Distr.GENERAL

CCPR/C/MDA/Q/220 de mayo de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS95º período de sesionesNueva York, 16 de marzo a 3 de abril de 2009

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAR EL SEGUNDO INFORME PERIÓDICO DE LA REPÚBLICA DE MOLDOVA (CCPR/C/MDA/2)

Marco constitucional y jurídico para la aplicación del Pacto y del Protocolo Facultativo (artículo 2)

1.Sírvanse ofrecer ejemplos y, si disponen de ellas, estadísticas sobre los casos en que las disposiciones del Pacto hayan sido invocadas ante los tribunales o aplicadas por éstos y con qué resultados.

2.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la legislación y las políticas adoptadas por el Estado parte para luchar contra la corrupción y sobre los progresos logrados y las dificultades con que se ha tropezado en su aplicación. Sírvanse también formular observaciones sobre las informaciones de que en ocasiones se ha utilizado a los organismos encargados de la lucha contra la corrupción para acosar a los opositores políticos (CCPR/C/MDA/2, párrs. 127, 272, 277 y 278).

3.Sírvanse proporcionar información detallada sobre el mandato de los defensores parlamentarios y del Centro de Derechos Humanos, así como de los recursos humanos y financieros asignados a esos órganos. Sírvanse proporcionar también información detallada sobre el número y la naturaleza de las denuncias presentadas ante esos órganos en los últimos cinco años, las investigaciones llevadas a cabo por ellos y sus resultados, así como las medidas adoptadas por las autoridades correspondientes para aplicar sus recomendaciones (CCPR/C/MDA/2, párrs. 143 a 147, 213, 219, 228 y 229, 233 y 234, 240, 248, 322, 375, 442, 453, 475, 483, 575 y 576, 619, 623 y 624). ¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para aumentar el conocimiento del público en general acerca de la existencia y las funciones de esos órganos?

GE.09-42520 (S) 080609 090609

Medidas contra el terrorismo y respeto de los derechos garantizados en el Pacto

4.Sírvanse proporcionar más información sobre la legislación y las políticas adoptadas por el Estado parte contra el terrorismo. ¿Existe alguna definición de terrorismo? ¿Se ha derogado algún derecho en el derecho penal y los procedimientos penales ordinarios en la Ley de lucha contra el terrorismo? (Ley Nº 539-XV de octubre de 2001) ¿Alguna parte de esta legislación equivale a derogación de los derechos garantizados en el Pacto? (CCPR/C/MDA/2, párrs. 127 y 172 a 182).

No discriminación e igualdad entre los sexos (artículos 2 y 26)

5.¿Prevé el Estado parte revisar el marco legislativo vigente contra la discriminación y adoptar una legislación contra la discriminación más amplia que prohíba la discriminación en todos los aspectos de la vida y por cualesquiera motivos, en particular el origen étnico y la orientación sexual?

6.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la eficacia de las actividades emprendidas por el Estado parte para luchar contra la discriminación de que son objeto las personas pertenecientes a minorías étnicas y nacionales, incluidos los romaníes y los inmigrantes de origen africano y asiático, en las esferas del empleo, la vivienda, la atención de la salud, la educación, la asistencia social y el acceso a los servicios públicos. Sírvanse proporcionar también información actualizada sobre las medidas, incluida la capacitación de jueces, fiscales y agentes del orden, adoptadas por el Estado parte para asegurarse de que se investiguen realmente los delitos por motivos raciales y se enjuicie y castigue a los culpables.

7.Sírvanse formular observaciones sobre las denuncias de que al parecer la discriminación por motivo de orientación sexual se ha generalizado a todos los niveles de la sociedad, e indíquense las medidas que el Estado parte se propone adoptar para luchar contra esa forma de discriminación, en particular los programas de capacitación para los agentes policiales y los profesionales de la salud, así como las campañas encaminadas a dar a conocer a las posibles víctimas sus derechos y los mecanismos de reparación existentes.

Igualdad entre el hombre y la mujer (artículos 2, 3, 23, 25 y 26)

8.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para llevar a la práctica la Ley de igualdad de oportunidades para la mujer y el hombre y el Plan nacional para promover la igualdad entre los sexos en la sociedad para 2006-2009, y los programas para darlos a conocer. Sírvanse proporcionar también información detallada, con inclusión de datos estadísticos recientes, sobre los progresos logrados en el aumento de a) la participación política de la mujer, si está representada en el Parlamento, el Gobierno y otros cargos públicos; b) la representación de la mujer en cargos administrativos y de alto rango en la administración pública, incluido el poder judicial, la policía y las universidades; y c) la representación de la mujer en puestos administrativos y de alto rango en el sector privado (CCPR/C/MDA/2, párrs. 160 a 168).

