Lista de cuestiones y preguntas previas a la presentación del sexto informe periódico de Suiza *

Generalidades

A fin de dar seguimiento a la aplicación de la Convención, se ruega que aporten información y datos estadísticos, desglosados por sexo, edad, discapacidad, nacionalidad, origen étnico, religión y ubicación en zona urbana o rural, sobre la situación actual de las mujeres en el Estado parte. De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, consistente en poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, y a la luz de las observaciones finales formuladas por el Comité sobre los informes periódicos cuarto y quinto combinados del Estado parte (CEDAW/C/CHE/CO/4-5, párrs. 25, 29 y 39), se ruega que indiquen la manera en que el Estado parte tiene previsto mejorar la recopilación y el análisis de los datos relativos a las esferas abarcadas por la Convención con el fin de respaldar la elaboración de políticas y programas y evaluar los progresos realizados en la aplicación de la Convención y la promoción de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en particular en lo que respecta a las esferas concretas que se examinan en el presente documento.

Visibilidad de la Convención

En relación con las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 11), se ruega que describan las medidas que haya tomado el Estado parte para: a) velar por que las disposiciones de la Convención estén reflejadas en las decisiones y las políticas sobre la igualdad de género y los derechos de las mujeres tanto en el plano federal como en el cantonal; b) desarrollar la capacidad de los jueces, fiscales y abogados para que puedan interpretar la legislación nacional con arreglo a la Convención y las recomendaciones generales del Comité; y c) realizar campañas de sensibilización dirigidas al público general para promover la visibilidad de la Convención, de su Protocolo Facultativo y de las recomendaciones generales del Comité.

Reservas y declaraciones

En relación con las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 9), se ruega que faciliten información sobre las medidas que haya tomado el Estado parte para retirar su reserva a los artículos 15 2) y 16 1) h) en lo concerniente a las disposiciones legislativas por las que se rige el régimen matrimonial aplicable antes del 1 de enero de 1988.

Marco legislativo y normativo

En relación con las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 15), se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para velar por que el artículo 8 de la Constitución del Estado parte, relativo a la igualdad entre hombres y mujeres y la no discriminación contra la mujer, se interprete y aplique de conformidad con la Convención. Con respecto a las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 19 a) y b)), también se ruega que informen sobre toda medida que se haya adoptado para: a) incorporar la perspectiva de género en todos los sectores y niveles del Estado, en particular adoptando una estrategia integrada de incorporación de la perspectiva de género y procesos de presupuestación sensible al género; b) reconsiderar su decisión de no elaborar una estrategia y un plan de acción integrales en materia de género de alcance nacional, como se especifica en la información recibida del Estado parte sobre el seguimiento de las observaciones finales (CEDAW/C/CHE/CO/4-5/Add.1, párr. 2); y c) garantizar la coordinación entre los distintos sectores y niveles del Estado para aplicar correctamente las estrategias y los planes de acción en materia de igualdad de género, en particular los mencionados en la información recibida del Estado parte a modo de seguimiento de las anteriores observaciones finales (CEDAW/C/CHE/CO/4-5/Add.1, párrs. 3 a 8).

Acceso a la justicia

Se ruega que informen acerca de las medidas que se hayan tomado para velar por que las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad, las romaníes y las migrantes, las mujeres solicitantes de asilo y las refugiadas, sean conscientes de los derechos que las asisten en virtud de la Convención y de los recursos legales que tienen a su alcance para invocarlos. Asimismo, se ruega que describan las medidas que se hayan adoptado para derribar los obstáculos que dificultan el acceso efectivo de las mujeres a la justicia, como los impedimentos económicos, e indiquen el número anual de beneficiarios que recibieron asistencia letrada gratuita, desglosado por sexo, edad y tipo de procedimiento judicial.

Obligaciones extraterritoriales

Se ruega que informen sobre las medidas que se hayan adoptado para: a) reforzar las leyes que regulan el comportamiento de las sociedades registradas o domiciliadas en el Estado parte en relación con sus actividades en el extranjero, entre otras cosas exigiendo a estas sociedades que hagan evaluaciones de los derechos humanos y el impacto de género antes de tomar decisiones en materia de inversión; y b) velar por que en los acuerdos comerciales y de inversión negociados por sociedades registradas o domiciliadas en el Estado parte se respeten las obligaciones contraídas en virtud de la Convención y se tengan en cuenta expresamente sus repercusiones en los derechos de las mujeres.

