Naciones Unidas

CRC/C/PAN/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

8 de marzo de 2017

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención

Quinto y sexto informes periódicos combinados que los Estados partes debían presentar en 2016

Panamá *

[Fecha de recepción: 12 de julio de 2016]

Índice

Página

Siglas y acrónimos3

Introducción5

Contexto General del País5

I.Medidas generales de aplicación8

II.Definición de niño15

III.Principios generales15

IV.Derechos y libertades civiles17

V.Violencia contra el niño21

VI.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado25

VII.Discapacidad, salud básica y bienestar28

VIII.Educación, esparcimiento y actividades culturales35

IX.Medidas especiales de protección37

X.Ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos44

XI.Cooperación con órganos regionales e internacionales44

XII.Seguimiento y difusión45

Siglas y acrónimos

ANCECAsociación Nacional contra el Cáncer

ACNURAlto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

CEFACEICentros Familiares y Comunitarios de Educación Inicial

CETIPPATComité para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección de la Persona Adolescente Trabajadora

CEICCentros de Educación Inicial Comunitaria

COHESALEl Proyecto de “Apoyo para la Cohesión Social en Panamá”

COIFCentro de Orientación Infantil y Familiar

CONAPREDESComisión Nacional para la Prevención de los Delitos de Explotación Sexual

CONEPConsejo Nacional de la Empresa Privada

CONIPREVINNAComité Nacional Intersectorial para la Prevención de la Violencia contra Niños, Niñas y Adolescentes

CSSCaja de Seguro Social

EIHEducación Inicial en el Hogar

FAOFondo de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura

IEIInstituto de Estudios Interdisciplinarios

INADEHInstituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano

INAMUInstituto Nacional de la Mujer

INECInstituto Nacional de Estadística y Censo

MEDUCAMinisterio de Educación

MEFMinisterio de Economía y Finanzas

MIDESMinisterio de Desarrollo Social

MINSAMinisterio de Salud

MITRADELMinisterio de Trabajo y Desarrollo Laboral

ODENAObservatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia

ONPAROficina Nacional para los Refugiados

OPS/OMSOrganización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud

PANDEPORTEInstituto Panameño de Deportes

RAIPIRuta de Atención Integral a la Primera Infancia

RSEResponsabilidad Social Empresarial

REDNANYAPRed Nacional de Apoyo a la Niñez y Adolescencia

SENADISSecretaría Nacional de Discapacidad

SUMARSEAsociación que impulsa la Responsabilidad Social Empresarial en Panamá

SENNIAFSecretaria Nacional de Niñez Adolescencia y Familia

UNFPAFondo de Población de las Naciones Unidas

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Introducción

i)El presente documento contiene los informes periódicos quinto y sexto, combinados, sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, elaborados conforme a las Directrices específicas respecto de la forma y el contenido de los informes que han de presentar los Estados parte en virtud del artículo 44, párrafo 1 b), de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobadas por el Comité de los Derechos del Niño en su 65º período de sesiones, celebrado del 13 al 31 de enero de 2014 (CRC/C/58/Rev.3), y haciendo referencia a las observaciones finales formuladas por el Comité a Panamá en su 1668ª sesión, celebrada el 7 de octubre de 2011.

ii)Para dar efecto a las obligaciones contraídas en virtud de la Convención, el contenido de este informe incluye el período comprendido desde 2011 hasta 2015.

iii)Este informe ha sido elaborado a través de un proceso participativo multisectorial, en el que se contó con la participación de instituciones públicas, sociedad civil y sector empresarial, constituyéndose en la primera experiencia del país en este tipo de proceso. En este sentido, el informe fue elaborado desde la Comisión Nacional Permanente para velar por el cumplimiento y seguimiento de los compromisos adquiridos por Panamá en el ámbito nacional e internacional en materia de derechos humanos, que entre sus funciones tiene coordinar la preparación de los Informes de Estado que la República de Panamá debe presentar ante los Órganos de Supervisión de Tratados de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

iv)Esta Comisión Nacional Permanente, conformó una Subcomisión de Derechos de Niñez y Adolescencia, integrada por las siguientes instancias: Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la preside y funge como secretaría técnica, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Educación, Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Seguridad Pública, Asamblea Nacional, Corte Suprema de Justicia, Defensoría del Pueblo, Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Secretaría Nacional de Discapacidad, Dirección Nacional del Registro Civil del Tribunal Electoral, el Instituto Nacional de Cultura, Instituto Panameño de Deportes, Comisión Nacional para la Prevención de los Delitos de Explotación Sexual, el Comité para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de la Persona Adolescente Trabajadora, Comisión para la prevención de la trata, el Observatorio de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, Instituto Nacional de la Mujer, el Instituto para el Desarrollo de la Mujer y la Infancia, Programa RSE del Consejo Nacional de la Empresa Privada y SUMARSE.

Contexto General del País

a)Contexto demográfico

i)Conforme al censo del año 2010, Panamá cuenta con una población de 3.504.483 habitantes. Para el año 2016, se estima que hemos alcanzado los 4.037.043 habitantes en la República.

ii)La población panameña es relativamente joven; el 34,5% de los habitantes son menores de 18 años y el 6,6% son mayores de 64 años. En el 2010, la población total de menores de 18 años fue de 1.208.529 (616.980 hombres y 591.549 mujeres).

iii)Los principales grupos indígenas del país son los Ngäbe (63,2%), Guna (19,6%), Emberá (7,6%), Buglé (6,1%), Wounaan (1,8%), Teribe/Naso (1,0%), Bokota (0,5%) y Bri Bri (0,3%) (INEC 2010).

iv)Por su ubicación geográfica, Panamá se ha convertido en un país en el cual coexisten personas de diversas nacionalidades, etnias y culturas.

b)Contexto económico

v)En las últimas décadas, Panamá ha sido uno de los países de la región que ha logrado mantener un crecimiento económico sostenido. El PIB en el año 2014, fue de $ 46,2 mil millones, logrando un crecimiento del 6,1%. El desempleo total fue del 5,1% para agosto de 2015. La economía basada en el sector servicios se verá impactada positivamente con la ampliación del Canal de Panamá. Las inversiones públicas han logrado el desarrollo de importantes infraestructuras productivas y de servicios públicos.

vi)Las áreas indígenas concentran las condiciones más precarias del país, caracterizadas por la alta prevalencia de pobreza y pobreza extrema, las carencias en los servicios públicos y el alejamiento social, cultural y político.

c)La pobreza y la distribución de los ingresos

i)En los últimos años, los avances importantes en lo económico, laboral y social llevaron a que la República de Panamá cumpliera con la meta de reducir a la mitad la proporción de la población con ingresos inferiores a un balboa diario, entre 1990 y 2015, tal como señala el IV Informe de País de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

ii)De acuerdo con las mediciones que realiza el Ministerio de Economía y Finanzas, basadas en las encuestas de hogares del INEC, a marzo de 2015, el 17,5% de los hogares del país y el 23,0% de la población vivían en situación de pobreza o con ingresos insuficientes para cubrir sus necesidades básicas alimentarias y no alimentarias, cuando respectivamente fue el 21,8% y 27,6% en 2011. Mientras que en condición de pobreza extrema o con ingresos insuficientes para cubrir los requerimientos mínimos alimentarios fueron, a marzo de 2015, el 7,1% de los hogares y el 10,3% de la población, (8,4% y 11,5%, respectivamente, en 2011).

iii)El crecimiento económico sostenido y generalizado en todas las actividades y en el territorio nacional, ha sido el comienzo del avance social. Se crearon cientos de empleos, tanto que la tasa de desocupación abierta o propia de las condiciones del mercado, se redujo a mínimos históricos (3,3% en 2014), condición que propició el incremento del ingreso medio, real y nominal, de los ocupados 464,9 a 593,2 balboas, y el aumento del salario mínimo en promedio fue 29,8%, indicadores estos que figuran entre los más destacados en la región latinoamericana.

iv)En este contexto ha habido cierta mejoría en la distribución del ingreso. Según el Informe Distribución del Ingreso de los Hogares del Ministerio de Economía y Finanzas con información de agosto 2014: “Por primera vez en veintitrés años, desde que se comenzaron a utilizar las Encuestas de Hogares para medir el coeficiente de concentración (distribución del ingreso), éste se ubicó por debajo del valor medio del propio indicador (0,500). Hubo una mejora o una mejor distribución de los ingresos entre los hogares más pobres. Al respecto, el crecimiento económico abrió las puertas del mercado laboral a más personas, con mejores remuneraciones y el Gobierno pudo disponer de más recursos para transferir a los hogares más pobres”.

v)Tomando en consideración estos avances, se continúa reconociendo la necesidad de actuar más proactivamente para mantener y seguir incrementando los niveles de bienestar de los niños, niñas y adolescentes y los hogares donde viven, y sobre todo contar con un Sistema de Protección Integral y de Garantías de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para así cumplir con los compromisos asumidos como país, al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño.

I.Medidas generales de aplicación

a)Medidas adoptadas para armonizar la legislación nacional con la Convención (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 10)

1.El Estado panameño reconoce que aún no ha adoptado la Ley de Protección Integral a la que se refiere la observación.

2.La iniciativa legislativa del año 2007, sobre la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, no fue aprobada en la Asamblea Nacional por no contar con el apoyo de un sector de la sociedad.

3.Reconociendo la necesidad de contar con un marco legal para la adecuada protección de los derechos de la niñez y la adolescencia, se inició desde el año 2015, un proceso de elaboración de una nueva propuesta legislativa para el establecimiento de la Ley que crea el Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Infancia, Niñez y Adolescencia, sobre la base de los principios y disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, con el acompañamiento de UNICEF.

4.Este proceso es impulsado por el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), a través de una mesa interinstitucional de trabajo, a la fecha se encuentra en la fase de consultas con distintos actores, para ser presentada ante el Consejo de Gabinete y posteriormente a la Asamblea Nacional.

5.Durante el periodo 2011-2015, el Estado ha avanzado en el reconocimiento y protección de los derechos de la niñez y la adolescencia, a través de la aprobación de leyes y otras normativas, como lo son: la Ley núm. 79 de 9 de noviembre de 2011, sobre la trata de personas y actividades conexas; Ley núm. 42 de 7 de agosto de 2012, General de Pensión Alimenticia; Ley núm. 36 de 4 de mayo de 2013, sobre el tráfico ilícito de migrantes y actividades conexas y la Ley núm. 30 de 5 de mayo de 2015, que modifica y deroga disposiciones del Código de Familia sobre la edad de matrimonio a partir de los 18 años de edad. Información ampliada en Anexo 1.

6.Instrumentos jurídicos internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados:

Ley núm. 9 de 12 de abril de 2016, que aprueba el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, firmado en Marrakech, el 27 de junio de 2013.

Ley núm. 79 de 22 de octubre de 2013, que aprueba el Convenio sobre la Ciberdelincuencia hecho en Budapest, el 23 de noviembre de 2001.

Ley núm. 26 de 30 de marzo de 2011, que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles degradantes adoptada en Nueva York, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 2002.

Ley núm. 27 de 30 de marzo de 2011, que aprueba la Convención para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, adoptada en Nueva York, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 2006.

Ley núm. 28 de 30 de marzo de 2011, que aprueba la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas adoptada en Nueva York, el 28 de septiembre de 1954.

Ley núm. 29 de 30 de marzo de 2011, que aprueba la Convención para reducir los casos de apatridia, hecha en Nueva York, el 30 de agosto de 1961.

b)Estrategia Nacional amplia para la infancia y Planes Nacionales de Acción (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 14)

7.El no contar con un marco legal de protección integral de la niñez y adolescencia ocasiona la existencia de múltiples políticas y planes que en ocasiones han superpuesto los esfuerzos de distintos actores.

8.La propuesta de ley que crea el Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Infancia, Niñez y Adolescencia tiene la finalidad de dotar de un sistema que asegure la integración y coordinación entre todos los actores, en forma articulada, para reconocer, promover, proteger y restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Para garantizar su aplicación efectiva, en forma simultánea se trabaja en la revisión de las políticas públicas para la niñez y la adolescencia, a fin de establecer los lineamientos de una hoja de ruta que permita contar con una política nacional integral.

9.A su vez, el Plan Estratégico de Gobierno 2015-2019, constituye el plan nacional de desarrollo y entre sus ejes principales de acción estratégica reconoce el bienestar y desarrollo humano “vida buena para todos” con objetivos de atención a grupos vulnerables, reitera el compromiso de continuar los esfuerzos encaminados a lograr la plena vigencia de los derechos humanos y las condiciones de desarrollo social a favor de la niñez y la adolescencia impulsadas desde los distintos sectores.

10.Los programas de inclusión social que integran el Plan Estratégico de Gobierno, impactan en la niñez y la adolescencia panameña y benefician prioritariamente a las poblaciones indígenas y las ubicadas en áreas rurales.

11.Estos programas tienen como finalidad garantizar la seguridad alimentaria y nutricional, la disminución de la desnutrición durante la primera infancia, fortalecimiento de la atención primaria de la salud, aumento en la cobertura de agua potable y aumento en la cobertura y mejora en la calidad de servicios básicos de salud, la vivienda e infraestructura.

12.A lo largo del Informe se desarrolla el alcance de estos programas nacionales.

c)Coordinación Interinstitucional (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 12)

13.La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF) es el ente coordinador, articulador y ejecutor de las políticas de protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia. Cuenta con una Junta Directiva, presidida por el Ministro del MIDES y con participación de alto nivel de los Ministerios rectores de las políticas sociales y de la sociedad civil. Su función es promover y garantizar la efectividad de las políticas públicas para la niñez, la adolescencia y la familia y coadyuvar con la SENNIAF en la coordinación, transversalización e implementación de las estrategias, planes y programas para la niñez, la adolescencia y las familias.

14.A su vez, desde el año 2015, el Consejo Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia también es presidido por el MIDES, facilitando la articulación de las políticas y el cumplimiento de los derechos de la primera infancia previstos en la Ruta de Atención Integral para la Primera Infancia (RAIPI).

15.La independencia presupuestaria de la SENNIAF ha permitido la creación de oficinas regionales a lo largo del país, logrando ampliar su capacidad de coordinación. Sin embargo, se reconoce la necesidad de dotarla de recurso humano formado en la perspectiva de protección integral de niñez y adolescencia a todos los niveles y se mantenga una asignación de recursos técnicos y financieros acorde con las necesidades de la institución.

d)Presupuesto asignado para la aplicación de la Convención (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 18)

16.La elaboración de los distintos presupuestos y proyectos de inversión del Estado, se confeccionan a partir de los fines y objetivos de las instituciones públicas por programas, elaborados a partir de las necesidades identificadas y problemas reales de la población para lograr su mejor calidad de vida.

