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General

4

Marco legislativo e institucional

6

Estereotipos y educación

9

Violencia contra la mujer

13

Trata y explotación de la prostitución de mujeres

16

Participación en la vida política y pública y en la adopción de decisiones

24

Empleo y pobreza

31

Salud

38

Matrimonio y familia

41

1.General

Pregunta 1:

Según el párrafo 53 del informe del Estado parte, las disposiciones de la Convención son directamente aplicables y los derechos que se derivan de ella pueden invocarse, directamente, antes las autoridades suizas a todos los niveles. Sin embargo, según el párrafo 76 del informe, los tribunales sólo reconocen en grado muy limitado la aplicabilidad directa de la Convención en los casos individuales. Sírvase explicar esta cuestión.

Respuesta:

La contradicción aparente entre los párrafos 53 y 76 del informe a la que se refiere la pregunta es el resultado de un malentendido en la interpretación del párrafo 53.

Como se explica en este párrafo, Suiza aplica el principio monista, que significa que las disposiciones de los tratados en los que Suiza es parte pueden invocarse directamente ante los tribunales nacionales, siempre y cuando estas disposiciones se consideren directamente aplicables. Esto es lo que hemos intentado explicar en el párrafo 53, al declarar que los derechos afirmados en la Convención pueden invocarse, directamente, ante las autoridades suizas, en la medida en que las disposiciones de la Convención son directamente aplicables.

Es competencia de los propios tribunales decidir qué disposiciones consideran directamente aplicables, y no están obligados por ninguna opinión sobre el asunto que puedan manifestar las autoridades ejecutivas. La decisión de si una disposición es o no es directamente aplicable normalmente requiere la interpretación del texto de la disposición en cuestión. Como norma general, la disposición en cuestión debe ser lo suficientemente clara y precisa como para que se puedan determinar los derechos y obligaciones de las personas con el fin de que pueda servir como fundamento jurídico de una decisión.

Recientemente, el Consejo Federal abordó la cuestión de la aplicabilidad directa de las disposiciones de la Convención en el contexto de la ratificación del Protocolo Facultativo, que en el artículo 2 estipula que las comunicaciones podrán ser presentadas por personas o grupo se personas que se hallen bajo la jurisdicción del Estado Parte y que aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado Parte de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención. En este contexto, el Consejo Federal confirmó su opinión, que ya había expresado en 1997 cuando se ratificó la Convención (Nota al Parlamento de 23 de agosto de 1995 relativa a la Convención de 1979 sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer [BBl 1995 IV 901], 31) indicando que puesto que la Convención impone obligaciones principalmente al Estado, los Estados Partes deben incorporar la Convención en la legislación nacional y, como norma, sus disposiciones no son directamente aplicables.

Asimismo, incluso entonces no se descartó que al menos parte del contenido, como los requisitos del artículo 9 de la Convención (adquisición y pérdida de la nacionalidad) y del artículo 15 de la Convención (igualdad de derechos, igualdad ante la ley, capacidad jurídica idéntica a la del hombre en materias civiles, igualdad en todos los procesos jurídicos, los mismos derechos para circular libremente y para elegir su residencia y domicilio) así como del artículo 7 de la Convención (vida política y pública) y del artículo 16 de la Convención (matrimonio y las relaciones familiares) están suficientemente especificados y, por tanto, se pueden considerar directamente aplicables de hecho por el Tribunal Supremo Federal y las demás autoridades judiciales en los planos federal y cantonal.

Pregunta 2 :

Sírvase proporcionar información sobre el proceso de preparación del tercer informe periódico, con detalles sobre la participación de los distintos poderes del Estado parte, las contribuciones de las instituciones públicas en el plano federal y en el plano de las entidades federadas, y también sobre las consultas con organizaciones no gubernamentales.

Respuesta:

En Suiza no existen procedimientos estándar para la preparación de los informes periódicos para los órganos competentes de las Naciones Unidas. En primer lugar se prepara un borrador interno de algunos informes antes de que participen otras unidades de la administración federal, los cantones, las municipalidades y las organizaciones no gubernamentales. Como norma, sin embargo, primero se envía un memorando a todas las dependencias administrativas afectadas al comienzo del proceso de presentación de informes, por el cual se solicitan las contribuciones pertinentes. Dependiendo del informe, es posible que también se soliciten contribuciones de los cantones, municipalidades y organizaciones no estatales afectados directamente. Tras la preparación del proyecto de informe, de nuevo dependiendo del informe, se envía un cuestionario de naturaleza técnica a los cantones y a las organizaciones que han participado en la preparación del informe. Este cuestionario se utiliza para comprobar si la información facilitada en el informe es correcta y si se requiere o no información adicional. Antes de presentar el informe al Consejo Federal para su aprobación, existe un procedimiento de consulta que implica a los distintos organismos federales afectados.

El tercer informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer también ha surgido de varios procedimientos de consulta en los que participaron la administración federal, los cantones y las diversas organizaciones afectadas. Para recopilar la información más actual necesaria para el informe, en el verano/otoño de 2005 la Dirección de Derecho Internacional Público, en colaboración con la Oficina Federal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, consultó con las oficinas federales involucradas en la investigación pertinente y envió un cuestionario detallado a las oficinas para la igualdad de oportunidades de los cantones y las municipalidades y, en la mayoría de los casos, ha obtenido respuestas detalladas. En algunas áreas (por ejemplo, trata de mujeres, violencia contra la mujer), se solicitó información específica a las organizaciones no gubernamentales. Sobre esta base y con la ayuda de la información a disposición del público procedente de organizaciones de mujeres y de derechos humanos, ha sido posible preparar un primer proyecto de informe, para el cual en diciembre de 2006 todos los cantones y un número selecto de organizaciones de mujeres y de derechos humanos pudieron facilitar información adicional y comentarios en el contexto de una “encuesta técnica” (en dos versiones lingüísticas [d/f]). 24 de los 26 cantones y 10 organizaciones especializadas (incluido el grupo de coordinación de organizaciones no gubernamentales Post Beijing Switzerland, responsable del informe paralelo) han adoptado posiciones más o menos generales. Sus importantes adiciones y observaciones se incluyeron en una versión revisada, que se envió en mayo de 2007 a las oficinas federales (en una sola versión lingüística) en el contexto de un procedimiento de consulta formal.

La Dirección de Derecho Internacional Público del Departamento Federal de Asuntos Exteriores, en consulta con los departamentos federales afectados (Justicia y Policía, Interior, Economía), ha desarrollado una herramienta de trabajo basada en la intranet y en Internet (“Reporting on Demand” (Presentación de informes previa petición)) que también debe simplificar enormemente la preparación de los informes nacionales periódicos en el futuro y también simplificará y mejorará la coordinación interdepartamental.

Pregunta 3 :

Sírvase indicar si el Estado parte tiene previsto retirar sus reservas al párrafo 2 del artículo 15 y a los apartados 1 g) y 1 h) del artículo 16 de la Convención, como recomendó el Comité en sus observaciones finales sobre el informe inicial y el segundo informe periódico combinados del Estado parte (véase A/58/38, sección IV, párr. 100).

Respuesta:

En cuanto la nueva ley sobre el derecho a elegir apellido sea aprobada por el Parlamento y entre en vigor (véase la pregunta 27), se podrá retirar la reserva con respecto al apartado g) del párrafo 1 del artículo 16 por carecer de fundamento. La reserva con respecto al párrafo 2 del artículo 15 y al apartado h) del párrafo 1 del artículo 16 guarda relación con la ley de transición. Mientras se prevea la posibilidad de conflictos relacionados con la propiedad conyugal sobre la base de la legislación aplicable con anterioridad al 1 de enero de 1988, no podrá considerarse la retirada de esta reserva. Cabe suponer, no obstante, que sólo un número limitado de matrimonios puede verse afectado por esta cuestión.

2.Marco legislativo e institucional

Pregunta 4 :

Sírvase proporcionar datos estadísticos en relación con el número de casos civiles y penales archivados que guardan relación con la Convención y las sanciones que se han impuesto.

Respuesta:

No hay estadísticas disponibles sobre las causas civiles. Hasta la fecha, las estadísticas relativas a condenas se extraen de los registros de antecedentes penales y no incluyen información acerca de las víctimas.

En lo que respecta a la disposición fundamental del párrafo 3 del artículo 8 de la Constitución Federal suiza sobre la igualdad entre las mujeres y los hombres ante la ley, el Tribunal Supremo Federal suizo ha llevado a cabo una investigación que proporciona una respuesta aproximada a la pregunta planteada. En este contexto cabe señalar que en ausencia de una herramienta de indización específica, lamentablemente no es posible acceder automáticamente a las sentencias del Tribunal Supremo Federal suizo en las causas civiles y penales relativas a la igualdad de trato entre hombres y mujeres, sino exclusivamente a través de un examen manual. Como la igualdad entre los géneros se rige por el anterior párrafo 3 del artículo 8, hemos realizado una investigación a fondo de la base de datos del Tribunal Supremo Federal suizo en Internet con este artículo de la ley como palabra clave. Sin embargo, es preciso tener en cuenta que los resultados obtenidos de esta forma son aproximados, debido en particular a la imposibilidad de realizar la búsqueda sobre la base de unos criterios precisos.

No obstante, entre 2001 (momento de la aprobación del informe inicial de Suiza) y 2008, el Tribunal Supremo Federal suizo ha dictado 19 sentencias sobre derecho privado relativas al párrafo 3 del artículo 8. De estas sentencias, 2 se dictaron en 2001, 2 en 2002, 1 en 2003, 4 en 2005, 5 en 2006, 3 en 2007 y 2 en 2008. Ninguna de las sentencias guardaba relación con el derecho penal. Estos fallos se resumen en el cuadro siguiente:

Resumen de fallos relacionados con el párrafo 3 del artículo 8 para el período 2001-2008

Año

Total

Anulaciones

Inadmisibilidad

Denegación

Admisión (parcial)

Admisión (t otal)

2001

2

5P.173/2001

4C.383/2002

2002

2

5P.222/ 2002

4C.57/2002

2003

1

4C.383/2002

2004

0

2005

4

7B.35/2005 5A.4/2005 5P.47/2005

4C.138/2005

2006

5

5C.77/2006 5P.274/2005 5P.52/2006 5C.7/2006 5P.343/2006

2007

3

5A_75/2007 5C.11/2006

4A_12/2007

2008

2

5A_767/2007 5A_42/2008

Las siguientes sentencias incluyen una referencia a la Ley Federal suiza sobre la Igualdad de Mujeres y Hombres: 4C.383/2002, 4C.57/2002, 4C.138/2005 y 4A_12/2007. En tres de estos casos, se alegó discriminación salarial, tal como se define en la Ley sobre la Igualdad, y se confirmó en todas ellas. En la cuarta causa (4C.138/2005), el Tribunal Supremo Federal suizo defendió la alegación de la demandante de que se le denegaba injustamente la promoción (discriminación relativa a la promoción).

También debe mencionarse la base de datos www.gleichstellungsgesetz.ch que contiene diversos procedimientos judiciales así como procedimientos de conciliación basados en la Ley federal suiza sobre la igualdad de mujeres y hombres de la Suiza germano hablante: la base de datos contiene 403 casos actualmente (8.3.2009). El sitio web www.leg.ch de la Suiza franco hablante contiene 56 sentencias.

Pregunta 5 :

Sírvase describir los mecanismos y recursos que están a disposición de las mujeres que desean presentar denuncias de discriminación basada en el género. Sírvase indicar también si Suiza está estudiando la posibilidad de establecer una institución nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (véase la resolución 48/134 de la Asamblea General, anexo).

Respuesta:

Para empezar, cabe señalar que de conformidad con el artículo 8 de la Constitución Federal, las mujeres y los hombres tienen un derecho constitucional a la igualdad, que pueden hacer valer ante la ley. La Ley federal suiza sobre la igualdad de mujeres y hombres prohíbe la discriminación por motivos de género en el lugar de trabajo. Los empleados que se sientan discriminados pueden presentar su caso ante una junta de arbitraje o un tribunal. La Ley federal suiza sobre la igualdad de mujeres y hombres realiza unas exigencias menos rigurosas a la demandante en lo que respecta a la carga de la prueba. Suiza no tiene una legislación contra la discriminación como tal.

Se debe tener en cuenta lo siguiente en relación con la cuestión de una institución nacional independiente de derechos humanos: en 2003, el Gobierno suizo encomendó al Departamento Federal de Asuntos Exteriores que actuara sobre la base de la petición del Parlamento de estudiar la conveniencia de establecer una institución nacional de derechos humanos suiza. El Departamento Federal realizó una serie de estudios, elaboró varios proyectos de modelo y llevó a cabo unas consultas de amplio alcance en un esfuerzo por comprender las posiciones y las exigencias de las distintas partes interesadas, incluidos los ministerios, los cantones, la sociedad civil y el sector privado. En 2007, el Gobierno encomendó a un grupo de trabajo federal/cantonal que desarrollara algo más el concepto. El Departamento Federal está estudiando actualmente varias opciones sobre la base del informe del grupo de trabajo. Por otra parte, el 12 de junio de 2008, en el contexto del examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Suiza formuló el siguiente compromiso voluntario: “Suiza está considerando la posibilidad de establecer una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París”.

