Naciones Unidas

CRPD/C/ARM/CO/1/Add.1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

17 de diciembre de 2018

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Observaciones finales sobre el informe inicial de Armenia

Adición

Información recibida de Armenia sobre el seguimiento de las observaciones finales *

[Fecha de recepción: 22 de mayo de 2018]

Información de seguimiento sobre la aplicación de las recomendaciones incluidas en los párrafos 12 y 32 de las observaciones finales sobre el informe nacional presentado por Armenia al Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

1.La protección de los derechos e intereses de los niños que atraviesan una situación difícil es una de las prioridades de las políticas de protección de la infancia. Además, el principal objetivo en este ámbito es hacer efectivo el derecho del niño a vivir en familia, entre otras cosas estableciendo las garantías sociales pertinentes.

2.Ha habido reformas legislativas encaminadas principalmente a cumplir las obligaciones establecidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Carta Social Europea (revisada) y otros instrumentos internacionales en que la República de Armenia es parte.

3.Concretamente, a fin de desintitucionalizar (disponer el cuidado del niño en el entorno familiar) a los niños (incluidos los niños con discapacidad), el Gobierno aprobó, mediante la Decisión Protocolaria núm. 30, de 13 de julio de 2017, el Programa Estratégico de Protección de los Derechos del Niño en la República de Armenia (2017-2021), cuyas principales prioridades son la mejora del sistema de protección de los derechos del niño, la integración de los niños con discapacidad en la sociedad y la igualdad de acceso a una educación inclusiva de calidad, así como el fortalecimiento de la seguridad de los alumnos en las instituciones de enseñanza, la detección precoz de los menores de edad que hayan cometido un delito, hayan sufrido actos de violencia o hayan mostrado un comportamiento antisocial, la prevención de los casos de violencia y la garantía del derecho del niño a vivir en familia.

4.En la Ley por la que se Enmienda y Suplementa el Código de la Familia de la República de Armenia, aprobada por la Asamblea Nacional de la República de Armenia el 21 de diciembre de 2017, se establece la familia de acogida especializada como un tipo especial de acogimiento familiar. Se ha concebido como una forma de organizar el cuidado de los niños con discapacidad, los niños con graves problemas de salud, los niños con problemas, los niños con trastornos mentales o de comportamiento y los niños que han sufrido un estrés profundo (niños traumatizados), así como de las madres menores de edad y sus hijos. Las familias de acogida especializada también pueden proporcionar cuidados a corto plazo. El acogimiento de corta duración se considera una etapa de transición durante la cual se determinará la forma ulterior de cuidado del niño, así como su duración y sus condiciones. Tiene una duración máxima de un mes, con la posibilidad de prorrogarlo otro mes en caso necesario. En caso de acogimiento familiar especializado también se prevé que el Estado preste un apoyo especial una vez cumplidos los 18 años. En el presupuesto del Estado de la República de Armenia para 2018 se han consignado 152.828,4 millones de drams armenios para disponer el cuidado de 94 niños en 90 familias de acogida (anteriormente 25 niños).

5.También se están adoptando medidas para que los niños internados en centros de atención regresen a sus familias (a fin de asegurar su cuidado y crianza en familia).

6.Asimismo, debe considerarse que, por regla general, esas familias se encuentran en situación de riesgo, y que el regreso de los niños a su familia sin la prestación de los servicios pertinentes no redunda en su interés y puede afectarles negativamente.

7.En consecuencia, se están adoptando medidas para proporcionar servicios alternativos a estas familias, algo que también es importante desde el punto de vista de la prevención.

8.En particular, gracias a la reorganización de los servicios de atención permanente del sistema puesto en marcha por el Ministerio en 2016-2017, se han establecido dos centros de apoyo a los niños y las familias en la ciudad de Ereván y en la región de Syunik Marz en la República de Armenia. Estos centros ofrecen servicios especializados a los niños en situaciones difíciles, incluidos los niños con discapacidad. El equipo multiprofesional de los centros incluye un terapeuta de rehabilitación (fisioterapeuta), un kinesioterapeuta, un arteterapeuta, un ergoterapeuta y un grupo especial de pedagogos, así como psicólogos, trabajadores sociales y pedagogos sociales.

9.Una de las prioridades del Gobierno de la República de Armenia en 2018 es la reorganización de los otros cinco internados de atención y protección que dependen del Ministerio, que también se reestructurarán como centros de apoyo a los niños y la familia para ampliar así la cobertura de los servicios alternativos.

10.Al mismo tiempo, en la República de Armenia se está estableciendo un sistema de prestación de servicios sociales integrados, en cuyo marco se evalúan las necesidades de los niños en situaciones difíciles (los que tienen discapacidad). Además, la evaluación de las necesidades se lleva a cabo en la familia, lo que permite “diagnosticar” correctamente el problema y proporcionar los servicios más adaptados.

11.Al 1 de enero de 2018, había 3.471 familias, algunas con niños con discapacidad, inscritas en el sistema de evaluación de la inseguridad familiar para recibir asistencia social. De estas familias, reciben prestaciones familiares 3.156, en las que hay 3.299 niños con discapacidad registrados.

12.Cabe señalar que, durante el período comprendido entre 2014 y 2017, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Fundación Arabkir United Children's pusieron en marcha en las regiones de Tavush y Lori Marzes y en el distrito administrativo de Malatia-Sebastia en la ciudad de Ereván, en la República de Armenia, un proyecto de detección precoz de los trastornos del desarrollo del niño e intervención temprana, destinado a contribuir a la detección precoz de los niños con retraso mental, la intervención temprana y su integración mediante la cooperación de los servicios de educación, atención de la salud y protección social.

13.Cabe señalar también que se ha aprobado el Plan de acción para la ejecución del Documento conceptual sobre la prestación de servicios alternativos de atención y apoyo social a las personas con problemas de salud mental (2013-2017) mediante la Decisión Protocolaria núm. 36 del Gobierno de la República de Armenia, de 13 de septiembre de 2013.

14.A fin de reducir gradualmente el gran número de personas que se encuentran en centros de atención, el Plan prevé una transición hacia la prestación de servicios de atención en pequeños hogares comunitarios (en un entorno similar al familiar), así como la ampliación de los servicios alternativos.

15.El Plan prevé establecer, hasta 2017, centros para la prestación de atención las 24 horas a personas con problemas de salud mental en dos comunidades de la República como alternativa al centro de internamiento psiconeurológico de Vardenis. En aplicación de esta medida, en 2016 abrió en la ciudad de Spitak un hogar comunitario de atención a personas con problemas de salud mental (con capacidad para 16 personas).

16.Al mismo tiempo, en 2008 se estableció en Ereván el hogar funcional de la Fundación Jermik Ankyun [Corazón Cálido] para 15 jóvenes con problemas mentales. La Fundación prevé abrir otro hogar funcional en Ereván en mayo de 2018.

17.En el presupuesto del Estado de la República de Armenia de 2018 se han consignado ayudas para la casa de acogida de Spitak y el hogar funcional de Jermik Ankyun.

18.El Plan prevé la creación de centros de día comunitarios para personas con problemas de salud mental y el fortalecimiento continuo de la capacidad de los centros de día.

19.Al mismo tiempo, está previsto delegar, en el marco de iniciativas de cooperación entre los sectores público y privado, la prestación de servicios específicos a organizaciones no gubernamentales (ONG), lo que, por una parte, mejorará la relación coste-eficacia y, por otra, contribuirá a desarrollar la capacidad de las ONG.

20.En 2017, 12 niños con problemas de salud fueron adoptados por ciudadanos de la República de Armenia residentes en el país, y 29 niños nacionales de la República de Armenia, entre ellos 26 niños con discapacidad o graves problemas de salud, fueron adoptados por ciudadanos extranjeros.

21.A fin de ampliar la cobertura y el alcance de los servicios prestados a los niños y jóvenes con discapacidad, diversas organizaciones reciben ayudas públicas con cargo al presupuesto del Estado de la República de Armenia.

22.En particular, la ONG Prkutyunpara niños y jóvenes con discapacidad lleva a cabo desde 2007 un proyecto de rehabilitación social de niños y jóvenes con problemas mentales cofinanciado con cargo al presupuesto del Estado de la República de Armenia. En el marco de este proyecto se prestan servicios a 50 beneficiarios. Se trata de garantizar el derecho de los niños y jóvenes con problemas mentales a vivir en familia y su integración social mediante la prestación de servicios de atención y rehabilitación social.

23.Desde 2016, el Estado también presta apoyo a la ONG Liarzhek Kyank para la ejecución de un proyecto de apoyo sociopsicológico a los niños y los jóvenes con discapacidad en centros de día. El objetivo de este proyecto es garantizar el derecho de los niños y jóvenes con discapacidad en la comunidad, proporcionarles una educación adaptada a su capacidad y desarrollar su capacidad para llevar una vida independiente y autónoma. El programa se lleva a cabo en Stepanavan y proporciona servicios a 60 beneficiarios al mes.

24.Desde 2017 se cofinancia el Centro de Rehabilitación Social Im Ughin [A mi manera] con el fin de proporcionar empleo y servicios sociopsicológicos a los niños y jóvenes con autismo. El Centro presta servicios a 80 beneficiarios y proporciona educación y apoyo psicológico y social a los beneficiarios mediante terapias y metodologías certificadas por importantes países, formación profesional con un enfoque específico para cada edad mediante programas especiales destinados a mejorar la calidad de vida de las personas con autismo, así como la de sus familiares, enseñarles conocimientos y un oficio y desarrollar su capacidad para llevar una vida independiente y participar en la sociedad como miembros de pleno derecho.

25.Los servicios mencionados ayudan a los niños y jóvenes con discapacidad a desarrollar y utilizar sus capacidades y aptitudes, contribuyen a su plena participación en la vida comunitaria y familiar y evitan su internamiento en centros de atención.

