo la inclusión del programa de acción "Vete sano, regresa sano" que busca dar un blindaje sanitario al migrante y a su familia al brindar información, atención preventiva y atención a su salud en el lugar de origen, en el traslado y en el lugar de destino de los migrantes y la creación de una oficina destinada a crear puentes binacionales.

172. El programa "Vete sano, regresa sano" se basa en cuatro estrategias que ocurren en el origen, tránsito y destino de la migración y que son:

a) Información básica y de orientación;

b) Comunicación educativa bilingüe y focalizada;

c) Capacitación en contenidos educativos en salud;

d) Atención médica con base en las cartillas de salud.

173.Se han diseñado materiales de promoción de salud focalizados a la atención de los migrantes como es el ABC de la salud del migrante y una amplia campaña de difusión mediante el Mensajero de la salud que comprende 80 temas por grupo de edad y sexo, en cápsulas radiofónicas.

174.A la fecha las acciones de salud del migrante han avanzado en diferentes vías: acciones de promoción de la salud buscando el contacto directo con la población, mediante el intercambio de promotoras y profesionales de la salud; sistematización de información que pueda resultar útil para los migrantes y los prestadores de servicios de salud; e investigación binacional en temas de salud del migrante.

Según información recibida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en el Programa de forma migratoria visitante agrícola (FMVA) referente a trabajadores agrícolas de temporada en el Estado de Chiapas, se reportan casos de maltrato físico que reciben estos trabajadores por parte de sus empleadores. Sírvase exponer si y cómo el Estado Parte responde a esta situación.

Párrafos del informe 432 a 446

175.Toda persona que se encuentre en el territorio nacional, independientemente de su condición migratoria goza de las garantías establecidas en la CPEUM, entre la que destaca el acceso a la justicia cuando se ven violados sus derechos fundamentales. Asimismo, tienen acceso a la CNDH cuando consideren que algún servidor público violenta sus derechos humanos.

176. Por su parte, a la STPS, a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, le corresponde vigilar el cumplimiento de las normas que regulen el trabajo de, entre otros, los jornaleros agrícolas.

E. Parte VI de la Convención

Sírvanse facilitar información adicional sobre el alcance del fenómeno de la trata de personas en el territorio del Estado Parte.

Párrafos del informe 171 y 203 a 225

177.En relación al tema de trata de personas el INM se sumó al proyecto "Combate a la trata de mujeres, adolescentes, niñas y niños en México 2004-2005", el cual es un esfuerzo interinstitucional para responder a los retos asociados con este flagelo en México y que cuenta con el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) y la Comisión Interamericana de Mujeres de la Organización de los Estados Americanos (CIM-OEA).

178.Dicho proyecto tuvo como principal objetivo brindar asistencia técnica para prevenir y combatir la trata de personas en el país, mediante el estudio de las dimensiones que ha cobrado dicha problemática en el territorio, así como la capacitación de personal de las instancias involucradas directa o indirectamente con el fenómeno migratorio en México.

179.En términos generales, se buscó responder a dos obstáculos básicos para el diseño de acciones efectivas en la materia: por una parte, la falta de información objetiva y generalizada sobre las dimensiones que ha cobrado este fenómeno en el país y, por otra, el limitado conocimiento sobre los conceptos básicos, los alcances de este delito y el marco jurídico internacional que lo regula y del que México es Parte.

180.Dentro de dicho proyecto, desde noviembre de 2004 y hasta mayo de 2005, se desarrollaron las capacidades gubernamentales a través de cuatro seminarios: uno en Monterrey (Nuevo León), para funcionarios de los Estados fronterizos del norte; un segundo, en Tuxtla Gutiérrez (Chiapas), para los Estados de la frontera sur; un tercero, en la Ciudad de México para altos funcionarios federales y del Distrito Federal; y el cuarto, para representantes del sector académico, sociedad civil y medios de comunicación. A través de estos talleres se logró capacitar a más de 300 funcionarios y miembros de la sociedad civil.

181.Aunado a ello, y teniendo presente que uno de los principales obstáculos al combate efectivo de la trata de personas es el desconocimiento y la falta de información sobre las dimensiones que adquiere este delito, en el marco del proyecto se editó en mayo de 2006 el manual La trata de personas: aspectos básicos como material de consulta general sobre la trata de personas y temas relacionados tales como la prevención, identificación, asistencia y protección a las víctimas así como algunas líneas y propuestas de acción. Paralelamente, se realizaron dos estudios preliminares sobre la incidencia y características en que se comete el delito de trata de personas en las zonas fronterizas de Tijuana, Baja California y Tapachula, Chiapas, con los títulos: "Diagnóstico preliminar sobre la trata de personas: mujeres, niñas y niños. Frontera norte de México" y "La trata de mujeres y menores en la frontera sur de México. Una inmersión exploratoria a una realidad desconocida". Estos trabajos son parte de los primeros esfuerzos de investigación que se hacen en materia de trata de personas en el país.

182.A lo anterior se suma la participación del INM para la firma de:

a)Memorando de entendimiento para la protección de mujeres y menores de edad víctimas de la trata y tráfico de personas en la frontera México-Guatemala;

b)Acuerdo entre México y Guatemala para la repatriación de guatemaltecos, salvadoreños y hondureños, en el cual se establecen los lugares y horarios específicos para realizar las repatriaciones con trato especial a grupos vulnerables, y víctimas de trata;

c)Acuerdo entre México y El Salvador para la repatriación, estableciendo también trato preferencial a grupos vulnerables, y víctimas de trata.