17.Entre los años 2011 y 2015, el Gasto Público Social asignado por las entidades del Gobierno Central y Descentralizado, creció sostenidamente de $. 5.549,5 a $ 9.481,6 millones de dólares (70,9% más). La proporción respecto al PIB osciló entre 16,1% en 2011 y 18,2% en 2015. Asimismo, su peso aumentó en el gasto total del sector público de 44,6% a 51,1%. Los recursos se asignaron, en promedio, de la siguiente manera: salud 33,2%, educación y cultura 26,1%, trabajo y seguridad social 19,8%, multisocial 18,7% y vivienda 2,1%.

18.En cuanto a recursos presupuestarios orientados a la niñez, en los sectores de educación y cultura la proporción presupuestaria pasó del 58,2% en el año 2011 a 66,9% en el 2015. Entre los proyectos de inversión en ejecución sobresalen: Mi Escuela Primero, Panamá bilingüe y Beca Universal. En el año 2015 se constituyó la transferencia de mayor cuantía del sector público de $ 223,8 millones, cuando fue $ 49,9 millones en el 2011.

19.Existen algunas dificultades en materia de la clasificación institucional del gasto social según sector. El sistema actual no permite la identificación de recursos que otras instituciones aportan a determinados programas nacionales, como es el caso del Programa Red de Oportunidades y Techos de Esperanza destinados a hogares pobres y vulnerables, basados en trasferencias monetarias.

20.Para hacer más evidente el esfuerzo nacional por lograr un bienestar integral de la niñez y adolescencia, se ha identificado la necesidad de estructurar una clasificación funcional e institucional del gasto público social en Panamá, que muestre con claridad la orientación de la inversión dirigida a la niñez.

21.Dado las complejidades vinculadas a desagregación por parte de las entidades de las acciones y recursos, por grupos etarios, sexo, etnias y área geográfica, al momento de presupuestar imposibilita la obtención de un análisis presupuestario desde lo que demanda el enfoque integral de derechos de la niñez y la adolescencia.

22.Está pendiente el desafío de lograr la elaboración del presupuesto a través de un mecanismo participativo en donde se incluya a los niños, niñas y adolescentes.

e)Cooperación internacional dirigida a la aplicaciónde la Convención

23.El Gobierno de la República de Panamá y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Panamá, a través de un amplio proceso participativo, evaluó las prioridades de desarrollo del país y realizó las consultas correspondientes a nivel gubernamental y de la sociedad civil, donde se identificaron las prioridades nacionales y se definieron las áreas de cooperación, las cuales se implementaron en el Marco de Cooperación para el Desarrollo 2012-2015.

24.El Marco de Cooperación, constituye el referente para la acción conjunta y coordinada entre el Gobierno y las diferentes agencias, fondos y programas del Sistema de las Naciones Unidas en Panamá, que se concentró en cuatro ejes estratégicos: Cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio; Consolidación de la Democracia; Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana; y Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático. Cada área de cooperación orientada en principios de programación, que utiliza la ONU y adaptados al contexto de Panamá, entre los que cabe destacar el enfoque en Derechos Humanos, la Igualdad de Género, Sostenibilidad del Medio Ambiente, y Desarrollo de Capacidades.

25.La cooperación se concentró en la prevención y atención de las formas más sensibles de violación del derecho a la vida y la integridad, como el homicidio y la violencia contra las mujeres y contra la niñez. Para tal efecto los esfuerzos se dirigieron a la formulación y ejecución de planes contra dichas formas de violencia, que incluyeron el desarrollo de estrategias especializadas de prevención y atención a las víctimas, y de tratamiento o sanción a los agresores.

26.Se trabajó en la definición de políticas migratorias con enfoque de derechos humanos incluido el derecho al asilo y a medidas de protección. También se orientó a desarrollar capacidades para la vigilancia y control del crimen organizado, y la trata de personas.

27.Durante este periodo se ha contado con la cooperación permanente en la elaboración de la ley que crea el Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia en Panamá.

28.El nuevo marco de cooperación para el periodo 2016-2020 está orientado en el Plan Estratégico de Gobierno 2015-2019 y tiene previsto trabajar tres áreas de cooperación: Políticas Integrales para la Equidad y la Inclusión; Gobernanza, Diálogo y Participación Social; Sostenibilidad Ambiental y Crecimiento Inclusivo.

f)Institución Nacional Independiente de derecho humanos para supervisar la aplicación de la Convención y los Protocolos Facultativos (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 16)

29.Se mantiene lo reportado en el III y IV Informe (CRC/C/PAN/3-4, párr. 55).

30.Durante el período tramitó 28 quejas por violación a los derechos humanos de la niñez y la adolescencia, realizó gestiones encaminadas a brindar orientaciones y recomendaciones en materia de protección de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.

31.En su función de inspección, la Unidad de Niñez y Adolescencia, realizó 281 visitas de monitoreo a los albergues y a los centros de custodia y cumplimiento a nivel nacional, para monitorear las condiciones de derechos humanos en los mismos.

g)Reunión de Datos (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 20)

32.El Sistema de Indicadores de Niñez y la Adolescencia y la Mujer de Panamá (SINAMP) actualmente está en proceso de migración hacia otro software; no obstante, en el sistema de indicadores de desarrollo se ha continuado presentando un conjunto de indicadores que dan cuenta de la situación de la niñez panameña los cuales están accesibles en el portal del Instituto Nacional de Estadística y Censo, desagregados por sexo, edad y área geográfica.

33.En el 2013 se realizó la primera Encuesta Nacional de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS) la cual proporcionó información valiosa sobre la niñez, con una desagregación etaria, étnica y por sexo a nivel nacional, provincial y de áreas urbanas e indígenas e ingreso; la cual ha sido de gran utilidad para el monitoreo y evaluación de políticas enfocadas a la niñez y adolescencia.

34.Se trabaja en la integración en una sola plataforma de información sobre la población con discapacidad y generar a partir de los resultados políticas públicas y líneas de acción encaminadas a su desarrollo.

h)Difusión y Sensibilización (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 22)

35.Desde los distintos sectores, tanto públicos, como desde las organizaciones de la sociedad civil se mantiene en forma permanente las actividades de difusión en materia de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes.

36.Las entidades públicas del sector social incluyen en sus pronunciamientos el abordaje sobre la defensa y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes con especial énfasis en las temáticas que les competen.

37.La Defensoría del Pueblo, emite opiniones en relación a las propuestas legislativas relacionadas a los derechos de la niñez y la adolescencia, con la finalidad de incidir la progresividad de los derechos.

38.Durante la conmemoración de días internacionales se refuerzan las campañas de nacionales de sensibilización, entre los que están la erradicación del trabajo infantil, la lucha contra la violencia, la trata de personas, prevención del VIH/SIDA, No discriminación, entre otros. Tienen un alcance público a través de medios de comunicación radiales, escritos y televisivos.

i)Capacitación (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 24)

39.Desde las distintas entidades se ha mantenido la política de llevar adelante capacitaciones de manera permanente. En los últimos años resalta la transversalización de los derechos de niñez y adolescencia en ámbitos que anteriormente no se contemplaban, como las personas en condición de refugio, poblaciones migrantes y en la prevención de la trata. Información ampliada en Anexo 8.

40.En el periodo resalta el esfuerzo realizado desde el Órgano Judicial, que en forma planificada implementa actividades formativas en derechos de niñez y la adolescencia, con la finalidad de formar al equipo profesional.

j)Sociedad Civil (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 26)

41.En los últimos años se muestra un incremento de la participación ciudadana en los procesos de formulación, seguimiento y monitoreo.

42.En las políticas públicas dirigidas a la niñez y la adolescencia, uno de los logros es la participación en la Junta Directiva de la SENNIAF de las organizaciones de la sociedad civil representadas por la Red Nacional de Apoyo a la Niñez y Adolescencia en Panamá y el Consejo Nacional de la Familia y el menor.

43.Las organizaciones de la sociedad civil según sus fines, cuentan con sustento legal que garantiza su participación permanente en diversos comités y comisiones a nivel nacional, que abordan la formulación de políticas públicas sobre protección de derechos de la niñez y su seguimiento, tales como: CETIPPAT, CONAPREDES, Consejo Nacional de Atención a la Primera Infancia, CONIPREVINNA; Comité Contra la Trata; Consejo Nacional de Discapacidad, a su vez cuentan con participación en la Subcomisión de Niñez y Adolescencia de la Comisión Nacional Permanente para velar por el cumplimiento y seguimiento de los compromisos adquiridos por Panamá en el ámbito nacional e internacional en materia de Derechos Humanos.

44.El Observatorio de los Derechos de la Niñez y Adolescencia (ODENA), funciona como mecanismo independiente de monitoreo y vigilancia del cumplimiento de las Observaciones del Comité de los Derechos del Niño, por lo que no cuenta con recursos otorgados por el Estado. Esta independencia económica le permite la construcción de criterios propios y de observaciones críticas constructivas sobre las políticas públicas y hechos vinculados al reconocimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia.

45.Durante este periodo ODENA, ha logrado obtener un espacio como referencia independiente y mantiene una vigilancia permanente en las distintas acciones que se impulsan, a su vez ha contribuido con las autoridades para lograr incidencia en temas relevantes. Entre estos destacan: colaboración con autoridades en temas como la eliminación del toque de queda, la evaluación del sistema de adopciones para determinar la eficiencia de los procedimientos y protocolos que se están aplicando; en forma conjunta con el MIDES, el Ministerio de Relaciones Exteriores y con el acompañamiento de OACNUDH y UNICEF han promovido la ratificación del Tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo al Procedimiento de Comunicaciones.

46.ODENA recibe apoyo técnico y financiero de UNICEF, el cual le permite contar con un equipo que le brinda asistencia técnica desde su creación en el año 2010. La Defensoría del Pueblo se mantiene dentro de su estructura como Secretaría Técnica, no obstante, al no contar con recursos por parte de esta institución, el ODENA depende principalmente de fondos internacionales para su funcionamiento.

k)Derechos del niño y sector empresarial (CRC/C/PAN/CO/3-4, párrs. 28 y 30)

47.El Ministerio de Ambiente en el 2016 creó una comisión asesora para realizar cambios al Decreto núm. 123 de 14 de agosto de 2009, que regula las evaluaciones de impacto ambiental, integrada por empresarios, ambientalistas y autoridades nacionales. Se espera que esta Comisión tenga listo para los meses de septiembre y octubre de 2016 una propuesta de modificación del Decreto, que será sometida a consulta pública.

48.Entre los cambios que se tienen contemplado realizar se busca asegurar procesos participativos y más eficientes que minimicen los conflictos por obras, proyectos o actividades que generen impactos al ambiente, tomando en cuenta aspectos culturales de las comunidades.

49.La propuesta mejorará la eficiencia del proceso de evaluación, calidad de contenido de los estudios y la fiscalización de lo aprobado para que realmente se cumpla el objetivo de prevenir, reducir y compensar los impactos.

50.En abril del 2016, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley núm. 81 que establece la consulta y consentimiento previo, libre e informado a los pueblos indígenas, cada vez que se prevean medidas legislativas y administrativas que afecten sus derechos colectivos, entendiendo como éstos sus tierras, territorios, recursos, modos de vida y cultura.

51.El proyecto destaca como obligatorio que la consulta se realice directamente por entidades estatales antes de la adopción y aplicación de las medidas que le afecten directamente la existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo de los pueblos indígenas. Se incluyen también en esta consulta los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional, comarcal y regional que afecte directamente los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

52.El Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) y Sumarse (red local del Pacto Global) ejecutan acciones específicas para fortalecer la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) con enfoque en los derechos de la niñez y la adolescencia, en estrecha colaboración con el sector público y las ONG´s.

53.Entre los logros destacan: Programa de auditoria de empresa libre de trabajo infantil; Pautas nacionales de las empresas; Programas de RSE en las que se promueve la erradicación del trabajo infantil y la protección del trabajo adolescente, proyectos destinados de combate a la pobreza y desnutrición y generación del conocimiento y uso de TICs.

54.En el año 2014 las empresas, medios de comunicación y ONG´s suscribieron el Pacto por la Niñez y conformaron el grupo Aliados por la Niñez, a fin de incidir en el posicionamiento de la niñez y la adolescencia como tema prioritario de Estado.

Niñez y medios de comunicación

55.La Autoridad de los Servicios Públicos y las Empresas Televisoras de la República de Panamá suscribieron un nuevo Acuerdo de Autorregulación basado en el compromiso de desarrollar acciones con respeto a los derechos humanos y promover valores para fortalecer la unidad familiar, en especial la niñez y adolescencia. Este acuerdo define los criterios de la programación durante los horarios establecidos y la clasificación de acuerdo a su contenido y establece una Junta Consultiva, encargada de dar seguimiento al cumplimiento del Acuerdo y dar recomendaciones (participa el MIDES, Ministerio de Gobierno, Asamblea Nacional, clubes cívicos y medios de comunicación).

II.Definición de niño (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 32)

56.A través de la Ley núm. 30 de 5 de mayo de 2015 se prohíbe el matrimonio a las personas menores de 18 años de edad, elevando la edad mínima para contraer matrimonio entre hombres y mujeres.

III.Principios generales

a)No discriminación (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 34)

57.En el año 2015 el Estado realizó el Lanzamiento Oficial del Decenio de los Afrodescendientes 2015-2024, uniéndose al llamado internacional de trabajar bajo el lema: reconocimiento, justicia y desarrollo.

58.Para lograr los objetivos, se utilizará la educación como eje estratégico para impulsar cambios en los patrones culturales, a través de la transformación curricular y la adecuación de los contenidos académicos, a fin de eliminar barreras conceptuales que propician patrones culturales discriminativos. Este esfuerzo se impulsa en alianza con el sector público en coordinación con organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática.

59.Simultáneamente se avanza en la creación de la Secretaría Nacional para el Desarrollo de los Afro-Panameños (SENADAP), como entidad de alto nivel que permitirá, en una posición igualitaria con otras secretarías del Estado, lograr la articulación y coordinación integral y asegurar condiciones de equidad para los afrodescendientes.

60.El Consejo Nacional de la Etnia Negra en conjunto con la sociedad civil afropanameña, realiza actividades de campaña de divulgación y sensibilización, actividades culturales, marchas y manifestaciones con participación de la niñez y adolescencia, educación recreativa, teatro callejero, arte y música encaminados a evitar la discriminación.

