Noveno informe periódico que Colombia debía presentar en 2017 en virtud del artículo 18 de la Convención *

[Fecha de recepción: 10 de noviembre de 2017]

Introducción

La realización de los DDHH requiere la participación plena y efectiva, así como la contribución significativa de las mujeres y las niñas en todos los aspectos de la vida, en pie de igualdad con los hombres y los niños, por lo que resulta indispensable eliminar toda clase de discriminación que asegure un acceso efectivo a nivel legislativo e institucional.

Para reducir las desigualdades entre hombres y mujeres y transformar el discurso y las normas culturales que han perpetuado la discriminación estructural y propiciado toda clase de tabús y estereotipos basados en el género, resulta improrrogable la transformación de las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad.

El Gobierno Nacional adelanta un proceso de sensibilización y apropiación de los contenidos de la Convención con las autoridades nacionales y territoriales, posibilitando espacios a través de los cuales se promueve el diálogo de cara a fortalecer las capacidades institucionales y a disponer de herramientas idóneas para materializar acciones que garanticen de manera efectiva los derechos de las mujeres en el territorio colombiano. En este propósito ha sido invaluable el apoyo de ONU Mujeres y de la Señora Line Bareiro, experta en género y ex miembro del Comité, así como la labor de la sociedad civil, en especial de las organizaciones de mujeres que impulsan la construcción y el seguimiento de la agenda en pro de sus derechos.

Hoy Colombia es un país diferente luego de la firma del Acuerdo de Paz y experimenta un cambio normativo e institucional dirigido a reforzar la eficiencia y coherencia en su organización y funcionamiento, ámbitos en los que las mujeres son sujetos indispensables para la construcción de ambientes armónicos que potencien su desarrollo. Frente a esta oportunidad única, y bajo la perspectiva de que la sociedad que queremos, se construye disminuyendo las brechas sociales y económicas entre el campo y las ciudades, el Gobierno Nacional reconoce la relevancia de las recomendaciones del Comité, como instrumentos catalizadores para la implementación de acciones progresivas, integrales y diferenciales que atiendan la realidad de nuestras mujeres y niñas. Ello supone grandes retos y desafíos, sobre los cuales, se tiene el firme propósito del Estado de atenderlos y superarlos y así sentar las bases de una paz estable y duradera.

En consecuencia y dada la coyuntura actual, el Informe Nacional (en adelante Informe), si bien consigna avances relevantes en materia de igualdad y no discriminación, incorpora un importante número de acciones que se encuentran en proceso de implementación y cuyos resultados se verán en el mediano y largo plazo.

El Informe, se estructura en 4 partes, en la primera de las cuales se abordan los contenidos de los artículos 1 al 6; en la parte dos, los artículos 7 al 9; en la parte tres, los artículos 10 al 14; y en la parte cuatro, lo relativo al artículo 16. En ese mismo orden, se reporta información de conformidad con las recomendaciones realizadas al Estado colombiano en 2013 y se desarrolla un capítulo especial, que alude la participación de las mujeres en el proceso de paz. La información reportada corresponde al periodo 2013-2017.

Finalmente, es grato mencionar que el proceso de elaboración del Informe, liderado por la Cancillería, con el acompañamiento de la CPEM y la CPDDHHy la participación de la institucionalidad nacional con responsabilidad en los contenidos de la Convención, inició en 2016 con un intercambio de buenas prácticas en el que participaron representantes de México y Paraguay con amplia trayectoria en temas de género. Se adelantaron 29 reuniones técnicas las cuales iniciaron el 24 de febrero y culminaron el 15 de mayo de 2017 y en las que participaron un total de 137 funcionarios de los cuales, 112 fueron mujeres y 25 hombres.

Parte 1

Artículo 1

El marco constitucional y normativo colombiano, resulta coincidente con la definición de discriminación contra la mujer, contenida en el artículo 1° de la Convención y se fortalece con importantes avances jurisprudenciales y decisiones judiciales con perspectiva de género que identifican y valoran el rol femenino como una función social, que cuando se afecta, es necesario reconocer en la dimensión de los perjuicios inmateriales y como componente de la reparación integral, todo ello encaminado a acelerar y promover la igualdad y la protección de la dignidad de las mujeres.

Artículo 2

Se promulgaron importantes medidas legislativas, a través de las cuales se fortalece el acceso a la justicia y la atención prioritaria a las necesidades de mujeres y niñas. Estas medidas reconocen el trabajo y resistencia de las mujeres, reivindicando su dignidad y rechazando cualquier tipo de discriminación y violencia que pueda afectarlas en su integridad:

•Ley 1639/2013. Fortalece medidas de protección a víctimas de crímenes con ácido.

•Decreto 1480/2014. Declara el día nacional por la dignidad de las mujeres víctimas de VS en el marco del conflicto armado (25 de mayo)

•Ley 1719/2014. Establece medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de VS, en especial la VS con ocasión del conflicto armado.

•Ley 1761/2015. Crea el tipo penal del feminicidio como delito autónomo.

•Ley 1773/2016. Atención integral a las víctimas de agentes químicos y adiciona un artículo a la Ley 599/2000.

Dando continuidad al Plan de Gobierno 2010-2014, en el PND 2014-2018, capítulo VIII Seguridad, Justicia y Democracia para la Construcción de Paz, se establece la promoción integral de los derechos de las mujeres y la igualdad de género, desde una perspectiva interseccional, a través de la Estrategia: Consolidación de la Política Pública de Equidad de Género (CONPES 161) y de Protección y garantía de los derechos de las mujeres víctimas del conflicto armado (CONPES 3784).

Actualmente se adelanta la evaluación de los CONPES 161 y 3784, la cual desarrolla un mecanismo de participación de las organizaciones de mujeres y mujeres víctimas, definido por la CPEM, que se sustenta en los principios de participación ciudadana y responde a una estrategia metodológica para que las mujeres y sus organizaciones, contribuyan con ideas y propuestas, en la construcción de las nuevas fases de los citados CONPES. Se realizaron 13 talleres regionales y un taller nacional con la participación de 221 mujeres de diversas organizaciones. Se documentaron experiencias territoriales y 6 talleres con lideresas víctimas del conflicto armado en 5 ciudades capitales, que congregaron a 168 mujeres de diferentes regiones.

Atendiendo la Recomendación 12 a), la CPEM, fue ratificada como tal, mediante Decreto 672/2017, conservando las competencias funcionales asignadas desde el 2010. La CPEM, como mecanismo nacional de avance en materia de derechos de las mujeres, posee las capacidades técnicas y las competencias misionales para incidir en la toma de decisiones para la transversalización del enfoque de género, en diferentes sectores de la administración pública y, agenciar en éstos y con los gobiernos locales, la atención de los intereses particulares de las mujeres en los territorios, a través del establecimiento de acuerdos interinstitucionales que responden a los principios de subsidiariedad, concurrencia y complementariedad.

La CPEM, con el propósito de articular el quehacer institucional y promover mecanismos de vigilancia eficaces, en el periodo de reporte, participa en 18 espacios, que en su mayoría cuentan con representación de organizaciones de mujeres y en los que se realiza seguimiento y se coordinan las acciones de implementación del marco normativo. Para fortalecer la ejecución del CONPES 161, la CPEM acompaña técnicamente la creación y consolidación de grupos de género y la formulación de planes de acción en 13 entidades integrantes de la Comisión Intersectorial. Sobre la Comisión y con el propósito de impulsar su labor (Recomendación 12 b), la CPEM, en alianza con la AECID, realizó en 2016 un análisis, que arrojó los siguientes resultados:

•Las entidades cumplen la delegación formal, logrando que la representación en la Comisión esté en cabeza de la misma persona, facilitando la continuidad de los temas tratados y sea el espacio propicio para congregar a los profesionales con responsabilidad en la implementación del enfoque de género en las entidades.

•Se reconoce el esfuerzo permanente por cumplir con los compromisos establecidos en el CONPES 161 y plasmarlos en los informes periódicos.

•La participación de la sociedad civil en las sesiones de la Comisión fortalece el diálogo y la respuesta institucional.

•La alianza estratégica entre la CPEM y el DNP permite hacer seguimiento cuidadoso a los indicadores.

Violencia contra la Mujer

Siguiendo la Recomendación 16 b), el MSPS desde 2012 realiza innumerables esfuerzos para reglamentar las medidas de atención establecidas en el artículo 19 de la Ley 1257. En 2015 y 2016 particularmente, trabajó para adoptar los modelos de prestación de servicios de habitación, alimentación y transporte a mujeres víctimas de violencia, sus hijos e hijas, en el marco de las medidas de atención reglamentadas para su implementación por parte de las entidades territoriales más no de los agentes del SGSSS. Los modelos se encuentran en las ciudades de Cali (1 casa) y Bogotá (5 casas para víctimas de VIF y 1 para víctimas de violencia en el conflicto armado). Adicionalmente hay 13 hogares de acogida, los cuales se encuentran ajustándose al modelo.

Desde 2011 se encuentra en operación el Comité de Seguimiento a la Ley 1257, integrado por la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la CPEM y representantes de organizaciones de mujeres. Como una estrategia de incidencia en las regiones, desde el 2013, se implementó la Descentralización del Comité , realizándose a nivel departamental y municipal. En los informes periódicos de seguimiento a la Ley 1257, presentados al Congreso de la República, se evidencia la respuesta en la integralidad de las acciones y la articulación del Gobierno Nacional en esta materia (Recomendación 16 c).

La CPEM en atención a lo consagrado en la Ley 1257, realizó asistencia técnica a 32 gobernaciones y 32 alcaldías de las ciudades capitales, para la inclusión de acciones concretas en los planes de desarrollo territoriales y el logro de condiciones de igualdad efectiva, a partir del impulso de cinco áreas temáticas. Cerca de 1.100 funcionarios encargados de elaborar e implementar las políticas públicas territoriales, fueron sensibilizados y capacitados.

La Rama Judicial implementa el Lineamiento de Atención y Protección de mujeres víctimas de VS , así como la Guía para la aplicación del enfoque diferencial de género en la especialidad de Restitución de Tierras y en las Salas de Justicia y Paz. Los Magistrados de las Altas Cortes en su conjunto formularon los Criterios de equidad para una administración de justicia con perspectiva de género. El CSJ introduce la valoración de normas de DDHH y DIH en las sentencias, como criterio para calificar la evaluación de desempeño de los funcionarios judiciales (Acuerdo 10618/2016) y define que éstos deben considerar la variable de género para adelantar valoraciones favorables de cargas y costos para mujeres víctimas de violencias (Acuerdo 10554/2016).

La FGN en su Plan Estratégico 2016-2020, estableció como una prioridad en investigación y judicialización, combatir la violencia y particularmente el homicidio doloso, la VS y la VIF. Las acciones diseñadas para lograr este objetivo incluyen el enfoque de género y diferencial, reconociendo el impacto de la violencia contra las mujeres y las niñas, comunidades indígenas y afrodescendientes y población LGBTI. Las metas planteadas por el ente acusador a 2020 en los temas de VBG incluyen: Duplicar la tasa de imputaciones de homicidio doloso, la tasa de condena, la tasa de imputaciones y de condenas de la VS; reducir las noticias criminales efectivas por homicidio de víctimas que denunciaron VIF y duplicar la tasa de imputaciones de la violencia intrafamiliar (Recomendación 16 d).

En 2016, la FGN promulgó el Protocolo de Investigación y judicialización de la VS (Resolución 1774), el cual contribuye a la participación efectiva de las víctimas en todo el proceso de judicialización y brinda a los funcionarios herramientas para cumplir sus funciones con estándares de debida diligencia para la superación de barreras en la investigación y judicialización de dichos delitos. Se incorpora un enfoque diferencial, étnico y de DDHH hacia las mujeres en los programas de protección y se aplica en la práctica investigativa y judicial, avances legislativos, principios y normas del Derecho Internacional de los DDHH y del Derecho Penal Internacional (Resolución 1006/2016).

La FGN, ejecuta una estrategia para la priorización de la VIF y un plan de trabajo para mejorar su abordaje. En la estrategia, se plantean mecanismos para que la atención y la protección de las víctimas sean más integrales y respetuosos de sus derechos, agilizando la investigación y judicialización de los hechos, evitando nuevas agresiones, escaladas de violencia y revictimizaciones. En ese marco, se expide la Directiva 001/2017, que acoge lineamientos generales para investigación y judicialización de VIF.

Para implementar la Ley 1719/2014 y la Ley 1761/2015, se consolidan por parte de la FGN estrategias, relacionadas con: divulgación, socialización y seguimiento en los territorios; formación en técnicas de investigación judicial con perspectiva diferencial; consolidación de equipos especializados de apoyo y asistencia técnica a casos de VS fuera y dentro del conflicto armado, feminicidio en las direcciones seccionales; e investigación con metodología diferencial.

Respecto de la investigación y judicialización de la VS ocurrida en escenarios de violencia ordinaria, de acuerdo con los indicadores incluidos en el Plan Estratégico 2016-2020 de la FGN, se presenta la siguiente información:

•Los delitos sexuales se encuentran entre los diez tipos de delitos con mayores entradas en la FGN.

•En los últimos cinco años, la tasa de imputaciones sobre entradas efectivas para los delitos sexuales se ha mantenido entre 17% y 18%. En 2015 y 2016, aumentó a 20% y 21%, respectivamente.

•La tasa de condenas sobre imputaciones en 2016 aumentó un 46%.

Siguiendo con la Recomendación 16 d), el Programa Nacional de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana, amplía la cobertura, disponiendo en la actualidad de 108 Casas y 37 Centros, en 28 y 18 Departamentos, respectivamente. En 2016 una encuesta de percepción ciudadana, realizada por el DNP, arroja que:

“[…] el 26% de los colombianos conoce qué es una Casa de Justicia o un Centro de Convivencia Ciudadana y de estos, el 31% ha acudido a una de estas instancias para solucionar un conflicto.”

Para fortalecer las líneas estratégicas del Programa, y en particular su sistema de información, desde 2015 se inicia el registro formal de las actividades realizadas en las Casas y Centros, por lo que resultó indispensable adelantar actividades con enfoque de género, tendientes a empoderar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos, fortalecer el acceso a la justicia a través de la oferta de servicios en materia de prevención de violencia y rutas de atención, calidad de vida para madres gestantes, construcción de paz, sensibilización sobre VG, feminicidio, VS y ataques con ácido.

