Naciones Unidas

CRC/C/55/1

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

15 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

55º período de sesiones

Ginebra, 13 de septiembre a 1º de octubre de 2010

Tema 1 del programa provisional

Aprobación del programa

Programa provisional y anotaciones

Nota del Secretario General

1.El 55º período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño tendrá lugar en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra del 13 de septiembre al 1º de octubre de 2010. La primera sesión se celebrará el lunes 13 de septiembre a las 10.00 horas.

2.De conformidad con el artículo 6 del reglamento provisional, el Secretario General ha preparado el programa provisional adjunto para el 55º período de sesiones en consulta con el Presidente del Comité. Se adjuntan también las anotaciones al programa provisional.

3.De conformidad con el artículo 32 del reglamento provisional, las sesiones del Comité serán públicas, a menos que el Comité decida otra cosa.

4.Se señalan en particular a la atención de los Estados partes las anotaciones al tema 4, en las que se enumeran los informes que tendrá ante sí el Comité en su 55º período de sesiones.

5.Del 14 al 18 de junio de 2010 se reunió en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra un grupo de trabajo anterior al período de sesiones, establecido de conformidad con el artículo 63 del reglamento provisional.

Programa provisional

1.Aprobación del programa.

2. Cuestiones de organización.

3.Presentación de informes por los Estados partes.

4.Examen de los informes de los Estados partes.

5.Cooperación con otros órganos, organismos especializados y entidades competentes de las Naciones Unidas.

6.Métodos de trabajo del Comité.

7.Días de debate general.

8.Observaciones generales.

9.Reuniones futuras.

10.Otros asuntos.

Anotaciones al programa provisional

1.Aprobación del programa

Con arreglo al artículo 8 del reglamento provisional, el primer tema del programa provisional será la aprobación del programa, excepto cuando en virtud del artículo 16 deban elegirse los miembros de la Mesa. De conformidad con el artículo 9 del reglamento provisional, el Comité podrá revisar el programa y podrá, según corresponda, añadir, aplazar o suprimir temas. Sólo se podrán añadir al programa temas urgentes e importantes.

2.Cuestiones de organización

En relación con este tema, el Comité tal vez desee examinar su programa de trabajo para el período de sesiones, así como cualquier otro asunto relativo a las modalidades de cumplimiento de sus funciones en virtud de la Convención.

3.Presentación de informes por los Estados partes

Informes recibidos

Además de los informes que está previsto que el Comité examine en su 55º período de sesiones (véase el calendario de examen de los informes en el tema 4 infra) y de los informes que figuran en el programa provisional del 54º período de sesiones (CRC/C/54/1), el Secretario General ha recibido los siguientes informes en relación con la Convención y sus Protocolos facultativos.

Convención sobre los Derechos del Niño

Estado parte

Fecha en que debía presentarse

Signatura

Armenia

2009

CRC/C/ARM/3-4

Guyana

2008

CRC/C/GUY/2-4

Malta

1997

CRC/C/MLT/2

Eslovenia

2008

CRC/C/SVN/3-4

Yemen

2008

CRC/C/YEM/4

Santo Tomé y Príncipe

2008

CRC/C/STP/2-4

Israel

2008

CRC/C/ISR/2-4

Protocolo facultativo de la Convención relativo a la participación de niñosen los conflictos armados

Estado parte

Fecha en que debía presentarse

Signatura

Santa Sede

2004

CRC/C/OPAC/VAT/1

Protocolo facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Estado parte

Fecha en que debía presentarse

Signatura

Santa Sede

2004

CRC/C/OPSC/VAT/1

Informes atrasados

En virtud del artículo 67 del reglamento provisional, en cada período de sesiones el Secretario General debe notificar al Comité todos los casos en que no se hayan presentado los informes. La lista completa de los informes iniciales y periódicos pendientes en relación con la Convención y los informes iniciales y periódicos pendientes en relación con los Protocolos facultativos figura en el documento sobre la situación de la presentación de los informes (CRC/C/55/2). En ese documento se indican también las medidas excepcionales adoptadas por el Comité respecto de los Estados partes que tienen problemas para cumplir el estricto plazo de presentación de informes establecido en el párrafo 1 del artículo 44 de la Convención o en el caso de que se haya demorado el examen de sus informes.