61.En forma específica se realizan capacitaciones a los agentes de policía, a la juventud y adolescencia para darle herramientas necesarias y lograr un buen diálogo intercultural, retomar los vínculos perdidos y afianzar los lazos; promueve el cumplimiento de legislación existente sobre la niñez y juventud afrodescendiente para no ser discriminados en la expresión de sus derechos culturales en los centros educativos.

62.En el 2016, Panamá se unió a la campaña mundial de lucha contra el VIH/SIDA “Cero Discriminación” con el lema: “Sé la transformación que deseas ver”. Esta campaña anual tiene como objetivo crear un clima de respeto, solidaridad e inclusión, para que todas las personas puedan vivir sin temor a ser atacadas, criminalizadas o estigmatizadas por el VIH/SIDA.

63.Desde el año 2012 se estableció la Mesa de Integración Nacional de Desarrollo para los Pueblos Indígenas, con la participación del Estado y representantes de la Comarca Ngäbe Buglé, para la elaboración del Plan de Desarrollo Integral para los Pueblos Originarios de Panamá, para que se convierta en un plan de Estado.

64.El proceso se llevó a través de la consulta con autoridades locales e intercambio de visiones de desarrollo por medio del diálogo intercultural y su validación se llevó en el 2014 por los Congresos indígenas.

65.El Plan se ha dividido en 3 ejes: político y jurídico, económico, social y jurídico. En el caso del eje social, se subdivide en 5 sub-ejes: educación, cultura, salud, vivienda e infraestructuras y energías y se ha diseñado con el respeto al reconocimiento de las costumbres y los derechos culturales y colectivos, tomando en cuenta las necesidades de la población indígena menor de 18 años.

b)Interés superior del niño (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 36)

66.La propuesta de Ley que crea el Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Infancia, Niñez y Adolescencia desarrolla el principio del interés superior de la niñez contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño y conforme a lo establecido en la Observación General núm. 14 del Comité de los Derechos del Niño, y permitirá superar las normas que guardan relación con la doctrina tutelar, y dar lugar al reconocimiento de sus derechos humanos jurídicamente garantizados y brindar el marco legal que haga efectiva su protección.

c)Respeto por la opinión del niño (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 38)

67.Se han implementado mecanismos que garantizan el cumplimiento de lo dispuesto en las normas legales que garantizan el respeto a la opinión del niño en los procesos judiciales y administrativos.

68.El Ministerio Público, las decisiones, emisiones de concepto y resoluciones que emite, son motivadas con los principios y normas contempladas en la Convención sobre los Derechos del Niño, concretamente el principio del respeto a la opinión del niño.

69.Desde el 2012 se adoptó “La Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia” (Resolución núm. 3 de 6 de enero de 2012), que establece el derecho de atención personalizada a las personas menores de edad y advierte sobre el derecho a la reserva en las actuaciones tramitadas por el Ministerio Público.

70.En los casos ante las Fiscalías, los niños, niñas y adolescentes víctimas de maltrato son remitidos a evaluación psicológica con el objetivo de verificar si se encuentran aptos para declarar o no.

71.A la niñez y adolescencia víctimas de delitos sexuales se les brinda atención psicológica que determina si se encuentran en condiciones de brindar una entrevista, para ser escuchados, explicándoles el procedimiento y sus derechos. Se les brinda la oportunidad de elegir con quien van a rendir su entrevista y si desean la presencia de sus padres o el psicólogo.

72.En las evaluaciones médico forenses se les explica la importancia de la evaluación para el proceso y se le recibe lo que se denomina el consentimiento informado para proceder con la evaluación.

73.En la fase de juicio oral, al momento de recibirles interrogatorio, los niños, niñas y adolescentes deben estar en compañía de un psicólogo u otro funcionario capacitado de la Unidad de Protección a Víctimas, Testigos, Peritos y demás Intervinientes en el Proceso Penal (UPAVIT). Las audiencias se realizan a puerta cerrada para preservar su privacidad y se garantiza la confidencialidad de la información personal del niño, niña o adolescente.

74.Se ha avanzado con la dotación de una Cámara Gesell en uno de los nueve Circuitos Judiciales, con un manual aprobado para su utilización. Permitiendo que a la víctima menor de edad se le tome una sola entrevista y evitar la revictimización, las preguntas se canalizan a través de un psicólogo, que se encuentra dentro de la Cámara con la víctima. Se espera ampliar esta facilidad en otros Circuitos judiciales.

75.En la esfera penal de adolescentes, se mantiene el derecho a ser informados y escuchados en todas las fases del proceso y durante el cumplimiento de la sanción. Durante los años 2011 al 2015, 5.242 adolescentes entre 12 a 17 años fueron escuchados en procesos penales de adolescentes, conforme a estadísticas del Ministerio Público.

76.A través de las visitas que realiza la Unidad de Niñez y Adolescencia de la Defensoría del Pueblo, a nivel nacional, se efectúan inspecciones a los Centros de Custodia y Cumplimiento con el propósito de verificar el cumplimiento de las normas relativas al Régimen de Responsabilidad Penal del Adolescente, las condiciones de salud, infraestructura y se brida la oportunidad a los adolescentes de presentar denuncias por posibles abusos por parte del personal administrativo y custodios. Una vez recopilada la información se instauran acciones ante las instancias correspondientes, con el propósito de brindar solución a las peticiones presentadas.

77.En los procesos de adopciones y los procesos de acogimiento familiar se escucha la opinión de los niños, niñas y adolescentes, conforme a su edad y desarrollo.

78.En materia de Registro Civil, se reconoce la necesidad de incorporar a la reglamentación los mecanismos de participación de los niños, niñas y adolescentes en los procesos administrativos que los afecten, en especial los procesos de cambio de nombre y la supresión o modificación de sus apellidos, tomando como base la madurez y evolución del niño y niña y atendiendo los principios de progresividad. Actualmente la Ley solo otorga a la madre y/o padre la facultad discrecional de realizar el cambio de nombre por una vez y sin necesidad de pruebas y sin la intervención del niño, niña o adolescente.

IV.Derechos y libertades civiles

a)Inscripción de los nacimientos, el nombre y la nacionalidad (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 40)

79.Panamá, se unió al compromiso de lograr tener 0% de subregistro al año 2015. Para el año 2012 el subregistro de nacimientos era de 3,97%, mientras que para el año 2015 se ha estimado un subregistro de nacimiento negativo de -2,63% a nivel nacional.

80.Cuando esas cifras se disgregan por región, la situación cambia y queda evidenciado que en las áreas de difícil acceso y en las comarcas indígenas donde los nacimientos ocurren en casa, se presenta un subregistro mayor.

81.Los mayores índices de subregistro los encontramos en la Comarca Guna Yala, Darién, Comarca Emeberá-Wounnan, Comarca Ngäbe.Buglé, Bocas del Toro y, Coclé.

82.De acuerdo a las últimas cifras del Tribunal Electoral el 91,9% de los nacimientos de los panameños ocurre en un centro hospitalario con asistencia médica lo que garantiza la inscripción de nacimiento para dicho porcentaje. El 8,9% de los nacimientos que ocurren en casa en regiones comarcales y áreas de difícil acceso, se han identificado para tomar medidas especiales que garanticen la inscripción de nacimiento de manera oportuna y rápida.

83.Consciente del derecho al registro de nacimiento, en los últimos años se adoptaron medidas especiales para asegurar la inscripción de los nacimientos de todos los niños y niñas nacidos dentro del territorio panameño sin importar el origen de sus padres o su condición migratoria. Igualmente se desarrolla una política de otorgar a todos los niños, niñas y adolescentes la cédula juvenil, como documento de identidad. Y se acompaña de acciones de descentralización de los servicios del Tribunal Electoral, a través de instalación de oficinas en áreas apartadas y el establecimiento de Auxiliares de Registro en las comunidades.

84.En el año 2011, se suscribe acuerdo con UNICEF para el desarrollo de estrategias de programas de giras en las áreas identificadas con subregistro en la Comarca Ngäbe-Buglé, de los resultados de este proyecto se mantiene para el año 2012 y se amplía en el año 2013 para la Comarca Embera Wounaán y la Provincia de Darién inicialmente, logrando captar la mayor cantidad de personas no inscritas o sin documento de identificación, que incluye población indígena, afrodescendientes e hijos de migrantes nacidos dentro del territorio panameño, comprendiendo a su vez que el subregistro conlleva barreras culturales, geográficas, administrativas que identifican la necesidad de interactuar de manera directa con otras instituciones del Estado.

85.Igualmente se desarrolla un proyecto de atención de inscripción y cedulación de personas que forman parte de los Mama Tatas, un grupo religioso dentro de la Comarca Ngäbe-Buglé que tradicionalmente se ha negado a inscribir sus nacimientos y en consecuencia carecen de cédula de identidad. Quedan algunas comunidades que mantienen la negativa de ser inscritos, pero se tienen previstas nuevas visitas a las comunidades para conversar con los dirigentes y lograr el registro.

86.En el año 2014, el Tribunal Electoral recibió los resultados de un estudio para el desarrollo de herramientas de fortalecimiento institucional para el registro oportuno de nacimientos, quedando evidenciados los obstáculos existentes en el país para lograr la inscripción universal de los nacimientos y la necesidad de implementar un plan nacional interinstitucional.

87.Ese plan ha sido traducido en un Protocolo Interinstitucional para la inscripción oportuna de nacimiento e identificación. En el 2015 se iniciaron las reuniones de coordinación con las instituciones involucradas para su implementación y se ha aplicado el formulario de detección de personas no inscritas para uso de las instituciones en áreas de difícil acceso.

88.Respecto a las Comarcas Indígenas, el Registro Civil realiza su intervención en lengua indígena a través de la divulgación de cuñas radiales en los medios de comunicación. Para las áreas de difícil acceso donde no llega señal radial, se coordina con las autoridades comarcales de las comunidades y las atenciones se realizan a través de un traductor miembro de la misma población indígena y habitante de la comarca.

89.El Tribunal Electoral, también cuenta con recurso humano de etnia indígena que colabora con las atenciones de sus propios pueblos originarios.

90.Se mantienen las excepciones en beneficio de las poblaciones indígenas procurando que sus nombres se consignen en sus lenguas, con la exclusión de los apellidos como consecuencia de la filiación paterna o materna.

91.Desde el año 2015 se ha implementado un convenio con el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, para documentar a la población indígena nacional que migra a trabajar en las fincas cafetaleras ubicadas en Costa Rica, así como también sus hijos e hijas que nacen en ese país.

92.En estas atenciones como eje transversal se atiende a las personas que se encuentran en condición de apátrida, cuyos hijos han nacido dentro de territorio panameño.

93.En el año 2015, durante las jornadas desarrolladas en el marco de este Convenio, se lograron realizar 742 trámites de declaración de nacimiento, de los cuales 699 corresponden a personas menores de edad y 896 trámites de Cedulación, de los cuales 344 son cédulas infantiles.

94.Se firmó un convenio entre el Tribunal Electoral y la Registraduría del Estado Civil de Colombia, con el objeto de asegurar el registro de nacimiento de hijos de migrantes colombianos que hayan ocurrido en territorio panameños aun cuando sus padres no tengan un status migratorio regular.

95.Se ha instalado un comité técnico encargado de la reglamentación de la Ley núm. 28 del 30 de marzo de 2011, por la cual se aprueba la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas.

b)Preservación de la identidad

96.A partir de los 12 años de edad es obligatorio portar la cédula juvenil. El Tribunal Electoral ha previsto la reglamentación del mecanismo para obtener de las autoridades competentes la cooperación para hacer efectiva esta norma. Junto con el MEDUCA se implementa un programa de cedulación juvenil en todas las escuelas públicas y privadas del país.

97.El Tribunal Electoral firmó en el 2013 un Convenio con la Caja del Seguro Social para que se emitan de forma gratuita cédulas juveniles, documento oficial de identidad para las personas menores de 18 años. Este documento será utilizado en lugar del antiguo carné de seguro social. A su vez, constituye una prueba de la condición de nacional o extranjero con residencia permanente. El derecho a portar este documento es extensivo a las personas menores de edad extranjeras que tienen la condición de residente permanente.

c)Libertad de expresión y el derecho a buscar, recibir y difundir información

98.Se continúa realizando acciones y estableciendo espacios para promover el derecho a la libertad de expresión de los niños, niñas y adolescentes, logrando la permanencia en el tiempo de muchos de estos programas. Entre estos están:

El Club de la Niñez, para garantizar el derecho a la participación, en talleres de elaboración, confección y manejo de títeres como herramientas para la promoción de los derechos.

Programa Conociendo Mis Derechos y Deberes, se promueve que los niños, niñas y adolescentes, conozcan sus derechos, y sean agentes multiplicadores del conocimiento en sus escuelas y comunidades.

Semilla del Arte, programa recreativo que brinda a los niños, niñas y adolescentes, de zonas urbano marginales la oportunidad de incursionar en el mundo del arte y la cultura, como medio de expresión artística.

Está vigente el Programa Asambleas Juveniles como espacio formativo del ejercicio de los derechos políticos de los adolescentes como ciudadanos en el cual pueden expresar libremente sus ideas sobre distintas situaciones sociopolíticas y económicas del país y generar debate e iniciativas legislativas.

Programa “Concurso Nacional de Oratoria”, que permite la discusión constructiva en temas de relevancia nacional y la formación en valores cívicos y el desarrollo de habilidades de disertación, participan adolescentes estudiantes de la educación media, con representatividad de las provincias y áreas comarcales.

Programa Nacional para Fortalecer los Derechos y Valores Humanos.

Programa de los Defensores Escolares y el Programa de Servicio Social en la Defensoría del Pueblo, en el que participan estudiantes de educación media, favoreciendo el desarrollo de valores ciudadanos. (ha beneficiado a 18.114 personas, entre niños, niñas, adolescentes, docentes, administrativos y padres de familias).

Programa de Educación Cívica Electoral, busca capacitar a docentes en temas de democracia, participación ciudadana y organización política a fin de que estos actúen como agentes multiplicadores con sus estudiantes (en 20 años del programa se han capacitado a 17.583 docentes, beneficiando a una población estimada de 854.089 estudiantes). También impulsa la participación de estudiantes graduandos de todos los colegios en los procesos electorales como promotores electorales (a la fecha han participado 6.211 estudiantes).

Programa Mis Amigos y Yo, dirigido a estudiantes de escuelas a nivel primario con el propósito de sensibilizar a estudiantes y docentes y promover cambio de actitud positiva hacia las personas con discapacidad.

