Naciones Unidas

CMW/C/MEX/2

Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares

Distr. general

14 de enero de 2010

Original: español

Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 73 de la Convención

Segundo informe periódico

México *

Lista de Abreviaturas

ACNUR

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

CIJ

Centros de Integración Juvenil

CNDH

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

COMAR

Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados

CONAFE

Consejo Nacional de Fomento Educativo

CONAPRED

Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

CRM

Conferencia Regional sobre Migración

DOF

Diario Oficial de la Federación

FEVIMTRA

Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y la Trata de Personas

FMTF

Forma migratoria de trabajador fronterizo

FMVA

Forma migratoria de visitante agrícola

IMSS

Instituto Mexicano del Seguro Social

INEA

Instituto Nacional para la Educación de los Adultos

INM

Instituto Nacional de Migración

INMUJERES

Instituto Nacional de las Mujeres

LGP

Ley general de población

OCDE

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

OIM

Organización Internacional para las Migraciones

OIT

Organización Internacional del Trabajo

OPIs

Oficiales de Protección a la Infancia

PFP

Policía Federal

PGR

Procuraduría General de la República

PIAMF

Programa Interinstitucional de Atención a Menores Fronterizos

PNDH

Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012

PROIGUALDAD

Programa Nacional para la Igualdad entre Hombres y Mujeres 2008-2012

PRVI

Programa de Repatriación Voluntaria al Interior

PTAT

Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales México‑Canadá

SAGARPA

Secretaría de Ganadería, Agricultura, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

SCT

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

SEDESOL

Secretaría de Desarrollo Social

SEGOB

Secretaría de Gobernación

SEP

Secretaría de Educación Pública

SEMAR

Secretaría de Marina-Armada de México

SFP

Secretaría de la Función Pública

SICATEM

Sistema de Control de Aseguramientos y Traslados en Estaciones Migratorias

SNDIF

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

SS

Secretaría de Salud

SSP

Secretaría de Seguridad Pública

SRE

Secretaría de Relaciones Exteriores

STPS

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Índice

Párrafos Página

I.Introducción1–76

II.Información general8–1347

A.Datos desglosados sobre las características y naturaleza de las corrientesmigratorias (inmigración, tránsito o emigración) que afectan al Estado parte8–227

B.Estadísticas sobre el número de niños no acompañados o separados en elterritorio del Estado2310

C.Medidas adoptadas para ajustar a la Convención la legislación nacional sobremigraciones, incluso el posible retiro de reservas24–2511

D.Toda firma, adhesión o ratificación de tratados o instrumentos internacionalesde derechos humanos que sean del interés para la aplicación de laConvención; en particular, toda medida adoptada con miras a la ratificaciónde los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Nº 97(1949), relativo a los trabajadores migrantes y Nº 143 (1975) sobre lostrabajadores migrantes26–2812

E.Resoluciones judiciales relativas al disfrute por los migrantes y sus familiaresde los derechos reconocidos en la Convención29–3012

F.Cambios legislativos que afectan la aplicación de la Convención3113

G.Procedimientos específicos para hacer frente a las corrientes migratoriasmixtas, en particular para determinar las necesidades de protección especialde los solicitantes de asilo y de las víctimas de trata. Indicación de si lalegislación nacional prevé la aplicación de la Convención a los refugiadoso apátridas32–4313

H.Medidas adoptadas para que los niños en resguardo de la autoridadmigratoria, incluso cuando esa situación se deba a una infracción de lanormativa sobre migración, estén separados de los adultos detenidos yprocedimientos específicos para determinar la edad de los menoresmigrantes; datos sobre el número de niños migrantes privados de libertad44–4516

I.Programas especiales para atender los intereses de los menores migrantes, enparticular los niños no acompañados o separados46–5616

J.Legislación y prácticas que establecen mecanismos para seguir de cerca lasituación de las mujeres migrantes, incluidas las que trabajan comoempleadas domésticas y las salvaguardas y garantías para protegerlas de laexplotación y la violencia57–7218

K.Procedimientos de ayuda a las víctimas de trata, especialmente las mujeres ylos niños73–8821

L.Medidas de asistencia del Estado mexicano hacia su población migrante enel extranjero89–9224

M.Medidas adoptadas para facilitar la reintegración de migrantes al Estadomexicano93–10424

N.Acuerdos bilaterales o multilaterales sobre migración, incluidos los acuerdosregionales105–11027

O.Esfuerzos realizados por el Estado mexicano, y en colaboración con otrosEstados, para evitar la muerte de migrantes en las fronteras terrestres ymarítimas111–12028

P.Medidas para evitar la circulación clandestina y el empleo de migrantes ensituación irregular121–13429

III.Disposiciones específicas135–20033

A.Medidas generales de aplicación (artículos 73 y 84)135–15233

B.Principios generales (artículos 7 y 83)153–15535

C.Derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares(artículos 8 a 35)156–16936

D.Atención a quejas170–17838

E.Otros derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares ensituación documentada o regular (artículos 36 a 56)17939

F.Disposiciones aplicables a categorías particulares de trabajadores migratoriosy sus familiares (artículos 57 a 63)180–19339

G.Promoción de condiciones satisfactorias, equitativas, dignas y lícitas enrelación con la migración internacional de los trabajadores y sus familiares(artículos 64 a 71)194–19941

IV.Conclusiones200–20942

Segundo informe de México sobre la implementación de la Convención Internacional para la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares

I.Introducción

1.El Gobierno de México, de conformidad con el artículo 73, inciso a), de la parte I, de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, presenta para su examen ante el Comité para la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (el Comité) su segundo informe periódico, en el que se actualizan las medidas tomadas entre 2006 y 2009 para dar efecto a las disposiciones de la Convención.

2.El Gobierno mexicano presentó su informe inicial sobre el cumplimiento de la Convención (CMW/C/MEX/1) el 18 de noviembre de 2005, sustentado los días 30 y 31 de octubre de 2006.

3.Como parte de su política de apertura en materia de derechos humanos, el Gobierno de México hizo llegar al Comité en marzo de 2008 un informe motu proprio (CMW/C/MEX/CO/1/Add.1) respondiendo a las observaciones finales formuladas por el Comité el 8 de diciembre de 2006 (CMW/C/MEX/CO/1). Las respuestas del Gobierno mexicano a dichas observaciones acompañan el presente informe en el articulado correspondiente.

4.México, como país pionero de las negociaciones que finalizaron en la adopción de la Convención, mantiene su compromiso inalterable con la promoción de los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias, independientemente de su situación migratoria.

5.Durante el período considerado en el presente informe, las autoridades mexicanas han insistido en que el tema de la migración internacional, y el de los trabajadores migratorios en particular, debe abordarse de forma integral y bajo el principio de la responsabilidad compartida, tomando en cuenta la persona del trabajador y sus derechos como el centro para la formulación de las políticas migratorias de los Estados. En este sentido, México ha promovido de forma continua la Convención y ha hecho un llamado a todos los países que no lo han hecho aún, para que se adhieran a la misma.

6.México ha llevado este mensaje a los principales foros multilaterales y regionales sobre migración, entre ellos el Diálogo de Alto Nivel sobre Migración Internacional y Desarrollo, celebrado en la Asamblea General de las Naciones Unidas del 14 al 15 de septiembre de 2006, así como los Foros Globales sobre Migración y Desarrollo celebrados en Bruselas en 2007, Manila en 2008 y Atenas en 2009, en los que promovió la inclusión de la perspectiva de derechos humanos en el proceso.

7.La voz de México se ha hecho sentir también en el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en el Grupo de Trabajo sobre Migración, el Diálogo América Latina y el Caribe – Unión Europea, en la Comisión Especial de Asuntos Migratorios de la Organización de los Estados Americanos y en la Conferencia Regional sobre Migración (CRM), esta última, cuyo proceso se inició en la ciudad de Puebla, México en 2005, aglutina a los países de América del Norte y América Central en la coordinación de acciones para el tratamiento de los flujos migratorios interregionales.

II.Información general

A.Datos desglosados sobre las características y naturaleza de las corrientes migratorias (inmigración, tránsito o emigración) que afectan al Estado parte

8.Como se destacó en el informe inicial, la complejidad multidimensional del fenómeno migratorio mexicano sólo se puede entender si se considera a México como un país de origen, de tránsito y de destino. El patrón dominante de la migración mexicana, tanto de mexicanos como de otros países de Centro y Sudamérica que usan a México como país de tránsito, continúa teniendo a los Estados Unidos como país de destino.

9.Mientras que la tasa de crecimiento de la población migrante mexicana en los Estados Unidos se ha estabilizado e incluso disminuye desde 2006, el número total de estos alcanzó la cifra de 12,7 millones, el 55% de ellos personas migrantes indocumentadas. Las personas de nacionalidad mexicana constituyen el grupo inmigrante más numeroso de los Estados Unidos, con casi un tercio de todos los inmigrantes y se encuentran cada vez más integrados a ese país. Un fenómeno que acompaña la migración indocumentada es la existencia de vastas redes organizadas de tráfico de indocumentados.

10.Entre los posibles factores en la disminución de la migración indocumentada mexicana a los Estados Unidos en los últimos años, estimada actualmente en alrededor de 315.000 personas al año, se encuentran los factores económicos, como la desaceleración de la economía estadounidense desde 2006, así como las medidas restrictivas por parte de distintas autoridades estadounidenses (legislación, construcción de muros en la frontera, redadas, criminalización y deportación de miles de mexicanos, etc.), para detener la migración indocumentada. El número de deportaciones de los Estados Unidos a México entre 2006 y 2008 rebasó las 500.000 anuales.

11.Lo anterior se ha traducido en mayores riesgos para las personas migrantes y sus familias; un aumento de los costos de la migración y el surgimiento de un clima hostil, antiinmigrante y discriminatorio en el país de destino, lo que aumenta su vulnerabilidad y hace cada vez más difícil y oneroso el retorno estacional a su lugar de origen para los que no tienen documentos.

12.A esto deben sumarse los efectos de la crisis financiera estadounidense a partir de septiembre de 2008 la que ha impactado negativamente en la situación laboral de los y las migrantes mexicanos, principalmente los indocumentados, así como el monto de las remesas que envían a sus familias. La situación del mercado laboral en Estados Unidos en esta coyuntura se ha convertido en un factor disuasivo para las expectativas de los potenciales emigrantes, lo que se ha reflejado en la disminución de los flujos.

13.Observaciones preliminares no muestran evidencia de un retorno masivo de personas migrantes o de un patrón migratorio diferente al observado estacionalmente en años anteriores. Lo anterior no refuta el hecho de que hay una creciente preocupación por el clima desfavorable que prevalece en los Estados Unidos y que puede traducirse, dependiendo de la gravedad de la recesión económica, en una mayor expulsión de personas migrantes indocumentadas.

14.La frontera sur de México ha experimentado un incremento significativo de corrientes migratorias de carácter mixto, documentado e indocumentado, en los últimos años. Dichas corrientes obedecen a distintas motivaciones: flujos estacionales relacionados con el comercio y el trabajo de jornaleros agrícolas en algunas entidades fronterizas, principalmente Chiapas. No obstante, el grueso de estos flujos lo constituyen personas que atraviesan el territorio nacional para llegar a los Estados Unidos.

15.Históricamente, la frontera sur de México, cuya longitud es de 1.196,2 km (959,7 km colindan con Guatemala y 236,5 con Belice), ha tenido una movilidad constante. Debido a esta característica, se han puesto en marcha políticas públicas para el desarrollo de infraestructura, encaminadas a ordenar la entrada y salida de los flujos documentados de personas y bienes.

16.No hay estimaciones fiables acerca del flujo de personas migrantes indocumentadas que entran a México por la frontera sur, proveniente en su mayoría de Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua. Estimaciones muy generales del año 2004 indican que pueden ascender a más de 400.000 personas anualmente; sin embargo, el flujo migratorio ha descendido en los años recientes, por lo que esta proporción ha disminuido. Un indicador de referencia es el número de personas migrantes retenidas por el Instituto Nacional de Migración (INM) en los últimos tres años, que se ha reducido de 226.539 en 2005 a 88.679 en 2008.

17.Estas corrientes incluyen un número creciente de mujeres y niños de ambos sexos, menores no acompañados y un pequeño número de solicitantes de asilo. Un dato importante de los flujos migratorios de carácter indocumentado es el incremento del contrabando de personas —el "negocio de la migración"— vinculado a redes de tráfico de personas, pero también a bandas de traficantes, muchas de ellas de origen centroamericano, que se han convertido en la principal amenaza para los emigrantes durante su tránsito a la frontera norte.

18.El contexto actual en el que se producen las migraciones, hace visible el papel protagónico que asumen las mujeres como personas migrantes. Las mujeres representan el 49% de la población migrante a nivel mundial y el 50,4% en América Latina. Mientras las mujeres y sus familias que permanecen en comunidades de origen de la migración tienen que enfrentarse a una nueva dinámica familiar y de su comunidad, ya que además de su rol tradicional, asumen la provisión económica y su papel como ejes de familia, duplicando o triplicando sus jornadas de trabajo, en un contexto de limitadas oportunidades, lo que aunado a la falta de recursos económicos, las obliga a migrar. Actualmente México representa el país con mayor emigración en el mundo.

19.El INM señala que las mujeres migrantes detenidas en México y deportadas del país constituyen aproximadamente el 20% de las corrientes anuales. Si bien la mayoría de esas mujeres provienen de Centroamérica (Guatemala, Honduras y El Salvador), alrededor del 5% proviene de otros países de América Latina y del mundo.