Sírvanse poner al Comité al día de las medidas adoptadas para tipificar como delito la trata de personas, así como para evitar que se criminalice a las víctimas y velar por su recuperación psicológica y su reintegración social.

Párrafos del informe 171 y 203 a 225

183.Respecto de la tipificación del delito de trata de personas en la legislación penal mexicana, es preciso señalar que si bien los artículos 206, 207 y 208 del Código Penal Federal (CPF) se refieren a la descripción del tipo penal de lenocinio, las conductas ahí desplegadas no cubren las propias del delito de trata de personas, de conformidad con el artículo 3 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. Por ello, actualmente se encuentran en proceso de aprobación las reformas al CPF a fin de establecer de manera puntual la tipificación del delito de trata de personas.

184.Asimismo, el INM ha realizado diversas actividades a fin de eliminar la continuación de estas prácticas. Por ejemplo, en febrero de 2006, el INM emitió una disposición que establece la concesión en custodia de las víctimas de trata en favor de persona o institución de reconocida solvencia, y así estar en la posibilidad de aplicar medidas destinadas a proveer la recuperación física, psicológica y social de dichas personas, incluso auxiliándose la autoridad migratoria con ONG u otras de la sociedad civil, siempre manteniendo el objetivo de proporcionar al extranjero víctima los medios para su estabilidad integral, su regularización migratoria y contar con su declaración en contra del tratante.

185.En este sentido, es importante indicar que como parte de las acciones del personal del INM se estableció el 27 de febrero de 2006 el cuestionario básico a realizar al momento de ser tomada la declaración o ampliación de declaración del extranjero en cualquier momento de su aseguramiento, la cual se centra en la determinación y prevención del fenómeno de la trata mediante las propias víctimas.

186.Si bien sólo en algunas entidades del paísse tiene tipificada la trata como un delito, a nivel federal la Procuraduría General de la República (PGR) verifica que en caso de que se integre el delito de tráfico de personas, lenocinio, o corrupción de menores e incapaces, pornografía infantil, prostitución infantil de menores, privación ilegal de la libertad y explotación laboral, se consigne por cada una de las conductas que en su conjunto integran lo definido como trata de personas.

187.Asimismo, dentro de la PGR existe la Dirección de Atención a Víctimas del Delito, área a la cual se pide el apoyo de profesionales en medicina, psicología y otras áreas, para dar una mejor atención a las víctimas. Esta área siempre procura darle el trato humano y digno al migrante sin importar su condición migratoria, estando pendiente de atención médica y psicológica en caso de que sean puestos a disposición de esta autoridad.

188.En caso de saber de casos de explotación laboral en que se encuentren migrantes que trabajan excesivamente con salarios por debajo del mínimo, independientemente de su situación migratoria, se da aviso a las autoridades federales laborales, así como a los gobiernos estatales y municipales, a fin de que intervenga cada una en sus respectivas áreas.

189.En este sentido, cabe señalar que la LGP claramente tipifica lo siguiente:

Artículo 138. Se impondrá pena de 6 a 12 años de prisión y multa de 100 a 10.000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento de consumar la conducta, a quien por sí o por interpósita persona, con propósito de tráfico, pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país, sin la documentación correspondiente.

Igual pena se impondrá a quien por sí o por medio de otro u otros introduzca, sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano o, con propósito de tráfico, los albergue o transporte por el territorio nacional con el fin de ocultarlos para evadir la revisión migratoria.

A quien a sabiendas proporcione los medios, se preste o sirva para llevar a cabo las conductas descritas en los párrafos anteriores, se le impondrá pena de uno a cinco años de prisión y multa hasta el equivalente a 5.000 días de salario mínimo conforme al que esté vigente en el Distrito Federal.

Se aumentarán hasta en una mitad las penas previstas en los párrafos precedentes, cuando las conductas descritas se realicen respecto de menores de edad; o en condiciones o por medios que pongan en peligro la salud, la integridad o la vida de los indocumentados; o bien cuando el autor del delito sea servidor público.

190.Lo anterior independientemente de lo dispuesto por los artículos 206 a 208 del Código Penal Federal (CPF) relativo al lenocinio.

Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas con respecto a las denuncias de participación de funcionarios en actividades de trata y de tráfico ilícito de migrantes. Sírvanse informar también sobre toda investigación o acción judicial iniciada a este respecto y sobre las sanciones impuestas.

Párrafos del informe 171, 205, 208, 215 a 219, 515, 516, 518, 524, 525 y 545

191.Con objeto de facilitar la investigación o iniciar acción judicial contra delincuentes involucrados en casos de trata de personas o tráfico de migrantes, el INM se encuentra elaborando un procedimiento, en el ámbito de su competencia, para otorgar asistencia a mujeres víctimas de trata de personas en coordinación con la OIM. Para los casos de cooperación con las autoridades mexicanas, el procedimiento prevé la asistencia legal a fin de realizar las investigaciones correspondientes por parte de la Procuraduría General de la República (PGR).