Programa de Voluntariado Juvenil como forma de promover la responsabilidad, la solidaridad y realizar acciones concretas para mejorar la calidad de vida de los panameños, y así formular de un modelo sostenible de gestión comunitaria, especialmente en regiones vulnerables.

d)Libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 42)

99.Se mantiene vigente la Resolución por la cual se fija el toque de queda para los menores de edad en toda la provincia de Panamá y se ha extendido a las provincias de Chiriquí, Colón y Panamá Oeste.

100.El Estado reconociendo la necesidad de evaluar la efectividad del toque de queda, en el 2015, a través del Ministerio de Gobierno convocó a una mesa multisectorial con la participación de la sociedad civil, para analizar la adopción de medidas adecuadas para brindar atención a los niños, niñas y adolescentes que son encontrados en horas de la noche deambulando por las calles, a la fecha no se ha llegado a acuerdos.

101.En Anexo 56 se muestran las estadísticas de SENNIAF correspondiente a los niños, niñas y adolescentes detenidos durante el toque de queda, cuyos padres no pagan la multa.

V.Violencia contra el niño

a)Malos tratos y descuido (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 47)

102.El Estado panameño reconoce que no existe un sistema nacional integrado de reunión, análisis y difusión de datos sobre violencia contra la niñez. También reconoce que no cuenta con una estrategia nacional general para prevenir y afrontar todas las formas de violencia contra los niños, niñas y adolescentes.

103.Para los años 2013 al 2015, los casos registrados en la jurisdicción penal a nivel nacional respecto a los casos de maltrato a las personas menores de edad reflejaban 755 casos para el 2013, 1.442 casos para el 2014 y cifras preliminares del 2015 reportaban 1.205 casos. Respecto a los casos de delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes las estadísticas presentan una tendencia a aumentar cada año. Para el 2013 1.488, para el 2014 1.645 casos y cifras preliminares del 2015 registran 2.297 casos a nivel nacional.

104.En el 2013, la SENNIAF creó el Departamento especializado de protección contra el abuso y la violencia, donde se atienden las denuncias recibidas, se les brinda atención directa a las víctimas de cualquier modalidad de violencia según el Protocolo de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Maltrato y se presentan acciones legales ante el Ministerio Público.

105.Se creó el Comité Nacional Intersectorial para la Prevención de la Violencia contra Niños, Niñas y Adolescentes (CONIPREVINNA), con la finalidad de crear una Estrategia Nacional para prevenir y afrontar todas las formas de violencia contra la niñez en todos los contextos.

106.Dentro de los ejes de acción del Programa Red de Oportunidades, se trabaja la prevención de la violencia doméstica, a través de charlas dictadas por los promotores sociales en los que participan mujeres de los hogares beneficiarios para informarse sobre las consecuencias y perjuicios de la violencia sobre el grupo familiar y las medidas de prevención. A partir del 2016 se implementan los módulos sobre cultura de paz, con la finalidad de fortalecer los vínculos de confianza y cooperación en la población local.

107.El MEDUCA implementa el Programa Escuela Segura, No al Bullying, como respuesta preventiva, eficaz y adecuada para fomentar una cultura de paz, con valores cívicos, en la que resalte una convivencia escolar positiva y sensibilizar a todos los actores que intervienen en el sistema educativo, ofreciéndoles herramientas que permitan mitigar la presencia y las consecuencias del bullying, así como la pérdida de valores.

108.El registro de los casos de sospecha de violencia doméstica se lleva desde el MINSA, y se brinda una atención multidisciplinaria a la víctima por parte del equipo de salud, y se trabaja coordinadamente con la Policía de Niñez y Adolescencia, Juzgados de Niñez y Adolescencia, MIDES y SENNIAF. De igual forma el Ministerio Público y el Órgano Judicial llevan el registro de las estadísticas según su competencia.

109.En forma especial el Ministerio de Salud imparte capacitaciones al personal de salud sobre cumplimiento de las normas y del marco legal, y la utilización del formulario para recabar la información en casos de maltrato.

110.En el año 2015, el Estado invitó a la Representante Especial del Secretario General de Naciones Unidas sobre la Violencia contra la niñez a visitar el país, en concreto al Centro de Cumplimiento de Adolescentes en conflicto con la Ley de Pacora. La Representante Especial reconoció la existencia de cambios significativamente positivos en las condiciones de privación de libertad de los jóvenes con relación a aquella que había observado en visita realizada en el 2011.

b)Derecho a no ser sometido a torturas, ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, incluidos los castigos corporales (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 44)

111.Como resultado de los hechos acaecidos el 9 de enero de 2011 en el Centro de Cumplimiento de Tocumen, en el que fallecieron 5 adolescentes, el Ministerio Público inició las investigaciones correspondientes y se culminó el proceso judicial. El 11 de enero de 2016 el Segundo Tribunal Superior de Justicia declaró penalmente responsable a 9 personas, entre estas 6 policías, 2 custodios y a la Directora del Centro de Tocumen por el delito de homicidio y castigos infamantes, vejación o medidas arbitrarias, con sanciones que van desde 6 hasta 46 años de prisión.

112.En cuanto al incendio ocurrido en el Centro de Custodia de Arco Iris, el 20 de junio de 2011, en el que 15 adolescentes sufrieron quemaduras, el 15 de septiembre de 2014 el Segundo Tribunal Superior de Justicia abrió causa criminal contra 4 adolescentes por delito de homicidio doloso en grado de tentativa. La audiencia de fondo fue suspendida por falta de notificación de los defensores de oficio. Se está a la espera de nueva fecha de juicio.

113.En el mes de mayo de 2016, el Consejo de Gabinete aprobó el proyecto de Ley de Carrera Penitenciaria, que tiene como fin establecer un sistema de ingresos y ascensos del personal penitenciario basado en méritos, incluyendo aquel personal que tiene bajo su responsabilidad la custodia de los adolescentes en conflicto con la Ley y un régimen disciplinario adecuado a las labores que estos llevan a cabo. El mismo tiene como fin garantizar que se cuente con el mejor personal, con la formación adecuada para brindar un tratamiento adecuado a la población penitenciaria menor de edad y será presentado en la Asamblea Nacional en el mes de julio de 2016.

114.El Ministerio de Gobierno elabora un Protocolo de seguridad en el que se prohíbe el uso de gases lacrimógenos al interior de los centros de custodia y cumplimiento.

115.Respecto a la renovación de los centros de custodia y cumplimiento, uno de los grandes logros durante este periodo, ha sido la construcción y puesta en funcionamiento del Centro de Cumplimiento de Adolescentes de Pacora, con una capacidad para 192 adolescentes, el cual fue inaugurado en el 2012.

116.Actualmente tiene una población de 154 jóvenes, implementa un modelo de protección integral, que tiene como base el interés superior de los adolescentes y como fin procurar que estos puedan desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable.

117.Este enfoque se basa en 7 ejes a través de los cuales se abordan todos los aspectos de la vida de los adolescentes: salud física y mental; atención psicológica; familia, educación, socio-ocupacional, integración social y derechos. El mismo también se aplica en los demás centros de privación de libertad de adolescentes en conflicto con la ley penal.

118.El Estado reconoce que la construcción de nuevos centros de privación de libertad no es la respuesta, para la reducción de la criminalidad. Sin embargo, dado el estado de la infraestructura de algunos centros y la existencia de centros que funcionan a la vez como centros de custodia y cumplimiento es necesaria. En atención a ello, se ha previsto construir nuevos centros y acondicionar los existentes replicando el modelo del Centro de Pacora, a fin de cumplir con los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos. Información ampliada en Anexo 61.

119.Una de las principales dificultades que presentó el Instituto de Estudios Interdisciplinario para los años 2011 al 2014, es que no contaba con un sistema de información de datos estadísticos. Para el 2015 se inició la recopilación de información y se ha planificado el desarrollo de este sistema y la realización de un censo penitenciario que abarcará a la población menor de edad, permitiendo brindar a las autoridades información actualizada para el establecimiento de políticas públicas adecuadas a las necesidades de los jóvenes. Se trata del primer censo a nivel nacional que abarcará a toda la población privada de libertad del país mayor y menor de edad y a la población menor de edad en conflicto con la ley sujeta a medidas alternativas a la privación de libertad realizado por la Contraloría General de la República.

120.La Defensoría del Pueblo realiza inspecciones periódicas a los centros de custodia y cumplimiento para verificar la situación de los mismos y conocer de primera mano las condiciones en que se encuentran los adolescentes.

121.El Estado panameño se encuentra en proceso de la creación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura que, entre otras funciones, tendrá la facultad para realizar inspecciones en los centros de custodia y cumplimiento.

122.En Anexo 60 estadística de la población de los centros de custodia y cumplimiento a nivel nacional.

Castigos Corporales (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 46)

123.El Estado panameño reconoce que no ha prohibido expresamente en su legislación todos los tipos de castigo corporal de los niños, niñas y adolescentes. Se mantiene vigente la disposición 319 y 443 del Código de la Familia. Se advierte que el artículo 188 del Código Civil, fue derogado por el artículo 838 del Código de la Familia.

124.En la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados del 2013, se incluyó la pregunta sobre los métodos de disciplina que se utilizan en los niños, niñas y adolescentes en el hogar. Los resultados indican que, de un total de 1.001.818 personas menores de 14 años, un 44,9% experimentó alguna forma de disciplina violenta el mes anterior a la encuesta.

125.Reconociendo la necesidad de fortalecer los mecanismos de sensibilización e incidencia a fin de lograr cambios en los patrones sociales y dar lugar a formas alternativas de disciplina, se han impulsado acciones para fortalecer las capacidades de las familias, siendo estas:

Desde el PAIPI, se implementan capacitaciones a nivel nacional a familias en temas de valores para los padres: “El a-b-c de hacer familia” y el manual “Arrullos, guía familiar para la crianza de niños y niñas entre los 0 a 6 años”.

En la Libreta del Niño y la Niña, documento que utilizan las madres y padres para el registro de las principales atenciones que reciben los hijos, se incluye referencia sobre cómo estimular el desarrollo de los niños y niñas y establece orientaciones para la no utilización de castigos corporales.

El Programa Padre y Madre Modelo, busca fortalecer el rol de las familias en todas sus funciones, y asegurar el desarrollo biopsicosocial y espiritual de los niños, niñas y adolescentes, protegiendo y garantizando sus derechos. Está dirigido a los padres y/o madres captados por la SENNIAF y los que son referidos por los Juzgados de Niñez y Adolescencia.

c)Medidas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 79)

126.El Ministerio Público creó la Secretaría de Protección a Víctimas, Testigos, Peritos y demás intervinientes en el Proceso Penal (SEPROVIT), en la cual se toma en cuenta el principio del interés superior del niño, así como el respeto a las opiniones de los niños, niñas y adolescentes. El Código Procesal Penal establece normas de protección a las víctimas, testigos y colaboradores.

127.A través de la CONAPREDES se maneja el Fondo Especial contra la Explotación Sexual, el cual está destinado para la atención, tratamiento y rehabilitación de las víctimas de estos delitos, cuya atención se realiza conforme al Protocolo de Atención a Personas Menores de Edad, víctimas de explotación sexual comercial.

128.Durante este periodo se avanzó en la tipificación del delito de femicidio a través de la Ley núm. 82 de 24 de octubre de 2013, sancionando el delito con pena de 25 a 30 años de prisión. Entre las circunstancias previstas se contempla cuando el hecho se realice en presencia de los hijos e hijas; también se tipifica el delito de hostigamiento o agresión física, psicológica o patrimonial a cualquier otro miembro de la familia y se sanciona con pena de prisión de 5 a 8 años.

129.Establece la obligatoriedad del Estado de brindar la protección que deben recibir los hijos e hijas de la víctima, así como su atención y recuperación, responsabilizando las medidas que cada entidad pública debe adoptar.

130.La norma establece la obligación del MEDUCA de impartir en todos los planteles y a todos los niveles la formación para el respeto de los derechos y libertades, salud sexual y reproductiva y la equidad de género, entre otros aspectos. Dar orientación a la víctima o persona responsable y la información de referencia para su atención; la eliminación de contenidos sexistas en los textos escolares; impulsar acciones de capacitación a padres y madres y el desarrollo de protocolos de atención desde los gabinetes psicopedagógicos. Al Ministerio de Salud le corresponde las acciones de prevención y atención; así como la aplicación de formularios de recolección de información y la sistematización de los datos.

131.Establece medidas de protección durante el proceso a la víctima y su familia, la asistencia legal y el establecimiento de albergues para la mujer y sus hijos, con protección de su identidad y ubicación; y el establecimiento de centros de atención en casos de urgencia veinticuatro horas y transporte gratuito, extensivo para los niños, niñas y adolescentes víctimas.

d)Servicios de asistencia telefónica para la infancia(CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 73)

132.La Línea 147 continúa funcionando, con horario diurno. El MIDES evalúa la continuidad de su funcionamiento las 24 horas del día. En el Anexo 19 se encuentran las estadísticas del periodo.

133.En forma simultánea funcionan otras líneas de atención para los niños, niñas y adolescentes: la Línea de Atención de la Policía de Niñez y Adolescencia y la Línea de Atención de la Dirección de Investigación Judicial-Sección de Adolescentes.

VI.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado

a)Entorno familiar y orientación de los padres impartida en consonancia con la evolución de las facultades del niño

134.A través del Plan de Atención Integral de la Primera Infancia de Panamá (PAIPI), se implementó la Ruta de Atención integral a la Primera Infancia, que contiene la secuencia de atenciones continuas, planificadas y permanentes que contribuyen a la atención integral y garantía de los derechos de los niños y niñas y su sistema integrado de monitoreo.

135.En los Centros de Orientación Infantil y Familiar se ejecuta el programa de vacunación y control de talla y peso y se cuenta con la Unidad de Primera Infancia (reclutamiento y re-definición de funciones de colaboradores), así como el Currículo de Atención a la Primera Infancia desde el nacimiento a los 3 años en los centros educativos.

b)Obligaciones comunes de los padres, asistencia a los padres y prestación de servicios de atención infantil

136.Se han fortalecido los programas de Educación Inicial en el Hogar (EIH), y Centros Familiares y Comunitarios de Educación Inicial (CEFACEI) impulsados desde el MEDUCA, beneficiando en el 2015 a un estimado de 5.682 niños y niñas de 0 a 5 años y 21.408 niños y niñas de 0 a 5 años, respectivamente.

c)Niños privados de un entorno familiar (CRC/C/PAN/CO/3-4,párr. 49)

137.En el 2012 la cantidad de niños, niñas y adolescentes en albergues ascendía a 2.410 y a finales del 2015, la población ascendía a 2.073, de los cuales 137 se mantienen en programas temporales de recuperación nutricional en 7 albergues a nivel nacional, 804 ingresan en la época escolar en 17 albergues y 1.132 se encuentran por causas de riesgo social en 35 albergues a nivel nacional.

