Naciones Unidas

CRC/C/PAN/Q/3-4

Convención sobre losDerechosdel Niño

Distr. general

6 de julio de 2011

Original: español

Comité de los Derechos del Niño

58.º período de sesiones

19 de septiembre a 7 de octubre de 2011

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones en relación con el examen de los informes periódicos tercero y cuarto combinados de Panamá (CRC/C/PAN/3-4)

Se pide al Estado Parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 2 de agosto de 2011.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección, se pide al Estado parte que presente las respuestas a las siguientes preguntas (30 páginas como máximo).

1.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas tomadas por el Estado parte para superar las circunstancias mencionadas en los párrafos 32 y 33 del informe, que han impedido la adopción del Proyecto de Ley de Protección Integral de Niñez y Adolescencia. Sírvanse indicar los resultados de estas medidas y proporcionen información sobre el estado en que se encuentra la aprobación de dicho proyecto de ley. En su ausencia, sírvanse indicar cuál es el régimen legal y el sistema de promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescentes en marcha en el país y cómo éste se adecua a la Convención.

2.Sírvanse proporcionar información detallada sobre los resultados de la evaluación hecha en 2007 al Plan Nacional de Acción de la Niñez y la Adolescencia 2003–2006 y si se han tomado en cuenta los resultados de dicha evaluación para una revisión integral de la política, los planes y el sistema de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

3.Sírvanse facilitar información sobre el cese de funciones del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia y la creación del Consejo Asesor de la Primera Infancia, cuyo mandato se limita a promover el cumplimiento de los derechos de los niños de 0 a 5 años. ¿Qué entidad ha asumido la responsabilidad de la coordinación multisectorial de la política y el Plan Nacional de Acción de Niñez y la Adolescencia para todos los menores de 18 años? Sírvanse también informar al Comité cuál es la relación de la nueva Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia con el Consejo Asesor de la Primera Infancia.

4.Sírvanse facilitar información sobre la manera en que se está asegurando la autonomía y las plenas competencias del Defensor del Pueblo, de conformidad con lo dispuesto en los Principios de París. Sírvanse también facilitar información sobre la dotación de recursos humanos, técnicos y financieros a la Unidad Especializada de Niñez y Juventud de la Defensoría del Pueblo, así como sobre las medidas tomadas para permitir un funcionamiento efectivo del Observatorio de Derechos de la Niñez y Adolescencia, establecido en 2010.

5.Sírvanse informar al Comité sobre los planes y programas de formación sobre la Convención para los profesionales que trabajan con niños y adolescentes, así como sobre las medidas tomadas para diseminar y aumentar la conciencia pública sobre la Convención y los derechos de los niños y adolescentes.

6.Sírvanse informar al Comité si se ha analizado la adecuación a la Convención de las medidas del toque de queda impuesto a personas menores de 18 años en el país. Sírvanse también explicar qué tipo de medidas se toman en caso de que un joven sea sorprendido en incumplimiento del toque de queda y si éstas se realizan asegurando el pleno respeto a sus derechos como niños.

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se han tomado para reducir las altas cifras de niños y niñas privados de su medio familiar, en particular por considerarse que se encuentran en situación de riesgo social. Sírvanse también facilitar información detallada sobre:

a) Los criterios de admisión a instituciones de cuidado alternativo para niños y niñas;

b) Las medidas tomadas para regular y fiscalizar la administración y supervisión de las instituciones de cuidado alternativo para niños y niñas;

c) La existencia de alternativas, diferentes de la institucionalización, para niños y niñas privadas de su entorno familiar.

8.Sírvanse explicar en qué consisten las propuestas de reforma a la Ley 61/2008 en materia de adopciones y si estas reformas continúan asegurando el apego a lo dispuesto por la Convención y el Convenio de la Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. Sírvanse también facilitar información sobre la ejecución del mandato de la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia en materia de adopciones nacionales e internacionales.

9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para prevenir y disminuir los altos números de embarazos precoces de niñas adolescentes en el país, principalmente entre la población indígena y afrodescendiente. Sírvanse también informar qué medidas se han tomado para que las adolescentes embarazadas gocen del pleno acceso a la educación, de conformidad con la Ley 29/2002 y con la Convención sobre los Derechos del Niño.

10.Sírvanse proporcionar información sobre los objetivos y avances de la reforma curricular, iniciada en 2009, e indiquen si ésta incluye educación cívica, educación en derechos humanos y derechos de los niños, y educación en salud sexual y reproductiva. Sírvanse facilitar información sobre las diferencias entre el modelo de educación formal preescolar y el modelo de educación informal preescolar y dónde se aplican.

11.Sírvanse indicar qué medidas se han tomado para que la Ley 17/2000, la cual establece que la edad mínima de admisión al empleo es los 15 años de conformidad con el Convenio N.º 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la edad mínima de admisión al empleo, de 1973, sea respetada e implementada en la práctica.

