Área de residencia/ l engua aprendida

Censo 1993

Censo 2007

Variación porcentual intercensal

Absoluto

Porcentaje

Absoluto

Porcentaje

Total

19.190.624

100,0

24.687.537

100,0

Castellano

15.405.014

80,3

20.718.227

83,9

3,6

Quechua

3.177.938

16,6

3.261.750

13,2

-3,3

Aymara

440.380

2,3

434.370

1,8

-0,5

Otra lengua nativa

132.174

0,7

223.194

0,9

0,2

Idioma extranjero

35.118

0,2

21.097

0,1

-0,1

Sordomudo

-

-

28.899

0,1

-

Urbana

13.679 . 668

100,0

18.896.580

100,0

Castellano

12.062.075

88,2

17.108.922

90,5

2,4

Quechua

1.395.387

10,2

1.521.391

8,1

-2,1

Aymara

170.766

1,2

189.525

1,0

-0,2

Otra lengua nativa

19.096

0,1

39.337

0,2

0,1

Idioma extranjero

32.344

0,2

20.493

0,1

-0,1

Sordomudo

-

-

16.912

0,1

-

Rural

5.510.956

100,0

5.790.957

100,0

Castellano

3.342.939

60,7

3.609.305

62,3

1,7

Quechua

1.782.551

32,3

1.740.359

30,1

-2,3

Aymara

269.614

4,9

244.845

4,2

-0,7

Otra lengua nativa

113.078

2,1

183.857

3,2

1,1

Idioma extranjero

2.774

0,1

604

0,0

0,0

Sordomudo

-

-

11.987

0,2

-

Fuente: INEI - Censos Nacionales de Población y Vivienda, 1993 y 2007.

45.Según resultados del Censo Nacional de Población de 2007, el castellano es el idioma que la mayoría de la población del país ha aprendido en su niñez. El 83,9% de la población de 5 y más años de edad manifestó haber aprendido este idioma en su niñez, el 13,2% aprendió quechua, el 1,8% aymara y el 0,9% aprendió otra lengua nativa.

46.Comparando estos resultados con lo registrado en el censo de 1993, el porcentaje de la población que declaró haber aprendido castellano en su niñez aumentó en 3,6 puntos porcentuales al pasar de 80,3% (15.405.014 personas) en 1993 a 83,9% (20.718.227 personas) en 2007, en tanto que el 13,2% (3.261.750 personas) que declararon el quechua como idioma aprendido en la niñez, respecto a lo obtenido en el censo de 1993 (16,6%), disminuyó en 3,3 puntos porcentuales. Asimismo, disminuye en 0,5 puntos porcentuales la población que manifestó haber aprendido aymara en su niñez, al pasar de 2,3% (440.380 personas) en 1993 a 1,8% (434.370 personas) en 2007.

47.Por área de residencia, se observa que la gran mayoría (90,5%) de la población del área urbana aprendió en la niñez el castellano, y solamente el 9,3% de la población manifiesta haber aprendido una lengua autóctona o nativa. En cambio, en el área rural, el 37,5% de la población de 5 y más años de edad aprendió en la niñez una lengua autóctona, especialmente el quechua (30,1%).

48.Respecto a lo registrado en el censo de 1993, tanto en el área urbana como en la rural aumenta la proporción de los que aprendieron el castellano, mientras que disminuye los que aprendieron quechua y aymara. Sin embargo, aumenta, los que aprendieron otra lengua nativa que no es quechua ni aymara, principalmente en el área rural.

49.Asimismo, el INEI realiza otras investigaciones en forma permanente como encuestas nacionales e informes especiales sobre demografía, que considera el elemento de la identificación étnica como variable subjetiva, que complementan el aporte que realiza el uso del idioma o dialecto materno de los censos, como variable objetiva.

50.Los datos sobre identificación étnica señalan que el 57,6% de la población se identificó como mestizo, el 22,5% declararon ser quechuas, y en menores proporciones se identificaron con las siguientes categorías: blanco (4,8%), aymara (2,7%), de la Amazonía (1,7%). El 9,1% señaló categorías diferentes a las mencionadas o no se identificó con alguna.

51.Como se puede apreciar, la realidad cultural y la lingüística del Perú es sumamente heterogénea, pluricultural y multilingüe, y se expresa según el Mapa Etnolingüístico Oficial del año 1994 en la coexistencia de 72 grupos étnicos indígenas con población no indígena, los primeros de los cuales se agrupan en 14 familias lingüísticas. De estos grupos étnicos, 7 se ubican en el área andina y los otros 65 se ubican en el área amazónica.

52.La distribución y la localización de la población indígena, tanto en el área andina como en la amazónica, coincide con la ubicación de las zonas más pobres del país, debido a que incide en el ámbito rural. En los últimos años, el Perú ha identificado aquellas zonas en base a mapas de pobreza, y a continuación se observa el cuadro resumen del mapa de pobreza de 2006 elaborado por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES).

Mapa de pobreza departamental FONCODES , 2006

Quintil de c arencias

Departamentos

N úmero de D epartamento s

Población total 2007

Porcentaje

Más pobre

Huancavelica, Huanuco, Cajamarca, Apurimac, Ayacucho, Loreto, Amazonas, Pasco

8

5.169.682

19

Quintil 2

Cusco, Puno, Ucayali, Piura, San Martín

5

5.277.126

19

Quintil 3

Ancash, Junín, Madre de Dios, La Libertad, Lambayeque, Tumbes, Ica

7

6.040.644

22

Quintil 4

Moquegua, Arequipa, Tacna

3

1.602.617

6

Menos pobre

Lima, Callao

2

9.322.088

34

Total

25

27.412.157

100

Fuente: Censo de población y vivienda 2007-INEI.

Elaboración: FONCODES/UPR.

Nota: El dato censal no incluye la población omitida.

53.Como se puede apreciar el cuadro anterior ha sido dividido en quintiles, considerando criterios de carencia de servicios básicos, así como índices de analfabetismo y desnutrición altos. Si observamos los dos quintiles más pobres podemos apreciar que están constituidos por los departamentos con mayor población indígena, tanto en la región andina como en la amazónica.

54.Los pueblos étnicos de la Amazonía fueron censados en 1993 en el Primer censo de comunidades indígenas de la Amazonía peruana. Estas comunidades constituyen una población dispersa a lo largo y ancho de la Amazonía, conformando familias lingüísticas y grupos étnicos al interior de ellas. Es posible que en la fase de recopilación de información no se haya llegado a los últimos confines de la Amazonía donde se encuentran grupos étnicos nómades de escaso contacto con la sociedad, por lo que el total de la población censada como la estimada no sea la fotografía exacta de dicha población en cuanto a su volumen. Según estudios recientes realizados por el Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA), se concluye que son aproximadamente 20 los pueblos en aislamiento voluntario que viven en nuestra Amazonía, de los cuales 15 han sido identificados y 10 se encuentran en contacto inicial.

55.De acuerdo al referido censo, los pueblos indígenas de la Amazonía están compuestos por 299.218 habitantes, distribuidos en 1.450 comunidades pertenecientes a 65 pueblos étnicos (48 de ellos censados). La mayor concentración de población indígena está en los departamentos de Loreto (83.746), Junín (57.530), Amazonas (49.717) y Ucayali (40.463).

56.Su composición por edad muestra una estructura extremadamente joven: el 49,7% de la población tiene entre 0 y 14 años, mientras que el 48,8% tiene entre 15 y 64 años y sólo el 1,5% tiene más de 65 años.

57.Su nivel educativo difiere sustancialmente del promedio nacional. El porcentaje de la población sin nivel educativo y preescolar es del 32%, mientras que el 49% tiene algún nivel de educación primaria y sólo el 15,5% tiene algún año de secundaria y/o superior, por lo cual el analfabetismo alcanza el 33%, con mayor incidencia en las mujeres (44%) que en los hombres (23%).

58.Estudios realizados señalan que el nivel educativo de los padres influye en las tendencias de fecundidad de la población. Las mujeres que estudian 11 años o que concluyen su secundaria tienen una diferencia de hasta 3 hijos menos que las que no tienen estudios. Así, la educación y el lugar de residencia de las madres son factores que inciden en la marcada diferencia de fecundidad y mortalidad infantil. El nivel de fecundidad más alto se encuentra en las comunidades quichua-napo-pastaza y huambisa, con 11 hijos por mujer como promedio, mientras que el nivel más bajo está entre los lamas-chachapoyas, con 7,4 hijos. De igual forma, el nivel más alto de mortalidad infantil se presenta en la comunidad shipibo-conibo, con 153 defunciones, mientras que el nivel más bajo se encuentra entre los campa asháninka, con 99 defunciones por cada 1.000 nacimientos.

59.Entre los factores explicativos de mayor importancia sobre los altos niveles de fecundidad y mortalidad infantil, y de sus marcadas diferencias con otros contextos, se encuentra la extrema pobreza en que vive cada una de las comunidades nativas. Ello se refleja en las precarias condiciones de vida, en especial los bajos niveles de educación, situación que se agrava por la elevada tasa de analfabetismo femenino, especialmente en las mujeres de 12 a 49 años de edad.

B . Población afroperuana

60.En cuanto a la población afroperuana, de manera específica en la actualidad no es posible establecer grupos étnicos diferenciados; sin embargo, retrocediendo en el tiempo se pueden indicar algunos de los grupos étnicos africanos que llegaron al Perú y que dieron origen a la actual población afrodescendiente, destacando los lucumíes, terranovos, mandingas, misangos, congos, caravelíes, entre otros. Es de suponer que del total de la población afrodescendiente en la actualidad aún conservan rasgos, estilos y formas de vida provenientes de los grupos mencionados. Lamentablemente, el contenido de las lenguas considerado para distinguir las etnias existentes no es aplicable para los afrodescendientes en el entendido que producto del proceso de transculturación perdieron su lengua madre, quedando algunos términos mezclados con el castellano, determinando en cierta parte una lengua híbrida.