9.¿Tiene el Estado parte la intención de equiparar la edad mínima legal de la mujer para contraer matrimonio a la del hombre tal como se dispone en los artículos 2, 3, 23 y 26 del Pacto? (CCPR/C/MDA/2, párrs. 678 a 680).

10.Sírvanse proporcionar más información, que incluya datos estadísticos recientes, sobre las medidas adoptadas por el Estado parte de conformidad con la Ley de protección de la salud reproductiva y la planificación de la familia para reducir la elevada tasa de abortos y eliminar el uso del aborto como método de planificación de la familia. ¿Qué medidas se propone adoptar el Estado parte para mejorar el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluido el acceso a la planificación de la familia y a la información sobre los métodos anticonceptivos y de planificación de la familia, en particular para las mujeres rurales? (CCPR/C/MDA/2, párrs. 187 a 193).

Prohibición de la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (artículo 7)

11.Sírvanse señalar las medidas que se propone adoptar el Estado parte para aumentar las salvaguardias contra la tortura y los malos tratos en relación con la detención preventiva y para asegurarse de que las denuncias de torturas y malos tratos sean investigadas con prontitud y a fondo y que los culpables sean llevados ante la justicia y castigados. Sírvanse proporcionar información detallada también sobre el número de denuncias presentadas ante los tribunales y los defensores parlamentarios en relación con presuntos actos de tortura y malos tratos perpetrados por agentes del orden, sobre los juicios celebrados y las sanciones impuestas a esos agentes del orden, así como información sobre la indemnización otorgada a las víctimas (CCRP/C/MDA/2, párrs. 23, 213 a 225 y 331 a 334).

Prohibición de la esclavitud o de l trabajo forzoso u obligatorio (artículos 8 y 24)

12.Sírvanse proporcionar información detalladas sobre la aplicación del marco jurídico vigente de lucha contra la trata de personas, en particular mujeres y niños, y señalar las medidas que se han adoptado para enjuiciar a los que cometen este delito y prestar asistencia y protección a las víctimas. Sírvanse proporcionar también datos estadísticos actualizados, desglosados por sexo, edad y país de origen, sobre este fenómeno, así como información sobre el número de juicios y condenas y sobre las sanciones impuestas a los culpables (CCPR/C/MDA/2, párrs. 272 a 290).

Libertad y seguridad personales (artículo 9)

13.Sírvanse explicar si las personas que se encuentran detenidas tienen acceso a un abogado durante el período de instrucción del sumario, como se dispone en los artículos 9 y 14 del Pacto. Sírvanse también formular observaciones sobre la aparente prolongación excesiva del período de permanencia en custodia en las celdas de comisaría y de detención preventiva y sobre la presunta falta de separación de los detenidos que esperan juicio y los condenados (CCPR/C/MDA/2, párrs. 298 a 322).

Trato a las personas privadas de libertad (artículo 10)

14.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para reducir el hacinamiento y mejorar las condiciones de vida en los centros de detención de la policía y los establecimientos penitenciarios, que según algunas denuncias siguen siendo duras y a veces ponen en peligro la vida, sobre todo de los tuberculosos y los condenados a cadena perpetua. Sírvanse también proporcionar información detallada sobre el mandato del Comité de Reclamaciones y sobre los recursos humanos y financieros que se le han asignado (CCPR/C/MDA/2, párrs. 30 a 37, 226 a 263, 323 a 386 y 435).

Derecho a un proceso con las debidas garantías ante un tribunal independiente e imparcial (artículo 14)

15.Además de la información presentada en el informe, sírvanse proporcionar más información sobre las medidas adoptadas para asegurar que el poder judicial sea independiente del poder ejecutivo, no sea objeto de presión política y esté protegido contra la corrupción. Sírvanse proporcionar además información sobre las medidas que el Estado parte se propone adoptar para ocuparse con eficacia de los principales problemas que afectan a la debida administración de justicia, lo que incluye a) la no ejecución de los fallos de los tribunales; b) una administración ineficaz y poco profesional de los tribunales; c) la falta de salas de audiencia suficientes; y d) la escasez de intérpretes (CCPR/C/MDA/2, párrs. 128 y 435 a 486).

Justicia juvenil (artículos 9, 10, 14 y 24)

16.Sírvanse proporcionar información detallada sobre el marco jurídico para la administración de justicia juvenil. Sírvanse proporcionar en particular información acerca de las medidas que el Estado parte se propone adoptar para evitar que se juzgue y condene a los niños como si fueran adultos y que se los recluya en establecimientos penitenciarios para adultos, así como para asegurarse de que la detención de niños se limite a los casos en que sea estrictamente necesario.