Con el fin de responder integralmente a la prevención y atención de las VG en la familia, se establecieron lineamientos técnicos en materia de competencias y acciones relacionadas con las funciones de atención a las víctimas de la VBG por parte de las Comisarías de Familia y demás autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales (Resolución 163/2013). Se promulgó una cartilla-guía pedagógica para unificar el procedimiento de las Comisarías, autoridades nacionales y territoriales y abordar la VIF con enfoque de género, en aplicación del marco normativo correspondiente. En estos ámbitos, de 2013 a la fecha, se capacitaron más de 2.251 funcionarios.

Se implementan otra serie de herramientas para fortalecer la gestión de las Comisarias y demás autoridades involucradas en la atención de casos relacionados con VG, entre las que se citan:

•Instrumento de valoración del riesgo para la vida y la integridad personal por VG al interior de la familia.

•Instrumento de seguimiento a la medida de protección impuesta por VG al interior de la familia por comisarios de familia.

•Instrumento de seguimiento a la medida de atención impuesta por VG al interior de la familia por comisarios de familia.

•Rutas para el procedimiento de atención a víctimas por VG al interior de la familia en las Comisarias.

En cumplimiento de la Recomendación 16 e), el Gobierno Nacional, estructura el Sistema Integrado de Información sobre Violencias de Género -SIVIGE, el cual tiene como propósito, producir y coordinar la generación de estadísticas oficiales para dimensionar y caracterizar las víctimas, las violencias y sus contextos. El Sistema es un importante avance, porque unifica conceptos y variables para el análisis de las VG, entre las que se destacan: sexo, OSIG, grupos étnicos, ámbitos de ocurrencia, caracterización del agresor y relación con la víctima.

El SIVIGE contará con diferentes fuentes de información para analizar las VG e identificar atenciones en salud, diagnósticos clínicos, aseguramiento de las víctimas y hechos victimizantes. En 2016, las entidades parte del Sistema, entregaron el documento técnico sobre Marco normativo, conceptual y operativo del SIVIGE.

La Línea 155 de orientación a mujeres víctimas de violencia, sobre la que se aludió en el Informe 2015 de Seguimiento de Recomendaciones, entre 2013 a septiembre de 2017 recepcionó 1.003.563 llamadas. Las mujeres que más la utilizan, se encuentran entre los 25 a 35 años; diciembre es el mes con mayor frecuencia de consulta; los jueves y martes se registran el mayor número de llamadas entre las 2 y 3 de la tarde; Cundinamarca (incluida Bogotá), Valle y Antioquia son los Departamentos de donde se originan más consultas.

En 2016, el ICBF puso en operación de manera gratuita a nivel nacional, la Línea 141, para la atención y orientación de situaciones de violencia contra NNA y reporte de emergencias. Adicionalmente, implementó la Campaña denominada: la importancia de las primeras 72 horas, en la que se articulan las defensorías de familia y los equipos de servicios y atención, para fortalecer la activación de la ruta de atención integral de NNA víctimas de VS.

La CPEM con el apoyo de la OIM, construyó el Maletín divulgador de derechos, que contiene herramientas pedagógicas que facilitan la identificación de los DDHH de las mujeres y el marco legal que los garantiza. El Maletín es muy útil para el trabajo territorial con organizaciones de mujeres, mecanismos de género y servidores públicos.

Se cuenta con la Estrategia de formación especializada en DDDHH y DIH para operadores judiciales y funcionarios públicos, liderada por la CPDDHH, que incorpora desde 2014 un Módulo estructurado con conceptos básicos y normatividad sobre VBG en el marco del conflicto armado y VS. Entre 2014-2016, se capacitaron 402 funcionarios de 8 ciudades.

El CSJ realiza clínicas jurídicas para identificar estereotipos y prejuicios de género que permitan al juez elaborar una valoración más sólida de los hechos en las etapas de investigación y juzgamiento. En los últimos cinco años, 5.579 funcionarios de los distritos judiciales del país, participaron del ejercicio.

En 2015, se lanza el portal SUIN-JURISCOL, que brinda información jurídica a la ciudadanía de forma gratuita, para contribuir a dar a conocer las medidas especiales encaminadas a acelerar la igualdad y modificar patrones socioculturales frente al rol de las mujeres y de los hombres. Desde su lanzamiento, a la fecha, se registran 3.900.896 visitas al sitio web.

Se implementó la herramienta tecnológica de consulta gratuita LegalApp, la cual mediante un lenguaje de fácil comprensión, ofrece información sobre trámites, procedimientos, rutas de atención y orientación, para resolver conflictos y delitos comunes. Cuenta con un directorio de más de 20.000 autoridades y entidades relacionadas con el sector justicia, señalándole al usuario la ubicación en el municipio de interés. La herramienta, dispone de un criterio avanzado de búsqueda sobre el tema de violencia y discriminación, así como de un botón denominado Derecho Vigente, en el que se muestra el marco normativo y jurisprudencial sobre temas específicos, entre ellos, el de violencia contra las mujeres.

Según el CEJA, LegalApp en 2016 logra que Colombia se consolide como líder en el índice de Servicios Judiciales en línea, ocupando en el ranking de evaluación de 130 sitios web, el primer lugar entre 32 países que hacen parte de la OEA.

La Rama Judicial, cuenta con una herramienta actualizada que permite la consulta de las principales sentencias emitidas por las Altas Corporaciones Nacionales de Justicia y la socialización de los avances en materia de género. La herramienta ofrece información sobre normativa nacional e internacional en temas de género y relaciona las principales publicaciones, estadísticas de género y contenidos de los cursos, talleres y videoconferencias de la Rama.

VG relacionada con el conflicto

En el ámbito de la Recomendación 18 b) y c), en 2014 la FGN conformó un grupo especial para tratar las VBG, incluidas aquellas relacionadas con situaciones de VS en diversas zonas del país y cometidas por parte de distintos actores armados. A este Grupo se le encomendó como primera tarea, analizar los relatos del anexo reservado del Auto 092/2008 y definir medidas estratégicas e impulso de casos, así como la determinación de los patrones en la comisión de las conductas punibles y de victimización.

En 2015, la FGN implementa un modelo de priorización para la investigación y judicialización de la VS en el marco del conflicto armado, con el fin de documentar e impulsar la investigación de casos, atendiendo la importancia de la coordinación entre fiscales e investigadores. En 2016, se designa un grupo de apoyo para el análisis e impulso procesal de casos de VS, presuntamente cometidos por integrantes de la Fuerza Pública.

El Comité Nacional de Priorización de Situaciones y Casos de la FGN en cumplimiento de la orden décimo segunda del Auto 009/2015, acogió la Estrategia de priorización para la investigación y judicialización de la VS en el marco del conflicto armado, encaminada a articular y coordinar las diferentes rutas y mecanismos diseñados para enfrentar esta clase de violencia (Resolución 003/2015). La Estrategia está compuesta por acciones que responden a la obligación de adelantar investigaciones en un plazo razonable y bajo el impulso de los funcionarios judiciales, generar espacios de protección para el seguimiento y la coordinación de la investigación y judicialización, y la realización de Comités Técnicos-Jurídicos establecidos en la Ley 1719/2014 y otras acciones de impulso a casos.

Para 2016, de acuerdo con la Ley 1719 y los Autos de la Corte Constitucional a partir de la Estrategia Interinstitucional de lucha contra la impunidad y atención integral a las víctimas de VBG en el marco del conflicto armado, de la que se hizo mención en el VIII y IX Informe Nacional, se desarrollan capacitaciones, en materia de acceso a la justicia y protección con enfoque de género, así como la socialización de los programas de protección tanto de la FGN como de la UNP y talleres de autoprotección, estos últimos focalizados en los municipios de Mocoa, Cúcuta, Codazzi, Arauca y en la zona de María la Baja.

Dado que, del total de las víctimas de conflicto, el 51% son mujeres, se establece un enfoque diferenciado con perspectiva de género para la atención y se cuenta con la Estrategia Reparación Individual a Mujeres Víctimas de VS en el Marco del Conflicto Armado, para generar espacios de construcción, diálogo y fortalecimiento del proyecto de vida de las mujeres, con enfoque de derechos, en el marco de su proceso de reparación integral. Con base en la información que registra la UARIV, en la actualidad:

•370.562 mujeres víctimas del conflicto indemnizadas a través del mecanismo transicional, lo que equivale aproximadamente a 830 millones de USD.

•6.988 indemnizaciones administrativas entregadas a mujeres víctimas de delitos contra la libertad e integridad sexual.

•1.669 mujeres de todo el país han participado en la Estrategia de Reparación Integral a Mujeres, que materializa la atención diferencial, integral y adecuada a las mujeres víctimas de este hecho, la cual se implementa en 35 ciudades.

Respecto de la Recomendación 18 h), el Protocolo para la prevención de la VG, tuvo una segunda versión, publicada en 2015 y titulada: Protocolo de la Fuerza Pública para la Prevención y Respuesta a la VS, particularmente en relación con el Conflicto Armado, ésta contó con el apoyo técnico de UNFPA y la OACNUDH y los aportes de la CPDDHH y la CPEM y consagra la ruta frente a hechos de VS relacionada con el conflicto armado, así como la obligación de poner en conocimiento de la justicia ordinaria los casos por presunta VS.

La Ley 1407/2010, por medio de la cual se expide el Código Penal Militar, fue declarada exequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-252/2012, se llama la atención sobre los artículos 1, 2 y 3 de la precitada Ley, en los que se consagra el ámbito de competencia que tiene la Justicia Penal Militar para adelantar investigaciones bajo su fuero, siendo la violencia contra la mujer excluida de dicha competencia, toda vez que la misma, nunca estará relacionada con el servicio, ni será por causa y en razón del mismo.

El marco jurídico para la paz es un recurso efectivo que permite al Estado, facilitar el logro de la paz y contribuir a la satisfacción efectiva de los derechos de las víctimas, incluidas las mujeres, abriendo espacios para el desarrollo de una estrategia integral y coherente de justicia transicional que satisfaga de manera efectiva los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, toda vez que: i) Retoma la paz como finalidad prevalente de los instrumentos de justicia transicional; ii) Constitucionaliza los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y no repetición; iii) Autoriza la creación de mecanismos complementarios de carácter extra-judicial para la investigación, el esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas. (iv) Incorpora las figuras de la priorización y la selección, como mecanismos para concentrar la persecución penal en los máximos responsables de los crímenes internacionales (Recomendación 18 i).

Las cuestiones sobre VS fueron planteadas en el proceso de paz (Recomendación 18 j), y están contenidas en el punto 5 del Acuerdo relativo a víctimas del conflicto, en donde se estipula que la VS en el conflicto armado NO será amnistiable. Se destaca en el abordaje de estas temáticas, el acompañamiento dado por ONU Mujeres y por la Representante Especial del Secretario General de la ONU.

Sobre la Recomendación 18 f), la atención de mujeres víctimas de cualquier forma de violencia en el ámbito de la salud, incluye el derecho a recibir atención integral en salud física y mental, como lo establece la Ley 1438/2011 que reforma el SGSSS. En atención a lo dispuesto en la Ley 1751/2015, el MSPS formalizó la Política de Atención Integral en Salud, la cual contempla un componente estratégico que determina las prioridades del sector salud en el largo plazo y un componente operativo, relativo al Modelo Integral de Atención en Salud. Una de las acciones desarrolladas para la implementación del Modelo, son las Rutas Integrales de Atención en Salud. Entre 2013 y 2016 se certificaron 4.420 profesionales en salud que atienden víctimas de VS de las DTS, EPS e IPS. De acuerdo con la información del SIVIGILA, entre 2015 y 2016 se notificaron 159.047 niñas y mujeres por violencia física, sexual y psicológica de los cuales:

•Al 100% de los casos se les realizó una valoración médica.

•El 42,95% tuvo atención en salud mental.

•En el 53.34% de los casos se dio avisó a la autoridad competente.

•33.57% de las víctimas fueron remitidas a protección.

•El 50% de las víctimas de VS ingresó entre las 72 y las 120 horas después de haber ocurrido el hecho.

•Al 52.23% se le suministró profilaxis para ITS/VIH, al 36% la anticoncepción de emergencia y al 51.45% se le brindó orientación en IVE.

En ese marco, se diseñó la Ruta integral de atención para población con riesgo o sujeto de agresiones, accidentes y traumas, la cual aborda integralmente la violencia relacionada con el conflicto, las VG y la violencia por conflictividad social. En el caso de las VG, se incorpora en un amplio marco normativo la atención integral que requieren las víctimas de VS, ataques con agentes químicos, y otras formas de VG (Anexo No. 1).

En cumplimiento de la Ley 1448 de 2011, a través del PAPSIVI, entre el 2014-2016 se ha brindado atención psicosocial a 314.921 víctimas, de las cuales 197.496 son mujeres. Esta atención es realizada por equipos interdisciplinarios con entrenamiento y experiencia en atención psicosocial.

En 2012, se adopta el Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de VS como de obligatorio cumplimiento para la atención de las víctimas de VS por parte de las IPS. El MSPS coadyuvó para la revisión de constitucionalidad del artículo 23 de la Ley 1719, relativo a la implementación facultativa del Protocolo y del Modelo de atención. En 2015, la Corte Constitucional declara la inexequibilidad del término facultativo, reafirmando la obligatoriedad de la implementación.

Con el concurso del CNMH se impulsan procesos y acciones desde una perspectiva participativa, para aportar la comprensión de lo que ha sucedido en el marco del conflicto armado, y contribuir así a la dignificación y reparación integral de las víctimas (Recomendación 18 g). El esclarecimiento histórico, incluye reflexiones acerca de las construcciones de masculinidad y feminidad que se producen y reproducen en la guerra, de las desigualdades estructurales entre géneros, a partir de las cuales se generan repertorios de violencia específicos, daños diferenciados y particulares formas de resistencia.

Las bases del trabajo en memoria se sustentan en los avances del Grupo de Memoria Histórica de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación y a petición de colectivos de víctimas o en respuesta a procesos de reparación colectiva o sentencias judiciales, los documentos elaborados esclarecen situaciones emblemáticas que permiten entender las distintas dinámicas de la guerra en Colombia. Para el periodo del Informe se produjeron los documentos: Aniquilar la Diferencia. LGBTI en el Conflicto Armado Colombiano (2015); Crímenes que no prescriben: La VS del Bloque Vencedores de Arauca (2016); Informe Nacional de VS (2017– en edición).

A efectos de integrar un archivo de DDHH y memoria histórica, el CNMH tiene la responsabilidad de reunir la documentación, testimonios orales o escritos sobre violaciones de DDHH ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. Se adelantan esfuerzos para la identificación y registro de archivos en materia de DDHH de las mujeres y cuyo avance entre 2015-2017 es: 172 archivos de mujeres y organizaciones de mujeres identificados y registrados; 385 registros de iniciativas de memoria, de los cuales 10 son de mujeres y apoyados directamente por el CNMH.