61.Los resultados de un estudio realizado por el INEI en el año 2002 sobre la población afroperuana identificó a nivel de centros poblados que existen 106 con población afroperuana, 89 de ellos en la región de la costa sur y 17 en la región de la costa norte. Por otro lado, con respecto a la educación, el INDEPA reporta que el estudio hecho en base a la Encuesta nacional de hogares revela que en promedio los afroperuanos tienen 7,48 años de educación, muy cercano al promedio nacional. Virtualmente, 1 de cada 4 afroperuanos no ha terminado sus estudios primarios. Un mínimo porcentaje de afrodescendientes llegan al sistema universitario, y sólo el 2% de los que llegan logran culminar sus estudios.

62.En otra encuesta sobre las percepciones de la población afroperuana sobre discriminación, el 13,2% de las personas señala haber sufrido algún tipo de discriminación.

III. MEDIDAS LEGISLATIVAS , JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS O DE OTRA ÍNDOLE QU E SIRVAN PARA PONER EN PRÁCTICA LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2 DE LA CONVENCIÓN

A . Medidas legislativas a favor de los pueblos indígenas

63.El Estado peruano, en el marco de un estado de derecho respetuoso de los derechos humanos, promueve y garantiza la protección de los derechos de los pueblos indígenas, que estén constituidos como comunidades campesinas o nativas u otra forma de organización, como sujetos jurídicos individuales o de derecho colectivo.

64.Los pueblos indígenas se encuentran comprendidos en un marco constitucional y legal de protección. En el ámbito constitucional, además de consagrar como derecho fundamental de la persona el derecho a su identidad étnica y cultural, y proteger la pluralidad étnica y cultural de la nación, el Estado peruano reconoce en el artículo 89 la existencia legal de las comunidades campesinas y nativas y les otorga la condición de personas jurídicas como entidades autónomas en su organización, en el trabajo comunal, en el uso y la libre disposición de sus tierras en lo económico y administrativo.

65.El Estado peruano respeta su identidad cultural de acuerdo al artículo 17, por el que preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país, por lo que, además, se fomenta la educación bilingüe e intercultural, según las características de cada zona. Asimismo, el artículo 48 reconoce como idiomas oficiales el quechua, el aymara y las demás lenguas aborígenes en las zonas donde predominen.

66.Dada la especial relación de las comunidades campesinas y nativas con la tierra, en consecuencia con la actividad agraria, el Estado apoya preferentemente su desarrollo, garantizando el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquiera otra forma asociativa. La ley puede fijar los límites y la extensión de la tierra según las peculiaridades de cada zona, de acuerdo a lo establecido en el artículo 88.

67.Respecto del ambiente y los recursos naturales, la Constitución establece que los recursos naturales, tanto renovables como no renovables, son patrimonio de la nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento, por lo cual en la utilización y otorgamiento a particulares se fijan las condiciones por ley orgánica. La política ambiental es determinada por el Estado que promueve el uso sostenible de sus recursos naturales, así como la conservación de la diversidad biológica, las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía.

68.Este reconocimiento de la identidad étnica y cultural, y la obligación estatal de protegerla, deben interpretarse correlativamente con el derecho a la igualdad ante la ley y a no ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

69.A nivel legislativo, el Estado peruano reconoce el derecho y la facultad de los pueblos y comunidades indígenas de decidir sobre sus conocimientos colectivos a través del Régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos, Ley Nº 27811.

70.El multilingüismo es una realidad en el Perú y encuentra amparo legal en el campo de la educación a través de la Ley para la educación bilingüe intercultural, Ley Nº 27818. Existe una Política nacional de educación bilingüe intercultural y programa de lenguas y culturas en la educación. La institución encargada de llevarla a cabo es el Ministerio de Educación a través de la Dirección Nacional de Educación Bilingüe Intercultural (DINEBI). Al respecto, se puede mencionar que, dentro del desarrollo progresivo de los derechos de los pueblos indígenas, se establece que los docentes que postulan para acceder a un puesto en la educación superior no universitaria pueden rendir la entrevista personal en su idioma nativo considerando en su evaluación -en la etapa regional- temas sobre la diversidad cultural y multilingüe.

71.En la Ley general del ambiente, Nº 28611, se establece lo siguiente:

Artículo 70

De los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas

"En el diseño y aplicación de la política ambiental y, en particular, en el proceso de ordenamiento territorial ambiental, se deben salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas reconocidos en la Constitución política y en los tratados internacionales ratificados por el Estado. Las autoridades públicas promueven su participación e integración en la gestión del ambiente."

Artículo 71

De los conocimientos colectivos

"El Estado reconoce, respeta, registra, protege y contribuye a aplicar más ampliamente los conocimientos colectivos, innovaciones y prácticas de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas, en tanto ellos constituyen una manifestación de sus estilos de vida tradicionales y son consistentes con la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos naturales. El Estado promueve su participación, justa y equitativa, en los beneficios derivados de dichos conocimientos y fomenta su participación en la conservación y la gestión del ambiente y los ecosistemas."

72.Recientemente se aprobó la Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, Ley Nº 28736, que tiene una definición sobre los pueblos indígenas en su artículo 2: "Aquellos que se autorreconocen como tales, mantienen una cultura propia, se encuentran en posesión de un área de tierra, forman parte del Estado peruano conforme a la Constitución. En éstos se incluye a los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial".

73.Esta ley tiene por objeto establecer el régimen especial transectorial de protección de los derechos de los pueblos indígenas de la Amazonía peruana que se encuentran en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, garantizando los derechos a la vida y a la salud salvaguardando su existencia e integridad.

74.Además de esto, el Perú es suscriptor de diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos o ambientales en general y de los derechos indígenas en particular. El más importante de ellos, el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas o tribales en países independientes, de 1989, ratificado el 2 de febrero de 1994, pero también el Programa 21 y el Convenio sobre la Diversidad Biológica.

1 . Creación del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos An dinos, Amazónicos y Afroperuano

75.El Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA) fue creado el 16 de abril del 2005 como organismo público descentralizado con autonomía financiera, funcional, administrativa y organizativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros por Ley Nº 28495. Se encuentra encargado de proponer y supervisar el cumplimiento de las políticas nacionales, así como de coordinar con los gobiernos regionales la ejecución de los proyectos y programas dirigidos a la promoción, defensa, investigación y afirmación de los derechos y desarrollo con identidad de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano.

76.Otra de las atribuciones del INDEPA es garantizar el cumplimiento de las consultas a los pueblos indígenas en el marco del Convenio Nº 169 de la OIT, cuando se tomen decisiones que involucren o afecten a los pueblos indígenas directamente. Para ello se tomarán en cuenta las coordinaciones con las organizaciones indígenas.

77.En el marco de la Ley para la protección de los pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, Ley Nº 28736, el Estado, a través del INDEPA, viene implementando políticas de protección de estos pueblos antes de que sean contactados de manera desprevenida y violenta. El principio básico para la protección de estos pueblos es el respeto de su derecho de aislarse si así lo desean, garantizándoles la intangibilidad de sus territorios y condiciones preventivas de salud que garanticen su bienestar dentro de su situación de no contacto con la sociedad nacional, visto que han preferido apartarse como estrategia de supervivencia, hace años, décadas o siglos, después de contactos violentos.

2 . Pueblos indígenas, actividade s extractivas y medio ambiente

78.Comprendiendo la especial geografía del Perú, especialmente en las regiones naturales de la sierra y de la selva, donde habitan los pueblos indígenas andinos y amazónicos, existen otros factores que profundizan la complejidad en torno a su territorio, entre otros el impacto ambiental por las actividades forestales, de minería e hidrocarburos.

79.Respondiendo a estas dificultades, el Estado peruano estableció en 1997 el Sistema Nacional de Áreas Naturales, el cual otorga a los pueblos indígenas, de acuerdo a sus usos ancestrales y costumbres, el derecho exclusivo al aprovechamiento de los recursos naturales que se encuentren en los parques y santuarios nacionales en forma excepcional, debido a que estas áreas gozan de protección estricta. En las demás áreas naturales protegidas se permite la realización de diversas actividades de aprovechamiento de recursos naturales con ciertas condiciones que debe determinar el Estado.

80.Asimismo, existen normas especiales como la Ley general de aguas, la Ley forestal y de fauna silvestre, la Ley general de minería, la Ley de protección al acceso a la diversidad biológica, entre otras, que reconocen el dominio del Estado sobre todos los recursos naturales, así como el derecho de las comunidades campesinas y nativas al aprovechamiento de los recursos existentes en las tierras reconocidas a favor de dichas comunidades.

81.No obstante, es innegable la existencia de conflictos entre los pueblos indígenas de la Amazonía con las actividades de hidrocarburos por el impacto ambiental. En este caso, la autoridad competente es el Ministerio de Energía y Minas, el cual ha implementado acciones legislativas conducentes a lograr el desarrollo integral de la sociedad y específicamente la inclusión y promoción de los derechos al ambiente, a la información, a la consulta y participación, a la propiedad y al desarrollo de las poblaciones ubicadas dentro de las áreas de influencia de los proyectos mineroenergéticos.

82.En ese sentido, en materia de hidrocarburos existen tres reglamentos con base en el principio de la necesidad de compatibilizar el equilibrio ecológico y el desarrollo, incorporando el concepto "desarrollo sostenible" en estas actividades, a fin de permitir a las actuales generaciones satisfacer sus necesidades sociales, económicas y ambientales, sin perjudicar la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer las propias. En primer lugar, el Reglamento para la protección ambiental en las actividades de hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-EM, prevé el respeto a las comunidades nativas y campesinas en el desarrollo de las actividades, para lo cual se cuenta con herramientas como la elaboración de un Plan de manejo ambiental, que identifica las acciones para prevenir y/o mitigar cualquier impacto sobre las poblaciones y su entorno.