Las mujeres y la paz y la seguridad

Se ruega que describan las medidas que se hayan adoptado para: a) velar por la participación efectiva de las mujeres en las negociaciones y en las actividades de mediación relacionadas con procesos de resolución de conflictos y de paz cuando se ofrece asistencia técnica a los países que salen de un conflicto; b) integrar una perspectiva de género en las estrategias de prevención del extremismo violento y lucha contra el terrorismo; y c) determinar las repercusiones que tienen para las mujeres el comercio de armas pequeñas y la exportación de armas y municiones a las zonas de conflicto (párr. 17).

Mecanismo nacional para el adelanto de las mujeres

Con respecto a las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 19 c)), se ruega que proporcionen información actualizada sobre las medidas que se hayan tomado para fortalecer la autoridad, la visibilidad y los recursos humanos, técnicos y financieros de las oficinas y comisiones de igualdad cantonales, así como de la Oficina Federal para la Igualdad entre la Mujer y el Hombre y la Comisión Federal para las Cuestiones Femeninas. Respecto de la información recibida del Estado parte a modo de seguimiento de las anteriores observaciones finales (CEDAW/C/CHE/CO/4-5/Add.1, párr. 10), se ruega que expliquen también los motivos por los que se cerraron las oficinas de igualdad cantonales en los cantones de Obwalden y Argovia y las repercusiones que tuvo este cierre en la aplicación y la evaluación de las políticas, los planes y los programas en materia de igualdad de género pertinentes a cada cantón. Describan las medidas que se hayan tomado para velar por que el Centro Suizo Especializado en los Derechos Humanos se ajuste a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París) (párr. 19 d)).

Medidas especiales de carácter temporal

Se ruega que se describan las medidas especiales de carácter temporal que se hayan tomado, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) sobre medidas especiales de carácter temporal del Comité, para acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre los hombres y las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad, las romaníes y las migrantes, las mujeres solicitantes de asilo y las refugiadas, en los ámbitos en que las mujeres tienen representación insuficiente o están desfavorecidas, como la vida política y pública, la educación y el empleo, en particular en los puestos directivos. Asimismo, se ruega que informen acerca del seguimiento y la evaluación de los resultados de esas medidas y aporten los correspondientes datos estadísticos.

Estereotipos

Se ruega que describan las medidas que se hayan adoptado para eliminar los estereotipos discriminatorios respecto de las funciones de la mujer y el hombre en la familia y la sociedad, en particular los programas de sensibilización, dirigidos tanto a las mujeres como a los hombres, sobre los efectos negativos que tienen esos estereotipos en el disfrute de los derechos por parte de las mujeres; eliminar de los medios de comunicación y de la publicidad los estereotipos discriminatorios de las mujeres y promover una imagen positiva y no estereotipada de la mujer, incluidas las mujeres con discapacidad, las romaníes y las migrantes, las mujeres solicitantes de asilo y las refugiadas; fomentar un tipo de cobertura informativa que tenga en cuenta las cuestiones de género; y promover la representación equilibrada de las mujeres y los hombres en las juntas y consejos de administración de los medios de comunicación.

Prácticas nocivas

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para ofrecer protección y servicios de apoyo, sobre todo programas de apoyo psicosocial y rehabilitación, a las mujeres y las niñas del Estado parte, en particular las migrantes, las mujeres solicitantes de asilo y las refugiadas que fueron sometidas a la mutilación genital femenina o corren riesgo de serlo. Asimismo, se ruega que informen sobre el número de investigaciones y enjuiciamientos de casos de mutilación genital femenina, el número de condenas y el tipo de penas impuestas a quienes efectuaron esta práctica nociva o fueron cómplices de ella, las medidas de reparación instituidas, como la indemnización de las víctimas, y toda otra medida que se haya aplicado para sensibilizar a las comunidades, las familias y los líderes religiosos acerca del carácter delictivo de esa práctica.