3.Estereotipos y educación

Pregunta 6 :

El informe indica que el Estado parte ha emprendido varias iniciativas, entre ellas las campañas “ Fairplay-At-Home ” y “ Fairplay-At-Work ” , a fin de luchar contra los estereotipos relacionados con los roles y las funciones del hombre y la mujer en la familia y el trabajo. Sírvase indicar si se ha realizado una evaluación de impacto para determinar los principales logros y dificultades de estas iniciativas y si se ha tomado alguna medida correctiva.

Respuesta:

Las campañas anteriormente mencionadas han demostrado que para muchas parejas la principal dificultad reside en encontrar una buena atención extrafamiliar de los hijos, fiable y asequible. El programa actual para estimular la creación de plazas adicionales en las guarderías (véanse los párrafos 316 y siguientes del informe) es por tanto de la mayor importancia para el éxito de las campañas dirigidas a aumentar la concienciación respecto de la necesidad de conciliar la vida profesional y de familia. Estos esfuerzos continúan. En una serie de cantones (Zurich, Berna, Lucerna), por ejemplo, se está realizando un acercamiento a parejas jóvenes y padres, de un modo adecuado, en las bodas y las celebraciones religiosas familiares.

Los esfuerzos para aumentar la concienciación también incluyen la financiación de proyectos apropiados según los requisitos de la Ley federal suiza sobre la igualdad de mujeres y hombres, que incluyen programas de radio, plataformas de Internet y herramientas de trabajo para los responsables de los recursos humanos (véase: www.topbox.ch).

Pregunta 7 :

Sírvase proporcionar información detallada sobre las medidas que se han adoptado para integrar la igualdad entre hombres y mujeres y otras normas de derechos humanos en los planes de estudios de las escuelas de enseñanza primaria y secundaria de los diferentes cantones del Estado parte.

Respuesta:

Los planes de estudios de Suiza difieren actualmente de una región lingüística a otra.

Las leyes cantonales que rigen la educación establecen los requisitos de los planes de estudios. Algunos cantones imponen requisitos jurídicos para la enseñanza equitativa entre los géneros en las escuelas primarias, por ejemplo, cantón Basilea-Campo: el apartado a) del párrafo 1 del artículo 63 de la Ley de Educación (SGS-No. 640) estipula el derecho de los alumnos a una enseñanza equitativa entre los géneros. El artículo 2 impone a las escuelas y a las autoridades la obligación de respetar los principios de diferenciación por sexo en sus métodos educativos.

Por contraste con la situación actual, en el futuro cada región lingüística tendrá un único plan de estudios: para los cantones germano hablantes, “Lehrplan 21” y para los cantones franco hablantes, “Plan d'études romand [PER]”. Este último ya está preparado y el proyecto de “Lehrplan 21” se ha remitido para un proceso de consulta que durará desde el 28 de enero hasta el 31 de mayo de 2009.

Estos dos planes de estudios tienen una estructura similar y se basan en una educación para la vida. Cada uno diferencia entre los conocimientos especializados, los conocimientos generales y los temas generales. El enfoque basado en las disciplinas o materias tradicionales se ha rechazado sobre la base de que el término “área temática” expresa con más precisión la amplia perspectiva y el enfoque de las actividades mundiales adoptadas por las escuelas de hoy. El desarrollo de un carácter independiente y la capacidad para continuar un proceso de aprendizaje permanente es lo que se entiende por conocimientos generales (adquisición de habilidades personales, sociales y metodológicas), que son una parte integrante del plan de estudios. La estructura de “Lehrplan 21” claramente incluye la adquisición de habilidades sociales, incluido el modo de gestionar la diversidad: aceptando las diferencias, experimentando la diversidad como un enriquecimiento, promoviendo la igualdad.

Se puede encontrar información adicional en los siguientes vínculos:

–Lehrplan 21: http://www.lehrplan.ch/dokumente/vernehmlassung/Bericht_ zur_Vernehmlassung.pdf>

–Plan d'études romand: http://www.consultation-PER.ch/html/SHS/ SHSPresentation.html>.

También se han preparado materiales de enseñanza adecuados, como “L'école de l'égalité” para los cantones franco hablantes (véase: http://www.egalite.ch/uploads/pdf/ecole-egal-descriptif-060814.pdf) y hay varias publicaciones para ayudar a los estudiantes a decidir sobre la trayectoria profesional sin hacer referencia a los estereotipos. Asimismo, el cantón de Ginebra ha publicado una ayuda para la enseñanza de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer a los niveles superiores, con fotografías que ilustran los diversos conceptos para que sean más fáciles de comprender (véase http://www.geneve.ch/egalite/conventioninternationale/images-pour-egalite/).

Finalmente, merece la pena mencionar que el Departamento Federal de Asuntos Exteriores ha tomado medidas para garantizar la disponibilidad de materiales didácticos sobre el tema de los derechos humanos al cuerpo docente de los niveles inferiores y superiores. Cada uno de los módulos trata la cuestión de la discriminación, en particular contra las mujeres, de un modo adecuado para cada nivel escolar. Estos textos también abarcan la vulnerabilidad de las mujeres y las niñas y la violencia perpetrada contra ellas. Estos materiales didácticos están a disposición de los profesores gratuitamente y se pueden descargar de Internet para un fácil acceso.

Pregunta 8 :

Sírvase proporcionar información detallada sobre educación en materia de derechos humanos que se ofrece a las niñas y mujeres extranjeras, de minorías étnicas, en particular las inmigrantes, incluidas las solicitantes de asilo y las refugiadas, en términos generales, y sobre la igualdad entre los sexos, en particular, habida cuenta de las dificultades específicas que afrontan las mujeres y niñas extranjeras.

Respuesta:

En todos los niveles del Gobierno suizo se presta una gran atención a estas cuestiones, es decir, la discriminación específica de la migración. A continuación se indican algunos aspectos de las actividades gubernamentales relacionadas a modo de ejemplo, en el entendimiento de que estas actividades se pueden desarrollar aún más en el transcurso de un diálogo constructivo.

En el plano federal

Es necesario prestar mucha atención al aspecto de la “discriminación múltiple” en el contexto de los esfuerzos para luchar contra el racismo y la discriminación. En sus esfuerzos para luchar contra la discriminación por motivos de raza, al Servicio de Lucha contra el Racismo también se le exige tomar en consideración los aspectos relativos al género.

En 2008, el Servicio de Lucha contra el Racismo, junto con la Oficina Federal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la Oficina Federal de Igualdad para las Personas Discapacitadas, organizó una reunión de expertos sobre el tema de la “protección contra la discriminación” con el fin de evaluar los instrumentos jurídicos existentes y proponer mejoras.

El Servicio suizo de Lucha contra el Racismo también apoya los proyectos organizados por otras partes interesadas en este campo. Un ejemplo es FemmesTISCHE (2008):

FemmesTISCHE ofrece “rondas de debates” en las que las mujeres se reúnen en privado para intercambiar puntos de vista sobre una serie de cuestiones sociales bajo la dirección de un moderador. Las mujeres que actúan como moderadoras también son mediadoras culturales. Estas reuniones se llevan a cabo en una variedad de idiomas.

En sus propias palabras, FemmesTISCHE reúne a “personas que trabajan con niños y que en coloquios privados, informales, examinan cuestiones como la educación, los patrones de conducta y la salud. A través de la información y el intercambio de experiencias, FemmesTISCHE introduce diversas posibilidades de acciones futuras y abre nuevos horizontes. FemmesTISCHE ayuda a desarrollar las redes sociales y ¡es divertido! ” Actualmente hay 20 lugares de reunión de FemmesTISCHE que incluyen a inmigrantes de toda la Suiza germano hablante. El objetivo del proyecto FemmesTische es lograr que las participantes eleven su autoestima (empoderamiento), mejoren sus conocimientos en cuestiones relativas a la educación, la salud y las habilidades sociales, así como ayudarlas a integrarse.

FemmesTISCHE es un programa básico que también ofrece a las mujeres migrantes, a quienes de otro modo sería difícil llegar, una plataforma de intercambios y un modo de salir del aislamiento. FemmesTische es un esfuerzo a largo plazo. Se ha desarrollado con éxito en forma de proyectos locales durante más de 10 años. Las áreas temáticas que se han cubierto en los últimos años con ayuda de películas, manuales y directrices incluyen: prevención de adicciones en la familia, vivir en una sociedad de consumo, reconciliar el trabajo y la vida familiar, salud, etc. (para obtener información adicional, www.femmestische.ch y www.idoc-integration.zh.ch).

La experiencia demuestra que el proyecto FemmesTISCHE tiene un importante impacto en hacer que sucedan cosas y un considerable efecto multiplicador.

En el plano cantonal

Una de las tareas permanentes de la Conferencia Suiza de los Directores Cantonales de Educación Pública, EDK, consiste en abordar y desarrollar temas específicos de la migración Este trabajo coincide con los esfuerzos de la Conferencia en otras áreas (enseñanza de idiomas, estructuras escolares durante toda la jornada, niveles educativos, etc. Cabe mencionar en particular aquí el “Acuerdo intercantonal de armonización de la escolaridad obligatoria”. Este acuerdo armoniza la duración y los objetivos más importantes en las distintas etapas educativas por primera vez a escala nacional, así como las modalidades de transición. Para obtener información adicional sobre HarmoS-Konkordat visite el sitio web de la Conferencia: http://www.cdep.ch/dyn/11659.php. 

A este respecto también merece la pena mencionar el “Informe sobre Educación 2006 de Suiza”. El informe examina tres dimensiones del sistema suizo: Eficacia (impacto), Eficiencia (rentabilidad; relación entre costes y beneficios) y, de particular interés en este contexto, Igualdad (imparcialidad e igualdad de oportunidades). Estas dimensiones son evaluadas a) contra las exigencias políticas (objetivos), b) sobre la base de comparaciones relacionadas con el tiempo (estudios longitudinales, que en la mayoría de los casos se basan en supervisiones cíclicas) y c) a través de las comparaciones entre cantones. En 2010 está prevista la publicación de un nuevo informe sobre educación. También se puede encontrar información adicional en el sitio web de la Conferencia: http://www.cdep.ch/dyn/11663.php.

Otra de las actividades que merece la pena destacar es el curso básico de idiomas para madres y niños (MuKi-Deutsch). Además, también hay varios programas de “tutoría”, especialmente para mujeres jóvenes, que incluyen proyectos dirigidos específicamente a las mujeres migrantes: un ejemplo es incluso, un proyecto dirigido a las mujeres migrantes que buscan un aprendizaje: este proyecto de tutoría pone a las jóvenes inmigrantes en contacto con mujeres profesionales que actúan como entrenadoras y ofrecen apoyo para la elección de una trayectoria profesional y la búsqueda de un aprendizaje. Véase la información relacionada procedente de las organizaciones que apoyan el proyecto: www.isabern.ch y www.caritas-zuerich.ch. Otros ejemplos en este contexto son el proyecto Cresenda Gründungszentrum für Migrantinnen, www.crescenda.ch, (un amplio programa de enseñanza y “coaching” para que las mujeres migrantes puedan establecer su propia empresa) y los “cafe secondas”, www.cafesecondas.ch.

4.Violencia contra la mujer

Pregunta 9 :

Sírvase proporcionar datos estadísticos e información sobre la violencia sexual y doméstica, incluida la violación conyugal, y especialmente sobre el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos, condenas y sanciones impuestas a sus autores, y cualquier indemnización otorgada a las víctimas o sus familias.

Respuesta:

Con respecto a los datos policiales, hasta la fecha cada cantón ha recopilado sus propias estadísticas, que con frecuencia están descoordinadas. Los datos normalizados relativos a las denuncias e investigaciones de todos los cantones sólo estarán disponibles en 2010. No hay datos en relación con los enjuiciamientos. Véase la anterior Pregunta 4 con respecto a las condenas.