138.En el 2013 se estableció el Programa de Familia Acogente, encargada de dar cuidado integral de manera temporal a los niños, niñas y adolescentes, teniendo como orden de prioridad la familia consanguínea. Cuenta con un eje de Formación para Familias Acogentes el cual busca fortalecer las capacidades de las familias que cumplan ese rol y garantizar la protección integral de la persona menor de edad.

139.Uno de los principales obstáculos identificados para avanzar en la desinstitucionalización es la demora en los trámites y procesos de investigaciones.

140.El Estudio sobre la Situación de Derechos de la Niñez y Adolescencia Privados de Cuidados Parentales Ubicados en Centros de Acogimiento o Albergues – 2011, permitió identificar la necesidad de implementar estrategias dirigidas a desarrollar un sistema de monitoreo periódico, incidir en los administradores de albergues sobre la importancia de cumplir con las normas y estándares, así como la formalización de los permisos de operación de los albergues.

141.Se ha iniciado un proceso de regularización del permiso de operación, para que los centros se adapten a los estándares establecidos. A la fecha 20 albergues cuentan con el permiso de operación, de los 59 que se encuentran en funcionamiento.

142.Otro resultado ha sido la elaboración e implementación del Protocolo para la atención de la niñez sin cuidado parental en albergues en Panamá, el cual estandariza los cuidados que deben recibir los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en los centros.

143.Se logró ampliar el monitoreo y seguimiento a través de las oficinas regionales de SENNIAF; sin embargo, se mantiene la limitante de no contar con suficiente personal ni recursos económicos para realizar la supervisión y monitoreo de albergues en forma periódica.

144.La Defensoría del Pueblo mantiene sus visitas a los albergues de acogimiento, a fin de velar por el cumplimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia.

d)Adopción (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 51)

145.Conforme a los registros de la SENNIAF, del año 2011 al 2015 se han resuelto 211 adopciones, 182 nacionales y 29 internacionales. Se han declarado en condición de adoptabilidad un total de 83 niños, niñas y adolescentes.

146.La Ley núm. 61 del 12 de agosto de 2008 fue derogada por la Ley núm. 46 del 17 de julio de 2013, General de Adopciones.

147.Sobre la Ley núm. 46 se observa que:

Mantiene el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir, crecer y a ser educado y atendido bajo la orientación y responsabilidad de su familia biológica nuclear o consanguínea. Ante la falta de los padres biológicos de los niños, niñas y adolescentes, la primera opción es la familia consanguínea o extendida.

Mantiene la adopción nacional sobre la adopción internacional.

Mantiene el proceso de adopción en una etapa administrativa, encargado de la etapa preadopitva y postadoptiva y una etapa judicial en la que se realiza la declaración de la adopción.

Mantiene el Comité de Asignación Familiar, integrado por SENNIAF y tres miembros de la Red Nacional de Apoyo a la Niñez y Adolescencia en Panamá, quienes deciden la asignación familiar.

Mantiene la prohibición de la adopción directa y voluntaria, la prohibición de la adopción del niño o niña que está por nacer, la prohibición de la adopción del hijo o hija de adolescente embarazada no emancipada, siempre que tenga apoyo familiar dentro del segundo grado de consanguinidad.

Introduce la investigación de la familia consanguínea de la mujer embarazada que desea dar a su hijo o hija en adopción y el Programa de Orientación que tendrá por objeto asesorar sobre los derechos y alcances de la adopción.

Establece la figura de la Familia Acogente, la que brinda cuidado de forma integral, temporal y no institucional a un niño, niña o adolescente y abre la posibilidad para que la Familia Acogente pueda optar en un futuro por la adopción del niño, niña o adolescente bajo su cuidado.

148.El Estado reconoce la necesidad de revisar de manera íntegra la Ley General de Adopciones, para lo cual avanza en la instalación de una Comisión interinstitucional con la participación de la sociedad civil, para que las modificaciones garanticen mayor protección a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

149.Las principales dificultades identificadas por la SENNIAF en los procesos de adopción son: las demoras en los procesos judiciales de inhabilitación y declaratorias de adoptabilidad y el escaso interés de solicitantes de adopción para adoptar a niños, niñas y adolescentes de mayor rango de edad o con alguna discapacidad.

e)Traslados y retención ilícitos de niños

150.El Ministerio de Relaciones Exteriores, Autoridad Central de las obligaciones emanadas del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, está presente durante todo el proceso, que se desarrolla ante las autoridades jurisdiccionales correspondientes, en calidad de observador y colaborador en la entrega de los niños, niñas o adolescentes, garantizando su acompañamiento y traslado seguro.

151.El Ministerio de Relaciones Exteriores y el Instituto Interamericano del Niño y la Niña y Adolescentes adelantan acciones para la elaboración de un Protocolo de Atención para los casos de Sustracción Internacional de Menores.

f)Medidas adoptadas para garantizar la protección de los niños con padres encarcelados y los niños que acompañan a su madre en prisión

152.En el Diagnóstico de la Situación de las Mujeres Privadas de Libertad en Panamá – 2015, se estimó que, del total de mujeres privadas de libertad, el 81% es madre de familia y el 68% son jefas de hogar. Un 10% tienen hijos menores de tres años y la mayoría tienen hijos menores de edad. Dada su situación de privación de libertad, y la ausencia de hogares maternales en los distintos centros penitenciarios femeninos del país, la mayoría se ven obligadas a confiar su cuidado a un familiar.

153.Para abordar este problema el Estado ha iniciado una serie de medidas, entre las que se contempla la construcción de dos centros femeninos en las provincias de mayor población penitenciaria, que incluyen un hogar maternal y se garantice el mantenimiento del vínculo afectivo de los hijos en edad de lactancia y sus madres (dando cumplimiento al artículo 43 de la Ley núm. 55 de 2003).

154.Además, existe actualmente en el Centro Femenino de Rehabilitación ubicado en la ciudad de Panamá una guardería que recibe a niños y niñas menores de 5 años donde las privadas de libertad pueden convivir 4 horas al día con sus hijos e hijas.

155.Para el año 2016, se realizará un diagnóstico de la situación de los niños, niñas y adolescentes hijos e hijas de las mujeres privadas de libertad en el Centro Femenino de Rehabilitación (CEFERE), identificando su perfil y sus necesidades; la identificación y valoración de los servicios, programas y mecanismos de atención alternativos para el cuidado de niños, niñas y adolescentes sin cuidado parental, a los que pueda tener acceso esta población y la elaboración de un programa de atención para esta población.

156.El Registro Civil ha adoptado de manera generalizada la prestación de servicios especiales para que desde las cárceles los padres privados de libertad puedan ante un oficial del Registro Civil realizar el reconocimiento paterno de sus hijos e hijas.

VII.Discapacidad, salud básica y bienestar

a)Niñez con discapacidad (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 53)

157.En el 2014 SENADIS realizó el Estudio sobre la Caracterización de la Situación de Escuelas Inclusivas Seleccionadas en Panamá que se enmarca en la necesidad de contar con datos certificados que avalen las estrategias de inversión, con el fin de analizar la situación que prevalecen en algunas escuelas que participan en el Programa de Educación Inclusiva; determinar las dimensiones docente, familiar, estudiantil y contextual en la que se promueve la educación inclusiva; y valorar las necesidades existentes desde la práctica, la cultura y las políticas inclusivas y así proponer un Plan Nacional de Educación Inclusiva.

158.En 2014, se elaboró el Plan Estratégico Nacional (PEN), específico para el tema de la discapacidad, que, a través de seis ejes estratégicos, establece las medidas de políticas y las líneas de acción para la formulación de las políticas públicas, que buscan romper los paradigmas sociales adversos que giran en torno a la discapacidad y los derechos humanos de nuestra población vulnerable, que las limitan en las actividades y las restringen en la participación. Las seis líneas de intervención que se desarrollan están encaminadas a la: “Capacidad de Gestión y Gobernanza”, “Concienciación y Sensibilización”, “Normativa, Investigación y Tecnología”, “Empoderamiento Asociativo y Ciudadanía Plena”, “Alianza y Cooperación para el Desarrollo” y “Accesibilidad Universal y Equiparación de Oportunidades”.

159.La Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) atiende a través de sus proyectos y servicios a 5.005 niños, niñas y adolescentes entre 0 y 15 años de edad, de los cuales 2.740 son niños y 2.265 niñas. Existen otros programas que otorgan beneficios a la niñez con discapacidad como son el FODI, Fami empresa y el PAIPI. Información ampliada en Anexo 34.

160.En el 2014, se elaboró el Plan Estratégico Nacional 2015-2019, para el tema de la discapacidad, que establece las estrategias y las líneas de acción para la formulación de las políticas públicas, que buscan romper los paradigmas sociales adversos que giran en torno a la discapacidad y sus derechos humanos.

161.Se fortaleció el Programa de Transferencia Condicionada Ángel Guardián, logrando la cobertura nacional que incluye poblaciones de áreas de difícil acceso y comarcales. A febrero de 2016, atendió una población de 4.924 niños, niñas y adolescentes beneficiados, 2.087 del sexo femenino y 2.837 del sexo masculino.

162.Actualmente se prepara la segunda encuesta para la discapacidad, denominada “ENDIS II” que dará a la comunidad científica y especializada información actualizada para la planificación de estrategias y políticas de prevención e intervención para el quinquenio (2016-2020).

163.El Órgano Judicial ha integrado en sus programas de acceso a la Justicia a las personas con discapacidad, actualmente ha dispuesto de impresiones de documentos normativos en Sistema Braille y documentos informativos sobre el sistema. Se trabaja en la colocación de libros en formato de audio e interpretados en lengua de señas para garantizar el acceso a la información a los usuarios de forma inclusiva.

164.La Policía de Niñez y Adolescencia, ha incorporado en la formación para sus agentes de policía el contenido de las normas sobre la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y la Asamblea Nacional mantiene la traducción en lengua de señas de las sesiones que se realizan en segundo y tercer debate.

165.El Ministerio de Gobierno lleva adelante los proyectos “Mi Voz Para Tus Ojos” con la participación de mujeres privadas de libertad que prestan su voz para la lectura de libros de cuento para el uso de la grabación por parte de las personas invidentes y “Adolescentes y Jóvenes Acceden a una Educación Inclusiva y Segura en Panamá”.

166.Se ha incorporado a la población con discapacidad en el Plan Nacional de Atención en caso de Riesgos y Desastres y el Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC) realizó acciones para fortalecer las capacidades de reducción de riesgos de desastres del Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE).

b)Salud y servicios Sanitarios (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 55)

167.El Estado ejecuta el Plan Maestro de Salud de la Niñez y Adolescencia 2015-2019, como respuesta nacional para mejorar la atención de la niñez y adolescencia y ampliar la cobertura nacional. Los principales logros alcanzados están vinculados al fortalecimiento de las actividades regulares de los programas de salud infantil, escolar y adolescentes, el mejoramiento y dotación de recursos en los servicios de salud y los programas y proyectos de extensión de cobertura.

168.En forma específica para la población infantil y prescolar abarca el desarrollo de la política y proyectos para la Primera Infancia; la implementación de los Programas de Apoyo Nutricional; el fortalecimiento de la lactancia materna, especialmente con la reglamentación de la Ley núm. 50 de 23 de noviembre de 1995, la creación de los bancos de leche humana y actividades de promoción; el fortalecimiento de la estrategia de Atención Integrada de las Enfermedades Prevalentes en la Infancia, en los componentes neonatal, infantil y comunitario; y la estrategia de Cuidados Obstétricos y Neonatales Esenciales.

169.Para la población adolescente se fortalecieron y ampliaron los servicios amigables para la atención de la salud de la persona adolescente y se desarrollaron normas y documentos técnicos para el fortalecimiento de los servicios.

Abastecimiento de agua y saneamiento

170.Desde el año 2014, se implementa el Programa Sanidad Básica: 100% agua potable/Cero letrinas, para dotar el país de agua potable las 24 horas del día y saneamiento, mejorando la cobertura de redes de alcantarillado y eliminar las letrinas dotando de baños higiénicos. Se estima que mejorará la calidad de vida de más de 1 millón de personas, logrando la cobertura en áreas urbanas: 98%; en área rural 90%; redes alcantarillado: 70% y saneamiento mejorado 300.000 soluciones en áreas rurales (unidades sanitarias).

Desnutrición infantil

171.En el VII Censo de Talla de Escolares 2013 se evaluaron 54.897 estudiantes de primer grado de los cuales el 84,1% tiene una talla adecuada para la edad; la prevalencia de baja talla a nivel nacional fue de 15,9%; de los cuales 12,5% presentó talla baja moderada y 3,4% talla baja severa. La talla promedio de los niños fue de 118,2 cm y la de las niñas 117,6 cm.

172.Las mayores prevalencias de desnutrición crónica se observaron en las Comarcas Guna Yala (61%), Ngäbe Buglé (53%) y Emberá Wounaán (31,0%). La prevalencia de baja talla del área rural fue el doble que la urbana, mientras que la indígena fue ocho veces mayor. Con relación a las áreas urbana y rural la provincia de Bocas del Toro fue la que presentó las más altas prevalencias de baja talla.

173.Al realizar las comparaciones entre el censo realizado en el 2007 y el censo del 2013, se observa que la prevalencia nacional del 2007 fue de 22,1% mientras que la del 2013 fue de 15,9%, lo cual refleja una disminución de la desnutrición crónica de 6,2%; es importante resaltar que la prevalencia de baja talla severa disminuyó 2,8%, todas con significancia estadística.

174.Se implementa el Plan Nacional de Combate a la Desnutrición Infantil 2008-2015, con el objetivo de reducir la prevalencia de desnutrición moderada y severa en niños de 0 a 36 meses, a través del incremento de la cobertura de atención primaria en salud en embarazadas y niños de 0 a 36 meses; incremento de la lactancia exclusiva hasta los 6 meses; inicio de la alimentación complementaria a los 6 meses con alimentos adecuados en calidad y cantidad; reducción de la prevalencia de deficiencia de micronutrientes (vitamina A, hierro, cinc) en menores de 3 años.

175.Los ejes de acción son: Fortalecimiento de los Programas de Nutrición Materno Infantil y Atención integral a la Niñez.

176.Se benefician embarazadas, lactantes, niños y niñas menores de 36 meses de los 98 corregimientos de mayor índice de pobreza, pobreza extrema y desnutrición y la atención integral a la niñez y a la embarazada a través de la Red Fija de Salud, giras de salud integral y el programa PAISS.

