Ley Presupuesto Subtítulos (en miles de pesos)

Año

Actividades

21 Gastos en personal

22 Bienes y servicios de consumo

2017

Diseño metodológico y Estructura Plan Proceso Consulta Nacional Elaboración del documento con objetivos, metas estrategias y recursos del Plan.

14 323 869

4 841 594

2018

Implementación Agenda Mujer Seguimiento Plan

15 329 151

4 908 394

2019

Diseño sistema de seguimiento del Plan Seguimiento Plan

15 948 171

4 828 597

2020

Seguimiento Plan

16 967 207

4 828 597

Para el diseño, implementación y seguimiento, el Ministerio ha gestionado los recursos necesarios para alcanzar los logros proyectados al año 2030. El presupuesto asignado en cada uno de los años, ha garantizado el avance de los objetivos, metas e indicadores del Cuarto Plan de Igualdad.

La implementación, seguimiento y evaluación del Plan Nacional de Igualdad entre hombres y mujeres ha requerido el despliegue y aplicación de iniciativas para alcanzar sus objetivos, metas e indicadores. Entre estas cabe mencionar aquellas mandatados por la ley:

•Diseño de políticas, planes y programas generando los espacios de coordinación entre los organismos de la Administración del Estado a nivel nacional, regional y local;

•Implementación de planes y programas específicos en coordinación entre los organismos de la Administración del Estado a nivel nacional, regional y local;

•Transversalización de la perspectiva de género en las políticas y planes de los diversos ministerios y servicios a nivel nacional y regional;

•Tratados internacionales sobre derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, especialmente aquellos que guarden relación con la eliminación de todas las formas de discriminación arbitraria y de violencia contra las mujeres;

•Cooperación con organismos internacionales dedicados a los derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio de Relaciones Exteriores;

•Coordinación sectorial e intersectorial a organismos del sector público en la formulación e incorporación de criterios de género en sus políticas y programas, evaluaciones y procesos de planificación, a nivel nacional, regional y local;

•Convenios de colaboración y cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales;

•Sistemas de información pública sobre el cumplimiento y aplicación de la normativa vigente sobre equidad de género;

•Estudios e investigaciones necesarios para el cumplimiento del Plan, tanto propios como de otros órganos de la Administración del;

•Capacitación a los funcionarios públicos y funcionarias públicas en materias de Género y Políticas Públicas;

•Diagnóstico de indicadores de género y velar por su incorporación en la planificación del desarrollo social y económico y en la Administración del Estado;

•Informes sobre la situación de las mujeres, el ejercicio de sus derechos humanos y de la equidad de género a nivel nacional, regional y local;

•Campañas comunicacionales a nivel nacional, regional y local para la promoción y difusión de las principales brechas, inequidades y barreras para el pleno ejercicio de derechos de las mujeres;

•Reformas Legales que aseguren la disminución de brechas, barreras e inequidades presentes en la legislación.

D.Información de seguimiento sobre el párrafo 25 b) de las observaciones finales

Entendiendo que una definición exhaustiva e integral de violencia es indispensable para la proteger y aumentar la autonomía de todas las mujeres, acelerar la aprobación del proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia ha sido una prioridad de alta importancia para el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género en el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera. Desde el 20 de enero de 2020 el proyecto se encuentra con suma urgencia en segundo trámite constitucional, en la Comisión Mujer del Senado.

Este proyecto tiene un doble objetivo. El primero de ellos dice relación con mejorar las respuestas institucionales que se ofrecen a las víctimas de violencia en contexto intrafamiliar, tanto a las mujeres como a otras personas que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad. Para cumplir este objetivo, apunta a reforzar el trabajo intersectorial, propiciando acciones coordinadas entre los distintos actores involucrados en la prevención, protección y atención de las personas que por su condición de vulnerabilidad se encuentran más expuestas a ser víctimas de violencia. Con la misma finalidad, regula nuevas figuras tendientes a reconocer las distintas formas que adopta la violencia ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores y personas en situación de discapacidad, y mejora aspectos procedimentales cuyas limitaciones han redundado en un déficit de protección de los derechos de las personas víctimas de violencia, entre otras cuestiones relevantes.

El proyecto se plantea dirigido a todas las mujeres, “cualquiera sea su edad, estado civil, etnia, idioma, religión o creencia, ideología y opinión política o de otro tipo, origen nacional o social, filiación, situación socioeconómica, situación laboral, nivel educacional, de embarazo, orientación sexual, identidad de género, apariencia, condición de salud, de migrante o de refugiada, situación de discapacidad de cualquier tipo o cualquier otra condición”. Esto constituye un avance relevante al incorporar tanto las perspectivas de derechos humanos como de género, al reconocer que la violencia contra las mujeres emana de las relaciones históricamente desiguales entre hombres y mujeres y admite la necesidad, desde el ámbito de los derechos humanos, de otorgar una protección especial a ciertos grupos de la población que se ven enfrentados a vulnerabilidades específicas de sus derechos, como es el vivir una vida libre de violencia.

Es importante destacar que el en el mensaje presidencial del proyecto se resalta la intersectorialidad de la violencia y la discriminación. Se señala que “la violencia contra las mujeres no es un fenómeno nuevo en nuestro país. Muy por el contrario, es quizás el reflejo más duro de una cultura discriminatoria que valida relaciones históricamente asimétricas entre hombres y mujeres”. Además, se indica que la “forma más extrema de violencia contra las mujeres, evidencia de la discriminación que históricamente han sufrido, es el femicidio”. El mismo mensaje busca “dejar en evidencia que este no es un problema entre particulares, sino más bien el reflejo de una estructura social y cultural discriminatoria contra las mujeres.