En respuesta a la orden decimoséptima del Auto 009/2015 y con el propósito de prevenir la VS, el Ministerio del Interior elaboró y presentó a la Corte Constitucional, el Diagnóstico sobre los principales factores asociados a la violencia estructural de género y la discriminación que incide en la VS contra las mujeres en el marco del conflicto armado y el desplazamiento forzado en Colombia. En 2016 el Diagnóstico se difundió en 7 ciudades, con las entidades encargadas de prevenir, atender, investigar y sancionar las violaciones a los DDHH y la participación de organizaciones sociales.

El Ministerio del Interior elaboró el Instructivo de Prevención de VS con Enfoque de Género dirigido a Alcaldes, que contiene directrices para realizar acciones en prevención desde las Secretarías de Gobierno, Educación y Salud, así como desde las instancias creadas para tal fin como: el Comité de justicia transicional, el Subcomité de prevención, protección y garantías de no repetición y el Comité interinstitucional para la prevención de la VS y de atención integral a NNA víctimas de abuso sexual. El Ministerio del Interior, la realización de talleres en prevención y protección dirigidos a las organizaciones de mujeres y funcionarios, en entidades territoriales priorizadas como Mocoa, María la Baja, Cúcuta, Arauca, Quibdó, Florencia, Barrancabermeja, Buenaventura y Tumaco.

En 2017, ante la necesidad de articular las Estrategias que atienden a mujeres sobrevivientes de VS en el marco del conflicto, se conforma la Red Construyendo para la garantía de los Derechos de las Mujeres, liderada por la CPDDHH y el Ministerio de Justicia, en la que se impulsan procesos organizativos de las mujeres, y el fortalecimiento del trabajo con funcionarios públicos en temas relacionados con protección de los DDHH de las mujeres.

La CPEM, para facilitar el conocimiento de las políticas públicas y prevenir las VBG, tradujo en las lenguas Tukano, Shikuanai y Emperara Siapidara, algunos apartes de las políticas y normas existentes en favor de las mujeres. Este proceso implicó un diálogo inicial en zonas priorizadas, con organizaciones indígenas nacionales con alcance territorial, y tres consejos regionales, para realizar posteriormente la socialización in situ con las comunidades.

Artículo 3

El Gobierno Nacional implementó el Proceso Nacional de Garantías compuesto por la Mesa Nacional de Garantías para Defensores de DDHH, Líderes Sociales y Comunales, los Subgrupos Técnicos de Protección y de Investigación, los Actos de Reconocimiento a la labor de defensa de los DDHH y la Estrategia de Comunicación.

En 2016, se profirió el Decreto 1314 con el que se crea la Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de los DDHH (Recomendación 24 b), cuya función principal es velar por la coordinación interinstitucional para la efectiva implementación del Programa Integral de Garantías para Mujeres Lideresas y Defensoras de DDHH, el cual fue resultado de una iniciativa de diálogo, que tuvo su origen en la Mesa Nacional de Garantías con el propósito de asegurar la labor de los liderazgos sociales y políticos y la defensa de los DDHH de las mujeres.

El Programa Integral de Garantías para Mujeres, se discutió con una metodología previamente acordada con las organizaciones de mujeres en el Espacio de Interlocución para la Formulación, Implementación y Seguimiento de la Política de Prevención y Protección de los Derechos de las Mujeres Defensoras, del cual formaron parte: el Ministerio del Interior, la UNP, CPEM, CPDDHH, la UARIV, MSPS, la Defensoría del Pueblo y organizaciones defensoras de derechos de las mujeres. Adicionalmente, se encuentran conformadas Mesas de Víctimas en cada municipio y departamento y una a nivel nacional con participación paritaria a través de las cuales se garantiza la incidencia en las decisiones que afectan a esta población.

El Ministerio del Interior con la asistencia técnica del PNUD, diseñó en atención a los 10 riesgos de género planteados por la Corte Constitucional en el Auto 092/2008, la Guía para la incorporación del Enfoque de Género en los Planes Integrales de Prevención y Protección (PIPP), con el fin de fortalecer la prevención de las violaciones a los derechos a la vida, libertad, seguridad e integridad de las mujeres producto del conflicto armado interno y de las diferentes dinámicas de violencia. El contenido de carácter ágil y didáctico de la Guía, posibilita contar con una herramienta para incorporar el enfoque de género en las distintas fases metodológicas de formulación o actualización de los PIPP.

La FGN fundamentada en la jurisprudencia de la Corte IDH y de la Corte Constitucional colombiana, expidió la Directiva 011/2016, en la que se determina el criterio esencial para definir si una persona debe considerarse como defensora de DDHH y explica los elementos que deben analizar los Fiscales para tal fin, llamando la atención sobre las actividades que desarrollan. Al efecto, se ha compilado un grupo de 27 casos de homicidios dolosos atendiendo listados entregados por la OACNUDH, la Defensoría del Pueblo y organizaciones sociales. De enero de 2016 a septiembre de 2017 la FGN reporta el siguiente avance sobre esos casos: 2 sentencias, 7 en etapa de juicio, 6 en etapa de investigación, 1 en etapa de investigación con orden de captura vigente y 11 en etapa de indagación con órdenes a policía judicial.

Como resultado de la incorporación del enfoque de género en el Programa de Protección de la UNP, entre 2013-2017 se realizaron 29 sesiones del CERREM de Mujeres en los que se analizaron 495 casos de los cuales 47 tuvieron ponderación de riesgo ordinaria, 447 extraordinaria y 1 extremo. Se adoptaron en 448 casos, medidas de protección material y de carácter complementario, para mitigar los riesgos y vulnerabilidades de las protegidas.

Mediante Decreto 154/2017, se crea la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad en el marco del Acuerdo Final, la cual se instaló en febrero de 2017 y con la que se institucionaliza el Punto 3.4 sobre garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones y conductas criminales. En línea con lo anterior, se crea al interior de la FGN, la Unidad Especial de Investigación (Decreto 898/2017) para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atenten entre otros, contra defensores de DDHH, movimientos sociales o movimientos políticos. Está Unidad contará con 35 seccionales y más de 3.500 fiscales en todo el país, lo que facilitará la presencia en las zonas de ocurrencia de los hechos.

En septiembre de 2017, atendiendo el deber de prevención que le asiste al Estado colombiano, se profirió el Decreto 1581, a través del cual se adopta la Política Pública de prevención de violaciones a los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de personas, grupos y comunidades, la cual, toma como insumo central los pronunciamientos de la Corte Constitucional.

Artículo 4

Importantes medidas de orden legislativo se adoptan para garantizar los contenidos del presente Artículo, como la promulgación de la Ley 1822/2017, con la que se amplía la licencia de maternidad a dieciocho semanas y a ocho días hábiles de licencia remunerada de paternidad y se incentiva la adecuada atención y cuidado de la primera infancia. La precitada Ley consagra la prohibición de despido por motivo de embarazo o lactancia sin que medie autorización y aval de justa causa por parte del Ministerio de Trabajo.

Se expidió la Ley 1857/2017 que contempla como deber del Estado proveer a las familias y a sus integrantes, herramientas para potenciar sus recursos afectivos, económicos, culturales, de solidaridad y criterios de autoridad democrática, de manera que los programas de atención a la familia y a sus miembros prioricen su unidad y la activación de recursos para que funcione como el instrumento protector por excelencia de sus integrantes.

Artículo 5

La CPEM, con el apoyo de la Corporación Humanas, ONU Mujeres, AECID y la Embajada de Noruega, realizó la Segunda Medición del estudio de tolerancia social e institucional de las violencias contra las mujeres, en la que se reporta información de gran valía para la comprensión y focalización de acciones en prevención, atención y protección de las mujeres víctimas de todas las formas de violencia. Dentro de los hallazgos se mencionan:

•8 de cada 10 personas encuestadas creen que cuando los hombres están bravos es mejor no provocarlos.

•51% no está de acuerdo con que los hombres necesiten más sexo que las mujeres.

•64% dice que los hombres siempre están listos para tener sexo, siendo los mayores de 65 quienes presentan más afinidad con este tipo de afirmaciones (68%), seguidos por las personas entre los 18 y los 30 años (65%).

•El papel más importante de las mujeres es cuidar su casa y cocinar para su familia: el 22% de la población dijo estar totalmente de acuerdo y el 17% parcialmente de acuerdo; los hombres están de acuerdo en un 41% y las mujeres en un 37%.

La transformación de estas creencias, actitudes y prácticas arraigadas, implican un reto para el Estado, atendiendo la necesidad de apuntar a la construcción de ciudadanos que valoren la diferencia y la pluralidad, capaces de convivir en paz y que respeten los DDHH. En este importante reto, se destacan los procesos implementados desde la escuela, liderados por el MEN y relacionados con: (i). Promoción de los DSR a través de proyectos pedagógicos. (ii) Implementación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar. (iii) Incorporación de la perspectiva de género y la prevención de la violencia contra las niñas en los lineamientos curriculares y los materiales pedagógicos.

El MEN impulsó la promulgación de la Ley 1620/2013 o Ley de Convivencia Escolar, que junto con el Decreto 4798/2011 que reglamenta la Ley 1257, fortalecen la labor de docentes, instituciones y Secretarías de Educación, frente a la vinculación de la comunidad educativa en la promoción, formación, prevención y protección de los derechos de NNA y jóvenes.

Se desarrolló y socializó con los establecimientos educativos del País, la Guía para la Convivencia Escolar, en la que se incluyen recomendaciones para que en las prácticas educativas se eviten comportamientos sexistas y discriminatorios y se realicen acciones que aporten a la promoción de DDHH y a la prevención de cualquier tipo de violencia y acoso escolar. Con la divulgación del documento sobre Derechos Básicos de Aprendizaje –DBA-, se ofrece una herramienta para que los docentes fortalezcan su práctica en el aula, así como el diseño de planes de estudio, canalizando el ejercicio de corresponsabilidad de la familia, dado que el DBA ofrece referencias sobre qué es lo que se espera que los NNA aprendan en cada grado.

El MEN adelantó la revisión y ajuste de los materiales educativos en las áreas de lenguaje y matemáticas de los grados transición a once que se distribuyen a nivel nacional, incorporando referentes pedagógicos sobre la perspectiva de género a través de la promoción del lenguaje incluyente, y para visibilizar el aporte de las mujeres en matemáticas y literatura.

Uno de los instrumentos empleados para adelantar seguimiento a la transformación de estereotipos y actitudes discriminatorias, son las pruebas estandarizadas SABER, que incluyen valoración de competencias ciudadanas. Al comparar los resultados con relación a las actitudes frente a los roles de género, entre 2012 a 2015, se evidencia que:

•En 2012, el 90% de niñas y el 86% de niños de grado 5º, manifestaban desacuerdo frente a roles estereotipados de género. En 2015, el porcentaje aumentó en 93 y 90 respectivamente.

•Disminución de 11,9 puntos en el porcentaje de las niñas de grado 9º que manifestaron ser víctimas de algún tipo de violencia o intimidación en la escuela, pasando de 32,5% a 20,6%.

Si bien, los anteriores resultados sugieren avances en la transformación de actitudes patriarcales y estereotipos, es necesario fortalecer los procesos pedagógicos que involucran a estudiantes de mayor edad para avanzar de forma consistente en la remoción de barreras, en atención a los contenidos de la Convención.

Desde el sector salud, se implementan acciones para la transformación de las normas sociales que validan y justifican las violencias, obteniendo los siguientes resultados:

•13.358 participantes directos en proyectos implementados en seis entidades territoriales para la promoción de la convivencia y prevención de las violencias, con énfasis en VIF.

•Ocho laboratorios de prevención de violencias realizados en municipios priorizados, como una estrategia de cambio cultural sobre las creencias que naturalizan las violencias.

•61 movilizaciones sociales con metodologías participativas realizadas para la prevención de las VG en 23 departamentos. Se consolida la Metodología de comunicación y movilización social para prevenir las VG que incluye orientaciones conceptuales y técnicas para las movilizaciones que realizan servidores públicos y lideresas de organizaciones sociales.

•736 lideresas y 149 líderes de 449 organizaciones de base comunitarias, veedurías y asociaciones de usuarios de salud de 16 departamentos capacitadas en DSR y exigibilidad de una vida libre de violencias.

•En 2016 con las DTS se divulgó la estrategia de comunicación: En violencias de género, la salud es primero, con el propósito de posicionar la atención integral para la restitución de derechos de las víctimas de VG, principalmente de VS y de ataques con agentes químicos.

Se avanza en la concertación de la Política Pública Educativa a través del Sistema Educativo Indígena Propio –SEIP-, en el marco de la cual se proponen acciones orientadas al entendimiento de la atención educativa para grupos étnicos, como un proyecto estratégico y transversal que transita desde la Etno-educación, a la construcción participativa y concertada de una Política con enfoque diferencial que posibilita el fortalecimiento cultural y el uso equilibrado de las lenguas en los procesos educativos propios. (Recomendación 14 b). En la actualidad, se adelanta el proceso de diálogo intercultural con las autoridades tradicionales y organizaciones de los Pueblos Indígenas, en sus instancias constituidas, lo que fortalece el proceso de formulación del SEIP, en el que se apertura la participación efectiva de mujeres y niñas, se abre la posibilidad para que los Pueblos auto gestionen temas alrededor del enfoque de género y en consideración a su cosmovisión, rompan paradigmas referentes a los estereotipos.

Este esfuerzo representa un trabajo sostenido de más de 7 años en la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de Educación para Pueblos Indígenas -CONTCEPI- en cuyas 26 sesiones se acordó la ruta de trabajo para la consulta previa en esta materia, la cual se protocolizó en 2015 a instancias de la Mesa Permanente de Concertación, que incluyó la elaboración de las guías e instrumentos metodológicos de la consulta, la realización de 114 talleres regionales, la sistematización de los insumos recolectados y la consolidación del proyecto normativo que desarrolla los componentes del SEIP, lo cual se encuentra en progreso.

En Colombia, la MGF es una forma de violencia que afecta la vida y la salud de las niñas y mujeres, específicamente las pertenecientes a pueblos indígenas. En el marco del objetivo 7 del PND 2014-2018, se establecieron dos Estrategias encaminadas a abordar la MGF y las prácticas nocivas (Recomendación 14 c).