177.A través del Programa de Merienda Escolar se favorece a los niños y las niñas que diariamente acuden a las aulas escolares para que tengan acceso a alimentación nutricional complementaria de alta calidad, que les provea una serie de nutrientes indispensables para el adecuado crecimiento y desarrollo de los escolares. Se complementa con Educación Alimentaria y Nutricional con miras a mejorar los estilos de vida de los estudiantes. Se estima que se benefician 500.000 niños y niñas, en 3.500 centros educativos a nivel nacional.

Lactancia materna

178.Para el año 2013 se estimó que la tasa de lactancia materna exclusiva por 6 meses es de 21,5%.

179.En el 2010, se realizó el Primer Monitoreo del cumplimiento del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de Leche Materna en la República de Panamá, indicando que se comercializan cereales en menores de 6 meses y el consumo amplio de fórmulas lácteas por sugerencia de familiares, por recomendación del personal de salud y en un caso por recomendación de un representante o visitador médico.

180.Como respuesta, la Comisión Nacional para el Fomento de la Lactancia Materna (CONFOLACMA) fomenta prácticas asistenciales de apoyo a la lactancia materna, guía la política nacional de lactancia materna definiendo que se adopta la iniciativa de hospital amigo de los niños y desde el 2012 se instalaron los bancos de leche materna pasteurizada en los principales hospitales a nivel nacional.

181.Se ha programado un nuevo monitoreo de cumplimiento del Código para el año 2017.

182.Otros planes y programas para el combate de la desnutrición y la seguridad alimentaria, son:

Programa Salud Nutricional: contribuye al mejoramiento de la salud de las personas, a través de la educación, prevención, atención, vigilancia e investigación alimentaria nutricional, para garantizar el óptimo estado nutricional a la población. Se beneficia la población en general con especial énfasis en los grupos más vulnerables en las áreas marginales, urbanas y rurales.

Programa de Solidaridad Alimentaria: garantiza a la población, el acceso a los productos alimenticios de primera necesidad, mediante la venta a precio subsidiado.

Bonos Familiares para la Compra de Alimentos: Implementado desde la Red de Oportunidades, con la finalidad de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional, la educación, atención primaria en salud y la capacitación en producción agrícola de las familias que viven en condiciones de extrema pobreza. Consiste en la transferencia condicionada de un bono para la compra de alimentos a familias en condiciones de extrema pobreza.

Proyecto Productividad Rural: fomenta la participación de los productores rurales organizados de pequeña escala en alianzas productivas, contribuyendo a aumentar la productividad y garantizando el uso sostenible de los recursos naturales y la conservación de la biodiversidad.

c)Bienestar de la niñez y prevención de las enfermedades transmisibles y no transmisibles

183.Se estima que del año 2011 al 2014, un total de 143 niños, niñas y adolescentes entre 0 y 19 años murieron por causa de enfermedades infectocontagiosas, 71 por tuberculosis, 50 por enfermedades asociadas al virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), 14 por infecciones respiratorias agudas, 7 por hepatitis y 1 por paludismo.

184.Los promedios nacionales de las tasas de vacunación contra Polio BCG, Pentavalente + Hexa, y Hepatitis B oscilan entre el 80 y 100%.

185.Desde la Comisión Nacional Asesora de Prácticas de Inmunización se coordina la política de prevención, a través de tres ejes: vigilancia epidemiológica, investigación y docencia. Se implementa el Programa Ampliado de Inmunización (PAI) que atiende a población menor de cuatro años, con la atención diferenciada para la población menor de 1 año y para la población de 1 a 4 años.

186.El sistema de vacunación de Panamá se ha fortalecido ampliando los servicios a la comunidad, a través de una estrategia que permite acceder a toda la población, a través de vacunación casa por casa, giras médicas a lugares de difícil acceso, colocación de puestos fijos y móviles de vacunación en lugares de mayor concentración incluyendo terminales de transporte, campañas nacionales.

187.En el 2014, con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), se lanzó la Campaña de Vacunación Puesta al Día, para el incremento de las coberturas de vacunación en 29 distritos del país, beneficiando a niños de 5 y 10 años, mujeres embarazadas, adultos mayores de 60 años, esencialmente. Fueron aplicadas vacunas del Esquema Nacional como: Influenza, Rotavirus, Papiloma, Hexavalente, Pentavalente, Hepatitis A y B, Sarampión, Paperas, Rubéolas, y actualizar más de 20.000 esquemas completos de vacunación aplicados en niños y niñas menores de 1 año.

188.Anualmente el Estado impulsa la Semana de Vacunación de las Américas (SVA), en alianza con entidades públicas, ONG´s, autoridades religiosas y sociedad en general. Tiene la finalidad de reforzar el esquema nacional de vacunación, ampliar la cobertura a nivel nacional en áreas prioritarias en población menor de 1 año, incluye campañas locales, y encuestas de evaluación e incluye la continuidad de los planes de inmunización a nivel local (distritos).

d)Los derechos de salud reproductiva de los adolescentes y las medidas para promover un estilo de vida sano (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 57)

189.Para el año 2014 se registró a nivel nacional 10.735 adolescentes embarazadas que ingresaron en busca de atención a las instalaciones de salud del Ministerio de Salud y para el año 2015 la cifra aumentó a 10.976 adolescentes. Las cifras de adolescentes embarazadas que permanecen en el sistema educativo registran un total de 657 al 2015.

190.El Estado continúa la política por la cual se garantiza la educación de la adolescente embarazada brindando asesoría y asegurando su permanencia en el sistema educativo y la asistencia a la salud.

191.El Estado consciente de contar con un marco legal sobre educación sexual y reproductiva impulsa el proyecto de ley 61, por la cual se adoptan políticas de educación integral, atención y promoción de la salud, el cual se encuentra en segundo debate en la Asamblea Nacional.

192.Aun cuando no se cuenta con este marco legal, desde el sector de educación y el sector salud, se ejecutan medidas para cumplir con la responsabilidad del Estado.

193.Entre estas acciones están: la elaboración de un conjunto de guías de educación integral de la sexualidad para docentes de educación básica, premedia y media, desarrolladas y validadas por una Comisión Interinstitucional y Multidisciplinaria formada por el MEDUCA, MINSA, INAMU, Universidades formadoras de docentes y ONG´s.

194.Se han establecido docentes de Promoción Escolar de la Salud, encargados de promover y orientar la salud en los planteles.

195.Desde el sector salud se da apoyo logístico y humano para la realización de pruebas sanguíneas, con la participación de docentes y padres de familias, como medio de prevención y concienciación; y, en alianza con la Defensoría del Pueblo, se impulsa el desarrollo de capacitaciones en centros de educación pre media y media a nivel nacional para la prevención del VIH y la ITS desde la perspectiva de Derechos Humanos.

Medidas para proteger a los niños del uso indebido de sustancias psicotrópicas

196.Se implementa el Programa Nacional de Educación contra las Drogas en los centros educativos oficiales y particulares. Desde el Programa Familias Fuertes se trabaja con las familias para prevenir problemas en la adolescencia como: abuso de sustancias lícitas e ilícitas, agresividad, presión de grupo, entre otros y se basa en el desarrollo de habilidades para la vida.

197.Desde 1995 hasta el presente se implementa el programa nacional “Cazadores de Humo”, en colaboración con la Asociación Nacional Contra el Cáncer (ANCEC).

198.Actualmente el Ministerio de Gobierno trabaja en conjunto con el MINSA en la construcción de un modelo de atención para adolescentes en conflicto con la ley que presenten problemas de consumo de sustancias psicotrópicas. El modelo que se está trabajando es el de comunidad terapéutica, que se refiere a los cuidados en instalaciones terapéuticas en las cuales los individuos se mantienen las 24 horas por un período extenso de tiempo, generalmente de 6 meses a 24 meses.

e)Seguridad social y los servicios básicos y establecimientos de guarda de niños

199.Durante el periodo se adoptaron los Estándares de Calidad a ser aplicados a los Centros de Orientación Infantil (COIF) Comunitarios y Privados, y se dio inicio a la adecuación de las instalaciones físicas y su monitoreo.

200.La cobertura de los COIF del MIDES se concentra en su mayoría en las áreas urbanas. La población de niños y niñas beneficiados con los COIFs del MIDES a nivel nacional es de 17.177 niños y niñas durante el periodo 2011-2015 y operan un total de 480 COIF privados que son supervisados por el MIDES, y operados por municipios e instituciones gubernamentales.

201.Las acciones actuales para la atención del desarrollo infantil temprano son impulsadas principalmente en el contexto del RAIPI, a través de los servicios Red Fija de Salud, giras de salud integral y el programa PAISS y desde las policlínicas de la Caja de Seguro Social, que abarca también el Programa de Alto Riesgo Neonatal.

f)Nivel de vida y medidas para reducir la pobreza y la desigualdad (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 61)

202.La meta de reducir a la mitad de la proporción la población total del país que vive con menos de un dólar por día fue cumplida de acuerdo al IV Informe de Desarrollo Humano de Panamá, que indica que en 1991 un 29,2% de la población vivía con menos de un dólar al día y en el 2012 la proporción bajó a 9,7%.

203.En el marco del cumplimiento de los ODM se consolidaron los programas y proyectos de reducción de la pobreza, a través de su focalización, identificando sus causas y efectos, y el monitoreo de efectividad de los programas sociales, permitiendo con esto la disminución del porcentaje del total de la población en situación de pobreza o con ingresos insuficientes para cubrir sus necesidades básicas alimentarias y no alimentarias desde 36,6% en 2005 a 25,8% en 2013.

204.Los avances en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema entre los años 2005 a 2013 son atribuibles a diferentes factores, entre ellos, pueden señalarse logros en materia económica y ocupacional en el periodo, tales como: un crecimiento económico promedio de 8%, una reducción de los niveles de desempleo de 9,8% a 4,1% y un incremento de la mediana del salario de los empleados de 67,5% al pasar de $ 322,3 a $ 539,7, indicadores que figuran entre los más destacados en la región latinoamericana. Así como la puesta en marcha del Sistema de Protección Social y los programas de transferencia no contributivos, las transferencias monetarias condicionadas y subsidios dirigidos a las familias pobres del país.

205.En el primer semestre de 2014, se reflejó un leve descenso de las personas en pobreza extrema al variar de 11,1% en 2013 a 11,0% este año, lo que significó que 5.210 personas aproximadamente dejaron de estar en la indigencia. De igual forma la proporción de personas en pobreza general también disminuyó, de 26,2% en 2013 a 25,8% en 2014, es decir que 4.004 personas aproximadamente dejaron de ser pobres. Para lograr estos índices ha sido clave la continuidad del Programa Red de Oportunidades.

206.A fin de lograr alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Plan de Gobierno se alinea con la Agenda 2030 y está respaldado por el Plan Estratégico de Inversiones Públicas que permitirá avanzar hacia el cumplimiento de los 17 Objetivos.

207.Desde el Programa Red de Oportunidades se han beneficiado a 82.735 niños, niñas y adolescentes en las comarcas indígenas, los cuales se ven beneficiados a través del cumplimiento de las corresponsabilidades que conlleva el programa.

208.El Gobierno Nacional destinó para el año 2015 en el Presupuesto Nacional $ 2.324,00 millones de dólares a inversiones sociales para atender las necesidades de los sectores más vulnerables de la sociedad panameña, como un compromiso por combatir la pobreza, teniendo como prioridad la salud, educación y cultura, transporte, agua potable, trabajo, protección y seguridad social, desarrollo comunal, vivienda y sanidad básica.

g)VIH-SIDA (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 59)

209.En el 2013 se logró una cobertura de prueba de VIH de 83,9% de las mujeres embarazadas. De las 3 formas de transmisión del VIH, la materno-infantil representó el 2,7% de todas las infecciones acumuladas de septiembre de 1984 a septiembre de 2014. En cuanto a los casos acumulados de SIDA en niños y niñas de 0 a 4 años, se reportaron a septiembre de 2014, un total de 316 casos y en el rango de 5 a 9 años, 81 casos.

210.En el 2012, unas 6.411 personas estaban recibiendo tratamiento antirretroviral (260 son niños menores de 15 años y 6.151 son adultos de 15 años y más).

211.La respuesta en salud se dirige a la prevención y la atención con un gran apoyo de la sociedad civil, y al suministro gratuito de tratamiento antirretroviral.

212.Se ha asumido la estrategia 90,90,90, la cual consiste en diagnosticar al 90% de la población con VIH en el país, vincular al 90% de diagnosticados a Clínicas de Terapia Antirretroviral y que el 90% de las personas en tratamiento con carga viral indetectables.

213.Como estrategia para ampliar la cobertura se habilitaron clínicas especializadas de TARV y para el 2014 estaban funcionando 15 clínicas a nivel nacional (incluyendo una en la Comarca Ngäbe Buglé y una clínica en el Albergue María que acoge personas menores de edad que viven con esta enfermedad).

214.Actualmente se elabora el marco legal que garantice la política de estado sobre VIH/SIDA, asegurando una mejor atención en diagnóstico, prevención, vigilancia epidemiológica y el control de derivados humanos.

215.A través del Programa Nacional de ITS/VIH y Hepatitis Virales se ofrece tratamiento gratuito a todos los niños y niñas diagnosticados con VIH y de igual forma, garantiza la entrega de fórmulas adaptadas para niños y niñas.

VIII.Educación, esparcimiento y actividades culturales

a)El Derecho a la educación, incluida la formación y la orientación profesional (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 63)

216.El Estado elabora una propuesta educativa que tiene como objetivo atender a la población estudiantil que abandona los estudios. La propuesta tiene tres características esenciales: flexibilidad en los tiempos de aprendizaje, adecuación del proceso de enseñanza- aprendizaje a las necesidades del estudiante; el acompañamiento pedagógico del aprendizaje y la utilización de tecnología, como un medio para hacer atractiva esta oferta a los estudiantes. La misma constituye un espacio de transición que tendrá una duración máxima de 18 meses y que permitirá que el adolescente se reincorpore a la oferta educativa regular o recurra a ofertas de formación profesional o técnica.

217.Desde el 2015 el MITRADEL, el MEDUCA y el Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH), impulsan un programa para brindar formación técnica vocacional a adolescentes de 15 años en adelante y a adolescentes que no se encuentren en el sistema educativo. Para lograrlo se modificaron las normas que limitaban a los adolescentes tener acceso a los cursos formativos del INADEH y se procedió a identificar los cursos apropiados para esta población, sin poner en riesgo la integridad física y mental de los adolescentes.

