Naciones Unidas

CCPR/C/CMR/Q/5

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

29 de noviembre de 2011

Español

Original: francés

Comité de Derechos Humanos

103º período de sesiones

Ginebra, 17 de septiembre a 4 de noviembre de 2011

Lista de cuestiones previas a la presentación del quintoinforme periódico del Camerún (CCPR/C/CMR/5) *

Información general sobre la situación nacional en materiade derechos humanos, con inclusión de nuevas medidas yacontecimientos relativos a la aplicación del Pacto

1.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas y los acontecimientos producidos después del examen del anterior informe periódico, en particular en relación con el marco jurídico e institucional de la promoción y protección de los derechos humanos en el plano nacional. Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 27), se ruega den, en su caso, ejemplos de asuntos en los que los tribunales nacionales hayan aplicado directamente las disposiciones del Pacto o se hayan remitido a ellas para interpretar la legislación interna.

2.Sírvanse indicar los mecanismos de que dispone el Estado parte para poner en práctica las observaciones finales del Comité, en su caso. Se ruega proporcionen información sobre la aplicación de las anteriores observaciones finales.

3.Sírvanse indicar los procedimientos que permiten dar efecto a los dictámenes aprobados por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Se ruega indiquen también si se han tomado medidas concretas para aplicar los dictámenes aprobados por el Comité en relación con el Estado parte.

Información específica sobre la aplicación de los artículos 1 a 27del Pacto, particularmente en lo que se refiere a las anterioresrecomendaciones del Comité

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (artículo 2)

4.Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 7), sírvanse detallar las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar el buen funcionamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y Libertades (CNDHL) y garantizar su independencia con respecto al poder ejecutivo. Se ruega describan también las actividades realizadas por la CNDHL en el ámbito de los derechos civiles y políticos, así como los logros conseguidos por esa institución en el período 2010-2013. En particular, sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre el número y el tipo de denuncias recibidas por la Comisión y sobre las medidas tomadas, en su caso, en relación con las denuncias de violaciones de los derechos civiles y políticos sometidas a su consideración.

Igualdad entre hombres y mujeres y prohibición de la discriminación(artículos 2, 3 y 26)

5.Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 8), sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas para eliminar la discriminación contra la mujer y erradicar sus causas, así como para sensibilizar a la población sobre la igualdad de derechos de hombres y mujeres. Se ruega faciliten información sobre: a) la participación de la mujer en la vida política, económica y social de país; b) la tasa de empleo de las mujeres y la proporción de mujeres que ocupan puestos de responsabilidad en el sector público y en el sector privado; c) la garantía de la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, y d) las tasas de alfabetización y de escolarización de las mujeres en comparación con las de los hombres.

6.En relación con el párrafo 9 de las anteriores observaciones finales, sírvanse dar información detallada sobre las medidas tomadas para abolir definitivamente la poligamia. Se ruega indiquen asimismo la edad mínima para contraer matrimonio de las jóvenes y de los jóvenes.

7.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la nueva Ley de protección y promoción de las personas con discapacidad, promulgada por el Presidente de la República en abril de 2010.

8.Teniendo en cuenta una de las recomendaciones formuladas en las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 12), sírvanse proporcionar información sobre la situación de los homosexuales en el Camerún. Se ruega indiquen las medidas adoptadas hasta la fecha para despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo y para poner el Código Penal en conformidad con el Pacto. Sírvanse presentar estadísticas sobre el período 2010-2013, en particular estadísticas desglosadas por sexo, edad y grupo étnico, sobre el número de personas detenidas en aplicación del artículo 347 del Código Penal. Se ruega indiquen la situación de los procedimientos en el asunto Roger Jean-Claud Mbede. Sírvanse enumerar las medidas adoptadas por el Estado parte para impedir los actos de violencia contra las personas por su orientación sexual, real o supuesta. Por último, se ruega proporcionen información sobre las medidas tomadas por el Estado parte para proteger a los homosexuales detenidos contra la discriminación, los abusos sexuales y la violencia física.

