Naciones Unidas

CERD/C/USA/Q/10-12

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

24 de junio de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

107º período de sesiones

8 a 30 de agosto de 2022

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 10º a 12º combinados de los Estados Unidos de América

Nota del Relator para el país *

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva. Durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 1, 2 y 6)

2.Medidas para prohibir la discriminación racial en todas sus formas en la legislación federal y estatal, incluida la discriminación indirecta, de modo que abarque todos los ámbitos del derecho y de la vida pública, conforme al artículo 1 de la Convención. Acciones encaminadas a retirar la reserva al artículo 2 de la Convención y prohibir los actos de discriminación racial cometidos por actores privados. Medidas para luchar contra todas las formas de discriminación racial en virtud del artículo 1 de la Convención que se entrecruzan con actos discriminatorios basados en otros motivos, como la religión, el género, la edad, la discapacidad y la orientación sexual.

3.Acciones encaminadas a establecer una institución nacional de derechos humanos independiente en el plano federal, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París). Medidas para garantizar la aplicación de la Convención en los planos federal, estatal y local, y los territorios no autónomos administrados por el Estado parte, por ejemplo mediante el establecimiento de un mecanismo de coordinación permanente.

4.Información sobre la aplicación efectiva de las medidas especiales actuales y la adopción de medidas adicionales, en los planos federal y estatal, para eliminar las desigualdades persistentes basadas en la raza o el origen étnico que afectan al disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales, como las acciones emprendidas con miras a incrementar el uso de estas medidas ante el aumento de las restricciones de jure y de facto impuestas a su utilización. Información actualizada sobre las sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Supremo y los casos pendientes que impugnan la aplicación de medidas especiales.

5.Información actualizada sobre las iniciativas legislativas que tienen por objetivo prohibir la caracterización racial, por ejemplo a través del uso de la inteligencia artificial, y otras medidas destinadas a erradicar la práctica de la caracterización de minorías raciales o étnicas y la supervisión ilícita por parte de agentes de la autoridad federales, estatales y locales. Medidas para revisar las Directrices de 2014 para las fuerzas del orden federales sobre el uso de las características relativas a la raza, el origen étnico, el género, el origen nacional, la religión, la orientación sexual o la identidad de género, sobre todo en relación con la caracterización racial en las zonas fronterizas, el “mapeo” de las comunidades raciales, étnicas y religiosas, y la aplicabilidad en el caso de las fuerzas del orden estatales y locales. Acciones encaminadas a poner fin al programa previsto en el artículo 287 g) de la Ley de Inmigración y Naturalización.

6.Medidas adicionales para solventar las desigualdades existentes a la hora de acceder a la asistencia letrada pública, que se han visto agravadas por la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), y para asegurar la representación letrada de los no ciudadanos y las personas sin recursos pertenecientes a minorías raciales y étnicas en los procesos penales y civiles. Acciones concretas encaminadas a aplicar de forma efectiva el memorando presidencial de 18 de mayo de 2021 para ampliar el acceso a la representación letrada y a los tribunales, y garantizar una financiación adecuada de los sistemas públicos de asistencia letrada.

Discurso de odio racista y delitos motivados por el odio racista (arts. 2 y 4)

7.Medidas destinadas a retirar la reserva al artículo 4 de la Convención. Medidas para evitar el discurso de odio racista y luchar contra esta práctica, en particular en los medios de comunicación y otras plataformas públicas, como Internet, y por parte de políticos y figuras públicas, en particular contra personas de ascendencia africana y asiática, minorías étnicas o étnico-religiosas, pueblos indígenas y migrantes, habida cuenta del auge de ideas basadas en el odio o la superioridad por motivos de raza, como el supremacismo blanco. Estadísticas sobre las tendencias registradas en lo referente a los casos de discurso de odio racista.

8.Esfuerzos adicionales encaminados a evitar los delitos motivados por el odio racista y luchar contra este fenómeno, como los tiroteos masivos, dado el aumento de este tipo de delitos contra las minorías étnicas, sobre todo personas de ascendencia africana y asiática y de origen hispano y latino. Medidas adicionales para garantizar que todos los casos de delitos motivados por el odio racista denunciados se investiguen debidamente, que los autores de esos actos sean enjuiciados y castigados con sanciones acordes con la gravedad del delito y que las víctimas dispongan de recursos efectivos. Esfuerzos adicionales destinados a mejorar la presentación de datos sobre los delitos motivados por el odio e impulsar las labores de recopilación de datos sobre estos delitos del Buró Federal de Investigaciones, al hacer, por ejemplo, que la notificación de los datos policiales a nivel estatal y local pase a ser obligatoria.