218.Se mantiene el programa nacional para brindar una segunda oportunidad a los adolescentes que abandonan el sistema escolar, a través de los Centros Educativos “En Busca De Un Mañana” y el Hijo del Carpintero, que ofrecen una propuesta educativa diferenciada, brindando alternativas en el área de formación vocacional para la niñez descolarizada.

219.La Educación preescolar atiende a los niños de 4 y 5 años de edad, y es parte de la Educación Básica General, que tiene carácter obligatorio y gratuito.

220.El acceso a la educación preescolar, en áreas rurales, indígenas donde no se cuenta con la oferta educativa formal de preescolar, funcionan los Programas de Educación Inicial No Formal, Centros Familiares y Comunitarios de Educación Inicial (CEFACEI), Educación Inicial en El Hogar (EIH) y Centros de Educación Inicial Comunitaria (CEIC).

221.En el año 2015 se atendieron a 113.213 niños y niñas de 4 y 5 años, lo que equivale a una cobertura de 77,6% de la población total del país en esas edades, la cual es de 145.940 según datos del INEC.

222.Se ha garantizado el acceso de las personas refugiadas a la educación sin necesidad de aportar todos los créditos escolares previos a través del Decreto Ejecutivo núm. 1225 del 21 de octubre del 2015; “Que dicta medidas para el proceso de convalidación y reválida de títulos académicos, certificados y créditos obtenidos en centros educativos nacionales y extranjeros”.

223.A fin de prevenir la deserción escolar, elevar el índice de escolaridad y la permanencia en el sistema educativo se implementa el Programa de Beca Universal, con cobertura nacional y abarca todos los niveles educativos, compromete a los acudientes a participar en el proceso educativo a través del establecimiento obligatorio en cada centro educativo de las reuniones de maestros con los padres de familia. Se benefician 500 mil estudiantes.

224.Desde su implementación se observa una disminución en la tasa de deserción, que para la educación primaria en el año 2010, correspondía a 1,8; mientras que al año 2013, la misma bajó de manera sustancial, reflejándose en 1,1. Para la educación premedia y media en el año 2010, registraba una tasa del 4,8 y para el 2013, de 3,6.

225.Se mantienen los programas de becas por mérito, así como los programas de apoyo a estudiantes de escasos recursos provenientes de zonas comarcales y rurales.

226.En el 2015 se inició el Proyecto Mi Escuela Primero, a fin de que todas las escuelas sin excepción, cuenten con lo necesario para impartir una educación de la mejor calidad, formándolos para enfrentar los nuevos desafíos locales y globales. Se benefician 3.600 escuelas.

227.Se implementa el Plan “Panamá Bilingüe” 2014-2019, que busca fortalecer la enseñanza del idioma inglés en el sistema educativo panameño. Tiene como meta formar a 25 mil docentes, 100 mil estudiantes de pre-media y media, 160 mil de inicial y básica, para un aproximado de 285 mil estudiantes bilingües.

b)Los derechos culturales de los niños pertenecientes a grupos indígenas y minoritarios (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 63)

228.El Programa de Educación Intercultural Bilingüe fue fortalecido con la adopción del Plan Quinquenal de Educación Intercultural Bilingüe de los Pueblos Originarios, elaborado en respuesta a las demandas de las poblaciones indígenas.

229.El Plan abarca 3 proyectos: Fortalecimiento de la Gestión y Administración Escolar de la Educación Intercultural Bilingüe; la Alfabetización masiva de Educación Intercultural Bilingüe, para los Pueblos originarios y la Institucionalización de la Educación Intercultural Bilingüe, incluyendo la revisión de los planes de estudio.

230.A la fecha el Programa de Educación Intercultural Bilingüe se ha implementado en 84 centros educativos beneficiándose 85.213 estudiantes distribuidos en las distintas comarcas. Información ampliada en Anexo 51.

231.A través del Proyecto Mi Escuela Primero, las escuelas rancho (ubicadas en áreas comarcales y de difícil acceso) serán reemplazadas por infraestructuras adecuadas ajustadas a las necesidades del entorno social y cultural.

232.Para el año 2016, se ha puesto especial énfasis en la Comarca Ngäbe Buglé, que abarca el reemplazo de 268 aulas rancho por 44 escuelas y beneficiará a un estimado de 8.463 estudiantes.

c)La Educación sobre derechos humanos y la educación cívica (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 63)

233.En los programas curriculares y textos se encuentra incluida la enseñanza de los grupos étnicos y la población afrodescendientes, y se ha transversalizado el enfoque de derechos humanos en los programas curriculares sobre educación cívica.

234.En coordinación con la Defensoría del Pueblo se impulsa el Programa Nacional en Valores cumpliendo la Ley núm. 2 de 30 de enero de 1984, por la cual se incorpora al Sistema Educativo Nacional el estudio y enseñanza sistemática de los Derechos Humanos.

235.A su vez, se implementa el proyecto Educar y Reeducar en Valores y Derechos Humanos enfocado tanto a los estudiantes desde los niveles de educación básica general, y la formación a los educandos, como agentes multiplicadores.

IX.Medidas especiales de protección

a)Niñez refugiada y solicitante de asilo (CRC/C/PAN/CO/3-4,párr. 65)

236.A fin de mejorar la integración de las personas refugiadas, se aprobó la Ley núm. 74 de 15 de octubre 2013 que permite que los refugiados que tengan 3 años o más de haber sido reconocidos como tal, tuvieran la opción para optar por la residencia permanente.

237.El Estado, a través de la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR) ha trabajado en el Memorándum de entendimiento para la implementación del “Proyecto de Iniciativa de Control de Calidad y el Fortalecimiento del Procedimiento de Reconocimiento de la Condición de Refugiado”.

238.Este proyecto busca la revisión de todas las etapas del procedimiento para la determinación de la condición de refugiado para asegurar el respeto al derecho al debido proceso de las personas solicitantes. Las recomendaciones que van surgiendo se aplican de forma simultánea por autoridades responsables.

239.Como resultado de este trabajo, la atención de los niños, niñas y adolescentes en condición de refugio o solicitantes de refugio se ha visto mejorada en los siguientes aspectos:

Emisión de Certificaciones: Todo niño, niña o adolescente solicitante de la condición de refugio se le entrega una certificación en donde consta que se encuentra en trámite su solicitud de refugio, la cual puede ser prorrogada hasta que sea evaluada su solicitud.

Principales en los expedientes: En los casos en los que se ha determinado que el temor fundado de persecución que llevó una familia a abandonar su país de origen fue generado por actuaciones en contra de niños, niñas y adolescentes (por ejemplo, porque podían ser víctimas de reclutamiento forzado) se les coloca como principal en el expediente y a sus padres como parte de su núcleo familiar.

Entrevistas de elegibilidad: Los niños, niñas y adolescentes participan del procedimiento para la determinación del estatuto de refugiados, dándole la oportunidad de ser oídos a través de entrevistas de elegibilidad. Para ello cuentan con la asistencia de un equipo técnico conformado por una trabajadora social, un abogado, y de ser necesario con un psicólogo, con el propósito de que el mismo se sienta en confianza de poder relatar los hechos de su solicitud. Esto también permite detectar si el niño, niña o adolescente requiere de algún seguimiento especial (psicológico, psiquiátrico, entre otros), para poder remitirlo a las instituciones estatales correspondientes o a las organizaciones no gubernamentales que cuentan con especialistas en diversas materias.

Protocolo de Atención, remisión y referencia a personas menores de edad en necesidad de protección internacional, acompañados y no acompañados: con el propósito de establecer lineamientos para la atención integral de personas menores de edad en necesidad de protección internacional la ONPAR y la SENNIAF, con el apoyo de la organización RET INTERNACIONAL, se encuentran trabajando en un protocolo que servirá como hoja de ruta para poder garantizar la coordinación adecuada entre ambas instituciones para procurar que los niños, niñas y adolescentes reciban una atención adecuada. Se espera que este protocolo esté listo en los próximos meses.

240.Desde el año 2015 se implementa una base de datos para registrar la información de la población solicitante de refugio y refugiada, permitiendo dar seguimiento al trámite de los distintos casos. Contempla el registro de la población menor de edad.

241.ONPAR y ACNUR trabajan estrechamente en la implementación de una campaña para la no discriminación de los refugiados, en la capacitación de funcionarios relacionados con el tratamiento de los refugiados, entre otros; y la Defensoría del Pueblo, con el acompañamiento de la Organización Internacional para las Migraciones (O.I.M.), implementa un convenio para la promoción de la protección, y divulgación de los derechos humanos de los migrantes o desplazados en Panamá.

b)Los niños pertenecientes a minorías o a grupos indígenas (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 81)

242.Con la puesta en marcha del Programa Mi Salud Primero se fortalece y amplía la cobertura y acceso a los servicios de salud en el primer nivel de atención, mejorando la calidad integral y especializada a la población en el primer nivel de atención.

243.Se estima que para el 2016 el Programa tendrá un impacto en 46 Instalaciones de salud entre Puestos, Subcentros, Centros y Hospitales Rurales a nivel nacional entre las que se incluye Regiones Sanitarias como Darién, Chiriquí y Comarca Ngabe Bugle.

244.Se logró introducir en las áreas indígenas (Ngäbe, Guna Yala y Emberá) la estrategia de Cuidados Obstétricos y Neonatales Esenciales (CONE). En octubre 2014 se validó el documento de referencia para continuar su implementación y en la Comarca Ngäbe Buglé se crearon Albergues Materno Infantiles.

245.Se han conformado los Comités de Muertes Materno Infantiles, para coordinar con los niveles regionales y nacionales la aplicación de estrategias para mejorar la capacidad de atención de la población en riesgo.

246.Se elaboró material de apoyo para la capacitación de parteras empíricas, el Manual de Parteras Tradicionales y se les dotó de insumos para la atención del parto en casos de emergencia.

247.El MINSA cuenta con la Dirección de Asuntos Sanitarios Indígenas que promueve la conservación de la medicina ancestral y los derechos humanos de los pueblos indígenas. Actualmente se encuentra en ejecución el Proyecto de Organización y Desarrollo de la Medicina Tradicional Ngäbe Bugle, con la finalidad de contribuir a elevar los niveles de salud integral de esta población. Este proyecto ha sido extendido hasta el 2017.

248.Se adelanta la validación del “Perfil Epidemiológico de la Salud Infantil”, en las Comarcas Guna Yala, Emberá Wounaan y Ngäbe Buglé, que contiene indicadores de la salud infantil de esta población, su evolución y tendencia, para que sea utilizado como marco de referencia en la planificación y ejecución de las políticas públicas en materia de salud materno-infantil para esta población.

249.Desde el 2015 se implementa el Proyecto de Estilos de Vida Saludables con enfoque intercultural, para la prevención del riesgo de enfermedades no transmisibles a jóvenes de 15 a 18 años de edad, a nivel nacional incluyendo las zonas comarcales.

250.Se ha iniciado un proceso de consultas sobre la ratificación del Convenio núm. 169 de la OIT, en marzo de 2016 el Presidente de la República sostuvo reunión con líderes de 7 grupos indígenas de Panamá, a fin recibir las opiniones sobre el alcance de su implementación. Se acompañó con un encuentro interinstitucional del sector público y la oficina regional de la OIT, en Costa Rica y con el Director del Departamento PRO 169 de la OIT en Suiza, con la finalidad de analizar a profundidad el contenido y obligaciones que emanan de este Convenio.

b)Los niños sometidos a explotación, incluidas medidas para su recuperación física y psicológica y su reintegración social

i)La explotación económica de niños, incluida el trabajo infantil(CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 67)

251.Para el 2011 se estimaba que 50.410 niños, niñas y adolescentes se encontraban en situación de trabajo infantil y para el año 2014 se estimó que 26.710 niños, niñas y adolescentes estaban vinculados en trabajo infantil.

252.La disminución de las cifras de la población menor de edad en condiciones de trabajo infantil, responde a una política sostenida a través del tiempo, que ha contribuido al logro de estos resultados y la inserción de la niñez y adolescencia afectada en programas y proyectos desarrollados por el gobierno, la empresa privada, sindicatos y la sociedad civil.

253.Sobre la edad mínima de admisión al empleo se mantiene lo reportado en el III y IV Informe (CRC/C/PAN/3-4, párrs. 110 a 112).

Acciones para la erradicación del trabajo infantil

254.Panamá ha extendido la vigencia de la Hoja de Ruta para hacer de Panamá un país libre de trabajo infantil y sus peores formas hasta el 2019 y se encuentra en la alineación de las políticas públicas para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

255.A fin de aunar esfuerzos en la erradicación del trabajo infantil a través de acuerdos se fortalecieron las sinergias de cooperación entre los distintos sectores: gobierno, sociedad civil, ONGs y el sector empresarial, con el acompañamiento de la OIT y otras agencias de cooperación.

256.El Programa de Atención Directa del Gobierno se mantiene en ejecución desde el 2011 a la fecha y desde el año 2013 se ejecuta el proyecto “Construcción de Políticas Efectivas Contra el Trabajo Infantil”. A este esfuerzo se suman los programas que se han impulsado desde el Pacto Global sobre responsabilidad social empresarial y los programas que ejecuta la organización no gubernamental Casa Esperanza, logrando disminuir los índices de trabajo infantil.

257.Continúa el Programa de Becas de Erradicación del Trabajo Infantil, desde el que se transfiere un promedio de 420,00 dólares (35 dólares por mes) por niño, niña o adolescente en situación de trabajo infantil. Del 2011 al 2015 se han beneficiado 6.887 niños, niñas y adolescentes a nivel nacional.

Fortalecimiento institucional y articulación multisectorial

258.Con el fin de impulsar las acciones de erradicación del trabajo infantil y la protección de la persona adolescente trabajadora, el Departamento de Trabajo Infantil del MITRADEL fue elevado a Dirección Nacional Contra el Trabajo Infantil y Protección de la Persona Adolescente Trabajadora (DIRETIPPAT).

259.En el 2013, a través del Decreto Ejecutivo núm. 107 del 11 de junio del 2013, se adecuó la conformación y funciones del Comité para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección de la Persona Adolescente Trabajadora estableciendo la responsabilidad (CETIPPAT) y el compromiso a cada Institución que lo conforma de incluir en sus presupuestos lo relativo a las acciones que le corresponden para cumplir los compromisos en la prevención y erradicación del trabajo infantil.

Erradicación del trabajo infantil peligroso

260.En relación a la prohibición del trabajo infantil peligroso, en el año 2016 se realizó una reclasificación sobre las peores formas de trabajo infantil aclarando su contenido y alcance a través del Decreto Ejecutivo núm. 1 de 5 de enero de 2016 que modifica y adiciona artículos al Decreto Ejecutivo núm. 19 de 12 de junio de 2006 Que aprueba la lista del trabajo infantil peligroso, en el marco de las peores formas de trabajo infantil.