Violencia contra la mujer (artículos 3 y 7)

9.Habida cuenta de las anteriores observaciones finales del Comité (párrs. 10 y 11), sírvanse dar información sobre los acontecimientos que se hayan producido después del examen del anterior informe periódico en el marco jurídico de la lucha contra todas las formas de violencia contra la mujer en el Camerún. Se ruega informen también sobre las medidas tomadas para sancionar penalmente la violencia doméstica, la violación en el matrimonio y el acoso sexual, así como las prácticas tradicionales perniciosas, como la mutilación genital femenina y el "planchado de los senos". Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre el número de denuncias presentadas en relación con las diferentes formas de violencia contra la mujer y sobre el número de condenas dictadas, de penas impuestas y de reparaciones concedidas a las víctimas de esos delitos. Se ruega describan las medidas adoptadas para prestar una asistencia específica a las mujeres víctimas de violencia sexual, así como otras medidas destinadas a protegerlas contra nuevos traumatismos. Sírvanse indicar el número y la ubicación de los albergues que pueden acoger a las víctimas de violencia doméstica. Se ruega den información detallada sobre los programas especiales de formación y de concienciación de los miembros de las fuerzas del orden en lo que se refiere a la asistencia a las mujeres víctimas de violencia.

Derecho a la vida (artículo 6)

10.En sus anteriores observaciones finales (párr. 15), el Comité manifestó profunda preocupación por las constantes denuncias de ejecuciones extrajudiciales perpetradas por agentes de las fuerzas del orden. Sírvanse proporcionar estadísticas detalladas sobre el número de denuncias de ejecuciones extrajudiciales cometidas por militares, por fuerzas de seguridad civil o por agentes de las fuerzas del orden. Se ruega indiquen igualmente los resultados de las investigaciones y de los procesos disciplinarios y penales incoados en relación con los asuntos siguientes: a) el homicidio de Francine Laure Kamdem Kamga, alumno del liceo bilingüe de Bandjoun, que según parece que fue cometido en febrero de 2010 en esa localidad por dos gendarmes, y b) el asesinato en octubre de 2009 de Jean Baptiste Kamgaing, que al parecer fue cometido por un gendarme. Además, sírvanse detallar, a la luz de las anteriores observaciones finales (párr. 16), las medidas adoptadas por el Estado para poner fin a las operaciones de "justicia popular" y a otras prácticas tradicionales contrarias al Pacto.

11.Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 18), sírvanse proporcionar información detallada sobre las investigaciones y los procesamientos realizados, así como sobre el tipo de sanciones impuestas a los miembros de las fuerzas de seguridad que cometieron graves violaciones de los derechos humanos de civiles durante las violentas manifestaciones de febrero de 2008, en las que perdieron la vida más de 200 personas. Se ruega informen también sobre las indemnizaciones concedidas a las víctimas o a sus familiares.

12.Sírvanse indicar el número de personas condenadas a muerte y el número de conmutaciones de la pena de muerte, y precisar si los condenados a muerte están sometidos a un régimen particular. Se ruega indiquen si el Estado parte tiene la intención de firmar y/o ratificar el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.

Prohibición de la tortura y de otros tratos o penas crueles, inhumanos odegradantes (artículo 7)

13.Habida cuenta de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 17), en las que este expresó su profunda preocupación por el hecho de que la tortura se siguiera practicando de manera generalizada en el Estado parte, sírvanse indicar el número de denuncias de tortura o malos tratos registradas e informar sobre las investigaciones y los procesamientos realizados, así como sobre las condenas, las sanciones y las indemnizaciones impuestas en el período 2010-2013. Se ruega igualmente describan en detalle las medidas adoptadas, conforme a la recomendación del Comité, para establecer un mecanismo de control independiente y externo encargado de examinar las denuncias de actos ilegales cometidos por agentes de las fuerzas del orden. En particular, sírvanse explicar lo que se haya hecho, en su caso, para investigar los sucesos ocurridos en el barrio de Down Beach, en Limbé, en febrero de 2010, durante los cuales miembros de la unidad Delta del batallón de intervención rápida hirieron a varias personas, y para enjuiciar a los autores.