Las estadísticas del cantón de Zurich servirán como directriz y como base para el debate (se pueden abordar todas las cuestiones en el transcurso del diálogo constructivo): la ley de protección contra la violencia de 19 de junio de 2006 de Zurich (Zürcher Gesetzessammlung LS 351) entró en vigor el 1 de abril de 2007. Un año más tarde se publicaron las siguientes estadísticas sobre las medidas policiales para la protección contra la violencia doméstica durante el período del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008 (véase el informe en el siguiente vínculo:

http://www.ist.zh.ch/internet/ji/ist/de/home.SubContainerList.SubContainer1.ContentContainerList.0021.DownloadFile.pdf):

Medidas policiales para la protección contra la violencia doméstica –primer año de la ley de protección contra la violencia (1 de abril de 2007 a 31 de marzo de 2008)

Policía cantonal de Zurich

Policía municipal de Zurich

Policía cantonal de Winterthur

Total

Número total de órdenes de protección

764

284

84

1132

De las cuales, expulsiones

483 (63%)

158 (56%)

50 (60%)

691 (61,0%)

Fallos judiciales

60 (8%)

10 (4%)

6 (7%)

76 (6,7%)

Peticiones de prórroga

267 (35%)

110 (39%)

22 (26%)

399 (35,2%)

Aprobaciones

240

99

17

356 (89,2%)

Medidas protectores renovadas

35 (5%)

9 (3%)

8 (10%)

52 (4,6%)

Procedimientos penales iniciados

Sin procedimientos penales

111 (15%)

7 (2%)

8 (10%)

126 (11,1%)

Fallos de delito menor

94

14

14

122 (10,8%)

Delitos menores/delitos graves

554

259

62

875 (77,3%)

Número total de procedimientos penales iniciados

653 (85%)

277 (98%)

76 (90%)

1006 (88,9%)

Informes de situaciones de peligro que implican a niños

440 (58%)

121 (43%)

47 (56%)

608 (53,7%)

Puesta en peligro de jóvenes

8 (1%)

4 (1%)

0%

12

Puesta en peligro de mujeres

62 (8%)

19 (7%)

3 (4%)

84 (7,4%)

Intervenciones policiales en casos de violencia doméstica 2007/2008(Incluidos los casos con órdenes de protección)

Número total de intervenciones policiales

1.608 (2007)

1.392 (2006)

Entre ellas:

Intentos de asesinato

18

11

Casos graves de agresiones con lesiones

30

14

Pregunta 10 :

Sírvase proporcionar información sobre los planes que haya para alentar a los cantones a facilitar o financiar refugios para mujeres.

Respuesta:

La cuestión de la responsabilidad con respecto a la protección de las mujeres y la disponibilidad de refugios para mujeres se abordó en el marco de los últimos debates sobre la distribución de responsabilidades entre la Confederación y los cantones, donde se afirmó claramente que la responsabilidad corresponde a los cantones. Hace varios años se realizó un esfuerzo para alcanzar un acuerdo (concordato) ente los cantones para sufragar los gastos recíprocamente. Lamentablemente estos esfuerzos no fructificaron.

Merece la pena destacar en este contexto la Ley de apoyo a las víctimas, que entró en vigor el 1 de enero de 2009 y, en particular, el artículo 13 y siguientes; de conformidad con el párrafo 1 del artículo 14 de la Ley de apoyo a las víctimas, los centros de asesoramiento y apoyo a las víctimas dispondrán de refugios para las víctimas y sus familiares más cercanos, cuando se requiera. Según el artículo 9 de esta Ley, la responsabilidad de proporcionar unos centros de asesoramiento independientes privados o públicos corresponde a los cantones. Al disponer los servicios de asesoramiento, es preciso tener en cuenta las necesidades especiales de las distintas categorías de víctimas.

Pregunta 11 :

Sírvase proporcionar información sobre los resultados de los esfuerzos realizados por el Estado parte para prevenir la violencia y otras formas de abuso contra las mujeres inmigrantes. ¿Hay servicios a los que puedan acceder las mujeres y niñas inmigrantes que son víctimas de la violencia sexista atendiendo a las diferencias culturales y lingüísticas? Sírvase indicar también si estos servicios están dirigidos por mujeres.

Respuesta:

Existen servicios especializados de asesoramiento para mujeres migrantes incluidos, por ejemplo, los centros de asesoramiento para cónyuges de diferentes nacionalidades (Frabina Bern); y relativos a cuestiones familiares, legislación, finanzas, salud, para migrantes de ambos sexos en una diversidad de idiomas (Infodona Zurich); así como para la integración de los extranjeros en general (Fabia Lucerne). Otros servicios de asesoramiento incluyen por ejemplo Appartenances, Pluriels, Camarada y el Centre de santé Migrants en Ginebra. El FIZ, Centro de información sobre la trata de seres humanos y la migración de Zurich es una organización que está especializada en la violencia y la migración.Asesora a mujeres que han sido víctimas de la trata de personas y de la violencia, que desean la separación o el divorcio, y que tienen problemas de permiso de residencia y/o se encuentran en situación de ilegalidad.

FIZ Makasi es un centro que está especializado en el asesoramiento y apoyo a las víctimas de la trata de mujeres. Esto incluye apoyo jurídico y psicosocial, así como asistencia con el permiso de residencia en Suiza y con los peligros percibidos en relación con el país de origen. FIZ Makasi recibe el 25% de su financiación de diversos cantones sobre la base de acuerdos de rendimiento (www.fiz-info.ch). El pasado año 167 víctimas de la trata de mujeres fueron atendidas por FIZ Makasi, en comparación con las 133 del año anterior, un aumento del 25%. Las víctimas procedían de 28 países. Merece la pena destacar, en particular, la creciente proporción de mujeres de Europa Central y Oriental, que el pasado año representaron un tercio de las víctimas y actualmente son casi la mitad.

Países de origen de las víctimas de la trata de mujeres:

África 9 %: 15 personas (Camerún 7, Marruecos 2, Etiopía 1, Nigeria 1, Sudáfrica 1, República Unida de Tanzanía 1, República Centroafricana 1, Zimbabwe 1); Asia 14 %: 23 personas (Tailandia 21, Kirguistán 1, Filipinas 1); América Latina y el Caribe 27 %: 45 personas (Brasil 26, República Dominicana 14, Colombia 2, México 2, Venezuela 1); Europa Oriental 50 %: 84 personas (Rumania 41, Bulgaria 10, Hungría 6, Ucrania 5, República de Moldova 4, Federación de Rusia 4, Kosovo 3, Polonia 3, Serbia 3, Eslovaquia 3, Albania 1) y Francia 1 persona.

Los controles policiales en una serie de cantones en los que FIZ Makasi participa en la atención de las víctimas, han revelado que las mujeres explotadas son sobre todo las rumanas. Este es el mayor grupo de víctimas al cuidado de FIZ Makasi. La trata de mujeres se detecta en las ciudades así como también en las zonas rurales: FIZ Makasi atiende a las víctimas de 14 cantones. Mientras en 2006 un tercio de las mujeres llegaban a la organización a través de la policía, al año siguiente la proporción había aumentado casi a la mitad. Este aumento es el resultado de una mayor colaboración entre la policía y FIZ Makasi, y posiblemente una mayor concienciación entre los miembros de la policía.

El cantón de Zurich cuenta con un refugio especial, Violetta, Centro de Acogida para Inmigrantes, que ofrece alojamiento en un espacio protegido, asesoramiento jurídico y psicosocial, así como un servicio de asesoramiento telefónico para las mujeres que son víctimas de la violencia, los familiares más cercanos y los profesionales. Violetta ofrece asesoramiento profesional a través de un equipo intercultural especializado en cuestiones relacionadas con la migración. Los servicios incluyen cursos en alemán e integración. El asesoramiento está disponible en árabe, farsi (persa), español y serbio.

Los refugios para mujeres suizas también están abiertos a extranjeras, para quienes el asesoramiento está disponible en varios idiomas, como en “Frauenhaus Winterthur” donde hay asesoramiento en farsi, español, polaco, turco e inglés, así como en francés y alemán.

Los servicios de asesoramiento telefónico de emergencia y los centros de asesoramiento (como bif Zurich) en los casos de violencia doméstica también pueden aconsejar a las mujeres migrantes en una serie de idiomas.

Este tipo de trabajo con mujeres y niños requiere unas capacidades transculturales apropiadas, que pueden adquirirse de varias maneras, incluso a través de una formación específica. Incluso los refugios para mujeres que, a diferencia de Violetta, no tratan específicamente con mujeres migrantes, están cada vez más dispuestos a solicitar los servicios de especialistas familiarizados con la migración.

En términos generales, en los refugios para mujeres sólo trabajan mujeres. Dependiendo del concepto local, es posible emplear a hombres en el marco de proyectos específicos como la organización de actividades infantiles.

5.Trata y explotación de la prostitución de mujeres

Pregunta 12 :

Sírvase proporcionar información actualizada sobre posibles enjuiciamientos y condenas en virtud del nuevo artículo 182 del Código Penal, que entró en vigor en diciembre de 2006.

Respuesta:

El Grupo de Trabajo sobre la trata de seres humanos y el contrabando decidió en 2007 introducir una lista general de las investigaciones preliminares y los procedimientos penales en conexión con el contrabando y la trata de seres humanos y el fomento de la prostitución. Los cantones publican estos procedimientos de forma voluntaria (no existe ningún fundamento jurídico para este requisito de notificación) y la información permanece en la lista hasta que haya tenido lugar un juicio en primera instancia. El Comisionado para el contrabando y la trata de seres humanos de la Policía Criminal Federal mantiene esta lista para obtener una visión general de los procedimientos policiales en curso y para cotejar esos procedimientos policiales con su propia actividad de coordinación. Como esta lista general se encuentra aún en fase de recopilación, no todos los procedimientos relacionados con la trata de seres humanos en Suiza están registrados en ella.

Según la lista, en 2008 se emprendieron o se remitieron a los tribunales al menos 25 procedimientos penales relacionados con la trata de seres humanos con fines de explotación sexual (principalmente) y explotación laboral. Estos procedimientos fueron iniciados por las autoridades cantonales responsables del procesamiento penal y en un caso por las autoridades federales. El número de investigaciones relacionadas con la trata de seres humanos con fines de explotación sexual en Suiza está aumentando.

Condenas con arreglo al nuevo artículo 182 del Código Penal

Las cifras indicadas a continuación para el período 2007/2008 se basan en el registro de condenas por la trata de seres humanos y el fomento de la prostitución, como ha publicado la Oficina Federal de la Policía, con arreglo al párrafo 3 del artículo 1 de la Ordenanza sobre la Comunicación de Condenas Cantonales (Ordenanza de Comunicación, SR 312.2). Estas cifras son provisionales ya que los diferentes procedimientos cantonales significan que existe una demora en la notificación de las condenas y, por razones técnicas, la Oficina Federal de Estadística no ha presentado las cifras definitivas para los años 2007 y 2008.

En el período 2007/2008, se dictaron 8 condenas penales sobre la base del artículo 182 del Código Penal. En 2007 también se dictaron otras condenas que todavía se basaban en el artículo anterior 196 del Código Penal. Las condenas impuestas por la trata de seres humanos varían desde una condena de seis meses suspendida hasta los dos años y medio. Las multas impuestas iban desde los 900 francos hasta los 2.400 francos. La condena de dos años y medio de cárcel se basó en el artículo 182 del Código Penal. El importe máximo otorgado a las víctimas en concepto de daños y perjuicios fue de 2.100 francos, y la mayor indemnización fue de 15.000 francos.

Pregunta 13:

Sírvase describir los resultados obtenidos por el programa de acción contra la trata de personas creado en 2003 por el Servicio de Coordinación contra la Trata de Personas y de Migrantes de Suiza.

Respuesta:

Los principales resultados del informe sobre la marcha de los trabajos del Servicio de Coordinación contra la Trata de Personas y de Migrantes de 2007 se resumen a continuación:

Legislación:

–El 26 de noviembre de 2006 entró en vigor en Suiza el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

–El 19 de octubre de 2006 entró en vigor en Suiza el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

–El 8 de septiembre de 2008, Suiza firmó el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos. El proceso de ratificación continúa desarrollándose.

–Se han mejorado los instrumentos previstos en la legislación penal para luchar contra la trata de seres humanos. El nuevo artículo 182 del Código Penal suizo ahora penaliza no sólo la trata de seres humanos con fines de explotación sexual sino también la trata con fines de explotación laboral o la extracción de un órgano. La trata de seres humanos para obtener una ganancia económica y la trata de menores actualmente son consideradas circunstancias agravantes de este elemento constitutivo de un delito.

–Gracias a la nueva Ley de extranjería (RS 142.20) y las disposiciones para su aplicación que entraron en vigor el 1 de enero de 2008, la residencia de las víctimas y los testigos de la trata de seres humanos durante el período de reflexión y el procedimiento judicial se rige por la ley (apartado 1 e del artículo 30 y artículo 35, ordenanza relativa a la admisión, residencia y ejercicio de una actividad remunerada; RS 142.201). La Ley de extranjería también prevé la posibilidad de asistencia para el retorno y la reintegración (artículo 60).

–La revisión completa de la Ley de Ayuda a las Víctimas, que entró en vigor el 1 de enero de 2009, impone sobre los cantones el requisito de tener en cuenta, al proponer ofertas de asistencia, las necesidades específicas de las distintas categorías de víctimas, en particular de las víctimas de la trata de personas. Esta medida fomenta la prestación de una asistencia especializada a las víctimas.

En la esfera de los procedimientos penales

–La colaboración entre las autoridades responsables del procesamiento y los organismos responsables de proteger a las víctimas ha mejorado en numerosos aspectos. A finales de 2007, nueve cantones habían organizado mesas redondas y establecido otros mecanismos de cooperación institucional que permiten a la policía, las autoridades judiciales y las autoridades responsables de la migración, así como a los centros públicos y privados de consulta para las víctimas, cooperar en la lucha contra la trata de seres humanos.

–Como resultado de esta mayor colaboración, la lucha contra la trata de seres humanos y los delitos conexos se realiza ahora con mayor eficacia que en el pasado. En 2005 y 2006, el promedio de personas condenadas por estos delitos prácticamente se ha triplicado en comparación con las cifras de los primeros años de esta década.