192.En materia de protección a víctimas extranjeras, este Instituto ha implementado la no formulación de querella en contra de extranjeros que han sido víctimas del delito de trata de personas y que se encuentran de manera irregular en nuestro país. Asimismo, establece la posibilidad de otorgar una calidad y característica migratoria de no inmigrante visitante, misma que les permita permanecer en el país, a fin de que puedan presentar las denuncias correspondientes y participar en los procesos legales.

193.En relación con la intervención de servidores públicos de los tres niveles de gobierno en los ilícitos de referencia cabe mencionar que se tiene una estrecha colaboración entre el INM y la PFP que son las autoridades facultadas para realizar funciones de control y verificación de migrantes, así como a la Agencia Federal de Investigación (AFI) que es la instancia de la PGR que apoya al ministerio público en la investigación de estos delitos, así como autoridades estatales y municipales. Esto es debido a que se han presentado casos de que algún servidor público de estas dependencias se encuentre involucrado en la comisión de estos ilícitos; existen todas las facilidades necesarias para presentar la información necesaria a fin de integrar las averiguaciones previas y en caso de que se acredite la probable responsabilidad de un servidor público se ejercite acción penal.

194.En este sentido es importante señalar que de 2005 a la fecha, fueron iniciadas 2.798 averiguaciones previas, de las cuales 2.008 fueron consignadas, 122 se encuentran en trámite, 57 fueron enviadas por incompetencia, 319 se consultó la reserva, 291 se consultó el no ejercicio de la acción penal, y a 1 se le aplicó la facultad de atracción:

Averiguaciones previas por tráfico de indocumentados y trata de personas de 2005 a la fecha

Delegación

Consignadas

Trámite

NEAP

Incompetencia

Reserva

Facultad de atracción

Total por entidad

Aguascalientes

0

0

0

0

0

0

0

B California

463

2

59

9

8

1

542

B Cal. Sur

0

0

0

0

0

0

0

Campeche

8

2

9

1

0

0

20

Coahuila

7

2

2

2

2

0

15

Colima

0

0

0

0

0

0

0

Chiapas

369

5

31

10

135

0

550

Chihuahua

0

49

0

0

0

0

49

D.F.

0

1

0

0

0

0

0

Durango

8

1

0

0

2

0

11

Edo. Mex.

19

1

5

0

5

0

30

Guanajuato

5

4

0

0

0

0

9

Guerrero

0

0

0

0

0

0

0

Hidalgo

11

3

5

0

5

0

24

Jalisco

3

0

4

0

0

0

7

Michoacán

5

1

1

2

0

0

9

Morelos

0

0

0

0

0

0

0

Nayarit

6

0

0

0

1

0

7

Nuevo León

49

5

17

3

1

0

75

Oaxaca

69

2

3

3

25

0

102

Puebla

12

1

2

0

3

0

18

Querétaro

10

0

2

1

3

0

16

Quintana Roo

12

4

3

0

0

0

19

San Luis Potosí

20

8

21

4

3

0

56

Sinaloa

19

1

1

0

3

0

24

Sonora

528

0

79

3

23

0

633

Tabasco

134

4

35

9

22

0

204

Tamaulipas

29

22

1

1

2

0

55

Tlaxcala

2

1

1

0

2

0

6

Veracruz

211

2

10

7

72

0

302

Yucatán

1

1

0

0

0

0

2

Zacatecas

8

0

0

2

2

0

12

Total

2.008

122

291

57

319

1

2.798

Año

Asunto

Averiguaciones previas

2005 a la fecha

Iniciadas

62

Consignadas

17

Acumuladas

1

No ejercicio

1

Incompetencias

10

Por favor explique las medidas que utiliza el Gobierno de México para implementar los acuerdos bilaterales o regionales en materia migratoria, especialmente en las áreas de retorno y respeto de los derechos humanos de los trabajadores migratorios a nivel local.

Párrafos del informe 475 a 492 y 505

195.De conformidad con la LGP (arts. 81 a 84) y al RLGP (arts. 216 a 218), México orienta su política de repatriación de manera segura y ordenada y con pleno respeto de los derechos humanos de los migrantes. Esta política se aplica a los acuerdos bilaterales suscritos con otros países y que se encuentran mencionados en los párrafos 483 a 494 del informe de México presentado al Comité. Cabe resaltar que dichos acuerdos establecen los procedimientos para repatriar a los grupos más vulnerables: mujeres, menores, ancianos, personas con capacidades diferentes, entre otros.

196.Entre las acciones más reciente realizadas en esta área destacan las siguientes:

-El 17 de mayo de 2005 se firmó el "Acuerdo entre para la repatriación ordenada, ágil y segura de migrantes salvadoreños vía terrestre desde México". Su objetivo es establecer las bases que permitan el retorno ordenado y seguro de los migrantes, de nacionalidad salvadoreña, asegurados en territorio mexicano; establece un trato especial a grupos vulnerables, como menores de 18 años, personas con capacidades especiales, adultos mayores de 60 años o víctimas de trata.

-El 28 de junio de 2005 se firmó una nueva versión del "Acuerdo para la repatriación segura y ordenada de nacionales guatemaltecos, salvadoreños y hondureños en las fronteras de México y Guatemala". Establece las bases para el retorno ordenado y seguro. Ambos países se comprometen a atender las necesidades básicas de los migrantes.