Situación de las personas afrodescendientes, de origen hispano y latino, y de otras minorías étnicas (arts. 2 a 5)

9.Información actualizada sobre las medidas encaminadas a abordar las repercusiones desproporcionadas de la violencia con armas de fuego en personas pertenecientes a minorías étnicas y pueblos indígenas. Acciones encaminadas a revisar las leyes que estipulan la defensa propia sin limitaciones y esfuerzos que tienen por objetivo abolir la Enmienda Tiahrt. Datos estadísticos actualizados sobre la tasa de homicidios con armas de fuego en los últimos años, desglosados por raza y origen étnico de las víctimas.

10.Medidas adicionales para abordar el racismo sistémico en la aplicación de la ley y evitar un uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de los derechos humanos por parte de los agentes de la autoridad y los funcionarios de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza contra personas pertenecientes a minorías étnicas y migrantes indocumentados, incluso cuando van desarmados, de modo que se eviten los asesinatos desproporcionadamente habituales de personas afrodescendientes desarmadas. Información adicional, como estadísticas, sobre los casos registrados de uso excesivo de la fuerza por parte de agentes de policía, funcionarios de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza y otros agentes de la autoridad; investigaciones; penas impuestas a los autores; recursos y otros tipos de apoyo facilitados a las víctimas o sus familias, dentro de lo cual deben figurar los fallecimientos de personas pertenecientes a grupos minoritarios étnicos o raciales y migrantes indocumentados. Información actualizada sobre las investigaciones, los procedimientos y los resultados de los fallecimientos registrados recientemente de personas de ascendencia africana y asiática, origen hispano y latino, pueblos indígenas y otras minorías étnicas a manos de agentes de policía.

11.Información actualizada sobre las medidas destinadas a evitar la aplicación de normas estatales y locales que restrinjan el derecho de voto, que incidan de forma discriminatoria en las personas afrodescendientes, las comunidades hispanas y latinas, otras minorías étnicas y los pueblos indígenas. Aquí se enmarcan las leyes de identificación de votantes, la manipulación de los límites de los distritos electorales, el cierre o traslado de oficinas electorales, y las leyes que privan del derecho de voto a los condenados por delitos graves. Aplicación y repercusiones del Decreto núm. 14019, de 7 de marzo de 2021, relativo a la Promoción del Acceso al Voto. Medidas para garantizar una participación y representación efectivas y equitativas de las personas pertenecientes a minorías étnicas y pueblos indígenas, sobre todo mujeres y jóvenes, en todos los niveles gubernamentales, sobre todo en instituciones encargadas de la elaboración de políticas que les incumben. Estadísticas sobre la representación de las minorías raciales y étnicas y los pueblos indígenas, sobre todo de las mujeres, en el poder judicial.

12.Medidas para garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica de las personas pertenecientes a minorías raciales y étnicas, dadas las informaciones que indican que algunos estados han aprobado iniciativas legislativas que tienen por objeto restringir y penalizar las actividades de manifestación, tras las manifestaciones contra el racismo celebradas en los últimos años, así como las denuncias de que se han observado un uso de la fuerza desproporcionado en dichas manifestaciones contra el racismo, un trato más permisivo a las contramanifestaciones y respuestas militarizadas ante algunas de estas protestas. Medidas para evitar que se registren casos de hostigamiento, vigilancia y amenazas a la seguridad, también en línea, entre los defensores de los derechos humanos afrodescendientes y de otras minorías étnicas, así como para investigar las denuncias conexas.

13.Medidas adicionales para eliminar las disparidades en cuanto a la raza en todos los ámbitos del sistema de justicia penal, sobre todo en lo tocante a la representación excesiva de personas pertenecientes a minorías raciales y étnicas —en particular, afrodescendientes y de comunidades hispanas y latinas—, que siguen siendo detenidas, encarceladas y sometidas a condenas más duras, incluidas la prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional y la pena de muerte, en una medida desproporcionada, y se ven afectadas por consecuencias adicionales, como la privación del derecho de voto y del acceso a servicios de bienestar de la que son objeto los condenados por delitos graves, especialmente en el marco de la aplicación de políticas de imposición de condenas mínimas por delitos relacionados con las drogas. Estadísticas actualizadas sobre la composición étnica de la población penitenciaria, con énfasis en las personas que han recibido una pena de muerte.

14.Esfuerzos adicionales encaminados a abordar las disparidades raciales en todos los niveles del sistema de justicia juvenil, como la representación excesiva de las personas pertenecientes a minorías raciales y étnicas, en particular afrodescendientes, de pueblos indígenas y de comunidades hispanas y latinas, que siguen siendo detenidas en las escuelas y remitidas al sistema de justicia penal en una medida desproporcionada. Datos estadísticos sobre los menores de minorías raciales y étnicas que han sido condenados a prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional en los últimos años, desglosados por raza y origen étnico.