83.En segundo lugar, el Reglamento de seguridad para las actividades de hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2007-EM, tiene por objeto preservar la integridad y la salud de la persona, así como proteger a terceras personas de los eventuales riesgos provenientes de las actividades de hidrocarburos.

84.En forma reciente, el Reglamento de participación ciudadana durante el desarrollo de las actividades de hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2008-EM, reconoce el derecho a la consulta y participación ciudadana en la gestión ambiental, de acuerdo a la Constitución, la Ley general del ambiente y demás legislación propia del sector, debido a lo cual incorpora las consideraciones dispuestas en la Resolución legislativa Nº 26253, que ratifica el Convenio Nº 169 de la OIT, sobre las responsabilidades de los gobiernos para desarrollar acciones afirmativas a favor de la población indígena, en especial la relacionada con la participación ciudadana.

85.De igual forma, en el sector minero se han dado reglamentos en materia ambiental y de participación ciudadana, donde se regulan las obligaciones del operador minero en cuanto a los impactos y efectos negativos generados, tanto en el cierre como el poscierre de actividades. Asimismo, precisa que antes del inicio de las actividades de exploración minera, se debe contar con el derecho de usar el terreno superficial; esto implica la obligación de llegar a un acuerdo previo con los propietarios del predio, sea una comunidad campesina, nativa, o un tercero.

86.Si bien ya existía en la materia un marco normativo vigente desde el año 2002, el Reglamento de participación ciudadana ha aportado mejoras y establece definiciones adecuándose a lo dispuesto por el Convenio Nº 169 de la OIT y precisándose, además, que la consulta no da derecho a vetos de las actividades mineras.

87.Finalmente, la reciente creación del Ministerio del Ambiente, mediante Decreto legislativo Nº 1013, manifiesta la preocupación del Gobierno peruano por garantizar a todos sus ciudadanos el derecho a un medio ambiente equilibrado, la protección de la biodiversidad y la búsqueda del desarrollo sostenible.

3 . Iniciativas legislativas

88.En el Congreso de la República se han presentado proyectos de ley en materia de pueblos indígenas. Los siguientes cuentan con dictámenes favorables de las comisiones de trabajo competentes en la materia.

89.Proyecto de ley Nº 02016/2007-CR, presentado el 18 de diciembre de 2007, el cual propone la Ley de consulta y participación de los pueblos indígenas en materia ambiental. Cuenta con dictamen favorable sustitutorio de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, Ambiente y Ecología, pero se requiere además el dictamen de la Comisión de Constitución para que pueda pasar al Pleno del Congreso.

90.El proyecto de ley busca garantizar que los actos legales o administrativos y los proyectos referidos al ordenamiento territorial, realización de actividades de exploración y explotación de recursos naturales, y obras de infraestructura que puedan afectar los derechos de los pueblos indígenas, cuenten con el consentimiento previo, libre e informado de estos pueblos. Asimismo, busca implementar claramente el reconocimiento al derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas y el derecho a expresar su consentimiento según lo señalado en los artículos 6, 7 y 15 del Convenio Nº 169 de la OIT (Resolución legislativa Nº 26253, de 2 de diciembre de 1993) y los artículos 10, 19, 28, 29 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas aprobada el 13 de septiembre de 2007.

91.Proyecto de ley Nº 00413/2006-CR, presentado el 10 de octubre de 2006, que propone prever la consulta previa con las comunidades indígenas para la explotación de los recursos naturales. (Proyecto actualizado por acuerdo del Consejo Directivo, Nº anterior 7808/2003-CR.) Cuenta con dictamen favorable sustitutorio de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, pero se requiere además el dictamen de la Comisión de Constitución para que pueda pasar al pleno del Congreso.

92.La consulta previa tiene por objeto permitir que los integrantes de una comunidad indígena analicen y opinen sobre el impacto económico, ambiental, social y cultural que puede ocasionar la explotación de recursos naturales dentro de su territorio, y en base de dicha consulta las autoridades que corresponda tomen la decisión definitiva sobre la viabilidad del proyecto, enmarcado en el cumplimiento de la Ley de fomento a la inversión seria y responsable en el país.

93.Proyecto de ley Nº 00221/2006-CR, presentado el 15 de septiembre de 2006, que propone la Ley de traducción y difusión de las leyes en idiomas oficiales que tengan incidencia en los pueblos originarios e indígenas del Perú. Cuenta con dictamen favorable sustitutorio de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, pero se requiere además el dictamen de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deportes para que pueda pasar al pleno del Congreso.

94.El referido proyecto busca que se traduzcan y se publiquen las normas legales que tengan incidencia en los pueblos indígenas del Perú, de preferencia las referidas a los derechos humanos, derechos de la mujer, derechos del niño y del adolescente en los diferentes idiomas oficiales del Perú.

95.Proyecto de ley Nº 00806/2006-CR, presentado el 14 de diciembre de 2006, que propone la Ley para la preservación y uso de las lenguas originarias del Perú. Cuenta con dictamen favorable sustitutorio de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, pero se requiere además el dictamen de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deportes para que pueda pasar al pleno del Congreso.

96.Este proyecto tiene por objeto precisar los alcances de los derechos y garantías individuales y colectivos, que en materia lingüística establece el Estado peruano en el artículo 48 de la Constitución. Señala que todas las lenguas originarias son la expresión de una identidad colectiva y de una manera distinta de percibir y de describir la realidad, por tanto tienen que poder gozar de las condiciones para su mantenimiento y desarrollo en todas las funciones.

B . Medidas administrativas y de otra índole a favor de los pueblos indígenas

1 . Comisión de la Verdad y Reconciliación

97.Una de las conclusiones del informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) es que el 75% de las víctimas de la violencia pertenecía a las comunidades indígenas quechua y otras. Ello debido a la ubicación de los principales escenarios del conflicto armado interno. Para hacer frente a esta situación particular de vulnerabilidad de los pueblos indígenas, el Estado peruano ha buscado dotarlos de los medios necesarios para alcanzar su desarrollo.

98.En ese contexto, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) se propuso llevar adelante un estudio a gran escala de los centros poblados rurales afectados por la violencia, denominado Censo por la Paz, que facilita el diseño de políticas públicas orientadas a la reparación, la atención, el desarrollo y la promoción de una cultura de paz. Progresivamente, hasta la fecha se han realizado cinco etapas del Censo por la Paz.

Plan Integral de Reparaciones

99.Por su parte, el 28 de julio de 2005, mediante la Ley Nº 28592 se creó el Plan Integral de Reparaciones (PIR) aplicable a las víctimas de la violencia, de conformidad con las recomendaciones de la CVR. En 2006 se aprobó el reglamento de la ley, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos que permitirán acceder a los programas del PIR.

100.La ley mencionada establece, asimismo, un Consejo de Reparaciones a cargo de preparar un Registro Único de Víctimas (RUV) que a octubre de 2008 ha logrado inscribir en el Libro Primero (víctimas individuales) 1.631 personas, y en el Libro Segundo (comunidades) 1.243 comunidades y centros poblados, en su mayoría de los departamentos de Junín, Huancavelica, Apurímac y Cusco -algunas de las zonas que sufrieron más hechos de violencia entre 1980 y 2000. El Consejo de Reparaciones ha creado una red social e institucional de apoyo que le ha permitido desplegar una estrategia territorial inclusiva que tenga en cuenta la multiculturalidad del país, así como las particularidades étnicas, sociales, económicas, lingüísticas, de género y de salud. La identificación con las actividades realizadas, la legitimación de trabajo, el apoyo para conseguir información y el apoyo social y político necesario son acciones que también se han logrado de forma exitosa.

101.Dentro de ese contexto ha logrado trabajar de manera coordinada con el Gobierno central, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, así como con organismos autónomos y otros como el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), el poder judicial, el ministerio público y la Defensoría del Pueblo.

102.Otra instancia que debe mencionarse es la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN) creada en febrero de 2004 (Decreto Supremo Nº 003-2004-JUS) y que depende en la actualidad, al igual que el Consejo de Reparaciones, de la Presidencia del Consejo de Ministros. La CMAN fue establecida con el objeto de contar con un mecanismo que permitiera al Estado hacer frente y asumir su responsabilidad en el cumplimiento de las recomendaciones de la CVR. En la práctica, la CMAN está concentrada en la implementación del Programa de reparaciones colectivas (PRC), cuyo presupuesto asignado para 2007 fue de 45 millones de soles, para 2008 de 46 millones de soles, y para 2009 de 40 millones de soles. Este programa permite beneficiar a 440 comunidades campesinas y nativas de las regiones más afectadas por la violencia, brindándoles financiamiento para la realización de proyectos productivos.

2 . Programas de lucha contra la pobreza y planes nacionales

103.En el caso del Perú la pobreza y la extrema pobreza están relacionadas directamente a la exclusión y a la marginación, que no hacen más que profundizar las desigualdades entre la población. Debido a su localización, la población indígena se encuentra en situación de vulnerabilidad frente a la pobreza, de acuerdo al Mapa de Pobreza 2006 del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES). Este ha sido un instrumento muy importante para afinar la asignación de recursos y ubicar a las poblaciones más pobres, donde no sólo deben ejecutarse los proyectos de infraestructura social y económica, sino lo más importante, aquellos que generen ingresos permanentes para los sectores con mayores necesidades.

104.La eliminación de la pobreza es una de las prioridades del Gobierno peruano; por ello, ha diseñado e implementado una serie de programas y planes, transectoriales y sectoriales, que viene dando buenos resultados. De acuerdo a la Encuesta nacional de hogares del INEI, en los últimos siete años se ha reducido la pobreza del 55 al 39%. No obstante, se debe señalar que la pobreza y la extrema pobreza han retrocedido considerablemente sólo en la capital y en algunos departamentos que se encuentran ubicados en la región de la costa.

Programas

105.El Estado peruano viene implementando programas a nivel nacional, bajo la responsabilidad de distintos sectores del ejecutivo. A la fecha, se han contemplado fondos por un monto de 3.200 millones de soles en 2007 y 4.500 millones de soles en 2008. Entre los citados programas se pueden mencionar los siguientes.