La primera, aborda la garantía de los recursos humanos y financieros para que los pueblos y comunidades indígenas desarrollen procesos de diálogos intergeneracionales y brinden atención y seguimiento a casos de MGF con el objeto de propiciar su erradicación. La segunda, apunta a la construcción de lineamientos concertados para la atención y promoción de la SSR con enfoque diferencial. En ambas Estrategias, confluyen los esfuerzos de la institucionalidad a través del MSPS, el ICBF, los Ministerios del Interior, Educación y de Cultura, la CPEM, el INML, quienes definieron el Plan de Acción Interinstitucional para la Erradicación de Prácticas Nocivas para la Salud y Vida de las Mujeres y Niñas Indígenas.

En el marco del proyecto formulado en 2016, el MSPS en coordinación con la DTS de Risaralda, dispuso equipos interdisciplinarios para trabajar directamente con las comunidades desde la perspectiva intercultural en el cuidado y mantenimiento de la salud de NN y mujeres gestantes y formulen e implementen estrategias de promoción de la salud y prevención de la enfermedad para posibilitar cambios culturales a corto, mediano y largo plazo para la erradicación de la MGF. En ese ámbito, para identificar la situación en salud de la población objetivo, así como sus concepciones sobre la sexualidad y la MGF, se adelantan diálogos permanentes con actores relevantes como: parteras, jaibanás y sabedores.

La MGF se incluyó como una de las formas de VS que se registran en el SIVIGE. De igual manera, el INS con la asesoría técnica del MSPS, incluirá en la ficha del SIVIGILA, la MGF como una forma de VG para que se reporte a nivel nacional por las instituciones del sector salud.

El CSJ a través de la COCOIN participa en reuniones comunitarias y acompaña procesos de sensibilización y reflexión de medidas de prevención, riesgos y erradicación de la MGF, lo que refleja un avance importante de las comunidades indígenas del municipio de Trujillo (Valle del Cauca), quienes en 2016 se sumaron a la declaración pública de las comunidades indígenas de los municipios de Mistrató y Pueblo Rico (Risaralda), para el abandono de la MGF.

El CSJ en los espacios de coordinación interjurisdiccional (jurisdicción indígena y sistema judicial nacional), posiciona y visibiliza el tema con los comisionados de justicia indígena y con autoridades territoriales de los Departamentos con presencia de población indígena, logrando la realización del: primer encuentro nacional de justicia y VS en pueblos indígenas; segundo encuentro de jurisdicción especial indígena; 4 mesas departamentales Inter-jurisdiccionales. Por su parte, desde la Sala Jurisdiccional Disciplinaria se emiten decisiones por la defensa de los derechos de las mujeres que resuelven situaciones de VS (103) y VIF (3).

Artículo 6

La trata de personas es un fenómeno de naturaleza y efectos globales que deriva en flagrantes violaciones a los DDHH, razón por la cual, el Gobierno Nacional manifiesta su total rechazo y su decidida voluntad para enfrentarlo de manera integral.

En el PND 2014-2018 se establecen diferentes acciones que el Estado, a través de su institucionalidad, realiza para enfrentar el delito de trata de personas. Del compromiso nacional, da cuenta entre otros, la firma en 2015 del Manifiesto de lucha contra la trata de personas, suscrito por el Ministro del Interior, la UNODC, la Gobernación y los 40 alcaldes y personeros del Departamento de Norte de Santander.

Mediante Decreto 1036/2016, se adoptó la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas 2014-2018, cuyo objetivo es combatir el delito y garantizar los DDHH de las víctimas, a través de medidas de prevención, investigación y judicialización, asistencia y protección.

La Estrategia se estructura a partir de seis enfoques que constituyen sus pilares, y siete ejes de acción relativos a: Prevención, Asistencia y Protección, Investigación y Judicialización, Coordinación y Sostenibilidad, Cooperación Internacional y Gestión del Conocimiento. La Estrategia, se implementa en el orden nacional, departamental, distrital y municipal, bajo los principios de coordinación, subsidiaridad, concurrencia y complementariedad, quedando expreso el compromiso de incorporarla en los planes de desarrollo departamentales y de fortalecer los Comités Territoriales de Lucha contra la Trata de Personas.

El Gobierno Nacional promueve el diseño y puesta en marcha de estrategias dirigidas a informar, sensibilizar y empoderar tanto a la población como a los funcionarios frente a la existencia del delito, por lo que se destacan las siguientes actividades de prevención:

•En 2016 la Línea Gratuita Nacional de Lucha Contra la Trata de Personas atendió 44.718 ciudadanos.

•A través de medios de comunicación y proyección de mensajes en edificios emblemáticos y aeropuertos en 5 ciudades capitales se difundieron las piezas con los mensajes de la Campaña Con la Trata de Personas NO hay Trato.

•Durante junio y julio de 2017, la Cancillería, lanzó en territorios fronterizos que infortunadamente facilitan el traslado de las victimas hacia países vecinos, la cuarta campaña en prevención del delito de trata Ante la Trata de Personas NO se haga, la cual incorpora un enfoque diferencial y de género, e incluye talleres lúdico-pedagógicos con adolescentes y jóvenes, afrodescendientes, indígenas y sectores sociales LGTBI.

•II Foro internacional de trata de personas, grooming y prevención en las nuevas tecnologías, liderado por el Ministerio del Interior con el apoyo de organizaciones sociales, asistieron diferentes panelistas y expertos para socializar los componentes de protección y buenas prácticas en el uso de internet para la prevención de la Trata.

•En 2016, el ICBF lideró, con el apoyo de UNODC la consolidación de 17 pactos regionales denominados: Territorios comprometidos en erradicar la trata de NNA.

En asistencia y protección, las acciones del Estado colombiano se dirigen al diseño y ejecución de programas para la recuperación física y psicosocial:

•En el marco del Decreto 1066/2015, se estructuran programas de asistencia y protección inmediata y mediata que se desarrollan bajo los principios de buena fe, dignidad, participación, intimidad, confidencialidad, igualdad y no discriminación.

•En el marco de la Sentencia C-470/2016, los entes territoriales prestan asistencia mediata a las víctimas de trata aún en los casos en los que no media denuncia.

•El ICBF coordina la prestación de las medidas de asistencia y protección inmediata y mediata y adelanta el PARD a NNA, víctimas de abuso sexual, explotación sexual comercial y/o trata de personas.

En Colombia se encuentra tipificado el delito de trata de personas y los demás delitos conexos. Las entidades competentes en materia de investigación y judicialización, designan grupos especializados con el fin de garantizar una efectiva persecución y sanción del delito.

La FGN dispone de 26 fiscales destacados para adelantar investigaciones relacionadas con trata de personas, cuyos equipos especializados se dedican exclusivamente a estos asuntos. Se cuenta con dos fiscales exclusivos, para atender los delitos de trata de personas, pornografía con menores, y delitos conexos que atenten contra NNA. Con los Fiscales destacados y exclusivos se establecen canales de comunicación directos en aras de fortalecer su rol dentro de la investigación. A 2017 se han proferido: 220 imputaciones, 213 escritos de acusación, 17 absoluciones, 88 condenas, siendo 2016 el año con el mayor número de actuaciones: 71 en total.

El marco jurídico del Protocolo Complementario para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños ha sido una plataforma para suscribir e implementar memorandos de entendimiento y acuerdos bilaterales a la fecha con 8 países, los cuales se operativizan a partir del establecimiento de planes de acción que desarrollan acciones concretas. En 2017, las entidades del Comité Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas, fortalecen las rutas de trabajo con Argentina, Ecuador, Perú, Paraguay.

Colombia es parte del GLO.ACT, una iniciativa conjunta de la UE y la UNODC que se implementa en asocio con la OIM y UNICEF. El objetivo del Programa es apoyar a los Estados parte, para brindar desde un enfoque de prevención y protección, respuestas integrales contra la trata y el tráfico ilícito de migrantes. El Programa, lanzado en 2017 y vigente hasta 2019, implementa acciones enfocadas al fortalecimiento de capacidad de los actores claves en el abordaje integral de estos delitos. En el marco de la iniciativa se desarrollan las siguientes actividades:

•Socialización de la Guía de NNA Migrantes no Acompañados en Riesgo de Trata de Personas: Durante mayo y junio de 2017, se realizaron talleres con 96 defensores de familia en 4 Departamentos, para socializar la Guía y facilitar la identificación y asistencia a menores migrantes vulnerables al delito de la trata de personas.

•Elaboración de la Estrategia de Investigación de la Trata de Personas de la FGN: Durante mayo y junio de 2017, se realizaron mesas nacionales en 4 ciudades, con el objetivo de intercambiar experiencias en la investigación del delito de trata de personas. Alrededor de 116 fiscales de todo el País participaron y aportaron insumos para la elaboración de la Estrategia.

•Encuentro Regional de Buenas Prácticas para la Identificación de Casos de Trata de Personas con fines de Trabajo Forzoso: En junio de 2017, se realizó el Encuentro en Bogotá, en el que participaron expertos de la OIT, la CIDH, la UNODC, el Ministerio del Trabajo de Guatemala, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas de Argentina y 16 inspectores del trabajo de diferentes Departamentos, así como las entidades parte del Comité Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas. Los inspectores fueron nombrados puntos focales para conformar la Red contra la Trata de Personas con Fines de Trabajo Forzoso.

Parte 2

Artículo 7

El Ministerio del Interior y la CPEM, con el apoyo de la Mesa de Género de la Cooperación Internacional, implementan la Estrategia Más Mujeres Más Democracia, como una herramienta indispensable para promover la participación y el reconocimiento de las mujeres como sujetos políticos y para fortalecer las agendas de igualdad de género en la construcción del desarrollo y la paz en Colombia.

En atención al ODS 5, con la referida Estrategia, el porcentaje de participación de mujeres, paso de 20% en 2011 a 36,5% en 2015. Para las elecciones locales del periodo 2016-2019, las mujeres candidatizadas para ocupar cargos en las gobernaciones, alcaldías, asambleas y concejos representaron el 36%, siendo elegidas el 15,6%. De 2010 a 2014, el porcentaje de escaños ocupados por mujeres en el Congreso de la República pasó de 16,7 a 22,6 en Senado y de 12,7 a 19,9 en Cámara.

En cumplimiento de la Ley 581/2000, entre 2013-2016, para los cargos de máximo nivel decisorio, la mujer ocupo alrededor del 36%. Siendo la Rama Legislativa la que mantiene las mayores participaciones con un promedio de 56% y los Entes Autónomos y la Rama Judicial, con niveles promedios de participación de un 36%. Para los cargos de otros niveles decisorios, entre 2013-2016, la mujer ha tenido una participación promedio del 41%, la Rama Legislativa, continúa liderando la participación femenina con un promedio, de 47%; y la Rama Judicial con un 30%.

Conforme a la normativa nacional, y lo señalado en el Acto Legislativo No.2/2015 como en la Sentencia C-285/2016 de la Corte Constitucional y en el Acuerdo 10553/2016 y 10548/2016, la Rama Judicial ha incorporado la equidad de género como principio y criterio de selección para la conformación de las listas de candidatos para Altas Cortes. Lo anterior evidencia la participación de las mujeres en la conformación de 43 listas para la provisión de cargos de Magistrados en 34% para Consejo de Estado y 33% en la Corte Suprema de Justicia.

A partir de las citadas listas, en 2013 se nombra una mujer en el Consejo de Estado y en la Corte Suprema, lo que corresponde al 50% y al 33% de los nombramientos, respectivamente. En 2014, en el Consejo de Estado, se eligieron dos mujeres lo que representa el 100% de los nombramientos y no se conformaron listas para Corte Suprema de Justicia. En 2015, fue elegida una mujer en el Consejo de Estado que corresponde al 10% de los nombramientos y para la Corte Suprema no fue elegida ninguna mujer. En 2016, para Corte Suprema no se conformaron listas y en el Consejo de Estado no fue elegida ninguna mujer. En 2017, en la Corte Suprema fueron nombradas tres mujeres lo que representa un 30% de la participación.

En los procesos de selección de la Rama Judicial por concurso de méritos, en los componentes de las pruebas de conocimientos, competencias y aptitudes, se incluyó el enfoque de género para el diseño de las mismas.

En cuanto a la participación de minorías étnicas y mujeres en condición de discapacidad, el DAFP desde el 2016 consolida información que resulta de la mayor relevancia para estudiar el acceso real de las mujeres a cargos de máximo y otros niveles decisorios de la administración pública. Se reportan los siguientes datos:

•12 entidades con presencia de mujeres afrocolombianas y 2 entidades con servidoras de origen raizal, en el máximo nivel decisorio.

•18 entidades con presencia de mujeres afrocolombianas y 3 entidades con servidoras de origen raizal, en otro nivel decisorio.

•En el 4% de las 251 entidades estudiadas, hay mujeres en el máximo nivel decisorio con algún nivel de discapacidad. Para otro nivel decisorio, se reportan 2 mujeres con situación de discapacidad visual y 1 en situación de discapacidad motora.

Desde el 2012 se implementó la Red de Alcaldesas por la Democracia y la Paz, como medio de articulación de los intereses, necesidades y propuestas de las alcaldesas del país. El objetivo de la Red es procurar mayor participación de las mujeres, buscando la inclusión del enfoque de género en la gestión territorial. A través de la Red, se posibilitan importantes espacios nacionales y locales para visibilizar la gestión e incidencia política de las alcaldesas, facilitar el intercambio de buenas prácticas, la comunicación y el acompañamiento para una mejor gestión en los procesos de transformación de conflictos, participación, transparencia y construcción de paz. En 2017, la Red trabaja en el fortalecimiento de sus capacidades, con el apoyo del programa CISAL de la federación canadiense de municipalidades y con el Instituto Republicano Internacional -IRI-.

Artículo 8

Colombia, en el ámbito de la ONU cuenta con una cuota femenina en el Comité de Desaparición Forzada cuyo periodo culmina en 2019 y tuvo representación femenina en el GT sobre la cuestión de los DDHH y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales.

Las Misiones Permanentes de Colombia ante la ONU en Nueva York y Ginebra, están lideradas respectivamente, por la Embajadora María Emma Mejía y la Embajadora Beatriz Londoño, quienes con su gestión posicionan los temas relevantes para la agenda de género e impulsan importantes iniciativas en favor de la mujer. A enero de 2017, el 52% de los funcionarios acreditados por el Estado colombiano en las diferentes representaciones diplomáticas y consulares, eran mujeres.

A nivel Hemisférico, desde 2010 en el GT para el análisis de los informes nacionales previstos en el Protocolo de San Salvador, Paola Buendía funge como experta gubernamental. Colombia, fue elegido para el periodo 2016-2019 como Estado miembro del Comité Directivo de la CIM, representación que se encuentra en cabeza de la CPEM, posición desde la cual, se renueva el compromiso para asegurar el reconocimiento de los DDHH de las mujeres y la igualdad de género.