12.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados de la implementación del Plan Nacional para la Prevención y Eliminación de la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (2008-2010). Sírvanse también facilitar información sobre las medidas tomadas para combatir la tolerancia en el entorno familiar hacia la explotación sexual y la aplicación práctica (investigación, juicio y condena) de los artículos del Código Penal sobre la venta y tráfico de niños para la explotación sexual, el reclutamiento forzoso en grupos armados y en actividades ilícitas como el narcotráfico.

13.Sírvanse informar al Comité las razones para llevar a cabo sucesivas reformas, entre 2008 y 2010, a la Ley 40/1999 sobre el régimen especial de responsabilidad penal para la adolescencia; en particular, expliquen por qué la edad de responsabilidad penal ha sido bajada de 14 a 12 años y por qué se han elevado las penas para niños en conflicto con la ley. Sírvanse también explicar cómo estas reformas se adecuan a las obligaciones internacionales del Estado parte con la Convención.

14.Sírvanse facilitar información sobre las medidas que han sido tomadas para mejorar las condiciones de los adolescentes privados de libertad en los centros de cumplimiento de menores. Sírvanse proporcionar información sobre los avances de la investigación penal sobre el incendio y la muerte de cinco adolescentes en el Centro de Cumplimiento de Menores de Tocumen, el pasado 9 de enero de 2011. Sírvanse también proporcionar información sobre el incendio ocurrido en el Centro de Cumplimiento de Menores Arco Iris el pasado 20 de junio de 2011, sobre el estado de los 20 menores que resultaron heridos y sobre la investigación y los resultados en esta materia.

15.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas que el Estado parte ha tomado para asegurar los derechos de los niños de padres colombianos que han sido víctimas del conflicto armado en Colombia, y que se encuentran en territorio panameño. Sírvanse explicar si existen mecanismos para detectar, investigar y sancionar actos de violencia cometidos por agentes del Estado parte contra niños, niñas y adolescentes en situación de refugio, de migración o en búsqueda de asilo.

16.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el funcionamiento, la asignación de recursos y la dotación de personal, en particular el nombramiento de personas de las etnias correspondientes, de la Comisión Nacional contra la Discriminación y el Consejo Nacional de la Etnia Negra. Sírvanse también informar al Comité sobre las medidas tomadas para garantizar a los niños, niñas y adolescentes indígenas y afrodescendientes el goce de sus derechos y el impacto que las instituciones antes mencionadas han tenido en la lucha para eliminar la discriminación.

17.Sírvanse informar si están en curso las medidas propuestas por el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas para evaluar y regular el impacto ambiental y sobre las poblaciones afectadas por el proyecto Hidroeléctrico Chan 75 en la provincia de Bocas del Toro. Sírvanse también informar si existen o se están estudiando igualmente medidas para evaluar y regular el impacto de otros grandes proyectos de inversión, en particular en áreas indígenas.

Parte II

En esta sección se invita al Estado Parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o leyes promulgadas, y su reglamentación;

b)Las nuevas instituciones y sus mandatos, y financiamiento;

c)Las políticas y programas adoptadas y aplicadas recientemente y su alcance en el territorio;

d)Las nuevas ratificaciones de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos y estadísticas, si se dispone de ellos

1.Sírvanse proporcionar datos para los años 2008, 2009 y 2010, desglosados según la edad, el sexo, el origen étnico y la región, respecto del número de víctimas de maltrato infantil, incluido el abuso sexual. ¿Cuántas de estas denuncias fueron recibidas a través de la línea de auxilio 147 dirigida a niños, niñas y adolescentes? Sírvanse además suministrar datos sobre las decisiones judiciales, el número de víctimas que han recibido asistencia y el número de victimarios condenados.

2.Sírvanse facilitar datos para 2008, 2009 y 2010, desglosados por edad, sexo, origen étnico y región, sobre los niños que viven en diferentes contextos de cuidado alternativo, especificando bajo qué tipo de cuidado se encuentran.

3.Sírvanse facilitar datos para los años 2008, 2009 y 2010 desglosados por edad, sexo, origen étnico y región, sobre las adopciones en el país y las adopciones internacionales.

4.Sírvanse facilitar datos para 2008, 2009 y 2010, desglosados por edad, grupo étnico y región sobre el número de adolescentes embarazadas y madres dentro o fuera de la escuela.

5.Sírvanse facilitar datos recientes y desagregados sobre el número y el origen étnico de los adolescentes internados en los centros de cumplimiento de menores.

6.Sírvanse facilitar datos recientes y desagregados sobre el número de niñas casadas menores de 16 años por edad y provincia así como el número de niños casados menores de 18 años por edad y provincia.

7.Sírvanse facilitar datos recientes desglosados por sexo, edad, grupo étnico y barrio de las zonas urbanas de menores que han sido detenidos en incumplimiento del toque de queda.

8.Adicionalmente, el Estado Parte puede hacer una lista de áreas que afectan a los niños y que considera importantes en lo que se refiere a la implementación de la Convención.