55º período de sesiones

8 a 26 de julio de 2013

Lista de preguntas para el examen de los informes periódicos

Cuba

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes periódicos séptimo y octavo combinados de Cuba (CEDAW/C/CUB/7-8).

Marco constitucional, legislativo e institucional

Tal como se afirma en los párrafos 32 y 314, en el momento en que se preparó el informe, el proyecto actualizado del Código de la Familia se encontraba incluido en el calendario legislativo del actual período. Sírvanse proporcionar información sobre la situación actual del proyecto de Código de la Familia y ofrecer detalles acerca de las nuevas disposiciones incluidas en él para incorporar una perspectiva de género adecuada.

En el informe se reconoce que en el Estado parte hay una falta de comprensión y de visualización de la discriminación contra la mujer debido, entre otras cosas, a que aún es un reto obtener información estadística, cualitativa y científica, en particular en el sector judicial, que posibilite poner al descubierto el fenómeno de la discriminación, tanto en su forma directa como indirecta. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para establecer la reunión y el análisis periódicos de datos, en particular en el sector judicial, a fin de reflejar la situación real de la discriminación contra la mujer en el Estado parte.

Mecanismos nacionales encargados del adelanto de la mujer

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para fortalecer la Federación de Mujeres Cubanas con los recursos financieros y humanos necesarios para coordinar la aplicación de la Convención, tal como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/CUB/CO/6, párr. 16).

En el informe se hace referencia al Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la Conferencia de Beijing, de 1997, que incluye los ámbitos claves contenidos en la Plataforma de Acción de Beijing y otros relacionados con la Convención. Sírvanse proporcionar información sobre si está previsto un plan de acción nacional específico para la aplicación de la Convención.

En el párrafo 47 se indica que, en el momento de prepararse el informe, el Estado parte estaba preparando el Tercer Seminario Nacional de Evaluación sobre la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing y las políticas para el avance de la mujer. Sírvanse proporcionar información sobre el resultado de la evaluación y las medidas adoptadas para mejorar el adelanto de la mujer en el Estado parte.

Estereotipos y prácticas culturales

En el párrafo 129 se reconoce que aún influyen en la nominación y elección de las mujeres factores subjetivos relacionados con creencias, prejuicios y patrones culturales, heredados de una sociedad clasista y sexista que atribuía al hombre el mundo del trabajo y del poder público, y limitaba a la mujer al hogar, la familia y a las tareas domésticas. En el párrafo 24 se afirma que la evaluación del Decreto-Ley núm. 234 (2003) “De la Maternidad de la Trabajadora” mostró que no bastaba el fortalecimiento del marco jurídico para establecer la igualdad y cambiar las actitudes patriarcales y los patrones culturales y los estereotipos de género. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer cumplir esta ley y para abordar los estereotipos sexistas que están frenando el avance de las mujeres en la sociedad.

Violencia contra la mujer

En el párrafo 33 se indica que la falta de denuncias suficientes contra la discriminación y contra los malos tratos y la violencia contra la mujer suele conducir a la percepción errónea de que esos fenómenos no existen. Sírvanse proporcionar información sobre las campañas desarrolladas para fomentar la sensibilización sobre esos fenómenos entre todas las partes interesadas pertinentes, incluso mediante el uso de medios de comunicación. Sírvanse también proporcionar información sobre los mecanismos establecidos para registrar las denuncias de violencia contra la mujer, teniendo en consideración la dimensión, los tipos y la manifestación de la violencia contra la mujer en función de la edad, el lugar y otros criterios socioeconómicos.

En el párrafo 103 se indica que el Estado parte está analizando un proyecto para garantizar dentro del sistema de salud, una atención más especializada a las víctimas de violencia y a los agresores. También se afirma que se continúa el estudio sobre la conveniencia y posibilidad de crear una norma jurídica, ley o decreto-ley que integre la conceptualización y el tratamiento de la violencia intrafamiliar, con un enfoque preventivo y educativo. Sírvanse aclarar qué tipo de atención especializada se proporcionará a las víctimas de la violencia y a quienes abusan de ellas y proporcionar información actualizada sobre la situación actual de este proyecto. Sírvanse proporcionar información sobre el resultado del estudio sobre la violencia doméstica y las medidas adoptadas para garantizar que las disposiciones del proyecto de ley cubran un enfoque preventivo y educativo, además de establecer sanciones para los perpetradores y recursos y asistencia suficientes para las víctimas.