Artículo 9

En atención a lo consagrado en el artículo 36 de la Constitución Política y la Ley 43/1993, la calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad. La Convención para reducir los casos de Apatridia de 1961, se incorporó al marco jurídico colombiano a través de la Ley 1588/2012 y declarada exequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C–622/2013. El Estado colombiano adhirió a la citada Convención en 2014, entrando en vigor en noviembre del mismo año.

En el marco de las obligaciones internacionales, en concreto las contenidas en la Convención en cita, se adelanta un trabajo de implementación normativo y reglamentario para garantizar el derecho a la nacionalidad de las personas que se encuentran en situación de apátrida, prevenir y reducir los casos y, declarar su condición para proceder a su identificación, otorgando por esa vía, protección y facilidades para su naturalización.

La competencia en esta materia corresponde a dos entidades, la Registraduría Nacional del Estado Civil, como instancia encargada de adelantar los trámites relacionados con el reconocimiento y confirmación de la nacionalidad colombiana por nacimiento (Decreto 1260/1970) y a la Cancillería, que en atención a lo contenido en el Decreto 869/2016, le corresponde estudiar, conceptuar y tramitar las solicitudes de nacionalidad colombiana por adopción.

Desde una perspectiva de reducción y prevención de la apátrida, la Registraduría expidió la Circular 059/2015, a través de la cual se garantiza el registro de todos los niños nacidos en el territorio colombiano, hijos de padres extranjeros portadores de visas temporales, dándoles así el acceso a la nacionalidad. Dicha Circular, resultado del trabajo técnico conjunto con la Cancillería y la ACNUR, amplía el concepto de domicilio en relación con la nacionalidad.

La Cancillería en aplicación de la Convención, para declarar la condición de personas apátrida, una vez se identifican los casos, solicita a la Misión Diplomática de los países interesados, informar si la persona es titular de la nacionalidad de ese Estado o si puede acceder a ella y en esa línea, procede a facilitar los trámites de naturalización.

La normatividad vigente contempla la expedición de documento de viaje a las personas que se encuentran en situación de apátrida. Es por ello que la Resolución 5392/2015, en su artículo 31 dispone:

“[…] El documento de viaje es la libreta expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores a los apátridas, asilados, refugiados, a los extranjeros que se encuentran en Colombia que no tengan representación diplomática o consular en el Estado, y a los demás extranjeros, que, a juicio del Ministerio, no puedan obtener pasaporte del Estado de origen o que se compruebe la imposibilidad de obtener pasaporte de ese país”.

En marzo de 2017, se realizó el Cuarto Curso Regional de Apátrida en Bogotá. Este evento académico, especializado y primero a realizarse en el Continente, contó con la presencia de expertos internacionales provenientes del Instituto de Apátrida e Inclusión de Holanda, de la Red de las Américas sobre Nacionalidad y Apátrida (Red ANA), de la ACNUR y la participación de 12 países de las Américas. El Curso fue propiciopara discutir los problemas de apátrida en los diferentes contextos nacionales y soluciones para la erradicación del fenómeno que afecta a un importante número de personas alrededor del mundo. Simultáneamente, se realizó un taller para funcionarios colombianos, con el propósito de capacitarlos en temas de prevención y reducción de los casos de apátrida.

Colombia es parte de la campaña global #IBelong para la erradicación de la apátrida hasta el 2024, la cual se crea con el objetivo de dar mayor visibilidad a este fenómeno y a los problemas específicos que genera en NN, mujeres y hombres, promoviendo respuestas de los gobiernos y de la sociedad civil. Colombia enmarca sus esfuerzos en las acciones provistas en el Plan de Acción Mundial del ACNUR para acabar con la apátrida, en particular en la acción 3, relacionada con Eliminar la discriminación de género en las leyes de nacionalidad y respecto de las transmisiones de nacionalidad de madre e hijo, así como entre esposos.

Se proporciona el link a través del cual se accede a información provista por Migración Colombia, sobre el comportamiento de los flujos migratorios 2012-2016.

Parte 3

Artículo 10

Considerando que el PND es el instrumento orientador de la acción del Estado, resulta significativo que consagre dentro de sus principales pilares a la educación como referente de acción.

En atención a la Recomendación 26 a), el MEN, en 2014 elaboró un documento pionero en América Latina, sobre Lineamientos de Política de Educación Superior Inclusiva, en el que se establece una estrategia que permite pensar en un modelo educativo abierto que atiende la diversidad en el acceso, permanencia y las condiciones de calidad y atención de las poblaciones de especial protección constitucional, apostando al cierre de brechas.

Adicionalmente, se desarrolló el Índice de Inclusión para Educación Superior como una herramienta para afrontar el reto de un sistema de educación superior inclusivo. El Índice reconoce las condiciones en las que se encuentran las IES con relación a la atención de la diversidad de sus estudiantes y analiza fortalezas y oportunidades de mejoramiento para priorizar, por medio de un proceso cualitativo, las decisiones que cualifiquen el aprendizaje, la participación y la convivencia de la comunidad.

Para la vinculación en la educación superior de las víctimas del conflicto armado y grupos étnicos, se desarrollan acciones estratégicas de financiación, como el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado. Este Fondo, permite a sus beneficiarios acceder a una matrícula hasta por 2.750 USD y a un recurso para sostenimiento mensual de 368 USD. El reglamento del Fondo establece la paridad en la asignación y otorga en los criterios de calificación, puntajes extras a mujeres cabeza de hogar, víctimas de VS, personas con discapacidad y pertenecientes a grupos étnicos. Desde su creación en 2013 y a 2016, de los 3.866 créditos adjudicados, 3.012 se otorgaron a mujeres. Por Departamentos, la mayor adjudicación de créditos a mujeres se realizó en Antioquia (456), Sucre (238), Bolívar (236) y Cesar (203).

Para atención a grupos étnicos, se dispone del Fondo Álvaro Ulcué Chocué, y del Fondo de Comunidades Negras. El primero, se reglamenta mediante un convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio del Interior y el ICETEX y se crea con el propósito de facilitar el ingreso de los indígenas a programas de pregrado y posgrado a través del otorgamiento de créditos educativos condonables. Entre 2010-2015 se beneficiaron, 8.220 personas de quienes 3.983 fueron mujeres, siendo la Guajira, el Departamento con la mayor participación (690).

El Fondo de Comunidades Negras, fue creado como una instancia especial de créditos condonables para educación superior destinado a garantizar el acceso, permanencia y graduación de los estudiantes de las comunidades negras de escasos recursos, destacados en su desempeño académico. Entre 2010-2016 se adjudicaron 14.169 créditos, que beneficiaron a 8.885 mujeres. El Departamento del Choco observa la participación más alta de mujeres, con 1.373 beneficiarias, seguido por Valle del Cauca (1.360) y Bolívar (1.291). La tasa de deserción en el ámbito de los Fondos, corresponde al 1.9%, siendo el 0.5% para mujeres y el 1.4% para hombres.

En 2014 se implementó la Estrategia Ser Pilo Paga, dirigida a bachilleres destacados de escasos recursos económicos para que a través de créditos condonables, accedan a IES acreditadas. El análisis de los resultados de las Pruebas SABER de 2012, fundamentaron la Estrategia, ya que el 63% de los 27 mil mejores puntajes, los registraron estudiantes de los estratos 1, 2 y 3. A marzo de 2017 se habían adjudicado 31.902 créditos, que benefician a 18.197 mujeres. Del total de créditos adjudicados, 164 se otorgaron a población indígena, de los cuales 64 fueron para mujeres indígenas.

Se detalla a continuación información estadística de 2015, que refleja una permanencia mayor de las mujeres en la educación superior:

•2.293.550 matriculados, de quienes 53% eran mujeres.

•La deserción por cohorte se ubicó en 45,10% para mujeres y en 53,13% para hombres.

•A nivel técnico y tecnológico, la deserción por cohorte fue de 39,52%, para mujeres y 46,95% para hombres, mientras que, por periodo, fue del 20.71% y del 22.94%, respectivamente.

•Se evidencia una tendencia a la baja en la tasa de deserción tanto para hombres como para mujeres, siendo 2015 el año con la tasa más baja para las mujeres, con un 8.29%

•55% de los estudiantes graduados fueron mujeres. La participación femenina en seis de las ocho áreas de conocimiento (salud, ciencias sociales y humanas) es mayor que la de los hombres, verbigracia, entre 2010-2015, 106.351 mujeres y 43.951 hombres se graduaron en áreas de la salud.

Colombia, asumió el reto de formular, desarrollar y gestionar políticas, proyectos y estrategias para la promoción y garantía de los DSR de los NNA, haciendo especial énfasis en la prevención del embarazo en la adolescencia a nivel nacional y territorial, cuyas acciones se articulan con las instituciones que hacen parte de la Comisión Nacional Intersectorial para la Promoción y Garantía de los DSR, liderada por el ICBF y el MSPS (Recomendación 26 b).

Al reconocerse que los embarazos tempranos no planeados constituyen una de las problemáticas que más afectan el ejercicio pleno de derechos de niñas y adolescentes y se constituyen en muchos casos, en un motivo para la deserción escolar, las acciones desarrolladas intersectorialmente, permitieron que el porcentaje de embarazos entre jóvenes de 15 a 19 años, de acuerdo con la ENDS, disminuyera de 19.5% en 2010, a 17.4% en 2015.

El embarazo en la adolescencia como fenómeno multifactorial, requiere la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad, por lo que se diseñó la Estrategia de Atención Integral para NNA con énfasis en Prevención del Embarazo en la adolescencia (2015–2024) Ejerciendo tus derechos, transformas el mundo.

La Estrategia se enriquece de la experiencia del CONPES 147/2012 e incorpora las recomendaciones derivadas de las evaluaciones realizadas en ese marco, con el fin de generar condiciones para que los NNA, fortalezcan sus proyectos de vida, conozcan sus derechos, accedan a información y puedan desarrollar habilidades para la toma de decisiones frente a su sexualidad, a través del acceso a: servicios de salud amigables, recreación, entornos seguros y educación de calidad. En ese marco, el sector educativo avanza en la elaboración de parámetros con enfoque de derechos para la implementación de estrategias educativas en las entidades territoriales, en aras de prevenir la deserción escolar de las niñas y adolescentes madres o en embarazo, en especial las víctimas del conflicto armado y garantizar su permanencia, así como el fortalecimiento de los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad en los niveles preescolar, básica y media.

Para la población adulta, que por diversas razones deserta o nunca ha estado vinculada al sistema educativo, se implementan las siguientes acciones:

•Modelo Educativo Bachillerato Pacicultor —Paz como Cultura para la Vida y Convivencia—: Atiende jóvenes en extrema vulnerabilidad, en especial mujeres víctimas del conflicto u otras violencias. En 2016 se atendieron 240 estudiantes, de quienes 237 eran mujeres provenientes de los municipios de Quibdó, Buenaventura y Neiva.

•Programa Nacional de Alfabetización —PAN—: Brinda atención educativa a población iletrada y en particular a mujeres mayores de 15 años en situación de desplazamiento u otras violencias, a través de un convenio suscrito entre el MEN, ECOPETROL y la OEI. En 2015, se lograron vincular, al sistema educativo 18.589 mujeres en estado de vulnerabilidad. En 2016, el Programa, se implementó en más de 60 entidades territoriales y en la actualidad a través de un convenio con el Consejo Noruego se realiza con comunidades negras en 3 entidades territoriales del Pacífico colombiano.

•Modelos Educativos Flexibles —MEF—: Se cuenta con un portafolio de modelos educativos adaptados pedagógica y curricularmente para la prestación del servicio educativo según el contexto, con el fin de fortalecer el ingreso y la retención en el sistema de la población que se encuentra en situación de desplazamiento, extra edad escolar, o en condiciones de alta vulnerabilidad.

•Jóvenes en Acción: Es un programa que apoya a jóvenes en condición de pobreza y vulnerabilidad, para que puedan continuar sus estudios técnicos, tecnológicos y profesionales a través de la entrega de TMC. El programa entre 2013-2015 atendió a 214.846 mujeres.

En 2016, se implementa el Sistema de Información para el Monitoreo, Prevención y Análisis de la Deserción Escolar — SIMPADE —, cuyo objetivo es caracterizar a la población estudiantil, incluyendo variables sobre violencia, embarazo, maternidad y paternidad temprana y combinar información existente, a nivel de institución educativa, Municipio y Departamento. El Sistema permite estimar valores de deserción escolar por estudiante, lo que resulta de gran valía para la adopción de acciones enfocadas a la retención y mitigación del riesgo de deserción.

El MEN implementa estrategias de auditoría y seguimiento para contar con información cada vez más confiable y detallada sobre la matrícula educativa desagregada por sexo y etnia (Recomendación 26 c). Entre 2013-2015 se registra un incremento constante en la participación de la matrícula de población indígena y otros grupos étnicos, pasando de 8.1% en 2013, del total de mujeres matriculadas, a 8,7% en 2015.

Se dispone de información sobre tasas de deserción intra-anual desagregada por sexo, etnia y unidades territoriales, necesaria para orientar la toma de decisiones hacia el logro de condiciones de igualdad de oportunidades para las mujeres en la educación. Se observa en 2015 que la tasa en los niveles de educación preescolar, básica y media a nivel nacional, era del 2.88% para mujeres y del 3.63% para hombres.

Artículo 11

Como medidas de carácter legislativo se adoptaron:

•Ley 1525/2012 mediante la cual se aprueba el Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.

•Decreto 2733/2012 reglamenta el artículo 23 de la Ley 1257 y establece la deducción del 200% en la declaración del impuesto sobre la renta y otros, a quienes contraten a mujeres víctimas de violencias.

•Decreto 721/2013 con el que se regula la afiliación de los trabajadores del servicio doméstico al sistema de compensación familiar.

•Decreto 2490/2013 crea la Comisión Intersectorial para la inclusión de la información sobre trabajo de hogar no remunerado en el Sistema de Cuentas Nacionales.

•Ley 1788/2016 con la que se reconoce el derecho prestacional de las trabajadoras domésticas a recibir prima de servicios.

•Ley 1804/2016 establece la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia de cero a siempre.

En el ámbito de la equidad laboral con enfoque de género se adelantan investigaciones para consolidar información y datos específicos que facilite el análisis de los retos que enfrenta la mujer en el ámbito laboral. En ese sentido resulta oportuno mencionar:

•En 2016, 42 de cada 100 ocupados eran mujeres, lo que representa un aumento de 2 puntos porcentuales en comparación con 2010.