-El 10 de junio de 2005 se inició el "Programa de repatriación voluntaria al interior" México-Estados Unidos, en la región Sonora-Arizona, cuyo objetivo es avanzar en la consecución de un flujo de personas entre ambas naciones que asegure el respeto de los derechos humanos de los connacionales. Se mantiene la voluntariedad como principio básico, es decir, la aceptación expresa del connacional ante la autoridad estadounidense y confirmada ante el cónsul mexicano de ser repatriado a su lugar de origen en territorio nacional. Asimismo, se da especial énfasis a la atención de los connacionales "en riesgo" como: ancianos, menores de edad, discapacitados, débiles o enfermos, mujeres embarazadas y nacionales mexicanos que han sido rescatados previamente del desierto.

197.En el marco de este programa, el 7 de julio de 2006 se efectuó el primer vuelo con 68 migrantes en el que autoridades de la SEGOB declararon que se vigilarán los procesos de repatriación vigentes al 30 de septiembre de 2006, se conduzcan de manera digna, y que se respeten los procedimientos pactados en el Memorando de entendimiento sobre la repatriación segura, ordenada y humana de nacionales mexicanos:

-El 27 de junio de 2006, durante la XXII reunión de la Comisión binacional México‑Estados Unidos, los representantes de ambas naciones suscribieron dos nuevos arreglos locales para la repatriación de nacionales mexicanos que serán aplicables en Chicago (Illinois) y El Paso (Texas).

198.Ambos instrumentos tienen el objetivo de garantizar que durante los procesos de repatriación de los migrantes mexicanos se observen los principios de seguridad, orden, dignidad, y respeto de los derechos humanos contemplados en el Memorando de Entendimiento sobre repatriación, adoptado en 2004.

199.En este marco, las autoridades de ambos países refuerzan su compromiso de aplicar reglas claras para la repatriación de personas vulnerables y menores de edad; el cumplimiento de las obligaciones vigentes en materia de notificación consular; la actualización de puntos de repatriación y horarios; la preservación de la unidad familiar y el establecimiento de canales para quejas de maltrato u otras irregularidades, entre otros aspectos.

Sírvanse proporcionar más información sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el marco del Programa de desarrollo integral de las culturas de los pueblos y comunidades indígenas para apoyar la cultura de los indígenas migrantes, como se indica en el párrafo 499 del informe del Estado Parte.

Párrafos del informe 496 a 499

200.El Gobierno de México, a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), da integralidad y transversalidad a las políticas públicas de atención de este sector.

201.La CDI forma actualmente parte del Programa para el desarrollo integral de la cultura de los pueblos y comunidades indígenas (PRODICI), conjuntamente con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA) y con los Estados de Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Hidalgo, San Luis Potosí, Sonora y Veracruz.

202. Sus objetivos generales son los siguientes:

a)Constituir un fondo que permita apoyar los proyectos de desarrollo cultural planteados por las comunidades, organizaciones y creadores indígenas;

b)Generar acciones de vinculación entre la federación con los Estados y municipios para apoyar las iniciativas culturales de los pueblos indígenas;

c)Fortalecer la coordinación interinstitucional para apoyar iniciativas que impulsen la valoración de la diversidad cultural.

203.Por su parte, sus principales objetivos específicos son:

a)Crear condiciones que hagan posible la participación de los pueblos, organizaciones y comunidades indígenas en la definición, ejecución y evaluación de sus proyectos de desarrollo cultural;

b)Fortalecer la capacidad autogestiva de los pueblos y comunidades indígenas apoyando sus iniciativas y orientando la aplicación de los recursos a partir de la definición de sus intereses y propuestas como sujetos del desarrollo cultural;

c)Difundir y promover una cultura de respeto a la diversidad étnica, lingüística y cultural que es parte constitutiva de la nación mexicana;

d)Impulsar acciones que fortalezcan la vinculación entre la federación con los Estados, municipios e instituciones culturales para la atención de los pueblos indígenas.

Destinatarios

204.El potencial cultural de la nación radica en su diversidad; la población indígena representa una parte importante de esa diversidad. Su mantenimiento y desarrollo requiere de un fuerte impulso a través de apoyos económicos para seguir reproduciendo sus manifestaciones culturales que le dan sentido a su existencia, así como crear condiciones que favorezcan el intercambio cultural entre los distintos pueblos que constituyen la nación mexicana.

205.En este sentido los destinatarios del PRODICI son:

a)Comunidades, organizaciones tradicionales, asociaciones civiles constituidas legalmente reconocidas por las autoridades comunitarias;

b)Creadores indígenas que desarrollen proyectos culturales y artísticos vinculados con sus comunidades;

c)Promotores comunitarios indígenas que impulsan proyectos culturales en sus lugares de origen o residencia actual;

d)Grupos informales con reconocimiento y trayectoria en las comunidades indígenas;

e)Comunidades y organizaciones dedicadas al desarrollo de proyectos de desarrollo cultural sustentables basados en el aprovechamiento de sus recursos naturales y culturales.

206.En una de las líneas del PRODICI también se incluiría a los indígenas migrantes.

207.Actualmente, la CDI opera el Programa fomento y desarrollo de las culturas indígenas. El objetivo general de este programa consiste en contribuir a los procesos de rescate, fortalecimiento e innovación del patrimonio cultural de los pueblos indígenas, basados en el reconocimiento y respeto de la diversidad étnica y cultural, la equidad, corresponsabilidad, y con base en las necesidades, situación y contexto social actual.