4.Examen de los informes de los Estados partes

A continuación se ofrece un calendario provisional para el examen de los informes en el 55º período de sesiones, preparado por el Secretario General en consulta con el Presidente y sujeto a la aprobación del Comité.

Calendario provisional para el examen de los informes de los Estados partes

Fecha

Hora

Tema del programa

Sala A

Sala B

Martes,14 de septiembre

10.00

4

Guatemala CRC

Angola CRC

15.00

4

Guatemala (continuación)

Angola (continuación)

Miércoles,15 de septiembre

10.00

4

España CRC

Sierra LeonaOPAC, OPSC

15.00

4

España (continuación)

Sierra Leona (continuación)

Jueves,16 de septiembre

10.00

4

Bosnia y Herzegovina OPAC y OPSC

Burundi CRC

15.00

4

Bosnia y Herzegovina (continuación)

Burundi (continuación)

Lunes,20 de septiembre

10.00

4

Montenegro CRC,OPAC y OPSC

Sudán CRC,OPAC y OPSC

15.00

4

Montenegro (continuación)

Sudán (continuación)

Martes,21 de septiembre

10.00

4

Montenegro (continuación)

Sudán (continuación)

Jueves,23 de septiembre

10.00

4

Sri LankaCRC y OPAC

Nicaragua CRC,OPAC y OPSC

15.00

4

Sri Lanka (continuación)

Nicaragua (continuación)

Viernes,24 de septiembre

10.00

4

Sri Lanka (continuación)

Nicaragua (continuación)

De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional, los representantes de los Estados partes serán invitados a asistir a las sesiones del Comité en que han de examinarse sus informes. Dichos representantes deberán estar en condiciones de responder a las preguntas que pueda hacerles el Comité y de formular declaraciones acerca de los informes ya presentados por sus Estados, y podrán asimismo presentar nueva información.

De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional del Comité, el Secretario General ha notificado a los Estados partes interesados la fecha de apertura, la duración y el lugar de celebración del 55º período de sesiones del Comité en que se examinarán sus informes respectivos, y los ha invitado a enviar a representantes para que asistan a esas sesiones del Comité.

5.Cooperación con otros órganos, organismos especializadosy entidades competentes de las Naciones Unidas

En relación con este tema, el Comité proseguirá su debate sobre las formas en que se podría reforzar la cooperación con diversos órganos competentes para mejorar la promoción y protección de los derechos del niño.

6.Métodos de trabajo del Comité

En relación con este tema, el Comité continuará su debate sobre la organización de su labor futura y el procedimiento que habrá de seguirse para examinar los informes de los Estados partes y darles seguimiento, incluida, de ser necesaria, la determinación de las esferas en que deba prestarse asistencia técnica. En particular, el Comité examinará también su proyecto de directrices específicas de presentación de informes y su reglamento provisional.

7.Días de debate general

En su 52º período de sesiones, el Comité decidió que, debido a la acumulación de informes pendientes de examen, en 2010 no se celebraría ningún día de debate general. El Comité adoptará una decisión sobre el tema del día de debate general de 2011.

8.Observaciones generales

En relación con este tema, el Comité seguirá elaborando observaciones generales sobre la base de los distintos principios y disposiciones de la Convención, y en particular acerca del artículo 3, relativo al principio del interés superior del niño, y del artículo 19, relativo a la protección contra toda forma de violencia, explotación y abuso.

9.Reuniones futuras

En relación con este tema, se informará al Comité de cualquier novedad relacionada con el calendario de sus futuras reuniones.

10.Otros asuntos

En relación con este tema, los miembros del Comité examinarán otros asuntos relativos a su labor, según proceda, en particular los elementos necesarios para elaborar un protocolo facultativo que establezca un procedimiento de comunicaciones en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño.