Naciones Unidas

CERD/C/PRT/Q/12-14

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

3 de enero de 2012

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

80 º período de sesiones

13 de febrero a 9 de marzo de 2012

Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de DiscriminaciónRacial

Lista de temas que deben abordarse al examinar los informes periódicos 12º a 14º de Portugal (CERD/C/PRT/12-14)

La lista de temas que figura a continuación ha sido elaborada por el Relator para el país, con el propósito de utilizarla en el examen de los informes periódicos 12º a 14º de Portugal. El objetivo de esta lista es facilitar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité, y no requiere respuestas por escrito. No es una lista exhaustiva, pues durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos.

1.La igualdad y las dificultades afrontadas por determinados grupos, en particularlos no ciudadanos y las minorías visibles, en el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales (artículos 2, 3, 4, 5 y 7)

a)La sensibilización general acerca del multiculturalismo de la sociedad portuguesa y adopción de medidas para facilitar la integración (CERD/C/PRT/12-14, párrs. 26 y 53 a 55);

b)Los datos e información en materia de discriminación que permitan realizar una evaluación exhaustiva y/o detallada de la discriminación en Portugal. Progresos realizados en el análisis de la composición étnica de la población (CERD/C/65/CO/6, párr. 8) o, en su defecto, una descripción cualitativa de la composición étnica de la población (CERD/C/PRT/12-14, párr. 1, nota al pie 2);

c)Los efectos de la educación y la formación brindada a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, con objeto de poner fin a las conductas discriminatorias, los estereotipos y los prejuicios raciales contra las personas de origen extranjero y las minorías visibles (CERD/C/65/CO/6, párr. 10 y CERD/C/PRT/12-14, párrs. 112 a 121 y 231);

d)Los estereotipos y los prejuicios raciales contra los inmigrantes, en especial contra los brasileños, y contra otras minorías visibles, en particular la minoría china y la minoría del África subsahariana (CERD/C/PRT/12-14, párr. 239);

e)El papel de los medios de comunicación y la difusión de información para luchar contra los estereotipos y los prejuicios raciales y para promover la tolerancia y la diversidad cultural (CERD/C/PRT/12-14, párrs. 194 a 197);

f)Las medidas innovadoras adoptadas por el Estado parte para prevenir y combatir la discriminación racial de las comunidades más desfavorecidas, en particular la profesionalización de los mediadores socioculturales y los efectos de su actuación, especialmente en las zonas alejadas de los centros urbanos (CERD/C/PRT/12-14, párr. 48);

g)La aplicación del Plan de integración de los inmigrantes de Portugal con miras a satisfacer las necesidades de vivienda (CERD/C/65/CO/6, párr. 12 y CERD/C/PRT/12-14, párr. 177);

h)Los mecanismos del Estado para prevenir y combatir la discriminación racial en el acceso a la justicia, a la educación y al empleo de los inmigrantes, las minorías religiosas y étnicas, y los solicitantes de asilo y los refugiados (CERD/C/PRT/12-14, párr. 199 y ss.).

2.Legislación y recursos en caso de discriminación racial (artículos 4 y 6)

a)Acciones por discriminación racial iniciadas, tramitadas, terminadas o sobreseídas de acuerdo a las disposiciones legislativas pertinentes, en particular el artículo 240 del Código Penal (CERD/C/PRT/12-14, párr. 88), y medidas adoptadas para que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley tengan en cuenta el carácter racista de un delito;

b)Medidas adoptadas para mejorar los recursos jurídicos para la protección de las víctimas de la discriminación racial (CERD/C/PRT/12-14, párr. 105 y ss.).

3.Situación de la comunidad romaní (artículos 2, 5 y 7)

a)Eliminación de la discriminación racial contra los romaníes, en particular a través de medidas especiales (CERD/C/65/CO/6, párr. 13);

b)Disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales por parte de la población romaní, respetando al mismo tiempo su cultura, en particular en las esferas de la vivienda, la salud, la educación y la participación en la vida pública (CERD/C/65/CO/6, párr. 13);

c)Programas de formación y otras medidas adoptadas por el Estado parte para aumentar las posibilidades de obtener un empleo de los miembros de la comunidad romaní y para combatir la discriminación racial en el acceso al mercado laboral;

d)Efectos de las campañas de sensibilización pública sobre la discriminación contra la comunidad romaní.