208.De la misma manera, tiene como objetivos específicos:

a)Apoyar procesos que impulsen la recuperación, preservación e innovación de los elementos y manifestaciones que constituyen el patrimonio cultural de los pueblos indígenas; a través del financiamiento de iniciativas presentadas por los individuos, organizaciones y comunidades indígenas;

b)Documentar y difundir las manifestaciones culturales que conforman el patrimonio cultural de los pueblos indígenas, de manera que coadyuven al fortalecimiento de los procesos de identidad social y relaciones interculturales de los pueblos indígenas.

209.Asimismo, en el marco del PRODICI se diseñó una propuesta de formación de niños y niñas indígenas migrantes que radican en campamentos agrícolas y en ciudades de atracción de población migrante. La implementación de la propuesta ha significado la promoción de promotores y la coordinación interinstitucional.

Sede

Fecha

Número de participantes

Perfil participantes

Servicios educativos del museo nacional de culturas populares

12 y 13 de abril de 2005

9

Talleristas del museo

Unidad departamental de atención a grupos vulnerables. Delegación Iztapalapa

14 y 15 de abril de 2005

31

Promotores sociales y culturales de la delegación Iztapalapa

Oficina de atención a indígenas. Dirección General de Equidad y Desarrollo Social

27 de abril de 2005

5

Promotores culturales

Unidad Regional de Culturas Populares e Indígenas Papantla, Veracruz

16 de mayo de 2005

31

Personal administrativo y técnico, así como promotores culturales

CUNorte de la Universidad de Guadalajara Colotlán, Jalisco

1º, 2 y 3 de junio de 2005

15

Maestros y alumnos de la Universidad, así como promotores culturales wirrárika

Centro Cultural Infantil La Vecindad Cuernavaca, Morelos

16 de junio de 2005

5

Talleristas del centro

Parque ecológico ecoguardas Ajusco, D.F.

16 de junio de 2005

18

Jóvenes indígenas migrantes de la República Mexicana

Colegio Carmen Salles Jiutepec, Morelos

22 de junio de 2005

71

Niñas y niños de educación primaria

Centro Cultural Infantil La Vecindad Cuernavaca, Morelos

7, 14, 21 y 28 de julio de 2005

119

Niñas y niños de entre 6 a 12 años

Centro Cultural Infantil La Vecindad Cuernavaca, Morelos

4 y 11 de agosto de 2005

36

Niñas y niños de entre 6 a 12 años

Museo nacional de culturas Populares

24 a 26 de agosto de 2005

18

Diversas instituciones del gobierno federal y local, organizaciones y colectivos de la sociedad civil y promotores culturales

Feria internacional del libro Monterrey, Nuevo León

14 de octubre de 2005

21

Niñas y niños de entre 8 y 16 años

Escuela primaria Herminia Ordóñez Torres Xochimilco, D. F.

14 a 29 de noviembre de 2005

296

Niñas y niños de educación primaria

Instituto de Educación Básica del Estado de Morelos, Cuernavaca, Morelos

23 a 25 de noviembre de 2005

47

Jefes de zona, directores, maestros de educación primaria y personal del Instituto

Instituto de Investigación y Difusión de la danza mexicana

26 de noviembre de 2005

11

Investigadores y maestros de este Instituto

Primer encuentro estatal de organizaciones indígenas

3 y 4 de diciembre de 2005

23

Representantes de organizaciones migrantes indígenas

Museo nacional de culturas populares

7 a 9 de diciembre de 2005

10

Colectivos y talleristas independientes

Instituto de Educación Básica del Estado de Morelos, Cuernavaca, Morelos

25 a 27 de enero de 2006

36

Jefes de zona, directores, maestros de educación primaria y personal del Instituto

Acciones de formación e instrumentación con niñas y niños 2006-07-24

Instancia solicitante

Fecha

Perfil

Delegación Tlalpan, México, D. F.

29 y 30 de abril

Niñas y niños no indígenas

Casa de cultura, Piedras Negras, Coahuila.

3 y 4 de mayo

Niñas y niños no indígenas

Centro Estatal de Asuntos Indígenas, A.C. Valle de Mandadero, Municipio de Ensenada, B.C.

22 y 23 de mayo

Docentes bilingües indígenas

Feria del libro infantil y juvenil, Saltillo Coahuila *

11 a 15 de septiembre

Niñas y niños no indígenas

Instituto de Investigación y Difusión de Danza, A.C., D.F.

30 de septiembre, 7 y 14 de octubre

Profesores, investigadores y promotores culturales

* Programado; aún no ejecutado.

210.El foro, "Cultura en movimiento: encuentro de organizaciones de indígenas migrantes", ha sido un espacio de análisis del fenómeno migratorio indígena para revisar, socializar experiencias y evaluar el impacto de acciones de desarrollo cultural, fortalecimiento identitario, aportación cultural de los migrantes en sus nuevos asentamientos y la importancia de las remesas que aportan para la continuidad de sus culturas en sus lugares de origen.

F. Otros asuntos

Sírvanse indicar al Comité si las medidas y los programas especiales encaminados a atender al gran número de migrantes menores de edad y no acompañados en la frontera norte se han ampliado a la frontera sur. En particular, sírvanse facilitar información actualizada sobre la aplicación de una estrategia de atención de los menores migrantes en la frontera sur, como se indica en el párrafo 103 del informe del Estado Parte.

Párrafos del informe 11, 67, 78 a 106, 158, 205, 208, 215 y 216, 224, 359, 485, 487, 490, 516, 518 y 546

211.El INM tiene gran interés y atención en el fenómeno de los migrantes menores de edad no acompañados, dando un cuidado especial a su trato desde que son asegurados hasta ser regresados a su país de origen. Al respecto, cabe señalar que en las estaciones migratorias del país, el área de los varones está separada de la propia de las mujeres así como de la de los menores.

212.Aunado a lo anterior, los acuerdos bilaterales de cooperación celebrados entre México y Centroamérica, así como la amplia y constante comunicación con diversas autoridades de dichos Estados en México y en sus propios países han permitido que la integridad física y emocional, así como la seguridad de los menores, se mantengan intactas hasta el punto en que son llevados de manera personalizada al cuidado de los propios familiares o, en su ausencia o imposibilidad, con las autoridades o instituciones idóneas para el apoyo social y familiar de cada país, tal y como se ha establecido en los párrafos 104, 105, 489 y 490 del informe del Gobierno de México.

213.Por su parte, el DIF, en coordinación con el gobierno de las entidades federativas, ha instalado albergues de atención temporal, a fin de que posteriormente los menores sean reintegrados a sus familiares.

214.Se coordinan acciones de protección, servicios de trabajo social y apoyo para localizar a los familiares de los menores. Además, el DIF les brinda alimentación, hospedaje y, si lo requieren, atención médica y psicológica, en sus albergues.

215.Se tiene previsto para este año suscribir un acuerdo de colaboración interinstitucional local entre el Instituto de Desarrollo Humano(IDH), el DIF, la COMAR y el INM, para establecer los procedimientos de atención a menores migrantes centroamericanos en Tapachula (Chiapas).

216.El acuerdo tiene por objetivo promover de manera conjunta líneas de colaboración en beneficio de los "niños migrantes" o "niñas y niños solicitantes de la condición de refugiado" en la frontera sur del país, ubicada en el Estado de Chiapas, en donde se reconozcan y protejan los derechos fundamentales de los niños migrantes, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de los Derechos del Niño, suscrita por México.

217.Entre los principales compromisos a asumir por el INM incluidos en el acuerdo, destacan: dar albergue a los "niños migrantes" en las estaciones migratorias, atendiendo a las metodologías y asesoría técnica; entregar para su adecuada atención, al IDH, a los "niños migrantes" que sean asegurados y estén en proceso de repatriación a su país de origen, así como a "niñas y niños solicitantes de la condición de refugiado",que se encuentren en las estaciones migratorias y que viajen solos; coadyuvar con el diseño, difusión, ejecución y evaluación de campañas para prevenir y atender las necesidades de los "niños migrantes", la defensa de sus derechos y la atención de la problemática asociada, tal como la explotación sexual y/o comercial infantil; así como promover y procurar la localización de los familiares o representantes legales de los "niños migrantes" y su comunicación inmediata.

218.Por otro lado, derivado de los trabajos que el INMUJERES ha impulsado en la Mesa de coordinación interinstitucional de género y migración, en la que participa el DIF, se han programado actividades conjuntas orientadas al desarrollo de acciones en favor de los derechos humanos de las niñas, los niños y los adolescentes afectados por el fenómeno migratorio, tanto en la frontera norte como en la sur. Entre ellas el promover la incorporación de la perspectiva de género en el trabajo desarrollado por el DIF en materia de migración, el desarrollar acciones de difusión y prevención dirigidas a las madres y padres de menores migrantes y la participación del INMUJERES en el grupo de trabajo del Programa interinstitucional de atención a menores fronterizos del sistema nacional DIF, que se encuentra integrado por el INM, la SRE y los Centros de integración juvenil.

219.En el marco de la política migratoria del Estado de Chiapas, en el punto XIV, "Desarrollar programas específicos de orientación a los inmigrantes menores de edad", se están impulsando varias actividades orientadas a la protección de los derechos humanos de las niñas, los niños y adolescentes. Entre ellas está la creación de un albergue para inmigrantes menores de edad, inaugurado en abril de 2005. Asimismo, se propuso promover la firma de un convenio con los países centroamericanos, para que apoyen el traslado de los migrantes menores de edad, y sean devueltos a sus familiares en sus comunidades de origen. Participan la SEDESOL del Estado, el IDH, la Coordinación de relaciones internacionales, el Consejo estatal de población (COESPO), la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, y la SRE.

220.En este mismo punto se propuso impulsar la firma de convenios entre los tres niveles de gobierno y organismos internacionales como el UNICEF, para brindar apoyo y protección a los inmigrantes menores de edad, y diseñar una campaña de comunicación orientada a la promoción y defensa de los derechos de los inmigrantes menores de edad. Participan la Secretaría de Desarrollo Social del Estado, el IDH, COESPO, la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, asociaciones civiles, el Sistema Chiapaneco de Radio y TV, Instituto de la Mujer, Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia y el UNICEF.

Programa interinstitucional de atención a menores fronterizos

221.El Programa interinstitucional de atención a menores fronterizos surgió hace diez años como resultado de la suma y coordinación de esfuerzos entre las instituciones públicas y privadas dedicadas a la atención de la infancia fronteriza -niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados-, en el marco de la colaboración entre el sistema nacional DIF, la SRE y el INM.