261.Con fundamento en los Convenios núms. 138 y 182 de la OIT, el CETIPPAT tiene dentro de su población objetivo atender el tema de trabajo infantil doméstico e implementa acciones encaminadas a la atención de los casos y la prevención.

Inspección y monitoreo

262.El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, a través de la Dirección Contra el Trabajo Infantil y Protección del Adolescente Trabajador (DIRETIPAT), cuenta con el Departamento de Control y Seguimiento el cual tiene la función de monitorear la situación laboral de los adolescentes trabajadores y la verificación de no contratación de mano de obra infantil en sectores productivos, se realiza en coordinación con la Dirección de Inspección de Trabajo para asegurar el cumplimiento de las normativas laborales y convenios internacionales.

Permisos de trabajo a adolescentes

263.Con la finalidad de garantizar las condiciones laborales óptimas para la población adolescente trabajadora, el MITRADEL impulsa una política que asegura que las empresas cumplan con las normas establecidas por la ley a través de visitas a las empresas y un seguimiento al adolescente trabajador con un equipo interdisciplinario, para lograr la continuación educativa o formativa del adolescente.

264.A través de la DIRETIPPAT se emiten los permisos de trabajo dirigidos a los adolescentes que cuentan con los requisitos establecidos por la legislación laboral y las normas especiales de educación, así como el procedimiento adoptado por el MITRADEL.

265.Se ha establecido un procedimiento y requisitos para otorgar los permisos de trabajo, y se ofrece el asesoramiento durante el periodo de la relación laboral, del 2011 al 2015 se otorgaron a nivel nacional un total de 535 permisos de trabajo (247 mujeres y 288 hombres).

ii)La explotación y el abuso sexual (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 69)

266.Para el año 2012 el Ministerio Público registró un total de 4.006 casos por la supuesta comisión de delitos contra la libertad e integridad sexual, y para el año 2013 la cifra fue de 4.021 casos, de los cuales en 1.812 casos la supuesta víctima era menor de edad. Información ampliada en Anexo 56.

267.Las políticas y programas que adelanta el gobierno nacional se encuentran en línea con los documentos finales de los Congresos Internacionales sobre Explotación Sexual Comercial de los niños, niñas y adolescentes. De ahí que el Plan Nacional contiene estrategias nacionales y acciones multisectoriales encaminadas para su prevención y eliminación.

268.Desde la Comisión Nacional de Prevención de la Explotación Sexual Comercial (CONAPREDES), organismo técnico-administrativo, se han impulsado varias acciones con distintos actores que han permitido visibilizar la explotación sexual comercial como un delito y como violación a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.

269.Actualmente se implementa el Plan Nacional para la Prevención y Eliminación de la Explotación Sexual Comercial 2008 —hasta la fecha.

270.Para la atención de las víctimas, implementó el Protocolo para la Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia Sexual de junio 2013, mecanismo que le permite a la SENNIAF coordinar la atención con los otros actores responsables.

271.En el 2013, CONAPREDES firmó el Convenio de Colaboración con la empresa Tocumen S.A., para hacer efectivo el pago de la tasa de un dólar en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley núm. 16 de 31 de marzo de 2004, fondo que es utilizado para las acciones de prevención y persecución de los delitos.

272.Sobre el desarrollo de las campañas de sensibilización, las mismas han sido detalladas en este informe en lo concerniente a las Medidas Generales de Aplicación punto I. Difusión y sensibilización. Como resultado de las acciones de sensibilización e incidencia, se ha obtenido una mejor identificación de los delitos.

273.En el 2010 CONAPREDES firmó una Carta de Compromiso con la Asociación Panameña de Hoteles (APATEL), la asociación financió durante los años 2011 y 2012 acciones de sensibilización y formación dirigida a Gerentes de Hoteles y Hostales, Directores de Recursos Humanos, Personal de Seguridad, propietarios de Restaurantes, Operadores de Turismo, estudiantes y docentes de la carrera de Hotelería y Turismo de la Universidad Interamericana.

274.Entre los principales obstáculos que se encuentran para combatir la explotación sexual comercial, está el hecho que las personas tienen temor a denunciar, porque en la mayoría de los casos los explotadores son personas con poder económico e influencias sociales y se piensa que las autoridades no van a investigar. Para superar estas dificultades se han reforzado las campañas de sensibilización y formación.

iii)Venta, la trata y el secuestro (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 71)

275.En el año 2004 la República de Panamá ratificó el Protocolo de Palermo. Y a través de la Ley núm. 79 de 9 de noviembre de 2011, inició la adaptación del marco jurídico y el desarrollo de una política nacional para la erradicación de la venta y la trata de personas.

276.Se estableció la Comisión Nacional contra la Trata de Personas conformada por instituciones estatales, no estatales, organizaciones de la sociedad civil y el acompañamiento de organismos internacionales.

277.Actualmente desarrolla la política nacional contra la trata de personas y actividades a fin de adoptar medidas para la prevención, protección y asistencia a las víctimas y posibles víctimas de trata de personas, panameñas o extranjeras en territorio nacional o trasladadas al territorio nacional y panameñas en el exterior y acciones de seguridad del Estado frente a estos hechos punibles. En las acciones se ha previsto la protección y atención para las personas menores de edad víctimas.

278.En el 2011 se elevaron las sanciones de los delitos de trata de personas, hasta los 30 años de prisión, y su imprescriptibilidad.

c)Los niños en conflicto con la ley penal

i)La administración de la justicia juvenil (CRC/C/PAN/CO/3-4,párrs. 76, 77 y 78). Legislación

279.Se mantiene la edad de responsabilidad penal, modificada por la Ley núm. 6 de 8 de marzo de 2010.

280.En cuanto a la detención provisional, es por un término máximo de 9 meses, no admite prórroga, con excepción del delito de homicidio doloso, cuya detención provisional puede durar hasta que concluya el proceso penal.

Sanciones socioeducativas

281.Las sanciones que puede imponer el juez penal de adolescentes son de tres clases: las sanciones socioeducativas, las órdenes de orientación y supervisión y las sanciones privativas de libertad.

282.Para el caso de los niños y niñas de 12 a 14 años de edad, desde el 2009 la SENNIAF implementa el programa de medidas reducativas que orienta el desarrollo de actividades de formación en destrezas técnicas, actividades lúdicas, y la formación académica completa.

283.Dentro del programa los niños y niñas son sensibilizados en sus deberes y derechos y se les apoya a través del programa de fortalecimiento familiar, mejorando su dinámica familiar, permitiéndole el sostenimiento de vínculos afectivos con los demás miembros de su familia, el acercamiento con progenitores y buenos hábitos de estudio.

284.Según los datos de SENNIAF 193 niños, niñas y adolescentes de 12 a 14 años, han estado en el programa de medidas reeducativas de los años 2011 al 2015.

285.Para los adolescentes de 15 a 17 años de edad, el Ministerio de Gobierno cuenta con un programa para los casos en que el juez penal de adolescente imponga sanciones socioeducativas como la participación obligatoria en programas de asistencia, la prestación de servicios a la comunidad y la reparación de daños a la víctima.

286.A mayo de 2016, la estadística refleja 135 adolescentes con órdenes de orientación y supervisión y 30 adolescentes con medidas socioeducativas, las cuales tienen como finalidad regular el modo de vida de las personas adolescentes, así como promover y asegurar su formación. Actualmente se explora la posibilidad de construir un centro dedicado a la implementación y seguimiento de este tipo de medidas.

ii)Los niños privados de su libertad, y las medidas de detención, como últimorecurso

287.La Ley núm. 40 de 26 de agosto de 1999 establece en el numeral 15 del artículo 16, entre las garantías penales especiales, el principio del carácter excepcional de la privación de la libertad, que implica que las sanciones y medidas cautelares que constituyan privación de la libertad serán impuestas taxativamente, en los casos que se establece en la ley, por el período más breve que sea posible y sólo cuando no existan otras medidas viables.

288.El Instituto de Estudios Interdisciplinarios (IEI) del Ministerio de Gobierno, es la institución encargada de la ejecución de las sanciones privativas y no privativas de la libertad impuestas a adolescentes entre los 15 y 17 años de edad, y la supervisión de las medidas cautelares, conforme a la Ley núm. 40 de 26 de agosto de 1999.

289.Se mantiene la separación por centros de adolescentes en investigación y adolescentes sancionados. En aquellos centros que funcionan al mismo tiempo como centros de custodia y cumplimiento, los adolescentes condenados y aquellos que se encuentran siendo procesados se encuentran en pabellones distintos.

290.Actualmente se trabaja en la construcción de un centro de detención destinado a los jóvenes que cumplan la mayoría de edad y que cuenten con criterios técnicos positivos para que los mismos puedan continuar con su tratamiento en las mismas condiciones que favorecen su proceso de re-socialización y tiene como fin evitar que terminen de cumplir las sanciones en centros penitenciarios de adultos, lo que implicaría también una mejora de las condiciones en las que permanecen actualmente estos jóvenes.

291.Las medidas adoptadas para mejorar los Centros, están reportadas en la Sección V sobre violencia contra niños de este Informe.

iii)Las actividades de formación organizadas para todos los profesionales que participan en el sistema de justicia juvenil

292.En forma permanente a través de las distintas entidades involucradas se lleva a cabo actividades de formación para todos los profesionales que laboran en el sistema de justicia juvenil. Durante el año 2015 destaca el taller “Estándares de Derechos Humanos y Justicia Restaurativa en el Tratamiento de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal” dirigido al personal del IEI del Ministerio de Gobierno, con el acompañamiento de UNICEF.

293.EI IEI implementa el Proyecto “Cooperación en Temas de Seguridad con Panamá”, con fondos de la Unión Europea, que incluye la creación de una unidad de capacitación sobre el Modelo de Intervención Integral actualmente en proceso de sistematización. También incluye un componente de capacitación para custodios.

294.En colaboración con la organización no gubernamental National Center for State Courts, se brinda capacitaciones al personal técnico acerca de medidas alternativas a la privación de libertad. Iniciativas similares se llevan con UNICEF y las organizaciones no gubernamentales Terres des Homes y RET Internacional.

295.En el mes de mayo de 2016, el Consejo de Gabinete aprobó el proyecto de ley de carrera penitenciaria en el cual se establece que los funcionarios del IEI deberán contar con una formación especializada en materia de niñez y adolescencia, para lo cual se elabora una malla curricular especializada en atención a adolescentes en conflicto con la ley penal. Este proyecto será presentado en el mes de julio de 2016.

d)Los niños en los conflictos armados, incluidas su recuperación física y psicológica y su reintegración social.

296.La Constitución Política en el artículo 310 establece que la República de Panamá no tendrá ejército. Panamá no tiene ningún conflicto armado a lo interno de su territorio ni en el exterior.

297.Como requisito para ingresar a la Policía Nacional las personas deben haber cumplido 18 años de edad.

X.Ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 82)

298.A la fecha no se ha iniciado el proceso de ratificación del Protocolo del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales.

299.En cuanto a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y sus Familias, las normas constitucionales se contraponen con el Tratado, específicamente en el artículo 40 de este instrumento jurídico, que hace referencia al derecho del establecimiento de asociaciones y sindicatos y el artículo 68 de la Constitución Política que señala que este tipo de asociaciones estarán integradas exclusivamente por panameños.

300.En el 2015 se inició el proceso de incidencia para la ratificación del III Protocolo a la Convención de los Derechos del Niño, a la fecha no se ha ratificado.

XI.Cooperación con órganos regionales e internacionales (CRC/C/PAN/CO/3-4, párr. 83)

301.Panamá mantiene una estrecha cooperación con el sistema interamericano y la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño participando en forma periódica ante las reuniones del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes y dándole seguimiento a las recomendaciones y observaciones emitidas desde esta instancia.

302.Desde el Ministerio de Relaciones Exteriores, se coordina la elaboración de los reportes e informes que son solicitados en la materia.

303.Panamá cuenta con una estrategia de acercamiento y rendición de cuentas con los órganos y procedimientos internacionales de derechos humanos y en particular, su diálogo abierto con los procedimientos y órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, del cual regionalmente Panamá forma parte, cumpliendo con las recomendaciones y las sentencias.

304.Dentro de los fallos proferidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra Panamá, se puede destacar la sentencia de 14 de octubre de 2014 (excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas), caso Pueblos Indígenas Kuna de Madugandí y Emberá de Bayano y sus miembros vs Panamá, misma en la que sobresale la tutela del interés colectivo, es extensivo no solamente a los pueblos indígenas panameños, sino que, además, a los niños y niñas de los pueblos indígenas de la República de Panamá. Panamá ha cumplido la mayoría de los puntos de esta sentencia, siendo parte de la nueva estrategia del Gobierno Nacional.

305.La SENNIAF en el 2010, ocupó la Vicepresidencia del Consejo Directivo del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes, periodo en el que se aprobó el Plan de Acción 2011-2015, con tres temas prioritarios: Primera Infancia; Atención de Niñez y Adolescencia frente a desastres naturales y emergencias y Violencia de niñez y adolescencia enfocada en el Sistema de Justicia Penal de Adolescentes, Explotación Sexual Comercial y el Tráfico Ilícito de niños, niñas y adolescentes a nivel internacional. Para el periodo 2012-2014 la SENNIAF ocupó la Presidencia.

XII.Seguimiento y difusión (CRC/C/PAN/CO/3-4,párrs. 84 y 85)

306.En el año 2012 se creó la Comisión Nacional Permanente para velar por el cumplimiento y seguimiento de los compromisos adquiridos por Panamá en el ámbito nacional e internacional en materia de Derechos Humanos para dar seguimiento a las recomendaciones formuladas por los Órganos de Supervisión de Tratados de Naciones Unidas y promover su incorporación en la planificación anual de cada una de las instituciones estatales, con mira a su efectiva implementación.

307.Actualmente la Comisión Nacional Permanente, con el acompañamiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tiene previsto contar con un sistema de seguimiento de las recomendaciones emanadas de los órganos de tratados y lograr mayor participación de la sociedad civil.

308.Desde el año 2015 el Ministerio de Gobierno realizó un análisis de las observaciones emitidas por el Comité de los Derechos del Niño, dando como resultado el mejoramiento de los centros de custodia y cumplimiento, e introducir el enfoque del interés superior de la niñez en las políticas dirigidas a la atención de los niños, niñas y adolescentes en condición de refugio.

309.Con el acompañamiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se publicó en el año 2012 una compilación amigable de las recomendaciones de derechos humanos emitidas por los distintos órganos de tratados 2001‑2011.