26.En lo que respecta a la prohibición y penalización de todas las formas de violencia y tratos crueles contra los niños con discapacidad, cabe mencionar que, el 13 de diciembre de 2017, la Asamblea Nacional de la República de Armenia aprobó la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica, Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y Restablecimiento de la Solidaridad en la Familia (en vigor desde el 31 de enero de 2018).

27.La Ley regula los fundamentos organizativos y jurídicos para la prevención de la violencia doméstica y la protección de las víctimas de la violencia doméstica, incluidas las personas con discapacidad, define el concepto de violencia doméstica, las facultades de los organismos competentes en materia de prevención de la violencia doméstica y protección de las víctimas de la violencia doméstica, los tipos de medios de protección, los motivos para su aplicación, las modalidades de reconciliación entre quienes han cometido actos de violencia doméstica y sus víctimas, y la protección jurídica de la identidad de las víctimas de la violencia doméstica.

28.De conformidad con el punto 7 de la Decisión núm. 1324-N del Gobierno de la República de Armenia, de 5 de agosto de 2004, por la que se aprueban los criterios sociales estatales mínimos para el cuidado y la educación de niños en establecimientos de atención y protección de los niños, los órganos que se ocupan del cuidado y la protección de los niños deben llevar un registro de los casos sospechosos y confirmados de violencia contra los niños y entre ellos e informar de esos casos a las autoridades competentes.

29.A fin de proporcionar atención familiar a los niños con discapacidad, contribuir a su integración social y formar y difundir ideas positivas sobre ellos en la sociedad, una ONG, con el apoyo estatal de la República de Armenia, presta servicios alternativos a 250 niños que han estado en situaciones difíciles —unos 150 de ellos con discapacidad o necesidades educativas especiales— en los centros de día de las ciudades de Dilijan, Ijevan, Noyemberyan y Berd en la República de Armenia. En Ereván, 24 niños menores de 6 años con graves deficiencias intelectuales y físicas reciben servicios ambulatorios de atención y rehabilitación con el apoyo del Estado.

30.El Gobierno de la República de Armenia, que da importancia a los servicios alternativos de cuidado, aprobó, mediante la Decisión Protocolaria núm. 39, de 18 de septiembre de 2014, el Documento conceptual sobre la prestación de servicios sociales a los ancianos en la República de Armenia, así como el Plan de Acción (2015-2019) para la aplicación del Documento conceptual, que prevé la introducción en la República de nuevos modelos de servicios alternativos de cuidado para los ancianos y las personas con discapacidad (incluidas las que tienen problemas de salud mental). En particular, en 2018 se prevé la ejecución de un proyecto piloto de servicio de asistencia social en una de las provincias (marz) (cuatro comunidades de la provincia) de la República de Armenia. El servicio de asistencia social está destinado a personas enfermas y personas con dificultades temporales condicionadas por la edad y la discapacidad que no tengan cuidadores designados por ley pero que, en razón de su estado, necesiten la ayuda parcial y temporal de un tercero para resolver problemas domésticos, de autonomía, de transporte, de acompañamiento, de comunicación o de otra índole.

31.Al mismo tiempo, el 2 de marzo de 2018, la Asamblea Nacional de la República de Armenia aprobó el Proyecto de Ley de la República de Armenia de Protección de los Derechos e Integración Social de las Personas con Discapacidad, que establece los principales objetivos, principios y orientaciones de la protección de los derechos de las personas con discapacidad y la política estatal para su integración social.

32.En particular, se establecen los siguientes principios de política:

1)Lucha contra los estereotipos y prejuicios existentes respecto de las personas con discapacidad;

2)Protección de los derechos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, respeto del derecho de las personas con discapacidad al honor y a la dignidad, inviolabilidad de la vida privada y familiar;

3)Lucha contra el aislamiento de las personas con discapacidad de la sociedad y fomento de su integración social, etc.

33.Al mismo tiempo, se establece que el objetivo prioritario de la política estatal es disponer el cuidado de las personas con discapacidad, incluidos los niños, en la familia (desinstitucionalización de las personas con discapacidad).

34.Además, según el proyecto de ley, la política estatal de protección de los derechos e integración social de las personas con discapacidad se aplica mediante programas integrados (quinquenales) y anuales (estos programas se elaboran teniendo en cuenta los principales objetivos, principios y orientaciones de la política estatal prescritos por la ley).

35.Al mismo tiempo, el proyecto de ley define el concepto de asistente personal como una persona física que acompaña a la persona con discapacidad durante el período correspondiente y cuida de ella de forma gratuita o a cambio de una remuneración monetaria o la apoya (ayuda) para superar los obstáculos de su entorno o comunicarse.

36.De conformidad con el proyecto de ley, en los casos y según el procedimiento prescritos por el Gobierno de la República de Armenia, el asistente personal podrá recibir prestaciones sobre la base de una evaluación de las necesidades de la persona con discapacidad, entre otras cosas en forma de reembolso de determinados gastos o de remuneración monetaria.

37.Tras la aprobación del proyecto de ley, se adoptarán las medidas adecuadas para aplicar las disposiciones de la Ley, en particular para establecer y mejorar la figura del asistente personal.