15.Información sobre el modo en que la pandemia de COVID-19 ha repercutido en las minorías raciales y étnicas, los pueblos indígenas y los no ciudadanos, y sobre las medidas adoptadas para mitigar las consecuencias socioeconómicas de la pandemia en estos grupos. Medidas específicas que tienen por objetivo materializar el apoyo expresado en favor de la renuncia a las protecciones de propiedad intelectual de las vacunas contra la COVID-19 a fin de abordar las tasas más altas de morbilidad y mortalidad en lo relativo a la COVID-19 observadas en todo el mundo entre las personas y los grupos más expuestos a la discriminación racial.

16.Situación de la segregación racial en las escuelas, incluidos los centros de educación de la primera infancia, y acciones encaminadas a adoptar un plan general para combatir la segregación racial en las escuelas. Esfuerzos destinados a satisfacer las necesidades de fondos no satisfechas en la educación pública que afectan de manera desproporcionada a los distritos compuestos principalmente por estudiantes afrodescendientes, de comunidades hispanas y latinas, de pueblos indígenas y de otras minorías étnicas.

17.Medidas adicionales para eliminar la discriminación racial en el acceso a la vivienda y la segregación residencial basada en la raza, el color y el origen étnico o nacional. Esfuerzos destinados a reforzar la aplicación de la Ley de Equidad en la Vivienda y el título VIII de la Ley de Derechos Civiles de 1968. Medidas para evitar y sancionar los préstamos hipotecarios discriminatorios y las prácticas de establecimiento de “líneas rojas” por parte de agentes privados. Medidas adicionales para reducir la falta de hogar y abolir las leyes y políticas que criminalizan el sinhogarismo, que afecta de forma desproporcionada a las minorías raciales y étnicas, en particular a las personas afrodescendientes, las comunidades hispanas y latinas, y los pueblos indígenas. Esfuerzos destinados a abordar el desproporcionado impacto racial de la eliminación de la moratoria federal sobre los desalojos motivada por la COVID-19.

18.Medidas para asegurar que todas las personas, en particular las que pertenecen a minorías raciales y étnicas, pueblos indígenas y grupos migrantes, tengan acceso efectivo a servicios de atención de la salud adecuados y asequibles. Medidas adicionales para abordar los índices persistentemente elevados de mortalidad infantil y materna entre las minorías raciales y étnicas, y para garantizar el acceso a servicios de atención de la salud, incluida la salud reproductiva, sin discriminación. Esfuerzos encaminados a abordar el carácter restrictivo de la legislación por la que se rige el ámbito de la salud sexual y reproductiva y su impacto desproporcionado en las mujeres que pertenecen a minorías raciales y étnicas, sobre todo en lo referente a la interrupción voluntaria del embarazo.

19.Repercusiones de las medidas adoptadas y esfuerzos adicionales para abordar el efecto desproporcionado de la contaminación ambiental causada por las industrias extractivas y manufactureras, los desechos radiactivos y tóxicos, y los desastres climáticos y naturales en las minorías raciales y étnicas y los pueblos indígenas, también en los territorios no autónomos. Esfuerzos para gestionar las disparidades raciales existentes en el acceso a alimentos adecuados y la carga desproporcionada que soportan las minorías raciales y étnicas y los pueblos indígenas en términos de inseguridad alimentaria.

20.Medidas para combatir la discriminación múltiple e interseccional que sufren las mujeres afrodescendientes, de origen hispano y latino, indígenas y de otras minorías étnicas, sobre todo en relación con el acceso del que disponen a un nivel de vida adecuado, un trabajo, una educación, y servicios de salud y justicia. Esfuerzos adicionales encaminados a evitar y combatir la violencia contra las mujeres y las niñas de minorías raciales y étnicas, sobre todo las afrodescendientes y las indígenas e inmigrantes.

21.Medidas para afrontar la discriminación racial y el trato desigual en todos los ámbitos del sistema de bienestar de la infancia, así como el desproporcionado número de niños de minorías raciales y étnicas separados de sus familias, en especial en el caso de los niños afrodescendientes e indígenas.

Situación de los pueblos indígenas (arts. 5 y 6)

22.Medidas para garantizar, en la legislación y en la práctica, el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas en la elaboración de políticas y la adopción de decisiones que los afecten. Información actualizada relativa a la aplicación del memorando presidencial de 26 de enero de 2021 sobre las consultas tribales y el fortalecimiento de las relaciones entre naciones, y a otros esfuerzos destinados a cumplir los compromisos contraídos con las naciones tribales en virtud de los tratados firmados.