–En las instituciones afectadas se están desarrollando procedimientos de especialización y aplicación. Desde abril de 2007, el Instituto Suizo de Policía ha organizado cursos sobre la trata de seres humanos dirigidos a funcionarios de policía, de los cuerpos de guardia de fronteras y de las autoridades responsables de asuntos de inmigración. En el plano policial, en 2007 se creó un grupo de trabajo intercantonal. Todos los cantones están representados, con dos representantes de cada área del concordato. Los cantones que no forman parte de un concordato también envían delegados, al igual que la Oficina de la Policía Federal, que está representada por el Comisionado para la trata de personas y de migrantes y por el Servicio de Coordinación contra la Trata de Personas y de Migrantes. La finalidad del grupo de trabajo es intercambiar información operativa y mejorar las medidas para luchar contra la trata de personas.

En la esfera de la protección de las víctimas

–En los últimos años, numerosas víctimas de la trata de personas que viven ilegalmente en Suiza se han beneficiado de protección en la forma de un derecho a permanecer que se concede para el período de reflexión o las acciones judiciales. En 2005 y 2006, había casi un centenar de este tipo de casos que se beneficiaron de tales medidas, principalmente en los cantones donde existen mecanismos de cooperación. La posibilidad de permanecer en el país durante un período limitado permite establecer un apoyo social y jurídico y preparar un retorno asistido al país de origen. En una serie de casos contados se ha concedido el derecho a una residencia permanente en Suiza.

–En los cantones, actualmente un número cada vez mayor de víctimas de la trata de seres humanos reciben asistencia especializada de FIZ Makasi, el único centro de consulta de Suiza que está especializado en apoyar a las mujeres víctimas de la trata de personas. En 2006, FIZ Makasi prestó apoyo a 133 víctimas de la trata de seres humanos. Esta cifra es cinco veces superior a la de 2002.

En la esfera de la prevención

–Cada año, la Confederación invierte entre dos y tres millones de francos en la prevención y protección de víctimas en sus países de origen. La lucha contra la trata de seres humanos es una prioridad en las medidas internacionales de Suiza dentro de las organizaciones internacionales y en la esfera de la cooperación para el desarrollo.

–En Suiza, la campaña “Euro 08 contra la trata de mujeres” lanzada por la asociación del mismo nombre antes y durante el campeonato europeo de fútbol 2008 tenía por objeto causar impacto en el público en general y mejorar la prevención. La Confederación apoyó el proyecto con una donación inicial de 100.000 francos. Varios cantones también prestaron apoyo financiero a la campaña.

Suiza está mejor preparada ahora para afrontar los problemas que plantea la trata de seres humanos que hace cinco años. El Servicio de Coordinación contra la trata de seres humanos y la trata de migrantes (SCOTT) es responsable de armonizar las medidas en esta área. SCOTT está compuesto por los órganos de la Confederación y cantonales responsables de combatir este fenómeno y los representantes de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas. Tiene una dirección permanente en la Oficina de la Policía Federal.

Pregunta 14 :

Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir la pornografía infantil, particularmente teniendo en cuenta la especial vulnerabilidad de las niñas, y sobre los casos de ciudadanos suizos que están siendo procesados, dentro o fuera del Estado parte, por delitos sexuales cometidos en el extranjero, especialmente contra niños.

Respuesta:

La siguiente sección se centra inicialmente en las medidas legislativas. A continuación se presenta una selección de nuevas e importantes medidas políticas y actuales y un resumen de las propuestas parlamentarias sobre el tema de la pornografía infantil en el sentido más amplio.

Medidas jurídicas:

–En la Ley federal de 5 de octubre de 2001 (AS 2002 408; BBl 2000 2943) se añadió el apartado 3bis del artículo 197 del Código Penal suizo, en el que se estipula que la adquisición, obtención o posesión de materiales o las exhibiciones en el sentido del párrafo 1 del artículo 197 (documentos escritos pornográficos, grabaciones de sonido o de vídeo o fotografías, ilustraciones, u otros materiales de esta naturaleza o exhibiciones pornográficas y su difusión por radio o televisión) que contengan actos sexuales con niños o animales o actos sexuales violentos son castigados con penas de prisión de hasta un año o con multas.

–El 19 de septiembre de 2006, Suiza ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de 25 de mayo de 2000 (SR 0.107.2). El Protocolo Facultativo entró en vigor en Suiza el 19 de octubre de 2006.

–El nuevo artículo 182 del Código Penal suizo contiene, además de la extensión del alcance, unas penas más largas para los casos de trata de niños y de trata con fines comerciales. Asimismo, se ha ampliado la normativa penal para incluir a los denominados delincuentes de una sola vez; también engloba la etapa de reclutamiento inicial como un delito penal cometido.

–El alcance de la aplicabilidad del Código Penal suizo se amplió mediante el párrafo 1 a del artículo 5 del Código Penal (delitos contra menores en el extranjero) de modo que los delitos cometidos en el extranjero – específicamente el abuso sexual de niños – puedan ser procesados en Suiza en mayor medida que con anterioridad. Otras medidas incluyen las revisiones parciales del Código Penal suizo que amplían el período de caducidad de la responsabilidad por los delitos penales contra menores y en relación con la naturaleza delictiva de la adquisición y posesión de representaciones de violencia y pornografía “dura”, así como la revisión de la Ley de apoyo a las víctimas (SR/RS 312.5) que permite mejoras relacionadas específicamente con los niños en la esfera de los procedimientos penales. También se están realizando esfuerzos parlamentarios para penalizar el uso de representaciones de pornografía infantil. La ley promulgada en el marco del Convenio de La Haya de 2001 en materia de adopciones implica numerosas mejoras en la esfera de las adopciones internacionales.

–Según la Ley de apoyo a las víctimas (SR 312.5), en vigor desde el 1 de enero de 2009, los niños que hayan sido víctimas de determinados delitos graves (por ejemplo, los artículos 187, 188 y 189 del Código Penal) ahora pueden presentar una reclamación hasta la edad de 25 años. Las normas relativas al interrogatorio de niños se mantienen sin cambios.

Otras medidas:

–El Consejo Federal ha aprobado un documento de estrategia en agosto de 2008 que demanda “Una política suiza sobre la juventud y la infancia”. Esta estrategia propone varias medidas en la esfera de la protección de los niños, los derechos de los niños y una política sobre la juventud y la infancia. El Consejo Federal desea crear una base jurídica clara que permita a la Confederación desarrollar actividades en las esferas de la intervención y la concienciación acerca de los derechos del niño, así como de la prevención del maltrato y la violencia contra los niños. Nota: cada cantón cuenta con una autoridad predominante en la esfera de la protección del niño. Con respecto a la promoción de la juventud, el Consejo Federal propone una revisión completa de la legislación federal sobre la promoción de actividades para los jóvenes, en particular mediante su ampliación para que funcione en un entorno abierto.

–Se puede observar una mejora en la coordinación y el apoyo de los procedimientos de investigación interestatales e internacionales, así como en las operaciones policiales contra la trata y el contrabando de seres humanos y la lucha contra la pornografía infantil. Se realizaron mejoras en el procesamiento de archivos, la coordinación cantonal, los procedimientos operativos, las tareas informativas y de relaciones públicas cuando la Policía Criminal Federal estableció y desarrolló, a finales de 2003 y mediados de 2007, unos servicios de coordinación profesionales e independientes en las esferas de la trata y el contrabando de seres humanos y la pedofilia y pornografía. Ambas unidades representan a Suiza en los grupos de trabajo de carácter nacional e internacional de INTERPOL y Europol.

–El Servicio de Coordinación contra la Pedofilia y la Pornografía (Policía Criminal Federal) participa actualmente en el desarrollo de un procedimiento para denunciar casos de abuso de menores en el extranjero. Desde el 9 de septiembre de 2008 se puede denunciar cualquier sospecha relativa al turismo sexual con participación de menores, rellenando un formulario de denuncia a través de Internet para que las autoridades competentes puedan comenzar a investigar (www.stop-childsextourism.ch). Este procedimiento es único en el mundo y ha sido desarrollado conjuntamente con ECPAT Switzerland (Fundación suiza para la protección del niño). Hasta ahora se han denunciado media docena de casos, que han sido tramitados por el Servicio de Coordinación contra la Pornografía.

–El 1 de enero de 2003, la Conferencia de directoras y directores de departamentos cantonales de justicia y policía y el Departamento Federal de Justicia y Policía establecieron el Servicio de Coordinación nacional para el Control del Delito Cibernético (KOBIK). KOBIK ha asumido tareas informativas y de coordinación en la esfera del delito cibernético y, entre otras cosas, ha sido instruido para realizar una importante contribución al procesamiento penal del abuso sexual y las representaciones de pornografía infantil a través de una activa investigación y vigilancia de Internet.

–Para que la prevención sea eficaz, lo primero y más importante de todo es que los padres sean conscientes del problema del abuso sexual y la explotación sexual. Merece la pena mencionar en este contexto los cursos de formación para padres, como la Fédération Suisse pour la Formation des Parents/Der Schweizerische Bund für Elternbildung (Federación Suiza para la Educación de los Padres). Además, ayudar y apoyar a los padres en sus obligaciones también constituye un medio excelente de prevención y permite evitar que abandonen a sus hijos, utilicen la violencia contra ellos o abusen de ellos. El asesoramiento de parejas, la planificación familiar, la educación sexual y los centros de consulta para madres e hijos, así como los lugares de reunión (en casos de conflicto en el ejercicio del derecho de contacto parental) también juegan un papel vital en este sentido.

–Las asociaciones deportivas procuran transmitir una señal clara de condena de las agresiones sexuales en la esfera deportiva. Swiss Olympic y la Oficina Federal de Deportes enfocan el tema proporcionando información y apoyo práctico a los jóvenes, entrenadores, personas responsables de las asociaciones, y también a los padres.

–La plataforma de Internet de Swiss Olympic “fairplay” (juego limpio), incluye información, directrices y consejos prácticos, así como una lista de servicios de asesoramiento por toda Suiza.

–La información sobre el maltrato y la explotación sexual de los niños, sobre los derechos de los niños y las formas en que los niños pueden protegerse se ha incorporado a las acciones educativas y los programas escolares. Por tanto, las asociaciones de protección de la infancia y los grupos de salud colaboran con las escuelas para debatir el problema del maltrato y las formas de superarlo. Las escuelas también disponen de personal de guardia a su disposición para casos de maltrato o, en un plano más general, personal médico (en particular enfermeras de escuela) que pueden ayudar a los niños que han sido maltratados. Se han emprendido medidas preventivas en una serie de cantones que incluyen: distribución de folletos prácticos, reuniones informativas, boletines y formación para el profesorado, los monitores de jóvenes y quienes se dedican al cuidado de niños. Se han introducido medidas similares en forma de juegos, películas y/o exposiciones ambulantes que visitan las escuelas. Por ejemplo, la exposición interactiva “Mon corps est à moi! ” (¡Mi cuerpo me pertenece!) de la Swiss Child Welfare Association (Asociación para el bienestar de la infancia) actualmente recorre Suiza, permitiendo que los alumnos de la escuela primaria de 2 a 4 años amplíen sus conocimientos y estrategia de autodefensa (véanse también las preguntas 2 y 4).

– “Kinderschutz 2020”, programa nacional de protección del niño de Suiza: en 2007, a la Asociación suiza para la Protección del Niño (ASPE/Kinderschutz Schweiz) se le ha asignado la tarea de elaborar un concepto nacional para la protección del niño. El objetivo de este concepto es una mayor cooperación entre las diferentes entidades privadas y públicas en la esfera de la protección del niño en Suiza.

Propuestas parlamentarias actuales:

Varias propuestas parlamentarias actuales tratan del tema de la pornografía infantil (por ejemplo, la moción de Doris Fiala [08.3609] de 2 de octubre de 2008 “Increase of penalties in cases of child pornography” (Aumento de las sanciones en los casos de pornografía infantil); la moción de Rolf Schweiger [06.3884] de 20 de diciembre de 2006 “No commercial pornography on mobile phones” (Exclusión de la pornografía comercial en los teléfonos móviles) y la iniciativa del cantón Basilea-Campo [06.301s] de 30 de enero de 2006 “Punishability of the consumption and the distribution of child pornography and other prohibited pornography (Punibilidad del consumo y la distribución de pornografía infantil y pornografía de otra índole prohibida). Aumento de la sanción jurídica [apartado 3bis del artículo 197 del Código Penal]”).

En Suiza, el tema del abuso de menores no sólo se debate en el epígrafe de la pornografía infantil. La lista de propuestas que tratan más ampliamente el problema de la prevención del abuso sexual es larga: por ejemplo, la ampliación de la prohibición profesional de conformidad con el artículo 67 del Código Penal (moción Sommaruga 08.3373; iniciativa parlamentaria de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Consejo Nacional 08.448) o el tratamiento obligatorio de los delincuentes sexuales con posterioridad a su encarcelamiento (iniciativa parlamentaria de la fracción del Partido Popular Suizo 06.481). Cabe señalar que la pornografía infantil es un segmento parcial de un “delito cibernético”. En el Parlamento hay una serie de propuestas pendientes relacionadas de una forma u otra con el tema del “delito cibernético”. El 27 de febrero de 2008, el Consejo Federal dio a conocer su postura sobre estas propuestas y, al mismo tiempo, estableció una estrategia para luchar contra los delitos cibernéticos en los próximos años.