Violencia de género contra las mujeres

Dada la gran prevalencia de la violencia de género contra las mujeres que se registra en el Estado parte y la persistencia de la baja tasa de denuncias, enjuiciamientos y condenas (párr. 26), se ruega que aporten información actualizada sobre: a) toda modificación de las leyes para ajustar la definición del delito de violación a las normas internacionales, como el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica, de manera que esa definición se base en la ausencia de consentimiento más que en el uso de la fuerza del autor o la resistencia de la víctima, y para imponer una sanción efectiva a la violación conyugal y la violencia doméstica, incluidas todas las formas de violencia contra la pareja, así como los casos de relaciones anteriores en que el otro miembro de la pareja siga representando una amenaza; b) las medidas que se hayan tomado para formular un plan de acción nacional dirigido a combatir todas las formas de violencia de género contra las mujeres, incluidas las formas contemporáneas de violencia que tienen lugar a través de Internet y los espacios digitales, velando por la asignación de suficientes recursos humanos, técnicos y financieros para aplicarlo, darle seguimiento y evaluarlo; y c) las medidas que se hayan adoptado para impartir capacitación obligatoria a los jueces, fiscales, agentes de policía y otros agentes de la autoridad sobre la aplicación estricta de las disposiciones penales pertinentes y sobre métodos de investigación y técnicas de interrogatorio que tengan en cuenta las cuestiones de género.

Se ruega que informen sobre las medidas que se hayan adoptado para alentar a las mujeres que han sido víctimas de violencia, incluidas las mujeres con discapacidad y las mujeres migrantes, las mujeres solicitantes de asilo y las refugiadas, a denunciar los incidentes de violencia doméstica y otras formas de violencia de género. Asimismo, se ruega que aporten datos estadísticos sobre el número de casos denunciados de violencia de género contra las mujeres, desglosados por edad, tipo de violencia y relación entre la víctima y el agresor, en los que estén incluidos las mujeres detenidas, las mujeres con discapacidad, las mujeres que pertenecen a grupos étnicos minoritarios, las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero y las personas intersexuales. Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para reforzar los servicios ofrecidos a las mujeres que son víctimas de violencia de género, como centros de acogida y apoyo psicosocial y rehabilitación, e indiquen también si las mujeres con discapacidad tienen acceso a los servicios en todos los cantones (párr. 27 d)).

Trata y explotación de la prostitución

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para evaluar los efectos del plan de acción nacional contra la trata de personas para el período 2017-2020 y para aprobar un nuevo plan que integre la perspectiva de género (párr. 29 b)). Asimismo, se ruega que aporten datos estadísticos desglosados por nacionalidad sobre: a) el número de mujeres y niñas víctimas de trata en el Estado parte, el número de investigaciones y enjuiciamientos de casos de trata y de condenas en tales casos, las penas impuestas a los culpables y las medidas de reparación ofrecidas a las víctimas; y b) el número de mujeres y niñas víctimas de la trata a las que se concedió asilo o permiso de residencia temporal en el Estado parte. Se ruega que indiquen también las medidas que se hayan adoptado para identificar con prontitud y derivar a las víctimas de la trata a los servicios y procedimientos de asilo pertinentes, si corresponde. Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para proteger de la trata y la explotación a las mujeres que ejercen la prostitución, en particular a las migrantes, y para ofrecer programas de reinserción, otras oportunidades de generar ingresos y servicios de apoyo a las mujeres que quieran abandonar esta práctica (párr. 29 f)).

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para: a) ofrecer acceso efectivo a servicios de protección y a un apoyo y una asistencia especializados y sensibles al género a todas las mujeres y niñas víctimas de la trata, incluidas las mujeres y niñas con discapacidad, independientemente de su estatuto de residencia y de si se incoaron actuaciones penales contra los presuntos responsables de delitos relacionados con la trata; b) ofrecer servicios de apoyo a las mujeres y las niñas víctimas de la trata en todos los cantones del Estado parte; y c) abordar las disparidades entre los diferentes cantones en lo atinente a la identificación de las víctimas de la trata y su derivación a los servicios apropiados, así como a la concesión de permisos de residencia temporal, independientemente de la capacidad o voluntad de las víctimas para cooperar con las autoridades judiciales.