23.Medidas para proteger los derechos de los pueblos indígenas y sus tierras, territorios, sitios seguros y forma de vida ante los efectos adversos de las industrias extractivas, los proyectos de infraestructura y la construcción de vallas y muros en la frontera, como medidas preventivas y mecanismos eficaces de reparación y rendición de cuentas. Información actualizada sobre las medidas adoptadas para gestionar la situación de los shoshones occidentales, los indígenas de Hawái y los pueblos indígenas kanaka maolithe, los pueblos indígenas gwich’in y los pueblos indígenas anishinaabe, que se enmarcan en el procedimiento de alerta temprana y acción urgente del Comité.

24.Medidas para garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica de los pueblos indígenas habida cuenta de las denuncias de uso excesivo de la fuerza por parte de agentes de la autoridad y empresas de seguridad privadas contra personas indígenas, especialmente mujeres, que se han manifestado de forma pacífica en favor de la protección de sus derechos.

25.Medidas concretas para evitar que empresas transnacionales con domicilio social en el Estado parte lleven a cabo actividades en el extranjero que podrían tener efectos adversos en el disfrute de los derechos humanos por parte de las poblaciones locales de otros países, sobre todo en el caso de los pueblos indígenas y las minorías.

Situación de los no ciudadanos, en particular de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (arts. 5 y 6)

26.Medidas adicionales para abordar el uso excesivo de la fuerza por parte del personal de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza, sobre todo en caso de fallecimiento de no ciudadanos, procesos de enjuiciamiento penal por infringir la ley de inmigración, privación de libertad obligatoria de no ciudadanos durante períodos prolongados, expulsión de no ciudadanos indocumentados sin acceso a servicios de justicia y representación letrada, y condiciones y trato indebidos en los centros de detención. Información actualizada sobre la aplicación de las medidas destinadas a poner fin a la política de tolerancia cero, y el progreso registrado en la reunificación de los niños migrantes y sus familias. Medidas concretas para desarrollar un sistema para la determinación de la condición de apátrida.

27.Medidas para garantizar el acceso a procedimientos de asilo justos y eficientes sin discriminación por razón de raza, color, descendencia u origen nacional o étnico, y para respetar el principio de no devolución. Esfuerzos destinados a abordar la expulsión colectiva de no ciudadanos, entre los que se incluyen solicitantes de asilo, y las denuncias en el sentido de que se ha puesto el foco de forma sistemática en ciertos grupos raciales y étnicos de no ciudadanos, sobre todo de afrodescendientes. Acciones para dejar de aplicar los Protocolos de Protección de los Migrantes y el título 42 del Código de los Estados Unidos (42 U.S.C. párr. 265).

28.Medidas adicionales para fortalecer la legislación nacional con miras a proteger a los migrantes, en particular a los indocumentados, de condiciones de trabajo explotadoras y abusivas; facilitar recursos adecuados ante los comportamientos ilícitos; y asegurar el acceso a servicios sociales, entre los cuales figuran servicios de atención de la salud asequibles y adecuados. Esfuerzos para gestionar la situación de los niños, en particular de los niños migrantes hispanos y latinos, contratados en el sector de la agricultura y expuestos a condiciones peligrosas antes de cumplir los 18 años, como los efectos sobre su salud y su alta tasa de abandono escolar. Medidas concretas para aumentar la edad mínima para desempeñar trabajos peligrosos en el sector de la agricultura.

29.Información actualizada sobre las medidas destinadas a cerrar el centro de la bahía de Guantánamo, poner fin a la detención administrativa de no ciudadanos sin cargos ni juicio, y garantizar los derechos de los detenidos a un juicio imparcial y acceso en pie de igualdad al sistema de justicia penal ordinario.

Educación para combatir los prejuicios y promover la comprensión (arts. 1, 2 y 6)

30.Adopción de un plan de acción o una estrategia nacional para combatir la discriminación racial estructural, y celebración de consultas al respecto junto con las partes interesadas pertinentes, como organizaciones de la sociedad civil y, sobre todo, organizaciones que representen a los grupos más expuestos a la discriminación racial.

31.Información sobre los esfuerzos adicionales emprendidos con el objetivo de incorporar la historia y las culturas de las personas afrodescendientes, los pueblos indígenas y otras minorías étnicas, así como los derechos humanos, el racismo y la discriminación racial, en el sistema educativo, dentro de lo cual figura la inclusión de medidas destinadas a integrar o conservar estas materias en los planes de estudios y los libros de texto de las escuelas.