Pregunta 15 :

Sírvase indicar qué programas de rehabilitación y reintegración existen en Suiza para las mujeres y niñas víctimas de la trata de personas, en particular para las que desean abandonar la prostitución. Sírvase proporcionar detalles sobre los recursos destinados a rehabilitarlas y reintegrarlas en la sociedad, en particular mediante la formación profesional, la asistencia jurídica y la atención sanitaria confidencial.

Respuesta:

Las víctimas de la trata de seres humanos tienen derecho a los servicios de asistencia a las víctimas. Reciben asesoramiento y son alojadas en refugios para mujeres. También hay servicios de asesoramiento especializados (véase “FIZ Makasi” en la pregunta 13). También pueden solicitar tratamiento médico confidencial.

Actualmente se están debatiendo en profundidad varias ideas y proyectos relacionados con estas cuestiones a distintos niveles. Por ejemplo un proyecto piloto de la oficina suiza de la Organización Internacional de Migraciones (OIM), que cuenta con un programa de asistencia para el retorno denominado “Rückkehrhilfe AuG”:

Durante diez años, la Oficina Federal para las Migraciones ha ejecutado un programa de asistencia para el retorno y la reintegración para el regreso voluntario de personas en situación de asilo. La nueva Ley federal de extranjería prevé por primera vez una asistencia para el retorno de determinados grupos de personas dentro de la categoría de extranjeros. En la actualidad, la Oficina Federal para las Migraciones está llevando a cabo un proyecto piloto para personas que ahora pueden recibir una asistencia para el retorno de conformidad con el párrafo 2b del artículo 60 de la Ley de extranjería. El programa está dirigido principalmente a las víctimas y testigos de la trata de seres humanos y las bailarinas de cabaré que son objeto de explotación en Suiza. La fase piloto está en marcha desde el 1 de abril de 2008 hasta el 31 de marzo de 2010. El objetivo de los proyectos piloto es apoyar a las personas que tienen derecho a un retorno voluntario y a la reintegración al Estado de origen (o a otro Estado). Véase http://www.ch.iom.int/fileadmin/media/pdf/programme/counter_trafficking/allg_infos/ Flyer_Pilotprojekt_AuG-d_1_.pdf).

6.Participación en la vida política y pública y en la adopción de decisiones

Pregunta 16 :

Los datos proporcionados en el anexo del informe sobre la presencia de mujeres en el cuerpo diplomático revelan que la participación de las mujeres sigue siendo muy baja. Sírvase indicar los resultados de las medidas adoptadas para aumentar la presencia de mujeres en el servicio diplomático que se describen en los párrafos 202 del informe del Estado parte.

Respuesta:

Además de las observaciones de los párrafos 202 y siguientes del informe y las medidas descritas para aumentar la proporción de mujeres, los siguientes resultados actualizados (a diciembre de 2008) confirman la tendencia descrita en el informe:

Medidas:

–más información orientada a las mujeres del grupo destinatario con el objetivo de aumentar la proporción de mujeres en el proceso de contratación;

–objetivo (informal) del 50% de mujeres en la contratación de diplomáticos;

–el funcionario encargado de las cuestiones relativas a la igualdad entre los géneros es un miembro del comité de selección de diplomáticos.

Resultados:

–Desde 2003, la proporción de mujeres contratadas en el servicio diplomático ha sido del 50% (2008: 50%). La proporción global de mujeres en el servicio diplomático ha aumentado de manera lenta pero constante desde 2004 (2004: 18,8% de mujeres; 2007: 21,7% de mujeres; 2008: 23,4% de mujeres).

–En el servicio consular la proporción de mujeres también está aumentando constantemente: 2004: 41,4% de mujeres, 2007 43,7% de mujeres, 2008: 45,3% de mujeres). La admisión durante 2008-2009 alcanzó el 55% (actualmente en el sistema como pasantes). Esta tendencia debería aumentar, ya que el 57% de las solicitudes para el proceso de selección de 2009 procede de mujeres.

Dado el sistema de carrera del servicio diplomático y las oportunidades de promoción formalizadas, según se describe en el informe del Estado parte, es difícil aumentar la proporción de mujeres a este nivel en un corto período de tiempo. Llevará algún tiempo que las mujeres diplomáticas contratadas en los últimos años se hagan visibles, o bien será necesario un sistema de carrera más flexible. Esta última posibilidad se está debatiendo actualmente como parte de la formulación de la nueva estrategia para alcanzar la igualdad entre los géneros del Departamento Federal de Asuntos Exteriores.

Conviene hacer mención aquí de la serie de medidas que se han tomado actualmente para atenuar este problema. Para mantener a jóvenes diplomáticas en nómina se debaten continuamente las cuestiones relativas a la compatibilidad de la vida profesional y familiar, por ejemplo en el marco de la conferencia de embajadores de 2006 y 2007. En este contexto se están formulando recomendaciones y se ha creado un grupo de trabajo formal para aplicarlas. También conviene mencionar un proyecto actual para apoyar la actividad profesional de los acompañantes.

Pregunta 17 :

Sírvase proporcionar estadísticas sobre la representación de la mujer en la judicatura en los planos federal y cantonal.

Respuesta:

El desglose siguiente hace una distinción entre los jueces de los tribunales cantonales y los jueces del Tribunal Supremo Federal suizo.

Jueces y fiscales por regiones y cantones principales (2000)

Para obtener una visión general del número de magistradas y mujeres fiscales por regiones y cantones principales, véase el último resumen disponible de la Oficina Federal de Estadística. Las cifras se han tomado del censo federal de población de 2000 y proporcionan una buena indicación de la situación actual.

Jueces y fiscales por regiones y cantones principales, 2000

Total

Hombres

Mujeres

Proporción de mujeres en porcentaje

Suiza

2 171

1 503

668

30,8

Región del lago de Ginebra

446

310

136

30,5

Cantón de Vaud

248

166

82

33,1

Cantón de Valais

40

34

6

15,0

Cantón de Ginebra

158

110

48

30,4

Mittelland

392

295

97

24,7

Cantón de Berna

215

165

50

23,3

Cantón de Friburgo

68

49

19

27,9

Cantón de Soleura

47

35

12

25,5

Cantón de Neuchâtel

45

34

11

24,4

Cantón de Jura

17

12

5

29,4

Suiza Noroccidental

225

139

86

38,2

Cantón de Basilea-Ciudad

57

34

23

40,4

Cantón de Basilea (campo)

62

38

24

38,7

Cantón de Argovia

106

67

39

36,8

Zurich

598

399

199

33,3

Suiza Oriental

275

185

90

32,7

Cantón de Glaris

9

6

3

33,3

Cantón de Schaffhausen

27

20

7

25,9

Cantón de Appenzell- Rhodas Exteriores

8

6

2

25,0

Cantón de Appenzell-Rhodas Interiores

Cantón de St. Gallen

137

80

57

41,6

Cantón de Graubünden

40

36

4

10,0

Cantón de Turgovia

54

37

17

31,5

Suiza Central

183

133

50

27,3

Cantón de Lucerna

95

69

26

27,4

Cantón de Uri

8

5

3

37,5

Cantón de Schwyz

29

22

7

24,1

Cantón de Obwalden

8

7

1

12,5

Cantón de Nidwalden

7

6

1

14,3

Cantón de Zug

36

24

12

33,3

Tesino

52

42

10

19,2

Fuente: Censo federal de población de 2000.

Información: Centro de información, Sección de Demografía y Migraciones, 032 713 67 11, info.dem@bfs.admin.ch.

Representación de mujeres en el Tribunal Supremo Federal suizo

En el Tribunal Supremo Federal se han producido los siguientes avances desde 2001:

Año

Jueces

Secretarios del tribunal

Personal administrativo

2001

5 (16,7%)

31 (33,3%)

93 (71,5%)

2002

6 (20,0%)

33 (35,9%)

104 (68,4%)

2003

6 (20,0%)

30 (33,0%)

104 (66,7%)

2004

7 (23,3%)

26 (28,9%)

93 (66,4%)

2005

7 (23,3%)

25 (27,8%)

97 (64,7%)

2006

7 (23,3%)

30 (31,9%)

95 (62,9%)

2007 a

9 (23,7%)

46 (33,8%)

128 (65,3%)

2008

9 (23,7%)

49 (35,8%)

130 (65,3%)

31.01.2009

10 (26,3%)

50 (37,3%)

128 (65,6%)

a1º de enero de 2007; fusión entre el Tribunal Supremo Federal suizo y el Tribunal Federal de Seguros.

Pregunta 18 :

  Sírvase indicar los resultados de las medidas temporales mencionadas en el párrafo 137 del informe del Estado parte (cuotas). Sírvase proporcionar información sobre la Confederación y sobre cada cantón.

Respuesta:

La siguiente información actualizada se ha recibido de una serie de cantones sobre la promoción de la igualdad entre los géneros en los cantones y los últimos avances 2001-2008:

Argovia

El porcentaje de mujeres en la administración central en 2005 era del 40,0% y en 2008 del 42,1%. Esto representa un incremento del 2,1%.

La proporción de mujeres en puestos de categoría superior (categorías salariales 17-23) era en 2005 del 16,7% y en 2008 del 19% (+2,3%). La proporción de mujeres en puestos directivos disminuyó del 15,4% en 2005 al 10,9% en 2008 (-2,7%). Los puestos de jornada parcial ocupados por mujeres representaban el 75% en 2005 y el 73,5% en 2008.

Se desconoce el número de días por cuidado de hijos al mes para el año 2005. La cifra para 2008 era de 97. El cantón de Argovia ha redactado un catálogo de medidas para aplicar la igualdad entre los géneros.

Berna (cantón y ciudad)

La proporción de mujeres en todos los niveles jerárquicos (sin incluir la dirección de educación) en la administración cantonal era del 38,5% en 2001 y aumentó al 42,8% en 2007.

También se ha producido un aumento en la proporción de mujeres en los niveles directivos superiores: del 17% en 2001 al 19,3% en 2007.

La proporción de empleados a jornada parcial (sin incluir la dirección de educación, todos los niveles) aumentó del 54,2% (2001) al 57,6% (2007) para las mujeres. En el mismo período, la cifra de hombres aumentó del 12,2% al 15,5%.

La proporción de mujeres en la administración comunal de la ciudad de Berna era del 30,8% en 2000 y ha aumentado constantemente hasta el 38,7% en 2007.

En 2002 la proporción de mujeres en puestos directivos era del 16,8%. Esta cifra sólo aumentó ligeramente al 18,1% en 2007.

En 2000, el 7,1% de todos los hombres empleados y el 60,8% de todas las mujeres trabajaban a jornada parcial. Las cifras correspondientes a 2007 eran del 11,7% para todos los hombres empleados y del 61,8% para todas las mujeres empleadas.

En el caso de las mujeres, el porcentaje medio se fijó en torno al 60%, mientras que entre los hombres aumentó del 7,1% al 11,7%.

En cuanto a las diferencias salariales, sólo se conocen las cifras procedentes del análisis de 2006 sobre la administración de la ciudad. “En conjunto, las mujeres de la administración de la ciudad de Berna ganan en promedio un 8,6% menos que los hombres. El importe de la desigualdad salarial o la discriminación salarial inexplicable, basada en los géneros, asciende a –2,8 en detrimento de las mujeres.

Ciudad de Basilea

Las proporción de mujeres empleadas ha aumentado algo más (2004: 53,97%; 2007: 54,74%).

La proporción de mujeres en cargos de responsabilidad ha aumentado ligeramente. El total provisional, sin incluir los hospitales, era del 23,28% en 2004 y del 23,62% (+0,33%) en 2007.

El total de empleados a jornada parcial aumentó en un 5%. Mujeres empleadas a jornada parcial en 2004: 71,91%, 2007: 74,11% (+2,2%).

Hombres empleados a jornada parcial en 2004: 26,89%, 2007: 29,91% (+3,02%).

La diferencia salarial media entre hombres y mujeres se ha reducido en un 1,5%: 2004: -10,54%, 2007: -8,98%.

En el marco de la institucionalización y mejora de la igualdad entre los géneros, los objetivos actuales del gobierno cantonal fueron confirmados de nuevo mediante la resolución gubernamental de 1 de julio de 2008.

Friburgo

El cantón de Friburgo está realizando un estudio sobre la igualdad salarial y la distribución de hombres y mujeres en la administración. Actualmente se está realizando una valoración del análisis “Logib” pero los resultados no están aún disponibles para su publicación.

Lucerna

Las cifras siguientes se refieren – a menos que se indique lo contrario – al año 2007 en la administración cantonal de Lucerna:

De estas, el 40,6% son mujeres y el 59,4% son hombres.