20.La estancia promedio de las mujeres centroamericanas en las estaciones migratorias en México es de un período de 2 a 7 días, dependiendo de la ubicación geográfica donde sean aseguradas. Mientras que las mujeres de otras nacionalidades permanecen más tiempo alojadas en las estaciones en tanto es resuelto su procedimiento administrativo migratorio, la estancia está vinculada al período de resolución el cual no puede ser mayor a 90 días, según lo estipulado en el artículo 150 de la Ley general de población (LGP).

21.La inmigración documentada se ha mantenido baja, para 2006-2007 el flujo documentado como visitante alcanzó las 43.000 personas y el flujo documentado como trabajadores agrícolas fue de aproximadamente 40.000. A partir de 2008, el flujo documentado es aproximadamente de 23.700 personas. Esta disminución obedece a la entrada en vigor de las nuevas formas migratorias y a su proceso de asimilación.

22.Como anexo IV se remite el registro estadístico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) y control migratorio del INM, correspondiente al año 2008, el cual contiene, entre otros, un comparativo de registro y control migratorio por eventos, entradas y salidas; el número y variación porcentual de entradas de nacionales y extranjeros; las declaratorias de inmigrado otorgadas; los eventos de repatriación de mexicanos desde los Estados Unidos; los eventos de rechazo, de aseguramiento y de expulsión de México por nacionalidad.

Población nacida en México residente en los Estados Unidos según sexo, 2000-2007

Año

Hombres

Mujeres

Total

2007

6 676 852

5 227 813

11 895 675

2006

6 536 156

5 159 072

11 695 228

2005

6 211 409

4 857 703

11 159 112

2004

5 738 773

4 666 146

10 404 919

2003

5 623 553

4 617 748

10 241 301

2002

5 509 483

4 508 004

10 017 437

2001

5 203 958

4 199 101

9 403 069

2000

4 977 486

4 046 270

9 023 756

Fuente: Estimaciones del INEGI con base en U.S. Census Bureau, Encuesta de la comunidad americana (ACS) 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007.

Población nacida en México residente en los Estados Unidos por período de ingreso según sexo y relación hombres/mujeres, 2007

Período o año de ingreso

Total

Hombres

Mujeres

Relación hombres/mujeres

1989 y años anteriores

4 490 903

2 485 175

2 006 728

124

1990 y 1999

3 844 656

2 096 043

1 748 613

120

2000 y 2006

3 376 673

1 970 462

1 406 211

140

2007

183 443

117 182

66 261

177

Total

11 895 675

6 667 862

5 227 813

128

B.Estadísticas sobre el número de niños no acompañados o separados en el territorio del Estado

23.De acuerdo con las estadísticas del INM desde el año 2005 se ha producido un incremento significativo del número de menores, principalmente adolescentes entre 17 y 18 años, que han sido detectados en territorio nacional y repatriados a sus países de origen. Previo a su repatriación los menores son atendidos por personal del INM en la Red de Albergues de Tránsito para Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes y Repatriados en los Estados de Baja California, Chihuahua, Chiapas, Coahuila, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.

Niñas(os) y adolescentes migrantes extranjeros repatriados por México

Por sexo

Sexo

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Hombres

5 009

4 688

5 170

7 735

13 472

16 208

16 997

16 022

Mujeres

2 611

2 020

2 024

3 185

4 920

4 308

4 369

3 622

Total

8 768

7 620

6 708

7 194

10 920

18 392

20 516

21 366

19 644

Por grupo de edad

Edad

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

0 a 5

155

254

276

562

883

700

550

398

6 a 12

747

894

768

1 334

4 429

2 072

1 771

1 266

17 a 18

6 718

5 560

6 120

9 024

15 080

17 744

19 045

17 187

Más de 18

793

Total

8 768

7 620

6 708

7 194

10 920

18 392

20 516

21 366

19 644

Por nivel de escolaridad

Escolaridad

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

No escolarizado

762

764

1 700

1 338

1 159

863

76

Preescolar

19

40

93

234

163

177

111

Primaria

3 174

3 423

4 190

6 713

7 397

7 240

6 424

Secundaria

2 449

2 586

4 210

8 373

9 972

11 079

10 501

Bachillerato

304

381

727

1 640

1 825

2 007

1 848

Total

8 768

7 620

6 708

7 194

10 920

18 392

20 516

21 366

19 644

Por condición migratoria

Condición migratoria

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Repatriados

2 149

6 043

6 158

10 164

17 957

20 049

21 073

19 363

Migrantes

3 491

665

1 036

756

435

467

293

281

Total

7 620

6 708

7 194

10 920

18 392

20 516

21 366

19 644

Según nacionalidad y condición de su viaje, enero-diciembre 2009

País de nacionalidad

Viajan

Total

Sin compañía

Con compañía

Honduras

1 709

603

2 312

Guatemala

1 356

660

2 016

El Salvador

497

374

871

Nicaragua

3

2

5

Total general

3 565

1 639

5 204

C.Medidas adoptadas para ajustar a la Convención la legislación nacional sobre migraciones, incluso el posible retiro de reservas

24.Como se indicó en el informe inicial de México y se informó a ese Comité en marzo de 2008, en relación con el posible retiro de la reserva al párrafo 4 del artículo 22 de la Convención, a fin de garantizar el derecho de los interesados a exponer las razones que les asisten para oponerse a su expulsión, el Gobierno de México está llevando a cabo una revisión de su legislación migratoria y de las reservas en el ámbito de los instrumentos de derechos humanos, para que, de considerarse procedente, sean retiradas.

25.Por otra parte, se remite a su atención la respuesta del Gobierno de México a la recomendación del Comité relativa a la importante diferencia entre el procedimiento de expulsión contemplado en el artículo 33 constitucional y el concerniente al artículo 125 de la LGP, relativo a las y los trabajadores migrantes.

D.Toda firma, adhesión o ratificación de tratados o instrumentos internacionales de derechos humanos que sean del interés para la aplicación de la Convención; en particular, toda medida adoptada con miras a la ratificación de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Nº 97 (1949), relativo a los trabajadores migrantes y Nº 143 (1975) sobre los trabajadores migrantes

26.El 17 de diciembre de 2007, el Estado mexicano ratificó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, cuyo artículo 18, Libertad de desplazamiento y nacionalidad, reconoce el derecho de las personas con discapacidad a la libertad de desplazamiento, a la libertad para elegir su residencia y a una nacionalidad, en igualdad de condiciones con las demás. Mediante este instrumento se refuerza la protección de los trabajadores migratorios con algún tipo de discapacidad

27.Respecto a la posible adhesión de México a los Convenios Nos. 97 y 143 de la OIT sobre los trabajadores migratorios, se informa que con la finalidad de reexaminar las condiciones nacionales a la luz de dichos instrumentos, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) elabora los dictámenes respectivos con base en los comentarios proporcionados por los sectores más representativos del país y las dependencias de la administración pública federal.

28.Actualmente, la STPS se encuentra en la necesidad de realizar mayores consultas para la integración de los dictámenes correspondientes. Una vez concluido el proceso de consulta institucional, los dictámenes serán sometidos al Senado de la República, quien determinará, en su caso, la viabilidad de la ratificación.

E.Resoluciones judiciales relativas al disfrute por los migrantes y sus familiares de los derechos reconocidos en la Convención

29.El 14 de noviembre de 2008, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en una decisión histórica, determinó que los trabajadores extranjeros, independientemente de su condición migratoria, tienen los mismos derechos laborales que los nacionales.

30.En la práctica, de conformidad con la distribución de poderes, la SCJN, así como los Tribunales Colegiados de Circuito, como órganos jurisdiccionales federales que cuentan con la facultad exclusiva de dictar jurisprudencia en materia de derechos humanos, han establecido una serie de criterios interpretativos obligatorios para los entes jurisdiccionales de menor jerarquía, que buscan preservar los derechos fundamentales de las personas migrantes, entre los que destacan:

a)Trabajadores extranjeros. La obligación de las autoridades federales o locales prevista en el artículo 67 de la Ley general de población de requerirlos para que acrediten su legal estancia en el país, no es exigible a las Juntas de Conciliación y Arbitraje;

b)Trabajadores extranjeros. Están legitimados para acudir ante los tribunales nacionales a ejercitar las acciones derivadas del despido injustificado, independientemente de su calidad migratoria;

c)Trabajadores extranjeros. El hecho de que no acrediten su legal estancia en el país es insuficiente para privarlos de sus derechos laborales adquiridos, pues están protegidos por las garantías previstas en el capítulo 1, título primero, de la Constitución federal, entre ellas, la contenida en su artículo 5 que establece que nadie puede ser privado del producto de su trabajo;

d)Extranjeros.Para la procedencia de su demanda de garantías no se requiere que comprueben su legal estancia en el país en términos de lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley general de población;

e)Demanda laboral promovida por extranjeros. Debe admitirse con independencia de que no acrediten su calidad migratoria, ni el permiso para trabajar;

f)Trabajadores extranjeros. Cuando demandan acciones laborales inherentes a riesgos de trabajo, las autoridades de la república no están obligadas a exigirles que previamente les comprueben su legal estancia en el país, en términos del artículo 1, párrafo segundo, del convenio relativo a la igualdad de trato a los trabajadores extranjeros y nacionales en materia de reparación de los accidentes del trabajo, por ser jerárquicamente superior a las leyes federales que así lo exijan.

F.Cambios legislativos que afectan la aplicación de la Convención

31.A la fecha, no se han llevado a cabo en México cambios legislativos que afecten de manera negativa la aplicación de la Convención en el territorio nacional. Por lo que se refiere a cambios legislativos que se traducen en avances en los derechos de las y los trabajadores migrantes contemplados en la Convención, ver la sección III, Disposiciones específicas, medidas generales de aplicación (arts. 73 y 84) de este informe.

G.Procedimientos específicos para hacer frente a las corrientes migratorias mixtas, en particular para determinar las necesidades de protección especial de los solicitantes de asilo y de las víctimas de trata. Indicación de si la legislación nacional prevé la aplicación de la Convención a los refugiados o apátridas

32.Para hacer frente a las diferentes corrientes migratorias en México, ya sea como destino final o como territorio para transitar hacia los Estados Unidos, se cuenta con diversos procedimientos migratorios que se definen según la calidad migratoria de las personas: indocumentada o documentada. Las personas migrantes indocumentadas pueden ser aseguradas y posteriormente repatriadas o deportadas a sus países de origen, según el caso, o pueden acogerse a los programas de regularización migratoria puestos en marcha por el INM.

33.En el caso de la migración documentada, la LGP en su artículo 41, prevé la internación de los extranjeros legalmente en dos cualidades: no inmigrante e inmigrante. Las especificaciones para cada caso se encuentran en los artículos 41 al 62 de la LGP.

34.En materia de refugio, cualquier extranjero que se encuentre en territorio nacional tiene derecho a solicitar que le sea reconocida la condición de refugiado, debiendo presentar su solicitud ante el INM o ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).

35.A fin de atender las necesidades de los solicitantes de refugio, la COMAR colabora con dependencias gubernamentales, organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil, y en general, con cualquier institución que otorgue directamente apoyos o servicios que los refugiados requieran.

36.La asistencia institucional que proporciona la COMAR, consiste, inicialmente, en identificar las necesidades que presenta cada refugiado, y elaborar, con la participación del propio refugiado, un plan de atención a seguir. Posteriormente, la COMAR establece contacto con las dependencias o instituciones, con la finalidad de que sean atendidas las necesidades particulares de cada refugiado. Dicha asistencia cubre principalmente los siguientes aspectos:

a)Atención social.En la que se consideran: aprendizaje del español, salud, educación, ayuda para subsistencia y programas de bienestar social;

b)Menores refugiados.Atención integral a menores no acompañados o separados, considerando en todo momento el interés superior del menor;

c)Reunificación familiar.Solicitudes de internación al país de familiares;

d)Integración al país.Capacitación para el trabajo; orientación para la naturalización, orientación y apoyo para trámites ante dependencias gubernamentales;

e)Asuntos migratorios.Regularización migratoria, prórrogas de FM3, permiso de salida del país, así como obtención de documentos de identidad y viaje.

37.El 11 de agosto de 2009, la COMAR firmó las Bases de Colaboración con la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal de la Secretaría de Educación Pública (SEP), a fin de formalizar el mecanismo ya existente que permite el acceso de refugiados a servicios de educación básica, tanto para el ingreso a escuelas, como para revalidación de estudios.

38.El 19 de junio de 2009, la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, firmaron las Bases de Colaboraciónque tienen por objeto la incorporación de aquellas personas que han sido reconocidas por el Estado mexicano como refugiados como beneficiarios del Seguro Popular, que brinda a la población que carece de seguridad social la posibilidad de obtener un seguro en materia de salud. Esto permitirá que los más de 1.000 refugiados en México y sus familias reconocidas cuenten con servicios de salud a través del Seguro Popular.

39.De 2006 a 2009 México se ha convertido en hogar de 220 extranjeros, la mayoría de ellos haitianos, colombianos, somalíes e iraquíes, que han tenido que abandonar sus países de origen por motivos políticos, religiosos, de raza, violación masiva de derechos humanos, conflictos internos y violencia. Según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), se trata de refugiados de 29 países que decidieron empezar una nueva vida bajo la protección del Gobierno mexicano.