Estrategia nacional Crecer

106.Tiene como objetivo para 2011 disminuir en nueve puntos porcentuales la desnutrición en niños y niñas menores de 6 años en situación de vulnerabilidad nutricional y pobreza, bajo un enfoque de derechos, protección del capital humano, desarrollo social y corresponsabilidad, a través de una intervención multisectorial articulada con un financiamiento basado en los presupuestos institucionales de los sectores. Está en proceso de implementación. En su primera etapa atiende a 219.000 niños y en la segunda a 480.000.

Programa "Juntos"

107.Mediante el Programa "Juntos" se otorga un incentivo económico (100) de uso libre a las familias, con el objeto de luchar contra la desnutrición crónica infantil y la pobreza extrema, con el compromiso por parte de los beneficiarios de cumplir ciertas exigencias vinculadas a la matricula de los niños en las escuelas y chequeos médicos periódicos. Durante 2007 la cobertura alcanzó a 14 departamentos y benefició a 372.918 familias.

Seguro Integral de Salud

108.El Seguro Integral de Salud (SIS) busca proteger la salud de los peruanos que no cuentan con un seguro de salud, priorizando las poblaciones más vulnerables en situación de pobreza y pobreza extrema. Entre enero y diciembre de 2007 realizó 21.537.406 atenciones.

Planes nacionales

Plan nacional de derechos humanos 2006-2010

109.La elaboración del Plan nacional de derechos humanos para el período 2006-2010 (PNDH) responde, por un lado, al esfuerzo del Estado peruano por contar con un documento de carácter integral en la promoción, difusión y defensa de los derechos humanos, y, por otro, al cumplimiento de la obligación contraída con ocasión de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993), a la 28ª Política de Estado del Acuerdo Nacional, así como a los compromisos que asumió el Perú al presentar su candidatura al Consejo de Derechos Humanos.

110.Para lograrlo, el Estado emprendió un amplio proceso de consultas sin precedentes que comprendió 18 audiencias públicas precedidas de eventos preparatorios o preaudiencias, celebradas a nivel nacional con la participación activa de representantes de instituciones públicas y privadas, así como de organizaciones sociales de base de todo el país, en las que participaron aproximadamente 2.800 personas en todo el territorio. Es oportuno resaltar que el 78% de los participantes provenían de la sociedad civil.

111.El PNDH tiene una sección sobre lucha contra la discriminación en la cual se identifican sectores de la población en condición de mayor vulnerabilidad para reforzar acciones que permitan garantizar sus derechos, entre ellos los pueblos indígenas. El PNDH fomenta acciones para promover una cultura social de respeto a las diferencias, que evite el trato denigrante o violento por motivos de raza, religión, género u orientación sexual, entre otros.

112.En este sentido, el presente documento de trabajo es un primer paso para alcanzar este objetivo pues desarrolla una primera aproximación a la problemática de la discriminación como un fenómeno social y cultural que afecta a la integración social y a la participación de la ciudadanía. Proporciona, desde una perspectiva conceptual y jurídica, los distintos aspectos del derecho a la no discriminación, enfatizando sus dimensiones como derecho humano fundamental y los mecanismos para su protección.

Otros planes nacionales

113.En este punto cabe referirse a otros planes nacionales aprobados por distintas entidades del Estado, que incluyen lineamientos y directrices orientadas a reforzar acciones para garantizar derechos, así como para fomentar la promoción de una cultura de respeto a las diferencias, al momento de establecer las políticas públicas, evitando el trato denigrante y desigual que sea injustificado o irrazonable, por motivos de raza, religión, género, condición social, orientación sexual, entre otros. A continuación, una breve descripción de los planes que incluyen dicha prerrogativa.

114.Plan nacional de educación para todos 2005-2015, Perú. Hacia una educación de calidad con equidad. Este plan, adoptado en septiembre del año 2005 por el Ministerio de Educación, tiene la noción de equidad como eje para el establecimiento de las políticas públicas en educación, del cual se puede resaltar que se establecieron como objetivos, entre otros, garantizar la equidad en la educación orientada a superar las brechas que devienen de la inequidad de género y de la discriminación sociocultural, étnica y lingüística.

115.Plan nacional de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres 2006-2010. Este plan, elaborado en el marco del proceso de modernización del Estado en seguimiento del Plan nacional de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, versión 2000-2005, tiene como estrategia principal la superación de la pobreza, marcando una orientación central y compromiso ético con las mujeres del país. Presenta cinco enfoques en base a la normatividad nacional e internacional (de derechos humanos, de equidad de género, de interculturalidad, intergeneracional, y de territorialidad).

116.Plan nacional de acción por la infancia y la adolescencia 2002-2010. Aprobado por el Estado (Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social) e inspirado en los derechos, libertades y deberes de las niñas, niños y adolescentes, como establece la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código de los Niños y Adolescentes del Estado peruano. El plan tiene dos grandes objetivos: contribuir a que las niñas, niños y adolescentes puedan ejercer sus derechos y responsabilidades, en el marco de la ley y en un país democrático donde se respeten los derechos humanos, y crear condiciones en el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo humano de todas las niñas, niños y adolescentes, reduciendo la pobreza y la exclusión que los afecta a lo largo del ciclo de vida.

117.Plan nacional para las personas adultas mayores 2006-2010, con el propósito de promover una sociedad inclusiva para todas las edades. El plan considera diversos aspectos no discriminatorios; tal fue el caso al momento de establecer los principios, considerándose la "equidad de género, propiciando la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres sin discriminación".

118.Plan nacional de apoyo a la familia 2004-2011. El Estado peruano lo aprobó mediante Decreto Supremo Nº 005-2004-MIMDES y tomando como base tanto la Constitución política del Perú (art. 4) como diversos tratados sobre derechos humanos, al considerar que la familia es el primer ámbito para promover la equidad y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y para la niñez, la tercera edad y las poblaciones en situación de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas.

119.Plan nacional de prevención y erradicación del trabajo infantil. Este plan fue aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-TRA en cumplimiento a lo establecido en diversos tratados ratificados por el Perú, con el objeto de adoptar medidas eficaces para prevenir y erradicar el trabajo infantil, sobre todo cuando existan aun mínimos indicios de que se pueda poner en riesgo su bienestar y desarrollo.

120.Plan nacional de restitución de la identidad, documentando a las personasindocumentadas 2005-2009 (RENIEC). Este plan fue aprobado por ser un tema de interés nacional y teniendo en cuenta la necesidad de incorporar en el diseño y ejecución de políticas públicas el tema de la identificación y la problemática que afrontan las personas indocumentadas. El plan incorpora el enfoque de derechos, género e interculturalidad y se basa en dos ejes fundamentales: a) prevención de la indocumentación, a fin de evitar el aumento de personas sin existencia legal al no poseer ningún documento de identificación, orientada básicamente al grupo infantil y adolescente; b) restitución de la identidad, orientada a documentar a las personas indocumentadas, con especial énfasis en los grupos vulnerables mencionados en el diagnóstico (personas en situación de pobreza y/o afectadas por el conflicto armado interno, pueblos indígenas o afroperuano, mujeres, niños, personas con discapacidad, personas adultas mayores).

IV. MEDIDAS LEGISLATIVAS, JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS O DE OTRA ÍNDOLE QU E SIRVAN PARA PONER EN PRÁCTICA LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 4 DE LA CONVENCIÓN

A. Tipificación penal

121.El delito de discriminación fue incorporado al Código Penal mediante la Ley contra actos de discriminación, Ley Nº 27270. Posteriormente, la Ley Nº 28867 modificó el artículo 323 del Código Penal a fin de extender los supuestos para la configuración del delito de discriminación. Antes, el Código Penal sólo sancionaba el delito de discriminación por motivos raciales, étnicos, religiosos o sexuales. Con la referida modificación se han extendido los supuestos para la configuración de dicho delito, el cual ahora puede configurarse también por factores genéticos, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión política o de cualquier índole, o condición económica.

122.La modificación es un gran avance en la materia, puesto que se introducen además como nuevo criterio para calificar la comisión de este delito los efectos buscados por el sujeto activo, los cuales pueden ser anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona, y que puede ser cometido también mediante terceros, y no sólo es punible la discriminación de otra persona o grupo de personas, sino también la incitación y promoción pública de actos discriminatorios, así como la discriminación mediante actos de violencia física o mental.

123.Asimismo, incrementa la sanción a pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de tres años, o prestación de servicios a la comunidad de 60 a 120 jornadas.

124.Finalmente, se agrava la sanción a imponerse a los funcionarios públicos que cometan este ilícito, estableciéndose la inhabilitación y la pena privativa de libertad no menor de dos, ni mayor de cuatro años.

B. Estadísticas de denuncias por discriminación en el m inisterio p úblico

125.En el año 2006 se presentaron en las fiscalías provinciales penales del ministerio público 12 casos, en el año 2007 se presentaron 16 casos y en el año 2008 14 casos a nivel nacional con un total de 42 casos por el delito específico de discriminación, de los cuales el 74% corresponde sólo al distrito judicial de Lima.

C. Otras medidas adoptadas por el m inisterio p úblico

126.La Fiscalía de la nación aprobó la Directiva sobre remisión de información relativa a casos que ingresaron o se encuentran en investigación por parte de fiscalías penales en delitos contra la humanidad, que tiene por objeto centralizar la información sobre las denuncias, investigación y proceso en trámite por los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, discriminación y manipulación genética, contemplados en los artículos 319 a 321 y 323 del Código Penal.

V. MEDIDAS LEGISLATIVAS , JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS O DE OTRA ÍNDOLE QU E SIRVAN PARA PONER EN PRÁCTICA LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 5 DE LA CONVENCIÓN

A. Seguridad personal y protección del Estado

127.En relación a los derechos materia del presente acápite, cabe señalar que el Comité incluyó en sus observaciones finales al último informe periódico del Perú algunos motivos de preocupación que fueron: el reclutamiento forzoso en las comunidades nativas para conformar comités de autodefensa orientados por el ejército, así como para realizar el servicio militar obligatorio, debido a lo cual se proporciona la información correspondiente.