Trata y explotación de la prostitución

Si bien en el informe se mencionan diversas medidas para prevenir y combatir la trata de mujeres y niñas, no se proporciona información sobre una política amplia de coordinación. Sírvanse describir la política sobre coordinación entre las partes interesadas para abordar el problema de la trata y la explotación de la prostitución. En el párrafo 124 se afirma que el Código Penal vigente sanciona la venta y tráfico de menores. Sírvanse indicar si el Estado parte está estudiando la posibilidad de adoptar una legislación amplia de lucha contra la trata y modificar el Código Penal a fin de sancionar la venta y la trata de todas las personas, incluidas las mujeres. Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto adherirse al Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/CUB/CO/6, párr. 22), el Comité solicitó al Estado parte que realizara estudios para determinar las causas fundamentales que llevan a las mujeres a la prostitución y adoptara medidas para desalentar la demanda masculina de prostitución. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para cumplir dicha solicitud.

En el párrafo 113 se indica que el Estado Parte ha asumido la clara posición de no tolerar la prostitución. Sin embargo, la prostitución no se considera un delito. Se indica que el Estado parte impone a las mujeres que mantienen un comportamiento antisocial y se dedican al ejercicio de la prostitución medidas de seguridad reeducativas, como el internamiento en un centro de rehabilitación. Sírvanse proporcionar información sobre cómo se define el comportamiento antisocial y los criterios para la imposición de medidas de seguridad, e indicar si hay procedimientos que reglamenten esta cuestión. Sírvanse indicar si se han adoptado medidas para rehabilitar a las mujeres y niñas que son víctimas de la trata de personas y la explotación de la prostitución y el turismo sexual.

Salud

En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/CUB/CO/6, párr. 28), el Comité pidió al Estado parte que proporcionase información amplia acerca del alcance y los efectos de las medidas adoptadas, así como datos sobre la incidencia del aborto, desglosados por edades, y por zonas rurales y urbanas, en los que se reflejasen las tendencias a lo largo del tiempo. Sírvanse proporcionar la información solicitada.

En el párrafo 230 se indica que el Estado parte tiene dificultades para satisfacer las necesidades en materia de planificación de la familia, incluida la obtención de anticonceptivos de buena calidad. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para solucionar los obstáculos en este sentido.

Empleo

En el párrafo 32, el Estado parte indica que se propone profundizar en la problemática laboral. Sírvanse proporcionar información sobre las disposiciones en el ámbito del empleo que el Estado parte tiene previsto modificar para fomentar la participación de la mujer en el mercado laboral y hacer frente a los casos de discriminación en el empleo y el acoso sexual en el lugar de trabajo.

En el párrafo 16, el Estado parte indica que recientemente promulgó disposiciones sobre el trabajo por cuenta propia (Resolución núm. 32 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Decreto-Ley núm. 278, de 30 de septiembre de 2010, sobre el régimen especial para los trabajadores por cuenta propia). Sírvanse proporcionar información sobre los planes de seguridad social que se aplican para proteger a las mujeres que trabajan por cuenta propia, en comparación con los que existen en otros tipos de empleo.

En los párrafos 50 a 52 se hace referencia a los comités de empleo de la mujer que reciben, atienden y dan el tratamiento necesario a quejas sobre casos de discriminación laboral. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por dichos comités para abordar los casos de discriminación en el empleo en los sectores público y privado, incluido el empleo por cuenta propia.

Mujeres con discapacidad

En el párrafo 236 se indica que en el Estado parte hay 26 Hogares de Impedidos Físicos y Mentales con régimen de seminternado o internado. No se expone claramente el marco jurídico que regula el ingreso de mujeres y niñas con discapacidad en estos centros y si hay medidas para garantizar que la política de salud mental y los servicios de atención de la salud se basen en el consentimiento libre y fundamentado de la persona en cuestión. Sírvanse indicar también si hay hogares adaptados a las necesidades de las mujeres y las niñas con discapacidad. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para desarrollar un plan de acción para las mujeres con discapacidad.

Mujeres de las zonas rurales

En el párrafo 281 se indica que la mujer en el sector azucarero es el 22% de la fuerza laboral y representa el 9% de sus directivos. En el párrafo 285 se indica que las mujeres constituyen el 18,3% de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la capacitación de las mujeres de las zonas rurales, incluida su representación en los cargos de adopción de decisiones y en los programas de seguridad alimentaria.

Sírvanse indicar si las mujeres de las zonas rurales del Estado parte son más vulnerables a la pobreza y la violencia debido a sus funciones tradicionales en la sociedad. Sírvanse proporcionar información sobre las estrategias desarrolladas para abordar este problema.

Desastres naturales

El Estado parte sufrió las consecuencias catastróficas de tres huracanes durante el período que abarca este informe. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para promover la participación de las mujeres en la preparación para casos de desastre y en la gestión posterior a los desastres.