40.En materia de identificación y atención a las víctimas y posibles víctimas de trata, el INM ha capacitado al 100% de sus delegaciones regionales. Asimismo, a fin de fomentar la coordinación en torno al tema, ha creado 32 comités interinstitucionales en materia de trata de personas, en el marco de los cuales se implementan los mecanismos para ejercer acciones coordinadas en materia de combate al delito y atención a víctimas de trata de personas.

41.Durante 2008, el INM capacitó a su personal y al de las dependencias integrantes de los Comités Interinstitucionales en materia de trata de personas, de la Policía Federal y de las procuradurías de justicia locales. Igualmente, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) capacitó a 6.661 policías estatales y municipales dentro del programa "Limpiemos México" sobre derechos humanos y trata de personas, y a 7.433 policías estatales y municipales sobre prevención de la violencia de género.

42.Cabe destacar que el Estado mexicano es parte tanto de la Convención de la Organización de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados y los Apátridas como de su Protocolo. Cabe destacar que conforme al artículo 133 constitucional, los tratados internacionales son ley suprema de la Nación.

43.El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) en colaboración con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha establecido un programa de trabajo para abordar la problemática de la trata de personas desde una perspectiva de género y derechos humanos. Dentro de las actividades planeadas, se han realizando las "Jornadas de Sensibilización y Capacitación contra la Trata de Personas a funcionarias y funcionarios públicos".

H.Medidas adoptadas para que los niños en resguardo de la autoridad migratoria, incluso cuando esa situación se deba a una infracción de la normativa sobre migración, estén separados de los adultos detenidos y procedimientos específicos para determinar la edad de los menores migrantes; datos sobre el número de niños migrantes privados de libertad

44.Respecto a la recomendación del Comité de garantizar que la detención de los niños(as) y adolescentes migrantes, acompañados o no, se lleve a cabo de conformidad con la ley, se reitera la información remitida a ese Comité en marzo de 2008.

45.Los días 6 al 10 de julio de 2009 se llevó a cabo la XIV reunión de Viceministros de la CRM, en la que se presentaron los "Lineamientos regionales para la atención de niños(as) y adolescentes migrantes no acompañados en casos de repatriación".

I.Programas especiales para atender los intereses de los menores migrantes, en particular los niños no acompañados o separados

46.Como se informó a ese Comité en marzo de 2008, respecto a la recomendación fortalecer los programas para la repatriación segura y ordenada de los niños(as) y adolescentes no acompañados, desde 1996, se ha instrumentado el Programa interinstitucional de atención amenores fronterizos (PIAMF)enfocado a niños(as) y adolescentes mexicanos fronterizos, el cual es aplicado en la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas) y en la frontera sur (Chiapas principalmente). A través de este programa se brinda a los niños(as) y adolescentes migrantes y repatriados un trato digno y respetando sus derechos, para su recepción, atención y canalización a sus lugares de origen. El programa es coordinado por el SNDIF, con la participación de la SRE y el INM.

47.El PIAMF a partir de 2008 cambió de denominación y se convirtió en la "Estrategia de prevención y atención a niñas(os) y adolescentes migrantes y repatriados no acompañados", coordinada por el SNDIF para la intervención y protección de niñas(os) y adolescentes que viajan solos.

48.El enfoque que en la Estrategia se da a la migración y repatriación infantil tiene como eje de actuación a la Red de módulos y albergues de tránsito públicos y privados, con el propósito de ofrecer espacios de protección, en donde se resguarde la integridad física y mental de las niñas(os) y adolescentes tanto mexicanos como extranjeros y se les brinde, a través de un modelo de atención personalizado, los siguientes servicios:

a)Recepción: valoración médica, valoración social y valoración psicológica;

b)Servicios básicos: alojamiento, alimentación y vestido (cambio de ropa);

c)Canalización a su lugar de origen: localización de familiares, enlace y coordinación institucional, traslado y/o canalización de niñas(os) y adolescentes y entrega institucional y/o familiar.

49.Durante el tiempo que permanece la población infantil en el módulo o albergue, se trabaja con ellos en temas como: información sobre organismos e instituciones de apoyo, derechos de la niñez, primeros auxilios, autoestima, riesgos de cruzar la frontera, entre otros, haciendo énfasis en la igualdad jurídica, la igualdad de trato y la igualdad de oportunidades, aspectos que conllevan a la equidad de género y al reconocimiento, independientemente de su origen o creencias. La atención a la población infantil extranjera se brinda a solicitud del INM, ya que después de ser detectados por el instituto, los menores son canalizados a la red de módulos y albergues.

50.Durante 2007 y 2008 se realizaron ciclos de capacitación integral para los operadores de la red de albergues incorporados a la Estrategia(personal operativo de los sistemas estatales, municipales y a las organizaciones de la sociedad civil), para lo cual se contó con la participación del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), INM, ACNUR, los Centros de Integración Juvenil (CIJ), organizaciones civiles especialistas en el tema, así como organizaciones enfocadas a la defensa de los derechos humanos. La capacitación constó de conceptos básicos de migración, políticas públicas, asistencia social, grupos de población en situación de vulnerabilidad, problemas colaterales de la migración, atención integral, así como trata y tráfico de personas.

51.La Estrategiapermite, además, emprender nuevas acciones para atender mejor a este sector de la población, reforzar las acciones emergentes emprendidas en la frontera norte y sur del país, así como definir e instrumentar acciones concretas en los estados de origen que conlleven a la prevención y sensibilización sobre el fenómeno migratorio y la atención de las problemáticas colaterales.

52.Asimismo, existe mayor coordinación entre los sistemas estatales y municipales SNDIF de la frontera norte con los del lugar de origen a fin de que estos les brinden apoyo en la localización y verificación de los familiares de las niñas(os) y adolescentes, a partir de visitas domiciliarias y valoraciones sociales —estudios socioeconómicos— correspondientes.

53.Entre los aciertos y avances de la Estrategia al cierre de julio de 2009, destacan:

a)La instalación de nuevos módulos DIF en Ciudad Juárez (Chihuahua), Nuevo Laredo (Tamaulipas) y dentro de la Estación Migratoria Siglo XXI en Tapachula (Chiapas), lo cual permite brindar una atención más eficaz con mayor calidad y calidez hacia la población objetivo;

b)Se han llevado a cabo reuniones de trabajo con el personal que coordina y opera la Estrategia en los sistemas estatales DIF a fin de capacitarlos y asesorarlos sobre los elementos centrales de la ejecución de la Estrategia en términos de estructura y organización;

c)Se han concretizado publicaciones de investigaciones y anuarios estadísticos que han permitido visualizar los factores clave en el desarrollo de las acciones a seguir en el tema de la migración infantil.

54.El INM concluyó en 2008 la formación de 170 oficiales de protección a la infancia (OPIs), los únicos en su tipo a nivel internacional, que se encargan exclusivamente de atender a los niños(as) y adolescentes migrantes en fronteras y estaciones migratorias.

55.La creación de dicha figura surgió del modelo de protección de los niños y adolescentes, migrantes no acompañados, diseñado por diversas instituciones, además de que los agentes fueron elegidos de acuerdo con un perfil elaborado por el SNDIF.

56.Entre otras, las tareas de los OPI son valorar la necesidad de protección internacional, ya sea como solicitante de refugio o por ser víctima de violencia familiar, trata u otras razones; realizar la notificación consular y canalizarlo para su atención médica, y acompañarlo, si es el caso, hasta su destino final.

J.Legislación y prácticas que establecen mecanismos para seguir de cerca la situación de las mujeres migrantes, incluidas las que trabajan como empleadas domésticas y las salvaguardas y garantías para protegerlas de la explotación y la violencia

57.En el ámbito nacional el Estado mexicano impulsó la creación de tres leyes en materia de igualdad y combate a la violencia, en las cuales se contemplan artículos que contemplan la protección de derechos de las mujeres migrantes:

a)La Ley general para la igualdad entre mujeres y hombres, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 2 de agosto de 2006, tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.

b)La Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre sin violencia, publicada en el DOF el 1º de febrero de 2007, tiene como objetivo el establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, y para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

c)La Ley para prevenir y sancionar la trata de personas, publicada en el DOF el 27 de noviembre de 2007, y su Reglamento, publicado el 27 de febrero de 2009, que establecen las líneas de acción para la prevención y persecución del delito de la trata de personas y la protección a las víctimas y a los testigos del delito.

58.En seguimiento a la Recomendación general Nº 26 del Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Secretaría de Salud (SS) emitió el oficio Nº 326, en donde insta a las Secretarías Estatales de Salud a brindar el acceso a la salud a las mujeres migrantes trabajadoras, independientemente de su nacionalidad y calidad migratoria.

59.En materia de políticas que refuercen el principio de no discriminación y eviten los prejuicios contra las mujeres, el INMUJERES, ha procedido al diseño e instrumentación de políticas, programas, proyectos y acciones interinstitucionales, integrales y conjuntas, que incidan en el respeto y la promoción de los derechos humanos de las mujeres migrantes y sus familias. Dentro de esto elaboró el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2008-2012 (PROIGUALDAD).

60.En cuanto a la protección de las trabajadoras migratorias, el PROIGUALDAD plantea en su objetivo estratégico 2 garantizar la igualdad jurídica, los derechos humanos de las mujeres y la no discriminación, en el marco del estado de derecho; para ello se plantean diversas líneas de acción, entre las que se encuentran la 2.3.1 que establece impulsar la armonización legislativa nacional en derechos humanos de las mujeres acorde con las convenciones y tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano, especialmente para mujeres con discapacidades, reclusas, migrantes, adultas mayores, niñas(os) y adolescentes.

61.La línea de acción 2.3.4 plantea promover el ingreso de las mujeres en condiciones de marginalidad económica y social a mecanismos de protección social y acciones que favorezcan su salud, independientemente de su edad, condición de trabajo o discapacidad. Por su parte, la línea 2.3.6 se centra en fortalecer la capacitación y profesionalización de las y los servidores públicos que prestan servicios en estaciones migratorias, centros de readaptación social e instituciones de salud y de justicia, en materia de derechos humanos de las mujeres y equidad de género.

62.Asimismo, el objetivo estratégico 3 busca garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, la seguridad y la protección civil. Para alcanzar dicho objetivo se plantea el establecimiento de servicios especializados para la denuncia de delitos de género: feminicidio, violaciones, trata y tráfico de mujeres y niños(as), con el concurso de las instancias competentes en el ámbito federal y local (3.1.2), además establece acciones de seguimiento a la investigación para reducir la impunidad en los delitos contra las mujeres: feminicidio, violencia, trata y tráfico de mujeres y niñas, pornografía de menores de edad, o de quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho.

63.El INMUJERES cuenta con el proyecto Fondo Proequidad, cuyo propósito es impulsar la corresponsabilidad con la sociedad civil en diversos programas que generen un marco de equidad e igualdad entre mujeres y hombres. En sus ocho emisiones, se han financiado proyectos a 19 organizaciones de la sociedad civil que abordan la materia migratoria. A través de la definición y desarrollo de acciones afirmativas y herramientas ejecutadas por estas organizaciones, se propicia el empoderamiento de las mujeres migrantes y comunidades de origen de emigrantes en México.

64.En materia de prevención, el INMUJERES colaboró con el INM en la capacitación que se brindó a OPIs con el tema "Género y niñas(os) y adolescentes migrantes". El objetivo del módulo fue analizar la importancia de incorporar la perspectiva de género en la atención y protección a mujeres, niñas(os) y adolescentes migrantes. Se contó con la participación de 170 OPI.

65.El INMUJERES y el INM han impulsado desde junio de 2005, la Mesa interinstitucionalde género y migración, en la que actualmente participan 168 representantes de la administración pública federal, estatal y municipal, organizaciones no gubernamentales, organizaciones religiosas y representantes del ámbito académico. A la fecha se han realizado ocho reuniones.

66.La VII Mesa se realizó el 28 de febrero de 2008 en Guadalajara, Jalisco. Entre los temas abordados destacan los mecanismos de denuncia de violación a los derechos humanos de las y los migrantes. La VIII Mesa se llevó a cabo el 24 de junio de 2008, en Yucatán. Durante la misma se presentó el "Programa contra la trata de personas", elaborado por la CNDH, cuyo objetivo es establecer acciones para prevenir, erradicar y sancionar la trata de personas; así como proteger y dar asistencia a las víctimas del mismo.

67.Asimismo, el INMUJERES impulsó la Semana Nacional de Migración 2008, realizada en coordinación con el Comité Co-organizador, del 20 al 24 de octubre de 2008, esta Estrategia contempla los siguientes objetivos: a) posicionamiento del tema migratorio en la agenda social y política; b) incorporación de la perspectiva de género en la política, programas y estrategias institucionales vinculadas a la atención de las personas migrantes; c) posicionamiento del tema de trata de personas en la agenda social y el fortalecimiento de los mecanismos de coordinación interinstitucional, internacional e interestatal, con las organizaciones de la sociedad civil y universidades para la atención con perspectiva de género a las personas migrantes.

68.La Semana Nacional de Migración 2009, que se llevó a cabo del 19 al 23 octubre y cuyo eje temático fue "Infancia, género y migración", enfocó sus esfuerzos en la realización de actividades que promuevan y defiendan los derechos de las mujeres migrantes y sus familias.

69.Por otra parte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), impulsa en coordinación con INMUJERES desde julio de 2008, el proyecto piloto "Tecnologías de información y comunicaciones en pro de las mujeres migrantes", cuyo objetivo es promover el acceso de las mujeres y familias afectadas por el fenómeno migratorio a las tecnologías de la información y comunicación, a efecto de propiciar su adopción y contribuir a evitar su distanciamiento social por razones geográficas, educativas, económicas y culturales, a través de Internet y medios de comunicación en municipios.

70.En este sentido se ha desarrollado el "Portal Mujer Migrante", cuya versión beta fue lanzada el 31 de marzo de 2008 (www.mujermigrante.gob.mx). Dicho portal provee información práctica y oportuna para la población migrante que labora y atraviesa el territorio nacional sin hacer distinción de nacionalidad y condición migratoria. Al momento, la información difundida en el Portal se encuentra en revisión, actualización y desarrollo.

71.Como parte de los esfuerzos para dar seguimiento a la situación de las mujeres migrantes en México, cabe destacar que en febrero de 2008, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) llevó a cabo la presentación de los resultados de los estudios elaborados en 2007, en la que se incluyó la exposición del documento Situación de las mujeres migrantes en la frontera sur que se internan al territorio nacional de paso hacia los Estados Unidos: análisis desde la perspectiva laboral, del maestro Arturo Peláez Gálvez.

72.Este estudio ofrece un panorama de carácter sociológico para comprender cómo esta condición tripartita: mujeres, migrantes centroamericanas e indocumentadas, incrementa las posibilidades de que estas personas sean discriminadas tanto por particulares como por autoridades de los tres órdenes de gobierno, los hallazgos obtenidos se fundan en la investigación de campo realizada durante los meses de octubre y noviembre de 2007 en la ciudad de Tapachula (Chiapas) y en las localidades aledañas de Huehuetán, Puerto Chiapas, Ciudad Hidalgo y Talismán; todas ellas forman parte de una de las principales vías de ingreso de mujeres migrantes centroamericanas en la frontera sur mexicana.

K.Procedimientos de ayuda a las víctimas de trata, especialmente las mujeres y los niños

73.En relación con las recomendaciones del Comité en materia de trata de personas, cabe recordar que el 27 de noviembre de 2007, se publicó en el DOF la Ley para prevenir y sancionar la trata de personas, que incluye sanciones de hasta 27 años de prisión a quienes cometan ese ilícito. Asimismo, el 27 de febrero de 2009 se publicó en el DOF el Reglamento respectivo, con el cual la ley tiene completa operatividad.

74.El ejecutivo federal incorporó en el artículo 24 del Reglamento un catálogo de directrices relativas a la protección de víctimas del crimen de trata de personas con la finalidad de proteger sus derechos fundamentales, las cuales son:

a)Fortalecer los procesos de asesoría jurídica, atención psicológica y médica, así como la capacitación para el trabajo;

b)Considerar las edades, sexo y necesidades especiales de las víctimas, y en particular las necesidades especiales de los menores de dieciocho años de edad;

c)Establecer la existencia y funcionamiento de albergues como espacios de estancia voluntaria, para el alojamiento y tratamiento especializado e integral;

d)Asegurar que los albergues estén a cargo de personal capacitado en la atención de las víctimas, capaces de implementar los protocolos y técnicas de rehabilitación integral con calidad y con perspectiva de derechos humanos;

e)Brindar, cuando el caso lo amerite, atención a la víctima con personal multicultural que hable el idioma de aquella, y que facilite su identificación y confianza durante el proceso de intervención; y

f)Atender lo establecido por el protocolo, y en lo conducente por la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso del Poder.

75.El 17 de febrero de 2009, derivado del Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la Procuraduría General de la República (PGR), la SSP, la SS, el INM, la SEGOB y el SNDIF firmaron el convenio para dar cumplimiento al Compromiso VI, Fortalecer y consolidar las redes de atención a víctimas del delito, que busca incorporar procesos integrales de atención a víctimas de delitos en todo el país.

76.Cabe señalar que el Programa Nacional de Derechos Humanos2008-2012 (PNDH), cuenta con líneas de acción para el tratamiento integral de la trata de personas, tales como:

a)Capacitar en la identificación y atención a víctimas de trata a policías, ministerios públicos y agentes migratorios;

b)Realizar un estudio empírico de las modalidades de la trata de personas a nivel nacional, con objeto de dimensionar los efectos y alcances de cada expresión particular de dicho fenómeno;

c)Fortalecer las instancias para la atención inmediata de víctimas del delito y sus familiares, con especial atención en las víctimas de trata;

d)Establecer directrices para regularizar la situación migratoria necesaria para la protección de las víctimas de trata, así como de sus familiares;

e)Promover la armonización de las legislaciones estatales con los estándares internacionales en materia de combate a la trata de personas, particularmente los establecidos en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia Organizada Transnacional.

77.Con el fin de contribuir a la represión y sanción del delito, el INM trabaja en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y la Trata de Personas (FEVIMTRA), a fin de poner a disposición de dicha Fiscalía, a todo presunto tratante, identificado en las visitas de verificación practicadas por el INM.

78.Los operativos en materia de trata de personas del INM pueden realizarse dentro del programa de visitas de verificación a empresas que contratan personas migrantes, incluyendo centros nocturnos, o por denuncia, la cual puede ser anónima. Los operativos se realizan con el apoyo de ministerios públicos que puedan identificar y en su caso rescatar a víctimas con el apoyo de la Policía Federal (PFP) a fin de salvaguardar la integridad física de las víctimas identificadas.

79.El INM ha creado diversos mecanismos de contacto con la comunidad a fin de recabar denuncias en materia de trata de personas e informar de las alternativas y mecanismos de atención y protección, como la línea 01800-TRATA, el correo electrónico casosdetrata@inami.gob.mx; y el diseño de trípticos, carteles y postales en materia de trata de personas, destinados a informar y sensibilizar al público en general respecto del delito y las consecuencias de ser víctima de trata, al tiempo que se hacen públicos los mecanismos de atención y denuncia.

80.Asimismo, el INM ha generado los enlaces necesarios para la canalización de las víctimas y posibles víctimas de trata que deban ser albergadas para su protección y en el ánimo de proteger a las víctimas y posibles víctimas, ha capacitado a todo su personal a efecto de que ninguna víctima de trata se albergue en las estaciones migratorias.

81.Para aquellos casos en los que las víctimas y posibles víctimas desean ser repatriadas, el personal del INM cuenta con la debida capacitación en materia de procedimientos de repatriación. Asimismo, se cuenta con los enlaces necesarios con organizaciones de la sociedad civil que pueden facilitar y apoyar al INM en la repatriación segura de las víctimas y a su vez dan seguimiento a la reinserción de las víctimas en el país de origen.

82.El INM se coordina activamente con las organizaciones de la sociedad civil en aspectos relacionados con la repatriación de las víctimas de trata de personas:

a)Canalización de las víctimas a organizaciones de la sociedad civil que proporcionan alojamiento, atención médica y psicológica, hasta en tanto se ejecuta la repatriación (aproximadamente 90 días). El INM canaliza principalmente a Fundación Camino a Casa, Fundación Casa Alianza, PROTEJA, Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Infancia Común, Fortaleza y Casa de las Mercedes y a la Red Nacional de Albergues.

b)Repatriación segura y acompañada. Se gestionan recursos de la OIM para el traslado de las víctimas de trata, con la finalidad de que cuenten con seguimiento psicológico y médico en su país de origen.

c)Reinserción de víctimas. En todos los procesos de repatriación a víctimas de trata se generan dos procesos paralelos: el de repatriación y el de reinserción. Este último requiere que se coordine una investigación en el país de origen a fin de determinar el riesgo de revictimización a retornar al entorno social y familiar, esta investigación se obtiene mediante la coordinación del INM con la OIM. Finalmente, el INM se coordina con organizaciones de la sociedad civil en el país de origen que facilitan el retorno de las víctimas y dan seguimiento a los casos. Para la reinserción se cuenta con la OIM y Fundación Casa Alianza para los casos de Honduras.

83.En caso de que las víctimas de trata permanezcan en México, se les brinda capacitación técnica en algún tipo de oficio y después del procedimiento se determina si permanecen o son repatriados, en cualquiera de los dos casos se les proporciona asistencia migratoria. Las repatriaciones se realizan por vía aérea y acompañada, informando al país de origen la fecha, hora y lugar de la repatriación, además de entregar un informe de la atención psicológica y del parte médico en México. En caso de optar por la regularización, se emite el acuerdo correspondiente y la víctima es canalizada hacia alguna organización que la acompaña durante el proceso.

84.El INM ha desarrollado diagramas de flujo en los que se especifican las acciones a seguir a efecto de salvaguardar los derechos de las víctimas de trata de personas; los derechos que se resguardan son el derecho a ser identificado como víctima, el derecho a recibir atención, el derecho a recibir asistencia migratoria, el derecho a ser canalizando y a ser repatriado y/o regularizada la estancia en territorio nacional. Los OPI han sido capacitados en torno a la implementación de los mencionados lineamientos.

85.En aquellos casos en los que la víctima de trata no pueda ser retornada a su país de origen por colocarse en alguno de los supuestos comprendidos en la Convención de 1951, podrá solicitar refugio en México. Para dichos casos se inicia el procedimiento de refugio y se atiende la determinación del Comité de Elegibilidad. En caso de resolverse en sentido positivo, se procede a regularizar al extranjero por medio de la fracción VI del artículo 42 de la LGP.

86.El INM ha identificado a 77 posibles víctimas de trata de personas. De ellas, 22 se identificaron desde 2005 y hasta marzo de 2008, 27 se identificaron desde el 1º de abril y hasta el 31 de enero de 2008 y 28 en el primer bimestre de 2009. Asimismo, atendió a 16 personas que se presumía eran víctimas de trata y tras las diligencias se descartó dicha posibilidad. Contando esas actuaciones, el instituto atendió a 93 personas, identificadas como posibles víctimas de trata.

87.El INM ha presentado a 12 extranjeros ante la PGR a fin de declarar posibles hechos constitutivos del delito de trata de personas. Cabe mencionar que los dos arraigos conseguidos hasta el momento, se han derivado de la identificación de posibles víctimas de trata por parte del INM. El 2 de octubre de 2008, tras la presentación ante el ministerio público de cuatro menores de edad se identificó a un presunto tratante, el mismo que fue arraigado por la FEVIMTRA. El 3 de octubre de 2008, fueron presentadas ante el ministerio público en Sonora 9 personas, 3 de las cuales eran a juicio presuntos tratantes.

88.En cuanto al tráfico de personas, el PNDH establece en el apartado de personas migrantes, dentro de la estrategia 1.7 del objetivo 1, fortalecer los mecanismos para atender y sancionar el tráfico ilegal de personas.

L.Medidas de asistencia del Estado mexicano hacia su población migrante en el extranjero

89.Dentro del sistema e-México, el Gobierno federal ha creado un portal electrónico denominado e-Migrantes, como una iniciativa para brindar información y servicios para la comunidad de mexicanos residentes en el exterior, así como para sus familias en México. También es un instrumento de comunicación que facilita la unión entre los mexicanos, independientemente de su lugar de residencia, a través de múltiples servicios informativos y digitales.

90.En e-Migrantes, los tres órdenes de Gobierno, así como diferentes organismos públicos y privados, suman voluntades para ofrecer desde esta ventana principal sus programas y proyectos dirigidos a la población migrante.

91.En el portal se encuentran noticias, artículos, anuncios, enlaces a sitios oficiales, así como información adicional en beneficio de este grupo social. Los contenidos se clasifican en cinco rubros para facilitar la búsqueda de la información: economía, derechos, salud, educación y cultura. También ofrece datos sobre consulados y embajadas de México en otros países y cuenta con una sección que informa de los trámites y servicios más comunes que realizan las y los migrantes mexicanos.

92.Otra cualidad del portal e-Migrantes es la posibilidad de que los connacionales establezcan un contacto más directo entre sí y con sus familiares en México, a través de un foro de discusión, sala de conversación y otras herramientas disponibles dentro de la Comunidad de Migrantes del portal e-México, creada para ese fin.

M.Medidas adoptadas para facilitar la reintegración de migrantes al Estado mexicano

93.El 17 de diciembre de 2007, el ejecutivo federal instruyó el establecimiento de un programa de repatriación humana, para garantizar un trato humanitario y digno a los mexicanos que son deportados, principalmente desde los Estados Unidos.

94.El programa constituye el despliegue de una política humanitaria para reincorporar al país a los mexicanos repatriados por la frontera norte, especialmente a grupos en situación de vulnerabilidad como las mujeres y los niños. En su instrumentación, coordinado por el INM, participan la STPS, la SS, la Secretaría de Educación Pública (SEP), la SEDESOL, autoridades de los gobiernos estatales y municipales, así como organizaciones de la sociedad civil.

95.El 31 de marzo de 2008 se llevó a cabo la inauguración del Programa de RepatriaciónHumana(PRH) y se puso en marcha la fase piloto en Tijuana (Baja California), en donde se recibe aproximadamente el 40% del total de repatriados de los Estados Unidos. En tanto que la segunda fase inició el 23 de septiembre de 2008 en Ciudad Juárez; el 5 de marzo de 2009 se inauguró la tercera fase en Nogales (Sonora). A estas tres entidades, se sumarán de manera sucesiva Nuevo Laredo (Tamaulipas) y Ciudad Acuña (Coahuila), para cubrir la oferta de atención a las y los migrantes que serán recibidos en todas las entidades de la frontera norte. Aunque no han sido inauguradas, ya se encuentran en operación.