•Entre 2010-2016, de un total de 3,3 millones de nuevos empleos, 1,6 millones fueron para mujeres.

•En la actualidad, hay aproximadamente 9.283.000 mujeres ocupadas, de quienes el 36.3% labora de manera formal; en 2010 la formalidad para las mujeres era del 30.1%.

•La tasa de participación femenina pasó de 52,8% en el último trimestre de 2010, a 55,4% en el mismo período del 2016; el desempleo se redujo de 14,6% a 10,7%, frente a una reducción de 2,6 puntos porcentuales a nivel nacional, lo que evidencia que las tasas de esta población disminuyen a un ritmo mayor que la tasa nacional y que se avanza en la reducción de brechas en el mercado laboral.

•Para la CEPAL, Colombia presenta un avance en el componente de oportunidades para la mujer, lo que se explica en un mayor acceso a la educación y mayor experiencia laboral.

En 2016, el Estado Colombiano se adhirió a la recomendación del Consejo sobre la Igualdad de Género en Educación, Empleo y Emprendimiento del 2013, la cual es una herramienta relevante para implementar programas encaminados a la igualdad de género en el mercado laboral. El Ministerio de Trabajo y la CPEM, formulan el Plan público nacional para la igualdad laboral con una perspectiva de género.

Con miras a erradicar las brechas salariales por motivo de género y estimular la inserción de la mujer al mercado laboral en condiciones justas y equitativas, el Ministerio de Trabajo adelanta las siguientes acciones (Recomendación 28 a):

•Implementación del Sello de Equidad Laboral EQUIPARES, el cual contempla una dimensión específica sobre igualdad salarial.

•Propuesta de reforma a la Ley 1496/2011 para garantizar su debida y efectiva aplicación.

•Creación de la Subcomisión de Género en la Comisión Permanente de Políticas Salariales y Laborales (Resolución 758/2016). La Subcomisión, integrada por gremios, centrales sindicales y el Gobierno Nacional, tiene un carácter permanente y resulta un avance para el fortalecimiento del diálogo social en materia de asuntos de equidad de género en el ámbito laboral.

Se presentan a continuación los resultados del Programa para la Equidad de Género en materia laboral (Recomendación 28 b):

•Inserción de la mujer en sectores de alta presencia masculina: El Ministerio de Trabajo promueve una mayor participación masculina en las labores del hogar y estimula la inserción de la mujer en disciplinas tradicionalmente ejercidas por hombres. En 2015 recibieron formación en soldadura, software, autopartes, calzado y confecciones: 1.790 víctimas del conflicto armado, de quienes 996 eran mujeres. Se adelantan campañas de comunicación para promocionar la redistribución de roles y proyectar a la mujer como motor de desarrollo.

•Formalización de sectores de alta presencia femenina: Se generan esfuerzos para la formalización del servicio doméstico y de manicuristas.

•Protección de derechos laborales: Se realizan capacitaciones virtuales y presenciales a los Inspectores de Trabajo para que incorporen la perspectiva de género en la ejecución de sus funciones y en la atención de casos de acoso laboral y discriminación en el trabajo. 856 inspectores nombrados a 2016.

•Estrategia de Inclusión Laboral con Equidad de Género: Diseñada para mitigar las barreras que restringen el acceso de las mujeres a las oportunidades de empleo. En 2016, se implementó en 6 ciudades capitales y 90 funcionarios se formaron para reforzar progresivamente la asistencia técnica territorial y fomentar la participación de las mujeres en el mercado laboral. A partir de la socialización de la Estrategia, 25 empresas ajustaron sus procesos de reclutamiento y selección de personal con perspectiva de género. En 2017, se prevé la implementación de la •Estrategia en las 43 Agencias de Empleo de todo el país, 23 de las cuales están ubicadas en 14 Departamentos y brindarán servicios especializados a las mujeres y orientación sobre servicios para el cuidado infantil y movilidad para la inserción laboral.

•Programa de Certificación en Equidad Laboral - Equipares: Desde el 2013 se implementa por parte del Ministerio de Trabajo con el apoyo de la CPEM y el PNUD. Es una herramienta de transformación cultural de las organizaciones, diseñada para fomentar la equidad, contribuir a una mayor competitividad y lograr una redistribución de la carga laboral remunerada y no remunerada entre hombres y mujeres. A la fecha, 54 empresas privadas de diferentes sectores están vinculadas, impactando de manera directa casi 85 mil trabajadores. 16 empresas han sido reconocidas con el primer nivel del Sello Equipares: Compromiso por la Igualdad, y 8, obtuvieron la certificación del nivel II: Implementación de acciones por la Igualdad. Se proyecta la vinculación de 15 empresas más a finales de 2017. En 2016, el programa se implementó en la zona rural de Montes de Maria, Huila y Cesar, con organizaciones y asociaciones productoras que reúnen a más de 500 productores/as. Igualmente, se implementa el modelo SCORE con pequeñas empresas. Actualmente se ajusta el modelo Equipares para las entidades estatales.

•Talleres de empoderamiento de las mujeres: Desde 2017 se iniciaron los talleres dirigidos a las mujeres que acuden a los Centros de Empleo en busca de oportunidades laborales en 6 Departamentos, incluida la ciudad de Bogotá; a marzo se realizaron 16 talleres, con una participación aproximada de 400 mujeres, quienes recibieron herramientas para fortalecer su seguridad y autoconfianza a través de técnicas de autoconocimiento y desarrollo de la resiliencia durante procesos de búsqueda de empleo.

En atención a la Recomendación 28 c), el PND establece que el Gobierno Nacional en cabeza del DNP, en coordinación con las entidades que integran la Comisión Intersectorial para la inclusión de la información sobre trabajo de hogar no remunerado en el Sistema de Cuentas Nacionales (Decreto 2490/2013) y el apoyo de organizaciones sociales y del sector privado, creará las bases institucionales, técnicas y económicas, para desarrollar el Sistema Nacional del Cuidado y definir la Agenda Nacional sobre esta materia. En la actualidad se avanza en la definición de las bases conceptuales y los diagnósticos de oferta y demanda de cuidado e impactos esperados.

En el marco de la Ley 1413/2010, el DANE avanzó en el reconocimiento del trabajo no remunerado de los hogares a través de las siguientes acciones:

•Publicación en 2013 de la primera ENUT que reporta información sobre el tiempo dedicado por la población de 10 años y más, a actividades de trabajo remunerado, no remunerado y personales; visibilizando la relación entre Economía del cuidado y el resto de la economía.

•Medición de Pobreza de Tiempo e Ingresos, que busca detectar privaciones o déficits de tiempo de los hogares, en cuanto al trabajo doméstico y de cuidado necesarios para alcanzar un nivel mínimo de bienestar.

•Durante 2016-2017, el DANE avanzó en el II levantamiento de la ENUT, cuyos resultados están para publicación.

•En 2017, con la asistencia de OXFAM se construye el Simulador del trabajo doméstico y de cuidado no remunerado para el hogar y la comunidad, que tiene como propósito visibilizar el aporte del trabajo doméstico y de cuidado no remunerado.

•Se publicó la MTA que proporciona información e indicadores desagregados por sexo sobre el trabajo total realizado por la PET, situación en el mercado laboral y posición ocupacional.

En 2016 con la promulgación de la Ley 1804 se reafirma el compromiso con la atención integral a la primera infancia, y se sientan las bases conceptuales, técnicas y de gestión para garantizar su protección integral. A septiembre de 2017, el ICBF brinda atención integral a 1.059.507 NN de primera infancia en 26.901 unidades de servicio alrededor del país, sin perjuicio de otras modalidades de atención de cuidado infantil del ICBF que ofertan servicios amplios para trabajadores con salarios bajos, atendiendo las heterogéneas necesidades de la población infantil.

En línea con la Recomendación 28 e), se implementó el Plan Estratégico de Prevención de Acoso Laboral y Acoso Sexual en el trabajo, que contiene elementos relacionados con: i) Una encuesta de percepción de acoso sexual en el lugar de trabajo; ii) Construcción de una guía/protocolo de atención de casos de acoso sexual, de manera conjunta con la FGN y la CPEM; iii) Formación y sensibilización de los Inspectores Laborales a nivel territorial en equidad de género; iv) Desarrollo de talleres y seminarios sobre acoso laboral y sexual en el lugar de trabajo dirigidos tanto a las empresas y actores del mundo laboral; v) Trabajo con las empresas y organizaciones que hacen parte de Equipares, en la dimensión de prevención de acoso laboral y sexual en el trabajo.

Artículo 12

Colombia reconoce que la salud con enfoque de género fomenta la igualdad de condiciones entre hombres y mujeres para que ejerzan plenamente sus derechos y aumenten su potencial para estar sanos. Con el propósito de superar las desigualdades de género que aún persisten, el país redobla los esfuerzos en materia de mortalidad materna, embarazos no deseados, abortos inseguros, cáncer de cuello uterino y de seno, trastornos mentales, entre otros. La SSR es una herramienta que contribuye al bienestar físico, mental y social de las personas y los servicios deben destinarse a atender las necesidades de la comunidad, sin ningún tipo de discriminación, por eso, el Sistema de Salud colombiano avanza en el diseño y mejoramiento de sus sistemas de información, para construir perfiles epidemiológicos de la población e identificar las inequidades de género, por ejemplo, en la morbilidad y mortalidad por enfermedades crónicas.

El hecho más relevante de la Política Nacional de Salud Pública fue la promulgación del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021, encaminado a lograr la equidad en salud, mediante la implementación de un enfoque multidimensional y transversal que garantice la salud y bienestar de la población. Adicionalmente, para regular el derecho fundamental a la salud, fue promulgada en 2015 la Ley 1751.

Como resultado de los esfuerzos emprendidos por el Gobierno Nacional en esta materia, se presentan los siguientes resultados:

•Cobertura del 95,7% en afiliación a salud, garantizando el acceso en 2016 de más de 46,6 millones de colombianos, lo que representa un aumento de 3,9 millones nuevos afiliados con respecto a 2010.

•49,2 muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos en 2016, frente a 71,64 de 2010.

•Reducción de la tasa de mortalidad infantil de 20,4 muertes en menores de 1 año por cada 1.000 nacidos vivos en 2014, a 17,2 en 2016.

•Inclusión de más de 30 biológicos en el Plan Ampliado de Inmunizaciones.

•Aumento en coberturas de vacunación: De 87,9% y 88,5% (Triple Viral y Triple Bacteriana-DPT-) en 2010, a 91,2% y 92,4%, respectivamente, en 2016.

Atendiendo la Recomendación 30 a), se definió, desde un enfoque diferencial y de derechos, un amplio marco de política pública en salud, a través del cual se reitera la obligación de los prestadores de servicios de salud a garantizar la práctica de abortos seguros a todas las mujeres y niñas en las tres causales despenalizadas, tema que fue abordado ampliamente en el Informe de Seguimiento de Recomendaciones de 2015.

Como mecanismo de control, regulación y vigilancia, se implementa el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud a través del cual se recaba la información relacionada con la práctica de procedimientos de aborto por parte de los diferentes prestadores de servicios en salud del país.

Se desarrollan un conjunto de lineamientos con directrices claras y actualizadas a la tecnología disponible, para la prestación de servicios de aborto legal en forma adecuada, que abordan no solo aspectos médicos, sino biopsicosociales, relevantes para responder a la decisión y a las necesidades de mujeres y niñas sobre la continuidad de un embarazo. Como avances se citan:

•Desarrollo normativo para garantizar el acceso, en condiciones de seguridad, calidad y oportunidad el aborto.

•Desarrollo de herramientas para informar sobre las rutas y obligaciones frente al aborto legal.

•Procesos de entrenamiento y capacitación a profesionales de la salud para garantizar la prestación del servicio en todos los niveles de atención.

El MSPS, adelanta un proceso constante de fortalecimiento de capacidades en IVE en todo el País, incluyendo contenidos relacionados con el alcance de la aplicación de las causales definidas en la Sentencia C-355/2006, con énfasis en la interpretación más amplia de la causal salud. En estos espacios, se abordan aspectos médicos, psicológicos y técnicos para la prestación de servicios integrales y seguros de IVE.

A lo largo del territorio se lideran procesos de entrenamiento desde el ámbito médico para la atención del aborto en el primer nivel de complejidad, enfatizando en la AMEU y en el uso de medicamentos, como métodos de primera elección para el 1° y 2° trimestre del embarazo.

En marzo de 2017, se aprobó por parte del INVIMA, la comercialización de la Mifepristona, un tratamiento oral para el aborto que, combinado con el Misoprostol, reduce significativamente complicaciones y ofrece mayor eficacia y seguridad en el procedimiento. Dentro de la oferta de servicios del SGSSS, se encuentran disponibles los medicamentos y procedimientos para la práctica del aborto seguro.

El MSPS diseña mecanismos específicos para la identificación precoz y el manejo oportuno de las complicaciones obstétricas, entre las que se encuentran las derivadas de abortos inseguros. En tal sentido se elaboró y difundió con distintos actores del sector salud, el Protocolo para la Prevención del Aborto Inseguro, en el que se incorporan lineamientos para la atención adecuada de las complicaciones del aborto (Recomendación 30 b).

Se implementó el Modelo de seguridad clínica para la atención obstétrica de emergencias, como un conjunto de herramientas para el mejoramiento continuo de las instituciones de salud en el marco del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad, a través del cual se realiza la evaluación periódica de la red de servicios disponibles para la atención de la emergencia obstétrica de alta y mediana complejidad y se valida e implementa la Estrategia de Prevención del Embarazo Adolescente, previendo rutas de atención diferencial y especializadas que consideran eventos y situaciones particulares relacionadas con el aborto. Se expide por el MSPS la Circular 016/2017 sobre atención segura y digna a las mujeres gestantes.

Como estrategia prioritaria para aportar a la prevención del embarazo en adolescentes (Recomendación 30 c), y dando alcance a la información contenida para el Artículo 10, Prosperidad Social con el acompañamiento del MEN, el MSPS, el ICBF y la CPEM, implementó entre 2014 y 2015 el proyecto piloto denominado: Promoción de SSR y prevención de embarazo en adolescentes, el cual, tomando como referencia el CONPES 147/2012, estableció la promoción de la SSR, la toma de decisiones informadas y responsables y la prevención de embarazos no planeados en adolescentes de 14 a 17 años, fomentando la participación directa de jóvenes adolescentes en las estrategias de formación y asistencia especializada para fortalecer el programa Más Familias en Acción. La implementación del piloto se hizo posible a través de TCM en cinco ciudades e Innovación Social en tres, articulando servicios de salud amigables y fomento de conocimientos, actitudes y prácticas de promoción de salud sexual desde la participación social y el edu-entretenimiento. En el proyecto se inscribieron 1.084 mujeres.