Participación en la vida política y pública

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para adoptar y aplicar medidas especiales de carácter temporal dirigidas a aumentar la representación de las mujeres en puestos políticos que se ocupan por elección o nombramiento, en particular en cargos decisorios (párr. 21). Asimismo, se ruega que describan las medidas que se hayan adoptado para aumentar la representación de las mujeres en cargos decisorios y puestos directivos tanto en las empresas privadas como en las públicas. También se ruega que informen sobre todas las campañas de sensibilización dirigidas a los políticos, los medios de comunicación, el personal docente y el público en general sobre la importancia de que las mujeres participen en la vida política y estén representadas en los puestos decisorios. Además, se ruega que aporten datos estadísticos actualizados sobre la representación de las mujeres en el poder judicial del Estado parte, así como en el plano internacional y en los cargos diplomáticos.

Educación

Se ruega que describan las medidas que se hayan adoptado para: a) examinar los materiales educativos de cada cantón a fin de verificar que tengan en cuenta las cuestiones de género y no incluyan estereotipos de género, y de concienciar al personal docente sobre los estereotipos de género discriminatorios; b) eliminar los estereotipos discriminatorios y las barreras estructurales que puedan impedir que las niñas se matriculen en disciplinas en las que tradicionalmente predominan los hombres, como la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas; y c) ofrecer educación sexual adaptada a la edad de los estudiantes en las escuelas de todos los cantones y capacitar al personal docente sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas.

Empleo

Se ruega que informen sobre: a) las iniciativas instituidas para eliminar la disparidad salarial por razón de género y aplicar las modificaciones incorporadas en la Ley Federal de Igualdad entre Hombres y Mujeres, en particular la obligación jurídica de que las empresas lleven a cabo análisis de los salarios; b) los efectos que tienen en las políticas de contratación y ascensos los estereotipos discriminatorios relativos al papel y las responsabilidades de las mujeres; c) las medidas adoptadas para promover la igualdad de acceso al empleo de las mujeres y los hombres en los sectores público y privado y eliminar la segregación ocupacional horizontal y vertical; d) las medidas legislativas adoptadas para establecer la licencia parental compartida y poner en marcha programas de sensibilización dirigidos a promover la igualdad de responsabilidad por la crianza y las tareas domésticas entre las mujeres y los hombres; e) las repercusiones que ha tenido la Ley Federal de Reforma Tributaria y Financiación de los Seguros de Vejez y Supervivencia para las pensiones y otros activos relacionados con la carrera profesional de las mujeres y para las mujeres que realizan trabajo de cuidados no remunerado; f) las medidas que se hayan tomado para prevenir el acoso sexual de las mujeres en el lugar de trabajo y dar seguimiento a las denuncias, incluidos datos sobre el número y el resultado de las denuncias presentadas por mujeres; g) las medidas especiales de carácter temporal que se hayan adoptado para promover oportunidades de empleo para los grupos de mujeres desfavorecidas, en particular datos actualizados sobre el porcentaje de mujeres que integran la fuerza de trabajo, desglosados por edad, discapacidad, nacionalidad, origen étnico, ubicación urbana o rural y tasa de ocupación (tiempo completo o tiempo parcial); y h) los planes que tiene el Estado parte de ratificar o no el Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190) de la Organización Internacional del Trabajo.

Salud

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para: a) eliminar todos los obstáculos, incluidos los de carácter financiero, que encuentran las mujeres y las niñas para acceder a servicios de salud sin ser discriminadas; b) concienciar a los profesionales médicos sobre los obstáculos culturales y lingüísticos con que tropiezan las mujeres migrantes para acceder a servicios de salud, incluidos los de salud sexual y reproductiva; c) facilitar el reconocimiento jurídico de la reasignación sexual y evitar que las personas intersexuales reciban un tratamiento médico o quirúrgico cruento sin su consentimiento previo, libre e informado, así como compensar a las víctimas de tratamientos no consentidos; y d) garantizar la disponibilidad y la accesibilidad a los servicios de salud, como servicios y tratamientos confidenciales, a las mujeres portadoras del VIH y a las enfermas de sida y de otras enfermedades de transmisión sexual.