96.La instrumentación del PRH es coordinada por el INM y participan STPS, SS, SEP y SEDESOL, autoridades de los gobiernos estatales y municipales, así como organizaciones de la sociedad civil. Su propósito fundamental es procurar mejores condiciones de repatriación a los connacionales devueltos por la Patrulla Fronteriza estadounidense y garantizarles al menos siete aspectos básicos:

a)Alimento;

b)Cobijo;

c)Atención médica en casos de emergencia;

d)Comunicación con sus seres queridos;

e)Ofertas de trabajo temporal;

f)Capacitación y certificación de competencias laborales;

g)Transporte gratuito a sus estados de origen.

97.Hasta el momento, se cuenta con las siguientes estadísticas sobre las acciones del PRH.

Total de repatriados y de aceptación del programa

Tijuana (Baja California) Información del 31 de marzo al 31 de diciembre de 2008

Repatriados desde que se inició el programa: 151.374

Personas que han deseado acogerse al programa: 6.852

Repatriados del 1º al 31 de enero de 2009: 15.213

Personas que han deseado acogerse al programa: 3.239

Repatriados del 1º de enero al 28 de febrero de 2009: 31.586

Personas que han deseado acogerse al programa: 8.567

Repatriados del 1º de enero al 31 de marzo de 2009: 53.850

Personas que han deseado acogerse al programa: 15.587

Ciudad Juárez (Chihuahua) Información del 23 de septiembre al 31 de diciembre de 2008

Repatriados desde que inició el programa: 13.169

Personas que han deseado acogerse al programa: 8.173

Repatriados del 1º al 31 de enero de 2009: 4.039

Personas que han deseado acogerse al programa: 3.374

Repatriados del 1º de enero al 28 de febrero de 2009: 4.218

Personas que han deseado acogerse al programa: 3.679

Repatriados del 1º de enero al 31 de marzo de 2009: 3.525

Personas que han deseado acogerse al programa: 4.150

Nogales (Sonora) Información del 5 de marzo al 31 de marzo de 2009

Repatriados desde que inició el programa: 20.147

Personas que han deseado acogerse al programa: 6.485

98.Se cuenta también con el Programa de Repatriación Voluntaria al Interior (PRVI), que se fundamenta en el artículo V del Memorándum de Entendimiento entre la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos de América sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de nacionales mexicanos, firmado en 2004.

99.Dicho instrumento establece que ambos Gobiernos explorarán, a nivel bilateral, mecanismos para la repatriación de nacionales mexicanos a sus lugares de origen, especialmente desde zonas de alto riesgo en los Estados Unidos y durante la temporada de verano, para evitar lesiones o la pérdida de vida de las y los migrantes, durante la temporada de calor, en rutas de alto riesgo y peligrosidad del corredor Sonora-Arizona.

100.Durante la temporada de verano y por un período de tiempo que se negocia anualmente, operan dos vuelos diariamente a la Ciudad de México, con un cupo máximo por vuelo de 150 repatriados. A su llegada a México, los participantes son transportados en autobús al punto más cercano a su lugar de origen. El costo del avión y el transporte terrestre es asumido por el Gobierno de los Estados Unidos.

101.Conforme a los principios generales, funcionarios de la SRE y del INM entrevistan a todas las personas migrantes que son remitidas al centro de procesamiento en Nogales, Arizona, a fin de confirmar su elegibilidad y ratificar la voluntariedad de su participación. Personal de los Grupos Beta trabaja de manera coordinada con la SRE y las autoridades estadounidenses en la promoción del programa, la atención a personas migrantes en situaciones vulnerables y la recepción de los participantes en el aeropuerto de la Ciudad de México.

102.Asimismo, los Grupos Beta proporcionan asistencia médica a las y los migrantes mexicanos que arriban al aeropuerto de la Ciudad de México con lesiones y heridas menores, así como con algunos problemas de salud. En todo momento se cuenta con el apoyo de 1 ambulancia, 2 médicos y 2 enfermeras, así como con los medicamentos necesarios.

103.La instrumentación de esta iniciativa constituye una opción viable para retirar a las y los migrantes de una zona de alto riesgo, como lo es el desierto de Sonora-Arizona, y que contribuye, en parte, a fracturar el vínculo entre las personas migrantes y los traficantes.

104.El PRVI ha tenido los siguientes resultados:

a)En 2004 el programa estuvo vigente del 12 de julio al 30 de septiembre y fueron repatriadas 14.067 personas migrantes.

b)En 2005, el programa inició el 10 de julio y terminó el 30 de septiembre. Durante este período fueron repatriados 20.592 nacionales mexicanos.

c)El programa en 2006 comenzó a operar el 7 de julio y concluyó el 30 de septiembre. Fueron repatriados 15.353 nacionales mexicanos.

d)En 2008, el programa inició el 21 de julio y concluyó el 28 de septiembre y se repatriaron 18.464 personas.

e)A partir de 2009, el tiempo máximo de detención de las y los migrantes en el centro de procesamiento será de 24 horas. En aras de promover la protección consular, son los cónsules quienes informan en primera instancia a los mexicanos detenidos sobre la posibilidad de participar en el PRVI y sobre los programas alternativos que aplican los Estados Unidos unilateralmente para la repatriación, como STREAMLINE o Repatriación Lateral. El Gobierno de los Estados Unidos provee alimentos antes de cada vuelo a lo largo del PRVI que en 2009 operó del 21 de agosto al 28 de septiembre.

N.Acuerdos bilaterales o multilaterales sobre migración, incluidos los acuerdos regionales

105.México desarrolla un importante activismo en los foros internacionales en materia migratoria, como la CRM, el Foro de Alto Nivel de Migración de la OCDE y el Foro Global de Migración y Desarrollo, además de impulsar iniciativas bilaterales para la protección de los derechos de las y los trabajadores migratorios.

106.La XIV Reunión viceministerial de la CRM se llevó a cabo los días 9 y 10 de julio de 2009 en la ciudad de Guatemala (Guatemala). En dicha ocasión, fue lanzada la campaña de la OIM para el combate a la trata de personas, asimismo, México presentó los Lineamientos regionales para la atención de niños(as) y adolescentes migrantes no acompañados en casos de repatriación y el Manual de procedimientos para la repatriación de extranjeros centroamericanos a disposición de las autoridades migratorias mexicanas.

107.En relación con el Foro Global de Migración y Desarrollo, México presentó un proyecto de resolución ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 2007 para establecer oficialmente una relación entre el Foro y la Organización. Dicha resolución fue aprobada por votación en junio de 2008. México será la sede de la cuarta edición del Foro del 8 al 12 de noviembre de 2010.

108.Asimismo, México cuenta con una serie de arreglos locales de repatriación segura y ordenada de nacionales mexicanos entre México y los Estados Unidos de América, con los que se busca preservar la unidad familiar durante el proceso de repatriación; además de que las personas con discapacidad, menores de edad no acompañados y otras personas en situación de vulnerabilidad sean repatriados en horario diurno y en lugares establecidos para ello, donde se garantice su seguridad.

109.El 5 de mayo de 2006 se suscribió el Memorándum de Entendimiento entre México, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua para la repatriación digna, ordenada, ágil y segura de nacionales centroamericanos migrantes vía terrestre, cuyos principales avances son:

a)Los migrantes están menos de 48 horas en las estaciones migratorias;

b)Los migrantes que eligen ser repatriados no son sometidos a un procedimiento administrativo de expulsión;

c)Se establece atención diferenciada a grupos en situación de vulnerabilidad como mujeres embarazadas, menores de edad, personas con capacidades diferentes y adultos mayores de 60 años;

d)Actualmente, el INM cubre la totalidad los gastos de traslado de los asegurados guatemaltecos, salvadoreños, hondureños y nicaragüenses.

110.El 7 de septiembre de 2007 México y Nueva Zelandia suscribieron un acuerdo relativo al "Programa de Vacaciones y Trabajo", mediante el cual tanto mexicanos como neozelandeses podrán ingresar a Nueva Zelandia y México, respectivamente, con la posibilidad de obtener un empleo temporal, siempre que manifiesten que su intención principal es tomar vacaciones y la opción de trabajo un motivo incidental y no primario para la visita.

O.Esfuerzos realizados por el Estado mexicano, y en colaboración con otros Estados, para evitar la muerte de migrantes en las fronteras terrestres y marítimas

111.En 1990, el INM fundó el Grupo Beta Tijuana (Baja California), con el objetivo de salvaguardar la vida de las y los migrantes en peligro. En 1994, se formó el Grupo Beta Nogales (Sonora) y en 1995 en Tecate (Baja California) y en Matamoros (Tamaulipas). Actualmente son 16 Grupos Beta que actúan en las fronteras de México, con el cometido de proteger y defender los derechos humanos de las y los migrantes, así como su integridad física y patrimonial, independientemente de su nacionalidad y de su condición migratoria.

112.Con el fin de facilitar las funciones de apoyo que proporcionan a las y los migrantes nacionales y extranjeros en ocho estados del país, y como parte del proyecto de modernización del INM, los Grupos Beta recibieron unidades de transportación terrestre y contarán con equipo de rescate acuático, de montaña y de comunicación y radiolocalización satelital. Se entregó a los Grupos Beta 50 vehículos 4x4 y se prevé entregarles 10 ambulancias, 7 aerobotes, desfibriladores automáticos, además de radiolocalizadores GPS.

113.Por otro lado, el INM, en coordinación con la CNDH, ha brindado apoyo a personas migrantes víctimas de secuestro que incluyen facilidades de transporte y custodia que se requieren para que comparezcan ante el ministerio público a presentar las denuncias correspondientes.

114.En el océano Atlántico, en las fronteras marítimas con Belice y Cuba, la Quinta Región Naval trabaja en estrecha coordinación con las autoridades cubanas para proporcionar apoyo de búsqueda y rescate a los ciudadanos cubanos que tratan de ingresar a México por la región del Caribe, quienes muchas veces quedan abandonados a la deriva en el mar. En el área de frontera conformada por el río Hondo, debido a la alta movilidad de personas migrantes, el personal marino se encuentra capacitado en temas de derechos humanos.

115.Asimismo, la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR) y las Tropas Guardafronteras de Cuba, han elaborado un memorándum de entendimiento para desarrollar un procedimiento para la repatriación de indocumentados tanto mexicanos como cubanos. Dicho documento se encuentra en proceso de firma por parte del Ministerio de Defensa de Cuba.

116.En la frontera atlántica con los Estados Unidos, la Primera Región Naval desarrolla operaciones de alto impacto, donde todas las unidades operativas llevan como tarea complementaria la de salvaguardar la vida humana en el mar y en la franja marítima terrestre, además de estar listos en todo momento para proporcionar respuesta inmediata a los requerimientos de apoyo en emergencias.

117.En el océano Pacífico, la Octava Región Naval es la responsable de ejecutar las operaciones de salvaguarda de la vida humana en las zonas marítimas mexicanas en la frontera con Guatemala, además de ejecutar diversas acciones en el área de frontera conformada por el Río Suchiate, donde se localiza la principal problemática dada la alta movilidad de personas migrantes.

118.En la frontera del Pacífico con los Estados Unidos, la Segunda Región Naval, en la ejecución de sus operaciones, establece como tarea complementaria la salvaguarda de la vida humana, tanto en las aguas marítimas como en la franja marítima terrestre. En este caso, el área de responsabilidad no se caracteriza por un alto flujo de personas migrantes, sin embargo, se implementó la estación naval de búsqueda y rescate de Ensenada, la cual cuenta con personal y equipo especializado para la eficiente ejecución de operaciones en apoyo a las llamadas de emergencia en el área maritimocostera.

119.A partir de marzo de 2009, se llevan a cabo cursos de búsqueda y rescate en la Escuela de Búsqueda, Rescate y Buceo de la SEMAR para los Grupos Beta. Actualmente, se encuentra en ejecución el segundo de cinco cursos, cuyo objetivo es proporcionar los conocimientos necesarios en temas como defensa personal, manejo de crisis y estrés, rescate acuático, primeros auxilios, maniobras con cabos, rappel sobre superficies verticales y conceptos básicos de derechos humanos, a fin de que estos grupos proporcionen mejor apoyo a las y los migrantes indocumentados.

120.Del 16 de junio al 7 de julio de 2009 se aplican exámenes de control y confianza en SEMAR a 82 elementos pertenecientes a los Grupo Beta, a fin de continuar con los cursos de capacitación en búsqueda y rescate.

Migrantes mexicanos fallecidos en la frontera con Estados Unidos en su intento de internarse sin documentos

2004

369

2005

443

2006

426

2007

407

2008

344

2009

169

Total

2 149

P.Medidas para evitar la circulación clandestina y el empleo de migrantes en situación irregular

121.Bajo el esquema del "Programa Frontera Sur", a partir del 13 de marzo de 2008, se implementó la Forma Migratoria de Trabajador Fronterizo (FMTF), que tiene como objetivo brindar facilidades de internación a los nacionales guatemaltecos y beliceños que pretenden desempeñarse como trabajadores fronterizos temporales en Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Campeche, y que sustituyó a la Forma Migratoria de Visitante Agrícola (FMVA) que fue creada en 1997 y se expedía en las instalaciones de "Casa Roja" en Talismán (Chiapas).

122.La FMTF tiene vigencia de un año, permite a los titulares de la misma trabajar en todos los sectores de la economía de la región, siempre y cuando tengan una oferta de trabajo de un empleador mexicano (sector agrícola, construcción, comercio, servicio doméstico y otros); adquirir valores de renta fija o variable, cualquier bien mueble; así como realizar depósitos bancarios e internar a su cónyuge e hijos como dependientes económicos, previo cumplimiento de las disposiciones aplicables.