A través del MSPS, se desarrollan procesos de asistencia técnica a los actores en salud para la promoción de métodos anticonceptivos modernos, especialmente métodos de larga duración. Se fortalecen capacidades para la asesoría y suministro de métodos anticonceptivos modernos a través de los criterios médicos de elegibilidad anticonceptiva y se promueven estrategias para que las mujeres tomen decisiones acerca del uso de los métodos. Se cuenta con un manual para el suministro de métodos anticonceptivos (Recomendación 30 d)

Frente a la Recomendación 30 e), se conformó la Mesa interna de DSR de las personas con discapacidad, en la que se articulan diferentes dependencias del MSPS con el fin de desarrollar acciones para garantizar DSR, particularmente de mujeres y niñas. En 2017, en cumplimiento de la Sentencia T-573/2016 de la Corte Constitucional, se adelantó un proceso participativo con las organizaciones de personas con discapacidad y organizaciones que trabajan por los derechos de esta población, observando especialmente, las recomendaciones del Comité de los Derechos de las personas con discapacidad realizadas al Estado colombiano en 2016. Para la garantía de la toma de decisiones informadas de las personas con discapacidad relacionadas con los DSR, se emite por parte del MSPS la Resolución 1904/2017.

Con relación a las mujeres que viven con VIH, a través de la participación de los diferentes sectores para la respuesta nacional ante las ITS y el VIH en una consulta nacional, se elaboraron contenidos en términos de concepción y anticoncepción tendientes a visibilizar los DSR de estas mujeres. El resultado de lo anterior, es un documento preliminar que propone ajustes al Decreto 1543/1997, en el que se contempla la no esterilización compulsoria de mujeres y hombres con VIH.

Para el aseguramiento de una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia, a través del Plan Decenal de Lactancia Materna 2010-2020, se fortalecen las estrategias para garantizar a las mujeres el derecho a una información adecuada, permitiéndoles la toma de decisiones sobre su disposición para amamantar o no a sus hijos, a través de cursos de consejería en alimentación del lactante.

En la Ruta de atención materno-perinatal se incluyó el seguimiento al estado nutricional de la mujer mediante consultas en la preconcepción, gestación y posparto, así como la orientación sobre la nutrición adecuada en los primeros mil días de vida de los hijos. Se implementaron las Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia, como una estrategia que vela por atención digna, de calidad y humanizada durante el control prenatal, parto y puerperio. 42.044 mujeres gestantes y en periodo de lactancia atendidas desde 2015 a 2017.

Con la promulgación de la Ley 1823/2017, se promueve la creación y fortalecimiento de entornos que faciliten la práctica de la lactancia materna de la mujer trabajadora en el ámbito gubernamental, privado y comunitario, a través de la estrategia: Bancos de Leche Humana, que brinda a las madres orientación en el ejercicio de la práctica de lactancia y suministro de leche humana pasteurizada como una herramienta de supervivencia neonatal e infantil.

Artículo 13

El Gobierno Nacional implementa programas de emprendimiento encaminados a garantizar la igualdad en las esferas de la vida económica y social de las mujeres en el territorio nacional, entre los que se mencionan:

•Capitalización Microempresarial: A través de la capitalización micro-empresarial, por medio de la transferencia de conocimientos y asistencia social, ambiental y empresarial, se fortalece el capital social de organizaciones sociales y productivas. 49.751 mujeres atendidas entre 2010-2015.

•Mujeres Ahorradoras: Apertura la posibilidad de acceso real al sistema micro-financiero y a incentivos que fomenten la cultura del ahorro y la instalación de capacidades de mujeres en situación de vulnerabilidad y desplazamiento. 315.602 mujeres atendidas entre 2010-2015.

•Recuperación de activos improductivos: Estrategia para la generación de empleo e ingresos, mediante la reactivación y recuperación de activos con vocación productiva o a través de la dotación de los mismos a proyectos productivos emprendidos. 34.164 mujeres atendidas entre 2010-2015.

En 2014, en atención a las recomendaciones del DNP y de la Misión de Expertos de Generación de Ingresos, adelantada por el Gobierno Nacional con el apoyo de USAID, se realizan ajustes a la oferta de programas de emprendimiento, incorporando en 2016 los siguientes:

•Mi Negocio Asociativo: Desarrolla capacidades orientadas a la creación de proyectos productivos, como medio para la generación de ingresos a través del acceso a la acumulación de activos para una inclusión productiva sostenible. 19.125 mujeres atendidas en 2016.

•Empleo para la Prosperidad: Facilita la inserción de la población vulnerable y desplazada al mercado laboral, mediante el fortalecimiento de capacidades y el acompañamiento para la superación de algunas barreras para la consecución de trabajo. 3.132 mujeres atendidas en 2016.

Como una herramienta de empoderamiento económico de las mujeres desde el ámbito de las TIC, se avanza a un importante ritmo en la implementación y potencialización de iniciativas orientadas a fomentar su uso. Si bien, los desafíos siempre serán muchos, hoy se muestran avances significativos a través del desarrollo de más de 80 iniciativas que se comprometen con el desarrollo de las mujeres colombianas. En ese sentido se mencionan las siguientes:

•Plan Vive Digital: Responde al reto del uso y apropiación de la tecnología a lo largo del territorio nacional. Más de 85 mil mujeres capacitadas en informática, ofimática básica y herramientas de internet. En competencias TIC se han certificado más de 170 mil funcionarias públicas.

•Proceso de Alfabetización Digital: Ofrece formación básica en TIC para generar competencias en el manejo básico de herramientas tecnológicas. Más de un millón de mujeres alfabetizadas.

•Estrategia nacional de comunicación Mujer, tienes derechos: Informa, y promueve responsabilidades y protocolos de atención a las mujeres víctimas de VG y en situación de desplazamiento.

•Estrategia En TIC confío–Uso responsable de la Internet: Para la interacción y el uso responsable de las tecnologías, enfatizando en fenómenos como la explotación sexual, el sexting y el groming. Más de 1 millón de personas sensibilizadas a nivel nacional.

•Programa Redvolución: Genera en la comunidad educativa conocimientos y concienciación sobre las posibilidades de aprovechamiento del internet. 60.000 niñas y mujeres sensibilizadas de manera directa.

•Estrategia Brigada Digital: Reconoce y estimula el uso responsable y solidario de las destrezas tecnológicas de los usuarios de las redes sociales. Establece el escuadrón Mujeres TIC, orientado a identificar y promover el acceso y uso productivo de las TIC, en particular de las redes sociales. Programa Ciudadanía Digital: Desarrolla planes de formación y certificación de competencias TIC. Más de 265.000 mujeres certificadas.

Artículo 14

Considerando las cambiantes condiciones de vida de las mujeres que habitan el campo, se hizo necesario reforzar los mandatos de la Ley 731/2002, mediante dos acciones priorizadas en el PND 2014-2018 y relacionadas con la creación de la Dirección de Mujer Rural en el MADR, la cual se encuentra en operación desde marzo de 2017 y la formulación participativa de una Política Pública Integral de Mujer Rural, que tendrá un enfoque étnico, etario y territorial y orientada a superar las brechas urbano-rurales, así como avanzar en la garantía de derechos.

Se mencionan a continuación, otras medidas legislativas y administrativas adoptadas para el periodo del Informe:

•Ley 232/2016: Establece los rangos de aplicación en los criterios de calificación para la asignación de subsidios familiares de vivienda de interés social rural, priorizando los hogares con niños menores 12 años, adultos mayores y personas con discapacidad; mujer cabeza de hogar rural, trabajadora del sector informal y madre comunitaria; pertenencia a grupo étnico.

•Circular 002/2016, a través de la cual se prioriza la atención para madres cabeza de familia y mujeres campesinas que presentaron solicitudes de adjudicación de bienes baldíos, predios del FNA o postulantes de subsidios.

•Para asegurar la ejecución más eficiente de los recursos y mejorar la capacidad de intervención en el territorio y consolidar la nueva institucionalidad que responderá a los retos del posconflicto en lo concerniente al desarrollo del campo y la implementación del Acuerdo de Paz, se promulgaron los Decretos 2364/2015 y 2363/2016 a través de los cuales se crea la ADR y la ANT, respectivamente.

En el punto 1 del Acuerdo de Paz, que desarrolla lo relativo a la Reforma Rural Integral (en adelante RRI), se priorizan las mujeres que habitan el campo, en los siguientes términos:

“[…] los planes y programas acordados como parte de la RRI deben tener un enfoque territorial, diferencial y de género que implica reconocer y tener en cuenta las necesidades, características y particularidades económicas, culturales y sociales de los territorios, de las mujeres en todo su ciclo vital, de las comunidades rurales y de grupos en condiciones de vulnerabilidad, garantizando la sostenibilidad socio-ambiental”

En el proceso de reglamentación de los Acuerdos a través del procedimiento legislativo fast track, se profieren instrumentos normativos con disposiciones concretas para promover y garantizar los derechos de las mujeres y saldar la deuda histórica con el campo colombiano, señalando para el efecto los siguientes:

•Decreto Ley 902/2017: Establece medidas concretas para el reconocimiento de la economía del cuidado y a las mujeres rurales como beneficiarias prioritarias de los programas de acceso y formalización de tierras.

•Decreto Ley 893/2017 “Por el cual se crean los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial –PDET-”.

•Decreto Ley 890/2017 “Por el cual se dictan disposiciones para la formulación del Plan Nacional de Construcción y Mejoramiento de Vivienda Social Rural”.

•Decreto Ley 895/2017 “Por el cual se crea el Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política”.

•Decreto Ley 885/2017 “Por medio del cual se modifica la Ley 434/1998 y se crea el Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia”.

•Decreto 896/2017 “Por el cual se crea el Programa Nacional Integral de Sustitución de cultivos de uso ilícito -PNIS-”

Para garantizar el Acceso a Tierras, se establecieron mecanismos administrativos con enfoque de género entre los que se mencionan:

•Diagnóstico institucional municipal, con el fin de fortalecer programas, proyectos y espacios de participación, así como a los actores territoriales, para que se incluyan y reflejen los intereses socio-territoriales de las mujeres.

•Acompañamiento a las mujeres rurales en el proceso de visita a predios, estableciendo rutas diferenciales y recomendaciones con enfoque de género.

•Publicación de la Cartilla Mujeres Propietarias: explica en qué consiste, los pasos a seguir y la importancia de la formalización de la tierra.

•Fortalecimiento del diálogo con las mujeres para que expongan sus casos y expectativas respecto del acceso a la tenencia de la tierra.

•Estrategia de seguimiento para medir el desarrollo del enfoque de género en los territorios, a través de indicadores y recomendaciones para incidir en las rutas de atención de casos específicos. Se construye con participación de las organizaciones vinculadas a los espacios de participación y socialización.

Los mecanismos en precedencia, arrojan los siguientes resultados:

•4.357 títulos de propiedad entregados desde 2012 a la fecha, de los cuales el 50,24% benefician a mujeres campesinas.

•1.157 títulos de propiedad entregados por la ANT en 4 Departamentos, de los cuales 557 beneficiaron a mujeres.

•Más de 4 millones de USD adjudicados entre 2014-2015 por la ANT y la UARIV, a 290 familias, como parte de su proceso de reparación.

•Adjudicación de vivienda de interés social rural a 29.886 familias, de las que el 43% en promedio, son hogares de mujeres cabeza de familia.

En cuanto a la Restitución de Tierras, se disponen de acciones afirmativas, para superar las barreras y materializar el acceso prioritario de las mujeres a los procesos de restitución y empoderarlas en la etapa pos-fallo. Como logros se mencionan:

•Apropiación de las metodologías para incorporar el enfoque de género, por parte de los profesionales de las 27 territoriales de la URT que llevan casos de mujeres.

•Cualificación de las capacidades técnicas de más de 7.500 funcionarios de la URT y de otras entidades tanto nacionales como territoriales para el reconocimiento de los derechos patrimoniales de las mujeres y la atención con enfoque diferencial en el proceso de restitución.

•El Programa de acceso especial para mujeres al proceso de restitución de tierras, contó en su segunda fase, con el acompañamiento de ONU Mujeres y la participación de 500 mujeres restituidas.

•El porcentaje de participación de las mujeres en el inicio del proceso restitutivo estaba sobre el 40%. Como resultado de los procesos de socialización de la Política Pública de Restitución de Tierras y del auto reconocimiento de las mujeres como sujetas de derecho, se han amparado e identificado en sentencias 7.155 mujeres, lo que representa el 50.21% del total de la población.

•A la fecha, 2.800 mujeres lideresas y 9.731 mujeres víctimas se capacitaron para replicar información sobre la Política y difundir el Programa de Acceso Especial para Mujeres.

•Incorporación de variables de género en el formulario de solicitud de inscripción de predios en el registro de tierras despojadas, fortaleciendo la identificación de las condiciones de las mujeres y sus núcleos familiares y el trato diferencial y directo de las usuarias en el proceso. Con esta información se activan rutas de remisión a otras entidades y se dan a conocer al juez las situaciones de vulnerabilidad de las solicitantes de restitución.

Se cuentan con 40 juzgados civiles del circuito especializados y 15 despachos de Magistrados con dedicación a restitución de tierras. Se crea una Sala Civil especializada en restitución en los tribunales de 4 distritos judiciales. Lo anterior, favorece la promulgación de órdenes y fallos diferenciales en favor de las mujeres,

Con relación a la autonomía económica y apoyo a emprendimiento productivos, desde el Programa Mujer Rural ejecutado entre 2011-2014 se cofinanciaron emprendimientos con recursos no reembolsables a organizaciones de mujeres, con el fin de mejorar sus capacidades productivas, comerciales, organizativas, de inserción a los mercados, acceso a bienes y servicios y reconocimiento de sus derechos. Dentro de los resultados del programa se citan:

•327 asociaciones y 8.680 mujeres rurales beneficiadas.

•1.372 profesionales del nivel nacional y territorial capacitados favoreciendo la inclusión del enfoque de género en planes y programas.

• Concurso Nacional de Mejores Prácticas de Trabajo con Enfoque Género en el Sector Rural, el cual otorgo un reconocimiento económico a las organizaciones que ocuparon los 4 primeros lugares y un curso debidamente certificado sobre género.

•36% de mujeres rurales participaron en el proyecto para la generación de ingresos y capacidades productivas a gran escala para las pequeñas productoras, de ese porcentaje, el 30% fueron mujeres víctimas del conflicto armado interno.