222.El programa se encuentra estructurado en tres niveles de intervención:

a)Frontera norte;

b)Lugar de origen;

c)Frontera sur.

223.Su objetivo es conjuntar esfuerzos y acciones entre las instancias de los tres órdenes de gobierno, instituciones públicas, privadas y organismos de la sociedad civil nacionales e internacionales con el fin de prevenir y atender las necesidades de los menores migrantes y repatriados que viajan solos protegiéndolos de las problemáticas colaterales a que están expuestos.

224.Los menores fronterizos, al encontrarse solos, lejos de su casa y familia, se encuentran en un estado de vulnerabilidad por lo que el fin último del programa es resguardar su integridad física y mental hasta conseguir su reunificación familiar al trasladarlos a su lugar de origen.

225.El fin del programa es construir los espacios y mecanismos que permitan al gobierno y sociedad civil organizada brindar una adecuada atención a las niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados. El principal logro ha consistido en el férreo compromiso y trabajo organizado entre los sistemas estatales y municipales DIF de cada una de las entidades y municipios de la frontera norte y sur del país a través de los diferentes albergues de tránsito públicos y privados que integran la Red del programa, la cual durante 2005 logró atender un total de 18.392 niñas, niños y adolescentes migrantes y/o repatriados y al mes de mayo de 2006 se han atendido 9.546 menores de edad.

226.Los Estados y municipios participantes en el Programa en la frontera norte son: Baja California en los municipios de Tijuana y Mexicali; Coahuila, en Ciudad Acuña y Piedras Negras; Chihuahua, en Ciudad Juárez y Ojinaga; Sonora, en Agua Prieta y Nogales; Tamaulipas, en Matamoros, Nuevo Laredo y Reynosa; y a partir de 2005 se integraron a la operación del Programa los municipios de Monterrey (Nuevo León) y San Luis Río Colorado (Sonora) en el norte. En la frontera sur dio inicio la operación del programa de manera formal en Chiapas al inaugurarse el 30 de abril de 2005 en Tapachula, el Albergue temporal para menores migrantes, lo que a la fecha ha permitido atender a niñas, niños y adolescentes principalmente de Guatemala, Honduras y El Salvador.

227.Lo anterior, ha permitido contar con una red de 24 albergues de tránsito integrados al programa, 14 pertenecientes a los sistemas estatales y municipales DIF, 6 a organizaciones civiles y 4 módulos de recepción y atención, que pertenecen a los sistemas estatales DIF de Baja California y Sonora. Éstos se encuentran ubicados en la línea fronteriza, con el fin de brindar una atención inmediata a las niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados.

228.Como uno de los principales logros del programa, cabe mencionar el fortalecimiento de la coordinación interinstitucional; la consolidación del Grupo de Trabajo que se encuentra integrado por personal del sistema nacional DIF, de la SRE, del INM, centros de integración juvenil y del UNICEF, con la firma el 19 de mayo de 2005 del Convenio de colaboración entre el INM y el sistema nacional DIF en donde se establecen las bases de cooperación para la atención que se les brinda a los menores migrantes y repatriados en cualquiera de los tres niveles de intervención del programa.

229.A partir de 2006 se amplió la coordinación con otras dependencias, promoviendo la incorporación de nuevas instituciones como SEDESOL e INMUJERES, para la consolidación de los trabajos en los lugares de origen.

230.En el ámbito estatal y en los municipios participantes en el programa, también se han establecido comités locales que se encuentran formados por personal del sistema estatal y municipal DIF, dependencias gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil involucradas en la atención que se brinda a la infancia migrante. Dichos comités constituyen espacios para el intercambio de experiencias e ideas que consoliden una política pública a favor de este grupo de población y orienten los trabajos que cada entidad realiza en su respectivo ámbito de competencia.

231.En relación con la estrategia de atención con calidad y calidez, su objetivo es brindar a las niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados un trato digno, justo y en apego a sus derechos, a través de personal calificado en instalaciones adecuadas para su recepción, atención y canalización a sus lugares de origen. En este sentido, se impartieron durante los años 2003 a 2005 diversos cursos de capacitación al personal operativo de los sistemas estatales, municipales y organizaciones de la sociedad civil.

232.Asimismo, para fortalecer las acciones de atención con calidad y calidez durante el año 2006 se está trabajando en coordinación con el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores A.C. en el marco de la cooperación DIF-UNICEF en el diseño de un material didáctico de apoyo para los albergues incorporados al programa.

233.Respecto a la Línea estratégica de promoción de los derechos de los niños se realizaron dos campañas en medios masivos de comunicación: la primera en el año 2001 y la segunda en 2004, la cual como mensaje central tuvo "Piensa, detente y regresa… por los derechos de los niños migrantes". Asimismo, se realizaron diferentes actividades al interior de los albergues cuyo sentido es promover y reforzar el conocimiento de los derechos de los niños, para lo que se han elaborado diversos materiales de apoyo, como el folleto "Por sus derechos cuídalos y protégelos...", polidíptico de información y sensibilización para la población objetivo, el cómic "Planta móvil... noticias de la frontera. Conoce tus derechos", el montaje de la exposición fotográfica de sensibilización sobre la problemática, a partir de testimoniales de niñas y niños, entre otros.