123.La FMTF garantiza la documentación de trabajadores temporales extranjeros y sus familias, fortaleciendo así sus derechos humanos y laborales, asimismo, ha promovido la internación legal de trabajadores que laboran en diferentes sectores de la producción como la industria, la construcción y los servicios; a diferencia de la FMVA que únicamente beneficiaba a trabajadores agrícolas. El número de FMTF expedidas en el período de enero a junio de 2009 fue de 13.070, detalladas a continuación.

Expedición de Formas Migratorias de Trabajador Fronterizo (FMTF)1 para Guatemala, por delegación regional y punto de internación, 2008

Delegación regional/Punto de internación

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Total

Chiapas

3 978

1 684

1 716

1 779

1 485

2 402

13 044

Ciudad Cuauhtemoc

126

6

68

17

131

7

355

Ciudad Hidalgo 2

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

198

198

Talismán

3 852

1 678

1 639

1 759

1 345

2 194

12 467

Unión Juárez

-

-

9

3

9

3

24

Tabasco

n.a.

2

-

3

17

4

26

El Ceibo 2

n.a.

2

-

3

17

4

26

Total general

3 978

1 686

1 716

1 782

1 502

2 406

13 070

Fuente: Centro de Estudios Migratorios del Instituto Nacional de Migración con base en información registrada por las delegaciones regionales de Chiapas y Tabasco.

n.a. No se aplica.

- Significa cero.

1 Forma Migratoria de Trabajador Fronterizo (FMTF). Sustituye a la Forma Migratoria de Visitante Agrícola (FMVA) que estaba vigente desde 1997, aplica para guatemaltecos y beliceños que pretendan desempeñarse como trabajadores fronterizos temporales en los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo, según lo establecido en el Diario Oficial de la Federación de 12 de marzo de 2008.

2 La expedición de FMTF comienza en El Ceibo en febrero y en Ciudad Hidalgo en junio.

124.A partir de noviembre de 2008, entró en vigor el programa de regularización migratoria que estará vigente durante 30 meses. Dicho programa tiene como objetivo establecer los criterios conforme a los cuales los extranjeros de cualquier nacionalidad que se encuentren de manera irregular en territorio nacional y manifiesten su interés en residir en el mismo, puedan promover la obtención de su documentación migratoria en la calidad de inmigrante con las características de profesional, cargo de confianza, científico, técnico, familiares, artistas o deportistas o en la característica de asimilado.

125.Con el programa se han regularizado 1.200 extranjeros desde noviembre de 2008 hasta julio de 2009, beneficiando principalmente a ciudadanos de Guatemala, Honduras y El Salvador, que suman el 72% de quienes han legalizado su estancia en México. El programa estará vigente hasta el 12 de mayo de 2011.

126.Son sujetos beneficiarios de este programa los extranjeros que hayan ingresado a territorio nacional antes del 1º de enero de 2007 que tengan un trabajo lícito; los que sean cónyuges de persona mexicana o de persona extranjera legalmente establecida en México; y quienes tengan parentesco consanguíneo en primer grado con persona mexicana o extranjera legalmente establecida en el país.

127.La regularización de los extranjeros beneficia su seguridad personal y desarrollo integral, ya que la estancia irregular de los mismos los hace vulnerables a la violación de sus derechos humanos por parte de diversas autoridades y abusos por parte de particulares, pone en riesgo su derecho a la unidad familiar y seguridad jurídica.

128.Desde 1974 se desarrolla el Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales México-Canadá (PTAT), en el que participan actualmente nueve provincias canadienses: Alberta, Columbia Británica, Isla Príncipe Eduardo, Manitota, New Brunswick, Nueva Escocia, Ontario, Québec y Saskatchewan. En el primer semestre de 2009 se ha asignado a 12.311 trabajadores agrícolas mexicanos para prestar servicios en granjas canadienses.

129.El PTAT se ha consolidado como un modelo de migración laboral temporal, segura, ordenada y legal, en beneficio de ambos países y, particularmente, para los trabajadores agrícolas mexicanos y sus familias, así como para los empleadores canadienses del sector agrícola. La participación de los Gobiernos de México y del Canadá en el PTAT:

a)Garantiza al trabajador que el empleo ofrecido en el Canadá es real, evitando engaños y abusos, al tiempo de ofrecer al empleador seguridad en cuanto a que el trabajador cuenta con la experiencia y el perfil requeridos;

b)Da oportunidad que la STPS informe a los trabajadores mexicanos, antes de su salida, respecto a sus derechos y obligaciones y las condiciones de trabajo y de vida en el Canadá, así como de las autoridades consulares mexicanas en ese país, y que éstas intervengan a favor de los trabajadores;

c)Agiliza que las autoridades federales y provinciales canadienses vigilen que se cumpla la legislación laboral que regula las condiciones de trabajo de los mexicanos en el Canadá.

130.A lo largo de 35 años de operación, el PTAT ha mostrado una tendencia de crecimiento, lo cual refleja la exitosa relación binacional. Alrededor del 70% del total de trabajadores que participa en el PTAT son solicitados nuevamente por el mismo empleador el año siguiente.

Año

Trabajadores participantes

2000

9 175

2001

10 529

2002

10 681

2003

10 595

2004

10 708

2005

11 720

2006

12 868

2007

14 288

2008

15 770

Al 30 de junio de 2009

12 311

Total

118 724

131.Las condiciones laborales que se ofrecen a los trabajadores agrícolas mexicanos en el PTAT son:

a)Contrato de trabajo debidamente suscrito por el empleador y el trabajador y supervisado por ambos Gobiernos, que no puede ser inferior de 240 horas, repartidas en un plazo de 6 semanas o menos, ni mayor de 8 meses;

b)Pago de salario que deberá ser el más alto de los siguientes: el mínimo provincial, el mínimo federal para trabajo agrícola o el que pague el empleador a trabajadores canadienses en la misma ocupación y establecimiento;

c)Seguridad social provincial que incluye atención médica, pensiones por jubilación a partir de 60 años, protección e indemnización en caso de enfermedades y accidentes ocupacionales;

d)Seguro provincial de desempleo que otorga acceso a beneficios económicos por paternidad;

e)Transportación a su lugar de trabajo y al punto de salida del Canadá;

f)Equipo de protección personal e instrucción en español cuando manejen plaguicidas;

g)Protecciones conforme a la ley provincial en materia de condiciones de trabajo, así como en seguridad y salud ocupacional, entre otras.

132.Los trabajadores mexicanos del PTAT tienen, en términos generales, los siguientes beneficios adicionales:

a)Seguro médico privado que cubre a los trabajadores mientras completan el período de cotización de ley para disfrutar beneficios de la seguridad social provincial;

b)Seguro de vida privado;

c)Alojamiento gratuito y adecuado durante el tiempo que dure la relación de trabajo;

d)Bono de reconocimiento de hasta 128 dólares canadienses para los trabajadores contratados por cinco años consecutivos por el mismo empleador;

e)Asistencia y protección por parte de los Consulados de México en el Canadá.

133.Los Estados de la República mexicana con mayor participación en este programa son el Estado de México, Tlaxcala, Puebla, Veracruz, Guanajuato, Michoacán e Hidalgo. El reclutamiento y selección son realizados por la STPS a través de las más de 150 oficinas del Servicio Nacional de Empleo en todo el país.

134.Todos los trabajadores que son asignados a un empleo temporal agrícola en el Canadá cuentan con un seguro de vida hasta por la cantidad de 50.000 dólares canadienses. Se tiene registro que han fallecido en el Canadá 13 trabajadores en el período 2000-2009, ninguno de ellos como resultado de accidentes y/o enfermedades ocupacionales.

Año

Decesos

Trabajadores participantes

Porcentaje que representa

2000

2

9 175

0,0002

2001

2

10 529

0,0001

2002

1

10 681

0,00009

2003

0

10 595

0

2004

1

10 708

0,00009

2005

1

11 720

0,00008

2006

3

12 868

0,0002

2007

2

14 288

0,0001

2008

0

15 849

0

2009 (1 er semestre)

1

12 311

0,008

Total

13

118 724

0,011

III.Disposiciones específicas

A.Medidas generales de aplicación (artículos 73 y 84)

135.La respuesta correspondiente a la recomendación del Comité relativa a los procesos de expulsión de personas migrantes se encuentra en el documento remitido en marzo de 2008.

136.Por lo que se refiere a la recomendación del Comité de eliminar como delito penado con privación de libertad la entrada irregular de una persona en territorio mexicano, se informa que el 21 de julio de 2008 se publicó en el DOF el decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley general de población.

137.Mediante esta reforma, se eliminan las penas de prisión de entre 18 meses y 10 años a los extranjeros por: internación ilegal, falsificación de documentos, ostentación de calidad migratoria distinta de la que poseen, violación del plazo de internación legal, realización de actividades sin autorización en su permiso legal, matrimonio con mexicanos con el solo objeto de radicar en el país, entre otras. Para estas acciones, únicamente se mantienen multas como sanción.

138.Asimismo, el 23 de enero de 2009 se llevó a cabo una reforma penal integral, mediante diversas modificaciones a distintas leyes secundarias, entre ellas, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley federal contra la delincuencia organizada, la ley que establece las normas mínimas sobre la readaptación social de los sentenciados, el Código Penal Federal, la Ley de la Policía Federal Preventiva, la Ley orgánica de la Procuraduría General de la República, la Ley federal de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y la Ley federal de procedimiento contencioso administrativo. Mediante esta reforma, se facilitará la acción de la justicia y la persecución de los delitos.

139.Respecto a conductas relacionadas con el tráfico y la trata de personas, el artículo 201 del Código Penal Federal penaliza la corrupción de menores, la prostitución de infantes y la pornografía infantil, estipulando penas de hasta diez años de prisión. El artículo 365 penaliza la explotación laboral o servidumbre forzada, determinando un castigo de hasta un año de prisión. Asimismo, dicho Código cuenta con un capítulo específico sobre "turismo sexual".

140.En lo que respecta a su ley reglamentaria, el 18 de septiembre de 2008, el ejecutivo federal presentó una iniciativa de ley de extinción de dominio, la misma que fue aprobada y publicada en el DOF el 29 de mayo del 2009. Dicha ley permitirá, previo proceso judicial, la confiscación, con independencia del procedimiento penal, de los bienes vinculados a delitos federales, entre los que se encuentra la trata de personas, debilitando con ello el poderío económico de las bandas criminales. Estos recursos se integrarán a un fideicomiso que se destinará a la reparación del daño y a brindar servicios de apoyo a las víctimas de estos delitos.

141.Respecto a la recomendación del Comité de analizar la posibilidad de formular la declaración prevista en los artículos 76 y 77 de la Convención, el 5 de junio de 2008, el Gobierno de México reconoció la competencia del Comité para recibir y analizar comunicaciones individuales, depositando el instrumento correspondiente ante el Secretario General de las Naciones Unidas el 15 de septiembre de 2008.

142.En relación con la recomendación del Comité de continuar capacitando a los funcionarios que trabajan en la esfera de la migración, adicionalmente a la información contenida en el documento remitido por el Gobierno mexicano en marzo de 2008, se informa que durante 2008, se realizaron 323 cursos dirigidos al personal del INM, con una asistencia de 5.089 personas.

143.Los temas de los cursos se clasificaron por materia específica, transversal y de desarrollo humano, con la finalidad de ofrecer a los participantes un conocimiento y/o actualización integral en aspectos relativos a las labores que desempeñan, así como en la generación de actitudes positivas en el servicio que prestan.

144.En materias específicas, los temas impartidos incluyen los aspectos legales y casuísticos de la falsificación de documentos; la detección de documentación falsa; el control y verificación; el dictamen; la homologación de criterios en regulación migratoria; primeros auxilios; puntos de internación; nuevas formas migratorias; técnicas de entrevista-interrogatorio; asuntos jurídicos; apoyo a la inspección migratoria de la PFP; regulación migratoria; derecho internacional y nacional de los refugiados; intervención en crisis; el plan de capacitación integral para OPIs, procedimientos administrativos de extranjeros asegurados y sensibilización en el tráfico y trata de personas.

145.En materia transversal, se impartieron cursos de idiomas; archivo migratorio y administrativo; derechos humanos y derechos humanos y migración. En cuestión de desarrollo humano se capacitó al personal sobre análisis y toma de decisiones; negociación y manejo de conflictos; principios y valores para el desarrollo humano sustentable y formación de instructores.

146.Por lo que se refiere al control y verificación migratorios, durante 2008 se impartieron 23 cursos de capacitación en diversas delegaciones regionales del INM, con un total de 395 personas capacitadas.

147.También en 2008, se impartió capacitación en materia de lineamientos de traslado de extranjeros y derechos humanos en las siguientes estaciones migratorias:

a)Comitán, Tuxtla Gutiérrez y San Cristóbal de las Casas (Chiapas);

b)Ciudad Juárez y Janos (Chihuahua);

c)Campeche y Escárcega (Campeche).

148.Por su parte, la SSP desarrolla un programa de capacitación permanente que permite habilitar y fortalecer las capacidades de su personal operativo, cuyo objetivo general es capacitar a los elementos de la PFP que desempeñan funciones de vigilancia y de revisión en las zonas de flujo migratorio destacados en los aeropuertos, brindándoles los conocimientos necesarios en materia de migración, que les permita llevar a cabo sus funciones con arreglo a una cultura de legalidad y de respeto a los derechos humanos de las y los migrantes, a través de las instancias especializadas. El programa se realiza con la colaboración de la SRE, la CNDH, el INM, la OIM y Sin fronteras, Institución de Asistencia Privada (IAP)

149.Del 20 al 24 de abril de 2009, se impartió el curso Apoyo en la inspección migratoria de la PFP al INM, al cual asistieron 30 elementos policiales de la PFP. Los objetivos específicos del programa son promover el respeto y la protección de los derechos humanos de las y los migrantes, entender el fenómeno migratorio, conocer la legislación en la materia, contribuir eficaz y eficientemente con el INM en la operación migratoria y analizar las causas que motivaron la emisión de recomendaciones y propuestas de conciliación por la CNDH.