1. Rondas campesinas contrasubversivas o c omités de a utodefensa

128.Las primeras respuestas defensivas del campesinado peruano a las acciones armadas del grupo terrorista Partido Comunista del Perú-Sendero Luminoso (PCP-SL) se dieron a partir de 1982, conformando las rondas contrasubversivas, que se fueron extendiendo y organizando en los escenarios rurales del conflicto hasta derrotar al terrorismo en el campo. Las rondas contrasubversivas se extendieron además a la selva central, territorio tradicional de los asháninkas y nomatsiguengas. Muchos nativos que permanecieron bajo la vigilancia del PCP-SL sufrieron castigos y fueron sometidos a un estado de servidumbre y a condiciones infrahumanas de vida.

129.Es así que, en esta difícil situación, los campesinos y nativos se vieron obligados a formar rondas contrasubversivas, por un lado como iniciativa propia para protegerse de los abusos del PCP-SL, y del otro como un proceso impuesto, fuese por las fuerzas del orden o por los mismos ronderos de pueblos vecinos. En este contexto de guerra resultó inevitable que las rondas contrasubversivas contribuyeran a la espiral de la violencia, no obstante su importante participación en el restablecimiento de la paz.

130.Las rondas contrasubversivas son reconocidas legalmente como comités de autodefensa (CAD) por Decreto-ley Nº 741 de 8 de noviembre de 1991 y reglamentados por el Decreto Supremo Nº 077/DE-92, de 19 de octubre de 1992.

131.Según la versión proporcionada a la CVR por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA), existen actualmente alrededor de 8.000 CAD reconocidos legalmente. Sin embargo, es difícil establecer una aproximación debido a que muchos de ellos se disolvieron silenciosamente luego de la etapa de violencia y otros han continuado como mecanismo de defensa contra el abigeato y que, por lo general, no están armados.

132.El Estado peruano viene trabajando en la construcción de una cultura de paz para que la violencia subversiva en la vida comunal y familiar no se vuelva a repetir, por lo cual los ronderos y sus familiares que fueron víctimas de la violencia terrorista han sido considerados en el PIR. Asimismo, el CCFFAA ha otorgado indemnizaciones, y a fin de actualizar la base de datos de los integrantes de los CAD a nivel nacional aprobó, el 18 de enero del 2006, la Directiva Nº 27 de visita de inspección e instalación de la base de datos para el control de los comités de autodefensa.

2. Eliminación del servicio milit ar obligatorio

133.El servicio militar fue obligatorio en el Perú hasta septiembre de 1999 cuando se promulgó la Ley Nº 27178 que dispuso su carácter voluntario. Aún más, el Congreso de la República ha aprobado en junio de 2008 la nueva Ley del servicio militar, Ley Nº 29248, que incluye una serie de beneficios a quienes se encuentren cumpliendo en forma voluntaria el servicio militar acuartelado, entre los que se incluye formación superior tecnológica en distintas especialidades, con facilidades para iniciar, continuar y culminar estudios de educación universitaria o superior. También se considera una asignación económica mensual que se incrementará gradualmente hasta alcanzar el 10% de la unidad impositiva tributaria. Esta norma entrará en vigencia el 1º de enero de 2009.

B. Derechos civiles y políticos

134.El derecho a la identidad está regulado en la Constitución política del Perú y se empieza a materializar en la inscripción en el Registro del Estado Civil. La inscripción es obligatoria y constituye un derecho de toda persona, al encontrarse directamente vinculado con el ejercicio de los demás derechos, entre ellos la obtención del Documento Nacional de Identidad (DNI) y el acceso a las prestaciones de salud y alimentación, entre otras.

135.El INEI señala que en el censo de 2007 se determinó que el 3,2%, lo que equivale a 564.487 personas de 18 y más años de edad, no tienen DNI. En el área rural el 6,4% de la población de 18 y más años de edad, lo que equivale a 234.532 personas, son indocumentadas; no obstante se ha identificado a más de 20 millones de peruanos con el DNI, lo que representa el 72% de la población total.

136.En ese contexto, el RENIEC ha implementado un procedimiento permanente para el reconocimiento de las oficinas registrales que funcionan en las diferentes comunidades nativas y campesinas, autorizando el funcionamiento de oficinas registrales auxiliares en aquellas comunidades nativas en las que, por la distancia hacia la oficina registral, se requiere de oficinas cercanas que permitan a los pobladores la inscripción en el Registro del Estado Civil. Esta situación tiene por objetivo garantizar el efectivo ejercicio del derecho a la identidad de las poblaciones asentadas en comunidades nativas y campesinas.

137.Dentro de la política social implementada por el RENIEC destinada a documentar a la población indocumentada, apoya mediante el desarrollo de campañas de tramitación gratuita del DNI. Un ejemplo de ello lo constituye la Resolución jefatural Nº 224-2005-JEF/RENIEC, que aprobó la campaña de tramitación y expedición del DNI en forma gratuita para la población indígena y pobladores de las zonas rurales y amazónicas en situación de pobreza, cuyo número de beneficiarios de dicha campaña fue ampliado.

138.De otro lado, se debe precisar que el 11 de julio de 2005, mediante Resolución jefatural N° 772-2005-JEF/RENIEC, se aprobó el "Plan nacional de restitución de la identidad: documentando a las personas indocumentadas, 2005-2009", documento de política social que contiene una análisis de la problemática de la población indocumentada y establece acciones orientadas a revertir y prevenir el problema de indocumentación proponiendo cambios estructurales, normativos tecnológicos, entre otros. Este documento privilegia la atención de los sectores poblacionales en situación de pobreza y en condición de vulnerabilidad, tales como los pueblos indígenas y originarios.

139.El Plan nacional fue elaborado considerando tres enfoques: derecho, género e interculturalidad; este último se encuentra relacionado con el respeto y reconocimiento a las culturas, entendidas en las dimensiones que enfatizan sus valores, actitudes, normas, ideas, hábitos y percepciones interiorizadas, así como sus roles sociales, estructuras, relaciones, códigos de conducta y explicaciones del comportamiento de los diversos grupos de personas.

140.El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en su calidad de ente rector del sistema electoral y en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y fiscalizadoras, ha salvaguardado el cumplimiento de las cuotas de las comunidades nativas y pueblos originarios en nuestro país, sin dejar de lado la ejecución de una inmensa y, sobretodo, permanente labor educativa a favor de la inclusión de los indígenas en la política nacional. Asimismo, el JNE, a través de su proyecto de ley N° 1688-2007-JNE, ha buscado corregir las falencias de las leyes de cuotas, tanto nativas como de jóvenes y género.

141.Por lo cual, el JNE viene realizando una extensa campaña de educación cívica electoral, la misma que está orientada, en parte, a evitar la discriminación de determinados grupos étnicos.

142.Cabe señalar que la función educativa que realiza el JNE es diferente a la que realiza la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la cual consiste sólo en capacitación de la población, los miembros de mesa y los personeros de organizaciones políticas sobre cómo se conducirá el proceso electoral, previamente a la realización del mismo. En ese sentido, la función educativa del jurado, regulada en el inciso x del artículo 5 de su Ley orgánica N° 26486, le permite ejercer la educación electoral de la población en cualquier período, electoral o no.

143.Respecto a las decisiones de los tribunales u órganos judiciales y administrativos en los casos de discriminación racial, el JNE ha tomado medidas concretas en su calidad de fuero jurisdiccional en materia electoral.

144.Dentro de su labor jurisdiccional, la cual va muy a la par con la función de fiscalización electoral, el JNE ha emitido un considerable número de resoluciones orientadas a salvaguardar los derechos de participación en la policía de los nativos y pueblos originarios.

145.De otro lado, el JNE, en uso de la facultad de la iniciativa legislativa, ha buscado corregir el marco legal vigente con miras a efectivizar las cuotas nativas, inicialmente, a nivel de los gobiernos locales, porque son ellos los que tiene un criterio de determinación del número de escaños sólo proporcional dentro del Concejo Municipal.

146.En ese sentido, el proyecto de ley Nº 1688-2007-JNE, de ser aprobado por el Congreso de la República, podría permitir tener a un representante de los pueblos originarios y comunidades nativas dentro de la opción preferencial de la lista que resulte ganadora durante un proceso electoral municipal. Además, dicho proyecto incluye a las comunidades campesinas dentro de esta cuota. La inclusión de los representantes de las comunidades campesinas en el referido proyecto de ley, indudablemente, constituye una medida estatal necesaria a favor de una mayor participación del sector indígena en la política nacional.

147.La cuota de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios es un esfuerzo de pura inclusión indígena reconocido expresamente por una norma de derecho positivo como el artículo 191 de la Constitución política del Perú.

148.Aunque el sufragio universal se entiende en el Perú como derecho de participación política de cada ciudadano y ciudadana, sin discriminación o exclusión alguna, la realidad no siempre responde al principio. Una de las exclusiones es por causa de la deficiente atención a la pluralidad de culturas y lenguas existentes en diversos países.

149.En este sentido en el marco de las atribuciones y responsabilidades de la ONPE se ha puesto gran interés en el desarrollo de los procesos electorales a su cargo, en considerar a la capacitación como la dimensión de valorar las diferencias culturales y lingüísticas de los actores electorales (miembros de mesa y electores). De este modo, en cada proceso se elaboran materiales de capacitación en las versiones lingüísticas de la población electoral y también se toma en cuenta la presencia de la población iletrada.

150.La ONPE lleva a cabo un proceso educativo electoral intercultural que busca promover la convivencia a partir del reconocimiento de la riqueza de las diferentes culturas y de la interacción cultural en condiciones de igualdad. Por lo tanto, la metodología aplicada es participativa y se busca establecer una relación que tome en cuenta la diversidad cultural y lingüística del país, así como un enfoque de equidad de género y de discriminación positiva a los grupos vulnerables.