234.En la estrategia de revisión legislativa -aunque también forma parte de la estrategia de investigación- durante los años 2003 y 2004 se realizó un estudio sobre el marco legal de atención de la infancia migrante y repatriada en la frontera norte, a fin de conocer los vacíos legales existentes en la materia; así como brindar elementos prácticos que apoyen de manera fundamental en la adecuada operación que brindan los albergues.

235.Resultado de lo anterior, durante 2005 se publicó y presentó el libro "Niñez migrante en la frontera norte: legislación y procesos" documento que permitió analizar los procedimientos que en cada una de las ciudades fronterizas participantes en el programa se realiza con el propósito de brindar atención a las niñas, niños y adolescentes fronterizos no acompañados, así como la normativa vigente en relación con el fenómeno migratorio y a partir de este análisis se realizan una serie de recomendaciones con la finalidad de contribuir a mejorar la gestión migratoria y armonizar el marco normativo de cada Estado con la Convención sobre los Derechos del Niño.

236.De forma adicional, en los Estados de la frontera norte también se llevó a cabo la presentación del libro y se contó con la participación de funcionarios y personal operativo de los sistemas municipales para el desarrollo integral de la familia (SMDIF), consulados, delegaciones regionales y locales del INM, Grupos Beta, UNICEF etc. Estas presentaciones permitieron retroalimentar los resultados del mismo, a través de mesas de trabajo por municipio, en donde las instancias involucradas tuvieron oportunidad de revisar la viabilidad de implementar las recomendaciones realizadas por la investigadora de la publicación en el ámbito local.

237.Desde el arranque de la presente administración se inició un proceso de sistematización y análisis de la estadística institucional proporcionada por los albergues participantes en el mismo, como una necesidad de contar con los datos estadísticos más significativos acerca de migración y repatriación infantil en condiciones de vulnerabilidad. En este sentido y en el marco de la estrategia de investigación se publicó el "Anuario estadístico 2001-2003", documento que presenta las características generales y el perfil de las niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados. El documento se encuentra formado por dos apartados: el primero muestra un análisis global de los datos de las niñas, niños y adolescentes que durante el período recibieron atención en los albergues de la red de cada uno de los Estados de la frontera norte, y el segundo se compone del análisis local de cada uno de ellos.

238.En la línea estratégica de investigación y como respuesta a la necesidad de contar con un diagnóstico que permita profundizar en los riesgos asociados a la migración infantil, durante 2005 surge el proyecto de realizar de manera coordinada entre el Sistema nacional DIF y centros de integración juvenil la investigación "Consumo de drogas en niños y adolescentes migrantes a Estados Unidos", cuyo objetivo es conocer las características del proceso migratorio en menores fronterizos, así como prevalencia del consumo de drogas, patrón de consumo, características familiares, redes sociales, percepción de acceso, riesgo y protección del consumo de drogas. Como parte de la investigación se impartieron talleres en Mexicali, Baja California, Nogales, Sonora y en Ciudad Juárez, Chihuahua, para capacitar al personal de los albergues de la red en el manejo y aplicación de la guía de entrevistas utilizada para recabar la información necesaria.

239.En particular en la frontera sur, el Gobierno mexicano, comprometido con la infancia migrante independientemente de su nacionalidad, brinda apoyo y asistencia a los menores de edad extranjeros, principalmente centroamericanos que entran en México por la frontera sur de Chiapas y Tabasco entre otros.

240.Al igual que los menores de edad mexicanos, al estar solos, lejos de su casa y sin la compañía de un adulto son considerados como población vulnerable, por lo que al momento de ser resguardados por el INM, éstos, en el marco de la colaboración existente con el sistema nacional DIF, solicitan apoyo para su protección, hasta ser repatriados a su país de origen. En este sentido son atendidos en el albergue correspondiente siguiendo, un procedimiento de coordinación.

241.Asimismo, las acciones en frontera sur se basan en los siguientes elementos de intervención:

1.Firma de acuerdos de colaboración local (sistemas estatales DIF e INM).

2.Comités locales de coordinaciónEsquemas de protección específicos (OSCs, DIFs estatales y municipales).

3.Establecer albergues de tránsito (OSCs, IDHs estatal-municipal)Fortalecimiento institucionalProfesionalización.

4.Evaluación diagnóstica de la atención a la infancia fronteriza (situación de calle, migrante, víctima de ESCI, etc.)Vinculación institucional (académicos, OSCs).

5.Promoción de la atención a menores fronterizos en los países centroamericanosPosicionamiento del tema en la agenda públicaCoordinación de homólogosCoordinación con organismos internacionales.

6.Firma de un plan de acción frontera sur (países centroamericanos).

242.Como se mencionó, lo anterior ha permitido contar con una red de 24 albergues de tránsito integrados al programa, 14 pertenecientes a los sistemas estatales y municipales DIF, seis a organizaciones civiles y cuatro módulos de recepción y atención, que pertenecen a los sistemas estatales DIF de Baja California y Sonora. Éstos se encuentran ubicados en la línea fronteriza. Esto ha permito brindar atención a 9.546 personas hasta mayo de 2006 y a 18.392 en 2005, con un presupuesto de 683.117 pesos para cada año.

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