150.Los ejes temáticos de este programa incluyen el análisis de recomendaciones emitidas por la CNDH y sus propuestas de conciliación, los instrumentos internacionales para la protección de las y los migrantes, la normatividad migratoria, el trabajo interinstitucional entre el INM y la PFP, el tráfico y la trata de personas, los derechos humanos de las personas migrantes, las tendencias de la migración y la intervención en la crisis del migrante.

151.Con objeto de sensibilizar a los funcionarios que trabajan en el área migratoria, la Dirección del Centro de Capacitación Migratoria, la Coordinación Jurídica del INM y la CNDH, llevaron a cabo 11 cursos regionales sobre derechos humanos a un total de 275 participantes. Los cursos tuvieron como objetivo aumentar la conciencia y sensibilización del personal migratorio en torno a los derechos humanos de las personas, en especial de las y los migrantes, así como el conocimiento del marco conceptual y jurídico que los respaldan y los mecanismos existentes para su protección. Los cursos estuvieron dirigidos a los servidores públicos del INM, dando preferencia a personal de nivel operativo y que tuviese trato con personas migrantes.

152.En cuanto a la recomendación del Comité de proporcionar recursos adecuados al INM para que pueda implementar adecuadamente las actividades previstas en su mandato, cabe destacar que el presupuesto asignado al INM en 2009 muestra un incremento de aproximadamente el 21% en comparación con lo destinado en 2008.

B.Principios generales (artículos 7 y 83)

153.Adicionalmente a la información remitida por el Gobierno de México en marzo de 2008, en respuesta a su recomendación de intensificar esfuerzos para garantizar la no discriminación hacia las y los trabajadores migrantes, cabe destacar que la estrategia 1.2 del PNDH establece la incorporación del principio de no discriminación de forma transversal en la elaboración de las políticas públicas de la administración pública federal. En ese sentido, enuncia diversas líneas de acción, entre las que se encuentran la promoción de la cultura de la denuncia por prácticas discriminatorias y la consolidación de medidas concretas contra la discriminación laboral.

154.En materia de protección de los derechos previstos en la Convención, cabe resaltar que los resultados de los Grupos Beta de Protección a Migrantes han presentado un avance, de 2006 a 2008 rescataron a 17.342 personas migrantes, atendieron a 1.873 personas migrantes lesionadas o heridas, localizaron a 430 personas migrantes extraviadas, brindaron asistencia social a 360.871 personas migrantes, brindaron asistencia y gestoría jurídica a 491 personas migrantes, orientaron a 1.136.021 personas migrantes, entregaron 585.659 cartillas del migrante y 543.436 trípticos guía preventiva, atendieron a 269.837 personas migrantes repatriadas y 128 personas migrantes mutiladas y realizaron 53.546 patrullajes. En los primeros ocho meses de 2009, los Grupos Beta han auxiliado a 2.627 personas migrantes, además de haber brindado asistencia a 143.000 y apoyado con orientación a 155.000 personas más.

155.La respuesta correspondiente a la recomendación del Comité relativa al acceso de las y los migrantes a mecanismos de reparación se encuentra en el documento remitido por el Gobierno de México en marzo de 2008.

C.Derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (artículos 8 a 35)

156.Adicionalmente a la información remitida a ese Comité en marzo de 2008, en relación con la recomendación de seguir tomando medidas para mejorar las condiciones de detención en las estaciones migratorias, fue reducida la capacidad de alojamiento en las estaciones migratorias, a efecto de evitar condiciones de hacinamiento. De igual manera, la resolución de los procedimientos administrativos migratorios y de repatriación se realiza con mayor celeridad, situación que ha reducido el hacinamiento dentro de dichas instalaciones.

157.El 7 de octubre de 2009, se publicó en el DOF el "Acuerdo por el que se emiten las normas para el funcionamiento de las estaciones migratorias del Instituto Nacional de Migración", el cual tiene como propósito normar las actividades en las estaciones migratorias a fin de consolidarlas como instrumentos eficaces que permitan garantizar la seguridad y la convivencia armónica, así como la estancia temporal a los extranjeros en tanto se resuelve su situación migratoria o se ejecuta la misma. El acuerdo entró en vigor el 8 de octubre de 2009.

158.El Acuerdo prohíbe de manera expresa toda acción u omisión que viole los derechos humanos de los alojados en las estaciones migratorias, así como toda acción u omisión que constituya un trato cruel, inhumano o degradante para los alojados.

159.El artículo 7 del acuerdo señala que la autoridad migratoria procurará que el alojamiento de extranjeros sea por el menor tiempo posible para resolver su situación legal, respetándose en todo momento sus derechos humanos. De igual forma, el artículo 46 del citado acuerdo establece que no se alojará a un número de extranjeros que supere la capacidad física de las estaciones migratorias.

160.Cabe destacar que de las 15 estaciones migratorias programadas para mantenimiento de las instalaciones, en 11 de ellas ya se concluyó el mantenimiento, mientras que las 4 restantes se encuentran en proceso.

161.En materia de comunicaciones y telefonía, en las oficinas fueron instaladas 221 líneas telefónicas en 41 estaciones migratorias, estando aún en proceso de instalación 26 líneas en 8 estaciones. Existen 100 líneas de servicios de telefonía pública en 32 estaciones migratorias, mientras que 4 líneas en 2 estaciones están en proceso de instalación y faltan por instalar 32 servicios solicitados al proveedor en 14 estaciones migratorias. Para el ejercicio 2008 se incluyeron los 10 equipos solicitados (fotocopiadoras).

162.En cuanto a los servicios para los extranjeros, se adecuaron 16 estaciones migratorias para la instalación de consultorios médicos y equipamiento de los mismos en Tuxtla Gutiérrez, Comitán, San Cristóbal de las Casas y Palenque (Chiapas); Janos (Chihuahua); Saltillo (Coahuila); La Ventosa y San Pedro Tapanatepec (Oaxaca); Chetumal (Quintana Roo); Tenosique (Tabasco); Mazatlán (Sinaloa); Matamoros y Reynosa (Tamaulipas); Acayucan y Veracruz (Veracruz) y el Distrito Federal.

163.Cabe recordar que para la CNDH, la visita a las estaciones migratorias continúa siendo uno de los instrumentos de mayor eficacia para conocer el comportamiento del fenómeno migratorio, dialogar con las y los migrantes y recabar sus quejas, así como para medir e impulsar la mejora en la calidad del funcionamiento de estas instalaciones. En 2008, como resultado de las visitas de la CNDH a las estaciones migratorias, se llevaron a cabo cuatro conciliaciones en total, alusivas a las condiciones de alojamiento en las instalaciones.

164.Conscientes de las deficiencias en materia de atención médica, el INM inició a finales de 2008 las adecuaciones necesarias a efecto de integrar un expediente médico al Sistema de Control de Aseguramientos y Traslados en Estaciones Migratorias (SICATEM). Fue así como se contempló la integración de una aplicación informática denominada Health Card al SICATEM, la misma que ya se encuentra en producción.

165.Al respecto, se solicitaron cambios a la página de expediente médico en relación con la rapidez para elaborar un certificado médico avalado por el personal que da este servicio dentro de las estaciones migratorias, se integró una constancia de no lesiones, la misma que podrán firmar de conformidad con los acuerdos delegatorios de cada entidad federativa por un perito en la materia, se incorporó un módulo de padecimientos frecuentes en cada una de las estaciones migratorias, además de los datos generales e historial médico de cada uno de los extranjeros atendidos. Asimismo, durante 2008 la Coordinación de Control y Verificación Migratoria realizó visitas de supervisión a diversas delegaciones regionales.

166.Otras acciones para mejorar las condiciones de las estaciones migratorias incluyen la distribución e instalación en enero de 2008 de 256 equipos de aire acondicionado de cuatro diferentes capacidades. Fueron solicitados 21 equipos de calentadores y 21 tanques de gas para su adquisición e instalación en las estaciones migratorias de Aguascalientes (Aguascalientes); Tijuana y Mexicali (Baja California); Tuxtla Gutiérrez, Comitán, San Gregorio y San Cristóbal de las Casas (Chiapas); Ciudad Juárez y Chihuahua (Chihuahua); Torreón y Saltillo (Coahuila); La Ventosa y San Pedro Tapanatepec (Oaxaca); Querétaro (Querétaro); San Luis Potosí (San Luis Potosí); Agua Prieta (Sonora); Matamoros, Nuevo Laredo y Reynosa (Tamaulipas); Tlaxcala (Tlaxcala) y Zacatecas (Zacatecas).

167.Derivado de la licitación pública nacional Nº 04111002-014-08 para la adquisición de colchones y cobijas para uso de los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias de las delegaciones regionales del INM, cuyo fallo se dio el 12 de diciembre de 2008, se adjudicaron dos partidas. La primera consistente en 3.400 colchones fabricados en poliuretano y la segunda consistente en 9.430 cobijas fabricadas en tela polar ligamento fleece.

168.El equipo de enseres básicos provisto a los extranjeros asegurados incluye cepillo de dientes, pasta dental, shampoo, desodorante, maquinilla de afeitar, papel higiénico, jabón y detergente. A la fecha se han entregado 6.000 paquetes en las estaciones migratorias de Iztapalapa y Tapachula, incrementándose la distribución de enseres básicos por el aumento del número de estaciones migratorias a las que se proporcionan estos productos, contabilizándose un total de 7.200 paquetes.

169.La respuesta correspondiente a la recomendación del Comité de no utilizar para el aseguramiento de personas migrantes, locales destinados a la prisión preventiva y/o a la privación de las personas en conflicto con la ley, se encuentra en el documento remitido por el Gobierno de México en marzo de 2008.

D.Atención a quejas

170.Adicionalmente a la información remitida a ese Comité en marzo de 2008, en respuesta a la recomendación de investigar las denuncias de malos tratos y tratos crueles y degradantes cometidos por funcionarios públicos en las estaciones migratorias, cabe destacar que del 1° de enero al 31 de julio de 2009, la CNDH ha registrado 113 quejas por acciones y omisiones que transgreden los derechos de las y los migrantes, de las cuales, 63 se encuentran concluidas y 50 en trámite. Por lo que respecta a la trata de personas, se han recibido dos quejas, que se encuentran en trámite.

171.A fin de prevenir y castigar cualquier forma ilícita de privación de la libertad de las y los migrantes, el 15 de junio de 2009, la CNDH dio a conocer el Informe especial sobre los casos de secuestro en contra de migrantes.

172.Con el fin de subsanar la restricción impuesta por el artículo 67 de la LGP y 201 de su Reglamento, desde el 20 de marzo de 2007, el INM expidió la circular CRM/189/2007 por medio de la cual se tramita la legal estancia de personas migrantes que son víctimas de delitos, de violaciones a derechos humanos o bien, que son testigos en procedimientos penales. Con base en dicha circular, se les otorga una "visa humanitaria" con vigencia de un año (prorrogable en cuatro ocasiones), con entradas y salidas múltiples, y con el derecho a trabajar.

173.Asimismo, el INM implementó la circular CRM/189/2007 que tiene por objeto que toda persona, sin importar si cuenta con regular estancia, tenga acceso a la justicia. Para tal efecto, toda persona de origen extranjero que haya sido víctima de un delito o que desee iniciar una denuncia a fin de acceder a la justicia, podrá solicitar su regularización.

174.El INM ha cogestionado enlaces a fin de garantizar a las víctimas una estancia segura. Para ello, las víctimas son canalizadas a la OIM, Casa Alianza, al SNDIF o a la FEVIMTRA que a través de la red de albergues, proporcionan a las víctimas albergue y atención. Asimismo, las víctimas son informadas de su derecho a denunciar los hechos que posiblemente constituyen un delito ante un ministerio público, no obstante no son inducidas a ello, es decir, no se les obliga a denunciar.

175.La respuesta correspondiente a la recomendación del Comité de informar sin demora a las autoridades consulares o diplomáticas del Estado de origen cuando un trabajador migratorio sea arrestado o detenido, se encuentra en el documento remitido por el Gobierno de México en marzo de 2008, así como la correspondiente a la recomendación del Comité de asegurar que las y los migrantes permanezcan privados de la libertad durante el menor tiempo posible.

176.Por lo que se refiere a la recomendación del Comité en el sentido de investigar apropiadamente las denuncias de involucramiento de funcionarios públicos en delitos relacionados con personas migrantes, se informa que el número de quejas por abuso de autoridad, ejercicio indebido de funciones, incumplimiento a la normatividad interna, maltrato, negligencia y falta de respeto a la relación laboral fue de 480 en 2006, 570 en 2007 y 718 en 2008. Mientras que el número de sanciones impuestas a personal activo y a servidores públicos adscritos al INM fue de 197 en 2006, 105 en 2007 y 38 en 2008.

177.Cabe destacar que del total de quejas presentadas por la CNDH en el período de 2006 a 2008, 22 derivaron en recomendaciones, toda vez que la CNDH acreditó la violación a los derechos humanos de las y los migrantes, al derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica y trato cruel y/o degradante. Además de las recomendaciones, existen otras formas de conclusión de las quejas, como la orientación y la amigable conciliación.