151.Se ha considerado la inclusión de la población indígena, de las mujeres rurales y de los ciudadanos con discapacidad en la planificación y desarrollo de los planes de educación y capacitación electoral en todos los procesos.

152.Un ejemplo de ello son las metas electorales programadas para las elecciones regionales y municipales de 2002, donde se consideró disminuir el ausentismo de electores indígenas en cinco grupos etnolingüísticos: quechua, aymara, asháninka, aguaruna y shipibo.

153.La capacitación electoral de la ONPE, consciente de la pluralidad cultural y el multilingüismo del país, puso énfasis en la educación electoral bilingüe intercultural en las actividades, estrategias y materiales de capacitación.

154.Este enfoque fue aplicado para los procesos electorales desarrollados en el período 2001‑2005. En las elecciones generales de 2001 se produjeron innovaciones en varias actividades con respecto a procesos anteriores y se implementaron mejoras entre la primera y la segunda vuelta. Para la ejecución de estas acciones la ONPE aunó esfuerzos con entidades de la sociedad civil.

155.Una oportunidad para el desarrollo de estos enfoques ha sido el apoyo financiero de la cooperación internacional para el desarrollo de proyectos durante el proceso electoral de 2001.

156.En la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de 2001, los lugares en los que se llevó a cabo este proceso electoral fueron en su mayoría rurales (174 distritos y 1 provincia), donde los electores en muchos casos eran analfabetos o ciudadanos que hablaban lenguas nativas, tales como quechua, aymara y shipibo. Dada estas características, la ONPE elaboró materiales electorales en lenguas nativas, realizó capacitación personalizada donde era posible, y usó mecanismos de difusión acordes con la realidad de la localidad, participando en ferias, eventos comunales y fiestas cívicas con el apoyo de quioscos electorales itinerantes.

157.En la consulta popular de revocatoria de autoridades municipales de 2004 se editó la Guía de Educación Rural para el capacitador electoral y se elaboró el Microprograma radial para miembros de mesa.

C. Derechos económicos, sociales y culturales

1. Derecho al trabajo

158.La población indígena en el Perú desarrolla principalmente actividades agropecuarias y de extracción de recursos naturales, principalmente para subsistencia. Los ingresos económicos de las familias provienen de la venta de productos agrícolas, ganado y artesanías en los pueblos andinos, mientras que en los pueblos amazónicos la principal fuente de ingreso es su artesanía y la comercialización de algunos productos nativos en las zonas urbanas, existiendo aún prácticas de "trueque" por productos de primera necesidad.

159.El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) viene realizando un conjunto de proyectos, programas y actividades, con lo que contribuye a la participación económica y social de las comunidades rurales e indígenas garantizando una mejora en la calidad de vida de la población rural, teniendo en cuenta que la actividad turística y artesanal son actividades económicas capaces de generar empleo en forma descentralizada, además de ser mecanismos importantes para una adecuada distribución de la riqueza generada en los lugares más alejados de nuestro país mejorando la calidad de vida de las comunidades anfitrionas y sobre todo de las mujeres integrantes de las poblaciones rurales.

160.El Viceministerio de Turismo ha promovido la creación de los Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo (CITE), los cuales transfieren y ejecutan acciones de innovación tecnológica con el objeto de incrementar la competitividad del producto artesanal y del servicio turístico. La actividad desarrollada ha permitido consolidar ocho CITE existentes a la fecha: CITE Textil Camélidos-Huancavelica; CITE Camélidos Sudamericanos-Puno; CITE Joyería de Catacaos-Pirua; CITE Cerámica Chulucanas-Piura; CITE Peletería Sicuani-Cusco; CITE Joyería Koriwasi-Cajamarca; CITE Turísticoartesanal Sipán-Lambayeque y CITE Artesanía-Ucayali.

161.Los CITE viene funcionando desde el año 2003, beneficiando anualmente a 59.104 artesanos y alpaqueros, en promedio. La artesanía peruana está muy vinculada al turismo y fundamentalmente es un mecanismo de desarrollo productivo de las poblaciones rurales, contribuyendo así a la eliminación de todas las formas de discriminación al incorporar a los artesanos, en su mayoría mujeres, a la actividad económica del país.

162.En este contexto, los CITE de Artesanía y Turismo ofrecen, sin distinción de género o raza, una gama de actividades que favorecen la actividad artesanal y los servicios turísticos, que están enmarcados en la capacitación integral, la innovación y transferencia tecnológica, la ampliación y diversificación de la oferta exportable. Con estas actividades se ha logrado elevar el incipiente nivel de competitividad; enfrentar el difícil acceso a los mercados internacionales; superar la escasez de diseños de calidad; mejorar la calidad de los insumos y materiales usados frecuentemente; lograr la articulación de la oferta y la demanda, el incremento de la competitividad y la elevación del nivel de bienestar del artesano.

163.Asimismo, se debe mencionar que el último año los CITE han permitido incrementar en 677,3 soles el ingreso mensual per cápita de los artesanos; capacitar al 82,5% de los artesanos, creando 5,8 nuevos productos; se benefició a 4,2 artesanos por cada artesano capacitado; y el 28,9% de artesanos usuarios exportó en promedio 1.723 soles.

164.El sector del turismo ha desarrollado el Plan estratégico nacional de turismo, el cual constituye una herramienta que encamina nuestro país hacia una mayor competitividad económica, un mayor equilibrio y un desarrollo sostenible dentro de un territorio accesible y bien conectado, mejorando la calidad de vida del poblador y contribuyendo a que ésta se desarrolle en condiciones de igualdad. En concordancia, el Programa de desarrollo del turismo rural comunitario es un instrumento para la mejora de zonas menos favorecidas, contribuyendo a su bienestar y calidad de vida, ayudando de esta manera a que la población se desarrolle en condiciones de igualdad.

165.De otro lado el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en forma conjunta con el FONCODES, lleva a cabo el programa "A Trabajar Rural", que fue puesto en marcha en octubre de 2001 en el distrito de Limatambo (Cusco).

166.El FONCODES se encarga de la ejecución y el desarrollo del programa en el sector rural, que consiste en promover empleo temporal por aproximadamente seis meses a hombres y mujeres que viven en pueblos muy pobres, quienes participan en trabajos orientados a la rehabilitación, mantenimiento y puesta en valor de infraestructura social en beneficio de la comunidad.

167.Desde el año 2004, "A Trabajar Rural" pasó a ser una de las líneas de inversión del FONCODES en el rubro de infraestructura social. Técnicamente se denomina Proyecto de Emergencia Social Productiva Área Rural (PESP Rural).

168.Los ámbitos de intervención de este programa son los siguientes: a) educación (construcción, recuperación y rehabilitación de aulas con servicios higiénicos); b) salud (construcción y rehabilitación de puestos y centros de salud con equipamiento básico); c) agua (sistemas de agua potable con piletas públicas, domiciliarias o conexiones domiciliarias); d) desagüe (construcción y/o rehabilitación de sistemas de saneamiento y letrinas); e) vialidad (trochas y puentes carrozables, puentes colgantes peatonales, caminos, veredas peatonales); f) básica (huaros, balsas cautivas, pequeños puertos fluviales, veredas peatonales y caminos de herradura); g) pequeños sistemas de riego; h) locales comunales, infraestructura turística, arqueológica, agropecuaria, ambiental y acuícola.

169.Se contribuye de este modo a satisfacer las necesidades básicas de esta población en situación de pobreza, así como al mejoramiento de su calidad de vida.

2. Derecho a la vivienda

170.En materia del derecho a la vivienda se han registrado avances significativos, no sólo en el área urbana sino también en la rural. Se ha experimentado una reducción en las carencias de la población en el acceso a una vivienda con los servicios básicos, desde el año 1993 al año 2007, tal como se puede apreciar en el siguiente cuadro.

Reducción de las carencias de la población en el acceso a servicios básicos , 1993-2007

(En porcentaje)

1993

2007

Reducciones

1993

2007

Reducciones

1993

2007

Reducciones

Sin agua

40

23

17

18

13

5

93

56

37

Sin desagüe/letrinas

36

17

19

20

9

11

75

43

32

Sin electricidad

42

24

18

20

9

11

92

70

22

171.El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha contribuido en el mejoramiento de estas cifras, desde el año 2002, a través de la creación de los programas Techo propio y Techo propio deuda cero para que la población de menores recursos pueda adquirir una vivienda que cuente con todos los servicios básicos: luz, agua y desagüe. El objetivo es promover, facilitar y establecer mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna, en concordancia con sus posibilidades económicas, así como estimular la efectiva participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social.

172.En cuanto al servicio básico de agua potable, el programa Agua para todos rural está diseñado para mejorar las condiciones de vida de la población rural del país. Actualmente, en las zonas rurales, más de 3,3 millones de personas no tienen acceso al agua potable y 6,2 millones carecen de una adecuada eliminación sanitaria de excretas y aguas residuales. El programa ha destinado 80 millones de dólares de los EE.UU., en un período de seis años, para beneficiar a 810.000 personas, trabajando para rehabilitar y ampliar más de 1.000 sistemas de agua y saneamiento y construir 173 nuevos sistemas. A la fecha está beneficiando ya a 506 localidades y 25 ciudades del país.

173.En elaboración se encuentra el Programa de vivienda rural, cuyo mecanismo de acceso al subsidio es sobre la base de grupos familiares en los cuales el jefe de familia puede ser, de igual modo, una sola persona sin considerar el género. Este programa promueve la construcción de viviendas con ayuda de las comunidades campesinas, en las cuales se sabe que la mujer tiene una participación muy importante.

3. Derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales

174.Durante el año 2000 a la fecha, el Estado peruano viene impulsando y ejecutando programas sociales cuyo objetivo es atender, de manera integral, las necesidades de los grupos poblacionales más empobrecidos del país y con mayores niveles de exclusión. Considerando la magnitud de la pobreza en el Perú y las restricciones presupuestales que enfrenta el Estado, la inversión destinada a financiar el gasto social se orienta a una administración bajo criterios de equidad y eficiencia.

175.Es así que en el marco de la actual Estrategia de lucha contra la pobreza y la inclusión social, orientada a reducir barreras económicas, sociales y culturales de acceso a los servicios de salud, ha adoptado a través del Seguro Integral de Salud (SIS), medidas de promoción orientadas a la equidad, mediante acciones de identificación, ubicación y afiliación de la población indígena de las zonas andinas y amazónicas, haciendo efectivo de este modo el ejercicio del derecho a la salud. Por lo tanto este grupo poblacional tiene garantizada la cobertura de atención por el SIS.

176.Cabe destacar que las acciones estratégicas que corresponden al SIS se desarrollan en la perspectiva de generar igualdad de oportunidades y reducción de brechas de inequidad en el acceso y utilización de los recursos y en el ejercicio de la ciudadanía en salud.

177.A fin de fortalecer de manera preferente la cobertura de atención de prestaciones para la población indígena, se han ampliado las prestaciones de salud del SIS para los pueblos alto andinos y amazónicos dispersos y excluidos, las víctimas de la violencia social y los agentes comunitarios de salud, las mujeres víctimas de la esterilización forzada y las víctimas de la violencia política acaecida entre 1980 y 2000. El Ministerio de Salud, en coordinación con los gobiernos regionales, se encarga de acreditar a esta población para su atención integral.

178.Sobre el tema de las esterilizaciones forzadas, que fue otro tema que motivó la preocupación del Comité, cabe señalar un caso en particular, el de la Sra. María Mamérita Mestanza Chávez, quien fuera sometida a un procedimiento quirúrgico de esterilización, que finalmente ocasionó su muerte el l5 de abril de 1998. El caso fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en junio de 1999. Ante estos hechos, el Estado peruano reconoció su responsabilidad por la violación, en contra de la Sra. Mestanza, de los derechos a la vida, la integridad personal y la igualdad ante la ley, suscribiendo un acuerdo de solución amistosa el 10 de octubre de 2003.

179.No obstante este antecedente, se ha mejorado la calidad de la atención de la salud sexual y reproductiva de las mujeres, en especial de las mujeres de zonas rurales donde se encuentra el mayor número de mujeres pertenecientes a etnias, para quienes el Ministerio de Salud viene implementando la adecuación cultural de los establecimientos de salud para la atención de la salud materna, habiéndose adecuado las salas de parto para la realización de partos tradicionales, como es el parto vertical, para lo cual se ha emitido la Norma técnica para la atención del parto vertical con adecuación intercultural y se ha capacitado a personal de los servicios de salud.

180.Se ha incrementado el parto institucional en las zonas rurales a través de las casas de espera, Plan de parto y Radar comunitario. En 2007 el Ministerio reportó 390 casas de espera dirigidos a mujeres gestantes de zonas rurales que por su lejanía a un centro de salud permanecen cerca de él a la espera de dar a luz.

4. Der echo a la educación

181.El Estado peruano ha dispuesto diversas medidas con el propósito de implementar procesos de integración, en igualdad de condiciones y como parte de una valoración y aceptación de las diferencias a fin de impedir la exclusiones en base al sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual o de otra índole que impida el ejercicio de sus derechos.

182.El Estado peruano ha establecido políticas de alfabetización a la población con enfoque intercultural a través del Programa nacional de movilización por la alfabetización (PRONAMA) el cual ha alcanzado en 2007 660.000 alfabetizados, de los cuales el 79% son mujeres, en 748 distritos de todas las regiones del país.

183.Este Programa tiene como meta atender a una población de 2.500.000 iletrados para 2011, y conformar alrededor de 200.000 círculos de alfabetización, enfatizando la atención a mujeres de zonas rurales en extrema pobreza; dar cumplimiento a esta meta, significa la erradicación del analfabetismo en todo el país, dotando a los alfabetizados/as de competencias de lectura y calculo básico.

184.Cabe destacar, respecto a la materia que ocupa el presente informe, que entre las políticas y estrategias básicas del PRONAMA se incluye el respeto a las características sociolingüísticas de los estudiantes, es decir que la población que domina sólo una lengua originaria será alfabetizada en la misma y luego en español. La población bilingüe podrá optar por la lengua en la que prefiere alfabetizarse.

185.La Dirección Nacional de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural, del Ministerio de Educación, viene ejecutando desde el año 2003 el programa radial "La escuela del aire" que se difunde en 17 regiones a través de Radio Nacional y de 24 emisoras locales y está dirigido a los actores educativos de lugares rurales alejados. Tiene como objetivo desarrollar capacidades relativas a la crianza y estimulación temprana en niños y niñas de carácter pedagógico, promoviendo la participación de los educandos, profesores y comunidad como agentes de diálogo intercultural.

186.Los resultados de la Encuesta nacional de hogares (ENAHO) continua correspondiente al primer trimestre de 2007 revela que la tasa de asistencia escolar de la población de 3 a 5 años de edad del área rural alcanzó el 4,6% en los niños y el 3,0% en las niñas. Comparando con el nivel obtenido en el trimestre del año anterior se observa que se ha incrementado en 2,2 puntos porcentuales la tasa de asistencia escolar de los niños, mientras que la tasa de asistencia de las niñas no mostró variación alguna.

187.La asistencia a la educación primaria en el mismo trimestre de los niños(as) de 6 a 11 años de edad en las zonas rurales, revela una ligera primacía en la asistencia de las niñas, 16,7%, que de los niños, 15,8%; comparando el mismo trimestre de 2007 con el de 2006 se observa en el área rural que la tasa de asistencia de los niños aumentó en 11,0 puntos porcentuales y la de las niñas en 8,9 puntos porcentuales.

5. Derecho de acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público

188.El INDECOPI pone a disposición de los usuarios medios de defensa efectivos contra las prácticas de discriminación de la que puedan ser objeto por parte de los agentes económicos que ofrecen bienes y servicios en el mercado. En este sentido, las prácticas comerciales que discriminen a los consumidores se encuentran sancionadas por la Ley de protección al consumidor y el agraviado podrá tener fácil acceso para iniciar el respectivo procedimiento sancionador ante la Comisión de Protección al Consumidor.

189.Sin prejuicio de ello, el INDECOPI cuenta con el Servicio de Atención al Ciudadano, ante el cual las personas afectadas por actos de discriminación pueden presentar quejas verbales y ser orientados para que inicien las acciones administrativas correspondientes ante la Comisión de Protección al Consumidor.

190.Desde 2005 hasta la fecha el INDECOPI ha abierto 14 procesos administrativos por discriminación. Las denuncias fueron declaradas fundadas contra Macmillan Publishers, Palestium, Mamá Batata, Iberia, Lan Perú, Guisella Tours, Café del Mar, P&G Negocios, Banco de Crédito, Inversiones Postin, Federación Deportiva de Natación, Colegio Sagrada Familia, Autoservicio Circolo y Viajes Falabella. Nueve de ellos han apelado el fallo para evitar el pago de las multas de hasta 20.000 nuevos soles.

VI. MEDIDAS LEGISLATIV AS, JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS O DE OTRA ÍNDOLE QUE SIRVAN PARA PONER EN PRÁCTICA LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 6 DE LA CONVENCIÓN

191.El Ministerio de Justicia sostiene y dirige el Programa gubernamental de asistencia legal gratuita (ALEGRA), creado para difundir el contenido de los derechos de la persona, cómo ejercerlos y dónde defenderlos si son amenazados o vulnerados, con la provisión efectiva de un servicio legal gratuito, dirigido a toda la colectividad y de manera específica al ciudadano de escasos recursos económicos. El Ministerio de Justicia tiene la información disponible sobre ALEGRA en su página web en castellano, quechua e inglés.

192.Con este programa se busca fortalecer el servicio que brinda el sistema de defensa de oficio, los consultorios jurídicos populares y los centros de conciliación extrajudicial del Ministerio de Justicia. Asimismo, existen líneas telefónicas de orientación legal gratuita, en las que abogados especialistas del Ministerio de Justicia asesoran y orientan a las personas sobre los derechos, cómo y donde ejercerlos y defenderlos.

193.Desde el año 2004 a febrero de 2008 se han implementado 20 centros ALEGRA a nivel nacional que concentran los servicios de defensoría de oficio, consultorio jurídico popular y conciliación extrajudicial. Para el año 2008 se tiene planificado implementar siete Centros ALEGRA a nivel nacional.

VII. MEDIDAS LEGISLATIV AS, JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS O DE OTRA ÍNDOLE QU E SIRVAN PARA PONER EN PRÁCTICA LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 7 DE LA CONVENCIÓN

A. Acciones del Instituto Nacional de Des arrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano en el fortalecimiento de una cultura de no discriminación

194.Procesos de capacitación y sensibilización dirigidos a autoridades, funcionarios, dirigentes y líderes con relación a las normas de orden nacional e internacional, acuerdos, conferencias y convenciones a favor de los afrodescendientes a fin de garantizar el respeto irrestricto a sus derechos, promoviendo una sociedad de equidad y justicia. Este espacio tiene carácter descentralizado, pues incorpora a miembros de los gobiernos regionales y municipales, así como otras autoridades elegidas y designadas.

195.Capacitación en temas de identidad, autoestima y ciudadanía, participación y representación política, liderazgo, gobernabilidad para su inclusión en los espacios de toma de decisión, mejoramiento de cultivos, control de plagas, crédito, mercado nacional e internacional.

196.Otra acción importante adoptada por el INDEPA es el acercamiento con universidades y colegios a fin de integrar a los jóvenes a este proceso de lucha contra el racismo y la discriminación, desarrollando espacios de capacitación, sensibilización y discusión del tema.