La distribución entre los sexos en los puestos directivos de categoría superior es del 4% para las mujeres y del 6% para los hombres. En los puestos directivos de nivel medio e inferior el 7% son mujeres y el 24% son hombres. La proporción de mujeres sin funciones especiales es del 89% (la cifra correspondiente para los hombres es del 69%).

La distribución según los porcentajes trabajados es la siguiente:

El 41% de mujeres trabaja un 90-100% (82% de hombres).

El 41% de mujeres trabaja un 50-89% (sólo 14% de los hombres).

El 19% de mujeres trabaja un 0-49% (4% de hombres).

Los salarios medios han evolucionado del modo siguiente de 2007 a 2008:

Mujeres 2,31%, hombres 1,84%

Las cifras salariales de las mujeres están muy por debajo de las de los hombres, aproximadamente 20.000 francos e inferiores. La mayoría de las mujeres están en las categorías salariales hasta el 8, mientras que los hombres están en las categorías salariales del 10 para arriba.

St. Gallen

En el pasado prácticamente sólo las mujeres en puestos de plantilla o de jefas de sección trabajaban menos del 100%. En la actualidad algunos hombres también reducen sus porcentajes para cuidar de sus hijos recién nacidos.

La cifra de mujeres en puestos directivos ha aumentado algunos puntos porcentuales en los últimos años y actualmente alcanza el 29%. (Estas cifras también incluyen a las profesoras de enseñanza secundaria).

El número de plazas en guarderías ha aumentado considerablemente pero sigue siendo insuficiente y se está ampliando.

Vaud

En 2008, el porcentaje medio de actividad para las mujeres en la administración cantonal de Vaud era del 74,6%, mientras que para los hombres era del 94,2%. A menos que se indique lo contrario, el profesorado, el personal en formación, el personal de los hospitales, y los pastores y sacerdotes no están incluidos en estas estadísticas.

Las cifras siguientes muestran que la proporción de mujeres en puestos directivos aumenta constantemente.

Las categorías salariales 24-32 ocupadas por mujeres ascendían al 26,0% y al 34,1% en 2008.

Si bien el número de mujeres en puestos directivos aumenta de manera constante, la situación varía considerablemente según el nivel y el departamento.

El porcentaje medio de actividad de las mujeres en 2005 era del 78,3% y en 2008 del 74,6%. Para los hombres era del 94,2% en 2005 y del 95,1% en 2008.

Gracias a los esfuerzos de promoción, unos diez servicios aplican actualmente el calendario anual o el cómputo anualizado de las horas de trabajo. Otros servicios se encuentran en fase de aplicación o reflexión.

Zurich (cantón y ciudad)

El consejo de gobierno del cantón ha incluido una mejor compatibilidad entre la vida profesional y familiar como objetivo legislativo para los años 2007 a 2011 (objetivo legislativo 12).

En 2001, el 51% de todos los empleados trabajaban a jornada parcial y el 49% lo hacían a jornada completa.

En 2007, la proporción de empleados a jornada parcial aumentó un 3% hasta el 54%. En 2007, el 22% de las mujeres y el 25% de los hombres fueron ascendidos en el tercio inferior de las categorías salariales inferiores. En el tercio medio las cifras correspondientes fueron del 31% de hombres y el 30% de mujeres y en el tercio superior del 32% de hombres y el 31% de mujeres. Estas cifras muestran una mejora en comparación con los años 2000 a 2004. En estos cuatros años, el número de hombres ascendidos fue significativamente mayor que el de las mujeres en todas las categorías salariales: 114% de hombres frente al 81% de mujeres.

En 2007, el Consejo Municipal de Zurich decidió adherirse a la Carta Europea para la igualdad de mujeres y hombres en la vida local.

La proporción de mujeres en empleos municipales (sin incluir profesores y personal en formación) ha aumentado del 49,5% al 51% entre 2002 y 2007.

El objetivo establecido por el consejo municipal en 1994 de al menos un 30% de cada sexo en los comités municipales apenas se habrá alcanzado en las propuestas electorales para la legislatura de 2006-2010 (33% de mujeres, 67% de hombres).

El consejo municipal está decidido a avanzar hacia la igualdad salarial entre hombres y mujeres mediante la introducción del sistema salarial City Wage System SLS el 1 de julio de 2007 y la aceleración de las medidas de apoyo.

Pregunta 19 :

Sírvase indicar si el Estado parte ha adoptado alguna medida para aumentar la participación de la mujer en los partidos políticos, ya que en el anexo del informe del Estado parte se indica que hay una participación muy baja en algunos partidos políticos.

Respuesta:

En el plano federal no se han tomado medidas oficiales, excepto las relativas a la concienciación e información durante el período previo a las elecciones. Antes de las elecciones al Consejo Nacional en 2003, la Cancillería Federal publicó un conjunto de instrucciones generales de cara a las elecciones que hacían referencia a la baja representación femenina en el Parlamento y la importancia de una adecuada representación política de las mujeres. En el folleto electoral de 2007, la Canciller Federal también afirmó que acogería con satisfacción la elección de un mayor número de mujeres.

En las elecciones cantonales al poder ejecutivo y legislativo, las oficinas pro igualdad llevaron a cabo campañas de información y sensibilización (Zurich 2007, http://www.gleichstellung.zh.ch/internet/ji/ffg/de/schwerpunkte/politik.html, así como el encargo de estudios sobre la baja representación de las mujeres (véase Graubünden, META, www.stagl.gr.ch/). Además se ha alentado a las mujeres a asumir responsabilidades políticas (véase Fit fürs Rathaus (Aptas para el Consejo), Wahltraining für Frauen (Formación electoral para mujeres, cantón de Berna).

7.Empleo y pobreza

Pregunta 20 :

Según el informe del Estado parte (párr. 387), la categoría de mujeres que crían solas a sus hijos sigue siendo la que presenta mayor índice de pobreza. Sírvase indicar los resultados de las medidas adoptadas para combatir este problema y proporcionar información actualizada sobre la iniciativa de introducir un sistema de prestaciones para las familias con bajos ingresos, que se describe en el párrafo 390 del informe del Estado parte.

Respuesta:

Uno de los principales objetivos de la política familiar suiza es incluir un apoyo a las familias con bajos ingresos y mejorar la compatibilidad entre el trabajo y la vida de familia, para que las personas puedan ganarse la vida y eludir la trampa de la pobreza.

Los últimos avances en este contexto se describen a continuación.

A 31 de enero de 2009, gracias a un programa de ocho años para promover el desarrollo de guarderías infantiles lanzado en 2003, se habían creado más de 21.500 nuevas guarderías. En un período de seis años se han creado 11.195 servicios diurnos de acogida colectiva (jardines de infancia, casas-cuna) y 10.307 servicios de acogida paraescolar. En el mismo período se prestó apoyo a 85 estructuras para la coordinación de guarderías diurnas, bien para formar a familias diurnas y coordinadores, o para proyectos de mejora de la coordinación o la calidad de los servicios de guardería. Incluidas las solicitudes actualmente en proceso, se habrán creado unos 24.000 centros, equivalente a un aumento de casi el 50% en centros de cuidado de los niños desde el comienzo del programa.

A partir del 1 de octubre de 2007, es posible proporcionar apoyo a proyectos piloto para la introducción de bonos para la atención de los niños en estructuras diurnas. En abril de 2009 la ciudad de Lucerna introducirá un sistema por el que se entregarán bonos para la atención de los niños en estructuras colectivas, en el marco de uno de los primeros proyectos piloto.

Un comité parlamentario ha presentado una moción solicitando la prórroga de este programa de estímulo. El gobierno federal ha recomendado que el Parlamento apruebe la moción. En la sesión de primavera está previsto un debate parlamentario sobre el asunto.

La propuesta para la creación de unos servicios adicionales para las familias atrapadas en la trampa de la pobreza, como se menciona en el párrafo 390 del tercer informe de Suiza, aún está siendo examinada por el Parlamento. Por lo demás, no se han producido nuevos avances desde la aprobación del informe.

En lo que respecta al apoyo para sufragar una parte del coste de criar a los hijos, la Ley Federal de Asignaciones Familiares, que entró en vigor el 1 de enero de 2009, establece nuevas asignaciones mínimas para Suiza en su conjunto: un mínimo de 200 francos al mes para niños de 0 a 16 años, y un mínimo de 250 francos al mes para niños de 16 a 25 que asisten a la escuela o a formación profesional. Los cantones son libres de aumentar estas asignaciones. La ley es aplicable a todos los asalariados y la asignación debe concederse en su totalidad con independencia de que el empleo sea a jornada completa o parcial [con anterioridad determinados cantones reducían las asignaciones para los trabajadores a jornada parcial]. La ley también estipula que las personas que no tienen un empleo remunerado y cuyos ingresos anuales no superen los 41.040 francos tienen derecho a las asignaciones familiares. En la actualidad la ley no es aplicable a los autónomos, pero los cantones pueden, no obstante, incluirlos [actualmente 13 cantones lo hacen] y una iniciativa parlamentaria que se está examinando actualmente propone ampliar la cobertura a esta categoría.

Con los problemas asociados al aumento de la pobreza, el Parlamento ha solicitado al Gobierno que desarrolle una estrategia nacional para luchar contra la pobreza para finales de 2009 con la participación de los principales actores afectados. Esta estrategia, que va dirigida a los tres niveles del Estado suizo (federal, cantonal y municipal) así como a todos los agentes sociales, está diseñada para luchar más eficazmente contra la pobreza con las medidas existentes así como mediante la introducción de nuevas medidas. La estrategia adopta la forma de un plan de acción de seis puntos. Uno de los puntos va dirigido específicamente a las familias de los trabajadores pobres y las familias monoparentales. El objetivo es establecer unas medidas financieras y estructurales que permitan a los progenitores solteros integrarse en el mundo del trabajo. La estrategia se presentará en una conferencia especial sobre la pobreza, donde se debatirá antes de su aplicación.

En el plano de la fiscalidad, el Gobierno está planeando una reforma que debería aportar una rápida mejora a la situación de las familias con hijos. A continuación se exponen las medidas propuestas: un aumento en las deducciones por hijo en el impuesto federal directo, y la introducción de una deducción por hijo al cuidado de terceros. Asimismo, la fiscalidad de las familias monoparentales y de los progenitores que están separados debe reflejar la capacidad para generar ingresos de los afectados.

Como estos avances son muy recientes o aún se encuentran en fase de proyecto, no es posible medir su efecto por ahora.

Pregunta 21 :

El informe indica (véanse párrs. 13 y 272) que por término medio, los salarios de las mujeres son claramente inferiores a los de los hombres, y que en 2006 la diferencia entre los salarios en el sector privado era del 19,1%. Sírvase proporcionar estadísticas sobre los resultados de las medidas adoptadas para reducir la disparidad de sueldos entre hombres y mujeres, tanto en el sector privado como en el sector público, y explique por qué sigue existiendo esta disparidad en el sector público. Sírvase indicar también qué medidas se han adoptado para aumentar el número de mujeres que ocupan puestos directivos en el sector privado.

Respuesta:

En un esfuerzo por aumentar el apoyo a los proyectos que promueven la igualdad entre los géneros en el sector privado, a partir del 1 de enero de 2009 la Confederación también prestará apoyo financiero a proyectos empresariales internos. El proyecto “diálogo sobre la igualdad de salarios” se puso en marcha para eliminar las prácticas salariales que discriminan a las mujeres en el sector privado. Las asociaciones de empresarios y trabajadores han unido sus fuerzas con las oficinas federales correspondientes —Oficina Federal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, Secretaría de Estado de Economía y Oficina Federal de Justicia— para apoyar los esfuerzos de las empresas y de todos los sectores económicos dirigidos a revisar las políticas salariales y tomar medidas para eliminar la discriminación según proceda. Está previsto que este proyecto, que se inició el 2 de marzo de 2009, dure cinco años, tras los cuales se realizará una evaluación. Se puede obtener información adicional en línea respecto del diálogo sobre la igualdad de salarios en: www.lohngleichheitsdialog.ch.

Con respecto a los avances en el sector público, además de la información proporcionada en el informe, que sigue siendo válida, para obtener información adicional véase Comparative analysis of wages for women and men on the basis of wage structure statistics from 1998 to 2006 [ “ Vergleichende Analyse der Löhne von Frauen und Männern anhand der Lohnstrukturerhebungen 1998 bis 2006 ” ] (Análisis comparativo de salarios para mujeres y hombres sobre la base de las estadísticas de estructura salarial de 1998 a 2006). Este análisis se basa en las investigaciones realizadas por la Universidad de Berna y el Centro de estudios de trabajo y política social BASS en 2008, como parte de una evaluación de la eficacia de la Ley de igualdad en materia de género (informe final por encargo de la Oficina Federal de Estadística y la Oficina Federal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, véase: www.bfs.admin.ch/Themen/03 Arbeit, Erwerb/Löhne, Erwerbseinkommen/Indikatoren/Lohnniveau nach Geschlecht/Vertiefte Analyse).