Prohibición de la esclavitud y del trabajo forzoso (artículo 8)

14.Sírvanse dar información sobre: a) el marco jurídico vigente para luchar contra la trata de personas, en particular de mujeres y niños; b) el alcance de la trata, proporcionando datos estadísticos desglosados por sexo, edad y país de origen; c) el número de investigaciones y procesamientos realizados y de condenas impuestas por los tribunales a los autores de esos actos; d) los programas organizados para formar a los profesionales que participan en la aplicación de las medidas tomadas por el Estado parte para luchar contra la trata, en particular el personal de la policía, del poder judicial, de los órganos de instrucción y de los servicios sociales, y e) las formas de protección de los derechos humanos de las víctimas de la trata.

Derecho a la libertad y a la seguridad personales y tratamiento de las personasprivadas de libertad (artículos 9 y 10)

15.Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 19), sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para que se apliquen efectivamente las garantías contra la detención ilegal y arbitraria enunciadas en el Código de Procedimiento Penal. Se ruega indiquen también si ya funciona la Comisión de Examen de las Reclamaciones de Indemnización por Detención Arbitraria, creada con arreglo al artículo 237 del Código de Procedimiento Penal.

16.A la luz de las anteriores observaciones finales (párr. 20), sírvanse describir en detalle las medidas tomadas para velar por la aplicación efectiva del Código de Procedimiento Penal y, en particular, reducir la excesiva duración de los procedimiento judiciales. Se ruega den información actualizada, incluyendo estadísticas desglosadas por sexo, edad y origen étnico, sobre el número de personas que se encuentran en detención preventiva y de reclusos que cumplen condenas, así como sobre la tasa de ocupación de las prisiones. Sírvanse indicar, además, el número de personas privadas de libertad que están recluidas en hospitales psiquiátricos e instituciones para personas con discapacidad física o mental.

17.Según diversas fuentes de información, en las comisarías y gendarmerías, así como en la mayoría de las prisiones del Camerún, la situación sigue siendo alarmante en lo que atañe a las condiciones de higiene y al acceso a los servicios médicos y a la alimentación, y persiste el hacinamiento. Sírvanse informar sobre los progresos realizados hacia la consecución de los objetivos de la segunda fase del Programa de mejora de las condiciones de detención y respeto de los derechos humanos (PACDET II), ejecutado en cooperación con la Unión Europea.

18.Sírvanse explicar las medidas adoptadas, en su caso, para que en las instituciones penitenciarias los sospechosos que se encuentran en detención preventiva estén separados de los condenados, y para que los menores estén separados de los adultos. Según la información de que dispone el Comité, ni en los centros de detención ni en las prisiones hay separación entre los menores y los adultos o entre los condenados y los detenidos en prisión preventiva. Según ciertas informaciones, los menores son víctimas de abusos sexuales por detenidos adultos. Se ruega comenten esas informaciones. Sírvanse indicar también si se autoriza a los representantes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y Libertades y de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos a efectuar visitas regulares y sin previo aviso a todos los lugares de detención.

19.Sírvanse precisar si el Estado parte proyecta ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Prohibición de la prisión por deudas (artículo 11)

20.Se ruega indiquen si el Estado parte tiene la intención de modificar el Código de Procedimiento Penal para prohibir la pena de prisión en caso de impago de una deuda, en el sentido del artículo 11 del Pacto.

Derecho a circular libremente (artículo 12)

21.Sírvanse indicar si actualmente existen restricciones de la libertad de circulación entre las diferentes regiones del Camerún y, en su caso, indicar las razones de esas restricciones. Se ruega señalen las medidas tomadas por el Estado parte para que los puestos de control policiales o militares no se utilicen como medio de extorsión.

Expulsión de extranjeros (artículo 13)

22.Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 22), sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación en que se encuentra el proyecto de decreto de aplicación de las principales disposiciones de la Ley Nº 2005/006 sobre los refugiados, de julio de 2005. Se ruega indiquen si se han establecido las dos comisiones previstas en esa ley para determinar el estatuto de refugiado y tramitar las solicitudes de asilo.