Prestaciones económicas y sociales

Se ruega que describan las medidas concretas que se hayan adoptado para reducir la pobreza que afecta a los grupos de mujeres desfavorecidas o marginadas, como las madres solteras, las ancianas, las divorciadas, las mujeres rurales, las migrantes, las desempleadas y las que realizan trabajo de cuidados no remunerado, quienes suelen depender de las prestaciones sociales (párr. 43 a)). Se ruega que describan también las medidas que se hayan adoptado en los planos federal y cantonal para examinar las normas que rigen el pago y la tributación de la manutención, incluida la prestación por hijos a cargo (párr. 43 b) a d)).

Mujeres rurales

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para velar por que las agricultoras puedan acceder a la propiedad de la tierra, incluso por vía hereditaria en caso de fallecimiento del esposo (párrs. 44 y 45). Se ruega que indiquen las medidas que se hayan adoptado para contribuir al empoderamiento económico de las agricultoras, por ejemplo, dándoles acceso a créditos financieros, formación práctica y seguridad social. Se ruega que aporten datos estadísticos actualizados sobre la representación de las mujeres en los sindicatos y las asociaciones profesionales de agricultores.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para: a) eliminar la discriminación interseccional de las mujeres con discapacidad, las mujeres migrantes y refugiadas y las que pertenecen a grupos de minorías étnicas, como las romaníes y las itinerantes, y velar por que tengan acceso a la vida política y pública, la educación, la formación profesional, el empleo, la salud, la vivienda y las prestaciones sociales; b) prohibir la esterilización forzada de las mujeres y las niñas consideradas “incapacitadas de discernimiento permanentemente” de conformidad con el artículo 7 2) de la Ley Federal de Requisitos y Procedimientos de Esterilización.

Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para: a) velar por que los procedimientos específicos de control y evaluación aplicables a las mujeres y niñas solicitantes de asilo tengan en cuenta el género, sean acordes a la edad y respondan a las necesidades concretas de protección de las mujeres con discapacidad, las niñas no acompañadas, las supervivientes de la violencia de género y las víctimas de la trata; b) capacitar a la policía fronteriza y los funcionarios de inmigración en técnicas de interrogatorio que tengan en cuenta las cuestiones de género y en la detección de formas de persecución por motivos específicos de género; y c) mejorar las condiciones con las que se recibe a las mujeres y las niñas solicitantes de asilo en los planos federal y cantonal, así como velar por que tengan acceso a servicios de salud, instalaciones sanitarias y servicios de apoyo especializados.

Matrimonio y relaciones familiares

Se ruega que describan las medidas que se hayan tomado para: a) abordar las disparidades económicas entre las mujeres y los hombres después del divorcio o la separación; b) incorporar niveles mínimos de pensión alimentaria; c) dar seguimiento a la aplicación de la custodia compartida en la práctica; y d) velar por que las relaciones familiares no tradicionales, como las uniones de hecho y las uniones entre personas del mismo sexo, estén reconocidas por ley, de conformidad con la recomendación general núm. 21 (1994) sobre la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares y la recomendación general núm. 29 (2013) sobre las consecuencias económicas del matrimonio, las relaciones familiares y su disolución.

Información adicional

Se ruega que aporten la información suplementaria que estimen pertinente sobre las medidas de carácter legislativo, normativo, administrativo o de cualquier otro tipo adoptadas desde el examen de los informes periódicos cuarto y quinto combinados del Estado parte, efectuado en 2016, para aplicar las disposiciones de la Convención y las observaciones finales del Comité. Cabe incluir entre dichas medidas leyes, avances, planes y programas recientes, nuevas ratificaciones de instrumentos de derechos humanos o cualquier otra información que el Estado parte considere importante. Asimismo, se ruega que describan las medidas adoptadas para incorporar una perspectiva de género en todas las iniciativas destinadas a lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Además de contestar a las cuestiones planteadas en el presente documento, el Estado parte deberá responder, en el transcurso del diálogo, a otras preguntas que le formule el Comité en relación con las esferas abarcadas por la Convención.