Según este estudio, las diferencias salariales en el sector público, así como en el sector privado, se deben hasta cierto punto a las diferencias en las estructuras de los lugares de trabajo. Aproximadamente el 80% de las diferencias salariales en el sector público federal es el resultado de factores objetivos como las características relacionadas con la persona o el lugar de trabajo, el área de actividad, la región y otros factores que determinan la remuneración. El restante 20% se debe a la discriminación. Por tanto, en el sector público federal, la diferencia que se deriva de la discriminación salarial representaba en torno al 3% en 2006 (en comparación con el 9% del sector privado). No se han realizado análisis en profundidad aún en el sector público de los cantones y las autoridades locales.

Sobre la base de este análisis del período 1998-2006, es necesario introducir las modificaciones o adiciones siguientes en el informe:

–Párr. 273: las estadísticas hasta 2006 indican que la discriminación representa en torno al 9%.

–Párr. 15: por primera vez se llevó a cabo en 2006 un estudio sobre el sector público de las autoridades locales. Aquí la diferencia (-9,4%) es ligeramente inferior que en el sector público federal. En el sector público cantonal por otro lado, la diferencia (-18,8%) está a la par con el sector privado.

El análisis está disponible en línea en: http://www.bfs.admin.ch/bfs/portal/de/index/themen/03/04/blank/key/lohnstruktur/nach_geschlecht.Document.112211.pdf

Como empleador, la Administración Federal asigna una gran importancia al principio de igual remuneración por igual trabajo, piedra angular de la política salarial de la Confederación. La estructura salarial de la administración federal ha sido por tanto diseñada para garantizar que no haya discriminación, directa o indirecta, como cuestión de principios. Hasta la fecha sin embargo no se ha realizado ningún estudio concreto sobre el tema de la discriminación salarial entre mujeres y hombres en la administración federal. Se ha alentado, sin embargo, a las distintas dependencias administrativas a comprobar la igualdad de remuneración entre los sexos con la ayuda del instrumento Logib. Desarrollado por encargo de la Oficina Federal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, este software está basado en un método para comprobar el grado de cumplimiento del principio de igualdad de remuneración entre mujeres y hombres en los mercados públicos de la Confederación. A principios de 2009, la prueba Logib ya se había efectuado en varios departamentos y oficinas federales (Asuntos Económicos: Transporte, Energía y Comunicaciones; Asuntos Exteriores; Interior). Para apoyar la gestión de las dependencias administrativas, la Oficina Federal de Personal, con el apoyo experto de la Oficina Federal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres ha preparado un manual del usuario de Logib. Este manual estará listo para su publicación en formato electrónico en marzo de 2009.

Pregunta 22 :

El informe señala que la tasa de desempleo es más elevada entre las mujeres que entre los hombres (véase párr. 271) y que hay un mayor porcentaje de mujeres empleadas a jornada parcial. Sírvase indicar qué medidas específicas se han adoptado para poner fin a este fenómeno y garantizar que las mujeres tengan acceso a trabajos a jornada completa y empleos permanentes.

Respuesta:

General

Como complemento a la información contenida en el informe y para comprender mejor las distintas maneras en que evoluciona el desempleo entre mujeres y hombres, es preciso distinguir entre el desempleo friccional, estructural y cíclico.

El desempleo friccional (una consecuencia del tiempo mínimo necesario para encontrar empleo después de un período de desempleo, o después de una pérdida de empleo imprevista) es más elevado entre las mujeres, quienes por motivos familiares tienden a abandonar el empleo con más frecuencia que los hombres e intentar volver a acceder al mercado de trabajo posteriormente.

En el plano del desempleo estructural (debido a discrepancias entre las capacidades disponibles y las que se demandan, o la falta de movilidad geográfica de los desempleados), el riesgo también parece ser mayor entre las mujeres que entre los hombres. Como media, las mujeres están peor cualificadas y, tras un período de desempleo por motivos familiares suelen tener dificultades para convencer a los posibles empleadores de sus capacidades; con frecuencia están ligadas a la región en la que trabaja su pareja.

En cuanto al desempleo cíclico, los hombres tienen más probabilidades de padecerlo en los períodos de ralentización económica debido a su fuerte presencia tradicional en el sector secundario (industria y construcción). El sector secundario es de hecho más susceptible ante una recesión económica que el sector servicios (véase la Oficina Federal de Estadística: Arbeitsmarktindikatoren 2008, Kommentierte Ergebnisse für die Periode 2002-2008, Neuchâtel Juli 2008, S.8, http://www.bfs.admin.ch/bfs/portal/de/index/news/publikationen.Document.111095.pdf).

Para reducir las diferencias en el desempleo así como en el subempleo entre hombres y mujeres, Suiza tiene que mejorar aún más la capacidad de conciliar el trabajo y la vida familiar. Las mujeres en edad de desempeñar una actividad profesional (de 15 a 63 años, y de 15 a 64 años para los hombres) consagran el doble de tiempo que los hombres al trabajo doméstico y familiar (por término medio, 32 horas a la semana frente a 18 horas de los hombres), véase párr. 278).

Conciliación del trabajo y la vida familiar

En Suiza, los esfuerzos para desarrollar medidas que faciliten la conciliación del trabajo y la vida familiar progresan lentamente. La aplicación de los objetivos nacionales en estas áreas encuentra una serie de obstáculos interrelacionados, de los cuales a continuación se indican los tres principales:

–Falta de coherencia entre las responsabilidades a nivel federal y cantonal

–Falta de información y prejuicios

–El problema de los recursos financieros.

Medidas en el plano federal

De los tres niveles gubernamentales, el federal es el que tiene poderes más limitados cuando se trata de hacer esfuerzos para conciliar el trabajo y la vida familiar. Actualmente el gobierno federal está concentrando sus esfuerzos en cuatro áreas principales:

Información, sensibilización y asesoramiento (párrs. 153 y siguientes y 312 y siguientes)

–Subsidios federales basados en la ley de igualdad

–Esfuerzos del Departamento Federal de Economía y más concretamente la Secretaría de Estado de Economía, para proporcionar información y aumentar la sensibilización

i)OCDE, “Bebés y empleadores” – Compaginación de las obligaciones laborales con las familiares

ii)Estudio “Wie viel bleibt einem Haushalt von einem zusätzlichen Erwerbseinkommen übrig? (sólo disponible en alemán) [Español: ¿Cuánto queda de un ingreso adicional para el hogar?]

iii)Estudio de Prognos, análisis de costos y beneficios de una política empresarial favorable a la familia

iv)Manual para pequeñas y medianas empresas “Trabajo y familia”; medidas destinadas a conciliar el trabajo y la vida familiar

v)En la esfera de la “conciliación del trabajo y la familia”, el Departamento Federal de Economía ha mostrado el camino como empleador desde 2007. En la primavera de 2009 está previsto el lanzamiento de la plataforma de Internet “conciliación del trabajo y la familia”. Actualizada periódicamente, esta plataforma proporcionará información sobre las medidas establecidas por los cantones y las autoridades locales. Al presentar las medidas existentes de una manera práctica, rápida y sinóptica, este instrumento tiene por objeto contribuir a la transferencia de ideas y experiencias. La plataforma se considera un servicio prestado por la Confederación a los cantones y municipalidades, así como a otras partes afectadas.

Cuidado de los niños fuera de la familia (véase párr. 36)

–Estructuras de cuidado de los niños: paquete federal de estímulo mediante una ayuda financiera

–Personal dedicado al cuidado de los niños: creación de nuevas oportunidades de formación

Licencia de maternidad: introducción a nivel federal (véanse párrs. 37 y 321 y siguientes)

Fiscalidad: preparación de una reforma de la fiscalidad federal directa (fiscalidad de parejas y familias, véase párr. 327 y siguientes)

Como empleador, la administración federal fomenta el horario de trabajo flexible y el trabajo a jornada parcial para facilitar la conciliación del trabajo y la vida privada, sin comprometer las necesidades del servicio. En 2008, el 49,7% de las mujeres trabajaban a jornada parcial en comparación con apenas el 9,4% de los hombres (definición: menos del 90% a jornada completa). Son principalmente las mujeres de las categorías salariales inferiores las que se dedican al trabajo a jornada parcial. Sin embargo, se ha producido un ligero aumento del trabajo a jornada parcial en todas las categorías salariales y para ambos sexos, con los mayores aumentos en los niveles salariales medios a altos. El empleo a jornada parcial es un modo eficaz para lograr que la administración federal resulte más atractiva y alcance una mayor fidelidad del personal, y se fomenta por este motivo. Queda, no obstante, a criterio de cada departamento y división determinar los puestos a jornada parcial específicos que ofrecerá. En particular, el Departamento Federal de Economía apoya la práctica del empleo a jornada parcial a través de la publicación de los puestos vacantes (80 al 100%).

También merece la pena mencionar la introducción de una licencia de paternidad de una semana para los miembros del personal federal que entró en vigor el 1 de enero de 2009. Asimismo, hay un proyecto en estudio para mejorar la asistencia financiera para el cuidado de los niños disponible para los miembros del personal federal. Este proyecto debe completarse en 2009.

Pregunta 23 :

Sírvase proporcionar información sobre la aplicación y los resultados de los proyectos destinados a integrar a las personas con discapacidad en la vida laboral.

Respuesta:

El principal objetivo de la quinta revisión de la Ley federal del seguro de invalidez de 19 de junio de 1959, que entró en vigor el 1 de enero de 2008, era ayudar a mantener a los asegurados en el mercado de trabajo normal. Entre las nuevas medidas que introdujo, merece la pena mencionar especialmente las siguientes:

–Se ha introducido un sistema de alerta para predecir la discapacidad de las personas con una incapacidad laboral de al menos 30 días sin interrupción o que por motivos de salud han estado ausentes del trabajo en repetidas ocasiones durante cortos períodos de tiempo en el transcurso de un año. La situación personal del asegurado se examinará para determinar si se requieren o no medidas de intervención temprana.

–Las medidas para intervenir en una etapa temprana sin investigación previa, como la adaptación de los requisitos del puesto de trabajo, cursos de formación, colocación, orientación profesional y rehabilitación social y profesional deben ayudar a las personas discapacitadas en el lugar de trabajo o permitir su rehabilitación para un nuevo puesto, en la misma empresa o en otro lugar. Si tales medidas no pueden lograr estos objetivos y existe el riesgo de una incapacidad laboral duradera, se realizarán esfuerzos para examinar la cuestión de si se cumplen o no las condiciones para conceder unas medidas de rehabilitación ordinarias según la ley.

–El sistema de alerta e intervención temprana está diseñado en particular para las personas que padecen trastornos psicológicos. Como proporcionalmente son más las mujeres que sufren este tipo de discapacidad, las mujeres serán las primeras en beneficiarse de este sistema.

–Durante 2008 se notificaron en total 10.800 casos a las autoridades responsables del seguro de invalidez en el contexto de alerta temprana, en la mayoría de los casos por los empleadores o bien por las propias personas.

–Se han introducido nuevas medidas de reintegración que preparan el camino para la rehabilitación profesional y se han ampliado las medidas existentes. En el caso de las medidas aplicables a las empresas, han sido aprobadas y aplicadas en estrecha colaboración con el empleador; las autoridades responsables del seguro de invalidez pueden abonar al empleador un subsidio de iniciación en el puesto de trabajo en los casos en los que el empleado permanece en la empresa en el contexto de estas medidas.

Además de las medidas antes mencionadas en el marco del seguro de invalidez, la Confederación también apoya proyectos para mejorar la integración profesional de personas con discapacidad en el marco de la Ley federal de 13 de diciembre de 2002 sobre la eliminación de la discriminación contra las personas con discapacidad.

En este contexto se da prioridad a los proyectos que demuestran cómo pueden las adaptaciones al entorno de trabajo ayudar a lograr la igualdad de oportunidades de empleo para las personas con discapacidad. Se debe prestar especial atención en este contexto a la situación de las mujeres con discapacidad. Merece especial mención dentro de este contexto un proyecto diseñado para mostrar cómo se puede luchar contra los obstáculos basados en criterios de género en la educación y formación de las niñas y mujeres con discapacidad que han sido desarrollados y aplicados por las mujeres afectadas. Al igual que sucede con la mayoría de proyectos para promover la integración profesional apoyados en el marco de la eliminación de la discriminación contra las personas con discapacidad, este proyecto aún está pendiente de completarse.

8.Salud

Pregunta 24 :

El informe indica (véase párr. 372) que el acceso de las inmigrantes a la atención sanitaria de calidad en el ámbito de la salud sexual y reproductiva es inferior a la atención disponible para las mujeres suizas, y que su coordinación y alcance a nivel regional son insuficientes. Sírvase describir las medidas adoptadas por el Estado parte para combatir esta discriminación de las inmigrantes.

Respuesta:

Suiza está tomando medidas concretas para garantizar la igualdad de trato en relación con la atención sanitaria, y para mejorar el acceso de las mujeres migrantes a la atención sanitaria y las medidas preventivas relacionadas. Estos son los objetivos de la Oficina Federal de Salud Pública en el marco de su estrategia Migraciones y Salud 2008-2013.