Derecho a un juicio justo y a la igualdad ante la ley (artículos 14 y 26)

23.Habida cuenta de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 23), sírvanse explicar las medidas adoptadas para garantizar y proteger la independencia y la imparcialidad del poder judicial. Se ruega indiquen cuál es la situación actual de los procesos contra Titus Edzoa, Michel Thierrry Atangana y Fon Doh. Indiquen asimismo las medidas específicas tomadas en virtud de la Ley de asistencia judicial, de abril de 2009, para facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la justicia. Por último, sírvanse informar sobre la formación de los jueces en la aplicación de las disposiciones del Pacto.

24.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para aplicar la recomendación del Comité (párr. 24) en la que se exhorta al Estado parte a limitar la competencia de los tribunales militares a las infracciones de carácter militar.

Libertad de expresión y de asociación y derecho de reunión pacífica(artículos 19, 21 y 22)

25.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar en la práctica la libertad de expresión, de reunión y de asociación. En particular, se ruega señalen las medidas encaminadas a responder a las inquietudes suscitadas por la hostilidad de que son objeto los periodistas y los oponentes políticos (párr. 25). Comenten también las informaciones según las cuales los periodistas y los oponentes políticos siguen siendo objeto de graves actos de intimidación y de acoso, como detenciones arbitrarias, malos tratos y acusaciones basadas en motivos políticos. A este respecto, sírvanse comunicar al Comité los resultados de las investigaciones realizadas sobre los siguientes hechos: a) el fallecimiento denunciado de Germain Ngota (Bibi) Ngota, director de la publicación bimensual Cameroun Express, ocurrido el 22 de abril de 2010, cuando estaba encarcelado en la prisión de Kondengui, en Yaoundé, y b) los actos de tortura y los malos tratos de que según se afirma fueron víctimas en febrero de 2010 Robert Mintya, director de la revista Le Devoir, Serge Sabouang, director de la publicación bimensual La Nation, y Hervé Nko'o, periodista de la revista Bebela. Se ruega indiquen cuál es la situación actual de los procesos que se siguen contra Bertrand Zepherin Teyoud, Roland Fube Fonwi Tita, Paul Eric Kingué y Lapiro de Mbanga (Pierre Roger Lambo Sandjo). En relación con la aplicación de las observaciones finales del Comité (párr. 26), sírvanse describir las medidas tomadas para reconocer la legitimidad de los defensores de los derechos humanos y de su labor, y para garantizar su seguridad.

Participación en los asuntos públicos (artículo 25)

26.Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre los mecanismos existentes en el Estado parte para garantizar la celebración de elecciones transparentes y equitativas. Se ruega indiquen las medidas tomadas para garantizar la independencia, incluida la independencia financiera, del órgano "Elections Cameroon" (ELECAM) con respecto al poder ejecutivo.

Derechos de las personas pertenecientes a minorías (artículos 2 y 27)

27.Se ruega den información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para que las personas pertenecientes a minorías puedan, de conformidad con el Pacto y junto con los demás miembros de su grupo, disfrutar de su propia vida cultural, profesar y practicar su propia religión y utilizar su propio idioma. Sírvanse informar también sobre las medidas adoptadas para mejorar la representación de los grupos minoritarios, tales como los bakas, los bakolas, los bedzangs y los mbororos (comúnmente llamados los pigmeos), en la vida pública del país, en la medida en que, por el momento, esa representación es sumamente limitada.

Difusión de información sobre el Pacto y los Protocolos Facultativos

28.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para dar a conocer el Pacto y su Protocolo Facultativo, así como el cuarto informe periódico del Estado parte (CCPR/C/CMR/4) y los resultados de su examen por el Comité (CCPR/C/CMR/CO/4). Se ruega informen asimismo sobre la participación de la sociedad civil y de las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos en la preparación del quinto informe periódico.