178.La respuesta correspondiente a la recomendación del Comité de vigilar adecuadamente que la verificación migratoria sea realizada exclusivamente por las autoridades facultadas para hacerlo, se encuentra en el documento remitido por el Gobierno de México en marzo de 2008.

E.Otros derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares en situación documentada o regular (artículos 36 a 56)

179.La respuesta correspondiente a la recomendación del Comité de tomar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores migratorios el derecho a establecer asociaciones y sindicatos, se encuentra en el documento remitido por el Gobierno de México en marzo de 2008.

F.Disposiciones aplicables a categorías particulares de trabajadores migratorios y sus familiares (artículos 57 a 63)

180.Adicionalmente a la información proporcionada a ese Comité en marzo de 2008, en relación con la recomendación de tomar las medidas necesarias para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores agrícolas de temporada, el Gobierno de México ha diseñado y puesto en marcha una estrategia de atención integral para los jornaleros agrícolas y sus familias.

181.Cabe destacar que los trabajadores extranjeros tienen los mismos derechos que los trabajadores nacionales, independientemente de su condición migratoria; por lo tanto los empleadores tienen que cumplir con las obligaciones contractuales pactadas, otorgando las mismas prestaciones a los trabajadores extranjeros, incluyendo las relacionadas con la conclusión de la relación laboral.

182.En ese sentido, la política de la inspección del trabajo no distingue a los trabajadores migratorios respecto de los nacionales, siendo su objeto el tutelar que exista una igualdad en sus derechos laborales y el que estos sean respetados por los empleadores, de conformidad con lo ordenado por la tesis de jurisprudencia antes señalada.

183.Cada una de las visitas que programa y lleva a cabo la inspección federal del trabajo tiene como finalidad que el empleador observe debidamente cada aspecto que verifica, objetivo que no solo se logra mediante la imposición, en su caso, de una sanción pecuniaria, sino que implica que, ante la reiterada inobservancia de sus deberes, será visitado y sancionado de manera constante, inclusive si persiste en asumir una actitud de indiferencia frente a las visitas de la autoridad.

184.Con motivo de las acciones de inspección realizadas, se dictaron 2.443 medidas técnicas para que se adecuaran instalaciones, se brindaran servicios y se protegiera la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores jornaleros, destacando las relativas a:

a)93 medidas para acondicionar áreas para comedores;

b)125 medidas para instalar sanitarios y regaderas;

c)41 medidas para establecer estancias infantiles y de educación;

d)203 medidas para que se dote de equipo de protección personal al jornalero;

e)73 medidas para mantener en condiciones de dignidad y limpieza los dormitorios;

f)202 medidas relativas a proporcionar servicios médicos y de primeros auxilios a los jornaleros.

185.A la fecha se han realizado visitas de comprobación de un total de 2.191 medidas de una cantidad de 2.443, en las que se ha constatado el cumplimiento de 1.691 medidas, lo que significa un porcentaje del 77%; respecto de las medidas incumplidas, en las que ha procedido la instauración del procedimiento administrativo sancionador. Los incumplimientos están referidos principalmente a la falta de entrega de equipo de protección personal a los trabajadores del campo, así como de mantener en condiciones dignas y limpias los dormitorios, entre otras.

186.De acuerdo a lo anterior, falta por comprobar el cumplimiento de 341 medidas, respecto de las cuales las visitas están debidamente programadas para realizarse a más tardar en el mes de septiembre, salvo una visita que por cuestiones de estacionalidad tiene que efectuarse a partir del mes de diciembre (zafra, en Veracruz).

187.Para el 2009, se ha proyectado fortalecer las acciones de vigilancia de las condiciones de trabajo de los jornaleros agrícolas, dando continuidad a las acciones implementadas durante el 2008, reforzando con ello la presencia de la STPS en el campo, teniendo previsto visitar un mínimo de 150 campos agrícolas diferentes a los inspeccionados en el 2008.

188.Se tiene previsto verificar 17 entidades federativas: Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Veracruz.

189.Al 31 de agosto de 2009, se tenían programadas 109 visitas de inspección en: Baja California Sur (21), Chiapas (15), Sinaloa (40), Sonora (13) y Tabasco (20), las cuales se iniciaron el 17 de agosto y concluirán en el mes de septiembre de 2009.

190.En una segunda etapa del operativo que inicia a mediados del mes de octubre y concluye en la primera quincena del mes de diciembre de 2009, se efectuarán las restantes visitas de inspección en cuya preparación las Delegaciones Federales del Trabajo involucradas se encuentran en la etapa de integración del directorio de campos a inspeccionar que en muchos casos implica realizar visitas de inspección de constatación y actualización de datos.

191.Asimismo en este operativo se reforzará la actuación de los inspectores federales del trabajo quienes procurarán desincentivar la utilización de mano de obra infantil.

192.Para 2009 se proyecta fortalecer las acciones de vigilancia de las condiciones laborales de los jornaleros agrícolas, ampliando a 150 campos agrícolas susceptibles de ser visitados. Las inspecciones se practicarán atendiendo a la estacionalidad, el producto agrícola, la entidad federativa en la que se localizan los campos y la movilidad de los jornaleros agrícolas, dicha actividad se dividirá en dos periodos, que comprenderán los meses de mayo-julio y el segundo de octubre-diciembre, en los cuales se aprovecharán los conocimientos adquiridos en el operativo de 2008, en beneficio de trabajadores jornaleros independientemente de su nacionalidad o condición y calidad migratoria en el país.

193.Cabe destacar que el PNDH, dentro de su estrategia 1.6, establece como línea de acción correspondiente al derecho al trabajo: "Promover la aplicación de las normas internacionales de trabajo vigentes, para la protección de las y los trabajadores jornaleros".

G.Promoción de condiciones satisfactorias, equitativas, dignas y lícitas en relación con la migración internacional de los trabajadores y sus familiares (artículos 64 a 71)

194.En adición a la información proporcionada a ese Comité en respuesta a su recomendación de proporcionar capacitación específica sobre los derechos de los niños a los funcionarios públicos que trabajan en las áreas fronterizas, los OPIs reciben capacitación continua y especializada.

195.Del 4 al 13 de marzo de 2008, se realizó el primer taller de capacitación integral para los OPIs, en el cual participaron el SNDIF, los CIJ, el ACNUR, la COMAR, la OIM y el UNICEF. Los temas abordados fueron: a) derechos humanos; b) alfabetización emocional; c) consejos para la comunicación de manera efectiva con niños(as) y adolescentes migrantes; d) atención en crisis; e) derechos de los niños(as) y adolescentes; f) protección internacional; g) la comunicación con los niños(as) y adolescentes migrantes y sus retos; h) violencia, maltrato y abuso; i) trata y tráfico de personas; j) modelo de atención a menores no acompañados y equidad de género.

196.Para 2009, se tienen programados dos talleres de capacitación especializada para reforzar y actualizar los conocimientos adquiridos por los OPI, en los cuales el temario estará de acuerdo con los resultados que arrojó la encuesta de evaluación que se aplicó a los OPI en septiembre de 2008.

197.Adicionalmente a la información proporcionada por el Gobierno de México en marzo de 2008, en relación con la recomendación del Comité de fortalecer la cooperación con la sociedad civil y las organizaciones internacionales para abordar el fenómeno de niños(as) y adolescentes migrantes no acompañados.

198.Dicha Subcomisión abordará durante 2009 temas como: a) capacitación en materia de derechos humanos para los agentes del INM, la PFP, las policías estatales y municipales; b) repatriación humana; c) atención psicológica y médica en estaciones migratorias; d) programas de regularización migratoria; e) derecho a la identidad; f) registro de nacidos en México independientemente de la situación migratoria de sus padres y elaboración de propuestas de armonización legislativa en la materia.

199.En la sesión de la Subcomisión realizada el 19 de octubre de 2009, se solicitó a los representantes de la sociedad civil su colaboración en la elaboración del presente informe.

IV.Conclusiones

200.A lo largo del presente informe reglamentario el Gobierno de México ha buscado responder puntualmente a los requerimientos del Comité de protección de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. En el curso de esta tarea se ha hecho referencia a comentarios y a las acciones que las autoridades han desplegado en respuesta a las recomendaciones emitidas por el propio Comité en sus observaciones finales al informe inicial presentado por México en 2005.

201.En términos generales, el informe da cuenta de la evolución y los avances, tanto en materia legislativa como institucional, para la protección de los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias en territorio nacional desde 2006 hasta la fecha. No obstante, el aumento creciente de los flujos migratorios y, especialmente, su carácter indocumentado, plantean nuevos retos a los que deberá atenderse con directrices, mejores prácticas y con recursos humanos y materiales escasos en la presente coyuntura.

202.México cree firmemente en el diálogo y en la cooperación internacional para optimizar las contribuciones positivas de la migración, así como aminorar sus efectos negativos. En este sentido, para México, la redacción del presente informe reviste un valor especial para conocer la opinión de especialistas y eventualmente reforzar, cuando proceda, las medidas que sean necesarias para brindar una mejor protección para los trabajadores migratorios y sus familias.

203.El fenómeno migratorio adquiere cada vez mayor relevancia y complejidad a nivel global. Lo anterior requiere de una visión integral y de largo plazo que favorezca una comprensión profunda y amplia del fenómeno a partir de la cual se puedan impulsar medidas positivas que contribuyan al desarrollo económico y social de los países receptores y emisores de personas migrantes, así como garantizar en el proceso los derechos humanos de éstos independientemente de su status migratorio.

204.En esta tarea es indispensable trascender el enfoque de "gestión de la migración" y adoptar uno que sitúe al migrante, en tanto persona, como el centro de toda política o proyecto migratorio. Esta nueva visión debe basarse en el principio de responsabilidad compartida, reflejo del reconocimiento de que todos los países deben asumir su parte para enfrentar los múltiples retos y oportunidades que el fenómeno migratorio plantea.

205.El énfasis del Gobierno de México en la protección de los derechos de las y los trabajadores migrantes deriva de su propia realidad. La población mexicana en los Estados Unidos ha crecido en un número importante en las últimas décadas para rebasar los 12 millones, más de un 10% de la población del país. Frente a ello, el Gobierno de México ha desplegado una de las mayores redes de protección de sus connacionales en el exterior a través de más de 50 consulados en los Estados Unidos de América, al tiempo que ha desplegado acciones y programas encaminados a apoyar y salvaguardar los derechos humanos y laborales de esa población.

206.Ante el creciente número de personas trabajadoras migrantes provenientes principalmente de países de Centroamérica y cuyo país de destino final son los Estados Unidos, las autoridades de México se han visto en los últimos años en la necesidad de desplegar una serie de acciones para enfrentar una problemática cuyas aristas muchas veces incluye acciones violentas de grupos que medran y viven a expensas de la vulnerabilidad de las y los migrantes.

207.La responsabilidad del Gobierno de México es atender, administrar y procesar este creciente flujo de personas migrantes respetando sus derechos, así como velar por la protección especial que requieren grupos vulnerables como mujeres y menores. No obstante, la dimensión y características del fenómeno: la porosidad de la frontera sur, el carácter mayormente indocumentado de los migratorios y lo extenso del trayecto hasta la frontera norte, rebasan a veces las medidas destinadas para alcanzar los objetivos de la política migratoria.

208.En este contexto, y de forma correspondiente a los que aspiramos para los trabajadores migratorios mexicanos en el exterior, destacan las siguientes medidas:

a)La despenalización de la migración irregular a través de la reforma a la LGP;

b)La estrategia de atención integral para los trabajadores jornaleros agrícolas para el mejoramiento de sus condiciones laborales;

c)La reforma laboral para la productividad y previsión social, realizando un análisis sobre las 295 iniciativas que se han presentado en los últimos 11 años ante ambas Cámaras del Congreso de la Unión, este documento trata de recoger los puntos de coincidencia, incluyendo los puntos de vista de los sectores productivos más representativos que a lo largo de los últimos 2 años han vertido sus puntos de vista en las mesas de diálogo permanente en la STPS; siendo el resultado de una serie de consultas, análisis y propuestas, que apuntan hacia la imperiosa necesidad de modernizar el marco jurídico del sector laboral, incluyendo propuestas para establecer condiciones laborales dignas para los trabajadores del campo.

209.Entre los principales retos en materia de protección de los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares, se encuentra la protección a los niños(as) y adolescentes migrantes. El Gobierno mexicano ha detectado la necesidad de realizar las siguientes acciones:

a)La conclusión y funcionamiento de nuevos módulos de atención en Acuña y Piedras Negras (Coahuila), que permitirá resguardar con mayor prontitud la integridad física y mental de la población infantil;

b)El fortalecimiento institucional de la Estrategia de prevención y atención a niñas(os) y adolescentes migrantes y repatriados no acompañados, el cual está dirigido a la revisión y diagnóstico metodológico del modelo de atención y formulación de un plan curricular para la profesionalización del personal vinculado a esta estrategia;

c)El impacto de la discriminación por género y de la violencia como factores detonadores de la migración infantil no acompañada y como riesgos asociados al fenómeno;

d)La instalación y funcionamiento de 45 centros comunitarios de protección a la infancia en los lugares de origen, los cuales gozarán de la mejora operativa de la Estrategia y contarán con información actualizada para la toma oportuna de decisiones y herramientas especializadas de intervención para la revinculación familiar y comunitaria de este grupo de población.