Esta estrategia promueve la igualdad de oportunidades en la atención sanitaria para las mujeres migrantes y la eliminación de las desventajas evitables en relación con la salud:

Se han determinado los siguientes objetivos clave en el contexto de los esfuerzos para mejorar las actitudes en relación con la salud, el estado de la salud y el acceso al sistema de atención de la salud:

–Adquisición de conocimientos adicionales sobre la migración y la salud

–Programas de promoción de la salud y prevención de enfermedades que incluyan a la población migrante

–Acceso a información sobre la salud a las mujeres migrantes que les permita adoptar comportamientos favorables a la salud

–Formación de los trabajadores sanitarios en capacidades (transculturales) específicas de la migración

–Aumento de la confianza en la traducción intercultural profesional, para reflejar las verdaderas necesidades

Salud sexual y reproductiva: atención sanitaria

La comunicación entre los trabajadores sanitarios y los clientes debe mejorarse mediante el desarrollo de las capacidades transculturales entre los primeros, así como aumentando la utilización de traductores interculturales profesionales (por ejemplo, el proyecto Migrant Friendly Hospitals (Hospitales amigos de los inmigrantes).

Salud sexual y reproductiva: prevención

La plataforma de información sobre la salud www.migesplus.ch ofrece información en varios idiomas en relación con la salud sexual y reproductiva: folletos sobre el VIH/Sida, salud de las mujeres, revisiones preventivas del cáncer de mama y de útero, embarazo o maternidad, clases de atención prenatal, información sobre la maternidad, ID de maternidad, mutilación genital femenina (MGF), anticoncepción, lactancia, cuidado del bebé.

La plataforma de información de los centros de asesoramiento suizos en materia de salud sexual y reproductiva (www.isis-info.ch) que contiene datos sobre las capacidades específicas de distintos profesionales en materia de migración está accesible en línea y se actualiza continuamente.

Una rápida evaluación con respecto al estado de la salud sexual y reproductiva y la migración permite adoptar medidas para crear la concienciación necesaria en las instituciones reguladoras (por ejemplo, oficinas de planificación familiar). Por otra parte en 2009 tendrá lugar un debate con la Liga contra el Cáncer sobre medidas concretas para la prevención del cáncer de mama y de útero entre las mujeres migrantes.

Pregunta 25 :

El informe menciona la mutilación genital femenina de niñas (párrs. 380 a 384). Sírvase proporcionar datos estadísticos sobre su frecuencia e indicar qué medidas específicas se han adoptado para prevenir y combatir estas prácticas en sectores específicos de la población inmigrante, y con qué resultados.

Respuesta:

Para empezar, en el informe nacional se deben efectuar las siguientes actualizaciones:

–En el párrafo 382 del informe:

Hasta la fecha han tenido lugar dos juicios penales en Suiza en relación con la mutilación genital femenina. En el cantón de Friburgo en junio de 2008 a la hermanastra de una niña, que en ese momento tenía 13 años, se le impuso una condena suspendida de seis meses de cárcel por negligencia en el cumplimiento de su obligación como tutora al no velar por el bienestar de la niña (artículo 219 del código penal). Como el delito en cuestión se produjo en Somalia donde la mutilación genital no está castigada por ley, la hermanastra no pudo ser procesada por causar lesiones graves, sobre la base de una doble incriminación. En el primer caso de este tipo que trataba de la mutilación genital llevado a cabo en Suiza, el Tribunal de Apelación del cantón de Zurich, también en junio de 2008, sentenció a los padres de una niña, que en el momento del delito tenía dos años, a una condena suspendida de dos años de cárcel por infligir lesiones graves (artículos 24 y 122 del Código penal) a su hija.

–En el párrafo 383 del informe:

En mayo de 2008 la Comisión de Asuntos Jurídicos del Consejo Nacional creó una subcomisión encargada de examinar las distintas posibilidades de aplicar la iniciativa parlamentaria para aclarar las cuestiones relacionadas e informar a la Comisión. En enero de 2009 la subcomisión aprobó un proyecto de informe preliminar para su presentación a la Comisión, que se prevé que tome una decisión en febrero de 2009.

En cuanto a las medidas políticas y administrativas pertinentes a nivel federal, merece la pena mencionar los esfuerzos de la Oficina Federal de Salud Pública en este contexto:

–La Oficina Federal de Salud Pública es responsable entre otras cosas de la aplicación de la moción Roth-Bernasconi 05.404, que insta a tomar medidas para crear conciencia del problema de la mutilación genital femenina (MGF) y la necesidad de unas medidas preventivas.

–Asimismo, la Oficina Federal de Salud Pública proporciona apoyo financiero a una oficina de información nacional para la prevención de la escisión femenina en Suiza. Esta oficina tiene las siguientes obligaciones:

1.Creación de redes y creación de conciencia entre los profesionales activos en las áreas de integración, trabajo social y educación;

2.Formación de mujeres de los países en los que se practica la MGF, como mediadoras responsables de realizar esfuerzos directos para prevenir esta práctica en las comunidades afectadas (a este respecto se están aumentando los esfuerzos para que también participen los hombres);

3.Preparación y distribución de material informativo sobre el tema de la MGF;

4.Dirección de un grupo nacional de expertos en MGF.

–La Oficina Federal de Salud Pública también intentará en 2009 clarificar la necesidad de coordinación con la Oficina Federal para las Migraciones y la Oficina Federal de Justicia, así como el Departamento Federal de Asuntos Exteriores, y examinar las necesidades de información de los cantones.

Finalmente, merece la pena mencionar un estudio sobre posibles medidas jurídicas preventivas: sobre la base de un mandato de UNICEF de Suiza, el Centro de Investigación Familiar de la Universidad de Basilea ha llevado a cabo un estudio titulado “Civil law child protection and the prevention of female genital mutilation in Switzerland” (Protección del niño y prevención de la mutilación genital femenina en el derecho civil de Suiza). Esto demuestra el alcance y las limitaciones de la protección del niño en el derecho civil y examina las diferentes formas de prevenir la mutilación genital femenina.

Pregunta 26 :

Sírvase explicar el alcance y las principales disposiciones de la nueva ley mencionada en el párrafo 379 del informe del Estado parte, sobre la esterilización de las personas con discapacidad, que entró en vigor en 2005.

Respuesta:

El campo de aplicación de la Ley federal de 17 de diciembre de 2004 sobre las condiciones y procedimientos que rigen la esterilización de las personas (Ley de esterilización, SR 211.111.1) es amplio. Su principal preocupación, no obstante, es regular la esterilización de personas sin capacidad de discernimiento permanente (artículo 7f de la Ley de esterilización).

El médico sólo puede realizar la operación con la aprobación de las autoridades responsables de la tutela (párr. 2 g) del artículo 7 y párr. 1 del artículo 8 de la Ley de esterilización). Para tomar su decisión, las autoridades deben comprobar que se cumplen las siguientes condiciones previas sobre una base acumulativa:

–Se debe dar prioridad a otros posibles métodos preventivos (párr. 2 b) del artículo 7 de la Ley de esterilización).

–La persona afectada debe tener como mínimo 16 años de edad (párr. 1 del artículo 7 de la Ley de esterilización).

–El dictamen médico debe sostener que la persona afectada – sin ninguna perspectiva de adquirir poder de decisión (párr. 2 e) del artículo 7) – está afectada por una incapacidad de discernimiento permanente (párr. 1 del artículo 7 y párr. 2 c) del artículo 8 de la Ley de esterilización).

–La operación se debe realizar en interés de la persona afectada, tomando en consideración todos los aspectos (párr. 2 a) del artículo 7 de la Ley de esterilización).

–La esterilización sólo se permite si cabe prever la concepción y el nacimiento de un niño (párr. 2 c) del artículo 7 de la Ley de esterilización) y cuando el embarazo ponga seriamente en peligro la salud de la mujer (párr. 2 d) del artículo 7 de la Ley de esterilización).

9.Matrimonio y familia

Pregunta 27 :

Sírvase proporcionar información actualizada sobre la iniciativa parlamentaria relativa a la elección del apellido (véase párr. 435), y los planes de retirar la reserva al apartado g) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención.

Respuesta:

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Consejo Nacional aprobó el 22 de agosto de 2008 un proyecto de enmienda del Código Civil, cediendo la elección del apellido al marido y la mujer. Pueden elegir el apellido del marido o el de la mujer o pueden decidir no adoptar un apellido común. En el último caso, el marido y la mujer conservan sus apellidos. Los contrayentes que decidan conservar sus apellidos deben decidir en el momento de contraer matrimonio cual de sus apellidos de solteros van a dar a sus hijos. Si los funcionarios del registro civil creen que hay una justificación adecuada, pueden liberar a los contrayentes de efectuar esta declaración. El Parlamento debe debatir esta enmienda en breve.

Sobre la cuestión de una posible retirada de la reserva, véase la pregunta 3.

Pregunta 28 :

Sírvase proporcionar información sobre las sugerencias del Consejo Federal en relación con los matrimonios forzados que se mencionan en el párrafo 438 del informe del Estado parte, incluido el libre consentimiento necesario para que un matrimonio sea válido y el no reconocimiento de los matrimonios de menores de 18 años. Sírvase proporcionar también una aclaración sobre si los matrimonios forzados contraídos en el extranjero son jurisdicción de la legislación penal suiza.

Respuesta:

El 5 de noviembre de 2008 el Consejo Federal envió un anteproyecto de ley de la Ley federal sobre medidas para prevenir el matrimonio forzado para una consulta pública cuya duración está prevista hasta el 15 de febrero de 2009:

Esto modificará el Código Civil en relación con el anuncio de las amonestaciones y otros procedimientos necesarios antes del matrimonio, modificando la disposición de modo que se exija al registro civil que determine si existen o no motivos que indiquen que la solicitud no ha sido realizada conforme a la libre voluntad de los contrayentes. Asimismo, los fundamentos que hacen posible anular el matrimonio en cualquier momento se ampliarían para incluir dos nuevos elementos. Uno es en el caso de un matrimonio que se ha contraído sin el libre consentimiento de los cónyuges, y el otro es cuando uno de los cónyuges no ha alcanzado la edad de 18 años en el momento del matrimonio.

Se deben realizar esfuerzos a nivel del derecho privado internacional para prevenir los matrimonios forzados mediante el endurecimiento de las normas que rigen los matrimonios en los que está implicado un menor. Tales matrimonios ya no están permitidos en Suiza incluso en el caso de extranjeros. En el caso de matrimonios forzados contraídos en el extranjero, la legislación suiza actual sólo permite el procesamiento si el delito también es punible en el locus delicti o lugar donde se ha cometido el delito (doble incriminación); o, si no hay capacidad penal en el mencionado locus delicti, el delincuente está en Suiza o es extraditado sobre la base de este delito; o, aunque la legislación suiza permita la extradición en tales casos, el delincuente no es extraditado (párr. 1 del artículo 7 del Código Penal, principio de proceso penal subsidiario). Estos requisitos deben cumplirse si el delincuente y/o la víctima tienen la ciudadanía suiza. Si ni el delincuente ni la víctima son ciudadanos suizos, el delito sólo estará sometido a procesamiento en Suiza si además el otro Estado ha solicitado la extradición y ésta ha sido rechazada por un motivo que no guarda relación con la naturaleza del delito, o si el delincuente ha cometido un delito que se considera especialmente grave y ha sido proscrito por la comunidad jurídica internacional (párr. 2 del artículo 7 del Código Penal). La penas impuestas por la legislación suiza no deben ser en conjunto más estrictas que las exigidas por las leyes del locus delicti (párr. 3 del artículo 7 del Código Penal).

Actualmente se ha propuesto no modificar el Código Penal, especialmente desde que los matrimonios forzados pueden ser eficazmente procesados como “coacción” según la legislación vigente. El debate del “matrimonio forzado” como delito tipificado tendrá que esperar.

Pregunta 29 :

Sírvase proporcionar información sobre el tipo de bienes que se distribuyen al disolverse una relación. Sírvase indicar también si la legislación prevé la distribución de la capacidad futura para generar ingresos y del capital humano, o si tiene en cuenta de algún modo la mayor capacidad para generar ingresos o el capital humano a la hora de repartir los bienes (por ejemplo, mediante la concesión de una suma fija que refleje el porcentaje estimado del otro cónyuge en este tipo de activos o permitiendo que se decrete el pago de una indemnización al cónyuge).

Respuesta:

Una demanda (legal) de pensión alimenticia sólo es posible tras la disolución de un matrimonio, o si se trata de un caso de “pareja registrada”. El importe de la demanda de pensión alimenticia será determinado tras considerar una serie de factores. Estos incluyen las calificaciones profesionales y la capacidad para generar ingresos de los cónyuges (artículos 125, 7 del Código Civil). Las disposiciones relativas a los respectivos derechos de pensión se están revisando actualmente (artículos 122-124 del Código Civil). Entre las cuestiones debatidas en este contexto está la posibilidad de otorgar más de la mitad del porcentaje para compensar las perspectivas reducidas de empleo si uno de los cónyuges divorciados se encarga de las responsabilidades parentales. Se prevé que el proyecto de legislación esté listo para consulta a finales de 2009.