Distr.GENERAL

CRC/C/MWI/Q/222 de octubre de 2008

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO50º período de sesiones12 a 30 de enero de 2009

APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el segundo informe periódico de Malawi (CRC/C/MWI/2)

En esta sección se pide al Estado Parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 24 de noviembre de 2008

Parte I

1.En relación con la incorporación de la Convención en el ordenamiento jurídico interno, sírvanse hacer una breve actualización del proceso legislativo y la situación de la reforma constitucional y los diferentes proyectos de ley pendientes de aprobación, en especial los relativos a la infancia (atención, protección y justicia), y al registro nacional y a la reforma de la Ley de educación, que tienen efectos directos en los derechos del niño.

2.Proporcionen más información sobre la marcha de la aprobación del plan de acción nacional para la infancia al que se hace referencia en el párrafo 120 del informe del Estado parte.

3.Indiquen si la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido invocada o citada directamente en los tribunales nacionales y, de ser así, den ejemplos de ello.

4.Proporcionen información sobre las iniciativas y leyes referentes a las prácticas nocivas, en particular el matrimonio precoz y forzado y las ceremonias de iniciación que vulneran los derechos del niño.

GE.08-44642 (S) 191108 211108

5.Indiquen las cuestiones que afectan a los niños y que, a juicio del Estado parte, son prioritarias y requieren la atención más urgente a fin de que se aplique la Convención.

Parte II

Datos y estadísticas, si se dispone de ellos

1.A tenor del artículo 4 de la Convención, sírvanse facilitar datos actualizados correspondientes a los años 2006, 2007 y 2008 sobre las asignaciones presupuestarias (con un análisis de tendencias) para la aplicación de la Convención en las esferas de la educación, la salud y la protección de la infancia en todo el país.

2.Faciliten datos desglosados por edad, sexo y zonas geográficas sobre el número y el porcentaje de niños inscritos mediante un sistema de registro del nacimiento.

3.Faciliten datos correspondientes a los tres últimos años sobre el número de niños víctimas de explotación sexual, en particular la prostitución, la pornografía y la trata, y sobre el número de aquellos que tuvieron acceso a servicios de recuperación y reinserción, especificando el tipo de servicios.

4.Enumeren los estudios, evaluaciones y encuestas realizados por el Estado parte en los últimos tres años sobre temas de interés prioritario para la aplicación de la Convención.

Parte III

A continuación figura una lista preliminar de las principales cuestiones (distintas de las examinadas en la parte I) que el Comité tal vez aborde durante el diálogo con el Estado parte. Esas cuestiones no requieren respuestas por escrito . La lista no es exhaustiva, ya que podrían plantearse otras cuestiones en el curso del diálogo :

1.La no discriminación, en particular de los niños que viven en la pobreza y de los niños con discapacidad o en conflicto con la ley.

2.Las asignaciones presupuestarias (incluido el alivio de la deuda para los países pobres muy endeudados) destinadas a los niños, también a nivel de distrito.

3.El respeto de las opiniones del niño.

4.La definición de niño.

5.El castigo corporal en la familia, la escuela y otras instituciones.

6.Los malos tratos y el descuido de los niños, y la violencia en el hogar.

7.Las prácticas nocivas que afectan la salud, la educación y el desarrollo de niños varones y niñas.

8.Los niños con discapacidad (integración en la sociedad y acceso a instalaciones).

9.La salud y el bienestar básicos, el acceso a servicios sanitarios, la salud de los adolescentes y la salud mental.

10.El nivel de vida.

11.La educación (en particular la disponibilidad de docentes capacitados, instalaciones adecuadas, la asistencia a la escuela y la deserción escolar, la estimulación precoz y la educación secundaria).

12.La explotación económica y el trabajo infantil.

13.La trata y la explotación sexual de niños.

14.La administración de la justicia de menores (en particular la edad mínima de responsabilidad penal, las alternativas a la detención, en particular la prisión preventiva, y la recuperación y reinserción.

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