• Proyecto de Alianzas Productivas que se implementa desde el 2002 para incrementar la competitividad y el desarrollo empresarial de las comunidades rurales de manera sostenible, a través de alianzas y bajo estándares especializados de comercialización. En promedio participan un 25% de mujeres que incursionan y avanzan en la comercialización de los productos.

• Programa de Oportunidades Rurales se implementa desde 2014, para mejorar la competitividad e inserción a los mercados de las microempresas rurales y favorecer los ingresos y la empleabilidad de las familias más pobres. Para facilitar el acceso de microempresas con participación mayoritaria de mujeres, se estableció una calificación específica, lo que se tradujo en 37% de mujeres rurales beneficiadas.

• Proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales. El 60% de beneficiarios de este proyecto creado en 2013, son mujeres, en su mayoría, afectadas por el conflicto armado. El 30% de los proveedores de servicios locales del proyecto también son mujeres.

•En el sector lácteo, se promueven esquemas asociativos y de integración para mejorar la productividad, ampliando y abasteciendo mercados internos e internacionales. Entre 2014-2015 se destinaron alrededor de 24 millones de USD para enfrentar las necesidades de los productores y fortalecer la red de frio en 15 Departamentos, beneficiando a 5.730 mujeres.

•La ADR entre 2012-2015, recibió 1.420 proyectos para cierre financiero y administrativo, con participación total de 8.550 mujeres rurales.

Se presentan los siguientes avances para el periodo 2013-2017, con relación a créditos de financiamiento y de fomento agropecuario y rural:

•Desembolso de 557.384 créditos a mujeres, que corresponde al 51.18% del total de la población beneficiaria. El 40.52% del monto total de los desembolsos fue para mujeres.

•Desembolso de 667 y 84 créditos a mujeres a través de FINAGRO (línea mujer rural) y recursos propios del Banco Agrario, respectivamente, lo que se traduce en un desembolso total de 3.3 millones de USD.

•Desembolso de 213.448 créditos para población calificada como víctima del conflicto armado. 51.18% fue para mujeres, obteniendo un 43,04% del monto total.

•La Dirección de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios del MADR ha otorgado 31.495 créditos a mujeres rurales por 19 millones de USD, es decir el 35,51% del monto total.

Atendiendo los temas de acceso a educación no formal para el fortalecimiento de capacidades se adelanta un proceso de divulgación de la Ley 731/2002 a través de la Cartilla en Derechos de las Mujeres Rurales, la cual se destinó a Multiplicadoras y Lideresas Rurales con el fin de orientar labores de réplica en sus territorios. En el marco de la Ley 1257 se adelanta un proceso de sensibilización para el reconocimiento de rutas de acceso para la atención y prevención de la VG, derechos patrimoniales y fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana. En los procesos descritos, las mujeres asumieron como gestoras de desarrollo local, beneficiándose 3.248 mujeres rurales.

Los Centros Provinciales de Gestión Agro empresarial – CPGA’S-, que prestan asistencia técnica para procesos productivos de pequeños y medianos productores, en 2016 asistieron a 11.584 mujeres en temas como protección sanitaria y sostenibilidad ambiental.

En 2014, el DANE realizó el Tercer Censo Nacional Agropecuario, que arrojó información estadística, georreferenciada y actualizada del sector, permitiendo evidenciar la situación del campo colombiano y en particular de las mujeres rurales, siendo un insumo fundamental para el fortalecimiento del sector y de la política en construcción.

La Dirección de Mujer Rural activó mecanismos de diálogo permanente con las organizaciones de mujeres rurales, los cuales son indispensables para reiterar la relevancia de la participación e incidencia de las organizaciones en escenarios locales, departamentales y nacionales y así avanzar de manera efectiva en la garantía de sus derechos.

Artículo 16

La Constitución Política de Colombia establece que el matrimonio se regiría por la ley civil, y otorga al poder legislativo la facultad de establecer la regulación sobre el mismo de acuerdo con las realidades sociales y culturales del País. Considerando que los NN menores de 18 años no cuentan con los elementos necesarios para comprender los alcances de la decisión, ni los efectos jurídicos derivados del mismo, y por el contrario ello puede ocasionar graves daños en su educación y en su salud física y emocional, el ICBF ha intervenido para apoyar iniciativas legislativas encaminadas a establecer la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años. La más reciente intervención se adelantó en julio de 2017 con el Proyecto de Ley 50 “Por medio de la cual se modifica el artículo 116, el numeral 2 del artículo 140, se deroga el artículo 117 del Código Civil y se dictan otras disposiciones”, siendo publicada la ponencia para segundo debate.

Capítulo Especial

Proceso de Paz y participación de las Mujeres

Las mujeres han sido parte fundamental del proceso de Paz en Colombia. Desde su fase exploratoria se buscó su permanente y efectiva representación, toda vez que se tiene la firme convicción que mujeres y niñas desempeñan un rol fundamental y proactivo en la construcción de sociedades democráticas e incluyentes como la base para la consolidación de una paz estable y duradera.

En la mesa de conversaciones de la Habana, además de contar con mujeres entre las negociadoras, tanto del Gobierno como de las FARC, se conformó la Subcomisión de Género, única en su tipo, encargada de la inclusión del enfoque en todo el Acuerdo y de generar las medidas diferenciadas para atender las afectaciones particulares de que fueron objeto las personas en razón del género.

La Subcomisión se trazó como objetivos: i) la adopción de medidas para superar la desigualdad y la estigmatización; ii) la definición de acciones afirmativas para resarcir el impacto desproporcionado que el conflicto armado ha tenido en las mujeres, aplicando los instrumentos de la justicia transicional con enfoque de género; iii) la inclusión de medidas orientadas a promover el empoderamiento de las mujeres en todas las instancias de la sociedad; y iv) la introducción de un lenguaje incluyente.

Para enriquecer el trabajo de la Subcomisión, fueron vitales los aportes de 16 lideresas de organizaciones de mujeres, 10 expertas colombianas en VS, 36 mujeres víctimas (parte de un grupo de 60), comunidad LGTBI, expertas internacionales y ex guerrilleras de varias partes del mundo. En los espacios generados para la participación de la sociedad civil, (foros, mesas, formularios y Cumbre Mujeres y Paz), se recibieron 7.172 contribuciones de más de 301 organizaciones de mujeres, siendo uno de los sectores más activos. Los aportes en su mayoría aludían a: referencias de género, víctimas, desarrollo rural, acceso a la tierra y a la necesidad de priorizar a las mujeres en las medidas de satisfacción, rehabilitación y restitución.

Las disposiciones en temas de género se tradujeron en una propuesta de incorporación del Enfoque de Género en el Plan Marco de Implementación del Acuerdo, que materializa acciones concretas en favor de las mujeres y en otras de transversalización para las entidades implementadoras.

El estudio independiente realizado en 2015 por la Señora Radhika Coomaraswami, para evaluar el progreso a escala mundial, regional y nacional en la aplicación de la Resolución 1325, hace las siguientes menciones sobre Colombia:

“[…] En los últimos años se observa una participación significativamente mayor de mujeres en las conversaciones de paz formales dirigidas a resolver los conflictos de Colombia y Filipinas en particular, en calidad de delegadas o firmantes.

[…]

ONU Mujeres y el equipo de la ONU en el país, han apoyado la participación de las mujeres en todos estos aspectos, desde las consultas públicas hasta las visitas de las víctimas a La Habana, sin olvidar la participación de las propias delegadas.

[…]

Las disposiciones que establece la Ley de Victimas incluyen medidas especiales para proteger los derechos de las mujeres, así como la vinculación de los procesos de reparación con la reforma de la tierra y la propiedad como uno de los elementos del enfoque transformador […]”

El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera firmado por el Gobierno Nacional y las FARC-EP el 24 de noviembre de 2016 y refrendado por el Congreso de la República seis días después, presta especial atención a los derechos fundamentales de las mujeres, pueblos indígenas, NNA, comunidades afrodescendientes y otros grupos étnicamente diferenciados, personas en condición de discapacidad, personas adultas mayores, población LGBTI y desplazados por razones del conflicto. Bajo esa premisa, existen disposiciones específicas relativas a RRI, participación política, victimas solución al problema de los cultivos ilícitos, fin del conflicto, reincorporación y mecanismos de implementación y verificación que convocan a las mujeres.

En 2016, se crea la CSIVI (Decreto 1995) como la instancia conjunta del Gobierno Nacional y de las FARC, encargada del seguimiento, impulso y verificación de la implementación del Acuerdo y de la resolución de las diferencias que puedan surgir entre las partes.

La CPEM, junto con el MSPS y la CPDDHH, elaboraron la Guía de respuesta para el Mecanismo en Situación de Violencias contra las Mujeres en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización y los Puntos Transitorios de Normalización y los lugares cercanos a estas, con el objetivo de orientar a los integrantes del Mecanismo de Monitoreo y Verificación de Cese al Fuego, en la identificación de hechos de violencia contra las mujeres y activación de rutas para la debida atención y protección de las víctimas.

La CPEM, junto con la OACP, produjeron el documento: Las Mujeres como Protagonistas en la Construcción de la Paz, el cual se concibe como una guía práctica para la implementación del Acuerdo, que resalta el protagonismo de las mujeres en la construcción de la paz y evidencia cómo se incluyó el enfoque de género.

En el punto 6.1 del Acuerdo se establece la creación de una Instancia especial para contribuir a la implementación del Acuerdo Final con enfoque de género, la cual responde al compromiso de la satisfacción de los derechos de las mujeres.

Para la conformación de la Instancia, entre abril y mayo de 2017 se convocaron 32 asambleas departamentales con la participación de 818 organizaciones de mujeres, de las cuales se recogieron postulaciones de 29 Departamentos. A nivel nacional se realizaron 2 jornadas informativas, postulándose 6 duplas de mujeres y 1 dupla de organizaciones LGBTI.

Como un reconocimiento al impulso, construcción y seguimiento que la sociedad civil, especialmente las organizaciones de mujeres, ha brindado a la agenda de DDHH, constituyéndose en socios estratégicos en el propósito de la construcción de paz desde lo territorial, en julio de 2017, mediante acto público de la CSIVI, se realizó la presentación oficial de la Instancia, que quedó conformada por mujeres de organizaciones territoriales de 4 Departamentos, entre las que se encuentran lideresas de organizaciones de mujeres rurales y de origen campesino víctimas del conflicto armado. A nivel nacional, se seleccionaron representantes de la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas, de la Plataforma de Incidencia Política de Mujeres Rurales Colombianas, Mujeres por la Paz, REPEM y Colombia Diversa.

Desde la fecha de refrendación del Acuerdo Final, con sujeción al ya citado procedimiento legislativo fast track, se aprobó un importante marco legislativo, en el que resultó fundamental la participación de organizaciones de la sociedad civil:

•Estatuto para la Oposición: Define garantías para los partidos y movimientos políticos que se declaren en oposición al Gobierno.

•Reincorporación política de las FARC: Permite la transformación de una organización armada en una que hará política una vez haya dejado todas las armas.

•Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición: Está compuesto por mecanismos judiciales y extrajudiciales, entre ellos la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-, que se encargará de administrar justicia respecto de los delitos cometidos en el contexto del conflicto armado y otorga distintos tratamientos especiales de justicia, los cuales, no se podrán conferir a quienes cometieron graves violaciones de los DDHH, tal y como se mencionó en el párrafo 40.

Adicionalmente, en abril de 2017, el Presidente de la República, en un acto público con presencia de víctimas, firmó tres Decretos legislativos que dan vida al componente de verdad del capítulo 5 del Acuerdo, así:

•Creación de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición.

•Creación de la UBPD.

•Creación del Comité de Escogencia encargado de elegir a los altos funcionarios del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No repetición, incluyendo los de la Comisión de la Verdad, el director de la UBPD y los magistrados de la JEP.

La selección de los 51 magistrados de la JEP y del Director de la UBDP, se adelantó mediante un proceso abierto que inicio en julio de 2017, al que se presentaron más de 2.100 personas que demostraron diversidad de saberes y trayectorias y de quienes se recibieron alrededor de 15.000 observaciones ciudadanas, las cuales fueron de gran valía para el ejercicio de selección.

En septiembre de 2017, fue publicada la lista con los nombres de los 38 magistrados elegidos (20 del Tribunal y 6 de cada Sala) y sus 13 suplentes (6 para las salas y 7 para el Tribunal), en la que se evidencia que el Comité de Selección atendió el mandato del Acuerdo sobre pluralidad:

•28 de los 51 magistrados, son mujeres.

•Casi una cuarta parte de los integrantes son indígenas o afros (8). Hay una representante indígena de la etnia Kankuama.

•14 de los 18 magistrados titulares del Tribunal son académicos (11 con doctorado) y en su mayoría laboraron en organizaciones defensoras de DDHH.

•Luz Marina Monzón, defensora de DDHH, fue elegida como la Directora de la UBPD.

A través de la ARN se adoptó la Ruta de Reintegración, la cual consta de un modelo de atención multidimensional encaminado a la reintegración plena a la vida social, económica y política de las personas. La ruta, contemplan 8 dimensiones relacionadas con el ámbito personal, familiar, educativo, ciudadanía, habitabilidad, productividad, salud y seguridad, en las que se aborda el enfoque de género y se desarrollan líneas de acción relacionadas entre otras, con la identificación de las necesidades de las mujeres en el proceso de reintegración.

El CNMH implementa el Mecanismo no judicial de contribución a la verdad, creado por la Ley 1424/2010 con el objetivo de recolectar, sistematizar, preservar la información que surja de los Acuerdos de contribución a la verdad histórica y la reparación, y producir los informes a que haya lugar. Este trabajo permite que hombres y mujeres desmovilizadas de grupos organizados al margen de la ley, firmantes de acuerdos de contribución a la verdad, aporten a la satisfacción y a la reparación simbólica de las víctimas del conflicto armado por medio de su testimonio. Entre 2014-2016, 12% de las mujeres desmovilizadas participaron en el mecanismo, siendo 2016, el año con la mayor contribución de testimonios por parte de las mujeres (1.186).

Aunque apenas han transcurrido 10 meses desde la firma del Acuerdo y del inicio de su implementación, ya son visibles algunos resultados. Sin embargo, la magnitud del conflicto armado, y las consecuencias humanitarias derivadas de él, así como la complejidad de las causas de la violencia en Colombia, son corolario del gran esfuerzo que debe realizar el Estado a través de sus instituciones para su cabal cumplimiento, lo que requerirá de transformaciones en diferentes ámbitos en todo el territorio nacional.