197.Coordinación con la Dirección de Educación Bilingüe e Intercultural del Ministerio de Educación, respecto a la incorporación del contenido afro, propiciando una reforma curricular que contenga el aporte cultural de los afrodescendientes en el Perú.

198.La conformación de las Mesas técnicas de trabajo afroperuano está dentro de las acciones mas destacables del período 2003-2006, pues la intención inicial fue constituirse en espacios de discusión, pero fundamentalmente de propuestas a favor de los afrodescendientes en el orden nacional, regional y local, recogiendo los requerimientos y planteamientos de las propias comunidades con presencia afro como herramientas que sirvan para desterrar de manera definitiva el racismo y la discriminación.

199.Con el propósito de generar el mejoramiento del nivel y calidad de vida de las comunidades con presencia afrodescendiente se viene coordinando con otros organismos del Estado los estudios de proyectos que, de ser viables, se convertirán en principales ejes de desarrollo para los afroperuanos de las zonas rurales, cuya actividad principal es la agricultura.

200.Al ser el INDEPA el organismo encargado de supervisar las políticas, así como las propuestas a favor de la población afrodescendiente, durante 2008 se recepcionaron proyectos de ley referentes a la temática, opinando a favor de la inclusión de los afrodescendientes en estas iniciativas legislativas, que a su vez promuevan la lucha contra la discriminación y el racismo.

201.Respecto al aspecto cultural existe un intercambio permanente con las organizaciones culturales y de la sociedad civil afro con el fin de fortalecer las tradiciones, a través de las diferentes manifestaciones culturales afrodescendientes, así como su interacción con grupos y organizaciones internacionales. En resumen, uno de los principales objetivos trazados por el INDEPA es disminuir de manera significativa las prácticas e indicios de discriminación y racismo en la búsqueda de una sociedad de equidad, tolerante e inclusiva.

B. Acciones del Ministerio de Educación en el fortalecimiento de una cultura de no discriminación

202.La educación básica se organiza en Educación Básica Regular (EBR) y Educación Básica Alternativa (EBA). La EBR es la modalidad que abarca los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria la misma que tiene como eje transversal la educación intercultural.

203.La Educación Intercultural y Bilingüe (EIB) forma parte de la EBR. La EIB desarrolla su quehacer considerando el derecho de los pueblos indígenas y comunidades rurales a educarse en su lengua y cultura. Es decir, aprender su lengua y en su lenguaje, además del castellano como segunda lengua, logrando con ello una educación cultural y lingüística en que los aprendizajes sean significativos a las necesidades y expectativas de los estudiantes.

1. Diversidad c urricular

204.Permite responder a los diversos contextos socioculturales. En este sentido las instituciones educativas, las redes educativas, las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y las Direcciones Regionales de Educación (DRE) tienen la potestad de incorporar los conocimientos y saberes de la cultura local de acuerdo al contexto sociocultural y lingüístico, para lo cual la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe desarrolla acciones para la construcción participativa incorporando saberes, conocimientos, tecnologías, arte, procesos productivos y valores sociales en el currículo escolar.

2. Formación y capacitación

205.La necesidad de contar con profesores con capacidades y habilidades adecuadas para atender a los niños y niñas bilingües ha generado que las universidades e institutos superiores pedagógicos cuenten con la especialidad de Educación Intercultural y Bilingüe, lo cual significa, por un lado, un reconocimiento y valoración por parte de la sociedad de la EIB y, por otro, atender a la población infantil bilingüe de forma adecuada y pertinente.

206.La Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (DEIB) viene realizando coordinaciones con las instancias pertinentes del sector educación para contribuir en la formación inicial y de servicio de docentes de la EIB, además de brindar asesoría a propuestas de capacitación a nivel regional y local, a través de equipos locales de las UGEL y la DRE. Por otro lado, se han firmado convenios con universidades e institutos superiores pedagógicos para la ejecución de la capacitación docente en el marco del Programa nacional de formación y capacitación permanente (PRONAFCAP), liderada por la Dirección Nacional de Educación Superior y Tecnológica (DINEST).

207.Asimismo, se vienen desarrollando programas pilotos con institutos superiores pedagógicos públicos (ISPP) para la formación inicial de docentes en EIB. Para ello se cuenta con la propuesta de currículo para la formación de profesores en educación intercultural y bilingüe para educación primaria.

3. Participación comunitaria en la gestión educativa

208.La participación de los pueblos indígenas, comunidades rurales y afroperuanas son parte de la elaboración de propuestas pedagógicas de los materiales, de la capacitación y de la labor del aula. Muestra de ello son las mesas de diálogo, los encuentros de estudiantes EIB, apoyo en los congresos de profesores EIB, foros, conversatorios, reuniones de consulta entre otros que permiten fortalecer su participación a fin de analizar la situación educativa local y regional con la finalidad de aportar en la construcción de proyectos educativos con pertinencia cultural y lingüística, así como conocer las expectativas, demandas y necesidades de los usuarios de la educación que permitan enriquecer los proyectos educativos en el ámbito comunal, local, regional y nacional.

209.Asimismo, la DEIB viene desarrollando acciones en pro de la movilización por los derechos culturales y lingüísticos de los pueblos indígenas y comunidades rurales a través de campañas interculturales, en especial las que se vienen realizando durante el año 2008, proclamado Año Internacional de los Idiomas por la Asamblea General, a instancias de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

C. Acciones de la Defensoría del Pueblo en el fortalecimiento de una cultura de no discriminación

210.La Defensoría del Pueblo ha venido abordando, desde sus diferentes ámbitos de trabajo, diversos aspectos relativos a la discriminación. La intervención ha estado orientada a la atención y seguimiento de las quejas por actos de discriminación. Asimismo se han realizado campañas de educación ciudadana contra la discriminación para que las personas conozcan sus derechos, identifiquen tales situaciones y denuncien los hechos ante las instancias correspondientes.

211.La labor de esta institución se centra en la atención de casos, la supervisión de entidades públicas, el desarrollo de campañas públicas de promoción y difusión de derechos, así como la supervisión de políticas públicas en el tema de la discriminación.

212.Durante el mes de noviembre de 2006, la Defensoría del Pueblo desarrolló en medios radiales una Campaña Nacional contra la Discriminación, con especial atención en la prestación de los servicios públicos, para que las personas identificasen las situaciones de discriminación que pudieran enfrentar, rechazaran dichas prácticas y denunciaran tales actos.

D. Acciones de l Instituto Nacional de Cultura en el forta lecimiento de una cultura de no discriminación

213.El Instituto Nacional de Cultura (INC) informa de que el derecho al acceso a las instalaciones del INC, museos y otros es irrestricto y no se hace discriminación alguna.

214.Para promover el acceso del público de menores recursos a los museos, durante el presente año 2008, se han realizado tres jornadas de ingreso gratuito a todos los museos del INC en los meses de mayo, julio y septiembre.

215.Finalmente, el INC realiza, en alianza estratégica con los artistas populares tradicionales, exposiciones de arte tradicional. La más destacada es Rural Maki, exposición-venta de arte tradicional que se lleva a cabo en el Museo de la Nación durante un período de 15 días en el mes de julio de cada año. En esta exposición tienen representación privilegiada los pueblos indígenas, cuyas delegaciones exponen y venden sus piezas.

E. Acciones del Consejo Nacional de Derechos Humanos en el fortalecimiento de una cultura de no discriminación

216.Desde el año 2005 hasta la fecha, la Dirección de Promoción y Difusión del CNDH se ha encargado de difundir el primer Plan nacional de derechos humanos (PNDH) a través de talleres en el ámbito local y regional, priorizando su atención a poblaciones vulnerables, entre otras a los pueblos indígenas. En dichos talleres se contó con la participación de un promedio de 150 personas, conformadas por autoridades, funcionarios públicos, fuerzas armadas y sociedad civil en general, contribuyendo de esta manera a una cultura de no discriminación en el país.

F. Acciones de otras instituciones

1. Instituto Nacional de Radio y Televisión

217.Los medios de comunicación estatales cumplen una función importante en la divulgación de información para combatir los prejuicios raciales. Es así que el Instituto Nacional de Radio y Televisión Peruana (IRTP) tiene por finalidad colaborar con la política del Estado en la educación y en la formación moral y cultural de los peruanos; su objetivo principal es llegar a toda la población nacional a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento.

218.El IRTP cumple la importante función de promover la cultura nacional, su identidad y valores en toda su diversidad. Su programación llega a todo el territorio a través de sus 275 estaciones de televisión y 37 estaciones de radio y también a través de las 101 y 1.230 retransmisoras de televisión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Plan Huascarán, respectivamente, cuya cobertura beneficia a un gran número de poblaciones de diversas etnias vulnerables y excluidas del país que no tienen o tienen limitado acceso a los servicios sociales básicos y a la información, llevándoles mensajes cuyos contenidos han permitido a dichas poblaciones acceder al conocimiento de temas sobre ciencia y tecnología, arte y cultura universal, así como temas de salud, derechos humanos, justicia, protección ambiental y otros que contribuyeron a la formación y desarrollo para mejorar su calidad de vida. De igual modo se difundieron conocimientos en gestión microempresarial, técnicas ocupacionales y agronegocios que contribuyeron con la política de generación de empleo, igualdad de oportunidades y desarrollo socioeconómico del país.

219.La Televisión Nacional del Perú es el medio que más promueve y difunde programas de alto contenido educativo y cultural, así como la emisión de amplio bloque de la programación de televisión; de igual manera Radio Nacional, que representa el 72% de la parrilla de radio, poniendo énfasis en los valores éticos, sociales y culturales, dentro del marco del respeto al pluralismo político, religioso, social, cultural, lingüístico y étnico, sin ninguna discriminación, que permitieron contribuir con el nivel de educación y cultura de todos los peruanos, así como su desarrollo para mejorar la calidad de vida, fundamentalmente de las poblaciones vulnerables de las zonas rurales y urbanomarginales del país, a fin de apoyar su inclusión social y cultural.

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