Violencia contra la mujer y el niño y derechos del niño (artículos 3, 7, 8 y 24)

17.Sírvanse proporcionar más información sobre el marco jurídico vigente en el Estado parte para prevenir y combatir la violencia contra la mujer. Sírvanse incluir información detallada sobre el contenido y el alcance de la Ley de prevención y lucha contra la violencia en el hogar, aprobada recientemente, e indicar a) los medios de reparación y protección de que disponen las víctimas de la violencia en el hogar y b) el número de albergues que ha acondicionado el Estado parte para alojar a esas personas, así como su capacidad. Sírvanse también proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurarse de que los jueces, los fiscales, los agentes del orden, los profesionales de la salud, los trabajadores sociales y el público en general tengan conocimiento de este marco legislativo, así como para informar a las posibles víctimas de sus derechos y de los mecanismos de reparación existentes (CCPR/C/MDA/2, párrs. 166 a 168 y 688 a 692).

18.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la legislación aprobada por el Estado parte para prevenir y castigar todas las formas de violencia y de explotación sexual y económica contra los niños, incluidas las peores formas de trabajo infantil. Sírvanse también proporcionar datos recientes desglosados sobre el número de niños que son o han sido víctimas de explotación sexual y económica en los últimos cinco años, incluido el porcentaje de juicios y condenas y la duración media de las penas, las multas, así como la indemnización a las víctimas.

Libertad de religión (artículo 18)

19.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para luchar contra la intolerancia religiosa y el hostigamiento perpetrado por las autoridades públicas, en particular la policía, contra personas pertenecientes a grupos religiosos minoritarios, en particular los musulmanes. Sírvanse proporcionar también información sobre las medidas adoptadas para mejorar el mecanismo de registro de grupos religiosos a fin de evitar trámites burocráticos innecesarios y asegurar que toda denegación de inscripción se base en criterios objetivos y sea objeto de examen judicial (CCPR/C/MDA/2, párrs. 545 a 551).

Libertad de opinión y de expresión (artículo 19)

20.Sírvanse formular observaciones sobre las denuncias de que la libertad de prensa ha sufrido menoscabo en los últimos años y de que los periodistas suelen se objeto de intimidación para que practiquen la autocensura. Sírvanse proporcionar información detallada, con inclusión de ejemplos concretos, sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurarse de que las denuncias de intimidación o acoso de periodistas por motivos políticos se investiguen con prontitud e imparcialidad y los culpables comparezcan a juicio y sean castigados (CCPR/C/MDA/2, párrs. 552 a 597).

Derecho de las personas pertenecientes a minorías (artículos 25, 26 y 27)

21.Sírvanse indicar las medidas que el Estado parte ha adoptado para promover la representación equitativa de las personas pertenecientes a minorías étnicas, nacionales o lingüísticas, en particular los romaníes, en el Parlamento, el Gobierno, el poder judicial y otros cargos de la administración pública, incluida la policía. Sírvanse proporcionar datos estadísticos recientes, desglosados por origen étnico o nacional, idioma y sexo, respecto de la participación de personas pertenecientes a minorías en órganos elegidos y nombrados públicamente, así como en el poder judicial y la administración pública.

22.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la aplicación del Plan de acción de apoyo a los romaníes 2007-2010 (Decisión Nº 1453 del Gobierno, de 21 de diciembre de 2006) y sobre los resultados concretos de las medidas adoptadas para combatir la discriminación contra los romaníes, especialmente en las esferas de la vivienda, el empleo, la educación, el acceso a la atención de la salud y las prestaciones sociales. Sírvanse indicar también en qué medida pueden participar efectivamente los romaníes en la aplicación y vigilancia del plan de acción.

23.Sírvanse proporcionar información detallada sobre los adelantos logrados y las dificultades con que se ha tropezado en la aplicación de la legislación sobre el uso de los idiomas de las minorías en sus relaciones con las autoridades públicas e indicar en qué medida esos idiomas se utilizan realmente en los tribunales y con las autoridades administrativas del Estado parte. Sírvanse proporcionar también más información acerca de las medidas adoptadas para aumentar las oportunidades que tienen las personas pertenecientes a minorías nacionales, incluidos los romaníes, de recibir instrucción en su idioma y sobre su cultura en la enseñanza primaria y secundaria (CCRP/C/MDA/2, párrs. 731 y 740 a 761).

Difusión de información sobre el Pacto y el Protocolo Facultativo (artículo 2)

24.Sírvanse indicar las medidas que ha adoptado el Estado parte para difundir información sobre la presentación de este informe, su examen por el Comité y las observaciones finales anteriores del Comité sobre el informe inicial. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para difundir el conocimiento del Pacto y de su Protocolo Facultativo entre los jueces, los funcionarios públicos, la policía y los agentes del orden, los asesores jurídicos y el público en general.

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